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  • 5/24/2018 PFTI_04_sucesiones_donaciones[1]

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    IMPUESTO SOBRE SUCESIONES, DONACIONES Y DEMAS RAMOS CONEXOS

    IMPUESTO SOBRE SUCESIONES

    Qu es el Impuesto sobre Sucesiones?

    Es un impuesto directo al patrimonio, que grava las transmisiones gratuitas de derechospor causa de muerte. Est previsto en la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones

    y dems Ramos Conexos (LISDRC), publicada en la Gaceta Oficial N 5.391Extraordinario, de fecha 22/10/1999.

    Quines son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sucesiones?

    Se consideran sujetos pasivos del Impuesto sobre Sucesiones a los beneficiarios deherencias y legados, es decir, aquellas personas que por testamento o por ley, reciban attulo universal o por legado todo o parte de una universalidad de bienes situados en elterritorio nacional, por causa de muerte de quien los deja.

    Qu se entiende por legado?

    El legado es una disposicin testamentaria a ttulo particular que confiere determinadosderechos patrimoniales sin otorgar la condicin de heredero.

    Qu bienes estn sujetos al Impuesto sobre Sucesiones?

    Estn sometidos al pago de este impuesto todos aquellos bienes, muebles o inmuebles,derechos y acciones que forman parte del patrimonio del causante y estn situados en elterritorio nacional. A los efectos de la LISDRC, se consideran situados en el territorionacional:

    a)Las acciones, obligaciones y ttulos valores emitidos en Venezuela y los emitidos en elexterior por sociedades constituidas y domiciliadas en el pas.b) Las acciones, obligaciones y otros ttulos valores emitidos fuera de Venezuela porsociedades extranjeras, cuando sean posedos por personas domiciliadas en el pas.c)Los derechos y acciones que recaigan sobre bienes ubicados en Venezuela.d)Los derechos personales o de obligacin (es decir, aquellos que imponen la realizacinde una prestacin, como dar o hacer algo), cuya fuente jurdica se hubiere realizado enVenezuela.

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    Cules bienes forman el activo hereditario?

    El activo de la herencia est formado por:

    1)Todos los bienes, derechos y acciones que se encuentren a nombre del causante.2) Los inmuebles enajenados por el causante por documentos no protocolizados en elRegistro Pblico conforme a la ley, excepto las enajenaciones que consten endocumentos autnticos, otorgados por lo menos dos (2) aos antes de su muerte.3) Los bienes enajenados a ttulo oneroso por el causante en el ao anterior a sufallecimiento, a favor de sus herederos legales o testamentarios; de las personasinterpuestas de aqullos; o de las personas morales que pertenezcan a unos u otros. Seexceptan los casos en que se justifique el haber destinado el precio obtenido por lasventas al cumplimiento o pago de obligaciones propias del causante.4) Los bienes adquiridos a ttulo oneroso en usufructo por el causante y en nudapropiedad por las personas sealadas anteriormente, dentro de los tres (3) aosanteriores al fallecimiento del causante.

    5) Los bienes enajenados a ttulo oneroso por el causante en nuda propiedad y conreserva de usufructo a estas mismas personas, dentro de los cinco (5) aos anteriores asu fallecimiento.6) Otros bienes que hubiesen salido del patrimonio del causante con intencin dedefraudar al Fisco (Artculo 18 LISDRC).

    Cmo est formado el pasivo hereditario?

    El pasivo de la herencia est formado por:

    1)Las deudas a cargo del causante para el momento de la apertura de la sucesin.

    2) Los gastos fnebres.3) Los gastos de apertura del testamento, los de inventario, avalo y declaracin de laherencia, as como los honorarios que deban pagarse con motivo de dichas operaciones(Artculo 25 LISDRC).

    Cules bienes se encuentran excluidos de la base imponible del Impuestosobre Sucesiones (desgravmenes)?

