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ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA CONSEJO EJECUTIVO EX 76a. reunión 76 EX/Decisiones PARIS, 30 de mayo de 1967 RESOLUCIONES Y DECISIONES APROBADAS POR EL CONSEJO EJECUTIVO EN SU 76a. REUNION (París, 24 de abril - 12 de mayo de 1967) Presentes: Presidente de la Conferencia General: Profesor Bedrettin Tuncel Presidente: Excmo. Sr. Dr. Atilio Dell’Oro Maini (Argentina) Vicepresidentes: Excmo. Sr. William A. Eteki-Mboumoua (Camerun) Dra. Magda Jóború (Hungría) Excmo. Sr. Gian Franco Pompei (Italia) Excmo. Sr. Djahanguir Tafazoli (Irán) Miembros: Dr. Moshé Avidor (Israel), Excmo. Sr. Amadou Hampâté Ba (Mali), Sr. Pitty Paul Banda (Zambia), Excmo. Sr. Bernard Barbey (Suiza), el Hon. William Benton (Estados Unidos de América), Excmo. Sr. Profesor Paulo E. de Berredo Carneiro (Brasil), Sr. Samuel J. Cookey (Nigeria), Sr. Bernard B. Dadié (Costa del Marfil), Sr. Etienne Dennery (Francia), Dr. Ilmo Hela (Finlandia), Excmo. Sr. Juvenal Hernández (Chile), Dr. Bernard J.E. M. de Hoog (Paises Bajos), Sr. Prem N. Kirpal (India), Excmo. Sr. Dr. Enrique Macaya- Lahmann (Costa Rica), Excmo. Sr. Amadou-Mahtar M’Bow (Senegal), Excmo. Sr. Dr. Hans-Joachim von Merkatz (Republica Federal de Alemania), Excmo. Sr. Dr. Sarwat Okasha (Repfíblica Arabe Unida), Profesor André Otetea (Rumania), Dr. Fuad Sarruf (Libano), Dame Mary Guillan Smieton (Reino Unido), Profesor Vadim Sobakin (Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas), Excmo. Sr. Tatsuo Suyama (Japón), Profesora Otilia A. de Tejeira (Panamá), Excmo. Sr. Alberto Wagner de Reyna (Perú). Suplentes: Excmo. Sr. Mordechai Avida, del Dr. Moshé Avidor (Israel); Sr. Harouna Marga, del Excmo. Sr. Amadou Hampâté Ba (Mali); Sr. Alfred Rappard, del Excmo. Sr. Bernard Barbey (Suiza); Excmo. Sr. Robert H.B. Wade y Sr. Warren E. Hewitt, del Hon. William Benton (Estados Unidos de América); Excmo. Sr. Carlos Chagas y Sra. Lourdes de Vincenzi, del Excmo. Sr. Profesor Paulo E. de Berredo Carneiro (Brasil); Sr. Reginald S.G. Agiobu-Kemmer, del Sr. Samuel J. Cookey (Nigeria); Sr, Clément Kaul Meledge, del Sr. Bernard B. Dadié (Costa del Marfil); Sr. Jean Fernand-Laurent y Sr. Pierre Grenier, del Sr. Etienne Dennery (Francia); Documento producido por reconocimiento óptico de carácteres (OCR). Pueden quedar errores de ortografía. Para tener acceso al documento original en la forma de imagen, cliquear el botón "Original" situado en la 1ª página.

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA …unesdoc.unesco.org/images/0011/001132/113207s.pdf · y que los invite a contestar,antes del fin de septiembre de 1967, al cuestio- nario

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O R G A N I Z A C I Ó N D E L A S N A C I O N E S U N I D A S P A R A L A E D U C A C I Ó N , L A C I E N C I A Y L A C U L T U R A

C O N S E J O E J E C U T I V O EX76a. reunión 76 EX/Decisiones

PARIS, 30 de mayo de 1967

RESOLUCIONES Y DECISIONES APROBADASPOR EL CONSEJO EJECUTIVO EN SU 76a. REUNION

(París, 24 de abril - 12 de mayo de 1967)

Presentes:

Presidente de laConferencia General: Profesor Bedrettin Tuncel

Presidente: Excmo. Sr. Dr. Atilio Dell’Oro Maini (Argentina)

Vicepresidentes: Excmo. Sr. William A. Eteki-Mboumoua (Camerun)Dra. Magda Jóború (Hungría)Excmo. Sr. Gian Franco Pompei (Italia)Excmo. Sr. Djahanguir Tafazoli (Irán)

Miembros: Dr. Moshé Avidor (Israel), Excmo. Sr. Amadou Hampâté Ba (Mali),Sr. Pitty Paul Banda (Zambia), Excmo. Sr. Bernard Barbey (Suiza),el Hon. William Benton (Estados Unidos de América), Excmo. Sr.Profesor Paulo E. de Berredo Carneiro (Brasil), Sr. Samuel J.Cookey (Nigeria), Sr. Bernard B. Dadié (Costa del Marfil),Sr. Etienne Dennery (Francia), Dr. Ilmo Hela (Finlandia), Excmo.Sr. Juvenal Hernández (Chile), Dr. Bernard J.E. M. de Hoog (PaisesBajos), Sr. Prem N. Kirpal (India), Excmo. Sr. Dr. Enrique Macaya-Lahmann (Costa Rica), Excmo. Sr. Amadou-Mahtar M’Bow (Senegal),Excmo. Sr. Dr. Hans-Joachim von Merkatz (Republica Federal deAlemania), Excmo. Sr. Dr. Sarwat Okasha (Repfíblica Arabe Unida),

Profesor André Otetea (Rumania), Dr. Fuad Sarruf (Libano), DameMary Guillan Smieton (Reino Unido), Profesor Vadim Sobakin (Uniónde Repúblicas Socialistas Soviéticas), Excmo. Sr. Tatsuo Suyama(Japón), Profesora Otilia A. de Tejeira (Panamá), Excmo. Sr. AlbertoWagner de Reyna (Perú).

Suplentes: Excmo. Sr. Mordechai Avida, del Dr. Moshé Avidor (Israel);Sr. Harouna Marga, del Excmo. Sr. Amadou Hampâté Ba (Mali);Sr. Alfred Rappard, del Excmo. Sr. Bernard Barbey (Suiza);Excmo. Sr. Robert H.B. Wade y Sr. Warren E. Hewitt, del Hon.William Benton (Estados Unidos de América); Excmo. Sr. CarlosChagas y Sra. Lourdes de Vincenzi, del Excmo. Sr. Profesor PauloE. de Berredo Carneiro (Brasil); Sr. Reginald S.G. Agiobu-Kemmer,del Sr. Samuel J. Cookey (Nigeria); Sr, Clément Kaul Meledge, delSr. Bernard B. Dadié (Costa del Marfil); Sr. Jean Fernand-Laurenty Sr. Pierre Grenier, del Sr. Etienne Dennery (Francia);

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Sr. Gaspard Towo-Atangana, del Excmo. Sr. William A. Eteki-Mboumoua (Camerún); Sr. Paavo Ilmari Rantanen, del Dr. Ilmo Hela(Finlandia); Sr. Diego Valenzuela Rodriguez, del Excmo. Sr. JuvenalHernández (Chile); Sr. Sadi de Gorter y Sr. R. M. H. Koesoemo Joedo,del Dr. Bernard J. E. M. de Hoog (Países Bajos); Sra. Edit Konrad ySr. Endre Zádor, de la Dra. Magda Jóború (Hungría); Sr. EmmanuelPouchpa Dass, del Sr. Prem N. Kirpal (India); Excmo. Sr. Dr.Herbert Hütt, del Excmo. Sr. Dr. Enrique Macaya-Lahmann (CostaRica); Sr. Blaise Senghor, del Excmo. Sr. Amadou-Mahtar M’Bow(Senegal); Dr. Hanns-Erich Haack y Dra. Renate Etling, del Excmo.Sr. Dr. Hans-Joachim von Merkatz (Republica Federal de Alemania);Sr. Mathew G. Kayuza, del Excmo. Sr. Daniel Mfinanga (RepúblicaUnida de Tanzania); Dr. Salama Hammad, del Excmo. Sr. Dr. SarwatOkasha (Republica Arabe Unida); Profesor Valentin Lipatti, del Pro-fesor André Otetea (Rumania); Excmo. Sr. Giorgio Ciraolo. Profe-sora Maria Luisa Paronetto Valier y Sr. Vincenzo Bagli, del Excmo.Sr. Gian Franco Pompei (Italia); Sr. Ambler R. Thomas, Srta.Shirley Guiton, Sr. J. A. Burgess y Sr. A. Hurrell, de Dame MaryGuillan Smieton (Reino Unido); Sr. Mitrofan P. Fédorin, Sr. G. V.Gorchkov, Sr. Konstantin P. Rubanik y Sra. Galina F. Tijmeneva, delProfesor Vadim Sobakin (Unión de Republicas Socialistas Soviéticas);Sr. T. Fukuara, Sr. Teruhiko Nakamura, Sr. Kichimasa Soda ySr. N. Nishizaki, del Excmo. Sr. Tatsuo Suyama (Japón); Sr. HassanSaffari, Sra. Kokab Suratgar-Saffari y Sr. Sadegh Toubia, del Excmo.Sr. Djahanguir Tafazoli (Irán); Profesor Félix Alvárez-Brun y Pro-fesor Jose Durand Flores, del Excmo. Sr. Alberto Wagner de Reyna(Perú).

