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",,,\DOS..,,, ,f~ .f;." ~ 1. r:J '" !P2 '_ ESTADO DE GUANAJUATO Rxler~cial J~~m -1- P.D.261/2009 Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz Guanajuato, Guanajuato, a 14 catorce de diciembre de 2010 dos mil diez. "2010. Año del Bicentenario de la Independencia Nacional y del Centenario de la Revolución . ~"A'e 'cana" .I.ft'. IVI. XI .----...--------------------------------- "" "<- •..• ~,~: ~\.. D1':~'" (t),., ."~~ ~t'> \'~.ft;. VISTO para resolver los autos que mtegran el i~:~j,:Pto~edimiento disciplinario número 261/2009, instruido en ¡.•. :. #.-,";.;~., ¡; , ~)'ca~tra de María Guadalupe Arroyo López. Intendente ~ 5T;;~'.~~~scrita al Juzgado Cuarto Penal de Partido en IrapllatO?~ .... Guanajuato, ~~~~~~~mi~Óñ?a~¿r;OS ::n:~:~~~::~e:~ ~e_s~~~~~f0r~:~í~tA/_e~il~:~C:C~~ IR7.J~~~~~ /; ~ . PRIMERO.-Mrdian}er~~ciÓn t/~4 ve.intic~atr~e septiembrede 2009 f dos.\mllnue\e er¥¡conseJo ~il~~der Judicial admitió la al' enut'." .• ~. i.ainter~ ..... ¡.•..• ~.ta} por el li9~rJ.f~iag.0J. 1'\0~~ riJ~/ L/?~~ Jesús Luna Hernández, .. cbn'elj¡~caráote' de Jue?;CuartQfPenal . ~. .... \.... ~'~{i¡~l ..... l ~,/ ~~~lf de Partido en Irapuato,-Guaftajuétc{, ihiei '-:-dose:prócedimiento disciplinario en contra de Ma~ígY0:1ºtda.I.u~~rOYo López, a quien se requirió para que/~r. .6 del plazo de 5 cinco dias rindiera su informe' I-~¡.l~" -------- _ . /.:1.)•... " ....;... ;..•. _ ..•.. / };~c>_ ".:.\",::.;ff SEGUNDO.- En providéncia fechada el 2 dos de febrero // ' ../ de 2010 dos mil diez/eICd~sejo del Poder Judicial admitió en {~; tiempoel infOrm'7/(o~Git~dO a la servidoramencionaday se 1, '-........../ / /" \~. hizo pronunciamiento sobre pruebas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ // . ~~__ ___l.~J,(CERO.- Agotado el trámite de instancia, a través del --..,-.::: .i,:::':;:.,:::;:::;" ,-,,;?>p_~ auto dictado el dia 27 veintisiete de septiembre de 2010 dos mil diez, se determinó turnar el presente expediente a la licenciada Maria Beatriz Hernández Cruz a fin de que formule el proyecto de resolución correspondiente, autos que la www.poderjudicial-gto.gob.mx

P.D.261/2009 ESTADO DE GUANAJUATO Ponente: ConsejeraLic

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Page 1: P.D.261/2009 ESTADO DE GUANAJUATO Ponente: ConsejeraLic

",,,\DOS..,,,,f~ .f;."~ 1.

r:J '"!P2'_ESTADO DE GUANAJUATO

Rxler~cialJ~~m

-1- P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

Guanajuato, Guanajuato, a 14 catorce de diciembre de

2010 dos mil diez. "2010. Año del Bicentenario de la

Independencia Nacional y del Centenario de la Revolución

. ~"A'e 'cana".I.ft'. IVI. XI . - - - - ...- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -"" "<- •..• ~,~: ~\..D1':~'" (t),. , •."~~~t'>\'~.ft;. VISTO para resolver los autos que mtegran el

i~:~j,:Pto~edimiento disciplinario número 261/2009, instruido en¡.•.:. #.-,";.;~., ¡; ,

~)'ca~tra de María Guadalupe Arroyo López. Intendente ~5T;;~'.~~~scritaal Juzgado Cuarto Penal de Partido en IrapllatO?~ ....

Guanajuato, ~~~~~~~mi~Óñ?a~¿r;OS

::n:~:~~~::~e:~ ~e_s~~~~~f0r~:~í~tA/_e~il~:~C:C~~

IR7.J~~~~~/; ~. PRIMERO.-Mrdian}er~~ciÓn t/~4ve.intic~atr~e

septiembrede 2009fdos.\mllnue\e er¥¡conseJo ~il~~der

Judicial admitió la al' enut'.".•~.i.ainter~.....¡.•..•~.ta} por el li9~rJ.f~iag.0J.1'\0~~ riJ~/ L/?~~

Jesús Luna Hernández, ..cbn'elj¡~caráote' de Jue?;CuartQfPenal. ~. .... \.... ~'~{i¡~l .....l ~,/ ~~~lf

de Partido en Irapuato,-Guaftajuétc{, ihiei '-:-dose:prócedimiento

disciplinario en contra de Ma~ígY0:1ºtda.I.u~~rOYoLópez,a

quien se requirió para que/~r. .6 del plazo de 5 cinco diasrindiera su informe' I-~¡.l~"- - - - - - - - _

. /.:1.) •..." ....;...;..•._..•../};~c>_ ".:.\",::.;ffSEGUNDO.- En providéncia fechada el 2 dos de febrero

// ' ../de 2010 dos mil diez/eICd~sejo del Poder Judicial admitió en

{~; tiempoel infOrm'7/(o~Git~dOa la servidoramencionaday se1, '-........../ / /"

\~. hizo pronunciamiento sobre pruebas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -~ // .

~~__ ___l.~J,(CERO.-Agotado el trámite de instancia, a través del--..,-.::: .i,:::':;:.,:::;:::;" ,-,,;?>p_~

auto dictado el dia 27 veintisiete de septiembre de 2010 dos

mil diez, se determinó turnar el presente expediente a la

licenciada Maria Beatriz Hernández Cruz a fin de que formule

el proyecto de resolución correspondiente, autos que la

www.poderjudicial-gto.gob.mx

Page 2: P.D.261/2009 ESTADO DE GUANAJUATO Ponente: ConsejeraLic

- 2 - P.D.26112009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

.'Consejera Relatora recibió materialmente el día 25 veinticinco

de noviembre de la misma anualidad, por lo que:- - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO.- De conformidad con lo estipulado en los

ordinales 83 y 90 fracciones XI y XX, 122 Y 123 de la

Constitución Política del Estado, así como en los diversos 5, 28

fracción XIII, 36 fracción 11,149,150,151,152,154 Y 154-A de

la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, este Consejo edel Poder Judicial es competente para conocer y resolver los

procedimientos disciplinarios tramitados con motivo de las

faltas administrativas cometidas por los servidores públicos en,.

el ejercicio de sus funciones.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~- - - ;{~~I

SEGUNDO.- Acorde a lo previsto por el artículo 149 det

ley de la materia, la forma de inicio por la que se tramitó'

procedimiento es la adecuada toda vez que éste se instauró

con motivo de la denuncia interpuesta por el Licenciado J.

Jesús Luna Hernández.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO.- En la resolución emitida el 24 veinticuatro

de septiembre de 2010 dos mil diez, el Consejo del Poder

Judicial del Estado admitió la denuncia de referencia, en ebase a la cual se inició procedimiento disciplinario en contra de

María Guadalupe Arroyo López, por los siguientes hechos:--

" Por no acatar las órdenes que en diversas ocasiones le

ha dado en forma personal y directa el titular del

Juzgado Cuarto Penal de Partido en Irapuato,

Guanajuato, al cual se encuentra adscrita,

consistentes en:

Page 3: P.D.261/2009 ESTADO DE GUANAJUATO Ponente: ConsejeraLic

.-ESTADO DE GUANAJUATO

-3- P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

r,

a) Que diariamente tenía que presentarse a laborar antesde las 9:00 horas, para el efecto de realizar la limpieza

de las instalaciones del Juzgado mencionado y dejarlo

limpio antes de que llegara el resto del personal,

indicación que .Ie fue dada en diversas ocasiones

aproximadamente desde el mes de mayo del año en

curso, esto es, tres meses anteriores a la fecha de'

elaboración del acta administrativa que se acompaña al £9oficio de:~e~ ....la,..•.10q~~::::.::-a ..'..s.. res.u.1.la..'.Ob.ligalorio ",<:::J;v'conform~, lo dlspúesto"'eQ,el""'artículo_2;4;'Jtpárraq

segundo, de"as Cbndici02~~~Gen~~-d; Trab~jO(/

haciendo casd.omis'b.•..a/. laAm¡srrt~l. . . ~. . i/,;;,V1 . I¡J:K •. '1 /J¥b) Conservar e/t orde[J.'~;/los.iex~e~entis~ •.~{1úe se

