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“Panorama Actual de las Contribuciones en México” C.P.C. RAYMUNDO ROSAS Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

“Panorama Actual de las Contribuciones en México”

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“Panorama Actual de las Contribuciones en México”. C.P.C. RAYMUNDO ROSAS. Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013. REFERENCIAS A LOS IMPUESTOS. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Panorama Actual de las Contribuciones

en México”

C.P.C. RAYMUNDO ROSAS

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Page 2: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

REFERENCIAS A LOS IMPUESTOS

• EL DISEÑO Y APROBACIÓN DE LEYES EN EL LABORATORIO PIERDE MUCHA PERSPECTIVA SOBRE LA REALIDAD. LA CUAL ES UN ESPEJISMO DISTANTE.

• CRECIEMIENTO ECONÓMICA, INVERSIÓN EXTRANJERA Y DESEMPLEO• A NADIE LE GUSTA PAGAR IMPUESTOS• POLÍTICA EXPANSIVA, RECAUDATORIA Y MAYOR DÉFICIT• CENTRALIZACIÓN Y PROCESO PRESUPUESTAL

Page 3: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ANTECEDENTES DE LA SITUACIÓN ACTUAL

• DÉCADA 1980• PROYECTO NEOLIBERAL• CAMBIOS DE PARTIDOS Y GOBIERNO• PESOS Y CONTRAPESOS POLÍTICOS

Page 4: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

SITUACIÓN ACTUAL.

• EXISTE UNA DESACELERACIÓN• DEMOCRACIA Y ECONOMÍA LIBRE • INCERTIDUMBRE DE LOS CAMBIOS• LA DANZA DE LOS IMPUESTOS

Page 5: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

CONCLUSIONES

• TRANSPARENCIA, CORRUPCIÓN Y VOLUNTAD DEL GOBIERNO

• UN VERDADERO PROYECTO DE NACIÓN• POLÍTICA FISCAL EXPANSIVA• DÉFICIT PÚBLICO

Page 6: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

RECOMENDACIONES

• LOS REFLEJOS DE LOS CAMBIOS• REENFOQUE SERVICIOS PROFESIONALES• APOYO A LOS CAMBIOS SOCIALES

Page 7: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“LEY DE INGRESOS DE LA

FEDERACIÓN”

C.P.C. Ángel Francisco Torres Vidal

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Page 8: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

CONTRIBUCIÓN2013 2014

IMPUESTO SOBRE LA RENTA 818,095.40$ 1,006,376.90$ IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 622,626.00$ 609,392.50$

IMPUESTO ESPECIAL SOBREPRODUCCION Y SERVICIOS 52,982.30$ 134,441.60$ IMPUESTOS SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS 6,085.00$ 6,703.30$ IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR 28,082.20$ 26,758.60$ ACCESORIOS 27,261.90$ 20,562.20$ OTROS IMPUESTOS PENDIENTES DE PAGO 1,545.90$ 34,072.10-$ CONTRIBUCIONES DE MEJORA 26.80$ 27.80$ DERECHOS 809,588.50$ 822,023.40$ PRODUCTOS 5,458.40$ 5,665.70$ APROVECHAMIENTOS 78,365.30$ 112,081.20$ IETU 44,638.40$ -$ IDE 3,890.40$ -$

TOTAL 2,498,646.50$ 2,709,961.10$

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2014MILLONES DE PESOS

Page 9: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

CRITERIOS GENERALES DE POLITICA ECONÓMICA

• México incluyente• México próspero • Proveer de servicios de protección social• Dotar de un sistema fiscal justo y simple• Crecimiento del P.I.B. del 3.9%• Inflación del 3.0%• Precio del petróleo crudo 85.00 dólares por barril• Tipo de cambio 12.90 por dólar• Se derogan disposiciones que contengan exenciones totales

o parciales• Se elimina el I.E.T.U. y el I.D.E.

Page 10: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

TASAS DE RECARGOART. 8 LIF Y 21 CFF

Tasas de recargo

Para 2014 las tasas mensuales de recargos aplicables son:

1. 1.13 % por mora.2. 0.75 % por prórroga.3. Cuando se autorice el pago a plazos, se aplicaran las siguientes tasas de recargos

sobre los saldos y durante el periodo que se trate, las cuales ya incluyen la actualización realizada conforme al Código Fiscal de la Federación.

a) 1.00 % para pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses.b) 1.25 % para pagos a plazos en parcialidades de mas de 12 meses hasta de 24

meses.c) 1.50 % para pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como para

pagos a plazo diferido.

Page 11: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

REDUCCIÓN DE MULTAS FORMALESART. 15 SEGUNDO PARRAFO LIF

Los contribuyentes a los que se les impongan multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, gozaran de una reducción, entre otras, las relacionadas con:• El R.F.C.• La presentación de declaraciones, solicitudes o avisos• La obligación de llevar contabilidad• No efectuar los pagos provisionales de una contribución

Independientemente del ejercicio por el que corrija su situación, derivado del ejercicio de facultades de comprobación, el beneficio es el siguiente:

• 50% si el pago de las contribuciones omitidas y sus accesorios se hace después de que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de sus facultades de comprobación y hasta antes de que se levante el acta final de visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones.

• 40% si el pago de contribuciones omitidas y sus accesorios se hace después de que se levante el acta final de visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones, pero antes de que se notifique la resolución que determine el monto de las contribuciones omitidas.

Page 12: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ESTIMULOS FISCALESART. 16 APARTADO A LIF

a) Acreditamiento del I.E.P.S. del diesel.

• Los que realicen actividades empresariales excepto minería• Las personas que utilicen el diesel en las actividades agropecuarias o silvícolas.

b) Devolución del I.E.P.S. del diesel.

Los contribuyentes dedicados a actividades agropecuarias o silvícolas cuyos ingresos sean totalmente exentos en términos de la L.I.S.R., podrá solicitar la devolución del I.E.P.S.El monto de la devolución estará limitado de las siguiente manera:• Para personas físicas el monto máximo de la devolución será de $747.69 mensuales.• Para personas físicas con actividad empresarial el monto máximo será de $1,495.39

mensuales.• Para personas morales el monto máximo será de $747.69 mensuales por cada uno de los

socios o asociados sin que exceda en su totalidad de $7,884.96 mensuales.• Para personas morales en régimen simplificado el monto máximo será de $1,495.39 mensuales

por cada uno de los socios o asociados sin que exceda en su totalidad de $14,947.81 mensuales.

Page 13: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

c) Acreditamiento del I.E.P.S. del diesel para transportistas.

Aquellos cuya actividad sea el transporte publico y privado, de personas o carga, tendrán el beneficio de, acreditar únicamente contra el I.S.R. propio o retenciones del I.S.R. de ejercicio en que se determine el crédito del I.E.P.S. del diesel para uso automotriz que adquieran para su consumo final de vehículos que se destinen exclusivamente al transporte publico y privado, de personas o de carga.

d) Acreditamiento de hasta el 50% por pago de peajes

• Los que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre publico y privado, de carga o pasaje y al transportista privado de carga, de pasajeros o al transporte domestico publico o privado.

Page 14: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

EXENCIONESART. 16 APARTADO B LIF

Impuesto sobre automóviles nuevos (I.S.A.N.)

Se exime del pago del I.S.A.N. que se cause a cargo de las personas físicas o morales que enajenen al público en general o que importen definitivamente en los términos de la Ley Aduanera,automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquellos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno.

Page 15: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Ley del Impuesto al Valor Agregado”

Carlos A. González Pacheco

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Page 16: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LO QUE NO PASÓ:

1) PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA “COLEGIATURAS”.

2) CASA- HABITACIÓN: VENTA, ARRENDAMIENTO, INTERÉS HIPOTECARIO

3) ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

4) VENTA DE JOYERÍA, ORO Y LINGOTES.

Page 17: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

RETENCIÓN DE IVA

• ELIMINA LA OBLIGACIÓN DE RETENER EL IVA A EMPRESAS CON PROGRAMA DE IMPORTACIÓN TEMPORAL, EXPORTADORAS Y MAQUILADORAS.

Page 18: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ZONA FRONTERIZA

• SE ELIMINA LA TASA DEL 11% QUE APLICABA A ZONAS FRONTERIZAS.

Page 19: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

REPECOS

• DESAPARECE EL PAGO OPCIONAL PARA REPECOS Y LOS COMPROBANTES SIMPLIFICADOS.

Page 20: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

REPECOS

RÉGIMEN DE TRANSICIÓN

a) CALCULO Y PAGO DEL IMPUESTO BIMESTRAL

b) IMPUESTO DEFINITIVO

c) FORMA DE CALCULO DEL IMPUESTO

d) ENTERO DE RETENCIONES

e) COMPROBANTES FISCALES

f) OTROS

Page 21: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ARRENDADORES

• PERSONAS FÍSICAS• RENTA DE INMUEBLES• INGRESO MENSUAL MENOR A 10 VECES EL S.M.G.D.F.• DECLARACIÓN TRIMESTRAL• PAGOS DEFINITIVOS

Page 22: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

FALTANTE DE INVENTARIOS

MOMENTO DE CAUSACIÓN DEL IVA CUANDO LO CONOZCA EL CONTRIBUYENTE O LA PROPIA AUTORIDAD.

Page 23: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

DONATIVOS

• DONACIONES GRAVADAS CUANDO SE ENTREGUE EL BIEN O SE ENTREGUE EL DOCUMENTO.

Page 24: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

TRANSPORTE

• EL TRANSPORTE TERRESTRE FORÁNEO DE PERSONAS QUEDA GRAVADO AL 16%.

Page 25: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

IMPORTACIONES TEMPORALES

• SE ELIMINA LA EXENCIÓN EN IMPORTACIONES TEMPORALES, PERO PUEDEN OBTENER CERTIFICACIÓN DEL SAT PARA TENER DERECHO A UN CRÉDITO FISCAL PARA PAGO DEL IMPUESTO.

Page 26: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

IMPORTACIONES TEMPORALES

• QUIENES NO OPTEN POR EL CERTIFICADO PODRÁN NO PAGAR EL IMPUESTO SI EL MISMO SE GARANTIZA CON UNA FIANZA.

Page 27: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

IMPORTACIONES TEMPORALES PERIODO DE TRANSICIÓN.

• DISPOSICIONES ENTRARAN EN VIGOR UN AÑO DESPUÉS DE QUE EL SAT EMITA LAS REGLAS PARA CERTIFICARSE.

Page 28: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

TASA 0%

• SE INCLUYE EL TRANSPORTE AÉREO DE BIENES COMO ACTIVIDAD AL 0% POR LA PARTE QUE NO SE PRESTA EN EL PAÍS.

Page 29: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

VENTA BIENES INMUEBLES

EN LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES QUE GENEREN IVA, DEBERA EXPEDIRSE COMPROBANTE FISCAL

Page 30: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

SERVICIOS DE HOTELERÍA.

A PARTIR DE JULIO QUEDAN GRAVADOS LOS PAGOS POR SERVICIOS DE HOTELERÍA A TURISTAS EXTRANJEROS.

Page 31: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Ley del Impuesto Especial Sobre Producción

y Servicios”C.P.C. HUGO GERARDO RÍOS ARELLANO

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 27, 2013

Page 32: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

INGRESOS PRESUPUESTADOS PARA 2013 52, 982.30 MILLONES DE PESOSINGRESOS PRESUPUESTADOS PARA 2014 134,441.60 MILLONES DE PESOS INCREMENTO 81,459.30 MILLONES DE PESOSDICHO INCREMENTO REPRESENTA UN 154 % RESPECTO A 2013, EL CUAL SE ESTIMA OBTENER DE LA ENAJENACIÓN E IMPORTACIÓN DE NUEVOS BIENES Y SERVICIOS QUE A PARTIR DE 2014 SERÁN OBJETO DEL IMPUESTO.

