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SECRETARIA DE GOBIERNO y COORDINACION SUBSECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESPACHO DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL Editor : Dirección Boletín Oficial Municipal Responsable Dirección: Ríos , Fabiana Dirección : Mitre 461 3er. Piso . C.P. (8300).- Tel. (0299) 4491200 -Interno 4466 E-MAIL: boletinoficial@ muninqn gov.ar ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL INTENDENTE Dn. HORACIO RODOLFO QUIROGA SECRETARIA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN | Cr. MARCELO G. BERMUDEZ SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA | Dra. Graciela M. Isabel Perez SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO Y REL. INSTITUCIONALES | Sr. ,Roberto Angel Almiron SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE | Ing. Silvia R. Gutierrez SUBSECRETARÍA DE COMERCIO | Sr. Gustavo F.Orlando SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA | Cr. JOSÉ LUIS ARTAZA SUBSECRETARÍA DE HACIENDA | Cr. Rodolfo E. Metzger SUBSECRETARIA DE SERV. PUBLICOS CONCESIONADOS | Ing. Alejandro E. Hurtado SUBSECRETARIA DE ADM. MUNICIPAL DE ING. PÚBLICOS | Cr. Carlos Enrique Serassio SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS | Sr. Claudio A. Lucero SECRETARIA DESARROLLO HUMANO | Dña. YENNY O. FONFACH VELASQUEZ SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOC. Y DERECHOS HUMANOS | SUBSECRETARIA DE TIERRAS | Dra. Lilian E. Zambrano Centeno SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y JUVENTUD | Sr. Orlando A. Lopez Baeza SUB SECRETARIA DE EMPLEO Y ECONOMIA SOCIAL | Sr. Carlos Emanuel Riba SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. GUILLERMO C. MONZANI SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. Guillermo R. Castejon SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACION, ESTUDIOS Y PROYECTOS | Ing. Ruben Alberto Fernandez Seppi .- SECRETARÍA DE SERVICIOS URBANOS | Sr. EMILIO ALBERTO MOLINA SUBSECRETARÍA DE ESPACIOS VERDES | Arq. María Eva Rocca SUBSECRETARÍA DE LIMPIEZA URBANA | Sr. Cristian U. Haspert SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO VIAL | Sr. Juan Manuel Lopez Osornio SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACION | Sr. Ruddy Aldo Muccio SECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA | Dr. ESMIR FABIAN GARCIA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PARTICULARES | Ing. Luis B. Lopez de Murillas SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRANSITO | Dr. Fernando R. Palladino SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN URBANA Y PROYECTOS | Dr. Javier Andes Amarú Soto Mellado SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO | Lic. ANDRES ROS SUBSECRETARIA DE CULTURA | Sr. Marcelo Martín Berbel SUBSECRETARIA DE TURISMO | Sr. Marcos Daniel Oliva SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN | Ing. ALBERTO RUBEN ETCHEVERRY SUBSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN | Dr. Conrado Augusto Leszczynski SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA | Ing. Daniel Domingo Simone SUBSECRETARÍA DE INNOVACION | Dra. Marina Esteves CONTADURIA MUNICIPAL | Cr. DARIO ENRIQUE DUFFARD BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL EDICIÓN Nº 2136 NEUQUÉN, 23 DE JUNIO DE 2017 1

ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL SECRETARIA DE … · DECRETO Nº 0488/2017: Da de baja, a partir del día 17-06-2017, para acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria, a la agente

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SECRETARIA DE GOBIERNO y

COORDINACION

SUBSECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

DIRECCIÓN MUNICIPAL

DE DESPACHO

DIRECCIÓNBOLETÍN OFICIAL

MUNICIPAL

Editor :

Dirección Boletín Oficial Municipal

Responsable Dirección:

Ríos , Fabiana

Dirección : Mitre 461 3er. Piso . C.P. (8300).-Tel. (0299) 4491200 -Interno 4466

E-MAIL:boletinoficial@muninqn gov.ar

ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL

INTENDENTE Dn. HORACIO RODOLFO QUIROGA

SECRETARIA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN | Cr. MARCELO G. BERMUDEZ

SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA | Dra. Graciela M. Isabel PerezSUBSECRETARÍA DE GOBIERNO Y REL. INSTITUCIONALES | Sr. ,Roberto Angel Almiron

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE | Ing. Silvia R. GutierrezSUBSECRETARÍA DE COMERCIO | Sr. Gustavo F.Orlando

SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA | Cr. JOSÉ LUIS ARTAZA

SUBSECRETARÍA DE HACIENDA | Cr. Rodolfo E. MetzgerSUBSECRETARIA DE SERV. PUBLICOS CONCESIONADOS | Ing. Alejandro E. Hurtado

SUBSECRETARIA DE ADM. MUNICIPAL DE ING. PÚBLICOS | Cr. Carlos Enrique Serassio SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS | Sr. Claudio A. Lucero

SECRETARIA DESARROLLO HUMANO | Dña. YENNY O. FONFACH VELASQUEZ

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOC. Y DERECHOS HUMANOS | SUBSECRETARIA DE TIERRAS | Dra. Lilian E. Zambrano Centeno

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y JUVENTUD | Sr. Orlando A. Lopez BaezaSUB SECRETARIA DE EMPLEO Y ECONOMIA SOCIAL | Sr. Carlos Emanuel Riba

SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. GUILLERMO C. MONZANI

SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS | Ing. Guillermo R. Castejon SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACION, ESTUDIOS Y PROYECTOS | Ing. Ruben Alberto Fernandez Seppi .-

SECRETARÍA DE SERVICIOS URBANOS | Sr. EMILIO ALBERTO MOLINA

SUBSECRETARÍA DE ESPACIOS VERDES | Arq. María Eva RoccaSUBSECRETARÍA DE LIMPIEZA URBANA | Sr. Cristian U. HaspertSUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO VIAL | Sr. Juan Manuel Lopez Osornio

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACION | Sr. Ruddy Aldo Muccio

SECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA | Dr. ESMIR FABIAN GARCIA

SUBSECRETARÍA DE OBRAS PARTICULARES | Ing. Luis B. Lopez de Murillas SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRANSITO | Dr. Fernando R. Palladino

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN URBANA Y PROYECTOS | Dr. Javier Andes Amarú Soto Mellado

SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO | Lic. ANDRES ROS

SUBSECRETARIA DE CULTURA | Sr. Marcelo Martín BerbelSUBSECRETARIA DE TURISMO | Sr. Marcos Daniel Oliva

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN | Ing. ALBERTO RUBEN ETCHEVERRY

SUBSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN | Dr. Conrado Augusto Leszczynski SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA | Ing. Daniel Domingo Simone SUBSECRETARÍA DE INNOVACION | Dra. Marina Esteves

CONTADURIA MUNICIPAL | Cr. DARIO ENRIQUE DUFFARD

BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL EDICIÓN Nº 2136 NEUQUÉN, 23 DE JUNIO DE 2017

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SUMARIO

SECCIÓN I: SUMARIO Páginas 2 a 4

SECCIÓN ll: NORMAS SINTETIZADAS Páginas 5 a 13

SECCIÓN IIINORMAS COMPLETAS Páginas 14 a 39

SECCION I

ORDENANZAS SINTETIZADAS

PAISAJE URBANONOMBRE DE CALLES Y ESPACIOS VERDES13651/Promulgada Tácitamente:Designa calle con el nombre “Javier Seminario” y Designa al espacio verde “Orlando Cancio“ Bº Sapere.-

DECRETOS SINTETIZADOS

ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

BAJAS0486/2017: Mellado, Silvia Esther.-0487/2017:Jara, Mario César.-0488/2017:Amillano, Silvia Graciela.-0492/2017:Sepúlveda, Elsa.-0495/2017:Pailacura, Antonio Héctor.-0496/2017:Zuain, Victor Hugo.-DESIGNACIONES (PLANTA POLÍTICA)0497/2017: Segura, Analis.-SERVICIOS0489/2017:Sra. Yonamine Celia Beatriz.-0490/2017:Petricio, Assef Lucas.-0491/2017:Sr. Estrada, Sandro Norberto.-0498/2017:Sra. Guerra, Martina.-

COMPETENCIA MUNICIPAL

CONVENIOS0484/2017: Aprueba Convenio Marco de Cooperación Mutua e/ Municipalidad de Neuquén y Fundación "Luciernága"., cuyo ejemplar acompaña al presente Decreto. Otorga subsidio.-

CONTRATACIONES0485/2017: Obra: " Ampliación Desagüe

Pluvial Calles Estanislao López y María Curie Bº Canal V"; contratada c/ empresa Basap S.A.-

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

OFICIOS JUDICIALES 0494/2017:"Municipalidad de Neuquén Contra Benavidez Lidia Edith S/Apremio" (Expte Nº 305704/2004).-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

SECRETARÍA DE ECONOMIA Y HACIENDA

0511/2017: Contratación directa Sr. Tyszkiewiez Christian Alejandro.-0514/2017: Prorroga Orden de Compra Nº 239/2017 c/ firma Riccobon Hijos S.A. Licitación Privada Nº 62/2016.-0516/2017: Adjudica Licitación Pública Nº 8/2017 a firma Stekli Sarita Senobia.-0519/2017: Modifica denominación c/c Banco Nación Argentina.-

SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y DE GOBIERNO Y COORDINACION