    Se excluyen del monto de la base imponible de la herencia, los siguientes bienes: La vivienda principal que haya servido de asiento permanente al hogar del causante yse transmita con estos fines a los ascendientes, descendientes, cnyuge y padres e hijospor adopcin. Las cantidades percibidas por concepto de prestaciones o indemnizaciones laborales, decontratos de seguros y las pagadas por instituciones de mutuo auxilio o montepo,siempre que sean con ocasin de la muerte del causante. Los libros, ropas y utensilios de uso personal, as como el mobiliario de la casa delcausante, excepto joyas y objetos artsticos, y archivos de valor histrico a juicio delEjecutivo Nacional. Aquellos que correspondan a entes pblicos territoriales cuando concurren otrosherederos o legatarios (Artculo 10 LISDRC).

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    Cules son las exenciones previstas en la Ley del pago del Impuesto sobreSucesiones?

    Estarn exentos del pago del impuesto sobre sucesiones:

    1)Los entes pblicos territoriales;2)La cuota hereditaria que corresponda a los ascendientes, descendientes, cnyuge, ypadres e hijos por adopcin, cuando no excedan de setenta y cinco unidades tributarias(75 U.T.).3) Las entidades pblicas no territoriales que ejerzan primordialmente actividades debeneficencia y de asistencia o proteccin social, siempre que destinen los bienesrecibidos, o su producto, al cumplimiento de esos fines (Artculo 8 LISDRC).

    Cul es el plazo que otorga la ley para la presentacin de la declaracin delImpuesto sobre Sucesiones?

    La declaracin se debe presentar dentro de los ciento ochenta (180) das siguientes a

    partir de la apertura de la sucesin, es decir, a partir del fallecimiento del causante(Artculo 27 LISDRC).

    Se puede solicitar prrrogas para presentar la declaracin?

    Efectivamente, de acuerdo a lo establecido en el Cdigo Orgnico Tributario, as como enla Ley especial sobre la materia, la sucesin deber presentar una solicitud motivada deprrroga al menos con 15 das hbiles antes del vencimiento del plazo para el pago, lacual se otorgar a juicio de la Administracin, siempre y cuando se justifiquen las causasque impiden el cumplimiento de la obligacin. Esta solicitud deber ser presentada enoriginal y cuatro (4) copias, estampando un timbre fiscal de 0,02 Unidades Tributarias

    por cada folio, tal presentacin se har ante la Coordinacin de Sucesiones de lasGerencias Regionales, Sectores o Unidades que correspondan al domicilio del causante(Artculos 46 COT y 33 LISDRC).

    Es t a s o l ic i t u d d e b e c o n t e n e r :

    Nombre del causante. N de RIF de la Sucesin. Nombre y cdula del heredero (s) y/o Representante Legal. Direccin exacta y telfono.

    Deb e r es t a r a com paad a p o r :

    Partida de defuncin del causante. Partida de nacimiento de alguno de los herederos. Copia de la Cdula de Identidad del causante y del heredero. Copia del RIF sucesoral. Poder del representante legal (si fuere el caso).

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    Qu duracin tiene la Prrroga otorgada por la Administracin Aduanera yTributaria?

    La duracin de la prrroga ser un (1) mes (30 das continuos) y se otorgar hasta un

    mximo de tres (3) prrrogas por sucesin.

    Dnde debo presentar la declaracin Sucesoral?

    La presentacin de la declaracin sucesoral, se deber hacer ante la Coordinacin deSucesiones de las Gerencias Regionales o ante los Sectores o Unidades que correspondanal domicilio del causante.

    Qu debe contenerla declaracin del Impuesto sobre Sucesiones?

    La declaracin deber contener en detalle todos y cada uno de los elementos que formanel activo y el pasivo patrimonial, con indicacin de su valor y dems caractersticas que loidentifiquen, incluyendo bienes y derechos exentos, exonerados o desgravados y losdems datos necesarios para determinar la cuota lquida y la carga fiscal correspondientea cada heredero o legatario; la obligacin de hacer la declaracin subsiste an cuando elpasivo de la herencia fuere igual o superior al activo.

