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0 Pasos para la creación de Consejos Comunitarios Afrodescendientes y su fundamento legal frente a la Ley 70 de 1993 Universidad de Cooperativa de Colombia Todos los derechos reservados

Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

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Page 1: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

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Pasos para la creación de Consejos Comunitarios Afrodescendientes y su

fundamento legal frente a la Ley 70 de 1993

Universidad de Cooperativa de Colombia Todos los derechos reservados

Page 2: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

1

Presentación

El reto para el Estado es preservar, regular y garantizar el acceso al goce efectivo de los Derechos Fundamentales y la materialización efectiva del principio de igualdad frente a la desigualdad real en pro de frenar los actos de discriminación o segregación de los cuales son víctimas en mayor medida la población reconocida como minoritaria, por lo cual la Constitución Política busca generar espacios de tolerancia y según los cuales cada grupo cultural desarrolla en forma propia e independiente y sin perjuicio su propia identidad. En la actualidad varias sentencias desarrollan líneas jurisprudenciales en materia de protección al mínimo vital; de ahí que al analizar el tema de la economía solidaria y las entidades del sector cooperativo como un instrumento para ayudar al En la generación de desarrollo y equidad desarrollo y equidad, en los últimos años ha ido cobrando fuerza una figura asociativa denominada Consejos Comunitarios, la cual se encuentra contenida en la Ley 70 de Agosto 27 de 1993 y sirve como herramientas para reconocer a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva, siendo posible aplicarla también en otras zonas del país que cumplan con los requisitos establecidos en esta ley. Es por ello que llama poderosamente la atención y un motivo por el cual, con la anuencia de la entidad, se ha decidido analizar y exponer este caso, analizar y exponer su caso, ya que formalmente puede resultar una herramienta eficaz para lograr conseguir la equidad, pero

Material digital, distribución gratuita con fines didácticos.

Queda estrictamente prohibida su reproducción

total o parcial con ánimo de lucro, por cualquier sistema o

método sin la autorización expresa para ello. Universidad

Cooperativa de Colombia, 2018.

Autores:

*Nuby Dominga Mogollón Anaya

Abogada, Especialista en Gerencia Pública

Docente de tiempo completo. Candidata a Msc. En Economía Solidaria y Desarrollo Territorial

*Doris Edith María Gómez Londoño

Socióloga Especialista en Derecho de

Familia Docente de tiempo completo.

Candidata a Msc. En Economía Solidaria y Desarrollo Territorial

Page 3: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

2

materialmente hablando las trabas jurídicas y económicas para lograr obtener los beneficios de dicha Ley superan todas las expectativas.

Índice

Introducción .....................................................................................................3

Refrendación estatal del derecho al territorio colectivo ....................................4

Los territorios colectivos de las comunidades negras, afrodescendientes,

raizales y palenqueras .....................................................................................5

Marco Constitucional ........................................................................................6

Régimen legal de los consejos comunitarios ....................................................7

Ley 70 de 1993 y la titulación de tierras a los Consejos Comunitarios

Afrodescendientes ..........................................................................................10

¿Qué es un Consejo Comunitario Afrodescendiente? ...................................11

Pasos para constituir un consejo comunitario .................................................13

Formatos para la conformación de un Consejo Comunitario

Afrodescendiente ............................................................................................16

Referencias ....................................................................................................13

Page 4: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

3

Introducción

La presente cartilla como instrumento didáctico que sirve como herramienta pedagógica

necesaria para abordar situaciones en que el acceso y la circulación de información es

escasa o inaccesible para cierto grupo de personas, comunidades y poblaciones que no

poseen los elementos básicos y pertinentes para tener el conocimiento claro de tema, es

así que, se ha elegido para este casi y hacer extensivo el producto obtenido de la presente

investigación, utilizando herramientas pedagógicas e ilustrativas para dotar de información

no solamente a los miembros del Consejo Comunitario CONCOSEFA, si no a todas las

minorías étnicas pertenecientes a las etnias raizales y afrodescendientes que tengan como

idea de desarrollo comunitario y social esta modalidad de organización que hace parte del

sector de la economía social y solidaria.

