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TOMO CXVI PRIMERA SECCION ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL [)EL ESTADO INIlEPENDlENTE, LIBI~E Y SOBERANO [)E COAIIVlLA IlE ZARAGOZA Saltillo, Coahuila, viernes 3 de julio de 2009 nÚmero 53 CERTII'ICADO U.-\.JO LA NUIUL\ ISO 9001 :200S REGISTRADO COt-.IO ARTíCULO DE SEGUNDA CLASE EL DíA 7 DE [)]CIE~mJ{E DE 1921. FUNDADO EN EL AÑO DE 1860 LAS LEYES. DECRETOS Y DEM;\S DISPOSICIONES SUPERIORES SON OHIJGATORI¡\S POR EL [-lECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO I'ROFR. lIUMlmRTO MOREIRA VALDf:S Gobernador del Estado de Coahuila L1C. ARMANIlO LUNA CANALES Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial uc. GABRmLA ALE.JAN[)RA m: LA CRUZ RIVAS Subdircctora del Periódico Olicial INDICE POIlER EJI:ClITIVO IlEL ESTAllO REGLA:'\-'lENTO Interior de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila. I~EGLAMENTO INTERIOR IlE LA COMISiÓN ESTATAL nE AGlIAS y SANEAi\IIENTO nE COAlIlJlLA CAPÍTULO [ IlISPOSICIONES GENERALES CAPiTULO 11 !lE LOS 6RGANOS DE ADMINISTRACI6N y DIRECCI6N CAPITULO 111 DE LA ESTRUCTURA ORG,\NICA y OPERATlVA DE LA CO~IISI6N CAPITULO IV DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR GENERAL CAPITUl.O V DE LAS ATRIBUCIONES DE I.AS DIRECCIONES T(;CNICA y ADMINISTRATIVA CAPíTULO VI DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS COORDINACIONES CAPíTULO VII DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS GERENCIAS , ,

ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL [)EL ESTADO ... · para SLIamilisis y aprobaciÓn en la sesión de trabajo. con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación. tratándose

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TOMO CXVI

PRIMERA SECCIONORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL [)EL ESTADO

INIlEPENDlENTE, LIBI~E Y SOBERANO [)E COAIIVlLA IlEZARAGOZA

Saltillo, Coahuila, viernes 3 de julio de 2009 nÚmero 53

CERTII'ICADO U.-\.JO LA NUIUL\ ISO 9001 :200S

REGISTRADO COt-.IO ARTíCULO DE SEGUNDA CLASE EL DíA 7 DE [)]CIE~mJ{E DE 1921.FUNDADO EN EL AÑO DE 1860

LAS LEYES. DECRETOS Y DEM;\S DISPOSICIONES SUPERIORES SON OHIJGATORI¡\S POR EL [-lECHODE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO

I'ROFR. lIUMlmRTO MOREIRA VALDf:SGobernador del Estado de Coahuila

L1C. ARMANIlO LUNA CANALESSecretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial

uc. GABRmLA ALE.JAN[)RA m: LA CRUZ RIVASSubdircctora del Periódico Olicial

INDICEPOIlER EJI:ClITIVO IlEL ESTAllO

REGLA:'\-'lENTO Interior de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila.

I~EGLAMENTO INTERIOR IlE LA COMISiÓN ESTATAL nE AGlIASy SANEAi\IIENTO nE COAlIlJlLA

CAPÍTULO [IlISPOSICIONES GENERALES

CAPiTULO 11!lE LOS 6RGANOS DE ADMINISTRACI6N y DIRECCI6N

CAPITULO 111DE LA ESTRUCTURA ORG,\NICA y OPERATlVA DE LA CO~IISI6N

CAPITULO IVDE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR GENERAL

CAPITUl.O VDE LAS ATRIBUCIONES DE I.AS DIRECCIONES T(;CNICAy ADMINISTRATIVA

CAPíTULO VIDE LAS ATRIBUCIONES DE LAS COORDINACIONES

CAPíTULO VIIDE LAS ATRIBUCIONES DE LAS GERENCIAS

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2 PERIODICO OFICIAL viernes 3 de iulio de 2009CAPITULO VIIIDE LAS ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADES AD"IINISTRATIV AS DE LA DIRECCiÓN GENERAL

CAPiTULO IXDEL CONTRALOR INTERNO

CAPITULO XDE LAS SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

CAPÍTULO XIDE LA SUPLENCIA DE LOS SERVIDORES PUBLICaS

CAPíTULO "11DE LAS RELACIONES LABORALES

CAPiTULO XIIIDEL CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO

CAPÍTULO XIVDE LA APLICACiÓN DE SANCIONES

TRANSITORIOS

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISiÓN ESTATAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE COAIIUILA, CON FUNDAMENTOEN LO DISPUESTO POR LOS ARTiCULO 3 ULTIMO pARRAFO DE LA CONSTITUCiÓN POLÍTICA DEL ESTADO DECOAIIUILA; 1,37,38 FRACCiÓN 1, Y 46, DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACiÓN PUBLICA DEL ESTADO DECO¡\f1UIL¡\ DE ZARAGOZA; 13 FRACCiÓN I DE LA LEY DE ENTIDADES ?ARAESTA TALES DEL ESTADO DE COAHUILA YSÉPTIMO, FRACCiÓN VIII DE LA LEY QUE CREA LA COMISiÓN ESTATAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE COAHUILi\,EN SESiÓN CELEBRADA EL DiA 23 VElNTITR~:S DE MARZO DE 2009 DOS MIL NUEVE; y,

CONSIDERANDO

Que d Gohierno del Estado de Coahuila, por conducto de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila, tiene comoLlna de las principales funciones la de promover inversiÓn y desarrollar la infraestructura necesaria para mejorar y ampliar losservicios de agua pOUlblc. alcantarillado sanitario y saneamiento. incluyendo ]a promoción de una nueva cultura en el uso del aguaque propicie un manejo racional y sLlstentable.

Que para tal efecto. requiere de una modernización administrativa. y una constante adecuación de su marco jurídico que le permitaatender con oportunidad el objeto por el qUl: fue creado el Organismo PÚblico denominado Comisión Estatal de Aguas ySaneamiento de Coahui la y derivado de lo anterior. resulta necesario contar con un Reglamcnto Interior acorde con las atrihucionesy estructura orgánica actual.

Que el Reglamento Interior vigente de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento dd Estado de Coahuila. publicado en elPeriódico Oticial del Estado el día 16 de Mayo del 2008. fue rebasado por las necesidades actuales.

Que conforme a 10 anterior resulta impreseindihlc dclinir la estructura orgánica. facultades y funciones que correspond¡m a lasdiversas áreas operativas y de administración de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila.

Por los fundalllt:ntos y consideraciones anleriores el Consejo Directivo de la ComisiÓn Estatal de Aguas y Saneamiento deCoahuila tiene a bien expedir el siglliente:

I{EGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISiÓN !SI'A'L\L DEAGlIAS y SANEAMIENTO IlE CIHlIlIlLA

CAPiTULO IIlISI'OSICIONES GENERALES

ARTíClILO 1. El presente Reglamenlo es de observancia general para los servidores Pllblicos de la Comisión Estalal de Aguas ySaneamiento de Coahuila y tiene por objeto establecer su organizaciÓn y funcionamiento.

ARTíClILO 2. Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

1. ACllA IJOTABL.I(; La utili7..<1daen uso doméstico. comercial o industrial quc rCllne los requisitos establecidos en las normasollcialcs mexieanas y demás leyes de la matcria:

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viernes 3 de julio de 2009 I'ERIODICO OFICIAL 311. AGUAS RESIl>lJALES: Las provenientes de actividades domésticas. industriales. comerciales o de cualquier otra actividauhumana. y que por el uso recibido se le hayan incorporado contaminantes en detrimento de Sll calidad original:

111. ALCANTARII,I,ADO: I.a red o sistema de conductos y accesorios para recolectar y conducir las aguas residualcs y pluvialcsal dcsaglic () drenaje:

IV. COMISiÓN: La Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila:

V. C01\IUNII>:\D RlIRAL: El centro de población con menos de 1.500 habitantes:

VI. CONCESiÓN: Contrato por el cual el Gobierno otorga él empresas o particulares la gestión o explotación de ciertos bienespÚblicos:

VII. CONCESIONARIO: La persona física o moral a la que se concesionan los servicios pÚblicos de agua potable, drenaje,alcantarillado, tratamiento y disposición tinal de aguas residuales tratadas:

VIII. CONSEJO nIKEcnVO: El Órgano de Gobierno de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila:

IX. CONTRATISTAS: Las personas t1sicas o morales que celebren contratos con la Comisión:

x. nlCTAMEN T~:CNICO: La resolución de los trabajos y estudios u opiniones que realice la Comisión, para determinar laprocedencia o improcedencia de obras y/o prestación de los servicios de agua potable, drcn~je, alcantarillado, tratamiento ydisposición final de aguas residuales tratadas. o agua en bloque; así como las condiciones particulares en que se prestarán losmIsmos:

XI. DRENAJE: El sistema de conductos abiertos y cerrados. infraestructura hidráulica para el desagUe y alejamiento de las aguasresiduales y pluviales;

XII. ESTAnO: El Estado Libre y Soberano de Coahuila:

XIII. EXPEDIENTE TÉCNICO: ~lemoria descriptiva del proyecto que contiene presupuesto, cálculo. diagrama de llujos.generndores de obra. progrnma de trabajo:

XIV. INFRAESTIUICTlJRt\ 1I11)I{AULlC\: Las presas. plantas potabilizadoras, plantas de tratamiento. acueductos. colectores.pozos. cárcamos, redes primarias y secundarias y demás construcciones y equipamiento para la prestación de los servicios pÚblicos:

XV. ORGANISI\IO OPERADOR: El orgarllsmo cuyo objetivo general será la prestación de los servicios de agua potable.alcantarillado y saneamiento:

XVI. IJUOCRA1\L\ HE ACUA I'OTABLE. ALCANTARILLADO Y SANEA:\IIENTO: El documento que inlCgra laplaneación. programación y ejecución de proyectos y acciones en el corto. mediano y largo plazo que debe efectuar el prestador delos servicios con el objeto de asegurar la extensión de la cobertura y mejora de los servicios pÚblicos. Podrá ser estatal, municipal oregional y deherá ser congruente con el Plan Estatal de Desarrollo y los Programas Sectoriales previstos en la legislación, ('nmateria de planeación: y,

XVII. SERVICIOS PlIBLlCOS: Los servicios pÚblicos de agua potable. dn:naje. alcantarillado. tratamiento y disposición finalde aguas residuales tratadas.

