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PROPUESTA MANUAL DE CONVIVENCIA Reestructuración del Manual de Convivencia de la I.E. Normal Superior de Pitalito acorde a la Ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de 2013 MANUAL DE CONVIVENCIA NORMALISTA Pitalito Huila - 2016

Pitalito Huila - 2016 - normalpitalito.edu.co · Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), la Ley de Convivencia Escolar (la Ley 1620 de 2013), Decreto reglamentario 1965 de 2013

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Decreto 1965 de 2013

MANUAL DE CONVIVENCIA

NORMALISTA

Pitalito Huila - 2016

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Decreto 1965 de 2013

CONTENIDO

CONTENIDO ....................................................................................................................................... 2

PRESENTACIÓN ................................................................................................................................ 6

CAPÍTULO I. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL .................................................................................. 7

MISIÓN ............................................................................................................................................ 7

VISIÓN ............................................................................................................................................. 7

HIMNO NORMALISTA ................................................................................................................. 8

VALORES NORMALISTAS .......................................................................................................... 9

DEMOCRACIA Y CONVIVENCIA SOCIAL ............................................................................ 9

AUTONOMÍA Y LIBERTAD ..................................................................................................... 9

RESPONSABILIDAD Y AUTORREGULACIÓN ..................................................................... 9

RESPETO Y TOLERANCIA ....................................................................................................... 9

COMPROMISO ............................................................................................................................ 9

CREATIVIDAD Y REFLEXIÓN .............................................................................................. 10

INTERÉS INVESTIGATIVO .................................................................................................... 10

BUEN USO DEL TIEMPO LIBRE ........................................................................................... 10

INTEGRACIÓN ESCUELA – COMUNIDAD ......................................................................... 10

CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES ...................................................... 10

SENTIDO DE PERTENENCIA ................................................................................................. 10

AUTOESTIMA Y DESARROLLO DE LA SEXUALIDAD. ................................................... 10

TOLERANCIA ........................................................................................................................... 11

SOLIDARIDAD ......................................................................................................................... 11

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES .............................................................................................. 11

ORGANIZACIONALES: ........................................................................................................... 11

PEDAGÓGICOS: ....................................................................................................................... 11

ANTROPOLÓGICOS: ............................................................................................................... 11

AXIOLÓGICOS: ........................................................................................................................ 11

FINES ............................................................................................................................................. 12

OBJETIVOS INSTITUCIONALES ............................................................................................... 12

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PERFIL DEL NORMALISTA EGRESADO. ................................................................................ 13

CAPITULO II. DE LA NATURALEZA JURIDICA ........................................................................ 13

ARTÍCULO 1º. NATURALEZA JURÍDICA Y LEGAL. ............................................................. 14

SENTENCIAS DE LA CORTE ............................................................................................... 16

FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, ENERO 17-2004: .................................. 18

OTRAS DISPOSICIONES COMO: .............................................................................................. 19

CAPÍTULO III. DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE NORMALISTA ....................................... 19

ARTÍCULO 2. MATRÍCULA. ...................................................................................................... 19

ARTÍCULO 3. REQUISITO PARA OBTENER LA MATRÍCULA. ........................................... 20

ARTÍCULO 4. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE NORMALISTA. .................. 20

ARTÍCULO 5. PÉRDIDA DE CUPO PARA EL AÑO SIGUIENTE. .......................................... 21

ARTÍCULO 6. CONDUCTO REGULAR. .................................................................................... 21

ARTÍCULO 7. RESPONSABLES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. .... 22

CAPITULO IV. DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LOS EDUCANDOS ..................... 22

ARTICULO 8. FUNDAMENTOS LEGALES .............................................................................. 22

ARTICULO 9. DERECHOS Y DEBERES CONVIVENCIALES ............................................... 23

ARTICULO 10. DERECHOS Y DEBERES ACADÉMICOS ...................................................... 25

ARTICULO 11. NORMAS BÁSICAS DE CONVIVENCIA ....................................................... 26

ARTICULO 12. UNIFORMES ...................................................................................................... 28

LAS ESTUDIANTES: ................................................................................................................ 28

LOS ESTUDIANTES. ................................................................................................................ 29

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA. (HOMBRES y MUJERES) ..................................... 29

UNIFORMES DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA ....................... 30

CAPITULO V. DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS .................................................................... 31

ARTÍCULO 13. .............................................................................................................................. 31

RUTA DE ATENCIÓN ..................................................................................................................... 31

PROTOCOLOS Y PUESTA EN ACCIÓN DE LA RUTA DE ATENCIÓN ............................... 32

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN .................................................................................................. 33

PROTOCOLOS PARA LAS SITUACIONES TIPO I: .............................................................. 33

SITUACIONES TIPO I: ............................................................................................................. 33

ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA LOS CASOS TIPO I ..................................................... 34

PROTOCOLOS PARA LAS SITUACIONES TIPO II: ............................................................ 34

SITUACIONES TIPO II ............................................................................................................. 35

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ACCIONES RESTAURATIVAS, DE RESTABLECIMIENTO Y SANCIONATORIAS PARA

LOS CASOS TIPO II .................................................................................................................. 35

PROTOCOLOS PARA LAS SITUACIONES DE TIPO III: ..................................................... 35

SITUACIONES TIPO III ........................................................................................................... 36

ACCIONES RESTAURATIVAS, DE RESTABLECIMIENTO Y SANCIONATORIAS PARA

LOS CASOS TIPO III ................................................................................................................ 36

ATENUANTES: ............................................................................................................................. 36

CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN: .................................................................................. 37

CAPITULO VI. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA NORMALISTA ................................ 37

ARTÍCULO 14. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. ............ 37

ARTÍCULO 15. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. ...................... 37

ARTÍCULO 16. RUTAS DE ATENCIÓN INTEGRAL ............................................................... 39

ARTÍCULO 17. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL (RAI) ............ 40

ARTÍCULO 18. TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES ......................................................... 41

ARTÍCULO 19. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. ......................................................................... 41

ARTÍCULO 20. CRITERIOS SOBRE LOS PROTOCOLOS (Decreto1965, Artículo 41). ......... 42

CAPITULO VII. FELICITACIONES, SUGERENCIAS, QUEJAS O RECLAMOS ...................... 44

ARTICULO 21. .............................................................................................................................. 44

CAPÍTULO VIII. DE LOS ESTÍMULOS. ........................................................................................ 45

ARTÍCULO 22. ESTÍMULOS. ...................................................................................................... 45

ARTÍCULO 23. ACREDITACIÓN DE LOS ESTÍMULOS. ........................................................ 45

CAPÍTULO IX. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y SU COMPROMISO CON LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA ..................................................................................................................................... 46

ARTÍCULO 24. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA .......................... 47

CAPITULO X. DE LOS REGLAMENTOS PARA EL USO DE LOS SERVICIOS EN LAS

DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL COLEGIO. ............................................................................ 49

ARTÍCULO 25. INSTRUCCIONES GENERALES PARA EL USO DE LA BIBLIOTECA,

SALAS DE SISTEMAS, SALA DE AUDIOVISUALES. ............................................................ 49

ARTICULO 26. INSTRUCCIONES PARA EL USO DE LAS TIENDAS ESCOLARES,

FOTOCOPIADORAS .................................................................................................................... 49

ARTICULO 27. MANUAL DE SEGURIDAD PARA USO Y TRABAJO DE

LABORATORIOS. ........................................................................................................................ 50

CAPITULO XI. DEL REGLAMENTO Y FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO 52

ARTÍCULO 28. DERECHOS Y DEBERES ................................................................................ 52

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CAPÍTULO XII. DEL REGLAMENTO Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES ........................... 53

ARTÍCULO 29. DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................... 53

CAPÍTULO XIII. DE LAS MODIFICACIONES Y VIGENCIA DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA ................................................................................................................................ 56

ARTÍCULO 30. .............................................................................................................................. 56

ARTICULO 31. .............................................................................................................................. 56

CAPÍTULO XIV. DE LOS DIFERENTES PROCEDIMIENTOS PARA ACCEDER A LOS

SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL NORMAL

SUPERIOR ......................................................................................................................................... 56

ARTÍCULO 32. .............................................................................................................................. 56

CAPÍTULO XV. DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (SIEE)

............................................................................................................................................................ 57

ARTICULO 33. .............................................................................................................................. 57

ARTICULO 34. ESCALA DE VALORACIÓN ............................................................................ 58

ARTICULO 35. LA PROMOCIÓN Y SUS CRITERIOS ............................................................. 58

CAPÍTULO XVI. DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO PARA ESTUDIANTES DE

EDUCACIÓN MEDIA ...................................................................................................................... 59

ARTICULO 36. .............................................................................................................................. 59

ANEXO No. 1 .................................................................................................................................... 59

HORARIOS .................................................................................................................................... 59

ANEXO No. 2 .................................................................................................................................... 59

CARNÉS REQUERIDOS Y DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA .......................................... 59

ANEXO No. 3 JORNADA NOCTURNA ......................................................................................... 60

ANEXO 4. ADMISION DE ESTUDIANTES. ................................................................................. 61

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PRESENTACIÓN

El manual de convivencia de la Institución Educativa Municipal Normal Superior de Pitalito, está

fundamentado en la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006), la

Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), la Ley de Convivencia Escolar (la Ley 1620 de 2013),

Decreto reglamentario 1965 de 2013 y todos los principios y filosofía contenidos en el proyecto

educativo institucional (PEI).

Tiene como objetivos:

Construir los acuerdos básicos para la convivencia entre los miembros de la comunidad

Normalista.

Promover que se garantice el cumplimiento de los deberes y derechos de la comunidad

Normalista.

Dar a conocer las normas, procesos, sanciones y estímulos, en las diferentes situaciones que

se presenten y para cada uno de los miembros de la institución.

Aportar al desarrollo humano desde una cultura de promoción, prevención y atención.

Generar espacios de participación de todos los integrantes de la institución, en la comprensión

y solución pacifica de los conflictos.

Promover la garantía de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Presentar las obligaciones de los diferentes estamentos de la institución en lo referente al

servicio educativo.

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CAPÍTULO I. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

MISIÓN

Formar maestros que potencien el desarrollo humano desde la pedagogía, la ciencia, y el arte para que

se desempeñen en los niveles de preescolar, básica primaria y contribuyan a transformar las

condiciones socio culturales de la región.

VISIÓN

La institución Normal Superior de Pitalito, se consolidara como Centro de Investigación y Desarrollo

de propuestas pedagógicas innovadoras que respondan a las necesidades socio-culturales de la

comunidad educativa regional.

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HIMNO NORMALISTA

CORO

Entonemos con júbilo un canto

Por la patria y la libertad

Porque ya la virtud y la ciencia

Es el lema de nuestra Normal

I

Semillero de educadores

Que trabajan de corazón

Que serán del niño la antorcha

La esperanza de nuestra nación

II

Este es un templo donde se instruye

Y se forma con gran devoción

Aquí se modelan cuerpos y almas

Y se da perfecta educación

III

Tenemos instituto docente

Para todo el que quiera estudiar

Adquirir buenos conocimientos

Y, ante todo, poderse educar.

IV

Estudiantes: proseguid la senda

Señalada por el mismo Dios

Apartaos de tanta ignorancia

Y buscad la civilización

V

Nuestra ciudad llegará muy pronto

A un bello centro cultural

Pues tiene cosas importantes

Como esta escuela Normal

VI

Nuestra patria quiere agricultores,

Además, necesita de obreros,

Pero más le hacen falta los sabios

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Y aún mucho más caballeros

VII

Aquí se fomentará el deporte

Y también será un centro social

Que siempre por el bien lucharemos

Y combatiremos contra el mal

VALORES NORMALISTAS

DEMOCRACIA Y CONVIVENCIA SOCIAL

Mediante la práctica cotidiana de actividades en la relación con los compañeros, la familia el

vecindario y la representación en el Gobierno Escolar.

AUTONOMÍA Y LIBERTAD

Para la iniciación en la toma de decisiones, fijación de puntos de vista, y la proyección de sus intereses

y aspiraciones.

RESPONSABILIDAD Y AUTORREGULACIÓN

Como un compromiso consigo mismo y con los demás, en la realización de las actividades, y con el

acatamiento de las normas pactadas.

RESPETO Y TOLERANCIA

Mediante el desarrollo de relaciones armónicas interpersonales para una convivencia sana y pacífica.

COMPROMISO

A través de principios de lealtad y responsabilidad con la institución y la comunidad educativa, para

hacer de ella símbolo de respeto, orgullo y superación.

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CREATIVIDAD Y REFLEXIÓN

Entendida como la interiorización de sus actos y vivencias, que posibiliten su libre expresión,

innovando y planteando solución a sus problemas y participando en la construcción de sus saberes y

su propia historia.

INTERÉS INVESTIGATIVO

Mediante el análisis de la realidad y el desarrollo de habilidades para observar, consultar y comprender

los diversos fenómenos, y satisfacer sus inquietudes e interrogantes.

BUEN USO DEL TIEMPO LIBRE

A través de la práctica del deporte, el juego, la recreación, actividades creadoras y de consultas propias

de sus intereses, destrezas y habilidades.

INTEGRACIÓN ESCUELA – COMUNIDAD

Para reconocerse así mismo, valorar en su trabajo los aciertos y superar las dificultades, dando a

conocer sus propias opiniones acordes con su desempeño para que con ayuda de sus profesores, pueda

tomar conciencia de su realidad, y superar las dificultades si fuere el caso.

CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES

Vivenciando las acciones tendientes a la conservación, preservación y mejoramiento de su entorno, a

través de encuentros con la naturaleza.