Page 33: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

I. NUEVOS BIENES QUE SE GRAVARÁN

TASA O CUOTA DEFINICIÓN

1. LOS SIGUIENTES PRODUCTOS QUE CONTENGAN CUALQUIER TIPO DE AZÚCARES AÑADIDAS SERÁN OBJETO DEL IMPUESTO : ART. 3 - XX

A)

B)

C)

BEBIDAS SABORIZADAS

CONCENTRADOS, POLVOS, JARABES, ESENCIAS O EXTRACTOS DE SABORES, QUE AL DILUIRSE PERMITAN OBTENER BEBIDAS SABORIZADAS

JARABES O CONCENTRADOS PARA PREPARAR BEBIDAS SABORIZADAS QUE SE EXPENDAN EN ENVASES ABIERTOS UTILIZANDO APARATOS AUTOMÁTICOS, ELÉCTRICOS O MECÁNICOS

$ 1.00 POR LITRO

$ 1.00 POR LITRO

$ 1.00 POR LITRO

ART. 3 - XVIII

ART. 3 – XIX

ART. 3 – XIX

Page 34: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

I. NUEVOS BIENES QUE SE GRAVARÁN

NO PAGARÁN EL IMPUESTO LAS ENAJENACIONES SIGUIENTES :* BEBIDAS SABORIZADAS EXPEDIDAS EN RESTAURANTES,

BARES Y OTROS LUGARES EN LOS QUE SE PROPORCIONEN SERVICIOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

* BEBIDAS SABORIZADAS QUE CUENTEN CON REGISTRO SANITARIO COMO MEDICAMENTOS

* LECHE EN CUALQUIER PRESENTACIÓN

* SUEROS ORALES

Page 35: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS I. NUEVOS BIENES QUE SE GRAVARÁN TASA O

CUOTA DEFINICIÓN2. COMBUSTIBLES FÓSILES :

A)B)C)D)E)F)G)H)I)J)

PROPANOBUTANOGASOLINAS Y GASAVIÓNTURBOSINA Y OTROS KEROSENOSDIESELCOMBUSTÓLEOCOQUE DE PETRÓLEOCOQUE DE CARBÓNCARBÓN MINERALOTROS COMBUSTIBLES FÓSILES

$ 0.0591 POR LITRO$ 00.0766 POR LITRO

$ 0.1038 POR LITRO$ 0.1240 POR LITRO $ 0.1259 POR LITRO$ 0.1345 POR LITRO

$ 15.60 POR TONELADA$ 36.57 POR TONELADA$ 27.54 POR TONELADA$ 39.80 POR TONELADA

DE CARBONO QUE CONTENGA EL COMBUSTIBLE

ART. 3 - XXII-b)ART. 3 - XXII-c)

ART. 3 – XXII – d) y e)ART. 3 – XXII – f)ART. 3 – XXII – g)

ART. – XXII-h)ART. 3 XXII-i)ART. - XXII- j)

ART. 3 – XXII – k)ART.3 – XXII-l)

NO PAGARÁN EL IMPUESTO LAS ENAJENACIONES E IMPORTACIONES SIGUIENTES :

* PETRÓLEO CRUDO

* GAS NATURAL

Page 36: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

I. NUEVOS BIENES QUE SE GRAVARÁN TASA O CUOTA DEFINICIÓN

3. PLAGUICIDAS :

A)

B)

C)

CATEGORÍAS 1 Y 2 DE PELIGRO DE TOXICIDAD AGUDA

CATEGORÍA 3 DE PELIGRO DE TOXICIDAD AGUDA

CATEGORÍA 4 DE PELIGRO DE TOXICIDAD AGUDA

9 %

7 %

6 %

ART. 3 - XXIII

ART. 3 – XXIII

ART. 3 – XXIII

NO SE PAGARÁ EL IMPUESTO POR LAS ENAJENACIONES E IMPORTACIONES DE :

* PLAGUICIDAS QUE CONFORME A LA CATEGORÍA DE PELIGRO DE TOXICIDAD AGUDA CORRESPONDAN A LAS CATEGORÍA 5

Page 37: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

I. NUEVOS BIENES QUE SE GRAVARÁN TASA O CUOTA DEFINICIÓN

4. ALIMENTOS DE CONSUMO NO BÁSICO CON UNA DENSIDAD CALÓRICA DE 275 KILOCALORÍAS O MAYOR POR CADA 100 GRAMOS :

ART.3 - XXV

A)B)C)D)E)F)G)H)I)

BOTANAS PRODUCTOS DE CONFITERÍACHOCOLATE Y DEMÁS PRODUCTOS DERIVADOS DEL CACAOFLANES Y PUDINES DULCES DE FRUTAS Y HORTALIZASCREMAS DE CACAHUATE Y AVELLANASDULCES DE LECHE ALIMENTOS PREPARADOS A CASE DE CEREALES HELADOS, NIEVES Y PALETAS DE HIELO

8 % 8 %8 %8 %8 %8 %8 %8 %8 %

ART. 3 - XXVIART. 3 - XXVIIART. 3 – XXVIII Y XXIXART. 3 – XXX Y XXIART. 3 – XXXIIART. 3 – XXXIIIART. 3 – XXXIVART. 3 – XXXVART. 3 XXXVI

DEFINICIÓN DE KILOCALORÍA

LA CALORÍA ES LA UNIDAD QUE MIDE LA CANTIDAD DE ENERGÍA QUE APORTAN LOS ALIMENTOS.

LA KILOCALORÍA REPRESENTA MIL CALORÍAS Y EQUIVALE A LA CANTIDAD DE CALOR NECESARIA PARA ELEVAR UN GRADO LA TEMPERATURA DE UN LITRO DE AGUA A QUINCE GRADOS.

Page 38: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

II. NUEVOS SERVICIOS QUE SE GRAVARÁN

COMISIÓN, MEDIACIÓN, AGENCIA, REPRESENTACIÓN, CORREDURÍA, CONSIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE :

• PLAGUICIDAS ; Y

• ALIMENTOS DE CONSUMO NO BÁSICO.

LA TASA APLICABLE SERÁ LA QUE CORRESPONDA A LA ENAJENACIÓN DE DICHOS BIENES.

NO SE PAGARÁ EL IMPUESTO POR LOS SERVICIOS RELACIONADOS A LA ENAJENACIÓN DE PLAGUICIDAS QUE CONFORME A LA CATEGORÍA DE PELIGRO DE TOXICIDAD AGUDA CORRESPONDAN A LA CATEGORÍA 5.

Page 39: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

III. OTRAS REFORMAS RELEVANTES 1. LAS TASAS PARA BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO Y CERVEZA EN LUGAR DE

REDUCIRSE A LAS ESTABLECIDAS POR LA LEY CONFORME A LOS ARTÍCULOS NOVENO Y DÉCIMO TRANSITORIOS DEL DECRETO DE REFORMAS FISCALES PARA 2010, SE MANTUVIERON COMO SIGUE :

• BEBIDAS CON GRADUACIÓN ALCOHÓLICA DE HASTA 14° G.L. : 26.5 % EN LUGAR DEL 25 %

• BEBIDAS CON GRADUACIÓN ALCOHÓLICA DE MÁS DE 20 ° G.L. : 53 % EN LUGAR DEL 50 %

2. SE REFORMA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 2-A, ELIMINANDO LA MENCIÓN DE QUE LAS CUOTAS ADICIONALES PARA GASOLINAS Y DIESEL APLICABAN A LA “VENTA AL PÚBLICO EN GENERAL”, DE LO QUE SE INFERÍA QUE NO DEBÍAN GRAVARSE LAS DEMÁS VENTAS, LO CUAL ORIGINÓ LA PUBLICACIÓN DEL CRITERIO NO VINCULATIVO 03/IEPS, QUE INDICA QUE TODAS LAS VENTAS DEBEN GRAVARSE CON LAS REFERIDAS CUOTAS ADICIONALES, EN VIRTUD DE QUE DEBE ENTENDERSE POR PÚBLICO EN GENERAL CUALQUIER SUJETO QUE TENGA EL CARÁCTER DE CONSUMIDOR FINAL POR NO COMERCIALIZAR POSTERIORMENTE LOS COMBUSTIBLES, CONTRAVINIENDO CON DICHO CRITERIO LA DEFINICIÓN DE “PÚBLICO EN GENERAL” ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

Page 40: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

IV. COMENTARIOS ADICIONALES.

1. LA FIJACIÓN DE LAS TASAS Y CUOTAS A LA ENAJENACIÓN E IMPORTACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS ANTES INDICADOS, PROPICIARÁ EL INCREMENTO DE LOS PRECIOS DE VENTA DE LOS PRODUCTOS Y UNA POSIBLE REDUCCIÓN EN SU CONSUMO, CON LOS CONSECUENTES EFECTOS EN LA ECONOMÍA Y EN EL EMPLEO, DADA LA MAGNITUD DE LAS INDUSTRIAS INVOLUCRADAS.

2. ASIMISMO, LAS NUEVAS TASAS Y CUOTAS DE IEPS DEBERÁN INCREMENTARSE CON EL 16 % DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, POR FORMAR PARTE DE LA BASE GRAVABLE DE ESTE IMPUESTO.

Page 41: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

¡ POR ÚLTIMO !

TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE PAGAR IMPUESTOS PARA SUFRAGAR LOS GASTOS PÚBLICOS

Page 42: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

¡ PERO !

TAMBIÉN DEBEMOS EXIGIR QUE SE ADMI-NISTREN HONESTA- MENTE

Page 43: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Código Fiscal de la Federación”

L.C.C. y MD Francisco Tapia González.

L.C. y L.D. Francisco Valencia Olaya.

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Page 44: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Tramite de la Fiel para PF mediante representante (art. 17)

Se adiciona la posibilidad para las personas físicas puedan tramitar la FEL mediante apoderado o representante legal, los supuestos se establecerán mediante reglas de carácter general.

Page 45: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Cancelación FIEL y sello digital (art. 17-H, fracc. X).

Los certificados de la fiel y el sello digital que emita el SAT quedarán sin efectos cuando: • En un mismo ejercicio se omitan la

presentación de 3 declaraciones periódicas consecutivas o 6 no consecutivas.

Page 46: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o éste desaparezca.

• Tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.

Page 47: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Medios de pago contribuciones (art. 20 séptimo párrafo)

Se as contribuciones y aprovechamientos, los cheques del mismo banco en que se efectúe el pago, la transferencia electrónica, así como las tarjetas de crédito y débito.

Page 48: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Aviso de cambio de domicilio(art. 27)

En caso de cambio de domicilio fiscal deberán presentar el aviso dentro de los 10 días siguientes al día en el que tenga lugar dicho cambio.

Page 49: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Presunción del domicilio fiscal.(art. 10, fracc. I, inciso d).

Cuando las personas físicas no hubiesen manifestado algún otro domicilio fiscal, o se encuentren como no localizados en estos sitios se podrá considerar como domicilio fiscal el proporcionado a las entidades financieras y a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Page 50: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Inscripción al RFC (art. 27).

Las personas morales y físicas que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades del sistema financiero o en sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, deberán solicitar su inscripción en el RFC.

Page 51: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Generación del RFC con base en la CURP (artículo 33, fracc. III)

La autoridad fiscal, podrá generar el RFC con base en la CURP.

Page 52: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Obligaciones de las entidades financieras (art. 32-B)

Las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo tendrán las siguientes obligaciones:• Proporcionaran al SAT la información de las

cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales, o cualquier tipo de operaciones, que soliciten las autoridades fiscales.

Page 53: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Verificar que sus cuentahabientes se encuentren inscritos en el RFC.