0506/2017: Liquida y paga facturas firma Autoaccesorios Neuquén S.R.L..-0507/2017: Liquida y paga factura firma La Hispana S.R.L.-0520/2017:Liquida y paga Factura a Cooperativa De Trabajo Las Emprendedoras LTDA.-0521/2017:Liquida y paga factura Advertising Group SRL.-

BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL EDICIÓN Nº 2136 NEUQUÉN, 23 DE JUNIO DE 2017

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SECRETARIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Y SERVICIOS URBANOS

0505/2017:Liquida y paga facturas Empresa Confluencia de Sarita Stekli.-0510/2017:Liquida y paga factura firma Frades Ailin Rayen.-

SECRETARÍA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Y DE MOVILIDAD URBANA

0508/2017:Liquida y paga factura firma Neuco de Lifco SRL .-0509/2017:Liquida y paga facturas firma Newxer SA.-

SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO

0518/2017:Subsecretaria De Tierras concretar suscripción Boleto de Compra-Venta a favor de los señores Ida Ines, Lila Lastenia, Silvia Beatriz, Jose Norberto, Norma Nilda, Raquel Estela, Graciela Edit, Blanca Georgina, Luís Alberto, Gloria Marina, Jose Eduardo, Irma Hilda todos de apellido Pinilla, quienes resultaran Universales Herederos, respecto al Lote 8 de la Mza P-1 Bº El Progreso.-

SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO

0513/2017: Instruye Sumario Administrativo Subsecretaría de Cultura.-

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

41/2017:Renueva Licencia de Remisse, Interno 228, a Sr. Pedreros Matamala, Jorge.-42/2017:Renueva Licencia de Taxi, Interno 244, Sr . Gomez, Hector Nicolas.-43/2017:Renueva Licencia de Remisse , Interno 206, al Sr. Pino, Manuel Adolfo.-

44/2017:Renueva Licencia de Remisse , Interno 172, al Sr. Gutierrez , Angel de Dios.-45/2017:Renueva Licencia de Remisse , Interno 009, al Señor Muñoz Toledo, Ida Eliana.-47/2017:Declara Titularidad Licencias de Remisses Internos 108 y 124, Sres. Medri Ivan Vladimir y el Señor Medri, Leopoldo Agustin hijos, y su cónyuge la Señora Viozzi, Viviana.-48/2017:Renueva Licencia de Remisse , Interno Nº 155, al Sr. Gutierrez, Angel de Dios, 49/2017:Renueva Licencia de Remisse ,Interno 227, al Sr Castro, Diego Sebastián.52/2017: Sanciona a Sra. Santoro, Barcala Luciana ,Credencial Auxiliar de Taxi Nº 6395.-53/2017:Deja sin efecto la Denuncia radicada por el Sr. Saravia Julio.-

ORDENANZAS COMPLETAS

CULTURA, EDUCACIÓN Y TURISMODECLARACIÓN PATRIMONIO MUNICIPAL

13636/Promulgada Tácitamente: Declara bien componente del patrimonio municipal al mural conmemorativo por los cuarenta años del golpe cívico militar, sito en Avenida Argentina Nº 1400 de esta ciudad, en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Comahue, de autoría de la artista plástica Elisa Algranati, por su valor artístico e histórico.-

PLANEAMIENTO AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLESERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (ANTENAS)

13649/Promulgada Tácitamente: Autoriza emplazamiento de estructuras soporte de antenas de

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radiocomunicaciones y sus infraestructuras relacionadas a nivel de suelo o sobre azotea según alturas permitidas, restricción de zonas y criterios de instalación que se establecen en el Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza, respecto de los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) y los operadores de comunicaciones móviles (OCM). Crea Registro Único de Operadores de Servicios de Telecomunicaciones (OST). Deroga Ordenanza Nº 9074.-

DECRETOS COMPLETOS

GOBIERNO

ATRIBUTOS0493/2017: APROBAR el MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN EN MATERIA DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO, cuyo ejemplar original acompaña al presente Decreto.-

RESOLUCIONES COMPLETAS

SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO

0512/2017: Adecua Presupuesto de Erogaciones Presupuesto Aprobado para

el Ejercicio 2017.

SECRETARIA DE SERVICIOS URBANOS

0504/2017: Adecua Presupuesto de Erogaciones del Presupuesto Aprobado para el Ejercicio 2017

SECRETARIA DE MOVILIDAD URBANA

0517/2017: Adecua Presupuesto de Erogaciones del Presupuesto Aprobado para el Ejercicio 2017

FE DE ERRATAS

En la Edición Nº 2128 de fecha 28-04-2017, se publico en forma completa el Decreto Nº 0311-2017, omitiendose involuntariamente la publicación de los Convenios aprobados por el citado Decreto.-COMPETENCIA MUNICIPALCONVENIOS0311/2017: Aprueba Convenios suscriptos e/MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN y la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN en el marco del Plan Provincial de Gobierno Electrónico y Directiva Nº 002GE-2010-SEGPyC -Integrabilidad-,cuyas fotocopias acompañan al presente Decreto.-

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SECCION II

ORDENANZAS SINTETIZADAS

PAISAJE URBANONOMBRE DE CALLES Y ESPACIOS VERDES

ORDENANZA 13651/Promulgada Tácitamente: Art 1º) Designa con el nombre “Javier Seminario” a la calle con Código 0611, ubicada en el Barrio Sapere.-

Art 2º) Designa con el nombre “Orlando Cancio“ al Espacio Verde Nº 0286, ubicado en el Barrio Sapere.-

Art 3º) Los espacios designados se encuentran identificados en el croquis de ubicación que luce como Anexo I y forma parte de la presente Ordenanza.-

El texto completo de la presente norma legal puede ser consultado en: http://www.muninqn.gov.ar/info/doc/digesto/decretos.

DECRETOS SINTETIZADOS

ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL BAJAS

DECRETO Nº 0486/2017: Da de baja, a partir del día 02-09-2017, para acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria, a la agente Mellado, Silvia Esther, L.P. Nº 5446 (Grupo 01), Categoría 24, según lo establecido por los Artículos 35º), Inciso c), y 52º) de la Ordenanza Nº 11633 y sus modificatorias, siendo de aplicación la Ordenanza Nº 13264; quien cumple tareas dependiente de la Dirección General de Tránsito – Subsecretaría de Transporte y Tránsito – Secretaría de Movilidad Urbana; de acuerdo a lo solicitado por el Informe Nº 615/17 de la División Legajos y Certificaciones – Dirección Administración de Personal – Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-Agradece a la agente antes mencionada la labor realizada dentro de la Administración Municipal.-

DECRETO Nº 0487/2017: Art 1º) Da de baja por fallecimiento, con vigencia al día 01-05-2017, al agente Jara, Mario César, L.P. Nº 6777 (Grupo 01), Categoría 22, conforme surge de la fotocopia certificada del Acta de Defunción Nº 114/17, quien dependía de la División Fiscalización Turno Noche- Dirección de Fiscalización Vía Pública – Dirección Municipal de Control e Inspecciones – Subsecretaría de Comercio – Secretaría de Gobierno y Coordinación; de acuerdo a lo requerido por Informe Nº 614/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

Art 2º) Autoriza a la Dirección de Liquidación de Haberes – Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos-, a liquidar los haberes pendientes de cobro más las licencias ordinarias pendientes de usufructo, según lo informado por la División Legajos y Certificaciones - Dirección administración de Personal-, a favor de la derechohabiente, señora Marisol Prosperina Fernandez Paredes; concubina del agente fallecido; de acuerdo a lo requerido por Informe Nº 614/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

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DECRETO Nº 0488/2017: Da de baja, a partir del día 17-06-2017, para acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria, a la agente Amillano, Silvia Graciela, L.P. Nº 5432 (Grupo 01), Categoría 22, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 35º), Inciso c), y 52º) de la Ordenanza Nº 11633 y sus modificatorias, siendo de aplicación la Ordenanza Nº 13264; quien cumple tareas dependiente de la Coordinación General de Museos de la ciudad de Neuquén – Intendencia-; de acuerdo a lo solicitado por Informe Nº 616/17 de la División Legajos y Certificaciones – Dirección Administración de Personal – Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos – Subsecretaría de Recursos Humanos-.-Agradece al agente antes mencionado la labor realizada dentro de la Administración Municipal.-

DECRETO Nº 0492/2017: Da de baja de la Planta Permanente Municipal, con vigencia al día 17-05-2017 a la agente Sepúlveda, Elsa, L.P. Nº 44213 (Grupo 01), Categoría 14 quien cumplía tareas dependiente de la Dirección Cementerios – Dirección Municipal de Servicios Especiales – Subsecretaría de Limpieza Urbana – Secretaría de Servicios Urbanos-; atento a la renuncia presentada por la misma y de acuerdo a lo solicitado por Informe Nº 576/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

DECRETO Nº 0495/2017: Da de baja, a partir del día 15-07-2017, para acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria, al agente Pailacura, Antonio Héctor, L.P. Nº 4926 (Grupo 01), Categoría 23, según lo establecido por los Artículos 35º), Inciso c), y 52º) de la Ordenanza Nº 11633 y sus modificatorias, siendo de aplicación la Ordenanza Nº 13264; quien cumple tareas dependiente de la División de Despacho, Trámites y Procesos – Dirección de Catastro – Dirección General de Catastro, Situn y Agrimensura – Subsecretaría de Administración Municipal de Ingresos Públicos – Secretaría de Economía y Hacienda; de acuerdo a lo solicitado por el Informe Nº 663/17 de la División Legajos y Certificaciones – Dirección Administración de Personal – Dirección Municipal de Administración de los Recursos Hunamos.-Agradece al agente antes mencionado la labor realizada dentro de la Administración Municipal.-