SENTIDO DE PERTENENCIA

Con la práctica de los principios, normas, buenos modales, y las relaciones con los integrantes de la

Familia Normalista.

AUTOESTIMA Y DESARROLLO DE LA SEXUALIDAD.

Orientada a la formación y valoración de la propia imagen, mediante un proceso fundamental en la

efectividad y práctica de los valores para la vida y el amor, en coordinación con la familia.

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TOLERANCIA

Con la disposición a admitir en los demás una manera de obrar o de pensar distinta de la propia,

especialmente en cuestiones étnicas y/o prácticas religiosas.

SOLIDARIDAD

Con la inclinación a sentirse unido a sus compañeros y demás semejantes, y a la cooperación con ellos

en circunstancias en que se requiera.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

ORGANIZACIONALES:

La Planificación estratégica, como proceso mediante el cual se fundamenta la libertad de acción de la

Normal Superior de Pitalito para satisfacer su razón existencial y sus requerimientos orgánicos, que

permite el análisis de sus fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas, en busca permanente de

la armonía institucional, autonomía, respeto, responsabilidad y participación democrática.

PEDAGÓGICOS:

Interiorización de los actos y vivencias educativos, que posibiliten la libre expresión, innovando y

planteando alternativas de solución a problemas cotidianos o comunitarios, y la participación en la

construcción de saberes, para satisfacer inquietudes e interrogantes, a través de un modelo pedagógico

social y unos campos de formación que constituyen la estructura curricular para el desarrollo

científico y pedagógico de la comunidad educativa, apoyados en los siguientes principios en el

transcurso de la vida de cada persona, ya que son como pilares del conocimiento: aprender a ser,

aprender a hacer, aprender a convivir, aprender a conocer y aprender a aprender.

ANTROPOLÓGICOS:

Para contribuir a la formación de personas autónomas, responsables, respetuosas, gestoras de su

quehacer histórico, cultural y social, capaces de asumir compromisos mediante el desarrollo de

relaciones armónicas interpersonales para una convivencia sana y pacífica.

AXIOLÓGICOS:

Orientación a la formación y valoración de la propia imagen, mediante un proceso fundamental de

afectividad y práctica de los valores de la vida y el amor que permitan la voluntad de convivir y la

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cohesión de grupo en un conjunto de proyectos comunes orientados hacia la integración escuela-

comunidad

FINES

En la direccionalidad de la formación del Normalista Superior son fines de la Escuela NORMAL

SUPERIOR de Pitalito:

La formación inicial de educadores con calidad humana, científica pedagógica y profesional,

para el nivel de preescolar y de educación básica primaria.

El desarrollo de la calidad investigativa en relación con la pedagogía, la ciencia y la cultura.

La formación de maestros que sean capaces de interactuar en los diferentes ambientes

educativos.

La generación de acciones que propicien el desempeño del nuevo docente con calidad y

compromiso social frente a la comunidad educativa.

La contribución a la formación del maestro como intelectual de la pedagogía para que a partir

de ella potencie el desarrollo del conocimiento y la cultura.

El desarrollo de las competencias del educador para ser puestas al servicio de la

construcción de la sociedad civil.

La formación de un maestro con una mentalidad abierta al cambio, las innovaciones

pedagógicas y el mejoramiento de la calidad educativa.

La promoción de intercambio de experiencias pedagógicas, científicas y culturales

proyectadas al desarrollo regional.

OBJETIVOS INSTITUCIONALES

Formar educadores comprometidos con el cambio social, a partir del respeto, práctica y

divulgación de los derechos humanos, del desarrollo de las potencialidades humanas y el uso

adecuado de la ciencia y la tecnología como herramientas útiles al progreso humano.

Generar procesos de fundamentación pedagógicas que cualifiquen la práctica educativa del

nuevo maestro.

Desarrollar el pensamiento lógico-científico para que el normalista interprete y proponga

alternativas de solución a los problemas de la ciencia, tecnología y la cotidianidad.

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Impulsar el desarrollo de la creatividad y la expresión artística en los procesos de enseñanza-

aprendizaje.

Fomentar los procesos de investigación formativa en el desarrollo del currículo.

Concertar, desarrollar y evaluar proyectos de asistencia técnico-pedagógica, acorde con las

necesidades de las comunidades educativas de la región Sur huilense.

Proyectar desde la institución el desarrollo social, educativo, ético y cultural mediante la

relación escuela-comunidad.

PERFIL DEL NORMALISTA EGRESADO.

El maestro egresado de la Normal Superior de Pitalito consolidará su proyecto de vida y acreditará en

su desempeño como profesional de la educación las siguientes características básicas:

Idoneidad en el ejercicio profesional mediante el conocimiento de la pedagogía como ciencia

fundante en la formación del maestro y su relación con las demás disciplinas.

Responsabilidad y compromiso como persona, ciudadano y profesional de la educación.

Liderazgo en los procesos de desarrollo comunitario.

Defensa de los derechos humanos y garantías sociales en el decir y hacer cotidianos.

Disposición al cambio y a la construcción permanente de conocimiento y valores.

Integrar creativamente el conocimiento a la vida como generador de soluciones a los conflictos y

necesidades del entorno.

Vivencia de las competencias ciudadanas relacionadas con: Convivencia pacífica, participación y

responsabilidad democrática, pluralidad, identidad y valoración de las diferencias.

Capacidad para desarrollar su proyecto de vida a partir de su auto reconocimiento y el

reconocimiento del otro y su entorno.

Actitud permanente hacia la investigación como estrategia para el mejoramiento de la calidad

educativa.

Respeto y conservación del medio ambiente.

CAPITULO II. DE LA NATURALEZA JURIDICA

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ARTÍCULO 1º. NATURALEZA JURÍDICA Y LEGAL.

La Institución Educativa Normal Superior de Pitalito creada mediante __________ de 1950 y

aprobado en su plan de estudios por Resolución No. ________ de _________, es un establecimiento

público del orden nacional, de carácter académico, con exclusividad para la Formación de maestros

para los niveles de preescolar y educación básica primaria; y adscrita a la Secretaria de Educación de

Pitalito Huila.

Se inicia con el niño en la Educación Preescolar y Básica primaria, y Educación Media para concluirse

en el Programa de Formación complementario. El protagonista es el alumno como centro del proceso

educativo con quien se desarrolla una formación integral básica que le permite asumir el compromiso

consiente y libre en la construcción de su personalidad para que logre acceder a los otros niveles de

educación, especialmente la modalidad pedagógica de acuerdo a sus intereses, expectativas y

actitudes.

Las normas del presente manual de convivencia escolar se basan en la Constitución de la República

de Colombia, Ley 115 de 1994 Art. 73 y Decreto 1860 Articulo 17, en el Código de Infancia y

Adolescencia, Jurisdicción de Familia, Derechos Universales del Niño promulgados por la

Organización de las Naciones Unidas y en las normas educativas legales vigentes. El presente Manual

de Convivencia contiene los fundamentos principales del Proyecto Educativo.

Este manual de convivencia está enmarcado de igual forma en la Ley 1620 DE 2013 Y EL Decreto

1965 por tanto los estudiantes normalistas son considerados sujetos titulares de derechos, gozarán de

la protección integral, de la responsabilidad parental y de la custodia y cuidado personal. Además es

exigente y garante del ejercicio de las obligaciones de la familia, de la sociedad y el estado en todo lo

inherente a garantizar una educación de calidad.

El presente manual de convivencia es el resultado de un trabajo de reflexión y de consenso que ha

involucrado a todas las instancias de la institución, con base en los lineamientos generales de la Ley

General de Educación, normas vigentes y en particularidades de la comunidad educativa Normalista.

Más que un compendio de normas rígidas e inmutables de comportamiento este Manual es:

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a. Un recurso para promover y mantener en la comunidad educativa normalista una reflexión de ética

permanente y una toma de conciencia de la dimensión pública de las conductas y de cómo ellas

afectan a quienes comparten en la institución.

b. Un compendio de los compromisos generales, que todos los integrantes de la comunidad deben

asumir, para mantener un ambiente educativo adecuado, a la formación autónoma e integral que

busca el Proyecto Educativo Institucional y de los compromisos específicos de cada estamento,

que son una expresión autónoma de los deberes de cada quien, y al mismo tiempo, son garantes

de los derechos de los demás.

c. Una pauta que facilita a los estamentos, la autoevaluación de su conducta y a la institución, adoptar

las medidas pedagógicas y administrativas pertinentes en relación con el cumplimiento de los

compromisos adquiridos.

Las normas del presente manual de convivencia se aplicarán en todos los actos públicos o privados

donde tenga presencia La Normal Superior de Pitalito o cuando se actúe a nombre de ella. Regula el

comportamiento de estudiantes, padres y madres de familia, docentes, directivos docentes y personal

administrativo.

Al momento de la matrícula los padres y/o acudientes y el estudiante aceptan el contenido del manual

de convivencia el cual tiene como objeto asegurar a la comunidad educativa la eficiencia del servicio

educativo, la moral, la responsabilidad, buen comportamiento, y formación de los educandos

matriculados, garantizando los derechos que le corresponden en su condición de estudiantes, porque

regula especialmente los deberes y derechos de la comunidad educativa.

El presente reglamento o manual de convivencia se establece, para dar cumplimiento teniendo como

base legal las leyes y normas nacionales y departamentales vigentes:

a. La Constitución Política De Colombia De 1991.

b. Ley 115 general de educación del 8 de febrero de 1994, Artículo 24 Decreto 1860 de 1994,

Artículo 17 “Todos los Establecimientos educativos deben tener como parte integrante del

proyecto educativo institucional un reglamento o manual de convivencia”.

c. Ley de garantes. De acuerd0 con lo dispuesto en la Ley de Garantes. Bajo el título de “Acción y

omisión”, el Artículo 25 del Código Penal de 2000 —Ley 599—dice “La conducta punible puede

ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado

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Decreto 1965 de 2013

perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo,

quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que

el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya

encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la

Constitución o a la Ley”

d. Ley de infancia y adolescencia (Ley 1098 de Nov. De 2006), haciendo especial énfasis al

cumplimiento de los Artículos 7, 15, 18, 19, 26, 28, 31, 32, 39, 41,42, 43, 44, 45 ya que, buscan

la protección integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, los declara como sujetos de

derechos e individuos de deberes y obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un

individuo y su desarrollo. El Artículo 20 numeral 4 de Ley 1098 de infancia y adolescencia dice:

Derechos de protección. Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra: La

violación, la inducción, el estímulo y el constreñimiento a la prostitución; la explotación sexual,

la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad, integridad y formación

sexual de la persona menor de edad. El Artículo 44 numeral 4 de la Ley 1098, consagra que en la

Institución educativa se debe: Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su

dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar; por esta razón se aclaran

todas las normas y se dan especificaciones claras sobre el correcto uso del uniforme escolar.

e. Ley 1620 y el Decreto 1965: Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y

Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la

Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar .

SENTENCIAS DE LA CORTE

a. “La educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita

cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas,

sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe

respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”. (ST- 02/92).

b. “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga

prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende

en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su

ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o

infringe las normas disciplinarias que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias

propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas

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dentro del régimen interno de la Institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la

falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”. (ST- 519/92).

c. “La función social que cumple la educación hace que dicha garantía se entienda como un

derecho – deber que genera para el educador como para las estudiantes y para sus progenitores un

conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los planteles

educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las

pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso educativo (ST- 527/95).

d. “La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a

ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso; separar

a la persona del establecimiento educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema

educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento

intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada

del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (ST- 316/94).

e. “La exigibilidad de esas reglas mínimas a la estudiante resulta acorde con sus propios derechos y

perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia escolar

que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga

al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede

exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en

vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del

estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina

puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94).

f. “Al momento de matricularse una persona en un centro educativo celebra por ese acto un contrato

de naturaleza civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST-

612/92).

g. “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existen

elementos razonables – incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante –

que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa

determinada”. (ST- 402/92).

h. “La corte constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar

que quien se matricula en un centro educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional

fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal

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Decreto 1965 de 2013

manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”.

(ST- 235/97).

i. “El derecho a la educación implica deberes académicos y disciplinarios a cargo de los estudiantes,

consagrados en el Manual de Convivencia. Así, su quebrantamiento permite al plantel educativo

imponer las sanciones correctivas a las que haya lugar, bajo la observancia y respeto del debido

proceso, la ley y la constitución” (…) “los estudiantes que incumplan las exigencias académicas

y disciplinarias impuestas por el manual de convivencia, no podrán justificar su conducta

invocando la protección de su derecho a la educación”. (ST -625/2013)

FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, ENERO 17-2004:

a) La corte constitucional advirtió que las instituciones educativas no están obligadas a mantener

en sus aulas a las estudiantes que en forma constante y reiterada desconocen las normas del manual

de convivencia. 2. La corte constitucional es enfática en señalar que el deber de las estudiantes

radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar las normas del reglamento o manual de

convivencia y las buenas costumbres. 3. La corte constitucional destacó a la vez, que las

estudiantes tienen la obligación de acatar, mantener y respetar las normas de excelente

presentación personal, puntualidad y asistencia y sobre todo el debido comportamiento y respeto

por sus compañeros y demás miembros de la comunidad educativa. 4. Promoción y el derecho a

la educación. La constitución de 1991 sobre el derecho a la educación, según las sentencias de

la tutela (T) de la corte constitucional dice (Art. 56):

b) No se vulnera el derecho a la educación por pérdida del año escolar (T-092,3-III-94)

c) No se vulnera el derecho a la educación por sanción al bajo rendimiento académico (T- 569,7-XII-

94)

d) No se vulnera el derecho a la educación por sanción a la indisciplina (T-316,12-VII-94).

e) No se vulnera el derecho a la educación por exigir buen rendimiento académico (T-439,12- X-94)

f) No se vulnera el derecho a la educación por el retiro de la Institución del estudiante, debido al bajo

rendimiento académico y debido a la mala disciplina y comportamiento del mismo (T-439,12-X-

94)

g) ¿Quién viola el derecho a la educación?

a) El derecho a la educación lo viola el estudiante que no estudia, que no rinde, que falta mucho

y sobre todo cuyo comportamiento dentro y fuera de la Institución es deficiente.