;:E;:~::!E~:!:~~~:7~~~e~~~;4. . ,l. . \' d' ~ ~ . h" Id' .¿;/

supenor Jera1qU/co\n Iversa/~ca/'!(nes/. aCJ(;;r~-1

caso omiso, ~ado q~e~!a fec'Ja d~l/evan~a~~fj!J'tq~del.,~./t d" ti f' \ %..~ / •... 1.. )< .AV f~b .

ac a a m/~:J rr ¡va q~.e.se':~.~0"J~~~l::;~con. raan

los expééiientes - desor~~~~71 VIiii%:~i~~$" el

piso, así como diversos/o.'~ei8r de informes previos y

justificados. /' >~l Ie) Llenar los formal0;t0!~~~'¥{¡emi¡s expedidospor el

Instituto Federal electorall~on la información sobre lasi "" .','/; . "", !

suspensiones electof;¡Jles de los sentenciados en/ /

diversos prop.éso~Jjenales radicados en el juzgadohe

referido, IQ/que.Hcasionó que el 11 once de agosto del0/

preseQttJaño, personal de dicho instituto comparecierac'/;''JiY''

.......--a.t:..JuzgadoCuarto Penal de Partido en Irapuato,T"'''''; """".'

",:;:;;;:::'::,,::.:>-' Guanajuato, a solicitar dicha información, la cual no les

fue entregada debido a la falta de integración de la

misma.

d) La elaboración de las carátulas del proceso penal

146/2007 del índice del juzgado aludido, el cual constawww.poderjudicial-gto.gob.mx

,

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- 4 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

"f. ,

de 65 tomos, indicación que le fue dada por su superior

jerárquico desde el mes de junio de la presente

anualidad, sin que a la fecha del levantamiento del acta

administrativa que se acompaña al oficio de cuenta, lo

hubiera hecho.

Por proveído de fecha 2 dos de febrero de 2010 dos mil

diez, se tuvo a María Guadalupe Arroyo López, rindiendo en

tiempo el informe que le fue solicitado en el cual refirió que

durante el tiempo que ha laborado en el Juzgado Cuarto Penal

de Partido en Irapuato, Guanajuato, nunca ha desacatado las

órdenes otorgadas por superiores, ni se le ha llamado latl

atención con motivo de quejas por el incumplimiento de SÚ~H\

trabajo recibieran el Titular o los titulares que han estado en er~','\1';:.

mismo, tampoco existe queja presentada por parte de los~'-,

abogados litigantes, defensores de oficio y agentes del

ministerio público o persona alguna que forme parte dentro de

las causas penales que se siguen en el Juzgado. - - - - - - - - - -

Señala la servidora que no tuvo oportunidad de

defenderse porque el acta administrativa que se le levantó el

día 12 doce de agosto de 209 dos mil nueve, no señala en

forma concreta expediente alguno en el cual se haya obstruido _

o retrasado su trámite por causas imputables a ella, y ante tal

omisión y al no tener certeza de lo que se le acusa no podrá

contestar correctamente los hechos, ya que fueron expuestos

en forma general, pero sin que existan especificaciones. Así

también, niega que existieran expedientes en el suelo, sino

que era en forma momentánea en lo que algún expediente era

sustraído de su respectivo paquete por motivo de alguna

petición, y una vez que dicho proceso era desocupado, de

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eESTADO DE GUANAJUATO

-5- P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

Ibder.~cialJ~~m

www.poderjudicial-gto.gob.mx

inmediato se volvían a colocar en el paquete al que pertenecía

y posteriormente en su lugar, lo que sucedía por la carencia de

mobiliario para apoyarse en tal función y refiere que antes de

retirarse todos los expedientes estaban ordenados en sus

respectivos lugares, por lo que, nunca permanecían tirados en

el piso por días completos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

~: Niega la servidora que durante el tiempo que ha tenido la ~r: i, responsabilidadde archivar los C.ficiOSdei~c::es. p~y',{;:~::JUstificados, por su actltl!J.destuvler desoraenaaos, y.a que

::i~~};,:refiereque siempre tl!JVO I cuida o

,~~':!i,gbmprueba porque .s.~¿J < ....7~ ~.'

nunca especificaron

encontraban en s

anteriores acusacion

hechos concretos. - .

Sigue manife,s ar;)

incumplido en la~realizacl

las suspensiones de los

sentenciados, puesto que n'

su contra, ya que en fo

hechos pero sin señala górica ente con respecto a que

sentenciado o sentenclaaos no se les aplicaron dichas

suspensiones por. u pa, así también, niega haber dejado de

cumplir con su ligación de elaborar carátulas del proceso

penal,,~t~6/07, ya que una vez que se radicó el proceso fueron~~"~'

elaboradas las carátulas y se cosieron a los tomos y al tener

constante manejo del tribunal ya fuera por diligencia o causas

diversas se fueron deteriorando, y fue necesario

reemplazarlas, y aclara que dichas carátulas fueron elaboradas•

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- 6 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

por otra de sus compañeras, por encomendación de sus

superiores y únicamente tenía que reemplazarlas no así

elaborarlas, y como su compañera lo fue haciendo poco a

poco, así ella procedía a reemplazarlas, ya que si no se

hubiesen elaborado las carátulas hubiese sido imposible el

manejo del expediente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por último, la servidora solicita que se declare

improcedente e infundado el procedimiento disciplinario y se

archive en forma definitiva. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por cuestión de metodología y lógica, este Órgano

Colegiado analizará que el acta administrativa del día 12 doce

de agosto de 2009 dos mil nueve levantada por el Licenciado~t~

J. Jesús Luna Hernández, en funciones de Juez Cuarto Pen~!(¡ .

de Partido en Irapuato, Guanajuato cumpla con los reqUisitci(;;~9"

previstos por el artículo 20 de las Condiciones Generales d(~ ..

Trabajo del Poder Judicial, en virtud de las aseveraciones

realizadas por la servidora María Guadalupe Arroyo López. - - -

Entonces es necesario acudir al contenido del artículo 20

citado, que textualmente indica:- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - -

"Cuando el trabajador incurra en alguna de las causas

a que se refiere la fracción VI del artículo 18, el jefe

inmediato o el superíor procederá a levantar un acta

administrativa en la que con toda precisión se

asentarán los hechos, la declaración del trabajador y

de los testigos de cargo y descargo que propongan; la

que se firmará por los que en ella intervengan y por

dos testigos de asistencia debiendo entregarse en ese

mismo acto, una copia al trabajador.

Con el acta a que se refiere este artículo, el inmediato

superior del trabajador, deberá dar cuenta al Consejo •

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P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

- 7-

www.poderjudicial-gto.gob.mx

Presentarse a laborar antes de las 9:00 nueve

horas, con la finalidad de que antes de que

del Poder Judicial para que éste órgano actúe

conforme a sus atribuciones. 11

a)

asentaron los

En este orden

12 doce de agosto

Licenciado J. Jesús

En este precepto normativo se encuentra inmersa la

facultad legal con que cuenta el jefe de la oficina o superior

para levantar acta administrativa a los empleados subalternos

~:~:::;~~i::~~~~~~c_u:~:_n~~~~~~~~~~s~~n_~~~~I~a_s_~~;;"U;',' Los reqUls-,tó aeoeOsatlsf ter el ac~a.r:~spectlva son:I!.o.< •••• ~_"

a) precisión d

b) declaración

..~.. '.'_~' e) declaración¡::~ (i};:"ii;¡""~;~que proponga y,

d) la firma de d

~ESTADO DE GUANAJUATO

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- 8 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

llegara el resto del personal a laborar, el

Juzgado ya tendría que estar limpio;

b) Conservar el orden de los expedientes en el

archivo de acuerdo al número y año, para ser

localizados inmediatamente;

e) Ordenar los oficios que llegan por medio de

correspondencia, en los cuales se solicita el

informe previo o justificado de los diversos

amparos y de los cuales no son ciertos los actos

reclamados, y agregarlos a los cuadernillos

correspondientes;

d) Entregar la información sobre las suspensionesj.

electorales de los sentenciados en los formatosi~:.

que el Instituto Federal Electoral proporcionó al :\:

Juzgado, y;

e) Poner la carátula nueva a los 65 sesenta y cinco

tomos del expediente 146/2007.