DECRETO Nº 0496/2017: Da de baja, a partir del día 08-08-2017, para acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria, al agente Zuain, Victor Hugo, L.P. Nº 4952 (Grupo 01), Categoría 25, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 35º), Incisos a) y b) y 52º) de la Ordenanza Nº 11633 y modificatorias; quien cumple tareas dependiente de la División Centros Deportivos Zona Este – Dirección de Programas Deportivos Zona Este – Dirección General de Deportes – Subsecretaría de Deporte y Juventud - Secretaría de Desarrollo Humano; de acuerdo a lo solicitado por el Informe Nº 664/17 de la División Legajos y Certificaciones – Dirección Administración de Personal – Dirección Municipal de Administración de los Recursos Hunamos.-Agradece al agente antes mencionado la labor realizada dentro de la Administración Municipal.-

DESIGNACIONES (PLANTA POLÍTICA)

DECRETO Nº 0497/2017: Deja sin efecto, con vigencia al día 19-05-2017, la designación política de la agente Segura, Analis, L.P. Nº 6507 (Grupo 01), Categoría de Revista 22

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más el Plus correspondiente, como Jefa de la División Actas dependiente de la Dirección Administración – Dirección General de Tránsito - Subsecretaría de Transporte y Tránsito – Secretaría de Movilidad Urbana; que fuera efectuada oportunamente por Decreto Nº 0043/16, Artículo 2º), Anexo II; en virtud de la renuncia presentada por la nombrada; y de acuerdo a lo requerido por el Informe Nº 625/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

SERVICIOS

DERETO Nº 0489/2017: Rescinde, con vigencia al día 01-06-2017, el Contrato de Locación de Servicios asimilado a la Categoría 18, suscripto entre este Municipio y la señora Yonamine Celia Beatriz, L.P. Nº 8477 (Grupo 02), quien cumplía tareas como Guía de Sala dependiente de la Coordinacinación General de Museo de la ciudad de Neuquén – Intendencia-, que fuera aprobado oportunamente por Decreto Nº 0070/17, Artículo 1º), Anexo I; en virtud de la renuncia presentada por la nombrada y de acuerdo a lo requerido por Informe Nº 577/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

DECRETO Nº 0490/2017: Aprueba el Contrato de locación de Servicios asimilado a la Categoría 19 suscripto entre este Municipio y el señor Petricio, Assef Lucas, L.P. Nº 47632, con vigencia al día 01-03-2017 y hasta el 30-06-2017, con encuadre en el Artículo 9º) del Anexo I de la Ordenanza Nº 7694; para cumplir tareas como instructor dependiente de la Dirección General de Deportes – Secretaría de Deporte y Juventud – Secretaría de Desarrollo Humano; de acuerdo a lo solicitado po Informe Nº 574/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

DECRETO Nº 0491/2017: Rescinde, con vigencia al día 08-05-2017, el Contrato de Locación de Servicios, suscripto entre este Municipio y el señor Estrada, Sandro Norberto, L.P. Nº 47566 (Grupo 02), asimilado a la Categoría 12, que fuera aprobado por Decreto Nº 0070/17, Artículo 1º), Anexo I, para desarrollar tareas dependiente de la Asesoría de Relevamiento y Control de Actividades Públicas Ejecutivas – Coordinación Ejecutiva – Intendencia; en razón de la renuncia presentada por el nombrado y de acuerdo a lo solicitado por Informe Nº 575/17 de la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos.-

DECRETO Nº 0498/2017: Aprueba el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre este Municipio y la señora Guerra, Martina, L.P. Nº 47847 (Grupo 02), asimilado a la Categoría 18, con vigencia al día 01-07-2017 y hasta el día 31-12-2017, con encuadre en el Artículo 9º) del Anexo I de la Ordenanza Nº 7694, para cumplir tareas de edición, montaje, fotografía y filmación dependiente de la Dirección Municipal de Producciones Artísticas – Subsecretaría de Cultura – Secretaría de Cultura y Turismo; de acuerdo a lo requerido por Nota Nº 85/17 de esa Secretaría y por la Dirección Municipal de Administración de los Recursos Humanos mediante Informe Nº 426/17.-

COMPETENCIA MUNICIPALCONVENIOS

DECRETO Nº 0484/2017: Aprueba el Convenio Marco de Cooperación Mutua suscripto con fecha 03-05-2017, entre la Municipalidad de Neuquén y la Fundación "Luciernága", el

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cual tiene la finalidad de promover acciones solidarias en el ejido de la ciudad de Neuquén, comtemplando fortalecer y mejorar la asistencia y gestión del Programa "Banco de Alimentos Pehuén" en la región, comprometiéndose la Municipalidad a otorgar un subsidio de $ 6.000.- a ser abonado en forma mensual a partir del 01-04-2017; cuyo ejemplar acompaña al presente Decreto.-

El texto completo de la presente norma legal puede ser consultado en: http://www.muninqn.gov.ar/info/doc/digesto/decretos.

CONTRATACIONES

DECRETO Nº 0485/2017: Art 1º) Aprueba el Cuadro Comparativo de Obras e Importes Autorizados y Modificaciones a Autorizar Nº 1 Final obrante a fs 77/78 del Expediente OE Nº 2086-M-16, correspondiente a la obra: " Ampliación Desagüe Pluvial Calles Estanislao López y María Curie Bº Canal V"; contratada con la empresa Basap S.A., el cual refleja dismimiciones por un monto de $ 111.139,50.- y aumentos por un monto de $ 1.064.652,47.- resultando la suma de $ 953.512,97.- en concepto de mayor gasto a aprobar, siendo equivalente al 16,11% de incremento respecto del Contrato original.-

Art 2º) Convalida una ampliación de plazo de ciento sesenta días corridos correspondientes a la obra: " Ampliación Desagüe Pluvial Calles Estanislao López y Maria Curie Bº Canal V" a favor de la empresa Basap S.A., quedando establecida como fecha de finalización de la obra el día 25/11/2016.-

Art 3º) Convalida el Plan de trabajo y Curva de de Inversiones obrante a fs 79/82 del Expediente OE Nº 2086-M-16, de acuerdo al nuevo monto y plazo de obra expresado en los considerandos del presente Decreto.-

Art 4º) Convalida el mayor volumen de obra ejecutado por la suma de $ 953.512,97.-, a favor de la empresa Basap S.A..-

Art 5º) Autoriza a la Subsecretaría de Hacienda -Dirección de Tesorería – previa intervención de la Contaduría Municipal, a pagar la suma dispuesta en el Artículo 4º), contra la presentación del respectivo Certificado de Obra, con cargo a la Imputación: 6-GO-1-5-1-6-12-862, del Presupuesto de Gastos correspondiente.-

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOOFICIOS JUDICIALES

DECRETO Nº 0494/2017: Autoriza a la Subsecretaría de Hacienda, previa intervención de la Contaduría Municipal, a efectuar el depósito judicial correspondiente a los autos caratulados: "Municipalidad de Neuquén Contra Benavidez Lidia Edith S/Apremio" (Expte Nº 305704/2004), en trámite por ante el Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 de la ciudad de Neuquén, por la suma total de $ 400.- en concepto de honorarios profesionales regulados, en conjunto, a favor de los Dres. Analía Casanova y Leonardo Pelegrini; de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Economía y Hacienda.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

SECRETARÍA DE ECONOMIA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN Nº 0511/2017: Aprueba la contratación directa del Señor Tyszkiewiez Christian Alejandro, CUIT Nº 20-12.715.143-2, tramitada para la provisión de un servicio

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de reparación completa de motor del camión playo marca Agrale 7500, modelo 2009, identificado como interno AT 105, dominio IOM – 820, con rectificado cigüeñal, cilindros, lavado de motor con cambios de cojinetes de biela bancada, bomba de aceite, juego de juntas, reparación e tapa de cilindros con cambio de guía, casquillos y válvula-pistones, aros, pernos, juego de juntas, tapones y retenes, cambio de embrague completo y puesta en marcha, por un importe total de $ 128.500, encuadrando la misma dentro de las excepciones previstas en los Artículos Nº 72 incisos b) y e) y Nº 73.3 del Decreto Nº 425/14 y el Artículo 3º) inciso 2) puntos c), h) e i) de la Ordenanza Nº 7838, de acuerdo a lo solicitado por el Subsecretario de Mantenimiento Vial, con la autorización del Secretario de Servicios Urbanos y lo expuesto en los considerandos.-

RESOLUCIÓN Nº 0514/2017: Prorrogar la Orden de Compra Nº 239/2017 emitida oportunamente a la firma Riccobon Hijos S.A., en el marco de la Licitación Privada Nº 62/2016, para la contratación del servicio de alquiler de una pala cargadora marca Michigan, modelo 55 C, dominio AXS35, con balde de dos mts cúbicos con cuchillas, con chofer, traslado, mantenimiento y combustible a cargo del proveedor, por el plazo contractual de tres (3) meses, valor del servicio por mes $ 190.000,00, lo que hace un importe de $ 570.000,00, de acuerdo a lo solicitado por el Secretario de Servicios Urbanos.-

