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NORMATIVA REGULADORA DEL PROYECTO FIN DE GRADO DEL GRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE EDIFICACIÓN Acuerdo de Junta de Centro en sesión 260 de 21 de junio de 2013 (Anexo 1) (Revisado 29/06/2016) 01. Objeto. ............................................................................................................................................. 3 02. Ámbito de aplicación. ...................................................................................................................... 3 03. Coordinación del Proyecto Fin de Grado. ........................................................................................ 3 04. Adecuación del tema del Proyecto Fin de Grado a los créditos asignados. ..................................... 3 05. Número de autores del Proyecto Fin de Grado. .............................................................................. 3 06. Tutor del Proyecto Fin de Grado...................................................................................................... 4 07. Proyecto docente de la asignatura del Proyecto Fin de Grado. ....................................................... 4 08. Periodos de matrícula...................................................................................................................... 4 09. Comisiones evaluadoras. ................................................................................................................. 4 10. Tribunal de apelación. ..................................................................................................................... 5 11. Proceso de elaboración del Proyecto Fin de Grado. ........................................................................ 5 12. Entrega del Proyecto Fin de Grado. ................................................................................................. 5 13. Evaluación del Proyecto Fin de Grado. ............................................................................................ 6 14. Calificación. ..................................................................................................................................... 6 15. Depósito y acceso a los Proyectos Fin de Grado. ............................................................................. 7 16. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas ............................................................... 7 17. Recurso de alzada. ........................................................................................................................... 8

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NORMATIVA REGULADORA DEL PROYECTO FIN DE GRADO DEL GRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE EDIFICACIÓN Acuerdo de Junta de Centro en sesión 260 de 21 de junio de 2013 (Anexo 1) (Revisado 29/06/2016)

01. Objeto.............................................................................................................................................. 3

02. Ámbito de aplicación. ...................................................................................................................... 3

03. Coordinación del Proyecto Fin de Grado. ........................................................................................ 3

04. Adecuación del tema del Proyecto Fin de Grado a los créditos asignados. ..................................... 3

05. Número de autores del Proyecto Fin de Grado. .............................................................................. 3

06. Tutor del Proyecto Fin de Grado...................................................................................................... 4

07. Proyecto docente de la asignatura del Proyecto Fin de Grado. ....................................................... 4

08. Periodos de matrícula ...................................................................................................................... 4

09. Comisiones evaluadoras. ................................................................................................................. 4

10. Tribunal de apelación. ..................................................................................................................... 5

11. Proceso de elaboración del Proyecto Fin de Grado. ........................................................................ 5

12. Entrega del Proyecto Fin de Grado. ................................................................................................. 5

13. Evaluación del Proyecto Fin de Grado. ............................................................................................ 6

14. Calificación. ..................................................................................................................................... 6

15. Depósito y acceso a los Proyectos Fin de Grado. ............................................................................. 7

16. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas. .............................................................. 7

17. Recurso de alzada. ........................................................................................................................... 8

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1. Objeto

1. Este Reglamento tiene por objeto el desarrollo y adaptación de la normativa a las particularidades de la asignatura de Proyecto Fin de Grado correspondiente a la titulación de Grado en Ciencia y Tecnología de la Edificación de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación de la Universidad de Sevilla, siguiendo las directrices del acuerdo 5.3/CG 21-12-09 por el que se aprueba la Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Carrera de la Universidad de Sevilla.

2. El Proyecto Fin de Grado consistirá en la realización por parte del estudiante, bajo la dirección de un tutor, de un proyecto, memoria o estudio sobre un tema de trabajo que se le asignará y en el que desarrollará y aplicará conocimientos, capacidades y competencias adquiridos en la titulación.

3. El Proyecto Fin de Grado podrá desarrollarse en el marco de un programa de movilidad, de un convenio de intercambio con otra Universidad o de un convenio de colaboración con otra entidad, así como a través de una actividad complementaria de cotutoría.

2. Ámbito de aplicación

La presente normativa será de aplicación a la asignatura de Proyecto Fin de Grado de la titulación de

Grado en Ciencia y Tecnología de la Edificación de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de

Edificación de la Universidad de Sevilla.

3. Coordinación del Proyecto Fin de Grado

1. El subdirector con competencias en la materia ejercerá las funciones de coordinador de la asignatura de Proyecto Fin de Grado.

