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AFILIACIÓN ABIERTA /
2018
2018 Guía de inscripción para beneficios horarios
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Todas las selecciones de la Sección 125/Menú de beneficios complementarios antes del pago de impuestos subsistirán
y el empleado no las podrá anular ni modificar durante el año del plan, a menos que la anulación o la nueva selección
correspondan a un cambio de estado, según lo definido en la Sección 125 del código tributario de IRS o en el
reglamento de HIPAA en el apartado Inscripción especial. El empleado tiene la obligación de avisar los cambios de
estado y de efectuar todo cambio de selección en un plazo de 30 días para todos los eventos, con excepción de 60
días en caso de pérdida u obtención de elegibilidad para participar en Medicaid o en el programa estatal de salud
infantil. El menú de beneficios complementarios es un plan de beneficios documentado e independiente que el
empleador mantiene para beneficiar a sus empleados. En virtud de tal plan, todos los participantes son empleados y
cada participante puede escoger entre dos (2) beneficios o un número superior. Las contribuciones del empleado al
“menú de beneficios complementarios” (sección 125) quedan exentas del impuesto FICA (impuesto de Seguridad
Social), impuesto FUTA o impuesto federal a los ingresos. Además, las contribuciones están exentas del impuesto
estatal a los ingresos (si corresponde). Por lo tanto, el empleado se ahorra el pago de impuestos respecto a los
beneficios que escoja en el plan y termina con un mayor sueldo neto. Se ofrecen los siguientes beneficios
condicionales: cuentas colectivas de gastos médicos, dentales, de servicios oftalmológicos y cuentas flexibles de
gastos médicos.
Si usted tiene Medicare o si adquiere elegibilidad para participar en
Medicare en los 12 meses siguientes, una ley federal le da más
opciones de cobertura de medicamentos recetados. Consulte los
detalles adicionales en la página 24.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Personas a cargo habilitadas*:
• Cónyuge con quien el empleado está legalmente casado.
• Hijos biológicos y legalmente adoptados de 26 años o menores, sin importar su estado
civil o académico, lugar de residencia o elegibilidad para recibir cobertura médica del
propio empleador.
• Hijastros que vivan con el empleado permanentemente.
• Nietos: las reglas citadas para la categoría “hijos” aplican solo si el empleado tiene
custodia.
*Disposición en caso de cónyuge trabajador: el empleador no podrá agregar al cónyuge que trabaja a los
planes médicos MasterCorp si el empleador de éste le ofrece beneficios médicos esenciales que satisfacen
la definición de “bajo precio” dada por la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA, por sus siglas en
inglés). Sin embargo, el empleado puede agregar al cónyuge a los demás beneficios cuyas condiciones el
cónyuge satisfaga.
*Deben presentarse los documentos comprobatorios de la relación que vincula al empleado con la
persona a cargo al Departamento de Beneficios de MasterCorp. Algunos ejemplos de los documentos
comprobatorios aceptables son las actas de matrimonio y de nacimiento, así como los formularios de
pago reciente de impuestos a los ingresos.
¿Cuándo puede el empleado inscribirse o hacer cambios?
Los empleados que acaban de adquirir elegibilidad pueden inscribirse en la fecha de adquisición de elegibilidad.
En ese caso, tendrán cobertura efectiva a partir del primer día del mes tras haberse cumplido 60 días de
elegibilidad. Todo empleado elegible puede inscribirse o efectuar cambios de beneficios durante el período anual
de inscripción. Una vez que el empleado termina de escoger los beneficios deseados, no podrá hacer cambios en
ellos sino hasta el próximo período anual de inscripción, salvo en caso de cambios condicionales de estado, por
ejemplo:
• Cambios de estado civil del empleado
• Nacimiento, adopción o cambio de custodia de una persona a cargo elegible
• Cambio de estado laboral (por ej., de tiempo completo o media jornada)
• Adquisición o pérdida de elegibilidad de una persona a cargo debido a cambio de edad
• Pérdida de otra cobertura, como cuando vence la cobertura médica del cónyuge, o vence la
elegibilidad para usar Medicare o Medicaid
• Sentencia, decisión o resolución judicial, (por ej., orden judicial de cobertura médica infantil limitada)
Elegibilidad de empleados de jornada completa con sueldo horario o sueldo según desempeño
1. Empleados que trabajan regularmente 30 horas o más por semana.
2. Si el horario de trabajo es inferior o superior a la carga semanal de 30 horas después de 12 meses de servicio,
cuando el promedio de horas semanales trabajadas es 30 o más.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
CONTACTOS IMPORTANTES
Recurso Teléfono Sitio web/Correo electrónico
Cobertura médica y farmacéutica 800-565-9140
www.bcbst.com
Como alternativa, visite
www.bcbs.com para buscar
proveedores fuera de TN
Cobertura dental 800-565-9140 www.bcbst.com
Cobertura de servicios de óptica 800-565-9140 www.bcbst.com
Cuenta flexible para gastos
médicos (FSA, siglas en inglés) 866-451-3399 www.discoverybenefits.com
Seguro de vida e indemnización
por discapacidad 800-553-5318 www.oneamerica.com
Seguro de accidentes
y cobertura de cáncer 800-541-7846 www.guardiananytime.com
Asistencia de viaje 866-294-2469 www.oneamerica.com
Plan 401(k) 800-743-5274 www.massmutual.com/retire
Programa de asistencia
para empleados 855-387-9727 www.guidanceresources.com
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
NOVEDADES PARA 2018
El plantel director de MasterCorp se siente constantemente agradecido por el tesón
y entusiasmo desplegados por sus empleados cada día. Estas actitudes activan y motivan a la
empresa para prestar un juego de beneficios para el empleado y su familia. Mientras nos
preparamos para 2018, las prioridades en la prestación de beneficios siguen siendo las mismas:
mantener el nivel competitivo, económico y útil de los planes para el empleado y su familia a fin
de retribuirle el grado de apoyo que da diariamente a la empresa.
INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
Todo empleado DEBE completar el procedimiento de inscripción antes del 19 de
noviembre para recibir cobertura de beneficios en 2018. Si el empleado no completa el
procedimiento de inscripción por Internet en el sitio web www.mymc4me.com antes del
19 de noviembre, la cobertura de MasterCorp y las contribuciones a la cuenta FSA
vencerán el 31 de diciembre de 2017.
INSCRÍBASE ANTES
DEL 19 DE NOVIEMBRE El período de inscripción para este
año es el 6-19 de noviembre. Debe
completar concienzudamente el
procedimiento de inscripción si
desea recibir cobertura de
MasterCorp o realizar contribuciones
a una cuenta FSA en 2018.
Asegúrese de conectarse al sitio web
www.mymc4me.com para completar
el procedimiento de inscripción
antes del 19 de noviembre.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
LA ATENCIÓN DE BIENESTAR DA
RESULTADOS, PERO QUEDA MÁS POR
HACER
Alentamos a cada empleado a seguir
participando en el programa Master Wellness,
porque lograr una buena salud y mantenerla
es una de las mejores actividades en las que
podemos participar para reducir los costos
de la atención de la salud sin dejar de mejorar
la calidad de vida. Otro aspecto de esta
perspectiva de bienestar es la salud financiera,
tanto para el individuo como para los planes
de beneficios.
CAMBIOS EN LOS PLANES MÉDICOS
• En 2018, las cuotas de planes médicos aumentarán de 1 % a 5 %, según el plan que el empleado
escoja. Si el empleado está inscrito en el plan HDHP como “empleado solamente”, la cuota
bajará 18 % para satisfacer las condiciones de la Ley de Cuidado de Salud Asequible. En el caso
de los participantes del plan PPO, el empleado debe cumplir la actividad de bienestar antes del 30 de
marzo de 2018 a fin de obtener el incentivo de prima del seguro médico en 2018.
• En 2018, los miembros del plan PPO ya no tendrán que completar la evaluación del riesgo
(HRA, por sus siglas en inglés) por Internet. Solo será necesario visitar al médico y hacerse un
examen físico anual para tener derecho al incentivo de prima del seguro médico en 2018.
Algunas mejoras en los planes médicos para 2018:
• Subsidio para viaje de donante de riñón. El subsidio para viaje cubre un máximo de $5,000 por
donación de riñón.
