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2015/16 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PLAN DE CENTRO Centro Educativo de Educación Infantil y Primaria “TÍNAR”

PLAN DE CENTRO · educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010,

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2015/16

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO

PLAN DE CENTRO

Centro Educativo de Educación Infantil y Primaria “TÍNAR”

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PLAN DE CENTRO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Índice

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. ..................................................................................................................... 4

TÍTULO PRELIMINAR. ............................................................................................................................. 5

TÍTULO I. LA COMUNIDAD EDUCATIVA. .............................................................................................. 5

CAPÍTULO I. ORGANIZACIÓN GENERAL Y CAUCES DE PARTICIPACIÓN. ....................................... 5

CAPÍTULO II. EL ALUMNADO .......................................................................................................... 6

Sección 1ª. El alumnado del Centro, sus derechos y deberes ......................................... 6

Sección 2ª. Participación del alumnado. .......................................................................... 9

Sección 3ª. Entradas, salidas y asistencia a clase. .......................................................... 13

Sección 4ª. Evaluación y promoción del alumnado. ...................................................... 16

CAPÍTULO III. EL PROFESORADO. .................................................................................................. 18

Sección 1ª. El profesorado del Centro, sus derechos y deberes. ................................... 18

Sección 2ª. Participación del profesorado. .................................................................... 20

CAPÍTULO IV. LAS FAMILIAS. ......................................................................................................... 21

Sección 1ª. Las familias, sus derechos y deberes. .......................................................... 21

Sección 2ª. Participación de las familias. ....................................................................... 23

CAPÍTULO V. EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS (PAS) Y OTRO PERSONAL CON VINCULACIÓN AL CENTRO. ........................................................................................................... 24

TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO Y ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE. ....... 29

CAPÍTULO I. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO. ................................................................ 29

Sección 1ª. El Consejo Escolar. ....................................................................................... 29

Sección 2ª. El Claustro del Profesorado. ........................................................................ 32

CAPÍTULO II. ÓRGANO DE GOBIERNO: EL EQUIPO DIRECTIVO. .................................................. 33

Sección 1ª. Aspectos generales. ..................................................................................... 33

Sección 2ª. La dirección del centro. ............................................................................... 34

Sección 3ª. La jefatura de estudios y la secretaría. ........................................................ 36

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CAPÍTULO III. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y TUTORÍAS. ......................................... 38

Sección 1ª. Órganos de coordinación docente. ............................................................. 38

Sección 2ª. La tutoría. .................................................................................................... 43

TITULO III. ASPECTOS DE FUNCIONAMIENTO. .................................................................................... 45

TÍTULO IV. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO. ....................................................................... 66

A. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO. ....................................................................... 66

1. Identificación, titularidad y emplazamiento ........................................................... 66

2. Descripción del centro y su entorno ....................................................................... 68

3. Identificación y análisis de riesgos .......................................................................... 79

4. Medidas y medios de autoprotección ..................................................................... 82

5. Mantenimiento preventivo de instalaciones .......................................................... 94

6. Plan de actuación ante emergencias ....................................................................... 95

7. Interfase ................................................................................................................. 122

8. Implantación .......................................................................................................... 123

9. Mantenimiento ...................................................................................................... 126

ANEXO 1 DIRECTORIO DE COMUNICACIONES ............................................................. 131

ANEXO 2 FORMULARIOS .............................................................................................. 132

ANEXO 3. PLANOS ........................................................................................................ 135

B. PLAN DE EVACUACIÓN .................................................................................................... 136

Introducción .................................................................................................................... 136

Identificación de la alarma .............................................................................................. 136

Evacuación ...................................................................................................................... 136

Consideraciones generales ............................................................................................. 139

Identificación y análisis de los puntos de riesgo propios y externos. Actuaciones. ....... 139

Otras consideraciones ..................................................................................................... 143

Responsabilidades del profesorado ................................................................................ 144

Instrucciones para el alumnado ...................................................................................... 144

Instrucciones a seguir en caso de confinamiento ........................................................... 145

Medios humanos: ........................................................................................................... 146

Base legal: ....................................................................................................................... 146

Bibliografía: ..................................................................................................................... 146

Anexos .......................................................................................................................... 147

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

La Constitución Española de 1978 establece como objetivo básico de la Educación el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE) y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (en adelante LEA), normas rectoras de la educación en nuestro país y nuestra comunidad autónoma respectivamente, insisten, entre otros, en ese principio básico. Ambas normas reconocen que los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y exigen que los centros se doten de sus propias normas de organización y funcionamiento. En concreto, la LEA en su artículo 128, da nombre a estas normas y establece que cada centro elaborará el llamado Reglamento de Organización y Funcionamiento (en adelante ROF). Éste recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.

Por fin, el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, en su art. 24 establece los aspectos que debe contemplar el ROF.

En este contexto, la Comunidad Educativa del CEIP Tínar se dota del presente Reglamento y con él pretende disponer de un instrumento capaz de favorecer:

- La participación de todos y todas en la tarea común de la enseñanza y educación de los alumnos y alumnas.

- Un clima de solidaridad que posibilite la actuación conjunta de toda la comunidad en la consecución de los objetivos del Centro.

- El cumplimiento del Plan de Convivencia y la consecución de hábitos de convivencia y respeto mutuo.

- La preparación para el desenvolvimiento y adaptación a la vida.

Las previsiones contenidas en su articulado responden a la normativa actualmente vigente y a la necesidad de disponer de normas internas para una adecuada organización y convivencia en nuestro centro educativo.

El Título I de este reglamento se dedica a la comunidad educativa y, junto a las normas y previsiones generales, establece las formas y cauces de participación del alumnado, el profesorado, las familias y el personal de administración y servicios. Se exponen también los derechos, deberes y funciones de cada uno de los sectores que conforman nuestra comunidad educativa.

La organización del Centro y su gobierno se desarrollan en el Título II. Se reserva el Título III para las disposiciones que tratan de dejar claro el proceso de toma de decisiones, organizar los recursos y dependencias del Colegio y aspectos generales del funcionamiento cotidiano del CEIP Tínar.

El Título IV se destina la prevención de riesgos y salud laboral.

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TÍTULO PRELIMINAR.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del CEIP Tínar, promover la participación de quienes formamos su Comunidad Educativa y lograr un clima de confianza, respeto y convivencia que nos permita conseguir con eficacia los objetivos del Centro.

Este Reglamento es de aplicación en el CEIP Tínar y por él se regirán, en cuanto a organización y funcionamiento, el alumnado, el profesorado, las familias y el personal de administración y servicios que lo integran.

Artículo 2. Principios rectores.

Con la vista puesta en las líneas generales de actuación pedagógica y los objetivos generales del Centro, la organización y funcionamiento del Colegio responderá a los siguientes principios:

a) El respeto a la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía y las normas vigentes sobre educación.

b) La participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

c) La justicia, solidaridad y equidad como valores básicos de actuación conjunta de toda la comunidad educativa para la consecución de los objetivos de este Centro.

d) La plena realización de la oferta educativa contenida en el Proyecto Educativo de Centro.

e) Respeto, tolerancia, integración, individualización y personalización de la enseñanza como principios de calidad educativa.

TÍTULO I. LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

CAPÍTULO I. ORGANIZACIÓN GENERAL Y CAUCES DE PARTICIPACIÓN.

Artículo 3. Organización general.

El CEIP Tínar se organiza en cuatro sectores: el alumnado, el profesorado, las familias del alumnado y el personal de administración y servicios. Estos cuatro sectores unen sus esfuerzos para conseguir las metas que la administración educativa propone a través del desarrollo legislativo y aquellas que como Centro, dotado peculiaridades propias, hemos definido en las concreciones curriculares y en los planes, programas y proyectos que llevamos a cabo.

Artículo 4. Calendario escolar e inicio del curso.

Nuestro Centro adopta el calendario escolar establecido por La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y que se concreta año a año por la Delegación Provincial de Educación.

Los alumnos y alumnas de Educación Infantil de 3 años que no hayan estado escolarizados y aquellos que por sus características singulares lo necesiten podrán tener, durante el mes de

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septiembre, un horario especial para permitirles una adecuada adaptación al Centro. En todo caso, nos remitiremos a lo establecido en las instrucciones anuales de la Delegación Provincial.

Tanto el inicio del curso como los posibles periodos de adaptación se concretan con más detalle en el Plan de Orientación y Acción Tutorial, a él remitimos en este asunto.

Artículo 5. Cauces de participación.

1. Sin perjuicio de que cuando se aborde cada uno de los sectores de la comunidad educativa se concreten los cauces de participación, de modo genérico cada sector podrá participar del siguiente modo:

a) El alumnado participará en la vida del Centro a través de la tutoría, los Consejos de clase y el Consejo de alumnos y alumnas.

b) El profesorado participa en el devenir del Colegio a través del Claustro de profesores y profesoras, el Consejo Escolar, los órganos de coordinación docente y la Comisión de asuntos sociales.

c) Las familias participan en el Centro por medio de las tutorías, las Asociaciones de madres y padres y el Consejo Escolar.

d) El personal de administración y servicios participa, según la categoría profesional, a través del Claustro, el Consejo Escolar, los órganos de coordinación docente y la Comisión de asuntos sociales.

CAPÍTULO II. EL ALUMNADO

Sección 1ª. El alumnado del Centro, sus derechos y deberes

Artículo 6. Alumnado del Centro.

Se considera alumno o alumna del Centro a quien haya tramitado su matrícula del nivel al que accede en el curso académico correspondiente y que no ha sido separado del Centro mediante expediente académico.

Artículo 7. Igualdad de derechos y deberes.

1. Todo nuestro alumnado tiene los mismos derechos y deberes. No obstante, el ejercicio y cumplimiento de los mismos se delega en las familias, sin perjuicio de que el alumnado de 2º y 3er. Ciclo pueda ejercitar algunos de estos derechos a través de la tutoría, el Consejo de clase y el Consejo de alumnos y alumnas.

2. Las maestras y maestros tutores informarán al alumnado de los derechos y deberes que les son propios y el correcto ejercicio de los mismos.

3. Todo el alumnado tiene el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con las necesarias y debidas adaptaciones, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

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Artículo 8. Deberes del alumnado. (Tomados del artículo 8 de la LEA y art. 2 del Reglamento Orgánico…)

El estudio constituye el deber fundamental del alumnado. Este deber se concreta en:

1. La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.

a) Participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.

b) Respetar los horarios de las actividades programadas por el centro. c) El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras. d) La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje que le sean

asignadas por el profesorado.

2. Además del estudio, el alumnado tiene el deber de respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.

3. También son deberes del alumnado:

a) El respeto a la libertad de conciencia, a las convicciones religiosas y morales, y a la identidad, intimidad, integridad y dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como a la igualdad entre hombres y mujeres.

b) El respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente, y la contribución al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.

c) La participación y colaboración en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.

d) La participación en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que éste determine.

e) El uso responsable, solidario y adecuado de las instalaciones y del material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.

f) La participación en la vida del centro.

4. A los deberes antes mencionados y recogidos en nuestra legislación educativa añadimos y concretamos desde el Centro:

a) En ningún caso podrá abandonar el centro durante la jornada escolar, salvo que, si prevé la necesidad de ausentarse, el alumno o alumna muestre al tutor o tutora y/o algún miembro del equipo directivo un justificante materno o paterno y sea acompañado de un adulto que se identifique. También podrá abandonar el centro caso de ponerse enfermo u otra circunstancia justificada y los padres hagan acto de presencia en el centro. Para ello, previa autorización del tutor/a o algún miembro del equipo directivo, podrá llamar a sus padres por teléfono desde el Colegio.

b) Guardar la debida consideración a la labor del personal docente y no docente del Centro, acatando sus criterios y decisiones en lo que responde a su materia concreta de trabajo y al mejor funcionamiento del Centro.

c) Desplazarse por el Colegio con el máximo silencio y sin correr por los pasillos, a fin de no molestar.

d) Efectuar las entradas y salidas a su aula con orden y respeto, procurando especial cuidado los alumnos y alumnas que tengan que utilizar las escaleras de acceso a la planta alta.

e) Participar en la elaboración de las normas de clase, respetarlas y cumplirlas.

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f) Traer a clase el material que sea necesario para el desarrollo de las actividades escolares y colaborar en el desarrollo de las mismas.

g) Entregar a sus padres las comunicaciones (Circulares, citaciones, actividades extraescolares, etc.), que el Colegio les envía a través de ellos y ellas.

h) Usar las instalaciones y los materiales propios y ajenos al fin que están destinados y sin deteriorarlos.

i) No usar el teléfono móvil durante la jornada escolar. j) No realizar acciones ni juegos en todo el recinto escolar que entrañen riesgo o peligro para

cualquier miembro de la comunidad educativa o supongan comportamientos violentos o peligrosos.

k) El alumnado no podrá permanecer en el aula u otras dependencias del Centro durante el recreo o fuera de la jornada lectiva, salvo que estén supervisados y autorizados por el personal docente o laboral del Colegio.

Artículo 9. Derechos del alumnado. (Tomados del artículo 7 de la LEA y 3 del Reglamento Orgánico…).

1. El alumnado tiene derecho a una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.

2. También son derechos del alumnado:

a) El estudio. b) La orientación educativa y profesional. c) La evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento

escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado, de los criterios de evaluación que serán aplicados.

d) La formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.

e) El acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y el uso seguro de Internet en los centros docentes.

f) La educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.

g) El respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.

h) La igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de actuaciones educativas de integración y compensación.

i) La accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, por lo que recibirán las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, en el caso de presentar necesidades específicas que impidan o dificulten el ejercicio de este derecho.

j) La libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

k) La protección contra toda agresión física o moral.

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l) La participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan y la utilización de las instalaciones del mismo.

m) Ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.

4. A estos derechos recogidos en nuestra legislación educativa, desde el Centro añadimos y concretamos:

a) Ser oído en la elaboración del plan de actividades complementarias y extraescolares. b) Que su rendimiento académico sea evaluado de acuerdo con los criterios de evaluación

establecidos en la programación de aula y en la Concreción Curricular de ciclo. c) Que se respete su material personal y sus pertenencias d) Tiene derecho a que el centro guarde prudente reserva de cuanta información disponga

sobre sus circunstancias personales, familiares, educativas y de rendimientos escolares. No obstante el centro comunicará a la autoridad competente, en caso de existencia, las circunstancias que puedan implicar malos tratos o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de menores.

e) Tienen derecho a que las actividades escolares se acomoden a su edad y nivel de maduración y que su promoción en el sistema educativo esté de acuerdo con los criterios de promoción del ciclo.

f) Tienen derecho a elegir, mediante sufragio directo y secreto a sus representantes en el Consejo de clase y el Consejo de alumnos y alumnas y a ser informados por éstos de las cuestiones que les afecten.

g) Los antiguos alumnos y alumnas podrán asociarse y colaborar a través de sus asociaciones en la vida del centro.

h) A conocer este Reglamento y otra normas del Centro que los tutores/as divulgarán a comienzos de curso.

i) Tiene derecho a la educación y escolarización, de las que no podrán ser privados. Cualquier corrección de la conducta deberá tener en cuenta la edad y las circunstancias familiares y sociales, tener carácter educativo más que punitivo y guardar proporción con la falta cometida.

Sección 2ª. Participación del alumnado.

Artículo 10. Participación del alumnado, cuestiones generales.

1. El alumnado participará en la vida del Centro a través de la tutoría los Consejos de clase y del Consejo de alumnos y alumnas.

2. Estos órganos de participación del alumnado se constituirán en todas las tutorías desde 3º de E. Primaria.

3. Todo el alumnado del Centro participará, en la medida de sus posibilidades, en la elaboración de las normas de clase y en el control de su cumplimiento, así como en la imposición de sanciones derivadas de estas normas. En cualquier caso, esta participación será más intensa y vinculante para el profesorado desde 3º de E. Primaria.

