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Plan de Atención a la Diversidad IES Ribera de Jalón Curso 2017/2018

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Plan de Atención a la Diversidad

IES Ribera de Jalón

Curso 2017/2018

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ÍNDICE

1.- JUSTIFICACIÓN DEL PLAN ..................................................................................... 3

2.-OBJETIVOS. ........................................................................................................... 4

3.- CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA DETECCIÓN Y VALORACIÓN DE LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO DEL ALUMNADO. ......................... 4

4.- DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS ORDINARIAS Y ESPECÍFICAS DE ATENCIÓN EDUCATIVA. .............................................................................................................. 9

5.- PROGRAMAS ESPECÍFICOS QUE SE IMPLEMENTAN EN EL CENTRO PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. .................................................................................. 14

CONCRECIÓN DEL PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO ........ 14

6.- ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (ACNEES) Y AL ALUMNADO CON NECESIDADES DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (ANCEs). ......... 22

7.- ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Y DE LOS ESPACIOS EN EL CENTRO Y OTRAS INSTANCIAS EXTERNAS AL MISMO. ..................................... 24

8. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS DISTINTOS PROFESIONALES EN RELACIÓN A LAS MEDIDAS DISEÑADAS. .................................................................. 25

9. COLABORACIÓN CON LA FAMILIA ........................................................................ 26

10. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD .......... 27

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1.- JUSTIFICACIÓN DEL PLAN

El alumnado de nuestras aulas es muy diverso, presenta capacidades, intereses, aptitudes, necesidades diferentes. La diversidad en el alumnado que se manifiesta en el ámbito educativo tiene su origen en factores varios, derivados de aspectos sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos y religiosos, así como de las diferentes capacidades intelectuales, psíquicas, sensoriales y motóricas y del rol sexual de los sujetos.

El centro cuenta con alumnos y alumnas con necesidades específicas de apoyo educativo entre los que destacan:

Alumnado que se han incorporado tarde al sistema educativo español con desconocimiento del idioma y/o desfase escolar,

Alumnado en situación de desventaja socioeducativa con desfase curricular de dos o más cursos.

Alumnado con necesidades educativas especiales.

Alumnado con dificultades de aprendizaje.

Por lo tanto, las diferentes necesidades que presenta nuestro alumnado hacen necesario el presente Plan de Atención a la Diversidad, siendo fundamental proporcionar a cada uno la respuesta educativa que necesita en cada momento.

Por otro lado, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, el IES Ribera del Jalón se compromete a garantizar la igualdad de trato y de oportunidades a todo el alumnado, cualquiera que sea su capacidad física o intelectual. En este sentido, y para dar una respuesta educativa efectiva y adecuada a cualesquiera que sean las necesidades de apoyo del alumnado que presente discapacidad, el centro mantendrá contacto, siempre que fuera necesario, con aquellas instituciones (ONCE, etc.), entidades y/o asociaciones especializadas que puedan asesorar y guiar las acciones desarrolladas por el centro encaminadas a garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y a optimizar el proceso de enseñanza-aprendizaje de aquellos que lo necesiten.

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2.-OBJETIVOS.

Los principales objetivos que nos hemos propuesto desde el I.E.S. “Ribera del Jalón” son:

Contemplar medidas generales y específicas que permitan prevenir dificultades y ofertar respuestas adecuadas a las necesidades de cada alumno.

Garantizar la actuación coordinada de profesores y especialistas para la correcta aplicación de las medidas de atención a la diversidad.

Proporcionar al alumnado una respuesta educativa adecuada y de calidad que le permita alcanzar el mayor desarrollo personal y social.

Adaptar de forma especial dicha respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas matriculado en el centro.

Planificar propuestas educativas diversificadas de organización, procedimientos, metodología y evaluación adaptadas a las necesidades de cada alumno.

Establecer cauces de colaboración entre los diversos profesores que intervienen con los alumnos de necesidades específicas de apoyo educativo.

Organizar los recursos personales y materiales del centro con el fin de facilitar una respuesta educativa adecuada a todo el alumnado y, fundamentalmente, a los que presentan necesidades educativas.

Fomentar la participación de las familias e implicarlos en el proceso educativo de sus hijos.

Coordinación con instituciones u organismos externos al Centro.

3.- CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA DETECCIÓN Y VALORACIÓN DE LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO DEL ALUMNADO.

La detección e identificación de las necesidades educativas del alumnado, así como su atención, se realizarán lo más tempranamente posible con el fin de adoptar las medidas educativas más adecuadas.

La detección de un alumno/a con necesidades educativas corresponde a todo el profesorado que le atiende. Sus profesores/as realizarán una primera valoración del alumno/a y del contexto de enseñanza aprendizaje, coordinándose con el tutor/a, para que éste sea informado y se encargue de liderar todas aquellas medidas ordinarias que se estimen oportunas: entrevistas, recogida de información e implicación de las familias, atención más individualizada, búsqueda de la mejor organización del aula, orientaciones,... Si

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las medidas adoptadas no resultan suficientes, el tutor/a solicitará ayuda al Departamento de Orientación del centro y si se estima necesario, el orientador/a podrá realizar la Evaluación Psicopedagógica del alumno/a previa autorización de los padres o tutores legales.

La evaluación psicopedagógica es una tarea individual y de equipo que incluye los pasos que se describen a continuación:

1.- Detección del caso y aplicación de las medidas ordinarias que se estimen oportunas. Es conveniente que el tutor/a, así como el resto del profesorado, recojan por escrito todas aquellas medidas que se han llevado a cabo con el alumno/a, el tiempo de aplicación, los resultados y las propuestas de mejora de dicha medida. En el supuesto de que las medidas ordinarias aplicadas no hayan los resultados esperados, se podrá pasar al siguiente paso;

2.- Demanda de Evaluación Psicopedagógica: El tutor/a, solicitará a través del equipo directivo del centro, conforme al Documento de Derivación del Anexo I de la ORDEN EDU/1603/2009, de 20 de julio que deberá entregar a la Dirección del centro.

3.- Autorización de los Padres o Tutores legales: Una vez realizada la solicitud, el centro, a través del tutor/a, requerirá la autorización de los padres o tutores legales para que la orientadora educativa proceda a realizar la Evaluación Psicopedagógica. La autorización se cumplimentará según el modelo del Anexo II de la Orden EDU/1603/2009, de 20 de julio.

4.- Criterios de priorización de las Demandas de Evaluación y de Atención por parte de la maestra especialista en Pedagogía Terapéutica: Desde el centro se han propuesto los siguientes criterios para determinar qué demandas de evaluación son prioritarias, dependiendo de que existan sospechas fundadas de que el alumno/a pueda presentar:

a)Necesidades Educativas Especiales;

b)Altas Capacidades Intelectuales;

c)Capacidad Intelectual Límite;

d)Dificultades Específicas de Aprendizaje;

e)Alteraciones de la Comunicación y del Lenguaje.

