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Artuculo: Genero periodistico que trata de cualquier tema en el que se incluyen opiniones, valores y analisis sobre diversas noticias. El articulo va frimando y expresa la opinion del autor. La credibilidad del texto depende del prestigio del autor. 1.2 caracteristicas: El texto siempre va firmado por el autor o un colavorador. No tiene estrctura fija. El autor tiene libertad expresiva. El lenguaje no es tan dificil como el de la columna. Tiene que tratar sobre un tema actual. Su largula esta entre 500 a 800 palabras. 1.3 ejemplo extraido del periodico. El Consejo de Ministros del pasado 26 de marzo aprobó una importante propuesta de reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General tendente a evitar que la ilegalizada Batasuna pudiera concurrir a las próximas elecciones, valiéndose de algunas lagunas y deficiencias de la legislación vigente. El contenido de la reforma propuesta debe ser valorado, por tanto, partiendo de un análisis previo de cuáles son los problemas que la normativa vigente no ha podido resolver con éxito. Básicamente estos se reducen a dos, la imposibilidad de recurrir una candidatura una vez iniciada la campaña electoral, y la dificultad de privar de su acta al electo en una candidatura de un partido declarado ilegal con posterioridad a la elección. En relación con el primero de ellos, debemos recordar que la Ley Orgánica de Partidos Políticos introdujo en su día dos modificaciones en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Al artículo 44 fue añadido un apartado cuarto, según el cual "no podrán presentar candidaturas las agrupaciones de electores que, de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido". Por su parte, para hacer efectiva esa prohibición, el artículo 49. 5 estableció la legitimación del Gobierno y del Ministerio Fiscal para interponer recurso contra la proclamación de tales candidaturas ante la Sala Especial del Tribunal Supremo. Ahora bien, la experiencia derivada de los ocho años de vigencia de la ley ha puesto de manifiesto que esas previsiones resultaban claramente insuficientes para el logro de sus objetivos. Y ello por varias razones. En primer lugar, porque al referirse exclusivamente a agrupaciones de electores, la ley no preveía expresamente la posibilidad de que Gobierno y Fiscalía plantearan recurso contra candidaturas de partidos o coaliciones que continuaran la actividad de un partido ilegalizado; y, en segundo lugar, porque el plazo de dos días para interponer el recurso impedía impugnar aquellas candidaturas cuyo carácter fraudulento se hubiera desvelado con posterioridad a los dos días de su presentación.

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Artuculo: Genero periodistico que trata de cualquier tema en el que se incluyen opiniones, valores y analisis sobre diversas noticias. El articulo va frimando y expresa la opinion del autor. La credibilidad del texto depende del prestigio del autor. 1.2 caracteristicas:

El texto siempre va firmado por el autor o un colavorador.

No tiene estrctura fija.

El autor tiene libertad expresiva.

El lenguaje no es tan dificil como el de la columna.

Tiene que tratar sobre un tema actual.

Su largula esta entre 500 a 800 palabras. 1.3 ejemplo extraido del periodico.

El Consejo de Ministros del pasado 26 de marzo aprobó una importante propuesta de reforma de la

Ley Orgánica de Régimen Electoral General tendente a evitar que la ilegalizada Batasuna pudiera

concurrir a las próximas elecciones, valiéndose de algunas lagunas y deficiencias de la legislación

vigente.

El contenido de la reforma propuesta debe ser valorado, por tanto, partiendo de un análisis previo de

cuáles son los problemas que la normativa vigente no ha podido resolver con éxito. Básicamente

estos se reducen a dos, la imposibilidad de recurrir una candidatura una vez iniciada la campaña

electoral, y la dificultad de privar de su acta al electo en una candidatura de un partido declarado

ilegal con posterioridad a la elección.

En relación con el primero de ellos, debemos recordar que la Ley Orgánica de Partidos Políticos

introdujo en su día dos modificaciones en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Al artículo

44 fue añadido un apartado cuarto, según el cual "no podrán presentar candidaturas las agrupaciones

de electores que, de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado

judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido". Por su parte, para hacer efectiva esa prohibición, el

artículo 49. 5 estableció la legitimación del Gobierno y del Ministerio Fiscal para interponer recurso

contra la proclamación de tales candidaturas ante la Sala Especial del Tribunal Supremo.

