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OFICINA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL (ONAP) “EVOLUCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ESTADO DOMINICANO” Santo Domingo de Guzmán, D.N. Septiembre, 2004

OFICINA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL (ONAP) · ORGÁNICA DEL ESTADO DOMINICANO” Santo Domingo de Guzmán, D.N. Septiembre, 2004. PRIMERA REPUBLICA 1844 - 1861. Sector

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  • OFICINA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y

    PERSONAL (ONAP)

    “EVOLUCIÓN DE LA ESTRUCTURA

    ORGÁNICA DEL ESTADO DOMINICANO”

    Santo Domingo de Guzmán, D.N.

    Septiembre, 2004

  • PRIMERA REPUBLICA

    1844 - 1861

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General durante los Gobiernos de:

    A) Pedro Santana Familias (del 13 de Julio de 1844 al 4 de Agosto de 1848) / B) Manuel Jiménez González (del 8 de Septiembre de 1848 al 29 de Mayo de

    1849) / C) Pedro Santana Familias (del 30 de Mayo al 23 de Septiembre de 1849) / D) Buenaventura Báez Méndez (del 23 de Septiembre de 1849 al 15 de

    Febrero de 1853) / E) Pedro Santana Familias (del 15 de Febrero del 1853 al 24 de Febrero de 1854)

    (Constitución Política del 6 de Noviembre del 1844)

    Ley 38 del 7-6-1845 que determina los negocios de cada uno de los Secretarios de Estado

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Alcaldes

    Constitucionales

    de Comunes

    Tribunales de

    Justicias

    Mayores

    Tribunales de

    Apelación

    Presidencia de la

    República

    PODER

    LEGISLATIVO

    TribunadoConsejo

    Conservador

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Consejo de

    Secretarios de

    EstadoSecretaría

    Particular

    Secretaría

    Particular

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Colegios

    Electorales

    Asambleas

    Primarias

    Diputados

    Provinciales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso Nacional

    (1) (2)

    (3)

    (9) (10)

    (8)

    (3)(3) (4)(3)(3)

    (5)

    (6)

    (7)

    (1) El Consejo Conservador se compone de

    cinco miembros, en razón de uno por cada

    Provincia (Art. 60 C.P.). Para ser miembro de

    dicho Consejo, se necesita entre otras

    condiciones "Ser propietario de bienes raices".

    (Art. 62, numeral tercero C.P.).

    (2) El Tribunado se compone de quince

    Diputados.. . en razón de tres por cada

    Provincia (Art. 46 C.P.). Al igual que a los

    miembros del Consejo Conservador se les

    exige "Ser propietario de bienes raices". (Art.

    48, numeral tercero). C.P.

    (3) Ley 38 del 7-6-1845, que determina los

    negocios de cada uno de los Secretarios de

    Estado.

    (4) Ley 42 de Hacienda del 12-6-1845, que

    reorganiza la Secretar ía de Estado de

    Hac ienda y Comerc io y Ar t . 182 de la

    Constitución Política.

    (5 ) " Habrá un Ayun tamien to en cada

    Común...". (Art. 159 C.P.)

    (6) "En cada cabeza de Provincia habrá una

    Diputación Provincial... compuesta de cuatro

    Diputados, presidida por el JEfe Superior

    Político..." (Art. 147 C.P.). La Diputación

    Provincial se renueva cada dos años y sus

    miembros pueden ser reelectos. (Art. 148 C.P.

    (7) Las Asambleas Primarias y los Colegios

    Electorales son creados mediante los Arts. 160

    y 164 de la Constitución Política.

    (8) La Suprema Corte de Justicia se compone

    de un Presidente, tres vocales elegidos por el

    Consejo Conservador, entre los candidatos

    presentados por el Tribunado y de un agente

    del Ministerio Público nombrado por el Poder

    Ejecutivo (Art. 131 C.P.).

    (9) Dos Tribunales de Apelación para toda la

    República, uno con asiento en Santo Domingo

    y otro en Santiago de los Caballeros. (Arts.

    132 y 133 C.P.)

    (10) Los Tribunales de Justicias Mayores

    funcionan en cada cabeza de Provincia. (Ley

    159)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (*) En su Art. 34, la Ley 38 decía: ¨El

    Presidente de la República tendrá un

    Secretario Particular....¨

    (*)

  • Sector Público DominicanoO rganigrama General

    Continuación de l Gobierno de Pedro Santana Familias (del 25 de Febrero de 1854 al 22 de Diciembre de 1854)

    1era. Revisión de la Constitución Política el 25 de Febrero de 1854

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    Tribunales de

    Apelación

    Alcaldes de

    Comunes

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de EstadoSecretaría

    Particular

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Colegios

    Electorales

    Asambleas

    Primarias

    Diputados

    Provinciales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso Nacional

    Cámara de

    Representantes

    Cámara del

    Senado

    Presidente de la

    RepúblicaVicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior,

    Policía y Agricultura

    Secretaría de Estado

    de Hacienda,

    Comercio y Fomento

    Secretaría de

    Estado de Guerra,

    Marina y Obras

    Públicas

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Tribunales

    de Comercio

    Art. 48 C.P. Art. 42 C.P.

    Art. 71 C.P.

    Art. 104 C.P. Art. 103 C.P.Art. 103 C.P.

    Art. 84 C.P.Art. 84 C.P.Art. 84 C.P.

    (1)

    (1) La Suprema Corte de Justicia se

    compone de un Presidente y cuatro

    ministros elegidos por el Senado, de

    los candidatos presentados por la

    Cámara de Representantes. .. y de

    un agente del M inisterio Públ ico.

    (Art. 98)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A) Continuación del Gobierno de Pedro Santana Familias (del 23 de Diciembre de 1854 al 1 de Junio de 1856) / B) Gobierno de Manuel de Regla Mota (del 1

    de Junio al 8 de Octubre de 1858) / C) Gobierno de Buenaventura Báez (del 8 de Octubre de 1856 al 12 de Junio de 1858)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    Tribunales de

    Apelación

    Alcaldes de

    Comunes

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de EstadoSecretaría

    Particular

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Colegios

    Electorales

    Asambleas

    Primarias

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaSenado Consultor

    Presidente de la

    RepúblicaVicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior,

    Policía y Agricultura

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Tribunales

    de Comercio

    2da. Reforma de la Constitución Política el 16 de Diciembre de 1854

    Cámara de

    Cuentas

    (1)(2)

    Art. 38 C.P. Art. 38 C.P.

    (3) (4)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    ( 1 ) E l Pod e r Leg i s l a t i vo es

    convertido en unicameral que se

    ejerce por un Senado Consultor "y

    se compone por dos individuos por

    la Provincia Capital, dos por la de

    Santiago de los Caballeros y uno

    p o r c ad a un a de l as d em ás

    Provincias. Duran en sus destinos

    seis años...". (Art. 18 C.P.)

    (2) Tanto el Presidente como el

    Vicepresidente de la República

    desempeñan estos cargos por el

    espacio de seis años. (Arts. 28 y

    30 C.P.).

    (3) La Constitución Reformada del

    16 de Diciembre de 1854, no

    con temp la las D ipu tac iones

    Provinciales.

    (4) La Cámara de Cuentas que

    dependía de la Secretaría de

    Estado de Hacienda y Comercio,

    p a s a a s e r u n a i n s t i t u c i ó n

    descentralizada "compuesta de

    individuos nombrados libremente,

    por el Senado Consultor..." (Art. 57

    C.P.) y Ley 388 del 25 de Mayo de

    1855, que establece la Cámara de

    Cuentas.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Gobierno de José D esiderio Valverde (del 7 de Julio de 1857 al 31 de Agosto de 1858)

    3ra. Constitución de Moca del 19 de Febrero de 1858

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    Tribunales de

    Apelación

    Tribunales

    de Comercio

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de EstadoSecretaría

    Particular

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Juntas

    Departamentales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso Nacional

    Cámara de

    RepresentantesSenado

    Presidente de la

    RepúblicaVicepresidente de la

    República

    Secretaría de Estado

    de Gobernación,

    Justicia e Instrucción

    Pública

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Jueces de

    Instrucción

    (2) (3)

    (1)

    Art. 100 C.P.

    Art. 89 C.P.

    (4)

    (5)Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (1) El Poder Legislativo se ejerce por

    un Congreso, compuesto por un

    Senado y de u na Cám ar a de

    Representantes. (Art. 32 C.P.)