En cuanto a la priorización de la atención por parte de la maestra especialista en Pedagogía Terapéutica, sería:

a)Necesidades Educativas Especiales;

b)Altas Capacidades Intelectuales;

c)Capacidad Intelectual Límite;

d)Compensación Educativa;

e)Dificultades Específicas de Aprendizaje;

f)Alteraciones de la Comunicación y del Lenguaje.

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5.- Evaluación Psicopedagógica: Posteriormente, el orientador/a que atiende al centro procederá a valorar las necesidades educativas del alumno/a y emitirá el correspondiente informe de evaluación psicopedagógica, cuyo contenido se ajustará al modelo Anexo III de la Orden EDU/1603/2009, de 20 de julio y Dictamen de Escolarización, en los casos en que sea prescriptivo, ajustándose al modelo Anexo IV de la mencionada Orden.

La Evaluación Psicopedagógica es un proceso sistematizado que requiere la colaboración del tutor/a, del profesorado que atiende al alumno y de su familia o representantes legales y, en su caso, de otros profesionales, en la recogida de aquella información relevante sobre el alumno/a, su contexto escolar y familiar y los distintos elementos que intervienen en su proceso de enseñanza y aprendizaje, con la finalidad de determinar las necesidades de apoyo educativo que pueda presentar. Para su realización, el orientador/a del centro podrá utilizar diferentes recursos, técnicas e instrumentos de evaluación: observación, aplicación de pruebas estandarizadas o no estandarizadas, cuestionarios, etc.

Su objetivo es fundamentar y concretar las decisiones respecto a la respuesta educativa a adoptar para que el alumno pueda alcanzar el máximo grado de desarrollo personal, social, emocional e intelectual, la adquisición y el desarrollo de las competencias básicas, y para realizar su orientación educativa y profesional.

En dicho Informe Psicopedagógico, aparecerá, si de la Evaluación así se concluye, la Categorización del alumno/a, según la clasificación establecida para el fichero de la aplicación informática ATDI:

CATEGORIZACIÓN

GRUPO TIPOLOGÍA CATEGORÍA PROPUESTA

ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

(ACNEE)

DISCAPACIDAD FÍSICA MOTÓRICOS

NO MOTÓRICOS

DISCAPACIDAD PSÍQUICA

LEVE

MODERADA

GRAVE

PROFUNDA

DISCAPACIDAD AUDITIVA HIPOACUSIA MEDIA

HIPOACUSIA SEVERA

HIPOACUSIA PROFUNDA

DISCAPACIDAD VISUAL DEFICIENCIA VISUAL

CEGUERA

TRASTORNOS GENERALIZADOS DEL

DESARROLLO

TRASTORNO AUTISTA

TRASTORNO DE RETT

TRASTORNO DE ASPERGER

TRASTORNO DESINTEGRATIVO INFANTIL

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TRASTORNO GENERALIZADO DEL DESARROLLO NO ESPECIFICADO

TRASTORNOS POR DÉFICIT DE ATENCIÓN Y

COMPORTAMIENTO PERTURBADOR

TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN CON HIPERACTIVIDAD

TRASTORNO DISOCIAL

TRASTORNO NEGATIVISTA DESAFIANTE

TRASTORNO DE COMPORTAMIENTO PERTURBADOR NO ESPECIFICADO

ALUMNOS CON NECESIDAD DE

COMPENSACIÓN EDUCATIVA (ANCE)*

INMIGRANTES

INCORPORACIÓN TARDÍA AL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL:

DESCONOCIMIENTO DEL IDIOMA

INCORPORACIÓN TARDÍA AL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL: DESFASE

CURRICULAR

ESPECIALES CONDICONES PERSONALES

HOSPITALIZACIÓN / CONVALECENCIA PROLONGADA

ESPECIALES CONDICIOONES SOCIALES,

GEOGRÁFICAS Y CULTURALES

MINORÍA

AMBIENTE DESFAVORECIDO

EXCLUSIÓN SOCIAL O MARGINALIDAD

TEMPOREROS/FERIANTES

AISLAMIENTO GEOGRÁFICO

ALUMNADO CON ALTAS

CAPACIDADES INTELECTUALES

SUPERDOTACIÓN INTELECTUAL

TALENTO SIMPLE O COMPLEJO

PRECOCIDAD INTELECTUAL

ALTERACIONES DE LA COMUNICACIÓN Y DEL LENGUAJE

TRASTORNOS DE LA COMUNICACIÓN Y DEL

LENGUAJE

AFASIA

DISFASIA

MUTISMO SELECTIVO

DISARTRIA

DISGLOSIA

DISFEMIA

RETRASO SIMPLE DEL LENGUAJE

OTROS DISLALIA

DISFONÍA

DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE

APRENDIZAJE

DISLEXIA

DISORTOGRAFÍA

DISCALCULIA

LECTOESCRITURA

LÍMITES CAPACIADA INTELECTUAL LÍMITE

RETRASO MADURATIVO

(Exclusivamente en Educación Infantil)

RETRASO MADURATIVO

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* ALUMNADO CON NECESIDAD DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (ANCE): La Resolución de 17 de mayo de 2010, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se organiza la atención educativa al alumnado con integración tardía en el sistema educativo y al alumnado en situación con desventaja socioeducativa, escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, señala respecto al:

-Informe de nivel de competencia lingüística (art. 4):

1)La valoración del nivel de desconocimiento de la lengua castellana por el alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo requerirá la elaboración de un informe de nivel de competencia lingüística, conforme al modelo del Anexo I, de dicha Resolución, en el que conste su escaso o nulo dominio de la citada lengua en su vertiente oral y/o escrita;

3)En Educación Secundaria Obligatoria, el informe será elaborado por el tutor del grupo de referencia del alumno, en colaboración con el profesorado de los Departamentos de Lengua Castellana y Literatura, de Lengua Extranjera, el profesor del ámbito sociolingüístico y el orientador del centro.

-Informe de necesidades de compensación educativa (art. 6):

1)La valoración de las necesidades educativas del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo al que no se haya aplicado las medidas contempladas en el artículo 3.3., así como del alumnado en situación de desventaja socioeducativa, siempre que presenten desfase curricular significativo de, al menos, dos cursos entre su nivel de competencia curricular y el curso en el que está escolarizado, requerirá la elaboración de un informe de necesidades de compensación educativa, conforme al modelo del Anexo II, de la mencionada Resolución;

2)La elaboración de este informe será responsabilidad del tutor, con la colaboración del resto del profesorado, así como el asesoramiento del orientador que atiende al centro. En dicho informe se determinarán, en su caso, las medidas de compensación educativa necesarias, de conformidad con la normativa vigente;

3)El informe será revisado y actualizado en función del progreso educativo del alumno y, de forma preceptiva, al la finalización de cada uno de los ciclos en educación primaria y en la educación secundaria obligatoria cuando el alumno promociones de curso;

4)Los padres o tutores legales del alumno serán informados del resultado de la valoración de las necesidades de compensación educativa de su hijo mediante comunicación, conforme al modelo de Anexo III, en la que deberán manifestar su conformidad respeto a la respuesta educativa propuesta.

