Upload
jonatan-noe-toledo-robles
View
212
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
analisis del parentesco en sintesis
Citation preview
ParentescoDoctrina
Jonatan Noé Toledo Robles
I. Concepto
Es una relación jurídica, un estado jurídico, general y permanente que se establece en los miembros de la familia por virtud de matrimonio, concubinato, parentesco, filiación y adopción, constituyendo el estado civil de las personas.
II. Fuentes
Son las biológicas como el matrimonio, concubinato y filiación, y el hecho jurídico de la adopción.
III. ClasesA. Consanguíneo: responde al vínculo jurídico que se establece entre personas que
descienden de un mismo tronco común. La filiación asistida también es parentesco, la simple donación de genes no lo es.
B. Afinidad: es el vínculo jurídico que se da entre los parientes del esposo y la esposa y los de esta con aquel.
C. Civil: responde al vínculo jurídico que nace entre el adoptante y el adoptado por virtud de la adopción, si es simple, y entre la familia del adoptante y el último además, si es plena.
IV. Líneas y grados
El grado de parentesco está formado por cada generación que separa a un pariente de otro. La línea de parentesco se forma por la unión de los grados o bien por las generaciones. Pudiendo ser recta o transversal o colateral.
1. Recta.- se forma por los parientes que descienden unos de otros.2. Colateral o transversal.- se forma por dos líneas rectas que se unen en un tronco común.
Pudiendo ser igual, si ambos extremos de cada línea son de la misma generación o bien desigual, si uno deriva del otro.
Existen dos formas de contar el parentesco:
1. Se cuenta el número de personas que forman la línea quitando al progenitor común.2. Se consideran las generaciones que existen entre los parientes, unos de otros.
Para la colateral, se comienza subiendo de una y descendiendo hasta la otra doblando por el progenitor común.
V. Efectos
Los cercanos excluyen a los lejanos, regla general en cuanto a los derechos y obligaciones que se generan con el parentesco, siendo los efectos personales y pecuniarios:
1. Personales:a. El de asistencia, deber de ayudar y socorro, como los alimentos y la patria potestad y
tutela.b. Matrimoniales o concubinato, que evitan el contraer nupcias con parientes, en línea
recta sin límite, y en colateral hasta cuarto grado. En adopción igual que en línea recta, no se pueden casar. Salvo si se extingue.
2. Pecuniarios:a. Derechos hereditarios, entre parientes más cercanos, excluyendo a los más lejanos.b. El pago de alimentos, correspondiendo a los progenitores, a los ascendientes en
ambos lados parentales, o si no los hermanos o parientes hasta cuarto grado en su defecto. Ambos efectos excluyen a los parientes afines.
Edgar Baqueiro Rojas, derecho de familia, Oxford, 2010.