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1. Memoria descriptiva............................................................................2 1.1. Encargo y clase de proyecto....................................................................2 1.2. Antecedentes y condicionantes de partida.......................................................2 1.3. Descripción general del edificio...............................................................2 1.4. Planeamiento vigente...........................................................................2 1.4.1. Plan general de ordenación municipal...........................................................2 1.4.2. Cuadro justificativo de las normas y ordenanzas reguladoras....................................2 1.4.3. Ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia..........................2 1.4.4. Urbanización de los terrenos de cesión.........................................................3 1.5. Cuadro de superficies..........................................................................3 1.6. Ley 8/1997, sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas........................3 1.7. Decreto 311/1992, sobre supresión de la cédula de habitabilidad................................3 1.8. Normativa de obligado cumplimiento.............................................................7 1.9. Requisitos básicos de la edificación..........................................................11 1.9.1. Requisitos básicos relativos a la funcionalidad...............................................11 1.9.2. Requisitos básicos relativos a la seguridad...................................................11 1.9.3. Requisitos básicos relativos a la habitabilidad...............................................11 1.10. Parámetros que determinan las previsiones técnicas............................................12 1.10.1. Sistema estructural...........................................................................12 1.10.2. Sistema envolvente............................................................................12 1.10.3. Sistema de compartimentación..................................................................14 1.10.4. Sistema de acabados...........................................................................15 1.10.5. Sistema de acondicionamiento ambiental........................................................16 1.10.6. Sistema de servicios..........................................................................16 1.11. Prestaciones del edificio.....................................................................16 2 Memoria constructiva..........................................................................18 2.11 Sustentación del edificio.....................................................................18 2.11.1 Bases de cálculo..............................................................................18 2.11.2 Estimación de las características del terreno.................................................18 3 Cumplimiento del código técnico de la edificación.............................................19 3.11 Seguridad en caso de incendio.................................................................19 3.12 Seguridad de utilización......................................................................20 3.12.1 Seguridad frente al riesgo de caídas..........................................................20 3.13 Ahorro de energía.............................................................................21 3.13.1 Limitación de demanda energética..............................................................21 3.13.2 Rendimiento de las instalaciones térmicas.....................................................21 3.13.3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.....................................21 3.13.4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria..........................................21 3.13.5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.........................................21 3.13.6 Salubridad....................................................................................21 3.14 Seguridad estructural.........................................................................22 4 Conclusión....................................................................................23 ESTUDIO VIVIENDA PARA PROPIETARIO, SITUADA EN DIRECCIÓN, LUGAR, AYUNTAMIENTO. 1

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1. Memoria descriptiva...................................................................................................................................................21.1. Encargo y clase de proyecto......................................................................................................................................21.2. Antecedentes y condicionantes de partida................................................................................................................21.3. Descripción general del edificio.................................................................................................................................21.4. Planeamiento vigente................................................................................................................................................21.4.1. Plan general de ordenación municipal.......................................................................................................................21.4.2. Cuadro justificativo de las normas y ordenanzas reguladoras...................................................................................21.4.3. Ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia....................................................................21.4.4. Urbanización de los terrenos de cesión......................................................................................................................31.5. Cuadro de superficies................................................................................................................................................31.6. Ley 8/1997, sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.................................................................31.7. Decreto 311/1992, sobre supresión de la cédula de habitabilidad.............................................................................31.8. Normativa de obligado cumplimiento........................................................................................................................71.9. Requisitos básicos de la edificación.........................................................................................................................111.9.1. Requisitos básicos relativos a la funcionalidad........................................................................................................111.9.2. Requisitos básicos relativos a la seguridad..............................................................................................................111.9.3. Requisitos básicos relativos a la habitabilidad.........................................................................................................111.10. Parámetros que determinan las previsiones técnicas..............................................................................................121.10.1. Sistema estructural..................................................................................................................................................121.10.2. Sistema envolvente.................................................................................................................................................121.10.3. Sistema de compartimentación...............................................................................................................................141.10.4. Sistema de acabados...............................................................................................................................................151.10.5. Sistema de acondicionamiento ambiental...............................................................................................................161.10.6. Sistema de servicios................................................................................................................................................161.11. Prestaciones del edificio...........................................................................................................................................162 Memoria constructiva..............................................................................................................................................182.11 Sustentación del edificio..........................................................................................................................................182.11.1 Bases de cálculo......................................................................................................................................................182.11.2 Estimación de las características del terreno...........................................................................................................183 Cumplimiento del código técnico de la edificación..................................................................................................193.11 Seguridad en caso de incendio................................................................................................................................193.12 Seguridad de utilización...........................................................................................................................................203.12.1 Seguridad frente al riesgo de caídas........................................................................................................................203.13 Ahorro de energía....................................................................................................................................................213.13.1 Limitación de demanda energética..........................................................................................................................213.13.2 Rendimiento de las instalaciones térmicas..............................................................................................................213.13.3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación........................................................................................213.13.4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.............................................................................................213.13.5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica............................................................................................213.13.6 Salubridad................................................................................................................................................................213.14 Seguridad estructural..............................................................................................................................................224 Conclusión...............................................................................................................................................................23

ESTUDIO VIVIENDA PARA PROPIETARIO, SITUADA EN DIRECCIÓN, LUGAR, AYUNTAMIENTO. 1

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1. Memoria descriptiva1.1. Encargo y clase de proyecto El encargo, realizado por Propietario, consiste en la redacción de un proyecto de vivienda unifamiliar de nueva planta en Dirección, Ayuntamiento de Ayuntamiento.1.2. Antecedentes y condicionantes de partidaEl solar se encuentra en un entorno de viviendas unifamiliares aisladas. Tiene una superficie de 734 m² y forma sensiblemente rectangular, más estrecho en el hondo. La topografía es sensiblemente horizontal.1.3. Descripción general del edificioLa edificación proyectada es una vivienda unifamiliar exenta de dos plantas.De acuerdo con el programa solicitado por la propiedad, la vivienda cuenta con zona de estar, cocina, comedor, lavadero, dos dormitorios y dos cuartos de baño.Dado que el solar tiene acceso rodado por el oeste, el acceso se sitúa por la parte occidental del edificio. En esa zona se sitúa un espacio para dos vehículos adyacente a la vivienda, cubierto pero no cerrado. En la fachada este tiene una salida hacia parte posterior de la parcela.Las obras proyectadas incluyen la urbanización del frente de la parcela y la conexión con las redes existentes.1.4. Planeamiento vigenteLa legislación actual en la Comunidad Autónoma de Madrid y la Ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural en Madrid.El planeamiento actual en el Ayuntamiento de Ayuntamiento es el PXOM (...).1.4.1. Plan general de ordenación municipalEl solar está en suelo urbano (...)1.4.2. Cuadro justificativo de las normas y ordenanzas reguladoras.ORDENANZAS PGOM PROYECTOUsos Residencial de vivienda 1ª 2ª Residencial de viviendaTipología Vivienda unifamiliar aislada Vivienda unifamiliar aisladaParcela mínima 600 m² 734 m²Alineaciones y rasantes Las señaladas en el plano de la red viaria Las señaladas en el plano de la red viariaFrente mínimo a la vía pública 12 m. 14 m.Retranqueo 3m. 3m.Número de plantas B+1 B+1Altura máxima 7.00 6.50 m.Edificabilidad 0.40 m²/ m² 230/734 = 0.31 m²/ m²Ocupación 40% 132/734 = 21%

1.4.3. Ley de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de GaliciaArt. 16.La calle de acceso al solar cuenta con urbanización completa para conseguir la condición de solar.Art. 24.El uso y a edificación cumplen las condiciones establecidas en la sección 3ª del capítulo 3 de la LOUGA.La propiedad cede gratuitamente al ayuntamiento los terrenos necesarios para la regularización del vial existente y ejecutará a su cargo a conexión con los servicios existentes en el núcleo.Se señala en el plano de situación y deslinde la superficie cedida para la regularización del vial, delimitada por las alineaciones oficiales. Se señala en el avance de presupuesto una partida para la ejecución de la urbanización de la frente del vial, partida que se detallará en el proyecto de ejecución.Art. 25.El artículo 25.c) a LOUGA permite nuevas edificaciones de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 29 de la misma ley.Art. 26.No aplicable, ya que no se prevén obras de demolición.Art. 27. Usos permitidos en los núcleos ruralesEl uso de las edificaciones es residencial.Art. 28. Actuaciones prohibidas.a) La tipología de las edificaciones responde a las del asentamiento en el que se localizan.b) Dado que el número de edificaciones proyectadas es de dos, no hay una serie de más de tres unidades.No son aplicables los puntos c) a h).Art. 29. Condiciones de edificación.1. Las edificaciones proyectadas se identifican con las características propias del lugar y consolidan la trama rural existente.a) Las parcelas son mayores de 300 metros cuadrados.b) Las características estéticas y constructivas y los materiales, colores y acabados son acuerdes con el paisaje rural y con las construcciones tradicionales del asentamiento.c) El volumen máximo de la edificación es similar al de las edificaciones tradicionales existentes en el núcleo rural. Su diseño trata de minimizar el impacto visual sobre el paisaje y la alteración del relieve natural del terreno.d) La altura de la edificación en el sobrepasa de planta baja y piso ni de un máximo de 7 metros medido desde la rasante del terreno a la vertiente inferior de la vertiente de la cubierta, tal como se indica en el artículo 42, apartado 1, letra c) de la LOUGA.e) La cubierta tiene una pendiente del 40%, similar a las existentes en el asentamiento, y está formada por planos continuos sien quiebras en sus vertientes.f) Los retranqueamientos son superiores a 4 metros respeto del eje de la vía, la 3 metros respeto al vecino posterior y a 3 metros respeto de los vecinos laterales.

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g) La parcela cuenta con los servicios de acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación y tratamiento de aguas residuales y subministración de energía eléctrica. Las conexiones de las instalaciones de las edificaciones con las redes existentes forman parte del presente proyecto y se ejecutarán simultáneamente con la edificación. Están incluidas también en el presente proyecto las obras de urbanización del frente del vial.2. No existen reglamentaciones adicionales específicas.3. No aplicable.4. No aplicable.Art. 104.La edificación proyectada se adapta al ambiente en el que está situada.a) La edificación proyectada no me la fuere parte, ni está próxima la, un grupo de edificios de carácter artístico, histórico, típico o tradicional.b) La edificación proyectada no se encuentra en un paisaje abierto o natural.c) La tipología es congruente con las características del contorno y los materiales empleados para la renovación y acabado de fachadas y cubiertas de las edificaciones y los cerramientos de parcelas deberán armonizar con el paisaje en la que se inserta.d) No se proyecta publicidad estática.e) La construcción presentará todos sus paramentos exteriores y cubiertas totalmente terminados. Se proyecta el empleo en ellos de formas y materiales que menor impacto producen así como los colores que favorecen en mejor medida a integración en el contorno inmediato y en el paisaje.f) La edificación proyectada no está en un área amenazada por riesgos naturales o tecnológicos como inundación, hundimiento, incendio, contaminación, explosión u otros análogos.1.4.4. Urbanización de los terrenos de cesiónSe señala en el plano de urbanización la superficie de cesión gratuita al Ayuntamiento de los terrenos fuera de alineación. La superficie cedida es de 40.05 m² Las obras proyectadas incluyen la urbanización del frente de la parcela y la conexión con las redes existentes. Estas obras consisten en la conexión con los servicios urbanísticos.El desarrollo técnico de la urbanización se detallará en el proyecto de ejecución de acuerdo con las ordenanzas y las indicaciones del Ayuntamiento y las compañías subministradoras de servicios.El presupuesto estimado se añade como capítulo en el avance de presupuesto. El presupuesto de ejecución material incluido el Beneficio Industrial, los Gastos Generales y el I.V.A. , resultando un presupuesto total de 1380.40 €.

P.E.M Urbanización 1000.00 €Beneficio industrial (13%) 130.00 €Gastos generales (6%) 60,00 €Total sin IVA 1190.00 €I.V.A. (16%) 190,40 €Total 1380,40 €

1.5. Cuadro de superficies

1.6.Error:

Reference source not foundLey 8/1997, sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. Por tratarse de viviendas unifamiliares, no existen recorridos que deban ser adaptados o practicables.1.7. Decreto 311/1992, sobre supresión de la cédula de habitabilidadEl arquitecto redactor del presente proyecto básico, certifica que el presente proyecto cumple con la normativa contenida en el ANEXO del decreto de la Consejería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas, 311/92, del 12 de noviembre relativa a CONDICIONES MINIMAS DE HABITABILIDAD QUE DEBERÁN REUNIR LAS VIVIENDAS, y que les son de aplicación a las mismas.