ARTíCULO 3. La Comisión, como Organismo PÚblico Descentralizado del Gobierno Estatal. tiene a su cargo los asuntos queexpresamente le encomienda la Ley que lo crea y demás disposiciones que se rclacionan con sus objetivos.

ARTíCULO -l. La Comisión, tiene por objdo principal emitir la nonnatividad técnica y opemtiva relativa a la prestación, aba.<;tecimientoy dotaciÓn de los servicios dt.:agua pot<lhle, dren¡~it.:.alcalltarillmJo y saneamiento que preskn los municipios en el Estado.

ARTiCULO 5. Las acciones implementadas y ejecutadas por la Comisión. para el cumplimiento de sus objetivos, tendrán comomarco de actuación los ordenamicntos rederales y estatales. los aCLlerdos de coordinación celebrados con el Gobiemo Federal y losAyuntamientos en materia hídrica. así como los fines plasmados en el Plan Estatal de Desarrollo.

AH,TícuI..O (l. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones. la Comisión se coordinará con los sectores sociales y privat.los, asícomo COI1 las t.lepcmlencias de los tres órdcllt:s de gobierno que lleven a cabo ]¡L<;acciones relacionada<; con los lines de la Comisión.

ARTíCULO 7. Al frente de la Comisión hahrá un Director General. quien para el desempeño de sus atribuciones se auxiliará deLlna Dirección Técnica. lIna Dirección Administrativa. las Coordinaciones, Gerencias. Jefaturas de Departamentos y personaltécnico y administrativo. conforme al presupuesto autorizado y las necesidades del servicio lo requieran.

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PERIODICO OFICIALCAPÍTULO 11

HE LOS ÓIl.GAI\OS HE AHMINISTIl.,\CIÓN\' IlIlU:CClÓN

viernes 3 de iulio de 2009

ARTíCULO 8. Para el cumplimiento de los asuntos de su competencia. la ComisiÓn de acuerdo al presupuesto contará con losórganos de Administración y Dirección siguientes:

1.Consejo Directivo:

11. Director General; y,

111. Gerentes que sean necesarios en caso de existir oficinas regionales.

ARTíCULO 9. El Consejo Directivo será el órgano superior de Gobierno de la Comisión y se integrará de]a siguiente manera:

1. Un Presidente. que será el tilUlar del Ejecutivo del Estado;

11. Un Presidente Ejecutivo, qut: será el titular de la dependencia a la que se encuentre scclorizada la ComisiÓn;

111. Un Secretario Técnico. que será el Dirt=ctor General de la Comisión que participara con voz pero sin voto:

IV. Siete vocales. que serán:

a) El Secretario de Gobierno:

b) El St,'erctario de Finanzas:

c) El Secretario de Obras Públicas y Transp0l1e:

dJ El Secretario de Salud:

cl El Sl'cretario de Fomento Económico:

f) El Secretario de I\ledio Ambiente:

g) El Director Genera] de] Instituto Coahuilense para el Desarrollo i\'lunicipal

V. Un Cnmisario. que será designado por el'itular de la Seactaria de la Función Publica. y que participará con voz perosin Yoto.

Por cada n:presemantc propidario se designará a] respectivo suplente.

ARTíCULO lO. Los cargos en el Consejo Directivo serán de carácter honorífico.

ARTíCULO 11. Los integrantes del Consejo Directivo. tendrán las atribuciones siguientes:

1. Aprobar el ordcn dcl día quc dé a conocer el Secretario Técnico del Consejo Directivo al inICIO de la sesión o. en su caso.proponer las observaciones y modificaciones correspondientes:

11. Emitir su voto para la toma de acuerdos; y.

111. Firmar las actas de las sesiones del Consejo Directivo.

ARTíCULO 12. El Presidente del Consejo Directivo y su Presidente Ejecutivo. tcndni.n las atribucioncs siguientes:

1. Conocer sobre los nombramientos dc los miembros suplentes del Consejo Directivo:

11. Proponer altermJtiv<as de soluciÓn sobre los <asuntos de la Comisión:

111. Ejercer el volo de calidad en caso de empate en las sesioncs del Consejo Directivo: y.

IV. Las demás quc sean relativas a las anteriores.

ARTíCULO 13.- El Secretario Tccnico del Consejo Directivo. tendrá las atribuciones siguientes:

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viernes 3 de iulio de 2009 PERIODICO OFICIALl. Elaborar por acuerdo del Presidente del Consejo Directivo. la convocatoria para las sc~ioncs de lrabajo;

11. Formular el orden <.le!día por instrucciones del Presidcnte del Consejo Directivo;

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111.Suscribir y turnar a los integrantes del Consejo Directivo. I¡;¡convocatoria con el orden del día y demás documentos necesariospara SLIamilisis y aprobaciÓn en la sesión de trabajo. con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación. tratándose de sesiónordinaria y un día natural si se trata de sesión extraordinaria:

IV. Pasar lista de presentes al inicio de la sesión y declarar quórum legal. informando al Presidente:

V. Dar kctura al acta tic la sesión anterior y en SlI caso".reali"lu las modilicaciones que al respecto se aprueben:

VI. Auxiliar al Presidente del Consejo Directivo con los materiales e información que le solicite:

VII. Elaborar la" actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebre el Consejo Directivo:

VIII. Llevar el libro de actas de sesiones del Consejo Directivo;

IX. Ten~r voz en las sesiones del Consejo Directivo; y.

X. Las demás que el Consejo Directivo determine o el Presidente le encomiende.

ARTÍCULO 1-1. El Consejo Directivo tendrá las atribuciones siguientes:

1. Aprobar los convenios y contratos que la Comisión celebre eon los municipios. y demás Organismos e [nstiluciones. PlIblicas oPrivadas, a fin de coadyuvar en la prestaciÓn de los servicios que sean necesarios para el abastecimiento y dotación de aguapotable, saneamiento. drenaje y alcantarillado:

11. Establecer las directrices generales para el eficaz funcionamiento de la Comisión:

111. Aprobar el programa anual de operaciones de la Comisión, que someta a Sll consideraciÓn el Director General:

IV. Conocer y aprobar. en su caso. el presupuesto anual de egresos y la estimación de ingresos para el año siguiente. así como elproyecto de inversión correspondiente al período en estudio;

V. Examinar y aprobar. en su caso. los estados financieros mensualcs, los balances ordinarios y extraordinarios. y los informesgenerales y especiales que someta a su consideración el Director General:

VI, Estudiar y aprobar. en su caso. los proyectos de colaboración. asistencia y apoyo a los l11unicipios en la prestación del serviciode agua potable. saneamiento. drenaje y alcantarillado ¡L"íCOIllO analizar y examinar el costo de cada proyecto: y en aquellos casosen que previo convenio o contrato se acuerde la prestación del servicio por la Comisión, aprobar las tarifas respectivas y susmoJilicaciones:

VII. Planear y autori"ar la gestión dc los en:dilos que requiera la Comisión para su adecuado funcionamiento:

VIII. Expedir los reglamentos internos de la Comisión:

IX. Otorgar al Din:ctor General o a pl:rsonas distintas a este, poder general para pleitos y cobranzas y actos de administración. contodas l<lsfacultades aÚn las que requieran poder especial conformc a la Ley:

X. Otorgar poJcres especiales o generales a las personas quc juzguc convenientc. con todas las facultadcs, 3Ún las que conforme ala Ll:Yrequieran cláusula especial: y.

XI. En general. realizar todos aquellos actos y operaciones autorizados por la Ley que crea la Comisión. este reglamento y los quefUl:sennecesarios para la mejor administración de la Comisión.