    El heredero o interesado debe vaciar la informacin requerida en el formulario, que a talefecto dispuso la Administracin Tributaria en sus correspondientes anexos. El impuesto

    ser liquidado por el mismo contribuyente, el formulario y sus anexos debern estarfirmados, tanto por el heredero o representante legal, como por un abogado asistente.

    Cul es el formulario que se debe utilizar para presentar la declaracinsucesoral?

    Se debe utilizar el formulario S-32 y sus correspondientes anexos, los cuales seidentifican con la numeracin del 1 al 7:

    Fo r m a 3 2 Autoliquidacin de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.Fo r m a A 0 1 Relacin de bienes que forman el activo hereditario.Fo r m a A 0 2 Relacin de bienes muebles, valores, ttulos, derechos.Fo r m a A 0 3 Relacin del Pasivo.Fo r m a A 0 4 Desgravmenes.Fo r m a A 0 5 Exenciones.Fo r m a A 0 6 Exoneraciones.Fo r m a A 0 7 Bienes litigiosos.

    El formulario y sus anexos podrn ser adquiridos en las oficinas de IPOSTEL as como enlas Oficinas de la Administracin Aduanera y Tributaria (Artculos 23, 28 y 30 LISDRC).

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    Cules recaudos deben presentarse junto a la declaracin sucesoral?

    1. Registro de Informacin Fiscal (RIF) Sucesoral.

    2.

    Planilla de pago del impuesto auto liquidado a nombre de la sucesin y certificadodel pago expedida por la entidad bancaria.

    3. Fotocopia de la Cdula de Identidad y del carnet del inpreabogado del abogadoasistente.

    4. Acta de defuncin del causante.

    5. Fotocopia de la Cdula de Identidaddel causante

    6. Acta de matrimonio o sentencia por un tribunal de la relacin concubinaria, yreconocimiento del carcter de heredero segn sea el caso.

    7. Sentencia definitiva de divorcio (con reparticin de bienes) de ser el caso.

    8. Partida de nacimiento o datos filiatorios solicitados ante el (SAIME), de acuerdo alparentesco de los herederos.

    9. Fotocopia de la Cdula de Identidad de los herederos.

    10. Documento o ttulos a travs de los cuales se acredite la propiedad de todos losbienes que se declaren, en caso de ser necesario, Titulo Supletorio deBienhechurias.

    11. Registro mercantil y Balance General (a la fecha del fallecimiento) de la empresa,firmado por un contador pblico en caso de declarar acciones o cuotas departicipacin.

    12. En caso de presentar en la Forma A02 Cuentas Bancarias, deber consignarcertificacin bancaria con corte de cuenta a la fecha de fallecimiento del causante.

    13. Certificacin expedida en papel de seguridad, debidamente visado por un contadorpblico o administrador comercial colegiado, donde se determine el valor venal deacciones, obligaciones emitidas por entes pblicos o por sociedades mercantiles yotros ttulos valores, o por la Bolsa de Valores, segn sea el caso, a la fecha defallecimiento del causante.

    14. Comprobantes o facturas de los pasivos del causante para la fecha de fallecimientoo apertura de la sucesin.

    15. Registro de Vivienda Principal o Constancia de Residencia a nombre de alguno de losherederos, expedida por la Prefectura, Jefatura o Alcalda, segn la ubicacin.

    16. En caso de incluir heredero por representacin de un familiar premuerto, deberanexar fotocopia de la partida de nacimiento y defuncin de este.

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    17. Todo documento proveniente del extranjero deber estar debidamente legalizado ytraducido por un intrprete pblico o apostillado; en el caso de Partidas deNacimiento de extranjeros que no indiquen la filiacin, debern solicitar los Datos

    Filiatorios a travs del SAIME (si fueran venezolanos).

    18. En caso de declarar bienes procedentes de anteriores Sucesiones, presentarfotocopia de las Declaraciones Sucesorales y los respectivos documentos depropiedad.