Todos los proyectos para la construcción, rehabilitación, ampliación o reforma de viviendas que se presenten en los ayuntamientos en solicitud de la licencia municipal de obras incluirán en su memoria justificación, realizada por el facultativo redactor del proyecto y bajo su responsabilidad, del cumplimiento de las condiciones mínimas de habitabilidad. (Art. 3º)

Las obras de rehabilitación, reforma o ampliación de edificios y viviendas construidas al amparo de la normativa de habitabilidad anterior al presente decreto podrán exceptuarse del cumplimiento de aquellas condiciones mínimas de habitabilidad contenidas en su anexo, a la observancia de las que vengan impedidas por la configuración física de la parcela o de la edificación o, si es el caso, por los condicionantes establecidos en los instrumentos de protección a los que pudieran estar sometidos. (Art. 4º).Para tal efecto, los interesados deberán obtener, con carácter previo a la licencia municipal, autorización de la Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo, a la solicitud de la cual debe unirse un proyecto en la memoria del cual se justifiquen los condicionantes que evidencian la imposibilidad de dar cumplimiento a la normativa de habitabilidad.

A continuación se muestra una ficha resumen del cumplimiento del Decreto 311/1992 del 12 de noviembre sobre la supresión de la cédula de habitabilidad de la vivienda.

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Planta baja Garaje Trastero Vestíbulo Distribuidor RITM Escalera 1 Escalera 2 Escalera 3 Sala Cocina Oficio Dormitorio Baño Sup. Útil S. Construída25,00 8,57 4,00 12,36 0,50 7,08 3,71 3,30 36,67 9,60 6,12 11,74 6,12 134,77 162,11

Planta alta Distribuidor Terraza Estudio Dormitorio Baño5,80 13,63 21,63 10,25 5,27 56,58 71,95

Superficie total construída 234,06Superficie construída no computable. 3,30Superficie a efectos de edificabilidad 230,76

0,000,00

234,06692,28692,28Volumen total construído (m³)

Superficie total bajo rasante (m 2)Volumen total bajo rasante (m³)Superficie total sobre rasante (m2)Volumen total sobre rasante (m³)

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CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

COMPOSICIÓN y PROGRAMA DE La VIVIENDA(Condición 1ª)

Piezas

Número mínimo (estar-comedor-cocina, dormitorio y baño) 3 6Estudio (en una pieza y con un baño independiente con acceso a través de vestíbulo diferenciado)

Permitido si superficie útil > 26m2

No hayHabitaciones independientes entre sí Sí SíTodas con iluminación a espacio abierto exterior o a patios interiores en los que sea posible inscribir un círculo de diámetro superior a 0,7 veces a altura del edificio

Sí, excepto aseos, baños y despensas Sí

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

DIMENSIONES, SUPERFICIES y ALTURAS MÍNIMAS DE Las PIEZAS(Condición 2ª)

Salón-comedor

Cocina separada

Sup. útil mínima en viviendas de 1 dormitorio 14,00 m2 No haySup. útil mínima en viviendas de 2 dormitorios 16,00 m2 > 16 m.Sup. útil mínima en viviendas de 3 dormitorios 18,00 m2 No haySup. útil mínima en viviendas de 4 dormitorios 20,00 m2 No hay

Constituye pieza única con la cocina

Sup. útil mínima en viviendas de 1 dormitorio 16,00 m² No hay

Sup. útil mínima en viviendas de 2 dormitorios 18,00 m² No haySup. útil mínima en viviendas de 3 dormitorios 20,00 m² No haySup. útil mínima en viviendas de 4 dormitorios 22,00 m² No hay

Diámetro mínimo de círculo a inscribir 3,00 m2 > 3,00 m²Distancia mínima entre paramentos enfrentados 2,50 m2 > 2,50 m²

Cocina Superficie útil mínima de la cocinaSe pode dividir en cocina + lavadero-tendedero

7,00 m2

5,00 m2 + 2,00m2> 7,00 m²

DormitoriosSuperficie útil mínima de los dormitorios individualesDiámetro mínimo del circulo a inscribir

6,00 m2

2,00 m>6,00 m²> 2.00 m

Al menos un dormitorio de superficieDiámetro mínimo del circulo a inscribir

10,00 m2

2,50 m> 10,00 m²> 2,50 m

Cuarto de aseo

Superficie útil mínimaDistancia mínima entre paredes enfrentados

2,00 m2

1,00 m > 2,00 m² > 1,00 m

Corredores y vestíbulo de acceso

Ancho mínimo de los corredores.Vestíbulo: Diámetro mínimo del círculo a inscribir

0,85 m1,10 m

≥ 0,85 m²≥ 1,10 m²

Altura libre mínima

Entre suelo y techo en general 2,50 m ≥2,50 mEn vestíbulos, corredores, aseos y baños Posible reducir la

2,20 m 2,20 mResto de piezas se permiten 2,20 m de altura mínima en un 30 % de la pieza, conservando el volumen que le correspondería con la altura exigida Sí SíPara lo computo de superficie útil en piezas abujardadas A partir de 1,50 m No hay

Profundidad máxima de las piezas

Ortogonal a la fuente de iluminación y ventilaciónSi la profundidad es como máximo 1,5 veces el ancho de la pieza

Máximo = 7,50 mPosible > 7,50 m

< 7,50 m.

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

ILUMINACIÓN y VENTILACIÓN DE Las PIEZAS(Condición 3ª)

Superficies mínimas

Vent. y iluminación directa al exterior por hueco de superficie mayor queSuperficie mínima de ventilación

1/10 de la sup. útil1/3 de la de ilumin.

>1/10 sup. útil80% la de ilumin.Superf. hueco de vent. y ilumin. si prof. de la pieza

>7,50 m Superficie mínima de ventilación> 1/6 de la sup. útil50% de la de ilumin.

No hay

Ventilación estática

Ventilación de aseos, cuartos de baño y despensas posible a través de conductos verticales activados estáticamente

Sí Sí

Conducto vertical activado estáticamente obligatorio en cocina Sí SíEn cocina-estar-comedor conjunto ventilación reforzada que garantice la extracción de por lo menos

20 m3/h por cada m2 de superficie útil

25 m³/h cada m² sup. útil

A través de terraza cubierta

Superficie de vent. y ilum. si profundidad terraza > 2 m

1/6 de la superficie útil No hay

Profundidad máx. de la terraza a fachada o patio de cuarterón 3,00 m No hayProfundidad máx. de la terraza a patio de parcela 2,00 m No hayLongitud de la terraza > profundidad > profundidad

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Superficie hueco de ventilación y iluminación si la profundidad conjunta de la pieza y la terraza > 7,50 mSuperficie mínima de ventilación

> 1/5 de la superficie útil50% de la de iluminación

No hay

Ventilación y iluminación a través de galerías

Permitida la excepción de baños y aseos Sí No hayProfundidad máxima de la galería 1,50 m. -Superf. iluminación y ventilación entre pieza y galería

> 1/6 de la superficie útil -

Superficie real de ventilación 50% de la de iluminación -

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

PROGRAMA MÍNIMO SANITARIO(Condición 4ª)

Cuarto de aseo mínimo

Compuesto por baño o ducha, lavabo y inodoro Sí SíRevestido de material impermeable En todos los

paramentosEn todos los paramentos

Con acceso a través de vestíbulo o corredores (se hay más se pode acceder la ellos desde dormitorios) Sí Sí

Espacio para tendal

Común el individual con superficie 1,50 m2/viv. >1,50 m²/viv.

Si da a fachada o patio de manzanaProtegido visualmente y ventilado

Protegido visualmente y ventilado

Instalaciones

En cocina: fontanería para fregadero y lavadora. Sí SíEléctrica mínimo para cocina, lavadora y frigorífico Sí SíSuministro de agua potable y evacuación de aguas residuales Sí Sí

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

ACCESOS A LAS VIVIENDAS, ESCALERAS Y ASCENSORES(Condición 5ª)

Espacio de acceso

A través de un espacio público o común Sí SíAncho mínimo 1,20 m >1,20Permitir el paso de un rectángulo en posición horizontal de 1,90 x 0,50 Sí

Escaleras de acceso a las viviendas

Tabica máxima 18 cm. -Escalón mínimo 27 cm. -Ancho mínimo de los escalones 1,00 m -Ancho mínimo entre paramentos enfrentados 2,20 m -Número máximo de escalones en un sólo tramo 16 -Escaleras compensadas, mesetas en ángulo y partidas

NO -Escaleras curvas

Longitud mínima del escalón 1,20 m -Ancho mín. de escalón medido a 40 cm del pasamanos

25 cm. -

Mesetas

Con puertas de acceso a viviendas o locales, ancho mínimo 1,20 m >1,20 m.

Intermedias, ancho mínimoLa menor longitud del escalón que dé a ella

-

Distancia de arista del escalón de meseta la puertas Mínimo 25 cm. -Escaleras interiores de viviendas

Mayores tabicas y menores anchos Sí 18/25 x 90Escaleras compensadas Sí -

Pasamanos Altura mínima 0,95 m >1,00 m.Separación máxima entre balaustres 12 cm. ≤12 cm.Balaustre obligatorio para desniveles Para > 60 cm. Para > 50 cm.

Edificios de viviendas colectivas

Superficie mínima de iluminación por planta sobre rasante 1,00 m2 -

Superficie de ventilación ¼ de la de iluminación -

Edificios de viviendas colectivashasta PB+3P

Se admite iluminación y ventilación cenital Sí -Superficie mín. lucernario 2/3 de la caja de

escalera -Hueco de la escalera libre y se podrá inscribir círculo de

1,10 m de diámetro -

Nº mínimo de ascensores

Desnivel > 10,75 m Uno por cada 20 viviendas -

Desnivel > 25,00 m Dos -

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTOPatio interior Todo el perímetro delimitado por paramentos o

vecinos -

Patio abierto La fachada el patio de cuarterón, profundidad >1,50m -D: diámetro del círculo a inscribir en toda su altura -H: altura del patio -

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PATIOS(Condición 6ª)

Dimensiones

R: distancia entre paramento con huecos incluso el enfrentado -.L: longitud de la frente del patio abierto -P: profundidad del patio abierto -

Patios interiores

Ventilan iluminan escaleras, aseos, despensas: R mínimoD mínimo

1/6 de H2,00 m -

Si ventilan y iluminan otras dependencias: R mínimoD mínimo

¼ de H3,00 m -

No computan como plantas los finales de escaleras, cuartos de máquinas de ascensores y depósitos de agua

-

Patios abiertos

Longitud mínima L de la frente abierta 1/6 de H, mínimo 3,00 m -

Sí al patio dan dormitorios o estancias, P mínima Inferior a 1,5 L -Sí al patio dan otras dependencias, P mínima Inferior a 2 L -

Ventilación a través de patios

De los garajes o locales con actividades insalubres, molestas, nocivas o peligrosas, salvo que sean exclusivos para lo eres

NO -

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

INSTALACIONES MÍNIMAS(Condición 7ª)

Edificios de viviendas

Electricidad, según REBT Sí SíAgua fría y caliente Sí SíEvacuación y saneamiento de aguas residuales Sí SíAntenas colectivas de TV y radiodifusión Sí Sí

Designación mín. de agua

Habitante/día 50 litros >50 litrosVivienda/día 200 litros >200 litros

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTONORMAS CONSTRUTIVAS (Condición 8ª)

Viviendas en contacto con el terreno

Aislada mediante cámara de aire o capa impermeable Cámara o capa imperm. >20 cm. Cámara ventilada

Se garantizará la impermeabilización de muros y suelo Sí Sí

CONCEPTO PARÁMETRO NORMATIVA PROYECTO

CONDICIONES ESPECÍFICAS EN VIVIENDAS RURALES(Condición 9ª)

Cuadras Aisladas de las viviendas y con entrada independiente Sí -Aleros sin canalón de pluviales

Dimensión mínima en casas de una planta 0,50 m -Dimensión mínima en casas de dos plantas 0,70 m -

InstalacionesTratamiento de aguas residuales según NTE-ISD Sí -Distancia mínima del pozo a fosa séptica o estercolero. 20,00 m -

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1.8. Normativa de obligado cumplimiento1. ABASTECIMIENTO DE AGUA, DERRAMADO Y DEPURACIÓNNORMAS BÁSICAS PARA LAS INSTALACIONES INTERIORES DE SUMINISTRO DE AGUAORDEN de 9-DIC-75, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 13-ENE-76Corrección errores: 12-FEB-76MODIFICADA POR:COMPLEMENTO DEL APARTADO l.5 TÍTULO I DE LANA NORMA BÁSICA ANTERIOR.RESOLUCIÓN de 14-FEB-80 de la Dirección General de la EnergíaB.Lo.Y.: 7-MAR-80CONTADORES DE AGUA FRÍA.ORDEN de 28-DIC-88, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 6-MAR-89CONTADORES DE AGUA CALIENTE.ORDEN de 30-DIC-88, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 30-ENE-89NORMAS PROVISIONALES SOBRE INSTALACIONES DEPURADORAS Y DERRAMADO DE AGUAS RESIDUALES AL MAR.RESOLUCIÓN de 23-ABR-69 de la Dirección General de Puertos y Señais MarítimasB.Lo.Y.: 20-XUN-69Corrección errores: 4-AGO-69TEXTO REFUNDIDO DE LANA LEY DE AGUAS.REAL DECRETO de 20-XUL-01, del Ministerio de Medio AmbienteB.Lo.Y.: 24-XUL-01