4. El alumnado del Centro podrá actuar como ayudante o mediador en el caso de conflictos entre los propios alumnos y alumnas. Esta figura se regirá según lo dispuesto en el Plan de Convivencia del Centro.

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5. El equipo directivo y el profesorado procurará que el alumnado participe en comisiones, jurados o representaciones que traten de temas que les afecten directamente o sea una actividad dirigida a ellos, salvo las propiamente curriculares de las que serán informados.

Artículo 11. La Asamblea y el Consejo de clase.

1. La asamblea de clase es la forma de organización y el órgano de decisión máximo de un grupo-clase, por tanto es el órgano esencial para vertebrar la participación del alumnado. En ella se eligen y revocan todos los representantes del grupo. Cualquier decisión que afecte al grupo ha de tomarse en asamblea.

Forman parte de ella todos los alumnos y alumnas del grupo, junto con el tutor o tutora. Todas las cuestiones se deciden por mayoría.

La asamblea debe reunirse una vez mes, al menos, y sus acuerdos se reflejan en un acta, que levantará de manera rotatoria un alumno o alumna elegido por quien ejerza la tutoría y que se expondrá para su conocimiento en el tablón de anuncios. Deberá leerse y aprobarse antes de cada sesión de asamblea.

2. El Consejo de clase es el órgano de coordinación y ejecución de los acuerdos, instrucciones y recomendaciones tomadas en la asamblea. Sus funciones son:

­ Ejecutar los acuerdos e instrucciones de la asamblea

­ Promover la integración en el grupo y en el Centro de los miembros de la clase.

­ Exponer las necesidades que surgen y detectar los problemas.

­ Proponer sugerencias para la mejor marcha de la clase.

­ Cuidar y procurar que se cuide el material de la clase, las instalaciones del

­ Colegio y contribuir a la mejora y embellecimiento del mismo.

­ Animar el cumplimiento de los diversos objetivos.

a) Composición del Consejo de clase. Estará formado por 2 delegados o delegadas de clase, desde 3º de E. Primaria, y 2 responsables del embellecimiento de la clase, la biblioteca de aula y las fiestas o juegos que organice el grupo. Esta composición es básica y podrá modificarse a criterio del profesorado tutor y la asamblea, siempre que se respeten y lleven a cabo las funciones asignadas a cada representante.

b) Los delegados y delegadas de clase son los portavoces del grupo ante el profesorado. El tutor o la tutora hará que se elijan por el grupo-clase reunido en asamblea antes de finalizar octubre, son obligatorios en cada clase desde 3º de E. Primaria. Se eligen por un curso escolar, aunque pueden ser revocados, individualmente o la pareja, en cualquier momento, siempre que se decida en asamblea por mayoría. Estos dos delegados se distribuirán sus funciones atendiendo a dos bloques.

1º. Organización y orden de la clase

­ Representar en todo momento a sus compañeros/as de clase.

­ Trasladar a su tutor o tutora o al equipo directivo las quejas, iniciativas o sugerencias de los alumnos y alumnas del grupo.

­ Llevar mensajes a otras clases o profesorado, recoger material o fotocopias cuando se lo pida algún maestro o maestra.

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­ Informar al equipo directivo de la no llegada a clase del profesor/a de turno (cuando hayan pasado cinco minutos)

­ Ser portavoces ante el profesorado de las incidencias que surjan en la clase.

­ Colaborar en el mantenimiento del orden y el respeto entre los compañeros y compañeras de su clase.

­ Acudir a las reuniones del Consejo de alumnas y alumnos, así como aquellas otras a las que sean convocados por algún miembro del equipo directivo previo orden del día.

­ Informar a su grupo de todo lo acordado y hablado en las reuniones citadas antes

­ Todas aquellas tareas que acuerden en su tutoría junto con su tutor o tutora.

2º. Convivencia y estudio.

­ Anotar todas las incidencias y conflictos planteados en clase para que se puedan plantear en la asamblea.

­ Aportar posibles soluciones y dar alternativas al problema.

­ Exponer a la clase las buenas prácticas que se hayan observado en los compañeros/as, para que se vean reforzadas y sirvan como referente.

­ Sancionar y controlar el cumplimiento de la sanción por las pequeñas faltas cometidas contra las normas de clase.

­ Valorar la marcha de la clase en cuanto al proceso de enseñanza-aprendizaje, rapidez con la que se avanza, explicaciones del profesorado, materiales que se utilizan en clase, aspectos que necesitan ser reforzados. Ello debe ser comunicado al tutor o tutora.

­ Realizar propuestas de mejora sobre las cuestiones anteriores.

­ Valorar la atención en clase, el cuidado del material, los deberes.

3º. Cese de los delegados o delegadas. Podrán ser cesados por su tutor o tutora por incumplimiento grave o reiterado de las funciones anteriores o por la comisión de una falta gravemente perjudicial para la convivencia.

4º Renuncia. Podrán presentar su renuncia ante su tutor o tutora, la cual la aceptará una vez oídos sus motivos.

Tanto el cese como la renuncia o la revocación implicarán la elección inmediata de nuevos delegados y delegadas.

c) Responsables de embellecimiento de la clase, de la biblioteca de aula y de juegos y celebraciones. Como miembros del Consejo de clase son elegidos, revocados y cesados en las mismas condiciones y circunstancias que los delegados y delegadas. Lo mismo rige para la renuncia. Sus funciones son las siguientes:

­ Cuidar el orden del material y mobiliario de la clase.

­ Proponer y realizar actuaciones que adornen y embellezcan la clase.

­ Proponer al tutor o tutora y a la asamblea la celebración de actividades lúdicas, complementarias y extraescolares.

­ Colaborar con el profesorado en la organización de las actividades deportivas de los recreos.

­ Colaborar en la organización y funcionamiento de la biblioteca de aula.

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­ Elevar al tutor o tutora y a la asamblea propuestas para mejorar las actividades lúdicas, deportivas y el adorno de la clase.

­ Colaborar con el tutor o tutora en las salidas del Centro.

Artículo 12. El Consejo de alumnos y alumnas.

1. Son objetivos de este Consejo:

a) Fomentar la participación del alumnado en la vida del Centro. b) Establecer cauces estables para esa participación. c) Contribuir al desarrollo de las competencias social y ciudadana y autonomía e iniciativa

personal. d) Contribuir a la formación democrática y ciudadana del alumnado. e) Instituir una vía de comunicación entre el alumnado y el equipo directivo. f) Cualesquiera otros que puedan añadirse por el Consejo Escolar del Centro.

2. Composición del Consejo.

a) Estará formado por dos representantes de cada grupo de alumnos y alumnas desde 3º hasta 6º nivel. De modo general y salvo otra decisión del grupo clase reunido en tutoría, estos representantes coincidirán con quienes hayan sido elegidos como delegados o delegadas del grupo.

b) Formará parte del Consejo un miembro del equipo directivo, normalmente el Jefe/a de Estudios, que lo presidirá.

c) Si a alguna reunión del Consejo no pudiera asistir alguno de los representantes, podrá ser sustituido, para esa sesión concreta, por cualquier otro alumno o alumna del grupo elegido por quien sea responsable de la tutoría o por el equipo directivo.

d) Los representantes podrán ser revocados de sus puestos en cualquier momento por el grupo de clase, que deberá elegir nuevo o nuevos representantes inmediatamente. Esta revocación requerirá el acuerdo de la mayoría absoluta del grupo manifestada en votación secreta.

e) Cada curso escolar, durante el mes de octubre, se formará el nuevo Consejo de alumnos y alumnas.

f) De entre los representantes de alumnos y alumnas se elegirá en la sesión de constitución a quien actúe como secretario/a del Consejo. Resultará elegido quien reciba mayor número de votos. El secretario o secretaria convocará y levantará acta de las reuniones con el auxilio y el Vº Bº de quien presida el Consejo.

3. Funciones del Consejo y de los miembros del mismo.

1º. Son funciones del Consejo de alumnos y alumnas:

­ Elevar al equipo directivo peticiones o sugerencias que afecten al alumnado del Centro.

­ Decidir, organizar y coordinar actividades durante el tiempo de recreo.

­ Colaborar con el profesorado en la organización de actividades extraescolares y complementarias.

­ Tratar en Consejo cualquier asunto que afecte directamente al alumnado.

­ Conocer y opinar sobre proyectos, planes o programas que funcionen o vayan a funcionar en el Colegio.

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2º. Son funciones de los representantes en el Consejo:

­ Representar en todo momento a su grupo.

­ Llevar al Consejo las indicaciones o asuntos surgidos de los grupos de clase.

­ Votar en el Consejo según las directrices que hayan surgido en el grupo.

­ Asistir a las sesiones del Consejo y transmitir a su grupo las decisiones o recomendaciones adoptadas en el Consejo.

4. Grupo de Coordinación.

a) Estará formado por un alumno o alumna de cada nivel, el cual será elegido por y entre los representantes de ese nivel que formen parte del Consejo.

b) Si algún miembro del Grupo de Coordinación dejara de formar parte del Consejo, por cualquier circunstancia, inmediatamente dejará de formar parte del Grupo de Coordinación. Los representantes de ese nivel volverán a elegir a un nuevo miembro de entre ellos.

c) Este Grupo de Coordinación se reunirá entre las reuniones de Consejo cuantas veces sean necesarias y siempre antes de cada reunión del Consejo con el fin de preparar el orden del día.

d) Son funciones de este Grupo de Coordinación:

­ Preparar y proponer el orden del día de las reuniones del Consejo, junto con la presidencia y quien ejerza la secretaría.

­ Recabar información y sugerencias de los otros miembros del Consejo.

­ Transmitir al resto de miembros del Consejo las decisiones y asuntos tratados en las reuniones del Grupo de Coordinación.

­ Velar porque las decisiones del Consejo se llevan a cabo.

­ Cuidar de que las peticiones y sugerencias del Consejo llegan a quienes iban dirigidas.

5. Reuniones.

El Consejo se reunirá al menos dos veces cada trimestre, la primera de ellas durante el mes de octubre. Dichas reuniones se regirán por un orden del día que preparará quienes ejerzan la presidencia y la secretaría del Consejo, habiendo oído previamente al Grupo de Coordinación.

Sección 3ª. Entradas, salidas y asistencia a clase.

Artículo 13. Entradas y salidas.

1. La entrada y salida del alumnado al recinto del Centro se realizará tanto por la entrada principal de la calle Tínar, como por la puerta lateral de la calle doctor Marañón.

En ambos casos la entrada se realizará a las 9:00 h. procediéndose a abrir las puertas con la debida antelación para facilitar el acceso y la puntualidad en el comienzo de las clases.

2. Las puertas del recinto escolar se cerrarán a las 9:05 h. Ello no significa que la hora de entrada es hasta este tiempo, sino que sólo en casos justificados puede accederse a clase con ese tiempo de retraso.

3. La entrada al edificio escolar se realizará por las distintas puertas de acceso al mismo a las 9:00 h. previo aviso del toque de timbre. Cada tutor o tutora informará al alumnado de cual es la puerta que de modo preferente ha de usar para acceder a su aula.

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4. En todo caso, las aulas 1 a 6 de la planta superior, que corresponden a alumnado de 5º y 6º nivel, lo harán por escalera metálica que da acceso a la planta de arriba del ala derecha del edificio de aulas.

5. El alumnado de 2º Ciclo que tenga su aula en la planta superior, ala izquierda, accederá por la escalera central del interior del edificio. Los alumnos y alumnas de aquellos grupos que tienen puerta directa al patio lo harán por dichas puertas y el resto del alumnado por las demás puertas de acceso.

6. Los miembros de las familias que acompañen a sus hijos e hijas al colegio no podrán entrar dentro del edificio escolar para facilitar el acceso de todo el alumnado a sus respectivas clases, no entorpecer el tránsito, no dar lugar a imaginar situaciones de desamparo del resto del alumnado y contribuir al desarrollo personal y autonomía de los niños y niñas.

7. La salida será a las 14:00 h. y se realizará por el mismo lugar que se ha determinado para la entrada.

8. Durante el horario lectivo el alumnado no podrá salir del Centro. Para autorizar dicha salida a personas distintas a quien ostente la guarda y custodia será precisa la autorización por escrito de quien sea guardador y custodio y el conocimiento y consentimiento expreso de su tutor o tutora o de algún miembro del equipo directivo.

9. El alumnado de Educación Infantil o Primer Ciclo de E. Primaria sólo podrá salir del Centro acompañado de sus padres o familiares o personas mayores de edad en quienes se haya delegado por escrito. A este fin, los padres, madres o tutores cumplimentarán un documento a inicios del curso escolar donde se recoja tal circunstancia.

10. La salida del centro sin permiso será considerada conducta grave contra la convivencia. El tutor o tutora de cada grupo recabará información por escrito a comienzo de cada curso de la forma y modo en que cada alumno abandonará el centro al finalizar la jornada escolar.

Artículo 14. Faltas a clase.

Uno de los primeros síntomas de que algo no va bien con un alumno o alumna suele ser la falta reiterada de asistencia a clase. Para el control de ausencias se tomarán las siguientes medidas:

1. Los tutores y tutoras controlarán a diario la asistencia a clase de sus alumnos y alumnas. Si juzgara que se produce una ausencia sin justificación y quizá sin conocimiento de las familias, informará de modo inmediato a la Jefatura de Estudios, aunque fuera una mera sospecha.

2. Cuando un alumno o alumna falte a clase, el tutor o tutora recabará la pertinente justificación por parte de los padres, madres o tutores legales. Esta justificación consistirá en la entrega al tutor/a del parte de asistencia médica en caso de enfermedad, si fuera otra la circunstancia podrá justificarse mediante un escrito firmado por el padre, la madre o tutores legales; también será válida a estos efectos la justificación de faltas mediante el documento sito en la agenda escolar.

3. Si la falta de asistencia fuera ocasional la familia podrá justificar la ausencia de forma verbal, siempre que el tutor o tutora lo estime suficiente y oportuno.

4. Durante los diez primeros días de cada mes cada tutor o tutora se responsabilizará de pasar las faltas al programa Séneca.

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5. Si existieran 5 faltas consecutivas sin justificar o si las 5 faltas fueran significativas en cuanto que se repiten en días y/o circunstancias concretas el tutor o tutora comunicará esta circunstancia a la Jefatura de Estudios a la mayor brevedad. Quien sea responsable de la Jefatura se pondrá en contacto con la familia para que justifique la situación según el apartado 2, requiriéndolos a tal efecto por escrito; establecerá un plazo de 5 días para que lo haga y le comunicará que de no hacerlo se pasaría a la actuación descrita en el punto 6 siguiente.

6. Si a juicio de la Jefatura de Estudios la familia no justificara claramente las circunstancias o motivos de la ausencia, aquella comunicará el asunto a los Servicios Sociales del Ayuntamiento y a la Delegación Provincial de Educación, mediante la pertinente entrada del programa Séneca, acompañando información de las gestiones realizadas previamente.

Artículo 15. Retrasos e impuntualidad en la asistencia clase.

1. Entendemos que se produce retraso cuando se accede al Centro más allá de las nueve y cinco de la mañana. Juzgamos que se produce impuntualidad cuando se accede al aula más allá de la hora de entrada y hasta las nueve y cinco.

2. El alumnado que se retrase por haber acudido a una visita médica podrá incorporarse a clase siempre que justifique dicho retraso con el parte o volante médico. Si el retraso se produce por otra circunstancia, la familia deberá justificar ante el equipo directivo dicho retraso. En estos casos el alumno o alumna no acudirá a clase solo. La familia informará al equipo directivo y éste arbitrará el modo en que el alumno se incorpora al aula.

De producirse este hecho sin que la familia lo haya comunicado al equipo directivo y con alguna reiteración, el tutor o tutora informará a la Jefatura de Estudios de esta circunstancia y ésta deberá ponerse en contacto con la familia lo más pronto posible para comunicarle el procedimiento a seguir en estos casos.