Representantes: Naciones Unidas:Sr. Albert DollingerSr. William Gibson-ParkerSr. Luc Van BellinghenSr. Harry R. WilmotSr. Raymond P. Etchats (Programa de las Naciones Unidas

para el Desarrollo)Sr. André Alphan (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones

Unidas para los Refugiados)Organización Internacional del Trabajo:

Sra. Léon JouhauxSr. Jean-Jacques Chevron

Organización de las Naciones Unidas para laAgricultura y la Alimentación:

Sr. Guy DelalandeBanco Internacional de Reconstrucción y Fomento:

Sr. René PuttemansConsejo de Europa:

Sr. Sandro SquartiniOficina de Educación Iberoamericana:

Excmo. Sr. Rodolfo Barón CastroSr. Manuel Sito Alba

Liga de los Estados Arabes:Dr. Adel AmerSr. Ali Mehrez

Secretaria: Sr. René Maheu (Director General), Sr. Malcolm S. Adiseshiab(Director General Adjunto), Sr. John E. Fobes (Subdirector General),Sr. Alexei Matveyev (Subdirector General), Sr. Tor Gjesdal, (Sub-director General), Sr. Mahdi Elmandjra (Subdirector General), fun-cionarios de la Secretaria, Sr. Pierre H. Coeytaux (Secretario delConsejo Ejecutivo).

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76 EX/Decisiones - pág. 3

INDICE

PUNTO 1. Aprobación del Orden del Dia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

PUNTO 2. Aprobación de las actas de las reuniones 74a. y 75a. . . . . . . . . . . . .

PUNTO 3. Métodos de trabajo de la Organización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3.1 Comité Especial de Métodos de Trabajo de la Organización(Comité Ad Hoc): Primer informe . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3 . 2 Aplicación a la Unesco de las Recomendaciones del ComitéEspecial de Expertos encargado de Examinar las Finanzas delas Naciones Unidas y de los Organismos Especializados . . . .

PUNTO 4. Ejecución del programa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4.1 Informes del Director General sobre las actividades de laOrganización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 1 . 1 Informe impreso sobre 1966 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 1 . 2 Informe oral sobre el periodo comprendido entre el1° de enero de 1967 y la apertura de la 76a. reunión

4 . 2 Educación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 2 . 1 (punto retirado) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 2 . 2 Estatutos del Comité Consultivo de los Programas deEducación de la Unesco en Asia . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 2 . 3 Estatutos del Comité Consultivo Internacional deEducación Extraescolar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 2 . 4 Premio Mohammed Reza Pahlavi destinado a recom-pensar un trabajo meritorio en la esfera de la alfa-betización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 3 Ciencias Exactas y Naturales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 3 . 1 Invitaciones a la Conferencia sobre la Aplicación de_ la Ciencia y de la Tecnologia al Desarrollo en Asia

(CASTASIA) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 3 . 2 Estatutos del Comité Consultivo Internacional deEnseñanza Agrícola y Ciencias Agronómicas . . . . . . .

4 . 3 . 3 Reglamento del Premio de la Unesco para recompen-sar una aportación extraordinaria al desarrollo tec-nológico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4 . 4 Ciencias Sociales, Ciencias Humanas y Cultura . . . . . . . . . . . .

4 . 4 . 1 Informe de1 Director General sobre el desarrollo dela Campaña en favor de Florencia y de Venecia . . . . .

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4.4.2 Realce del patrimonio cultural de Venecia . . . . . . . . .

4.4.3 Celebración del Vigésimo Aniversario de laOrganización: Medalla Conmemorativa . . . . . . . . . . .

4.5 Información . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4.5.1 Invitaciones a la reunión de expertos gubernamenta-les encargados de examinar la aplicación de losacuerdos sobre la importación de objetos de caráctereducativo, científico o cultural . . . , . . . . . . . . . . . . . . .

4.5.2 Reunion de expertos sobre el empleo de las comuni-caciones espaciales en la radiodifusión . . . . . . . . . . .

PUNTO 5. Relaciones con las organizaciones internacionales . . . . . . . . . . . . . .

5.1 Decisiones recientes de las organizaciones del sistema delas Naciones Unidas que presentan interés para la Unesco . .

5.2 Cooperación en el Programade las Naciones Unidas para elDesarrollo (PNUD) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5.3 Relaciones con la Organización Común Africana y Malgache( O C A M ) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5.4 Acuerdo con el Centro Latinoamericano de Física . . . . . . . . . .

5.5 Clasificación de las organizaciones internacionales no guber-namentales: informe del Comité de Organizaciones Interna-cionales no Gubernamentales del Consejo Ejecutivo . . . . . . . .

5.6 Subvención a la Asociación Internacional de Artes Plásticas .

PUNTO 6. Asuntos-administrativos y financieros

6.1 Aceptación y utilización de donaciones y contribucionesespeciales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.2 Construcción del cuarto edificio: situación financiera . . . . . .

6.3 Sueldos y subsidios del personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.4 Orientación y formación del personal en la Sede y fuera dela Sede . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.5 Consultas sobre nombramientos para altos cargos de laSecretaría . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

PUNTO 7. Aplicación del acuerdo relativo a la Sede . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7.1 Comunicación del Gobierno de la República Francesa,fechada el 15 de marzo de 1967 y relativa al pago de losimpuestos sobre la cifra de giro . . . . . . . . . . . . . . :. . . . . . . . . .

PUNTO 8. Asuntos varios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

8.1 _, Fechas de la 77a. reunión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

8.2 Próiedencia de designar un Vicepresidente de la Junta deApelación y procedimiento aplicable al respecto . . . . . . . . . . .

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PUNTO 1. APROBACION DEL ORDEN DEL DIA (76 EX/1 Rev. y Add.)

El Consejo Ejecutivo aprobó el Orden del Día que figura en el documento 76 EX/1Rev. y Add.;

Decidió remitir al examen de las Comisiones los puntos siguientes del Orden delDía:

1 ) a la Comisión del Programa y de Relaciones Exteriores, los puntos 4.2.2,4.2.3, 4.2.4, 4.3.2, 4.3.3, 4.4.3, 4.5.1, 4.5.2, 5.1, 5.3, 5.4 y 5.6.

2) a la Comisión Administrativa y de Hacienda, los puntos 6.1, 6.2, 6.3 y 6.4.

(76 EX/SR. 1)

PUNTO 2. APROBACION DE LAS ACTAS DE LAS REUNIONES 74a. Y 75a. (74 EX/SR.l-6y 75 EX/SR.l-4)

El Consejo Ejecutivo aprobó las actas de las reuniones 74a. y 75a.

(76 EX/SR. 1)

PUNTO 3.

3.1

METODOS DE TRABAJO DE LA ORGANIZACION

Comité Especial de Métodos de Trabajo de la Organización (Comité Ad Hoc).Primer informe (76 EX/2 y Add.)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el primer informe del Comité Especial de Métodos deTrabajo de la Organización (Comité Ad Hoc) (76 EX/2 y Add.);

2. Toma nota de dicho informe;

3. Pide al Director General que lo comunique a los Estados Miembros juntamen-te con las actas de las sesiones del Consejo Ejecutivo dedicados a su examen,y que los invite a contestar, antes del fin de septiembre de 1967, al cuestio-nario adjunto, a añadir todas las explicaciones de su criterio que estimen per-tinentes o a formular cualquier observación que consideren oportuna sobrelas cuestiones de que se trata en el informe;

4. Invita al Comité Especial a examinar asimismo las cuestiones siguientes:

a) Composición del Consejo Ejecutivo (14 C/Resoluciones, 7, párr. 25);

b) Continuación del estudio de las funciones y atribuciones de los órganosde la Unesco (14 C/Resoluciones, 15.1, inciso i));

c) Examen de las características principales de los informes del DirectorGeneral sobre las actividades de la Organización, de su estructura y desu relación con el Proyecto de Programa y de Presupuesto, asi comodel procedimiento para su debate en el Consejo Ejecutivo (72 EX/Decisio-nes, 3.1.2, II));

5. Invita además al Comité Especial a presentar al Consejo Ejecutivo, en su77a. reunión, un informe definitivo o preliminar sobre el examen de la cues-tión de la composición del Consejo Ejecutivo;

6. Invita a los miembros del Consejo a que presenten al Comité Especial, enforma de nota escrita, cualquier cuestión particular comprendida dentro delmarco descrito más arriba, con objeto de que la estudie el Comité.

(76 EX/SR.7, 8 y 9)

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3.2 Aplicación a la Unesco de las Recomendaciones del Comité Especialde Expertos encargado de Examinar las Finanzas de las Naciones Unidasy de los Organismos Especializados (76 EX/3 y Add.)