RESOLUCIÓN Nº 0516/2017: Adjudica en la Licitación Pública Nº 8/2017 tramitada para la adquisición de 3000 metros cúbicos de Hormigón Elaborado H-30, solicitado por la Subsecretaría de Obras Públicas, a la firma Stekli Sarita Senobia, el renglón Nº 1, Oferta Básica, por Menor Precio, por el importe total de $ 5.611.980,00, de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Preadjudicación a fs. 62, lo informado por la Dirección General de Auditoria Interna mediante Informe Nº 64-DCCCyP/17 de fs. 64/66 y lo expuesto en los considerandos.-

RESOLUCIÓN Nº 0519/2017: Modifica la denominación actual de la cuenta corriente en pesos del Banco de la Nación Argentina Nº 37.601.211/33 de “Municipalidad de Neuquén – Programa de repavimentación para mitigar los daños provocados por inundaciones 2014 y 2016“, a una nueva denominación “Municipalidad De Neuquén – Estudio y Proyecto Pavimentación Calle Futaleufu”, de acuerdo a los considerandos de la presente.-

SECRETARIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y DE GOBIERNO Y COORDINACION

RESOLUCIÓN Nº 0506/2017: Autoriza a la Dirección Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar las facturas tipo B nº 0001-000023896, 0001-000023906, 0001-000023885, 0001-000023934 y 0001-000023920, menos la Nota de Crédito nº 0002-00000404, por la suma total de $ 42.500.- a la firma Autoaccesorios Neuquén S.R.L. por el servicio de alquiler de vehículo marca Corsa dominio NAH 707 en el periodo comprendido entre el 15/12/2016 y 14/05/2017, con destino al traslado de documentación de las distintas Áreas que forman la Secretaría de Gobierno y Coordinación, y dependencias municipales, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

RESOLUCIÓN Nº 0507/2017: Autoriza a la Dirección Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar la facturas Tipo “B” Nº 0006-00000268 por un

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importe de $ 129.264,70 a la firma La Hispana S.R.L, por la provisión de pan con destino a las distintas dependencias municipales, durante el mes de Abril/2017, atento a la finalización de la Orden de Compra Nº 937/2016, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-RESOLUCIÓN Nº 0520/2017: Autoriza a la Dirección Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar la Factura Tipo “B” Nº 0002-00000004 de la Cooperativa De Trabajo Las Emprendedoras LTDA, por un importe de $ 427.635.-, por el servicio de mantenimiento de funcionalidad e higiene de diversas dependencias municipales durante el mes de Mayo/2017, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

RESOLUCIÓN Nº 0521/2017: Autoriza a la Dirección de Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar la factura tipo B Nº 0002-00000221 por un importe de $ 240.000.-, a nombre de Advertising Group SRL, por Servicios de Asesoramiento y realización de Propuestas Creativas de Comunicación Integral durante los meses de marzo y abril/2017, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

SECRETARIA DE ECONOMIA Y HACIENDA Y SERVICIOS URBANOS

RESOLUCIÓN Nº 0505/2017: Autoriza a la Dirección de Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar las facturas tipo B nº 0003-00000470 Y 0003-00000471 a la Empresa Confluencia de Sarita Stekli por un total $ 410.000.- por el servicio de alquiler de dos (2) motoniveladoras tipo Caterpillar, durante el mes de enero/2017, con destino a realizar tareas en Barrios de la Ciudad, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

RESOLUCIÓN Nº 0510/2017: Autoriza a la Dirección de Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar la factura tipo C nº 0001-00000139, de la firma Frades Ailin Rayen por $ 26.460.-, correspondiente a horas trabajadas con camión volcador de 6 M3 doble cabina, dominio DFJ 789 con destino a realizar tareas de limpieza de espacios verdes, extracciones y podas, en la Dirección de Mantenimiento Zona Oeste, durante el mes de abril/2017, con cargo a partida presupuestaria correspondiente.-

SECRETARÍA DE ECONOMIA Y HACIENDA Y DE MOVILIDAD URBANA

RESOLUCIÓN Nº 0508/2017: Autoriza a la Dirección Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar la factura tipo B Nº 0006-00001282 a la firma Neuco de Lifco SRL por un importe de $ 6.300.- por el alquiler de nueve equipos purificadores de agua mediante la instalación de dispenser frío calor, distribuidos en Subsecretaría de Transporte, Dcción Gral de Transporte, Licencia de Conducir, durante el mes de febrero/2017, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

RESOLUCIÓN Nº 0509/2017: Autoriza a la Dirección Tesorería, previa intervención de la Contaduría Municipal a liquidar y pagar las facturas tipo B nº 0210-00001214, 0210-00001211, 0210-00001212 y 0210-00001213 por la suma total de $ 10.775,36 a la firma Newxer SA, por el servicio de alquiler de máquina fotocopiadora y excedente de copias, durante el mes de marzo/17, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente.-

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SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO

RESOLUCIÓN Nº 0518/2017: Autoriza a la Subsecretaria De Tierras a realizar las gestiones inherentes para concretar la suscripción del respectivo Boleto de Compra- Venta a favor de los señores Ida Ines, Lila Lastenia, Silvia Beatriz, Jose Norberto, Norma Nilda, Raquel Estela, Graciela Edit, Blanca Georgina, Luís Alberto, Gloria Marina, Jose Eduardo, Irma Hilda todos de apellido Pinilla, quienes resultaran Universales Herederos, conforme surge de la Declaratoria de Herederos de fecha 15 de Febrero del año 2.016, en autos caratulados “Pinilla Lizama Jose Eduardo y Otro S/Sucesion AB-Intestasto” (Expte Nº 457356, Año 2011), del Registro de éste Juzgado Civil Nº 4, Secretaría única, respecto al Lote 8 de la Mza P-1 del barrio El Progreso, Nomenclatura Catastral Nº 09-20-069-9587-0000, Superficie 153,68 m2, que surge del Plano de Mensura con Fraccionamiento de la Manzana “P” de la Chacra 120, bajo Expte 2318-2311/86.-

SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO

RESOLUCIÓN Nº 0513/2017: Proceda a instruir Sumario Administrativo a fin de investigar los hechos denunciados en presente expediente por la Subsecretaría de Cultura.-

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

DISPOSICIÓN Nº 41/2017:Renueva Licencia de Remisse , identificada con el número de Interno 228, a favor del Señor Pedreros Matamala, Jorge, por el término de 5 (cinco) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 15/03/2022.-

DISPOSICIÓN Nº 42/2017: Renueva Licencia de Taxi, identificada con el número de Interno 244, designada en Parada Nº 41 ubicada en calles Perticone y Verzegnazzi , Licencia Comercial Nº 028114, a favor del Señor Gomez, Hector Nicolas , por el término de 5 (cinco) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º) de la Ordenanza Municipal Nº 12546.Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 15/12/2021.-

DISPOSICIÓN Nº 43/2017:Renueva Licencia de Remisse , identificada con el número de Interno 206, a favor del Señor Pino, Manuel Adolfo, por el término de (5) cinco años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 19/01/2022.-

DISPOSICIÓN Nº 44/2017:Renueva Licencia de Remisse , identificada con el número de Interno 172, a favor del Señor Gutierrez , Angel de Dios por el término de (5) cinco años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 16/01/2022.-

DISPOSICIÓN Nº 45/2017: Renueva Licencia de Remisse , identificada con el número de Interno 009, a favor del Señor Muñoz Toledo, Ida Eliana, por el término de (5) cinco años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.

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Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 05/02/2022.-

DISPOSICIÓN Nº 47/2017:Art 1º):Declara la Titularidad de las Licencias de Remisses identificadas con los números de Internos 108 y 124, a favor de los heredero el Señor Medri Ivan Vladimir y el Señor Medri, Leopoldo Agustin hijos, y su cónyuge la Señora Viozzi, Viviana , en conformidad con lo establecido en el Artículo 11º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703 y sus modificatorias y los considerandos de la presente. Art 2º):Determina que la autorización dada en el Articulo y 13º) de la norma reglamentaria del servicio , por lo cual el periodo de vigencia de la Licencia Remisse Nº 108 expira el día 10/11/2020 y el periodo de vigencia de la Licencia Remisse Nº 124 expira el día 09/11/2020.-

DISPOSICIÓN Nº 48/2017:Renueva Licencia de Remisse , identificada con el número de Interno 155, a favor del Señor Gutierrez, Angel de Dios, por el término de (5) cinco años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 16/01/2022.-