6.- Información al tutor/a: El tutor/a recibirá la información correspondiente sobre los resultados de la Evaluación Psicopedagógica, así como las orientaciones para la Propuesta Curricular. Una vez informado,

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firmará en el apartado correspondiente del Informe Psicopedagógico para que quede constancia del hecho;

7.- Información a los Padres o Tutores Legales del alumno/a: Los padres o tutores legales del alumno/a serán informados sobre el resultado de la valoración realizada y sobre la propuesta educativa derivada de la misma y manifestará su conformidad o no con esta última. Dicho documento será anexado al Informe Psicopedagógico, dejando así constancia de la misma.

8.- Seguimiento y revisión: El seguimiento del alumno/a se realizará por todo el profesorado que intervenga con el mismo en coordinación con el tutor/a, quien informará al orientador/a del centro. La revisión y actualización del Informe Psicopedagógico puede realizarse en cualquier momento de la escolarización del alumno/a en que se modifique significativamente su situación personal y, perceptivamente, al final de cada etapa educativa.

9.- Superación de las necesidades educativas: Cuando se considere que un/a alumno/a ha dejado de presentar las necesidades educativas recogidas en el Informe de evaluación psicopedagógica, se elaborará un informe de baja por el orientador/a, del que se informará a los padres o tutores legales del mismo, con el siguiente contenido mínimo:

a)Datos personales;

b)Centro, curso y etapa en el que está matriculado;

c)Grupo y categoría en la que estaba incluido en la aplicación ATDI;

d)Circunstancias que concurren para darle de baja.

4.- DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS ORDINARIAS Y ESPECÍFICAS DE ATENCIÓN EDUCATIVA.

Atendiendo a la ORDEN EDU/1152/2010, de 3 de Agosto, por la que se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primara, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, las medidas de atención educativa pueden agruparse en dos grandes categorías; medidas ordinarias y medidas específicas de atención educativa

Entre las medidas ordinarias de atención educativa se encuentran:

Acción tutorial; se llevará a cabo la planificación de actuaciones para cada uno de los cursos, que posibiliten una adecuada respuesta a las características del alumnado a nivel escolar, personal y social, y la actuación sistemática en los procesos de intervención. La acción tutorial y la acción orientadora serán desarrolladas por todo el profesorado. El orientador/a del centro asesorará al profesorado en el desarrollo de la tarea orientadora implicada en el ejercicio de la acción docente y la tutoría.

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La opcionalidad en la elección de materias en la educación secundaria obligatoria y bachillerato. Las optativas que ofrece nuestro instituto aparecen en el plan de estudios del centro, incluido en el apartado 2.B del Proyecto Educativo.

Las estrategias de enseñanza, los grupos de refuerzo o apoyo en las áreas o materias de carácter instrumental, los agrupamientos flexibles de carácter colectivo y las medidas de ampliación o profundización que, en su caso, sean necesarias. Durante el presente curso se va a llevar a cabo un agrupamiento flexible de carácter colectivo en 2º E.S.O. en la asignatura de Lengua y Literatura, debido a disparidad de niveles de competencia curricular existente entre el alumnado. El propósito de este agrupamiento flexible, y puesto que los profesores implicados cuentan con disponibilidad horaria para ello, es poder atender mejor a cada uno de los alumnos, que indudablemente reciben una atención más personalizada en un grupo reducido.

También se van a llevar a cabo apoyos dentro del aula por parte de la P.T, principalmente en el primer ciclo, para la detección temprana de las dificultades de aprendizaje que se puedan dar en el alumnado, así como apoyos fuera del aula realizados por el profesorado con disponibilidad horaria, para trabajar las materias de carácter instrumental. Además, se adoptarán medidas de ampliación o profundización para aquellos alumnos/as que lo precisen. Con la finalidad de atender adecuadamente a una alumna con problemas de articulación, la profesora PT es este curso, además, especialista en Audición y Lenguaje.

Las adaptaciones curriculares, o planes de trabajo, que afecten a la metodología, a la organización, a la adecuación de las actividades, a la temporalización y a la adaptación de las técnicas, tiempos e instrumentos de evaluación, así como a los medios técnicos y recursos materiales que permitan acceder al alumnado al currículo de cada etapa. En todo caso, estas adaptaciones tomarán como referente los criterios de evaluación establecidos con carácter general en las correspondientes programaciones didácticas.

La distribución de responsabilidades será la misma que en el caso de adaptaciones significativas, excepto que la programación de la adaptación será responsabilidad exclusiva del Profesorado de Área (con la ayuda de su Departamento o del Departamento de Orientación), y en el caso de colaboración de materiales y evaluación también será la responsabilidad exclusiva del Profesorado de Área.

Plan de Acogida, conjunto de actuaciones diseñadas y planificadas que llevará a cabo el centro en los momentos iniciales de la incorporación a éste de todo el alumnado, y en especial del alumnado de integración tardía en el sistema educativo.

La aplicación de medidas específicas de prevención y control del absentismo escolar y del abandono escolar temprano en colaboración con la Comisión de Absentismo de la Dirección Provincial de Soria.

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Cuando las necesidades de los alumnos no puedan ser satisfechas a través de las medidas ordinarias se adoptarán las medidas específicas oportunas.

Entre las medidas específicas de atención a la diversidad se llevarán a cabo las siguientes:

Las adaptaciones curriculares significativas, previa evaluación psicopedagógica dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales que afecten a los elementos considerados preceptivos del currículo, entendiendo por éstos los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las correspondientes materias. Estas adaptaciones tomarán como referente los criterios de evaluación establecidos en las mismas y se realizarán según el modelo de la Resolución de 17 de agosto de 2009, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa.

La programación de las mismas correrá a cargo del Profesor de Área con la colaboración de su Departamento y, en su caso, con la del Profesor de Apoyo. En esta labor podrá solicitarse la ayuda del Departamento de Orientación.

El desarrollo de la propia adaptación se realizará por el Profesor de Área con la colaboración, en su caso, del Profesor de Apoyo.

Los materiales necesarios se prepararán por el Profesor de Área; en el caso de colaboración con Profesor de Apoyo se elaborarán conjuntamente. La evaluación es responsabilidad del Profesor de Área, si bien colaborarán en ella el Profesor de Apoyo y/o el Profesor de Pedagogía Terapéutica. La coordinación de las actividades necesarias se realizará en la Reunión de Departamento y en las reuniones de coordinación de tutores.

