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Page 1: Patente

PATENTES

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• En Latinoamérica el software se considera una obra (¿artística?),

por lo tanto NO es posible patentarlo, lo cual es muy bueno,

lo que si puede hacer es registrarlo como de autoría propia para

conservar los derechos morales sobre la obra.

ACTUALIDAD LATINOAMERICANA

Page 3: Patente

ACTUALIDAD COLOMBIANA

En este momento en Colombia no es posible patentar el software como tal pues existe una norma expresa que considera que el software no es una invención, para sortear, evitar esto debemos registrar nuestro software ante la

Dirección Nacional de Derechos de Autor (D.N.D.A).

Page 4: Patente

• Gracias a las gestiones de Fedesoft en la reforma tributaria de 2002 quedó incluida una exención del

impuesto de renta para "Los nuevos productos medicinales y el software, elaborados en Colombia, siempre y cuando tengan un alto

contenido de investigación científica y tecnológica nacional,

certificado por Colciencias".

¿QUE DEBEMOS HACER?

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REQUISITOS

• 1 requisito: la patente; diligenciar formato ante la (D.N.D.A).

• 2requisito: Novedad; desarrollado o puesto en el mercado después del 1 de

enero de 2003.

Page 6: Patente

REQUISITOS

• 3 requisito: El "software colombiano" debe ser colombiano.

• 4 requisito: "tener un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional"

y que Colciencias lo certifique.

Page 7: Patente

• GNU GPL, es una licencia creada por la Free Software Foundation en 1989 (la

primera versión), y está orientada principalmente a proteger la libre distribución, modificación y uso

de software. Su propósito es declarar que el software cubierto por esta

licencia es software libre y protegerlo de intentos de apropiación que

restrinjan esas libertades a los usuarios.

GNU “GENERAL PUBLIC LICENSE”

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• Usted está autorizado a vender comercialmente copias del programa modificado, pero sólo bajo los términos de la GPL de GNU. Así, por ejemplo, usted debe poner el código fuente a disposición de los usuarios del programa en la forma descrita en la GPL, y estos han de estar autorizados a redistribuirlo y modificarlo en la forma descrita en la GPL.

• Estos requisitos son condición indispensable para que usted pueda incluir en su propio programa el código cubierto por la GPL que ha recibido.

BENEFICIOS

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CODIGO INTERPRETADO

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CODIGO COMPILADO