Para tales efectos se logró consolidar un dosier de temas importantes para la elaboración

de la cartilla, fruto del trabajo de investigación que se ha adelantado, dentro de los temas a

abordar se desarrolló el tema de la refrendación estatal del derecho al territorio colectivo,

pues es necesario tener claridad el contexto en el que se desenvuelven los Consejos

Comunitarios con acceso a la titulación de tierras colectivas, así mismo se dio abordaje

claro a tema conexo con el anterior mencionado, trayendo a colación los territorios

colectivos de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras; por otra

parte y más que necesario es el estudio que debe hacerse en el instrumento didáctico de

el régimen legal de los consejos comunitarios desde un Marco Constitucional centrando la

orientación desde la Ley 70 de 1993 y la titulación de tierras a los Consejos Comunitarios

Afrodescendientes, sin dejar de lado la conceptualización y la naturaleza de la misma

organización dando respuesta al interrogante ¿Qué es un Consejo Comunitario

Afrodescendiente? Para paso seguido mirar los “Pasos para constituir un consejo

comunitario” suministrando una serie de formatos guías para la conformación de un

Page 5: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

4

Consejo Comunitario Afrodescendiente. Es así como finalmente se estructura el

instrumento pedagógico diseñado a partir del avance académico que se realizó a través de

esta investigación.

Refrendación estatal del derecho al territorio colectivo.

Durante los últimos decenios del siglo pasado, y luego de luchas históricas y procesos

organizativos que costaron la vida de muchos integrantes de los pueblos indígenas y

comunidades negras, se fue gestando el reconocimiento de la autonomía y la

autodeterminación de los grupos étnicos por parte del Estado. Fue así como la Constitución

política de 1991 determinó que deberían reconocerse y protegerse la diversidad étnica y

cultural, la autonomía y la autodeterminación de los grupos étnicos, así como también

reafirmó la inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad de los territorios colectivos

étnicos, Siguiendo el mandato constitucional, se expidió la Ley 70 de 1993 que reglamentó

la demarcación y titulación de los territorios colectivos de comunidades negras habitados

tradicionalmente. Después de promulgada esta ley, se han creado más de 160 territorios

colectivos de comunidades negras, los cuales se ubican principalmente en el corredor del

Pacífico colombiano, departamentos de Antioquia, Cauca, Chocó, Nariño, Risaralda y Valle

del Cauca.

La Ley 70 de 1993 define la ocupación colectiva como el asentamiento histórico y ancestral

de las comunidades negras en tierras para uso colectivo que constituyen su hábitat y en las

cuales desarrollan en la actualidad sus prácticas tradicionales de producción.

Page 6: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

5

Los territorios colectivos de las comunidades negras,

afrodescendientes, raizales y palenqueras.

La Ley 70 de 1993 en su contenido reglamenta la demarcación

y la titulación de los territorios colectivos de comunidades

afrodescendientes habitados tradicionalmente. Después de la

puesta en marcha de la ley, se han creado cerca de 160

territorios colectivos de comunidades negras, los cuales en su

mayor parte se encuentran asentados en Antioquia, Córdoba,

Cauca, Chocó, Nariño, Risaralda, Pacífico colombiano y Valle

del Cauca.

La Ley 70 de 1993 define la ocupación colectiva como el

asentamiento histórico y ancestral de las comunidades negras

en tierras para uso colectivo que constituyen su hábitat, y en

las cuales desarrollan en la actualidad sus prácticas

tradicionales de producción.

La Ley 70 de 1993

define la ocupación

colectiva como el

asentamiento histórico y

ancestral de las

comunidades negras en

tierras para uso

colectivo, que

constituyen su hábitat y

en las cuales

desarrollan en la

actualidad sus prácticas

tradicionales de

producción.

Page 7: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

6

Marco Constitucional

Constitu

ció

n d

e 1

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1

El Estado colombiano reconoce y protege la diversidad etnica y

cultural (Art. 7).

Defiende el respeto a la autodeterminación de los pueblos (Art. 9).

Las lenguas de los grupos étnicos son también oficiales en sus

territorios (Art. 10).

Los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y

desarrolle su identidad cultural (Art. 68).

Reconocimiento a las comunidades negras que han venido

ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos

de la Cuenca del Pacífico (y en otras zonas del país), de acuerdo

con sus prácticas tradicionales de producción y el derecho a la

propiedad colectiva sobre las áreas que habrá de demarcar la misma

ley (Art. transitorio 55)

Fuente: Autoría propia, diseño y elaboración del mismo autor.

Page 8: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

7

Fuente: Conferencia Nacional de Comunidades Afrodescendientes

Fuente: Gobernación del Valle del Cauca.