DISPOSICIÓN Nº 49/2017:Renueva Licencia de Remisse , identificada con el número de Interno 227, a favor del Señor Castro, Diego Sebastián, por el término de cinco (5) años de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º) de la Ordenanza Municipal Nº 12703.Determina que el periodo citado en el artículo precedente expira el 24/01/2022.- DISPOSICIÓN Nº 52/2017: Art 1º):Sancionar con un llamado de atención a la Sra. Santoro, Barcala Luciana ,Credencial Auxiliar de Taxi Nº 6395, por infrigir en el Titulo IV De los Prestadores del Servicio – Capitulo Segundo. De las obligaciones de los auxiliares y conductores –Articulo 34º) Inc. C) “Observar plena responsabilidad y eficiencia en el desempeño de sus tareas”. Titulo III. De la prestación del servicio Capitulo Segundo .De las Paradas Articulo 15º) “ Las paradas deberán ser atendidas las veinticuatro (24) horas del día, inclusive domingos y feriados. Los taxistas designados a cada parada, podrán acordar entre si los turnos a cubrir, efectuando la comunicación correspondiente a la Autoridad de Aplicación. Esta si fueran necesario, fijara los turnos, siendo obligación de los taxistas dar cumplimiento a los mismos El OEM deberá contemplar en estos casos las cuestiones relacionadas a la seguridad de las paradas pudiendo en tal caso reducir la cantidad de horas de atención . cuando una parada no estuviera ocupada por sus taxistas asignados, taxistas de otra parada podrán cubrir el primer lugar, teniendo derecho al mismo hasta salir con el pasajero “.Ordenanza Nº 12546/12.- Art 2º): Recomendar a Sra. Santoro Barcala Luciana Credencial Auxiliar Nº 6395 Ajustarse a lo establecido Titulo III De la prestación del Servicio –Capitulo Segundo . De las Paradas Articulo 15º) Ultimo Párrafo Tex.” Cuando una parada no estuviera ocupada por sus taxistas asignados, taxistas de de otras paradas podrán cubrir el primer lugar. Teniendo derecho al mismo hasta salir con el pasajero”.Ordenanza Nº 12546/12. Art 3º): Recomendar a Sra. Riquelme, Liliana Ajustarse a lo establecido Titulo IV. De los Prestadores del Servicio- Capitulo Segundo De las obligaciones de los auxiliares y conductores –Articulo 34º) Inc. C) “Observar plena responsabilidad y eficiencia en el desempeño de sus tareas“. Ordenanza Nº 12546/12.-

DISPOSICIÓN Nº 53/2017: Art 1º): Deja sin efecto la Denuncia radicada por el Sr. Saravia Julio, en virtud de las declaraciones del denunciante , de fecha 02 -03-2017, bajo formulario de Descargo de la División Reclamos , área dependiente de la Dirección

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Municipal Atención al Usuario y Centro de Monitoreo –Subsecretaría de Transporte y Tránsito.- Art 2º):Adjuntar copia de la presente Disposición en el Legajo de la Licencia de Taxi Nº 548 cuyo titular es el Sr. Vera Pedro Purisimo, en concepto de antecedentes.-

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SECCION III

ORDENANZAS COMPLETAS

CULTURA, EDUCACIÓN Y TURISMODECLARACIÓN PATRIMONIO MUNICIPAL

ORDENANZA Nº 1 3 6 3 6.-

V I S T O:

El Expediente Nº CD-089-B-2017; y,

CONSIDERANDO:

Que la artista plástica Elisa Algranati, en conjunto con la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Neuquén y la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Comahue, elaboraron un mural conmemorativo por los cuarenta años del golpe cívico militar, sito en Avenida Argentina Nº 1400 de la Ciudad de Neuquén.-

Que el mural es un medio de comunicación que refuerza dos aspectos: la accesibilidad al público, es un arte inclusivo en el que la sociedad posee un acercamiento cara a cara con el arte, permitiendo un pensamiento de reflexión, crítica y conocimiento; y el otro aspecto que refuerza y fundamenta la elección en su función de monumento, obra comúnmente a gran escala.-

Que es política de Estado la promoción de los derechos humanos a partir de la creación y preservación de espacios destinados a la trasmisión de la memoria colectiva.-

Que la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 34º), establece como política declarar patrimonio cultural de Interés Municipal los documentos, monumentos, lugares o conjuntos arquitectónicos y sus entornos paisajísticos de propiedad pública o privada, que se consideren de interés cultural, instituyendo que una Ordenanza reglamentará la aplicación de este Artículo.-

Que las Ordenanzas Nº 7972 y 9540 regulan las declaraciones de patrimonio cultural de interés municipal, creando la Comisión de Rescate y Preservación del Patrimonio Cultural, Histórico, Arquitectónico, Urbanístico y Natural.-

Que, en función de lo expuesto, por su valor artístico e histórico, resulta propicio declarar como bien componente del patrimonio municipal al mural conmemorativo por los cuarenta años del golpe cívico militar, sito en Avenida Argentina Nº 1400 de esta ciudad, en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Comahue, correspondiendo además dar intervención a la Comisión de Rescate y Preservación del Patrimonio Cultural, Histórico, Arquitectónico, Urbanístico y Natural.-

Que de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 165º) del Reglamento

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Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 016/2017, emitido por la Comisión Interna de Acción Social fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 05/2017, el día 06 de abril y aprobado en la Sesión Ordinaria Nº 06/2017, celebrada por el Cuerpo el día 20 de abril del corriente año.-

Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUENSANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º): DECLÁRASE bien componente del patrimonio municipal al mural conmemorativo por los cuarenta años del golpe cívico militar, sito en Avenida Argentina Nº 1400 de esta ciudad, en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Comahue, de autoría de la artista plástica Elisa Algranati, por su valor artístico e histórico.-

ARTÍCULO 2º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS VEINTE (20) DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (Expediente Nº CD-089-B-2017).-

ES COPIA FDO.: SCHLERETHmv FUERTES

La Ordenanza Municipal Nº 13636, ha sido Promulgada Tácitamente- Artículo 76º) Carta Orgánica Municipal -

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PLANEAMIENTO AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLESERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (ANTENAS)

ORDENANZA Nº 1 3 6 4 9.-

V I S T O:El Expediente Nº CD-447-B-2016; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la importancia y magnitud que han adquirido en la actualidad los servicios de telecomunicaciones, las redes móviles y aquellos servicios y facilidades que de estas se desprenden, los que resultan fundamentales y representan los medios más efectivos para asegurar la comunicación y acceso a diversas facilidades.-

Que estos servicios, son de vital importancia, tanto para los vecinos de la Ciudad de Neuquén, como para las personas en tránsito, no solo en la vida cotidiana de las personas y negocios, sino especialmente en situaciones de catástrofes, y emergencias, sirviendo además el uso de las telecomunicaciones y su infraestructura en el ámbito de seguridad, educación, en definitiva al servicio de la comunidad en general.-

Que la dinámica de esta actividad plantea permanentemente nuevas propuestas y múltiples modalidades de servicios tecnológicos en el ámbito de las comunicaciones, en especial para servicios de telefonía celular, tales como transmisión de videos en línea, navegación en internet, servicios de mensajes cortos, seguimiento de vehículos por satélite, transmisión de fotos por emails, entre otros.-

Que el campo de las telecomunicaciones está experimentando radicales cambios, originados fundamentalmente en los avances tecnológicos, demanda de los usuarios de nuevos servicios y calidad en la prestaciones, por lo que resulta necesario adecuar aquellos puntos de la Ordenanza actual, a fin de ajustar aspectos que han ido evolucionando, conteniendo alternativas técnicas que se ajusten a la dinámica actual de las telecomunicaciones.-

Que el ordenamiento local debe atender a las recomendaciones brindadas por las normas de seguridad, nacionales e internacionales vigentes y los conocimientos disponibles, respetando la jerarquía de las Leyes en base de los principios que establece la Constitución Nacional en sus Artículos 31º), 41º), 42º) y 43º) que tutelan el derecho a un medio ambiente sano, a la salud de la población y a la vida, teniendo en consideración las disposiciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), órgano especializado de las Naciones Unidas que emite periódicamente documentos que actualizan la información disponible.-

Que en nuestro país la Resolución Nº 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación aprueba el Estándar Nacional de Seguridad para la Exposición a Radiofrecuencias y la Resolución Nº 530/2000 de la Comisión Nacional de Comunicaciones establece su obligatoriedad a todos los sistemas de telecomunicaciones que operan en el territorio nacional.-

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Que complementando las normas citadas en el considerando precedente, la Resolución 3690/2004 de la Comisión Nacional de Comunicaciones establece que los titulares de autorizaciones de estaciones radioeléctricas y los licenciatarios de estaciones de radiodifusión deberán demostrar que las radiaciones generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas.-

Que por otra parte, y en razón de delimitar las competencias en la materia, debemos mencionar que la Ley Nacional Nº 27.078, ratificó el carácter federal de las comunicaciones y declaró de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones y sus recursos asociados.-

Que particularmente, el Artículo 17º) de la Ley Nacional Nº 27.078 dispone: "Mecanismos de coordinación para el despliegue de redes de telecomunicaciones. Las autoridades nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, coordinarán las acciones necesarias para lograr el despliegue de las redes de telecomunicaciones utilizadas en los Servicios de TIC. La Autoridad de Aplicación invitará a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a suscribir los respectivos convenios de cooperación”.-

Que, por el Decreto Nacional Nº 267/2015, se creó el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), como ente autárquico y descentralizado en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones, que actúa como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nacionales Nº 26.522 y 27.078, sus normas modificatorias y reglamentarias.-

Que en este sentido el Decreto Nacional Nº 798/2016 aprobó el Plan Nacional para el Desarrollo de Condiciones de Competitividad y Calidad de los Servicios de Comunicaciones Móviles en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones.-

Que tal como establecen los Considerandos del citado Decreto Nacional Nº 798/2016, la facultad de los municipios de autorizar la ubicación de la infraestructura no se contrapone a la obligación de colaborar para generar alternativas para que el desarrollo de las redes permita alcanzar grados de calidad y cobertura a niveles internacionales, y mucho menos puede convertirse en obstáculo para su desarrollo, todo ello en el marco del cumplimiento de las normas de seguridad y salubridad vigentes.-