    19. Cualquier otro requisito que requiera la administracin.

    Todos los documentos debern presentarse en original y tres (3) copias.

    Cules son los pasos a seguir para obtener el RIF de la sucesin?

    Para obtener el RIF deber seguir los siguientes pasos:

    1. Ingrese a la pgina web del SENIAT: www.seniat.gob.ve2. Seleccione la opcin Sistemas en Lnea, haga clic en Inscripcin de RIF.3. Seleccione el Tipo de Persona: Sucesin con Cdula, o sin Cdula segn sea el

    caso.4. Llenar los datos del causante, haga clic en buscar y luego en la opcin Inscribir

    Contribuyente.5. Completar datos del causante. Guardar.6. Llenar los datos del domicilio fiscal del causante.7. Llenar los datos del Representante de la Sucesin.

    8. Llenar los datos de todos los Herederos de la Sucesin.9. En la opcin Ver Planilla, imprimir el formulario de inscripcin.

    Cules son los recaudos necesarios para obtener un RIF sucesoral?

    1. Planilla o Formulario de inscripcin emitido por el sistema.2. Original y copia del Acta de Defuncin3. Fotocopia de la Cdula de Identidad del causante.4. Fotocopia de la Cdula de Identidad de los herederos, con excepcin de aquellos que

    sean menores de edad que an no posean Cdula de Identidad, para lo cual debernconsignar copia de la partida de nacimiento.

    5. En caso de que sea casado acta de matrimonio.6. Partidas de Nacimiento de los herederos o cualquier otro documento que pruebe la

    filiacin con respecto al causante.7. Original y fotocopia de un recibo de servicio pblico (agua, luz, telfono, etc.) o

    cualquier otro documento que avale el domicilio.8. Poder y fotocopia de la Cdula de Identidad del Representante Legal, siempre y

    cuando, ste ltimo sea distinto de los herederos.9. Si el trmite es realizado por un tercero, deber presentar Autorizacin firmada por

    uno de los herederos y fotocopia de la Cdula de Identidad de ambos.

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    Cmo determinar el monto de la obligacin tributaria?

    A los efectos de determinar el impuesto sobre sucesiones, se realiza la autoliquidacinmediante una operacin matemtica, restando al total de los activos del causante (sin

    incluir los bienes exentos ni los desgravados) a los pasivos permitidos por ley. De estaoperacin se obtendr el Patrimonio neto.

    Obtenido el patrimonio neto, se procede a dividir este patrimonio entre el nmero deherederos, obtenindose la cuota lquida o cuota parte de cada heredero y a ste se leaplicarn las exoneraciones y las reducciones a las cuales se tenga derecho. El resultadoconstituir la base imponible o cantidad sobre la cual se aplicar la tarifa, que variar deacuerdo a la fraccin de la parte neta (Artculos. 7, 15, 16 y 17 LISDRC).

    La operacin seria as:

    P at r i m o n i o H e r e d i t a r i o B r u t o (universalidad de bienes que forman el activo) E x c l u s i o n e s (exenciones, exoneraciones, desgravmenes)= A c t iv o H e r e d i t a r i o N e t o .

    A c t i v o H e r e d i t a r i o N e t o P a s i v o s (permitidos por ley) = Pa t r im o n i o Ne t oH e r e d i t a r i o o Lq u i d o H e r e d i t a r i o G r a v a b l e .

    P a t r i m o n i o N e t o H e r e d i t a r i o / N d e h e r e d e r o s = c u o t a l q u i d a o c u o t a p a r t e (esta es la base imponible) s e c a l cu l a r e l im p u e s t o s o b r e e s t a b a s e a p l i c a n d o l at a r i f a p r o g r e s i v a e s t a b l e ci d a e n e l a r t i c u l o 7 .