La permanencia excepcional en educación secundaria obligatoria (Orden EDU/865/2009, de 16 de abril). El alumno podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. La permanencia de los alumnos/as con necesidades educativas especiales podrá prologarse hasta dos años del límite de edad establecido con carácter general en el artículo 1.1 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre. Esta medida se tomará siempre que con ella se favorezca la integración socioeducativa de este alumnado y le permita la obtención del Título de Graduado en Educación Segundaria Obligatoria. Dicha permanencia será solicitada antes del 15 de mayo del correspondiente curso escolar, por la dirección del centro a titular de la Dirección Provincial de Educación, a propuesta del equipo docente que atiende al alumno/a, que tomará en consideración la opinión del padre, madre o tutor legal y las orientaciones establecidas en el informe psicopedagógico elaborado por el orientador/a. La propuesta se adoptará mediante consenso del equipo docente y, si ello no fuera posible, por mayoría de dos tercios e irá acompañada de la siguiente documentación:

a)Informe del equipo docente; b)Informe psicopedagógico; c)Plan de intervención Individual; d)Opinión de la familia firmada.

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Programa de Mejora del Aprendizaje y rendimiento:

Se ha implantado este año en el centro el 2º curso del Programa para la Mejora

del Aprendizaje y del Rendimiento contemplado en la LOMCE. Este programa

viene a sustituir lo que hasta ahora conocíamos como Diversificación Curricular.

A continuación, señalado en cursiva, se reproduce el Artículo 19 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, a partir del cual se tomarán a final de curso decisiones acerca del alumnado susceptible de participar en el Programa de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento.

1. Los Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento se desarrollarán a

partir de 2.ºcurso de la Educación Secundaria Obligatoria.

En dichos programas se utilizará una metodología específica a través de la

organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias, diferente a

la establecida con carácter general, con la finalidad de que los alumnos y alumnas

puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado en

Educación Secundaria Obligatoria.

2. Estos programas irán dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas

que presenten dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o

esfuerzo.

El equipo docente podrá proponer a los padres o tutores legales la incorporación a

un Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de aquellos alumnos y

alumnas que hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa, y que una vez

cursado el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria no estén en condiciones

de promocionar al segundo curso, o que una vez cursado segundo curso no estén en

condiciones de promocionar al tercero. El programa se desarrollará a lo largo de los

cursos segundo y tercero en el primer supuesto, o sólo en tercer curso en el segundo

supuesto.

Aquellos alumnos y alumnas que, habiendo cursado tercer curso de Educación

Secundaria Obligatoria, no estén en condiciones de promocionar al cuarto curso,

podrán incorporarse excepcionalmente a un Programa de mejora del aprendizaje y del

rendimiento para repetir tercer curso.

En todo caso, su incorporación requerirá la evaluación tanto académica como

psicopedagógica y la intervención de la Administración educativa en los términos que

esta establezca, y se realizará una vez oídos los propios alumnos o alumnas y sus

padres, madres o tutores legales.

3. Las Administraciones educativas podrán optar por organizar estos programas de

forma integrada, o por materias diferentes a las establecidas con carácter general:

a) En el supuesto de organización de forma integrada, el alumnado del programa

cursará en grupos ordinarios todas las materias del 2º y 3º curso, si bien éstas serán

objeto de una propuesta curricular específica, en la que los contenidos podrán

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agruparse por ámbitos de conocimiento, por proyectos interdisciplinares o por áreas de

conocimiento; requerirá, en todo caso, de una orientación metodológica adaptada.

b) En caso de optar por un programa organizado por materias diferentes a las

establecidas con carácter general se podrán establecer al menos tres ámbitos

específicos, compuestos por los siguientes elementos formativos:

1.º) Ámbito de carácter lingüístico y social, que incluirá al menos las materias

troncales Lengua Castellana y Literatura y Geografía e Historia, y la materia lengua

Cooficial y Literatura.

2.º) Ámbito de carácter científico y matemático, que incluirá al menos las materias

troncales Biología y Geología, Física y Química, y Matemáticas.

3.º) Ámbito de lenguas extranjeras.

En esta modalidad, se crearán grupos específicos para el alumnado que siga estos

programas, el cual tendrá, además, un grupo de referencia con el que cursará las

materias no pertenecientes al bloque de asignaturas troncales.

4. Cada programa deberá especificar la metodología, la organización de los contenidos

y de las materias y las actividades prácticas que garanticen el logro de los objetivos de

la etapa y la adquisición de las competencias que permitan al alumnado promocionar a

cuarto curso al finalizar el programa y obtener el Título de Graduado en Educación

Secundaria Obligatoria. Además, se potenciará la acción tutorial como recurso

educativo que pueda contribuir de una manera especial a subsanar las dificultades de

aprendizaje y a atender las necesidades educativas de los alumnos.

5. La evaluación del alumnado que curse un programa de mejora del aprendizaje y

del rendimiento tendrá como referente fundamental las competencias y los objetivos de

la Educación Secundaria Obligatoria, así como los criterios de evaluación y los

estándares de aprendizaje evaluables.

6. Las Administraciones educativas garantizarán al alumnado con discapacidad que

participe en estos programas la disposición de los recursos de apoyo que, con carácter

general, se prevean para este alumnado en el Sistema Educativo Español.

Acciones de carácter compensatorio dirigidas al alumnado que presente necesidades educativas por estar en situación de desventaja socioeducativa.

Adaptación lingüística y Social. Se llevará a cabo la atención en aulas específicas de apoyo para el alumnado de integración tardía en el sistema educativo cuya lengua materna sea distinta al castellano. Alumnos con desconocimiento del idioma que se encuentren en el nivel A-1 o A-2 según la RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2010, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se organiza la atención educativa al alumnado con integración tardía en el sistema educativo y al alumnado en situación de desventaja socioeducativa escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y E SO.

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5.- PROGRAMAS ESPECÍFICOS QUE SE IMPLEMENTAN EN EL CENTRO PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.

CONCRECIÓN DEL PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO

(REALIZADO A PARTIR DE LA ORDEN EDU/590/2016, DE 23 DE JUNIO, POR LA QUE SE CONCRETAN LOS PROGRAMAS DE MEJOR

DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO QUE SE DESARROLLAN EN LOS CENTROS QUE IMPARTEN EDUCACIÓN SECUNDARIA

OBLIGATORIA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y SE REGULA SU PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y EL PROCEDIMIENTO

PARA LA INCORPORACIÓN DEL ALUMNADO)

INTRODUCCIÓN

El punto de partida para la elaboración de este Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento es el reconocimiento de la existencia de un grupo de alumnos que no pueden seguir un proceso de aprendizaje totalmente normalizado por presentar dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo. Las medidas ordinarias y algunas extraordinarias recogidas en el Proyecto Educativo y en las Programaciones de las áreas no han llevado al éxito deseado en el desarrollo de las competencias.

Dos son las razones de carácter general que se han tenido en cuenta en la elaboración de este programa. La primera, es tener presente que la naturaleza de la Educación Secundaria Obligatoria es ofrecer todas las posibilidades para desarrollar las competencias necesarias para crecer como personas e insertarse en la sociedad; por tanto, no se trata de seleccionar a los “más aptos”, sino de dar posibilidades de desarrollo. La segunda, es tener muy presente que poseer o no el título de Graduado de Educación Secundaria puede resultar decisivo para las opciones de futuro y que existe una exigencia del título para continuar estudios y para el acceso a muchos puestos laborales.