2. ACCIONES EN LANA EDIFICACIÓNNORMA BÁSICA DE #mmsg EDIFICACIÓN NBE-AE88 "ACCIONES DE LANA EDIFICACIÓN".REAL DECRETO 13701988, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo del 11 de Noviembre del 88.B.Lo.Y de 17-NOV-88. Modifica parcialmente a antigua MV-10162 "ACCIONES EN LANA EDIFICACIÓN". Decreto 1951963 de 17-ENE de M. de Vivienda. B.Lo.Y. 9-FEB-63.NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSR-02).REAL DECRETO 9972002, de 27-SEP, del Ministerio de Fomento.B.Lo.Y.: 11-OCT-02

3. ACTIVIDADES RECREATIVASREGLAMENTO GENERAL DE POLICIA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.REAL DECRETO 281682 del Ministerio del Interior de 27-AGO-82.B.Lo. Y. 6-NOV-82Corrección de errores:29-NOV-82 y 1-OCT-83CÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓN Deroga los artículos 2 al 9, ambos incluso, y 20 a 23, ambos incluso, excepto lo apartado 2 del artículo 20 y el apartado 3 del articulo 22 del reglamento anterior.REAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006REGLAMENTO DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE AZAR.DECRETO 1061998, de 12-FEB, de la Consejería de Xusticia, Interior y Relaciones Laborales.D.Lo.G. 03-ABR-98.REGLAMENTO DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE AZAR.ORDEN de 27-MAY, de la Consejería de Xusticia, Interior y Relaciones Laborales.D.Lo.G. 08-XUN-98Corrección errores: 12-XUN-984. AISLAMIENTOCÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓNDB HE 1 AHORRO DE ENERGÍA, LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERXÉTICAREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006NORMA BÁSICA NBE-CA 88 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ACLARACIONES Y CORRECCIÓNES DE LOS ANEXOS DE LANA NBE-QUE-82.ORDEN de 29-SEP-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.B.Lo.Y.: 8-OCT-88.Modifica la NORMA BÁSICA NBE-QUE-82 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS REAL DECRETO 21151982, de 12-AGO, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 3-SEP-82Corrección errores: 7-OCT-82Modifica la NORMA BÁSICA NBE-QUE-81 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS REAL DECRETO 19091981, de 24-XUL, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 7-SEP-81PROTECCIÓN CONTRA LANA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA.LEY 797 de 11-AGO-97, de Consejería de Presidencia. Comunidad Autonoma de GaliciaD.Lo.G.: 20-AGO-97.PROTECCIÓN CONTRA LANA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. REGLAMENTODECRETO 15099 de 7-MAY-99, de Consejería de Presidencia. Comunidad Autonoma de GaliciaD.Lo.G.: 27-MAY-99.PROTECCIÓN CONTRA LANA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. REGLAMENTODECRETO 3202002 de 7-NOV-02, de Consejería de Medio Ambiente. Comunidad Autonoma de GaliciaD.Lo.G.: 28-NOV-02.LEY DEL RUIDO. LEY 372003 de Xefatura del Estado, de 17 de Noviembre, del Ruido.B.Lo.Y.: 18.11.2003 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE POLIESTIRENO EXPANDIDO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN.

REAL DECRETO 27091985, de 27-DIC, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 15-MAR-86Corrección de errores: 5-XUN-86POLIESTIRENOS EXPANDIDOS.ORDEN de 23-MAR-99. del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 5-ABR-99Modifica especificaciones técnicas de R.D. 270985ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PRODUCTOS DE FIBRA DE VIDRIO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN.REAL DECRETO 16371986, de 13-XUN, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 5-AGO-86Corrección errores: 27-OCT-86

5.APARATOS ELEVADORESDISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LANA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEXO 9516CE SOBRE ASCENSORES.REAL DECRETO 13141997 de 01-AGO-97, del Parlamento Europeo y del Consexo 9519CEB.Lo.Y.: 30-SEP-97Corrección de errores: B.Lo.Y.- 28-XUL-98INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AEM1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTRO-MECÁNICOS.ORDEN de 23-SEP-87, del Ministerio de Industria y Energía (art. 10 a 15, 19 y 23)B.Lo.Y.: 6-OCT-87Corrección errores: 12-MAY-88PRESCRIPCIONES TÉCNICAS EN El PREVISTAS EN #mmsg ITC -MIE-AEMI, DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANTENIMIENTO.RESOLUCIÓN de 27-ABR-92, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y TurismoB.Lo.Y.: 15-MAY-92MODIFICACIÓN DE #mmsg ITC-MIE-AEM1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS.ORDEN de 12-SEP-91, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ART. 10 a 15, 19 y 23.B.Lo.Y.: 17-SEP-91Corrección errores: 12-OCT-91ASCENSORES SIN CUARTOS DE MÁQUINAS.RESOLUCIÓN de 3-ABRL-97. de la Dirección General de Tecnología y Seguridad IndustrialB.Lo.Y.: 23-ABR-97Corrección de errores: 23-MAY-97APARATOS ELEVADORES HIDRAULICOS.ORDEN de 30-XUL-74. del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 9-AGO-74ASCENSORES CON MÁQUINA EN FOSORESOLUCIÓN de 10-SEP-98, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad IndustrialB.Lo.Y.: 25-SEP-98GRUAS.REAL DECRETO 8362003 de 27 de XunioCorrección de errors: B.Lo.Y.: 23.01.2004.

6. APARATOS A PRESIÓNREGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN.REAL DECRETO 12441979, de 4-ABR, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 29-MAY-79Corrección errores: 28-XUN-79Corrección errores: 24-ENE-91MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6, 9,19, 20 y 22 DEL REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN.REAL DECRETO 15041990, de 23-NOV, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 28-NOV-90Corrección de errores: 24-ENE-91INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AP1. CALDERAS, ECONOMIZADORES Y OTROS APARATOS.ORDEN de 17-MAR-81, del Ministerio de Industria v EnergíaB.Lo.Y.: 8-ABR-81Corrección errores: 22-DIC-81MODIFICACIÓN DE #mmsg ITC-MIE-AP1 ANTERIOR.ORDEN de 28-MAR-85, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 13-ABR-85ITC-MIE-AP2. TUBERÍAS PARA FLUIDOS RELATIVOS A CALDERAS.ORDEN de 6-OCT-80, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 4-NOV-80DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LANA DIRECTIVA 76767CENE SOBRE APARATOS A PRESION.Real Decreto 47388 de 30-MAR-88B.Lo.Y.: 20-MAY-88DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LANA DIRECTIVA 87404CENE, SOBRE RECIPIENTES La PRESION SIMPLES.Real Decreto 14951991 del Mº de Industria y Enerxia de 11-OCT-91B.Lo.Y.: 15-OCT-91Corrección de errores: 25-NOV-91MODIFICACION DEL REAL DECRETO 14951991 .Real Decreto 248694 del Mº de Industria y Enerxia de 23-DIC-94B.Lo.Y.: 24-ENE-95

7. AUDIOVISUALES Y ANTENASINFRAESTRUCTURAS COMUNES EN EDIFICIOS PARA ÉL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.LEY 11998, de 27-FEB, de la Xefatura del EstadoB.Lo.Y. 28-FEB-98TELECOMUNICACIONES. REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES.REAL DECRETO 4012003, de 04-ABR, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.B.Lo.Y.: 14-MAY-03TELECOMUNICACIONES. DESARROLLO DEL REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES.ORDEN CTE 12962003, de 14-MAY, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.B.Lo.Y.: 27-MAY-03GENERAL DE TELECOMUNICACIONES.LEY 1198 de la Xefatura del Estado de 24-ABR-98

ESTUDIO VIVIENDA PARA PROPIETARIO, SITUADA EN DIRECCIÓN, LUGAR, AYUNTAMIENTO. 7

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B.Lo.Y.: 25-ABR-98TELECOMUNICACIONES POR SATELITE.REAL DECRETO 13697 del Mº de Fomento de 31-ENE-97B.Lo.Y.: 1-FEB-97Corrección de errores: 14-FEB-97LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES.LEY 322003, de 3 de Noviembre, de Xefatura del Estado, General de Telecomunicaciones.B.Lo.Y.: 04.11.2003.

8. BARRERAS ARQUITECTÓNICASCÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓN DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓNREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006ACCESIBILIDAD y SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS.LEY 8 1997, de 20-AGO-97, de la Consejería de Presidencia. Comunidad Autónoma de GaliciaD.Lo.G..: 29-AGO-97LEGISLACIÓN DE ELIMINACION DE BARRERAS.Real Decreto 352000DOGA: 29-FEB-00MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS.REAL DECRETO 5561989, de 19-MAY. del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 23-MAY-89RESERVA Y SITUACIÓN DE LAS V.P.O. DESTINADAS A MINUSVÁLIDOS.REAL DECRETO 3551980, de 25-ENE. del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 28-FEB-80ACCESOS, APARATOS ELEVADORES Y CONDICIONES DE LAS VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS EN VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL.ORDEN de 3-MAR-80, del Ministerio de Obras; Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 10-MAR-80INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVALIDOS (Titulo IX, Artículos 54 a 61).- LEY 131982, de 7-ABR ·- B.Lo.Y.: 30-ABR-82

9. BLINDAXESESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TIPOS DE "BLINDAXES TRANSPARENTES El TRANSLÚCIDOS” PARA SU HOMOLOGACIÓN POR ÉL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÌA.Orden de 13-MAR-86, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y. de 08-ABR-86.

10. CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA Y GASCÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓNDB HE 4 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIAREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RÍETE) (CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA) y I.T.C.REAL DECRETO 17511998, de 31-XUL, del Ministerio de Presidencia.B.Lo.Y.: 5-AGO-98NORMAS TÉCNICAS DE RADIADORES CONVECTORES DE CALEFACCIÓN POR FLUIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN.REAL DECRETO 30891982, de 15-OCT, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 22-NOV-82NORMAS TÉCNICAS SOBRE ENSAYOS PARA HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES Y CONVECTORES POR MEDIO DE FLUÏDOS.ORDEN de 10-FEB-83, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 15-FEB-83COMPLEMENTO DE LAS NORMAS TÉCNICAS ANTERIORES (HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES).REAL DECRETO 3631984, DE 22-FEB, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 25-FEB-84ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CHIMENEAS MODULARES METÁLICAS Y SU HOMOLOGACIÓN.REAL DECRETO 25321985, de 18-DIC, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 3-ENE-86Corrección errores: 27-FEB-86

11. CUÁLESINSTRUCCIÓN PARA LANA RECEPCIÓN DE CALES EN OBRAS DE ESTABILIZACIÓN DE SUELO RCA-92.Orden de 18-DIC-92 del Mº de Obras Publicas y T.B.Lo.Y. 26-DIC-92.

12. CARPINTERÍAESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PERFILES EXTRUÍDOS DE ALUMINIO Y SUS ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIÓN.REAL DECRETO 26991985, de 27-DIC, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 22-FEB-86

13. CASILLEROS POSTALESREGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS.DECRETO 16531964, de 4-MAY, del Ministerio de la GobernaciónB.Lo.Y.: 9-XUN-64Corrección de errores: 9-XUL-64MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS.ORDEN de 14-AGO-71 del Ministerio de GobernaciónB.Lo.Y.:3-SEP-71

14. CEMENTOSCEMENTOS.R-C 03REAL DECRETO 17972003 del Ministerio de la Presidencia, de 26 de Diciembre.B.Lo.Y.;16.01.2004

OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LANA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS.REAL DECRETO 13131988, de 28-OCT, del Ministerio de Industria y Energía

B.Lo.Y.: 4-NOV-88MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS UNE DEL ANEXO AL R.D.13131988, de 28 de OCTUBRE, SOBRE OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE CEMENTOS.ORDEN de 28-XUN-89, del Ministerio de Relaciones con las Cortes v con la Secretaría del GobiernoB.Lo.Y.: 30-XUN-89MODIFICACIÓN DE LANA ORDEN ANTERIOR (28-XUN-89).ORDEN de 28-DIC-89, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del GobiernoB.Lo.Y.: 29-DIC-89MODIFICACIÓN DEL ANEXO DEL R. D. 13131988 ANTERIOR.ORDEN de 4-FEB-92, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del GobiernoB.Lo.Y.: 11-FEB-92

15. COMBUSTIBLESREGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GAS EN LOCALES DESTINADOS A USOS DOMÉSTICOS, COLECTIVOS El COMERCIALES.REAL DECRETO 18531993, de 27-OCT. del Ministerio de la PresidenciaB.Lo.Y.: 24-NOV-93Corrección errores: 8-MAR-94INSTRUCCIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS DE GASES COMBUSTIBLES.ORDEN de 17-DIC-85, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 9-ENE-86Corrección errores: 26-ABR-86REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO (GLP) EN DEPÓSITOS FIJOS.ORDEN de 29-ENE-86, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 22-FEB-86Corrección errores: 10-XUN-86REGLAMENTO DE REDES Y ATACADAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS y INSTRUCCIONES."MIG"ORDEN de 18-NOV-74, del Ministerio de IndustriaB.Lo.Y.: 6-DIC-74MODIFICACIÓN DE LOS PUNTOS 5.1 y 6.1 DEL REGLAMENTO ANTES CITADO.ORDEN de 26-OCT-83, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 8-NOV-83Corrección errores: 23-XUL-84MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-5.1, 5.2, 5.5 y 6.2.ORDEN de 6-XUL-84, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 23-XUL-84MODIFICACION DEL APARTADO 3.2.1.B.Lo.Y.: 21-MAR-94MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-R.7.1, ITC-MIG-R.7.2.ORDEN de 29-MAY-98, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 11-XUN-98.REGLAMENTO DE APARATOS QUE UTILIZAN COMBUSTIBLES GASEOSOS.REAL DECRETO 4941988, de 20-MAY, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 25-MAY-88Corrección errores: 21-XUL-88INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 1 a 9 y 11 a 14.ORDEN de 7-XUN-88, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 20-XUN-88MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 1 Y 2.ORDEN de 17-NOV-88, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 29-NOV-88MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 7.ORDEN de 20-XUL-90. del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 8-AGO-90MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-:AG 6 y 11.ORDEN de 15-FEB-91, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 26-FEB-91INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MlE-AG 10, 15, 16, 18 y 20.ORDEN de 15-DIC-88, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 27-DIC-88INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IP 03 “INSTALACIONES PETROLIFERAS PARA USO PROPIO”REAL DECRETO 14271997, de 15-SEP, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 23-OCT-97Corrección de errores: 24-ENE-98RESOLUCIÓN de 24-FEB-99 de la Consejería de Industria y Comercio.D.Lo.G.: 15-MAR-99NUEVO PLAZO HASTA 23-ABR-00DEPÓSITOS DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLIFEROS.REAL DECRETO 15621998, de 17-XUL, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 8-AGO-97MODIFICA LANA INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IPO2 “PARQUES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS”. Corrección de Errores. B.Lo.Y.: 20-NOV-98.MODIFICACIÓN DEL R.D.14281992 DE APLICACIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 9242CENE, SOBRE APARATOS DE GAS.REAL DECRETO 2761995, de 24-FEB-95 del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 27-MAR-95APLICACIÓN DE LANA DIRECTIVA DEL CONSEXO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90\396\CENE, SOBRE RENDIMIENTO PARA #mmpl CALDERAS NUEVAS DE AGUA CALIENTE ALIMENTADAS POR COMBUSTIBLES LÍQUIDOS El GASEOSOS.REAL DECRETO 2751995, de 24-FEB, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 27-MAR-95Corrección erratas: 26-MAY-95APLICACIÓN DE LANA DIRECTIVA DEL CONSEXO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 9042CENE, SOBRE APARATOS DE GAS.REAL DECRETO 14281992, de 27-NOV, del Ministerio de Industria, Comercio y TurismoB.Lo.Y.: 5-DIC-92Corrección de errores: 27-ENE-9316. CONSUMIDORES

ESTUDIO VIVIENDA PARA PROPIETARIO, SITUADA EN DIRECCIÓN, LUGAR, AYUNTAMIENTO. 8

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DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS.Líe 2684 de 19-XUL-84 de Xefatura del Estado.B.Lo.Y. 21-XUL-84. 17. CONTROL DE CALIDADCONTROL DE CALIDAD DE LANA EDIFICACIÓN EN LANA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA DECRETO 2321993 de 20-SEP-93 de lallería Conse de Presidencia de la Junta de Galicia. Comunidade Autónoma de Galicia.D.Lo.G. 15-OCT-93.ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADOS. INFORMACIÓN QUE DEBEN CONTENER LOS DOCUMENTOS EMITIDOS. ORDEN 24-XUN-03 4012003, de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio.D.Lo.G.: 04-XUN-0318. CUBIERTASNORMA BÁSICA DE EDIFICACIÓN "NBE-QB-90" CUBIERTAS CON MATERIALES BITUMINOSOS.REAL DECRETO 15721990, de 30-NOV, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 7-DIC-90HOMOLOGACIÓN DE LOS "PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTAS EN LANA EDIFICACIÓN".Orden 12-MAR-86 del Ministerio de Industria.B.Lo.Y. de 22-MAR-86.

19. ELECTRICIDAD y ILUMINACIÓNREGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAXA TENSIÓN. "REBT"DECRETO 8422002, de 2-AGO, del Ministerio de Ciencia y TecnologíaB.Lo.Y.: 18-SEP-02Entra en vigor: 18-SEP-03REBT. APLICACIÓN EN GALICIA DEL REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAXA TENSIÓN.ORDEN 23-XUL-03, de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio.D.Lo.G.: 07-AGO-03Corrección de errores: D.Lo.G.La. 15.09.03CÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓNDB HE 5 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN FOTOVOTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICAREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006CÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓNDB HE 3 EFICIENCIA ENERXÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓNREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006DISTANCIAS A LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.REAL DECRETO 1952000 de 1-DIC-00.B.Lo.Y. 27-DIC-00AUTORIZACIÓN PARA ÉL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAXO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO.RESOLUCIÓN de 18-ENE-88, de la Dirección General de Innovación IndustrialB.Lo.Y.: 19-FEB-88REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN CENTRALES ELÉCTRICAS Y CENTROS DE TRANSFORMIACIÓN.REAL DECRETO 32751982, de 12-NOV, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 1-DIC-82Corrección errores: 18-ENE-83INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMIENTARIAS "MIE-RAT" DEL REGLAMENTO ANTES CITADO.ORDEN de 6-XUL-84, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 1-AGO-84MODIFICACIÓN DE #mmpl "ITC-MIE-RAT" 1, 2, 7, 9,15,16,17 y 18.B.Lo.Y.: 5-XUL-88ORDEN de 23-XUN-88, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.:5-XUL-88Corrección errores: 3-OCT-88COMPLEMENTO DE #mmsg ITC "MIE-RAT" 20.ORDEN de 18-OCT-84, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.:25-OCT-84DESARROLLO Y CUMPLEMIENTO DEL REAL DECRETO 71988 DE 8-ENE, SOBRE EXIXENCIAS DE SEGURIDAD DE MATERIAL ELÉCTRICO.ORDEN de 6-XUN-89, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 21-XUN-89Corrección errores: 3-MAR-88

REGLAMENTO DE CONTADORES DE USO CORRIENTE CLASE 2.REAL DECRETO 8751984, de 28-MAR, de la Presidencia del GobiernoB.Lo.Y.: 12-MAY-84Corrección errores: 22-OCT-84PROCEDIMIENTOS PARA #mmsg EJECUCIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE #mmpl INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAXA TENSIÓN.ORDEN de 7-XUL-97 de la Consejería de Industria. Junta de GaliciaD.Lo.G..: 30-XUL-97NORMAS PARTICULARES PARA LAS INSTALACIONES DE ENLACE EN LANA SUMINISTRACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN BAXA TENSIÓN DE "UNIÓN ELÉCTRICA FENOSA'.RESOLUCIÓN de 30-XUL-87, de la Consejería de Trabajo de la Junta de Galicia CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO La LAS QUE SE DEBERÁN SOMETER LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE DISTRIBUCIÓN.DECRETO 2752001 de 4-OCT-01 de la Consejería de Industria y Comercio. D.Lo.G..: 25-OCT-01

20. ESTADÍSTICAELABORACIÓN DE ESTADISTICA DE LANA EDÍFICACION Y LANA VIVIENDA.DECRETO 6989 de 31-MAR-89D.Lo.G. 16-MAY-89.Modificación LEY 71993 de Ministerio de Cultura D.Lo.G. 14-XUN-1993.

21. ESTRUCTURAS DE ACERONORMA BÁSICA DE #mmsg EDIFICACIÓN NBE EA-95 "ESTRUCTURAS DE ACERO EN EDIFICACIÓN".

REAL DECRETO 18291995, de 1El-NOV, del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.B.Lo.Y.: 18-ENE-9622. ESTRUCTURAS DE FORJADOSFABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS.REAL DECRETO 16301980, de 18-XUL, de la Presidencia del GobiernoB.Lo.Y.: 8-AGO-80MODIFICACIÓN DE FICHAS TÉCNICAS La QUE SE REFIERE ÉL REAL DECRETO ANTERIOR SOBRE AUTORIZACIÓN DE USO PARA LANA FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS.ORDEN de 29-NOV-89. del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.: 16-DIC-89ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA GOLPEAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMIRRESISTENTES DE HORMIGÓN ARMADO PARA LANA CONSTRUCCIÓN.REAL DECRETO 27021985, de 18-DIC, del Ministerio de Industria y Energía.B.Lo.Y.: 28-FEB-86ACTUALIZACIÓN DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS.RESOLUCION DE 30-ENE-97 del Mº de Fomento.B.Lo.Y.: 6-MAR-97INSTRUCCIONES PARA ÉL PROYECTO Y LANA EJECUCIÓN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS (EFHE).REAL DECRETO 6422002, de 5-XUL, del Ministerio de Fomento.B.Lo.Y.: 06-AGO-02Entra en vigor: 06-FEB-03 (Deroga “EF-96”)23. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓNINSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE).REAL DECRETO 26611998, de 11-DIC, del Ministerio de Fomento.B.Lo.Y.:13-ENE-99.ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO.REAL DECRETO 23651985. de 20-NOV, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.:21-DIC-85

24. FONTANERÍANORMAS TÉCNICAS SOBRE GRIFERÍA SANITARIA PARA LOCALES DE HIXIENE CORPORAL, LAS Cocí Y LAVADEROS Y SU HOMOLOGACIÓN.REAL DECRETO 3581985, de 23-ENE, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 22-MAR-85ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA LOS LOCALES ANTES CITADOS.ORDEN de 14-MAY-86, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.:·4-XUL-86MODIFICADO POR: ESPECIFICACIO-NES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA LAS Cocí Y LAVADEROS.ORDEN de 23-DIC-86, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 21-ENE-87NORMAS TÉCNICAS SOBRE CONDICIONES PARA HOMOLOGACIÓN DE GRIFERÍAS.ORDEN de 15-ABR-85, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 20-ABR-85Corrección de errores: 27-ABR-85ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE SOLDADURAS BLANDAS ESTAÑO-PLATA Y SU HOMOLOGACIÓN.REAL DECRETO 27081985, del 27-DIC, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 15-MAR-86Corrección de errores: 10-MAY-86

25. HABITABILIDADCÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓN DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓNREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006CONDICIONES MÍNIMAS DE HABITABILIDAD EN GALICIA DECRETO 31192 de 12-NOV-92 D.Lo.G. 20-NOV-92Corrección de errores: 05-FEB-93DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAXO.REAL DECRETO 4861997, de 14-ABR.-97 del Ministerio de TrabaixoB.Lo.Y.: 23-ABR-97

26. INSTALACIONES ESPECIALES.CÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓN DB SU-8 SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN, SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR #mmsg ACCIÓN DEL RAYOREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006PROHIBICIÓN DE PARARRAYOS RADIACTIVOS.REAL DECRETO 14281986, de 13-XUN, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 11-XUL-86MODIFICACIÓN DEL R.D.14281986, de 13-XUN. CONCESIÓN PLAZO DE 2 CORDEROS PARA RETIRADA CABEZALES DE LOS PARARRAYOS RADIACTIVOS.REAL DECRETO 903 1987. de 13-XUL, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 11-XUL-87RECTIFICACIÓN DE #mmsg TABLA I DE LANA MI-IF004 DE LANA ORDEN DE 24-ABR-96,MODIFICACIÓN DE #mmpl I.T.C. MI-IF002, MI-IF004, MI-IF008, MI-IF009 Y MI-IF010 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA PLANTAS y INSTALACIONES FRIGORÍFICAS.ORDEN de 26-FEB-97, del Ministerio de Industria.B.Lo.Y.: 11-MAR-97PLANTAS y INSTALACIONES FRIGORÍFICAS. Modificación de #mmpl I.T.C. MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del Reglamento de Seguridad para plantas y instalaciones Frigoríficas.ORDEN de 23-DIC-98, del Ministerio de Industria.B.Lo.Y.: 12-ENE-99MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del Reglamento de Seguridad para plantas y instalaciones Frigoríficas.ORDEN de 29-NOV-01, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.B.Lo.Y.: 07-DIC-01

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INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CABLE.REAL DECRETO 5962002 de 28-XUN, del Ministerio de Presidencia.B.Lo.Y.: 09-XUN-0227. LADRILLO Y BLOQUENORMA BÁSICA DE #mmsg EDIFICACIÓN "NBE-FL-90" MUROS RESISTENTES DE FABRICA DE LADRILLO.REAL DECRETO 17231990. de 20-DIC, del Ministerio de Obras Públicas y UrbanismoB.Lo.Y.:4-ENE-91PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LANA RECEPCIÓN DE LADRILLOS CERÁMICOS EN LAS OBRAS "RL-88".ORDEN de 27-XUL-88, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del GobiernoB.Lo.Y.: 3-AGO-88PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS XENERALES PARA LANA RECEPCIÓN DE BLOQUES EN OBRAS (RB-90).ORDEN de 04-XUL-90.B.Lo.Y.: 11-XUL-90