Que en virtud de lo expuesto, compete al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) el control y fiscalización de los sistemas y servicios así como efectuar los controles técnicos de las antenas y de las emisiones de radiaciones no ionizantes de acuerdo con el Estándar Nacional de Seguridad fijado por Resolución 202/95 del entonces Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, y la Resolución Nº 530/2000 de la ex Comisión Nacional de Comunicaciones que establece su obligatoriedad en todos los sistemas de telecomunicaciones que operan en el territorio nacional.-

Que los principios de política ambiental establecidos por la Ley Nº 25.675, también resultan de aplicación en ésta temática.-

Que a los efectos de minimizar el impacto de las infraestructuras

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soporte de antenas, a nivel mundial se utiliza la práctica denominada "coubicación " o "compartición" de infraestructuras, que consiste en instalar antenas de distintas empresas en la estructura de una de ellas.-

Que la Federación Argentina de Municipios (FAM) ha suscripto un Código de Buenas Prácticas para el despliegue de Redes de Comunicaciones Móviles, con los Operadores de Comunicaciones Móviles (OCM) auspiciado por la ex Secretaría de Comunicaciones del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. En dicho Código se pretende establecer "Buenas Prácticas de Instalación de Antenas e Infraestructuras Asociadas" contemplando todos los parámetros a tener en cuenta cuando se realiza una regulación para instalación de este tipo de estructuras como seguridad constructiva, impacto visual, protección de la salud, cobertura radioeléctrica, entre otras.-

Que en virtud de lo expuesto, el municipio debe ordenar, actualizar y reglamentar las nuevas instalaciones de estructuras así como registrar la diversidad de estructuras portantes existentes, atento las crecientes necesidades de los respectivos servicios.-

Que por tal motivo resulta necesario coordinar las normas en sus diversos estamentos, dentro de la estructura del Estado Federal Argentino, de manera que se puedan cumplir con las exigencias Municipales, Provinciales y Nacionales sin afectar la prestación de los servicios involucrados.-

Que de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 165º) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Despacho Nº 012/2017, emitido por la Comisión Interna de Servicios Públicos fue anunciado en la Sesión Ordinaria Nº 06/2017, el día 20 de abril y aprobado en la Sesión Ordinaria Nº 07/2017, celebrada por el Cuerpo el día 04 de mayo del corriente año.-

Por ello y en virtud a lo establecido por el Artículo 67º), Inciso 1), de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUENSANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°): AUTORIZASE el emplazamiento de estructuras soporte de antenas de radiocomunicaciones y sus infraestructuras relacionadas a nivel de suelo o sobre azotea según alturas permitidas, restricción de zonas y criterios de instalación que se establecen en el Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza, respecto de los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) y los operadores de comunicaciones móviles (OCM).-

ARTÍCULO 2º): DEFÍNASE como "estructura soporte de antenas y sus infraestructuras relacionadas", a toda torre, monoposte, pedestal o "mástil montado sobre terreno natural; o a toda torre, mástil, monoposte, pedestal, o vínculo fijado sobre edificaciones existentes, que constituyan la infraestructura necesaria para soportar antenas de radiocomunicaciones. Quedan exceptuadas de esta regulación la instalación de estructuras soporte de antenas de radioaficionados, de antenas receptoras de uso

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domiciliario y las afectadas a la defensa nacional, a la seguridad pública a la defensa civil, al Sistema Argentino de

Televisión Digital terrestre (SATVD-T) y las estructuras soportes de antenas del Servicio Básico Telefónico preexistentes a la privatización de ENTEL.Aquellas instalaciones catalogadas como de aficionados, F.M. barriales, en general que formen parte de actividades sociales y de seguridad, contarán con tramitaciones y autorizaciones, que serán, en cada caso, debidamente reglamentadas por el Órgano Ejecutivo Municipal, siempre que dichas instalaciones:a) Sean de potencia inferior a 250 w.-b) Transmitan en forma discontinua.-c) Estén debidamente habilitadas.-

ARTÍCULO 3°): CRÉASE un Registro Único de Operadores de Servicios de Telecomunicaciones (OST). Los OST deberán entregar la siguiente documentación: a) Estatuto Social.-b) Licencia de Operador de Telecomunicaciones.- c) Constancia de CUIT.- d) Acreditación de la personería de los firmantes.-e) Constitución del domicilio legal.- f) Notificación de contacto, teléfono de contacto y dirección de e-mail.- g) Listado de instalaciones existentes en el municipio al momento de la inscripción en el Registro Único de Operadores de Servicios de Telecomunicaciones.-Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) tendrán un plazo máximo de 90 días corridos, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, para dar cumplimento documentación requerida.-

ARTÍCULO 4°): Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) presentarán una solicitud de factibilidad, en la cual constará la ubicación de la futura estructura (dirección, localidad, coordenadas geográficas y croquis de implantación) y altura solicitada de instalación. La factibilidad tendrá una vigencia no menor a 90 días hábiles para presentar la documentación para obtener el permiso de construcción. Los operadores de servicios de telecomunicaciones podrán solicitar una ampliación máxima de 45 días hábiles.-

ARTÍCULO 5°): Los operadores servicios de telecomunicaciones (OST) para obtener el permiso de construcción, deberán presentar la información técnica que se describe a continuación:a) Contrato de locación, escritura del inmueble ó cualquier otro título que autorice al uso del terreno o edificación donde se realizará el emplazamiento de la estructura, -para el caso de sociedades, acta de constitución de la misma.-b) Autorización de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) en lo relativo a la altura máxima permitida en ese lugar en caso de corresponder.-c) Estudio de Impacto Ambiental, debidamente firmado por profesional habilitado al efecto.-d) Póliza de seguro de Responsabilidad Civil, la que deberá estar vigente durante todo el período en que la estructura se encuentre montada.-e) Cómputo y presupuesto de la obra.-f) Plano de proyectos (de obra y electromecánico) firmados por profesional habilitado al

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efecto.-g) Memoria de cálculo de la estructura a construir.-h) Constancias que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales.-

Los permisos de construcción tendrán una validez de ciento ochenta (180) días corridos, contados a partir de su notificación al solicitante. Se podrá prorrogar por una única vez y por igual plazo.-ARTÍCULO 6°): La Autoridad de Aplicación otorgará el Certificado Final de Obra y la liquidación de la Tasa por Factibilidad de Localización y Habilitación de Antenas y sus Estructuras Portantes una vez que el operador de servicios de telecomunicaciones (OST) presentara el Plano Final de Obra. Dicha liquidación tendrá un plazo de pago no mayor a 15 días hábiles. Finalizada la obra, el operador de servicios de telecomunicaciones (OST) instalará un cartel identificatorio en el emplazamiento, determinando la propiedad y administración de la instalación, los datos municipales y el teléfono de contacto.-

ARTÍCULO 7°): La autoridad de aplicación otorgará la habilitación de emplazamiento de estructuras soporte de antenas de radiocomunicaciones y sus infraestructuras relacionadas, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles. La misma tendrá una validez de 5 años, con renovaciones sucesivas por igual plazo.-

ARTÍCULO 8°): Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) que deseen instalar antenas y equipamientos sobre estructuras soportes de antena de otro operador debidamente habilitada, podrá requerir su correspondiente habilitación de compartición con la presentación de la siguiente información:a) Contrato de locación, que autorice la compartición de la infraestructura.-b) Identificación del Nº de Expediente Municipal en el cual se otorgó habilitación al titular de la instalación que permitirá compartir su infraestructura.-c) Memoria de cálculo de la estructura considerando la carga de las nuevas antenas, firmados por profesional habilitado al efecto.-d) Constancia de Pago de la Tasa por Factibilidad de Localización y Habilitación de Antenas y sus Estructuras Portantes para Compartición y nota de pedido de la misma.-Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) deberán colocar un cartel identificatorio de su empresa indicando que comparten infraestructura con el Administrador.-

ARTÍCULO 9°): Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) deberán cumplir con la obligación de adoptar como referencia el Estándar Nacional de Seguridad para la exposición a radiofrecuencias comprendidas entre 100 KHz. y 300 GHz. estipulados en la Resolución Nº 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación o en la que en el futuro determine dicho ministerio, la cual contiene los niveles máximos permisibles de exposición de los seres humanos a las Radiaciones No ionizantes (RNI), la Resolución Nº 530/00 de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación que adopta el estándar mencionado para todos los sistemas de radiocomunicaciones, la Resolución Nº 3690/04 de la Comisión Nacional de Comunicaciones que establece el método de control para verificación del cumplimiento de los niveles de RNI, y las que en el futuro las reemplacen.-

ARTÍCULO 10°): Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) en general y los operadores de comunicaciones móviles (OCM), en particular, deberán acreditar

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mediciones que cumplan con la normativa mencionada en el artículo anterior.Además, el Órgano Ejecutivo Municipal deberá asegurar la realización de mediciones continuas, permanentes y sorpresivas de las Radiaciones No Ionizantes (RNI). A efectos de cumplimentar con las mediciones mencionadas en el párrafo precedente se autoriza al Órgano Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con instituciones idóneas, tales como la Universidad Nacional del Comahue.-

