15
Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.- Visto: El Programa de leasing para municipios de la Provincia de Entre Ríos, ofertado y publicado por el Nuevo Banco de Entre Ríos S. A. y; Considerando: Que el mismo tiene por objeto facilitar la incorporación, mediante el sistema de leasing, de maquinarias, equipos y camiones o utilitarios, para las administraciones municipales; Que es de conocimiento de los miembros de esta Junta, la necesidad de contar con nuevas maquinarias, equipos y demás rodados destinados a brindar un mejor servicio a la comunidad, lo que redundará en beneficio de desarrollo y crecimiento de nuestra economía consecuentemente de la región; Que en este contexto y habiéndonos instruido sobre las condiciones de financiamiento, ofrecidas por el Nuevo Banco de Entre Ríos S. A., así como también sobre que bienes podrían llegar a ser objeto del contrato de leasing, esta Honorable Junta de Fomento, considera como conveniente a los intereses de la comuna, facultar al Presidente de la Junta de Fomento de Gobernador Mansilla a suscribir dicho contrato a los efector de poder contar con: una retroexcavadora, un tractor, un camión con caja volcadora, una niveladora, acoplado recolector compactador y tanque regador .- Por todo ello LA HONORABLE JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA SANCIONA Y PROMULGA COMO ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º: Autorizase al Presidente de la Junta de Fomento de Gobernador Mansilla a suscribir con el Nuevo Banco de Entre Ríos S. A., un contrato de leasing por una Retroexcavadora, marca M. Ferguson, modelo 580L mas cabina; un Tractor, marca M. Ferguson mas cabina, un Camión marca Ford modelo C-1317 mas Caja Volcadora de 8.41 m3 marca Lincar, una Niveladora marca Grosspal modelo VG 304, un acoplado regador Grospal de 8000 Lts. y un acoplado recolector compactador de residuos, por hasta la suma total de $506.000, mas las que resulten necesarias para afrontar el pago de intereses, comisiones y/o cualquier otro gasto administrativo inherente a la originación de la operatoria que se autoriza a realizar mediante el presente.-

Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

  • Upload
    others

  • View
    1

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Nº 01/07

AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA

DE LEASING.-

Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Visto:

El Programa de leasing para municipios de la Provincia de Entre Ríos,

ofertado y publicado por el Nuevo Banco de Entre Ríos S. A. y;

Considerando:

Que el mismo tiene por objeto facilitar la incorporación, mediante el sistema

de leasing, de maquinarias, equipos y camiones o utilitarios, para las

administraciones municipales;

Que es de conocimiento de los miembros de esta Junta, la necesidad de contar

con nuevas maquinarias, equipos y demás rodados destinados a brindar un mejor

servicio a la comunidad, lo que redundará en beneficio de desarrollo y crecimiento

de nuestra economía consecuentemente de la región;

Que en este contexto y habiéndonos instruido sobre las condiciones de

financiamiento, ofrecidas por el Nuevo Banco de Entre Ríos S. A., así como también

sobre que bienes podrían llegar a ser objeto del contrato de leasing, esta Honorable

Junta de Fomento, considera como conveniente a los intereses de la comuna, facultar

al Presidente de la Junta de Fomento de Gobernador Mansilla a suscribir dicho

contrato a los efector de poder contar con: una retroexcavadora, un tractor, un

camión con caja volcadora, una niveladora, acoplado recolector – compactador y

tanque regador .-

Por todo ello LA HONORABLE JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR

MANSILLA SANCIONA Y PROMULGA COMO

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo 1º:

Autorizase al Presidente de la Junta de Fomento de Gobernador Mansilla a

suscribir con el Nuevo Banco de Entre Ríos S. A., un contrato de leasing por una

Retroexcavadora, marca M. Ferguson, modelo 580L mas cabina; un Tractor,

marca M. Ferguson mas cabina, un Camión marca Ford modelo C-1317 mas Caja

Volcadora de 8.41 m3 marca Lincar, una Niveladora marca Grosspal modelo VG

304, un acoplado regador Grospal de 8000 Lts. y un acoplado recolector

compactador de residuos, por hasta la suma total de $506.000, mas las que resulten

necesarias para afrontar el pago de intereses, comisiones y/o cualquier otro gasto

administrativo inherente a la originación de la operatoria que se autoriza a realizar

mediante el presente.-

Page 2: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Artículo 2º:

Facultase al Presidente de la Junta de Fomento a afectar en garantía y pago de

los montos resultantes de la operatoria autorizada en el art. 1º del presente, los

recursos correspondientes a la coparticipación de impuestos de origen nacional y

provincial, instituido por Ley 8492 y sus modif.. o régimen/es que en el futuro lo

modifiquen o sustituyan, pertenecientes a esta Junta de Fomento, y por el plazo de

vigencia del contrato que se autoriza a suscribir mediante el presente.-

Artículo 3º:

Autorizase, conforme a lo dispuesto precedentemente, al Poder Ejecutivo

Provincial a detraer de las sumas que le corresponda a la Junta de Fomento de Gdor.

Mansilla en concepto de coparticipación de impuestos Ley 8492 y sus modif.. o

régimen que en el futuro modifiquen o sustituyan, los importes que deban abonarse

por la operatoria que se autoriza a celebrar por este acto durante el tiempo modo y

forma que se estipule en el contrato de leasing y a su posterior remesa al Nuevo

Banco de Entre Ríos S. A..-

Artículo 4º:

De forma.-

Page 3: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Nº 02/07–

AUTORIZANDO LA BAJA DE BIENES MUEBLES EN DESUSO DEL INVENTARIO Y

SU VENTA EN PÚBLICA SUBASTA.-

Gdor. Mansilla, 10 de Julio de 2.007.-

Visto:

El informe elevado por la División Obras y Servicios de esta Municipalidad.-

Considerando:

Que del mismo resulta la existencia de numerosos elementos (Bienes Muebles) que

son de propiedad de esta Municipalidad, encontrándose inventariados como tal, pero que

por diversas razones, en su gran mayoría por encontrarse gravemente deteriorados,

disminuidos sensiblemente en su posibilidad de utilización, obsoletos, etc., se encuentran

definitivamente en desuso por parte de esta Municipalidad.-

Que frente a ello, resulta conveniente y oportuno proceder a la eliminación de tales

elementos del patrimonio Municipal, mediante su realización , recurso a través del cual

además de eliminar elementos que al no ser de posible utilización entorpecen el normal

desenvolvimiento de la actividad Municipal permitiría obtener recursos para el erario

Municipal, por la percepción de los montos en los que dichos elementos se vendan, que si

serían de indudable utilidad para el Municipio a los fines de financiar con ellos obras y/o

servicios públicos o acciones de interés social que el Municipio pueda encarar.-

Que la venta de bienes Municipales debe efectuarse por Subasta Pública o

Licitación Pública, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 105, inc. a, 2º párrafo de la ley

3011, situación que en el presente caso no concurre.-

Por todo ello, la JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA

SANCIONA Y PROMULGA COMO

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo 1º:

Dispónese a dar de baja del Inventario de Bienes de esta Municipalidad a los

muebles, útiles, herramientas y maquinarias que se enumeran como anexo de la presente

Ordenanza y que como tal forma parte de ella.-

Artículo 2º:

Autorizase al Presidente del Cuerpo a disponer los recaudos necesarios para la venta

en pública subasta, de dichos bienes, y concretar tal disposición, percibiendo e ingresando

por donde presupuestariamente corresponda, al patrimonio municipal el producido de la

misma.-

Artículo 3º:

De forma.-

Page 4: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Anexo 1

LISTADO DE BIENES MUEBLES EN DESUSO

Bien Mueble Marca Detalles

Motoyuyera desarmada. Tibaldo Sin motor

Motoyuyera Roland Motor Olipon

Motoyuyera 4 ruedas MTD Motor 12,5 HP 38 Pulg. de corte

Yuyera empuje Motor Villa 4,5 HP

Motoguadaña Husqvarna

Chimango de 2 ruedas 600x16 12 m de Largo

Barredora Autopropulsada Motor Perkins 4 cil

Camion Ford 600 Modelo 66 - C/Volcadora

Tractor Zomeca 45

Tractor Hanomag Brillan 33

Lote de Yuyeras Electricas a empuje 1 HP. Sin funcionar

Desmalezadora de arrastre El Brazo P/levante hidraúlico

Estructura de Cinta de acarreo

Trayler con Caja Volcadora

8 caños galvanizado de 1 1/4 pulgada

Lote de Baterias en desuso

Lote de motores electricos sin funcionar

Lote de chatarra

Lote de cubiertas en desuso Camión y Camioneta

Tractor Zomeca 45

Tractor Hanomag Brillan 33

Page 5: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Nº 03/07 CEDIENDO PREDIOS PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS

Gdor. Mansilla, 03 de Septiembre de 2.007.-

Visto:

La exigencia del Plan Federal de Construcción de Viviendas, de crear una

ordenanza de donación de terrenos a favor del Instituto Autárquico Provincial de Vivienda., y;

Considerando:

Que este municipio ha bregado por conseguir el otorgamiento de un cupo de

viviendas, para cubrir la demanda habitacional de Gobernador Mansilla.-

Que la finalidad a la que se afectarán los mencionados terrenos, es la construcción

de viviendas, lo que permite su disponibilidad sin ningún tipo de procedimiento pre-

contractual.-

Que por ello es conveniente y necesario donar los terrenos de dominio Municipal sitios en las manzanas Nº 16, 40 y 41 de la planta urbana de esta localidad.- Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA

SANCIONA Y PROMULGA COMO

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo 1a:

Dispónese la donación., a favor de Instituto Autárquico Provincial de Vivienda, de los

predios de dominio Municipal que a continuación se detallan, ubicados en la Planta Urbana

de esta localidad, todos aptos y destinados para la construcción de viviendas. Terreno sito

en Manzana Nº 16, con superficie total de 1.625 m2.; según Plano de Mensura Nº 2.274,

inscripto en el Registro Publico a su cargo, en Sección dominio Urbano, Matrícula Nº

105.269. – Terreno sito en Manzana Nº 40, con superficie total de 987.50 m2., del cual la

Municipalidad de Gdor. Mansilla es poseedora con el compromiso de escriturar, dicho

predio a su nombre; - Terreno sito en Manzana Nº 41, con superficie total de 1.266,19

m2., según plano de mensura Nº 17.380, inscripto en el Registro Publico a su cargo, en

Sección dominio Urbano, Matrícula Nº 107.259. -

Artículo 2°:

De forma.-

Page 6: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Nº 04/07 - “RATIFICANDO DECRETOS A PARTIR DEL 1º DE AGOSTO”.-

Gdor. Mansilla, 3 de Septiembre de 2007.-

VISTO;

Lo establecido por el Art. 136 de la Ley 3.001, y los Decretos Nº 24/07, de

fecha 17 de Agosto de 2.007; 25/07 y 26/07 ambos de fecha 23 de Agosto de 2.007

CONSIDERANDO;

Que dichos actos administrativos han sido sancionados por el Presidente del cuerpo en pleno y legitimo uso de sus facultades propias y específicas, delegadas en su persona por la Ley 3001 y/o por este Cuerpo.-

Que sin perjuicio de ello, atento al carácter colegiado que reviste el gobierno de los Municipios de Segunda Categoría, resulta conveniente, a todo evento que la totalidad de la Junta ratifique aquellos cuyo objeto, finalidad y demás circunstancias comparta.-

Que en tal sentido este cuerpo considera totalmente adecuados a derechos como así a las necesidades, exigencias y conveniencias del Municipio la totalidad de los actos administrativos aludidos.- Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA MUNICIPAL: Art. 1°: Ratificar y confirmar como producidos por este Cuerpo los decretos Nº 24/07 de fecha 17 de Agosto de 2.007; 25/07 y 26/07 ambos de fecha 23 de Agosto de 2.007.- Art. 2°: De forma.-