• Terapia de análisis conductual aplicado (ACA). A partir del 1 de enero de 2018, se agregará la
cobertura de esta terapia del trastorno del espectro autista.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
NOVEDADES ADICIONALES SOBRE BENEFICIOS
• Ahora el plan dental incluye cobertura de ortodoncia infantil hasta los 19 años, sin aumento de
las cuotas. El plan dental de MasterCorp ahora comprende cobertura de ortodoncia para sus
miembros. Consulte los detalles adicionales sobre esta excelente mejora al plan dental en la página
de cobertura dental de esta guía.
• Aumento del subsidio para armazones de anteojos y lentes de contacto. Si el empleado recurre a
una óptica de la red, el subsidio para comprar armazones de anteojo y lentes de contacto aumentará
a $150 para 2018.
• Se han separado las coberturas del seguro de vida complementario y de indemnización por
discapacidad, con disminución de las cuotas. El empleado ahora tiene la opción de escoger
aquellas coberturas individuales, si así lo desea. Así, el empleado puede optar por un solo tipo de
cobertura o por una combinación cualquiera de las opciones disponibles. Además, se han reducido en
10-25 % las cuotas, así el empleado puede personalizar la cobertura deseada a menor costo.
• Nuevo administrador de cuentas para gastos médicos flexibles. Discovery Benefits será el nuevo
administrador de cuentas FSA para 2018.
PRIMAS DE SEGURO MÉDICO PARA 2018
Visite el sitio web www.mymc4me.com para ver la
retención salarial del costo de la cobertura
de cada opción.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
COBERTURAS DISPONIBLES
Consulte los detalles adicionales de los planes de beneficios para 2018 en el sitio web
www.mymc4me.com, para saber cómo operan, los servicios cubiertos y los costos correspondientes.
COMPARACIÓN DE PLANES MÉDICOS PARA 2018
Beneficio/
Servicio cubierto
Plan PPO Plan HDHP con cuenta
del consumidor
De la red Fuera de la red De la red Fuera de la red
Deducible anual
(Individual/Familiar) $3,000/$6,000 $6,000/$12,000 $4,000/$8,000 $8,000/$16,000
Importe máximo anual
de gastos en efectivo
(Individual/Familiar)
$4,000/$8,000 $12,000/$24,000 $4,000/$8,000 $12,000/$24,000
Consulta médica Copago de $30 60 % luego del
pago de deducible
100 % luego del
pago de deducible
80 % luego del
pago de deducible
Consulta médica
con especialista
Copago de $50 60 % luego del
pago de deducible
100 % luego del
pago de deducible
80 % luego del
pago de deducible
Visita en sala
de urgencias
Copago de $250 Copago de $250 100 % luego del
pago de deducible
80 % luego del
pago de deducible
Cuidado preventivo 100 % 60 % luego del
pago de deducible
100 % 80 % luego del
pago de deducible
Atención
hospitalaria/Atención
ambulatoria en hospital
80 % luego del
pago de
deducible
60 % luego del
pago de deducible
100 % luego del
pago de deducible
80 % luego del
pago de deducible
Medicamentos
recetados
Deducible anual Deducible de $200 (solo
medicamentos de marca)
Genérico de venta
minorista
Copago de $10 Copago de $3 (solo lista de
medicamentos preventivos)
Marca privilegiada
de venta minorista
Copago de $35 Copago de $25 (solo lista de
medicamentos preventivos)
Marca no privilegiada
de venta minorista
Copago de $50 Copago de $50 (solo lista de
medicamentos preventivos)
Demás medicamentos
recetados
Copago de $50 100 % luego del pago de deducible
(Medicamentos excluidos de la lista de
medicamentos preventivos)
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
COBERTURA DENTAL
MasterCorp ofrece seguro dental para sufragar el costo de los
exámenes odontológicos y servicios dentales de rutina. El plan tiene
un deducible de $50 para la cobertura individual del empleado y de
$150 para la cobertura familiar. El monto máximo anual del beneficio
individual es $1,000. Novedad para 2018: nueva cobertura de
ortodoncia infantil hasta los 19 años, sin período de espera.
Consulte los detalles del plan en los párrafos siguientes.
Aspectos destacados del plan dental
Característica del plan Plan PPO Premium Proveedor fuera de la red
Deducible anual
Individuo
Familia
$50 por persona
$150 por familia
$50 por persona
$150 por familia
Monto máximo anual del beneficio* $1,000 por persona $1,000 por persona
Servicios preventivos
(Exámenes, limpiezas de rutina,
tratamientos con flúor, mantenedores
de espacio)
100 %
100 %
Servicios básicos
(Radiografías, empastes, selladores,
reparaciones de dentadura postiza)
80 % luego del pago
del deducible
80 % luego del pago del deducible
Servicios complejos
(Coronas, incrustaciones, puentes
y dentaduras postizas)
50 % luego del pago
del deducible
50 % luego del pago del deducible
Ortodoncia
infantil hasta los 19 años de edad
50 % luego del pago
del deducible 50 % luego del pago del deducible
Cobertura máxima vitalicia de
ortodoncia*
$1,000 por persona $1,000 por persona
*El miembro corre con la diferencia de costo entre el servicio recibido y el monto máximo del beneficio.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Aspectos destacados del plan de servicios de óptica
De la red Fuera de la red
Característica del plan Monto responsabilidad del
empleado Reembolso
Examen Copago de $10 Subsidio de $35
Examen para lentes de contacto
(adaptación y evaluación)
Servicio estándar: copago de $55
Servicio de categoría: descuento
del 10 % del precio minorista
No se aplica
Armazones Copago de $0 y subsidio de $150 Subsidio de $75
Lentes monofocales Copago de $25 Subsidio de $30
Lentes bifocales con línea
divisoria Copago de $25 Subsidio de $45
Lentes trifocales con línea
divisoria Copago de $25 Subsidio de $60
Lentes de contacto
Convencionales o desechables Copago de $0; subsidio de $150 y
descuento del 20 % del saldo Subsidio de $120
Necesidad médica El empleado paga el importe total Subsidio de $200
Frecuencia del beneficio: período renovable de 12 meses (no es año calendario)
Examen 12 meses
Armazones 24 meses
Anteojos 12 meses
Lentes de contacto 12 meses
COBERTURA DE SERVICIOS DE ÓPTICA
MasterCorp ofrece cobertura de servicios de óptica
para sufragar el costo de servicios y suministros
rutinarios como exámenes de la vista, anteojos y
lentes de contacto. El plan de servicios de óptica
permite al empleado escoger a proveedores de red
o fuera de la red cada vez que necesite tales
servicios. Novedades para 2018: aumento del
subsidio para armazones y lentes de contacto,
hasta $150. Consulte los detalles del plan en los
párrafos siguientes.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
CUENTAS FLEXIBLES PARA GASTOS MÉDICOS (FSA)
Con una cuenta flexible para gastos médicos (FSA, por sus siglas en inglés),
el empleado puede sufragar ciertos gastos médicos propios y de las
personas que tenga a cargo con fondos libres del pago de impuestos que le
deducen del salario.
• Si el empleado desea participar en una cuenta FSA en 2018, debe
inscribirse o reinscribirse.
• El titular de una cuenta FSA recibe una tarjeta de débito con la que
puede pagar los gastos elegibles directamente con los fondos de tal
cuenta, sin necesidad de llenar formularios de reintegro.
• Si el empleado se inscribe para tener una cuenta FSA, debe recordar que
tiene que conservar los comprobantes de los gastos médicos en caso de
auditoría del servicio IRS para verificar la elegibilidad de tales gastos.
Cuenta FSA para la atención de la salud
• El empleado puede hacer contribuciones de $100 a $2,600 al año, con el pago diferido de los
impuestos.
Cuenta FSA para la atención de personas a cargo
• El empleado puede apartar de $100 a $5,000 al año.
• Si el empleado es casado y tanto él como su cónyuge presentan declaraciones de impuestos federales
por separado, cada cual puede contribuir $2,500 como máximo.