3. Cuando se produzcan más de tres retrasos el alumno o alumna retrasado no podrá incorporarse a clase hasta la sesión siguiente en que se ha producido su incorporación al Centro. El equipo directivo velará porque este alumnado sea atendido durante el tiempo que falte para su incorporación a su aula de referencia y porque realice la tarea o trabajo que estime oportuno. El equipo directivo comunicará a la familia esta circunstancia de forma inmediata por vía telefónica y por escrito.

Si los retrasos se reiteran en número mayor de tres y menor de diez, se considerará que se produce una falta gravemente perjudicial para la convivencia y el director o directora actuará en consecuencia con arreglo a lo previsto en el Plan de Convivencia para este tipo de faltas.

4. Si a pesar de todo lo anterior los retrasos se siguieran produciendo, en número mayor de diez, se pondrá en conocimiento de los Servicios Sociales y de la Delegación Provincial de Educación, a través del programa Séneca, esta circunstancia junto a las actuaciones previamente realizadas.

5. En caso de impuntualidad, la cual ha de ser juzgada por el tutor o tutora a la luz de lo dicho en el apartado 1 de este mismo artículo, el alumno o alumna deberá disculparse ante el grupo por interrumpir y será amonestado verbalmente por quien sea responsable de la tutoría o el maestro o maestra que esté a cargo del grupo en ese instante.

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Al quinto día de producirse la impuntualidad ha recuperar el tiempo perdido durante el recreo, el tiempo de recuperación lo determinará el tutor o tutora y además comunicará por escrito a los padres la reiteración de esta conducta junto a la necesidad de corregirla.

Si realizadas estas gestiones se siguiera produciendo impuntualidad se pondrá en conocimiento del equipo directivo esta circunstancia, el cual actuará según lo previsto en el apartado 3 de este artículo para los casos de retraso.

6. Utilizada una sola vez la medida anterior y aún continuara la impuntualidad se procederá según lo previsto en el apartado 4 de este mismo artículo.

Sección 4ª. Evaluación y promoción del alumnado.

Artículo 16. Evaluación del alumnado.

1. Aunque el proceso de evaluación atañe al alumnado en toda su extensión, recogemos aquí los aspectos en los que éste puede intervenir de una forma más directa. Todos ellos se toman de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

a) El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación. (Artículo 2.8 de la Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria). El profesorado dará a conocer el resultado de los aprendizajes guardando la debida discreción y, en todo caso, de modo individual. No obstante, podrá realizar reflexiones generales y públicas sobre estos resultados.

b) Los criterios de evaluación comunes estarán a disposición del alumnado y de las familias en la página web del Centro y en la agenda escolar. Los tutores y tutoras comentarán con el alumnado estos criterios en una sesión de tutoría. Los criterios de evaluación propios de cada área deben ser explicados y comentados por el maestro o maestra que imparta el área en cuestión en la primera quincena de curso. Así mismo, durante el desarrollo de cada unidad didáctica se recordarán estos criterios de evaluación.

c) Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa (Artículo 2.4 de la Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria). Los procedimientos de evaluación se expondrán en la agenda escolar y se informará de ellos en tutoría. De modo general las pruebas de evaluación irán acompañadas de los criterios de corrección. En todo caso, se informará verbalmente de estos criterios antes de realizar cualquier prueba de evaluación o cualquier actividad grupal o individual que sea evaluada.

Artículo 17. Promoción de curso y ciclo.

1. Desarrollamos la cuestión de la promoción conforme al artículo 8 de la Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria.

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a) Los criterios de promoción de cada ciclo se expondrán en la página web del Centro. Además, a partir de 3º de E. Primaria dichos criterios se recogerán en la agenda escolar.

b) Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora. (Artículo 8.2 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria).

c) El tutor o tutora, una vez reunido el equipo docente y éste prevea que un alumno o alumna puede no promocionar, mantendrá una reunión con la familia, le informará de las previsiones del equipo docente y oirá la opinión del padre y/o la madre que asista a la reunión sobre la no promoción de su hijo o hija. Tomada la decisión de no promoción quien sea responsable de la tutoría informará a la familia de manera clara y fehaciente de tal decisión, de las razones aducidas por el equipo docente y la toma en consideración o no de la opinión de la familia.

d) El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado un desarrollo adecuado de las competencias básicas y suficiente grado de madurez. Se accederá, asimismo, siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes. (Artículo 8.3 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria).

e) Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. (Artículo 8.4 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria). El Centro organiza este plan de acuerdo con lo establecido en el Plan de Atención a la Diversidad.

f) De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. (Artículo 8.5 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria).

g) De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización. (Artículo 8.6 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria).

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CAPÍTULO III. EL PROFESORADO.

Sección 1ª. El profesorado del Centro, sus derechos y deberes.

Artículo 18. Profesorado del Centro.

1. Es profesorado del Centro todo aquel maestro o maestra que las distintas administraciones educativas asignan al mismo ya sea funcionario, interino o contratado. El personal laboral queda excluido de esta categoría.

2. El profesorado puede tener la función de tutor o tutora, generalmente maestros y maestras especialistas en E. Infantil y E. Primaria, maestra o maestro encargado del Aula Específica y también algún o alguna especialista de área, o sin tutoría –especialistas en Lengua extranjera, E. Física, Música, Pedagogía Terapéutica Apoyo a la Integración y Audición y Lenguaje.

Artículo 19. Funciones y deberes del profesorado.

1. El profesorado viene obligado al cumplimiento de las disposiciones emanadas de la legislación vigente y de cuantos acuerdos tomen, en el ámbito de sus competencias, el Equipo Directivo, el Consejo Escolar, El Claustro y los distintos equipos de coordinación pedagógica.

2. Los deberes y/o funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:

a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o

fuera del recinto educativo, programadas por los centros. g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de

tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

j) La participación en la actividad general del centro. k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones

educativas o los propios centros. l) La participación en las actividades formativas programadas por los centros como

consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.

m) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

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n) El conocimiento y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta habitual de trabajo en el aula

o) Solicitar a la dirección, con suficiente antelación, los permisos o licencias que la legislación reconoce. Concedido el permiso, procurará dejar tareas escolares a sus alumnos y alumnas para que puedan ser bien atendidos por quien deba suplirle.

p) Guardar discreción sobre la información confidencial recibida de distintos organismos sobre asuntos personales del alumnado o las familias. También de los asuntos tratados en reuniones de coordinación, claustros o sesiones de evaluación.

q) Controlar la asistencia del alumnado de su tutoría, solicitar a la familia la justificación de la ausencia conforme al protocolo aprobado en el POAT y en este Reglamento y grabar las ausencias en el programa Séneca.

r) Asistir a las reuniones de los equipos docentes y claustro, así como a las convocadas por miembros del equipo directivo.

s) Corregir las conductas negativas de los alumnos y alumnas y exigirles el cumplimiento de las normas de clase y de este Reglamento, tanto en su clase como fuera de ella. Si la conducta fuese perjudicial para la convivencia actuará según lo prescrito en las normas que regulan la convivencia en los centros docentes y lo estipulado en nuestro Plan de Convivencia.

t) Conocer los documentos que forman parte del Plan de Centro, la Programación Anual, la Memoria y los planes, programas y proyectos educativos en los que participa el Centro.

u) Controlar las entradas y salidas del alumnado de las aulas procurando que en ambas acciones se guarde orden y calma.

v) Comprobar el uso adecuado de la agenda, como instrumento para la propia organización del alumnado y como vehículo de información con las familias.

w) Entregar toda la documentación oficial en los plazos establecidos.

3. El profesorado realizará estas funciones incorporando los principios de colaboración, de trabajo en equipo y de coordinación entre el personal docente y el de atención educativa complementaria.

Artículo 20. Derechos del profesorado.

1. El profesorado de este centro, en su condición de funcionario, tiene los derechos individuales y colectivos previstos en la legislación básica de la función pública.

2. Asimismo, y en el desempeño de su actividad docente tiene, además, los siguientes derechos individuales:

a) Al reconocimiento de su autoridad magistral y académica. b) A ser respetados en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. c) A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al nivel de

desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con lo establecido en el proyecto educativo del centro. Ejercer la libertad de cátedra.

d) A intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del centro a través de los cauces establecidos para ello.

e) A recibir la colaboración activa de las familias, a que éstas asuman sus responsabilidades en el proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e hijas y a que apoyen su autoridad.

f) A recibir el apoyo permanente, el reconocimiento profesional y el fomento de su motivación de la Administración educativa.

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g) A recibir el respeto, la consideración y la valoración social de la familia, la comunidad educativa y la sociedad, compartiendo entre todos la responsabilidad en el proceso educativo del alumnado.

h) Requerir la presencia de los padres, madres o tutores legales para tratar asuntos relacionados con sus hijos/as.

i) Al respeto del alumnado y a que estos asuman su responsabilidad de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia, en la vida escolar y en la vida en sociedad.

j) A elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a postularse como representante. k) A participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del profesorado de acuerdo

con las disposiciones vigentes. l) A la formación permanente para el ejercicio profesional. m) A la movilidad interterritorial en las condiciones que se establezcan. n) A ejercer los cargos y las funciones directivas y de coordinación docente en los centros para

los que fuesen designados en los términos establecidos legalmente. o) A la acreditación de los méritos que se determinen a efectos de su promoción profesional,

entre los que se considerarán, al menos, los siguientes: la participación en proyectos de experimentación, investigación e innovación educativa, sometidas a su correspondiente evaluación; la impartición de la docencia de su materia en una lengua extranjera; el ejercicio de la función directiva; la acción tutorial; la implicación en la mejora de la enseñanza y del rendimiento del alumnado, y la dirección de la fase de prácticas del profesorado de nuevo ingreso.

p) A ser informado de cualquier modificación de la organización general del Centro. q) A participar en las actividades que se establezcan en el Plan de centro y cualesquiera otros

documentos de planificación. r) Participar con los demás componentes de su ciclo y etapa en las planificaciones que

correspondan (Plan de Centro, Programación didáctica y de aula, Memoria final, etc.) s) Conocer los horarios personales de todo el profesorado y la adjudicación de tutorías. Se

harán públicos. t) A la colaboración del equipo directivo en la protección de los derechos que le son propios de

acuerdo con el art. 9 del Reglamento Orgánico de los centros.

Sección 2ª. Participación del profesorado.

Artículo 21. Participación en el Claustro, equipos de coordinación, Consejo escolar y otras instancias.

1. El profesorado del Centro constituye el Claustro, órgano a través del cual los maestros y maestras participan en el gobierno del Centro y vela en especial por la organización pedagógica y didáctica del Colegio.

2. Los maestros y maestras se organizan en los siguientes órganos o equipos de coordinación docente: equipos docentes –formado por el profesorado que imparte clase a un grupo de alumnos y alumnas-; equipos de Ciclo –Equipo de E. Infantil, equipo de 1er, 2º y 3er. Ciclo-, equipo de Orientación y Apoyo –formado por el profesorado de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje- y Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica –formado por Director/a, Jefe/a de Estudios,

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coordinadores y coordinadoras de Ciclo y del equipo de Orientación, junto con el representante del Equipo Orientación Educativa-.

3. Según el artículo 49.1 del Reglamento Orgánico al profesorado de nuestro centro le corresponden 8 representantes en el Consejo Escolar, los cuales serán elegidos por el Claustro.

4. El equipo directivo estará formado por maestras y maestros de acuerdo con el Decreto 59/2007, de 6 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la selección y nombramiento de los Directores y Directoras de los Centros Docentes Públicos, a excepción de los universitarios y la Orden de 26 de marzo de 2007, que desarrolla el anterior.

5. Los coordinadores y coordinadoras de ciclo serán designados por la persona que ejerza la dirección de entre los miembros del equipo de ciclo y lo serán por dos cursos, tendrá preferencia el profesorado definitivo.

Los coordinadores de programas, planes y proyectos educativos en los que participe el Centro serán designados por quien ejerza la dirección.

6. Se crea la Comisión de personal del centro. Estará formada por la dirección del centro y 4 maestros o maestras que se elegirán por el Claustro.

Sus funciones son:

a) Asistir y asesorar a la dirección del centro en su labor de representación. b) Organizar los eventos de carácter social que afecten al profesorado. c) Dar respuesta a los acontecimientos de carácter social y/o personal que les ocurran a los

miembros de la comunidad educativa. Dada su configuración, prestará especial atención al profesorado

Convocada por la dirección del Centro o por dos de sus miembros, se reunirá cuantas veces sean necesarias y, en todo caso, al menos dos veces durante cada curso escolar. Ha de tomar sus decisiones por consenso.

CAPÍTULO IV. LAS FAMILIAS.

Sección 1ª. Las familias, sus derechos y deberes.

Artículo 22. Colaboración con el centro y deberes de las familias.

1. Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con los maestros y maestras.

2. Esta colaboración de las familias se concreta en:

a) Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.

b) Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado. c) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro. d) Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el

material didáctico cedido por los centros.

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e) Cumplirán con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el centro.

3. Las familias deben comunicar al centro la identidad de la persona que vaya a recoger a sus hijos o hijas. No se les entregará alumnos/as de Infantil a hermanos mayores que estudien en el centro a menos que exista una autorización previa por parte de los padres.

4. Las familias deben respetar el horario establecido en el centro, traer y recoger con puntualidad a sus hijos/as, conocer el horario de tutoría y respetarlo y dejar a sus hijos /as en las entradas del centro, sin acompañarlos por los pasillos.

5. Los padres, madres o representantes legales informarán al centro de las dificultades especiales que puedan afectar a sus hijos/as cuando existan. Así mismo, tienen la obligación de informar si existe alguna enfermedad, deficiencia o circunstancia que pueda afectar a la actividad normal de un alumno /a o que implique riesgo para su salud

Artículo 23. Derechos de las familias.

1. Las familias tienen derecho a:

a) Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro. b) Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y

aprendizaje de estos. c) Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. d) Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas. e) Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas. f) Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al centro. g) Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado

seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas. h) Conocer el Plan de Centro. i) Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro. j) Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la

convivencia realizadas por sus hijos e hijas. k) Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer

mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.

l) Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto.

m) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el centro.

n) Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar. Ser elegidos y elegibles como delegados de padres y madres, según se determina en el Plan de Convivencia.

o) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.

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Sección 2ª. Participación de las familias.

Artículo 24. Participación de las familias.

1. Las familias participarán en la vida del centro a título personal en las tutorías y como representantes de las mismas en el Consejo Escolar. También a través de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) podrán tomar parte en el devenir del Centro.

2. Los padres, madres o representantes legales pueden ser elegidos como delegados de padres y madres de cada tutoría conforme a lo regulado en el Plan de Convivencia.

3. Las familias solicitarán al tutor o tutora de su hijo o hija las entrevistas que estimen necesarias para conocer y apoyar el proceso educativos de sus hijos e hijas. En todo caso, los tutores deberán acomodar estas entrevistas al tiempo disponible y la atención de todas las familias de la tutoría.

También de modo colectivo, las familias que formen parte de una tutoría, podrán solicitar una entrevista conjunta cuando haya asuntos que afecten a un grupo de alumnos y así lo aconseje el tratamiento de los mismos. De estas peticiones se dará traslado a la dirección del centro.

4. Las familias elegirán a sus representantes en el Consejo Escolar conforme a lo regulado en el Reglamento Orgánico.

5. Las familias podrán participar en los distintos proyectos y programas educativos que lleve a cabo el centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar o la AMPA, y los delegados/as de padres y madres. También a título individual tras hacer la petición a la dirección del centro.

6. A petición del profesorado, sobre todo a través de las tutorías, las familias podrán participar en la vida del centro, colaborar en el desarrollo de las actividades y la mayor seguridad del alumnado. En ningún caso estará condicionada la participación de un alumno o alumna en una determinada actividad a la mayor o menor participación o colaboración de la familia.

Artículo 25. Asociaciones de madres y padres del alumnado.

1. Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en este centro podrán asociarse de acuerdo con la normativa vigente.