Page 7: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

ORDENANZA MUNICIPAL N" 05 /2007 - APROBANDO PRESUPUESTO DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO FINANCIERO

2.008.-

Gdor. Mansilla, Septiembre 03 de 2.007

El actual marco normativo financiero que rige a esta Municipalidad,

Considerando:

Que resulta imprescindible dejar aprobado un Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Financiero 2.008, acorde al Plan de Obras y necesidades que realmente se prevean para el aludido Ejercicio.-

Oue a tal fin la Contaduría Municipal ha confeccionado el proyecto correspondiente con sus respectivos cuadros, planillas y anexos, ascendiendo la estimación producida por dicha división a la suma de $ 4.050.143,11 ....-(CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON 11/100).-

Oue tales estimaciones no merecen objeción contable ni legal, advirtiéndose por otra parte, como coherentes con los antecedentes recaudatorios que existen en este Municipio y con las prioridades que este ente se ha fijado en materia de inversiones y gastos de funcionamiento, todo lo cuál hace aconsejable su aprobación mediante el pertinente instrumento legal. -

Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE GDOR. MANSILLA SANCIONA Y PROMULGA COMO ORDENANZA MUNICIPAL:

Art. 1°: Aprobar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos confeccionado por la

Contaduría Municipal para el Ejercicio Financiero 2008, en S 4.050.143,11 (cuatro millones cincuenta mil ciento cuarenta y trese con 11/100), con los cuadros, planillas y anexos, que complementando el mismo pasan a ser parte integrante de la presente Ordenanza según el siguiente detalle:

Personal Bienes y servicios no personales

Transferencias Erog. Cíes.

Crédito Adicional Intereses y Gtos. de la Deuda

Visto:

$1.592.728,86 $1.033.212,00 $ 146.016,00-$ 30.000,00-$ 5.310.00-

Page 8: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Bienes de Capital Trabajos Públicos Bienes Preexistentes Crédito Adicional Amortización de la Deuda

TOTAL

De Jurisdicción Municipal

Tasas Municipales

Otros Ingr. Jurisdicc. Municipal De Jurisdicción Provincial De Jurisdicción Nacional

Reembolso de Préstamos Venta Activo Fijo Otros Recursos de Capital (Ap.no Reinteg.)

TOTAL

->£>. Art.

Autorízase al Presidente del cuerpo a modificar el Presupuesto General incorporando partidas específicas e incrementando las ya previstas cuando deban realizarse erogaciones por adhesión a Leyes, Decretos o Convenios Provinciales.

Art. 3°: Facúltase a Contaduría a realizar las imputaciones contables que fueran

necesarias para adecuar las registraciones presupuestarias a las previsiones de las Planillas que como anexo se aprueban por la presente Ordenanza como parte orgánica de ellas. -

Art. 4°:

Remitir la presente Ordenanza a consideración de la Honorable Legislatura Provincial a los fines constitucionales y legales pertinentes.-

$ 149.000,00-$1.027.500,00-$ 1.000,00-$ 35.000,00-S 30.376,25-$4.050.143,11-

$1.061.427,79-$ 909.795,79-$ 151.632,00-S 524.108,52-$2.200.000,00-

$ 79.606,80-$ 5.000,00-$180.000,00-

$4.050.143,11-

Ari. 5°: Deforma.

Page 9: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Municipal Nº 06/07 MODIFICANDO CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL, PARTE ESPECIAL Y

ORDENANZA IMPOSITIVA.-

Gdor. Mansilla., 14 de Diciembre de 2.007.-

Visto:

Las previsiones contenidas en el Capítulo 4º, referido a Tributos por servicios en el

Cementerio Municipal, por el Código Tributario Municipal, Parte Especial y en el art. 12

De la Ordenanza Impositiva vigente.-

Considerando:

Que del análisis de dichas normas, surge que los valores establecidos resultan

anacrónicos y desactualizados en el marco de la actual realidad económica del país, como

lo es el caso del valor asignado a los nichos para su venta.-

Que frente a ello, resulta imperioso establecer una tasa que retribuya el servicio que

la Municipalidad presta a los usuarios de los nichos al conservarlos y actualizar el valor de

venta de los aludidos nichos previstos en la Ordenanza vigente.-

Por todo ello, la JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA

SANCIONA Y PROMULGA COMO

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo 1º:

Modificase el art. 12, de la Ordenanza Impositiva vigente (capítulo 4º), en los

incisos: a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m; los que quedarán redactados de la manera en que se

expresan en el Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º:

De forma.-

Carlos A. Ansa Rodolfo H. Orué Secretario Municipal Presidente Municipal

Page 10: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

ANEXO I

Capitulo 4º:

CEMENTERIO

Artículo 12º:

Conforme a lo establecido por el Código Tributario Municipal – Parte

Especial – art. 45º se abonará por bienes y servicios en el Cementerio Municipal, los

siguientes derechos:

a) Inhumación y colocación de lápidas en nichos y panteones…………………$40.00

b) Colocación de placas de homenajes y similares……………………………...$25.00

c) Inhumación en fosas (servicios no gratuitos)………………………………...$50.00

d) Traslados dentro del cementerio, reducción y otros servicios……………..…$50.00

e) Introducción o salida de cadáveres y restos del Municipio…………………$120.00

f) Atención y limpieza de panteones de obras sociales por año…………….. ..$140.00

g) Colocación de puertas, azulejos, pinturas, blanqueos (por autorización)…....$20.00

h) Tapeo (incluye la ejecución)…………………………………………….…...$50.00

i) CONSTRUCCIONES derechos de construcción de

1 - Panteones c/uno……………………………………………….……..$93.00

2 - Nichos c/cuerpo……………………………………………….……..$35.00

3 - Sobretumbas c/una…………………………………………………..$20.00

j) NICHOS

1 - POR LA VENTA: en 1º fila ………………… ……………..$900.00

en 2º y 3º fila…………… ………..….…...$2.000,00

en 4º fila…………………………… $800.00

FORMA DE PAGO: podrán abonarse según lo dispone la Ordenanza Municipal Nº

06/86 y 05/97 en forma financiada en hasta cinco (5), cuatro (4) y seis (6) cuotas según su

ubicación en primera, segunda y tercera o cuarta fila en las condiciones previstas en el

Título XVIII., y al contado con el 5% de descuento.-

2- POR LA CONCESIÓN : por dos (2) años.-

1º y 4º fila…………………………………………………………..$300.00

2º y 3º fila……………………………………………………...…. $600.00

Estos aranceles se reducirán en un 50% si fueren nichos prefabricados.-

k) COLUMNARIOS MUNICIPALES – NICHOS URNARIOS –

1- POR LA VENTA: en 1º fila……………………………$360.00

2º, 3º, 4º, 5º fila………………….…. $450.00

6º fila…………………………….…..$250.00

Forma de pago: igual que la establecida para la venta de nichos.-

2- POR LA CONCESIÓN: por dos (2) años.-

en 1º y 6º fila………………………..$100.00

2º, 3º, 4º, 5º fila…………………..…..$200.00

Se establece un plazo de dos (2) meses para la formalización de los respectivos convenios

de compra o concesión de nichos y/o nichos urnarios.-

l) TERRENOS: para tumbas, nichos y panteones: se venderán por metros cuadrados

(m2)…………………………………………………..….$120.00

Page 11: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Quedarán exentos de abonar el importe precedentemente enunciados, los terrenos que se

cedan por Resolución del D. E. para tumbas de personas de manifiesta indigencia.-

m) Por la excavación de tumbas nuevas y/o para verificación de restos por personal

Municipal para personas no indigentes ………………………………… ..$80.00

Page 12: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Municipal N° 07/07

MODIFICANDO REGIMEN DE DESCUENTO DEL ADICIONAL

SALARIAL POR PRESENTISMO.-

Gobernador Mansilla, 19 de Diciembre de 2.007.-

Visto:

La Ordenanza Municipal N° 02/06, la que rige el actual sistema de pago

del adicional salarial por presentismo a los agentes de planta permanente de esta

Municipalidad.-

Considerando:

Que dicha norma modificaba la Ordenanza Municipal N° 23/90,

Que esta modificación no ha producido los resultados esperados, lo que

perjudica la administración del personal de este Municipio.