2. El coordinador podrá formar una comisión asesora de Proyecto Fin de Grado para Coordinar el desarrollo de los proyectos docentes, periodos de docencia y cualquiera otra competencia que le otorgue la Junta de Centro.

4. Adecuación del tema del Proyecto Fin de Grado a los créditos asignados

El tema asignado deberá posibilitar que el Proyecto Fin de Grado sea completado por el estudiante en

los 12 créditos ECTS que tiene asignada esta materia en el plan de estudios, contando las horas de

trabajo del estudiante desde el momento de la asignación hasta el momento de la calificación. El

coordinador del Proyecto Fin de Grado velará específicamente por el cumplimiento de esta norma.

5. Número de autores del Proyecto Fin de Grado 1. El Proyecto Fin de Grado será realizado de forma individual.

2. De forma excepcional, cuando las características del tema propuesto para el Proyecto Fin de Grado así lo justifiquen, éste podrá realizarse por un grupo de hasta tres estudiantes bajo la dirección de un mismo tutor. En este caso, en el tema de Proyecto deberán determinarse tareas u objetivos diferenciados que permitan evaluar individualmente a cada uno de los estudiantes participantes; dichas evaluaciones individuales serán llevadas a cabo por una misma Comisión Evaluadora.

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6. Tutor del Proyecto Fin de Grado

1. El tutor del Proyecto Fin de Grado será un profesor con plena capacidad docente y su función

consistirá en orientar al estudiante durante la realización del Proyecto, supervisarlo y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados.

2. Cuando el Proyecto Fin de Grado se desarrolle en el marco de un convenio de intercambio o de colaboración, la otra parte del convenio deberá designar a un miembro de su personal como responsable interno del proyecto. El responsable asistirá al tutor en su función.

3. Los proyectos elaborados, defendidos y calificados en otra universidad en el marco de programas de movilidad o convenios de intercambio serán reconocidos académicamente en su totalidad y su calificación será trasladada al expediente del estudiante sin necesidad de nueva presentación y defensa en la Universidad de Sevilla. En este caso, el estudiante deberá depositar al menos una copia en soporte digital del proyecto en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación.

7. Proyecto docente de la asignatura del Proyecto Fin de Grado

1. El Coordinador del Proyecto de Fin de Grado elaborará el Programa común de la asignatura, que deberá contar con la aprobación de la Junta de Centro. En el citado Programa, se podrán incluir referencias al formato de presentación, extensión del Proyecto o metodología de desarrollo y aspectos relacionados con la exposición oral.

2. Cada Profesor Tutor de Proyecto Fin de Grado, a partir del Programa común, elaborará el Proyecto Docente de la asignatura, en el que deberá dejar constancia de los temas de Proyectos de Fin de Grado que tutelará.

8. Periodos de matrícula

1. Los periodos de matrícula para el Proyecto Fin de Grado serán los establecidos con carácter general por la Universidad de Sevilla.

2. La Dirección del Centro hará públicos con antelación los Grupos, los Tutores y los temas de los Proyectos de Fin de Grado, para que, en el momento de la matrícula, los estudiantes puedan elegir libremente el grupo en el que desean matricularse, siempre y cuando existan vacantes en el mismo.

9. Comisiones evaluadoras

1. Para la evaluación de los diversos Proyectos Fin de Grado, el Director del Centro, a propuesta del Subdirector con competencias en la materia propondrá una comisión evaluadora por cada tres grupos de docencia.

2. Las Comisiones Evaluadoras, estarán formadas por tres miembros, de los cuales dos de ellos deberán tener vinculación permanente con la universidad, de al menos dos departamentos diferentes de los que imparten docencia en la asignatura de Proyecto Fin de Grado; el profesor de mayor categoría y antigüedad actuará como Presidente y el de menor categoría y antigüedad como Secretario. Por cada uno de los miembros de la comisión se nombrará un suplente que

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podrá ser un profesor con plena capacidad docente que imparta docencia en la Titulación. La composición de las comisiones evaluadoras deberán ser aprobadas por la Junta de Centro para cada curso académico.

3. Los miembros de cada comisión no podrán ejercer de tutor de ningún proyecto que vaya a ser evaluado por la misma.

4. La aprobación referida en el apartado primero de este artículo contendrá la asignación de grupos de Proyecto Fin de Grado a cada comisión evaluadora.