2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán, al menos, las siguientes:

a) Asistir a los padres, madres o representantes legales del alumnado en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos e hijas o menores bajo su guarda o tutela.

b) Colaborar en las actividades educativas del centro. c) Promover la participación de los padres, madres o representantes legales del alumnado en

la gestión del centro.

3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán derecho a ser informadas de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, así como del Plan de Centro establecido por el mismo.

4. Las asociaciones de madres y padres del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza.

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5. El equipo directivo deberá facilitar la colaboración con las asociaciones de madres y padres del alumnado, y la realización de acciones formativas en las que participen las familias y el profesorado.

CAPÍTULO V. EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS (PAS) Y OTRO PERSONAL CON VINCULACIÓN AL CENTRO.

Artículo 26. El personal de administración y servicios lo constituye la educadora, la monitora escolar y el conserje.

1. Educadora.

Es la trabajadora que está en posesión de la titulación de Maestro y tiene la responsabilidad básica de atender el área de formación en centros o programas de asistencia a población no especial, y sujeto a las relaciones jerárquicas delimitadas en la RPT o derivadas del CCPLJA, para el puesto que ocupe. Tiene función docente.

Sus funciones o responsabilidades son:

a) Participar o elaborar programas en base a objetivos fijados para la población atendida. b) Aplicar las técnicas requeridas para el aprendizaje de hábitos, conductas y actividades

deseadas y la extinción de las no deseables o inadaptativas. c) Desarrollar la función de tutoría, asesorar, informar u orientar sobre los casos que se

requiera a familiares, instituciones, equipos, profesionales o interesados. d) Programar, realizar y evaluar el conjunto de actividades necesarias para el cumplimiento de

la misión del puesto, tales como: sesiones de estudio, clases de apoyo, talleres, actividades culturales, deportivos, de ocio y de tiempo libre, etcétera.

e) Evaluar y seguir a los educandos o internos según necesidades previstas o no previstas en el programa.

f) Detección de necesidades o conflictos en los internos y/o educandos y remisión a otros profesionales si requiere la aplicación de técnicas especializadas.

g) Participar en comisiones, equipos, claustros, etc., para asesorar, informar o dictaminar en relación con los educandos y/o internos.

h) Participar en el seguimiento o evaluación del proceso recuperador o asistencial del beneficiario de los centros.

i) Desarrollar, en general, todas aquellas responsabilidades no especificadas anteriormente y que estén incluidas y relacionadas con la responsabilidad básica del puesto y su profesión.

Tiene derecho a:

a) Al reconocimiento de su autoridad magistral y académica en su actuación docente b) A ser respetada en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. c) A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al nivel de

desarrollo, aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con lo establecido en el proyecto educativo del centro. Ejercer la libertad de cátedra.

d) A intervenir y participar en el funcionamiento, la organización y gestión del centro a través de los cauces establecidos para ello.

e) A recibir la colaboración activa de las familias, a que éstas asuman sus responsabilidades en el proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e hijas y a que apoyen su autoridad.

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f) A recibir el apoyo permanente, el reconocimiento profesional y el fomento de su motivación de la Administración educativa.

g) A recibir el respeto, la consideración y la valoración social de la familia, la comunidad educativa y la sociedad, compartiendo entre todos la responsabilidad en el proceso educativo del alumnado.

h) Requerir la presencia de los padres, madres o tutores legales para tratar asuntos relacionados con sus hijos/as.

i) Al respeto del alumnado y a que estos asuman su responsabilidad de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo, en su propia formación, en la convivencia, en la vida escolar y en la vida en sociedad.

j) A elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y a postularse como representante. k) A participar en el Consejo Escolar en calidad de representantes del personal de

administración y servicios de acuerdo con las disposiciones vigentes. l) A ser informado de la organización general del Centro y de los asuntos que directamente le

afecten en su labor profesional. m) Asistir a las reuniones del Claustro para asesorar, informar o dictaminar sobre el alumnado

que atiende. n) Integrarse en los equipos docentes y de Ciclo del alumnado que atienda para asesorar,

informar o dictaminar sobre el mismo. o) Participar en la elaboración de la Programación General Anual y la Memoria. p) A la colaboración y asistencia del equipo directivo en la protección de los derechos que le

son propios de acuerdo con el art. 9 del Reglamento Orgánico de los centros. q) Elegir y ser elegido para formar parte de la Comisión de personal del Centro.

2. Monitora escolar.

Es la trabajadora que está en posesión del título de Técnico Superior en Administración y Finanzas o Técnico Superior en Animación Sociocultural y que destinado en los Centros Docentes. En nuestro caso quien ejerce esta función no posee tal titulación, sino que es maestra.

Entre otras, sus funciones son:

a) Colaborar, de acuerdo con las instrucciones que se le impartan por la Dirección del Centro en las actividades extralectivas y deportivas, no pudiendo, en ningún caso, realizar tareas docentes.

b) Atender a los alumnos en el transporte escolar según las rutas programadas al efecto por la Dirección General competente.

c) Realizar tareas de apoyo administrativo del Centro. d) Atender la biblioteca general del centro y colaborar con el maestro o maestra encargada de

la misma. e) Sus derechos son: f) A ser informado de la organización general del Centro y de los asuntos que directamente le

afecten en su labor profesional. g) A ser respetados en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. h) A intervenir y participar en el funcionamiento del centro a través de los cauces establecidos

para ello. i) Elegir y ser elegido para formar parte del Consejo escolar como representante del personal

de administración y servicios. j) Elegir y ser elegido para formar parte de la Comisión de personal del Centro.

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3. El Conserje.

Es la persona dedicada a las labores de mantenimiento y vigilancia del recinto escolar. Si bien depende administrativamente del Ayuntamiento, funcionalmente depende de la dirección del centro.

Sus funciones serán:

a) Apertura y cierre de las puertas de acceso. b) Control etiquetado y orden de las llaves de las dependencias del centro c) Encendido y apagado de la calefacción y control de combustible. d) Recogida y entrega de correspondencia oficial e) Supervisión de la limpieza diaria realizada por el personal contratado al efecto. f) Control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al centro. g) Comunicar los desperfectos del centro a Dirección. h) Pequeños arreglos para el cuidado y mantenimiento del centro. i) Y en general cualquier trabajo o encargo, no especializado, que corresponda al servicio

oficial del centro. j) Tiene derecho a: k) A ser informado de la organización general del Centro y de los asuntos que directamente le

afecten en su labor profesional. l) A ser respetado en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. m) A intervenir y participar en el funcionamiento del centro a través de los cauces establecidos

para ello. n) Elegir y ser elegido para formar parte del Consejo escolar como representante del personal

de administración y servicios. o) Elegir y ser elegido para formar parte de la Comisión de asuntos de personal.

Artículo 27. Otro personal con vinculación al Centro.

Con vinculación funcional con el Centro, pero dependiente jerárquica y laboralmente de empresas privadas o instituciones públicas, hay otro personal que presta servicios en el Colegio y que son: los mentores de los programas de apoyo, la monitora de educación especial, el personal de limpieza y de comedor, los monitores y monitoras de deporte y de actividades extraescolares.

1. Monitor/a de Educación Especial.

Es el trabajador/a que está en posesión del título de Técnico Superior en Integración Social y atiende a los discapacitados psíquicos, sensoriales, físicos o con otras necesidades educativas especiales, bajo la dependencia de la dirección del centro y del profesorado especialista. En la actualidad este personal es contratado por la asociación FEGRADI y cedido al centro

Ejerce las siguientes funciones:

a) Atender, bajo la supervisión del profesorado especialista o equipo técnico, la realización de actividades de ocio y tiempo libre realizados por los disminuidos en los centros donde tales puestos estén ubicados.

b) Colaborar, si son requeridos, en la programación que elaboran los órganos colegiados o equipos correspondientes sobre las actividades de ocio y tiempo libre.

c) Instruir y atender a los disminuidos en conductas sociales, comportamientos de autoalimentación, hábitos de higiene y aseo personal. Esta función deberán ejercerla los

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puestos, con los discapacitados cuya discapacidad lo requiera, en la ruta de transporte, aulas, en corredores, aseos u otros establecimientos similares, dentro del recinto del centro o en otros entornos fuera del mismo donde la población atendida participe en actividades programadas.

d) Colaborar en los cambios de servicios, en la vigilancia de recreos y clases. e) Colaborar, bajo la supervisión del profesorado especialista o del equipo técnico, en las

relaciones Centro-Familia. f) Integrarse en los equipos de orientación, con la misión de colaborar con el profesor tutor

y/o con el resto del equipo de especialistas en actividades formativas no docentes. g) Desarrollar en general todas aquellas funciones no especificadas anteriormente y que estén

incluidas o relacionadas con la misión básica del puesto.

Tiene derecho a:

a) A ser informado de la organización general del Centro y de los asuntos que directamente le afecten en su labor profesional.

b) A integrarse en el equipo de orientación y apoyo para planificar actividades formativas no docentes.

c) A ser respetados en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. d) A intervenir y participar en el funcionamiento del centro a través de los cauces establecidos

para ello.

2. Mentores de los programas apoyo extraescolar.

Es el personal que atiende a un grupo de alumnos y alumnas, máximo 10, en horario extraescolar. Estos grupos derivan de los programas de Extensión del tiempo escolar (2º ciclo) y Acompañamiento escolar (3er. ciclo). Es personal contratado por una empresa dedicada a actividades extraescolares y deben de estar en posesión de titulación universitaria o en vías de obtenerla. Tienen función docente de apoyo al estudio.

Desarrollan las siguientes funciones:

a) Atención a grupos de alumnado, máximo 10, en horario extraescolar para realizar tareas de apoyo al estudio, preferentemente en las áreas de Lengua y Matemáticas.

b) Informar al tutor, coordinador del programa y familia del comportamiento, avances y dificultades del alumnado que atiende.

c) Controlar la asistencia del alumnado. d) Ayudar y controlar la realización de las tareas que el profesorado encarga para su realización

en casa. e) Apoyar el aprendizaje de la lectura (fluidez y comprensión) y el fomento de la lectura

recreativa. f) Realizar tareas que fomenten la inclusión escolar. g) Llevar a cabo actividades que mejoren el estudio. h) Velar porque las actividades se desarrollen en un clima de respeto a las personas, el material

y las instalaciones.

Con independencia de sus derechos laborales, como personal que trabaja en el centro se les reconocen los siguientes derechos:

a) A ser informado de la organización general del Centro y de los asuntos que directamente le afecten en su labor profesional.

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b) A coordinarse con los tutores del alumnado que atiendan, mantener reuniones con ellos y ser informados de los programas, actuaciones, planificación docente que deban aplicar en su labor diaria.

c) A ser respetados en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. d) A intervenir y participar en el funcionamiento del centro a través del equipo directivo y el

coordinador de estos programas.

2. Monitores de deporte y Monitores de actividades extraescolares.

Es personal contratado por una empresa dedicada a actividades extraescolares y deben de estar en posesión de titulación requerida para realizar estas funciones (formación universitaria o en estar en vías de obtenerla o formación profesional adecuada). La empresa y la dirección del centro deben velar porque se cumpla este requisito.

Desarrollan las siguientes funciones:

a) Atención a grupos de alumnado en horario extraescolar para desarrollar el programa de Deporte en la escuela o las actividades extraescolares que curso a curso se planifiquen.

b) Informar coordinador del programa de deporte del desarrollo del programa o, en su caso, al equipo directivo del desarrollo de la actividad.

c) Controlar la asistencia del alumnado. d) Velar porque las actividades se desarrollen en un clima de respeto a las personas, el material

y las instalaciones.

Con independencia de sus derechos laborales, como personal que trabaja en el centro se les reconocen los siguientes derechos:

a) A ser informado de la organización general del Centro y de los asuntos que directamente le afecten en su labor profesional.

b) A coordinarse con el coordinador del programa de Deporte en la escuela o, en su caso, el equipo directivo para conocer las actuaciones que deban llevar a cabo.

c) A ser respetados en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. d) A intervenir y participar en el funcionamiento del centro a través del equipo directivo y el

coordinador de estos programas.

3. Personal de la limpieza

La limpieza del centro correrá a cargo de aquellas personas contratadas por el Ayuntamiento a tal efecto.

Realizarán sus tareas al finalizar las clases y serán supervisadas por el Conserje que informará a la Dirección del centro con regularidad de posibles incidencias o incumplimiento de las mismas.

Con independencia de sus derechos laborales, como personal que trabaja en el centro se les reconocen los siguientes derechos:

a) A ser informados de los asuntos que directamente le afecten en su labor profesional. b) A ser respetados en su integridad física, moral, ideológica e intelectual. c) A intervenir y participar en el funcionamiento del centro a través del equipo directivo y el

supervisor en el centro –conserje-.

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TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO Y ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.

CAPÍTULO I. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO.

Se regulan en el Título V. Capítulo IV. Artículos 47 a 67 del Reglamento Orgánico.

Artículo 28. Son órganos colegiados de gobierno el Consejo Escolar y el Claustro del profesorado.

Sección 1ª. El Consejo Escolar.

Artículo 29. Composición.

El Consejo Escolar del CEIP Tínar estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director o la directora del centro, que ejercerá la presidencia. b) El jefe o la jefa de estudios. c) Ocho maestros o maestras. d) Nueve padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será

designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas.

e) Una persona representante del personal de administración y servicios. f) Una concejalía o persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se

halle radicado el centro. g) El secretario o la secretaria del centro, que ejercerá la secretaría del Consejo Escolar, con

voz y sin voto.

Artículo 30. Competencias.

El Consejo Escolar tendrá las siguientes competencias:

a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesorado en relación con la planificación y la organización docente.

b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las

personas candidatas. d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que establece la

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.

e) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y disposiciones que la desarrollen.

f) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en el centro, para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

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g) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

i) Reprobar a las personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado. En todo caso, la resolución de reprobación se emitirá tras la instrucción de un expediente, previa audiencia al interesado.

j) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.

k) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

l) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

m) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 31. Régimen de funcionamiento del Consejo Escolar.

1. Las reuniones del Consejo Escolar deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros y, en todo caso, en sesión de tarde que no interfiera el horario lectivo del centro.

2. El Consejo Escolar será convocado por orden de la presidencia, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros.

3. Para la celebración de las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Consejo Escolar, por orden de la presidencia, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de una semana, y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas a tratar en la reunión. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

4. El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría de votos, sin perjuicio de la exigencia de otras mayorías cuando así se determine expresamente por normativa específica.

Artículo 32. Elección y renovación del Consejo Escolar.

1. La elección de todos los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa en el Consejo Escolar se realizará por dos años.

2. El procedimiento ordinario de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico de los años pares.

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3. Los electores de cada uno de los sectores representados sólo podrán hacer constar en su papeleta tantos nombres como puestos a cubrir. El voto será directo, secreto y no delegable.

4. Los miembros de la comunidad educativa sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán presentar candidatura para la representación de uno solo de dichos sectores, aunque pertenezcan a más de uno.

Artículo 33. Procedimiento para cubrir vacantes en el Consejo Escolar.

1. La persona representante que, antes del procedimiento ordinario de elección que corresponda, dejara de cumplir los requisitos necesarios para pertenecer al Consejo Escolar, generará una vacante que será cubierta por el siguiente candidato o candidata no electo de acuerdo con el número de votos obtenidos. Para la dotación de las vacantes que se produzcan, se utilizará la relación del acta de la última elección. En el caso de que no hubiera más candidaturas para cubrir la vacante, quedaría sin cubrir hasta el próximo procedimiento de elección del Consejo Escolar. Las vacantes que se generen a partir del mes de septiembre inmediatamente anterior a cada elección se cubrirán en la misma y no por sustitución.

2. El procedimiento recogido en el apartado anterior se aplicará también en el supuesto de fallecimiento, incapacidad o imposibilidad absoluta de alguna de las personas representantes en el Consejo Escolar.

Artículo 34. Procedimiento para cubrir los puestos de des ignación.

1. La Junta Electoral solicitará la designación de sus representantes al Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro y a la asociación de madres y padres del alumnado más representativa, legalmente constituida.