En cuanto al segundo elemento de validez

declaración del trabajador, está plenamente justificado en el

acta cuando el superior jerárquico le concedió el uso de la voz

a la servidora citada en sendas ocasiones, manifestando en su

primera intervención en torno al hecho atribuido que:

" .. .primeramente quiero manifestar que no

voy ,a firmar el acta porque se elaboro sin que yo

estuviera presente, enterándose antes de esto la testigo

Ma. Concepción López Castañeda, así mismo quiero

manifestar las funciones que desempeño en el Juzgado

siendo una de estas la de la limpieza, haciendo notar que

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P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

-9-

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corresponde

expedientes

~ cerlmcar copms

corresponde elaborar 1

los que son pres

sentenciados, así e agregar 70S acuerdos federales asus cuadernillo ' correspondientes de amparos, archivar

oficios que enviados, así como archivar también

plazos .4t~;Tstitucionales, sentencias, ordenes giradas,

.W(31i~'f')de citación, ordenes negadas, resoluciones dei;Ill:i.~~

tocas, acuses de correo, vales .de fotocopiado y

expedientes que se encuentran en el archivo, así como ir

al Cereso a dejar oficios, a policía preventiva, policía

ministerial y tránsito municipal, a sacar copias cuantas

eESTADO DE GUANAJUATO

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- 10- P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

veces sea requerida por mis compañeras o por gente

ajena al juzgado que tienen una intervención lógicamente

en los expedientes, hacer el correo para el tribunal, llevar

el correo registrado y si con respecto a los expedientes

que se encontraban en el piso efectivamente tuve que

bajarlos de los anaqueles porque en el tiempo que

estuve supliendo a la primer oficial en su periodo de

vacaciones me desconecte completamente del archivo y

los chicos que prestan su servicio eran los que prestaban

los expedientes entonces había muchos expedientes que

no se encontraban en su lugar puesto que unos que eran"de ordenes giradas estaban metidos en los quª,'

t, ~correspondían al archivo definitivo y al momento de qtJ.e

estaban ordenados le hice del conocimiento de 'la: .

secretaria que no hacia falta material para amarrar< '_,<:::: '"

paquetes mismo que no se nos pudo proporcionar por la

coordinación administrativa puesto que se encontraban

de vacaciones, pidiendo apoyo a los juzgados los cuales

tampoco pudieron ayudarnos, ahora bien quiero hacer

del conocimiento que en periodo de vacaciones de

alguna de mis compañeras si es necesario mi apoyo me •

pasan a la mesa por lo cual el archivo queda descuidado

haciendo notar también que yo retome el archivo en

enero del año en curso ya que con anterioridad mI

función era hacer el aseo y ocupar una mesa y enero que

yo regrese a retomar el archivo había un rezago

exagerado de trabajo puesto que desde septiembre del

2008 dos mil ocho no se rendía informe ni al INEGI ni al

IFE, habiendo así bastantes oficios de los antes

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eESTADO DE GUANAJUATO

- 11 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

.' ,.~.,.J

'. ~.

!,{¿;'~..~...

mencionados por archivar no habiendo ningún problema,

ahora pues también quiero mencionar que siento que

esta acta es levantada con todo dolo puesto que al

momento de que me fue llamada la atención no existen

constancias de que se me haya requerido sino hasta que

ya tienen a la persona que va a ocupar mi lugar y que yale fue ofrecido mi puesto, ahora bien no soy la única _~

persona que tiene inconformidad con la Secretari~d€f;";-

Acuerdos ~~to <.:(l~e"~~~ca~io~rf'un

problema con Uh. 8~d.~ m.....i.$.L.....~.~c~..ffu~aAe.r~s LUN/:A4(f a laI I lit , ..It /bIT~";; '" 1 ...•.'t' ¡ , • 7 b

cua se e evan o~:al11len n aca mas Sin em argo

nunca fue envikda,'~01~;r~~in¿elen el JUZg~qO

hay cuestioned¡ma.:'..sira~{tu; Sf{.J~[i qeSape.r.cil...Jj..../.i~lstal es nuevame¿te (rePitiencfo1&~..il qesem!effJ/JeG b . I Al ! d', "d Jt"1 / t' /J?h~ Aa ne a cac/o," an.ose cue~aY ai

:\ ecre anf!ls/rJ ... t1cer

naqa al resp,bto )~~'nq~r:tfaa,~~ago~:::qe::~::~::w~;~e~1t::~h::t:~::problema alguno ni cod': .'itular del J¿;;ado un con los

~::;~:;:: ..~e A.c.i{.¡.id.~J;iendo t¡/a lo que tengo que/'.~:/ /l't 1/- .

lj~'4~' , Así mis~o".eK~u segunda intervención refirió:~\"""j / ,/\\\ "... que efectivamente se me dio lectura de la presente\'" /( "v""J/"~ .... ,/

,,::,:~~~,_~""'",.-.,~éJ0.gtalpcfrquese me tenía que dar el uso de la voz pero la...,.;. ~".,..•..;";."';::" ..:...~. ";,,.--

misma fue elaborada en privado por el Titular del

Juzgado y la Secretaria de Acuerdos, reiterando que fue

de mi conocimiento como manifesté hasta que se me iba

a dar el uso de la voz y según tengo entendido un acta

•www.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 12 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

se levanta estando las partes presentes y agregando por

lo que se menciona del expediente 146/07 efectivamente

se han estado cambiando las carátulas según mis

labores lo han permitido porque a mí no se me dio la

orden desde un principio puesto que en un juicio estaba

gozando de mi período vacacional y posteriormente pase

a suplir a la primer oficial ... "

Atinente al requisito declaración de los testigos de cargo

y de descargo que propongan cabe destacar que, aun cuando

la normatividad no establece la parte que debe proponer a los

testigos, es lógico inferir de acuerdo a la teleología del artículo<"

20 insertado en esta resolución, que los testigos de cargp'''¿..C-, f

deben ser propuestos por el superior jerárquico, por ser este ~I,'7. ,.

legitimado para confeccionar el acta administrativa y e1;:<:..'. .

encargado de mantener el orden y control en la oficina; en -',-

cuanto a los testigos de descargo, es lógico entender que

deben ser designados por la parte a quien se atribuye el

hecho, lo cual se traduce en el derecho de defensa del

servidor a repeler mediante la designación de testigos la

imputación que se hace en su contra.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - •

Analizando el contenido del acta administrativa de

referencia, advertimos que, el titular del Juzgado, Licenciado J.

Jesús Luna Hernández designó como testigos de cargo a la

Secretaria de Acuerdos, Licenciada María Verónica Arauja

Aguirre y la oficial judicial Ma. Concepción López Castañeda,

sin que del acta administrativa se desprenda que se hubiere

hecho la propuesta de testigos de descargo -por parte de la

servidora cuestionada, como así consta en tal acto.- - - - - - - - -

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- 13- P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

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administrativa pode

designó como testigos

Ma. Guadalupe~~ u

haciéndose constar al

concluyó el acto habiendo

intervinieron, con excepció

Guadalupe Arroyo Ló

voluntad firmar, apareclen o al calce 5 cinco firmas ilegibles de

6 seis personas gue~(l,Ij'Iervinieron en el acta de referencia, por.'i:::'ji,"

,.'.;;:'"

lo que entonces, podemos establecer que los testigos de

~la párticiparon dándole certeza al acto y dejando

constancia de ello mediante el estampamiento de su firma

ilegible .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En las relatadas consideraciones se concluye en forma

categórica que el acta administrativa de fecha 12 doce de

Respecto a que no se hayan propuesto testigos de

descargo, como se dijo, es un derecho de la persona

cuestionada en la comisión de una falta administrativa, por lo

que si al momento en que se concedió el uso de la voz a la

servidora cuestionada, no hizo tal designación, dicha

circunstancia no puede trascender a la eficacia y validez del

acta administrativa de fecha 12 doce de agosto de 2009 dos

mil nueve. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

eESTADO DE GUANAJUATO

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- 14- P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

agosto de 2009 dos mil nueve, levantada por el licenciado J.