El Consejo Ejecutivo,

1. Considerando la resolución 19, aprobada por la Conferencia General en su14a. reunión, relativa a la aplicación de las Recomendaciones del ComitéEspecial de Expertos encargado de Examinar las Finanzas de las NacionesUnidas y de los Organismos Especializados, que, entre otras cosas,

” 2. Pide al Consejo Ejecutivo que, a la vista del informe del Director Gene-ral, estudie minuciosamente las recomendaciones que figuran en el se-gundo informe del Comité Especial de Expertos, con miras a aplicarlaslo antes posible y especialmente que las tengan en cuenta al examinar elProyecto de Programa y de Presupuesto para 1969-l970”;

2. Habiendo examinado el Informe Provisional del Director General sobre estacuestión, que figura en el documento 76 EX/3,

3. Observando con satisfacción que algunas de las medidas recomendadas por elComité Especial se aplican ya desde hace algún tiempo en la Unesco,

4. Acoge con satisfacción las medidas adoptadas por el Director General en re-lación con los estudios y las actividades indicados en el Anexo II al documen-to 76 EX/3, e invita al Director General a tomar las medidas necesarias paraproseguir la aplicación de las recomendaciones a que se hace referencia enlos Anexos I y II,

5. Invita al Director General a seguir cooperando en las consultas interinstitu-cionales y en especial en las relativas a la propuesta de establecer un cuerpocomún de auditores, encargados de la auditorfa externa y un servicio de ins-pección para las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas,

6. Invita al Director General a someter al Consejo Ejecutivo, en su 77a. reunión,un nuevo informe sobre esas cuestiones.

(76 EX/SR.3)

PUNTO 4. EJECUCION DEL PROGRAMA

4.1 Informes del Director General sobre las actividades de la Organización

4.1.1 Informe impreso sobre 1966

4.1.2 Informe oral sobre el periodo comprendido entre el 1 o de enero de 1967 y la aper-tura de la 76a. reunión

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el informe del Director General sobre las actividades dela Organización en 1966 y escuchado su informe oral sobre el periodo com-prendido entre el 1 “de enero de 1967 y la apertura de la 76a. reunión(76 EX/INF/4),

2. Toma nota con satisfacción de la manera en que se han concebido y presen-tado esos informes,

3. Celebra que estos informes hayan dado motivo en general a un amplio debateque ha permitido poner de relieve, desde el primer semestre de 1967, algu-nas ideas que contribuyen a esclarecer la orientación de los programasfuturos,

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4. Se felicita en particular de la convergencia de puntos de vista que se ha mani-festado sobre:

a) las disposiciones que el Director General ha tomado en cumplimiento dela resolución 2.342, aprobada por la Conferencia General en su 14a. re-unión, a fin de resolver los problemas de coordinación interinstitucionalplanteados en la esfera de la enseñanza agrícola,

b) el propósito del Director General de presentar al Consejo Ejecutivo, ensu 77a. reunión, dentro del marco de las propuestas relativas a las in-novaciones importantes que podrían introducirse en los programas futu-ros, un anteproyecto de estudios y actividades que podrian emprenderseen los próximos ejercicios para facilitar la formación de personal direc-tivo y de especialistas, tanto nacionales como internacionales, con mirasal desarrollo,

c) la necesidad de dar en los casos pertinentes un carácter cada vez máspráctico a las nociones formuladas en las resoluciones de orden generaly a las medidas derivadas de tales resoluciones.

(76 EX/SR.2,lO, 11, 12, 13, 17)

4.2 Educación

4.2.1 Este punto ha sido retirado del Orden del Dia de la 76a. reunión y figurará en elcorrespondiente a la 77a. reunión

4.2.2 Estatutos del Comité Consultivo de los Programas de Educacionde la Unesco en Asia (76 EX/5 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/5,

2. Aprueba los Estatutos del Comité Consultivo de los Programas de Educaciónde la Unesco en Asia, cuyo texto figura como anexa a la presente resolución,

(76 EX/SR. 15)

ANEXO

ESTATUTOS DEL COMITE CONSULTIVODE LOS PROGRAMAS DE EDUCACION DE LA UNESCO EN ASIA

Articulo I

Por los presentes Estatutos se instituye un “Comité Consultivo de los Pro-gramas de Educación de la Unesco en Asia”, denominado en adelante en el pre-sente documento el “Comité”.

Artículo II

Las funciones del Comité consistirán en asesorar al Director General en lapreparación, coordinación y ejecución de los programas regionales de educaciónde la Unesco en Asia.

Articulo III

1. El Comité se compondrá de nueve miembros que formarán parte de él a títu-lo personal. Serán nombrados por el Director General entre los más destacados

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educadores asiáticos de los Estados Miembros a los que atiende la Oficina Regio-nal de Educación de Bangkok.

2. El mandato de los miembros del Comite durará seis anos. Sin embargo, ensu primera reunión, el Comité designara por sorteo tres de sus miembros quecesaran en sus funciones al cabo de dos años y otros tres que cesarán al cabo decuatro anos. En caso de dimisión, incapacidad o fallecimiento de un miembro delComité, el Director General designara un sustituto que ocupará el puesto hastaque termine el mandato.

Articulo IV

Además de los nueve miembros mencionados en el artículo III, el DirectorGeneral podrá invitar a asistir a las reuniones del Comite, como consultores, convoz y sin voto, a personas que por sus funciones puedan facilitar la labor delComité.

Artículo V

1. El Comité celebrará cada dos años una reunión ordinaria a petición del Direc-tor General. Si el Director General lo estima conveniente, podra convocar re-uniones extraordinarias.

2. En cada una de esas reuniones, el Comité elegirá un Presidente, un Vicepre-sidente y un Relator, que formaran la Mesa del Comite durante la reunión y quecontinuarán en funciones hasta la siguiente reunión. El representante del DirectorGeneral y el Secretario del Comité podrán asistir a todas las reuniones de la Mesa.

Articulo VI

1. El Director General designará a funcionarios de la Secretaría de la Unescopara que le representen en el Comité con voz, pero sin voto.

2. La Secretaría de la Unesco tendrá a su cargo la Secretarfa del Comité.

Artículo VII

Los gastos de viaje y dietas de los miembros del Comite mencionados en elarticulo III seran sufragados por la Unesco, de conformidad con las disposicionesadministrativas pertinentes.

Artículo VIII

1. Los Estados Miembros y los Miembros Asociados de la Unesco podrán enviarobservadores a las reuniones del Comite.

2. Las Naciones Unidas y las demás organizaciones del sistema de las NacionesUnidas que hayan firmado acuerdos de representación recíproca con la Unescopodrãn enviar representantes a las reuniones del Comité.

Artículo IX

El Director General podrá invitar a que envien observadores a las reunionesdel Comité a:

1. las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con las cuales laUnesco no haya firmado un acuerdo de representacion recíproca;

2. las organizaciones intergubernamentales;

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3. las organizaciones internacionales no gubernamentales, de conformidad conlas Normas referentes a las Relaciones de la Unesco con las OrganizacionesInternacionales no Gubernamentales.

Articulo X

1. El Comité formulará su Reglamento, que someterá a la aprobación delDirector General.

2. El Director General fijara el orden del día de las reuniones del Comite.

3. Después de cada reunión, el Comité presentar& al Director General un infor-me sobre sus trabajos con las recomendaciones pertinentes,

Articulo XI

El Consejo Ejecutivo podrá modificar los presentes Estatutos por iniciativapropia o a propuesta del Director General.

4.2.3 Estatutos del Comité Consultivo Internacional de Educación Extraescolar(76 EX/6 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

4.

Habiendo examinado el documento 76 EX/6,

Tomando nota de que la Conferencia General en su 14a. reunión autorizó alDirector General a establecer un comité internacional para el progreso de laeducación extraescolar,

Tomando nota ademas de que el nuevo comité sustituirá al Comite Internacio-nal de Colaboración con la Juventud, al Comíte Internacional de Expertos so-bre Alfabetización y al Comite Internacional para el Fomento de la Educacionde Adultos,

Aprueba los Estatutos del Comite Consultivo Internacional de EducaciónExtraescolar reproducidos en el Anexo a la presente resolución.

(76 EX/SR. 15)

ANEXO

ESTATUTOS DEL COMITE CONSULTIVO INTERNACIONALDE EDUCACION EXTRAESCOLAR

Artículo 1

Por los presentes Estatutos se instituye un “Comité Consultivo Internacionalde Educación Extraescolar”, denominado en adelante en el presente documento el“Comité”.

Artículo II

Las funciones del Comité consistiran en asesorar al Director General en lapreparación y ejecucion del programa de la Unesco en la esfera de la educacionextraescolar.

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Artículo III

1. El Comite se compondra de veinticuatro miembros, que formarán parte de éla título personal. El Director General nombrara a los miembros del Comité abase de su competencia en la esfera de la educacion extraescular y teniendo pre-sente la necesidad de lograr una amplia distribucion geográfica.

2. El Comité podra dividirse en un número adecuado de subcomités, que tendrána su cargo los principales aspectos del programa de educación extraescolar esta-blecido por la Conferencia General. El Director General tendrá en cuenta estasconsideraciones al designar a los miembros del Comité Consultivo.

3. El mandato de los miembros del Comité sera de cuatro años. Este mandatoserá renovable. El Director General, al nombrar a los primeros miembros delComité, designará a doce cuyo primer mandato expirará a los dos años de sunombramiento.

4. En caso de dimisión, incapacidad o fallecimiento de un miembro del Comité,el Director General nombrara un sustituto para ocupar su puesto hasta el finaldel mandato de aquél.