CAPíTULO 111DE L,\ ESTRUCTURA ORGA~ICA y

OI'ERATIVA DE LA COMISiÓN

ARTÍCULO 15. Al frente de la Comisión habrá un Director General que será nombrado por cl Gohcmador del Estado: para el debidocjercicio de sus atribuciones la Comisión contará con las Direcciones. Coordinaciones, Gerencia". y Unidades de soporte siguientes:

1. Dircccíón General:

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6a) DirecciÓn Técnica;

b) Dirección Administrativa:

11. Coordinaciones:

a) Coordinación de Concursos y Contratos;

PERIODICO OFICIAL viernes 3 de julio de 2009

b) Coordinación de Cultura del Agua y Programas Sociales:

e) Coordinación Administrativa:

el) Coordinación de Inversión;

el Coordinación Jurídica:

111. Gerencias:

a) Gerencia de Recursos Financieros:

b) Gerencia de Recursos f\.1aterialcs:

e) Gerencia de Recursos Humanos:

d) Gerencia de Atención Comunitaria:

e) Gerencia de Concesiones:

í) Gerencia de Geología:

g) Gerencia de 11roycctos;

11)Gerencia de Agua Limpia y Saneamiento:

i) Gerencia de Planeación Técnica:

j) Gerencia de Fortalecimiento a Organismos Operadores:

k) Gerencia de Proyectos Especiales;

1) Gerencia de Obras;

111) Gerencia Jurídico Contenciosa:

n) Gerencia Jurídico Consultiva; y

l\'. Unidades dc soporte de la oficina dcl Director General:

a) Secretaria Técnica: y",

b) Secretaría Particular.

ARTíctlLO 16, Las atribuciones de los Jefes de Departamcnto, se establecerán en d I'.•..lanual de Organización de la Comisión queal efecto se expida.

Los titulares de las áreas mencionadas en el artículo anterior. les corresponderá. b¡uo su más estricta rL'sponsabilidad. L~crccr ycumplir con las atribuciones y obligaciones establecidas en este Reglamcnto y rendir a sus supt.:riorcs. con la periocidad quc sedetermine. los informes en quc se destaqucn indicadores de las actividades desarrolladas. asi mismo (h.:bt.:rán elaborar los manualesde procedimientos de la unidau a su cargo. en los que se precisen las funciones a desarrollar y las áreas responsables. de acuerdo a10 establecido en el presente Reglamento.

ARTíCULO 17. Las unidades y áreas administrativas de la Comisión. conducirán sus actividades en forma programadaajustándose a las políticas y restricciones para el logro de SllS objetivos. derivados de los planes. programas y proyectos que a sucargo fije y establezca e] Consejo Directivo ylo e] Director General de la Comisión.

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viernes 3 de julio de 2009 PERIODICO OFICIALCAI)íTULO IV

DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR GENERAL

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ARTíCULO 18. El Director General. tcndr{llas atrihucionl.:s siguientes:

1. Representar a la ComisiÓn. ante las autoridades administrativas. judiciales y del trabajo. con todas las facultades generales y lasque requieran cláusula especial confonne a la ley. Estará investido de poder general para pleitos y cohranzas y aclos deadministración. con las limitaciones previstas en las leyes que regulen su actuación. Para ejercer actos de dominio requcrirá de Inautorización dcl Consejo Directivo:

11.Otorgar y revocar poder general o especial para pleitos y cobranzas y actos de administración:

111.Fungirconw Secretarío Técnico del Consejo Directivo:

IV. Elaborar y someter a la consideración del COllSt-jO Directivo ]05 proyectos de reglamento interior y manual de organización dela Comisión. para su discusión y aprobación en su caso:

V. Determinar con aprobación del Consejo Directivo. las cuotas y tariFas cuando los servicios públicos sean prestados directamentepor la Comisión:

VI. Celebrar y suscribir convenios y contratos que sean necesarios para el cUlllplimiento de Sll objeto.

VII. Ejecutar los acuerdos de] Consejo Directivo:

VIII. Rendir al Consejo Directivo el intomle de gestlon de la Comisión. los inFormes sobre el cump]imicnto de acuerdos delórgano de Gobierno. los resultados de los estados tinancicros. el avance en las metas establecidas en los programas de AguaPotable. Alcantarillado y Saneamiento y del cumplimiento de las obras y erogaciones en las mismas:

IX. Implementar las polilicas. estrategia ••. objetivos. programas y normas que conlleven al óptimo aprovechamiento del agua en laEntidad;

X. Presentar ante las instancias que correspondan el Proyecto del Programa Hidráulico Estatal:

XI. Crear Comités Internos para un mejor Funcionamiento y eticacia de la Comisión. los que se regirán por los manuales deorgani7~lción y procedimientos correspondicntes:

XII. Elaborar las normas relativas a la prestación de IDS servicios pÚblicos;

XIII. Coordinar las actividades técnicas. administrativas y tinancieras de la Comisión para lograr Llna mayor eficiencia. eticacia'yeconomía de la misma:

XI\'. Gestionar y obtener. conforme a la legislación ap]icab]e'y previa autorizaciÓn del Consejo Directivo. e1linanciamicnto paraobras, servicios y amortización de pasivos. así como sLlscribir créditos o titulos de cr0dito. contratos ti obligaciones antcinstituciones pÍlblieas () privadas:

XV. Autorizar las erogaciones correspondientes del presupuesto y sOllleter a la aprobación del Consejo Directivo las erogacionesextraordinarias:

XVI. Ordenar el pago de los derechos para el uso o aprovcchamiento de Aguas y Bienes Nacionales Inherentes. de conformidadcon la legislación aplicable:

XVII. Rt.'ndir el informe anual de actividades de la Comisión. ante el Consejo Directivo. asi como rcndir los inFormcs sobre clcUlllplimiento dc aCllcrdos de] Consejo Directivo: resultados de los estados limlTlcieros: avance en las metas estableciJas en elproyecto estratégico de desarrollo: en los programas de operación autorizados por el propio Consejo Directivo: cumplimiento de losprogramas de obras y erogaciones en las mismas: presentación anual del programa de labores y los proyectos del presupuesto deingresos y egresos para el siguiente periodo:

XVIII. Establecer relaciones de coordinación con Dependencias de la Administración PÚblica Federa], Estatal y t\.lunicipal. asicomo con organismos Pllblicos descentralizados y paraestatales e integrantes del sector social. para el trámite y atenci6n de losasuntos de interés comÍln relacionados con la materia:

XIX. Ordenar que se practiquen, en forma regular y periódica. muestras y análisis del agua. llevar estadistica." de sus resultados ytomar las medida." adecuadas para optimil..ar la calidad dcl agua que se distribuye a la población. así como la quc una vez utilizadase vicrta a los causes o vasos. de conformidad con la legislación aplicable:

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S PERIODICO OFICIALXX. St.:kccionar. (,;onlrat<lf y remover libn:rm:ntc al personal de la ComisiÓn:

viernes 3 de julio de 2009

XXI. Contratar los servicios de personas lisiens o morales. Pllblicas o privadas altamente calificad,ls cuando así se requiera para elcumplimiento de los objetivos de la Comisión;

XXII. Conducir la operación de la Comisión:

XXIII. Certificar documentos propios de la Comisión. pudiendo delegar esta atribución al Coordinador Jurídico:

XXI\'. Las demás que le sei'íale la Ley. el Consejo Directivo y el presente Reglamento.

CAPiTULO VDE LAS ATRlIllJCIONES DE

LAS D(I{ECCIONES Ti:CNICA V ADMINISTRATIVA

ARTíClILO 19. Los Directores Técnico y Administrativo. tendrán las atribucioncs generales siguientes:

l. Acordar e informar al Director General sobre los asuntos inherentes al Úmbito de su competencia y de las Úreas administrativas asu cargo;

11. Desempeñar las funciones y comisiones que le sean encomendadas por el Director GeneraL

111. Someter a la aprobación del Director Gencrallos proyectos. programas y acciones a desarrollar por la Dirección a su cargo;

IV. Planear. programar. organizar. dirigir. controlar y evaluar todas aquellas acciones encomendadas por la superioridad;

V. Desarrollar las acciones de su competencia en forma adecuada. en coordinaciÓn con las áreas administrativas de la Comisión;

VI. Fonnular el anteproyecto de presupuesto anual de egresos e ingresos que le correspondan a la DirecciÓn a su cargo;

VII. Someter a la consideración del Director Genera] los proyectos de manuales de organización. de procedimientos y demásinstrumentos normativos que regulen y definan las aeeionc~ y ~istelllas de opl:ración de la Dirección de su adscripción;

VIII. Realizar los dictámenes que se le requieran sobre asuntos que ~ean de su competencia;

IX. Recibir en acuerdo a los titulares de IlL"arcas administrativas adscritas a su Dirección;

X. Participar en e] Comitc de Obras y Adjudicaciones de la Comisión y cn los demiL" que sean creados: y

XI. Las demás que le encomiende el Director General.

ARTíCULO W. La DirecciÓn Técnica.lenur<Í las atribuciones específicas siguientes:

1. Elaborar estudios y proyectos. por si o a través de terceros. de infraestructura de agua potable, alcantarillado y saneamiento:

11. Dirigir. coordinar y supervisar la ejecución de estudios y construcción de obras;

111. Integrar los progranl<iS de obra. suministro. abastecimiento y construcción de sistemas de agua potable. dren<tie. y saneamiento;

IV. Inh:rvcnir en el estudio de especificaciones generales y cn la rcvisiÓn e in legraciÓn de los precios unitarios:

V. Ejecutar las obras asignad¡L" a la Comisión considerando lo establecido en los eolltralos dc acuerdo a] tiempo. calidad y coslo;

VI. Elaborar. coordinar. supervisar y firmar las estimaciones de obras y adquisiciones relacionadas con las mismas:

VII. Resguardar. cllstodiar y cuidar la documentación e información relativa a las atribuciones de ]a DirecciÓn durante el tiempoquc establece la legislación en la materia;

VIII. Dirigir. supervisar y coordinar la construcción de obras a cargo de la Comisión. por si o a travt.:s dc terceros;

IX. Proponer al Director General los convenías adicionales que surjan con motivo dc la ejecución de las obras;

X. Ap]icar las normas y reglamentos para el logro de los programas de obra del Plan Estatal en lo relativo al agua potable.alcantarillado y saneamiento;

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información en las Coordinaciones. Gerencias y departamentos a su cargo y la propiaviernes 3 de iulio de 2009XI. Diseñar e implantar los sistemas deDirección Técnica:

PERIODICO OFICIAL 9

XII. Supervisar e] proceso d.: contrataciÓn dI: obra de agua potablc y alcantarillado. así como el pago de estimacioncs a contratistasy proveedores;

XIII. Participar en el proceso de programación y elaboración de] anteproyecto del presupuesto de la Comisión con los responsablesde las Unidades Administrativas a su cargo: y

XI\'. Las dcmás que le asigne el Director General.

