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Pensión en alimentos
Generalidades
Concepto de alimento
Generalidades
Disposiciones Normativas
-Ley 136-03
-Ley 52-07
-Constitución de la República
-Convenios
-Homologación
Generalidades
Ley 136-03
- Ley 136-03 Las disposiciones referente aalimentos, contenidas en esta Ley seencuentran en los artículos:
170,171,172,173,175,177,179,180,182,183,184,185,186,188-191,193,196.
Generalidades
Ley 52-07
- LEY 52-07 Esta Ley entra en vigor el 23/4/07 yderoga la Ley 136-03 en los artículos:
174,176,178,181,187,192,194,195,197,198.
Generalidades
Constitución de la República
CONSTITUCION ART. 8-17 El Estado prestará,asimismo, asistencia social a los pobres. Dichaasistencia consistirá en alimentos, vestimentay hasta donde sea posible, alojamientoadecuado.
El Estado velará por el mejoramiento de laalimentación.
Generalidades
Constitución de la República
CONSTITUCION ART.9 LETRA F Toda personatiene la obligación de dedicarse a un trabajode su elección con el fin de proveerdignamente a su sustento y al de su familia,alcanzar el más amplio perfeccionamiento desu personalidad y contribuir al bienestar yprogreso de la sociedad.
Generalidades
NORMATIVA INTERNACIONAL - Declaración americana de los derechos y deberes del hombre Art.7
y 29 - Protocolo adicional a la convención americana sobre derechos
humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales “ Protocolo de San Salvador” ART.12
- Convención interamericana sobre obligaciones alimentarías, Art. 1,5-10
- Declaración universal de los derechos humanos, 10/12/1948, Art.25-2
- Pacto internacional de derechos civiles y politicos16/12/1966, entrada en vigor 23/3/1976. Art.24
- Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. 16/12/1966, entrada en vigor 3/01/1976. Art.10-3
Generalidades
TITULARES DE LA PENSION ALIMENTARIA
- Los Niños, Niñas y Adolescentes hasta cumplirlos 18 años de edad.
OBLIGADOS AL PAGO DE LA PRESTACION ALIMENTARIA
- Padre Madre Hermanos o hermanas mayoresde edad, Ascendientes por orden deproximidad y colaterales hasta el tercergrado, o en su defecto, el Estado. (Art.171)
Generalidades
QUIENES PUEDEN DEMANDAR
- La madre, el padre que detente la guarda ycuidado del NNA , las madres adolescentes yemancipadas civilmente, También tendránderecho a demandar la mujer grávida oembarazada.
Generalidades
COMPETENCIA
- El tribunal competente para conocer lademanda por manutención es el Juzgado dePaz, en atribuciones especiales de niños, niñasy adolescentes del domicilio del Niño, Niña yAdolescente.
Procedimiento
LA DEMANDA
- La demanda se inicia por ante el M.P., de NNAdel domicilio del Niño, Niña o adolescente querequiere los alimentos. (Art. 174 de la Ley 136-03, modificado por el Art.1 de la Ley 52-07
Procedimiento
FASE ADMINISTRATIVA
- Una vez presentada la querella, el MinisterioPúblico citará a las partes para efectuar laconciliación , en un plazo no mayor de diez(10) días.
Procedimiento
FASE DE CONCILIACION
- Una vez comparecen las partes por ante elM.P del Juzgado de Paz, si éstos llegan aacuerdo, se levanta acta de acuerdo, la queserá firmada por ellos y el Fiscalizador.
Procedimiento
HOMOLOGACION DEL ACTA DE CONCILIACION
- El acta será homologada por el Juez de PazNNA o en su defecto por el tribunal de NNA.
EFECTOS DEL ACTA DE CONCILIACION
- Esta acta su ejecución sólo tiene efecto en elaspecto civil.
Procedimiento
ACTA DE NO CONCILIACION
- Si las partes no llegan a acuerdo, o si citadauna de ellas no comparece o se incumpliere laconciliación, toda parte apoderara al Juzgadode Paz competente para que conozca delasunto.
Procedimiento
APODERAMIENTO DEL TRIBUNAL
- toda parte interesada podrá apoderar aljuzgado de paz competente paraconocimiento y decisión sobre el asunto, enun plazo no mayor de diez (10) días a partir dela fecha en que el ministerio público y eltrabajador(a) social hayan agotado la fase deconciliación y de investigación.
Procedimiento
FORMALIDAD DE LA DEMANDA
- La demanda se presentará por escrito o deforma verbal por ante la secretaria (o) delJuzgado de Paz. El tribunal competente lo es elJuzgado de Paz en atribuciones de NNA.
PRUEBAS APORTADAS
- Certificaciones de ingresos Otros.
Procedimiento
PENSION PROVISIONAL REQUISITOS:
a) hijos nacidos dentro de matrimonio o relación consensual.
b) Cuando la paternidad haya sido aceptada o probada científicamente.
c ) Prueba de los ingresos.
Procedimiento
EFECTOS DE LA SENTENCIA
- Efecto penal: Condenación 2 años suspensivoa cumplimiento (Arts.192, 193,196)
- Efecto civil: Secuestro o embargo de bienesmuebles e inmuebles.