Jesús Luna Hernández, entonces juez titular del Juzgado

Cuarto Penal de Partido en Irapuato, Guanajuato, reviste los

requisitos establecidos en el artículo 20 de las Condiciones

Generales de Trabajo del Poder Judicial.- - - - - - - - - - - - - - - -

Sentado lo anterior, lo conducente es determinar la

existencia de la infracción administrativa (elemento objetivo) y

en segundo término la responsabilidad de la agente (elemento

subjetivo).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

En relación con los hechos fincados a la servidora, el

marco jurídico que nos servirá de guía lo encontramos en lo

previsto por los artículos 2 de la Ley de Responsabilidad~s/",

Administrativas de los Servidores Públicos del Estado :déil ..Guanajuato y sus municipios, 122 de la Constitución Polítie;a.

'O~~i

del Estado de Guanajuato, 86 y 151 fracción VII de la ~~~,<'f..•~,~-.{:1-:r --..'. _

Orgánica del Poder Judicial, los cuales refieren: c~¡~;,!)i-!.

ARTíCULO 2. Son servidores públicos los mencionados en los

artículos 122 y 126 de la Constitución Política para el Estado de

Guanajuato, quienes deberán conducirse con legalidad, honradez,

lealtad, transparencia, imparcialidad y eficacia en el desempeño de

sus empleos, cargos o comisiones. Serán sujetos de

responsabilidad administrativa cuando incumplan las obligaciones

o incurran en las conductas prohibidas señaladas en esta ley, así

como aquéllas que deriven de otras leyes y reglamentos, con las

salvedades establecidas en la presente ley.

Las disposiciones contenidas en la presente ley serán

aplicables a los servidores públicos en el ejercicio de sus

funciones, así como a las personas que hubieren ocupado un

empleo, cargo o comisión dentro del servicio público, con las

salvedades que esta ley establezca.

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-ESTADO DE GUANAJUATO

- 15- P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

ARTíCULO 122. Para los efectos de las responsabilidades a que

alude este Título, se reputarán como Servidores Públicos a los

representantes de elección popular, a los Miembros del Poder

Judicial, a los Funcionarios y Empleados del Estado y de los

Municipios, y, en general, a toda persona que desempeñe un

empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la

Administración Pública, Estatal o Municipal, así como en los 4'/"'- :;J/" /'

organismos a los que esta Constitución y la Ley otorgu~,..r];.'~t:::!:"'"' ''"''7'''''"0---..,---- ~.~ .•••'_... . .~~.,.;p

autonomía quie,\esser~n7esponfa.b1es'~9! -'9S-!!gtos::Ú-0!!JYfones

en que incurran en el d¿se peño~e sus res¡J;ctivas funéiones ... "¡ ............': // //', ....\ //', ,'.. ! JI // i .' í //

"...ARTICULO 86.-; EI/eerS;o al de apoyo l.él ¡Poder Judicial

de~empeñarálafJunCiof~ ,fJ}{ I~'ep~el sus sup'';~/fsjerarqUlcos, los: reglamentos y manuales "de organt?a9/D./Y y

:::::::~:1~_Y:~::i~::i::::~tI;z:~:,~~1l£:sM '\,i,'...... : ,/ / /_y

siguientes obliga(;iones: \ '<:~':::::.~/ /., .~/P~:'" ., "'. ,/'; ,~''':.-:''. '-'«"-'"-"

VII.- Guardar-respeto ysubárC(inacióry/liJ'gítima con"respecto a sus

superiores jerárquicos, cump~itndo I;~ dispo£c7;~~ gue éstos dicten

en el ejercicio de sus atríbucfones;,/í ....,j, f

/~F

,l

/'. ".

De una interpretáción,ae los numerales transcritos, se

desprende que 10~//~fi~i~les judiciales tienen la calidad de

empleados coad~uva~tes en el ejercicio de la función/ '

jurisdiccional, .ytienen la calidad de servidores públicos, en,",'7',' ~-~'

atención' a lo previsto por el artículo 2 de la Ley de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

del Estado de Guanajuato vinculado y 122 de la Constitución

Política del Estado de Guanajuato, en los que se prevé que los

miembros del poder judicial con cualquier cargo o comisión sonwww.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 16- P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

servidores públicos, por tanto sujetos de responsabilidad

administrativa y obligados al respeto de los principios de

legalidad, honradez y lealtad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Así pues por virtud de la relación entre estado y sujeto,

todo servidor público queda constreñido a acatar y observar el

contexto general de disposiciones legales que normen y

orienten su conducta.- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -

Lo anterior, también encuentra sustento en la tesis

jurisprudencial 1.40.A. J/22, consultable en la página 1030 mil _

treinta del tomo vigésimo séptimo del Semanario Judicial de la

Federación y su Gaceta, correspondiente al mes de abril de;1""2003 dos mil tres, que a la letra reza: "SERVIDORES 1~:

. "",• . hPUBLlCOS. SU RESPONSABILIDAD ADMINISTRA TIVA;z$ir".SURGE COMO CONSECUENCIA DE LOS ACTOS:' 4~~\''.OMISIONES PREVISTOS EN LA LEGISLACiÓN QUE RIGE t~~,:'

, , . ~~. ;;,-

LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO Y SU"

RELACiÓN CON EL ESTADO. La responsabilidad

administrativa de los servidores públicos surge como

consecuencia de los actos u omisiones -que se definan ya sea

por la propia legislación bajo la cual se expidió el

nombramiento del funcionario, la ley que rige el acto que se •

investigó, o bien, por las que se contemplan en la Ley Federal

de Responsabilidades de los Servidores Públicos- pues, de no

considerarse así, bastaría que el ordenamiento jurídico

respectivo no previera las obligaciones o deberes que a cada

funcionario le corresponden, para dejar impunes prácticas

contrarias a la legalidad, honradez, imparcialidad, economía y

eficacia que orientan a la administración pública y que

garantizan el buen servicio público, bajo el principio unitario de

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eESTADO DE GUANAJUATO

- 17- P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

a) Obra el acta administrativa de fecha 12 doce de

agosto de 2009 dos mil nueve, levantada por el

coherencia entre la actuación de los servidores públicos y los

valores constitucionales conducentes, sobre la base de un

correlato de deberes generales y la exigibilidad activa de su

responsabilidad. Tan es así que la propia Constitución Federal,

en su artículo 109, fracción 111,párrafo primero, dispone que se

aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos

por los ~ctos u. o~isiones .q~e ~fectenla legalidad, honradez,...;~lealtad, Imparcialidad y eficiencia que deban observar en...et'"

'~:~~:~::~oa::d:Uscif;~'1aií~;,i,,::-. ~~, ["tt;, til ,!iit!t",r;f~ rt~i;lliC",t;d :A~y":tq4ntexto general de i~i~r~#~.~esJ~i~;j~~lesA~u¡;normen yl ~'1, ¡ ,¡", ,l. "[ir j ,W[i"'~'fr'[i!F/~rienten su conducft~\j~;:r~~¿~~~.1~¡r~~?~r~fl~S princiPiOS¿gela propia Ley FUnda!~~1r-~~resfatu''- cO:,~-~llar del Est~~o;:ae

derecho,pues la abt~pigciónde Ialt~¡t¡{Plicac~~; ar \tt;!J~<'i¡i~; J,~il!'¡!;~y / li../J¡[¡'" "conducta con las n,orrj1as propias Oilestatutos }1ye-'r:ig~n la

ti, . ,titE , 5J!",1 / Al¡#'~í.C-i:.;J¡vprestación del seijvigió 'úbl.i ttJW!arela~ión;,?,","Iªb0ral y

.~¡i ••f".!i .•..,,", ,,'~~i,i~ii'

administrativa eritrEfL-el~servigr ,1°9""" ,,(,tEstado." (el, L.!!' ,''4

resaltado es propio de quiene~'r~sU,elven).- - - - - - - - - - - - - -

dede::~i:,n:: ;:~::t:nt~r~r:~~::~s~:::~::s :~o::~:~o~acopiadosa la causa;1i",,}p,"lnaria,tnde determinarsi en

;li;' "'iill/

base a su análisis_i¥-it;ie~fúdio a la luz de la normatividad

procesal aplicabl~)/~l~.I~'&edita que la servidora reprochada, en<s1:~~:;.. '/~:~;:,;?

su desempeñp/gbmo intendente adscrita al Juzgado Cuartor:?f:;¡;:<'0-",,""

Penw~L~;r;º_e~E¡~P~rtidoen Irapuato, Guanajuato, perpetró las-~-,~~~~)jh.+--

conductas que se le atribuyen, el cual a continuación se

menciona: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -•www.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 18- P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