• Obtener el nombre, denominación o razón social; nacionalidad; residencia; fecha y lugar de nacimiento; domicilio; RFC, CURP y número de identificación fiscal cuando se trate de residentes en el extranjero

Page 54: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Contabilidad electrónica (art. 28).

La contabilidad se llevará en medios electrónicos. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente.

Page 55: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.

Page 56: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Factura digital obligatoria(Se derogaron arts. 29-B y 29-C).

Se elimina la facilidad de emitir comprobantes simplificados o impresos con código de barras bidimensional.

La autoridad fiscal contará con toda la información de ingresos y egresos .

Page 57: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Responsabilidad solidaria (art. 26, fracc. X).

La responsabilidad de cada socio o accionista procederá en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la persona moral, en el porcentaje de participación que cada uno tuviese en el capital social suscrito al momento de la causación.

Page 58: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Cuando la sociedad incurra en los siguientes supuestos:• No inscribirse en el RFC.• Cambiar de domicilio sin presentar aviso cuando la

autoridad fiscal hubiera ejercido facultades de comprobación.

• No llevar contabilidad, ocultarla o destruirla

Page 59: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Desocupar el domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio respectivo

• Se aplicará solo si los socios o accionistas tienen o hubiesen tenido el control efectivo de la sociedad.

Page 60: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Dictamen fiscal (art. 32-A CFF).

Será opcional para los contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran tenido:• Ingresos mayores a $100,000,000.• Activos con valor superior a $79,000,000.• Por lo menos 300 trabajadores en cada uno

de los meses.

Page 61: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Lo manifestarán al presentar la declaración del ejercicio del ISR a Dictaminar.

• Quienes opten por dictaminarse no presentarán la declaración informativa sobre situación fiscal prevista en el artículo 32-H del CFF.

Page 62: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Revisión del dictamen (art. 52-A, fracc. I, segundo párrafo)

Cuando las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación revisen el dictamen tendrán un plazo de 6 meses contados a partir de que se notifique al contador público la solicitud de información. Anteriormente eran 12 meses.

Page 63: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

No aplica la revisión secuencial (art. 52-A, quinto párrafo, incisos g al k).

• El objeto de los actos de comprobación, sea sobre los efectos de la desincorporación de sociedades o cuando la sociedad integradora deje de determinar su resultado fiscal integrado.

• Tratándose de la revisión de los conceptos modificados por el contribuyente, que origine la presentación de declaraciones complementarias posteriores a la emisión de dictamen del ejercicio al que correspondan las modificaciones.

• se revisen conceptos modificados por el causante que origine la presentación de declaraciones complementarias posteriores a la emisión del dictamen del ejercicio al que correspondan las modificaciones

• se hubiese dejado sin efectos el certificado de sello digital para emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI)

• se realicen revisiones electrónicas• el dictamen se hubiese presentado extemporáneamente

Page 64: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Se haya dejado sin efectos, el certificado de sello digital para emitir comprobantes fiscales digitales por internet.

• Se practiquen revisiones electrónicas. • Cuando el dictamen se haya presentado en forma

extemporánea.

Page 65: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Sanción para el dictaminador (art. 52, fracc. V y párrafo 3)

Para que el dictamen tenga validez plena, el Dictaminador tendrá que estar al corriente en sus obligaciones fiscales en el mes de la presentación del dictamen;

Cumplir con el formato 32-D opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT.

Page 66: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

La autoridad hacendaria podrá exhortarlo, amonestar o suspenderlo hasta por 3 años al Dictaminador (actualmente son 2 años)

Page 67: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Se eliminará la declaratoria por CPR (art. 52).

Se deroga la posibilidad de solicitar la devolución de saldos a favor por declaratoria emitida por CPR.

Page 68: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Declaración informativa sobre situación fiscal (art. 32-H)

A más tardar el 30 de junio del año siguiente, los contribuyentes que a continuación se señalan, deberán presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal que mediante reglas de carácter general establezca el SAT.

Page 69: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Quienes tributen conforme al Título II de la LISR, que en el último ejercicio fiscal hubiesen declarado ingresos acumulables igual o mayor a $644’599,005.00

• Quienes al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto de los aquí señalados

Page 70: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Las sociedades mercantiles del régimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los términos del Capítulo VI, Título II de la LISR (integración)

• Las entidades paraestatales de la administración pública federal.

• Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, por las actividades de ese establecimiento.

Page 71: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Page 72: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Revisiones electrónicas(arts. 42, fracc. IX y 53-B).

La autoridad fiscales estarán facultada para practicar revisiones electrónicas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, basándose en el análisis de la información y documentación que obre en poder de la autoridad, sobre uno o más rubros o conceptos específicos de una o varias contribuciones.

Page 73: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las autoridades fiscales darán a conocer los hechos que deriven en la omisión de contribuciones a través de una preliquidación.

La notificación y promociones se realizaran a través del buzón tributario

Page 74: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Revisión de gabinete por buzón(artículo 42, Fracc. II)

Las autoridades fiscales podrán requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, para que exhiban en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de la autoridad o a través del buzón tributario, la contabilidad, datos, otros documentos o informes a efecto de llevar a cabo su revisión.

Page 75: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Medidas de apremio(art. 40)

• Las autoridades fiscales podrán emplear las medidas de apremio cuando se impida, de cualquier forma, el inicio o desarrollo de sus facultades de comprobación, las autoridades fiscales podrán emplear las medidas de apremio, observando estrictamente el siguiente orden:

Page 76: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Solicitar el auxilio de la fuerza pública, imponer multas, practicar el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación, solicitar a la autoridad competente que se proceda por desobediencia o resistencia a un mandato legítimo de autoridad.

Page 77: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Determinación de utilidad presuntiva (art. 58).

Las autoridades fiscales, para determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes (LISR), podrán aplicar a los ingresos brutos declarados o determinados presuntivamente, el coeficiente de 20% o el que corresponda tratándose de lista de actividades que contempla el articulo.

Page 78: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Contribuciones liquidadas, pago o garantía (art. 65).

Las contribuciones omitidas, así como los demás créditos fiscales que las autoridades fiscales determinen, deberán pagarse o garantizarse dentro de los 30 días siguientes a aquél en que haya surtido efectos para su notificación. Anteriormente eran 45 días.

Page 79: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Excepciones al principio de reserva (Art. 69)

La reserva no resulta aplicable respecto del nombre, denominación o razón social y RFC en los siguientes supuestos:• Que tengan a su cargo créditos fiscales firmes.

Page 80: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Tengan créditos fiscales firmes.• Tengan créditos determinados no

pagados ni garantizados• Cuando los contribuyentes estén no

localizables.• Estando inscritos ante el RFC se

encuentren como no localizados.

Page 81: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Tengan una sentencia por la comisión de un delito fiscal.• Se les hubieran cancelado créditos incosteables para el

SAT.• Se les hubiere condonado algún crédito fiscal.

Page 82: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

El SAT publicará en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y RFC de aquéllos que se ubiquen en alguno de los supuestos .

Los contribuyentes inconformes podrán hacer la aclaración mediante reglas de carácter general.

Page 83: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Comprobantes de operaciones inexistentes (art. 69-B, CFF).

Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente esta emitiendo comprobantes sin contar los recursos, para prestar los servicios o producir o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o dichos contribuyentes están no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

Page 84: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

El SAT notificar a los contribuyentes dicha situación a través de su buzón tributario y mediante publicación en el DOF, con el objeto de que puedan manifestar lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que desvirtué los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.

Page 85: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Los efectos de la publicación del listado serán considerar, con efectos generales, que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos por el contribuyente en cuestión no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.

Page 86: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las personas que tengan comprobantes expedidos por alguien del listado, contarán con 30 días a partir de la publicación para acreditar ante la autoridad fiscal, que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los citados comprobantes, o bien procederán en el mismo plazo a corregir su situación fiscal, mediante la declaración o declaraciones complementarias.

Page 87: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Si la autoridad fiscal, en uso de sus facultades de comprobación, detecte que una persona no acreditó la efectiva prestación del servicio o adquisición de los bienes, o no corrigió su situación fiscal, en los 30 días, determinará el o los créditos fiscales que correspondan.

Page 88: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las operaciones amparadas en los comprobantes se considerarán como actos o contratos simulados (art. 109, fracc. IV, CFF), y esa conducta se equipara al delito de defraudación fiscal.

Page 89: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Notificaciones por buzón tributario (art. 17-K).

Las personas físicas y morales inscritas en el RFC tendrán asignado un buzón tributario en la página de Internet del SAT, a través del cual:• Recibirán notificación de cualquier acto o

resolución administrativa que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido.

Page 90: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos, o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, y podrán realizar consultas sobre su situación fiscal.

Page 91: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Las personas deberán consultarlo dentro de los 3 días siguientes a aquél en que reciban un aviso electrónico. La autoridad enviará por única ocasión, mediante el mecanismo elegido, un aviso de confirmación que servirá para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste. 

Page 92: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Notificación de pago y diligencia de embrago (art. 137).

En caso de la notificación de pago y la diligencia de embargo, no pueda realizarse, porque a quien deba notificarse no se encuentra en el domicilio fiscal, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca, se oponga a la diligencia de notificación, esta se realizara a través del buzón tributario.

Page 93: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Cuando la autoridad fiscal no encuentre a la persona a notificar , dejará un citatorio en el domicilio del particular para la espera al día siguiente, de no estar presente, se practicará con quien se encuentre en el lugar o con un vecino y si éstos se negaren a recibirla, se hará por medio del buzón tributario

Page 94: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Otras notificaciones por buzón.(arts. 22, 42, fracc. II, 50, 177 y 196).

• Solicitudes de información y documentación en promociones, devoluciones.

• Pago de contribuciones omitidas• Inicio de facultades de comprobación.• Convocatorias de remate.• Abandono de los bienes embargados que

pasaran a propiedad del fisco

Page 95: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Responsables de delitos (art. 95, fracc.  VIII)

Nuevos responsables de los delitos fiscales:• Tengan la calidad de garante derivado de:

– Una disposición jurídica– Los estatutos sociales– Un contrato

El representante legal, los socios o accionistas pudieran ser responsables.

Page 96: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Inmovilización de cuentas bancarias (arts. 156-Bis y 156-Ter).

Solo se podrán embargar cuando:• Cuando los créditos fiscales se encuentren

firmes.• En el caso de créditos impugnados, solo

cuando el contribuyente este no localizable, abandone el domicilio fiscal y no de aviso de cambio de domicilio, la garantía es insuficiente, los bienes embargados sean insuficientes

Page 97: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Delitos (art. 108).

• Se presume cometido el delito de defraudación fiscal cuando existan ingresos o recursos que provengan de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

• Cuando se omitan contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas.

• Se declaren pérdidas fiscales inexistentes.

Page 98: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Sanción de 3 meses a 3 años de cárcel (art. 110, fracc. IV y V).

• Modifique, destruya o provoque la pérdida de la información que contenga el buzón tributario con el objeto de obtener indebidamente un beneficio propio o para terceras personas en perjuicio del fisco federal, o bien ingrese de manera no autorizada a dicho buzón, a fin de obtener información de terceros.

Page 99: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Cuando desaparezca del lugar donde tenga su domicilio fiscal, después de la notificación de la orden de visita domiciliaria o dela revisión de gabinete o cuando las autoridades fiscales tengan conocimiento de que fue desocupado el domicilio derivado del ejercicio de sus facultades de comprobación.

Page 100: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Sólo procederá la inmovilización hasta por el importe del crédito fiscal y sus accesorios.

• El SAT ordenara a la CNBV la inmovilización y esta la deberán realizarla a más tardar al tercer día.