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h) Doctrina constitucional sobre el derecho a la educación

b) El derecho a la educación no es absoluto. Tiene que darse el derecho - deber, es decir, que

tiene que cumplirse con el manual de convivencia.

c) El derecho-deber exige a todos cumplir estrictamente unos deberes.

d) El derecho-deber exige a las estudiantes un buen rendimiento académico.

e) Todas las estudiantes tienen derecho a la disciplina y al deber.

f) El derecho a la educación permite sancionar a las estudiantes por bajo rendimiento

académico, por indisciplina e incluso se puede dictar resolución de retiro de la Institución,

teniendo en cuenta el debido proceso.

g) El bajo rendimiento académico y la indisciplina vulneran el derecho a la educación de los y

las estudiantes que sí rinden y aprovechan el tiempo en su formación.

Se consolida el presente manual, contando con la asesoría jurídica necesaria, además de su

correspondiente aprobación en consenso general, lo que implica, que este canon de comportamiento

o manual de convivencia, debe ser asumido, respetado y acatado por convicción y de manera

obligatoria para el sano y pleno desarrollo integral de las estudiantes y de la Institución en general.

OTRAS DISPOSICIONES COMO:

Ley 30 de 1986; Decreto 3788 de 1986; Decreto 1108 de 1994; Resolución Nº. 03353 del 2 de julio

de 1993; Artículo 24 de la Ley 115 del 8 de febrero de 1994; Ley 734 de 2002.

CAPÍTULO III. DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE

NORMALISTA

ARTÍCULO 2. MATRÍCULA.

La matrícula es el acto por el cual el aspirante admitido, adquiere la calidad de estudiante normalista

y constituye un contrato entre la Institución Educativa, el padre de familia y/o acudiente. Las partes

se obligan a cumplir y ejercer sus derechos y responsabilidades según el Manual de Convivencia y las

normas educativas vigentes.

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ARTÍCULO 3. REQUISITO PARA OBTENER LA MATRÍCULA.

1. Realizar la correspondiente inscripción para ingresar a la educación pública, si el aspirante procede

de colegio privado, o tramitar la solicitud de traslado en las fechas señaladas por la S.E.M. si se

encuentra registrado en el sistema oficial educativo.

2. Presentar en el tiempo señalado la documentación requerida para obtener la orden de matrícula.

Esta será únicamente expedida por la Secretaría de Educación, el Rector o su Delegado.

3. Presentarse con el padre, madre de familia, o acudiente para legalizar la matrícula en los días

y horas señaladas por la Institución.

4. Cuando los estudiantes presenten bajo rendimiento (5 o más materias perdidas), no se les hará pre

matricula hasta que se haya superado las dificultades.

PARÁGRAFO 1: El incumplimiento a cualquiera de estos requisitos acarrea la pérdida del cupo, en

caso de haberlo obtenido.

PARÁGRAFO 2. La matrícula otorga el cupo en la institución en una de sus tres jornadas (mañana,

tarde o noche), pero la jornada, el grado y el curso serán asignados por las Directivas del Colegio, de

acuerdo con la disponibilidad, conveniencias institucionales y aspectos académicos y/o

convivenciales del educando. La asignación de la jornada no garantiza su permanencia en ella durante

el año escolar, ésta podrá modificarse teniendo en cuenta criterios pedagógicos del Colegio.

ARTÍCULO 4. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE NORMALISTA.

La calidad de estudiante normalista se pierde:

1. Cuando haya culminado satisfactoriamente los estudios correspondientes a Educación Media y/o

Programa de Formación Complementaria.

2. Por retiro voluntario que, con el visto bueno del Coordinador de Convivencia y las firmas

respectivas, hagan el interesado y su acudiente en Secretaría Académica.

3. Cuando no se haga uso del derecho de matrícula o de renovación de ésta, dentro de los plazos

fijados por la Institución y sin causa justificada.

4. Cuando falte a la Institución Educativa, sin causa justificada, por un tiempo mínimo de un (1) mes

calendario.

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5. Cuando se compruebe falsedad en la información o en la documentación presentada para ingresar

a la Institución educativa.

6. Por faltas reiteradas al manual de convivencia y pese a las orientaciones y compromisos, persista

la situación.

7. Cuando el estudiante haya recibido una sanción de 48 horas

ARTÍCULO 5. PÉRDIDA DE CUPO PARA EL AÑO SIGUIENTE.

El cupo para el año siguiente en el Colegio se pierde por:

1. La reincidencia en faltas disciplinarias o el incumplimiento de los compromisos convivenciales

contenidos en este Manual de Convivencia; evidenciado en proceso disciplinarios que han llevado

a sanciones de suspensión de clases desde 24 hasta 72 horas.

2. La doble reprobación del año académico y/o Incumplimiento total o parcial de los compromisos

adquiridos por el estudiante y el acudiente al firmar la matricula en observación.

ARTÍCULO 6. CONDUCTO REGULAR.

Para dar una oportuna y justa solución a los reclamos y/o dificultades, los Estudiantes y padres de

familia o acudientes deberán agotar el diálogo y la concertación de acuerdo con el siguiente conducto

regular:

EN TEMAS DE CONVIVENCIA:

1. El profesor a cargo.

2. El Director de curso.

3. El Coordinador de Convivencia.

4. El Comité de Convivencia de la jornada

EN TEMAS ACADÉMICOS:

1. El profesor de la asignatura

2. El Coordinador Académico

3. El Consejo Académico

PARÁGRAFO 1: El Comité de Convivencia de la Jornada estará integrado por el Rector, el

Coordinador de Convivencia, un representante de los padres de familia, un docente y un representante

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Decreto 1965 de 2013

de los estudiantes. Este Comité tendrá funciones sugerentes y no determinantes orientadas a promover

y defender las actividades necesarias para el mejoramiento de las relaciones entre los integrantes de

la Comunidad normalista y mediar, en lo posible, en la solución de conflictos que pongan en peligro

estas mismas relaciones. Su elección y conformación estará a cargo del Rector quien a su vez la

presidirá (Ley 1620 de 2013). Este comité, cumplirá, además, las funciones señaladas en la

normatividad vigente expedida por el Ministerio de Educación Nacional.

PARÁGRAFO 2: El Observador del estudiante permanecerá en la respectiva Coordinación de

Convivencia, será diligenciado y revisado periódicamente por el Director de Grupo.

ARTÍCULO 7. RESPONSABLES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

La administración de los estudiantes, mientras permanezcan legalmente matriculados en la institución

educativa, estará bajo la responsabilidad de los profesores y los directivos docentes, quiénes en

estrecha colaboración con los padres de familia, administrativos y demás miembros de la comunidad

educativa, velarán por su formación integral y por el cumplimiento de los objetivos institucionales.

CAPITULO IV. DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LOS

EDUCANDOS

ARTICULO 8. FUNDAMENTOS LEGALES

Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las

que les imponen los derechos de los demás y el orden jurídico” (Art. 16 C. N.), es decir, la libertad

personal está condicionada y limitada por las exigencias de la convivencia, exigencias que pueden

sintetizarse en “Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios” (Art. 95, numeral 1, C. N.

Por tanto el ejercicio de la libertad y de los derechos a nivel personal y grupal, excluyen el abuso e

implican claros deberes frente a la convivencia con los demás.

La Comunidad Normalista promueve y garantiza, para todos y todas sus integrantes, el ejercicio pleno

de los derechos humanos, sexuales y reproductivos consagrados en la Constitución Nacional y en los

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acuerdos internacionales. Todos los miembros de la institución “recibirán la misma protección y trato

(…) y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación” (Art.

13 C. N.). En ese sentido, las múltiples diferencias que existen entre nuestros estudiantes, sus familias,

los docentes y el personal administrativo son reconocidas como elementos que enriquecen y realzan

las potencialidades de la comunidad, y este reconocimiento es la base para la construcción de una sana

convivencia dentro y fuera de la institución.

ARTICULO 9. DERECHOS Y DEBERES CONVIVENCIALES

DERECHO DEBER

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Decreto 1965 de 2013

1 Conocer el Manual de Convivencia Escolar al iniciar

el año académico

Apropiar, acatar y cumplir el manual de convivencia,

respetando La Institución, su

nombre y sus símbolos

2 Recibir una educación integral de acuerdo con el

espíritu y los objetivos del proyecto educativo

institucional Normalista (PEI)

Asumir con responsabilidad y cumplimiento, su proceso

formativo, esforzándose en todo momento para obtener

los desempeños establecidos en el PEI.

3 Ser tratado con respeto y sin discriminación alguna

por razones de origen étnico, cultural o lingüístico,

religión, situación socioeconómica, de discapacidad

o desplazamiento forzado, sexo, identidad de

género y orientación sexual (Directiva 001 de 2011,

SED). LEY 1620 DE 2013

Tratar con respeto y sin discriminación alguna, por las

razones ya mencionadas, a todos los miembros de la

comunidad educativa, reconociendo para los demás, los

mismos derechos que se exige para sí mismo

4 Ser atendido en sus sugerencias, iniciativas, reclamos

y solicitudes, cuando estos se hagan a través de los

conductos regulares y dentro de normas de veracidad

y diálogo respetuoso.

Actuar con verdad y sentido ético siguiendo los

procedimientos establecidos en la

institución.

5 Ser escuchado antes de ser sancionado y poder

presentar los descargos correspondientes

Respetar y acatar las decisiones emanadas por la

autoridad competente al finalizar las etapas del debido

proceso

6 Recibir y utilizar en forma adecuada y respetuosa, de

acuerdo con los horarios establecidos, los servicios

de bienestar estudiantil que ofrece el Colegio

Cuidar y conservar en buen estado las instalaciones del

colegio, haciendo un uso adecuado de los servicios de

bienestar estudiantil, cumpliendo en todo momento las

normas básicas de salud, higiene, urbanidad y civismo

7 Recibir los llamados de atención en forma oportuna,

prudente y discreta

Hacer uso de su defensa en forma respetuosa oportuna y

cordial.

8 Conocer las anotaciones y sanciones, que sobre su

comportamiento se hagan en el observador del

estudiante, tanto en los aspectos positivos como

negativos

Firmar en constancia de que conoció la observación

escrita, y si es el caso, en el mismo observador hacer las

aclaraciones o descargos que considere pertinentes

9 Obtener permiso para ausentarse del Colegio, antes

de terminar la jornada, cuando las circunstancias lo

justifiquen y con presencia del acudiente. En todo

caso, el permiso sólo lo concede alguno de los

Directivos del Colegio y siempre con la información

radicada en la Coordinación de Convivencia Social.

Presentar los soportes requeridos por el colegio para

autorizar el permiso, que puede ser concedido por alguno

de los directivos docentes con la presencia del padre de

familia y/o acudiente

10 Supervisar de manera personal o a través de sus

representantes en el gobierno escolar, el

cumplimiento del presente Manual de Convivencia

Colaborar con la Comunidad educativa para que se

cumpla el manual de convivencia, comunicando a quien

corresponda el conocimiento de toda conducta contraria

al manual de convivencia, las buenas costumbres, la

moral social, la buena imagen del colegio y la ética

ciudadana

11 Elegir y ser elegido para conformar los órganos de

gobierno escolar y los diferentes comités que se

organicen.

Ejercer el derecho al voto, en los procesos de elección y

en caso de ser elegido para cualquier representación o

cargo, cumplir los requisitos exigidos y responder

satisfactoriamente con el trabajo asignado

12 Los que le confiere el PEI de acuerdo con sus

principios, objetivos y orientaciones.

Conocer y colaborar en la implementación del PEI

13 Participar por medio de sus representantes, en la

elaboración del manual de convivencia escolar y

en las adiciones y/o modificaciones posteriores

Acatar los procedimientos establecidos para presentar

modificaciones al manual de convivencia

14 Ser respetado por sus maestros, funcionarios del

Colegio y compañeros de tal manera que, dentro

de las pautas señaladas en el PEI y en presente Manual

de Convivencia, pueda cumplir con el normal

Respetar y colaborar con docentes, directivos,

administrativos y demás personas que laboran en la

institución, asumiendo con respeto, seriedad y

cumplimiento sus compromisos académicos y

convivenciales.

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Decreto 1965 de 2013

desarrollo de sus compromisos adquiridos a través

de la matrícula.

ARTICULO 10. DERECHOS Y DEBERES ACADÉMICOS

DERECHO DEBER

1 Conocer, a través de sus directores de grupo y

maestros, el proyecto educativo institucional (PEI)

y participar en el desarrollo del mismo

Apropiar con sentido de pertenencia el proyecto educativo

institucional (PEI) y participar responsablemente en su

desarrollo.

2 Conocer, al iniciar el año lectivo, el plan y desarrollo

de cada asignatura: los contenidos, desempeños de

comprensión, competencias, conocimientos y los

criterios que se aplicarán en la evaluación de su

rendimiento escolar y en general, las actividades que

el profesor implemente para el mejor desempeño

académico de las mismas.

Asumir con responsabilidad y compromiso, el desarrollo

de cada asignatura, participar en las actividades que se

programen y trabajar con esmero para alcanzar con

satisfacción los logros propuestos.