Es necesario, por tanto, tomar cuantas medidas sean necesarias. Son medidas extraordinarias la repetición de curso (no repetir lo mismo, sino reestructurar lo que no funcionó), las adaptaciones curriculares y, por último, la realización del programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento.

El programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento es una medida de atención a la diversidad, que consiste en adaptar globalmente ciertas áreas del currículo de la ESO para dar respuesta a las necesidades individuales de determinados alumnos. En dichos programas se utilizará una metodología específica a través de la organización de contenidos y actividades prácticas con la finalidad de que los alumnos y alumnas puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

CRITERIOS PARA DETERMINAR EL ALUMNADO QUE SE VA A INCORPORAR AL PROGRAMA

Para poder incorporarse al primer curso del Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento los alumnos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa.

b) Haber cursado primer curso de educación secundaria obligatoria y no estar en condiciones de promocionar a segundo curso.

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c) Existir riesgo evidente de no alcanzar los objetivos y competencias de la etapa cursando el currículo ordinario.

d) Existir expectativas de que, con la incorporación al Programa, puede cursar cuarto curso por la vía ordinaria y obtener el título de Graduado en educación secundaria obligatoria.

Para poder incorporarse al segundo curso del Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento los alumnos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa, incluido el segundo curso de educación secundaria obligatoria.

b) Haber cursado segundo y no estar en condiciones de promocionar a tercer curso.

c) Existir riesgo evidente de no alcanzar los objetivos y competencias de la etapa cursando el currículo ordinario Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

d) Existir expectativas de que, con la incorporación al Programa, puede cursar cuarto curso por la vía ordinaria y obtener el título de Graduado en educación secundaria obligatoria.

Asimismo y de manera excepcional, podrán incorporarse al segundo curso del Programa los alumnos que hayan cursado tercer curso de la etapa, no lo hayan repetido con anterioridad y no estén en condiciones de promocionar a cuarto. En este caso, la incorporación supondrá la repetición de tercer curso.

En ningún caso se podrán incorporar al programa aquellos alumnos que, por circunstancias de edad o de permanencia en la etapa, no puedan cursar el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria, según determina el artículo 22.4 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

Además de los requisitos legislativos, también se tendrán en cuenta otros aspectos como:

Que muestren dificultades generalizadas de aprendizaje, materializándose éstas en que no hayan superado las áreas del curso precedente, pero que trabajen, acudan al centro y no presenten problemas de conducta.

Para los que otras medidas de atención a la diversidad no han resultado efectivas.

Que a juicio del profesorado, mantienen expectativas de alcanzar los objetivos generales de etapa, con las modificaciones pertinentes del currículo, y consecuentemente de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria.

Que muestran interés por obtener dicho título y aceptan voluntariamente acceder al Programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento, asumiendo los compromisos que ello implica.

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ELECCIÓN DEL ÁMBITO PRÁCTICO

El equipo directivo ha determinado adscribir al Departamento de Tecnología la impartición del ámbito práctico. El currículo, adjunto a este documento, tiene por objetivo específico facilitar a los alumnos su transición a la vida laboral y su orientación hacia las familias profesionales de formación profesional específica, a través de contenidos básicos y actividades diversas.

CRITERIOS PARA ASIGNAR LOS ÁMBITOS A LOS DEPARTAMENTOS

En cuanto a la elección del departamento de Tecnología, los criterios que se han tenido en cuenta, son los siguientes:

Se trata del departamento mejor preparado para impartir materias que tienen que ver con el nivel 1 del catálogo de Cualificaciones Profesionales.

Dispone de medios y espacios para cumplir con los objetivos del ámbito práctico

Los ámbitos lingüístico y social, y científico y matemático del Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento serán impartidos, respectivamente, por el profesorado de apoyo a dichos ámbitos perteneciente al departamento de orientación en el caso de que se esas plazas se cubran en el cupo anual. Si no fuesen cubiertas, se asignarían a los departamentos responsables de las materias implicadas en cada ámbito según disponibilidad horaria.

El ámbito de lenguas extranjeras será impartido por profesorado del Departamento de Inglés.

PLANIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS PROPIAS DE LA TUTORÍA

Al inicio del curso escolar se elaborará el plan de acción tutorial que será incorporado en el proyecto educativo del centro. Su elaboración será responsabilidad del equipo directivo bajo las directrices realizadas por la comisión de coordinación pedagógica y el asesoramiento del orientador.

El Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento potenciará la acción tutorial como recurso educativo que pueda contribuir a mejorar el proceso de aprendizaje y atender las necesidades educativas de los alumnos.

Los tutores específicos del Programa se coordinarán con los tutores de los grupos de referencia de cara al seguimiento de los alumnos y a las sesiones de evaluación.

Los temas a tratar en las tutorías específicas de primero y segundo curso, estarán enfocados a desarrollarlos siguientes aspectos:

Temáticas ajustadas a las características y a la personalidad de estos alumnos.

Estrategias y técnicas de trabajo intelectual que favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y el enriquecimiento instrumental.

Actividades que incidan en su desarrollo personal y social.

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Las actuaciones de tutoría con el grupo ordinario del segundo curso del Programa serán las que se hayan programado en el Plan de Acción Tutorial del centro para los alumnos de la etapa, adecuadas a las necesidades e intereses del alumnado del Programa, concretadas en:

Orientación académica y profesional, necesaria para facilitar el paso de los programas a cuarto curso de educación secundaria obligatoria u otras enseñanzas

La integración de estos alumnos en el grupo ordinario

La mejora de la convivencia en la propia aula y en el centro

Asimismo, se incidirá de una manera especial en el contacto con las familias y en el seguimiento académico del alumnado por lo que se programarán tres encuentros con las familias en grupo, y se establecerá una hora a la semana de atención individual para el seguimiento académico.

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS Y METODOLÓGICOS

oPrincipios pedagógicos

Los principios pedagógicos que inspiran este proyecto no son distintos de los que se recogen en el Proyecto Educativo, pero sí conviene destacar los que tienen un significado especial para PMAR:

1. La metodología didáctica será fundamentalmente activa y participativa, favoreciendo el trabajo individual y cooperativo del alumnado, así como el logro de los objetivos y competencias correspondientes.

2. Desarrollo de la autonomía: cada alumno construye su forma de realizar su propio aprendizaje. El plan debe respetar este principio creando las condiciones necesarias para conseguirlo: planificación y control de actividades…

3. Punto de partida: aprendizajes previos, las posibilidades reales del alumno; los conocimientos y expectativas reales con los que se aproximan a las actividades y tareas son el punto de partida para comenzar a construir nuevos aprendizajes. Para los alumnos de este plan se debe tener en cuenta las posibilidades reales en la comunicación y expresión así como organización de la información y razonamiento. Los alumnos han de tener la sensación real de que pueden llevar a cabo las actividades, de que tienen capacidades suficientes para aprender…

4. Mejor disposición hacia aquello que conecta con nuestros intereses, el plan debe partir de una exploración previa de los intereses de estos alumnos; las actividades que se propongan deben llevar a abrir expectativas de poder aprender.