2. En el caso de que exista más de una asociación de madres y padres del alumnado en el centro, dichas asociaciones acreditarán previamente ante la Junta Electoral, mediante certificación expedida por el secretario o secretaria de dichas asociaciones, el número de personas asociadas.

3. Las actuaciones a que se refieren los apartados anteriores se realizarán en la primera constitución del Consejo Escolar y siempre que proceda o se produzca una vacante en los puestos de designación.

Artículo 35 Junta Electoral

Su composición, competencias-, escrutinio de votos y elaboración de actas, proclamación de candidaturas electas y reclamaciones, constitución del Consejo Escolar y comisiones del mismo nos remitimos a los artículos 54, 55, 61, 62, 63 y 64 del Reglamento Orgánico

Artículo 36.

También en lo referente a la elección de los representantes del profesorado, de los padres y de las madres y del personal de administración y servicios hacemos remisión al Reglamento Orgánico, en concreto a los artículos 57, 58 y 59.

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Artículo 37. Desarrollo de las sesiones y deliberaciones.

Para el desarrollo de las sesiones se establecen las siguientes normas:

1. Los miembros del Consejo podrán hacer uso de la palabra tras pedido y obtenido de la Presidencia el turno de palabra.

2. Nadie podrá ser interrumpido cuando esté en uso de la palabra, excepto por la Presidencia para advertirle que se ha agotado el tiempo, para llamarle a la cuestión, para retirarle la palabra o para hacer llamadas al orden.

3. Cuando, a juicio de la presidencia, en el desarrollo de la sesión se hicieran alusiones que implicasen juicios de valor o inexactitudes sobre la persona o conducta de un miembro del Órgano, podrá concederse a la persona aludida el uso de la palabra por tiempo no superior a dos minutos, para que, sin entrar en el fondo del asunto en debate, conteste estrictamente a las alusiones realizadas.

4. Todos los turnos de palabra serán de cinco minutos, como máximo.

5. La Presidencia podrá acordar el cierre de una discusión cuando estime que un asunto está suficientemente debatido.

6. Los acuerdos serán válidos cuando hayan sido aprobados por la mayoría simple de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías cualificadas establecidas por la normativa vigente.

7. Las votaciones no podrán interrumpirse por causa alguna. Durante su desarrollo la Presidencia no concederá el turno de palabra.

Sección 2ª. El Claustro del Profesorado.

Artículo 38. Composición.

1. El Claustro de Profesorado será presidido por el director o directora del centro y estará integrado por la totalidad de los maestros y maestras que presten servicios en el mismo.

2. Ejercerá la secretaría del Claustro de Profesorado el secretario o secretaria del centro.

3. Los maestros y maestras que prestan servicios en más de un centro docente se integrarán en el Claustro de Profesorado del centro donde impartan más horas de docencia. Asimismo, si lo desean, podrán integrarse en los Claustros de Profesorado de los demás centros con los mismos derechos y obligaciones que el resto del personal docente de los mismos.

Artículo 39. Competencias.

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro.

b) Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro. c) Aprobar las programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas. d) Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado. e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la

investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

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f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director o directora en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y demás normativa de aplicación.

g) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.

h) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

i) Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro. j) Informar la memoria de autoevaluación. k) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para

que éstas se atengan a la normativa vigente. l) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el reglamento de organización y

funcionamiento del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 40. Régimen de funcionamiento del Claustro de Profesorado.

1. Las reuniones del Claustro de Profesorado deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Claustro de Profesorado, por orden del director o directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él.

Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

2. El Claustro de Profesorado será convocado por acuerdo del director o directora, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesorado será obligatoria para todos sus miembros, considerándose la falta injustificada a los mismos como un incumplimiento del horario laboral.

CAPÍTULO II. ÓRGANO DE GOBIERNO: EL EQUIPO DIRECTIVO.

Sección 1ª. Aspectos generales.

Artículo 41. Funciones.

1. El equipo directivo de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial es el órgano ejecutivo de gobierno de dichos centros y trabajará de forma coordinada en el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, conforme a las instrucciones de la persona que ocupe la dirección y a las funciones específicas legalmente establecidas.

2. El equipo directivo tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por el buen funcionamiento del centro.

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b) Establecer el horario que corresponde a cada área y, en general, el de cualquier otra actividad docente y no docente.

c) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado, así como velar por el cumplimiento de las decisiones de los órganos de coordinación docente, en el ámbito de sus respectivas competencias.

d) Elaborar el Plan de Centro y la memoria de autoevaluación. e) Impulsar la actuación coordinada del centro con el resto de centros docentes de su zona

educativa, especialmente con el instituto de educación secundaria al que esté adscrito. f) Favorecer la participación del centro en redes de centros que promuevan planes y proyectos

educativos para la mejora permanente de la enseñanza. g) Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en aquellos órganos de

participación que, a tales efectos, se establezcan. h) Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades dependientes de la

Consejería competente en materia de educación. i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería

competente en materia de educación.

Artículo 42. Composición del equipo directivo.

1. De acuerdo con el artículo 69 del Reglamento Orgánico el CEIP Tínar contará con dirección, secretaría y jefatura de estudios.

2. En el equipo directivo se integrará, a los efectos que se determinen, el profesorado responsable de la coordinación de aquellos planes estratégicos que se disponga por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Sección 2ª. La dirección del centro.

Artículo 43. Competencias de la dirección.

1. Estas competencias son:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a esta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, facilitar un clima de colaboración entre el profesorado, designar el profesorado responsable de la aplicación de las medidas de atención a la diversidad, promover la innovación educativa e impulsar y realizar el seguimiento de los planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. f) Ejercer la potestad disciplinaria. g) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los

conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado, en

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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cumplimiento de la normativa vigente y del proyecto educativo del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar.

h) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral del alumnado en conocimientos y valores.

i) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

j) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesorado y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

k) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de conformidad con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.

l) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, así como de los centros privados que, en su caso, se adscriban a él, de acuerdo con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.

m) Proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docentes del centro, de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

n) Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.

o) Establecer el horario de dedicación de los miembros del equipo directivo a la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

p) Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación el nombramiento y cese de las personas coordinadoras de ciclo, oído el Claustro de Profesorado.

q) Nombrar y cesar a los tutores y tutoras de grupo, a propuesta de la jefatura de estudios. r) Decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profesorado que se pudieran producir, por

enfermedad, ausencia u otra causa de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y respetando, en todo caso, los criterios establecidos normativamente para la provisión de puestos de trabajo docentes.

s) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

2. Las personas que ejerzan la dirección de los centros adoptarán los protocolos de actuación y las medidas necesarias para la detección y atención a los actos de violencia de género dentro del ámbito escolar, así como cuando haya indicios de que cualquier alumno o alumna vive en un entorno familiar o relacional en el que se esté produciendo una situación de violencia de género.

Artículo 44. Potestad disciplinaria de la dirección.

1. Los directores y directoras de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial serán competentes para el ejercicio de la potestad

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disciplinaria respecto del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que presta servicios en su centro, en los casos que se recogen a continuación:

a) Incumplimiento injustificado del horario de trabajo hasta un máximo de nueve horas al mes. b) La falta de asistencia injustificada en un día. c) El incumplimiento de los deberes y obligaciones previstos en la legislación de la función

pública o del personal laboral que resulta de aplicación, en el presente Reglamento, así como los que se establezcan en el Plan de Centro, siempre que no deban ser calificados como falta grave.

2. Entre el personal afectado por lo recogido en el apartado anterior se incluirá el orientador de referencia en el horario en que éste presta servicios en el centro.

3. Las faltas a las que se refiere el apartado anterior podrán ser sancionadas con apercibimiento, que deberá ser comunicado a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación a efectos de su inscripción en el registro de personal correspondiente.

4. El procedimiento a seguir para la imposición de la sanción garantizará, en todo caso, el derecho del personal a presentar las alegaciones que considere oportunas en el preceptivo trámite de audiencia al interesado o interesada.

5. Contra la sanción impuesta el personal funcionario podrá presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación y el personal laboral podrá presentar reclamación previa a la vía judicial ante la Secretaría General Técnica de dicha Consejería. Las resoluciones de los recursos de alzada y de las reclamaciones previas que se dicten conforme a lo dispuesto en este apartado pondrán fin a la vía administrativa.

Artículo 45. Selección, nombramiento y cese de la dirección.

La selección, nombramiento y cese de la dirección se realizará según lo establecido en La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en las disposiciones que la desarrollan.

Sección 3ª. La jefatura de estudios y la secretaría.

Artículo 46. Competencias de la jefatura de estudios.

a) Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

b) Sustituir al director o directora en caso de vacante, ausencia o enfermedad. c) Ejercer, por delegación de la dirección, la presidencia de las sesiones del equipo técnico de

coordinación pedagógica. d) Proponer a la dirección del centro el nombramiento y cese de los tutores y tutoras de grupo. e) Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de

la coordinación con los institutos de educación secundaria a los que se encuentre adscrito el centro.

f) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del centro, así como el horario lectivo del alumnado y el individual de cada maestro y maestra, de acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, así como velar por su estricto cumplimiento.

g) Elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente.

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h) Elaborar la planificación general de las sesiones de evaluación. i) Coordinar las actividades de los coordinadores de ciclo. j) Garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas. k) Organizar los actos académicos. l) Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en las

actividades no lectivas. m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona

titular de la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 47. Competencias de la secretaría.

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices de la dirección.

b) Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno del centro, establecer el plan de reuniones de dichos órganos, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos, todo ello con el visto bueno de la dirección.

c) Custodiar los libros oficiales y archivos del centro. d) Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y

las personas interesadas. e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado. f) Adquirir el material y el equipamiento del centro, custodiar y gestionar la utilización del

mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de la dirección, sin perjuicio de las facultades que en materia de contratación corresponden a la persona titular de la dirección.

g) Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

h) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, así como velar por su estricto cumplimiento.

i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del centro. j) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones de la

dirección, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante la Consejería competente en materia de educación y los órganos oportunos.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 48. Nombramiento de la jefatura de estudios y de la secretaría.

1. La dirección formulará a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de la jefatura de estudios y de la secretaría, de entre el profesorado con destino en el centro.

2. La propuesta garantizará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los equipos directivos de los centros. A estos efectos, se entiende por participación equilibrada aquella situación que garantice la presencia de hombres y mujeres al menos en un cuarenta por ciento del total de miembros del equipo directivo propuesto. Si el número de miembros del equipo directivo

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no permitiera alcanzar este porcentaje a hombres o a mujeres se garantizará, en todo caso, la presencia de ambos sexos en el mismo.

Artículo 49. Cese de la jefatura de estudios y de la secretaría.

La jefatura de estudios y la secretaría cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las circunstancias siguientes:

a) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección, oído el Consejo Escolar.

b) Cuando por cese de la dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.

c) Cuando deje de prestar servicios efectivos en el centro. d) A propuesta de la dirección, mediante escrito razonado, previa audiencia al interesado y

previa comunicación al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.

Artículo 50. Régimen de suplencias de los miembros del equipo directivo.

1. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la dirección será suplida temporalmente por la jefatura de estudios.

2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la jefatura de estudios y la secretaría serán suplidas temporalmente por el maestro o maestra que designe la dirección, que informará de su decisión al Consejo Escolar.

CAPÍTULO III. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y TUTORÍAS.

Sección 1ª. Órganos de coordinación docente.

Artículo 51.

Existirán los siguientes órganos de coordinación docente:

a) Equipos docentes. b) Equipos de ciclo. Coordinación de ciclo. c) Equipo de orientación educativa. d) Equipo técnico de coordinación pedagógica. e) Comisión de coordinación pedagógica.

Artículo 52. Equipos docentes.

1. Los equipos docentes estarán constituidos por todos los maestros y maestras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora, que convocará las reuniones de acuerdo con el plan diseñado por la jefatura de estudios y levantará acta de cada una de las reuniones que mantenga el equipo.

2. Los equipos docentes tendrán las siguientes funciones:

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a) Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el proyecto educativo del centro.

b) Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo del centro y adoptar las decisiones que correspondan en materia de promoción.

c) Garantizar que cada maestro y maestra proporcione al alumnado información relativa a la programación del área que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

d) Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo. e) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo

medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de prevención y resolución de conflictos.

f) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo.

g) Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo de orientación.

h) Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del grupo de acuerdo con lo que se establezca en el plan de orientación y acción tutorial del centro y en la normativa vigente.

i) Las que se derivan del plan de orientación y acción tutorial del centro.

3. Los equipos docentes trabajarán para prevenir los problemas de aprendizaje que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus funciones.

4. La jefatura de estudios incluirá en el horario general del centro la planificación de las reuniones de los equipos docentes.

Artículo 53. Equipos de ciclo.

1. Cada equipo de ciclo estará integrado por los maestros y maestras que impartan docencia en él. Los maestros y maestras que impartan docencia en diferentes ciclos serán adscritos a uno de éstos por el director o directora del centro, garantizándose, no obstante, la coordinación de este profesorado con los otros equipos con los que esté relacionado, en razón de las enseñanzas que imparte.

2. En nuestro centro existirán los siguientes equipos de ciclo: equipos de educación infantil de segundo ciclo y de primero, de segundo y de tercer ciclo de educación primaria.

3. Los equipos de ciclo tendrán las siguientes competencias:

a) Colaborar con el equipo directivo en la elaboración de los aspectos docentes del proyecto educativo.

b) Elaborar las programaciones didácticas o, en su caso, las propuestas pedagógicas correspondientes al mismo, de acuerdo con el proyecto educativo.

c) Velar para que en las programaciones didácticas de todas las áreas se incluyen medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado.

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d) Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer las medidas de mejora que se deriven del mismo.

e) Colaborar en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad que se desarrollen para el alumnado del ciclo.

f) Promover, organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

g) Mantener actualizada la metodología didáctica, especialmente aquella que favorezca el desarrollo de las capacidades en el alumnado de educación infantil y de las competencias básicas en el alumnado de educación primaria.

h) Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza-aprendizaje. i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden

de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 54. Coordinadores o coordinadoras de ciclo.

1. Cada equipo de ciclo tendrá un coordinador o coordinadora por cada uno de los ciclos de educación infantil y primaria.

2. Competencias del coordinador o coordinadora de ciclo. Corresponde al coordinador o coordinadora de ciclo:

a) Coordinar y dirigir las actividades de los equipos de ciclo, así como velar por su cumplimiento.

b) Convocar y presidir las reuniones de los equipos de ciclo y levantar acta de las mismas. c) Representar al equipo de ciclo en el equipo técnico de coordinación pedagógica. d) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y tutoras conforme al plan de orientación y acción

tutorial. e) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto educativo. f) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden

de la Consejería competente en materia de educación.

3. Nombramiento de los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

La dirección, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de los coordinadores o coordinadoras de ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las personas coordinadoras de ciclo desempeñarán su cargo durante dos cursos escolares, siempre que durante dicho período continúen prestando servicio en el centro.

La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente de los centros.

4. Cese de los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

1. Los coordinadores o coordinadoras de ciclo cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes:

a) Cuando por cese de la dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.

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b) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección del centro.

c) A propuesta de la dirección, mediante informe razonado, oído el Claustro de Profesorado, con audiencia a la persona interesada.

2. En cualquiera de los supuestos a los que se refiere el apartado anterior el cese será acordado por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación.

3. Producido el cese de la coordinación del ciclo, la dirección del centro procederá a designar a una nueva persona responsable de dicha coordinación. En cualquier caso, si el cese se ha producido por cualquiera de las circunstancias señaladas en los párrafos b) y c) del apartado 1, el nombramiento no podrá recaer en el mismo maestro o maestra.

Artículo 55. Equipo de orientación educativa.

1. El CEIP Tínar tendrá un equipo de orientación del que formará parte el orientador del equipo de orientación educativa que se integrará en el Claustro de Profesorado. En todo caso, el referido profesional tendrá, a todos los efectos, los demás derechos y obligaciones que el resto del profesorado. También formarán parte del equipo de orientación los maestros y maestras especializados en la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, los maestros y maestras especialistas en pedagogía terapéutica o en audición y lenguaje, los maestros y maestras responsables de los programas de atención a la diversidad y los otros profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro.