Régimen legal de los Consejos Comunitarios

Los Consejos Comunitarios están sujetos a una regulación legal que permite el

avance significativo y la conformación de estas organizaciones. A continuación, las

normas y regulaciones respecto este tema:

Normatividad Sustento jurídico

Constitución Política de

Colombia

Artículo 55, transitorio. Se garantiza el derecho de negociación

colectiva para regular las relaciones laborales, con las

excepciones que señale la ley. (Constitucion Politica de

Colombia, 1991). Es deber del Estado promover la

concertación y los demás medios para la solución pacifica de

los conflictos colectivos de trabajo.

Ley 70 de 1993

Desarrolla el artículo precitado, y además reconoce a las

comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías

en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del

Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de

producción, el derecho a la propiedad colectiva, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes. Así

mismo tiene como propósito establecer mecanismos para la

protección de la identidad cultural y de los derechos de las

comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el

fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de

garantizar que estas comunidades obtengan condiciones

Page 9: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

8

reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la

sociedad colombiana.

Decreto 1745 de 1995

Por el cual se reglamenta el Capítulo III de la Ley 70 de 1993,

se adopta el procedimiento para el reconocimiento del derecho

a la propiedad colectiva de las "Tierras de las Comunidades

Negras”, Desarrollando los parámetros de titulación colectiva

de las comunidades negras Capitulo IV.

Decreto 1371 de 1994 Por medio de la cual se conforma la comisión consultiva de

alto nivel de que trata el artículo 45 de la Ley 70 de 1993.

Decreto 2248 de 1995

Por el cual se subroga el Decreto 1371 de 1994, se establecen

los parámetros para el Registro de Organizaciones de base de

las Comunidades Negras y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1627 de 1996 Por medio del cual se reglamenta el artículo 40 de la Ley 70

de 1993 (Becas codonables para afrodescendientes).

Decreto 1122 de 1998

Por el cual se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra

de Estudios Afrocolombianos, en todos los establecimientos

de educación formal del país y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1320 de 1998

Por medio del cual se reglamenta la Consulta Previa con as

comunidades indígenas y negras para la explotación de los

recursos naturales de sus territorios. Reglamenta el Artículo 44

de la Ley 70 de 1993.

Decreto 2253 de 1998 Por medio del cual se crea la Comisión de Estudios para

formular Plan de Desarrollo de las Comunidades Negras

Decreto 3050 de 2002

Por medio del cual se reglamenta el Artículo 57 de la Ley 70

de 1993. Comisión de Estudios para formular Plan de

Desarrollo de las Comunidades Negras.

Decreto 1523 de 2003

Por el cual se reglamenta el procedimiento de elección del

representa y suplente de las comunidades negras ante los

Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas

Regionales y se adoptan otras disposiciones.

CONPES 3169 - 2002 Por medio del cual se trazan las directrices para el

cumplimiento y el desarrollo de políticas públicas a favor de las

Page 10: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

9

comunidades afrodescendientes. “Política para la Población

Afrocolombiana”. (Departamento Nacional de Planeacion,

2002)

CONPES 3310 - 2004

Por medio del cual se da la aprobación de una política de

acción afirmativa para la población negra o afrocolombiana

orientada a focalizar acciones del Gobierno Nacional donde se

establece como objetivo el aumentar las metas de coberturas

en los programas nacionales, implementar acciones

afirmativas para la población negra o afrocolombiana en el

corto plazo, mejorar los sistemas de identificación,

cuantificación y registro de dicha población, formular un plan

integral de largo plazo y hacer seguimiento a lo establecido en

el Plan Nacional de Desarrollo y al Conpes 3169 de 2002.

(Departamento Nacional de Planeación, 2004)

CONPES 3660 - 2010

En este documento el (Departamento Nacional de Planeación,

2010) La Política que se propone en el presente documento

Conpes, busca implementar soluciones para generar

oportunidades de acceso al desarrollo humano sostenible, y

reducir la brecha en las condiciones de vida de la población

Afrocolombiana respecto al resto de la población del país. Por

ello, es importante poner en marcha acciones afirmativas que

permitan el ejercicio y disfrute de los derechos individuales y

colectivos de esta población.

Resolución 733 de

2013

Por medio de la cual se certifica la presencia de comunidades

étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a

realizarse. (Ministerio del Interior, 2013)

Fuente: Autoría propia, diseño y elaboración del mismo autor.

Page 11: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

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Ley 70 de 1993 y la titulación de tierras a los

Consejos Comunitarios Afrodescendientes.