5. Aprendizajes funcionales, aquello que se puede utilizar de forma eficaz y pertinente en otros contextos y aplicarlos a nuevas situaciones reales o a nuevos aprendizajes. En este sentido se debe cuidar que su aplicación esté conectada con su entorno más próximo.

6. La integración y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación se promoverá como recurso metodológico eficaz para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje.

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7. El trabajo en equipo del profesorado se asegurará con objeto de proporcionar un enfoque multidisciplinar del proceso educativo, garantizando la coordinación de todos los miembros del equipo docente.

oPrincipios metodológicos

Al igual que en el punto anterior, los principios metodológicos son básicamente los mismos que se recogen en el Proyecto Educativo de Centro, basados en una metodología activa, participativa y colaborativa. Sin embargo las deficiencias y necesidades de estos alumnos y la reducción de la ratio hace que se refuercen algunas opciones metodológicas:

1. Personalización y socialización. Combinar una atención más personalizada y una atención al grupo; el trabajo individual facilita la responsabilidad y autonomía de los alumnos; en los trabajos cooperativos se va formando el grupo y se va creando un clima en el que todos pueden aportar alguna cosa a los demás y les permite contrastar sus avances. En este contexto es necesario aplicar con mayor rigurosidad los principios de la construcción de aprendizajes significativos.

2. Información clara, precisa y sistemática de la programación (objetivos, contenidos y criterios de evaluación, así como estándares de aprendizaje y competencias): los alumnos de PMAR, mucho más que otros, necesitan saber en todo momento qué van a aprender y por qué; igualmente necesitan conocer de inmediato los errores que están cometiendo al realizar las actividades.

3. La mayor globalización posible de los contenidos de ciertas áreas (otra alternativa sería trabajar de forma interdisciplinar): los alumnos ya han fracasado en la comprensión de los contenidos de algunas disciplinas. Ahora se pretende crear un nuevo contexto donde contenidos de distintas áreas estén relacionados y permita superar el bloqueo mental que sufren los alumnos.

CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO Y LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, HORARIOS Y RECURSOS MATERIALES

CRITERIOS GENERALES

En este caso, se opta por un programa organizado por materias diferentes a las establecidas con carácter general estableciendo tres ámbitos específicos, compuestos por los siguientes elementos formativos:

1º) Ámbito lingüístico y social, que incluirá las materias troncales de Lengua Castellana y Literatura y Geografía e Historia.

2º) Ámbito científico y matemático, que incluirá las materias troncales de Física y Química y Matemáticas en segundo curso y Biología y Geología en tercer curso.

3º) Ámbito de lenguas extranjeras: inglés

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En esta modalidad, se creará un grupo específico para el alumnado que sigue este programa, teniendo además, un grupo de referencia con el que cursará las materias no incluidas en los ámbitos.

PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS

El programa de PMAR está previsto para desarrollarse en dos cursos. En la elaboración, selección de los alumnos y desarrollo del programa intervienen todos los profesores, Departamentos, Equipo Directivo (Jefatura de estudios y Dirección) y Departamento de Orientación. Por tanto, las medidas concretas de la organización se tienen que tomar a distintos niveles. Sin embargo deben tener presentes los siguientes principios:

Flexibilidad: en la agrupación de los alumnos, en el horario, en la utilización de recursos y espacios… La flexibilidad debe permitir la ayuda personalizada.

Integración en grupos ordinarios de 2º y 3º de la ESO: este grupo de referencia permite a los alumnos integrarse con el resto de compañeros en las actividades del centro: elección de delegados, preparación de las sesiones de evaluación, excursiones, actividades deportivas… Significa que para estos alumnos se mantiene la máxima normalización posible.

Corresponsabilidad: la atención a la diversidad es un compromiso de todo el profesorado; por ello, la Comisión de Coordinación Pedagógica en el marco de sus competencias y responsabilidades vigilará para que alumnos y profesores del PMAR no sean apartados de la actividad general del Centro, exigiendo las medidas oportunas de los órganos de gestión o de coordinación didáctica.

Concretamente:

o Los alumnos de PMAR pertenecerán a los cursos 2º y 3º de la ESO.

o Todos los alumnos estarán en el mismo grupo de referencia por necesidades organizativas del centro.

o Tiempos:

1. Los períodos lectivos serán de 50 minutos en todos los casos.

2. Segundo curso de PMAR tendrán dos horas de tutoría semanal: una específica y otra con el grupo de referencia.

3. Las aulas se distribuirán de acuerdo con el horario general del centro.

DE LOS AGRUPAMIENTOS DE ALUMNOS

Una de las prioridades de este programa es, como se ha establecido anteriormente, conseguir una integración lo más profunda posible del alumno con su entorno

Cursarán el bloque de asignaturas específicas, con igual número de horas, con su grupo de referencia.

Se agrupará el menor número posible de alumnos en las áreas comunes, para facilitar un mejor seguimiento individualizado.

Se pondrá empeño en la participación de estos alumnos en cualquier actividad del grupo de referencia y del centro.

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DE LOS PROFESORES

Con carácter general, en los centros públicos, los ámbitos lingüístico y social, y científico y matemático del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento serán impartidos, respectivamente, por el profesorado de apoyo a dichos ámbitos perteneciente al departamento de orientación.

El ámbito de lenguas extranjeras será impartido por profesorado del Departamento de Inglés.

El resto de materias que formen parte del Programa serán impartidas por el profesorado de los departamentos de coordinación didáctica del centro que tienen asignada la impartición de las mismas.

En los periodos lectivos de las áreas comunes, compartidas con el grupo, los profesores seguirán las indicaciones, si las hubiera, del D.O. En cualquier caso, se promoverá la participación e integración de estos alumnos.

DE LOS TUTORES ESPECÍFICOS

Se designará el tutor/a de entre los que impartan las áreas específicas globalizadas preferentemente.

Se trabajará el concepto de atención a la diversidad como algo natural dentro del propio proceso de desarrollo y madurez del individuo (también se observará este aspecto en las horas de tutoría comunes)

DE LAS TUTORÍAS

Su contenido estará inmerso dentro del Plan de Acción Tutorial de Centro.

Habrá un tutor/a del curso de referencia y otro del grupo concreto de PMAR.

Desde ambas tutorías (general y específica), se tratará el tema del Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento como aspecto integrador de la persona, y nunca como un obstáculo social o individual

RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO

Estos alumnos disfrutarán de los mismos recursos del centro que el resto de sus compañeros, (aulas específicas, laboratorios, biblioteca, pabellones deportivos…), al igual que de material especifico de nuevas tecnologías como sala de ordenadores, proyectores, etc.