HAGA PLANES CON
PRUDENCIA
Según la regla “si no la usa,
la pierde” del servicio
tributario federal IRS, el
empleado pierde el saldo
superior a $500 que quede
en su cuenta FSA al final
del año.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
SEGURO DE VIDA
Seguro de vida básico para el empleado
MasterCorp ofrece a cada empleado un seguro de vida básico
por $10,000. El empleado recibe automáticamente esta
cobertura gratuita.
Seguro de vida complementario para el empleado
El empleado puede escoger una cobertura de seguro de vida
complementario por $25,000, $50,000 o $100,000, sujeto a
ciertos límites. La cobertura comprende un beneficio paralelo
de seguro de muerte y desmembramiento por accidente.
Prueba de asegurabilidad
El empleado tendrá que presentar prueba de asegurabilidad
antes de obtener autorización para la cobertura nueva o
adicional que escoja durante el período de inscripción
abierta.
COBERTURA POR DISCAPACIDAD
MasterCorp ofrece cobertura voluntaria por discapacidad de corto y largo plazo a todos los empleados
elegibles. Las normas que rigen las afecciones preexistentes determinan esta cobertura.
Seguro de discapacidad de corto plazo
Opción 1: indemnización equivalente al 50 % del salario semanal hasta un máximo semanal de $250.
Después que el empleado ha estado sin trabajar 14 días, recibe la indemnización durante 11 semanas
hasta la resolución de la discapacidad.
Opción 2: indemnización equivalente al 60 % del salario semanal hasta un máximo semanal de $250.
Después que el empleado ha estado sin trabajar 7 días, recibe la indemnización durante 12 semanas hasta
la resolución de la discapacidad.
Seguro de discapacidad de largo plazo
El empleado puede obtener cobertura equivalente al 60 % del salario básico mensual, con un beneficio
máximo mensual de $3,000. Después que el empleado ha estado sin trabajar 90 días, recibe la
indemnización durante dos años o hasta que cumpla los 70 años, el evento que ocurra primero. El
empleado comienza a recibir este beneficio el mismo día en que termine la discapacidad de corto plazo.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Suma global de indemnización por discapacidad de largo plazo
Si se determina que el empleado tiene una discapacidad total, recibirá una indemnización única por la
suma global de $10,000.
Asistencia de viaje
Disponen del programa de asistencia de viaje los empleados con cobertura, así como sus cónyuges e hijos
que viajen 100 millas o más fuera de la ciudad donde residen. El empleado además dispone de servicios
de atención médica y de transporte las 24 horas en todo el mundo.
Tipos de asistencia:
• Reemplazo de medicamentos o de anteojos en caso de extravío durante el viaje
• Asistencia para hijos a cargo
• Evacuaciones de emergencia por necesidad médica
• Asistencia con la localización y el reemplazo de equipaje en caso de extravío o hurto
• Devolución de vehículos
PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA EMPLEADOS
Este servicio confidencial y gratuito incluye
orientación por teléfono a cualquier hora del día o
de la noche para encarar varios problemas
personales. El programa de asistencia para
empleados (EAP, por sus siglas en inglés) también
incluye un máximo de tres sesiones personales de
orientación gratuita tanto para el empleado como
para las personas que tenga a cargo. Los
orientadores pueden ayudar con preocupaciones
tales como problemas legales, dificultades para lograr estabilidad financiera, problemas afectivos, de
adicción y rehabilitación. Llame al teléfono 855-387-9727 para contactar al programa EAP a cualquier
hora del día, los siete días de la semana. Lo atenderá un orientador profesional. OneAmerica3 es la
identificación de la compañía.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Todos los empleados tienen acceso a este servicio, sin importar si tienen elegibilidad para recibir
beneficios. Use el código OneAmerica3 correspondiente a MasterCorp para conectarse al sitio web
www.guidanceresources.com, así puede aprovechar varios descuentos excelentes a disposición de los
empleados.
Seguro de accidentes
El seguro de accidentes permite costear gastos médicos inesperados, como recargos de sala de urgencias,
deducibles y copagos, resultantes de una lesión inesperada que el empleado sufra por accidente fuera del
trabajo. El empleado recibe estos beneficios directamente, sin tener en cuenta otras coberturas que tenga.
Seguro de cáncer
El seguro de cáncer permite costear los gastos en efectivo tanto médicos como de otro tipo en los que el
empleado incurra para el tratamiento oncológico que no gozan de cobertura en la mayoría de los planes
médicos. La cobertura también incluye un beneficio por completar pruebas de detección oncológica
específicas. Algunos ejemplos de cobertura oncológica:
• Subsidio diario de $400 por reclusión hospitalaria
• Cobertura máxima anual de $12,000 por radiación y quimioterapia
• Cobertura máxima de $5,000 por diagnóstico inicial
• Cobertura para cónyuge y persona a cargo
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Plan jubilatorio 401(k)
El plan jubilatorio MasterCorp Savings and Retirement Plan, que Mass Mutual administra, es uno de los
mejores recursos para preparar su estabilidad financiera en el futuro.
Algunas características:
• Contribuciones paralelas a una cuenta de refugio tributario
• Contribución paralela del 100 % de las contribuciones del empleado hasta el 3 % del salario
• Contribución paralela del 50 % de las contribuciones del empleado que excedan el 3 % del salario
hasta llegar al 5 % del salario
• Adquisición inmediata del 100 % de la cuenta
Todos los empleados pueden participar en el plan jubilatorio 401(k) de MasterCorp si cumplen estos
requisitos:
• Mayor de 21 años
• Antigüedad mínima de 12 meses en la compañía
• Haber trabajado un mínimo de 1,000 horas en los últimos 12 meses
Las fechas de inscripción son 1 de enero, 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
OPCIONES DE COBERTURA EN EL MERCADO DE SEGUROS
MÉDICOS Y SU COBERTURA MÉDICA
PARTE A: INFORMACIÓN GENERAL
El empleado puede comprar pólizas de seguros médicos en el mercado de seguros médicos desde que
componentes claves de la ley de reforma sanitaria entraron en vigencia en 2014. Este aviso contiene
detalles básicos sobre el mercado y los seguros médicos patrocinados por el empleador para que el
empleado pueda evaluar las opciones más convenientes para sí y su familia.
¿De qué se trata el mercado de seguros médicos?
Se concibió este mercado para que el empleado pueda conseguir el seguro médico que más le convenga
y que se ajuste a su presupuesto. El mercado presenta una interfaz que integra todas las opciones
necesarias para buscar y comparar diferentes planes privados de seguros médicos. El empleado también
puede ser candidato para recibir una bonificación fiscal que le reducirá de inmediato el costo de la prima
mensual. Típicamente, el empleado puede afiliarse a un plan médico en el mercado durante el período
inicial de inscripción de aquél o en caso de producirse un evento condicional importante en la vida del
empleado.
¿Pueden costarme menos las primas del seguro médico que obtenga en el mercado?
Si el empleador no ofrece cobertura médica u ofrece planes médicos que no se ajustan a ciertas normas,
el empleado puede conseguir primas mensuales menos costosas. Los ingresos familiares del empleado
determinarán cuánto podrá ahorrar en la prima.
¿Acaso la cobertura médica del empleador afecta la elegibilidad del empleado para conseguir
primas más baratas en el mercado?
Sí. Si el empleador ofrece un plan médico que cumple ciertas normas federales, el empleado no podrá
acogerse a la bonificación fiscal en el mercado de seguros médicos. En tal caso, será más conveniente que
el empleado se afilie al plan médico de su empleador. Si el empleador no ofrece cobertura médica alguna
o si la que ofrece no se ajusta a ciertas normas federales, el empleado aún puede tener derecho a la
bonificación fiscal para conseguir primas mensuales menos costosas, o derecho a una reducción en
ciertos costos compartidos. Además, el empleado tendrá derecho a la bonificación fiscal a) si el costo del
plan médico patrocinado por el empleador (cobertura individual del empleado únicamente) supera el
9.56 % de los ingresos familiares anuales de dicho empleado, o b) si la cobertura médica del empleador
no cumple la norma de “valor mínimo” fijada por la Ley de Cuidado de Salud Asequible.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Nota: si el empleado compra la póliza de un plan médico en el mercado en lugar de aceptar la cobertura
médica patrocinada por el empleador, el empleado perderá la contribución patronal correspondiente.