3 Recibir las clases completas y en forma puntual, de

acuerdo con el horario establecido.

Asistir puntual y regularmente a clase y presentar las

excusas respectivas cuando por razones de fuerza mayor

falte a la misma; siguiendo los procedimientos

establecidos y dentro de los plazos estipulados

4 Solicitar y recibir durante el desarrollo de las clases,

orientación y explicación en los temas en donde

tenga dificultades

Atender con disciplina y disposición las explicaciones del

profesor durante el desarrollo de las clases.

5 Controvertir, debatir y expresar sus opiniones, dentro

del debido respeto a la convivencia y la opinión

ajena.

Respetar con tolerancia las opiniones ajenas y/o diferentes

a las personales

6 Ser evaluado continua y permanentemente, en sus

avances y logros personales con justicia y objetividad,

teniendo como referencia el sistema de evaluación

normalista.

Colaborar y participar responsablemente en su proceso

evaluativo, preparando las actividades de cada clase.

7 Conocer, en forma oportuna y permanente, los

resultados de las evaluaciones del proceso educativo

Revisar los resultados de sus evaluaciones y hacer en

forma respetuosa y oportuna los reclamos que considere

pertinente.

8 Ser informado en cada período y por el respectivo

profesor de la asignatura, sobre los conceptos

valorativos antes de ser registrados en las planillas

definitivas.

Informarse sobre los resultados finales del proceso

valorativo en cada asignatura, hacer en forma respetuosa y

oportuna los reclamos que considere pertinente y reclamar

con su acudiente el boletín de calificaciones.

9 Desarrollar actividades de refuerzo y superación,

según lo establecido por la institución.

Acatar y cumplir las recomendaciones sugeridas en el

boletín para los procesos de recuperación y entregar los

trabajos en las fechas establecidas

10 Recibir una formación y preparación académica, que

corresponda al plan de estudios y al grado que cursa.

Tomar interés en nivelar los vacíos conceptuales que

identifique, cuando por efectos de la promoción, el

estudiante avanza al grado siguiente, sin satisfacer todos

los prerrequisitos académicos necesarios para el grado en

que se encuentre.

11 Participar en el mejoramiento del proceso educativo

y en las actividades culturales, sociales, religiosas,

deportivas y democráticas programadas por la

Institución.

Asistir y participar en todas las actividades programadas

por el colegio, como miembro de la comunidad educativa.

12 Acordar oportunamente con el profesor de cada

asignatura, las fechas para la presentación de

evaluaciones de cada período académico, como

también la presentación de las mismas o de trabajos

Presentar a los profesores respectivos, la excusa sobre

inasistencias emitida por coordinación, para programar las

evaluaciones y trabajos que debe presentar y cumplir con

las fechas acordadas.

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dejados de presentar por causa justificada de

inasistencia, previo visto bueno del Coordinador de

Convivencia.

ARTICULO 11. NORMAS BÁSICAS DE CONVIVENCIA

1. Respetar a los monitores de curso, a sus representantes en el Gobierno escolar y a los estudiantes

que prestan Servicio Social, acatando sus orientaciones y colaborando para que ellos cumplan con

sus funciones.

2. Recibir y entregar al acudiente las citaciones, circulares y orientaciones dadas por las Directivas

del colegio y cumplirlas.

3. Entregar en perfecto orden y aseo el salón de clase de cada curso para el uso de los estudiantes de

la siguiente hora o jornada

4. Cuidar sus respectivas pertenencias y abstenerse de portar joyas, objetos de valor, o dinero no

necesario, puesto que la Normal, en ningún caso, se responsabiliza de su extravío, hurto, pérdida,

pago o restitución.

5. Respetar las áreas restringidas, que se han delimitado para su mejor uso y funcionamiento.

6. Practicar en las horas de descanso deportes y juegos que no impliquen riesgos de accidentes o

peligros para la integridad física personal y económica de sus compañeros.

7. Desalojar al final de la jornada todas las dependencias del Colegio para no interferir en las

actividades de la jornada siguiente.

8. Entregar en la Coordinación de Convivencia, en forma inmediata, los objetos encontrados en

cualquiera de las dependencias o espacios del Colegio.

9. Portar permanentemente el carné estudiantil que lo identifica como estudiante del Colegio y

presentarlo cuando le sea requerido, lo mismo que el carné de seguro de accidentes; en caso de

pérdida debe reportar a la Coordinación de Convivencia y solicitar la reposición del documento,

previa cancelación del valor en la cuenta oficial del Colegio.

10. Solicitar, en lo posible, las citas médicas, odontológicas u otras, en horas que no interfieran con la

jornada escolar; el estudiante que solicite esta clase de permisos se hace responsable de temas,

prácticas y evaluaciones realizadas durante su ausencia.

11. Permanecer en el Colegio durante toda la jornada, cumpliendo con las actividades académicas en

las aulas o en los espacios correspondientes, presentando un comportamiento correcto y

respetuoso, particularmente cuando el respectivo profesor esté ausente.

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Decreto 1965 de 2013

12. Proveerse oportunamente de los implementos necesarios para el desarrollo adecuado de las

actividades académicas, técnicas, culturales, estéticas y deportivas

13. Llegar puntualmente a todas las actividades programadas y en especial a la hora de iniciar la

jornada escolar.

14. Presentarse diariamente con el uniforme correspondiente, con uso adecuado, acatando las normas

de presentación personal establecidas por la Normal y sin usar prendas y/o elementos distintos a

los que conforman el uniforme colegial. El uniforme de educación física solo se vestirá el día que

corresponda según horario de clase o cuando su uso sea solicitado.

15. Participar activamente en las clases absteniéndose de emplear objetos ajenos a su actividad

escolar, que interfieran su atención y concentración.

16. En caso de inasistencias, debe justificarlas en un plazo máximo de tres (3) días hábiles a partir

del día de reingreso y mediante la presentación personal del padre y/o acudiente a la Coordinación

de Convivencia, en el horario establecido para tal fin.

17. Acudir oportunamente a las evaluaciones con la preparación requerida y entregar los trabajos y

tareas en las fechas previstas, en forma decorosa y ordenada, al igual que los informes de

laboratorio y cuadernos de resúmenes de las diferentes asignaturas.

18. Avisar al respectivo profesor sobre cualquier irregularidad o inconsistencia detectada en sus

evaluaciones antes de que se entreguen los reportes a la Coordinación Académica. Si en los

boletines de cada período encuentra inconsistencias las debe reportar al Director de grupo para

que sean presentadas a la Coordinación Académica en los cinco días hábiles después de recibir el

boletín.

19. Promover y participar en la organización y realización de actividades que fomenten la búsqueda

de nuevos conocimientos: feria de la ciencia, campañas ecológicas, foros, periódicos, intercambios

culturales, deportivos y artísticos, etc.

PARÁGRAFO 1. Cuando el estudiante decida retirarse definitivamente del Colegio, el padre de

familia y/o acudiente, deberá presentarse a la Coordinación de Convivencia en donde se le entregará

la autorización para que la Secretaría Académica proceda a la cancelación de la matrícula, previa la

presentación de los paz y salvos por todo concepto: biblioteca, laboratorios.

PARÁGRAFO 2. En caso de actividades fuera de la institución, las normas del Presente Manual se

aplicarán con especial exigencia y rigor.

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Decreto 1965 de 2013

ARTICULO 12. UNIFORMES

Velando por la integridad física, moral, psicológica, la dignidad de los estudiantes y la estética en

comunidad, se define para el presente manual , que el uso del uniforme de la Institución de ninguna

manera estará ligado a modas, tribus urbanas o subculturas, considerando estos como conceptos

pasajeros, que agreden en algunos casos, la integridad, la dignidad y el buen nombre de los estudiantes

y propician resultados nocivos para los mismos, como faltas de respeto, agresiones físicas , verbales

o de cualquier otra índole, de cualquier modo, dando cumplimiento a la Ley 1098 de infancia y

adolescencia y en consenso con el consejo directivo de la institución, se establece el uso apropiado,

adecuado y digno del uniforme de identificación en la institución educativa Normal Superior de

Pitalito para los niños, las niñas, los y las adolescentes.

LAS ESTUDIANTES:

DIARIO:

Blusa: Color blanca, cuello camisero, en la parte delantera con 4 alforzas inclinadas hacia el frente;

manga corta, doblada en 3 cm de ancho con embono de la tela de la jardinera cortada en sesgo, botones

color rojo.

Jardinera: Jardinera talle largo en tela a cuadros colores gris y rojo, escote en “V” a la altura del

busto, corte en escote sobrepuesto en sesgo de 2.5 cm con embono rojo; pretina cortada al sesgo con

embono rojo de 5 cm de ancho; prenses de la falda profundo de 5 cm cada uno; cierre al lado izquierdo

de la jardinera. En la parte de atrás dos pinzas entallando la silueta. Para portar a una altura hasta

donde inicia la rodilla.

Zapatos: negros tipo colegial

Gala:

Camisa manga ¾ con dobladillo de color gris ratón en la misma tela del pantalón de los hombres. En

el cuello a manera de corbatín una cinta de color rojo; Boina de color rojo.

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Decreto 1965 de 2013

LOS ESTUDIANTES.

DIARIO:

Camisa: color blanco, manga corta con vivos de color gris ratón de 3 cm; pechera y cuello de 3 cm,

con vivos de color ratón; bolsillo con escudo bordado al lado izquierdo; botones trasparentes; para

portar por dentro del pantalón.

Pantalón: clásico de color gris ratón con dos prenses de 1.5 cm de profundidad a una distancia de 3

cm uno del otro, con cinco pasadores, tres atrás, dos adelante, (bien distribuidos) bolsillos laterales

con corte horizontal, con ribete delantero; bolsillo traseros con doble ribete. Manga recta no entubada.

Zapatos: negros de amarrar tipo colegial.

NOTA: Corte y arreglo del cabello clásico, no se aceptan con cabello ni peinados de moda engomados

mientras se esté portando algún uniforme institucional.

Gala: Camisa manga larga con puños de la misma tela del pantalón y corbata gris ratón.

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA. (HOMBRES y MUJERES)

Camiseta: Blanca, manga corta, cuello en “V” cruzado, con metido rojo de 3 cm y embono verde; en

la parte delantera metido rojo y verde seguido de 3 cm; cada uno entre a mitad de la manga y el cuello;

en el costado izquierdo, parte final hace contraste con el mismo metido, que continúa en la parte

trasera. Escudo al lado izquierdo sublimado.

Pantalón de Sudadera: Blanca con bolsillo horizontales con ribete doble; con metido en diagonal en

la parte superior a continuación del bolsillo de color rojo y verde de 3 cm cada uno seguidos. Al lado

derecho del pantalón con el nombre de la Normal y símbolo.

Pantaloneta: color blanco, con embono lateral rojo al lado derecho y verde al lado izquierdo con

metido cruzado en diagonal de color verde y rojo de 3 cm, cada uno seguidos.

• Medias blancas deportivas.

• Tenis totalmente blanco.

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NOTA 1: El uniforme debe portarse en buen estado los días que correspondan según horario de clases,

o cuando se programa una actividad que lo amerite.

NOTA 2: Solamente durante los partidos del campeonato, los equipos podrán utilizar camisetas

diferentes a la del uniforme y deben cambiarla una vez se terminan los encuentros deportivos.

UNIFORMES DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA

DIARIO:

EDUCACIÓN FÍSICA:

NOTA 4: Los y las estudiantes que usen pearcings o cualquier accesorio similar, lo utilizarán fuera

del horario educativo y fuera de las instalaciones de la Institución educativa, con el respectivo permiso

y bajo responsabilidad enteramente de sus padres o tutores. Jamás usará estos accesorios combinados

con el uniforme de la Institución, por considerar que no hacen parte del uniforme escolar. Reiteramos,

esto no pretende afectar su libre desarrollo de la personalidad, pues las estudiantes, pueden asumir

estos vestuarios y estética de manera autónoma y propia, siempre y cuando no sea dentro de la jornada

educativa, ni usando el uniforme de la Institución, sino en su cotidiano vivir, con su vestuario diario

o particular, amparados y autorizados por sus padres y/o acudientes, para que estas actitudes estéticas

no sean íconos de imitación propios de los estudiantes de grados inferiores que son la primera infancia,

y no comprenden en su totalidad el uso de esta estética o accesorios a cabalidad, causando un efecto

de coerción, inducción y manipulación en los niños y niñas más pequeños.

Al interpretar el Artículo 16 de la Constitución que consagra el derecho al libre desarrollo de la

personalidad, la corte constitucional y la doctrina han entendido que: “ese derecho consagra una

protección general de la capacidad que la constitución reconoce a las personas para auto determinarse,

esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten

derechos de terceros”. (SC-481/98).

“Se debe tener armonía en la presentación personal manifestando el sentido de estética, delicadeza,

sencillez y pulcritud”. Se debe solicitar autorización a coordinación de convivencia para salir sin

uniforme y sólo en casos especiales.

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Dando cumplimiento real emanado, de la corte constitucional cuando vincula el Manual de

Convivencia como la “carta de navegación” donde se vierten las normas a seguir y acatar dentro de la

convivencia escolar.

Nota: El fundamento y soporte legal y jurídico del presente manual o reglamento de convivencia,

serán los anteriores conceptos jurídicos y los demás que exija la Ley. Igualmente, la filosofía de la

Institución educativa. Así mismo, declarando y respetando las normas, derechos y promoviendo los

deberes de las estudiantes de los padres de familia, de los docentes y directivas, así como regulando y

estableciendo las sanciones, prohibiciones y estímulos correspondientes.

CAPITULO V. DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS

ARTÍCULO 13.