ARTíCl1l,O 21. ],a Dirección de Administración. tendrá las atribuciones especificas siguientes:

1. Coordinar. supervisar y vigilar la elaboración y eJercIcIo de los presupuestos de lIlgresos y egresos, así como su registrocontable:

11. Coordinar. supervisar y vigilar el correcto manejo de los bienes muebles e inmuebles propiedad o en legal posesión de laComisión;

111. Coordinar, supcrvisar y vigilar el corrccto control de los recursos humanos:

IV. Dirigir. administrar y operar los recursos materiales y financieros de la Comisión:

V. Ap[icar las políticas. normas. bases y especificaciones. para la administración de aspectos financieros:

VI. Determinar con la Dirección Técnica. la formulación de planes. programas y presupuestos. así como la asignación de susrecursos:

VII. Verificar los estados financieros de [a Comisión;

VIII. Tramitar las inversiones autorizadas. para la ejecución de los programas federales y estatales:

IX. Comprobar el ejcrcicio tinanciero dc las obras ejcclIladas y programas operativo::;;

X. Administrar los servicios generales que se nccesitan para ]a limpieza. seguridad de locales. correspondencia. archivo.lllantcnimicnto, adaptaciÓn de edificios, tallen:s y demÚs que se requieran;

XI. r.•.lanlencr actualizado el inventario general de bienes llluebles e inmuebles. propiedad de la Comisión;

XI L Proporcionar con oportunidad y eticiencia. los scrvicios administrativos necesarios, para e[ [ogro eficaz de los programassustantivos a cargo de la Comisión:

XIII. Impkmentar y operar los procedimientos técnico-contables, de conl(mnidad con [os lineamientos establecidos y conforme [anonnatividad vigente:

XIV. Establecer y vigilar [a observancia de las normas sobre contratación. desarrollo y mejoramiento del personal:

XV. Implantar medidas tendientes a detectar. prevenir y resolver irregularidades del personal en sus funciones;

XVI. Tramitar las adquisiciones y controlar el almacenamiento de tos bienes. el mobiliario y el equipo que autorice la DirecciónGeneral, de acuerdo a las normas y linemni.:ntos estableciLlos:

XVII. Cumplir, actualizar y supervisar la aplicación de [as disposiciones legales relativas a las relacioncs lalxlralcs, encoordinación con la Coordinación Jurídica;

XVIII. Llevar el control contable y presupuesta[ de tos convenios y contratos que. en materia de obras y servicios suscriba oparticipe la Comisión;

XIX. Elaborar registros y/o dictámenes contables en el que resulten daños, perJUICIOS. afectaciones o quebratl(os a laComisión:

XX. Proporcionar la información requerida por la Dirección General. para la toma de decisiones: y.

XXI. Las demás que [e asigne el Director General.

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10 PERIODICO OFICIAL viernes 3 de iulio de 2009CAPíTULO VI

DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS COORDINACIONES

AH.TíClJLO 22. La Coordinación de Cultura del Agua y Programas Sociales. estará adscrita a la Dirección General y lecorrespondera el ejercicio de las siguientes atribuciones:

1. Diseñar, imp1cmclltar y promover una Nueva Cultura del Agua en el Estado de Coahuila;

11. Colaborar y participar permanentemente con los tres ordenes de Gobierno y con la sociedad en general en la aplicación deacciones orientadas al impulso de una Nueva Cultura dd Agua;

111. Elaborar. revisar. ejecutar e imp1cmcntar las Reglas de Operación de los diferentes programas sociales que se implcmcntcn enla Comisión;

IV. Proponcr al Director General y en su caso ejecutar los programas sociales tendicntes a implcmenlar una nueva cultura delagua;

V. Integrar y resguardar los expedientes en cumplimiento a [as Reglas de Operación de los Programas Sociales.

VI. E[aborar anualmente el programa de inversión de los programas relacionados con los Espacios de Cultura del Agua.

VII. Implemenlar campañas mediáticas pennanentes diseñadas para cumplir con la difusión de los diferentes temas relacionadoscon tln<l Nucva Cultur<l de] Agua;

VIII. Recopilar de las diferentes áreas y resumir las publicaciones sobre las funciones de la ComisiÓn que sean difundidas en losmedios de comunicación previo acuerdo con la Dirección General de Comunicación Socia] del Gobierno del Estado;

1\. Valorar y transmitir las publicaciones que por su importancia y trasccndencia deban conocer los funcionarios competentes;

X. Organi7,ar. recopilar fotografías. memorias y loda la información relacionad¡l con los eventos culturales. sociales. de difusión delas labores propias de la Comisión y todas aquellas que tengan relación directa con [as diferentes areas de la Comisión y encualquier otro acto en donde se difunda e] valor dd agua;

XI. Revisar [a elaboración de 105 directorios de personal de los tres órdenes de gobierno, asociaciones y cualquier organizaciónoficia] o de ]a iniciativa privada que esté relacionada con el tcma del agua cn condiciones normales y de emergencia;

XII. Elaborar en coordinación con las gerencia" correspondientes; los Proyectos Ejecutivos. Construcción. Arranque, Puesta cnMarcha. así como Operación y ;\Iantenimiento de Plantas Potabilizadoras; y

XIII. Las demás que le asigne el Director General.

ARTíCULO 23. La Coordinación de Administración. estará adscrita a la Dirección de AdministraciÓn y tcndrá las atribucionessiguientes:

1. Coordinar y supervisar la elaboración y ejercicio de los presupueslos de ingresos y egresos. así como su rcgistro contable;

11. Coordinar. supervIsar y vigilar e[ correcto manejo de los bienes muebles e inmuebles propiedad o en ]egal posesión de laComisión:

111. Coordinar. supervisar y vigilar el correCto control de los rt:Cursos humanos:

IV. Administrar y operar los rccursos materiales y financieros de la Comisión;

V. Veriticar los estados tinancieros de[ organismo cstalal y dc los sistemas municipalcs de agua con quien se tenga convenio;

VI. Administrar los servicios generales que se necesitan para ]a limpieLa, seguridad de locaks, correspondencia, archivo,mantenimiento. adaptación de edificios, talkres y demás que se requieran;

VII. t-.tantcner actualizado el inventario genera] de bienes mut.:bles e inmuebles. propiedad o en posesión de la Comisión;

VIII. Implemcntar y operar los procedimientos técnico-contables. de conlormidad con los lineamicntos cstablecidos por ]aSecretaría de Finanzas;

IX. Establecer la observancia de las normas sobre contratación, desarrollo y mcjoramiento del personal;

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viernes 3 de julio de 2009 ""RIODICO OFICIAL I1X. Realizar las adquisiciones. el almacenamiento de los bienes. el mobiliario y el equipo que autorice la Dirección General, deacuerdo a las normas y lincamicntos establecidos por la,> instituciones competentes:

XI. Cumplir. actualizar y supervisar la aplicaciÓn de las disposiciones legales relativa" a las relaciones laborales. en coordinacióncon el área Jurídica:

XII. Proporcionar la información requerida por la Dirección Administrativa. para la toma de decisiones: y.

XIII. Las demás quc le asignc su superior jerárquico y/o el Director General.

AH.TíCllLO 2.t. La Coordinación de Concursos y Contratos. estará adscrita a la Dirección General y le corresponderá el ejerciciotic las siguientes <ltribuciones:

1. Conformar el Comité Interno de Adjudicación de Obra y de Adquisiciones:

11. Aplicar la normatividad vigente y aplicable en lo referente a obra pÚblica y adquisiciones:

111. Elahoración de bases y captura en el sistema Compra neto y publicar las convocatorias:

IV. Ejecutar la venta de bases de concursos:

V. Llevar a cabo los procesos de apertura y evaluación de propuestas:

VI. Presentar las propuestas para su validación al Comité de Obra PÚblica Estatal y determinaciÓn del fallo;

VII. Elaborar los contratos de obra, con base en la legislación vigente aplicable:

VIII. Registrar y controlar el avance ellla contrataciÓn de obra propuesta en el anexo técnico anual:

IX. Resguardar la documentaciÓn e información relacionada con licitaciones. contratos y entrega de obras; y.

X. Las demás que le asigne el Director General.

ARTíClH .•O 25. La Coordinación de Inversión. estará adscrita a la Dirección de Administración y tendrá las atribucionessiguientes:

L Verificar los montos económicos de las obras pÚblicas. y rendir informe a Sll superior del estado financiero de lasmIsmas;