    En el caso de ser una sucesin testada, la operacin seria la siguiente:

    P a t r i m o n i o H e r e d i t a r i o B r u t o L e g a d o s = A c t i v o H e r e d i t a r i o B r u t o .

    A c t i v o H e r e d i t a r i o B r u t o Ex c l u s i o n e s = A c t i v o H e r e d i t a r i o N e t o .

    A c t i v o H e r e d i t a r i o N e t o P a s iv o s = Lq u i d o H e r e d i t a r i o G r a v a b l e o L e g a d o .

    Obtenido el lquido hereditario gravable o legado se procede a calcular el impuesto con lamisma formula arriba indicada.

    Es importante hacer mencin que a los efectos de la autoliquidacin del impuesto debertomarse la Unidad Tributaria (U.T.) vigente para la fecha de la defuncin.

    Qu es el Certificado de Solvencia Sucesoral?

    Una vez que el contribuyente haya cumplido con todas las formalidades de declaracin ypago del impuesto auto liquidado, la Administracin Tributaria realizar la liquidacin aque hubiere lugar y de no existir objecin alguna, emitir el Certificado de SolvenciaSucesoral, como prueba de aceptacin del contenido de la declaracin (Artculos 42, 43 y45 LISDRC).

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    Una vez emitido el Cerificado de Solvencia, la Declaracin puede ser objeto deuna Fiscalizacin?

    Efectivamente, una vez presentada la correspondiente declaracin, le compete a la

    Administracin Tributaria dentro de sus facultades, la de fiscalizar, vigilar e inspeccionarla correcta determinacindel impuesto (Artculos 127 COT y 46 y ss LISDRC).

    Cuando una persona fallece sus herederos estn en la obligacin de presentarDeclaracin de Impuesto sobre la Renta?

    Efectivamente, al ocurrir el fallecimiento de una persona, se produce la terminacin delejercicio gravable, en consecuencia los herederos estn obligados a presentar por elcausante las declaraciones pendientes, dentro de los tres (3) meses siguientes a laterminacin del ejercicio. (Reglamento de la ley de Impuesto sobre la Renta (Artculos146 y 152).

    IMPUESTO SOBRE DONACIONES

    Qu es el Impuesto sobre Donaciones?

    Es un impuesto directo al patrimonio, que grava las donaciones que se hagan sobrebienes muebles o inmuebles, derechos o acciones situados en el territorio nacional. Estprevisto en la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y dems Ramos Conexos(LISDRC).

    La donacin, es un contrato por medio del cual una persona transfiere gratuitamente unacosa u otro derecho de su patrimonio, a otra persona que lo acepta. Igualmente seconsideran donaciones:

    El mayor valor que en un 20% o ms, exceda en el mercado sobre el precio detransmisin, de un bien enajenado entre personas unidas en parentesco hasta el cuartogrado de consanguinidad y el segundo de afinidad. Las remisiones totales o parciales de deudas, salvo las convenidas en favor de loscomerciantes en estado de atraso o de quiebra y las efectuadas por la Nacin, losEstados y los Municipios con relacin a multas y contribuciones fiscales y sus accesorios.

    La renuncia de derechos de crdito (deudas a favor) o de herencias en favor de otraspersonas, salvo la hecha por un heredero en favor de sus coherederos a quienes sediferira la parte del renunciante (Artculo 70 LISDRC).

    Asimismo, en los casos de venta, cesin, permuta o traspaso de bienes o constitucin dederechos a ttulo oneroso, cuando por indicios fundados, concordantes y precisos pudierapresumirse que se trata de una liberalidad, la Administracin Tributaria podr estimar deoficio, tal circunstancia y disponer la liquidacin y cobro de impuestos adecuados por losintervinientes (Artculo 73 LISDRC).

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    Cundo nace la obligacin de declarar el Impuesto sobre Donaciones?

    La obligacin de declarar y pagar nace en el momento en que se manifiesta la voluntadde donar y el impuesto se hace exigible antes de la legalizacin de la transmisin. Si la

    donacin no se perfecciona, cesar la obligacin de pagar el impuesto y podr pedirse elreintegro de las cantidades que hubieran sido pagadas (Artculo 64 LISDRC).