    (2) La Cámara de l Senado se

    compone de los Senadores...., en

    razón de dos por cada Provincia

    (Art. 42). El Senado se elige por seis

    años, y se renueva por mitad cada

    tres años. (Art. 43)

    (3) La Cámara de Representantes

    se compone de los Diputados..., en

    razón de cuatro años y se renovará

    por mitad cada dos años. (Art. 35)

    (4) Se restablecen las Diputaciones

    Provinciales con la denominación de

    " J u n t a s D e p a r t a m e n t a l e s " ,

    compuestas de un Diputado por

    cada común de las que compongan

    el Departamento (Art. 110). Estas

    Juntas no son presididas por el

    Gobernador Departamental.

    (5) Las Asambleas Primarias y los

    Colegios Electorales son refundidos

    en las Asambleas Electorales, se

    establece el voto directo y sufragio

    universal. (Art. 123)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Gobierno de Pedro Santana Familias (del 27 de Junio de 1858 al 17 de Marzo de 1861)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    Tribunales de

    Apelación

    Alcaldías de

    Comunes

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de EstadoSecretaría

    Particular

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Colegios

    Electorales

    Asambleas

    Primarias

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaSenado Consultor

    Presidente de la

    RepúblicaVicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior,

    Policía y Agricultura

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Tribunales

    Especiales

    de Comercio

    4ta. Constitución del 16 de Diciembre de 1854 (*)

    Cámara de

    Cuentas

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (*) Puesta nuevamente en vigor por

    Decreto del Poder Ejecutivo Núm. 564, del

    27 de septiembre de 1858.

  • ANEXION A ESPAÑA

    1861 - 1865

  • Sector Público de la Provincia Española de Ultramar de Santo DomingoOrganigrama General durante la Anexión a España y de las Gobernaciones de:

    A) Teniente General Pedro Santana Familias (del 18 de Marzo de 1861 al 2 de Mayo de 1862) / B) Teniente General FelipeRibero y Lemoyne (del 2 de Mayo

    de 1862 al 23 de Octubre de 1863) / C) Mariscal de Campo Carlos de Vargas y Cerveto (del 23 de Octubre de 1863 al 21 de Febrero de 1864) / D) Teniente

    General José de la Gándara y Navarro (del 21 de Febrero de 1864 al 9 de Julio de 1865)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    REINA DE ESPAÑAREINA DE ESPAÑA

    REAL AUDIENCIAREAL AUDIENCIA

    Tribunales de

    Comercio

    Tribunales de

    Comercio

    Promotorias

    Fiscales

    Alcaldías

    Mayores

    Gobernador Capitán GeneralGobernador Capitán General

    Junta de

    Gobierno

    Secretaría de

    Gobierno

    Consejo

    Administrativo

    Consejo

    Administrativo

    Secretaría de

    Justicia e

    Instrucción PúblicaSecretaría de Los

    Negocios Políticos

    Secretaría de Los

    Negocios Políticos Secretaría del Ramo

    Militar

    Secretaría del Ramo

    Militar

    Secretaría de

    Hacienda y Negocios

    Internacionales

    Comandantes de Armas

    Juntas MunicipalesJuntas Municipales

    Tenientes GobernadoresTenientes Gobernadores

    Juntas MunicipalesJuntas Municipales

    Gobernadores

    Políticos - Militares

    Ayuntamientos

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (2)

    (1)(3)

    (4) (4)

    (5a)

    (5b)

    (5c)

    ( 1 ) R e a l D e c . 6 8 5 d e l 9 - 5 - 1 8 6 1 ,

    reincorporando a la Monarquía Española el

    ter r i tor io que const i tu ía la Repúbl ica

    Dominicana. Dado en Aranjuez, España.

    (2) Real Dec. 704 del 17-11-1861, que crea el

    cargo de Gobernador Capitán General en el

    territorio de la antigua República Dominicana.

    (3) Real Dec. 780 de 21-11-1861, crea la

    Real Audiencia y fue establecida en Santo

    Domingo con las mismas atribuciones y

    facultades declaradas a las de las Provincias

    de Ultramar. Estaba compuesta por un

    Regente, cuatro Magistrados, el Fiscal de la

    Reina, un Teniente Fiscal y un Secretario.

    (3a) Real Orden 713 del 21 de noviembre de

    1861, que crea los Tribunales de Comercio.

    (4) Circular 690 del 10-6-1861, que crea las

    Secretarías de los Negocios Políticos y la del

    Ramo Militar.

    (5a) Los Ayuntamientos se establecieron en

    Santo Domingo, Santiago de los Caballeros,

    Azua, El Seybo, La Vega y Samaná. Estos

    ayuntamientos eran presididos por los

    Gobernadores Políticos-Militares.

    ( 5 b ) E s t a s J u n t a s M u n i c i p a l e s s e

    establecieron en San Cristóbal, Baní, San

    José de los Llanos, Puerto PLata, Guayubín,

    San Juan, Las Matas de Farfán, Neyba,

    H iguey, Macor ís y Moca . Las Jun tas

    Municipales estaban compuestas por cinco

    individuos y eran presididas por los Tenientes

    Gobernadores.

    ( 5 c ) E s t a s J u n t a s M u n i c i p a l e s s e

    establecieron en Guerra, Monte Plata,

    Bayaguana, San José de Ocoa, San José de

    las Matas, Sabaneta, Montecristi, Barahona,

    Ha to Mayo r , San Ped ro de Maco r í s ,

    Jarabacoa, Cotui y Sabana de la Mar. Las

    Juntas Municipales estaban compuestas por

    tres individuos y eran presididas por los

    Comandantes de Armas.

    (6) Real Decreto 764 del 24 de octubre de

    1863, que crea un Consejo Administrativo.

    (3a)(6)

  • RESTAURACION Y

    SEGUNDA REPUBLICA

    1863 - 1916

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de los Gobiernos:

    A) Provisional de José Antonio Salcedo (del 14 de Septiembre de 1863 al 10 de Octubre de 1864) / B) Provisional de Gaspar Polanco (del 10 de Octubre de

    1864 al 24 de Enero de 1865)

    (Guerra de la Restauración)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    Presidente de la

    República

    Presidente de la

    República

    VicePresidente de la

    República

    VicePresidente de la

    República

    Comisión de

    Interior, Justicia y

    Policía

    Comisión de

    Interior, Justicia y

    PolicíaComisión de

    Hacienda

    Comisión de

    Hacienda Comisión de

    Guerra

    Comisión de

    GuerraComisión de

    Relaciones

    Exteriores

    Comisión de

    Relaciones

    Exteriores

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Notas del Período

    (1) Se t ra tó de reestab lecer la

    estructura organizativa anterior a la

    Anexión, creando Comisiones en

    cada ramo.

    Sobre el Gobierno de José Antonio

    Salcedo del 14-9-1863 al 10-10-1864.

    Dec.756. Acta de Independencia del

    1 4 - 9 - 1 8 6 3 , p a r a r e s t a u r a r l a

    República Dominicana. Queda ésta

    establecida en el territorio ocupado

    por la Revolución Restauradora, la

    división territorial antes de la Anexión

    a España.

    Dec. 759 . Exposición hecha a su

    Majestad la Reina Doña Isabel II, por

    l o s m i e m b r o s d e l G o b i e r n o

    Provisional, sobre la decisión del

    pueblo dominicano a levantarse

    contra el anterior orden de cosas que

    el traidor General Pedro Santana y los

    suyos le impusieron inconsultamente

    del 24-9-1863.

    Dec. 772 del Gobierno Provisional del

    Cibao del 25-12-1863, declarándolo

    Gobierno Legítimo; y declarando la

    guerra por mar y por tierra.

    Dec. 773 del Gobierno Provisional del

    25-12-1863, declarando fuera de la

    Ley a l Genera l San tana como

    c u l p a b l e d e l a a l t a t r a i c i ó n y

    mandando a todo jefe de tropa que le

    apresara le hará pasar por las armas.

    (1)

    (1) (1) (1) (1)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de la Junta Superior Gubernativa de la República Dominicana

    Gobierno de Benigno Filomeno de Rojas (del 24 de Enero al 25 de Marzo de 1865)

    Gobierno de Pedro A. Pimentel (del 25 de marzo al 4 de agosto de 1865) (**)

    5ta. Constitución de Moca del 19 de Febrero de 1858

    (Guerra de la Restauración)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    Presidente de la

    República

    VicePresidente de la

    República

    Consejo de

    Gobierno

    Consejo de

    Gobierno

    Soberana

    Convención

    Nacional (*)

    Secretaría de

    Gobernación,

    Justicia e

    Instrucción Pública

    Secretaría de

    Hacienda y

    Comercio

    Secretaría de

    Guerra y Marina

    (*) Instalada el 27 de Febrero de

    1865.