Ahora bien, la experiencia derivada de los ocho años de vigencia de la ley ha puesto de manifiesto

que esas previsiones resultaban claramente insuficientes para el logro de sus objetivos. Y ello por

varias razones. En primer lugar, porque al referirse exclusivamente a agrupaciones de electores, la

ley no preveía expresamente la posibilidad de que Gobierno y Fiscalía plantearan recurso contra

candidaturas de partidos o coaliciones que continuaran la actividad de un partido ilegalizado; y, en

segundo lugar, porque el plazo de dos días para interponer el recurso impedía impugnar aquellas

candidaturas cuyo carácter fraudulento se hubiera desvelado con posterioridad a los dos días de su

presentación.

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Los tribunales (Supremo y Constitucional) resolvieron el primer problema mediante una interpretación

analógica de la ley que permitió también en esos casos la interposición del recurso contencioso-

electoral; ahora bien, el problema derivado de la perentoriedad del plazo persistía.

En este sentido, la propuesta de reforma acordada por el Consejo de Ministros tiene por objeto

afrontar conjuntamente ambos aspectos. Por un lado, se tra

-ta de incluir expresamente la posibilidad de recurrir candidaturas presentadas por un partido,

federación o coalición, además de las presentadas por agrupaciones electorales; y, por otro, de

ampliar el plazo para la interposición del recurso hasta el cuadragésimo cuarto día posterior a la

convocatoria electoral (esto es, hasta ocho días antes de la votación), así como ampliar a tres días el

plazo del Tribunal Constitucional para resolver los eventuales recursos. La ampliación de los plazos

es una medida que refuerza las garantías de todas las partes implicadas en el proceso.

Obsérvese que, con esta reforma, el Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) no hubiera

concurrido a las elecciones autonómicas de 2005. EL PCTV fue declarado sucesor de Batasuna

durante la campaña electoral y con la ley vigente, expirado el plazo, sus candidaturas no pudieron ser

recurridas.

Ahora bien, la principal novedad de la reforma propuesta radica en la fórmula prevista para evitar que

el representante elegido en una candidatura de un partido declarado ilegal o sucesor o continuador de

la actividad de uno ilegalizado, continúe ejerciendo su mandato. Este era el desafío fundamental que

la praxis política planteaba al legislador.

En este sentido, la propuesta de reforma resuelve el problema mediante un expediente

constitucionalmente impecable. Porque no se olvide que, de conformidad con la jurisprudencia del

Tribunal Constitucional, el acta es de la persona y no del partido. Por esta razón tenían difícil encaje

constitucional aquellas pretensiones de privar de su cargo a todos los elegidos en candidaturas de

partidos posteriormente ilegalizados, sin una previsión legal expresa, con la sola cobertura de la

sentencia de ilegalización.

La propuesta acordada por el Gobierno consiste en incluir en todos los preceptos relativos a las

causas de incompatibilidad (6, 155, 178, 182, 203, 209 y 211) un nuevo supuesto consistente

precisamente en el mantenimiento de la vinculación del electo con el proyecto criminal que

fundamenta la ilegalización de una determinada formación política: "Serán incompatibles las personas

electas en candidaturas presentadas por partidos, federaciones o coaliciones, declarados ilegales con

posterioridad por sentencia judicial firme. La incompatibilidad será firme salvo que el electo formule

una declaración expresa e indubitada de separación y rechazo de las causas por las que ha sido

ilegalizado su partido".

Con ello, por un lado, se introduce una previsión legal expresa para privar de su cargo al

representante, y por otro, esa previsión no consiste en un automatismo, sino en un supuesto de

"incompatibilidad sobrevenida" que deja en manos del electo la opción de conservar o no el acta. De

esta forma, la ilegalización del partido no conlleva la pérdida automática del cargo, lo que, como

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hemos dicho, podría contradecir la jurisprudencia constitucional sobre la naturaleza, significado y

alcance del mandato representativo. Ahora bien, la ilegalización del partido exige que si el electo

desea conservar su acta, manifieste de forma clara su desvinculación de un proyecto que por su

carácter violento y antidemocrático fue declarado ilegal.