Además, a menudo se excluye de los ingresos sujetos al pago de impuestos estatales y federales esta
contribución patronal, así como la contribución del empleado a la cobertura médica patronal. Para el
pago de la cobertura médica obtenida en este mercado, se realizan las deducciones de nómina junto con
los impuestos correspondientes.
¿Dónde puedo obtener más detalles?
Si desea más detalles sobre la cobertura médica patronal, consulte la síntesis descriptiva del plan o
comuníquese con el Departamento de Beneficios llamando al teléfono 800-489-1718 o escribiendo a
Puede usar el mercado para evaluar planes médicos, incluso su elegibilidad para obtener cobertura
médica en el mercado así como el costo correspondiente. Consulte los detalles adicionales en la página
web HealthCare.gov, donde encontrará una solicitud electrónica de cobertura médica e información de
contacto del mercado de seguros médicos local.
PARTE B: INFORMACIÓN SOBRE LA COBERTURA MÉDICA PATRONAL
Esta sección contiene detalles sobre todos los planes médicos que el empleador ofrece a sus empleados.
Si decide llenar la solicitud de cobertura médica en el mercado, tendrá que solicitar esta información, la
cual lleva un número identificatorio que la vinculará con la solicitud en el mercado de seguros médicos.
3. Nombre del empleador
MasterCorp, Inc.
4. Número de identificación del
empleador (EIN)
62 - 1206906
5. Domicilio del empleador
P.O. Box 4027
6. Teléfono del empleador
800-489-1718
7. Ciudad
Crossville
8. Estado
TN
9. Código postal
38557
10. ¿A quién podemos contactar sobre la cobertura médica del empleado en esta empresa?
Gerente de beneficios
11. Teléfono (si difiere del anterior)
800-489-1718
12. Dirección de correo electrónico
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Información básica sobre la cobertura médica patronal:
• Este empleador ofrece un plan médico a algunos de sus empleados.
Categorías de empleados elegibles:
• Empleados que trabajan regularmente 30 horas o más por semana.
• Si el horario de trabajo es inferior o superior a la carga semanal de 30 horas después de
11 meses de servicio, cuando el promedio de horas semanales trabajadas es 30 o más.
• El empleador ofrece cobertura para las personas a cargo del empleado que sean elegibles:
• Cónyuge con quien el empleado está legalmente casado.
• Hijos biológicos y legalmente adoptados de 26 años o menores, sin importar su estado
civil o académico, lugar de residencia o elegibilidad para recibir cobertura médica del
propio empleador.
• Hijastros que vivan con el empleado permanentemente.
• Nietos: las reglas citadas para la categoría “hijos” aplican solo si el empleado tiene
custodia.
Si el empleado escoge esta cobertura, la misma satisface la norma de valor mínimo y tiene un costo
asequible para el empleado según su salario.
**El empleado puede tener derecho a una prima descontada en el mercado de seguros médicos aún si
la cobertura médica patronal se presenta como asequible. El mercado de seguros médicos determinará
la elegibilidad para recibir una prima descontada a partir de los ingresos familiares del empleado, entre
otros factores. El empleado aún puede tener derecho a la prima descontada en estos casos: a) la paga
varía de una semana a la otra (paga horaria o comisión); b) el empleado comenzó a trabajar a mitad de
año; c) el empleado sufre otras pérdidas salariales.
El sitio web HealthCare.gov tiene la guía necesaria para comprar pólizas en el mercado de seguros
médicos.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
AVISO DE MASTERCORP, INC. EMPLOYEE BENEFITS PLAN DE MEDIDAS
DE PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN MÉDICA PERSONAL
En este aviso se describen los procedimientos de uso y divulgación de la información médica del
empleado, así como los pasos para que el empleado pueda acceder a la misma. Estudie este aviso con
atención.
NUESTRA PROMESA A NUESTROS EMPLEADOS
En este aviso informamos a nuestros empleados sobre los métodos de preservación de la
confidencialidad de la información médica personal que MasterCorp, Inc. Employee Benefits Plan (el plan)
observa. También se citan las obligaciones legales impuestas por la Ley de transferibilidad y
responsabilidad de seguros o ley HIPAA (Health Insurance Portability & Accountability Act) de 1996
respecto a la información médica protegida del empleado. Este aviso incluye además una descripción de
los derechos a la confidencialidad de la información médica que el empleado y sus familiares tienen como
participantes del plan, que cobra vigencia el 1 de enero de 2018.
El administrador del plan a menudo necesita acceder a la información médica protegida del empleado
para efectuar el pago de los servicios médicos y para cumplir las funciones administrativas del plan.
Deseamos asegurar a los participantes del plan que respetamos la confidencialidad de sus datos médicos
y que éstos gozan de la plena protección de las leyes federales sobre la confidencialidad de la
información médica. MasterCorp exige a todos sus empleados y a terceros que tienen acceso a la
información médica protegida el cumplimiento de los métodos de protección de la información médica
abajo descritos.
Información médica protegida
La regla sobre la confidencialidad de datos médicos personales de HIPAA ampara la información médica
protegida del empleado. Por lo general, se considera información médica protegida toda información en
la que se identifique al individuo y que haya sido creada o recibida por un profesional médico, un plan
médico o un empleador en nombre de un plan médico colectivo en relación con enfermedades físicas o
siquiátricas, con la prestación de la atención médica o con el pago de dicha atención tanto en el pasado,
el presente o el futuro.
Procedimientos de uso de la información médica protegida
Conforme a la regla sobre la confidencialidad de datos médicos personales de HIPAA, la compañía podrá
usar o divulgar la información médica protegida del empleado con ciertos fines sin autorización previa.
Los métodos de uso y divulgación de la información médica protegida del empleado se describen en esta
sección.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Pagos. Usamos y divulgamos la información médica protegida del empleado sin autorización previa de él
por escrito a fin de determinar la elegibilidad de aquél para recibir beneficios, solicitar reembolsos de
terceros o coordinar los beneficios con el administrador de otro plan médico que extiende cobertura al
empleado. Por ejemplo, recibimos la información médica del empleado del profesional médico que lo
atendió. Empleamos dicha información para determinar si esos servicios pueden pagarse conforme al plan
médico colectivo al cual pertenece el empleado.
Operaciones administrativas de la atención médica. Usamos y divulgamos la información médica
protegida del empleado para cumplir las funciones administrativas del plan, como los procesos de control
de la calidad, la resolución de quejas formales internas y la evaluación del rendimiento de los planes
médicos. Por ejemplo, repasamos la experiencia del participante con reclamos de reintegros para poder
comprender la utilización de los servicios médicos y para efectuar cambios en el diseño de los planes
médicos con el fin de controlar el gasto en la atención de la salud. Sin embargo, tenemos prohibido usar
o divulgar la información médica protegida que contenga datos genéticos con fines de aseguramiento.
Tratamientos. Si bien la ley permite el uso y la divulgación de la información médica protegida del
empleado con fines de tratamiento, el administrador del plan médico en cuestión no tiene necesidad de
divulgar dicha información con esos fines. El médico o profesional médico que atiende al empleado tiene
la responsabilidad de explicarle el uso y la divulgación de los datos médicos con fines de prestar
tratamiento, efectuar el pago de servicios y ejecutar funciones administrativas.
Conformidad con la ley. También podremos usar o divulgar la información médica protegida sin
consentimiento por escrito del empleado por otros motivos de conformidad con la ley. Sujeto a ciertos
requisitos, la ley nos permite compartir sin autorización por escrito del empleado la información médica
para comunicar detalles sobre los beneficios o beneficios médicos que puedan ser útiles al empleado,
responder a órdenes judiciales e informar sobre actividades de salud pública futuras (con el fin de
prevenir la propagación de enfermedades, por ejemplo). También la ley nos permite compartir la
información médica protegida durante una reestructuración empresarial, como en el caso de una fusión,
compraventa o adquisición de empresas. Asimismo, divulgaremos la información médica del empleado
cuando así la ley lo exija, como en el caso de prevenir que el empleado o terceros sufran perjuicios graves.