Se consideran faltas de los estudiantes las violaciones, totales o parciales y por acción u omisión, a

las prohibiciones o el incumplimiento, total o parcial y por acción u omisión, de los deberes u

obligaciones señalados en este Manual de Convivencia.

RUTA DE ATENCIÓN

Actualización según Ley 1620 de 2013: Se recibe la información de una situación que afecta la

convivencia o la disciplina entre la comunidad educativa, dicha información puede llegar por parte

del rector, estudiantes, docentes, coordinadores, administrativos, padres de familia o personas que

laboran dentro de la institución.

Recepción y clasificación de la información: Pueden ser docentes, docente orientador,

coordinadores, rector, reciben la información e identifican a que tipo pertenece y quien debe activar

el protocolo. De acuerdo a los involucrados en el conflicto, se hará cargo:

CONFLICTO ENTRE: QUIEN ACTIVA EL PROTOCOLO

Estudiante Estudiante Situación tipo I: El docente a cargo de los estudiantes en

ese momento, si la situación se presenta en horas de

descanso, lo resolverá el docente que esté a cargo de la

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Decreto 1965 de 2013

disciplina, el coordinador o quien conozca la situación, si

está el director de curso disponible en ese momento es

viable remitirlo a él, por tener más conocimiento de los

estudiantes.

Situación tipo II: Se remitirán de manera inmediata al

coordinador de disciplina, quien activará el protocolo.

Situación tipo III: Se remite al coordinador de disciplina,

quien de manera inmediata activa los protocolos de las

instituciones del sistema (policía de infancia, ESE Manuel

Castro, ICBF).

Estudiante Docente Situación tipo I, II, III: Se remite de forma inmediata al

coordinador de convivencia

Docente Docente Situación tipo I, II, III: Se remite de forma inmediata al

coordinador de disciplina.

Administrativo Docente Situación tipo I, II, III: Se remite de forma inmediata al

coordinador de disciplina.

Padre de

familia

Docente Situación tipo I, II, III: Se remite de forma inmediata al

coordinador de disciplina.

Docente Coordinador Situación tipo I, II, III: Se remite a rectoría

Administrativo Coordinador Situación tipo I, II, III: Se remite a rectoría

Estudiante Coordinador Situación tipo I, II, III: Se remite a rectoría

Padre de

familia

Coordinador Situación tipo I, II, III: Se remite a rectoría

Miembros de

la comunidad

educativa

Personas

que laboran

en la

Institución

Situación tipo I, II, III: Se remite a rectoría o

coordinación de disciplina.

Miembros de

la comunidad

educativa

Rector

Situación tipo II, III: Quien conozca la situación, la

remite a secretaría de educación.

PROTOCOLOS Y PUESTA EN ACCIÓN DE LA RUTA DE ATENCIÓN

Son principios orientadores de los protocolos que se inician con el fin de solucionar un conflicto y del

proceso disciplinario en general:

1. Función de los protocolos y el proceso disciplinario: Su función es pedagógica, formativa y

creadora de parámetros de comportamiento deseables en la convivencia institucional y en la

sociedad.

2. Reconocimiento de la dignidad humana: Todo estudiante, tiene derecho a ser tratado con el

debido respeto a su dignidad como ser humano.

3. Buena fe: Siempre debe presumirse la buena fe en el comportamiento del estudiante que ha

cometido una falta.

4. Debido proceso: Al estudiante le serán aplicadas las normas atinentes al caso atribuido, ante quien

sea competente según lo previamente establecido, observando las formas propias de la

Constitución, la Ley y el presente manual.

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5. Igualdad: Todos los alumnos recibirán la misma protección y trato por parte de la Institución y

tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por su edad,

raza, origen nacional o familiar, lengua, credo, opinión política o filosófica, género u orientación

sexual.

6. Derecho a la defensa: El alumno o miembro que sea sujeto de una investigación tiene derecho a

conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen las pruebas

que solicite, a ser oído en su versión libre y espontánea, y a rendir sus descargos, para lo cual

puede estar acompañado de sus padres o acudientes, y a interponer el recurso de reposición sobre

la decisión tomada.

7. Proporcionalidad: La sanción disciplinaria o medida pedagógica debe corresponder al grado de

valoración de la falta cometida, según sea ésta tipo I, tipo II, o tipo III.

8. Potestad disciplinaria: De conformidad con el literal “g” del Decreto 1861 de 1994, la función

disciplinaria en los establecimientos educativos corresponde al Rector o a quien éste la delegue.

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN

PROTOCOLOS PARA LAS SITUACIONES TIPO I:

1. Escuchar a las partes involucradas y mediar entre ellas; cuando la situación solo involucre a una

persona, igualmente se escuchará y se aplicará las medidas pedagógicas.

2. Explicar las consecuencias de la situación a los involucrados y establecer acciones pedagógicas

para la resignificación de la acción conflictiva, reparación del daño y fijar compromisos para evitar

que vuelva a suceder, cuando las acciones involucran daños a elementos, es necesario fijar fecha

para la devolución del elemento.

3. Documentar el caso en el formato establecido e informar a los coordinadores de convivencia, fijar

fecha de seguimiento; es necesario registrarlo en el observador del estudiante.

4. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o

si se requiere acudir al protocolo II.

5. Reportar semanalmente a quien delegue el rector para llevar el sistema de información unificado

de la Institución.

SITUACIONES TIPO I:

Agresión verbal entre una o más personas.

Agresión física que no genere ruptura de piel, huesos o cause una situación incapacitante. Por ejemplo palmadas, empujones, halar el cabello, patadas, golpes con algún objeto que no cause

daños incapacitantes como, cuadernos, balonazos…cortar el cabello a un compañero o

compañero

Pegar chicles en el cabello de los compañeros, sillas o uniformes

Esconder las prendas de los compañeros, como chaquetas, sudaderas o mancharlos con tinta.

Daño o hurto de los elementos escolares, como cuadernos, lápices, lapiceros, colores, borradores, bolsos, loncheras…

Daño a las instalaciones de la Institución como rallar paredes, dañar el jardín, quebrar vidrios,

dañar cortinas, quebrar espejos, dañar candados u otros elementos útiles a la labor formativa.

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Daño o hurto a elementos de la sala de informática, laboratorio, biblioteca, cafetería, oratorio

u otro sitio que haga parte de la institución educativa.

Internarse en el bosque o quedarse fuera del salón durante las horas de clase

Llegar tarde a clase

Afectar el desarrollo de las clases con el uso de aparatos electrónicos, música u otros elementos que generen ruido o distracción en el grupo.

Portar el uniforme de manera inadecuada, uso de accesorios prohibidos en el presente manual,

exceso de maquillaje.

Comportamientos sexuales obscenos que vayan en contra de la dignidad de los compañeros y compañeras como: exhibición de sus genitales, tocamiento en público, uso de un lenguaje soez,

gestos obscenos referentes a sus partes íntimas u acto sexual, tocar de manera abusiva las

partes íntimas de los demás u observar mientras se cambia o está en el baño.

Otras que se enmarquen en la definición de las situaciones tipo I adoptadas por el presente manual de convivencia. Todos aquellos conflictos manejados inadecuadamente y situaciones

esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y no generan daños al cuerpo o a

la salud física o mental.

ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA LOS CASOS TIPO I

Ofrecer disculpas

Devolver elementos dañados o hurtados

Limpiar elementos, uniformes o paredes

Elaborar un trabajo académico sobre el tema

Firmar un compromiso de no repetición de la acción objeto de la acción pedagógica.

Acompañamiento a las personas involucradas para que puedan superar las dificultades.

Otras acciones restaurativas que los miembros del comité de convivencia consideren.

PROTOCOLOS PARA LAS SITUACIONES TIPO II:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y

mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, Salud, ICBF,

Policía de infancia entre otros.

2. Informar de manera inmediata a los padres y madres o acudientes de todos los estudiantes

involucrados.

3. Escuchar a las personas involucradas y recopilar la mayor cantidad de evidencias sobre la

situación, las cuales pueden ser fotos, videos, objetos, escritos, correos electrónicos o

testimonios.

4. Se fijan las acciones de reparación, reconciliación, restablecimiento y sanciones de acuerdo a

la situación, se hacen compromisos y se fija fecha de cumplimiento de la sanción y fechas de

seguimiento

5. Se plantean estrategias de prevención y promoción, especificando que acciones, cuando y

quien, las desarrollará.

6. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en

su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

7. Se documenta todo el proceso en el formato diseñado para tal fin y se consigna en el

observador del estudiante.

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8. Se reporta al sistema de información unificado.

SITUACIONES TIPO II

Consumo de sustancias psicoactivas como, alcohol, bóxer, marihuana, entre otras sustancias, dentro de las instalaciones de la institución

Cortarse los brazos e incitar a que otras personas lo hagan

Reincidencia en cualquiera de las situaciones tipo I

Agresiones físicas que incluyan daños al cuerpo

Agresiones verbales repetitivas hacia un compañero o compañera

Agresiones físicas reincidentes a un compañero o compañera

Ciberacoso: publicación de comentarios repetitivos que atenten contra la dignidad o el

buen nombre de los compañeros y compañeras

Realizar actos sexuales dentro de la institución

Presentar excusas falsas para evadir clases o falsificar cualquier documento que la institución utilice para su proceso formativo.

Plagio de trabajos, copia en los exámenes

Alteración de planillas de notas a espaldas de los docentes

Otras que la institución tipifique en este grupo de faltas y que causen daños al cuerpo o a la salud física o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

ACCIONES RESTAURATIVAS, DE RESTABLECIMIENTO Y SANCIONATORIAS PARA

LOS CASOS TIPO II

Suspensión por 1, 2 y 3 días

Ofrecer disculpas

Reparación de elementos, instalaciones o prendas averiadas o manchadas

Devolución de elementos

Realización de campañas pedagógicas para prevenir estas situaciones.

Acompañamiento a las personas involucradas para que superen dicha situación

Otras que el comité de convivencia considere necesarias y pertinentes.

PROTOCOLOS PARA LAS SITUACIONES DE TIPO III:

1. Remitir de manera inmediata a los involucrados, a las instituciones encargadas de brindar atención

en salud física y mental.

2. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más rápido,

pondrá la situación en conocimiento de la Policía de Infancia y Adolescencia, el ICBF o la Fiscalía

de Infancia y Adolescencia.

3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes

involucrados.

4. Se cita al comité de convivencia dentro de los 3 días siguientes y se pone en conocimiento la

situación, acatando las normas referentes al derecho a la intimidad.

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5. El comité escolar inmediatamente decidirá y programará las medidas a tomar para la atención de

las personas involucradas dentro de la institución, así mismo las estrategias de promoción,

prevención y seguimiento.

6. Se documenta el caso de manera amplia y se reporta a las personas encargadas de llevar el sistema

de información unificado.

7. El seguimiento a los casos tipo III, lo hará el comité de convivencia y las autoridades o

instituciones a quien fue remitido, dejando constancia en los documentos que se han diseñado para

tal fin.

SITUACIONES TIPO III

Forzar a una persona a tener actos sexuales

Traer un arma y esgrimirla contra un miembro de la comunidad educativa.

Causar lesiones como: Fracturas, rompimiento de piel, perdida de dientes y otras que afecten

la salud y la integridad física, emocional y moral.

Comercializar drogas alucinógenas, armas, alcohol u otras sustancias ilegales.

Publicar en redes sociales fotografías intimas de algún miembro de la comunidad educativa

Todas aquellas situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.

ACCIONES RESTAURATIVAS, DE RESTABLECIMIENTO Y SANCIONATORIAS PARA

LOS CASOS TIPO III

Denuncia ante las autoridades pertinentes

Suspensión por 1, 2 y 3 días

Cancelación de matricula

Ofrecer disculpas

Reparación de elementos, instalaciones o prendas averiadas o manchadas

Devolución de elementos

Realización de campañas pedagógicas para prevenir estas situaciones.

Acompañamiento a las personas involucradas para que superen dicha situación

Otras que el comité de convivencia considere necesarias y pertinentes.

ATENUANTES:

1. Reconocimiento oportuno y voluntario de la falta.

2. Reparación Integral del daño.

3. Cumplimiento de los compromisos adquiridos. 4. Haber sido inducido por un superior, a cometer la falta.

5. Acciones tendientes a defender sus derechos.

6. Haber actuado por motivos nobles y altruistas.

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CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN:

1. Faltar a la verdad.

2. Ser objeto de llamado de atención y sanciones reiterativamente

3. Las circunstancias y efectos negativos en el aula y en la comunidad.

4. Haber actuado por motivos de los cuales ya estaba informado o avisado.

5. Cometer la falta con premeditación, alevosía y ventaja.

6. Actuar con complicidad de alguien.

7. Cometer la falta en provecho propio o de un tercero.

8. El abuso de confianza hacia profesores y/o compañeros.

CAPITULO VI. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

NORMALISTA

ARTÍCULO 14. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

De conformidad con la Ley 1620, Capítulo II, Art 12, se creó el Comité Escolar de Convivencia de la

institución educativa normal de Pitalito, mediante resolución N° 159 del 13 de agosto de 2014 y estará

conformado por:

El Rector del establecimiento educativo, quién preside el comité.

El Personero Estudiantil.

El Docente con función de Orientación

El Coordinador

El Presidente del Consejo de Padres de Familia.

El Presidente del Consejo de Estudiantes

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad

educativa, conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

ARTÍCULO 15. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

a. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre los miembros de

la comunidad educativa.