Los trabajos de la subcomisión del Congreso encargada de la reforma electoral concluyen el día 12

de abril, por lo que el Gobierno no podía demorar más la aprobación de una propuesta. Y ello con

independencia de que ésta pueda interpretarse también como una contundente respuesta a los

desvaríos de un antiguo ministro del Interior. Se trata de una propuesta que por todo lo expuesto

consideramos oportuna, necesaria y garantista.

El Gobierno cuenta ahora, además, con el aval de Estrasburgo para perfeccionar una legislación a la

que se debe en buena medida la situación terminal que vive ETA.

2.Editorial El editorial es el género mediante el cual la publicación (el diario, la revista) da a conocer sus puntos de vista sobre ciertos acontecimientos de la realidad actual. Suele aparecer en un sitio fijo y no suele estar firmado, ya que la empresa es la que se responsabiliza por la publicación. 2.1 Caracteristicas propias.

No esta firmado.

Esta redactado con libertad expresiva y su vocabulario es periodistico.

No usa la 1 persona ya que espresa la opinion de la revista.

El texto esta escrito de forma seria y impersonal.

Es importantisisimo que el tema sea actual. 2.3 Ejemplo estraido del periodico:

El anuncio israelí de la construcción de más viviendas en Jerusalén Este coincidiendo con la visita del vicepresidente de Estados Unidos, Joseph Biden, sea una emboscada deliberada o un vulgar -e incomprensible- error de coordinación, debe ser rectificado con rapidez y sin complejos por el Gobierno Netanyahu. Sólo eso permitiría desactivar el peligroso desencuentro que se ha suscitado entre EE UU e Israel, dos Estados cuya sólida alianza política y militar es uno de los factores tenidos por inalterables en Oriente Próximo en su conjunto. La sospecha de que, en realidad, el Gobierno israelí no confía en la Administración Obama ha crecido rápidamente y podría ser letal para esa alianza. El primer y desastroso efecto ha sido el aplazamiento del viaje a Israel de George Mitchell, el mediador norteamericano que había reactivado el proceso de paz con los palestinos. Paralizado de nuevo, la sombra ominosa de la vuelta de la violencia planea sobre el escenario y se menciona ya la posibilidad de una tercera ′Intifada'. Es lo último que debe suceder y la parte israelí, que ha provocado el incendio, debe hacer pronto lo necesario para apagarlo. Sobre todo, por su bien.se es el mio

3. La columna.

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La columan es un espacio fijo y periódico en un medio. Generalmente esta a cargo de un periodista, pero también puede ser escrita por un especialista como por ejemplo o médico o un deportista. Normalmente una columna tiene el objetivo de mostrar puntos de vista ante una noticia y pude expresar un punto de vista diferente al editoria. 3.1 Caracteristicas propias:

Es absulatamente libre en la estructura, lo unico que caberia destacar es su brevedad, de 300 palabras.

Presenta un lugar fijo en la revista.

Estan muy presentes las figuras literiarias.

El escritor es un escritor de prestigio.

El texto no tiene que ser actual. 3.2 Ejemplo estraido del periodico: El Perú requiere de Fuerzas Armadas crecientemente profesionales y dotadas de los elementos materiales tecnológicamente más avanzados. Estos son los requisitos para que se constituyan en eficaz herramienta que garantice a la Nación su derecho a la paz, al desarrollo, al fortalecimiento del Estado de Derecho y la Democracia, así como el cumplimiento de sus obligaciones internacionales. Es por ello, que manifestamos nuestra mayor satisfacción ante la reciente llegada del BAP "Elías Aguirre" y la próxima incorporación en julio del BAP "Palacios", fragatas misileras tipo Lupo, de fabricación italiana; expresando a la vez nuestro firme respaldo a la adquisición de dos naves más de dicho tipo, dentro de una política de modernización y renovación de la Marina de Guerra del Perú . Nuestro extenso y rico litoral representa para la Nación una oportunidad y una amenaza. Mientras el Perú ha tenido ello presente ha vivido en paz y prosperidad, pero cuando ésta fue olvidada, ha sufrido amargas experiencias o terribles peligros. Hoy, el comercio internacional se traslada fundamentalmente por este medio. Asimismo, todos los grandes conflictos armados de este siglo han significado el tránsito marítimo de tropas, armamento y material logístico. En dicho sentido, el Océano Pacifico significa para nosotros una posibilidad de integrarnos a economías como Asia así como América del Norte, además del transporte económico interno. Pero ello requiere una Fuerza Armada y en particular, una Marina de Guerra, que nos permita custodiar nuestro espacio territorial, brindando la seguridad interna y externa respectiva. No debemos olvidar que las Fuerzas Armadas constituyen la garantía más importante que tiene un Estado para su seguridad, manteniendo el orden interno como cuando en el pasado, bandas terroristas violaban los derechos humanos de los más pobres. Asimismo, frente a las vulneraciones de nuestra soberanía por parte de amenazas nuevas como el terrorismo, el narcotráfico y el crimen organizado a escala global, el país debe ofrecer al mundo una capacidad para defenderse a sí mismo, evitando la intervención de fuerzas multilaterales. En dicho sentido, es conveniente anotar que, nuestro país tiene obligaciones internacionales adquiridas con la suscripción de la Carta de la Organización de Naciones Unidas; cuyos artículos 42º y 43º establecen la obligación de los países miembros de poner a disposición del Consejo de Seguridad, las fuerzas armadas, la ayuda y las facilidades, que sean necesarias para el propósito de mantener la paz y la seguridad internacionales. La participación en dichas misiones de paz, nos permite ser receptores de recursos internacionales, así como la adquisición de experiencia por parte de los integrantes de nuestras fuerzas armadas, y su integración y conocimiento con ejércitos de otros países. No esta demás considerar que, la renovación de nuestros equipos militares implica también una transferencia de tecnología así como el desarrollo de conocimiento propio, asociando a entidades

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públicas y empresas privadas. Por otro lado, los miembros de las Fuerzas Armadas y sus equipos, siempre significan una herramienta poderosa tanto de integración nacional, como para el cumplimiento de apoyo social, acción frente a desastres nacionales, entre otros. El proclamado fin de la historia solo ha significado otro capitulo para la humanidad, con nuevos problemas y amenazas. En dicho sentido, solo podremos conservar la paz quienes podamos asociarnos, en el mundo, al fortalecimiento de ésta, mediante la conservación de los valores y bienes asociados a la democracia en el ámbito global. 4. Carta al director. Es un texto que los escritores mandan a los periodicos para que se publiquen. 4.1 Caracteristicas.

Su organizacion no tiene normas fijas, todo depende de quien la escriba.

Los tema son variados.

Su extension es breve.

Va frimada. 4.2 Ejemplos estraidos del periodico. Adios deficit.

A mí me congelaron el sueldo los Gobiernos de Felipe González y de José María Aznar. ¡Claro! Era

funcionario.

Me he jubilado tras cotizar, obligado, más de 35 años tanto a Muface (Mutualidad de Funcionarios

Civiles de Estado) como a la Seguridad Social, que ya me venía descontando cuando me pagaban.

Tanto una como otra me han reconocido por ley la pensión correspondiente, pero al sobrepasar el

"tope" máximo que se puede cobrar por persona, no por pareja o por matrimonio (¡si pagan los dos,

cobran los dos!), me la han reducido a la mitad "por real decreto".

Ahora les propongo mi receta para que desaparezca el déficit: a todos los cargos políticos a nivel

nacional, comunitario, municipal, les sea reducido el sueldo a la mitad, como me han hecho a mí. Con

esa cantidad de dinero el déficit desaparecería rápidamente.

Comentario de un texto.

Las palabras son rehenes de nuestros prejuicios. Masticamos las palabras como si fueran chicle hasta convertirlas en una piltrafilla maleable, las chupamos y vaciamos de contenido. Y, como es natural, las más manoseadas, las más secuestradas, son siempre las Grandes Palabras. Quiero decir que los vocablos “cornucopia” o “repollo”, por ejemplo, no se prestan a mucha discusión. Pero luego están todos esos conceptos rimbombantes que la gente pronuncia con mayúsculas, como si antes de soltar la Gran Palabra se subiera a un cajón. Y, por lo general, cuanto más énfasis le ponen, más traicionan su significado.

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La Gran Palabra de moda últimamente es doble: Libertad de Expresión. Por todos los Santos, qué peste de término. Está en más bocas que los aparatos de ortodoncia y ha sido vaciado tan completamente de sentido que se usa para todo, desde las reivindicaciones del entorno etarra a las protestas de los partidarios de las descargas libres o los vagos manifiestos en defensa de no se sabe qué. En fin, no creo que sirva de mucho, la verdad, pero quisiera recordar que, primero, la libertad de expresión no es un principio absoluto: no ampara el enaltecimiento del terrorismo, por ejemplo, o la prédica de un imán aconsejando que se atice a las mujeres. Segundo: la libertad de expresión debe aplicarse precisamente con aquellos que opinan distinto de nosotros; apoyar a quienes piensan lo mismo no es libertad de expresión sino propaganda. Y tercero: la libertad de expresión consiste en que puedas manifestar libre y sonoramente tus ideas sin que ello te cueste la cárcel o la vida (como sucede en esa Cuba, en donde ahora mismo agoniza Fariñas en silencio), pero no es una patente de corso ni un blindaje para impedir que tus ideas sean criticadas por otras personas, que también son libres de expresarse. Pues no faltaría más. Qué disparate.

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2.1. Tema 2.2. Tipo de texto e intención. 2.3. Tesis o idea que pretende transmitir.Carácterísticas que aprecias propias de ese género discursivo. 2.4. Argumentos que utiliza. 2.5. Resumen (5 ó 6 líneas)

___________________________________________________________________

2.1-> TEMA:

La libertad de expresión.

2.2-> TIPO DE INTENCIÓN.

Texto argumentativo. Es una columna. En este texto se muestra la opinión de la escritora con sus respectivos argumentos.

2.3-> TESIS:

Esta a favor de la gente pueda expresarse sin represarías.

2.4->ARGUMENTOS.

1-La libertad de expresión no ampara el enaltecimiento del terrorismo, por ejemplo, o la prédica de un imán aconsejando que se atice a las mujeres. Segundo: la libertad de expresión debe aplicarse precisamente con aquellos que opinan distinto de nosotros; apoyar a quienes piensan lo mismo no es libertad de expresión sino propaganda. Y tercero: la libertad de expresión consiste en que puedas manifestar libre y sonoramente tus ideas sin que ello te cueste la cárcel o la vida, pero no es

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una patente de corso ni un blindaje para impedir que tus ideas sean criticadas por otras personas, que también son libres de expresarse.

2.5-> RESUMEN:

Todo el mundo habla de la libertad de expresión y se habla tanto de ello que su significado ya es nulo, son palabras vacías. Pero solo lo decimos pero no lo tomamos en cuenta. Estas palabras habrían que usarse con la gente que piensa diferente a nosotros y no deberíamos acribillar por pensar diferente, ya que es lo que se esta haciendo hoy en día. La libertad de expresión significa poder manifestar tu opinión sin quejas, ya que a todos nos gusta que nos escuchen.

Articulo Ultimamente en las noticias en Athenas (Grecia) se a anunciado que las empresas insdustrailes estaban depositando basuras contaminantes en los campos alrededor donde habitaban gente. Resulta que una cantidad considerable de animales se a hallado muertos, incluido las mascotas de la gente que vivia alli. Pero el gobierno no esta tomando ninguna medida respecto a este acto. Las asociaciones de ayuda a los animales incluido los estranjeron que viven en atenas estan intentando proteger los animales de esta zona, invirtiendo antidotos en las zonas afectadas. En mi opinion es patetico que el gobierno no quiera actuar. Athenas es una zona en la que habitan demasidos animales de calle, y que solo las asociaciones quieran aportar su granito de arena es bastante preocupante, ya que pagan de su bolsillo,y aunque tengan toda la voluntad del mundo, no se conseuira ayudar ni a una curta parte de los animales. Las empresas implicadas deberian tener mucho cuidado con los fluidos que depositan en los campos, ya que no solo son peligrosos para los animales, si no tambien para la gente. Por consiguiente el gobierno debereia tomar parte de esto y reestablecer las normas medioambientales y asi ayudar.