    Cmo debe realizarse la determinacin del monto de la obligacin tributaria alos fines del Impuesto sobre Donaciones?

    Se obtiene aplicando la tarifa que corresponda al monto o valor econmico del biendonado, sin admitirse ninguna deduccin.

    Cules son las exenciones previstas en la Ley al pago del Impuesto sobreDonaciones?

    Estarn exentos del pago del impuesto sobre donaciones:

    Los entes pblicos territoriales. Los entes pblicos no territoriales que realicen actividades de beneficencia,

    asistencia o proteccin social. Las donaciones de bienes cuyo valor no exceda de 25 unidades tributarias (U.T.). Las rentas peridicas constituidas para cumplir obligaciones de pensin y

    alimentos. Los fondos de ahorro constituidos en beneficio de los hijos menores del donante,

    hasta un mximo de 250 unidades tributarias (U.T.), por cada beneficiario. Las primas de seguro en beneficio de hijos menores del donante hasta un mximo

    de 375 unidades tributarias (U.T.) y los capitales o valores de rescate producidospor esas plizas (Artculo 66 LISDRC).

    Cules son los requisitos para hacer la Declaracin de Donacin?

    Los recaudos que se mencionan a continuacin debern ser presentados en una carpetamarrn tamao oficio con los formularios ya tipiados.Todas las pginas de la Forma 32 Autoliquidacin de Impuesto sobre Sucesiones yDonaciones, deben estar firmados en original por el Abogado Asistente y por Donante y/oDonatario o el Representante Legal.La documentacin que acompaan a los formularios, debern ser presentados en originaly dos copias en el siguiente orden:

    En e l c a s o d e d o n a c i o n e s e n t r e p e r s o n a s n a t u r a l e s :

    Declaracin (Forma 32) y anexos. RIF donante y donatario. Planillas de pago PS-32, tres copias. Copia de Cdula de Identidad de donante y donatario. Copia de la Cdula de Identidad del abogado asistente y de su inpreabogado.

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    Copia del poder del representante legal o responsable (donante donatario), si es elcaso.

    Acta de Matrimonio y/o Sentencia de Divorcio, de ser el caso. Partida (s) de nacimiento y/o Datos filiatorios (Ascendientes, descendientes,

    hermanos, tos, etc). Contrato de Donacin Notariado o Voluntad de Donar (Artculo 1.439 Cdigo Civil). Documento de Propiedad del bien mueble o inmueble donado. Moneda extrajera, constancia tipo de cambio en bolvares y trmites en CADIVI. Balance General y/o Estado de Ganancias y Prdidas de la empresa, firmado por un contador

    pblico en caso de declarar acciones o cuotas de participacin.

    Otros, en caso de Armas, el porte del donante y factura de compra del donante.

    En e l c a s o d e D o n a c i o n e s e n t r e p e r s o n a s j u r d i c a s y p e r s o n a s n a t u r a l e s :

    Declaracin (Forma 32) y anexos. RIF donante y donatario. Planillas de pago PS-32, tres copias. Copia de Cdula de Identidad de donante y donatario. Copia de la Cdula de Identidad del abogado asistente y de su inpre. Copia de poder del representante legal o responsable (donante donatario), si es el

    caso. Contrato de Donacin Notariado o Voluntad de Donar (Artculo 1.439 Cdigo Civil). Documento de Propiedad del bien mueble o inmueble donado. Acta Constitutiva Estatutaria (empresa). Reforma de Estatutos sociales. Moneda extrajera, constancia tipo de cambio en bolvares y tramites en CADIVI. Balance General y/o Estado de Ganancias y Prdidas de la empresa, firmado por

    un contador pblico en caso de declarar acciones o cuotas de participacin.