Licenciado J. Jesús Luna Hernández a la intendente

María Guadalupe Arroyo López, en la que se

precisan los hechos que se le imputan y obran las

intervenciones de la Secretaria de Acuerdos

Licenciada María Verónica Arauja Aguirre y la oficial

judicial Ma. Concepción López Castañeda. Medio de

prueba con eficacia probatoria plena, en términos de

los artículos 132, 145, 202, 207, 210 del Código de

Procedimientos Civiles del Estado de aplicación

supletoria a la Ley Orgánica del Poder Judicial del

Estado, al tratarse de un documento público, mismo

que no fue objetado por la servidora imputada. - - - --',o~,

Por lo que hace al primero de los hechos imputados a la"

intendente María Guadalupe Arroyo López, descrito en el ",.". .~,inciso a) relativo a no acatar las órdenes que en diversas j2E t

ocasiones le ha dado en forma personal y directa el titular del

Juzgado Cuarto Penal de Partido en Irapuato, Guanajuato,

consistente en que diariamente tenía que presentarse a

laborar antes de las 9:00 nueve horas, para el efecto de

realizar la limpieza de las instalaciones del Juzgado •

mencionado y dejarlo limpio antes de que llegara el resto del

personal, indicación que le fue dada en diversas ocasiones

aproximadamente desde el mes de mayo del año 2009 dos mil

nueve, tenemos como marco jurídico el contenido del artículo

24 de las Condiciones Generales de Trabajo que a la letra

reza:" ... ARTICULO 24.- El horario de trabajo se fijará por el

Consejo del Poder Judicial en general para los trabajadores,

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eESTADO DE GUANAJUATO

- 19 - P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

y será de las 9:00 a las 15:00 horas para atención al

público, de lunes a viernes, sin menoscabo de la obligación

de extender la jornada las ocho horas si es necesario y de

laborar las extraordinarias que el superior determine en

términos de ley.

Los trabajadores que tengan a su cargo las áreas de

intendencia deberán iniciar sus labores con anterioridad al

personal operativo de cada unidad, cumpliendo el horario ./;;-')

asignado por el Consejo del Poder Judicial atendiendo3Jª--:' J;-/

natu~¡et.a. dej;e.Nici6~::::(-.. ~"......... ~~,,_.,"-:"::;::::'/:~'::::--.'~.,~1/\'; ':','0 ,,,.' .' ./, .•• - //

,,": ¡ /,., , 'e/ //; ""i~' De la lectura ¡del .acta/administrativa de léferencia se

:' ;t lo/advierte que la servidora ;'~~eprc; ,;egÓri6am~té/el hecho al, ¿.¡/¡ ~ . / / / / /<~/reconocer que entre las (activida S" qué tiÉme asignad~s

.O!J "'- : -,..- ,- / .••••. " /7' ~/ dentro del Juzgado Cuarto Penal ~./par{¡do en 1r~6Ú5lt9,

Guanajuatose encu~ntraIlade realiz;/r\:¡I\mPieza ~~~¡¡;o,

por lo que, al tener a 'su carm/ lab~s d~~(end¡;~~ia,

legalmente es su o.b'ligaciÓh'"¡~¡Ci~/¡as~ism~'s:~t;-an~tehoridad

al personal ope;~iivodel Juig~~o, m~~~'b:,P~I~G;1 el titular

de ~icha unidad jUriSdiccio~lle ?i{Ode ljP ~iento que

debla presentarse a laborar antes de I ~OO nueve horas,l l/ /

esto es a las 8:00 ocho ~oras,/para qu antes de que llegara el.. !

resto del personal a' laboral el Juzgado estuviera limpio,

considerando el tiempo "suficiente para la realización de la

limpieza. En uso/de"la voz, al momento de levantar el acta

administrativa'"mencionada, la servidora refirió "...que dos o,.,tres'ocasiones efectivamente llegue después de las ocho

de la mañana y que el aseo siempre se realiza aunque no sea

a la perfección como lo requieren ... ", e introdujo diversas

circunstancias con las cuales pretende atenuar su

responsabilidad, tales como que existe preferencia respecto awww.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 20 - P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

diversos compañeros así como otras circunstancias que no

tienen relación con el hecho imputado. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Al respecto la Licenciada María Verónica Arauja Aguirre,

Secretaria de Acuerdos, refirió en el acta administrativa que:

"...en reiteradas ocasiones y en presencia de la suscrita el

Titular de este Juzgado le dio las indicaciones de hacer la

limpieza del Juzgado en razón de que sibien es cierto, sí hacía

el aseo pero lo hacía de manera superficial y no es que se le

exigiera a la perfección sino que esto no lo hacia diario, por

eso el motivo de las indicaciones del Juez de que lo tenía que

hacer diario y llegar temprano para hacerlo, en cuanto a lo que/'••..

manifiesta que fueron tres ocasiones en que llegó tarde no e'$/

cierto, ya que fueron muchas veces haciendo caso omiso ?que tenía que llegar temprano, y sí he de hacer notar que e~n.~esta semana si ha estado llegando temprano y la he vistO~t l(/

hacer el aseo ... " y la primer oficial MA. CONCEPCiÓN LÓPEZ -

CASTAÑEDA, corroboró lo anterior al referir que era cierto el

hecho imputado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Con lo anterior se acredita, que efectivamente la

servidora tenía a su cargo, entre otras labores, realizar el aseo

del Juzgado, y que en reiteradas ocasiones recibió la •

instrucción por parte del titular del mismo, de que se

presentara a laborar con anterioridad al resto del personal,

para que cuando llegaran estuviera limpio el Juzgado, lo cual

no ocurrió, haciendo caso omiso a las órdenes recibidas por su

superior jerárquico. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por lo que hace al hecho contenido en el inciso b)

consistente en que no acató las órdenes que en forma

personal y directa le ha dado el titular del Juzgado Cuarto

Page 21: P.D.261/2009 ESTADO DE GUANAJUATO Ponente: ConsejeraLic

relativas a

dado que a la fecha del

o en curso ya que con anterioridad mi

- 21 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

proporcionar por

encontraban de vacaciones, pi

tampoco pudieron ayudarnos

mis compañeras si es nece

Penal de Partido en

archivo en enero

eESTADO DE GUANAJUATO

seo y ocupar una mesa y enero que yo regrese

a retomar e/arc IVO había un rezago exagerado de trabajo ... ". - - - --

,~ __ I.!o anterior, se encuentra corroborado con lo sostenido

por la Licenciada María Verónica Araujo Aguirre quien refirió

• que la función de conservar en orden los expedientes del

archivo, estaba encomendada a la intendente María

Guadalupe Arroyo López, y la primer oficial Ma. Concepciónwww.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 22 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

l.' •.t

López Castañeda, quien refirió que era cierto el hecho

atribuido a la servidora. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En cuanto al hecho enunciado en el inciso c) relativo a

que no acató las órdenes queen forma personal y directa le ha

dado el titular del Juzgado Cuarto Penal de Partido en

Irapuato, Guanajuato, referente a llenar los formatos o

cuadernillos expedidos por el Instituto Federal Electoral con la

información sobre las suspensiones electorales de los

sentenciados en diversos procesos penales radicados en el

juzgado referido, lo que ocasionó que el 11 once de agosto del

presente año, personal de dicho instituto compareciera al

juzgado mencionado a solicitar dicha información, la cual no /

les fue entregada debido a la falta de integración de la misrna'6f

la servidora imputada reconoció que entre las actividades que~i(~ ~',

realiza en el juzgado se encuentra la de llenar los formatos'o"{~~\.\.''-/,.ih --

cuadernillos mencionados ya que manifestó: "... también .~:::.

efectivamente me corresponde elaborar los registros dellFE dellNEGI de

los que son presuntos delincuentes y delincuentes sentenciados ... ", y el

titular del Juzgado refirió en el acta administrativa de fecha 12

doce de agosto de 2009 dos mil nueve que fue enterado por la

Secretaria de Acuerdos, Licenciada María Verónica Arauja

Aguirre que el día 11 once del ese mes y año, personal del

Instituto Federal electoral se presentó ante el Juzgado para

solicitar la información sobre las suspensiones electorales de

los sentenciados en los diversos procesos penales radicados

en el ese tribunal, pero que la servidora inculpada no entregó

la información en los formatos debido a que no los tenía, no

obstante estar obligada a ello, en virtud de que con

posterioridad se le había dicho que estaría al cargo de esa

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\,>,,\DOS.lt~

"'~ '*""J \r:¡ a

1I1e "ESTADO DE GUANAJUATO

- 23 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

actividad y no lo hizo, situación que se corrobora con lo

referido por la Licenciada Arauja Aguirre y la oficial judicial

López Castañeda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por último, en relación al hecho descrito en el inciso d)

relativo a que la intendente María Guadalupe Arroyo López no

acató las órdenes que en forma personal y directa le ha dado

el titular del Juzgado Cuarto Penal de Partido en Irapuato, /' .....//. /

Guanajuato, ref~~te~J;:\fl~o~~~~n de I_~~el(~~~~~~>proceso penal 146/2POt d1elíi\dic~)deljtJz~~rao~menci9-~do, el