Conformidad con la autorización del empleado. Solicitaremos al empleado autorización antes de usar
o divulgar su información médica protegida cuando así lo exija la ley. En los casos no contemplados en
este aviso, solo usaremos o divulgaremos la información médica del empleado con la autorización previa
por escrito de éste. Sujeto a ciertas excepciones limitadas, necesitaremos la autorización previa por escrito
del empleado antes de la compraventa de la información médica protegida y del uso o la divulgación de
dicha información con fines comerciales. Si el empleado decide firmar una autorización para divulgar su
información, tiene el derecho de revocar dicha autorización para prevenir usos o divulgaciones futuras.
Participación de socios comerciales. Podremos celebrar contratos con entidades conocidas como
socios comerciales, quienes prestan servicios o cumplen funciones en nombre del administrador del plan.
Podremos divulgar la información médica protegida del empleado a nuestros socios comerciales una vez
que éstos hayan convenido por escrito en salvaguardar dicha información. Por ejemplo, podremos
divulgar la información médica protegida del empleado a un socio comercial encargado de administrar
reclamaciones de reintegro. La ley también exige que los socios comerciales amparen la confidencialidad
de la información médica protegida.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Participación del patrocinador del plan. Podremos divulgar la información médica protegida a ciertos
empleados de MasterCorp con el fin de administrar el plan. Estos empleados usarán o divulgarán dicha
información solo cuando sea necesario para cumplir las funciones administrativas del plan o según lo exija
la ley HIPAA, salvo que el empleado haya autorizado divulgaciones adicionales. Queda prohibido el uso
de la información médica protegida con fines de empleo sin la autorización específica previa del
empleado.
Derechos del miembro
Derecho de inspeccionar y copiar información. En la mayoría de los casos, el empleado tiene derecho
a inspeccionar y copiar la información médica protegida que el empleador tiene archivada. Si el empleado
pide copias de tal información, necesitará pagar un cargo módico para cubrir los gastos de copia, envío
por correo u otros cargos afines. El empleado necesitará presentar por escrito su pedido de inspección o
copia de información a la persona abajo indicada. En ciertos casos, el empleador negará tal pedido al
empleado. El empleado podrá recibir la información solicitada en formato electrónico si el empleador
archiva tal información en dicho formato.
Derecho de hacer enmiendas. En caso de que el empleado tenga razón para creer que hay datos
incorrectos o que faltan datos en los archivos de su información médica protegida, tendrá el derecho de
solicitar la enmienda de los mismos o de añadir la información faltante. En tal caso, el empleado debe
pedir por escrito la enmienda de su información médica a la persona abajo indicada. En ciertos casos, el
empleador negará el pedido de enmienda al empleado. En caso de denegación de tal pedido, el
empleado podrá presentar una protesta ante el empleador, que éste incluirá en futuras divulgaciones de
la información en disputa.
Derecho a solicitar un descargo de las divulgaciones. El empleado tiene derecho a recibir un descargo
de ciertas divulgaciones de la información médica protegida. Dicho descargo excluye las siguientes
divulgaciones: 1) para realizar tratamientos, pagos u operaciones administrativas del plan médico; 2) para
compartir información con el afiliado; 3) para cumplir la autorización del empleado; 4) para compartir
información con los amigos o con la familia del empleado en presencia de él o en casos de emergencia;
5) para cumplir fines de seguridad nacional; 6) divulgaciones relacionadas con divulgaciones de
información permitidas de otro modo.
El empleado debe pedir por escrito el descargo de las divulgaciones de información a la persona abajo
indicada. El empleado tiene derecho a solicitar un descargo de las divulgaciones realizadas en los últimos
seis años. En tal caso, el empleado podrá solicitar dicho descargo de forma gratuita en un período de
doce meses.
Derecho a solicitar restricciones. El empleado tiene derecho a pedir al empleador que se abstenga de
usar o divulgar información para realizar tratamientos, pagos o para cumplir otros fines administrativos,
salvo cuando el empleado lo autorice específicamente, cuando la ley así lo exija o en casos de
emergencia. El empleado tiene además el derecho de pedir al empleador que limite la divulgación de la
información médica protegida a la persona que le presta cuidados o a quien se responsabiliza del pago
de la atención médica, como en el caso de un familiar o un amigo. En tal caso, el empleado debe pedir
por escrito tal solicitud a la persona abajo indicada. Aunque el empleador tendrá tal solicitud en cuenta,
no tiene la obligación legal de satisfacer dichas restricciones en la mayoría de los casos.
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Derecho a solicitar comunicaciones confidenciales. El empleado tiene derecho a recibir
comunicaciones confidenciales que contengan su información médica protegida. En tal caso, el empleado
debe pedir por escrito tales restricciones a la persona abajo indicada. El empleador, a su vez, tiene la
obligación de dar lugar a todo pedido razonable en tales circunstancias. Por ejemplo, el empleado podría
pedir a su empleador que le contacte en su lugar de trabajo o que remita a un domicilio diferente toda
comunicación sobre tratamientos.
Derecho a recibir aviso en caso de violación de confidencialidad. El empleado tiene derecho a recibir
notificación en caso de descubrirse la violación de confidencialidad de su información médica protegida.
Tanto el empleador como sus socios comerciales serán responsables de dar aviso en tales circunstancias.
Téngase en cuenta que se dará notificación de tales violaciones de confidencialidad de conformidad con
lo estipulado por la legislación federal.
Derecho a recibir copia impresa de este aviso. Si el empleado acordó recibir este aviso en formato
electrónico, también tiene derecho a recibir copia impresa del mismo con tan solo pedirla. El empleado
deberá comunicarse con la persona abajo indicada para obtener una copia impresa de este aviso.
Nuestras responsabilidades legales
Tenemos las siguientes obligaciones legales: respetar la confidencialidad de la información médica
protegida del empleado, entregar al empleado este aviso de responsabilidades legales y métodos de
protección de la información médica y notificar a los individuos afectados en caso de producirse una
violación de confidencialidad de la información médica protegida.
Nos reservamos el derecho de cambiar las directivas en cualquier momento y de efectivizar dichos
cambios para todos los datos médicos protegidos que tengamos archivados. En caso de realizar cambios
considerables en las directivas, entregaremos al empleado una copia revisada de este aviso. Por otra
parte, el empleado puede solicitar una copia de dicho aviso cuando lo desee. Comuníquese con la
persona abajo indicada si desea más detalles sobre nuestros métodos de protección de la información
médica.
Si tiene alguna pregunta adicional, comuníquese con esta persona:
Tina Mayes
MasterCorp
P.O. Box 4027
Crossville, TN 38557
800-489-1718
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Quejas
Si le preocupa la posibilidad de que no hayamos respetado sus derechos a la confidencialidad de la
información, o si está en desacuerdo con una decisión tomada sobre el acceso a nuestros archivos, puede
comunicarse con la persona ya indicada. También puede remitir una queja a la Oficina de Derechos Civiles
del Departamento de Servicios Sanitarios y Humanos de los EE. UU. La persona ya indicada puede darle el
domicilio apropiado a pedido, o bien usted puede conseguir detalles adicionales visitando la página web
www.hhs.gov/ocr. No sufrirá represalias ni sanciones por presentar quejas ante la Oficina de Derechos
Civiles o ante la empresa.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
AVISO IMPORTANTE DE MASTERCORP SOBRE LA COBERTURA DE
MEDICAMENTOS RECETADOS Y MEDICARE
Sírvase leer con atención este aviso y archívelo en un lugar seguro. Este aviso contiene detalles sobre su
cobertura actual de medicamentos recetados que recibe de MasterCorp y sobre las opciones disponibles
conforme a la cobertura de medicamentos recetados de Medicare. Puede consultar estos detalles para
decidir si desea inscribirse o no en un plan de medicamentos de Medicare. Si está pensando en inscribirse
en tal plan, debería comparar la cobertura que tiene, incluidos los medicamentos cubiertos y sus costos,
con la cobertura y los costos de los planes locales que incluyen cobertura de medicamentos recetados de
Medicare. Encontrará los contactos necesarios para que le ayuden con la toma de estas decisiones sobre
su cobertura de medicamentos recetados al pie de este aviso.