11. Elaborar el reporte mensual a las distintas entidades pÚblicas de recursos radicados)' ejercidos:

111. Validar anle [a Sccret¡lria de Finanzas los montos ejercidos y avances tlsico y financiero:

IV. Tramitar los pagos de [as aportaciones n1unicipale!> y convenios:

V. Tramitar las solicitudes de liberación de recursos para el pago a los contratistas:

VI. Tramitar ante la Secretaria de Finan:tlls. los cuadros comparativos de contratos para su aprobación;

VIL Solicitar ante la Secretaría de FinanZt'1s y t\.lunicipios.la!> ampliaciones prcsllpllestalcs de obras:

VIII. Registrar los convenios adicionales en el sistema de inversión para Sil aprohación:

IX. Conciliar los depósitos municipales de aportaciones para obras:

X. Solventar a la comraloría interna de la" observaciones de las allditorias realizadas:

XI. Tramitar ante la Secretaría de Finanzas el olicio de autorización y dar tramite al expediente técnico para su licitación:

XII. Dar seguimiento e imprimir [os oficios de autorizaciÓn y aprobaciÓn emitidos por la Secrelaría de Finan711s:

XIII. Conciliar la propuesta de inversión con la Secretaria de Finanzas: y

XIV. Las demás que le asigne su superior jerárquico ylo el Director General.

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12 I'ERIODICO OFICIALARTICULO 26. La Coordinación Jurídica. cstanl adscrita a la DirecciÓn Gt.'IH:ral y leatribuciones:

viernes 3 de julio de 2009corresponucrÚ el ejercicio de las siguientes

1. Representar legalmente a ]a Comisión, mediante la delegación de facultades o poder que le otorgue el Director General. previoautorización del Consejo Directivo;

11.Asesorar juridicamcnte a los servidores públicos de la Comisión en asuntos relacionados con sus áreas de trabajo;

111. Vigilar las relaciones laborales de los trabajadores con la Comisión;

IV. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas que norman el funcionamiento de la Comisión;

V. Fungir como enlace en los asuntos jurídicos de la Comisión con las áreas correspondientes de [a administración pública estatal yde las entidades paracstata[es del sector:

VI. Verificar que [as operaciones rea[izada .••por la Comisión se apeguen a normas y procedimientos administrativos;

VII. Efectuar estudios de derecho comparado relacionados con las atribuciones y fines de ésta Comisión. acordando con el DirectorGeneral. las conclusiones que puedan beneficiar los servicios prestados por la Comisión:

VIII. Formu[ar proyectos de iniciativa de ley. decretos. reglamentos. acuerdos. circulares y dcmás disposiciones de caráctergeneral. que considere necesarios para el mejor funcionamiento de [a Comisión, o que le proponga el Director General:

IX. Compilar las 1c:yes. reglamcntos. decretos. aCllerdos y demás disposiciones jurídicas relacionadas con el funcionamiento y conlos fines de la COIll isión, coadyuvando a mantener actual izado y apropiado el marco jurídico;

X. Elaborar o revisar los convenios. contratos. concesiones. permisos o autorizaciones que celebre y otorgue la Comisión ydeterminar sobre su interpretación. cumplimiento. terminación. nulidad. prescripción. caducidad o rescisión;

XI. Elaborar actas administrativas para hacer constar hechos de [os trabajadores de la Comisión. que infrinjan las normas laborales:

XII. Practicar inspecciones para verificar hl:chos o actos de terceros 'lile causen pe~illicio a [a ComisiÓn;

XIII. Asesorar jurídicamente a [os diversos organismos operadores de agua del Estado. a.••í como a los comités del agua, cuando lo requieran:

XI\'. Solicitar y obtener los servicios profesionales de peritos y/o de notarios cuando se requiera;

XV. ]ntcgrar y elaborar en coordinación con las Direcciones de área. [as actas elllas que la Comisión. entregue o reciba bienes:

XVI. Certificar documentos propios de la Comisión. previo acuerdo de] Director Gcnera[;

XVII. Resguardar e[ archivo histórico legal de la Comisión:

XVIII. Otorgar cursos de capacitación sobre la aplicación de la normativa a los funcionarios de [a Comisión; y.

XIX. Las demás que [e encomiende el Oirector General.

CAPiTULO VIIHE LAS ATRlllliCIONES HE LAS GERENCIAS

ARTÍCllLO 27. La Gerencia dc Recursos Fin<Hlcieros ejercerá las atribucionc:s que se indican. bajo la validación de [aCoordinación de Administración a la clla] estará adscrita.

1. Elaborar los anteproyeetos de prcsupucstos de ingresos y egresos así como en su oportunidad Sll registro de su ejercicio:

11. Observar las disposiciones apl icables para la administración financiera:

111. Llevar a cabo e[ ejercicio de[ control presupucsta!;

IV. Verificar qlle [a solicitud de pagos cumplan con la normatividad aplicable;

V. Llevar el control de clIenta<; bancarias:

VI. Determinar la asignación de viáticos al personal de [a Comísión;

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viernes 3 de julio de 2009 PERIODICO OFICIALVII. Administrar la operación del fondo rcvolvcnlc:

VIII. Emitir los reportes Illcnsuales del sistema contable y presupuestal:

IX. Identificar y registrar en la contabilidad los ingrcsos y cgresos de la Comisión;

X. Elaborar y conciliar la cuenta pÚblica: y

XI. Las demas que le encomiende su superior jcnirquico y/o el Director General.

13

ARTíCULO 28. La GerCllcia de Recursos rY'latcrialcs ejercerá las atribuciones que se indican. bajo la validación de laCoordinación de Administración a la cual estara adscrita.

1. Suministrar los recursos materiales y servicios generales a las unidades de la Comisión;

11. Controlar y verificar los bienes. muebles e inmuebles propiedad o en legal posesión de la Comisión;

111. Controlar y vcrificar la operación y mantenimiento del parque vehicular propiedad o en posesión de la Comisión;

IV. Controlar los inventarias de recursos materiales de almacenes:

V. Suministrar y controlar los combustibles y lubricantes de equipo y maquinaria perteneciente a la Comisión:

VI. Gestionar para que se realice por parte del funcionario autorizado la contratación de los servicios de mantenimiento preventivoy correctivo de equipo. maquinaria y vehículos:

VII. Gestionar para que s~ realice por p,lrte del funcionario autori7.ado la contratación de los servicios de seguro sobre bicnesmuebles e inmueblt:s:

VIII. Tramitar ante la Gerencia de Recursos Financieros el pago de obligaciones fiscales de los activos propiedad de laComisión:

IX. Gestionar para que se realice por parte del funcionario autorizado la contratación de servicios bÚsicos para la infraestructura dela Comisión:

X. Gestionar para que se realice por parte (h:l funcionario autorizado la contrataciÓn de serVICIOS de medios impresos yelectrónicos:

Xl. Gestionar para que sc realice por parte del funcionario autorizado la contratación de servicios promociónales de los programasde la ComisiÓn cn coordinación con las distintas áreas de la Comisión: y

XII. Las demas que le encomiende su superior jerárquico y/o el Director General.

ARTíCUl,O 29. La Gerencia de Recursos Ilumanos ejercerá las atribuciones que se indican. bajo la validaciÓn de la Coordinaciónde AdministraciÓn a la cllal estará adscrita.

1. Validar y operar altas y bajas de personal de la Comisión:

11. Elaborar los nombramientos y ejecutar las adscripciones dcl personal de la Comisión que determine el Director General:

111. Gestionar para que se rcalice por parte del funcionario autorizado la contrataciÓn de los servicios de seguros de personal:

IV. Tramitar los pagos de finiquitas. adeudas y convenios autori;r.ados por la Coordinación Juridica del personal de la ComisiÓn;

V. Ordenar y hacer efectivos las deducciones salariales a los trabajadores por inasistcncias. préstamos. convcnios y resolucionesjudiciales:

VI. Efectll<lr trámites de alta. baja y seguilll icnto a incapacidades médicas ante las instituciones de asistencia médica y social;

VII. Realizar los trámiles de pensión y jubilación ante las instancias legales correspondientes:

VIII. Recibir. formar y administrar los expedientes del personal de la Comisión;

IX. Tramitar las prestaciones laborales para el personal de la Comisión:

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14 PERIODICO OFICIAL viernes 3 de julio de 2009X. Tramitar ante la Coordinación Administrativa los recursos para la operación de nÓmina;

XI. Tramitar las prestaciones adicionales al salario:

XII. Proponer cursos de capacitación y actualización para el personal de la Comisión;

XIII. Cumplir. actualizar y supervisar la aplicación de las disposiciones legales relativas a las relacioncs laborales conjuntamentecon la CoordinaciÓn Jurídica;

XI\'. Presidir el comité de prolt:cción ci,,·il interno de la Comisión; y

XV. Las dermis que le encomiende su superior jerárquico ylo el Director General.

ARTíCULO 30. La Gerencia de Atención Comunitaria. estará adscrita a la Dirección Técnica y tendrá las atribuciones siguientes:

l. Vigilar el cumplimiento de las reglas de operación de los programas federales dc construcción dc obras dc agua potable yalcantarillado en zonas rurales. desde la planeación hasta el cierre del ejercicio, incluyendo informes semanales y mensuales;

11.Coordinar la formación y seguimiento de los comités de la contraloria social que se integran por los propios beneficiarios de lasobras y tienen por objeto vigilar las obras publicas y fungir como enlace con la Comisión Nacional del Agua y la Secretaria dc laFunción Pública Estatal:

111. Scr enlace. en coordinación con la Contraloría Interna. para dar cumplimiento a las auditoria<; de la'>obras publicas en lascomunidades rurales;