Artículo IV

1. El Director General designará a funcionarios de la Secretaría de la Unescopara representarle en el Comite, con voz, pero sin voto.

2. La Secretaría de la Unesco tendra a su cargo la Secretaría del Comité.

Artículo V

1. El Comité y los subcomités que éste pueda establecer se reunirán por lo me-nos una vez cada dos años.

2. En cada una de sus reuniones, el Comité elegirá un Presidente, un número deVicepresidentes igual al número de subcomités y un Relator General, que desem-peñarán su cargo hasta la siguiente reunión del Comite.

3. El Presidente, los Vicepresidentes y el Relator General formarán la Mesadel Comité.

4. Cada Vicepresidente del Comité presidirá un subcomité. Si es necesario, lossubcomités podrãn elegir un Vicepresidente y un Relator.

5. Todas las reuniones del Comité y de los subcomités serán convocadas por elDirector General, quien podrá convocar tambien a la Mesa.

Artículo VI

Los gastos de viaje y dietas de los miembros del Comité y de los expertosmencionados en el artículo IX serán sufragados por la Unesco, de conformidadcon las disposiciones administrativas pertinentes.

Artículo VII

1. Los Estados Miembros y los Miembros Asociados de la Unesco podrán enviarobservadores a las reuniones del Comité.

2. Las Naciones Unidas y las demás organizaciones del sistema de las NacionesUnidas que hayan concertado acuerdos de representación recíproca con la Unescopodran enviar representantes a las reuniones del Comite.

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76 EX/Decisiones - pag. ll

Artículo VIII

El Director General podrá invitar a que envíen observadores a las reunionesdel Comité a:

1. las organizaciones del sistéma de las Naciones Unidas con las cuales laUnesco no haya concertado un acuerdo de representación recíproca;

2. las organizaciones intergubernamentales;

3. las organizaciones internacionales no gubernamentales, de conformidad conlas Normas referentes a las Relaciones de la Unesco con las OrganizacionesInternacionales no Gubernamentales.

Artículo IX

El Director General podrá invitar a asistir a las reuniones del Comité, concaracter temporal, a uno o más expertos, cuando se considere que es esencialsu opinión sobre un tema determinado. Esos expertos percibirán los mismossubsidios que los miembros del Comité pero no tendran derecho de voto.

Articulo X

1. El Comite formulará su Reglamento, que someterá a la aprobación delDirector General.

2. El Director General fijará el Orden del Día de las reuniones del Comité.

3. Después de cada reunión, el Comité o los subcomités presentaran al DirectorGeneral un informe sobre sus trabajos con las recomendaciones pertinentes. ElDirector General comunicará al Consejo Ejecutivo los resultados de las delibe-raciones del Comité.

Artículo XI

El Consejo Ejecutivo podrá modificar los presentes Estatutos por iniciativapropia o a propuesta del Director General.

4.2.4 Premio Mohammed Reza Pahlavi, destinado a recompensar un trabajo meritorioen la esfera de la alfabetización (76 EX/7, 76 EX/28 y Corr.)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

4.

5.

Habiendo examinado el documento 76 EX/7, relativo al Premio MohammedReza Pahlavi, destinado a recompensar un trabajo meritorio en la esfera dela alfabetización,

Aprueba con carácter experimental, por dos años, el Reglamento General delPremio, que figura en el Anexo a la presente resolución;

Autoriza al Director General a designar a los miembros del Jurado para 1967;

Invita al Director General a que, al conceder el Premio, tenga en cuenta lasopiniones formuladas en la Comisión del Programa y de Relaciones Exterio-res y en el Consejo Ejecutivo con respecto a la aplicación del Proyecto deReglamento General;

Pide al Director General que someta el Reglamento, revisado en la forma queproceda, a la aprobación del Consejo Ejecutivo en una reunión ulterior.

(76 EX/SR. 15)

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ANEXO

REGLAMENTO GENERAL DEL PREMIO MOHAMMED REZA PAHLAVIDESTINADO A RECOMPENSAR UN TRABAJO MERITORIO

EN LA ESFERA DE LA ALFABETIZACION

1. Finalidad

El Premio tiene por objeto contribuir a lograr y mantener el interés y el apo-yo de la opinión pública para los programas de alfabetización que se llevan a cabo,al concederse el Premio en reconocimiento de los servicios de una institución,asociación o persona que tenga méritos sobresalientes por haber conseguido es-pecial éxito mediante su contribución en el plano del esfuerzo nacional a la luchacontra el analfabetismo.

2. Concesión del Premio

Hará la selección de las instituciones, asociaciones o particulares a que sepueda conceder el Premio un jurado de tres personalidades designadas por elDirector General de la Unesco. Actuará como secretario del jurado un funciona-rio de la Unesco.

3. Importe y periodicidad del Premio

Se concederá anualmente un Premio por valor de unos 2.000 dólares de losEE. UU. En el caso de que un año se declare desierto el Premio, su importe setransferirá al año siguiente para conceder un Premio suplementario.

4. Condiciones para poder recibir el Premio

Podrá concederse el Premio a las instituciones, asociaciones o particularesque tengan méritos sobresalientes por haber logrado éxitos notables en la alfa-betización. Podrá otorgarse el Premio a:

i) comités nacionales de alfabetización;

ii) universidades, escuelas normales y escuelas de ensenanza primaria y se-cundaria;

iii) instituciones especiales de educación de adultos o de educación extraescolar;

iv) empresas públicas o privadas;

v) cooperativas;

vi) sindicatos;

vii) instituciones y asociaciones profesionales;

viii) organizaciones o movimientos privados (de la juventud, femeninos, etc.);

ix) asociaciones religiosas;

x) servicios de información (diarios, radio, televisión, empresas editoriales);

xi) instituciones locales creadas en virtud de un programa nacional (comités re-gionales y locales, equipos especiales de alfabetización, etc. );

xii) personas que trabajen en los programas de alfabetizacion, ya sea como vo-luntarios, como funcionarios oficiales o como afiliados a organizacionesprivadas y no gubernamentales;

xiii) autores de libros.

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5. Criterios para la concesion del Premio

Se concederá el Premio aplicando los siguientes criterios:

a) las instituciones, organizaciones o particulares de que se trate deberán haberllevado a cabo actividades de alfabetización:

i) en la enseñanza propiamente dicha;

ii) organizando programas de alfabetización en escala nacional o local;

iii) promoviendo el apoyo de la opinión pública;

iv) produciendo material didáctico o medios auxiliares especiales para pro-gramas de alfabetización;

V) haciendo trabajos de investigación sobre cuestiones relativas a la alfa-betización (metodos, lenguas, evaluación, ciencias sociales, etc. ), o

vi) efectuando estudios especiales de importancia primordial para el pla-neamiento de la alfabetización.

b) ademas, se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

i) la duración de la actividad, que permitirá evaluar los resultados y de-mostrar los éxitos obtenidos;

ii) la contribución al logro de los objetivos fundamentales del sistema edu-cativo del país;

iii) la contribución al desarrollo local y nacional;

iv) el valor de las actividades como ejemplo para suscitar otras análogas;

v) la repercusion de las actividades realizadas con miras a movilizar nue-vos recursos destinados a programas de alfabetización;

vi) la contribución a la comprensión y al desarrollo de la sociedad y culturanacionales;

vii) la contribución a la apreciación de otras culturas y a la comprensioninternacional.

6. Selección y presentación

Podrán proponer al Director General de la Unesco candidaturas para el Pre-mio los gobiernos de los Estados Miembros, previa consulta con sus comisionesnacionales, y las organizaciones internacionales no gubernamentales especializa-das en la educación reconocidas como entidades consultivas por la Unesco. Cadauno de los gobiernos y organizaciones podrã presentar una candidatura.

Entre las medidas adoptadas para la selección podrán figurar, según sea masadecuado dadas las condiciones nacionales, las relativas:

i)ii)

iii)

7.

al anuncio del Premio;

a la constitución de uno o mãs comites para la selección de los candidatos enel plano nacional;

a la propuesta al Director General de la Unesco de las candidaturas para elPremio.

Presentación de las propuestas

Los gobiernos y las organizaciones internacionales no gubernamentales remi-tirán tres ejemplares de cada propuesta, cuyo texto no deberá exceder de cincopáginas normalizadas, y en las que deberan figurar:

i) una descripción de las actividades llevadas a cabo;

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76 EX/Decisiones - pág. 14

4. 3

4.3.1

4. 3.2

ii) indicaciones sobre el éxito logrado;

iii) una evaluación a base de los criterios antes mencionados; y

iv) la apreciación del comité nacional encargado de la selección definitiva.

8. El plazo para la presentacion de propuestas al Director General expirarael 31 de julio de cada año.

9. Los nombres de los premiados se harán públicos el día 8 de septiembre decada año.

(Ciencias Exactas y Naturales

Invitaciones a la Conferencia sobre la Aplicación de la Ciencia y de laTecnología al Desarrollo en Asia (CASTASIA) (76 EX/8 y Add.)

El Consejo Ejecutivo, despues de haber iniciado el examen de ese punto del Ordendel Día, decidió aplazar hasta su 77a. reunión la continuación del examen de lalista de invitaciones a la Conferencia sobre la Aplicación de la Ciencia y de laTecnología al Desarrollo en Asia.