Preste atención a los dos aspectos siguientes sobre su cobertura actual y sobre la cobertura de
medicamentos recetados de Medicare:
1. La cobertura de medicamentos recetados de Medicare entró en vigencia en 2006 para todos los
participantes en Medicare. Usted puede obtener esta cobertura si se inscribe en un plan de
medicamentos recetados de Medicare o en un plan Medicare Advantage (que actúa como un plan
HMO o PPO) que incluya cobertura para medicamentos recetados. Todos los planes de
medicamentos de Medicare incluyen por lo menos un nivel ordinario de cobertura fijado por
Medicare. Algunos de los planes pueden ofrecer una mayor cobertura a cambio de una prima
mensual más elevada.
2. La cobertura de medicamentos recetados incluida en el plan de MasterCorp se considera cobertura
acreditable porque MasterCorp ha determinado que tal cobertura desembolsará los mismos pagos
que la cobertura ordinaria de medicamentos recetados de Medicare en el caso de todos los
participantes del plan en general. Puesto que usted tiene cobertura válida, puede mantenerla sin
necesidad de pagar una prima mayor (un recargo) si después decide inscribirse en un plan de
medicamentos de Medicare.
¿Dónde puede inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare?
Puede inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare la primera vez que sea elegible para
participar en Medicare y hacerlo entre el 15 de octubre y el 7 de diciembre de cada año en adelante.
También puede inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare durante un período de inscripción
especial de dos (2) meses en caso de perder su cobertura válida de medicamentos recetados de manera
no intencionada.
¿Qué sucede con su cobertura actual si decide inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare?
La cobertura actual que tenga en MasterCorp se verá afectada si decide inscribirse en un plan de
medicamentos de Medicare. Si decide inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare y cancela la
cobertura que tiene en MasterCorp, recuerde que usted y las personas que tenga a cargo suyo no podrán
recuperarla después.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
¿Dónde tendrá que pagar una prima mayor (recargo) para inscribirse en un plan de medicamentos
de Medicare?
Si cancela o pierde la cobertura que tiene en MasterCorp y no se inscribe en un plan de medicamentos de
Medicare en un plazo de 63 días seguidos tras el cese de la cobertura actual, posiblemente tenga que
pagar una prima mayor (recargo) para inscribirse en tal plan de Medicare más adelante.
Si no tiene cobertura válida de medicamentos recetados durante 63 días seguidos o por más tiempo,
aumentará su prima mensual en al menos 1 % de la prima básica mensual para beneficiarios de Medicare
por cada mes que usted carece de esa cobertura. Por ejemplo, si no tiene cobertura válida por 19 meses,
la prima mensual que pague aumentará de manera uniforme al menos 19 % sobre la prima básica
mensual para beneficiarios de Medicare. Tendrá que pagar esta prima más alta (recargo) siempre que
tenga cobertura de medicamentos recetados de Medicare. Además, tendrá que esperar hasta octubre
venidero para inscribirse en el plan.
Detalles adicionales sobre este aviso o sobre su cobertura actual de medicamentos recetados
Contacte a la persona abajo indicada para pedir información adicional. NOTA: recibirá este aviso cada
año. También lo recibirá antes del período próximo de inscripción en un plan de medicamentos de
Medicare y en caso de producirse cambios en esta cobertura de MasterCorp. Además, puede solicitar una
copia de este aviso cuando lo desee.
Detalles adicionales sobre las opciones que ofrece la cobertura de medicamentos recetados de
Medicare
El manual Medicare y usted contiene más detalles sobre los planes de Medicare que incluyen la cobertura
de medicamentos recetados. Recibirá en el correo un ejemplar del manual de Medicare cada año. Los
administradores de los planes de medicamentos recetados de Medicare también podrán contactarlo
directamente.
Obtenga detalles adicionales sobre la cobertura de medicamentos recetados de Medicare:
• Visite el sitio web www.medicare.gov.
• Si desea asistencia personalizada, llame al programa de asistencia con planes médicos del
estado donde reside. El número de teléfono está impreso en la contratapa de su ejemplar de
Medicare y usted.
• Llame al teléfono 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227). Los usuarios de equipo TTY
(con dificultades del habla o de la audición) deberán llamar al teléfono 1-877-486-2048.
Si tiene ingresos y recursos económicos limitados, tiene a su disposición asistencia financiera para pagar
la cobertura de medicamentos recetados de Medicare. Si desea información sobre esta asistencia
adicional, visite la página web de Seguridad Social en www.socialsecurity.gov, o llame al teléfono 1-800-
772-1213 (si es usuario de equipo TTY, llame al teléfono 1-800-325-0778).
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Recuerde conservar este aviso de cobertura válida. Si decide inscribirse en uno de los planes de
medicamentos de Medicare, posiblemente tenga que presentar una copia de este aviso en la fecha de su
inscripción para demostrar que ha mantenido cobertura válida o no y para determinar si tiene que pagar
una prima mayor (recargo).
Fecha: 15 de octubre de 2017
MasterCorp
P.O. Box 4027
Crossville, TN 38557
800-489-1718
AVISO DE DERECHOS DEL MIEMBRO AL PLAN COBRA
Este aviso es para usted porque acaba de recibir cobertura de un plan médico colectivo (llamado el plan).
Este aviso contiene detalles importantes sobre su derecho a recibir la cobertura continuada con COBRA,
una extensión temporal de cobertura conforme al plan. En este aviso se explica la cobertura continuada
con COBRA, las fechas de disponibilidad para el empleado y su familia, así como los pasos que usted
debe adoptar para ejercer su derecho a obtenerla. Una vez que pueda inscribirse en un plan COBRA,
también podrá acceder a otros niveles de cobertura más económicos que la propia cobertura continuada
con COBRA.
El derecho a la cobertura continuada con COBRA es el resultado de una ley federal, la Ley Ómnibus
Consolidada de Reconciliación Presupuestaria de 1985 (conocida por COBRA, su abreviatura inglesa). El
empleado y su familia pueden acceder a la cobertura continuada con COBRA cuando no hay otras
opciones de cobertura médica colectiva. Repase la síntesis descriptiva del plan o contacte al
administrador del plan si desea más detalles sobre sus derechos y obligaciones conforme al plan y
conforme a la legislación federal aplicable.
Quizás tenga otras opciones si pierde su cobertura médica. Por ejemplo, puede ser elegible para
comprar la póliza de un seguro médico individual en el mercado de seguros médicos. Por lo tanto, si se
inscribe para recibir cobertura médica en este mercado, quizás pueda reducir el costo de las primas
mensuales y sus gastos médicos en efectivo. Asimismo, puede tener derecho a participar en un período
de inscripción especial de 30 días para afiliarse a otro plan médico colectivo que pueda aceptarlo (como
el plan médico de su cónyuge), aún si ese plan normalmente no acepte afiliados tardíos.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
DEFINICIÓN DE COBERTURA CONTINUADA CON COBRA
La cobertura continuada con COBRA prolonga la cobertura médica del plan en caso de producirse un
evento condicional importante en la vida del empleado que de otro modo daría fin a esa cobertura. Una
lista de este tipo de eventos específicos se presenta más adelante en este documento. Tras producirse un
evento condicional importante en la vida del empleado, el empleador debe ofrecer la cobertura
continuada con COBRA a cada persona considerada “beneficiaria condicional”. El empleado, su cónyuge e
hijos a cargo pueden considerarse beneficiarios condicionales si pierden la cobertura del plan debido a un
evento condicional importante en la vida del empleado. Conforme al plan, los beneficiarios condicionales
que optan por la cobertura continuada con COBRA deben pagar las primas correspondientes.
Si usted es empleado, pasará a ser beneficiario condicional en caso de perder cobertura del plan debido
a uno de estos eventos condicionales importantes:
• Reducción de las horas de trabajo.
• Cese laboral por cualquier motivo, excepto en caso de mala conducta grave.
Si usted es el cónyuge de un empleado, pasará a ser beneficiario condicional en caso de perder cobertura
del plan debido a uno de estos eventos condicionales importantes:
• Muerte del cónyuge.
• Reducción de las horas de trabajo del cónyuge.
• Cese laboral por cualquier motivo, excepto en caso de mala conducta grave del cónyuge.
• El cónyuge adquiere el derecho a recibir beneficios de Medicare conforme a las partes A o B, o
ambas.