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b. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción

de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y

mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

c. Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y actividades de

convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las

necesidades de su comunidad educativa.

d. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten

la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o

de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los

miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de

familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

e. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la

Ley 1965, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de

alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no

pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia,

porque trasciendan del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta

punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte

de la estructura del Sistema y de la Ruta.

f. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia

escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

g. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de

Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del

Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación

para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones

que haya conocido el comité.

h. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo

pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su

pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la

construcción de la ciudadanía.

i. Proponer y llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.

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Decreto 1965 de 2013

j. facilitar espacios de conciliación cuando alguno de los actores de la Comunidad Educativa lo

solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el Comité

designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente.

k. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes, y los que

surjan entre estos últimos.

l. Llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento de las disposiciones y rutas de atención integral

establecidas en el Manual de Convivencia. m. Reunirse de manera periódica de acuerdo al

cronograma establecido por la institución educativa.

ARTÍCULO 16. RUTAS DE ATENCIÓN INTEGRAL

El Manual de Convivencia Normalista establece en cada uno de los procesos disciplinarios y/o

académicos u de otra índole la Ruta de Atención pertinente, respetando siempre los conductos

regulares, el Debido Proceso y lo establecido por la Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965; para tal fin,

además como apoyo a estas rutas el Departamento de Orientación Escolar propone para cada

problemática una Ruta de Atención Integral que parte desde los estamentos Institucionales e involucra

Estamentos Municipales, Estatales de apoyo, prevención, promoción y tratamiento a las diversas

situaciones de nuestros educandos.

En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención

Integral para la Convivencia Escolar, se garantizará la aplicación de los principios de protección

integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los

adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos: la

perspectiva de género, los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos y

los derechos sexuales y reproductivos, como se definen en los artículos 7o al 13 de la Ley 1098 de

2006. Así mismo, se garantizará, el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las

situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los

tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

Aplicación de la ruta de Atención Integral.

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ARTÍCULO 17. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL (RAI)

1. Componente de promoción: La Institución Educativa por medio de su filosofía, del horizonte

institucional y de los proyectos trasversales, Brindara un ambiente que favorezca la convivencia

escolar sana y digna de la comunidad Educativa, donde prevalezca, el respeto a los derechos

humanos sexuales y reproductivos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación

de la Violencia Escolar, se adelantarán gestiones en este aspecto por parte del Comité escolar de

Convivencia. Aplicación Artículo 36 N° 3 Decreto 1965

Identificar situación de

riesgo

Comunicar al comité

Comunicar a los

implicados

Comunicar a los padres

Alternativas de solución

Reportar el caso a otra institución

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2. Componente de prevención: De acuerdo a la identificación de riesgos de ocurrencia de las

situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos,

sexuales y reproductivos, se implementará un plan de Acción para desarrollarse dentro de las

actividades pedagógicas y formativas de la Institución con el fin de disminuir estas situaciones y

mejorar el clima escolar. Artículo 37 N° Decreto 1965.

3. Componente de Atención: El Colegio brindará la atención y asistencia oportuna a los miembros

de la Comunidad Educativa frente a situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio

de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Se crean los protocolos de acuerdo a la

clasificación de las situaciones Artículo 40 Decreto 1965.

4. Componente de Seguimiento: La institución educativa centrará el seguimiento en el registro y

seguimiento de las situaciones tipo I, II y III, de que trata el artículo 40 del presente decreto a

través del sistema de información unificado de convivencia escolar.

ARTÍCULO 18. TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES

1. Situaciones Tipo l: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y

aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún

caso generan daños al cuerpo o a la salud.

2. Situaciones Tipo II: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar

(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un

delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de

manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad

alguna para cualquiera de los involucrados.

3. Situaciones Tipo III: Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean

constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el

Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito

establecido en la Ley Penal Colombiana.

ARTÍCULO 19. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS.

Para efectos de uniformidad de criterios el decreto 1965 de 2013 establece que se entiende por:

1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida

entre una o varias personas frente a sus intereses.

2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son

resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como

altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los

cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa

que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por

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lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y

electrónica.

4. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de

otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos,

jalón de pelo, entre otras;

5. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar,

descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas;

6. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o

descalificar a otros;

7. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros

tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando

afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

8. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios

electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar

comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos

electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando

se revela la identidad de quien los envía.

9. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2o de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta

negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación,

ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia

o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño,

niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una

relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo

determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de

estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

10. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2o de la Ley 1620 de 2013, es

toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes

sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y

continuado.

11. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2o de la Ley 1146 de 2007, “se

entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de

tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de

coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de

desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.

12. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda situación de daño,

lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

13. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es el conjunto de

actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su

dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de

los derechos que le han sido vulnerados.

ARTÍCULO 20. CRITERIOS SOBRE LOS PROTOCOLOS (Decreto1965, Artículo 41).

1. Recepción de la situación (queja-información):

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cualquier Miembro de la Comunidad Educativa o cualquier persona que conozca de

situaciones que afecten la convivencia escolar puede informar: a los docentes, directores de

curso, coordinadores, orientador escolar, rector; en todo caso se debe dejar por escrito.

2. Mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confiabilidad:

Se lleva un archivo con los documentos en medio físico y/o electrónico de acuerdo a los casos,

situaciones, informaciones, que se presenten o denuncien en Coordinación de Convivencia.

Las personas encargadas de la recepción y seguimiento de las situaciones deberán garantizar

la ética, el respeto y la prudencia ante las situaciones presentadas, al igual que las personas

involucradas. De acuerdo al Decreto 1965, Artículo 41, numeral 2.

3. Mecanismos para proteger a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten

la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de

posibles acciones en su contra:

Garantizar que la Institución se encargará del proceso, por tanto las partes afectadas o

denunciantes no deben obrar por su cuenta.

Acompañamiento dentro de la Institución a la estudiante implicada por parte de maestros,

orientador escolar y directivas. Atención inmediata ante cualquier situación que se presente

fruto de la denuncia o información.

Acuerdos sobre acompañamiento por parte de los padres de familia.

4. Estrategias y alternativa de solución:

Se procederá de acuerdo a la clasificación de situaciones

Desarrollo de actividades relacionadas con el fortalecimiento y vivencia de valores- Educación

para la paz, Competencias ciudadanas,

Asumir la responsabilidad del hecho y acciones realizadas.

Reparación de los daños causados.

Las impuestas por el Comité Escolar de Convivencia.

Las acordadas con las familias implicadas.

5. Consecuencias aplicables

Aplicación de correctivos según Tipo de situación y el debido proceso disciplinario estipulado en

el Manual de Convivencia.

6. Seguimiento a los casos y a las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue

efectiva:

De acuerdo a cada caso se determina el tiempo necesario para el seguimiento y verificación de la

solución, debe quedar por escrito, en el formato implementado para llevar cada caso.

7. Creación de un directorio con los números telefónicos actualizados de las siguientes

entidades y personas:

Policía Nacional

Secretaría de Gobierno municipal

Fiscalía General de la Nación Unidad de infancia y adolescencia

Policía de infancia y adolescencia.

Defensoría de Familia

Comisaría de Familia

Inspector de Policía

ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

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Decreto 1965 de 2013

Centro de salud u Hospital más cercano.

Bomberos

Cruz Roja.

Defensa Civil.

Medicina Legal.

Demás entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

Padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en el

establecimiento educativo.

PARÁGRAFO: La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten

de estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad

educativa hacia estudiantes. Decreto 1965- de 2013.

CAPITULO VII. FELICITACIONES, SUGERENCIAS, QUEJAS O

RECLAMOS

ARTICULO 21.

Es una herramienta para el control y mejoramiento continuo; por lo tanto la Institución brinda este

espacio para que los padres de familia y las estudiantes coadyuven en el fortalecimiento de nuestros

objetivos institucionales de formación integral.

1. A quién dirigirse: A docentes, directores de curso, coordinadores, Rector.

2. Cómo es el trámite:

De forma verbal o escrita.

Aclarar si es Felicitación, sugerencia queja o reclamo.

Establecer si se refiere a una situación académica, formativa, de convivencia u otra que

afecte el proceso formativo del estudiante o las relaciones del resto de la comunidad

educativa.

Descripción de la situación presentada.

Nombre de la persona que sustenta dicha situación con datos de ubicación para dar

respuesta.

Para el caso de las denuncias o quejas anónimas la norma manifiesta que: “Aunque el

criterio imperante es la improcedencia de la acción disciplinaria por queja anónima, su

excepción procede cuando existan medios probatorios suficientes que permitan adelantar

la actuación de oficio, los hechos denunciados sean concretos y los implicados sean

identificables, tal y como se consagra finalmente en el artículo 81 de la Ley 962 de 2005”

(…) “Resulta necesario valorar las manifestaciones que contiene la queja, en principio,

para establecer si aquella se refiere a hechos disciplinariamente relevantes, de posible

ocurrencia y estén presentados de manera concreta y detallada, conforme a lo dispuesto en

el parágrafo 1 del Artículo 150 de la Ley 734 de 2002, y por demás, que haya sido

presentada con persuasivos documentos anexos, que permitan dar credibilidad a lo

afirmado”.

3. Cómo se da respuesta:

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Decreto 1965 de 2013

De forma escrita.

De manera verbal

Por teléfono o correo electrónico

Fijando en edicto, cuando no haya dirección o teléfono a donde enviar la respuesta.

4. Qué pasa con las sugerencias y aspectos positivos

Se le dan a conocer a la persona a quien va dirigida.

Aportan al crecimiento como personas, como Institución y para crear oportunidades de Mejora

en nuestro servicio educativo con calidad.

CAPÍTULO VIII. DE LOS ESTÍMULOS.

ARTÍCULO 22. ESTÍMULOS.

La Normal Superior confía y espera que todos los estudiantes cumplan con sus deberes y compromisos

fundamentales por propia responsabilidad y convicción; sin embargo, a los estudiantes que se

distingan por su excelencia académica, cultural, deportiva, social, ecológica y de convivencia, los

incentivará con los siguientes estímulos:

Felicitación personal escrita.

Mención honorífica.

Inclusión en el cuadro de estudiantes distinguidos.

Derecho a izar los pabellones Nacional y del Colegio.

Representar al Colegio en actividades culturales y/o deportivas.

Reconocimiento público al estudiante de mejor puntaje en las pruebas de Estado.

Promoción anticipada.

Premio al mejor deportista.

ARTÍCULO 23. ACREDITACIÓN DE LOS ESTÍMULOS.

La acreditación de los anteriores estímulos se llevará a cabo de la siguiente manera:

La felicitación personal: Es otorgada a un estudiante, por los Profesores o Directivos del Colegio,

por su comportamiento sobresaliente en actividades que signifiquen mejoramiento individual o

comunitario y se registrara en el Observador del estudiante para que haga parte de su historial.

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La mención honorifica: La otorgará el Director de Grupo cuando el estudiante acumule dos o

más felicitaciones personales. Ésta se comunicará al padre de familia y/o acudiente y se registrará

en el Observador del estudiante.

Inclusión en el cuadro de estudiantes distinguidos: La hará el respectivo Coordinador de

Convivencia, al finalizar cada período y por solicitud del Director de Grupo, cuando un estudiante

ha ocupado el primer puesto en el grupo por rendimiento académico durante un periodo académico

y no tiene amonestaciones escritas; también se registrará en el Observador del Estudiante.

Derecho a izar bandera: La obtendrá el estudiante cuando se haya distinguido en el curso por su

rendimiento académico u otros logros especiales, se deberá dejar constancia en el Observador del

Estudiante.

representar al colegio en actividades culturales y/o deportivas. Lo podrán hacer aquellos

estudiantes que además de tener capacidades, no tengan impedimentos académicos y/o

disciplinarios, previa selección hecha por las Directivas.

Reconocimiento público: al estudiante de mejor puntaje en las pruebas de Estado y a los

estudiantes que por su rendimiento o conductas ejemplarizantes sean merecedores de estímulo.

Promoción anticipada: según las normas legales vigentes.

Premio al mejor deportista: en cualquier modalidad.

CAPÍTULO IX. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y SU

COMPROMISO CON LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

El presente Manual de Convivencia Institucional compromete al padre de familia como parte vital de

la comunidad educativa y piedra angular en los procesos formativos de sus hijos, dando cumplimiento

así a lo también estipulado por la Ley 1620 de 2013 Cap. III, Art 22, también al principio de

corresponsabilidad consagrado en el artículo 10 de la Ley 1098 de 2006, donde reza “se entiende por

corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los

derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son

corresponsables en su atención, cuidado y protección.”

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ARTÍCULO 24. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

DERECHO DEBER

1 Estar informado de todas las situaciones que

se presenten en la institución educativa y que

afecten de alguna manera a su hijo o hija.

Crear para su hijo un ambiente familiar, que le

asegure la continuidad de la formación integral

que se imparte en la Institución.

2 Enterarse de los planes y proyectos que

realice la institución educativa.

Colaborar con los proyectos del colegio, que

favorecen el mejoramiento de los procesos

educativos y el progreso del plantel.

3 Recibir buen trato por parte de todos los

miembros de la institución educativa y que su

hijo sea igualmente tratado con respeto y

consideración. Así mismo tiene derecho a ser

escuchado y que sean respondidas sus

inquietudes.

Mantener relaciones de respeto, diálogo y

colaboración con todos los integrantes de la

comunidad educativa y velar para que el

estudiante practique las normas básicas de

urbanidad y buenos modales.

4 Ser informado de manera inmediata de todas

aquellas situaciones relacionadas con el

rendimiento académico y/o el

comportamiento de sus hijos (as) o acudidos.

Atender personalmente todos los llamados que

haga la Normal a través del orientador, directores

de grupo, profesores, los coordinadores o el

rector, relacionados con el rendimiento

académico o con el comportamiento de sus hijos

y/o acudidos.