(76 EX/SR. 15, 16, 17)

Estatutos del Comité Consultivo Internacional de Enseñanza Agrícola yCiencias Agronómicas (76 EX/9, 76 EX/28 y Corr.)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/9,

2. Recuerda que, de conformidad con la resolución 14 C/2. 342, el planeamientointegral y la ejecución del programa de la Unesco en materia de enseñanzaagrícola y ciencias agronómicas para el desarrollo rural y agrícola se lleva-ran a cabo en cooperación con las organizaciones competentes del sistema delas Naciones Unidas, y especialmente con la FAO;

3. Aprueba, por un periodo de dos años, los Estatutos del Comité ConsultivoInternacional de Enseñanza Agrícola y Ciencias Agronómicas, reproducido enel Anexo a la presente resolución,

4. Hace suyo el propósito expresado por el Director General de la Unesco deinvitar al Director General de la FAO a que designe tres miembros del Comi-té Consultivo,

5. Expresa la esperanza de que la Unesco y la FAO consigan establecer un Co-mité Consultivo Mixto de ambas organizaciones sobre Enseñanza Agrícola yCiencias Agronómicas, para el bienio 1969-1970.

(76 EX/SR. 15)

ANEXO

ESTATUTOS DEL COMITE CONSULTIVO INTERNACIONALD E E N S E ÑA N Z A AGRICOLA Y C I E N C IA S A G R O N O M I CAS

Artículo I

Se instituye un “Comité Consultivo Internacional de Enseñanza Agricola yCiencias Agronómicas”,“Comité”.

denominado en adelante en el presente documento el

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76 EX/Decisiones - pág. 15

Artículo II

Las funciones del Comité consistirán en asesorar al Director General sobreel planeamiento integral y la ejecución del programa de la Unesco en materia deenseñanza agrícola y ciencias agronómicas para el desarrollo rural y agrícola.

Artículo III

1. El Comité se compondra de quince miembros, designados a titulo personal.Los miembros serán nombrados por el Director General a base de su competen-cia en cuestiones de enseñanza agricola y ciencias agronómicas y teniendo presen-te la necesidad de lograr una distribución geografica apropiada.

2. La duración del mandato de los miembros del Comite será de cuatro años.Sin embargo, al nombrar a los primeros miembros del Comité, el DirectorGeneral designara ocho miembros cuyo mandato expirara a los dos años de sunombramiento. Los mandatos serán prorrogables.

3. En caso de dimisión, incapacidad o fallecimiento de un miembro del Comité,el Director General nombrará a un sustituto para el resto del mandato corres-pondiente.

Artículo IV

1. El Director General designará a funcionarios de la Secretaría de la Unescopara que le representen en el Comité, con voz, pero sin voto.

2. La Secretaría de la Unesco tendrá a su cargo la Secretaría del Comite.

Artículo V

1. El Comité se reunirá por lo menos una vez cada dos años.

2. En cada una de sus reuniones, el Comité elegirá un Presidente, un Vicepre-sidentes y un Relator, cuyos mandatos duraran hasta la siguiente reunión.

3. El Presidente, el Vicepresidente y el Relator formarán la Mesa del Comité.

4. Todas las reuniones del Comité serán convocadas por el Director General.El Director General podrá convocar también reuniones de la Mesa del Comité.

Artículo VI

Los gastos de viaje y las dietas de los miembros del Comité serán sufragadospor la Unesco de conformidad con las disposiciones administrativas pertinentes.

Artículo VII

1. Los Estados Miembros y los Miembros Asociados de la Unesco podrán enviarobservadores a las reuniones del Comité.

2. Las Naciones Unidas y las demás organizaciones del sistema de las NacionesUnidas con las que la Unesco haya concertado acuerdos de representación reci-proca, podrán enviar representantes a las reuniones del Comité.

Artículo VIII

Cuando lo estime oportuno, el Director General podrá invitar a enviar obser-vadores a las reuniones del Comité a:

a) organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con las que la Unesco nohaya concertado acuerdos de representación recíproca;

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76 EX/Decisiones - pág. 16

b) las organizaciones intergubernamentales;

c) las organizaciones internacionales no gubernamentales, de conformidad conlo establecido en las Normas referentes a las Relaciones de la Unesco con lasOrganizaciones Internacionales no Gubernamentales.

Articulo IX

El Director General podra invitar a asistir a las reuniones del Comité, encalidad de consultores, con voz pero sin voto, a los expertos cuyo dictamen seestime necesario sobre determinadas cuestiones. Esos expertos percibirán losmismos subsidios que los miembros del Comité.

Artículo X

1. El Comité formular-ã su Reglamento, que será sometido a la aprobación delDirector General.

2. El Director General fijará el Orden del Dia de las reuniones del Comité.

3. Después de cada reunion, el Comité presentará al Director General un infor-me sobre sus trabajos y con las recomendaciones pertinentes.

Artículo XI

El Consejo Ejecutivo podrá modificar los presentes Estatutos por iniciativapropia o a propuesta del Director General.

4.3.3 Reglamento del Premio de la Unesco para recompensar una aportaciónextraordinaria al desarrollo tecnológico (76 EX/lO, 76 EX/28 y Corr.)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/10 relativo al Reglamento del Pre-mio de Ciencias de la Unesco para recompensar una aportación extraordinariaal desarrollo tecnológico de un Estado Miembro o de una región en proceso dedesarrollo:

2. Aprueba el Reglamento del Premio que figura en el Anexo a la presente reso-lución.

(76 EX/SR. 15)

ANEXO

REGLAMENTO DEL PREMIO DE CIENCIAS DE LA UNESCOPARA RECOMPENSAR UNA APORTACION EXTRAORDINARIAAL DESARROLLO TECNOLOGICO DE UN ESTADO MIEMBRO

0 DE UNA REGION EN PROCESO DE DESARROLLO

1. Finalidad

El Premio de Ciencias de la Unesco tiene por objeto recompensar a una per-sona o a un grupo de personas por una aportación extraordinaria, efectuada me-diante la aplicación de la ciencia y la tecnología al desarrollo de un EstadoMiembro o de una región en vias de desarrollo, especialmente en las esferas dela investigación y la enseñanza científica y tecnológica, o de la ingeniería y eldesarrollo industrial.

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4.4

4.4.1

76 EX/Decisiones - pág. 17

2. Concesión del Premio

El beneficiario del Premio de Ciencias de la Unesco será seleccionado por elDirector General de la Organización, previa recomendacion de un jurado.

3. Importe y periodicidad del Premio

El Premio consistirti en una suma de 3.000 dólares de los Estados Unidos,juntamente con una placa. Se concederá cada bienio, el año en que se reuna laConferencia General de la Unesco.

4. Condiciones para poder recibir el Premio

El candidato podrã ser una persona o un grupo de personas que trabajen pri-vadamente o al servicio de una organización pública o privada.

5. El Jurado

Un jurado compuesto por cinco ingenieros y hombres de ciencia, nombradospor el Director General examinará todas las candidaturas y hará la recomenda-ción pertinente. El Comité se compondrá de hombres de ciencia e ingenieros,destacados en los medios intelectuales y profesionales, especializados en distin-tos sectores de la ciencia y de la tecnologia y procedentes de diferentes regionesdel mundo.

6. Seleccion y presentacion

Los candidatos al Premio serán propuestos al Director General de la Unescopor los gobiernos de los Estados Miembros, en consulta con sus comisiones na-cionales, y por las organizaciones no gubernamentales reconocidas como entida-des consultivas de la Unesco que sean competentes, los cuales podrán presentarun solo candidato cada uno.

Las propuestas de candidatos para el Premio ira acompañadas de una notabiográfica de cada uno de ellos, tanto si han sido presentados individualmente co-mo si lo han sido en grupo, junto con una exposición detallada de los trabajos enatención a los cuales se propone la candidatura.

El Director General informará al laureado o a los laureados y adjudicará elPremio en el curso de la reunión de la Conferencia General.

Ciencias Sociales, Ciencias Humanas y Cultura

Informe del Director General sobre el desarrollo de la Campaña en favorde Florencia y de Venecia (76 EX/12 y Add.)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

Habiendo tomado nota con satisfacción del informe del Director General sobreel desarrollo de la Campaña en favor de Florencia y de Venecia (76 EX/12y Add.),

Se felicita de las actividades ya emprendidas para dar cumplimiento a la re-solución 3.345 aprobada por la Conferencia General en su 14a. reunión y dela fecunda cooperación que se ha establecido a ese efecto entre la Secretarfay las autoridades italianas competentes;

Da las gracias a los Estados Miembros y a las organizaciones nacionales einternacionales que han respondido ya favorablemente al llamamiento de laUnesco y renueva encarecidamente este llamamiento a la solidaridad inter-nacional;

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76 EX/Decisiones - pág. 18

4. Aprueba las propuestas del Director General contenidas en los párrafos 5 y12 del documento 76 EX/12 Add., reservandose la facultad de precisar ulte-riormente la cuantía de las contribuciones voluntarias de fuente pública yprivada que la Unesco deber-fa esforzarse en obtener;

5. Autoriza al Director General a efectuar los gastos previstos a este efecto yle invita a que en la próxima reunión presente propuestas relativas a las mo-dalidades de su financiamiento.