    (**) Continuando el reordenamiento

    de la administración, el 20 de marzo,

    la Soberana Convención Nacional

    decretó (Núm. 828), en su Art. 2do.

    que habría cuatro (4) Secretarios de

    Estado, en vez de los tres (3) que

    establecía la Constitución de Moca;

    los cuales serían: Secretario de

    Just ic ia e Inst rucc ión Públ ica,

    Secretario de Lo Interior y Policía,

    Secretario de Hacienda y Comercio

    y Secretario de Guerra y Marina.

    De igual modo, el 25 de marzo de

    1865 , l a Convenc ión dec la r ó

    concluidas sus tareas y terminadas

    sus sesiones al elegir al Presidente

    y VicePresidente de la República

    (provisionales); siendo la estructura

    orgánica del Estado establecida por

    el Decreto Núm. 828.

    (1) Dec. 829 de la Convención

    Nacional del 20/3/1865, que crea un

    Consejo de Gobierno permanente

    con duración hasta la reunión del

    Congreso Constituyente.

    (1)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Secretaría

    Particular

    (2)(2)(2)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General del Gobierno Provisional

    Presidente de la República: José María Cabral (del 4 de Agosto al 15 de Noviembre de 1865)

    6ta. Constitución del 25 de Febrero de 1854

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Alcades de

    Comunes

    Tribunales de

    Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    Presidencia de la

    República

    Asamblea

    Constituyente

    Secretaría de

    Estado de Lo

    Interior y Policía

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Junta EjecutivaJunta Ejecutiva

    Secretaría

    Particular

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    Justicia

    (2)(1)

    (3)

    Cámara de

    Cuentas

    (1) Dec. 857 del Poder Ejecutivo

    del 6-8-1865, declarando en vigor

    la Constitución del 25 de Febrero

    de 1854.

    (2) Dec. 865 del Poder Ejecutivo

    del 17-8-1865, convocando las

    Asambleas E lec tora les para

    nombrar Diputados al Congreso

    Consituyente.

    (3) Dec. 882 de la Asamblea

    Constituyente del 20-10-1865, que

    c r e a l a J u n t a E j e c u t i v a

    s us t i t u yendo a l Cons e j o de

    Gobierno, establecido mediante

    Dec. 855 del 4-8-1865.

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General del Gobierno Constitucional de

    José María Cabral (del 3 de Octubre de 1866 al 31 de Enero de 1868) (*)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Junta de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    7ma. Constitución Política Reformada del 27 de Septiembre de 1866

    Cámara de

    Cuentas

    Subsecretarío de

    Estado

    Subsecretarío de

    Estado

    (1) (2)

    (4)(3)

    (*) Entre el 15 de noviembre de

    1865 y el 3 de octubre de 1866, se

    sucedieron cuatro (4) gobiernos

    que mantuvieron igual la estructura

    organizativa del Estado. Dichos

    Gob ie rnos f ue ron : Jun ta de l

    Gobierno Provisional (del 15 de

    nov iembre a l 8 de d ic iembre

    de1865); Buenaventura Báez (del 8

    de diciembre de 1865 al 29 de

    mayo de 1866) ; Gobierno del

    Triunvirato (del 1 de mayo al 22 de

    agosto de 1866); Gobierno de José

    Ma. Cabral (del 22 de agosto al 3

    de octubre de 1866).

    (1) El Congreso se compone de

    veinte y cuatro (24) Diputados,

    elegidos por voto directo, a razón

    de cuatro por cada Provincia y dos

    por cada Distrito.

    (2) Organización que le da al Poder

    J u d i c i a l , e l A r t . 6 5 d e l a

    Constitución.

    (3) Dec. 961 del 26-10-1866, que

    pone en vigor la estructura que le

    daba la Ley de Hacienda del 30-6-

    1859.

    (4) Dec. 1057 del 1-7-1867, que

    crea la plaza de Subsecretario de

    Guerra y Marina. Ley 1057 de

    Gastos Públicos, del 1-7-1867, que

    la establece en la sección cuarta,

    capítulo primero.

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (2) (2)Secretaría

    Particular

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General del Gobierno de:

    Buenaventura Báez (del 2 de Mayo de 1868 al 31 de Diciembre de 1873)NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaSenado Consultor

    Presidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior,

    Policía y Agricultura

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    8va. Constitución Política del 16 de Diciembre de 1854 y reformada el 23 de Abril de 1868

    9na. Revisión de la Constitución del 14 de Septiembre de 1872

    Cámara de

    Cuentas

    (1)(5)

    (1) Compuesto por dos individuos

    por la Provincia Capital, dos por la

    de Santiago de los Caballeros y

    uno por cada una de las demás

    Provincias y Distritos Marítimos,

    Art. 18 de la Constitución del 1872.

    (2) Incluye nuevamente el cargo de

    Vicepresidente de la República, Art.

    30 de la Constitución del 1872.

    (3) Le agrega nuevamente a la

    Secretaría de Estado de Interior y

    Policía el término "y Agricultura",

    Art. 38 de la Constitución del 1872.

    (4 ) Re in t roduce los Co leg ios

    E l e c t o r a l e s , A r t . 1 4 d e l a

    Constitución.

    (5) Deja la misma estructura del

    Pode r J ud i c i a l q u e l e d i ó l a

    Constitución del 14 de Noviembre

    de 1865, y modifica las atribuciones

    de la Suprema Corte de Justicia.

    Vicepresidente de la

    República

    Vicepresidente de la

    República (2)

    Colegios

    Electorales

    Colegios

    Electorales(4)

    (3)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Secretaría

    Particular

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General del Gobierno de:

    Ignacio María González (del 6 de Abril de 1874 al 9 de Marzo de 1875)NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    10ma. Reforma de la Constitución del 24 de Marzo del 1874

    Cámara de

    Cuentas

    (1)

    (1) "El Poder Legislativo se ejerce

    por un Congreso compuesto de

    treinta y un Diputados elegidos por

    voto directo, a razón de cinco por

    cada Provincia y tres por cada

    Distrito. Los Diputados durarán

    cuatro años en el ejercicio de sus

    funciones". Art. 32, Constitución del

    1874, " . . . . se nombrará igua l

    número de Suplentes, elegidos del

    mismo modo que aquellos...". Art.

    33.

    (2) A la Secretaría de Estado de

    Interior y Policía se le suprime "y

    Agricultura". Art. 64, Constitución

    del 1874.

    (3) Ar t . 64 de la Const i tuc ión

    Política Reformada el 24 de Marzo

    de 1874, que crea la Secretaría de

    Estado de Relaciones Exteriores.

    (2)

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    (3)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Secretaría

    Particular

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Continuación del Gobierno de Ignacio María González (del 9 de Marzo de 1875 al 23 de Febrero de 1876)NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    Justicia

    Cámara

    LegislativaPresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    11va. Reforma de la Constitución del 9 de Marzo de 1875

    Cámara de

    Cuentas

    (1)

    (1) "El Poder Legislativo se ejerce

    por una Cámara (Legislativa) de

    doce Diputados, elegidos por voto

    directo, a razón de dos por cada

    Provincia y uno por Distrito". Art. 31

    de la Constitución del 1875.

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Secretaría

    Particular

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General del Gobierno de:

    Buenaventura Báez (del 27 de Diciembre de 1876 al 2 de Marzo de 1878)NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCámara Legislativa

    Presidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    12va. Reforma de la Constitución del 7 de Mayo de 1877

    Compañía de

    Créditos

    Compañía de

    Créditos

    (1)

    (1) Compuesta por doce Diputados,

    dos por cada Provincia y uno por

    c a d a D i s t r i t o . A r t . 1 8 d e l a

    Constitución.

    (2) Dec. 1593 del Poder Ejecutivo

    que establece una "Compañía de

    Créditos", de fecha 10-1-1877.

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría

    Particular

    Cámara de

    Cuentas

    (2)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de los Gobiernos de:

    A) Ignacio María González (del 6 de Julio al 2 de Septiembre de 1878) / B) Jacinto De Castro (del 7 al 29 de Septiembre de 1878) / C) Consejo de Secretarios

    de Estado (del 30 de Septiembre de 1878 al 27 de Febrero de 1879)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    Justicia

    Congreso

    NacionalPresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    13va. Revisión de la Constitución del 5 de Mayo de 1878

    Compañía de

    Créditos

    (2)

    (1) ¨El Poder LEgislativo se ejerce

    por el Congreso en la forma que

    esta Constitución determina. Se

    compone de dos cámaras: La de

    Senadores y la de Diputados¨ (Art.

    18 de la Constitución de 1878).

    (2) Compuesto por siete Senadores

    "elegidos a razón de uno por cada

    Provincia y cada Distrito..." (Art. 20

    de la Constitución del 1878).

    (3) Compuesta por 24 Diputados

    "elegidos a razón de cuatro por

    cada Provincia y dos por cada

    D i s t r i t o . . . " ( A r t . 2 3 d e l a

    Constitución del 1878).