I!¡~~~~al consta de 65 se~tn~a¡yJ.rl(o/~To~, Wya in,ii6n le fue¥{0í)i" €ladapor su supenor'i,rrarql,Jlco)esdr s,¡mes ~eJunJode 2009

W:~E~~kbsmil nueve, sin J~r~"laA~c~a~~1 lé¿Etini'nto déía~ta~;~~;?;~dministrativalo hU~iriap~¿~hi.-~ ~~ifi<1£AraúÍ~A~e. - refirióque .....es ven1f<1~!1e(enun Pri~~/~~i'e,¡Jfa'a í'}«~;¿tIa

ella, sino que esta se~:/a h~\pra dado .i\~fi7/al¡j~dicial /='~'3N~fjJDO

MARTíN LUNA HER'Y~NºEt, ~"9L!ien/'es ~I jecret?!id:f3uxytar del'-'-:-:r:::~.:,>:\ ''o,<.~' :,...j _ /.. <~;..<>¥'- ~ .•.. , '. __ ... ' .... /

Secretario Proyect!sta,Be,este Juzgé!.do,perocef. a~salida-de/liacaciones_ .'.- .'",cC~ G. "". ...• // l..":;-:-':.oo......" _

de la OficiallMELDA SOLÓRZANO/i~AMí~' que: ~fP-~-partirdel día 16

de junio del año en curso, ¡ál C. /// NANDO MARTíN LUNA/' ;'

HERNÁNDEZ se le puso a suplir a la cÚ aa oficial para que realizara las¡Ii •

funciones de esta, y esto debido a la carga de trabajo que existe en el

Juzgado se le dio la indic~ción/~ la C. ARROYO LÓPEZ para que

cambiara las carátulas,Ldel expediente en mención, por lo que a la

fecha han transcurridotfJeroximadamente casi dos meses en la que

la intendente en/éi!a)~~cibió la indicación y a la fecha no ha

terminado de cámbiar dichas carátulas ... ". - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Ló'hasta aquí sostenido se robustece con lo aseverado

por la servidora imputada quien manifestó "...por lo que se

menciona del expediente 146/07 efectivamente se han estado

cambiando las carátulas según mis labores lo han permitido porque

a mí no se me dio la orden desde un principio puesto que en un principio

www.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 24 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

estaba gozando de mi periodo vacacional y posteriormente pase a suplir

a la primer oficial .. ", de lo que se colige que la servidora acepta el

hecho atribuido, aunque introduce circunstancias con las

cuales pretende eximirse de responsabilidad o cuando menos

atenuarla, las cuales de ninguna manera son suficientes para

tener por justificada la omisión en atender la instrucción

otorgada en el sentido de cambiar las carátulas de los tomos

del expediente, dado que acreditado está que entre sus

funciones como intendente del Juzgado Cuarto Penal de

Partido en Irapuato, Guanajuato se encuentra la de apoyar en

las actividades que le sean encomendadas por sus superiores,

debiendo realizarlas con la máxima diligencia y eficiencia. - - -6_ '(lo.

:A.'! -.-En tales condiciones, la documental previamen!f/,);\c:

analizada y valorada resulta eficaz en cuanto a su alcance;.~\\.':';_

contenido, aunado a que no fue objetada por la servidora..~"."

imputada, para tener por acreditadas las faltas administrativas~f" ..,

que ahora se le reprochan a María Guadalupe Arroyo López,

intendente adscrita al Juzgado Cuarto Penal de Partido en

Irapuato, Guanajuato, ya que si la servidora procesada tenía

la obligación, por instrucciones de su superior o de acuerdo a

la administración del tribunal, de: a) Presentarse a laborar

antes de las 9:00 nueve horas, con la finalidad de que antes de

que llegara el resto del personal a laborar, el Juzgado

estuviera limpio; b) Conservar el orden de los expedientes en

el archivo de acuerdo al número y año, para ser localizados

inmediatamente; c) Entregar la información - sobre las

suspensiones electorales de los sentenciados en los formatos

que el Instituto Federal Electoral proporcionó al Juzgado, y d)

Poner la carátula nueva a los 65 sesenta y cinco tomos del

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eESTADO DE GUANAJUATO

- 25 - P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

! ,

expediente 146/2007 Y no lo hizo, no obstante que le fueron

otorgadas instrucciones precisas en diversas ocasiones en

forma personal y directa por parte del titular del Juzgado de su

adscripción para que las realizara, al encontrarse dentro de

sus obligaciones como intendente, es inconcuso que este

proceder configura la existencia de infracciones

administrativas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - /~//' ./~

No es obstáculo para arribar a la anterior determinacién,.---'_ 0"'--..-- __ '__ .~~ -" -;;00--//~ DE" '., ~'\ r-.-..;;'-....,.! . _.---;r~"-,~/.~..."" -í.~.,queen el presente\caso, ¡ la servidora rmputada-tíaya referido.'~ :'{1; \' .-., /~ \- £(/, ,'\~nsu informeque ~ura~te~~I/W'p'oqueiha I,~?ao en el:"'~"",1:uzgado Cuarto Penal de/ P r1ldoen Irapuato, ¡GuanaJuato,~ ~.~ _~ t ;//, ' _ ' / ,,?_:~? .

~:Ii,"unca ha desacatadp las órdtn ~dorg~d~YP9(superiore~i~~- se le ha llamado I~ aten~ó'rf'-~ "'~~tiW; d~ quejas'/~or/el

incumplimientode su trab~jOrecibi~nlel l"Ku'aro)6sÍUi;í~sh t d ! I . \, t d \~ / d' h / 't!-/¡':-:~que an es a o en e mlsrY")o,o a yez que IC.á ~I.uaCIOll se

:~:~:::: d:S::I~;::o~o:á~r:~~t;i:~::~it(~;~::::j / •...••, """'>:7

administrativa de 12 doce de ágosto/de 2 09/os mil nueve se/ " 1

advierte la falta de subordip~ciqn/íegíti así como la actitudj "'J

displicente en cuanto al aéatámiento e las órdenes otorgadas< _., o,y

por el Titular del Juzgado al que se encuentra adscrita, lo que," /

refleja una total falta Ide respeto y valoración hacia el trabajo

que desempeña ,como intendente ya que tiene el deber de4{' ,,-

guardar subordináción ante sus superiores y acatar•..~~-.'"

ca~almente-Ias instrucciones que le son otorgadas. - - - - - - - -,<.>"" -'-

Cabe hacer notar que el personal de apoyo, cumple una

función determinante para que el servicio de impartición de

justicia en los órganos jurisdiccionales o administrativos se

preste atendiendo a los principios que rigen la función judicial,

www.poderjudicial-gto.gob.mx

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- 26 - P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

por lo que las órdenes que les son otorgadas a dicho personal

por sus superiores jerárquicos deben ser cumplidas con la

intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a las

leyes y reglamentos respectivos, como lo dispone el artículo 41

de las Condiciones Generales de Trabajo, ya que incluso el

numeral 18 de la misma, en su fracción VI inciso g), prevé

como causa de terminación de la relación laboral, sin

responsabilidad para el Poder Judicial, el desobedecer

reiteradamente sin justificación las órdenes que el trabajador

reciba de sus superiores. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Tampoco resulta suficiente la defensa vertida por la

servidora en el sentido de que en el acta administrativa /'.<'~.,~q"'>

levantada en su contra, no se señala':1 en forma concreta l~~fj.