28. MEDIO AMBIENTE y IMPACTO AMBIENTALREGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS.DECRETO 24141961, de 30-NOVB.Lo.Y.: 7-DIC-6ICorrección errores: 7-MAR-62INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LANA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO ANTES CITADO.ORDEN de 15-MAR-63, del Ministerio de la GobernaciónB.Lo.Y.: 2-ABR-63PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ATMOSFÉRICO.LEY 381972, de 22-DIC, de la Xefatura del EstadoB.Lo.Y.: 26-DIC-72DESARROLLO DE LANA LEY ANTERIOR.DECRETO 8331975, de 6-FEB, del Ministerio de Planificación del DesarrolloB.Lo.Y.: 22-ABR-75Corrección errores: 9-XUN-75MODIFICACIÓN DEL DECRETO ANTERIOR.REAL DECRETO 5471979, de 20-FEB, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 23-MAR-79EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.REAL. DECRETO LEXISLATIVO 13021986, de 26-XUN-86B.Lo.Y.: 30-XUN-86REGLAMENTO PARA LANA EJECUCIÓN DEL REAL DECRETO ANTERIOR.REAL DECRETO 11381988, de 30-SEPB.Lo.Y.: 5-OCT-88EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL PARA GALICIA.Decreto 4421990 de 13-SEP-90. Consejería de la Presidencia. Comunidad Autónoma de Galicia.D.Lo.G.15-DIC-90.EMISIONES SONORAS EN ÉL ENTORNO.REAL DECRETO 2122002, de 22-FEBB.Lo.Y.: 01-MAR-02CONSERVACIÓN DE LANA NATURALEZA.LEY 92001, de 21-AGO-01. Consejería de la Presidencia.D.Lo.G.: 04-SEP-01REGLAMENTO QUE ESTABLECE CONDICIONES DE PROTECCIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO, RESTRICCIONES La LAS EMISIONES RADIOELÉCTRICAS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN SANITARIA FRENTE A EMISIONES RADIOELÉCTRICAS.REAL DECRETO 10662001, de 28-SEP-01. Ministerio de la Presidencia.B.Lo.Y.: 29-SEP-01LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRAOS DE LANA CONTAMINACIÓN.LEY 162002, de 01-XUL-02B.Lo.Y.: 02-XUL-02LEY DE PROTECCIÓN DEL AMBIENTE ATMOSFÉRICO DE GALICIA.LEY 82002, de 18-DIC-02B.Lo.Y.: 21-ENE-03REXIME XURIDICO DE La PRODUCCIÓN y GESTIÓN DE MEDIO AMBIENTE. OZONO EN ÉL AMBIENTE.REAL DECRETO 17962003, de 26 de Diciembre del Ministerio de la Presidencia.B.Lo.Y.:13.01.2004

29. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOSCÓDIGO TÉCNICO DE #mmsg EDIFICACIÓNDB SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALESREAL DECRETO 22672004, de 3 de diciembre del Ministerio de Industria, Turismo y ComercioBOE: 17-DIC-2004REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.REAL DECRETO 19421993, de 5-NOV, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 14-DIC-93Corrección de errores: 7-MAY-94PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. EXTINTORES. REGLAMENTO DE INSTALACIONESORDEN 16-ABR-1998, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 28-ABR-98

30. PROYECTOSCÓDIGO TÉCNICO DE LANA EDIFICACIÓNREAL DECRETO 3142006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006B.Lo.Y: 28 de marzo de 2006NORMAS SOBRE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN.DECRETO 46271 de 11-MAR-71, del Ministerlo de Vivienda.B.Lo.Y. 24-MAR-71MODIFICACION DEL DECRETO 46271

B.Lo.Y. 7-FEB-85LEY DE ORDENACIÓN DE LANA EDIFICACIÓN.Líe 3898 de 5-NOV-98B.Lo.Y. 06-XUN-99PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LANA DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA.ORDEN de 04-XUN-73, 13 a 16, 18, 23, 25 y 26 de Xunio 1973, del Ministerio de Vivienda.LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.REAL DECRETO LEY 22000 de 16-XUN-00B.Lo.Y. 21-XUN-00Corrección errores: 21-SEP-00REGLAMENTO DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.DECRETO 10982001 de 12-OCT-01B.Lo.Y. 26-OCT-01LEY DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO RURAL DE GALICIA.LEY 92002 de 30-DIC-02B.Lo.Y. 21-ENE-03MODIFICACIÓN DE #mmsg LEY 92002 DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO RURAL DE GALICIA- Líe 152004 de 29-DIC-04D.Lo.G. 31-DIC-043 CIRCULARES INFORMATIVAS Y UNA ORDEN SOBRE LANA LEY DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO RURAL DE GALICIA.CIRCULARES 1,2,32003 de 31-XUL-03ORDEN 01-AGO-03D.Lo.G. 05-AGO-03CIRCULAR INFORMATIVA. LEY 92002CIRCULAR 42003 de 10 de NoviembreD.Lo.G.: 16.12.2003LEY DEL SUELO. CIRCULAR INFORMATIVA.Circular informativa 42003 de 10 de Diciembre de la C.P.T.Lo.P.V. de la Junta de Galicia.D.Lo.G.: 16.12.2003.REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANISTICA.DECRETO 281999 de 21-ENE-99D.Lo.G. 17-FEB-9931. RESIDUOSRESIDUOS y Lo REGISTRO GENERAL DE PRODUCTORES y GESTORES DE RESIDUOS DE GALICIADECRETO 1752005, de 09-XUN-2005D.Lo.G.: 29-XUN-2005desarrolla el Decreto 1742005, del 9 de junio, por lo que se regula el régimen Jurídico de la producción y gestión de residuos y lo Registro General de Produtores y Gestores de Residuos de GaliciaOrden del 15 de junio de 2006D.Lo.G.:26-XUN-200632. SEGURIDAD y HIXIENE EN ÉL TRABAXORIESGOS LABORALES.LEY 311995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgoas LaboralesRIESGOS LABORALES.LEY 542003, de 12 de Diciembre de la Xefatura del EstadoB.Lo.Y.:13.12.2003Modifica algunos artículos de la Líe 311995, de 8 de noviembre, de Riesgos Laborales.DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓNREAL DECRETO 16271997, de 24-OCT-97 del Ministerio de la Presidencia.B.Lo.Y.: 25-OCT-97PREVENCION DE RIESGOS LABORALESREAL DECRETO 1712004 de 30 de enero, de Prevención de Riesgos Laborales por lo que se desarrolla el artículo 24 de la Líe 311995 de riesgos LaboralesB.Lo.Y.: 31.01.2004DISPOSICIONES MÍNIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN ÉL TRABAXO.REAL DECRETO 4851997, de 14-ABR.-97 del Ministerio de TrabaixoB.Lo.Y.: 23-ABR-97DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAXO.REAL DECRETO 4861997, de 14-ABR.-97 del Ministerio de TrabaixoB.Lo.Y.: 23-ABR-77REGLAMENTO DE LANA INFRAESTRUCTURA PARA #mmsg CALIDAD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL.REAL DECRETO 4111997, de 21-MAR.-97 del Ministerio de Trabaixo. Modifica el R.D. 22001995 de 28-DIC-95B.Lo.Y.: 26-ABR-97PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESREAL DECRETO 7801998, de 30-ABR-98 del Ministerio de la Presidencia.B.Lo.Y.: 1-MAY-98MODIFICA R.D.391997 de 17-ENE-1997 que aprueba el REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN.B.Lo.Y. 31-ENE-97PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESREAL DECRETO 14881998, de 30-XUL-98 del Ministerio de la Presidencia.B.Lo.Y.: 17-XUL-98corrección de errores 31-XUL-98.RIESGOS LABORALESRESOLUCIÓN de 23-XUL-98 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.B.Lo.Y.: 1-AGO-98DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN ÉL TRABAXO EN ÉL ÁMBITO DE LAS EMPRESAS DE TRABAXO TEMPORAL.REAL DECRETO 2161999, de 5-FEB-99 del Ministerio de Trabaixo.B.Lo.Y.: 24-FEB-99CRITERIOS SANITARIOS PARA LANA PREVENCIÓN DE LANA CONTAMINACIÓN POR LEXIONELLA EN #mmpl INSTALACIONES TÉRMICAS.DECRETO 92001, de 11-ENE-01.D.Lo.G..: 15-FEB-01CRITERIOS HIXIÉNICO-SANITARIOS PARA LANA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LANA LEXIONELOSIS.REAL DECRETO 9092001, de 27-XUL-01 del Ministerio de Sanidad y Consumo.B.Lo.Y.: 28-XUL-01

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33. VIDRIERÍAESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE BLINDAXES TRANSPARENTES Y TRANSLÚCIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN.ORDEN de 13-MAR-86, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 8-MAY-86Corrección de errores: 15-AGO-86MODIFICACIÓN DE LANA ORDEN ANTERIOR.ORDEN de 6-AGO-86, del Ministerio de Trabaixo de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 11-SEP-86DETERMINADAS CONDICIONES TÉCNICAS PARA ÉL VIDRIO-CRISTAL.REAL DECRETO 16888 de 26-FEB-88, del Ministerio de Relaciones con las Cortes.B.Lo.Y.01-MAR-88.

34. YESO Y ESCAYOLAPLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA RECEPCIÓN YESOS Y ESCAYOLAS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN "RY-85".ORDEN de 31-MAY-85. de la Presidencia del GobiernoB.Lo.Y.: 10-XUN-85YESOS Y ESCAYOLAS PARA #mmsg CONSTRUCCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PREFABRICADOS DE YESOS Y ESCAYOLAS.REAL DECRETO 13121896, de 23-ABR, del Ministerio de Industria y EnergíaB.Lo.Y.: 1-XUL-86Corrección errores: 7-OCT-86

1.9. Requisitos básicos de la edificaciónSon requisitos básicos, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación, los relativos a la funcionalidad, seguridad y habitabilidad.Se establecen estos requisitos con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, debiendo los edificios proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan estos requisitos básicos.1.9.1. Requisitos básicos relativos a la funcionalidadLa disposición y dimensiones de los espacios y la dotación de instalaciones facilitan la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.Dado que la vivienda es de uso personal, no es preciso tomar medidas especiales para la accesibilidad de las personas con movilidad reducida. En cualquier caso, el proyecto cumple lo dispuesto en la normativa de accesibilidad vigente, tal como se justifica en el anexo correspondiente.Se proporciona acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica. El acceso a los servicios postales se resuelve mediante la dotación de buzón en la entrada a la parcela.1.9.2. Requisitos básicos relativos a la seguridad1.9.2.1. Seguridad estructural.Se proyecta la estructura de modo que no se produzcan daños en la misma, siguiendo los criterios de estabilidad y resistencia, durabilidad, economía, facilidad constructiva y posibilidades del mercado.1.9.2.2. Seguridad en caso de incendio.Los ocupantes pueden desalojar el edificio en condiciones seguras. Se limita la extensión del incendio dentro del propio edificio y los colindantes. Se permite la actuación de los equipos de rescate.El edificio es de fácil acceso a los bomberos, con un espacio exterior y unos huecos de acceso suficientes para la intervención de los mismos.Los elementos estructurales resisten al fuego el tiempo necesario según las características de los espacios afectables. Los materiales tienen el comportamiento al fuego preciso para la seguridad del edificio y sus ocupantes.1.9.2.3. Seguridad de utilización.La configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, se proyectan de tal manera que puedan ser usados para los fines previstos dentro de las limitaciones de uso del edificio que se describen más adelante, sin que suponga riesgo de accidentes para los usuarios del mismo.1.9.3. Requisitos básicos relativos a la habitabilidadLa vivienda reúne los requisitos de salubridad, protección contra el ruido y ahorro energético exigidos para este uso.1.9.3.1. SalubridadEl conjunto de la edificación proyectada dispone de medios que impidan la presencia de agua o humedad inadecuada procedente de precipitaciones atmosféricas, del terreno o de condensaciones y dispone de medios para impedir su penetración o, en su caso, permiten su evacuación sin producción de daños.El edificio dispone de espacios y medios para extraer los residuos comunes generados en ellos de forma acordada con el sistema público de recogida.El conjunto edificado dispone de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.La vivienda dispone de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo, e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del agua.El edificio dispone de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas.1.9.3.2. Protección contra el ruidoLos elementos constructivos cuentan con el aislamiento acústico requerido para los usos previstos en las dependencias que delimitan.1.9.3.3. Ahorro de energíaEl edificio proyectado dispone de una envolvente adecuada a la limitación de la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima, del uso previsto y del régimen de verano y de invierno.Las características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, permiten la reducción del riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar a las características de la envolvente.A tener en cuenta especialmente el tratamiento de los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos.La edificación proyectada dispone de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente. Dispone de un sistema de control que permite ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimiza el aprovechamiento de la luz natural en las zonas que reúnan las condiciones necesarias.La demanda de agua caliente sanitaria se cubre en parte mediante la incorporación de un sistema de captación, almacenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura, adecuada a la radiación solar global del su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio.