2. El equipo de orientación asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y acción tutorial, colaborará con los equipos de ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo, y asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares para el alumnado que las precise.

3. El equipo de orientación contará con un coordinador o coordinadora cuyas competencias, nombramiento y cese se ajustarán a lo previsto para los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

4. El profesional del equipo de orientación educativa que forme parte del equipo de orientación será el orientador de referencia del centro. Su designación será realizada al inicio de cada curso escolar por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta del coordinador o coordinadora del equipo técnico provincial.

5. Los orientadores u orientadoras tendrán las siguientes funciones:

a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

b) Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación continua del alumnado. c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de

enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado. d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de las medidas relacionadas con la

mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar.

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e) Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.

f) Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios y, excepcionalmente, interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan.

g) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo.

h) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 56. Equipo técnico de coordinación pedagógica.

1. El equipo técnico de coordinación pedagógica estará integrado por la persona que ostente la dirección, que lo presidirá, el jefe o jefa de estudios, los coordinadores o coordinadoras de ciclo y, en su caso, el coordinador o coordinadora del equipo de orientación educativa. Actuará como secretario o secretaria el maestro o maestra que designe la dirección de entre sus miembros.

2. Se integrará, asimismo, en el equipo de técnico de coordinación pedagógica, el orientador u orientadora de referencia del centro.

3. Competencias del equipo técnico de coordinación pedagógica.

a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los aspectos educativos del Plan de Centro y sus modificaciones.

b) Fijar las líneas generales de actuación pedagógica del proyecto educativo. c) Asesorar al equipo directivo en la elaboración del Plan de Centro. d) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones

didácticas. e) Asesorar a los equipos de ciclo y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la

evaluación en competencias y velar porque las programaciones de las áreas contribuyan al desarrollo de las competencias básicas.

f) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado.

g) Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia. h) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los aspectos educativos del Plan de

Centro. i) Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de

los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen. j) Proponer al equipo directivo las actividades formativas que constituirán, cada curso escolar,

el plan de formación del profesorado, para su inclusión en el proyecto educativo. k) Elaborar, en colaboración con el correspondiente centro del profesorado, los proyectos de

formación en centros. l) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado. m) Colaborar con el centro del profesorado que corresponda en cualquier otro aspecto relativo

a la oferta de actividades formativas e informar al Claustro de Profesorado de las mismas.

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n) Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los equipos de ciclo y de orientación para su conocimiento y aplicación.

o) Informar a los maestros y maestras sobre líneas de investigación didáctica innovadoras que se estén llevando a cabo con respecto al currículo.

p) Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento.

q) Elevar al Claustro de Profesorado el plan para evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

r) Colaborar con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de las pruebas de evaluación de diagnóstico y con aquellas otras actuaciones relacionadas con la evaluación que se lleven a cabo en el centro.

s) Proponer, al equipo directivo y al Claustro de Profesorado, planes de mejora como resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en el centro.

t) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

4. El equipo técnico de coordinación pedagógica se reunirá una vez al mes, al menos.

Artículo 57. Comisión de coordinación pedagógica.

1. Esta comisión estará formada por la jefatura de estudios, quien la presidirá y convocará, por quienes ejerzan la coordinación de ciclo y la coordinación del equipo de orientación educativa.

2. Se reunirá cuantas veces sea necesario entre las reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica. La jefatura de estudios, al elaborar los horarios, procurará la coincidencia de una hora semanal de coordinación de todos los coordinadores y coordinadoras y la misma jefatura para llevar a cabo estas reuniones.

3. Sus funciones serán:

a) Resolver y coordinar los asuntos de trámite y urgentes que afectan a la coordinación pedagógica del centro.

b) Preparar y debatir asuntos que han de tratarse en el equipo técnico de coordinación pedagógica y el Claustro de profesorado.

4. En ningún caso, esta Comisión podrá tomar decisiones que correspondan al equipo técnico de coordinación pedagógica. Si se diera el caso, tales medidas deberán ser refrendadas por unanimidad de los miembros de dicho equipo técnico de coordinación.

Sección 2ª. La tutoría.

Artículo 58. La Tutoría. Funciones. Nombramiento.

1. Los tutores y tutoras mantendrán una relación permanente con las familias del alumnado, facilitando situaciones y cauces de comunicación y colaboración y promoverán la presencia y participación en la vida de los centros. Para favorecer una educación integral, los tutores y tutoras aportarán a las familias información relevante sobre la evolución de sus hijos e hijas que sirva de base para llevar a la práctica, cada uno en su contexto, modelos compartidos de intervención educativa.

2. Los tutores y tutoras ejercerán las siguientes funciones:

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a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial. b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su

proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas. c) Coordinar la intervención educativa de todos los maestros y maestras que componen el

equipo docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo. d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el

equipo docente. e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan

al alumnado a su cargo. f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su

grupo de alumnos y alumnas. g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo

docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.

h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo. i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje

desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo. j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o

representantes legales. k) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres y

madres o representantes legales del alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

l) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de sus derechos. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde.

m) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.

o) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el plan de orientación y acción tutorial del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

3. El nombramiento de tutores y tutoras se realizará según el procedimiento y criterios descritos en el apartado XIV del Proyecto educativo del CEIP Tínar.

Artículo 59. El procedimiento para la designación de los miembros de los equipos de evaluación a que se refiere el ROC.

1. Sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación de los centros que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos

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de educación especial realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa.

2. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores de que faciliten a los centros la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el equipo técnico de coordinación pedagógica.

3. Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado del cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del centro, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. Corresponde al equipo técnico de coordinación pedagógica la medición de los indicadores establecidos.

4. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, y que incluirá:

a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores.

b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro.

5. Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro.

TITULO III. ASPECTOS DE FUNCIONAMIENTO.

Artículo 60. Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.

1. Las deliberaciones y decisiones de los distintos órganos de gobierno y coordinación quedarán reflejadas en las correspondientes actas. El Consejo Escolar, el Claustro del Profesorado, el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, los Equipos de Ciclo y los Equipos Docentes habrán de levantar acta de las sesiones que mantengan a lo largo de cada curso escolar.

El responsable de la tutoría deberá levantar acta de las reuniones de equipos docentes. El coordinador o coordinadora de ciclo de las sesiones de equipos de ciclo. Quien ejerza la secretaría del ETCP levantará acta de las sesiones de este equipo y, por fin, el secretario del Centro lo hará de las sesiones del Consejo E. y el Claustro.

En dichas actas se hará mención a las deliberaciones y debates de modo general, se harán constar los acuerdos y decisiones tomadas, las opiniones o intervenciones solo se harán constar cuando así

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lo pida quien las emita y entregue al secretario un documento con la opinión o intervención que quiera conste en acta.

2. Las personas responsables del levantamiento de actas se asegurarán de la difusión y conocimiento del contenido de las mismas entre los miembros que forman parte de los órganos antes citados para proceder a su aprobación. Está deberá constar en la propia acta o en la de la siguiente sesión. Así mismo custodiarán dichas actas hasta su entrega al secretario del Centro al finalizar cada curso escolar.

3. Al finalizar el curso el secretario confeccionará un libro de actas con las propias de cada órgano. Las actas de los distintos equipos docentes formarán parte un único libro.

4. El equipo directivo velará porque las decisiones y acuerdos tomados se conozcan de modo colectivo cuando la decisión afecte a un grupo o de modo individual cuando la decisión afecte a un alumno o familia en particular. Las normativas, decisiones y acuerdos colectivos se publicarán en la página web del centro y en el tablón de anuncios habitual del centro.

5. Cuando algún miembro de la comunidad escolar esté interesado en conocer el contenido del acta de las sesiones de alguno de los órganos de gobierno o de coordinación, habrá de solicitarlo a la dirección del centro. Si ésta estima que el interés es legítimo, el secretario expedirá una certificación del contenido de dicha acta o del asunto que haya suscitado interés.

6. En las actas deberá constar: fecha, lugar y hora de reunión, miembros ausentes, orden del día, mención de intervenciones y debate, acuerdos tomados, documentos y votaciones si las hubiera.

7. Cuando hubiere de realizarse algún tipo de selección de alumnado para alguna actividad, esta se hará bajo criterios que conozcan todos los alumnos implicados; sin que suponga discriminación y en atención a criterios objetivos.

8. Cuando haya de hacerse un sorteo para seleccionar alumnado que conforme un determinado plan o programa, éste ha de ser público y con arreglo a los mismos criterios establecidos en el sorteo de escolarización.

9. En lo que se refiere a los procedimientos de evaluación nos remitimos al apartado V de nuestro Proyecto educativo.

10. En el mismo sentido el procedimiento de escolarización se desarrollará de acuerdo con las normas que lo rigen.

Artículo 61. La organización de los espacios, instalaciones y re cursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.

1. Normas de uso de la biblioteca.

La biblioteca general del Centro se completa con las bibliotecas de aula, que resultan un complemento fundamental para incentivar la lectura.

a) Bibliotecas de aula. Estas bibliotecas de aula funcionarán en cada tutoría. Los tutores habrán de velar por su organización, funcionamiento, mantenimiento y ampliación.

b) Biblioteca del centro.

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Ocupa un espacio insuficiente y casi inadecuado para un Centro de nuestras características. Debe procurarse un espacio con acceso directo desde el patio para facilitar el uso en horario de recreo. Además debemos compartir el uso para tareas docentes: atención educativa y refuerzos educativos en los casos que no pueden impartirse en la propia aula.

b.1. Responsables de la biblioteca. Cada curso escolar deberá nombrarse un responsable de la biblioteca que tendrá una dedicación horaria de dos sesiones lectivas, además estará exento de vigilar el recreo en el patio y dedicará este tiempo también a la biblioteca escolar. Este responsable recibirá la ayuda de, al menos, 2 maestros o maestras con reducción horaria por ser mayores de 55 años. También la monitora escolar realizará tareas de apoyo al responsable de la biblioteca, sobre todo, en horario de recreo.

b.2. Horario de atención. Además del horario de recreo en el que la biblioteca estará abierta para todo aquel que quiera visitarla y hacer uso de ella, el personal responsable de la biblioteca, en coordinación con la jefatura de estudios, organizará cada curso un horario de uso y visita. Es intención del centro abrir la biblioteca durante dos tardes a la semana y durante dos horas. Este horario será de apertura a todos los miembros de la comunidad escolar.

b.3. Recursos. La Biblioteca del centro gestionará y centralizará todos los recursos bibliográficos, digitales y audiovisuales con los que cuente el centro. El material del tipo mencionado que forme parte de las bibliotecas de aula o temporalmente esté en otras dependencias deberá ser catalogado como perteneciente a la biblioteca del centro y debidamente registrada su ubicación o préstamo.

b.4. Préstamos. El préstamo de los fondos de la biblioteca será personal. También los lotes de libros se considerarán un préstamo al maestro o maestra que los restire, el cual habrá de velar por su conservación, buen uso y devolución. Todos los fondos pueden ser consultados en la propia dependencia de la biblioteca, pero no todos se pueden prestar para su lectura y/o consulta fuera de ella, pues deberán ser objeto de determinadas restricciones que garanticen la igualdad de oportunidades de uso de todos los posibles usuarios. Por tanto, aquellos fondos que sean frecuentemente consultados, de difícil reposición o que en un momento determinado pudieran ser objeto de consulta masiva, tendrán la consideración de “restringidos”. Dichas limitaciones pueden ir desde la consideración de “documento no prestable” hasta la de “documento restringido temporalmente”. Serán fondos con limitaciones: Las obras básicas de referencia, los fondos antiguos o preciosos (obras con grabados o láminas de imposible reposición o fácil deterioro), materiales creados en el centro (trabajos, dosieres, etc.), los documentos electrónicos originales, obras cuya materia sea objeto de un trabajo de investigación por un gran número de escolares y de las que la biblioteca carezca de suficientes ejemplares para ofrecer en préstamo individual.

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La persona responsable, junto con el personal de ayuda, determinará anualmente las normas de préstamo; no obstante habrán de tener en cuenta las siguientes líneas generales:

- Todos los préstamos tendrán una duración de quincena, pudiéndose prorrogar antes de su fin por una semana más.

- Todos los fondos prestados serán devueltos obligatoriamente al finalizar el curso.

- La no devolución en el plazo fijado originará reclamación oral y/o por escrito, tras la cual y de persistir el retraso devengará en la suspensión temporal del servicio de préstamo que estime conveniente el equipo de apoyo según análisis de las circunstancias de la persona prestataria.

- Las personas prestatarias se responsabilizarán del buen uso y conservación de los documentos corriendo con los gastos derivados de las reparaciones a que hubiera lugar por desperfectos tras una mala utilización de los mismos. El daño irreparable o pérdida de cualquier documento o material prestado originará la inmediata reposición o reintegro de su valor al centro. En caso de deterioro leve procuraremos que no sean los lectores o las lectoras quienes intenten arreglarlo por su cuenta.

- La biblioteca podrá hacer préstamos a las distintas aulas. Mensualmente se podrán asignar 20 ejemplares distintos a cada aula. La persona responsable de su custodia y mantenimiento será el tutor o tutora del grupo.

La biblioteca ofrece un servicio de préstamo a nivel de sala, de aula y de casa. Este servicio de préstamo es supervisado por el profesor/ a de cada uno de los grupos de alumnado, llevando un registro y control de los libros prestados y fechas en que se han entregado y devuelto (de acuerdo con la organización prevista por los responsables de la biblioteca), así como también entre sus funciones se encuentra orientar a los alumnos en la decisión de la elección de libros, educarlos en la conservación de los mismos o facilitar y acercar a su alumnado a esta fuente de información, de aprendizaje y de ocio. Los documentos de la Biblioteca estarán informatizados para que el préstamo de cualquier material, así como el acceso a consultar los materiales disponibles sea de forma informatizada y, que cualquier miembro de la comunidad educativa pueda acceder a la consulta de nuestro fondo bibliográfico a través de la página web del centro. El alumnado accederá a la biblioteca durante la hora del recreo cuando haya tomado su merienda y cumplirá las normas de convivencia y comportamiento en este espacio. Los maestros y maestras tutores y tutoras establecerán una programación y calendario específico para la retirada y control de libros.

b.5. Normas para el alumnado. 1º No retirar más de un libro a la vez.

2º No se permitirá al alumno llevarse un libro mientras tenga otro en su poder.

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3º El libro se entregará en perfecto estado. En caso de rotura o pérdida, el alumno deberá comprar otro igual o similar si no encontrase el mismo título.

4º Al elegir el libro se tendrá mucho cuidado para no desordenar las estanterías.

5º El profesor recordará, al menos un día a la semana, a los alumnos que tienen libros de la biblioteca que los devuelvan lo antes posible en la hora que se encuentre en ella el profesor encargado.

6º Las normas y el horario estarán siempre expuestas en el tablón de la biblioteca y en el de cada clase.

b.6. Para el profesorado. 1º Los alumnos no deben ir solos a la biblioteca a no ser en horas en las que

haya un encargado.

2º Los profesores que van a la biblioteca con su curso deben tener en cuenta que los libros queden ordenados, así como las mesas y las sillas.

3º Si alguno de los alumnos desea llevarse un libro a casa, el tutor deberá anotar el préstamo.

4º Las enciclopedias, diccionarios y libros de consulta no saldrán de la biblioteca, debiendo ser consultados en dicho recinto.

b.7. Para uso de la comunidad 1º La biblioteca podrá estar abierta en horario no lectivo y a disposición de los

padres/madres y otros miembros de la comunidad escolar.

2º En el horario que se establezca se designará una persona responsable que deberá seguir las normas generales de uso y, en todo caso, consensuando con el profesor responsable las específicas que consideren oportunas.

3º l funcionamiento sería de trabajo directo en ella: lectura de libros, toma de apuntes..., o de préstamo.

