Orden de La Consejería de Gobernación Sobre Horarios de Apertura y Cierre de Est. Públ

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/23/2019 Orden de La Consejera de Gobernacin Sobre Horarios de Apertura y Cierre de Est. Pbl.

    1/4

    CONSEJERIA DE GOBERNACION

    ORDEN de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los orar!os de

    aper"ura # $!erre de los es"a%le$!m!en"os p&%l!$os en la Comun!dad

    Au"'noma de Andalu$(a) (no est el prembulo)

    Artculo 1. Objeto y mbito de aplicacin.

    La presente Orden tiene como objeto establecer la regulacin de los horarios de apertura

    y cierre de los establecimientos pblicos sujetos a la Ley 1!1"""# de 1$ de diciembre#

    de %spectculos &blicos y Acti'idades ecreati'as de Andaluca# o incluidos en el

    mbito de aplicacin de la misma.

    Artculo . *gimen general de horarios.

    1. %l horario m+imo de cierre de los establecimientos pblicos en Andaluca# de

    acuerdo con el ,ecreto -!//# de 0 de ebrero# por el 2ue se aprueban el

    3omencltor y el 4atlogo de %spectculos &blicos# Acti'idades ecreati'as y%stablecimientos &blicos de la 4omunidad Autnoma de Andaluca# ser el siguiente5

    a) 4ines# teatros# auditorios# circos# pla6as de toros y establecimientos de espectculos

    deporti'os5 #// horas.

    b) %stablecimientos de juego con licencia municipal de apertura de salones de juego y

    de locales de apuestas hpicas e+ternas5 #// horas.

    c) %stablecimientos de juego con licencia municipal de apertura de salas de bingo5 7#//

    horas.

    d) %stablecimientos recreati'os5 /#// horas.

    e) %stablecimientos de hostelera y restauracin# e+cepto pubs y bares con msica5 #//

    horas.

    ) %stablecimientos de hostelera y restauracin con licencia municipal de apertura depubs y bares con msica5 #// horas.

    g) %stablecimientos de esparcimiento# e+cepto discotecas de ju'entud5 0#// horas.

    h) %stablecimientos de esparcimiento con licencia municipal de apertura de discoteca de

    ju'entud5 /#// horas.

    . Los 'iernes# sbados y 'speras de esti'o# los establecimientos pblicos de

    Andaluca relacionados en el apartado anterior# podrn cerrar una hora ms tarde de los

    horarios especiicados.

    . %l horario de apertura y cierre de los establecimientos de juego con licencia

    municipal de apertura de casinos de juego# hipdromos y candromos de la 4omunidad

    Autnoma de Andaluca# as como el de los ser'icios complementarios de *stos# ser el

    pre'enido en la correspondiente autori6acin administrati'a.7. %l horario de apertura y cierre de los establecimientos de atracciones recreati'as# de

    acti'idades deporti'as# culturales y sociales# recintos de erias y 'erbenas populares y

    establecimientos de acti'idades 6oolgicas# botnicas y geolgicas de la 4omunidad

    Autnoma de Andaluca# as como el de los ser'icios complementarios de *stos# ser el

    pre'isto en la correspondiente autori6acin administrati'a# sin 2ue pueda superar las

    #// horas.

    $. La apertura al pblico de los establecimientos de hostelera y restauracin con

    licencia municipal de apertura de pubs y bares con msica# as como de los

    establecimientos de esparcimiento# en ningn caso podr producirse antes de las 1#//

    horas del da. Los restantes establecimientos pblicos sometidos a la presente norma no

    podrn abrir al pblico antes de las 0#// horas del da.

    0. A partir de la hora de cierre establecida# el responsable del local o de la organi6acin

    1

  • 7/23/2019 Orden de La Consejera de Gobernacin Sobre Horarios de Apertura y Cierre de Est. Pbl.

    2/4

    del espectculo pblico 'igilar el cese de toda msica# juego o actuacin en el local y

    no se ser'irn ms consumiciones. 8ampoco se permitir la entrada de ms personas y

    se encendern todas las luces del local para acilitar el desalojo# debiendo 2uedar

    totalmente 'aco de pblico media hora despu*s del horario permitido.

    Artculo . 4onsumo de bebidas y comidas en el e+terior de los establecimientos

    pblicos.9e establece como lmite horario para la e+pedicin de bebidas ocomidas por parte de

    establecimientos pblicos# para su consumo en terra6as o 6onas contiguas al aire libre

    del establecimiento# el del horario de cierre de a2u*l# de acuerdo con lo establecido en la

    presente Orden# sin 2ue en ningn caso pueda e+ceder de las #// horas.

    Artculo 7. :acultades municipales en materia de horarios de apertura y cierre de

    establecimientos pblicos.

    1. Al amparo de lo establecido en el artculo 0.- de la Ley 1!1"""# de 1$ de diciembre#

    los municipios andaluces podrn ampliar# con carcter e+cepcional u ocasional y de

    manera e+presa# los horarios generales de cierre de establecimientos pblicos durante la

    celebracin de iestas locales# 9emana 9anta# 3a'idad# u otras iestas de carcter

    tradicional en sus respecti'os t*rminos municipales. %stas modiicaciones de carctertemporal debern ser comunicadas a la ,elegacin del ;obierno de la

  • 7/23/2019 Orden de La Consejera de Gobernacin Sobre Horarios de Apertura y Cierre de Est. Pbl.

    3/4

    con horario de noche o madrugada# situados en lonjas# puertos pes2ueros# mercados

    centrales o similares.

    . Los establecimientos se>alados en los supuestos recogidos en las letras b)# c)# d) y e)

    del apartado anterior no podrn e+pedir bebidas alcohlicas superiores a / grados

    centesimales# ni tener autori6ada msica en su interior# durante el perodo horario objeto

    de ampliacin y sin perjuicio de las prohibiciones pre'istas en la Ley 7!1""-# de " dejulio# de &re'encin y Asistencia en =ateria de ,rogas.

    . ?na 'e6 recibidas las peticiones indicadas en el apartado 1 de este artculo# por la

    ,elegacin del ;obierno de la

  • 7/23/2019 Orden de La Consejera de Gobernacin Sobre Horarios de Apertura y Cierre de Est. Pbl.

    4/4

    hora se>alada para el cierre general de los establecimientos pblicos contenido en la

    presente norma.

    Artculo -. &ublicidad de los horarios y otros aspectos de los establecimientos pblicos.

    1. Los establecimientos pblicos sujetos a la Ley 1!1"""# o incluidos en el mbito de

    aplicacin de la misma# debern disponer# en lugar 'isible# de un documento e+pedido

    por la ,elegacin del ;obierno de la