Esta Ley tiene por objeto reconocer a las comunidades negras que han venido

ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos, de acuerdo con

sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva, de

conformidad con lo dispuesto en su articulado. Así mismo tiene como propósito

establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos

de las Comunidades Negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su

desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades

obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la

sociedad colombiana.

Esta normatividad es el derrotero de los elementos jurídicos con los que cuenta el

Consejo Comunitario para hacer valer su derecho a la titulación colectiva de tierras,

pues en términos generales el Estado colombiano debe cumplir las prerrogativas

establecidas en la Ley, esto es el otorgar títulos colectivos de propiedad sobre

aquellos territorios ancestrales a los cuales tengan arraigo las comunidades

afrocolombianas, teniendo en cuenta que dentro de las posibilidades al acceso a la

Page 12: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

11

tierra se encuentran en modalidades que de acuerdo a (Trujillo, 2014) se han

adjudicado a 2014, un total de 1.2 millones de hectáreas, alrededor 56,3% del total,

con 43.124 familias beneficiadas, que dentro de esa cifra se especifica que

alrededor de 179.315 hectáreas pertenecen a “Titulación a consejos comunitarios

de comunidades negras” que han beneficiado a un total de 8.037. Por cuanto se

trata de un derecho que prima facie es adquirido y por lo tanto en ellos recae la

autonomía de su uso y administración

¿Qué es un Consejo

Comunitario

Afrodescendiente?

El Consejo de Estado ha definió los Consejos

Comunitarios de las Comunidades Negras son

personas jurídicas cuya creación está autorizada

por el artículo 5o de la ley 70 de 1993, que tienen

entre sus funciones las de administrar

internamente las tierras de propiedad colectiva

que se les adjudique, delimitar y asignar áreas al

interior de las tierras adjudicadas, velar por la

conservación y protección de los derechos de la

propiedad colectiva, la preservación de la

identidad cultural, el aprovechamiento y la

conservación de los recursos naturales y hacer de

amigables componedores en los conflictos

internos factibles de conciliación. La Junta del

Fuente: Caricatura femenina www.copolitica.co

Page 13: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

12

Consejo Comunitario de las Comunidades

Negras, representa a la comunidad, lleva sus

archivos y tiene funciones relativas a la

organización socioeconómica de la misma, en

principio una certificación suya que indique

quienes son sus miembros y donde realizan sus

actividades económicas evidencia una

sustentabilidad atendible como medio de prueba.

En relación con lo anterior el Consejo Comunitario

Afrodescendiente es una organización

pertenecientes a la economía social y solidaria de

ahí que al analizar el tema de la economía solidaria

y las entidades del sector cooperativo se parte de

la idea de concebir a este sector económico como

instrumento para ayudar al en la generación de

desarrollo y equidad, pues en los últimos años ha

ido cobrando fuerza una figura asociativa

denominada Consejos comunitarios, la cual se

encuentra contenida en la Ley 70 de Agosto 27 de

1993 y sirve como herramientas para reconocer a

las comunidades negras que han venido ocupando

tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de

los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con

sus prácticas tradicionales de producción, el

derecho a la propiedad colectiva, siendo posible

aplicarla también en otras zonas del país que

cumplan con los requisitos establecidos en esta

ley.

Fuente: Caricatura femenina

www.copolitica.co

Page 14: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

13

Pasos para constituir un consejo

comunitario

Para la Solicitud de Registro de constitución de Consejo Comunitario, utilizando

optativamente el Anexo No. 1 ubicado en página web www.mininterior.gov.co,

enlace Sistema Integrado de Gestión Institucional, Documentación, Aplicación

y Ejecución de normas, Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas,

Raizales y Palanqueras y presentarlo debidamente diligenciado en el Área de

correspondencia del Ministerio del Interior, Calle 12B No 8-46 Piso 1, aportando

los siguientes documentos:

1. Anexo 2. Formulario Único de Registro AN-CA-P2-F1, debidamente

diligenciado, el cual se encuentra en la página web o de lo contrario será

suministrado por la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras,

Afrocolombianas, Raizales y Palanqueras del Ministerio del Interior

2. Copia del Acta de Elección de la Junta del Consejo Comunitario, suscrita por

el alcalde, o Certificación del Registro de esta en el libro que para tal efecto

Page 15: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

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lleva la Alcaldía respectiva, de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 9

del Decreto número 1745 de 1995,

3. Copia de la Resolución de adjudicación del respectivo territorio colectivo o

certificación en que conste que la solicitud de adjudicación de este se

encuentre en trámite.