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1.10.Parámetros que determinan las previsiones técnicas1.10.1. Sistema estructural 1.10.1.1. CimentaciónA la espera de la realización del correspondiente estudio geotécnico, se estiman los datos aproximados del terreno para el diseño previo de la cimentación. Se realizó un reconocimiento inicial del terreno donde se pretende ubicar esta edificación. En base a la observación visual y a la experiencia de obras en las cercanías, el terreno es de tipo arenoso. La agresividad del terreno definida en el informe geotécnico será determinante para la elección de los materiales y recubrimientos a adoptar. No es previsible la presencia de niveles freáticos. Las contenciones se podrán resolver con muros de contención y de sótano convencionales. La tensión admisible estimada es de 0.40 N/mm². Se estima que se podrá resolver la cimentación del edificio con zapatas aisladas a un metro de profundidad. No hay indicios de nivel freático a la profundidad estimada de cimentación. El informe geotécnico determinará si la solución prevista para la cimentación, así como sus dimensiones y su armado, son adecuados al terreno existente.1.10.1.2. Estructura portanteEl sistema estructural se compone de pórticos de hormigón armado constituidos por pilares y vigas de canto o planas en función de las luces a salvar. Sobre estos pórticos se apoyan forjados unidireccionales prefabricados de canto 25+5/70 con semiviguetas armadas de ancho de zapatilla 12 cm y bovedilla aligerada de hormigón vibrado. Los aspectos básicos que se tuvieron en cuenta a la hora de adoptar el sistema estructural para la edificación que nos ocupa son principalmente la resistencia mecánica y estabilidad, la seguridad, la durabilidad, la economía, la facilidad constructiva y las posibilidades de mercado.Las acciones consideradas son las definidas en la normativa vigente. La aceleración sísmica de cálculo exime del cálculo de acciones sísmicas.Los usos previstos del edificio quedan definidos en el apartado dedicado al programa de necesidades de la presente memoria descriptiva.Las bases de cálculo adoptadas y el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad se ajustan a los documentos básicos del CTE.1.10.1.3. EscalerasLas escaleras son de losa de hormigón armado con formación de peldaños.Las acciones consideradas son las de la normativa vigente.Las bases de cálculo adoptadas y el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad se ajustan a los documentos básicos del CTE.1.10.2. Sistema envolvente.1.10.2.1. FachadasLos cerramientos del edificio se resuelven mediante fábrica de ladrillo hueco doble a media asta asentada con mortero de cemento. Los acabados se describen en el apartado correspondiente de la memoria descriptiva.La carpintería exterior está formada por perfiles de aluminio con rotura de puente térmico y doble acristalamiento. Contará con persianas enrollables para oscurecimiento de las estancias.1.10.2.1.1. Seguridad estructuralEl peso propio de los distintos elementos que constituyen las fachadas se consideran al margen de las sobrecargas de uso, acciones climáticas, etc.Los perfiles y vidrios de las carpinterías estarán dimensionados para soportar la acción del viento.1.10.2.1.2. SalubridadPara la adopción de la parte del sistema envolvente correspondiente a la fachada, se tiene en cuenta especialmente la zona pluviométrica en la que se ubicará y el grado de exposición al viento. Para resolver las soluciones constructivas, se tendrán en cuenta las características del revestimiento exterior previsto y del grado de impermeabilización exigido en el CTE.1.10.2.1.3. Seguridad en caso de incendio Dado que la vivienda está aislada, los únicos parámetros exigibles son los de accesibilidad por fachada. La altura de evacuación descendente es inferior a 9 m. La fachada se proyecta habida cuenta de los parámetros necesarios para facilitar el acceso la cada una de las plantas del edificio (altura de alféizar, dimensiones horizontal y vertical, ausencia de elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio). Se consideran los parámetros dimensionales (ancho mínimo, altura mínima libre y gálibo) y la capacidad portante del vial de aproximación.1.10.2.1.4. Seguridad de utilizaciónLa fachada no cuenta con elementos fijos que sobresalgan de la misma que estén situados sobre zonas de circulación. El edificio tiene una altura inferior a 60 m.Para el diseño de las barreras de protección en los huecos de fachada, se tiene en cuenta el desnivel existente entre la cuota del pavimento en cada planta con respecto a la rasante de la calle. También se garantiza la limpieza de los acristalamientos exteriores según lo indicado en DB SU-1.1.10.2.1.5. Protección frente al ruidoEn el diseño de las fachadas, se considera un aislamiento acústico global mínimo de las viviendas y locales respecto de los espacios exteriores de 30 dBA según NBE-CA 88. 1.10.2.1.6. Limitación de demanda energéticaSe considera la ubicación del edificio en la zona climática C1. Para la comprobación de la limitación de la demanda energética se considera además la transmitancia media de los muros de cada fachada al exterior y a los patios en su caso. Se consideran las orientaciones, incluyendo en el promedio los puentes térmicos integrados en la fachada tales como contorno de huecos, pilares en fachada y cajas de persianas. Se considera la transmitancia media de huecos de fachadas para cada orientación y el factor solar modificado medio de huecos de fachadas para cada orientación.1.10.2.1.7. Diseño Los parámetros adoptados suponen la adopción de las soluciones concretas que se reflejan nos planos de plantas, fachadas y secciones que componen el proyecto.1.10.2.2. Cubiertas1.10.2.2.1. Descripción del sistemaLa cubierta del edificio se resuelve mediante un sistema de cubierta invertida no transitable formada de abajo hacia arriba por los siguientes elementos: formación de pendientes de hormigón aligerado, capa de mortero de regularización, lámina impermeabilizante, capa de mortero de protección, aislamiento térmico, lámina geotextil y protección pesada de grava. Las zonas de cubierta transitable se describen en el apartado de terrazas.

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1.10.2.2.2. Seguridad estructural Se considerará el peso propio de los diferentes elementos que conforman el paquete de cubierta y el forjado sobre el que se sustentan.Para el cálculo de sobrecargas, se tendrá en cuenta que la azotea no es transitable. La carga de nieve se considerará con el valor correspondiente a las localidades con altitud inferior a 1000 m.Se considera el peso y ubicación de elementos tales como subestructura portante de paneles energía solar, depósitos, etc.1.10.2.2.3. SalubridadEl diseño garantiza la impermeabilización de la cubierta según NBE QB-90. El clima de la localidad es determinante para la elección del sistema de cubierta invertida, la lámina queda protegida de los cambios de temperatura por la capa de aislamiento superior.El clima y la pluviometría de la zona determinan la dimensión de los paños de cubierta, sus pendientes y el dimensionado de las bajantes.1.10.2.2.4. Seguridad en caso de incendio Los elementos que forman la cubierta junto con el forjado de soporte se diseñarán atendiendo a las condiciones de resistencia al fuego exigidas en DB SI.La cubierta se diseña de tal forma que en el existan huecos que puedan facilitar la propagación de un incendio con los edificios colindantes según DB SI-2. Dado que se trata de una edificación aislada, no es preciso tomar precauciones especiales.Las condiciones de los materiales limitan el riesgo de propagación exterior superficial de un incendio sobre la cubierta.1.10.2.2.5. Seguridad de utilizaciónLa cubierta no será transitable y se considera accesible solo para mantenimiento.Para el diseño de los petos de cubierta, se considera una diferencia de cota con respeto a la rasante del terreno inferior a 6 m.1.10.2.2.6. Protección contra el ruidoLos elementos y el forjado de cubierta garantizan un aislamiento mínimo a ruido aéreo de 45 dBA en la vivienda según NBE-QUE 88.1.10.2.2.7. Limitación de demanda energéticaSe considera la ubicación del edificio en zona geográfica C1, especialmente en lo relativo a la elección de la capa de aislamiento con espesor adecuado.La cubierta presenta lucernarios. Al tratarse de vivienda, los espacios situados bajo la cubierta se consideran habitables de baja carga interna.Los valores máximos y promedio de las transmitancias de cubierta se indicarán en la ficha justificativa de los niveles de exigencia que se adjuntan en el apartado correspondiente.Se prevén en la cubierta las zonas donde se ubicarán los colectores solares de la instalación solar térmica de agua caliente sanitaria. Se diseñarán sistemas de apeo y anclaje de la estructura soporte de los colectores solares de tal forma que se evite lo deterioro o rotura de la lámina impermeabilizante.1.10.2.2.8. Diseño y otrosLos parámetros adoptados suponen la adopción de las soluciones concretas que se reflejan en los planos de plantas, fachadas y secciones que componen el proyecto.El diseño de la cubierta garantiza que los colectores solares se puedan disponer de manera que no se produzcan pérdidas en los mismos por orientación, inclinación o sombras. 1.10.2.3. Terrazas y balcones1.10.2.3.1. Descripción del sistemaLas terrazas se resuelven mediante un sistema idéntico al adoptado en la cubierta plana del edificio, variando únicamente en el acabado.1.10.2.3.2. Seguridad estructural Se considera el peso propio de los diferentes elementos que conforman las terrazas y balcones así como de los forjados sobre los que se apoyan.Para el cálculo de sobrecargas se tendrá en cuenta que las terrazas y balcones son transitables. La carga de nieve en terrazas se considerará con el valor correspondiente a las localidades con altitud inferior a 1000 m.1.10.2.3.3. SalubridadEl diseño garantiza la impermeabilización de terrazas y balcones según NBE QB-90. El clima de la localidad es determinante para la elección de los sistemas.El clima y la pluviometría de la zona determinan la dimensión de los paños, sus pendientes y el dimensionado de las bajantes.1.10.2.3.4. Seguridad en caso de incendio En el diseño de estos elementos se consideran las condiciones de resistencia al fuego así como la limitación de la propagación exterior del incendio a través de la fachada según DB SI.1.10.2.3.5. Seguridad de utilizaciónPara la altura de los petos en balcones y terrazas se tendrá en cuenta una diferencia de cota con respeto a la rasante de la calle superior a 6 m.Las condiciones establecidas en DB SU-1 son determinantes para el diseño de las barandas.1.10.2.3.6. Protección contra el ruidoLos elementos y el forjado de las terrazas se diseñarán para garantizar un aislamiento acústico a ruido aéreo de 45 dBA en las viviendas situadas bajo las mismas según NBE-CA 88.1.10.2.3.7. Limitación de demanda energéticaSe considera la ubicación del edificio en zona geográfica C1, especialmente en lo relativo a la elección de la capa de aislamiento de las terrazas de ático con espesor adecuado. Las terrazas se incluyen en el cómputo para el cálculo de la transmitancia promedio de la cubierta del edificio.Los valores máximos y promedio de las transmitancias de cubierta se indicarán en la ficha justificativa de los niveles de exigencia que se adjuntan en el apartado correspondiente.1.10.2.3.8. Diseño y otrosLos parámetros adoptados suponen la adopción de soluciones concretas que se reflejan en los planos de plantas, fachadas y secciones que componen el proyecto.1.10.2.4. Paredes en contacto con el terreno No aplicable.1.10.2.5. Suelos en contacto con el terreno No aplicable.1.10.2.6. Particiones verticales separadoras de espacios habitables y no habitables.