Page 101: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Acuerdos conclusivo (art. 69-C, 69-D, 69-E)

Cuando los contribuyentes sean objeto del ejercicio de las facultades de comprobación y no estén de acuerdo con los hechos u omisiones asentados, podrán optar por solicitar la adopción de un acuerdo conclusivo. Dicho acuerdo podrá versar sobre uno o varios de los hechos u omisiones consignados y será definitivo en cuanto al hecho u omisión sobre el que verse.

Page 102: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• El acuerdo conclusivo lo tramitará a través de la PRODECOM, mediante escrito señalando los hechos u omisiones que se le atribuyen con los cuales no esté de acuerdo, expresando la calificación que, en su opinión, debe darse a los mismos, y podrá adjuntar la documentación que considere necesaria.

Page 103: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Recurso de revocación(art. 121).

El recurso se presentará a través del buzón tributario, dentro de los 30 días siguientes al cual hubiese surtido efectos la notificación, o podrá enviarlo a la autoridad competente en razón del domicilio o a la que emitió o ejecutó el acto según los medios autorizados por el SAT. Actualmente son 45 días con los que se cuenta para presentar el recurso.

Page 104: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las pruebas adicionales deberán anunciarse dentro del propio recurso o dentro de los 15 días posteriores a su presentación, y deberán ser exhibidas en un plazo de 15 días, contado a partir del día siguiente al que se anunciaron.

Page 105: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Prescripción de créditos(art. 146, penúltimo párrafo).

• El plazo para que se configure la prescripción, en ningún caso, incluyendo cuando este se haya interrumpido, podrá exceder de 10 años contados a partir de que el crédito fiscal pudo ser legalmente exigido.

Page 106: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

(art. segundo transitorio, fracc. X).

• El plazo de 10 años será aplicable para los créditos fiscales que hayan sido exigidos a partir del 1 de enero de 2005.

• Los créditos fiscales con anterioridad al 1 de enero de 2005, el SAT tendrá un plazo de 2 años para cobrarlos, siempre que se trate de créditos que no se encuentren controvertidos.

Page 107: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Ley Aduanal y Comercio Exterior”Gilberto Sodi Corona

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Page 108: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Considerandos e Intención

Objetivo explícito: facilitar las operaciones de comercio internacional, pero con énfasis en mantener el control.

Actualización e incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera.

Page 109: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Despacho Aduanero

Despacho aduanero en lugar distinto al autorizado, con independencia de la naturaleza o volumen de las mercancías, previa solicitud del interesado.

La modificación en cuestión da mayor sustento (¿redundancia?) a lo actualmente establecido en el Art. 19.

Reforma al Art. 10

Page 110: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Despacho Aduanero

Permitir que los particulares promuevan directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de agentes aduanales.

La intervención del agente aduanal será opcional.

Antecedente: la figura del apoderado aduanal.

Page 111: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Apoderado Aduanal

Derogación de la Sección que regula la figura del apoderado aduanal.

Los importadores y exportadores podrán directamente tramitar sus pedimentos a través de su firma electrónica (o sello digital designando a un representante).

Derogación: Sección Segunda, del Capítulo Único, del Título Séptimo de la Ley Aduanera

Page 112: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Patentes

En este mismo contexto, en materia de otorgamiento de patentes, de derechos y obligaciones de los agentes aduanales, así como los procedimientos de cancelación, suspensión y extinción de patentes aduanales, se reforman los Arts. 159, 164, 165 y 166.

Mediante convocatoria se podrá concursar para obtener patente de agente aduanal.

Page 113: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Transporte Ferroviario

Con el fin de promover el uso del transporte ferroviario, se modifica al Art. 11

El Art. 106 se adiciona a efecto de permitir la importación temporal de locomotoras y equipo especializado hasta por diez años, así como su cambio de régimen aduanero (actualmente sólo se permite la importación temporal de carros de ferrocarril).

Page 114: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Recinto Fiscalizado Estratégico  Se reforma al artículo 14-D para habilitar recintos

fiscalizados estratégicos en todo el territorio nacional (aun y cuando los inmuebles no colinden con los recintos fiscales).

Régimen facilitador del comercio internacional, a través no sólo del almacenamiento, sino también de la exhibición, transformación e incluso comercialización en un centro logístico especializado en comercio exterior.

Page 115: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Recinto Fiscalizado Estratégico

Se podrá destinar al régimen de recinto fiscalizado estratégico mercancías que, estando en depósito ante la aduana, el importador desee acondicionarlas, conservarlas o modificarlas para su comercialización (sin retirarlas de la aduana).

Con ello se permitirá que mercancías que estén en riesgo de caer en abandono, continúen bajo control aduanero, dando certidumbre a los importadores .  

Reforma a los Arts. 25 y 135-A

Page 116: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Sistema Electrónico Aduanero

Marco jurídico para sustentar al sistema electrónico aduanero, que permita a los usuarios efectuar todos los trámites de importación y exportación de mercancías.

Procedimiento para realizar el despacho aduanero con documentos digitales y electrónicos, empleando firmas electrónicas y sellos digitales (sustituyendo la presentación física de documentos, facilitando el trámite y pretendiendo inhibir el uso de documentos falsos).

Certeza jurídica al definir conceptos relacionados con el despacho electrónico.

Reforma al Art. 36 y la adición de un numeral 36-A.

Page 117: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Sistema Electrónico Aduanero

Certidumbre a la VUCEM y cuya reglamentación se encuentra soportada en Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Incorporar una declaración electrónica relativa al valor de las mercancías (sustituyendo a la Manifestación de Valor en Aduana).

Notificaciones en forma electrónica.

Page 118: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Reconocimiento Aduanero Análisis de Riesgo e Inspección no Intrusiva

Reconocimiento aduanero único y la realización del mismo mediante el uso de tecnología no intrusiva.

• Eliminación de los artículos de Ley concernientes al segundo reconocimiento aduanero.

Page 119: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Rectificación de Pedimentos

Rectificar el pedimento, tanto antes como incluso con posterioridad a la activación del mecanismo de selección automatizado.

Mediante autorizaciones para aquellos supuestos específicos que dé a conocer el SAT mediante reglas de carácter general.

Page 120: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Importaciones Temporales Posibilidad de cambiar el régimen sin previa

autorización. Ello implicará no limitar el ejercicio de tal derecho sólo por lo que se refiere al cambio de régimen temporal a definitivo por parte de empresas IMMEX.

Posibilidad de regularizar mercancías importadas temporalmente, aun estando vencido su plazo de legal estancia en el país.

Reforma a los Arts. Art.93.y al 101

Page 121: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Sanciones

Oportunidad de pagar créditos fiscales con reducción de 50% de la multa. Ello siempre que se realice el pago previo a la notificación de la resolución por la que se imponga la sanción (y que la multa no derive de la omisión de contribuciones o cuotas compensatorias y en los supuestos en que no procede el embargo precautorio).

Adición F. V al Art. 199

Page 122: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Cooperación con autoridades aduaneras de otros países

Debido a la interacción con el resto del mundo y los acuerdos de cooperación, se fortalecieron esquemas de intercambio de información.

Facilitar la coordinación con autoridades extranjeras para permitir el intercambio de información por medios electrónicos.

Objetivo: combatir infracciones aduaneras, contrabando, introducción de productos prohibidos, triangulación de origen, la subvaluación, y la sobre valoración, entre otros ilícitos.

Reforma a los artículos 143 y 144

Page 123: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Ley del Impuesto sobre la Renta

(Personas Morales)”

L. C. C. Francisco Javier Betancourt Santana

(Comité Fiscal UC&CS)Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México,

Noviembre 2013

Page 124: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Reforma Fiscal 2014

En octubre del presente ejercicio el Congreso de la Unión aprobó diversas modificaciones en materia fiscal, que entrarán en vigor a partir del 1º de enero de 2014.

Cabe señalar que aún se encuentran pendientes de publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Page 125: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)

A partir del 1º de enero de 2014 se abroga la Ley del IETU.

Cabe señalar que las obligaciones y derechos que hubieran nacido durante su vigencia, deberán cumplirse conforme a los montos, formas y plazos establecidos en dicha Ley o sus disposiciones transitorias.

Page 126: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)También a partir del 1º de enero de 2014 se abroga la Ley del IDE, sin embargo, las instituciones del sistema financiero deberán informar una

vez al año sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas a su nombre cuando el monto acumulado supere los $15,000 pesos mensuales.

Page 127: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:– La tasa del ÍSR se mantiene en 30% de acuerdo con la nueva

Ley del ISR.– Asimismo, sólo existirá una tasa especial para personas

morales dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

Page 128: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Participación de los trabajadores en la utilidad (PTU):El cálculo de la PTU se realizará de acuerdo con el mismo procedimiento para determinar el resultado fiscal excepto por:

1.Disminución de pérdidas fiscales.

2.Disminución de la PTU pagada.

Page 129: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales– La nueva Ley contempla un impuesto adicional del 10%

aplicado sobre el monto de los dividendos o utilidades distribuidos (Título IV Ley del ISR).

– Las personas morales deberán retener este impuesto que tendrá carácter de definitivo.

Page 130: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales– Existen nuevas reglas para el acreditamiento de impuestos pagados

en el extranjero principalmente tratándose de dividendos tales como:• Fórmulas específicas.• Proporcionalidad y límites de acreditamiento por países y ejercicios

fiscales.• Identificar los ejercicios de donde provengan las utilidades.

Page 131: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales– Para la aplicación de tratados

internacionales se requieren requisitos como:

• Demostrar residencia fiscal.• Designar representante legal en México.• Presentar la declaración de la situación

fiscal o en su caso el dictamen fiscal.• La autoridad podrá solicitar en el caso de

partes relacionadas que se el extranjero acredite la doble tributación jurídica a través de una manifestación bajo protesta de decir verdad

Page 132: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:– Se elimina el tratamiento fiscal de enajenaciones a plazo.– En el caso de FIBRAS existirá un tratamiento diferenciado para ingresos

diferentes al arrendamiento; en el caso de SIBRAS se deroga el estímulo fiscal.

– Costo Fiscal de Acciones. El cálculo para determinar la ganancia en la enajenación de acciones será el mismo, sin importar el tiempo de la tenencia que se tenga de las acciones.

Page 133: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Deducciones fiscales:– En el caso de donativos a favor de la Federación, entidades

federativas, municipios u organismos descentralizados el monto no podrá exceder de 4% de la utilidad fiscal.

– Adicionalmente, se limita la donación de bienes que han perdido su valor.

Page 134: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Deducciones fiscales:– La deducción por renta de automóviles no excederá de $200

diarios.– La deducción de los consumos en restaurantes y bares se

limita al 8.5%, con excepción de los consumos efectuados por gasto de viaje que serán al 100% con las reglas ya establecidas.

Page 135: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Deducciones fiscales:– Las cuotas al IMSS a cargo de los trabajadores absorbidas por el patrón

no serán deducibles.– Como requisitos adicionales para la deducción de Sueldos y Salarios se

establece que: • Esté cubierto el impuesto local por salarios.• Se expidan comprobantes fiscales digitales por internet.• Se pague mediante el sistema financiero arriba de $2,000.

Page 136: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:– Se establece que en el caso

de préstamos efectuados a terceros, trabajadores, funcionarios, socios o accionistas, se debe contar con un comprobante fiscal que ampare la contraprestación.

Page 137: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Deducciones fiscales:– En el caso de vales de despensa deberán ser entregados a

través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

Page 138: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:– Será deducible el 53% de los pagos que a su vez sean

ingresos exentos para el trabajador y de las aportaciones al fondo de pensiones.

– La deducción será del 47% de los pagos anteriores, cuando se disminuyan las prestaciones exentas a los trabajadores respecto al año anterior.

Page 139: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Tratándose de pagos al extranjero:– No serán deducibles los pagos que generen doble deducción,

así como los pagos que también sean deducibles para una parte relacionada residente en México o en el extranjero, salvo que la parte relacionada acumule los ingresos generados por el contribuyente ya sea en el ejercicio fiscal o el siguiente.