ARTÍCULO 11º): Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) deberán presentar en forma anual el informe de mantenimiento de la estructura firmado por profesional habilitado al efecto ante la autoridad de aplicación.-

ARTÍCULO 12º): Los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) para realizar una modificación de la estructura soporte de antenas deberán solicitar autorización a la autoridad de aplicación.-

ARTÍCULO 13°): Los Operadores de Comunicaciones Móviles (OCM) deberán presentar un esquema del sistema de la totalidad de estaciones existentes y nuevas, ubicadas en ejido de la ciudad, cuando la autoridad de aplicación lo requiera.-

ARTÍCULO 14º): Los Operadores de Comunicaciones Móviles (OCM) presentaran anualmente un plan de instalaciones, que refleje las previsiones del despliegue de nueva infraestructura. Para ello los Operadores de Comunicaciones Móviles (OCM) deberán facilitar la siguiente información: a) Cartografía general con las estructuras existentes.-b) Localización probable de los sitios a instalar en el Municipio.-c) Altura estimada.-d) Demostración de imposibilidad de compartición de infraestructura con otros operadores (cálculo estructural, falta de espacio).-

ARTÍCULO 15°): Las infraestructuras de servicios de comunicaciones existentes al momento de la promulgación de la presente, deberán ser adecuadas en un plazo máximo de 24 meses.En el caso de relocalización de estructura soporte de antenas el plazo máximo será de 36 meses o cuando finalice el plazo del contrato de locación.-

ARTÍCULO 16°): Para el cumplimiento de la presente Ordenanza el Órgano Ejecutivo Municipal podrá disponer el uso de instalaciones o predios municipales, realizando convenios con los operadores de servicios de telecomunicaciones (OST) y otros prestadores de servicios.-

ARTÍCULO 17°): La autoridad de aplicación extenderá un certificado de habilitación de acuerdo al formato indicado en el ANEXO II ó III, según corresponda y que forman parte de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 18°): El Órgano Ejecutivo Municipal reglamentara la presente Ordenanza en un plazo de 90 días a partir de su promulgación.-

ARTÍCULO 19º): DEROGASE la Ordenanza Nº 9074.-

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ARTÍCULO 20º): COMUNIQUESE AL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN; A LOS CUATRO (04) DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (Expediente Nº CD-447-B-2016).-

ES COPIA FDO.: SCHLERETHmv FUERTES

La Ordenanza Municipal Nº 13649, ha sido Promulgada Tácitamente- Artículo 76º) Carta Orgánica Municipal -

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DECRETOS COMPLETOSGOBIERNOATRIBUTOS

D E C R E T O Nº 0 4 9 3NEUQUÉN, 16 JUN 2017.-

V I S T O :El Expediente OE Nº 4981-P-16 originado en la presentación

efectuada por la Dirección General de Ceremonial y Protocolo – Unidad de Coordinación, Seguimiento y Control de Gestión – Intendencia; y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma adjunta Manual de Procedimiento para la Municipalidad de Neuquén en materia de Ceremonial y Protocolo para los integrantes e ingresantes a esa área, a los efectos de su aprobación;

Que en dicho Manual se encuentran consejos útiles tales como la forma de interpretar la Estructura Municipal, las precedencias a nivel local y nacional, soluciones a imprevistos y manejo de redes sociales;

Que la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos – Dictamen Nº 477/16-, manifiesta no tener objeciones que formular al Manual de Procedimiento en cuestión;

Que corresponde el dictado de la norma legal pertinente; Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉND E C R E T A:

Artículo 1º) APROBAR el MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN EN MATERIA DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO, cuyo ejemplar original acompaña al presente Decreto.-

Artículo 2º) El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y Coordinación.-

Artículo 3º) Regístrese, publíquese, cúmplase de conformidad dese a la Dirección Centro de Documentación e Información y oportunamente, ARCHÍVESE.-EB.-

ES COPIA.- FDO) QUIROGABERMÚDEZ.-

El texto completo de la presente norma legal puede ser consultado en: http://www.muninqn.gov.ar/info/doc/digesto/decretos.

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RESOLUCIONES COMPLETAS

SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO

RESOLUCIÓN Nº 0 5 1 2NEUQUÉN 14 JUN 2017

V I S T O:

El expediente OE/2766/M/2017, la Ordenanza 13.599 Aprobatoria del Presupuesto para el presente ejercicio, Promulgada por Decreto Nº 1.142 de fecha 22/12/2016 y Adecuado a la Estructura Funcional del Gabinete Municipal mediante Decreto 1.165 de fecha 29/12/2016

CONSIDERANDO:

Que mediante las normas legales citadas anteriormente, se aprueba el Presupuesto de la Administración Municipal para el Ejercicio 2017.

Que por Expediente de marras la Secretaría de Desarrollo Humano (Nota 117/2017), solicita realizar una Adecuación presupuestaria en la Actividad “Convenio De Colaboración Barrio Villa Ceferino” Cuyo Incremento de Fondos provenientes de Nación fue aprobado oportunamente por Decreto 323/2017, con la finalidad de dar cumplimiento a los planes de trabajos presentado y aprobados oportunamente por el organismo nacional.

Que el artículo 8º) de la Ordenanza Nº 13.599 aprobatoria del Presupuesto del Ejercicio 2017, faculta al Órgano Ejecutivo a disponer reestructuraciones y/o modificaciones del Presupuesto aprobado, no pudiendo reestructurar cada actividad, por más de Pesos Cuatro millones ($ 4.000.000 ), y obras por Pesos Ocho millones ( $ 8.000.000 ),

Que en la presente Adecuación presupuestaria se modifican créditos en la Partida Principal “Bienes de Consumo”, “Servicios”, “Transferencias” y “Bienes de Capital”, de la actividad “Convenio de Colaboración Barrio Villa Ceferino”,

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11º) de la Ordenanza Nº 13.599 corresponde comunicar al Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, para que tome conocimiento.

Que a efectos del dictado de la norma legal pertinente, la Secretaría de Economía y Hacienda, remite los actuados a la Dirección Municipal de Despacho para el dictado de la norma legal pertinente.

Por ello:

LA SEÑORA SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANOR E S U E L V E:

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ARTÍCULO 1º) ADECUAR el Presupuesto de Erogaciones del Presupuesto Aprobado para el Ejercicio 2017 mediante Ordenanza 13.599, Promulgada por Decreto Nº 1.142 de fecha 22/12/2016 y Adecuado a la Estructura Funcional del Gabinete Municipal mediante Decreto 1.165 de fecha 29/12/2016, de la siguiente manera:

DEBITO

Servicio Administrativo: SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANOCurso de Acción: Convenio Con Ministerio del Interior, Obras Publicas y Viviendas de Nación Partida Principal: Bienes De Consumo 92,250

Servicios 276,748Actividad: Convenio De Colaboración Barrio Villa Ceferino 368,998

Total cursos de Acción Convenio Con Ministerio del Interior, Obras Publicas y Viviendas de Nación 368,998

TOTAL: SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO 368,998

TOTAL DEBITOS 368,998CREDITOS

Servicio Administrativo: SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANOCurso de Acción: Convenio Con Ministerio del Interior, Obras Publicas y Viviendas de Nación Partida Principal: Transferencias 82,401

Bienes De Capital 286,597Actividad: Convenio De Colaboración Barrio Villa Ceferino 368,998

Total cursos de Acción Convenio Con Ministerio del Interior, Obras Publicas y Viviendas de Nación 368,998

TOTAL: SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO 368,998

TOTAL CREDITOS 368,998

ARTICULO 2º) Comunicar del presente al Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11º) de la Ordenanza Nº 13.599.-

ARTICULO 3º) Regístrese, publíquese, cúmplase de conformidad, remítase a la Dirección Centro de Documentación e Información y oportunamente ARCHIVESE.-

ES COPIA FDO/ FONFACH.-

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SECRETARIA DE SERVICIOS URBANOS

RESOLUCIÓN Nº 0 5 0 4NEUQUÉN, 14 JUN 2017

V I S T O:

El expediente OE/3043/M/2017, la Ordenanza 13.599 Aprobatoria del Presupuesto para el presente ejercicio, Promulgada por Decreto 1.142 de fecha 22/12/2016 y Adecuado a la Estructura Funcional del Gabinete Municipal mediante Decreto 1.165 de fecha 29/12/2016

CONSIDERANDO:

Que mediante las normas legales citadas anteriormente, se aprueba el Presupuesto de la Administración Municipal para el Ejercicio 2017

Que por Expediente de marras, la Subsecretaría de Obras y Señalización – Secretaría de Servicios Urbanos (Nota 47/2017), solicita realizar una Adecuación presupuestaria atento a la necesidad de otorgarle crédito presupuestario a la Actividad Servicio de Señalamiento Gráfico que no cuenta con suficiente crédito presupuestario para llevar adelante la solicitud de compras 50523/D.

Que el artículo 8º) de la Ordenanza Nº 13.599 aprobatoria del Presupuesto del Ejercicio 2017, faculta al Órgano Ejecutivo a disponer reestructuraciones y/o modificaciones del Presupuesto aprobado, no pudiendo reestructurar cada actividad, por más de Pesos Cuatro millones ( $ 4.000.000 ), y obras por Pesos Ocho millones ( $ 8.000.000 ).

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 11º) de la Ordenanza Nº 13.599 corresponde comunicar al Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, para que tome conocimiento.