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HORARIOS

TIPO PERIODO LECTIVO

2º 3º

GRUPO ESPECÍFICO

ÁMBITO LINGÜÍSTICO Y SOCIAL

7 7

ÁMBITO CIENTÍFICO Y MATEMÁTICO

7 7

ÁMBITO DE LENGUAS EXTRANJERAS: INGLÉS

3 3

GRUPO DE REFERENCIA

BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS

Educación física

2 2

Valores ét o Religión

2 1

Cultura clásica

3 Se eligen

dos Educación

plástica 3

Música 3 Música 3

Tecnología 3

ÁMBITO PRÁCTICO

2 2

TUTORÍA 1

GRUPO ESPECÍFICO

TUTORÍA

1

1

TOTAL 30 30

MEDIDAS PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS MATERIAS PENDIENTES

La evaluación del alumnado que curse un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento tendrá como referente fundamental las competencias y los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, así como los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables.

Al finalizar tanto primero como el segundo año del Programa, los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria en el mes de septiembre destinada a posibilitar la recuperación de los ámbitos y las materias con calificación negativa. La evaluación de esta prueba se hará con los mismos criterios empleados en la sesión de evaluación de junio.

Los alumnos que cursen el Programa promocionarán de curso si superan todos los ámbitos y materias. A los alumnos que finalicen primero o segundo curso del Programa con algún ámbito o materia pendiente de superación se les aplicarán los criterios de promoción establecidos en el artículo 22, apartado 2, del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

A efectos de promoción, para realizar el cómputo de materias, el profesorado de los ámbitos lingüístico y social, y científico matemático, diferenciará por materias las calificaciones obtenidas por los alumnos. El ámbito de lenguas extranjeras computará como una materia

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

Al final de cada curso, el Departamento de Orientación elaborará una Memoria sobre el programa de PMAR a partir de la recopilación objetiva de datos, así

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como de la valoración de los diferentes organismos y miembros de la comunidad educativa, que incluirá:

e) Informe sobre el progreso del alumno que ha seguido el programa.

f) Valoración de los aspectos concretados para dicho programa.

Para la valoración de dicho programa, se atenderá a los siguientes criterios:

g) Grado de satisfacción personal del alumnado respecto al programa y en relación con sus expectativas personales y escolares.

h) Progreso experimentado por cada alumno en relación con su situación de partida.

i) Número de alumnos del programa que han promocionado.

j) Grado de integración de los alumnos en la dinámica del centro y con respecto a sus restantes compañeros.

k) Nivel de adecuación del currículo establecido para los alumnos que siguen el programa.

l) Grado de implicación de los distintos órganos de coordinación docente y del profesorado en general, en la aplicación y desarrollo del programa.

Al final de cada curso la C.C.P. valorará el programa y aprobará las propuestas de modificación. Los Departamentos didácticos harán las aportaciones curriculares necesarias.

La Inspección de Educación supervisará el programa e indicará sugerencias.

6.- ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (ACNEES) Y AL ALUMNADO CON NECESIDADES DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (ANCEs).

1. Criterios generales para la elaboración de las adaptaciones curriculares y planes de trabajo para alumnos con necesidades educativas especiales.

▪ Partir siempre del currículo ordinario de las áreas. ▪ Partir de la evaluación psicopedagógica realizada previamente. ▪ Intentar que la adaptación sea lo más cercana posible al currículo ordinario. ▪ Proponer planes de trabajo antes que adaptaciones significativas.

2. Adaptaciones curriculares significativas y adaptaciones curriculares (planes de trabajo).

Se entiende por adaptación curricular significativa toda modificación realizada en los elementos considerados preceptivos del currículo, entendiendo por éstos los objetivos, contenidos y criterios de evaluación establecidos en las áreas y materias, además podrá afectar a otros aspectos curriculares como la temporalización, la metodología, las técnicas e instrumentos de evaluación y otros aspectos organizativos. Son medidas extraordinarias de atención educativa que sólo se diseñarán y aplicarán cuando no hayan resultado suficientes otras medidas de atención

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educativa aplicadas con anterioridad y exclusivamente para el alumnado con necesidades educativas especiales que presenten un desfase curricular de dos cursos, entre su nivel de competencia curricular y el curso en el que efectivamente se encuentre escolarizado. Se entenderá por adaptación curricular o plan de trabajo aquel que afecte a la metodología, a la organización, a la adecuación de las actividades, a la temporalización y a la adaptación de las técnicas, tiempos e instrumentos de evaluación, así como a los medios técnicos y recursos materiales que permitan acceder al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al currículo de cada etapa. En todo caso, estas adaptaciones curriculares o planes de trabajo tomarán como referente los criterios de evaluación establecidos con carácter general en las correspondientes programaciones didácticas. Son medidas de carácter ordinario que pueden llevarse a cabo con cualquier alumno/a que presente dificultades en una materia.

2)Procesos de toma de decisiones en relación con las adaptaciones curriculares significativas.

Las Adaptaciones Curriculares Significativas tomarán como referencia la información contenida en el Informe psicopedagógico del alumno/a con necesidades educativas especiales y, en su caso, las decisiones y propuestas de mejora contenidas en la del curso anterior. Su elaboración se realizarán en el primer trimestre del curso escolar, salvo aquellos casos que sean valorados durante el curso que lo realizarán en el plazo de un mes desde la finalización del proceso de evaluación psicopedagógica. La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será realizada por el profesorado que atiende al alumno/a y que imparte las materias objeto de adaptación curricular, bajo la coordinación del tutor/a, con la colaboración del profesorado que ejerce funciones de apoyo específico y el asesoramiento del orientador/a que atiende el centro, mediante reuniones que convocará el director/a del centro, a petición del tutor/a, con la finalidad de poner en marcha el proceso. Una vez iniciado el proceso, cada profesor/a implicado, elaborará con los datos y directrices recogidas, la Adaptación Curricular Significativa en su materia, según el modelo que aparece en la Resolución de 17 de agosto de 2009, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa. Recogidas las concreciones de las adaptaciones curriculares significativas para las distintas materias, el tutor/a elaborará, con la colaboración el profesorado implicado y el asesoramiento del orientador/a del centro, el Documento Individual de adaptación curricular significativa que contendrá, al menos, la información relativa a los siguientes apartados del modelo que aparece como Anexo de la anteriormente nombrada Resolución:

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Determinación de las áreas o materias, en función de la etapa educativa, que van a ser objeto de adaptación curricular significativa;