2. El aula de informática.

En el uso de la sala de informática tendrá preferencia el alumnado de educación infantil y primer y segundo ciclo frente al de tercer ciclo.

Habrá un profesor responsable de dicha aula de entre el profesorado con reducción horaria por ser mayor de 55 años. Esta persona responsable realizará su labor de acuerdo con el coordinador de las TIC. Habrá de velar por el buen funcionamiento de los ordenadores y otros aparatos de los que está dotada el aula (impresora, escáner y cañón de proyección).

El responsable del aula elaborará cada curso escolar un horario de uso en colaboración con los coordinadores de ciclo.

El alumnado hará uso de esta aula siempre bajo la supervisión del profesorado del que reciba atención en ese momento.

Las actividades extraescolares de informática se llevarán a cabo en este aula. La persona responsable de esta actividad procurará un buen uso de la misma, velará porque no se altere la configuración de los ordenadores y hará que esta quede ordenada y tras cada sesión de trabajo.

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3. La sala de educación física, pistas deportivas y el material deportivo.

a) La sala de educación física. Esta sala es de uso preferente del profesorado de educación física. Este profesorado y la jefatura de estudios procurarán que cada grupo de educación primaria pueda desarrollar una de las dos sesiones de esta materia en esta sala. El alumnado no podrá permanecer en esta sala sin la supervisión del profesorado.

b) Pistas deportivas. Las pistas deportivas, al igual que la sala de educación física, son el espacio de trabajo del profesorado de educación física; por tanto, el resto del profesorado habrá de consensuar con este profesorado el uso de las mismas durante el horario lectivo. En ningún caso, podrá entorpecerse o molestar el desarrollo de las clases de educación física. Durante el recreo el profesorado podrá organizar competiciones y juegos en estos espacios. Cuando las pistas no estén ocupadas en estas actividades, habrá de establecerse por parte de la jefatura de estudios y el profesorado de educación física un turno rotario de uso de las pistas por parte de los distintos cursos o grupos de alumnado.

c) Material deportivo. Este material es de uso preferente del profesorado de educación física, el cual velará por su buen uso, conservación y organización. Si otro profesorado quiere hacer uso del mismo habrá de consultar y consensuar con el profesorado de educación física la manera y el tiempo de uso. El alumnado hará uso del mismo siempre bajo la supervisión del profesorado, en especial del de educación física. Durante el recreo solo se usará este material para realizar actividades organizadas por el profesorado o bajo su supervisión.

4. La sala de usos múltiples.

Es una sala de uso común para todo el centro y la comunidad educativa. Cuando alguna tutoría, ciclo o sector quiera usarla deberá comunicarlo al equipo directivo, quien es responsable de organizar y determinar el uso de esta dependencia.

5. Recursos de reprografía e impresión de documentos.

El profesorado con reducción horaria por ser mayores de 55 años se hará cargo de la reprografiar los materiales necesarios para el funcionamiento cotidiano del centro. Habrá de procurarse que haya un maestro/a encargado por cada ciclo, si ello no fuera posible algún maestro o maestra de distinto ciclo se encargará de esta tarea.

Cuando sea necesario el conserje, la monitora escolar y el personal de vigilancia de la tarde podrán realizar esta tarea. En todo caso, el profesorado podrá hacer uso de estos recursos cuando lo necesite.

Con antelación suficiente el profesorado que lo necesite dejará encargo del material a reprografiar.

Todo el personal del centro deberá hacer uso de estos recursos con prudencia y procurando el máximo ahorro tanto en papel como en otro material.

El equipo directivo deberá arbitrar el mejor modo de uso y el máximo control en la utilización de estos recursos.

6. Recursos materiales fungibles.

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Estos recursos dependerán del secretario del centro que, en colaboración con el conserje del centro, velará por el buen uso, la racionalidad y economía en la utilización de estos materiales. De modo general, el secretario procurará que el centro disponga del material común más usual para el funcionamiento cotidiano del colegio.

No obstante, cada ciclo podrá disponer de material fungible para su funcionamiento con cargo al presupuesto que curso a curso se le asigne. El coordinador o coordinadora del ciclo será responsable de su custodia y velará por el buen uso del mismo.

Artículo 62. La organización de la vigilancia de los tiempos de recreo y de los periodos de entrada y salida de clase.

1. Organización. El artículo 13. 2. i) de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, …, dice de modo literal: “Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará exenta la persona que ejerza la dirección del centro”.

El tiempo de recreo, media hora de duración de lunes a viernes, se considera como horario lectivo y por tanto es de obligado cumplimiento para todo el profesorado, salvo aquel que la norma estipule exento de esta tarea. También será tiempo de obligado cumplimiento para el personal laboral del Centro; sin perjuicio de las peculiaridades en el cumplimiento de la jornada de trabajo de este personal.

Por otro lado el artículo 73. l) del Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico…, establece que una de las funciones de la jefatura de estudios es “organizar la atención y el cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en las actividades no lectivas.”

De acuerdo con esta normativa la jefatura de estudios organizará al principio de cada curso escolar la vigilancia de recreos en función de los grupos que funcionen en el curso en cuestión.

En principio, y salvo otra decisión de la jefatura de estudios, nos organizaremos de la siguiente manera:

Zonas de vigilancia fijas: patio de infantil; zona pista de fútbol grande, puerta y servicios; pistas de arena pequeña y asfaltadas; zona que ocupe primero (zonas adyacentes a la vivienda del conserje o zona de soportales) y biblioteca. Estas zonas estarán vigiladas por grupos estables de 4 personas que determinará la jefatura de estudios cada curso escolar. Estos podrán organizarse como estimen pero siempre deberá haber dos personas del grupo en la zona de vigilancia. La forma de organización deberán comunicarla a la jefatura de estudios, la cual deberá aprobarla. Cuando en uno de los grupos se produzca la ausencia de un maestro o maestra, ésta deberá ser suplida por un miembro del propio grupo. Cada grupo deberá prever el orden de rotación para cubrir las ausencias y habrá de comunicarlo a la jefatura de estudios.

Zonas de vigilancia rotatoria: zonas adyacentes a la vivienda del conserje o zona de soportales; zona de almacén y explanada frente a la puerta principal; puerta metálica de entrada y zona de árboles; puerta de entrada principal e interior del centro.

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Estas zonas se vigilarán por grupos de 4 personas las cuales determinará la jefatura de estudios cada curso escolar, Estos grupos rotarán por las distintas zonas de modo quincenal. Cada uno de estos grupos podrá organizarse como estime pero siempre deberá haber dos personas del grupo en la zona de vigilancia. La forma de organización deberá comunicarla a la jefatura de estudios, la cual deberá aprobarla. Cuando en uno de los grupos se produzca la ausencia de un maestro o maestra, ésta deberá ser suplida por un miembro del propio grupo. Cada grupo deberá prever el orden de rotación para cubrir las ausencias y habrá de comunicarlo a la jefatura de estudios.

Quienes no tengan que realizar labores de vigilancia dedicarán su tiempo a preparación de material, tareas tutoriales, preparación y programación de clases u otras tareas similares que les encargue el equipo directivo.

Los días de lluvia el equipo directivo decidirá si el alumnado sale al patio de recreo o no. Si la decisión es de permanecer en el interior del edificio cada tutor o tutora habrá de encargarse de la vigilancia de su grupo. El profesorado sin tutoría se encargará de atender la biblioteca y los pasillos. En estos días, si algún maestro o maestra quisiera bajar con un grupo a la zona de porche lo comunicará al equipo directivo y se encargará de la vigilancia de dicho grupo.

2. Funciones. Las personas que vigilan una zona deberán tener en cuenta para la vigilancia las siguientes cuestiones:

a) Acudir con puntualidad a la zona de vigilancia. b) No ausentarse del punto de vigilancia, salvo que sean sustituidos por un compañero o

compañera o comuniquen al equipo directivo el motivo de su ausencia. c) Permitir el acceso al interior del edificio al alumnado sólo en los casos justificados y bajo el

criterio razonable del personal que vigila el interior del edificio. d) Procurar que no queden alumnos o alumnas en el edificio durante el recreo sin estar

supervisados por un profesor o profesora, esta tarea atañe en primer lugar a los tutores y tutoras y en segundo lugar a quienes vigilan en el interior del edificio.

e) Cuidar que el alumnado: - No salga del Centro - No se suba a los árboles, canastas o porterías. - No mantenga contacto con personal ajeno al Centro a través de las valla. - Mantenga limpio el patio. - No se produzcan agresiones, insultos, amenazas… - No se usen instrumentos punzantes o peligrosos (paraguas, cortaúñas…)

f) Cualquier incidencia acaecida durante la vigilancia de recreo debe registrarse de la misma manera que las demás, el profesor/a ha de aplicar la medida correctiva que establece el Plan de Convivencia, las normas de clase y las establecidas en la agenda del alumno.

Artículo 63. Criterios para la gestión de las sustituciones.

1. Caso de ausencia de profesorado tutor.

a) Las ausencias de 1 día o menores serán cubiertas por el profesorado con horario de refuerzo. Si la ausencia es mayor o igual de 2 días, y la ausencia no es cubierta por la

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Delegación Provincial, el profesor o profesora de apoyo se hará cargo del grupo en cuestión cumpliendo las tareas de la tutoría de manera provisional.

b) Si coincidieran al mismo tiempo dos o más sustituciones de profesorado tutor, el profesor o profesora de apoyo atenderá de modo preferente la de los cursos más bajos, entendiendo por ello E. Infantil, 1º de E. Primaria, 2º…

c) Si la coincidencia de ausencia se produjera entre profesorado tutor y especialista la preferencia será la del profesorado tutor frente al especialista.

2. Caso de ausencia del profesorado especialista.

a) El profesorado especialista ausente será cubierto, a ser posible, por el profesor o profesora tutora del grupo en el que se produzca la ausencia. Si no puede atenderse la ausencia de este modo, se encomendará la sustitución al profesor o profesora de apoyo en primer lugar o al profesorado de Refuerzo pedagógico si el anterior no pudiese atender la tarea de sustitución.

b) Si la ausencia fuese de las profesoras de Religión cubrirá dicha ausencia en primer lugar el profesor o profesora que tenga encomendadas la Atención Educativa del grupo en el que se produce la ausencia –normalmente será el tutor u tutora del grupo- y si nadie tuviese encomendada estas enseñanzas se procederá según el apartado a) de este mismo punto 2.

3. Cobertura de ausencias en caso de salidas y/o actividades complementarias y extraescolares.

Cuando un profesor o profesora quede vacante porque el grupo al que debía atender sale del Centro o tiene una actividad complementaria o extraescolar acompañados por el profesor o profesora tutora u otro profesorado, será dicho profesorado –el vacante- quien cubra otras posibles ausencias o las que puedan ocasionarse por quienes acompañan a los grupos, ello con preferencia al profesor o profesora de apoyo o cualquier otro.

4. Cobertura de ausencias por ciclos.

Sin perjuicio del equilibrio y proporcionalidad enunciados en el punto siguiente, las sustituciones se realizarán con preferencia por profesorado que imparte clase en el mismo ciclo que el ausente, salvo el profesor o profesora de apoyo.

5. Equilibrio, proporcionalidad y publicidad de las ausencias.

La Jefatura de Estudios procurará que las sustituciones se cubran a lo largo del curso de manera equilibrada y proporcional entre el profesorado disponible, salvo el profesor o profesora de apoyo que tiene encomendada casi siempre la primera sustitución. A estos efectos, la misma Jefatura de Estudios hará público en el tablón de anuncios de la sala de profesores y profesoras y de modo permanente el cuadrante semanal de profesorado disponible para sustituciones; así mismo, otro cuadrante mensual que refleje las sustituciones efectivamente realizadas durante el mes y el total acumulado.

Con independencia del total acumulado, la Jefatura de Estudios procurará que la proporcionalidad en la cobertura de ausencias se cumpla con respecto al total de horas disponibles de cada profesor o profesora. Para ello, ponderará y expondrá trimestralmente dicha proporcionalidad entre sustituciones y horario disponible según la siguiente fórmula:

Horas sustituidas x 100

Proporción sustituciones = ------------------------------- Horas disponibles

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6. Cobertura de ausencias por profesorado con reducción horaria.

Los profesores y profesoras con reducción horaria por coordinación de ciclo, coordinación de planes y

proyectos, equipo directivo y profesorado mayor de 55 años sustituirán de manera proporcional y equilibrada entre ellos. Este profesorado entrará a sustituir cuando no haya profesorado disponible de apoyo, Refuerzo pedagógico o las propias de atención educativa.

Artículo 64. Normas relacionadas con el material del programa de gratuidad de libros de texto.

La ORDEN de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes dirigidos con fondos públicos, establece en su artículo 4 punto 3:

“Los centros incorporarán en su Reglamento de Organización Funcionamiento las normas de utilización y conservación de los libros de texto y demás material curricular puesto a disposición del alumnado, así como las sanciones que corresponderían en caso de extravío, o deterioro culpable o malintencionado de los mismos, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente sobre derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios.”

1. Tareas y responsabilidad del centro.

a) El centro tiene la obligación de guarda y custodia respecto de los libros de texto utilizados por el alumnado inscrito en ellos, durante los periodos de tiempo en que actúe como depositario de los mismos. La secretaría custodiará los libros y materiales no entregados, aquellos que se depositen durante el curso por traslado y las hojas de control.

b) Todos los libros de texto serán registrados por el centro e identificados con una etiqueta que se fijará en la primera hoja de los mismos, donde aparecerá el nombre del centro y el del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada curso escolar, de acuerdo con el procedimiento que a tales efectos establezca el Consejo Escolar

c) Los libros de texto serán renovados cada cuatro cursos escolares, salvo los correspondientes al primer ciclo de la Educación Primaria que serán renovados todos los cursos por tratarse de un material que no puede ser utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos.

d) Los libros de texto serán dados de baja cuando se cumpla el período de cuatro años establecido con carácter general para su utilización. Asimismo, podrán darse de baja con anterioridad a este plazo cuando su grado de deterioro no permita su utilización por otro alumnado en cursos sucesivos.

e) El Consejo Escolar del Centro, de acuerdo con el procedimiento establecido, procederá, antes del 30 de junio de cada año, a la revisión de todos los libros de texto que no hayan cumplido el período de cuatro años de uso establecido con carácter general. Una vez revisados, comunicarán a los representantes legales del alumnado que haya realizado un uso incorrecto de los mismos la obligación de reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada.

2. Colaboración del profesorado.

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a) Al principio de cada curso todos los maestros/as tutores serán los responsables de registrar, etiquetar, cumplimentar las hojas de control y entregar los libros en préstamo a sus alumnos/as. (Las etiquetas se proporcionarán en secretaría).

b) Si algún alumno causara baja durante el curso escolar por traslado a otro centro, deberá devolver el material a su maestro-a tutor, éste hará entrega del mismo en secretaría, la cual expedirá el certificado correspondiente.

c) En los últimos días de clase del mes de junio de cada año, cada maestro/a tutor/a deberá recoger y revisar todos y cada uno de los libros de texto que entregó a sus alumnos al principio de curso. Pondrá en conocimiento del Consejo Escolar, antes del día 25 de junio de cada año, los datos de aquello libros que necesitan reposición y el usuario de los mismos. En esta tarea podrá estar auxiliado por el delegado de los padres y madres de cada tutoría.