    (4) "El Presidente de la República

    durará en sus funciones un año a

    contar desde el día en que tome

    posesión de su cargo, y no podrá

    ser reelecto sino después de haber

    transcurrido el intérvalo de un

    período integro". (Art. 57 de la

    Constitución del 1878).

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría

    Particular

    Cámara de

    Cuentas

    Cámara de

    Diputados

    Cámara de

    DiputadosCámara de

    Senadores

    Cámara de

    Senadores

    (3)

    (4)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (1)

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General del Gobierno de:

    Cesáreo Guillermo (del 27 de Febrero al 6 de Diciembre de 1879)NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso Nacional Presidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia e

    Instrucción Pública

    Alcaldes de

    Comunes

    14va. Revisión de la Constitución del 11 de Febrero del 1879

    Compañía de

    Créditos

    (1)

    (1) Compuesto por siete Senadores

    "elegidos a razón de uno por cada

    Provincia y cada Distrito..." (Art. 20

    de la Constitución del 1878).

    (2) Compuesta por 24 Diputados

    "elegidos a razón de cuatro por

    cada Provincia y dos por cada

    D i s t r i t o . . . " ( A r t . 2 3 d e l a

    Constitución del 1878).

    (3) "El Presidente de la República

    durará en sus funciones un año a

    contar desde el día en que tome

    posesión de su cargo, y no podrá

    ser reelecto sino después de haber

    transcurrido el intérvalo de un

    período integro". (Art. 57 de la

    Constitución del 1878).

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Secretaría

    Particular

    Cámara de

    Cuentas

    Cámara de

    Diputados

    Cámara de

    Senadores

    (2)

    (3)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A)Gobierno de Fernando Arturo de Meriño (del 1 de Septiembre de 1880 al 1 de Septiembre de 1882) / B) Gobierno de Ulises Heureaux (del 1 de Septiembre

    de 1882 al 1 de Septiembre de 1884) / C) Gobierno de Gregorio Billini (del 1 de Septiembre de 1884 al 16 de Mayo de 1885) / D) Gobierno de Alejandro Woss y

    Gil (del 16 de Mayo de 1885 al 6 de Enero de 1887) / E) Gobierno de Ulises Heureaux (del 6 de Enero al 17 de Noviembre de 1887)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Consulados

    de Comercio

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios

    de Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Asambleas

    Electorales

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso Nacional

    Presidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Justicia,

    Fomento e

    Instrucción Pública

    Secretaría de Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Alcaldes de

    Comunes

    15va. Revisión de la Constitución del 17 de Mayo del 1880

    16va. Reforma de la Constitución del 23 de Noviembre del 1881

    Compañía de

    Créditos

    (1)

    (1) Constitución del 1881, que

    establece un Cuerpo Legislativo

    un icamera l y con las mismas

    atribuciones de las dos cámaras y

    del Congreso Nacional.

    (2) Arts. 47 y 48 de la Constitución

    del 1881, que reestablecen el cargo

    de Vicepresidente de la República.

    (3) Art. 52 de la Constitución del

    1881, que modifica las atribuciones

    del Presidente de la República.

    (4) Art. 58 de la Constitución del

    1881, que a la Secre tar ía de

    Estado de Justicia e Instrucción

    Pública la denomina "Secretaría de

    Estado de Justicia, Fomento e

    Instrucción Pública".

    (5) El Art. 76 de la Constitución del

    1881, que dispone que el gobierno

    de cada Provincia o Distrito se

    ejercerá por un ciudadano con la

    denominación de Gobernador Civil

    y Militar.

    Secretaría de Estado

    de Hacienda y

    Comercio

    Cámara de

    Cuentas

    (2)Vicepresidente de la

    República

    Vicepresidente de la

    República

    (4)

    (5)

    (3)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Secretaría

    Particular

    Sub-Secretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A) Continuación del Gobierno de Ulises Heureaux (del 17 de Noviembre de 1887 al 27 de Febrero de 1889) / B) Gobierno de Ulises Heureaux (del 27 de

    Febrero de 1889 al 27 de Febrero de 1893) / C) Gobierno de Ulises Heureaux (del 27 de Febrero de 1893 al 27 de Febrero de 1897) / D) Gobierno de Ulises

    Heureaux (del 27 de Febrero de 1897 al 26 de Julio de 1899) / E) Gobierno de Wenceslao Figuereo (del 26 de Julio al 30 de Agosto de 1899)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios de

    Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    17va. Reforma de la Constitución del 15 de Noviembre del 1887

    18va. Reforma de la Constitución del 12 de Junio del 1896

    Cámara de

    Cuentas

    (1)

    (1) En el 1896 el Congreso pasó de

    veinte y dos a veinte y cuatro Diputados

    al crearse nuevas demarcaciones

    territoriales. Dos por cada Provincia y

    dos por cada Distr i to. El cargo de

    Diputado se ejercerá por cuatro años y

    podrán ser reelectos. Art. 18

    (2) Dec. 3233 del 11-10-1892, que crea

    la Junta Nacional Colombina, con el

    encargo de erigir un monumento al

    Descubridor de América, para guardar

    sus restos.

    (3) Las Subsecretarías de Estado fueron

    creadas por la Constitución del 1896,

    que en el único párrafo del Art. 57

    dispone que "cuando el servicio público

    así lo exija el Presidente de la República

    podrá nombrar los Subsecretarios de

    Estado que crea necesario". La primera

    Subsecretaría creada fue la de Guerra y

    Marina, mediante el Dec. 3267 de fecha

    10-3-1893; la segunda fue la de Interior

    y Policía, por el Dec. 3881 de fecha 29-

    6-1899 y la tercera la de Justicia e

    Instrucción Pública, a través del Dec.

    3894 de fecha 13-7-1899.

    (4) Art. 57 de la Constitución del 1887

    que crea la Secretaría de Estado de

    Fomento y Obras Públicas.

    (5) Dec. 3267 del 13-4-1893, que crea la

    Secretaría de Estado de Correos y

    Telégrafos.

    (6) Ley 2641 del 11 de junio de 1888,

    que crea las Asambleas Electorales,

    éstas a su vez se subdiv id i rán en

    Asam bleas Pr im ar ias y Co leg ios

    Electorales.

    Vicepresidente de la

    República

    Junta Nacional

    Colombina

    Junta Nacional

    Colombina

    Secretaría

    Particular

    (2)

    Asambleas

    Electorales

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de Estado

    de Fomento y Obras

    Públicas

    Secretaría de

    Estado de

    Hacienda y

    Comercio

    (3) (3)

    Secretaría de

    Estado de Correos

    y Telégrafos

    Secretaría de

    Estado de Correos

    y Telégrafos

    SubsecretaríaSubsecretaría

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    SubsecretarioSubsecretario

    Secretaría de

    Estado de Interior

    y Policía

    SubsecretarioSubsecretario

    Secretaría de Estado

    de Justicia e

    Instrucción Pública

    (4)(5) (3)

    (6)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A) Gobierno Provisional de Horacio Vásquez (del 18 de Agosto al 15 de Noviembre de 1899) / B) Gobierno de Juan Isidro Jiménez (del 15 de Noviembre de

    1899 al 2 de Mayo de 1902) / C) Gobierno Provisional de Horacio Vásquez (del 26 de Abril de 1902 al 23 de Abril de 1903) / D) Gobierno Provisional de

    Alejandro Wos y Gil (del 23 de Marzo al 24 de Noviembre de 1903) / E) Gobierno de Carlos Morales Languasco (del 24 de Noviembre de 1903 al12 de Enero

    de 1906 / F) Gobierno de Ramón Caceres (del 12 de Enero de 1906 al 1 de Julio de 1908)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    Consejos de

    Guerra

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    PODER

    LEGISLATIVO

    Consejo de

    Secretarios de

    Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    19va. Revisión de la Constitución del 12 de Junio del 1896

    20va. Revisión de la Constitución del 14 de Junio del 1907

    Cámara de

    Cuentas

    (1) Dec. 4149 del 29-4-1901, que

    designa un Subsecretario de Estado

    de Hacienda y Comercio.

    (2) Dec. 4365 del 14-1-1904, que

    crea el cargo de Subsecretario de

    Estado de Relaciones Exteriores.