• Divorcio o separación legal del cónyuge.
Los hijos a cargo suyo pasarán a ser beneficiarios condicionales en caso de perder cobertura del plan
debido a uno de estos eventos condicionales importantes:
• Muerte del padre o madre que es empleado.
• Reducción de las horas de trabajo del padre o madre que es empleado.
• Cese laboral del padre o madre que es empleado por cualquier motivo, excepto en caso de mala
conducta grave.
• El padre o madre que es empleado adquiere el derecho a recibir beneficios de Medicare
conforme a las partes A o B, o ambas.
• Divorcio o separación legal de los padres.
• El hijo pierde elegibilidad para recibir cobertura del plan como “hijo a cargo del empleado”.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
FECHA DE DISPONIBILIDAD DE LA COBERTURA COBRA
El plan ofrecerá la cobertura continuada con COBRA a los beneficiarios condicionales solo después que el
administrador del plan haya recibido aviso de un evento condicional importante en la vida del empleado.
El empleador debe avisar al administrador del plan en caso de producirse los siguientes eventos
condicionales:
• Cese del empleo o reducción de las horas de trabajo.
• Muerte del empleado.
• El empleado adquiere el derecho a recibir beneficios de Medicare conforme a las partes A o B,
o ambas.
En caso de otros eventos condicionales (divorcio o separación legal del empleado y su cónyuge, o uno de
los hijos a cargo del empleado pierde elegibilidad para recibir cobertura como tal), el empleado debe
avisar al administrador del plan en un plazo no mayor a los 60 días tras producirse dicho evento
condicional. El empleado debe enviar este aviso al Departamento de Beneficios de MasterCorp.
ACTIVACIÓN DE LA COBERTURA CONTINUADA CON COBRA
Se ofrecerá la cobertura continuada con COBRA a cada uno de los beneficiarios condicionales una vez
que el administrador del plan reciba aviso de haberse producido un evento condicional. Cada beneficiario
condicional goza del derecho individual de escoger la cobertura continuada con COBRA. El empleado con
cobertura puede escoger la cobertura continuada con COBRA en nombre de su cónyuge. El padre o
madre que sea empleado puede optar por esta cobertura en nombre de sus hijos.
La cobertura continuada con COBRA es una extensión temporal de la cobertura médica que por lo
general dura 18 meses debido al cese de empleo o a la reducción de las horas de trabajo. El beneficiario
condicional podrá recibir una cobertura máxima de 36 meses si se dan ciertos eventos condicionales, o si
se presenta un segundo evento condicional durante el período inicial de cobertura.
Hay opciones adicionales de extensión del período de 18 meses de la cobertura continuada con COBRA,
que se detallan a continuación:
Extensión por discapacidad del período de 18 meses de la cobertura continuada
Si Seguridad Social determina que el empleado o cualquiera de sus familiares con cobertura del plan está
discapacitado y si el empleado avisa puntualmente al administrador del plan de tal circunstancia, el
empleado y toda su familia tendrán derecho a una extensión adicional de 11 meses de la cobertura
continuada con COBRA, hasta un período máximo de 29 meses. Esta discapacidad deberá haber
comenzado antes de haber transcurrido 60 días de la cobertura continuada con COBRA y debe durar por
lo menos hasta el final del período de 18 meses de dicha cobertura.
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Segunda extensión de 18 meses de la cobertura continuada debido a segundo evento condicional
Si se produce un segundo evento condicional en la familia del empleado durante los 18 meses de la
cobertura continuada con COBRA, el cónyuge y los hijos a cargo de la pareja pueden obtener una
extensión adicional de 18 meses de dicha cobertura, por un máximo de 36 meses, si el empleado avisa
puntualmente al plan de la ocurrencia del segundo evento condicional. Puede ofrecerse esta extensión al
cónyuge y a los hijos a cargo del empleado que reciben la cobertura continuada con COBRA en estos
casos: muerte del empleado actual o ex empleado; el empleado adquiere el derecho a los beneficios de
Medicare (conforme a las partes A o B, o ambas); divorcio o separación legal; el hijo a cargo del empleado
pierde elegibilidad como tal conforme al plan. Se ofrece esta extensión solo si un segundo evento
condicional hubiera ocasionado la pérdida de cobertura del plan al cónyuge o al hijo a cargo del
empleado y de no haber tenido lugar el primer evento condicional.
¿SE OFRECEN OTRAS OPCIONES DE COBERTURA ADEMÁS DE LA
COBERTURA CONTINUADA CON COBRA?
Sí. En lugar de inscribirse a la cobertura continuada con COBRA, el empleado puede aprovechar otras
opciones para sí y su familia en el mercado de seguros médicos, con Medicaid y con otros planes
médicos colectivos (el plan del cónyuge, por ejemplo) durante el llamado “período de inscripción
especial”. Algunos de estos planes pueden ser más económicos que la cobertura continuada con COBRA.
Entérese de los detalles de la mayoría de estas opciones en la página web www.healthcare.gov.
QUÉ PUEDE HACER SI LE QUEDAN PREGUNTAS
Si todavía tiene preguntas sobre el plan o sobre sus derechos a la cobertura continuada con COBRA,
diríjase a los contactos indicados más adelante. Para obtener más detalles sobre los derechos que le
otorgan la Ley de Garantía de Ingresos por Jubilación del Empleado (ERISA, por sus siglas en inglés), la ley
COBRA, la Ley de Cuidado de Salud Asequible y demás leyes que rigen planes médicos colectivos,
acérquese a la oficina regional o distrital más cercana de la Administración de Seguridad de Beneficios
del Empleado (EBSA, por sus siglas en inglés) del Departamento de Trabajo de EE. UU., o bien visite la
página web www.dol.gov/ebsa. Nota: el sitio web de EBSA tiene las direcciones y los teléfonos de las
oficinas regionales y distritales de EBSA. Obtenga detalles adicionales sobre el mercado de seguros
médicos en la página web www.HealthCare.gov.
MANTENGA INFORMADO AL ADMINISTRADOR DEL PLAN SOBRE
CUALQUIER CAMBIO DE DOMICILIO
Hágale saber al administrador del plan si hay cambios de domicilio de los miembros de su familia a fin de
proteger los derechos de ellos. Guarde una copia para sí de todos los avisos que envíe al administrador
del plan.
INFORMACIÓN DE CONTACTO DEL PLAN
MasterCorp
P.O. Box 4027
Crossville, TN 38557
800-489-1718
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
AVISO DEL PROGRAMA DE BIENESTAR Y DE ALTERNATIVAS RAZONABLES Los empleados inscritos en el plan médico PPO pueden inscribirse voluntariamente en el programa de
bienestar Master Wellness. La administración del programa se ajusta a las leyes federales que autorizan la
creación de programas de bienestar a las compañías que procuran mejorar la salud de sus empleados o
prevenir enfermedades entre ellos. Entre estas leyes se cuentan las siguientes: Ley de derechos de
discapacitados de 1990; Ley contra la Discriminación por Información Genética de 2008 y Ley de
Transferibilidad y Responsabilidad de Seguros, según correspondan. Si el empleado desea participar en el
programa de bienestar, se le pedirá hacerse un examen físico anual y abstenerse de consumir tabaco,
aunque estos objetivos no son obligatorios.
Sin embargo, el empleado que prefiera participar en el programa de bienestar recibirá un incentivo en la
forma de primas reducidas del plan médico para el año del plan siguiente. Aunque el empleado no tiene
la obligación de hacerse un examen físico anual ni de abstenerse de consumir tabaco, solo aquellos
empleados que cumplan estos objetivos recibirán el incentivo ya mencionado.
Si el empleado no puede participar en ninguna de las actividades de buena salud ni lograr ninguno de los
objetivos de salud exigidos para recibir el incentivo ya indicado, sí tendrá derecho a una adaptación
razonable o a un estándar alternativo. Puede solicitar una adaptación razonable o un estándar alternativo
si contacta a MasterCorp llamando al teléfono 800-489-1718 escribiendo a [email protected].
La compañía podrá usar los datos derivados del examen físico del empleado en cuestión para ofrecerle
información que le permita comprender su estado de salud actual y los riesgos correspondientes.