(76 EX/SR. 13, 14)

4.4.2 Realce del patrimonio cultural de Venecia (76 EX/13 y Add.)

E l

1.

2.

3.

4.

5.

Consejo Ejecutivo,

Informado, principalmente por el memorandum del Gobierno de Italia, del 15de marzo de 1967 (76 EX/13 Add,) de la acción que las autoridades italianasy, en especial venecianas, han emprendido para establecer en Venecia dispo-sitivos con miras a la expansión cultural, para asegurar el futuro de estecentro histórico y artístico que, en el transcurso de los siglos, ha sido unlazo de unión entre culturas diferentes,

Considerando que Venecia puede y debe desempeñar esa función de modo per-manente, al servicio de todos los hombres,

Considerando que esa acción puede contribuir al logro de algunos de los prin-cipales objetivos de la Organización;

Recordando el proyecto de resolución 14 C/DR. 53, presentado por las Dele-gaciones de Francia, Grecia, India, Italia, Japón, México, Perú, RepúblicaArabe Unida y Rumania a la Conferencia General, en su 14a. reunión, en re-lación con la Sección 3.34 del Proyecto de Programa y de Presupuesto para1967-1968.

Autoriza al Director General

1) a proceder a los estudios y consultas que permitan definir el papel quepodria desempeñar la Unesco en lo que atañe:

a) el saneamiento, con miras a la conservación, y la restauración de losedificios históricos,

b) al desarrollo y la creación de centros culturales y artísticos;

ii) a que tome medidas concretas para asociar activamente a la Unesco alos esfuerzos de las autoridades italianas y, en especial venecianas, siéstas se lo piden con miras al efecto;

iii) a que aproveche todas las posibilidades de contribuir por ese medio adesarrollar las relaciones interculturales y, al mismo tiempo, a realzarun tesoro prestigioso que forma parte del patrimonio artistico de la hu-manidad;

iv) a que someta al Consejo Ejecutivo en su 78a. reunión (mayo de 1968) uninforme relativo al conjunto de esas cuestiones.

(76 EX/SR. 15)

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76 EX/Decisiones - pag. 19

4.4.3 Celebración del Vigésimo Aniversario de la Organización: MedallaConmemorativa (76 EX/14 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo tomado nota del documento 76 EX/ 14, relativo a la Medalla Conme-morativa del Vigesimo Aniversario de la Unesco,

2. Hace suya la propuesta que figura en el párrafo 5 de dicho documento, conarreglo a la cual la Medalla de Oro debe concederse, durante un periodo decinco anos, exclusivamente a las siguientes personalidades:

a) Jefes de Estado y Jefes de Gobierno, con ocasión de sus visitas a la Sedede la Organización;

b) Jefes de Estado de los Estados Miembros visitados por el Director General;

c) Presidentes de la Conferencia General y del Consejo Ejecutivo;

d) Directores Generales;

e) Personalidades especialmente designadas por el Consejo Ejecutivo, a pro-puesta del Director General, por sus destacados servicios a la Unesco;

3 . Aprueba las disposiciones financieras sugeridas en el párrafo 7 del documento76 EX/14.

(76 EX/SR. 15)

4.5 Información

4.5.1 Invitaciones a la reunión de expertos gubernamentales encargados de examinar laaplicación de los acuerdos sobre la importación de objetos de carácter educativo,cientifico o cultural (76 EX/ 15 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado las propuestas del Director General relativas a las invi-taciones a la reunión de expertos gubernamentales sobre los acuerdos patro-cinados por la Unesco para facilitar la libre circulación de los objetos decarácter educativo, científico o cultural, que se celebrará en Ginebra, del 20al 29 de noviembre de 1967 (documento 76 EX/15),

2 Decide:

a) que se envíen invitaciones a participar en la reunión a todos los EstadosMiembros y a los Miembros Asociados de la Unesco a los que se hace re-ferencia en el párrafo 7 del documento 76 EX/15;

b) que se invite a la Santa Sede a enviar observadores a la reunión;

c) que se invite a enviar observadores a la reunión a las organizaciones enu-meradas en los apartados b) y c) del párrafo 8 del documento 76 EX/ 15.

(76 EX/SR. 15)

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76 EX/Decisiones - pág. 20

4. 5.2 Reunión de expertos sobre el empleo de las comunicaciones espaciales en laradiodifusión (76 EX/4 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

4.

Habiendo considerado el documento 76 EX/4, en el que el Director Generalpropone que se convoque una reunión de expertos sobre el empleo de las co-municaciones espaciales en la radiodifusión,

Recordando que el Director General debe presentar a la Conferencia General,en su 15a. reunion, un informe sobre los acuerdos internacionales en materiade comunicaciones espaciales y que deberá también presentar un informe so-bre ese tema a la Conferencia Internacional sobre la Exploración del EspacioUltraterrestre con Fines Pacificos que convocarán las Naciones Unidas,

Observando que, en el apartado a) de la resolución 14 C/4. 13, se autoriza alDirector General a emprender estudios sobre los aspectos de las comunica-ciones espaciales que son de la competencia de la Unesco, con objeto de for-mular propuestas relativas. a acuerdos internacionales destinados a permitirel desarrollo de las comunicaciones espaciales en interes general de todoslos Estados Miembros,

Aprueba la convocación, en un futuro próximo, de una reunión de expertos quepermita a la Unesco informarse de la opinión de las uniones internacionales yregionales de radiodifusión y de otras entidades interesadas sobre las medi-das que podrían adoptarse para fomentar el uso de las comunicaciones espa-ciales en interes de los fines de la Unesco, teniendo en cuenta lo previsto enlos pãrrafos 9, 10 y 11 del documento 76 EX/4.

(76 EX/SR. 15)

PUNTO 5 RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

5. 1 Decisiones recientes de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidasque presentan interés para la Unesco (76 EX/16 v Add. v 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3,

Habiendo examinado los documentos 76 EX/ 16 y Add. ,

Habiendo formulado comentarios sobre algunas resolucioneslos mismos,

Toma nota de las decisiones recientes de las organizacioneslas Naciones Unidas, aprobadas después de su 73a. reunión,interés para la Unesco.

(76 EX/SR. 15)

contenidas en

del sistema deque presentan

5.2 Cooperación en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)(76 EX/17 y Add. y Corr.)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el informe del Director General sobre la cooperación enel Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (documento 76 EX/17),

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76 EX/Decisiones - pag. 21

1

2. Recordando las funciones asignadas a la Junta Consultiva Mixta por la Asam-blea General en su resolución 2029 (XX), relativa a la fusión del Fondo Espe-cial y el Programa Ampliado de Asistencia Técnica en un Programa de lasNaciones Unidas para el Desarrollo,

3. Tomando nota de los resultados de las reuniones celebradas hasta la fechapor la Junta Consultiva Mixta,

4. Expresa su satisfacciõn por la forma en que la Junta Consultiva Mixta parti-cipa, con carácter consultivo, en los trabajos de decisión y formulación deuna política y en que se la consulta sobre todos los aspectos importantes del

. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo;

II

5. Hace suya la opinión del Director General de que se deberia pedir al Consejode Administración del PNUD, programa concebido con fines de preinversion,que tuviese presente la importancia de los proyectos encaminados a ayudar alos paises en vías de desarrollo a crear las condiciones intelectuales y técni-cas necesarias para su desarrollo organizando las instituciones nacionales oregionales que se requieran para la formación de personal docente y especia-listas, y para proporcionar a estos posibilidades de empleo y de realizar tra-bajos de investigación;

III

6. Recordando que, en su 72a. reunión, invitó al Director General a senalar a laatención de las autoridades del PNUD la conveniencia de ampliar los criteriosque actualmente se aplican a la asistencia en la esfera de la formación de pro-fesores de enseñanza secundaria,

7. Tomando nota de que esta cuestión se examinó, a petición del Director Gene-ral, en el segundo periodo de sesiones de la Junta Consultiva Mixta,

8. Tomando nota además de que el Administrador del PNUD convino en examinarcon ánimo favorable un aumento de la ayuda para la formación de personal do-cente y el mejoramiento general de la calidad de la ensenanza secundaria,

9. Expresa la esperanza de que los gobiernos de los Estados Miembros de laUnesco, al formular sus peticiones de asistencia al PNUD (Sector del FondoEspecial), daran la necesaria prioridad a los proyectos relativos a la ense-nanza secundaria;

IV

10. Recordando además que, en su 72a. reunión, invitó al Director General a se-señalar a la atención de las autoridades del PNUD la necesidad de ampliar elalcance de las actividades del Sector del Fondo Especial de modo que incluyala ensenanza e investigación en las ciencias fundamentales,

l l . Tomando nota del documento sobre la “Asistencia internacional para la ense-nanza e investigaciõn de las ciencias fundamentales en las universidades”,presentado por el Director General y examinado por la Junta Consultiva Mixtaen su tercer periodo de sesiones,

12. Toma nota con satisfacción de que el Administrador del PNUD hizo suyas lasrecomendaciones contenidas en ese documento y de que tiene el propõsito desometerlo al Consejo de Administración del PNUD en su cuarto periodo desesiones,

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76 EX/Decisiones - pág. 22

13.

14.