Que ello hace viable y aconsejable derogar el actual régimen de pago de

dicho adicional y volver al régimen anterior.-

Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA

SANCIONA Y PROMULGA COMO ORDENANZA

Art. 1º:

Deróguese la Ordenanza Municipal N° 02/06, que Modificaba el Régimen

de Descuento del Adicional por Presentismo.-

Art. 2º:

Póngase en vigencia la Ordenanza Municipal N° 23/90, reglamentada por

Decreto N° 71/90, la que comenzará a regir a partir de la promulgación de la

presente.-

Art. 3°:

De forma.-

Carlos A. Ansa Rodolfo H. Orué Secretario Municipal Presidente Municipal

Page 13: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 08/ 2007 –

MODIFICANDO PRESUPUESTO DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS PARA EL

EJERCICIO FINANCIERO 2007.-

Gdor. Mansilla, Diciembre 19 de 2007 Visto:

El actual marco normativo financiero que rige a esta Municipalidad; Considerando:

Que resulta imprescindible modificar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos a los fines de ajustar las partidas presupuestarias de, Bienes y Servicios no Personales, Erogaciones Corrientes, Bienes de Capital y Trabajos Públicos.

Que tales modificaciones no merecen objeciones contables ni legales, y se realiza para incorporar al Presupuesto el Superávit del Ejercicio 2006 y los Aportes recibidos durante el corriente año, por lo que se hace aconsejable su aprobación mediante el pertinente instrumento legal.

Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE ODOR. MANSILLA, SANCIONA Y PROMULGA COMO ORDENANZA MUNICIPAL:

Art. 1°: Apruébase la modificación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos confeccionado por la Contaduría Municipal para el Ejercicio Financiero 2.007, por lo que el nuevo monto asciende a $ 3.346.388,58, de acuerdo al siguiente detalle: A - CALCULO DE RECURSOS

Modificaciones Nuevos Montos en más

Superávit Ejer. 2006

Financiamiento Ap. No Reint. ( Rep. Carp. Asfáltica) Ap. No

Reint. (Viv. Social)

Ap. No Reint. (Parque Infantil)

B - PRESUPUESTO DE GASTOS

Erogaciones Corrientes

Servicios

Transf. Erog. Ctes.

Erogaciones de Capital

Bienes de Capital Trabajos

Públicos

Art. 2°: Facúltese a Contaduría Municipal a realizar las imputaciones contables que fueran

necesarias para adecuar las registraciones presupuestarias.-

Art. 3°: De forma

$68.171,35-

$50.000,00- \

$17.500,00-

$30.000,00-

TOTAL $ 165.671,35-

$55.651,33-

$12.520.02-

$20.879,90-

$76.620,10-

TOTAL $ 165.671,35-

Page 14: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 09/07

ADHIRIENDO A LEY NACIONAL Y LEY PROVINCIAL DE TRANSITO.- Gobernador Mansilla, 19 de Diciembre de 2007.-

Visto:

La invitación contenida en art. 94 de la Ley Nacional de Tránsito (N° 24.449) y reproducida en el art.12 de la Ley Provincial N° 8963 de adhesión de la Provincia .de Entre Ríos a aquella. -

Considerando: Que esta Municipalidad tiene establecido un Régimen Municipal de Tránsito,

instituido por Ordenanza N° 02/88 y modificado en su título 3° por Ordenanza N° 01/05, las que resultan total y plenamente compatibles con las normativas de las dos leyes citadas, - Que la adhesión de los Municipios a las normas Reguladoras del transito a nivel nacional y provincial les permite gozar de los beneficios que dichas normas otorgan a los adherentes al sistema y, en el caso particular de esta Municipalidad tal adhesión no generará modificaciones reales y ciertas en el régimen vigente que afecten la normal comprensión del mismo y adaptación a el por conductores y/o peatones habida cuenta del alto grado de modernidad de la normativa con la que el Municipio ya cuenta.-