Page 140: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:– En el caso de contribuyentes que se dediquen a la explotación

de yacimientos minerales, se elimina toda posibilidad de deducir erogaciones realizadas en periodos preoperativos, en el ejercicio en que las mismas se realicen.

Page 141: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:– Para los equipos de transporte, se modifica el límite para la

deducción de automóviles de $175,000 a $130,000.– Adicionalmente, se elimina el estímulo fiscal de la deducción

inmediata de activos fijos.

Page 142: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Deducciones fiscales:– Se elimina la referencia de determinar el costo aplicando el

sistema de costeo directo.– Se elimina el UEPS como método de valuación de inventarios.

Page 143: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Instituciones de crédito– En el caso de instituciones de crédito, se elimina la opción de

deducir las reservas a la cartera de crédito, es decir, serán deducibles hasta que se consideren efectivamente incobrables.

Page 144: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Pérdidas fiscalesLas pérdidas fiscales pendientes de disminuir no tendrán cambio alguno, sin embargo, se establece en las disposiciones transitorias el derechos de poder disminuirlas en ejercicios posteriores.

Page 145: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Disposiciones generales:

En el caso de las declaraciones informativas, se elimina la obligación de presentar la declaración de retenciones, sueldos, pagos al extranjero, etc.; sin embargo, esta obligaciones se establece mediante disposiciones transitorias hasta diciembre 2016.

Page 146: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Régimen de consolidación fiscal:– Eliminación del Régimen de consolidación que propone dos

nuevas formas de cálculo:• Reflejar todos los efectos en resultado fiscal consolidado en el año en

que sea obligatorio desconsolidar (2014).• Mantener reglas similares al régimen actual para el pago del ISR

diferido.

Page 147: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Régimen de consolidación fiscal:– Los grupos que aún no tienen un periodo de 5 años

consolidando continuarán haciéndolo hasta cumplido dicho periodo.

Page 148: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Régimen de consolidación fiscal:– Es recomendable evaluar todos los conceptos que generan un

ISR diferido:• Pérdidas fiscales.• Pérdidas en venta de acciones obtenidas antes del ejercicio de 2008.• Conceptos especiales de consolidación.• Dividendos contables.,• Diferencias de CUFIN y registros de CUFIN.

Page 149: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Nuevo régimen opcional para grupo de sociedades:Este es aplicable a sociedades Integradoras que participen en el 80% de las acciones con derecho a voto de las sociedades Integradas.

Page 150: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Régimen opcional para grupo de sociedades:

Este nuevo régimen sólo permite el diferimiento del impuesto por pérdidas fiscales por un periodo de tres años. Elimina diversos beneficios como dividendos o CUFIN consolidada del régimen anterior.

Page 151: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Régimen opcional para grupo de sociedades:

Las sociedades que consolidan que requieran integrarse a este nuevo régimen, deberán presentar un aviso a más tardar el 15 de febrero de 2014.

Page 152: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Régimen opcional para grupo de sociedades:

Todos aquellos grupos que no consoliden para efectos fiscales deben presentar su solicitud a más tardar el 15 de agosto del año inmediato anterior a aquel en que se pretenda optar por este nuevo régimen.

Page 153: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Operaciones con el extranjero:Se establece que para que se considere que un impuesto pagado en el extranjero tenga la naturaleza de ISR deberá:

• Cumplir con las reglas generales que expida el SAT.• Se encuentre incluido en los tratados para evitar la doble tributación.

Page 154: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Tratándose de pagos al extranjero:– No serán deducibles los pagos efectuados a una entidad

extranjera que controle o sea controlada por el contribuyente, por concepto de intereses, regalías o asistencia técnica, cuando:

Page 155: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Tratándose de pagos al extranjero:• La entidad extranjera que reciba el pago se considere transparente,

excepto cuando la operación se haga a valores de mercado y sus accionistas o asociados estén sujetos a un ISR por los ingresos a través de la misma.

• El pago se considere inexistente para efectos fiscales en el país donde se ubique la entidad.

• La entidad extranjera que reciba el pago no lo considere como ingreso gravable.

Page 156: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Dictamen por enajenación de acciones:– Respecto del dictamen de CPR para la enajenación de

acciones para estar en posibilidad de aplicar la opción referente al pago del impuesto sobre bases netas y de reorganización de sociedades continua vigente en la nueva Ley del ISR.

Page 157: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

ISR Personas Morales

Pagos al extranjero:– La tasa máxima del ISR por pagos al extranjero con fuente de riqueza

en México se incrementa del 30% al 35% (referencia a la tasa máxima aplicable a personas físicas).

– Respecto de los ingresos por prestación de servicios personales subordinados, incluyendo jubilaciones, pensiones, a residentes en el extranjero etc., la tasa máxima será de 30% .

Page 158: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Efectos contables

Evaluar los aspectos contables y financieros de acuerdo con:

– Normas de Información Financiera (NIF´s) Mexicanas.

– International Financial Reporting Standards (IFRS) IAS 12

– US GAAP (Generally Accepted Accounting Principles) ASC 740.

Page 159: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Efectos contables

Eliminación de la provisión del IETU Diferido.

Page 160: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Efectos contables

Evaluar aspectos que afectan el ISR diferido y la tasa efectiva:

– Deducciones fiscales por:• Cambios en tratamiento fiscal.• Limitaciones a deducciones (Consumos, inversiones en automóviles,

arrendamiento, sueldos y salarios).• Pagos a partes relacionadas.

Page 161: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Ley del Impuesto Sobre la Renta

(Personas Físicas y Personas Morales con

Fines No Lucrativos)”Dr. Jorge Marcos García LandaMagno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México,

Noviembre 2013

Page 162: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• La deducción de vales de despensa, únicamente procederá cuando se otorguen a través de monederos electrónicos.

Personas

Morales con

fines no lucrativo

s y Físicas. Algunas reforma

s• Únicamente será

deducible hasta el 47% de las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador, lo anterior por virtud de la eliminación del IETU.

• Se elimina la deducción inmediata de activos fijos. D.T. 9º. F. XXXIV. No podrán deducir a partir del 2014, la parte pendiente.

Page 163: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• El monto deducible de las inversiones en automóviles será de 130 mil pesos por unidad.

• La renta de automóviles será de hasta 200 pesos diarios por unidad.

• Los consumos en restaurantes, únicamente será por el equivalente a 8.5%, siempre que el pago se realice mediante tarjeta de crédito, debito o servicios.

Personas

Morales con

fines no lucrativo

s y Físicas. Algunas reforma

s

Page 164: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las instituciones educativas para que

puedan seguir tributando en el Título III, es

necesario que lleven a cabo el trámite para ser donataria autorizada y

emitir comprobantes que sean deducibles para el

donante. Caso Contrario a partir del 1 de enero del

2014 deberán tributar en el Título II. D.T. 9º. F. XXII

Las instituciones de asistencia privada, se considerarán como

personas morales con fines no lucrativos, siempre

y cuando mantengan u obtengan autorización del SAT para recibir donativos

deducibles.

Personas Morales con fines

no lucrativos

Page 165: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las asociaciones deportivas reconocidas por la CONADE, serán consideradas personas morales con fines no lucrativos siempre que sean miembros del sistema nacional del deporte en los términos de la ley general de cultura física y deporte. Así mismo, las A.C. y S.C organizadas con fines deportivos que no cuenten con autorización para recibir donativos deducibles, deberán tributar en el Título II a partir del 1 de enero del 2014. D.T. 9º. F. XXII

Se crea un estimulo fiscal a favor de los patrones que contraten adultos mayores, por considerar que se incorpora al sector productivo a un grupo importante de la sociedad.

Personas Morales con fines

no lucrativos

Page 166: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Las personas con ingresos mayores a 500 mil pesos anuales, tributarán a una tasa del 31%, los que tengan ingresos mayores a 750 mil pesos anuales tributarán a una tasa del 32% , los que obtengan ingresos superiores a 1 millón de pesos anuales se les gravará con la tasa del 34% y los que perciban ingresos mayores a 3 millones de pesos se les gravará con la tasa del 35%.

Personas Físicas

Page 167: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Determinación del ISR por retener a una persona física que obtuvo ingresos en enero del 2014

1. Determinación del ISR por retener en enero del 2014Ingresos por salarios obtenidos por el trabajador $ 95,000

(-) Límite inferior 62,500 (=) Excendente del límite inferior 32,500 (x) Por ciento para aplicarse sobre el exced. del L.I. 34%(=) Impuesto marginal 11,050 (+) Cuota fija 21,738 (=) ISR por retener en enero del 2014 $ 32,788

Personas Físicas

Page 168: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

2. Determinación del ISR por retener en enero del 2014 con la tarifa vigente del 2013

Ingresos por salarios obtenidos por el trabajador $ 95,000 (-) Límite inferior 32,737 (=) Excendente del límite inferior 62,263 (x) Por ciento para aplicarse sobre el exced. del L.I. 30%(=) Impuesto marginal 18,679 (+) Cuota fija 6,142 (=) ISR por retener en enero del 2014 (tarifa 2013) $ 24,821

3. Determinación de al diferencia entre el ISR obtenido con las tarifas de los ejercicios 2013 y 2014

ISR por retener en enero del 2014 $ 32,788 (-) ISR por retener en enero del 2014 (tarifa 2013) 24,821 (=) Diferencia $ 7,967

Personas Físicas

Page 169: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Percepción mensual ISR 2014

Tasa efectiva ISR 2013

Tasa efectiva Diferencia

35,000.00 6,820.90 19.49%

6,820.90 19.49%

-

65,000.00 15,870.90 24.42%

15,820.90 24.34%

50.00

95,000.00 25,704.23 27.06%

24,820.90 26.13%

883.33

150,000.00 44,404.43 29.60%

41,320.90 27.55%

3,083.53

250,000.00 78,404.23 31.36%

71,320.90 28.53%

7,083.33

500,000.00 165,904.23 33.18%

146,320.90 29.26%

19,583.33

Personas Físicas

Page 170: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las deducciones personales no podrán exceder de la cantidad que resulte menor entre 4 salarios mínimos elevados al año o del 10% del total de los ingresos.Determinación de las deducciones para la declaración anual del 2014 de una persona física.

1. Determinación del monto máximo de deducciones personales que se podrán aplicar en la declaración anual 2014.a) Determinación de 4 SMG elevados al año

SMG $ 66.85 (x) Cuatro 4 (=)Resultado 267 (x) Días del año 365 (=)Cuatro SMG elevados al año $ 97,601

Personas Físicas

Page 171: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

b) Determinación del 10% de los ingresos totales del contribuyente en 2014

Ingresos obtenidos $ 987,451 (x) Diez por ciento 10%(=) 10% de los ingresos totales obtenidos $ 98,745

c) Comparación de cuatro SMG elevados al año contra 10% de los ingresos totales del contribuyente en el 2014.Cuatro SMG elevados

al añoMayor o menor

10% de ingresos totales obtenidos

97,601 < 98,745

Personas Físicas

Page 172: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Las deducciones por conceptos de pago de honorarios médicos, dentales, hospitalarios y el de la transportación escolar obligatoria, se realice con pagos a través del sistema financiero y se cuente con el comprobante respectivo.

• La exención por venta de casa habitación únicamente opera hasta por el equivalente a 700,000 mil UDIS, aproximadamente 3.5 millones de pesos.