IV. Participar en las brigadas comunitarias que organice el Gobierno del Est<tdoa través de sus distintas dependenci<ts para recibirpeticiones. solicitudes, qucjas, requerimientos o gestorías relacionadas con el sistema de agua. drenaje y saneamiento;

V. Elaborar diagnósticos en las comunidades rurales para veri ficar las solicitudes planteadas. y presentar posibles soluciones:

VI. Reprcsentar al Director Técnico y al Director General en reuniones con representantes de comunidades rurales a invitaciónexpresa con asuntos relacionados c(ln la ComisiÓn;

VII. Gestionar ante las unidades administrativas y previo acuerdo con el Director General, con la Gerencias correspondientes. lasnecesidades de inversiÓn que resulten del componente dd desarrollo institucional emanado de los programas:

VIII. Elaborar los expedientes técnicos de los programas de atención social y desarrollo institucional y gestionar su validación antelas dependcncias federales y estatales según sca el caso:

IX. Informar a la Dirección Técnica de la ('omisiÓn. los indicadores de gestión;

X. Informar a la DirecciÓn Técnica en forma periódica de las actividades relacionadas con la atención social:

XI. Atender los asuntos de su competencia. coordinado con las unidades <tdministrativas de la Comisión que tengan correlación enla tarea:

XII. Realizar la'> tareas. funciones y/o comisiones que le sean encomendadas por Sll superior jcrárquico inmediato ylo por elDirector General: y

XIII. Las demás qUl;~le asigne Sll superior j¡,,'rÚrquicoy/o el Dirt:clor General.

ARTíClILO 31. La Gerencia de Concesiones, estará aJscrita a la DirecciÓn Técnica y tendrÚ las atribuciones siguientes:

1. Registrar ta información técnica y financiera. gcnerada por las concesiones de las Plantas de Tratamiento de Aguas Rcsidualcsotorgadas por el Estado a través de la Comisión a particularcs o instituciones públicas:

11. Delerminar los montos L1ecobro por la vcnta de agua tratada. residual y subterránea; en su caso d pago previamcnte acordado.por la operación e infraestructura de las plantas tratadoras de aguas residual es;

111.Proveer de infonnación de las instituciones de crédilo pÚblico y privado que ofre:lcan. operen y administren financieramenteobras de infraestructura en maleria de agua potable. drenaje. alcantarillado y saneamiento;

IV. Dcterminur conjuntamente con la Dirección Administrativa los derechos por extracción de los aprovechamientos de agua que lanormatividad determina de los que sea titular la Comisión:

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viernes 3 de julio de 2009 PERIODICO OFICIALV. Informar a la Dirección Técnica de la Comisión. los indicadores dc gestión:

VI. Informar a]a Dirección Técnica en forma periódica de las actividades relacionadas con la atención social:

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VII. Atender los asuntos ·de Sll competencia, coordinado con las unidades administrativas de esta Comisión que tengan correlaciónen la tarca;

VIII. Realizar las demás tareas. funciones y/o comisiones que le sean encomendadas por su superior jerárquico inmediato y por elDirector General.

ARTicULO 32. La Gerencia de Geología. estará adscrita a la Dirección Técnica y tendrá las atribuciones siguientes:

l. Recibir las solicitudes de estudios gcohidrológicos, de las instituciones '110 dependencias Pllblicas así como de las diferentesunidades administrativas de la Comisión;

11. Verificar. evaluar y dictaminar los estudios geohidrológicos solicitados informando a la Dirección Técnica para determinar lafactibilidad;

111.Integrar el expediente técnico correspondiente. revisaclo por la Dirección Técnica;

IV. Brindar apoyo técnico a las diferentes gerencias;

V. Supervisar la ejecución de [as obras de perforación de pozos profundos para la extracción de agua potabk' en coordinación conla Gerencia de Obras:

VI. Rcvisar y autorizar las estimaciones de avance y conclusión de las obras contratadas;

VII. Participar en representación de [a Comisión en los Comités Técnicos de Aguas SubterrÚneas:

VIII. Observar e informar sobre la evolución de las fuentes de abastecimiento de agua potable;

IX. Informar a la Dirección Técnica de la Comisión. los indicadores de gestión;

X. Atender los asuntos de su competencia. coordinado con las unidades administrativas de esta Comisión que tengan correlación en[a tarea; y

XI. Las dcmás que le asigne su superior jerarquico ylo el Director General.

ARTÍCULO 33. LfIGerencia de Proyectos. estara adscrita a la Dirección Teeniea y tendrá las atribuciones siguientes:

1. Recibir las solicitudes para estudios de obras de infraestructura de agua potable, drenaje y alcantarillado. de las instituciones ylodependencias pÚblicas, así como de las diferentes llllidades administrativas de la ComisiÓn:

11. Realizar los estudios y dictamirmr los proyectos para [a integraciÓn del expediente técnico para las obras, con hase en lanormatividad vigente:

111. Revisar y en su caso someter a validación los expedientes técnicos de las obras de agua potable. drenaje, alcantarillado ysaneamiento y aquellos que tengan que ver con la operación de los organismos operadores e instituciones pÚblicas relacionadas conla prestación del servicio del agua qtle remiten las distintas entidades pÚblicas;

l\'. Generar opinión tccnica cuando esta sea solicitada por alguna institución pÚblica de los diferentes órdenes de gobiernorelacionados con proyectos u ohras de agua potable. drenaje. alcantarillado y saneamiento:

V. Vigilar lo normativo de los programas fe(1t:ralesy estatales. excluyendo los proyectos especiales;

VI. Fungir como enlace con la,:>Coordinaciones y Gerencias de la Comisión para la integración de las plataformas de los programasanuales de obras de inlraestructuras del plan director estatal hidráulico:

VII. Informar a [a DirecciÓn Administrativa de los expedientes tccnicos validados y concertados con los IlHIIllClpl0Syloorganismos operadores. para el proceso de solicitud de oficio de aprobación ante [a Dependencia que corresponda;)'

VIII. Las demás que ]e encomiende su superior jerárquico ylo el Director General.

ARTÍCULO 34. La Gerencia de Agua Limpia y Saneamiento. estará adscrita a la Dirección Técnica y tendra [asatribuciones siguientes:

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161. Elaborar los términos de referencia para losde Coahuila:

I'ERIODICO OFICIAL viernes 3 de julio de 2009Proyectos Ejecutivo,,", de la Plantas de Tratamiento de Aguas Rcsidualcs en el Estado

11. Elaborar en coordinación con las gerencias correspondientes: los Proyectos Ejecutivos, Construcción, Arranquc, Puesta enMarcha, Operación y ~lantcn¡lll¡ento de Plantas de Tratamiento de Aguas Rcsidualcs. Sistemas de Cloración; y/o en Sil casosupervisar aquellos proyectos que sean elaborados bajo la modalidad de contrato a particulares. dando ClIenta de todo esto a [aDirección Técnica y a las unidades administrativas relacionadas con estos procesos:

111. Rcali/.ar aforos, mucstreos y caracterización de aguas rcsidllalcs en los Sistemas de Alcantarillado dt: difcrentas localidades delEstado de Coahuila;

IV. Controlar y vigilar los compromisos contraídos por la Comisión en la parte operativa. derivados de los distintos convenios quetengan relación con Plantas de Tratamiento de Agua Residual y sus obras complementarias;

V. Operar. conser\'ar y dar mantenimiento a las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales que opere la Comisión:

VI. Estahlecer sistemas de vcrilicación ambiental y monitoreos. a través de la Implelllentación del Proceso de Normatividad.así mismo determinar los requisitos para la instalación de sisicm¡ls de tratamiento que deben observar quienes generandescargas a los sistemas de drenaje. para la prevención y control de la contaminación de las descargas de aguas residuales enlos alcantarillados;

VII. Informar a quien lo solicite sobre las tarifas de nOnllatividad para el tratamiento de las aguas residualcs:

VIII. Elaborar los Proyectos Ejecutivos de Infraestructura de Desinfección, Protección de fuentes de abastecimiento. casetas dec1oración. equipos de Illonitoreo e insulllos;

IX. Asesorar en los procesos de construcción, supervisión y st:guimiento de las obras de los programas de potabilización del agua:

X. Dirigir bajo su responsabilidad los monitoreos de cloro residual en los 3& municipios del Estado de Coahuila:

XI. Elaborar en coordinación con las Gerencias correspondientes los proyectos ejecutivos de infraestructura de plantaspuri ficadoras de agua dentro de los programas Federales y Estatales;

XII. Monitorear las plantas purificadoras de agua cuando1c requieran;

XIII. Realizar investigaciones en materia de saneamiento yagua limpia en coordinación con instituciones educativas cuando searequerido: y

XI\'. Las demÚs que le encomiende su superior jcrárquico y/o clLJircctor General.