Que por todo ello resulta conveniente y oportuno adherir a esta Municipalidad a los regímenes establecidos a nivel nacional por la ley 24.449 y sus decretos reglamentarios y a nivel Provincial por le ley 8963 y sus decretos reglamentarios. -

Que para así concretarlo debe sancionarse la norma Municipal pertinente

Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR MANSILLA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERA DE ORDENANZA: Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Gdor. Mansilla a los regimenes establecidos por la Ley Nacional 24.449 y sus decretos reglamentarios a nivel Nacional y a nivel provincial por la ley de Adhesión de la Provincia a aquella, N°.8963 y decretos reglamentarios en todo aquello que no fuera materia de expresa y concreta de modificación por la Ordenanza N° 02/88.-

Artículo 2°:

Serán autoridad de Aplicación y comprobación de las normas referidas en el Art. 1°), además de la Sección Transito de la División Inspección General de esta Municipalidad la Policía de la Provincia a través del personal que afecta a ello en el ámbito territorial de esta Municipalidad. -

Artículo 3°: De forma.-

Page 15: Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS ... · Ordenanza Nº 01/07 AUTORIZANDO COMPRA DE MAQUINARIAS MEDIANTE EL SISTEMA DE LEASING.- Gdor. Mansilla,10 de Julio de 2.007.-

Ordenanza Municipal N° 10/07

-FIJANDO PRECIO Y FORMA DE PAGO A GRUPO DE 10 VIVIENDAS

PERTENECIENTES AL PLAN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA

BASICA.-

Gdor. Mansilla, Diciembre 19 de 2.007.-

Visto:

La culminación de la Obra de las diez viviendas que esta Municipalidad

construyó en el marco del Programa Infraestructura Básica,

Considerando:

Que corresponde adjudicar las mismas y establecer su valor de transferencia a

sus adjudicatarios.-

Que las mismas fueron construidas con fondos aportados en el marco del

referido Programa por el Estado nacional.-

Que por tanto para su adjudicación resulta necesario que los postulantes a ser

beneficiarios de las mismas reúnan las condiciones y requisitos exigidos por dicho

programa, lo que debe ser verificado por el Departamento Acción Social.

Que en cuanto al valor asignado a dichas casas, corresponde establecerlo en base

a las características que las viviendas presentan.-

Por todo ello, LA JUNTA DE FOMENTO DE GOBERNADOR MANSILLA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Artículo 1°:

Establecese el valor de transferencia de cada una de las viviendas construidas

por esta Municipalidad en el marco del Programa Infraestructura Básica, en la suma de

$20.000 cada una (Pesos Veinte Mil).-

Artículo 2°:

Autorizase al Presidente del Cuerpo a otorgar a los que resulten adjudicatarios

de dichas viviendas, los que deberán ser personas físicas que reúnan las condiciones y

requisitos establecidos por el aludido programa, debidamente verificado por el

Departamento Acción Social de esta Municipalidad, facilidades para el pago del valor

establecido en el art. 1° de la presente hasta en 200 cuotas mensuales, iguales y

consecutivas, con una tasa de interés igual a la que cobra el Banco de la Nación

Argentina por depósitos a Plazo Fijo, sin perjuicio de los intereses que deban aplicarse,

en su caso, por mora.-

Artículo 3°:

Autorizase al Presidente del Cuerpo para que, abonado que sea la totalidad del

valor de transferencia de dichas viviendas y que nunca antes, otorgue a los

adjudicatarios de las mismas las correspondientes escrituras traslativas de dominio a

cargo de los adjudicatarios, procurando, en todos los casos que su otorgamiento y la

documentación necesaria para el mismo, esté a cargo de los órganos oficiales

pertinentes de la Provincia a los fines de obtener la gratuidad de ellos, o, en su defecto a

través de los órganos y/o profesionales cuya intervención resulte menos onerosa a los

adjudicatarios.-

Artículo 4°:

De forma.-

Carlos A. Ansa Rodolfo H Orué Secretario Municipal Presidente Municipal