Upload
others
View
1
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL QUERÉTARO
Santiago de Querétaro, Qro. 07 de Diciembre de 2015.
A QUIEN CORRESPONDA:
Por medio del presente, reciba un cordial saludo y con fundamento en el artículo 51 de la Ley General de Protección Civil, y los artículos 45, 46, 47, 48, 52, 53 de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres para el Estado de Querétaro, que a la letra establecen:
“Artículo 45. Esta Ley reconoce como grupos especializados en atención de emergencias y desastres, a los grupos que obtengan su registro ante la Coordinación Estatal de Protección Civil, con los requisitos y en los términos que señalen esta Ley y su Reglamento.
Los grupos en materia de Atención Prehospitalaria se coordinaran con el Centro Regulador de Urgencias Médicas para el despacho operativo de los servicios de atención prehospitalaria, de conformidad con la norma oficial aplicable.”
“Artículo 46. Los habitantes del Estado de Querétaro podrán organizarse de manera libre y voluntaria para participar y apoyar coordinadamente las acciones de Protección Civil previstas en esta Ley y en los reglamentos correspondientes, constituyéndose en grupos voluntarios, que serán las instituciones, organizaciones y asociaciones que obtengan su registro ante la Coordinación Estatal, de conformidad con la presente Ley y su reglamento”.
“Artículo 47. El consejo Estatal y los Consejos Municipales, promoverán la participación de los Grupos Voluntarios debidamente organizados, para que manifiesten sus propuestas y participen en la elaboración de los planes, programas y políticas en esta materia.”
“Artículo 48. Son derechos y obligaciones de los grupos especializados en emergencias y desastres:
I. Obtener su registro ante la Coordinación Estatal y refrendarlo durante el mes de enero de cada año;
II. Entregar a la Coordinación Estatal sus programas de capacitación y adiestramiento, como parte del Programa Estatal de Protección Civil;
III. Recibir cuando proceda, en los términos de las disposiciones aplicables, reconocimientos por acciones realizadas en beneficio de la población;
IV. Contar con un directorio de sus miembros y un inventario de sus recursos materiales disponibles, los cuales deberán estar permanentemente actualizado , enterando a la Coordinación Estatal sobre cualquier modificación;
V. Cooperar en la difusión de programas y planes de protección civil;
VI. Comunicar a la Coordinación Municipal de Protección Civil que corresponda, la presencia de una situación de probable o inminente riesgo;
VII. Coordinarse con la Coordinación Municipal de Protección Civil correspondiente o la Coordinación Estatal, en caso de riesgo, emergencia o desastre;
VIII. Coordinarse con el Centro Regulador de Urgencias Médicas, en caso de atención prehospitalaria, de conformidad con la norma oficial aplicable;
IX. Abstenerse de solicitar o recibir contraprestación alguna de las personas a quienes haya prestado su ayuda en situaciones de riesgo, emergencia o desastre;
X. Participar en todas aquellas actividades del programa estatal y del programa municipal que corresponda, de conformidad a lo establezca el reglamento de la presente Ley;
XI. Entregar mensualmente un reporte de actividades a la Coordinación Estatal, así como toda aquella información que le sea solicitada en forma extraordinaria ; además de coordinarse con la Coordinación Estatal y las Coordinaciones Municipales de Protección Civil, a efecto de proporcionar información actualizada y georreferenciada de la ubicación de los vehículos que atiendan a la ciudadanía en caso de siniestro, emergencia o desastre;
XII. Elaborar propuestas y proyectos para el fortalecimiento de los grupos; y las demás que le c0onfieran esta Ley, sus reglamentos y otras disposiciones aplicables.
Artículo 52. Para hacer más eficiente y transparentar la labor de los grupos especializados en la atención de emergencias y desastres, la Coordinación Estatal contará con un Registro Estatal de Protección Civil, el cual se integrará al menos con los siguientes:;
I. Grupos Voluntarios
II. Instituciones coadyuvantes
III. Asesores, capacitadores, consultores en materia de protección civil
IV. Voluntariado en Protección Civil
V. Particulares debidamente entrenados y capacitados; y
VI. Comités Locales de Ayuda Mutua
Artículo 53. Para obtener el registro y refrendo de grupos voluntarios, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Copia certificada del acta constitutiva, tratándose de personas morales;
II. Copia de Registro Federal de Contribuyentes;
III. Directorio de los integrantes;
IV. Acreditar las especialidades de los integrantes;
V. Programa de capacitación y de academia anual, especificando temas, horas de trabajo y lugar donde se impartirá;
VI. Formato de constancia que expida el grupo voluntario al término de los cursos que imparta;
VII. Inventario del parque vehicular, atendiendo las normas oficiales mexicanas aplicables;
VIII. Carta responsiva del médico responsable y copia de su Cédula Profesional, tratándose de atención médica prehospitalaria;
IX. Copia del Visto Bueno que otorgue la autoridad sanitaria correspondiente; y
X. Las demás que establezca el reglamento respectivo.
Por lo que se hace de su conocimiento el Registro Estatal de Protección Civil de Grupos Voluntarios para atención de emergencias y desastres actualizado hasta el día al rubro indicado, dando con ello cumplimiento a la normatividad aplicable.