15.

16.

17.

18.

19.

20.

21.

22.

23. Habiendo examinado el documento 76 EX/ 17 Add. ,

24. Toma nota de que la Unesco ha reanudado su participación en el Fondo de lasNaciones Unidas para el Desarrollo del Irian Occidental (FNUDIO).

Toma nota además de la reacción favorable de otras organizaciones del sis-tema de las Naciones Unidas, y en particular del Banco Internacional deReconstrucción y Fomento,

Invita al Director General a consultar a los gobiernos de los Estados Miem-bros interesados con el fin de preparar, para someterlo lo mas pronto posi-ble al PNUD, un proyecto en esta nueva esfera que permita contar con unaexperiencia inicial de la que puedan disponer otros Estados Miembros;

v

Invita al Director General a comunicar los dos documentos mencionados enlas Partes III y IV de esta resolución a los Estados Miembros para que to-men las disposiciones convenientes;

VI

Tomando nota del informe del Director General sobre los debates desarro-llados en el tercer periodo de sesiones de la Junta Consultiva Mixta delPNUD, relativos a los nuevos procedimientos de programación propuestospara el Sector de Asistencia Técnica del PNUD,

Acoge con satisfacción las perspectivas de una programación a largo plazo ycontinuada que estos procedimientos pueden ofrecer a los países que necesi-tan asistencia;

Toma nota del criterio del Director General, que se expone en el párrafo 16del documento 76 EX/ 17, sobre los nuevos procedimientos propuestos;

Pide al Director General que mantenga informado al Consejo Ejecutivo de laevolución de la situación en ese respecto;

VII

Reconociendo la importancia de los informes fínales sobre los proyectos deAsistencia Técnica y de preinversíón,

Toma nota de las disposiciones adoptadas por el Director General que figuranen el documento 76 EX/17;

Hace suya la propuesta del Director General de examinar cada ano en una desus reuniones, empezando por la 77a. reunión en 1967, algunos informes fí-nales sobre proyectos desarrollados con asistencia del PNUD (Fondo Espe-cial) y ejecutados por la Unesco, seleccionados por el Director Generalteniendo en cuenta su naturaleza, el lugar de ejecución y la experiencia quepueda adquirirse con su realización;

VIII

(76 EX/SR.4, 5, 17)

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76 EX/Decisiones - pág. 23

5. 3 Relaciones con la Organización Común Africana y Malgache (OCAM)(76 EX/18 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/ 18,

2. Decide aplazar hasta su 77a. reunión el examen de la cuestión de las relacio-nes con la Organización Común Africana y Malgache (OCAM).

(76 EX/SR. 15)

5. 4 Acuerdo con el Centro Latinoamericano de Fisica (76 EX/19. 76 EX/28 y Corr.)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el texto del Acuerdo con el Centro Latinoamericano deFísica (Brasil) (76 EX/lO, Anexo),

2. Aprueba el Acuerdo anexo a la presente resolución,

3. Autoriza al Director General a firmarlo en nombre de la Organización.

(76 EX/SR. 15)

ANEXO

ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDASPARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA

Y EL CENTRO LATINOAMERICANO DE FISICA

Considerando que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, laCiencia y la Cultura, que en el presente documento se designará con el nombrede Unesco, es el organismo especializado de las Naciones Unidas encargado defomentar la cooperación entre las naciones en todas las ramas de la actividad in-telectual, y especialmente las relaciones científicas internacionales,

Considerando que el Centro Latinoamericano de Física, que en el presente docu-mento se llamará el “Centro”, estã encargado de fomentar los trabajos de inves-tigación, la formación de investigadores y de profesores universitarios, así comola cooperación en el plano regional en las diversas ramas de 1a física y que, enel ejercicio de estas funciones, el Centro se atiene en todo momento a los finesde la paz internacional y de la prosperidad común de la humanidad para los que seconstituyeron las Naciones Unidas y que proclama la Carta de las mismas,

Considerando que, en el artículo IX del Acuerdo por el que se crea el Centro, seestablece que éste concertará con la Unesco un acuerdo encaminado al logro deuna colaboración estrecha y eficaz entre la Unesco y el Centro Latinoamericanode Física, particularmente en lo que atañe a la ayuda a la investigación, los inter-cambios de personal científico y de informaciones y la concesión de facilidadesrecíprocas,

Considerando que, en virtud del artículo XI de su Constitución, la Unesco puedecooperar con otros organismos y organizaciones intergubernamentales, cuyas ta-reas y actividades esten en armonía con las suyas,

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76 EX/Decisiones - pág. 24

La Unesco y el Centro acuerdan lo siguiente:

Artículo I

1. La representación de la Unesco en el Centro se regirá por las disposicionesde la Convención en virtud de la cual se ha creado el Centro.

2. Se invitará al Centro a enviar representantes a las reuniones de la Conferen-cia General de la Unesco, de su Consejo Ejecutivo y de sus órganos, cuando enellos se discutan cuestiones de interés común, y a participar, sin derecho a voto,en las discusiones.

Artículo II

1. La Unesco y el Centro se consultarán periódicamente acerca de todas lascuestiones de interés común.

2. Las dos organizaciones convienen en prestarse mutuamente, a petición de unau otra parte, asistencia y asesoramiento en la esfera de su competencia y, espe-cialmente, para organizar en común proyectos de ensenanza e investigación cien-tificas, así como para proporcionar ayuda a actividades emprendidas por laUnesco o por el Centro, que puedan interesar a la otra parte.

Artículo III

El Director General de la Unesco y el Director del Centro podrán concertartodas las disposiciones necesarias para la ejecución del presente Acuerdo.

Artículo IV

El presente Acuerdo entrara en vigor una vez que lo hayan firmado el DirectorGeneral de la Unesco y el Director del Centro.

Articulo V

El presente Acuerdo podrá ser denunciado por una de las Partes, previa no-tificación dada con un año de anticipación y podrã ser revisado por acuerdo entrela Unesco y el Centro.

Por la Organización de las Naciones Unidas Por el Centro Latinoamericanopara la Educación, la Ciencia y la Cultura: de Física:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Director General

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Director

F e c h a : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5.5 Clasificación de las organizaciones internacionales no gubernamentales.Informe del Comité de Organizaciones Internacionales no Gubernamentalesdel Consejo Ejecutivo (76 EX/20 y Add., 76 EX/21)

El Consejo Ejecutivo,

1

1. Habiendo examinado los documentos 76 EX/20 y Add., referentes a la clasi-ficación de las organizaciones internacionales no gubernamentales, así comoel informe del Comité de Organizaciones Internacionales no Gubernamentalesdel Consejo Ejecutivo (76 EX/21),

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76 EX/Decisiones - pag. 25

2. Decide:

a) admitir en la categoría A (relaciones de consulta y de asociación) a laorganización siguiente:

Unión Internacional de Autoridades Locales

b) no admitir en la categoría A la organización siguiente:

Federación Internacional de Periodistas y Escritores de Turismo

c) admitir en la categoria B (relaciones de informacion y de consulta) a lasorganizaciones siguientes:

Asociación de Universidades de la CommonwealthAssociation des universites entièrement ou partiellement de langue

françaiseComité Internacional de Coordinación de la Iniciación a la Ciencia y al

Desarrollo de las Actividades Científicas ExtraescolaresConferencia Permanente de Rectores y Vicecancilleres de las

Universidades EuropeasFederación Democrática Internacional de MujeresFederación Internacional de Orientación Pedagógica de los PadresFederación Internacional de Universidades CatólicasSociedad Internacional para la Rehabilitación de los InvãlidosUnión de Universidades de America LatinaUnión Internacional para la Educación Sanitaria

d) no admitir en la categoria B a las organizaciones siguientes:

Consejo Internacional de Organización CientíficaFederación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas

e) aplazar, hasta su reunión de la primavera de 1968, el examen de la soli-citud de admisión en categoría B de las organizaciones siguientes:

Federación Internacional de la Juventud DemocráticaOrganización Internacional de Radiodifusion y Televisión.

3. Toma nota de los parrafos 27 a 30 y de los Anexos II y III del documento76 EX/20, referentes a la inclusión por el Director General de las organiza-ciones internacionales no gubernamentales en la categoria C (relaciones deinformacion mutua), de conformidad con lo dispuesto en el párrafo II. 2 de lasNormas referentes a las Relaciones de la Unesco con las Organizaciones In-ternacionales no Gubernamentales;

II

4. Decide volver a examinar, en su 77a. reunión, el problema del mantenimientoen funciones del Comite de Organizaciones Internacionales no Gubernamentalesdel Consejo Ejecutivo, así como el carácter y la duración de su mandato.

(76 EX/SR. 9, 10,17)

5.6 Subvención a la Asociación Internacional de Artes Plásticas (76 EX/22 y 76 EX/28)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/22,

2. Aprueba la propuesta de subvención a la Asociación Internacional de ArtesPlásticas para el ano 1967 que figura en el documento 76 EX/22 (Anexo 1).