    (3) Dec. 4317 del 4-8-1903, que

    designa un Subsecretario de Estado

    de Fomento y Obras Públicas.Vicepresidente de la

    República

    Junta Nacional

    Colombina

    Secretaría

    Particular

    Asambleas

    PrimariasColegios

    Electorales

    Secretaría de

    Estado Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Fomento

    y Obras Públicas

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    (2)(1)

    Secretaría de

    Estado de Correos

    y TelégrafosSubsecretaría

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    MarinaSubsecretario

    Secretaría de

    Estado de Interior

    y Policía

    Secretaría de Estado

    de Justicia e

    Instrucción Pública

    (3)

    SubsecretarioSubsecretario

    SubsecretarioSubsecretario

    SubsecretarioSubsecretario

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Subsecretario

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A) Continuación del Gobierno de Ramón Caceres (del 1 de Julio de 1908 al 19 de Noviembre de 1911) / B) Gobierno de Eladio Victoria (del 5 de Diciembre de

    1911 al 30 de Noviembre de 1912) / C) Gobierno de Adolfo Alejandro Nouel (del 30 de Noviembre de 1912 al 13 de Abril de 1913) / D) Gobierno Interino de

    José Bordas Valdéz (del 13 de Abril de 1913 al 27 de Agosto de 1914) / E) Gobierno Provisional de Ramón Báez (del 28 de Agosto al 5 de Diciembre de 1914) /

    F) Gobierno de Juan Isidro Jiménez (del 6 de Diciembre de 1914 al 7 de Julio de 1916) / G) Gobierno Interino de Francisco Henríquez y Carvajal (del 31 de

    Julio al 29 de Noviembre de 1916)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL

    AlcaldíasAlcaldías

    Tribunales de

    Primera

    InstanciaCortes de

    Apelación

    Cortes de

    Apelación

    Consejo de

    Secretarios de

    Estado

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaPresidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    (1) El Senado se compondrá de Senadores

    elegidos a razón de uno por cada Provincia

    (12) y su ejercicio durará un período de seis

    años, debiendo renovarse por terceras partes

    cada dos años. (art. 18, Constitución del

    1908)

    (2) La Cámara de Diputados se compondrá

    de miembros elegidos cada cuatro años por

    los pueblos de las Provincias en proporción al

    número de habitantes y en la forma que lo

    determine la Ley. (Art. 21, Constitución del

    1908).

    (3) La Constitución del 1908, no contempla el

    cargo de Vicepresidente de la República.

    (4) Art. 60 de la Constitución del 1908, que

    aumenta a siete el número de Jueces de la

    Suprema Corte de Justicia.

    (5) Art. 64 de la Constitución del 1908, que

    restablece las Cortes de Apelación.

    (6) La Constitución del 1908 suprime el

    párrafo del Art. 54 de la Constitución del

    1907, que señalaba "Cuando el servicio

    públ ico así lo exi ja el Presidente de la

    República podrá nombrar los Sub-Secretarios

    de Estado que crea necesarios".

    (7) La Constitución del 1908 suprime la

    Secretaría de Estado de Correos y Telégrafos

    y traspasa sus funciones a la Secretaría de

    Estado de Fomento y Comunicaciones

    (creada por el numeral 8 de las disposiciones

    transitorias de la Constitución del 1908)

    denominada anteriormente como Secretaría

    de Estado de Fomento y Obras Públicas.

    ( 8 ) N u m e r a l 8 d e l a s D i s p o s i c i o n e s

    Transitorias de la Constitución del 1908, que

    c r e a l a S e c r e t a r í a d e A g r i c u l t u r a e

    Inmigración.

    (9) Sección 5ta., Art. 71 de la Constitución,

    que crea las Alcaldías y dispone la existencia

    de un Alcalde y dos Suplentes en cada

    común.

    Secretaría

    Particular

    Asambleas

    PrimariasColegios

    Electorales

    Secretaría de

    Estado Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Fomento

    y Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    (6)(6)

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura e

    Inmigración

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura e

    Inmigración

    Secretaría de

    Estado de

    Guerra y Marina

    Secretaría de

    Estado de lo

    Interior y Policía

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    e Instrucción

    Pública

    (7)(6)(8)

    (6)

    (5)

    (4)(3)

    21va. Reforma de la Constitución del 22 de Febrero del 1908

    Reglamento para las Secretarías de Estado del 19-6-1913

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Junta

    Nacional

    Colombina

    PODER

    LEGISLATIVO

    Congreso

    Cámara de

    Diputados

    Cámara de

    DiputadosSenadoSenado

    (2)(1)

    (6)

    (9)

  • OCUPACION MILITAR

    NORTEAMERICANA

    1916 - 1924

  • Sector Público de la parte oriental de la Isla La Española (Ex- República Dominicana)Intervenida por Fuerzas Militares Norteamericanas, en fecha 29 de Noviembre de 1916

    Gobierno Militar (del 29 de Noviembre de 1916 al 20 de Octubre de 1922)Organigrama General

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO

    Comisión de

    Servicio Civil

    Comisión de

    Servicio Civil

    Suprema Corte de

    Justicia

    Gobernación Militar

    (1) Proclamación de H. S. Knapp,

    Capitán de la Marina de los Estados

    Unidos, que se proclama Gobernador

    Militar en todo el país.

    (2) O.E. 106, Ley de Presupuesto del

    14-12-1916, que instituye el Archivo

    de la Nación.

    (3) O.E. 50, del 14-4-1917, que crea

    u n a C o m i s i ó n d e C o n t r o l d e

    Alimentos. O.E. 117, del 7-1-1918,

    que a la citada Comisión la denomina

    Oficina de Control de Alimentos.

    (4) O.E. 66, del 19-7-1917, que crea

    la Comisión de Servicio Civil.

    (5) O.E. 450, del 9-4-1920, sobre la

    "Ley Provisional de Nombramientos"

    que da poderes al Gobierno Militar de

    nombrar "Jueces, Secretarios de

    Tribunales, Alcaldes y Secretarios de

    Alcaldías". Literal c) del Art. 2.

    (6) O.E. 511, del 1-7-1920, que crea

    el Tribunal Superior de Tierras.

    (7) O.E. 115, del 29-12-1917, que

    suprime la Secretaría de Estado de

    Guerra y Marina y transfiere sus

    funciones a la Secretaría de Estado

    de Interior y Policía.

    (8) O.E. 338, del 13-10-1919, que

    crea el Sistema Nacional de Salud,

    encabezado por la "Secretaría de

    Estado de Sanidad y Beneficencia".

    Oficina de

    Control de

    Alimentos

    Oficina de

    Control de

    Alimentos

    Secretaría de

    Estado Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Sanidad y

    Beneficencia

    Secretaría de

    Sanidad y

    Beneficencia

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    (7)

    Secretaría de

    Estado de Fomento

    y Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura e

    Inmigración

    Secretaría de

    Estado de lo

    Interior y Policía

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    e Instrucción

    Pública

    (8)

    (6)

    (5)

    (1)

    Alcaldías

    Tribunales de

    Primera

    Instancia

    Cortes de

    ApelaciónTribunal

    Superior de

    Tierras

    Tribunal

    Superior de

    Tierras

    Archivo de la

    Nación

    Archivo de la

    Nación

    (4)

    (3)(2)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Junta Nacional

    Colombina

  • TERCERA REPUBLICA

    1924 – A LA FECHA

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Gobierno Provisional de Don Juan B. Vicini Burgos (del 21 de Octubre de 1922 al 12 de Julio de 1924)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    CuentasAsambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    Secretaría de

    Estado de Sanidad y

    Beneficencia

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura e

    Inmigración

    Secretaría de

    Estado de Fomento

    y Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de Lo

    Interior y Policía,

    Guerra y Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    e Instrucción

    Pública

    Cámara de

    DiputadosSenado

    22va. Reforma de la Constitución del 13 de Junio de 1924

    Vicepresidente de la

    República

    Alcaldías

    Comunales

    Tribunales o

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    Apelación

    Tribunal

    Superior de

    Tierras

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Junta Central

    Electoral

    Junta Central

    Electoral

    (1)

    (1) Ley 35 de 1923, que crea las

    Juntas Electorales.