Personas Físicas

Page 173: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Se crea un nuevo régimen de

incorporación aplicable a las

actividades empresariales, para

enajenación de bienes o prestación de servicios que no

requieran título profesional y cuyos ingresos anuales

sean hasta por dos millones de pesos,

estableciéndose que para el primer

ejercicio de operación se tendrá

una exención del 100% en el segundo

ejercicio un 90%, tercero 80%, así

sucesivamente hasta llegar al décimo año que se tendrá una

exención del 10% y a partir del décimo primer ejercicio se

deberá tributar en el régimen general de personas físicas con actividad empresarial

y profesional.

Personas Físicas

Page 174: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Determinación del pago bimestral de ISR de una persona física delrégimen de incorporación fiscal1. Suma de los ingresos percibidos durante el bimestre enero-febrero

Ingresos percibidos en enero del 2014 $ 37,053 (+) Ingresos percibidos en febrero del 2014 30,478 (=) Ingresos percibidos en el bimestre 67,531

2. Suma de las deducciones autorizadas durante el bimestreDeducciones autorizadas de enero del 2014 28,698

(+) Deducciones autorizadas de febrero del 2014 20,745 (=) Deducciones autorizadas del bimestre 49,443

3. Determinación de la base gravable para el pago bimestralIngresos percibidos en el bimestre 67,531

(-) Deducciones autorizadas del bimestre 49,443 (=) Base gravable para el pago bimestral enero-febrero $ 18,088

Personas Físicas

Page 175: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

4. Determinación del ISR para el pago bimestralBase gravable para el pago bimestral enero-febrero $ 18,088

(-) Límite inferior 17,203 (=) Excedente del límite inferior 885 (x) Por ciento para aplicarse sobre el exc. del L.I. 17.92%(=) Impuesto marginal 159 (+) Cuota fija 1,573 (=) ISR del bimestre enero-febrero 2014 1,732

5. Determinación del pago del ISR del bimestre de enero-febrero 2014ISR del bimestre enero-febrero 2014 1,732

(x) Porcentaje de reducción del ISR 100%

(=) Pago del ISR de enero-febrero 2014 -

Personas Físicas

Page 176: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

D.T. 9º. F. XXVI. El Régimen de Pequeños Contribuyentes se deroga por lo que los contribuyentes que no reúnan los requisitos para tributar en los términos de la Sección II, del Capítulo II del Título IV, pagarán el ISR conforme a la Sección I y para efectos de sus pagos provisionales considerarán como coeficiente de utilidad el señalado en el Art. 58 del CFF.

Personas Físicas

Page 177: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Reducción del ISR por pagar en el régimen de incorporación fiscalAños 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Por la presentación de información de ingresos, erogaciones y proveedores 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10%

El impuesto se determinará mediante la aplicación de una tarifa bimestral y se tendrá derecho a la reducción del impuesto de acuerdo a la tabla.

Nota:

Personas Físicas

Page 178: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Se aplicará una tasa del 10% definitiva sobre la diferencia entre la ganancia y la pérdida por la enajenación de acciones aun cuando estas sean de residentes en el extranjero.

D.T. 9º. F. XXXII. Para determinar la ganancia por acciones o títulos adquiridos hasta el 31 de diciembre del 2013, se podrá restar al precio de venta las comisiones por concepto de intermediación en la enajenación, el valor promedio de adquisición que resulte de las últimas 22 cotizaciones.

Personas Físicas

Page 179: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Se incrementa el monto del crédito otorgado por el sistema financiero de 250 a 750 mil UDIS, para hacer deducible los intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de casa habitación.

Personas Físicas

Page 180: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos, los percibidos por dividendos o utilidades.

Art. 140

Ejercicio de donde provienen los dividendos (CUFIN).2013 2014 Total

Monto del dividendo o 5,000,000 3,200,000 8,200,000 utilidad distribuida

1. Determinación del ISR adicional definitivoIngresos por dividendos de CUFIN de 2014 3,200,000

(x) Tasa adicional 10%(=) ISR adicional definitivo (1) $ 320,000

Personas Físicas

Page 181: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

NOTA:

1. A partir del 2014 las PF son sujetas a una tasa adicional del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos. D.T. 9º. F. XXX. Los dividendos que provengan de la CUFIN determinada hasta el 2013 no les será aplicable esta disposición por lo que la PM deberá llevar una nueva cuenta de CUFIN y los dividendos determinados en base a esta última será a los que se les aplicará la tasa adicional del 10%.

2. Los 8´200,000 que provienen de CUFIN en la determinación del ISR sería del 0%, únicamente se determina el impuesto adicional a los 3´200,000 por provenir del ejercicio 2014.

Personas Físicas

Page 182: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Fracción II. Se abroga la Ley del ISR publicada el 1 de enero del 2002. El reglamento con fecha 17 de octubre del 2003 continuará aplicándose siempre que no se oponga a la LISR y hasta que se expida uno nuevo.

Fracción X. Obligación de presentar declaraciones informativas y constancias:

1) PM Título III Retenciones por pagos al extranjero.

Pagos por concepto de donativos.

2) PF Título IV Arrendadores, fideicomiso por arrendamiento de PF, por entrega de premios.

Disposiciones

Transitorias

Artículo

Noveno

Page 183: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Fracción XXIII. Los contribuyentes del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, el SAT podrá otorgar facilidades administrativas en materia de comprobación de erogaciones por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación del ganado y gastos menores que no podrán exceder del 10% de sus ingresos con un límite de $800,000, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Disposiciones

Transitorias

Page 184: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Fracción XLIII. El Ejecutivo Federal en un plazo no mayor de 30 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto deberá expedir reglas de carácter general estableciendo incentivos económicos para facilitar la incorporación al Régimen de la Sección II de la Ley del ISR.

Disposiciones

Transitorias

Page 185: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

I n c e n t i v o s

• Financiamiento en la banca de desarrollo para la modernización de las operaciones de los contribuyentes.

• Flexibilización de tarifas para el uso servicios públicos en función de las ganancias.

• Programas de capacitación, emprendimiento y crecimiento empresarial, así como de cultura contributiva.

Disposiciones

Transitorias

Page 186: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Seguridad Social y Pensión Universal”

L.C. Alberto Martínez Bejero

Magno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México, Noviembre 2013

Page 187: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

PENSIÓN UNIVERSAL

INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 4o, 73 Y 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSAL.

Page 188: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Art. 4.- Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Page 189: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Texto propuesto

La iniciativa propone adicionar los párrafos décimo tercero y décimo cuarto y mantener intactos los 12 párrafos anteriores del Artículo 4 de la Constitución.

Aquí los párrafos propuestos para añadir al Artículo 4:

Page 190: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

"Artículo 4o. El Estado protegerá los derechos de los adultos mayores; velará por que vivan con dignidad y seguridad, y reciban servicios de salud; promoverá su integración social y participación en las actividades económicas, políticas, educativas y culturales de su comunidad, y establecerá mecanismos de prevención y sanción de todo tipo de violencia o discriminación en su contra.

Page 191: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Los adultos mayores tendrán el derecho a recibir una pensión para apoyar sus gastos básicos de manutención durante la vejez, en los términos que determinen las leyes que expida el Congreso de la Unión".

Page 192: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Art. 73. XVI 1a.- El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.• Texto propuesto:

La iniciativa propone mantener intacta la redacción actual del Artículo 73 constitucional y sólo añadir la fracción XXIX-R, de la manera que se muestra a continuación:

Page 193: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

"Artículo 73. ... XXIX-R. Para legislar en materia de protección de los adultos mayores, con objeto de cumplir lo previsto en el artículo 4o, último párrafo, de esta Constitución, así como en materia de seguro de desempleo, en términos del artículo 123, último párrafo, de la misma“.

Page 194: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Art. 123. XXIX.- Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

Page 195: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Texto propuesto:

La iniciativa propone mantener prácticamente intacta la redacción actual del Artículo 123 constitucional, sólo reformando la fracción XXIX del Apartado A.

Page 196: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Artículo 123. ... Apartado A, fracción XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares”.

Page 197: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

PROGRAMA DE PENSIÓN PARA ADULTOS MAYORES (65 y Más)

El Programa de Pensión para Adultos Mayores (65 y Más) busca atender a los adultos mayores que no cuentan con una pensión de retiro mediante la entrega de apoyos económicos y de protección social y es, sin duda, el programa más importante en México de pensión a la vejez por su cobertura y presupuesto.

Page 198: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Sin embargo, al igual que otros programas de apoyos sociales, no está asociado directamente a un derecho, por lo que se genera vulnerabilidad entre la población beneficiada, además de ser un programa cuyo financiamiento proviene enteramente de aportaciones presupuestarias del ejercicio correspondiente, lo que no favorece su sostenibilidad en el largo plazo.

Page 199: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Se prevé que los adultos mayores que, hasta el presente año, han recibido apoyos del Programa de Pensión para Adultos Mayores (el cual se concluirá el 31 de diciembre), continuarán recibiendo los recursos a través de la Pensión Universal, ajustándose gradualmente hasta igualar el monto establecido en términos generales para la Pensión Universal; la misma regulación aplicará para los ciudadanos mexicanos que cumplan 65 años a partir del año 2014.

Page 200: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

PENSIÓN UNIVERSAL.

El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de diputados la Iniciativa de Decreto por el que se expiden la Ley de la Pensión Universal.

El espera que en los próximos días se concreten las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que alrededor de 5 millones 600 mil adultos mayores de 65 años de

Page 201: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

edad, que en todo el país no cuentan con pensión o jubilación, se incorporen automáticamente a la Pensión Universal que otorgará el gobierno Federal.

Lo anterior se avoca a que se requiere un sistema de seguridad social universal con un financiamiento sólido, que busque la seguridad económica de las personas y sus hogares ante eventos como son el desempleo, la enfermedad, la invalidez y la vejez.

Page 202: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Lo anterior se avoca a que se requiere un sistema de seguridad social universal con un financiamiento sólido, que busque la seguridad económica de las personas y sus hogares ante eventos como son el desempleo, la enfermedad, la invalidez y la vejez.

Se propone que la Pensión Universal atienda a todos aquéllos que no puedan obtener una pensión de carácter contributivo y garantizará a las personas que tengan estas pensiones un nivel mínimo de bienestar durante su vejez, logrando con ello la universalidad.

Page 203: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Con la finalidad de transparentar el uso y destino de los recursos, así como dotar de sostenibilidad financiera a la Pensión Universal, el Gobierno Federal aportará a un fondo financiero recursos presupuestales que serán individualizados a favor de cada mexicano y se establecerán mecanismos que fomenten el ahorro complementario.

Page 204: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

La Pensión Universal se divide en cinco capítulos:

• I. Disposiciones generales;

• II. De los Requisitos para obtener la Pensión Universal;

• III. Del Monto de la Pensión Universal;

• IV. Del Financiamiento de la Pensión Universal, y

• V. De las Sanciones. 

Page 205: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

I. Disposiciones generales.

Es establecer los términos y condiciones para el otorgamiento de la Pensión Universal, además de definirse en un artículo los principales términos que serán referidos a lo largo de la Ley.

 Asimismo, se prevé que la interpretación, para efectos administrativos, de la Ley, le corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, toda vez que el ordenamiento incidiría en el ámbito de competencia de dicha dependencia.

Page 206: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Además, se establece una cláusula habilitante para que el Instituto Mexicano del Seguro Social pueda emitir las disposiciones de carácter general que se requieran para la operación de la Pensión Universal.

Page 207: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

II. De los Requisitos para obtener la Pensión Universal.

1) Cumplir 65 años de edad a partir del año 2014 y no tener el carácter de pensionado.

Esto es, no ser beneficiario de una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente a partir del día 1º de julio de 1997 y la Ley abrogada por ésta; jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios o cesantía en edad avanzada bajo el régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y

Page 208: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente hasta el 31 de marzo de 2007 y bajo el régimen del artículo décimo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente; por retiro, cesantía en edad avanzada y vejez bajo el régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente a partir del 1º de abril de 2007, así como esquemas similares en que se otorgue una pensión por años de servicio o edad por parte de entidades de la administración pública federal paraestatal;

Page 209: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

2) Residir en territorio nacional.