Fecha de elaboración y duración prevista; Profesionales implicados en la realización del documento individual de adaptación curricular significativa; Síntesis de la información contenida en el informe psicopedagógico; Medidas de acceso previstas, en su caso; Concreción de las adaptaciones curriculares significativas para las distintas áreas o materias. La evaluación de las materias objeto de adaptación curricular significativa, así como su calificación, será responsabilidad del profesorado que las imparte, valorando, en su caso, las aportaciones del profesorado que ejerce funciones de apoyo específico, fundamentalmente en las áreas instrumentales. Una vez concluida la sesión de evaluación trimestral, el director/a del centro convocará una reunión a la que acudirá el tutor/a del alumno/a, los profesores cuyas materias hayan sido adaptadas, el profesorado que ejerce funciones de apoyo específico y, en su caso, el orientador/a que atiende el centro, con el objeto de proceder a incorporar la información correspondiente al seguimiento de la adaptación en el documento individual de adaptación curricular significativa. El tutor/a recabará dicha información y procederá a registrarla en la parte correspondiente. Finalizado el curso escolar, tras la sesión de evaluación final, los responsables de la elaboración de la adaptación curricular significativa deberán tomar las decisiones oportunas y, en su caso, las propuestas de mejora, en función de los resultados de la evaluación del alumnos/a, recogiéndose en el apartado correspondiente de su documento. Los padres o tutores legales serán informados por el tutor/a del alumno/a de las adaptaciones curriculares significativas que se van a llevar a cabo, para lo cual puede contar con el asesoramiento del orientador/a del centro o del profesorado que ejerce funciones de apoyo específico. Al final de cada período de evaluación la información que se les proporciones a las familias constará de una valoración cualitativa de los logros respecto a lo planteado en la adaptación curricular significativa, así como las dificultades detectadas y las medidas que, en su caso, se propongan para trabajar en la evaluación o curso siguiente.

7.- ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES Y DE LOS ESPACIOS EN EL CENTRO Y OTRAS INSTANCIAS EXTERNAS AL MISMO.

Recursos humanos y materiales:

El plan de atención será llevado a cabo por:

- Todo el profesorado del centro.

- Departamento de Orientación.

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Los recursos materiales utilizados para llevar a cabo este plan son los habituales del centro: libros, cuadernillos, videos, juegos, programas educativos de ordenador, etc. Si fuera necesario se solicitarán recursos al EOEP y el CFIE de la zona.

Espacios específicos en el centro:

-Cada grupo de ESO cuenta con un aula de referencia y otra para desdobles.

-Aula de apoyo PT y Audición y Lenguaje.

8. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS DISTINTOS PROFESIONALES EN RELACIÓN A LAS MEDIDAS DISEÑADAS.

PROFESOR/A TUTOR/A:

Atender las dificultades de aprendizaje de sus alumnos.

Planificar objetivos, actividades y materiales a usar con los alumnos, en colaboración con el resto de profesionales implicados en su aprendizaje.

Facilitar la integración en el grupo de todos sus alumnos, fomentando la participación en todas las actividades del centro.

Colaborar con el Departamento de Orientación para la evaluación y seguimiento de los alumnos

Proponer junto con el profesor de apoyo la modalidad de apoyo más conveniente.

Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos junto con todos los profesionales implicados.

Informar a las familias del proceso de aprendizaje de los alumnos.

Elaborar informes de competencia lingüística e informes de compensación educativa con apoyo y asesoramiento del Departamento de Orientación.

PROFESORADO DE ÁREA:

Atender las dificultades de aprendizaje de sus alumnos.

Planificar objetivos, actividades y materiales a usar con los alumnos, en colaboración con el resto de profesionales implicados en su aprendizaje. Facilitar la integración en el grupo de todos sus alumnos, fomentando la participación en todas las actividades del centro. Colaborar con el Departamento de Orientación para la evaluación y seguimiento de los alumnos.

PROFESOR/A DE APOYO:

Establecer junto con el tutor los objetivos a conseguir, las actividades y materiales a usar con los alumnos.

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Proponer con el tutor la modalidad de apoyo más conveniente según las características de la situación: desdoble, apoyo individualizado dentro/fuera del aula….

Realizar las actividades de apoyo según el horario establecido.

Colaborar en la evaluación del alumnado junto con el tutor.

Participar en las coordinaciones establecidas.

ORIENTADORA DEL CENTRO:

Asesorar al profesorado que interviene con estos alumnos sobre la selección de materiales, recursos…

Mantener contactos con otros Servicios e Instituciones.

Asesorar al centro acerca de las medidas de atención a la diversidad.

Atender las demandas de valoración psicopedagógica, canalizadas a través de los tutores. Se utilizarán la hoja de derivación, cumplimentada por el tutor y con la autorización de los padres.

Mantener contactos periódicos con el profesorado para intercambiar información sobre dificultades y problemas de los alumnos.

Realizar entrevistas con padres / madres, para informar de los resultados de evaluación psicopedagógica, seguimiento, orientación…

Elaborar los informes de evaluación psicopedagógica y los dictámenes de escolarización en su caso así como realizar el seguimiento pertinente.

9. COLABORACIÓN CON LA FAMILIA

La información a las familias se llevará a cabo fundamentalmente a través de:

Primera reunión de cada curso donde se informará de las pautas generales de este plan.

Entrevistas individuales en horario de atención a familias.

Reuniones esporádicas cuando sea necesario bien por parte del tutor o por parte de la familia.

Los boletines trimestrales de evaluación.

Cuando se realice evaluación psicopedagógica la familia o tutores legales serán informados por el orientador/a junto con el tutor/a.

Cuando un alumno/a precise una medida específica de atención educativa será puesto en conocimiento de las familias o tutores legales a través de la tutora y de la orientadora del centro manteniendo una entrevista con los mismos con el objetivo de conseguir la autorización de la familia firmando el correspondiente documento de autorización.

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10. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

La evaluación se efectuará a dos niveles:

-Evaluación de los resultados obtenidos por el alumnado afectado por el plan, ya mencionado anteriormente.

-Evaluación del plan propiamente dicho.

El objetivo de esta evaluación será el de analizar con una periodicidad anual, preferentemente al final de cada curso, la adecuación de éste a la realidad del centro, y diseñar las modificaciones pertinentes en cuanto a alumnado y recursos humanos y materiales previstos para el curso siguiente.

Indicadores para la evaluación del plan:

- Adecuación de las medidas adoptadas a las necesidades reales del centro.

- Eficacia de las medidas adoptadas, y viabilidad de las mismas.

- Evaluación del proceso seguido para la realización de las medidas de atención a la diversidad.

- Estudio y evaluación de las propuestas recogidas en el documento.

- Mejoras a introducir en el documento.

- Grado de implicación de todos los profesionales.

Instrumentos de evaluación:

-Encuestas a profesores y familias.

-Análisis de los resultados académicos de los alumnos/as.

-Actas de reuniones de coordinación con los tutores/as.

Proceso a seguir:

1. Análisis y evaluación en las C.C.P.

2. Elevación de conclusiones y posibles modificaciones en el “Claustro de Profesores” para su conocimiento.

3. Inclusión de las valoraciones en la “Memoria de Final de Curso, que a su vez servirá de base para la “P.G.A.” del curso siguiente.

Si las condiciones del centro se vieran alteradas por cualquier motivo durante el periodo escolar, se procedería a realizar las modificaciones oportunas.

La revisión del Plan de Atención a la Diversidad se realizará a principio de curso, atendiendo a las conclusiones obtenidas en la evaluación y a las circunstancias existentes en dicho momento.