5 Citar a las actividades con anticipación. Asistir a los eventos programados por el plantel

y que requieran el concurso de los padres de

familia y/o acudientes.

6 Recibir de manera oportuna los informes

académicos y que sean entregados de manera

personal.

Interesarse personalmente por el desarrollo

integral de sus hijos, por sus procesos y logros

tanto académicos como comportamentales.

Asistir puntualmente a las citaciones para la

entrega de informes académicos y demás

citaciones programadas por el Colegio.

7 Estar informado por parte de la institución

educativa, si su hijo falla a clase de manera

constante o no entrega los trabajos.

Controlar diariamente a sus hijos y/o acudidos

en la asistencia puntual a clase, el regreso a

casa, la elaboración de trabajos y tareas y la

ocupación del tiempo libre.

8 Los llamados de atención relacionados con la

presentación personal que se hagan a sus

hijos, deben estar enmarcados en un lenguaje

respetuoso de sus derechos y su dignidad.

Controlar diariamente la presentación personal

de sus hijos y/o acudidos y enviarlos al Colegio

con el uniforme completo y sin prendas,

elementos u objetos adicionales.

9 Conocer las amonestaciones que se le hagan

a sus hijos, las cuales deben estar realizadas

bajo un debido proceso.

Analizar conjuntamente con sus hijos y/o

acudidos las felicitaciones o amonestaciones que

registradas en el observador del estudiante,

entrarán a ser parte de su historial y seguimiento.

Si se trata de amonestaciones los padres deberán

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establecer las acciones formativas que

consideren razonables.

10 Los trabajos que sus hijos no puedan entregar

por encontrarse con una ausencia justificada,

sean recibidos y calificados por los docentes.

Justificar personalmente las inasistencias de sus

hijos y/o acudidos en un plazo máximo de tres

(3) días hábiles, a partir del día en que se

reintegre el estudiante al Colegio.

11 Tienen derecho a que sus hijos permanezcan

en la institución educativa en el horario

establecido y podrán salir en un horario

diferente solamente con autorización del

padre de familia o acudiente o con

autorización de rectoría.

Solicitar las citas médicas u odontológicas que

requieran los estudiantes, en la jornada contraria

a la de estudio, para evitar así la pérdida

innecesaria de clases. En casos muy especiales,

el padre de familia y/o acudiente deberá

presentarse al Colegio para retirar al estudiante;

de lo contrario no se le autorizará la salida.

Cuando el padre solicite esta clase de permisos,

el estudiante se hace responsable de temas,

prácticas y evaluaciones realizadas durante su

ausencia.

12 Conocer los proyectos que los cursos se

proponen desarrollar y estar informados de

los cambios que se realicen con su aporte o

apoyo.

Participar de los proyectos que cada curso se

proponga desarrollar para mejoramiento de la

calidad educativa y cumplimiento de los

objetivos institucionales, de acuerdo con los

parámetros del proyecto educativo institucional

(PEI).

13 Recibir rendición de cuentas de aquellas

actividades que la institución realiza con el

aporte o apoyo de los padres de familia.

Colaborar con las diferentes actividades que el

Colegio programe para mejoramiento de su

planta física y la dotación de sus distintas

dependencias tendientes a mejorar el ambiente

institucional y elevar rendimientos académicos

y/o comportamentales de los estudiantes.

14 Recibir información sobre el rendimiento

académico, en los momentos en que se

acerque a la institución a solicitarla, teniendo

en cuenta los horarios establecidos para ello.

Presentarse a la Coordinación de Convivencia en

el horario establecido, mínimo cada período

académico, por iniciativa propia, para recibir

información sobre el rendimiento y/o

comportamiento de su hijo y/o acudido.

Informarse con los docentes durante el período,

del rendimiento académico del estudiante,

respetando los horarios establecidos por el

Colegio.

15 Recibir informe de las inversiones que se

realizan con los aportes económicos

voluntarios que los padres hacen a la

institución educativa.

Responder económicamente por daños causados

por el estudiante, dentro de los diez días

siguientes al conocimiento del mismo.

Cumplir oportunamente con los compromisos y obligaciones económicas adquiridos por los

padres de familia o acudientes.

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PARÁGRAFO. Estudiantes, cuyos informes académicos no sean reclamados, en las fechas señaladas

por el Colegio, y una vez requeridos, tampoco lo hagan, el caso será remitido a la Comisaría de Familia

o ICBF, según Artículo 3 del Decreto 1860 y Código de la Infancia y la Adolescencia.

CAPITULO X. DE LOS REGLAMENTOS PARA EL USO DE LOS

SERVICIOS EN LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL

COLEGIO.

ARTÍCULO 25. INSTRUCCIONES GENERALES PARA EL USO DE LA BIBLIOTECA,

SALAS DE SISTEMAS, SALA DE AUDIOVISUALES.

De manera general, para el buen uso de las dependencias mencionadas en el presente capítulo,

señalamos los principales puntos a tener en cuenta:

1. No llevar ni consumir alimentos en estas dependencias.

2. No dañar, rayar, marcar ningún elemento dado al servicio.

3. Dejar o entregar en buen estado los elementos prestados.

4. Dejar las dependencias en completo orden y aseo.

5. No dejar o enviar mensajes escritos ni grabados de ninguna naturaleza en el mobiliario y equipos.

6. Dar un trato amable y cortés a los funcionarios de las dependencias

7. Portar su carné estudiantil y presentarlo cuando sea requerido.

8. Acatar todas las recomendaciones, instrucciones o sugerencias que hagan las personas encargadas

del sitio.

PARÁGRAFO. Los estudiantes delegados por el profesor respectivo, para retirar libros de la

biblioteca o material didáctico, de las dependencias respectivas, lo harán en los horarios fijados por

estas dependencias y el docente asumirá la responsabilidad de estos elementos.

ARTICULO 26. INSTRUCCIONES PARA EL USO DE LAS TIENDAS ESCOLARES,

FOTOCOPIADORAS

El personal ajeno a la comunidad educativa que labora en la institución, presta un servicio invaluable,

de acuerdo a esto se requiere por parte de todos, tener en cuenta lo siguiente:

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1. Buen trato a las personas que prestan los servicios en estas dependencias y por parte de ellas a los

usuarios de sus servicios.

2. Cuidar los elementos utilizados en la prestación del servicio y hacerse cargo de los daños que se

le causen a cualquiera de ellos.

3. Cancelar de manera oportuna los servicios prestados, materiales o alimentos consumidos.

4. Comportarse de manera adecuada en estas dependencias, respetando a las demás personas que

hacen uso de ellas.

5. Los encargados de las dependencias que se tratan en este artículo, están en la obligación de vender

productos en buen estado que no atenten contra la salud o la integridad de los miembros de la

comunidad educativa.

ARTICULO 27. MANUAL DE SEGURIDAD PARA USO Y TRABAJO DE

LABORATORIOS.

En todo laboratorio de análisis, de síntesis o de investigación, existen riegos potenciales. Los

accidentes pueden originarse por negligencia en la prevención, por descuido durante el proceso o por

circunstancias fuera de control. Para prevenir y/o actuar después de un accidente es necesario seguir

ciertas normas de seguridad, la mayoría de las cuales aparecen a continuación:

1. Memorizar la localización de los extintores o de cualquier otro tipo de equipo o mecanismo para

emplear en emergencias. Conocer el manejo y uso de los extintores disponibles en el laboratorio

y de los demás equipos de emergencia.

2. Usar siempre gafas de laboratorio para la protección de los ojos cuando se esté operando en un

laboratorio. Las lentes recetadas no proporcionan la protección necesaria. Nunca use lentes de

contacto sin las gafas de protección.

3. Muchos reactivos son tóxicos, algunos son sumamente tóxicos, otros como las soluciones

concentradas de ácidos o de bases fuertes, son corrosivos. En caso de contacto con la piel, enjuagar

inmediatamente el área afectada con abundante agua. Si una solución corrosiva se derrama sobre

la ropa, quitarse inmediatamente el vestido y de ser posible ducharse.

4. No trabajar en el laboratorio si no se lleva puesta un bata de laboratorio, la cual debe ser amplia,

de tela gruesa, de manga larga y de puños ceñidos. Usar siempre zapatos apropiados (cerrados).

Nunca usar sandalias.

5. No consumir alimentos en el laboratorio, no ingerir líquidos en recipientes del laboratorio, no

fumar.

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Decreto 1965 de 2013

6. Tener cuidado al manipular recipientes de vidrio calientes, este tiene el mismo aspecto que el

vidrio frio.

7. No oler los vapores que provienen de recipientes que contiene sustancias volátiles. Cundo se

requiera hacerlo, traer los vapores con las manos para percibir el olor.

8. Nunca trabajar solo en el laboratorio. Manténgase siempre acompañado, al menos de otra persona.

9. Cuando se emplean o se producen gases tóxicos o corrosivos en un proceso, este debe llevarse a

cabo bajo una campana de gases.

10. Nunca extraer soluciones con una pipeta, haciendo succión con la boca. Emplear perillas de

succión o cualquier otro instrumento apropiado.

11. No calentar líquidos en tubos de ensayo con la boca de los mismos orientada hacia alguna persona.

12. No vaciar agua directa y rápidamente a una solución ácida o básica concentrada. Cuando fuere

necesario hacer diluciones, llevar a cabo la operación vaciando lentamente al agua la solución

concentrada a través de las paredes interiores del recipiente que lo contiene y con buena agitación.

13. No botar los desechos (productos de reacciones, reactivos sobrantes) en las pesetas. Consultar con

el profesor o con el técnico sobre el procedimiento a seguir.

14. No intentar forzar la introducción de un tubo de vidrio dentro del hueco de un tapón. Cuando se

realiza esta operación, previamente debe humedecerse el agujero del tapón con agua jabonosa y

las manos deben protegerse con una tela gruesa. Las superficies de vidrio recién cortadas deben

pulirse al fuego.

15. Los reactivos deben permanecer en su sitio original, no sobre las mesas de trabajo. Ellos están

clasificados y colocados de acuerdo al grado de toxicidad, de corrosividad, de inflamabilidad y de

reactividad.

16. Cuando trabajan varias personas simultáneamente, las puertas de acceso al laboratorio deben

permanecer completamente abiertas. Trabajar siempre con el cabello corto o recogido y sin

adminículo colgante alguno. No realizar experimentos que no han sido previamente autorizados.

17. Los puestos de laboratorio y los sitios donde se encuentren ubicados los equipos, deben

permanecer limpios, aseados.

18. En caso de incendio no debe cundir el pánico. El fuego localizado puede intentar dominarse

inicialmente con un trapo húmedo o con el extintor apropiado. Cuando se está envuelto en fuego,

ducharse rápido y completamente.

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Decreto 1965 de 2013

19. Cualquier accidente debe reportarse a la autoridad competente inmediatamente después de

ocurrido.

20. Escoger el producto químico con el grado apropiado de acuerdo con las exigencias y con el papel

a desempeñar por el compuesto en el proceso.

21. Cuando el reactivo es sólido o líquido, sacar un poco más de la cantidad que se necesita por simple

vaciado. No introducir dentro del recipiente espátulas, cucharas o cualquier otro objeto. Cuando

el reactivo es sólido y está apelmazado, dar golpes con el recipiente sobre una superficie de madera

antes del vaciado, con el fin de desmoronar los terrones.

22. Tapar el recipiente inmediatamente después de vaciar la cantidad apropiada del reactivo sin

permitir que la tapa se ponga en contacto con superficie alguna diferente a la mano.

23. No devolver al recipiente original el reactivo sobrante, a menos que expresamente así se indique.

(Podrá guardarse en otro recipiente para otros menesteres).

24. 24. Mantener los reactivos en su posición dentro del estante. Los reactivos nunca deben dejarse

sobre la mesa de trabajo.

25. Atender al pie de la letra todas las instrucciones que haga el director del laboratorio y el docente

a cargo.

Centro de atención hospitalaria más cercano: HOSPITAL SAN ANTONIO

Teléfono: ________________ Urgencias: __________________

Esta información debe ubicarse en la lista de teléfonos importantes de la agenda escolar.

CAPITULO XI. DEL REGLAMENTO Y FUNCIONES DEL

PERSONAL ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO 28. DERECHOS Y DEBERES

A los funcionarios administrativos les serán aplicadas las normas legales vigentes y las establecidas

en el respectivo Manual de Funciones de la Institución. Así mismo tienen los siguientes derechos y

deberes:

DERECHO DEBER

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Decreto 1965 de 2013

1 A ser tratado con respeto y consideración. Respetar a todos los miembros de la comunidad

educativa y prestar un servicio oportuno, de

calidad y pertinencia.

2 Al debido proceso en caso de estar

involucrado en situaciones relacionadas con

la convivencia escolar. Cuidar de los elementos a su cargo y colaborar

en el cuidado de aquellos que no están a su cargo

pero hacen parte de la institución. 3 Recibir los materiales para cumplir con su

labor.

CAPÍTULO XII. DEL REGLAMENTO Y FUNCIONES DE LOS

DOCENTES

ARTÍCULO 29. DISPOSICIONES GENERALES

Los derechos, deberes, funciones, aspectos disciplinarios y jornada laboral de los docentes, están

contemplados en las leyes vigentes, las cuales no solamente contemplan lo académico, sino también

lo comportamental y el trato hacia los demás miembros de la comunidad educativa, además de lo

estipulado en las Leyes, para el caso del presente manual se hacen operativos los siguientes derechos

y deberes:

DERECHO DEBER

1 Recibir un trato respetuoso y digno de su rol. Tratar a los estudiantes con respeto y

consideración, sin hacer uso del poder que le

confiere el cargo.