    Art. 84 de la Constitución pone la

    dirección de las elecciones bajo la

    Junta Central Electoral.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de los Gobiernos de:

    A) Horacio Vásquez (del 12 de Julio de 1924 al 28 de Febrero de 1930) / B) Rafael Estrella Ureña (del 23 de Febrero de 1930 al 16 de Agosto de 1930) / C)

    Rafael L. Trujillo Molina (del 16 de Agosto de 1930 al 16 de Agosto de 1934)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Ayuntamientos

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    CuentasAsambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Hacienda

    y Comercio

    Secretaría de

    Estado de Sanidad

    y Beneficencia

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura e

    Inmigración

    Secretaría de

    Estado de Fomento

    y Obras Públicas

    Secretaría de

    Estado de Lo

    Interior y Policía,

    Guerra y Marina

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    e Instrucción

    Pública

    Cámara de

    DiputadosSenado

    23va. Revisión de la Constitución del 15 de Junio de 1927 al 9 de Enero de 1929

    24va. Revisión de la Constitución del 9 de Enero de 1929 al 20 de Junio de 1929

    25va. Revisión de la Constitución del 20 de Junio de 1929 al 9 de Junio de 1934

    Vicepresidente de la

    República

    Alcaldías

    Comunales

    Tribunales o

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    Apelación

    Tribunal

    Superior de

    Tierras

    SubsecretaríaSubsecretaríaSubsecretaría

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Junta Central

    Electoral

    Secretaría de

    Estado la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado la

    PresidenciaLey 685, del 27/6/27

    (2)

    Secretaría de

    Estado de Trabajo y

    Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de Trabajo y

    Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de Defensa

    Nacional

    Secretaría de

    Estado de Defensa

    Nacional

    (5) (1) (3)

    Ley Núm. 1312, del 30/6/1930

    Ley Núm. 1124, del 7/5/1929 (4)

    (1) En el período comprendido entre

    1929 y 1934, esta Secretaría sufrió

    varios cambios de denominación por

    mandatos no constitucionales.

    (2) Durante el período comprendido

    entre 1927 y 1934, esta Secretaría

    sufrió cambios de denominación, y

    fue suprimida en 1931 mediante la

    Ley 179 de 27/8/1931.

    (3) En 1929, la Ley 1124 le cambia

    su denominación por Fomento y

    Obras Públicas y fue suprimida en

    1931, mediante la Ley 79 del 28/1/

    1931.

    (3a) El párrafo 2do. del Art. 1 de la

    Ley 1124 del 1929, dice ¨habrá una

    Sub-Secre ta r ía de Es tado de

    Sanidad y Beneficencia.¨

    (4) Fue suprimida luego mediante la

    L e y 7 9 d e l 2 8 / 1 / 1 9 3 1 , y

    rees tab lec ida nuevamente en

    Agosto del mismo año.

    (5) Ley Núm. 1124, del 7/5/1929 le

    llamó Interior y Policía y crea la

    Secretaría de Defensa Nacional que

    luego fue suprimida por la Ley Núm.

    1312, del 30/6/1930.

    (5a) La Ley Núm. 70 refunde las

    Secretarías de Estado de Guerra y

    Marina y la de Lo Interior y Policía

    en una sóla.

    (3a)

    (5a)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de los Gobiernos de:

    A) Rafael L. Trujillo Molina (del 16 de Agosto de 1934 al 16 de Agosto de 1938) / B) Jacinto Bienvenido Peynado (del 16 de Agosto de 1938 al 7 de Marzo de

    1940) / C) Manuel de Js. Troncoso de la Concha (del 7 de Marzo de 1940 al 18 de Mayo de 1942)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Tesoro

    Secretaría de

    Estado de Sanidad y

    Beneficencia

    Secretaría de Estado

    de Trabajo,

    Agricultura e

    Industria y Comercio

    Secretaría de

    Estado de

    Comunicaciones y

    Obras Públicas

    Secretaría de

    Estado de

    Comunicaciones y

    Obras Públicas

    Secretaría de

    Estado de Lo

    Interior y Policía

    Secretaría de

    Estado de

    Educación Pública y

    Bellas Artes

    Secretaría de

    Estado de

    Educación Pública y

    Bellas Artes

    Cámara de

    DiputadosSenado

    26va. Revisión de la Constitución del 5 de Junio de 1934 al 10 de Enero de 1942

    Vicepresidente de la

    República

    Alcaldías

    Comunales

    Tribunales o

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    Apelación

    Tribunal

    Superior de

    Tierras

    SubsecretaríaSubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    SubsecretaríaSubsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Junta Central

    Electoral

    (3)

    (1) Ley Núm. 786, del 1/12/1934,

    G . O . 4 7 4 0 , q u e c r e a l a s

    S e c r e t a r í a s d e E s t a d o d e

    Educación Pública y Bellas Artes, la

    de Com un i c a c io n es y O b r a s

    Públicas y la de Justicia. De igual

    modo, suprime la Secretaría de

    E s t a d o d e T r a b a j o y

    Comunicaciones y la de Justicia e

    Inst rucc ión Públ ica. También

    separa el ramo de Hacienda de la

    S e c r e t a r í a y C o m e r c i o ,

    denominándola Secretar ía de

    Estado del Tesoro y unifica el ramo

    de Comercio, con el de Trabajo, el

    de Agricultura y el de Industria en la

    denominada Secretaría de Estado

    de Trabajo, Agricultura e Industria y

    Comercio.

    (2) Ley Núm. 5138, del 1 de marzo

    de 1938, le suprimió los ramos de

    Guerra y Marina.

    (3) Ley Núm. 49, del 23/12/1938,

    G .O . 5261 , q ue c rea la L ig a

    Municipal Dominicana.

    Ley Núm. 3896, del 9/8/1954, G.O.

    que inviste de personalidad jurídica

    a la Liga Municipal Dominicana.

    Secretaría de

    Estado la

    Presidencia

    Despacho del

    Generalísimo

    Despacho del

    Generalísimo

    Ley Núm. 340, del

    3/10/1940

    (1)(1)(1)(1)

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    MarinaSecretaría de

    Estado de Justicia

    Secretaría de

    Estado de JusticiaLey Núm. 579, del 8/10/1941(1)

    (2)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A) Continuación del Gobierno de Manuel de Js. Troncoso de la Concha (del 7 de Marzo de 1940 al 18 de Mayo de 1942) / B) Gobierno de Rafael L. Trujillo M.

    (del 18 de Mayo de 1942 al 10 de Enero de 1942) / C) Gobierno de Rafael L. Trujillo M. (del 16 de Agosto de 1942 al 16 de Agosto de 1947)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    CuentasAsambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de Tesoro y

    Comercio

    Secretaría de

    Estado de Sanidad y

    Asistencia Pública

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura y Riego

    Secretaría de

    Estado de Fomento

    y Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de Interior

    y Policía

    Secretaría de

    Estado de

    Educación Pública y

    Bellas Artes

    Cámara de

    DiputadosSenado

    27va. Revisión de la Constitución del 10 de Enero de 1942 al 10 de Enero de 1947

    Alcaldías

    Comunales

    Tribunales de

    1era. Instancia

    Cortes de

    Apelación

    Tribunales

    de Tierras

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Junta Central

    Electoral

    Secretaría de

    Estado la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de Guerra y

    Marina

    Secretaría de

    Estado de Economía

    y Trabajo

    Secretaría de

    Estado de Economía

    y Trabajo

    (1) Ley Núm. 129, del 4/12/1942.

    (2) Ley Núm. 889, del 7/5/1945.

    (3) Ley Núm. 1399, del 19/4/1947.

    (1) (1) (3)

    (2)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    A) Gobierno de Rafael L. Trujillo M. (del 16 de Agosto de 1947 al 16 de Agosto de 1952) / B) Héctor Bienvenido Trujillo M. (del 16 de Agosto de 1952 al 3 de

    Agosto de 1960)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de Previsión

    Social

    Secretaría de

    Estado de Industria

    y Comercio

    Secretaría de Estado

    de Agricultura,

    Pecuaria y

    Colonización

    Secretaría de

    Estado de Fomento,

    Obras Públicas y

    Riego

    Secretaría de

    Estado de Sanidad

    y Asistencia Pública

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de Estado

    de Educación

    Pública y Bellas

    Artes

    Cámara de

    DiputadosSenado

    28va. Revisión de la Constitución del 10 de Enero de 1947 al 1 de Diciembre de 1955

    Tribunales

    de Tierras

    Tribunales de

    1era. Instancia

    Cortes de

    Apelación Juzgados

    de Paz

    Juzgados

    de Paz

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Banco CentralBanco Central

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de Guerra,

    Marina y Aviación

    Secretaría de

    Estado de Tesoro y

    Crédito Público

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.Junta Central

    Electoral

    (3)

    (1) Ley Núm. 1682, del 20/4/1948,

    que crea la Secretaría de Estado de

    Economía Nacional y le cambia el

    nombre a la Secretaría de Estado de

    Economía y Trabajo por Secretaría

    de Estado de Trabajo.

    (2) Ley de Contabilidad Núm. 3894,

    de fecha 9/8/1954, G.O. 7730 y sus

    modificaciones; en la cual la Oficina

    de Contabilidad General, ubicada

    dentro de la Secretaría de Estado

    del Tesoro y Crédito Público, pasa a

    ser denominada Cont ra lor ía y

    Auditoría General de la República.

    Ley Núm. 54, de fecha 13/11/1970,

    G.O. 9205, que establece que la

    Contraloría General de la República,

    estará bajo la dependencia directa

    del Poder Ejecutivo.