Además, la compañía podrá valerse del examen físico para ofrecer a sus empleados servicios como
programas para dejar de fumar mediante el programa de bienestar. Además, se recomienda al empleado
compartir los resultados del examen físico o las preocupaciones que tenga con su propio médico.
Métodos de protección de la confidencialidad de la información médica
La compañía tiene la obligación legal de respetar la confidencialidad y preservar la seguridad de los datos
médicos que identifican al empleado. Si bien el programa de bienestar y MasterCorp usan los datos
consolidados que han recogido para concebir un programa según los riesgos de salud identificados en el
lugar de trabajo, Master Wellness jamás divulgará datos personales al público ni al empleador, salvo
cuando sea necesario para satisfacer el pedido del empleado involucrado por motivo de una adaptación
razonable que necesite para participar en el programa de bienestar, o según la ley lo autorice
específicamente. Los datos médicos que identifican al empleado y que éste dé en relación con el
programa de bienestar no llegarán a conocimiento de supervisores ni gerentes, ni tampoco se usarán
para tomar decisiones que afecten el empleo del empleado involucrado.
Los datos médicos del empleado no estarán sujetos a venta, intercambio, transferencia ni divulgación,
salvo según la ley lo autorice para realizar actividades específicas relativas al programa de bienestar.
No se pedirá ni se obligará al empleado a renunciar a su derecho al trato confidencial de sus propios
datos médicos como condición para participar en tal programa de bienestar ni para recibir incentivos del
mismo. Todo individuo que reciba los datos médicos del empleado con el fin de prestar los servicios del
programa de bienestar respetará los mismos requisitos de trato confidencial. Los únicos individuos o
entidades que reciban los datos médicos que identifican al empleado son BCBS of Tennessee para poder
prestar los servicios del programa de bienestar.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
Además, la compañía mantendrá separados del legajo del empleado todos los datos médicos obtenidos
con el programa de bienestar, cifrará todos los datos almacenados electrónicamente y excluirá de toda
decisión laboral la información que el empleado facilite para participar en tal programa de bienestar.
Respecto a los datos que el empleado dé en relación con el programa de bienestar, la compañía adoptará
las precauciones necesarias para prevenir toda violación de confidencialidad de datos, y avisará de
inmediato al empleado afectado si se produce un caso de violación de confidencialidad.
El empleado queda amparado de discriminación laboral respecto a los datos médicos que dé para
participar en el programa de bienestar, así como de represalias si opta por no participar.
Alternativas razonables
El plan de seguro médico tiene por firme objetivo lograr el mejor estado de salud para los empleados
inscritos. Todos los empleados elegibles pueden ganar premios por participar en un programa de
bienestar. Si el empleado cree que no podría cumplir una de las condiciones de un premio del programa
de bienestar, MasterCorp quizás sí pueda obtenerlo por otros medios. Comuníquese con MasterCorp
llamando al teléfono 800-489-1718 o escribiendo a [email protected] y un representante le
ayudará (y hablará con su médico, si así lo desea) a escoger el programa de bienestar que ofrezca el
premio alternativo que le convenga según su estado de salud.
Si tiene alguna duda o inquietud sobre este aviso, o sobre las medidas de protección contra
discriminación y represalias, contacte a MasterCorp llamando al teléfono 800-489-1718 o escribiendo
PERÍODO DE INSCRIPCIÓN ESPECIAL DE 60 DÍAS
Además de los eventos condicionales importantes en la vida del empleado que se detallan en la guía de
inscripción y en este documento, el empleado y las personas a su cargo gozarán de un período especial
de 60 días para escoger cobertura o para suspenderla en uno de estos casos:
• La cobertura de empleado o la cobertura Medicaid o CHIP (Programa de Seguro Médico Infantil)
queda interrumpida por la pérdida de elegibilidad.
• Usted o la persona a su cargo adquieren elegibilidad para recibir un subsidio de asistencia
para el pago de primas conforme a Medicaid o a CHIP.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
AVISO DE DERECHOS A INSCRIPCIÓN ESPECIAL
Si usted rehúsa la inscripción a un plan médico para sí o para las personas a su cargo (cónyuge inclusive)
porque ya tiene cobertura médica adicional, puede inscribirse usted o inscribir a las personas a su cargo
al plan médico de MasterCorp en caso de que uno u otro pierdan elegibilidad para acceder a aquella
cobertura adicional, o si el empleador suspende las contribuciones a la cobertura médica adicional suya o
la de las personas a su cargo. Sin embargo, debe solicitar la inscripción en un plazo máximo de 30 días a
partir de la fecha de terminación de la cobertura suya o de la de las personas a su cargo, o después de la
fecha en que el empleador suspende las contribuciones a aquella cobertura. Además, si tiene una persona
adicional a cargo como resultado de matrimonio, nacimiento, adopción o entrega de niño en adopción,
puede inscribirse usted mismo y a las personas a su cargo a la cobertura médica de MasterCorp siempre
que solicite dicha inscripción contactando al gerente de beneficios en un plazo máximo de 30 días
después de la fecha del matrimonio, nacimiento, adopción o entrega del niño en adopción. Pida
información adicional al Departamento de Beneficios de MasterCorp llamando al teléfono 800-489-1718.
AVISO DE NEONATOLOGÍA Y OBSTETRICIA
En el caso de hospitalizaciones por maternidad y de conformidad con la legislación federal, el plan
no limita los beneficios de hospitalización neonatal, de la duración que fuera, que afecte a la madre o al
recién nacido a menos de 48 horas tras un parto vaginal, o a menos de 96 horas tras una cesárea.
Sin embargo, por lo general, la legislación federal no impide que el profesional médico responsable de la
madre o del neonato les dé el alta a uno o al otro antes de cumplirse las 48 horas (o las 96 horas, según
corresponda) luego de consultar a la madre. El plan no puede exigir al proveedor que ordene una
hospitalización menor de 48 horas (o menor de 96 horas tras una cesárea).
LEY DE DERECHOS DE LA MUJER A CIRUGÍA REPARADORA TRAS
UNA MASTECTOMÍA, SANCIONADA EN 1998
En caso de mastectomía pasada o futura, la empleada tiene derecho a ciertos beneficios que le acuerda la
Ley de derechos de la mujer a cirugía reparadora tras una mastectomía, sancionada en 1998 (WHCRA, por
sus siglas en inglés). Se extenderá cobertura a la empleada con derecho a beneficios de mastectomía
según el resultado de las consultas que ella tenga con el médico que la atiende, en los siguientes casos:
• Todas las etapas de reconstitución del seno en el que se haya practicado la mastectomía.
• Cirugía y reconstitución del otro seno para devolver el aspecto simétrico.
• Prótesis varias.
• Tratamiento de complicaciones físicas durante las etapas de la mastectomía, incluidos los
linfedemas.
El plan proveerá estos beneficios sujeto a los mismos deducibles, copagos y coseguros aplicables a los
demás beneficios médicos y quirúrgicos del plan médico de la empleada. Si la empleada desea más
detalles sobre los beneficios acordados por la ley WHCRA, puede comunicarse con el gerente de
beneficios o con el administrador del plan médico.
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
NOTAS
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INSCRIPCIÓN ABIERTA / 2018
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En esta guía se presentan los puntos salientes de muchos de los planes de beneficios patrocinados por
MasterCorp. La documentación legal que controla estos planes contiene todos los detalles de estos planes. Si
existe alguna discrepancia entre los documentos de un plan en particular y la información presentada en
esta guía, aquellos documentos tienen primacía. En todos los casos, los documentos del plan son la fuente
exclusiva para determinar los derechos y beneficios de los planes. La participación en los planes no
constituye contrato de trabajo. MasterCorp se reserva el derecho de modificar, enmendar o terminar
cualquiera de los planes de beneficios o prácticas según lo descrito en esta guía. Esta guía no contiene
disposición alguna que establezca la continuación indefinida de ninguna de las disposiciones nuevas del
plan. Esta guía es un resumen de las modificaciones importantes, según lo exigido por la Ley de Garantía de
Ingresos por Jubilación del Empleado (Employee Retirement Income Security Act o ERISA) de 1974, con
enmiendas.