hechos y los expedientes en los cuales se haya obstruido:;'? {'"retrasado su trámite por causas imputables a ella, toda vez qué •.~'."'''-sí se especifica que en virtud de que no tenía llenados los it""

formatos o cuadernillos proporcionados por el Instituto Federal

Electoral con la información de las suspensiones electorales de

los sentenciados, el día 11 once de agosto de 2009 dos mil

nueve, que se presentó personal de dicho Instituto no se les

pudo hacer entrega de los mismos, así mismo también se

señaló específicamente que no elaboró las carátulas que le

fueron solicitadas por su superior jerárquico en el expediente

146/2007 del índice del Juzgado Cuarto Penal de Partido en

Irapuato, Guanajuato, sin que sea atendible su argumento de

que otra compañera tenía la encomienda de hacerlas y ella las

iba reemplazando, ya que del acta administrativa se desprende

que fue a la servidora inculpada a quien se le dio la instrucción

de elaborar dichas carátulas y no lo hizo. - - - - - - - - - - - - - - - -

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- 27 - P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

.e

En esencia resultó procedente la causa disciplinaria

fincada en contra de María Guadalupe Arroyo López,

intendente adscrita al Juzgado Cuarto Penal de Partido en

Irapuato, Guanajuato, por la totalidad de los hechos

contenidos en el auto de radicación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

, CUARTO.- Una vez identificada la conducta de MariaC~

'~. Guadalupe A~~~O' ":'/;(óp;t~eonCfUGeht~~.~~~7Ia;},~tindividlualizacio

l'1n5d8ed~al~t~dñ~i,,gt Jfg~~t~dres -"("lados

j ji; por e numera ror~r .~!en'~[{9?A'7- --------.~~;' 1).- La responsllJili~~(j jn~aJi~U~J-be~trÜ'e no acata~Js

<:•.' órdenes que en diver:~l ocas nes I~h¡¡¡ dado ez¡J>rrr¡a.personal y directa ~1~J{ar del\u~~dl cuarto/,~e

partido Irapuato, GU¡¡¡7,~jpato,de ,~~resentarsé~Cl;(labOrar

antes de las 9.00 n~~ve'~~~~oéafin'lidad.~~;;¡es de

que llegara el<'"iito-~~I::-Per~nall~~~Juzgado

estuviera limpio; b) conservar'~t(~r6en de~o; xpedientes en

el archivo de acuerdo al nú~J~p/~ año /p'ara ser localizados

inmediatamente; c) En¿egá~' la . formación sobre las4~:m;!;.'. ' ,', ,~;¡: :.!

/"C!," ", Isuspensiones electorates!~e)os se tenciados en los formatos

¡"¡;.•'/que el Instituto Fed~r?IE2Jectoralproporcionó al Juzgado, y d)1'.. ' -~/Poner la carátula;(r'lUéváa los 65 sesenta y cinco tomos del

/;¡,,/expediente )A6j2007, actualizando así el supuesto normativo

~--,'/

~.~p~eY:'-ªto:rériu'r~fracción VII del artículo 151 de la Ley Orgánica~-' -.;<..,.,-

del Poder Judicial del Estado; conducta que se considera

grave calificativo, que atiende a la correspondencia de la

sanción'- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1

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- 28 - P.D. 261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

11).- Al día en el que la Dirección General de

Administración elaboró la hoja de servicios de María

Guadalupe Arroyo López, contaba con 6 seis años, 3 tres

meses y 29 veintinueve días al servicio de este Poder Público;

antigüedad y experiencia profesional que le permitían ponderar

la trascendencia de su proceder al estar en condiciones de

conocer sus obligaciones que como intendente le encomienda

la ley, pues tiene como principios rectores de su actividad

laboral, entre otros, la celeridad, eficacia, eficiencia y

excelencia profesional, los cuales en el presente caso se

estiman flagrantemente vulnerados, de acuerdo a los ~;.A~.

razonamientos vertidos en el presente falio,- - - - - - - - - - - - -.- f(,11I).-De la hoja de servicios de María Guadalupe Arroyo10\

..p, '\..

López se desprende que no ha sido sancionada con . ~'i..lo;-

anterioridad, lo que significa que no ha tenido la intención de

reflexionar, elemento benéfico que desde luego incide en la

graduación de la sanción.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

IV).- La afectación a la administración de justicia es

grave, tomando en consideración que las faltas en las que

incurrió María Guadalupe Arroyo López fueron no acatar las

órdenes que en diversas ocasiones le dio en forma persona su

superior jerárquico; y, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

V).- Las cargas de trabajo del Juzgado Cuarto Penal de

Partido en Irápuato, Guanajuato, al que está adscrita la

servidora pública responsable, no son un factor a determinar

dada la naturaleza de las faltas administrativas.- - -- - - - - - - - -

Consecuentemente, atendiendo al principio de

proporcionalidad que impera en esta materia y con fundamento

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eESTADO DE GUANAJUATO

- 29 - P.D.261/2009Ponente: Consejera Lic. Hernández Cruz

en los artículos 149, 152 fracción IV, 155 fracción 111,156

fracción 111,y 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del

Estado, es legal y justo imponer a María Guadalupe Arroyo

López como sanción la de 8 ocho días de sus pensión en el

cargo sin goce de sueldo. Determinación la anterior que se

hará efectiva una vez que cause estado la presente

I ., -,reso uClon.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -/~ ...././ /'"-' .~~

Por lo expu~sto- y-fU8_~tª4Q(con_apoyoen 1~!Jl;uma~yoS'- ~. '''l..,' j ""'~,. >'" ."......,+----'~..-~_.-~~ •....- ¿(,//

~., ~9, 34, 35, 37, 39, 4¡2, 1419, ¡, 50,/t51/,j.15?,-A54 Y 151,-~"éle la

'1Jf"~;::~;;\ , . !¡ . . / / . . 'jj' ., '\ / ,/

~Yjl~~~:,..l-ey Organlca del Po?er J.~d}?ª.d,~J/1stado; es d~r)solverse y.",,,'?,. ~~, l' ¡!;)' ,/ 1~v'w~~>.se resue ve.- - - - - - -,- - - ,/""- -/- - I - 7- -1- :F - - - - - - - -

/ l, // //. I j ..•• / / / ~

;.... RE~."j..,Qb~~IL.~.S/o /1" '2 ... /i /"' /¡ . t /1,. á//, I . I .,'.. .,' ni", Aresult:R:::;~~-nt:l'~:jr:ond:~e~Ar!t::;~;~:,~~~;:

J\\.\ ¡'/'A'\' // ..;'/~/',/J/_'\_'-r".//d' '1- . ,/j ~... t" .¡ :;\;, - / \ l ,/,,'",/~...,~.,..;;¡,-~ISCIPInano.- - - - - - ""- - -;¡ -':::,-- - -1'- -"7~i- - - - - - :;-j.- - - - 1'- - - -

%\" "~<::-:::/'{::\;:~:::;,,:~~ //

SEGUNDC>.-:,La forma" /por;.la~~ qu~:;" se';,:tramitó el/1; ! ",,':",'"~

procedimiento disciplinario dey'ino ade. . ..... I

l" .,/

t/

TERCERC>.- Resultó' pr9c el procedimiento

disciplinario instaurado eQi~ont~a" e María Guadalupe Arroyo.í-",~,,_ ./

López, intendente adscrita/ al Juzgado Cuarto Penal de,/ /

Partido en Irapuato/Guanajuato.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

,

Luego, se irñp'pne a María Guadalupe Arroyo López, la

sanción de 8óctio días de suspensión en el cargo sin goce~ ,._0>"

...desliéldo; reproche que se hará efectivo una vez que cause

estado esta determinación.- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - -

Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de

gobierno y archívese el expediente como asunto concluido.- - -

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•.,.;

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De conformidad con los artículos 314,315, 316 Y 325 del

Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la

Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se ordena notificar

en forma personal la presente resolución a María Guadalupe

Arroyo López y por lista al denunciante.- - - - - - - - - - - - - - - -

Así lo resolvió y firma el Consejo del Poder Judicial del

Estado, funcionando en Pleno, en sesión de fecha 14 catorce

de diciembre de 2010 dos mil diez. "2010. Año del Bicentenario

de la Independencia Nacional y del Centenario de la

Revolución Mexicana", por unanimidad de votos de los

Consejeros: Pérez Hernández, Hernández Cruz y de la Vega J~.' .Mayagoitia; y la Presidenta del Consejo María Raquel Barajasi~' ::¡.;::~

Monjarás. Fue ponente la Consejera Licenciada María Beatri~; f.o ,;;0Hernández Cruz.- El Secretario del Consejo que autoriza y da't: taatfe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 'C

Presidenta del Consejo

Lic

Consejeros:

rás.

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e ESTADO DE GUAN:JUATO

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Licenci ez .