2 Al debido proceso. Seguir el debido proceso a los estudiantes en las

distintas situaciones.

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Decreto 1965 de 2013

3 A manifestar sus inquietudes frente a las

situaciones académicas y comportamentales

que afectan el proceso educativo.

Permitir que los estudiantes se expresen,

escucharlos con respeto y analizar sus

peticiones, quejas o sugerencias.

Algunas de las principales funciones de los docentes son:

1. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.

2. Programar y organizar las actividades de enseñanza - aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de

acuerdo con el PEI y los criterios establecidos en la programación a nivel del área o departamento.

3. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y

darles tratamiento y ejemplo formativo.

4. Participar en la realización de las actividades complementarias y asumir responsabilidad plena

frente a los acontecimientos académicos y /o disciplinarios que se presenten en el desarrollo de

sus clases, dando la solución más adecuada a cada uno de ellos.

5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza- aprendizaje.

6. Aplicar oportunamente en coordinación, con el Jefe de área, el Coordinador Académico, las

estrategias metodológicas y recomendaciones a que dé lugar el análisis de resultados de la

evaluación.

7. Presentar al Coordinador Académico, informe del rendimiento de los estudiantes a su cargo, al

término de cada uno de los períodos de evaluación o cuando éste los requiera, certificados con su

firma.

8. Participar en la administración de los estudiantes conforme lo determine la institución y presentar

los casos especiales a los Coordinadores, al Director de Grupo o al Jefe de área.

9. Presentar informes, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo, cuando se requiera

en Coordinación.

10. Ejercer la Dirección de Grupo cuando le sea asignada.

11. Participar en los comités en que sea requerido.

12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las leyes vigentes.

13. Cumplir los turnos de disciplina o acompañamiento que le sean asignados.

14. Participar en todos los actos de comunidad y asistir puntualmente a las reuniones convocadas por

las Directivas del Plantel, especialmente a las sesiones de los Equipos Pedagógicos o actividades

de desarrollo Institucional en los horarios señalados por la Normal.

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15. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido en el Plantel y en el lugar

asignado para tal fin.

16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados

a su manejo.

17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza del cargo.

18. Entregar oportunamente y en las fechas señaladas por el Colegio, los informes que le sean

requeridos.

19. Cuando el docente necesite realizar actividades pedagógicas fuera del aula de clase debe solicitar

la autorización al Coordinador de Convivencia.

PARÁGRAFO: El profesor encargado de la Dirección de Grupo tendrá además las siguientes

funciones:

1. Participar en el planeamiento y programación de actividades para los estudiantes, teniendo en

cuenta sus condiciones socio- económicas y sus características personales.

2. Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiados a su dirección.

3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.

4. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento

académico, en coordinación con el Orientador.

5. Promover el análisis y soluciones a los conflictos de los estudiantes.

6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para

coordinar la acción educativa.

7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo,

en coordinación con el Orientador.

8. Rendir periódicamente informe a los Coordinadores del plantel de las actividades y programas

realizados.

9. Revisar periódicamente el Observador del Estudiante, el cual permanecerá en Coordinación de

Convivencia.

10. Realizar control permanente de puntualidad, asistencia, presentación personal y uso correcto del

uniforme por parte de sus alumnos, en los tiempos señalados por el colegio.

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CAPÍTULO XIII. DE LAS MODIFICACIONES Y VIGENCIA DEL

MANUAL DE CONVIVENCIA

ARTÍCULO 30.

Los estamentos educativos podrán solicitar al Consejo Directivo, la modificación del presente Manual,

anexando solicitud con no menos del 20% de firmas del estamento respectivo.

El Consejo Directivo tiene la facultad para modificar el Manual de Convivencia, mediante Acuerdos

que serán publicados para conocimiento de la comunidad educativa y constituirán parte integrante del

mismo.

ARTICULO 31.

Las modificaciones al Manual de Convivencia Escolar incorporaran a partir del presente las

definiciones, principios y responsabilidades establecidas en la Ley 1620 de 2013, así como los

mecanismos de prevención y promoción a que hubiese lugar, respondiendo a los contextos

institucionales y fortaleciendo las Rutas de Atención Integral del mismo.

CAPÍTULO XIV. DE LOS DIFERENTES PROCEDIMIENTOS

PARA ACCEDER A LOS SERVICIOS QUE OFRECE LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL NORMAL SUPERIOR

ARTÍCULO 32.

Los usuarios que soliciten alguno de los servicios que ofrece la institución deberán cumplir los

siguientes procedimientos:

1. Para hacer efectivo el retiro definitivo de un estudiante matriculado en la Normal, el padre de

familia y/o acudiente deberá realizar los siguientes pasos:

a. Obtener de la Coordinación de Convivencia respectiva la orden de retiro.

b. Obtener Paz y Salvo de Biblioteca.

c. El padre de familia y/o acudiente debe presentarse con los anteriores documentos a

Secretaría Académica y solicitar la entrega de la carpeta del estudiante.

2. Para obtener certificados de estudio el padre de familia, acudiente y/o estudiante deberá:

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a. Consignar en la Cuenta de Ahorros del Colegio, en el banco indicado, el valor estipulado

por la Institución.

b. Presentar a Secretaría Académica la copia original de consignación con los datos del

estudiante, (nombres y apellidos, número de documento de identidad), jornada en la que

estudió y año en el que cursó el grado del certificado solicitado.

3. Para obtener Constancias de Estudio el padre de familia y/o estudiante deberá acercarse a la

Secretaría Académica y diligenciar el formato allí disponible. Esta constancia no tiene ningún

costo.

4. Para solicitar el diligenciamiento de Constancias para Subsidio Escolar el padre de familia y/o

estudiante deberá presentar el formulario dado por la empresa a la Secretaría Académica. Este

procedimiento no tiene ningún costo.

5. Para solicitar una Constancia de Convivencia el padre de familia y/o acudiente deberá solicitarla

en la Coordinación de Convivencia respectiva.

6. Para optar el título de Bachiller Académico (Graduación) el estudiante de grado once (11°) deberá:

a. Tener debidamente legalizados los certificados de los grados anteriores

b. Certificado de Promoción expedido por el Colegio.

c. Constancia de Servicio Social obligatorio.

d. Copia del Registro Civil de Nacimiento y documento de identidad del estudiante.

CAPÍTULO XV. DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (SIEE)

ARTICULO 33.

La Institución educativa Municipal Normal Superior de Pitalito asume la evaluación como un proceso

integral, sistemático, dinámico, flexible, continuo que busca, descubrir el valor de cada estudiante,

reconocer los talentos particulares, identificar el progreso en el logro de los objetivos establecidos en

el PEI, hallar las mejores formas de enseñanza-aprendizaje y de organización de la institución

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educativa; para generar propuestas de intervención pedagógica que permitan cualificar los procesos

de formación.

A partir del concepto asumido se establece que es:

1. Integral: Porque valora al estudiante en todas las dimensiones del desarrollo humano.

2. Sistemática: Porque responde a un plan establecido en la programación docente, de acuerdo

con los momentos seleccionados para su realización.

3. Dinámica: Porque genera mecanismos de retroalimentación y mejoramiento continuo.

4. Flexible: Porque tienen en cuenta las particularidades de cada estudiante en cuanto a los ritmos

y estilos de aprendizaje.

5. Continua: Porque es inherente al desarrollo de las actividades cotidianas de la vida escolar.

Es importante comprender que la evaluación se constituye en una guía u orientación para el proceso

pedagógico; su función es eminentemente formativa porque permite reconocer fortalezas y

oportunidades de mejoramiento continuo en el desempeño de los estudiantes desde lo conceptual,

procedimental y actitudinal.

La Institución Educativa Normal de Pitalito, determina los siguientes criterios:

Desde la estrategia metodológica de la enseñanza para la comprensión, los desempeños de

comprensión serán valorados por competencias y corresponden al saber (contenidos conceptuales)

saber hacer (contenidos procedimentales) la convivencia y saber ser (contenidos actitudinales).

ARTICULO 34. ESCALA DE VALORACIÓN

La institución educativa Normal implementará su escala de valoración de 0 a 5.

ARTICULO 35. LA PROMOCIÓN Y SUS CRITERIOS

Al finalizar el año escolar la comisión de evalución y promoción determinará la promoción o no de

un estudiante al grado siguiente, teniendo en cuenta estos parámetros:

1. Al final del año se define quien aprueba o no el año escolar. 2. Las recuperaciones se realizaran antes de finalizar cada periodo. 3. Si al finalizar el cuarto periodo el estudiante ha perdido un área en 2.7 o más, el sistema

automáticamente se la aproxima a 3.0 y puede ser promovido; si pierde más de un área por

debajo de 3.0 reprueba el año escolar.

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CAPÍTULO XVI. DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO PARA

ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN MEDIA

ARTICULO 36.

El presente Manual de Convivencia rige a partir del día _______________________________

ANEXO No. 1

HORARIOS

1. HORARIOS.

Los Coordinadores darán a conocer al inicio del año escolar el horario de ingreso y salida de los

estudiantes a la Institución en cada una de las jornadas y sedes, como también, el horario para las

diferentes clases de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y el Proyecto Educativo

Institucional (PEI).

Cuando la Institución por motivos de orden administrativo, pedagógico o por casos de fuerza mayor

o eventos no previstos, necesite modificar la hora de salida o ingreso de estudiantes a la institución

educativa, siempre lo hará mediante anuncio en la página web del colegio y/o circular previa a los

padres de familia, cuando las circunstancias lo permitan.

ANEXO No. 2

CARNÉS REQUERIDOS Y DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

Todo estudiante normalista debe portar y mantener vigentes los siguientes documentos:

Carné estudiantil del Colegio

Carné de la E. P. S. o SISBEN

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Los documentos obligatorios que deben reposar en la carpeta de Secretaría Académica son los

siguientes:

1. Copia del Registro Civil de Nacimiento del estudiante

2. Copia tarjeta de Identidad para mayores de 7 años

3. Certificados de los años de escolaridad cursados y aprobados en Instituciones diferentes a La

Normal Superior

4. Copia de carné de E.P.S.

ANEXO No. 3 JORNADA NOCTURNA

Considerando que en la Jornada Nocturna se ofrece educación para adultos, Decreto 3011 de 2002,

además de las normas contempladas en este Manual, se hacen las siguientes precisiones:

1. Todo estudiante que sea menor de edad deberá estar representado por un acudiente, quien firmará

la matrícula y deberá asistir a toda citación que haga el Colegio, así como acompañar y apoyar el

proceso formativo del educando.

2. Presentarse al Colegio en los horarios establecidos, e ingresar a clase tan pronto llegue, sin

permanecer en las afueras del Colegio.

3. Presentar carta laboral para solicitar un permiso de ingreso después de la hora de entrada, cuando

por motivos de trabajo no pueda acatar los horarios reglamentarios.

4. No entrar ni salir por los muros del Colegio, ni faltar a clase estando en la Institución.

5. No pactar, ni participar en peleas dentro ni fuera de la Institución.

5. Evitar conductas inapropiadas en espacios públicos, manteniendo un trato respetuoso en

comunidad.

6. Se prohíbe fumar y/o consumir bebidas alcohólicas dentro del plantel o sus alrededores.

7. Mantener las normas básicas de aseo, higiene y presentación personal obligadas para toda persona

que interactúa en comunidad.

8. La educación básica y media que ofrece el Colegio es de carácter académico y presencial, por lo

que se hace obligatoria la asistencia a todas las actividades programadas por la Institución.

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Cuando un estudiante deba ausentarse por un período prolongado de tiempo por motivos laborales,

deberá presentar una carta al Coordinador explicando el caso con los soportes respectivos y éste

decidirá al respecto.

ANEXO 4. ADMISION DE ESTUDIANTES.

Así mismo se aprobó, que el proceso de inscripción de estudiantes se debe seguir realizando, sin

ningún costo, y que para la selección de los alumnos nuevos se autoriza que se haga teniendo encueta

los siguientes parámetros:

Excepcionalidad debidamente certificada por una autoridad idónea.

Priorizar edades escolares según “SIMAT”

Revisar el boletín del periodo anterior a la fecha de inscripción

Tener en cuenta el observador del estudiante

Tener en cuenta familiaridad dentro de la Institución.

También se aprobó diseñar una tabla con promedios estipulados, que incluyan todos los criterios a

tener en cuente en la selección. Además se aclaró que las personas que realicen este proceso de

selección deben tener claro cómo hacerlo.

Por unanimidad se aprobó que la tabla con los criterios y el promedio sea la siguiente:

CRITERIOS PROMEDIO

Excepcionalidad certificada 30 %

Edad 15 %

Rendimiento académico 20 %

Observador del estudiante 20 %

Familiaridad dentro de la Institución 15 %

Por otro lado se aprobó que la selección la deben hacer las siguientes personas:

En primaria: el Rector y el coordinador

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En secundaria: el Rector, el coordinador académico y 2 profesores

Seguidamente se pasó a analizar la forma de seleccionar los casos en que el estudiante sea repitente o

tengan alguna situación particular; y se determinó que también la selección se hará teniendo en cuenta

una tabla de promedio y los siguientes criterios:

CRITERIOS PROMEDIO

Edad 20 %

Certificados de 2 años anteriores 15 %

Observador del estudiante 20 %

Áreas perdidas 30 %

Familiaridad dentro de la Institución 15 %

Por último se habló de los criterios a tener en cuenta para escoger los estudiantes que se inscriben para

preescolar, y son los siguientes:

CRITERIOS

Deben inscribirse en las fechas estipuladas

Familiaridad dentro de la Institución

Proceso académico que tienen

Reservar cupos************

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