(76 EX/SR. 15)

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76 EX/Decisiones - pág. 26

PUNTO 6 ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS

6. 1 Aceptación y utilización de donaciones y contribuciones especiales(76 EX/23 y 76 EX/ll)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/23, relativo a la aceptación y uti-lizacion de las donaciones y contribuciones especiales,

2. Habiendo estudiado el informe de la Comisión Administrativa y de Haciendasobre esta materia (documento 76 EX/ll),

3. Autoriza al Director General a aceptar y consignar en el presupuesto de1967-1968 las siguientes contribuciones especiales para actividades que co-rresponden al programa establecido por la Conferencia General:

De Tailandia para los gastos de funcionamiento de la OficinaRegional de Educación de la Unesco (Bangkok) en 1967, parael presupuesto parcial II. 1 - Educación.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.096 dólares

De la Asociación del Personal de la Unesco a fin de costearen 1967 un puesto de escribiente-taquígrafo, para el presu-puesto parcial IV - Gastos Generales.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.490 dólares

(76 EX/SR. 15)

6.2 Construcción del cuarto edificio: situación financiera (76 EX/24 y 76 EX/ 11)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el informe del Director General sobre el estado de cuen-tas de la primera etapa de la solución a plazo medio del problema de los lo-cales, que comprende la construcción del edificio de los patios (cuarto edificio)y los demás trabajos aprobados por la Conferencia General, en 31 de diciem-bre de 1966,

2. Toma nota de la informacion contenida en el documento 76 EX/24 y de los re-sultados de las medidas adoptadas por el Director General para lograr la ter-minación completa de la construcción sin rebasar los créditos aprobados porla Conferencia General.

(76 EX/SR. 15)

6. 3 Sueldos y subsidios del personal (76 EX/25 y Add. y 76 EX/1 1)

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 76 EX/25 y su Addendum, así como el in-forme de la Comisión Administrativa y de Hacienda (76 EX/ 1l),

2. Toma nota del informe del Director General relativo a los ajustes en la re-muneración del personal,

3. Autoriza al Director General, de conformidad con la resolución 28 aprobadapor la Conferencia General en su 14a. reunión, a anticipar con cargo al Fondode Operaciones y a añadir a los créditos consignados para 1967-1968, comomedida provisional, la suma necesaria para que la Organización pueda aten-der durante el ano 1967 a las obligaciones resultantes de: a) las modificacio-nes introducidas en los Estatutos de la Caja Comun de Pensiones del Personal(resolución 2191 (XXI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas) y

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76 EX/Decisiones - pág. 27

b) el pago de un ajuste por lugar de destino, para el personal del Cuadro Or-gánico y de categorias superiores, correspondiente a la clase V a partir del1° de abril de 1967,

4. Pide al Director General que le presente en su 77a. reunión un estado de losdemás costos de pensiones, sueldos y subsidios y otros gastos imprevistos yextraordinarios que se hayan producido o puedan producirse durante el bienioy un informe sobre la posibilidad de hacer transferencias dentro del presu-puesto (como se preve en el párrafo 7 de la resolución 14 C/28) para cubrirtodos esos gastos imprevistos y extraordinarios o parte de ellos.

(76 EX/SR. 15)

6.4 Orientación y formación del personal en la Sede y fuera de la Sede(76 EX/26 y 76 EX/Il)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

4.

5.

Habiendo examinado el informe del Director General sobre la orientación y laformación dadas al personal de la Casa Central y de fuera de la Sede al co-menzar el ejercicio de sus funciones (76 EX/26) y las medidas sugeridas paramejorar esta formación y orientación,

Tomando nota de que el Instituto de Formación Profesional e Investigacionesde las Naciones Unidas recopila datos sobre la formación del personal en lasorganizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y de que en breve se ce-lebrarán consultas entre esas organizaciones,

Pide al Director General que continúe sus esfuerzos por mejorar el sistemade formación y orientación del personal, teniendo en cuenta las sugestionesformuladas a ese respecto por la Comisión Administrativa y de Hacienda y quesometa al Consejo, en su 78a. reunión, un plan completo de formación y orien-tación del personal, despues de consultar con las organizaciones del sistemade las Naciones Unidas y a la luz del estudio realizado por el Instituto de For-mación Profesional e Investigaciones de las Naciones Unidas;

Pide ademas al Director General que, en las consultas entre las organizacio-nes del sistema de las Naciones Unidas, examine y proponga medios para quela formación de los expertos pueda llevarse a cabo conjuntamente por talesorganizaciones;

Pide por último al Director General que transmita al Consejo Ejecutivo, conlas observaciones que estime pertinentes, las conclusiones a que haya llegadoal respecto la Junta Consultiva de Administración Pública Internacional.

(76 EX/SR. 15)

6. 5 Consultas sobre nombramientos para altos cargos de la Secretaría

El Consejo Ejecutivo celebró, el viernes 5 de mayo de 1967, dos sesiones priva-das en las cuales el Director General consultó, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 54 del Reglamento del Consejo, sobre los nombramientos para altoscargos de la Secretarfa. Esta consulta entrañaba la aprobación del estableci-mientò de ciertos puestos propuestos por el Director General.

(76 EX/SR. 8)

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76 EX/Decisiones - pag. 28

PUNTO 7 APLICACION DEL ACUERDO RELATIVO A LA SEDE

7. 1 Comunicación del Gobierno de la República Francesa, fechada el 15 de marzode 1967 y relativa al pago de los impuestos sobre la cifra de giro(76 EX/27 y Add.)

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

Habiendo examinado el documento 76 EX/27, oído la exposición oral delDirector General y tomado nota de la resolución aprobada por el Comite dela Casa Central en su 51a. reunión (76 EX/27 Add.),

Considerando las declaraciones hechas en nombre de su Gobierno por elDelegado Permanente de Francia,

Aprueba la interpretación que el Director General ha dado al Acuerdo relativoa la Sede en el documento 76 EX/27 y las medidas provisionales que ha toma-do al recibir la comunicación del Gobierno de la República Francesa fechadael 15 de marzo de 1967;

Toma nota de las declaraciones de que el Gobierno de la Republica Francesano tiene el propósito de poner en tela de juicio la exoneración de los impues-tos sobre la cifra de giro de que la Organización ha venido beneficiándosehasta ahora sobre todas las compras, remuneraciones de servicios u opera-ciones efectuadas para su uso oficial, y de modo especial sobre las operacio-nes de construcción y reacondicionamiento de la Sede;

Estima que las modalidades según las cuales la Organización se beneficiaráde esa exoneración deberan ser determinadas de común acuerdo, de confor-midad con el artículo 16 del Acuerdo relativo a la Sede, sobre entendiendoseque el sistema de exoneración que se convenga no entrañara para la Organiza-ción ninguna repercusión presupuestaria de importancia, ni inconvenienteconsiderable de tesoreria;

Autoriza al Director General a negociar con el Gobierno de la RepúblicaFrancesa nuevas modalidades para la aplicación del artículo 16 del Acuerdorelativo a la Sede, y a concluir las negociaciones mediante un nuevo canje decartas, que sustituirá al régimen actualmente en vigor;

Considera que, teniendo en cuenta las declaraciones del representante delGobierno de la República Francesa mencionados en el párrafo 4 de la presenteresolución, el presupuesto del nuevo edificio, aprobado por el Consejo Ejecu-tivo en su 71a. reunión, sigue siendo válido;

Estima en consecuencia que ya no existe, desde este punto de vista,inconveniente para que el Director General proceda a la iniciación deobras de construcción del nuevo edificio.

ningúnlas

PUNTO 8 ASUNTOS VARIOS

8. 1 Fechas de la 77a. reunión

1. El Consejo Ejecutivo decidió celebrar su 77a. reunión del 9 de octubre al 3de noviembre de 1967.

2. Además, fijó las fechas de su 78a. reunión que se celebrará del 13 de mayoal 19 de junio de 1968.

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76 EX/Decisiones - pág. 29

3. El Consejo Ejecutivo tomó nota de las siguientes disposiciones relativas a lasfechas de su 79a. reunión y de las reuniones de comites:

79a. reunión: 30 de septiembre - 14 de octubre de 1968 (para la parte de lareunión que precede a la apertura de la 15a. reunión de laConferencia General)

Comite Especial de Metodos de Trabajo de la Organización (Comité Ad Hoc)

7 - 13 de julio de 19672 - 6 de octubre de 1967

22 enero - 2 febrero de 1968

Comité Especial sobre las Discriminaciones en la Esfera de la Ensenanza

Junio o julio de 1968 (2 semanas).

(76 EX/SR. 17)

8.2 Procedencia de designar un Vicepresidente de la Junta de Apelación yprocedimiento aplicable al respecto

El Consejo Ejecutivo,

1.

2.

3.

4.

Considerando la resolución aprobada en su 75a. reunión respecto al nombra-miento de un Presidente y un Vicepresidente de la Junta de Apelacion,

Habiendo tomado nota con satisfacción del nombramiento por el Presidentedel Consejo Ejecutivo del Profesor Ricardo Monaco, para el cargo de Presi-dente de la Junta de Apelacion.

Estimando que, el apartado a) del artículo 2 del Estatuto de la Junta de Ape-lación prevé la posibilidad de nombrar asimismo un Vicepresidente de dichaJunta,

Pide a su Presidente que, previa consulta con el Director General, se pre-sente una propuesta a ese respecto, a fin de que el Consejo Ejecutivo puedaproceder a ese nombramiento en su 77a. reunión.

(76 EX/SR. 4)

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