    (3) Ley Monetaria Núm. 1528, del 9

    de Octubre de 1947, que crea el

    B a n c o C e n t r a l y e s t a b l e c e

    responsabil idades y normas de

    funcionamiento del mismo.

    (4) Ley Núm. 1120, del 22/2/1946.

    (5) Ley Núm. 1990, del 4/5/1949.

    (6) Ley Núm. 2419, del 1/7/1950.

    (7) Ley Núm. 4010, del 25/12/1954.

    Contraloría

    General de la

    República

    Contraloría

    General de la

    República

    (2)

    Secretaría de

    Estado de

    Economía

    Nacional

    Secretaría de

    Estado de

    Economía

    Nacional

    SubsecretaríaSubsecretaría

    Secretaría de

    Estado de

    Trabajo

    Subsecretaría

    (1)(5)

    (4) (6)(7) (4)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Continuación del Gobierno de Héctor Bienvenido Trujillo M. (del 16 de Agosto de 1952 al 3 de Agosto de 1960)NOTAS SOBRE EL ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de Salud

    Pública

    Secretaría de Estado

    de Justicia y Trabajo

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura

    Secretaría de

    Estado de Obras

    Públicas

    Secretaría de

    Estado de Previsión

    y Asistencia Social

    Secretaría de

    Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de

    Educación Pública y

    Bellas Artes

    Cámara de

    DiputadosSenado

    29va. Reforma de la Constitución del 1 de Enero de 1955 al 7 de Noviembre de 1959

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Junta Central

    Electoral

    Vicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Interior,

    Policía y

    Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de Guerra,

    Marina y Aviación

    Secretaría de

    Estado de

    Finanzas

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Secretaría de

    Estado de

    Industria,

    Comercio y BancaSubsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Secretaría de

    Estado de Recursos

    Hidráulicos y Pesca

    Secretaría de

    Estado de Recursos

    Hidráulicos y Pesca

    SubsecretaríaSubsecretaría

    Contraloría

    General de la

    República

    Secretaría de Estado

    de Cultos

    Secretaría de Estado

    de Cultos

    SubsecretaríaSubsecretaría

    (1)

    (5) (3)

    (1) Ley Núm. 4010, del 24/12/1954.

    (2) Ley Núm. 4177, del 18/6/1955.

    (3) Ley Núm. 4204, del 20/7/1955.

    (4) Ley Núm. 4312, del 29/10/1955.

    (5) Dec. 5137, del 12/9/1959.

    (6) El Art. 51 de la Constitución

    r e s t a b l e c e l a f i g u r a d e l

    Vicepresidente de la República.

    (4)(3)(5)

    (6)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Continuación del Gobierno de Héctor Bienvenido Trujillo M. (del 16 de Agosto de 1952 al 3 de Agosto de 1960)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de Salud y

    Previsión Social

    Secretaría de

    Estado de Trabajo

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura

    Secretaría de

    Estado de Obras

    Públicas

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    Secretaría de

    Estado

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de

    Educación Pública y

    Bellas Artes

    Cámara de

    DiputadosSenado

    30va. Reforma de la Constitución del 7 de Noviembre de 1959 al 28 de Junio de 1960

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Junta Central

    Electoral

    Vicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Lo

    Interior

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de las

    Fuerzas Armadas

    Secretaría de

    Estado de

    Finanzas y Banca

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Secretaría de

    Estado de

    Industria y

    ComercioSubsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Contraloría

    General de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    y Cultos

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    y Cultos

    SubsecretaríaSubsecretaría

    (2)

    (1) (1)

    (1) Dec. 6603, del 11/3/1961.

    (2) En este período se creó por poco

    tiempo la Secretaría de Justicia y

    Cultos. Dec. 5137, del 12/9/1959.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    a) Continuación del Gobierno de Héctor Bienvenido Trujillo M. (del 16 de Agosto de 1952 al 3 de Agosto de 1960) / B) Gobierno del Dr. Joaquín Balaguer (del

    3 de Agosto de 1960 al 31 de Diciembre de 1961)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de Salud

    Pública

    Secretaría de

    Estado de TrabajoSecretaría de Estado

    de Agricultura

    Secretaría de

    Estado de Obras

    Públicas y

    Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de Salud y

    Previsión Social

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de Estado

    de Educación, Bellas

    Artes y Cultos

    Cámara de

    DiputadosSenado

    31va. Reforma de la Constitución del 28 de Junio de 1960 al 2 de Diciembre de 1960

    32va. Reforma de la Constitución del 2 de Diciembre de 1960 al 31 de Diciembre de 1961

    33va. Reforma de la Constitución del 29 de Diciembre de 1961 al 16 de Septiembre de 1962

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Junta Central

    Electoral

    Vicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Lo

    Interior

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de las

    Fuerzas Armadas

    Secretaría de

    Estado de

    Finanzas

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Secretaría de

    Estado de

    Industria y

    ComercioSubsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Contraloría

    General de la

    República

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    Subsecretaría

    (1) (1)(1)

    (1) El Art. 58 de la Constitución

    Política del 2 de Diciembre de 1960,

    las instituye como Secretaría de las

    Fuerzas Armadas, De lo Interior y de

    La Presidencia.

    (2) Ley Núm. 5778, del 31-12-1961,

    G.O. 8633, que le concede estatus

    d e e n t i d a d a u t ó n o m a y

    descentralizada. Fue creada en

    1538.

    (3) Dec. 5406, del 1/1/1960, en su

    Art. 2 dice: ¨La Secretaría de Obras

    Públicas se denominará Secretaría

    de Estado de Obras Públicas y

    Comunicaciones¨. Y en el Art. 3

    dice: ¨La Secretaría de Estado de

    Justicia y Cultos se denominará

    Secretaría de Estado de Justicia¨.

    Universidad

    Autónoma de Sto.

    Dgo. (2)

    (3)

    (3)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de los Gobiernos:

    Gobierno de Juan Bosch (del 27 de Febrero de 1963 al 25 de Septiembre de 1963)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de Salud

    Pública y Previsión

    Social

    Secretaría de

    Estado de Trabajo

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura

    Secretaría de Estado

    de Obras Públicas y

    Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de Estado

    de Educación, Bellas

    Artes y Cultos

    Cámara de

    DiputadosSenado

    Art. 51 C.P.

    34va. Reforma de la Constitución del 16 de Septiembre de 1962 al 29 de Abril de 1963

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Junta Central

    Electoral

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de las

    Fuerzas Armadas

    Secretaría de

    Estado de

    Finanzas

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Secretaría de

    Estado de Industria

    y Comercio

    Subsecretaría

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Universidad

    Autónoma de Sto.

    Dgo.

    Secretaría de

    Estado de Justicia

    Subsecretaría

    Contraloría

    General de la

    República

    Vicepresidente de la

    República

    Vicepresidente de la

    República (1)

    ( 1 ) S e r e t o m a e l c a r g o d e

    Vicepresidente del a República.

    (2) Dec. 2, del 23/9/1963.

    (2)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Gobierno de Juan Bosch (del 27 de Febrero de 1963 al 25 de Septiembre de 1963)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Ministerio de Salud y

    Previsión Social

    Ministerio de

    TrabajoMinisterio de

    Agricultura

    Ministerio de Obras

    Públicas y

    Comunicaciones

    Ministerio de

    Justicia

    Ministerio de

    Relaciones

    Exteriores

    Ministerio de

    Educación, Bellas

    Artes y Cultos

    Cámara de

    DiputadosSenado

    35va. Reforma de la Constitución del 29 de Abril de 1963 al 25 de Septiembre de 1963

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubministerioSubministerio Subministerio Subministerio Subministerio Subministerio Subministerio

    Junta Central

    Electoral

    Ministerio de

    Interior y Policía

    Ministerio de la

    Presidencia

    Ministerio de las

    Fuerzas Armadas

    Ministerio de

    Finanzas

    Subministerio Subministerio Subministerio Subministerio

    Ministerio de

    Industria y

    Comercio

    Subministerio

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Universidad

    Autónoma de Sto.

    Dgo.

    Contraloría

    General de la

    República

    Vicepresidente de la

    República

    El Art. 134 establece que para el

    despacho de los asuntos de la

    Administración Pública habrá los

    Ministerios que instituya la Ley.