    En e l c a so d e D o n a c i o n e s e x e n t a s :

    Declaracin (Forma 32) y anexos. RIF del donante y donatario. Copia de Cdula de Identidad del donante y donatario. Copia de la Cdula de Identidad del abogado asistente y de su inpre. Copia de poder del representante legal o responsable (donante donatario), si es el

    caso. Contrato de Donacin Notariado o Voluntad de Donar (Artculo 1.439 Cdigo Civil).

    Calificativo de exencin expedido por la Gerencia General de Servicios Jurdicos delSENIAT, Gerencia de Doctrina y Asesora, Divisin de Doctrina Tributaria. Documento de Propiedad del bien mueble o inmueble donado. Acta Constitutiva Estatutaria ((Decreto de Creacin). Reforma de Estatutos sociales. Moneda extrajera, constancia tipo de cambio en bolvares y trmites en CADIVI. Balance General y/o Estado de Ganancias y Prdidas de la empresa, firmado por

    un contador pblico en caso de declarar acciones o cuotas de participacin.

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    En e l c a so d e D o n a c i o n e s e x o n e r a d a s :

    Entidades y establecimientos pblicos y privados cuyo objeto primordial sea cientfico,docente, artstico, etc. Artculo 1 y 2 Decreto 2001 de fecha 20/08/1997. No todos los

    recaudos son requeridos, solo los que apliquen segn el caso, ejemplo: fundaciones,asociacin civil.

    Declaracin (Forma 32) y anexos. RIF del donante y del donatario Copia de la Cdula de Identidad del donante y donatario. Copia de la Cdula de Identidad del abogado asistente y de su inpre. Copia de poder del representante legal o responsable (donante donatario), si es el

    caso. Contrato de Donacin Notariado o Voluntad de Donar (Artculo 1.439 Cdigo Civil). Calificativo de exencin expedido por Gerencia General de Servicios Jurdicos del

    SENIAT, Gerencia de Doctrina y Asesora, Divisin de Doctrina Tributaria. Documento de Propiedad del bien mueble o inmueble donado. Acta Constitutiva Estatutaria ((Donante y Donatario) Reforma de Estatutos sociales (si los hay). Donacin moneda extrajera, constancia tipo de cambio en bolvares y trmites en

    CADIVI. Balance General y/o Estado de Ganancias y Prdidas de la empresa, firmado por

    un contador pblico en caso de declarar acciones o cuotas de participacin. Bienes donados del extranjero documentos nacionalizados por aduana y exoneracin si es el

    caso.

    TARIFA PARA DETERMINAR EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES, DONACIONES Y

    DEMAS RAMOS CONEXOS APLICABLE A LA FRACCIN DE LA PARTE NETACOMPRENDIDA ENTRE:

    INDICACINDEL PARENTESCO

    Hasta15 U.T.

    15,01 y50 U.T

    50,01 y100 U.T

    100,01y 250U.T.

    250,01y 500U.T.

    500,01y 1000

    U.T

    1000,01y 4000U.T.

    APARTIR4000,01

    U.T.1 ASCENDIENTESDESCENDIENTES

    CNYUGE EHIJOS ADOPTIVOS

    1% 2.50% 5% 7.50% 10% 15% 20% 25%

    SUSTRAENDO 0,23 1,48 3,98 10,23 35,23 85,23 285,232 HERMANOS

    SOBRINOSPOR DERECHO

    DE

    REPRESENTACIN

    2,50% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 40%

    SUSTRAENDO 0,38 2,88 7,88 20,38 45,38 95,38 495,38OTROS

    COLATERALESDE 3ER GRADO Y

    LOS DE4TO GRADO

    6% 12,50% 20% 25% 30% 35% 40% 50%

    SUSTRAENDO 0,98 4,73 9,73 22,23 47,23 97,23 497,23AFINES, OTROS

    PARIENTESY EXTRAOS

    10% 15% 25% 30% 35% 40% 45% 55%

    SUSTRAENDO 0,75 5,75 10,75 23,25 48,25 98,25 498,25