ARTíCULO 35. La Gerencia de I'laneaeión Técnica, t'stará adscrita a la Dirección Técnica y tendrá las <ltribuciones siguicntes:

l. Parlicipar COIl las Coordinaciones y Gerencias cn el desarrollo de acciones ue plancación y conccrtación de programas yconct:ptos de inversión de infraestructura de agua potable, alcantarillado y saneamiento:

11. Recopilar. analizar. integrar y difundir los datos estadísticos del sector de agua potable, alcantarillado y saneamiento;

111. Recopilar t' integrar la información para el Sistema Estatal de Información del Agua Potable. Alcantarillado)' Saneamiento:

IV. Particirar en el comité técnico regionul de estadistica y de información geográfica dd sistema estatal de informaciÓn(CTREIG);

V. Participar en las accioncs de protección civil que se requiera en forma preventiva y opinar cn la elahoración del atlas de riesgosde Coahuila, asi como colaborar en las medidas ante desastres naturales relacionados con el sector del agua:

VI. Proponcr todo lo relativo a la integraciÓn del programa estatal hidráulico:

VII. Participar el1 los consejos. comisiones, comités dc cuenca y comités técnicos de agua subterránea e informar a su superiorjerÚrquico inmediato y a la DirecciÓn General de los asuntos tratados;

VIII. Emitir opinión y en su caso coordinarse con las gerencias correspondientes en la elaboración y presentación de proyectosespeciales; y

IX. Las demás que le encomiendc su superior jerárquico y/o el Director General.

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viernes 3 de julio de 2009 PERIODICO OFICIALARTICULO 36. La Gerencia de Obras. estará adscrita a la Dirección Técnica y tendrá las atribuciones siguientes:

17

1. Dirigir. coordinar y controlar todas las acciones de la Comisión en la ejecución de ooras de agua potable, alcantarillado ysaneamiento;

11. Coordinar con la Gerencia de Planeación, la fonnulación de los planes y programas de trabajo y de obras, de acuerdo con [ademanda de servicios y la disponibilidad de recursos financieros. materiales y humanos:

111.Establecer las políticas normativas del área vigilando que se cumplan las metas'! objetivos establecidos:

IV. Hacer cumplir las normas y especificaciones oficiales vigentes, para la ejecución de las obras de água potable, alcantarilladosanitario y saneamiento:

v. Coordinar con la Dirección de Administración el adecuado suministro de recursos materiales, humanos y financieros;

VI. Realizar visitas de supervisión a la construcción de las obras de agua potable. alcantarillado y tratamiento de aguas;

VII. Participar en reuniones de trabajo con las dependencias federales, estatales o municipales, a efecto de establecer acucrdos ocoordinación de accioncs, previo acuerdo con el Director Técnico cn relación a las obras publicas en ejecución;

VIII. Elaborar e intervenir en los conceptos relativos a la construcción de obras de agua potable, alcantarillado y saneamiento asícomo en los contratos quc al respecto se celebren y en los trabajos que se realicen por administración;

IX. Informar periódicamente al Director Técnico sobre los logros de las actividades de su compctcncia cn el plazo y término queaquclle señale o estén programadas;

x. Atender las comisiones especiales que así le designe el Director Técnico ylo Director General;

XI. Informar periódicamente a la Dirección Técnica, sobre los avances en la ejecución de obras que estén a su cargo. para sucorrespondiente evaluación:

XII. Informar a]a Dirección Técnica sobra la conclusión o terminación de las obras de su responsabilidad: y

XIII. Las demás que le encomiende su superior jerárquico y/o el Director General.

ARTíCULO 37. La Gerencia de Fortalecimiento a Municipios y Organismos Operadores, estará adscrita a la DirecciÓn Técnica ytendrá las atribuciones siguientes:

1. Asesorar y asistir técnica y operativamente a los municipios y organismos operadores dc agua en el Estado con el apoyo de lasgcreneias de la Comisión:

11. Recopilar de las autoridades municipales y/o organismos operadores las necesidades de infraestructura para incorporarse en losprogramas de obra; dando cuenta de 10anterior a la Dirección Tccnica para Sll dictamen;

111. Elaborar e integrar los anexos técnicos y de ejecución de la propuesta anual de los programas de obra estatal. federal )'/0

conjunta:

IV. Elaborar e integrar tos anexos modificatorios y solicitar a las unidadcs administrativas correspondientes los traspasos y cierresde ejercicio de los programas de obra cstatal, federal y/o conjullta:

V. Participar con su superior jerárquico inmediato y con el Director General en la formulación de propuestas de obras, conjuntasentre el estado. municipios y/o organismos operadores: y

VI. Las demas que le encomiende su superior jerárquico y/o el Director General.

ARTíCULO 38. La Gerencia de Proyectos Especi¡llcs. estará ad::.critaa la Dirección Tccnica y tcndrÚ las atribuciones siguientes:

1. Elaborar proyectos de agua potable, alcantarillado y saneamiento de acuerdo a la normatividad vigente en matcria deestudios y proyectos a fin de que se cumpla con las especificaciones tecnicas que se tienen para la construcción de este tipode obras:

11. Elaborar los expedientes técnicos realizando una mcmoria descriptiva del proyecto. presupuesto. cálculo. diagrama detlujos. gcncradores dc obra. programa de trabajo para que se realicen los trámites normativos ante las instancias quecorrespondan:

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1S PERIOD1CO OFICIAL viernes 3 de julio de 2009111. Sllp~rvisnr las obras verificando que el contratista cumpla con las especificaciones presupuestales y técnicas que tienen lasobras_ elaborando generadores de obra. reportes cuadros comparativos y estimaciones para que la obra ya tenninada no tengadefectos o vicios ocultos y funcione como fue proyectada:

IV. Revisar y analizar los expedientes técnicos de agua potable y alcantarillado sanitario que elaboran los municipios del Estado_ sufactibilidad. normatividad técnica y opcraliva y en Sll caso su validación:

V. Elaborar cartas de I"actibilidad y oficios de aprobaciÓn de l:xpedicntcs técnicos de fraccionamit'ntos habitacionales, industriales oedificaciones pÚblicas () pri\'adas que requieran agua potable y alcantarillado sanitario:

VI. Asesorar a los organismos operadores de agua potable y alcantarillado sanitario existentes en e] Estado. en Sll operación.conservación y mantenimiento para cumplir con los objetivos que tiene ]a Comisión:

VII. Las demás que k' encomiende su superior jerárquico ylo el Director General.

ARTíClJLO 39. La Gerencia Jurídica Contenciosa, estará adscrita a la Coordinación Jurídica y le corrcsponder:} el ejercicio de lassiguicntes atribuciones:

1. Atcnder las situaciones legales que su~jan de las relaciones jurídico-laborales de la Comisión:

11. Sustanciar las actas administrativas en contra de los trabajadores de la Comisión. que infrinjan las normas laborales, prevIOacuerdo con el Coordinador Jurídico:

111. Sustanciar [os procedimientos administrativos de responsabilidad en contra de los funcionarios y empleados de laComisión:

IV. Promover hasta SlI conclusión los procedimicntos administrativos de rescisión. tcr~linación anticipada de los contratos de obraylo adquisición quc celebre la Comisión. segÚn la normativa aplicable vigente:

V. Elaborar las dcmandas. denuncias y todo tipo de acción legal y seguimiento de las mismas ante las autoridades judicialcs.administrativas o dd trabajo;

VI. Ejecutar las tianzas que estén a favor de la ComisiÓn ante las instancias que r.:orresponJan: y

\'11. Las demás que le encomiende Sll superior jerárquico y/o e] Director General.

ARTíctlLO -40.La Gerencia Juridica Consultiva. estará adscrita a la Coordinación Jurídir.:a y ]e corresponderá el ejercicio de lassiguienlcs atribuciones:

1. Asesorar jurídicamente a los scrviJores pÚblicos de la ComisiÓn en asuntos relacionados con sus áreas de trab'lio:

11. Impartir criterios de interpretación para la aplicación de las disposiciones jurídicas que nor01an el funcionamiento Je ]aCom isión:

111. Fungir corno enlace en los asuntos jurídicos de la Comisión con las áreas correspondientes de la adm inistración pÚblica local yde las entidades paraestatales del sector:

IV. Concertar los convenios y acuerdos de coordinación que celebn: ]a Comisión en la matcri,1 de su competencia con lasautoridatl.:s federales y municipales:

V. Participar en la elaboración de ,mteproyectos y proyectos de estatutos y reglamentos internos que deban regir a laComisión:

VI. Formular proyectos de iniciativa de ley o decrctos, así corno los proyectos de reglamentos. acuerdos, circulares y demÚsdisposiciones de carácter general. que propongan las unidades administrativas de la Comisión;

VII. Compilar las leyes, reglamentos. decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas relacionadas con e] funcionamiento y conlos fines de la Comisión, coadyuv<lndo a mantener actualiz.ado y apropiado el marco jurídico del Estado:

VIII. Elaborar convenios. contratos. concesiones, permisos o autori •....aciones que celebre y otorgue la Comisión de aellerdo a lasdisposiciones ]egalcs aplicables: y determinar sobre su interpretación. cumplimiento. terminación, nulidad. prescripción. caducidado rescisión: y,

IX. Las demás que le encomicnde Sll superior jerárquico ylo el Director Genera].

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viernes 3 de iulio de 2009 PERIODICO OFICIALCAPíTULO VIII

IlE LAS ATRIIlUCIONES IlE LAS UNIIlAIlESAIlMINISTRATlVAS IlE LA I>lRECCIÓN GI:NERAL

19

ARTíClll,O -11.r\ la Secretaría Particular, le corresponderá el ejercicio de las siguientes atribucioncs:

1. Recibir. controlar y proponer al Director General los asuntos relacionados con ]a agenda. así como llevar el contra] y supervisiónde los asuntos. citas y compromisos adquiridos:

11.Operar laoficialia de partcs de la Comisión:

111.Coordinar y supervisar los eventos oficiales de] Director General:

IV. Ordenar, turnar y distribuir la correspondencia a las diferentcs áreas de la Comisión ylo dependencias oliciales y privadas:

V. Comunicar las instrucciones del Dircctor Genera]. a los titulares de las unidades administrativas de la Comisión y darseguimiento al cumplimiento:

VI. Recabar de las distintas unidades administrativas. informes. expedientes ylo documentos que tengan que ver con acuerdos y/oresoluciones de la DirecciÓn General:

VIL Atcnder a nombre del Director Gencral. al público quc acuda a solicitar información y reali¡r,artrámites:

VII. Recibir. turnar y remitir los oficios o comunicados ~ue deban estar suscritos por el Director Genera]: y

IX. Las demás que le encomil'nde el Director General.

ARTíCllLO -12. A la Secrelaria Tecnica.lc corresponderá el cjercicio de las siguientes atribuciones:

1. Participar eOIl las Direcciones Técnica y Administrativa. Coordinaciones y Gerencias en la integración de los informes deresultados para Sil incorporación al informe de Gobierno del Estado:

11.Coordinar y dar seguimicnto a las instrucciones emitidas por la Dirección C;eneral:

111. Coordinar con las áreas el seguimiento y evaluación de las acciones establecidas t~11 los programas que se ejecutananualmellte:

IV. Proponer a] Director GeneraL asuntos de importancia labora] y administrativa que permitan el buen fUllcionamiento de laComisión:

V. Elaborar. revisar y presentar al Director General. los cuadcrnillos de las reuniones de Consejo Directivo. así mismo los avancesde los acuerdos que se tomen en la" sesiones:

VI. Verificar que los nombramicntos de los miembros titulares y suplentes del Consejo Directivo estén acreditados por lasdependencias correspondientes:

VII. Proponer al Director Gencrallos cambios de estructura orgánica para el buen funcionamiento de la Comisión:

VIII. Ana]izar y emitir conjuntamente con las áreas de la Comisión. propuestas o sugerencias al Director General. sobre losProgramas de Agua Potable. Alcantarillado y Sancamiento y acciones dI; la ComisiÓn y los organismos operadoresmunicipales;

IX. Verificar que el diseño del Sistema Estatal de Información de los Servicios PÚblicos opere de acuerdo a indicadores de laComisión y conlirmar la veracidad de los datos que los organismos operadores proporcionen:

X. Verificar que la Comisión. supervise la ejecución de los conv(.'nios celebrados con los sectores social y privado para laprcstación de los servicios pÚblicos:

XL Supervisar la Unidad de Transparencia y Acceso a ]a InformaciÓn PÚblica y mantener actualizada la pagllla web de laComisión:

XII. Tramitar ante las instancias que correspondan los permisos que se requieran para las obras públicas que ejecute la Comisión: y

XIII. L.asdemás que le encomiende el Director General.

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20 PERIODICO OFICIAL viernes 3 de julio de 2009Para el debido cumplimiento de SIIS atribuciones el Secretario Técnico, podr{1 auxiliarse del personallécnico y administrativo qucrequiera. con la aprobación del Director General.

CAI)íTULO IXun CO:-iTRALOR INTERNO

AH.TíCULO ·0. De confonnidad a lo dispLlesto en la Ley Orgánica de la Administración PÚblica del Estado de Coahuila. lasacciones de vigilancia y conlrrd de la Comisión. competen a la Secretaría de la Función PÚblic" del Estado y serán ejercidas por unContraIor Interno.

ARTíCULO 4 ..L El Contralor Interno. serÚ designado y removido por el Secretario de la Función PÚblica del Estado.

ARTíCULO 45. El Contralor Interno. tendrá a su cargo las atribuciones siguientes:

l. Dictaminar sobre los estados financieros de la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila;

11. Rendir opinión técnica sobn: la estructura org¡ínica. normatividad interna y esquemas de la ComisiÓn;

111. Ejercer las atribuciones de control guhernamental. de canicter preventivo y correcti ..•..o en la Comisión;

IV. Vigilar que la administración de los recursos se haga de acuerdo con 10 que disponga la [egislación de la materia. los programasy presupuestos aprobados;

V. Practicar <luditorias sobre los estados financieros y las de carácter técnico administrativo a[ término del ejercicio o antes. si asi [oconsi<.lcra convcnientc:

VI. Presentar informes respecto <.lelos resulta<.los <.le[as acciones practicadas en cumplimiento de su responsabilidad a la Secretaria<.lela Función Pública y al Director Genera] de [a Comisión;

VII. Verificar e[ cumplimiento de las obligaciones fiscales de la ComisiÓn;

VIII. Vigilar en cualquier ticmpo las operaciones de la ComisiÓn;

IX. Vigilar el cumplimiento de las normas y técnicas a las que debe sujetarse la Comisión;

X. Verificar en el ámbito de su competencia la observancia de las disposiciones lega]es por parte de los servi<.lores públicos <.lelaComisión; y

XI. Las demás que le confiera el Sccrctrlrio de]a FunciÓn PÚblica del Estado y otros ordenamientosjurídicos aplicables.

Para el debido cumplimiento de SllS alribllciones el Contra[or Interno, se podrá auxiliar de] pl:rsonal técnico y a<.lrninistrativo querequiera de la Comisión, con la aprobación del Director (¡enera!.

CAPiTULO XDE LAS S¡;SIO:-iES DEL CO:-iSE.IO ()JRECTIVO

ARTicULO ..J6. Las sesiones del Consejo Directivo podrán ser:

1. Ordinarias. mismas que habrán de celebrarse trimeslrallllente; y

11. E:-..traordinarias. cuando los aSllntos a tralar asi [o requieran a convocación de] Presidente del Consejo. <Id Secrdario Técnico o<.ledos o más Vocales.

ARTíCULO ..J7. Las sesiones serán convocadas y presididas por el Presidente y para que sean va] idas se requerini la asistencia de[cincuenta por ciento más uno de los integrantes del Consejo Directivo; [os aCllerdos y resoluciones se tornarán con el voto delcincLlenta por ciento más lino de los asistentes, e[ Presidente tendrá voto de calidad.

ARTíCULO ..J8. Las convocatorias a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo. conten<.lrim en c(l<.lacaso losiguiente;

1. La fecha y hora para la celebración de la sesión que tendrá lugar nonnalmente en las oficinas de la Comisión. sin pe~juicio de queexcepcionalmente se designe otro lugar: y

11. El proyecto del orden del dla respecto de los asuntos a tratarse en la sesión y un resumcn de los plintos a desarrollarse.

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viernes 3 de julio de 2009 PERIODICO OFICIAL 2 IARTICULO .tI), El Consejo Directivo podrá invitar a las sesiones con voz pero sin voto a representantes de lasdepend~ncias federales. estatales o municipales. clIando se trate algÚn asunto que por su competencia deban de conocer.

CAPITULO XIDE LA SUPLENCIA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

ARTÍCULO 50. Las ausencias temporales del Director General de la Comisión serán suplidas por el servidor pÚblicoque expresamente sea designado por el Consejo Directivo.

ARTíCULO 51. Las ausencias temporales de alguno de los Directores de Área. serán suplid;:L'i por el servidor pÚblicoque expresamente designe el Director General.

CAPiTULO XIIDE LAS RELACIONES LABORALES

ARTÍCULO 52. Las relaciones laborales entre la Comisión y su personal. se regirán por el Estatuto Jurídico para [osTrabajadores al Servicio del Estado.

CAPiTULO XIII))EL CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO

ARTÍCULO 53. Los Órganos de Gobierno, Administración, Direcciones, Coordinaciones y Gerencias. vigilarán en elámbito de Sll respectiva competencia, el cabal cumplimiento de los preceptos contenidos en el presente instrumentojurídico y de la Ley que rige a la Comisión. así como de los demás ordcnamicntos atines y aplicables.

CAPíTULO XIVDE LA APLICACiÓN DE SANCIONES

ARTÍCULO 5..•.Las faltas administrativas en que incurra el personal de [a ComisiÓn. serán sancionadas. de acuerdo alo previsto en las leyes de la materia. sin perjuicio de aplicarse los ordcnamientos que corrcspondan cuanclo el scrviclorpÚblico incurra cn hechos ilícitos durante su descmpcño. cargo o comisión.

ARTÍCULO 55. Las disposicioncs del presente Reglamento serán ap[icahles sin excepciÓn a todos los servidorespÚblicos adscritos a la ComisiÓn. y ell caso de alguna omisiÓn. infracciÓn o falta injustificada a las normas laborales. seaplicarán las [eyes de [a materia.

TRANSITORIOS

Primero. El presente Reglamento Interior entrará en vigor al día siguiente dc su publicaciÓn en el PeriÓdico Oficial delEstado dc Coahuila.

Segundo. Se abroga el Reglamento Interior dc la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento del Estado de Coahui[a,publicado en el PeriÓdico Olicial cid Estado N° 40 de fecha] 6 de Mayo del 2008.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones quc tengan similar o menor jerarquía que este Reglamento y que seopongan al mismo.

En Sesión Ordinaria del Consejo Directivo de la ComisiÓn Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila de fecha 23 deMarzo de 2009. en el acuerdo duodécimo: Se acuerda por unanimidad y se instruye al Director Genera[ [o rcmita a laSecretaría de Gobierno del Estado. para su publicaciÓn en el Periódico Oficia) y para los trámiles legales a que hayalugar.

ATENTAMENTE"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCiÓN"

IJIIU:CTOR (a:NERAL

LlC. FAUSTO IJESTENAVE KURI(RÚBRICA)