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Gobierno Provisional de Héctor García Godoy (del 3 de Septiembre de 1965 al 1 de Julio de 1966) **

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Ministerio de Salud

    y Previsión Social

    Ministerio de

    TrabajoMinisterio de

    Agricultura

    Ministerio de Obras

    Públicas y

    Comunicaciones

    Ministerio de

    Relaciones

    Exteriores

    Ministerio de

    Educación y Bellas

    Artes

    Cámara de

    DiputadosSenado

    (Acta Institucional del 3 de Septiembre de 1965)

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubministerioSubministerio Subministerio Subministerio Subministerio Subministerio

    Junta Central

    Electoral

    Ministerio de Lo

    Interior

    Ministerio de la

    Presidencia

    Ministerio de las

    Fuerzas Armadas y

    Policía Nacional

    Ministerio de

    Finanzas

    Subministerio Subministerio Subministerio Subministerio

    Procuraduría

    General de la

    República

    Procuraduría

    General de la

    República

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Universidad

    Autónoma de Sto.

    Dgo.

    Contraloría

    General de la

    República

    Vicepresidente de la

    República

    ** A partir del 29 de Septiembre de1963, hubo muchos cambios en la

    jefatura del Estado, los cuales no

    afectaron signif icat ivamente la

    estructura orgánica del mismo. Esto

    fue hasta el Gobierno Provisional, en

    el cual se retomó la estructura

    basada en la Constitución de 1963.

    (1) Ley Núm. 574, del 13/1/1965.

    (2) Ley Núm. 575, del 13/1/1965.

    (3) Ley Núm. 485, del 10/11/1964,

    que suprime la Secretaría de Estado

    de Justicia y pasa sus atribuciones a

    la Procuradur ía General de la

    República.

    (1) (2)(3)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General

    Gobierno de Joaquín Balaguer (del 1 de Julio de 1966 al 16 de Agosto de 1978)

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Liga Municipal

    Dominicana

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso

    Presidente de la

    República

    Cámara de

    Cuentas

    Asambleas

    Electorales

    Secretaría de

    Estado de Salud y

    Previsión Social

    Secretaría de Estado

    de TrabajoSecretaría de Estado

    de Agricultura

    Secretaría de Estado

    de Obras Públicas y

    Comunicaciones

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    Exteriores

    Secretaría de

    Estado de

    Educación, Bellas

    Artes y Cultos

    Cámara de

    DiputadosSenado

    Art. 22Art. 21

    36va. Reforma de la Constitución del 28 de Noviembre de 1966 al 16 de Agosto del 1994

    Tribunales

    de Tierras

    Juzgados de

    1era. Instancia

    Cortes de

    ApelaciónJuzgados

    de Paz

    SubsecretaríaSubsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Junta Central

    Electoral

    Secretaría de

    Estado de Interior y

    Policía

    Secretaría de

    Estado de Industria

    y Comercio

    Secretaría de

    Estado de las

    Fuerzas Armadas

    Secretaría de

    Estado de

    Finanzas

    Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría Subsecretaría

    Procuraduría

    General de la

    República

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    Banco Central

    Universidad

    Autónoma de Sto.

    Dgo.

    Contraloría

    General de la

    República

    Vicepresidente de la

    República

    Secretariado

    Técnico de la

    Presidencia

    Secretariado

    Técnico de la

    Presidencia

    Secretariado

    Administrativo de

    la Presidencia

    Secretariado

    Administrativo de

    la Presidencia

    (1) Esta Constitución instituye de

    nuevo las Secretarías de Estado.

    ( 2 ) L a L e y N ú m . 1 0 d e l 8 d e

    Sept iembre de 1965 supr ime la

    S e c r e t a r í a d e E s t a d o d e l a

    Presidencia y crea un Secretariado

    Administrativo y un Secretariado

    Técnico a cargo de la Presidencia de

    la República.

    (3) Ley Núm. 97, del 20 de Diciembre

    del 1974, G.O. Núm. 9358, que crea

    la Secretaría de Estado de Deportes,

    Educación Física y Recreación y sus

    modificaciones.

    (4) Ley Núm. 22, de Septiembre de

    1965, que pone a la Policía Nacional

    bajo dependencia de la Secretaría de

    Interior y Policía.

    (2)

    (2)

    (1)

    Secretaría de Estado

    de Deportes,

    Educación Física y

    Recreación

    Secretaría de Estado

    de Deportes,

    Educación Física y

    Recreación

    SubsecretaríaSubsecretaría

    (3)

    (4)

  • Sector Público DominicanoOrganigrama General de los Gobiernos de:

    A) Joaquín Balaguer (del 1 de Julio de 1966 al 16 de Agosto de 1978) / B) Antonio Guzmán Fernández (del 16 de Agosto de 1978 al 16 de Agosto de 1982/ C)

    Salvador Jorge Blanco (del 16 de Agosto de 1982 al 16 de Agosto de 1986) / D) Joaquin Balaguer (del 16 de Agosto de 1986 al 16 de Agosto de 1996) / E)

    Leonel Fernández (del 16 de Agosto de 1996 al 16 de Agosto de 2000) / F) Hipólito Mejía (del 16 de Agosto de 2000 - )

    NOTAS SOBRE EL

    ORGANIGRAMA

    PODER EJECUTIVO PODER JUDICIALPODER

    LEGISLATIVO

    Suprema Corte de

    JusticiaCongreso Presidente de la República

    Secretaría de Estado

    de Interior y Policía

    Secretaría de Estado

    de Industria y

    Comercio

    Secretaría de Estado

    de la Mujer

    Secretaría de Estado

    de la Mujer

    Secretaría de Estado

    de las Fuerzas

    Armadas

    Secretaría de Estado

    de FinanzasSecretaría de

    Estado de Turismo

    Secretaría de

    Estado de Turismo

    Secretaría de Estado

    de Salud Pública y

    Asistencia Social

    Cámara de

    DiputadosSenado

    SubsecretariosSubsecretarios

    Subsecretarios

    SubsecretariosSubsecretarios

    Subsecretarios Subsecretarios Subsecretarios Subsecretarios

    Secretaría de Estado

    de Deportes,

    Recreación Física y

    Recreación

    Secretaría de

    Estado de Trabajo

    Secretaría de Estado

    de Educación

    Secretaría de

    Estado de Obras

    Públicas

    Subsecretarios Subsecretarios Subsecretarios Subsecretarios

    Secretaría de

    Estado de

    Relaciones

    ExterioresSubsecretarios

    Secretaría de Estado

    de Educación Superior,

    Ciencia y Tecnología

    Secretaría de Estado

    de Educación Superior,

    Ciencia y Tecnología

    SubsecretariosSubsecretarios

    Contraloría

    General de la

    República

    Vicepresidente de la

    República

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretaría de

    Estado de la

    Presidencia

    Secretariado

    Técnico de la

    Presidencia

    Secretariado

    Administrativo de la

    Presidencia

    Procuraduría

    General de la

    República

    Asesores Especiales del

    Presidente de la República

    Secretaría de

    Estado de

    Agricultura

    Secretaría de

    Estado de

    Cultura

    Secretaría de

    Estado de

    Cultura

    SubsecretariosSubsecretarios

    Secretaría de

    Estado de

    la Juventud

    Secretaría de

    Estado de

    la Juventud

    SubsecretariosSubsecretarios

    Cámara de

    Cuentas

    Tribunal

    Contencioso Admvo.

    Junta Central

    Electoral

    (2) (3) (4) (5)

    37va. Reforma de la Constitución del 1994 (del 16 de Agosto de 1994 a la fecha

    Organismos Descentralizados y Autónomos

    Secretaría de

    Estado de

    Medio Ambiente y

    Recursos Naturales

    Secretaría de

    Estado de

    Medio Ambiente y

    Recursos Naturales

    SubsecretariosSubsecretarios

    (6)

    Leyenda: Cambio de nombre.

    Creación.

    (1)

    (1) La Ley Núm. 450 del 29 de

    D i c i e m b r e d e 1 9 7 2 , c r e a

    nuevamente la Secretaría de

    Estado de la Presidencia.

    (2) Ley Núm. 86-99 del 11 de

    Agosto del 1999, G.O. 10022

    (3) Ley Núm. 139-01 de fecha 13

    de Junio de 2001.

    (4) Ley Núm. 41-00 d el 28 de

    Junio del 2000, G.O. Núm. 10050

    de fecha 5 de Julio del 2000.

    (5) Ley Núm. 49-00 del 26 de Julio

    del 2000, G.O. Núm. 10052

    (6) Ley Núm. 64-00 del 18 de

    Agosto del 2000, G.O. 10056

    (7 ) Ley Núm. 175, de l 31 de

    Agosto de 1967, G.O. Núm. 9049,

    que la denomina en lo adelante

    Secretaría de Estado de Salud

    Pública y Asistencia Social.

    (8) Ley Núm. 84 de 1979, que

    dispuso que la Dirección Nacional

    de Turismo e Informaciòn fuera

    elevada a Secretaría de Estado.(7)(8)

  • MUCHAS GRACIAS