Sin otro particular, reitero mismas atentas y seguras consideraciones.
Atentamente
“Protección Civil somos todos”
MTRO. GABRIEL BASTARRACHEA VÁZQUEZ
RÚBRICA
Directorio de Grupos Voluntarios Registrados
De Querétaro 2016
Agrupación Representante Legal Contacto Registro
Bomberos Voluntarios La Lagunita
Porfirio Salas Cruces4411009632
GEQ-CEPC-BOMBEROS-LAGUNITA-16
Previsión y Control de Emergencias de Pedro Escobedo I.A.P.
Guadalupe Edmundo Antonio Muñoz
4482750195
GEQ-CEPC-BOMBEROS-PESCOBEDO-16
Soporte Vital Paramédicos
Juan Pablo García Anaya
4421698819
GEQ-CEPC-AMP-SVP-16
Atención Médica Especializada en Urgencias S de R L de C.V. AMEU
Rafael Villegas González
4423718787
GEQ-CEPC-AMP-AMEU-16
Sistema de Urgencias Médicas (SUM)
Uribe Nieto Arturo Isaac
4424468810
GEQ-CEPC-AMP-SUM-16
Cruz Roja Mexicana I.A.P.
Alejandro Vázquez Mellado Zolezzi
2123012 GEQ-CEPC-AMP-CRM-16
Bomberos y Paramédicos Voluntarios de la Región Centro del Estado de Querétaro,
Juan Manuel López Hernández
4142736109
GEQ-CEPC-BOMBEROS-TEQUISQUIAPAN-16
A.C. Bomberos Tequisquiapan
Prevención y Servicio A.C. Bomberos Amealco
José Luis Peña Álvarez4481057063
GEQ-CEPC-BOMBEROS-AMEALCO-16
Apoyo Médico de Emergencias AME Internacional, A.C.
Julio Martínez Martínez
4421718551
GEQ-CEPC-AMP-AME-16
Bomberos Voluntarios Colón
J. Guadalupe Cabrera Medina
4421182500
GEQ-CEPC-BOMBEROS-COLÓN-16
Escuadrón Paramédico y Rescate
Víctor Manuel Fernández Carmona
4423226350
GEQ-CEPC-AMP-EPR-16
ABC Emergencias Médicas y Bomberos
Omar Eduardo Martínez Rojas
4423431198
GEQ-CEPC-AMP-ABC-16
Rescate 1 de Querétaro I.A.P.
Francisco Manuel Malagón Anguiano
4423476151
GEQ-CEPC-AMP-R1-16
Comercializadora e Importadora Beyen, S.A. de C.V.
José Enrique López Murillo
44272909784
GEQ-CEPC-AMP-CIB-16
Primera Respuesta MX.
Juan Alberto Sandoval Sánchez
4423293526
GEQ-CEPC-AMP-PRMX-16
AR Médica S.A.P.I de C.V.
Briscia Sada Humphrey8112842762
GEQ-CEPC-AMP-AR-16
Medical Health Laura Fernández Fernández de Jáuregui
1878812 GEQ-CEPC-AMP-MH-16
Previsión y Protección S.C. H. Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Querétaro
L.A.E. Arturo De Acosta Esquivel
2121314GEQ-CEPC-BOMBEROS-QUERETARO-16
Urgencias Médicas EME
Amanda Tinajero Báez4421415280
GEQ-CEPC-AMP-EME-16
Bomberos y Paramédicos
J.Luis Alejandro Trejo Altamirano
4411009003
GEQ-CEPC-BOMBEROS-JALPAN-16
Voluntarios de Jalpan Qro. A.C.
Ambulancias Life Care Silvia Reyes Gallegos4421488678
GEQ-CEPC-AMP-LC-16
Patronato de Bomberos Voluntarios Cadereyta de Montes A.C.
Ma. Gloria Hernández Almaraz
4411164700
GEQ-CEPC-BOMBEROS-CMONTES-16
Patronato de Bomberos Voluntarios de Ezequiel Montes
Armando Tinajero Barrera
44111039857
GEQ-CEPC-BOMBEROS-EMONTES-16
Prevención y Ayuda A.C. (Bomberos San Juan)
Sergio Esteban Pesquera Herrera
4271298067
GEQ-CEPC-BOMBEROS-SJR-16
MED CARE Alfonso Piña Moreno4422650786
GEQ-CEPC-AMP-MC-16
Código Seguridad Search y Rescue Qro.
Miguel ángel Guerrero Lescale
4421495633
GEQ-CEPC-AMP-CS-16
SAAMP Emergencias Sistema Asistencial en Atención Médica Prehospitalaria
Miguel Ángel Gallardo Martínez
4421292616
GEQ-CEPC-AMP-SAAMP-16
Centro de Capacitación en Urgencias Médicas CCUM
Mauricio Dumas Espinosa
4424134778
GEQ-CEPC-AMP-CCUM-16
I.
Rúbrica
REGISTRO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE GRUPOS VOLUNTARIOS PARA LA ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y DESASTRES: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO “LA SOMBRA DE ARTEAGA”, EL 29 DE ABRIL DE 2016 (P. O. No. 23)