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ESTADO DE GUANAJUATO

, En la Ciudad de G~anpjuato, Guanajuato, siendo las(6 - 1D horas del día ;;201/&j;-rl-c- de enero de 2011 dos mil

once, el suscrito Licenciado Enrique Gutiérrez Durán en funciones de-Actuario del Consejo del Poder Judicial del Estado, quien me identifico concredencial expedida por el Poder Judicial a mi favor con número de folio00003042, hago constar que me encuentro constituido en el domicilioubicado / enjbS«le 1Í(fYV.. oLú~ fn,-"J-; (1) z '! 1-

,una vez constituido en el domicilio ya 'ndicado, Rroce~--ª_tocada--puerta •..del inmueble en repetidas ocasiones n ~-'acude a mi llamado.-....•.. -.

- -por lo que procedo a _n.otificarlela RESOLUCiÓN de fecha14 Cf)for(£- de tl1{A--eWlfov-e-. de 2010 dos mil diez emitidapor el Consejo del Poder Judicial funcionando en Pleno en sesión de lamisma fec~, dentro del Procedimiento Disciplinarionúmero .2b1 ;;JODe¡ acompañándose con efectos de notificación,copia certificada de lar>r11isma quedando entwado de su contenido,notificación que dejo .f¡ J CA ~ j:t\.2./~b. . '!JO'" j'L()

aw c0 ( Gl WV1' £f.o f/V\.. ¿A.. ol01 =t .Con lo anterior, se concluye la diligencia, levantándose la presente actapara debida constancia legal y firmando al calce los que en ellajntervi n ¡eran. ~ ~y .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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P.D. 261/2009

ESTADO DE GUANAJUATO

e e r t i f i e a ció n: El 11once de febrero del 2011

dos mil once, el Licenciado Francisco Javier Zamora Rocha,

Secretario General del Consejo del Poder Judicial del Estado,

e E R T I F I e A que la resolución del citado Órgano Colegiado

emitida en el presente asunto se notificó a María Guadalupe

Arroyo López el 20 veinte de enero del presente año, por lo que

el plazo para impugnarla fenéCiÓ-e I 28 veintiocho del mismo mes

y año, sin que haya interpuesto recurso ¿e r~ ...isslioónn..--Doy fe:~--~~\

Vista la certificación \e a9Ié{e~e, de la que se

desprende que el fallo pronunciad~ el Consejo del Poder

Judicial del Estado en fech~tQ~e diciembre del 2010

dos mil diez, no fue recurrido por María Guadalupe Arroyo López,

por lo tanto, con fúndamento en los artículos 168 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial del Estado, 364, 365 fracción 11 y 366

del Cóqigo de Procedimientos Civiles, de aplicaciólifsúpletoria a

la referida Ley Orgánica, se declara que ha causado estado

dicha resolución; en consecuencia, hágase efectiva la sanción 8

ocho días de suspensión sin goce de sueldo en su cargo que le

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P,D.261/2009

fue impuesta ala servidora pública mencionada, misma que será

del 10 primero al 8 ocho de marzo del presente año; asimismo,

archívese el expediente en que se actúa como asunto concluido.

Notifíquese.- - - -- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - -

Lo proveyó y firma la Licenciada María Raquel

Barajas Monjarás, Presidenta del Consejo del Poder Ju 'cial del

Estado, que actúa con Secretario General que fe.- -

Razón.- Con fecha 11 once de febrero del 2011 dos rn.il,once, se.. ".

gira el oficio ,288 a Ma~ía Guadalupe AJroyo LÓRez,infármándole

el contenido del auto;.,que,"antecede' y la ejecución del" '" \'

.' " ' . \ _.' -.' ,

procedimiento disciplinario.- Conste:'"- ,-'" -\-~.:':--~~- - - - - - -J..- - -.- -=-- "" . ~,----_.._~-----.<-.~ c:s-":¡'----~

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ESTADO DE GUANAJUATO

NÚMERO IEXPEDIENT288

ASUNTO I P.D.261/2009Se informa que hacausado estado laresolución' de 14 dediciembre del 2010, porlo que se hace efectiva lasanción de 8 días desuspensión sin goce desueldo.

\

María Guadalupe Arroyo lópezIntendente adscrita alJuzgado Cuarto Penal de PartidoIrapuato, Gto.

.p. LRI. Carmen G. Alcalde Maycotte, Directora General' de Administración del Poder Judicial delE ado.- Para su ejecución.e.e.p. Juez Cuarto Penal de Partido en Irapuato, Gto.- Para su conocimiento.Sgv

Me permito infózmarle que en esta fecha se declaró que

:~ causó estado la resolución pronunciada por el Consejo del Poder Judicial

,: del Estado, dentro del procedim~o disciplinario citado al rubro, que se le

','X instruyó con motivo de la denuncia\interpuesta por el Lic~nciado J Jesús

;c~:iift Luna Hernández, por lo que se I~ co~'Unica que la~9s¡5e~siónen su cargo. /

por 8 ocho días será del 10 al 8 de marz del 2QJf~/'"

www.poderjudicial-gto.gob.mx .. " ...• ~ ,'.;

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l ESTADO DE GUANAJUATO

Ibder~cialy~~"

En la ciudad de lrapuato, Guanajuato siendo las 16~'s-Dhoras del día 2.4 .~ 1\*(,Uúl~e febrero de 2011 dos mil once, el suscritoLicenciado Enrique Gutiérrez Durán en funciones de Actuario adscrito alConsejo del Poder Judicial del Estado, quien me identifico con credencialexpedida por el Poder Judicial a mi favor con número de folio 00003042,hago constar que me encuentro constituido en el Juzgado Cuarto Penalde Partido en Irapuato, Guanajuato, ubicado en Vasco de Quiroga sinnúmero, costado del CERESO, Planta Alta, de esta ciudad de Irapuato,Guanajuato, domicilio laboral de María Guadalupe Arroyo López,intendente adscrita al citado Tribunal, cerciorado legalmente de ser eldom[cilio indicado en virtud de que-e..Mme VVLQ-. ¥l~CO-- .~- -eJ:L- ~+~ c3'£ oeJ¿

6;:"2--(J""dC> 'jZe t o \~ h£; cp ~ loO! nf1 ""'"ot -£Al'.- V'.'\Q.- 0\.-h~dt2.-~ \

8D\ / •...

..•."..::..-.

\ //-

\ /con fotografía cuyos rasgos físicos coincid~ con la persona aquípresente, y siendo la servidora pública mi\ búsqueda procedo anotificarle de manera personal y directa el to de 1. once de febrero de2011 dos mil once en el que se de ara ausado estado laresolución de 14 catorce de diciembre lJ 2010 dos mil diez, pronunciadapor el Consejo del Poder Judicial del Estado, dentro del ProcedimientoDisciplinario número 261/2009; asimismo se notifica oficio número 288 defecha 11 once de febrero de 2011 dos mil once, suscrito por laLicenciada María Raquel Barajas Monjarás, Presidenta del Consejo delPoder Judicial del Estado, en donde se hace de su conocimiento quemediante acuerdo de esta fecha, pronunciado dentro del ProcedimientoDisciplinario 261/2009, se declaró que causó estado la resoluciónpronunciada por el Consejo del Poder Judicial del Estado, dentro delprocedimiento disciplinario citado al rubro, que se le instruyó con motivo dela denuncia interpuesta por el licenciado J. Jesús Luna Hernández, por loque se le comunica que la suspensión en su cargo por 8 ocho díasserá del 1° primero al 8 ocho de marzo del 2011 dos mil once; actoseguido hago entrega del instructivo del auto notificado así como deloriginal del citado oficio, quien recibe de conformidad y se da por enterada

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de su contenido. Con lo anterior, se concluye la diligencia, levantándose lapresente acta para debida constancia legal y firmando al calce los que enella intervinie on.- Doy fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - _

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ESTADO DE GUANAJUATO

lbder~cialJ~~M"","Razón.- Con fecha del

la L.R.I. CarmenAlcalde Maycotie, Directora General de Administración del PoderJudicial del Estado, recibió testimonio de la resolución queantecede para su ejecución.- Doy Fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

\\

\\ ", -

Constancia.- Por no encontrarse pÉimdient~~d.e-realiiar ningúnacto procesal en este asunto, se Ef_~Ged'e'a su archivo a los

días~- del mes de//" ---

del // -',- Conste.- //~; __,,__.•-;;-:.--::~'=":~:-:-:-:.~~...r _

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