Por considerar que los residentes en territorio nacional han desarrollado sus actividades y han contribuido en el país y requieren un apoyo para cubrir sus gastos básicos de manutención, en tanto que aquellos residentes en el extranjero pudieran ser beneficiarios de otros esquemas de seguridad social en su lugar de residencia. Para el caso de los extranjeros se prevé que su residencia en territorio nacional deberá ser de al menos 25 años, para evitar que sean beneficiados por programas de sus lugares de origen;

Page 210: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

3) Estén inscritos en el Registro Nacional de Población.

Este requisito reviste especial importancia toda vez que permitirá la identificación de los ciudadanos y la individualización de los recursos de cada mexicano, así como el cálculo de los recursos necesarios para otorgar la pensión universal a los extranjeros que residan en territorio nacional y que cumplan con los demás requisitos, y

Page 211: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

4) Tener un ingreso mensual igual o inferior a quince salarios mínimos, para lo cual se propone una declaración bajo protesta de decir verdad.

Este requisito implica cuestiones de equidad, toda vez que se considera que aquellas personas que cuentan con ingresos mayores a quince salarios mínimos no se encuentran en necesidad de recibir una pensión del Estado para garantizar una vejez digna.

Page 212: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

El procedimiento consiste en que el Instituto Mexicano del Seguro Social revisará que el solicitante de la Pensión Universal cumpla con los requisitos señalados y emitirá la resolución correspondiente. Asimismo, deberá comunicar al solicitante la resolución, y en caso de que ésta sea positiva, hará lo propio con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que llevará a cabo el trámite de pago correspondiente. El procedimiento para otorgar el pago de la Pensión Universal se realizará en los términos que prevea el reglamento.

Page 213: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

De igual manera, la iniciativa de ley que nos ocupa prevé mecanismos para conservar el derecho a recibir el pago de la Pensión Universal, mismos que consisten en acreditar la supervivencia del beneficiario, que éste no adquiera los derechos de pensionado bajo algún sistema y que atienda los esquemas de prevención en materia de salud que se establezcan a través de las autoridades competentes.

Page 214: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

La iniciativa que se somete a la consideración de esa Soberanía establece que la Pensión Universal tiene las siguientes características:

a) Personal, pues se otorgará individualmente;

b) Intransferible, es un derecho adquirido por las condiciones de cada persona, por lo que no podrá ser enajenada ni cedida bajo ninguna circunstancia, y

Page 215: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

c) Inextinguible, pues al haberlo obtenido y cumpliendo con los requisitos de conservación previstos, su pago sólo cesará con el fallecimiento del beneficiario.

Por otra parte, es de mencionarse que se establece un plazo de un año para la prescripción del derecho a reclamar los pagos mensuales de la pensión.

Page 216: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Es decir, el beneficiario no pierde nunca el derecho de acceder a su pensión pero, por certeza jurídica, cuenta con un plazo de un año para reclamar los pagos mensuales correspondientes, contados a partir de la fecha en que los mismos sean exigibles.

Page 217: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

III. Monto de la Pensión Universal.

La Pensión Universal tiene por objeto apoyar económicamente a los adultos mayores, mediante un monto mensual objetivo de $1,092.00. Para tal efecto, se tomó como parámetro la Línea de Bienestar Mínimo (LBM), definida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social como el valor monetario mensual de una canasta alimentaria básica.

Page 218: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Dicho monto será actualizando anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

IV. Del Financiamiento de la Pensión Universal.

La Pensión Universal será financiada totalmente por el Gobierno Federal, así como los gastos de administración y operación correspondientes.

Page 219: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

V. De las Sanciones

Las personas que presenten documentación falsa o declaren en falsedad con el propósito de beneficiarse con la Pensión Universal o mantener el derecho a disfrutarla, se harán acreedoras a multas que van de cien a trescientos días de salario mínimo general vigente.

Page 220: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Finalmente, se prevé que el Gobierno Federal, para el financiamiento de la Pensión Universal de las personas que a partir del año 2014 cumplan 18 años de edad, constituirá un fideicomiso en el Banco de México irrevocable, sin estructura orgánica, el cual se integrará con los recursos que, atendiendo a los estudios actuariales y demográficos elaborados conforme al Reglamento de la Ley de la Pensión Universal, se prevean cada año en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Page 221: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

“Discrepancia FiscalVS

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con

Recursos de Procedencia IlícitaVS

Código Fiscal de la Federación”

Dr. Jorge Marcos García LandaMagno evento Reforma Fiscal 2014, Ciudad de México,

Noviembre 2013

Page 222: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Con motivo de la propuesta de la Reforma Fiscal que el ejecutivo federal presentó al H. Congreso de la Unión, con fecha 08 de septiembre del año en curso y referente a la modificación que se propone a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se incluye el artículo 91 que le da un nuevo esquema a la discrepancia fiscal; este artículo 91 de la LISR se correlaciona con la LFPIORPI ya que ambas leyes manejan el uso de la tarjeta de crédito, la primera como erogación y la segunda como actividad vulnerable, misma que entrará en vigor a contar del 01 de enero del 2014.

Introducción

DF vs LFPIORPI vs CFF

Page 223: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Nuestro sistema fiscal regula la detección de la evasión fiscal, vigilando principalmente las salidas de dinero que las entradas, debido a que es más fácil indagar las primeras y con mayor razón si los realiza dentro del sistema financiero a través de productos bancarios, de ahí la importancia del gobierno de alentar a usar el sistema financiero.

Todas las PF´S que desarrollan una actividad económica, inscritas o no en el RFC, están en la mira del SAT y cada operación que se realiza deja evidencia de las mismas, otorgándole a la autoridad elementos para determinar contribuciones, créditos, multas y accesorios, sustentándose en normas jurídicas, como lo son los artículos 91 de la Ley del ISR, 108 y 109 del CFF.

DF vs LFPIORPI vs CFF

Page 224: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

En nuestro país se establecen estructuras, que van en correlación a este tema, mismas que se plasman en tres leyes principalmente como son:

Las disposiciones antes señaladas detectarán la discrepancia fiscal y además las actividades vulnerables, establecerán las reglas penales a que se sujetarán las personas físicas en nuestro país.

1. Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

2. Ley del Impuesto Sobre la Renta.3. Código Fiscal de la Federación.

DF vs LFPIORPI vs CFF

Page 225: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Discrepancia Fiscal

En la actual Ley del ISR en el Art. 107 mismo que se encuentra en disposiciones generales del Título IV de las Personas Físicas, ya se contempla el concepto de presunción fiscal y que en esencia se determina cuando el SAT revisa la declaración anual de una Persona Física y comprueba el monto de las erogaciones y la discrepancia respecto del ejercicio revisado en cuestión.

Impuesto Sobre la Renta 2013

Page 226: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

En este numeral se define que se considera erogación, entendiéndose como tal: los gastos, las adquisiciones de bienes y los depósitos en cuentas bancarias o en inversiones financieras, en este último caso se interpreta que son las cuentas bancarias o inversiones tanto en territorio nacional como en el extranjero.

El contribuyente cuenta con un plazo de 15 días para informar por escrito las razones que tuviera para inconformarse o el origen que explique la discrepancia y ofrecerá las pruebas, mismas que acompañarán a su escrito o las rendirá a más tardar dentro de los 20 días siguientes.

Impuesto Sobre la Renta 2013

Page 227: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

En este mismo Capítulo IX y en específico el artículo 170 en su primer párrafo, se señala que cuando los contribuyentes obtengan en forma esporádica ingresos de los señalados en este capítulo, cubrirán como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el ingreso percibido sin deducción alguna. Estas personas tendrán que presentar declaración anual en donde de acuerdo a la tarifa del artículo 177 pagará la tasa máxima del 30% pudiendo acreditar el 20% antes referido.

En caso de no formular inconformidad o no probar el origen de la discrepancia, esta se estimará como ingreso de los señalados en el Capítulo IX del Título IV y en esencia encuadrado en la fracción XV del artículo 167.

Impuesto Sobre la Renta 2013

Page 228: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las Personas Físicas deberán de ser muy cautelosos con el manejo de sus erogaciones ya que no es suficiente el haber cubierto el ISR señalado en el párrafo que antecede ya que tendrán que pagar los impuestos, actualizaciones, recargos, multas, gastos de ejecución además el CFF asimila la discrepancia al delito de defraudación fiscal y que en los términos del artículo 108 de la misma disposición, esta se castiga con pena corporal que va de 3 meses a 9 años de prisión.

Impuesto Sobre la Renta 2013

Page 229: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las personas físicas que obtengan ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, considerarán como ingresos los que el retenedor manifieste haber pagado.

Pudiera darse el caso en que el retenedor manifieste haber pagado al contribuyente $400,000 en el ejercicio y este último realizó erogaciones superiores a $5´000,000, por lo que podría incurrir en discrepancia.

Personas físicas que incurren

Page 230: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Personas físicas no inscritas en el RFC

Si una persona física no inscrita en el RFC realiza erogaciones y por contraparte no declara ingresos, cualquier erogación constituye discrepancia fiscal, debido a que en el mismo artículo 107 de la LISR se incluyen a las personas físicas que no estén inscritas en el RFC y que realicen en un año erogaciones superiores a los ingresos. Se puede argumentar el origen de la discrepancia, acreditando que contaba con recursos que en su origen estaban exentos en los términos del artículo 109 de la LISR.

 

Personas físicas que incurren

Page 231: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

CasoPráctico

Page 232: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Discrepancia Fiscal Art. 107 LISR.

Cuando una persona física realice en un año de calendario erogaciones mayores a los ingresos.

Debe haber una revisión a la declaración anual.

Ingresos acumulables $ 4´000,000

Menos

Erogaciones 5´200,000

Discrepancia Fiscal $ 1´200,000

Ejercicios

Page 233: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Determinación del ISR

Artículos 167 Fracción XV, y 177.

Ingreso estimado $ 1´200,000

ISR 315,850Mas: Recargos, actualización, multas y gastos de ejecución 315,850

Total $ 631,700

Ejercicios

Page 234: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Como evitar caer en discrepancia fiscal

1. Empatar los ingresos con las erogaciones:

Ingresos $ 4´000,000

Menos: Erogaciones 4´000,000

2. Para declaraciones anuales presentadas con antelación al ejercicio fiscal 2013:

a) Por depósitos en inversiones financieras investigar el origen de estos recursos:

Ejercicios

Page 235: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

I. Prestamos de terceros.

II. Si vienen del extranjero, armar contrato de mutuo con intereses.

III. Donativos, hacer contrato y en su caso elevarlo a escritura publica.

Ejercicios

Page 236: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

b) Si son adquisición de bienes: Enajenarlos.

3. Aumentar los gastos con comprobantes fiscales de personas morales que tengan indicadores fiscales tales como:

a) Pérdidas Fiscales.b) Saldo a favor del IVA. c) Crédito Fiscal IETU. d) Cuenta de Capital de Aportación.

Ejercicios

Page 237: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

4. Por los depósitos e inversiones financieras tratar de armarlas como si hubieran sido reembolsos de capital de empresas que tengan Cuenta de Capital de Aportación.

5. A futuro o sea 2014 y sucesivos, se recomienda:

a) Los reciba una persona moral a través de depósitos que sean reembolsos de capital.

b) Que los reciba la persona física como reembolso de capital.

Ejercicios

Page 238: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Ejercicios

c) Que provengan de CUFIN o CUFINRE, aún cuando se determine un ISR a la tasa del 10% en ISR siendo pago definitivo.

d) Que en el extranjero los perciban también personas morales.

Page 239: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

5. Que las adquisiciones de bienes sean a través de personas morales.

6. Que los ingresos sean iguales o menores que las erogaciones y/o gastos. Buscar deducciones personales y subsidios.

Ingresos acumulables $ 4´000,000

Menos

Deducciones autorizadas 3,500,000

Menos

Deducciones personales. Art. 176 300,000

Subsidios Art. 218 200,000 500,000

Base Gravable 0.00

Ejercicios

Page 240: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Declaración informativa de donativos, premios y prestamos si en lo individual o en su conjunto son superiores a $600,000, si no se presenta dicha declaración se considera discrepancia fiscal. Estos tres conceptos o están exentos (donativos), o tienen una retención muy baja (premios), o son entradas (prestamos).

Ejercicios

Page 241: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

El ejecutivo federal con fecha 08 de septiembre del 2013 envía al Congreso de la Unión, la iniciativa para la Reforma Fiscal que estará en vigor a partir del año 2014 y dentro de este paquete está contemplada la derogación de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre del 2013, promulgándose en su caso una nueva LISR vigente a partir del 01 enero del ejercicio fiscal 2014.

REFORMA FISCAL 2014

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 242: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

En el título IV de las personas físicas y en disposiciones generales se crea el artículo 91 para definir por primera vez, en la Ley del ISR el concepto de discrepancia fiscal, señalando que las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal, cuando se demuestre que en un año de calendario sus erogaciones fueron superiores a los ingresos declarados, o bien los que le hubieren correspondido declarar.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 243: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

La nueva definición de erogaciones que se

contempla en este nuevo numeral:

Los gastos.

Adquisiciones de bienes.

Depósitos en cuentas bancarias o en inversiones financieras.

Tarjetas de crédito.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 244: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Los conceptos citados anteriormente se presumirán ingresos aún cuando las personas físicas no estén inscritas en el RFC, o bien, que estándolo, no presenten las declaraciones a las que están obligadas, o que aún presentándolas, declaren ingresos menores a las erogaciones.

En estas disposiciones generales se contemplan a los contribuyentes que reciban ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, señalándose que aún cuando estos contribuyentes no estén obligados a presentar declaración anual, se considerarán como ingresos y retenciones los manifestados por el empleador.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 245: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Es evidente que existe una total correspondencia entre la nueva LISR y la LFPIORPI ya que esta última al considerar operaciones vulnerables los depósitos e inversiones en el sistema financiero nacional, la adquisición de bienes y el uso de tarjetas de crédito, el SAT detectará las erogaciones realizadas por las personas físicas en un ejercicio fiscal, a través, de los avisos que presenten ante la SHCP, el sistema financiero nacional, los fedatarios públicos y los emisores de tarjetas de crédito.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 246: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Por el momento nótese que el articulo 91 nuevo de la LISR, únicamente habla de tarjetas de crédito, pero creo que un futuro incluirá a tarjetas de servicios, de monederos electrónicos o de tarjetas pre pagadas, situación que haría todavía aún más sencilla la determinación de las erogaciones de las personas físicas cayendo en forma automática en discrepancia fiscal.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 247: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Para el ejercicio fiscal 2014 se señala que para aquellos contribuyentes que no estén inscritos en el RFC, la autoridad procederá a inscribirlo en el capítulo de Actividades Empresariales y Profesionales en la sección I del Régimen de las Actividades Empresariales y Profesionales del título IV de las personas físicas.

 

Las autoridades podrán utilizar cualquier información que obre en su poder, ya sea porque conste en sus expedientes, documentos o bases de datos, o porque haya sido proporcionada por un tercero u otra autoridad.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 248: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

A contar del 01 de enero del 2014 únicamente el contribuyente contará con un plazo de 20 días hábiles para informarle a las autoridades el origen o fuente de procedencia de los recursos, ofrecer y presentar las pruebas que estime idóneas para acreditar que los recursos no son ingresos gravados. La autoridad una sola vez podrá requerir información o documentación adicional al contribuyente, la que deberá proporcionar en un plazo de 15 días siguientes a aquel que surta efecto el requerimiento.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 249: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Tratándose de persona físicas inscritas o no inscritas en el RFC, el escrito de aclaración deberá justificar que el excedente de erogaciones sobre los ingresos, proviene de ingresos exentos, como lo pueden ser: herencia o legado, donativos, enajenación de bienes, premios,

préstamos, entre otros.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 250: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Fracción XIX.

a) Enajenación de bienes. La casa habitación del contribuyente que no exceda de 700,000 mil UDIS.

b) Los bienes muebles distintos de las acciones y títulos valor, siempre y cuando la diferencia entre el valor de enajenación y el CCA no exceda de 3 veces el SMG.

Fracción XXIV. Premios recibidos con motivo de concursos científicos, artísticos y literarios, entre otros.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 251: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Fracción XXII. Herencia o legado.

Fracción XXIII. Donativos.

a) y b). Pueden ser entre cónyuges, de ascendientes y descendientes.

c) Cualquier donativo que no exceda de 3 veces el SMG.

Impuesto Sobre la Renta 2014

Page 252: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

El 17 de octubre del 2012 se promulga la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), misma que en los términos de sus disposiciones transitorias y en específico en su artículo primero se señala que la presente ley entrará en vigor a los nueve meses siguientes al día de su publicación en el DOF, cumpliéndose esta fecha el día 17 de julio del presente año.

Recursos de Procedencia Ilícita

Page 253: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Así mismo, el artículo segundo

señala que el Ejecutivo Federal

emitirá el Reglamento de la

presente ley dentro de los 30

días siguientes de la entrada en

vigor de esta ley, cumpliéndose

esta fecha el 17 de agosto del

2013 y entrando en vigor 60 días después de su promulgación, entendiéndose

que el Reglamento entró en vigor el día 17

de octubre del 2013.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 254: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

En esta misma ley, se señala cuáles son las actividades vulnerables que puedan realizar las Personas Físicas o Morales en forma directa o

indirecta. Será la Unidad Especializada en Análisis Financiero de la PGR la que determinará

el delito y la sanción a aplicarse por las actividades ilícitas señalas en esta ley.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 255: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Por otra parte se establece que personas están obligadas a presentar avisos a la SHCP por las actividades vulnerables que realicen los sujetos señalados en esta ley y será la Unidad Especializada en Análisis Financiero dependiente de la SHCP, la que requerirá al contribuyente para que explique o compruebe el origen de la vulnerabilidad. También esta autoridad presentará las denuncias que correspondan ante el MPF, cuando con motivo del ejercicio de sus atribuciones, identifique hechos que puedan constituir delitos.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 256: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

La UEAF dependiente de la PGR tendrá el carácter del agente del MPF, contará con oficiales ministeriales y personal especializados en la materia y estará adscrita a la oficina del Procurador General de la Republica.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 257: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Cualquier acto u operación que realicen las personas Morales o Físicas residentes en el país, sin importar el monto son vulnerables por lo que el sistema financiero nacional en todos los casos estará obligado a presentar los avisos correspondientes.

A continuación se comentan algunas actividades vulnerables en que pueden incurrir las personas, distinguiendo por los montos de las operaciones, cuales son sin aviso y cuales son con aviso, así como los importes de dichos avisos:

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 258: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Concepto Sin Aviso Con aviso

Tarjetas de crédito, débito y de servicios. 57,313 83,217Prestamos con o sin garantía.   103,940Comercialización: Metales o piedras preciosas, joyería o relojes.

52,132 103,940

Comercialización de: Vehículos nuevos o usados.

207,880 415,759

Prestación de servicios profesionales: Compra-venta de bienes inmuebles, administración y manejo de recursos, de cuentas bancarias, para aportaciones de capital y constitución de empresas.

  Cualquier monto.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 259: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Concepto Sin Aviso Con avisoOperaciones de Compra-Venta de bienes inmuebles.

1´036,160

Otorgamiento de poderes, constitución de personas morales, aumento o disminución de capital, fusión o escisión.

519,699

Renta de bienes inmuebles. 103,939 207,880

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 260: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Las personas morales que realicen actividades vulnerables, deberán designar ante la SHCP a un representante encargado del cumplimiento de las obligaciones, caso contrario esta responsabilidad recaerá en el consejo de administración o administrador único.

Queda prohibido realizar operaciones con monedas o billetes en monedas nacionales o divisas y metales preciosos.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 261: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Concepto MontoCompra venta de bienes inmuebles. 519,699Compra venta de vehículos nuevos o usados.

207,880

Compra venta de relojes, joyería, metales o piedras preciosas.

207,880

Compra- Venta de acciones o partes sociales.

207,880

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 262: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Los avisos serán presentados a más tardar el día 17 del mes siguiente a la determinación de la operación vulnerable ante la SHCP; como el reglamento entró en vigor a contar del 17 de octubre del año en curso, los avisos se presentarán a más tardar el día 17 de noviembre del 2013.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Page 263: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

La fracción I del artículo 109 señala que será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal aquella persona física que perciba dividendos, honorarios o en general preste un servicio personal independiente o esté dedicada a actividades empresariales, cuando realicen en un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la discrepancia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la Ley del ISR.

 

El delito señalado en el párrafo que antecede será castigado con pena corporal, como se muestra a continuación:

Código Fiscal de la Federación

Page 264: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

 

- Prisión de tres meses a dos años, cuando el monto defraudado no exceda de $1´221,950.

- Prisión de dos años a cinco años, cuando el monto defraudado exceda de 1´221,950, pero no 1´832,920.

- Prisión de tres años a nueve años, cuando el monto defraudado fuera mayor de 1´832,920.

Artículo 108

Código Fiscal de la Federación

Page 265: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

C O N C L U S I O N E S Y

R E C O M E N D A C I O N E S

Page 266: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Actualmente las autoridades supervisan todas las operaciones que se celebran ante notarios y corredores públicos, jueces y en general ante cualquier fedatario público, para investigar el origen del dinero y de los bienes manejados en las operaciones; se vigilan todas transacciones que se realizan en el sistema financiero investigando y dando seguimiento a las operaciones efectuadas con tarjetas de crédito, de débito, monederos electrónicos, etc., por lo que cualquier salida de dinero que modifique el patrimonio de las personas físicas inscritas o no en el RFC, será considerada como una erogación para efectos de la discrepancia fiscal.

Conclusiones

Page 267: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

Lo anterior obliga a que todas las personas físicas, incluidos los servidores públicos, nos empeñemos por llevar una conducta económica y fiscal impecable, para no incurrir en discrepancia fiscal, si es que queremos conservar nuestro patrimonio, tranquilidad y sobre todo, nuestra libertad, debido a que todos nos encontramos bajo la vigilancia de la autoridad fiscal.

todas las personas físicas inscritas o no en el RFC, incluidos los socios o accionistas de las personas morales, deben declarar ingresos suficientes que justifiquen su nivel de vida y a su vez transparentar…

Conclusiones

Page 268: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

… las erogaciones que realizan, especialmente las que dejan huella como lo son las celebradas ante fedatarios públicos, adquisiciones de vehículos, depósitos en instituciones del sistema financiero, así como los pagos de servicios telefónicos, suministro de energía eléctrica, pago de predial, entre otros pagos con tarjeta de crédito.

Conclusiones

Page 269: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• La persona física debe de establecer estrategias para evitar caer en actos vulnerables o en discrepancia fiscal.

• La persona física debe legalmente regularizar su situación jurídica, patrimonial y fiscal, antes de que entren en vigor la Ley del ISR.

Recomendaciones

Page 270: “Panorama  Actual de las Contribuciones en México”

• Sería recomendable que muchos de los actos o actividades que la persona física realiza en forma personal los lleve a cabo en una o varias personas morales nuevas.

 • Es recomendable que los accionistas o socios de una

empresa no sean a su vez administradores únicos o miembros del consejo directivo.

Recomendaciones