10. Tribunal de apelación

1. El tribunal de apelación de la asignatura de Proyecto Fin de Grado estará formado por tres

miembros, seleccionados de entre los profesores, con plena capacidad docente, de tres

departamentos diferentes de los que imparten docencia en la asignatura; el profesor de mayor

categoría y antigüedad actuará como Presidente y el de menor categoría y antigüedad como

Secretario, por cada uno de los miembros de la comisión se nombrará un suplente que podrá ser

un profesor con plena capacidad docente que imparta docencia en la Titulación. La composición

del tribunal de apelación deberá ser aprobada por la Junta de Centro para cada curso académico,

a propuesta del Subdirector con competencias en la materia.

2. No podrán ser miembros del Tribunal de apelación los profesores que pertenezcan a Comisiones

Evaluadoras o sean Tutores de la Asignatura Proyecto Fin de Grado

11. Proceso de elaboración del Proyecto Fin de Grado.

1. Los tutores de los Proyectos Fin de Grado darán la aprobación, mediante el documento Visto

bueno del tutor al Proyecto Fin de Grado, dentro del periodo docente de cada cuatrimestre, al

título del trabajo, a los objetivos del mismo, al índice y dimensión del trabajo y a la metodología

de aplicación.

2. Éste visto bueno se realizará mediante la entrega por duplicado por parte del estudiante del

referido documento, que será firmado por el tutor y el estudiante, quedando un ejemplar para

cada parte. La firma de este documento significa acreditar por parte del tutor dos cuestiones:

a. Haber cumplido el requisito de asistencia en caso de que esté especificado en el proyecto docente.

b. Que el Proyecto Fin de Grado que entregue el estudiante en cualquiera de las convocatorias a las que tiene derecho, ha sido tutelado y dirigido por el tutor correspondiente.

3. Este visto bueno solo tiene carácter de requisito formal ya que la responsabilidad del contenido

final del Proyecto Fin de Grado será en su totalidad del estudiante.

12. Entrega del Proyecto Fin de Grado

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1 En las fechas que se establezcan en el calendario de exámenes para cada convocatoria, el

estudiante deberá entregar obligatoriamente en la Secretaría del Centro cinco ejemplares (un

ejemplar en soporte papel y cuatro más en soporte informático) del Proyecto Fin de Grado. La

Secretaría del centro custodiará los ejemplares hasta la retirada de los mismos por el Secretario

de la comisión evaluadora.

2 Cuando la naturaleza del Proyecto Fin de Grado no permita su reproducción, el único ejemplar

original se depositará en la Secretaría del Centro. El subdirector con competencias en la materia

habilitará el procedimiento de custodia y exposición, según la naturaleza del referido Proyecto Fin

de Grado.

13. Evaluación del Proyecto Fin de Grado

1 Serán objeto de evaluación las competencias, conocimientos y capacidades adquiridas por el estudiante mediante la realización del Proyecto Fin de Grado.

2 El Proyecto Fin de Grado será evaluado por una comisión evaluadora tras la presentación del mismo por el estudiante mediante la exposición oral de su contenido en sesión pública convocada al efecto.

3 El lugar, fecha y hora para la exposición oral del Proyecto, en sesión pública, serán fijados por el Subdirector con competencias en la materia, quien convocará al estudiante y a la Comisión Evaluadora que corresponda. Se deberá tener presente que entre la fecha de entrega del Proyecto en la Secretaría del Centro y la fecha prevista para su exposición oral por el estudiante, deberá mediar un mínimo de 10 días y un máximo de 20 días.

4 El Proyecto Fin de Grado sólo podrá ser presentado y evaluado una vez que el estudiante haya superado al menos el 75 por ciento de los créditos totales de la titulación.

5 Una vez realizada la matrícula, en cada curso académico los estudiantes tendrán derecho a los actos de presentación y evaluación del Proyecto Fin de Grado que establezca la normativa universitaria

14. Calificación

1. Tras la exposición oral por el estudiante, el Proyecto Fin de Grado será calificado por la comisión evaluadora en el mismo acto. La comisión reflejará la calificación en un acta provisional que será remitida por el Secretario de la comisión evaluadora al Subdirector con competencias en la materia para su traslado al Acta definitiva. Copia de ésta acta provisional será expuesta en lugar visible en el sitio de la Defensa del Proyecto Fin de Grado.