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1.10.2.6.1. Descripción del sistemaSe incluyen en este apartado las paredes separadoras entre la vivienda y el trastero.Se resuelven mediante doble tabique de ladrillo hueco doble y mortero de cemento, con aislamiento térmico y acústico interior formado por lana de roca de 2 cm de espesor.1.10.2.6.2. Seguridad estructural Se considerará el peso propio de la pared descrita en el diseño y cálculo del sistema estructural. 1.10.2.6.3. SalubridadNo se consideran parámetros determinantes.1.10.2.6.4. Seguridad en caso de incendio En el diseño de estos elementos se considerarán las condiciones de resistencia y reacción al fuego con el fin de limitar la propagación interior de un incendio entre los diferentes recintos según DB SI.1.10.2.6.5. Seguridad de utilizaciónSe atenderá al indicado en DB SU-2 para evitar el riesgo de impactos con elementos que puedan sobresalir de la pared en las zonas de uso común del edificio.1.10.2.6.6. Protección contra el ruidoLa partición diseñada cumple las condiciones de aislamiento acústico indicadas en la NBE-CA 88 para paredes separadoras de propiedades o usuarios distintos (45 dBA).1.10.2.6.7. Limitación de demanda energéticaEl espacio correspondiente a garaje y trastero se considera espacio no habitable. Los valores máximos y promedio de las transmitancias de estas particiones se indican en el apartado de niveles de exigencia. 1.10.2.6.8. Diseño y otrosLos parámetros adoptados suponen la adopción de las soluciones concretas que se reflejan en los planos de plantas y secciones que componen el proyecto.1.10.2.7. Particiones horizontales separadoras de espacios habitables y no habitables.1.10.2.7.1. Descripción del sistemaSe incluye en este apartado el suelo en contacto con la cámara sanitaria.Consisten en un forjado unidireccional de viguetas de hormigón armado y bovedillas de hormigón. Sobre él se dispondrán placas de poliestireno extruído, recrecido de mortero de cemento y pavimento según se especifica en el apartado de acabados.1.10.2.7.2. Seguridad estructural Se considera el peso propio del forjado y las sobrecargas que sobre él actúan correspondientes a uso vivienda.Se consideran todos los elementos del forjado como exteriores.1.10.2.7.3. SalubridadLa disposición del forjado sobre cámara sanitaria ventilada evita el ascenso de humedad.1.10.2.7.4. Seguridad en caso de incendio En el diseño de estos elementos se tendrán en cuenta las condiciones de resistencia y reacción al fuego con el fin de limitar la propagación interior de un incendio entre los diferentes recintos que delimitan según DB SI. 1.10.2.7.5. Seguridad de utilizaciónNo se consideran parámetros determinantes.1.10.2.7.6. Protección contra lo ruidoLa partición diseñada cumple las condiciones de aislamiento acústico a ruido aéreo indicadas en la NBE-CA 88 para elementos horizontales de separación de propiedades de usuarios distintos (45 dBA).1.10.2.7.7. Limitación de demanda energéticaSe considera la ubicación del edificio en zona geográfica C1. Los valores de transmitancia promedio y máxima a exigir se indican en el apartado correspondiente.1.10.2.7.8. Diseño y otrosLos parámetros adoptados suponen la adopción de las soluciones concretas que se reflejan nos planos de plantas, secciones y estructura que componen el proyecto.1.10.2.8. MedianerasNo aplicable.1.10.2.9. Espacios exteriores a la edificaciónNo aplicable.1.10.3. Sistema de compartimentaciónSe definen en este apartado los elementos de cerramiento y particiones interiores, así como las carpinterías que forman parte de los mismos. Los elementos seleccionados cumplen con las prescripciones del Código Técnico de la Edificación, cuya justificación se desarrolla en la memoria de proyecto de ejecución en los apartados específicos de cada Documento Básico.1.10.3.1. Tabiquería divisoria en el interior de las viviendasFábrica de ladrillo cerámico hueco doble de 8 cm. de espesor tomado con mortero de cemento 1:6.Resistencia horizontal según DB SE para tabiques.Aislamiento acústico según NBE-CA 88.1.10.3.2. Tabiquería divisoria entre viviendasNo aplicable1.10.3.3. Tabiquería divisoria entre viviendas y zonas comunesNo aplicable.1.10.3.4. Tabiquería divisoria entre locales.No aplicable.1.10.3.5. Tabiquería divisoria entre locales y zonas comunes.No aplicable.1.10.3.6. Tabiquería divisoria entre trasteros.No aplicable.1.10.3.7. Tabiquería divisoria entre trasteros y zonas comunes.No aplicable.1.10.3.8. Tabiquería divisoria entre trasteros y garajes.No aplicable.1.10.3.9. Tabiquería divisoria entre garajes y zonas comunes.No aplicable.1.10.3.10. Forjados entre viviendas

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No aplicable.1.10.3.11. Carpintería interior de viviendasPuertas de paso lisas y macizas de madera barnizada.1.10.3.12. Carpintería de acceso a las viviendas desde zonas comunesNo aplicable.1.10.3.13. Carpintería de acceso a escaleras protegidasNo aplicable.1.10.3.14. Carpintería de acceso a trasterosNo aplicable.1.10.4. Sistema de acabados.1.10.4.1. Revestimientos exteriores.1.10.4.1.1. FachadaEl revestimiento de fachada será enfoscado y pintado.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.4.2. Revestimientos interiores.1.10.4.2.1. Viviendas. Baños y cocinas.Alicatados en paredes. Falsos techos de escayola.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.4.2.2. Viviendas. Otras estancias.Guarnecido de perliescayola en paredes y techos. Pintura plástica.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.4.2.3. Zonas comunes.No aplicable.1.10.4.2.4. Locales comerciales.No aplicable.1.10.4.2.5. Oficinas.No aplicable.1.10.4.2.6. Garajes.Enfoscado de mortero de cemento pintado en paredes y techos. Pintura plástica.Reacción al fuego B-s1,d0 según DB-SI 1.1.10.4.2.7. Trasteros.No aplicable.1.10.4.3. Solados.1.10.4.3.1. Viviendas. Baños y cocinas.Plaquetas de gres.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.4.3.2. Viviendas. Otras estancias.Plaquetas de gres.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.4.3.3. Zonas comunes.No aplicable.1.10.4.3.4. Locales comerciales.No aplicable.1.10.4.3.5. Oficinas.No aplicable.1.10.4.3.6. Garajes.Adoquines de hormigón sobre arena.Reacción al fuego B-s1 según DB-SI 1.1.10.4.4. Cubierta.1.10.4.4.1. Cubierta plana transitable. Terrazas.Plaqueta cerámica asentada sobre mortero de cemento.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.4.4.2. Cubierta plana no transitable. Grava de río.No hay parámetros determinantes según CTE.1.10.5. Sistema de acondicionamiento ambiental.El diseño de las fachadas del edificio y sus puntos singulares (alfeizares, jambas…) garantiza la impermeabilización del sistema.La cubierta y terrazas del edificio cuentan con un sistema de impermeabilización a base de láminas asfálticas y diseño de pendientes adecuadas que conducen las aguas a las correspondientes bajantes. Se diseñan rebosaderos a la altura adecuada en los petos de cubierta para evitar la inundación de las mismas. El suelo está elevado sobre el terreno, formando una cámara sanitaria ventilada. 1.10.5.1. CalefacciónLa calefacción se resolverá por suelo radiante de hilo eléctrico.El diseño se realizará según la normativa aplicable. En particular, contará con regulación independiente en cada estancia. La instalación eléctrica cumplirá las determinaciones del REBT. No se colocará ninguna otra instalación eléctrica o de fontanería por arriba del cable calefactor.1.10.6. Sistema de serviciosSe entiende por sistema de servicios el conjunto de servicios externos al edificio necesarios para el correcto funcionamiento de éste.1.10.6.1. Abastecimiento de aguaEl edificio cuenta con servicio de abastecimiento de agua de la red municipal. La previsión de grupos de presión, aljibes, etc. Será según lo dispuesto en las ordenanzas municipales. La empresa municipal de aguas deberá facilitar al promotor los datos de caudal y presión disponibles en el punto de toma.

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La red interior de abastecimiento de agua se hará de acuerdo con la normativa vigente. En particular, y según la disposición transitoria segunda del RD 3142006, las Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua. Contará con agua fría y agua caliente sanitaria.1.10.6.2. Evacuación de aguaEl edificio cuenta con un sistema separativo de evacuación de aguas de acuerdo al sistema de evacuación municipal al que vierte.La red interior se hará de acuerdo con la normativa vigente.1.10.6.3. Suministro eléctricoLa red de distribución de energía eléctrica discurre aérea por la vía pública. La empresa distribuidora de energía eléctrica debe facilitar al promotor los datos relativos al suministro en el punto de conexión.El grado de electrificación previsto es elevado.La red interior se hará de acuerdo con la normativa vigente, en especial el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.Se preverá la red de toma de tierra de todas las masas metálicas, las instalaciones y las partes metálicas de la estructura.1.10.6.4. TelefoníaLa red de distribución de energía eléctrica discurre aérea por la vía pública. La empresa distribuidora debe facilitar al promotor los datos relativos al suministro en el punto de conexión.La red interior se hará de acuerdo con la normativa vigente.1.10.6.5. TelecomunicacionesEl edificio contará con acceso a la red de TDT.La red interior se hará de acuerdo con la normativa vigente.1.10.6.6. Recogida de basura.El servicio municipal funciona con contenedores públicos situados en la calle y recogida mediante camiones.

1.11.Prestaciones del edificioSe establecen las prestaciones del edificio ordenadas por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE.1.11.1 Seguridad estructuralEl edificio se proyecta de tal forma que no se produzcan en el edificio, o en partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, a los soportes, a las vigas, a los forjados, a los muros de carga o a otros elementos estructurales o que comprometan directamente la resistencia mecánica y a estabilidad del edificio.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple a normativa vigente, en particular EHE, EFHE y, según lo establecido en la disposición transitoria segunda del RD 314/2006, las NBE-AE-88, NBE-EA-95 y NBE-FL-90.1.11.2 Seguridad en caso de incendio.El edificio se proyecta de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple la normativa vigente, en particular el DB-SI.1.11.3 Seguridad de utilizaciónEl edificio se proyecta de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple la normativa vigente, en particular el DB-SU.1.11.3.1 Requisito básico de habitabilidadPara el cumplimiento de las exigencias de habitabilidad se consiguen las prestaciones según el CTE. 1.11.4 SalubridadEl edificio se proyecta de tal forma que se consigan condiciones aceptables de Salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que este no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple a normativa vigente; en particular, y según el establecido en la disposición transitoria segunda del RD 314/2006, se siguen las directrices de las NIE y de NBE-QB-90.1.11.5 Protección contra el ruidoEl edificio se proyecta de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro a salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple a normativa vigente; en particular a NBE-CA 88.1.11.6 Ahorro de energíaEl edificio se proyecta de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple a normativa vigente; en particular el DB-HE.1.11.7 Requisito básico de funcionalidad1.11.7.1 UtilizaciónEl edificio se proyecta de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones facilitan la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple a normativa vigente.1.11.7.2 AccesibilidadEl edificio se proyecta de forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación lo pones edificio nos tener previstos en la normativa específica. Para conseguir las prestaciones exigidas, se cumple a normativa vigente, en especial la Ley 8/1997 sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y su legislación de desarrollo.1.11.7.3 Acceso a los serviciosEl edificio se proyecta de forma que se permita el acceso a los servicios de telecomunicación audiovisuales y de información de acuerdo con el establecido en su normativa específica.1.11.7.4 Prestaciones que superen las exigencias del CTE en proyectoNo procede.1.11.7.5 Limitación de uso del edificioEl edificio sólo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación de algunas de las dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este cambio

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de uso será posible siempre y cuándo el nuevo destino no altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc.

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2 Memoria constructivaTal como se indica en el Anejo I de la parte 1 del CTE, en el proyecto básico se incluirá la justificación de las características del suelo y los parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructura correspondiente a la cimentación.La definición constructiva de la edificación se completará en el proyecto de ejecución, respetando los parámetros definidos en la memoria descriptiva.2.11 Sustentación del edificio2.11.1Bases de cálculoEl dimensionado de secciones se realizará según la Teoría de los Estados Límites. El comportamiento de la cimentación debe comprobarse frente a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud de servicio. Las verificaciones de los Estados Límites están basadas en el uso de un modelo adecuado para el sistema de cimentación elegido y el terreno de apoyo de la misma.Se consideran las acciones que actúan sobre el edificio según la NBE-AE-88, de acuerdo con la disposición transitoria segunda del RD 314/2006.2.11.2Estimación de las características del terreno.A la espera de la realización del correspondiente estudio geotécnico, se estiman los datos aproximados del terreno para el diseño previo de la cimentación. Se realizó un reconocimiento inicial del terreno donde se pretende ubicar esta edificación. En base a la observación visual y a la experiencia de obras en las cercanías, el terreno es de tipo arenoso. La agresividad del terreno definida en el informe geotécnico será determinante para la elección de los materiales y recubrimientos a adoptar. No es previsible a presencia de niveles freáticos. Las contenciones se podrán resolver con muros de contención y de soto convencionales. La tensión admisible estimada es de 0.40 N/mm². Se estima que se podrá resolver la sustentación del edificio con zapatas aisladas a un metro de profundidad. No hay indicios de nivel freático a la profundidad estimada de cimentación. El informe geotécnico había determinado si la solución prevista para la cimentación, así como sus dimensiones y sus armados son adecuados al terreno existente.

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3 Cumplimiento del Código Técnico de la EdificaciónPara asegurar el cumplimiento de las exigencias básicas contenidas en la parte I del CTE se hace uso de la normativa básica vigente en aplicación de las disposiciones transitorias del Real Decreto 3142006 del 17 de marzo. Además, en la documentación de fin de obra, cuándo se emita, se dejará cumplida constancia de:la) Las verificaciones y pruebas de servicio realizadas para comprobar las prestaciones finales del edificio.b) Las modificaciones autorizadas por el director de obra.Además se incluirán:c) La relación de controles efectuados durante la dirección de obra y sus resultadosd) Las instrucciones de uso y mantenimiento.3.11 Seguridad en caso de incendio.De acuerdo con los artículos 5, 9 y 11 de la parte 1 del CTE y el punto IV del DB-SI, para el cumplimiento de la exigencia básica de seguridad en caso de incendio se opta por adoptar soluciones técnicas basadas en el DB-SI.SÍ 1 PROPAGACIÓN INTERIOR 1 2 3 4 5 6SÍ 1.1 Compartimentación en sectores de incendio xSÍ 1.2 Locales de riesgo especial xSÍ 1.3 Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de

compartimentaciónx

SÍ 1.4 Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario xSÍ 2 PROPAGACIÓN EXTERIOR 1 2 3 4 5 6SÍ 2.1 Medianerías y fachada xSÍ 2.2 Cubiertas xSÍ 3 EVACUACIÓN DE OCUPANTES 1 2 3 4 5 6SÍ 3.1 Compatibilidad de los elementos de evacuación xSÍ 3.2 Cálculo de la ocupación xSÍ 3.3 Número de salidas y longitud de los recurridos de evacuación xSÍ 3.4 Dimensionado de los medios de evacuación xSÍ 3.5 Protección de las escaleras xSÍ 3.6 Puertas situadas en recurridos de evacuación xSÍ 3.7 Señalización de los medios de evacuación xSÍ 3.8 Control del humo xSÍ 4 DETECCIÓN, CONTROL y EXTINCIÓN del INCENDIO 1 2 3 4 5 6SÍ 4.1 Dotación de instalaciones de protección contra incendios xSÍ 4.2 Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios xSÍ 5 INTERVENCIÓN DE Los BOMBEROS 1 2 3 4 5 6SÍ 5.1 Condiciones de aproximación y entorno xSÍ 5.2 Accesibilidad por fachada xSÍ 6 RESISTENCIA Al FUEGO DE La ESTRUCTURA 1 2 3 4 5 6SÍ 6.3 Elementos estructurales principales xSÍ 6.4 Elementos estructurales secundarios xSÍ 6.5 Determinación de los efectos de las acciones durante el incendio xSÍ 6.6 Determinación de la resistencia al fuego x

1 Esta exigencia no es aplicable al proyecto, debido a las características del edificio.2 Las soluciones adoptadas en el proyecto respeto la esta exigencia se ajustan a lo establecido en el DB SU.3 Las prestaciones del edificio respecto a esta exigencia mejoran los niveles establecidos en el DB SU.4 Se aporta documentación justificativa del avance de las prestaciones del edificio en relación con esta

exigencia.5 Las soluciones adoptadas en el proyecto respecto a esta exigencia son alternativas a lo establecido en el DB

SU.6 Se aporta documentación justificativa de las prestaciones proporcionadas por las soluciones alternativas

adoptadas.La vivienda constituye un único sector de incendio, ya que su superficie construida es inferior a 2500 m².No existen garajes, cuartos de instalaciones, trasteros ni otros locales que se puedan considerar de riesgo especial.La zona de aparcamiento prevista es un espacio cubierto y abierto, por lo que no se considera un recinto.La estructura portante debe aportar una resistencia al fuego R 30 (Tabla 3.1 del DB SI 6)Los elementos estructurales del garaje serán R 90 (tabla 3.2 del DB SI 6).La estructura es de vigas y soportes de hormigón armado de densidad normal y con áridos de naturaleza silícea. El forjado es unidireccional con entrevigado de hormigón. Los valores más desfavorables de resistencia al fuego (es decir, R 90) se justificarán, de acuerdo con el Anexo C del DB SI, cumpliendo con las siguientes condiciones:

Lado menor o espesor bmín Distancia mínima equivalente al eje en (mm) (Tabla C.2)

Soportes 250 / 30Muro de carga expuesto por una cara 140 / 20

Dimensión mínima bmin Distancia mínima equivalente al eje en (mm) (Tabla C.3)Opción 1 Opción 2 Opción 3 Opción 4

Vigas con 3 caras expuestas 150/40 200/35 250/30 400/25Espesor mínimo hmin (mm)

Distancia mínima equivalente al eje en (mm) (Art. C.2.3.5 y tabla C.4)

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Forjados unidireccionales 100 15Estas condiciones se cumplen en todos los casos. Además, en el caso de vigas continuas y forjados situados en locales de riesgo (garaje), a los que se les exige R 90, la armadura de negativos se prolongará incluso el 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior al 25% de la requerida en los extremos.Sobre la puerta peatonal del garaje, en cumplimiento del apartado 2 del DB SU 4, se proyecta una lámpara de emergencia. Los revestimientos de techos y paredes, por un lado, y de suelos, por otro, son de la clase de reacción al fuego B-s1,d0 y BFL-s1, respectivamente, de acuerdo con la tabla 4.1 del DB SI 1.En conformidad con las exigencias contempladas en la Tabla 1.1 del DB SI 4 se dispone de un extintor portátil de eficacia 21A - 113B de forma que sirva simultáneamente al garaje (local de riesgo bajo) y al resto de la vivienda. Para eso, se prevé situarlo cerca de la puerta de acceso al garaje, en el exterior del mismo. No existe riesgo de propagación exterior del incendio por tratarse de una edificación aislada que, siendo un sector único, no tiene medianerías ni otra edificación en un radio inferior a 3 m. Además, no existe ninguna área forestal a menos de 25 m de la zona edificada, de forma que no existe riesgo de propagación de un posible incendio de origen forestal (apartado 1.2.6 del DB SI 5).3.12 Seguridad de utilización.De acuerdo con los artículos 5, 9 y 11 de la parte 1 del CTE y el punto IV del DB-SI, para el cumplimiento de la exigencia básica de seguridad en caso de incendio se opta por adoptar soluciones técnicas basadas en el DB-SI.SU 1 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO DE CAIDAS 1 2 3 4 5 6SU 1.1 Resbaladicidad de los suelos xSU 1.2 Discontinuidades en los pavimentos xSU 1.3 Desniveles xSU 1.4 Escaleras y cuestas xSU 1.5 Limpieza de los acristalamientos exteriores xSU 2 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O DE ATRAPAMIENTO 1 2 3 4 5 6SU 2.1 Impacto xSU 2.2 Atrapamiento xSU 3 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO DE APRISIONAMIENTO EN RECINTOS 1 2 3 4 5 6SU 3.1 Aprisionamiento xSU 4 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA 1 2 3 4 5 6SU 4.1 Alumbrado normal en zonas de circulación xSU 4.2 Alumbrado de emergencia xSU 5 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA OCUPACIÓN 1 2 3 4 5 6SU 5.2 Condiciones de los graderíos para espectadores de pe xSU 6 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO DE AHOGAMIENTO 1 2 3 4 5 6SU 6.1 Piscinas xSU 6.2 Pozos y depósitos xSU 7 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO DE VEHÍCULOS EN MOVIMIENTO 1 2 3 4 5 6SU 7.2 Características constructivas xSU 7.3 Protección de recurridos peatonales xSU 7.4 Señalización xSU 8 SEGURIDAD FRENTE Al RIESGO CAUSADO POR LANA ACCIÓN DEL RAYO 1 2 3 4 5 6SU 8 Procedimiento de verificación y tipo de instalación exigido x

1 Esta exigencia no es aplicable al proyecto, debido a las características del edificio.2 Las soluciones adoptadas en el proyecto respeto la esta exigencia se ajustan al establecido en el DB SU.3 Las prestaciones del edificio respeto la esta exigencia mejoran los niveles establecidos en el DB SU.4 Se aporta documentación justificativa del avance de las prestaciones del edificio en relación con esta

exigencia.5 Las soluciones adoptadas en el proyecto respeto la esta exigencia son alternativas al establecido en el DB

SU.6 Se aporta documentación justificativa de las prestaciones proporcionadas por las soluciones alternativas

adoptadas.

3.12.1Seguridad frente al riesgo de caídas3.12.1.1 DesnivelesCon el fin de limitar el riesgo de caídas, existen barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales) en balcones, ventanas, etc. con una diferencia de cuota superior a 550 mm.Las barreras de protección que protegen diferencias de cotas inferiores a 6 m, tienen una altura mínima de 900 mm., medida verticalmente desde nivel del suelo o -en el caso de escaleras- desde la línea de inclinación definida por los vértices de los escalones, incluso el límite superior de la barrera.Dichas barandas, petos y antepechos de terrazas, balcones y escaleras tienen una resistencia y una rigidez suficiente para resistir una fuerza horizontal, uniformemente distribuida y aplicada sobre lo borde superior del elemento, de 0.8 KN/m, en conformidad con el apartado 3.2 del DB SE-AE.3.12.1.2 EscalerasEl ancho de los tramos es de 1 m. (>0,80 m.). La huella (H) es de 0,275 m. (>0,22 m.) y la tabica de 0,175 m. (<0,20 m.). Por tanto, se cumplen las condiciones que para escaleras de uso restringido determina el apartado 4.1 del SÍ 4.3.12.1.3 Limpieza de los acristalamientos exteriores.En general, los acristalamientos se encuentran a menos de 6 m. desde el nivel del suelo exterior, por lo que es posible su limpieza desde lo exterior. En caso contrario, la limpieza se efectuará desde lo interior. Para posibilitar dicha limpieza, el

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acristalamiento es reversible o bien toda su superficie se encuentra comprendida en un radio de 0,85 metros desde un punto al borde de la zona practicable situada la una altura de 1,30 metros. 3.12.2Seguridad frente al riesgo de impacto y de atrapamiento3.12.2.1 ImpactoLa altura libre de paso es superior a 2,10 m en zonas de circulación y a 2,00 m en los umbrales de las puertas.No existen elementos fijos que sobresalgan de las fachadas o de las paredes a una altura inferior a 2,20 m sobre cualquier zona de circulación, excepto en el que podría referirse a tramos volados de escalera. En este caso se dispondrán elementos fijos de protección que restrinjan su acceso a ellos.Las superficies acristaladas con desniveles superiores a 0,55 m a ambos lados de las mismas y situadas a menos de 0,90 m respecto al suelo del local en el que se encuentran, tienen una resistencia al impacto de nivel 2 (UNE EN 12600:2003), o bien disponen de una barrera de protección de acuerdo con el apartado de “desniveles”.Las partes vidriadas de puertas y de cerramientos de duchas y bañeras estarán constituidas por elementos laminados o templados que resisten sin romperse un impacto de nivel 3 (UNE EN 12600:2003).No existen grandes superficies acristaladas que se puedan confundir con puertas o aberturas.3.12.2.2 AtrapamientoLa distancia entre las puertas correderas, incluidos sus mecanismos de apertura y cierre, y el objeto fijo más próximo es mayor de 20 cm.No existen elementos de apertura o cierre automáticos.3.12.3Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintosLas puertas de recintos que tienen dispositivos de bloqueo desde lo interior (baños, aseos) contarán con un sistema la de desbloqueo desde lo exterior.3.12.4Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuadaEn el interior de la vivienda se dispone una instalación de alumbrado capaz de proporcionar una iluminancia mínima, medida a nivel del suelo, de 50 lux, de acuerdo con la Tabla 1.1 del DB SU 4, siendo el factor de uniformidad media de, por lo menos, el 40%.Se dispone alumbrado de emergencia en el garaje (ver justificación del DB SI).3.12.5Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo.La frecuencia esperada de impactos (Ne) se determina por la siguiente expresión (número de impactos al año):Ne = NgAeC110-6 = 1,50 x 1.690 x 1 x 10-6 = 0,002535 Ng = 1,50 impactos (cordero x Km2) (figura 1.1 del DB SU 8)Ae = superficie (m2) delimitada por una línea trazada la una distancia 3H de cada uno de los puntos del perímetro del edificio, siendo H la altura del edificio en el punto del perímetro considerado.C1 = 1 (edificio aislado, según tabla 1.1 del DB SU 8)

El riesgo admisible (Na) se determina por la siguiente expresión:

Na = 5,5*10-3 / (C2C3C4C5) 10-3 = 5,5 x 10-3 = 0,0055

C2 = 1 (estructura de hormigón, de acuerdo con la tabla 1.2 del DB SU 8)C3 = 1 ("otros contenidos", según la tabla 1.3 del DB SU 8)C4 = 1 ("resto de edificios", según la tabla 1.3 del DB SU 8)C5 = 1 ("resto de edificios", según la tabla 1.5 del DB SU 8)

Ne < NaPor tanto, no es necesaria la instalación de un sistema de protección contra los rayos.3.13 Ahorro de energía3.13.1Limitación de demanda energética.Por tratarse de una edificación de nueva planta no recogida en los casos excluyentes, es de aplicación el HE-1. En la memoria descriptiva del presente proyecto básico se definen los parámetros que determinan las prestaciones técnicas exigibles a los diferentes elementos constructivos.3.13.2Rendimiento de las instalaciones térmicasLa vivienda dispondrá de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de los equipos. La instalación se regulará de acuerdo con el RITE vigente.3.13.3Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.La vivienda3.13.4Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.El diseño y cálculo de la instalación se hará según lo establecido en HE-43.13.5Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.Por tratarse de un edificio de uso residencial personal, no es aplicable esta sección.3.13.6SalubridadSegún la disposición transitoria segunda del RD 314/2006, no es obligatoria la aplicación del DB-HS. En su lugar, se aplica el establecido en las Normas Básicas para las Instalaciones Interiores de Suministro de Agua y norma básica de edificación NBE-QB-90 Cubiertas con materiales bituminosos.3.14 Seguridad estructural.Según la disposición transitoria segunda del RD 314/2006, no es obligatoria la aplicación del DB-SE. En su lugar, se aplica lo establecido en las normas básicas. Se emplean además las instrucciones EHE, EFHE y NCSR-02 y la restante normativa vigente de aplicación.

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4 ConclusiónLa presente memoria, sus anexos, y los planos que la acompañan expresan, a mi juicio, las características básicas, formales y geométricas, de las obras proyectadas para una vivienda unifamiliar situado en dirección, Ayuntamiento cuyo presupuesto de ejecución material asciende la 100.000,00 € (cien mil euros)

TOLEDO, DICIEMBRE DE 2.006

EL ARQUITECTO

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