Radicación de documentos

Revisión y verificación de los requisitos con los documentos y requisitos de conformidad con los requisitos legales establecidos.

Expedición de oficios DE CUMPLIMIENTO Y NO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

Revisión

DE

CUMPLIMIENTO

NO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

Elaboración y aprobación de acto administrativo por parte de la Dirección Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palanqueras

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Notificación de Acto Administrativo

Sí el solicitante, el apoderado o representante legal se presenta, firma notificación al reverso del acto administrativo.

Sí el peticionario no se presenta dentro de los cinco días siguientes a la fecha del oficio de notificación, elaborar Edicto aplicando

Registrar datos del Consejo Comunitario en el Registro

Único de la DACN

Se expiden las comunicaciones que acreditan el registro.

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Fuente: Gobernación del Valle del Cauca.

Formatos para la conformación de un

Consejo Comunitario Afrodescendiente

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ANEXO No. 3 Acta de elección de la junta del consejo comunitario.

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Page 23: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

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ANEXO No. 4 Resolución de adjudicación del territorio

MINISTERIO DEL INTERIOR

(Si se trata de Decreto Quitar logo )

ANEXO 4 ACTO ADMINISTRATIVO DE RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN DE CONSEJOS COMUNITARIOS

RESOLUCIÓN NUMERO DE

Por la cual se inscribe un Consejo Comunitario en el Registro Único de Consejos Comunitarios y Organizaciones de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras

EL DIRECTOR DE ASUNTOS PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y

PALENQUERAS

En uso de las facultades que le confiere el parágrafo 1 del Artículo 15 del Decreto 3770 del 25 de septiembre de 2008, el Decreto 4530 del 28 de noviembre de 2008, y demás normas pertinentes y,

CONSIDERANDO:

Que mediante petición radicada ante esta oficina, con Ext._____ de fecha __________________, por el señor (a) ___________________________________________, solicita la inscripción en el Registro Único de Consejos

Comunitarios y Organizaciones de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras como Representante Legal del Consejo Comunitario denominado ______________________________________________. Que para la inscripción de este Consejo Comunitario en el Registro Único se adjuntaron los documentos y se cumplieron los requisitos exigidos en el Artículo 15 del Decreto 3770 del 25 de septiembre de 2008. Que es del caso atender la solicitud y dar curso legal por parte de esta Dirección, por estar de acuerdo a las normas legales establecidas. En merito de lo expuesto:

RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Inscríbase en el Registro Único de Consejos Comunitarios y Organizaciones de

Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras el Consejo Comunitario _______________________________________________. Con domicilio en la dirección _______________, municipio_____________, departamento_______________, representada legalmente por el señor (a) __________________________________, identificado (a) con la Cédula de Ciudadanía No. ____________________ ARTICULO SEGUNDO: Notifíquese la presente Resolución en los términos de los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo, a la señor (a) ____________________________________ en su condición de Representante Legal de la Organización.

NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los días del mes de de 201__

Director de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras

Proyecto: Reviso: Aprobó:

Page 25: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

24

EXTRD-0233.07

ANEXO No. 5 Titulación colectiva a comunidades negras

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Page 29: Pasos para la creación de Consejos Comunitarios

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Referencias

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(20) de octubre de dos mil cinco (2005) Sala de lo Contencioso

Administrativo, Sección Quinta. Recuperado el 12 de Agosto de 2018, de

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Edición No. 12., Edición No. 12. . Bogotá., Colombia: TEMIS.

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https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-territorial/Asuntos-

Etnicos/Paginas/asuntos-etnicos.aspx

4. Departamento Nacional de Planeación. (20 de Septiembre de 2004).

Documento CONPES: Política de Acción afirmativa para la población negra

o afrocolombiana. Recuperado el 10 de Septiembre de 2018, de

Departamento Nacional de Planeación:

https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-territorial/Asuntos-

Etnicos/Paginas/asuntos-etnicos.aspx

5. Ministerio del Interior. (04 de Julio de 2013). Resolución No. 733 de 2013.

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https://www.mininterior.gov.co/sites/default/files/documentos/ConsultaPrevia

/Certificaciones2013II/733.pdf

6. Departamento Nacional de Planeación. (10 de Mayo de 2010). Documento

CONPES 3660: Política para promover la igualdad de oportunidades para la

población negra, afro colombiana, palenquera y raizal. Recuperado el 12 de

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Etnicos/Paginas/asuntos-etnicos.aspx

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