2. El Proyecto Fin de Grado se calificará en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10 puntos, con expresión de un decimal en su caso, a la que se añadirá la calificación cualitativa correspondiente:

a) De 0 a 4,9: Suspenso (S). b) De 5 a 6,9: Aprobado (A). c) De 7 a 8,9: Notable (N).

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d) De 9 a 10: Sobresaliente (B). 3. a) La comisión evaluadora no podrá otorgar la calificación de “Suspenso” sin dar audiencia previa

al tutor cuando éste no participe en la evaluación. b) La comisión evaluadora podrá dar audiencia, si la comisión o el tutor lo estima necesario, al tutor del Proyecto Fin de Grado, tras la exposición del alumno en el acto de presentación del Proyecto Fin de Grado y antes de reflejar la calificación en el acta provisional referida en el punto 1 de éste artículo.

4. La comisión evaluadora cumplimentará y firmará el acta provisional referida en el punto 1 de éste artículo. En dicha acta podrá incluirse la mención de “Matrícula de Honor”, para lo que será requisito que la calificación haya sido de “Sobresaliente” y que la propuesta haya sido adoptada por unanimidad. Cuando las propuestas de mención de “Matrícula de Honor”, superen el tope permitido en lo dispuesto al efecto por la normativa de la Universidad de Sevilla (5% de los alumnos de cada grupo), la Subdirección con competencias en la materia y los Presidentes de las Comisiones Evaluadoras proponentes, decidirán las calificaciones que serán trasladadas al Acta con la mención de “Matrícula de Honor”.

15. Depósito y acceso a los Proyectos Fin de Grado

1. Una vez completado el proceso de defensa y siempre que se haya obtenido una calificación mínima de NOTABLE, una copia digital del Proyecto Fin de Grado se depositará en la Biblioteca, a fin de facilitar su consulta por la comunidad universitaria.

2. Para ello, en el momento de la entrega del Proyecto Fin de Grado, el alumno entregará en su caso

un formulario de autorización de la consulta “on-line” de su Proyecto Fin de Grado. El secretario de la comisión evaluadora estará encargado de pasar una copia a la Subdirección con competencias en la materia para que ésta de traslado de la misma a la Biblioteca.

16. Recurso de apelación contra las calificaciones definitivas.

1. Los estudiantes podrán interponer ante el tribunal de apelación recurso contra la calificación

definitiva del Proyecto Fin de Grado otorgada por la comisión evaluadora.

2. El recurso de apelación se presentará en el plazo máximo de tres días hábiles desde la publicación

de las calificaciones definitivas y mediante escrito entregado en la Secretaría del Centro que lo

trasladará al Presidente del Tribunal.

3. En el plazo de tres días hábiles desde la recepción del recurso por el Presidente del tribunal de apelación, el Secretario del tribunal de apelación dará conocimiento del mismo al Presidente de la comisión evaluadora correspondiente, quien dispondrá, a su vez, de cinco días hábiles para trasladar por escrito al tribunal las alegaciones que estimen oportunas.

4. El Secretario del Tribunal de Apelación dará conocimiento de las alegaciones de los profesores de la comisión evaluadora al recurrente que dispondrá, a su vez, de cinco días hábiles para trasladar por escrito al tribunal las alegaciones que estime oportunas.

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5. El tribunal de apelación podrá citar a una comparecencia al recurrente, al tutor y a los miembros de la comisión evaluadora.

6. El tribunal de apelación analizará el escrito de apelación, los documentos y el Proyecto de Fin de Grado presentado y defendido, así como la evaluación y las alegaciones de los profesores de la comisión evaluadora y el recurrente. Debiendo resolver el recurso en el plazo máximo de dos meses desde la presentación del mismo, considerándose los periodos no lectivos de verano, Navidad, Semana Santa y Feria de Sevilla como inhábiles a estos efectos.

7. El Secretario del tribunal comunicará por escrito la resolución al Estudiante, al Presidente de la comisión evaluadora correspondiente y al Secretario del Centro.

8. Si el recurso fuere estimado y afectare a la calificación definitiva de una convocatoria, la nueva calificación resultante se incorporará, junto con una copia de la resolución, al acta de la misma mediante diligencia firmada por el Presidente del tribunal de apelación y el Secretario del Centro.

17. Recurso de alzada

Contra las resoluciones de los tribunales de apelación cabe recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico en los plazos y formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurí