parametros luminicos

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  • Art. 7.2.2. Parmetros lumnicos a considerar.

    1. Iluminancia media en servicio (Em) (lux).Valor promedio de la iluminancia en la zona de es-

    tudio en el momento de depreciacin mxima de lainstalacin.

    2. Luminancia media en servicio (Lm) (cd/m2).Valor promedio de la luminancia en la zona de es-

    tudio en el momento de depreciacin mxima de lainstalacin.

    3. Uniformidad media (de iluminacin o de lumi-nancia) (Um).

    Relacin entre el valor mnimo y el valor medio enla zona de estudio.

    4. Uniformidad longitudinal (de iluminacin o deluminancia) (UI).

    Relacin entre el valor mnimo y el valor mximosobre una lnea paralela al eje de la calzada.

    5. Incremento umbral (TI).Porcentaje en el cual las condiciones de deslum-

    bramiento perturbador elevan el contraste umbral co-rrespondiente a condiciones de ausencia de deslum-bramiento.

    6. ndice de confort (G).ndice de deslumbramiento molesto.

    7. Relacin entorno (SR) (lux).Este concepto se refiere a la iluminancia media de

    las dos franjas de cinco metros de anchura adyacen-tes a un carril de trfico de una carretera. En el casode que la carretera est dotada de dos carriles, am-bos carriles se consideran como si fuera uno solo demayor anchura. La relacin entorno o iluminacinde las zonas adyacentes a la calzada de trfico se ex-presa en lux y constituyen valores mnimos en ser-vicio con mantenimiento de la instalacin de alum-brado.

    Art. 7.2.3. Determinacin de niveles y parmetroslumnicos.

    1. El alumbrado pblico debe conseguir unas con-diciones adecuadas de seguridad y ambientacin, pe-ro al mismo tiempo respetar los condicionantes eco-nmicos y energticos. Los niveles y las cualidadesde iluminacin previstos en el proyecto debern adap-tarse, en cada caso, a las caractersticas y densidadde uso de la zona a iluminar.

    2. Se especifican a continuacin las clasificacio-nes de zonas en funcin de sus exigencias visuales,los niveles y parmetros lumnicos correspondien-tes, basados en las Recomendaciones CIE-115 de1995 (*66).

    Art. 7.2.4. Vas urbanas. Trfico de peatones im-portante.

    1. Las Recomendaciones CIE-115 de 1995 (*66)hacen referencia principalmente a vas para trficode vehculos para las vas urbanas, en las que el tr-fico de peatones es importante, la ocupacin de lacalzada densa y el entorno visual complejo, se haefectuado una transposicin de los criterios de lumi-nancia a valores de iluminacin, resultando la si-guiente tabla:

    2. Ser el autor del proyecto quien deber justifi-car el tipo de va que se considere adecuada, si bienpara la consideracin de las vas locales se debercontar previamente con el visto bueno del serviciomunicipal correspondiente.

    Art. 7.2.5. Vas urbanas e interurbanas. Trfico depeatones poco importante.

    1. Se considerarn como tales las Autopistas, Au-tovas, Carreteras, u otros tipos de vial en los que eltrfico de vehculos sea el factor predominante y lapresencia de los peatones o actividad comercial seaocasional y de escasa importancia.

    2. Clase de iluminacin.

    a) Las diferentes clases de iluminacin de las vasde trfico rodado comprendern la serie M1 a M5,establecida de mayor a menor exigencia en los nive-les luminosos. Dicha clasificacin se efectuar enfuncin del tipo de va de trfico.

    b) Para la clasificacin de las vas no se tomarncomo referencia los valores promedio de sus carac-

    Boletn Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nm. 214, martes 4 de diciembre de 2007 22959