20
Pensión en alimentos

Pensión en alimentos

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Pensión en alimentos

Pensión en alimentos

Page 2: Pensión en alimentos

Generalidades

Concepto de alimento

Page 3: Pensión en alimentos

Generalidades

Disposiciones Normativas

-Ley 136-03

-Ley 52-07

-Constitución de la República

-Convenios

-Homologación

Page 4: Pensión en alimentos

Generalidades

Ley 136-03

- Ley 136-03 Las disposiciones referente aalimentos, contenidas en esta Ley seencuentran en los artículos:

170,171,172,173,175,177,179,180,182,183,184,185,186,188-191,193,196.

Page 5: Pensión en alimentos

Generalidades

Ley 52-07

- LEY 52-07 Esta Ley entra en vigor el 23/4/07 yderoga la Ley 136-03 en los artículos:

174,176,178,181,187,192,194,195,197,198.

Page 6: Pensión en alimentos

Generalidades

Constitución de la República

CONSTITUCION ART. 8-17 El Estado prestará,asimismo, asistencia social a los pobres. Dichaasistencia consistirá en alimentos, vestimentay hasta donde sea posible, alojamientoadecuado.

El Estado velará por el mejoramiento de laalimentación.

Page 7: Pensión en alimentos

Generalidades

Constitución de la República

CONSTITUCION ART.9 LETRA F Toda personatiene la obligación de dedicarse a un trabajode su elección con el fin de proveerdignamente a su sustento y al de su familia,alcanzar el más amplio perfeccionamiento desu personalidad y contribuir al bienestar yprogreso de la sociedad.

Page 8: Pensión en alimentos

Generalidades

NORMATIVA INTERNACIONAL - Declaración americana de los derechos y deberes del hombre Art.7

y 29 - Protocolo adicional a la convención americana sobre derechos

humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales “ Protocolo de San Salvador” ART.12

- Convención interamericana sobre obligaciones alimentarías, Art. 1,5-10

- Declaración universal de los derechos humanos, 10/12/1948, Art.25-2

- Pacto internacional de derechos civiles y politicos16/12/1966, entrada en vigor 23/3/1976. Art.24

- Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. 16/12/1966, entrada en vigor 3/01/1976. Art.10-3

Page 9: Pensión en alimentos

Generalidades

TITULARES DE LA PENSION ALIMENTARIA

- Los Niños, Niñas y Adolescentes hasta cumplirlos 18 años de edad.

OBLIGADOS AL PAGO DE LA PRESTACION ALIMENTARIA

- Padre Madre Hermanos o hermanas mayoresde edad, Ascendientes por orden deproximidad y colaterales hasta el tercergrado, o en su defecto, el Estado. (Art.171)

Page 10: Pensión en alimentos

Generalidades

QUIENES PUEDEN DEMANDAR

- La madre, el padre que detente la guarda ycuidado del NNA , las madres adolescentes yemancipadas civilmente, También tendránderecho a demandar la mujer grávida oembarazada.

Page 11: Pensión en alimentos

Generalidades

COMPETENCIA

- El tribunal competente para conocer lademanda por manutención es el Juzgado dePaz, en atribuciones especiales de niños, niñasy adolescentes del domicilio del Niño, Niña yAdolescente.

Page 12: Pensión en alimentos

Procedimiento

LA DEMANDA

- La demanda se inicia por ante el M.P., de NNAdel domicilio del Niño, Niña o adolescente querequiere los alimentos. (Art. 174 de la Ley 136-03, modificado por el Art.1 de la Ley 52-07

Page 13: Pensión en alimentos

Procedimiento

FASE ADMINISTRATIVA

- Una vez presentada la querella, el MinisterioPúblico citará a las partes para efectuar laconciliación , en un plazo no mayor de diez(10) días.

Page 14: Pensión en alimentos

Procedimiento

FASE DE CONCILIACION

- Una vez comparecen las partes por ante elM.P del Juzgado de Paz, si éstos llegan aacuerdo, se levanta acta de acuerdo, la queserá firmada por ellos y el Fiscalizador.

Page 15: Pensión en alimentos

Procedimiento

HOMOLOGACION DEL ACTA DE CONCILIACION

- El acta será homologada por el Juez de PazNNA o en su defecto por el tribunal de NNA.

EFECTOS DEL ACTA DE CONCILIACION

- Esta acta su ejecución sólo tiene efecto en elaspecto civil.

Page 16: Pensión en alimentos

Procedimiento

ACTA DE NO CONCILIACION

- Si las partes no llegan a acuerdo, o si citadauna de ellas no comparece o se incumpliere laconciliación, toda parte apoderara al Juzgadode Paz competente para que conozca delasunto.

Page 17: Pensión en alimentos

Procedimiento

APODERAMIENTO DEL TRIBUNAL

- toda parte interesada podrá apoderar aljuzgado de paz competente paraconocimiento y decisión sobre el asunto, enun plazo no mayor de diez (10) días a partir dela fecha en que el ministerio público y eltrabajador(a) social hayan agotado la fase deconciliación y de investigación.

Page 18: Pensión en alimentos

Procedimiento

FORMALIDAD DE LA DEMANDA

- La demanda se presentará por escrito o deforma verbal por ante la secretaria (o) delJuzgado de Paz. El tribunal competente lo es elJuzgado de Paz en atribuciones de NNA.

PRUEBAS APORTADAS

- Certificaciones de ingresos Otros.

Page 19: Pensión en alimentos

Procedimiento

PENSION PROVISIONAL REQUISITOS:

a) hijos nacidos dentro de matrimonio o relación consensual.

b) Cuando la paternidad haya sido aceptada o probada científicamente.

c ) Prueba de los ingresos.

Page 20: Pensión en alimentos

Procedimiento

EFECTOS DE LA SENTENCIA

- Efecto penal: Condenación 2 años suspensivoa cumplimiento (Arts.192, 193,196)

- Efecto civil: Secuestro o embargo de bienesmuebles e inmuebles.