Que a efectos del dictado de la norma legal pertinente, la Secretaría de Economía y Hacienda, remite los actuados a la Dirección Municipal de Despacho para el dictado de la norma legal pertinente.

Por ello:

EL SR. SECRETARIO DE SERVICIOS URBANOSRESUELVE:

ARTÍCULO 1º) ADECUAR el Presupuesto de Erogaciones del Presupuesto Aprobado para el Ejercicio 2017 mediante Ordenanza 13.599, Promulgada por Decreto Nº 1.142 de fecha 22/12/2016 y Adecuado a la Estructura Funcional del Gabinete Municipal mediante Decreto 1.165 de fecha 29/12/2016, de la siguiente manera:

DÉBITOS

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Servicio Administrativo: SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACIÓNCurso de Acción: Prestación De Servicios a la ComunidadPartida Principal: ServiciosActividad: Servicios De Señalamiento Gráfico 459,600

459,600Total curso Acción Prestación De Servicios a La Comunidad 459,600

TOTAL: SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACIÓN 459,600

TOTAL DÉBITOS 459,600

CRÉDITOS

Servicio Administrativo: SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACIÓNCurso de Acción: Prestación De Servicios a la ComunidadPartida Principal: Bienes De ConsumoActividad: Servicios De Señalamiento Gráfico 459,600

459,600

Total curso Acción Prestación De Servicios A La Comunidad 459,600

TOTAL: SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SEÑALIZACIÓN 459,600

TOTAL CRÉDITOS 459,600

ARTÍCULO 2º) COMUNICAR del presente al Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11º) de la Ordenanza Nº 13.599.-

ARTÍCULO 3º) Regístrese, publíquese, cúmplase de conformidad, remítase a la Dirección Centro de Documentación e Información y oportunamente ARCHIVESE.-

FDO. MOLINA E.

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SECRETARIA DE MOVILIDAD URBANA

RESOLUCIÓN Nº 0 5 1 7NEUQUÉN, 16 JUN 2017

V I S T O:

El expediente OE/2793/M/2017, la Ordenanza 13.599 Aprobatoria del Presupuesto para el presente ejercicio; Promulgada por Decreto Nº 1.142 de fecha 22/12/2016 y Adecuado a la Estructura Funcional del Gabinete Municipal mediante Decreto1.165 de fecha 29/12/2016

CONSIDERANDO:

Que mediante las normas legales citadas anteriormente, se aprueba el Presupuesto de la Administración Municipal para el Ejercicio 2017.

Que por Expediente de marras, la Subsecretaria de Transporte y Transito – Secretaría de Movilidad Urbana, solicita realizar una Adecuación presupuestaria atento a la necesidad de otorgarle crédito presupuestario a las Actividades “Otorgamiento Licencia de Conducir”, “Dirección y Regulación Vial y “Control de Transito” que a la fecha no cuenta con suficiente crédito presupuestario para proceder a incorporar practicas rentadas cuya finalidad es el relevamiento del nuevo sistema de Transito implementando y dar curso a la solicitud de compras 50.901/D

Que el artículo 8º) de la Ordenanza Nº 13.599 aprobatoria del Presupuesto del Ejercicio 2017, faculta al Órgano Ejecutivo a disponer reestructuraciones y/o modificaciones del Presupuesto aprobado, no pudiendo reestructurar cada actividad no pudiendo reestructurar cada actividad, por más de Pesos Cuatro millones ( $ 4.000.000 )., y obras por Pesos Ocho millones ( $ 8.000.000);

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11º) de la Ordenanza Nº 13.599 corresponde comunicar al Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, para que tome conocimiento.

Que a efectos del dictado de la norma legal pertinente, la Secretaría de Economía y Hacienda, remite los actuados a la Dirección Municipal de Despacho para el dictado de la norma legal pertinente.

Por ello:

EL SR. SECRETARIO DE MOVILIDAD URBANARESUELVE:´

ARTÍCULO 1º) ADECUAR el Presupuesto de Erogaciones del Presupuesto Aprobado para el Ejercicio 2017 mediante Ordenanza 13.599, Promulgada por Decreto Nº 1.142 de fecha 22/12/2016 y Adecuado a la Estructura Funcional del Gabinete Municipal mediante Decreto 1.165 de fecha 29/12/2016, de la siguiente manera:

DÉBITO

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Servicio Administrativo: SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITOCurso de Acción: Regulación Y Control Del TránsitoPartida Principal: Bienes De Consumo 118,000 Actividad: Otorgamiento Licencias De Conducir 118,000

Partida Principal: Bienes De Consumo 90,000 Actividad: Dirección y Regulación Vial 90,000

Partida Principal Bienes De Consumo 100,000 Actividad: Control Del Tránsito 100,000Total cursos de Acción Regulación Y Control Del Transito 308,000

TOTAL: SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO 308,000

TOTAL DEBITOS 308,000

CREDITOSServicio Administrativo: SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITOCurso de Acción: Regulación Y Control Del TránsitoPartida Principal: Servicios 118,000 Actividad: Otorgamiento Licencias De Conducir 118,000

Partida Principal: Servicios 90,000Actividad: Dirección y Regulación Vial 90,000

Partida Principal Servicios 100,000 Actividad: Control Del Tránsito 100,000Total cursos de Acción Regulación Y Control Del Transito 308,000

TOTAL: SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO 308,000

TOTAL CREDITOS 308,000

ARTÍCULO 2º) COMUNICAR del presente al Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11º) de la Ordenanza 13.599

ARTÍCULO 3º) Regístrese, publíquese, cúmplase de conformidad, remítase a la Dirección Centro de Documentación e Información y oportunamente ARCHIVESE.

ES COPIA FDO) GARCIA

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FE DE ERRATAS

COMPETENCIA MUNICIPALCONVENIOS

D E C R E T O Nº 0 3 1 1NEUQUÉN, 21 ABR 2017.-

V I S T O:

El Expediente OE Nº 4349-M-16 y los Convenios suscriptos con fecha 20 de marzo de 2017, entre la MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN y la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN en el marco del Plan Provincial de Gobierno Electrónico y la Directiva Nº 002GE-2010-SEGPyC -Integrabilidad-; y

CONSIDERANDO:

Que a través de los Convenios mencionados, las partes se comprometen a colaborar recíprocamente en el cumplimiento de las finalidades plasmadas en la Ley de Ministerios, la Directiva de Integrabilidad Nº 002GE-2010-SEGPyC en reemplazo de la Directiva Nº 001GE-2008-SGPyCE y el Decreto Nº 2223/08 sobre Política de Seguridad de la Información para los Organismos de la Administración Pública Provincial, en la elaboración y ejecución de estrategias y programas orientados a optimizar el intercambio seguro de información y datos entre organismos; sin perjuicio de respetar el derecho a la intimidad y honor de las personas, asegurando el derecho consagrado en el Artículo 43º) de la Constitución Nacional, reglamentado por la Ley de Protección de los Datos Personales Nº 25326;

Que en virtud de ello, la Secretaría de Gestión Pública se compromete a entregar al Municipio la calidad de Fuente Auténtica (FA), debiendo este último proveer los datos requeridos por los Usuarios/Clientes;

Que asimismo, dicha Secretaría otorgará autorización a la Municipalidad para acceder a la Fuente Auténtica con los mecanismos de seguridad para el acceso y uso de datos correspondientes, otorgando los Servicios Web (WS) que deberán estar vigentes, operativos y disponibles;

Que previo a su suscripción, se expide la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos (Dictamen Nº 454/16) sin objeciones que formular desde el punto de vista técnico-legal al convenio de marras;

Que el señor Secretario de Economía y Hacienda eleva las actuaciones a la Dirección Municipal de Despacho para el dictado de la norma legal respectiva;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE NEUQUÉND E C R E T A:

Artículo 1º) APROBAR el Convenio suscripto con fecha 20 de marzo de 2017, entre la

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--------------- MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN y la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN en el marco del Plan Provincial de Gobierno Electrónico y la Directiva Nº 002GE-2010-SEGPyC -Integrabilidad-, mediante el cual dicha Secretaría entregará al Municipio la calidad de Fuente Auténtica (FA), debiendo este último proveer los datos requeridos por los Usuarios/Clientes; cuya fotocopia acompaña al presente Decreto.-

Artículo 2º) APROBAR el Convenio suscripto con fecha 20 de marzo de 2017, entre la --------------- MUNICIPALIDAD DE NEUQUÉN y la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN en el marco del Plan Provincial de Gobierno Electrónico y la Directiva Nº 002GE-2010-SEGPyC -Integrabilidad-, mediante el cual esta última otorgará al Municipio la autorización para acceder a la Fuente Auténtica con los mecanismos de seguridad para el acceso y uso de datos correspondientes, otorgando los Servicios Web (WS) que deberán estar vigentes, operativos y disponibles; cuya fotocopia acompaña al presente Decreto.-

Artículo 3º) Por la Secretaría de Economía y Hacienda, hágase llegar copia del presente ---------------- Decreto a la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN.-

Artículo 4º) El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno ---------------- y Coordinación, y de Economía y Hacienda.- Artículo 5º) Regístrese, publíquese, cúmplase de conformidad, dese a la ---------------- Dirección Centro de Documentación e Información y, oportunamente, ARCHÍVESE.-N.M.-

ES COPIA.- FDO) QUIROGA BERMÚDEZ ARTAZA.-

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