3. Responsabilidad de las familias y el alumnado.

a) El alumnado beneficiario de este programa de gratuidad de libros dispondrá, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté cursando.

b) Los libros de texto serán propiedad de la Administración educativa y permanecerán, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumno o alumna haya cursado las enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos y alumnas en años académicos sucesivos.

c) A comienzos de cada curso escolar, los padres entregarán al centro, a través de los tutores, los libros y materiales curriculares adquiridos con el cheque- libro que se les haya facilitado. En dichos libros y materiales no se escribirá nombre alguno.

d) El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.

e) En la medida de lo posible los libros serán debidamente forrados con plástico a fin de mantenerlos en el mejor uso. A este fin, los maestros-as tutores pedirán a las familias y al alumnados su colaboración para llevar a cabo esta tarea.

f) El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado. Serán considerados deterioros, a efectos de su reposición, los pintorreos, subrayados, manchas, suciedad o roturas de hojas que hagan desagradable o imposible su correcto uso por otros alumnos

g) El plazo para realizar dicha reposición no será, en ningún caso, inferior a diez días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación que se gire una vez aprobada por el Consejo Escolar. Si, una vez transcurrido dicho plazo, los representantes legales del alumnado no hubiesen procedido a la reposición del material, el alumno o alumna podrá ser sancionado de acuerdo con lo que se establece en el apartado de acciones contrarias a la convivencia y sanciones del Plan de convivencia.

Artículo 65. Sobre el uso de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos.

1. En ningún caso el alumnado del Centro podrá tener operativo durante el desarrollo de la actividad escolar, ya sea dentro o fuera del Centro, teléfonos móviles u otros medios parecidos de comunicación, reproducción musical o grabación. Si los estuviere usando o conectados se les

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podrá retirar por parte del maestro/a que lo observe, éste los entregará a cualquier miembro del equipo directivo quien comunicará el hecho a la familia y le hará entrega de los mismos. Ello no obsta para considerar el incidente como conducta contraria a la convivencia.

2. Durante el horario de recreo el alumnado podrá hacer uso de aparatos de reproducción musical con la autorización del tutor o tutora. En todo caso, también en este horario habrá de limitarse el uso de éste u otros aparatos electrónicos con el fin de favorecer las relaciones interpersonales y la realización de actividades que las favorezcan.

3. Cuando un alumno necesite contactar con su familia lo hará saber a su tutor o tutora o algún miembro del equipo directivo, éstos valorarán la necesidad y facilitarán al alumno la comunicación con la familia a través de los medios del centro si lo consideran necesario.

4. De manera excepcional la dirección del colegio podrá autorizar a algún alumno o alumna en particular la tenencia del teléfono móvil o similar durante el horario escolar. En cualquier caso, la familia y el alumno en cuestión se comprometen a mantener el aparato desconectado durante el desarrollo de la actividad lectiva, incluido el recreo.

5. Durante las salidas fuera del centro para realizar actividades complementarias o extraescolares tampoco se permitirá la utilización de estos medios electrónicos. Únicamente durante el desplazamiento en autobús podrá autorizarse por parte de los tutores o personal responsable de la actividad el uso de los mismos, en particular los reproductores musicales o similares.

6. Mientras se desarrollan actividades lectivas, de tutoría y durante el transcurso de las reuniones tanto el profesorado como el resto de miembros de esta comunidad escolar procurarán mantener sus teléfonos móviles en modo silencio o similar de modo que no se interrumpa ni distraiga el desarrollo de dichas actividades. En ningún caso, podrán utilizar otros medios electrónicos durante estas actividades.

Artículo 66. Sobre el uso de los ordenadores y el acceso a internet.

1. El “compromiso digital” firmado por las familias obliga a éstas y al alumno usuario al buen uso y custodia de este material. El uso negligente o descuidado que suponga la pérdida o inutilización del portátil conllevará la reposición del mismo a cargo de la familia.

2. Esta reposición habrá de acordarse por la comisión de convivencia del Consejo Escolar en consideración de material del centro deteriorado, inutilizado o perdido. Si no se procediere a dicha reposición en el tiempo establecido por la comisión de convivencia habrá de estarse a lo que el Decreto 328/2010 y plan de convivencia establezcan para el incumplimiento de sanciones por conductas graves contra la convivencia.

3. Si se produce un traslado fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el ordenador deberá entregarse al centro. En caso de permanencia en Andalucía, cada alumno-a continuará con su ordenador durante su escolaridad obligatoria.

4. El coordinador de las TIC será responsable, en colaboración con el equipo directivo, de la gestión y control de la red de internet en el centro, de las reparaciones necesarias y de cuantas incidencias se presenten en lo que se refiere a esta materia.

5. El profesorado, en colaboración con el coordinador de las TIC, velará para que el alumnado reciba información sobre los riesgos, el acceso a entornos no confiables e intercambio de información en internet; en especial en foros, chat o redes sociales.

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Concretamente se les alertará para que:

a) No den sus datos personales (nombre completo, domicilio, usuario de Messenger, nº de móvil, gustos, aficiones, nombre de tus padres) a desconocidos, en especial si quien los requiere no pide el permiso de los padres.

b) Usuarios y contraseñas son secretos, no deben darse a nadie; salvo a los padres. c) Al registrarse en mensajerías, chat, etc. no dar el nombre real. d) Si crean un blog o una página personal, a través del correo, del chat o las redes sociales no

publicar fotos de nadie, a no ser que tengan permiso del que no quepa duda; recordad que un menor de 14 años no puede dar permiso por sí mismo.

e) Antes de usar un servicio de internet deben averiguar la edad a partir de la cual se puede utilizar

f) No descarguen programas que no conozcan, ni abran mensajes de desconocidos. g) Presten atención a los juegos online. Debe comprobarse por la familia, y en su caso por el

colegio, cuáles son sus preferencias y juegos. Se debe ayudarle a registrarse y recomendarle que no facilite datos sin supervisión.

6. El uso de los ordenadores durante el horario escolar se realizará bajo la supervisión e instrucciones del profesorado encargado de cada área. El alumnado está obligado a usar este instrumento para realizar las tareas encomendadas, sin acceder a contenidos o páginas inadecuadas.

7. El equipo directivo, el coordinador de TIC o el maestro tutor o tutora tienen potestad para cambiar las claves o contraseñas de seguridad o “control familia” al ordenador del alumno-a a fin de evitar el acceso por Internet a actividades o páginas inapropiadas o nocivas para su educación y seguridad. A requerimiento del padre/madre podrá confiársele esta clave, con el compromiso por su parte de no revelarla a su hijo-a. Esta potestad se ejercerá tras comprobar un uso inadecuado del portátil.

8. Si se comprobara un mal uso del ordenador durante el tiempo extralectivo o que el alumno no trae el ordenador cuando se le requiere o que la batería está descargada con frecuencia cuando es preciso para el trabajo en clase, el equipo directivo podrá, a propuesta del tutor, decidir que el ordenador se custodie en el centro y se le haga entrega al alumno sólo cuando sea necesario.

9. La familia es responsable durante el horario no lectivo del uso que sus hijos hagan del ordenador, en particular del acceso a páginas web no apropiadas para niños y niñas y de las actuaciones insultantes, agresivas o soeces contra otros miembros de la comunidad educativa.

10. La familia podrá pedir al centro que se limite el acceso a la red mediante el ordenador entregado a su hijo o hija.

Artículo 67. Criterios para elaborar horarios del alumnado.

1. Módulos horarios.

Los módulos horarios para el desarrollo de diferentes ámbitos/áreas o asignaturas tendrán un mínimo de media hora y un máximo de 2 horas. No obstante, los módulos horarios usuales son de 50 ó 60 minutos.

Actualmente nuestra jornada lectiva va de 9 de la mañana a 2 de la tarde y se distribuye así:

E. Infantil y E. Primaria:

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Tres sesiones de 50 minutos cada una, antes del recreo

Recreo: de 11 h. 30 min. a 12 horas.

Dos sesiones de 60 minutos cada una, después del recreo.

En general, el alumnado que asiste a las aulas de Audición y Lenguaje, Apoyo a la Integración, Aula Especifica, ATAL, Educadora u otras que puedan establecerse tendrán los mismos módulos horarios. Sin embargo, en atención a las dificultades o problemas de aprendizaje concretos que atiendan podrán establecerse módulos horarios de duración distinta a la indicada al principio, previa comunicación a la Jefatura de Estudios y acuerdo del ETCP.

Establecer módulos inferiores a 30 minutos se podría considerar poco efectivo, por el tiempo que conlleva cada cambio de actividad; el hacerlos superiores a los usuales (50 ó 60 minutos) suele provocar en el alumnado cansancio. En cualquier caso, hay veces, las menos, que interesa por el tipo de tarea o la organización concreta de un profesor o profesora establecer módulos más amplios, de ahí que puedan llegar hasta las 2 horas en alguna ocasión.

La distribución en sesiones explicitada nos permite disponer de 25 sesiones casi iguales, que permiten un desarrollo equilibrado de las materias y en caso necesario agrupar sesiones para módulos más largos, sin que lleguen a ser excesivamente largos.

2. Concreción de criterios para el horario de E. Infantil

a) Puesto que la especialista de Religión que imparte en esta etapa educativa tiene su horario completo, habrá de asignarse en primer lugar esta materia.

b) De acuerdo con el plan de centros bilingües los módulos horarios en esta materia serán de 30 minutos.

c) Los diferentes Ámbitos Curriculares se asignarán con arreglo al siguiente orden de preferencia horaria, en la medida de lo posible:

Conocimiento de sí mismo y la autonomía personal. Lenguajes: comunicación y representación. Conocimiento del entorno.

3. Concreción de criterios para el horario de E. Primaria.

a) Las áreas de Lengua castellana y Literatura y Matemáticas se pondrán en las horas más tempranas de la mañana en la medida de lo posible.

b) De igual manera debiera procederse con el área de Inglés, sin embargo como este profesorado tiene horario completo de la asignatura o imparte Lengua castellana, resulta del todo imposible cumplir esta intención. Así ocurre también con el resto de especialistas que tienen el horario completo de su especialidad –Música, E. Física y Religión-.

c) Por razones climáticas, se tenderá a que en la última sesión de la mañana un solo especialista de E. Física imparta esta área, pues puede “refugiarse” en la sala de educación física.

d) Las áreas de Conocimiento del Medio y E. Plástica se distribuirán de manera que completen el horario semanal, con prevalencia de la primera sobre la segunda en la asignación temporal.

e) Habrá de procurarse que el maestro o maestra tutor imparta en su grupo el mayor tiempo posible de su horario lectivo, sin perjuicio del horario que los maestros especialistas deban impartir.

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f) Debe evitarse la acumulación de tutores/as especialistas en un mismo Ciclo, sobre todo en razón a lo que se marca en el punto siguiente y para que queden horas de Refuerzo pedagógico del profesorado del propio Ciclo.

g) Por razones de coordinación y facilidad de comunicación será preferible que el profesorado que deba cubrir áreas no impartidas por el profesorado especialista sea, con preferencia, del propio ciclo y después de cualquier otro.

h) Cuando un área se imparta en dos sesiones durante la semana se procurará que éstas no sean consecutivas.

i) Deberán distribuirse las sesiones que imparten los especialistas en cada grupo de manera equitativa y proporcional, tanto diariamente como en los bloques semanales de antes y después del recreo.

4. Horario del Alumnado de Aula Específica.

Esta es el aula de referencia de este alumnado, si bien se integrarán en las aulas ordinarias que se determinen por el ETCP de acuerdo con sus necesidades y posibilidades de integración.

En cada caso y de manera individualizada habrá de decidirse el tiempo y el modo de integración.

El horario de este alumnado lo elaborará el jefe de estudios en colaboración con la maestra encargada del Aula Específica.

5. Alumnado de Apoyo a la Integración, Audición y lenguaje y Educadora.

Para elaborar el horario habrán de tenerse en cuenta:

- Las necesidades educativas individuales. - Las posibilidades de agrupamiento. - La asistencia a estas aulas, de manera preferente, cuando en sus grupos de referencia

se impartan las materias instrumentales –Lengua castellana y Matemáticas- e Inglés. - En cualquier caso, no deben asistir a estas aulas cuando en sus grupos se imparta E.

Física o E. Artística.

6. Horario del alumnado de refuerzo educativo.

Para elaborar el horario habrán de tenerse en cuenta:

- Las necesidades educativas individuales. - Las posibilidades de realizar este refuerzo dentro de la propia aula. - La asistencia a estas aulas, de manera preferente, cuando en sus grupos de referencia

se impartan las materias instrumentales –Lengua castellana y Matemáticas- e Inglés. - En cualquier caso, no deben asistir a estas aulas cuando en sus grupos se imparta E.

Física o E. Artística. - El primer ciclo de educación primaria dispondrá de mayor horario de refuerzo que el

resto de ciclos, bien entendido que 2º y 3er. ciclo disfrutan de los programas de Extensión del Tiempo Escolar y Acompañamiento Escolar.

- Habrá de procurarse de manera preferente que las necesidades de refuerzo de un grupo las cubra el menor número posible de maestros.

Artículo 68. Actividades complementarias y extraescolares.

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1. Las actividades complementarias que se realicen sin transporte escolar y dentro del casco urbano de Albolote no precisarán de autorización familiar, aunque se aconseja la misma; no obstante, las familias deberán ser informadas de dicha actividad, el día, hora y lugar de realización.

2. Aquellas otras actividades complementarias y las extraescolares, en todo caso, precisarán de autorización familiar para su realización. Tanto las mencionadas en el apartado anterior como las que aquí referimos deberán constar en el Proyecto Educativo o en la planificación anual y deberán estar aprobadas por el Consejo Escolar.

3. Los alumnos se desplazarán, con carácter general, con su grupo-clase y acompañados de su Maestro-a Tutor-a. El Equipo Directivo, en función de los recursos humanos disponibles y las necesidades del servicio, proveerá el acompañamiento de otro Maestro-a, al menos por cada dos unidades, sobre todo si se trata de los alumnos más pequeños o entre ellos se encuentran alumnos con NEE. Los llamados a este refuerzo serán los Maestros disponibles, en la forma en que determine la Jefatura de Estudios.

4. Si se realizaran excursiones o salidas de más de un día de duración, se procurará que vaya al menos un Maestro-a de refuerzo y apoyo al Tutor-a del grupo clase.

5. Cuando estando planificada una salida, se produjera la ausencia justificada e imprevista del Maestro-a Tutor, los alumnos serán acompañados por el Maestro-a especialista o de apoyo que designe la Jefatura de Estudios, teniendo en cuenta el mejor conocimiento o control que dicho Maestro-a tenga del grupo-clase, bien sea por el mayor número de horas que imparte en dicho grupo o por otras circunstancias valoradas por la Jefatura de Estudios. Se deberá en estos casos, si las necesidades del servicio lo permiten, reforzar con otro Maestro-a para la mayor seguridad y control del alumnado. Igualmente se hará en casos de baja prolongada del Tutor-a, sin Maestro-a sustituto.

6. Para las salidas, los Tutores deberán informar a los padres previamente, por el medio que se considere más idóneo, en todo caso a través de la agenda escolar, sobre los objetivos y previsible desarrollo de la actividad, antes de recabar su autorización escrita y la aportación que proceda.

7. Durante el desarrollo de estas actividades el alumnado deberá guardar una conducta que favorezca la realización de la actividad, atenderá a los requerimientos y explicaciones de quien la desarrolle y procurará aprovechar al máximo las posibilidades que de la misma puedan extraerse.

8. Cuando el comportamiento de un alumno-a no ofrezca las suficientes garantías, dada su trayectoria de conductas contrarias a la convivencia o graves contra ella, podrá verse privado de su derecho a participar en la actividad-salida programada, previa información razonada al alumno y a sus padres por el Tutor-a y siendo autorizada esta medida preventiva por la Jefatura de Estudios, sin que ello signifique tener que poner en marcha expediente para los procesos correctores previstos en la normativa.

9. Si algún alumno/a provoca daños o desperfectos en las instalaciones visitadas o en cualquier otra durante la salida, por su propia conducta irresponsable o por no seguir correctamente las instrucciones de sus profesores, se comunicará a las padres, quienes se obligan a subsanar o reparar los daños ocasionados.

Artículo 69. Normas de funcionamiento de los servicios del plan de Apertura: Aula matinal, Comedor y Actividades extraescolares.

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1. Las normas de convivencia explicitadas en el Decreto 328/2010 y en nuestro plan de convivencia rigen también el funcionamiento de estos servicios. A continuación se detallan otras normas y que regulan la especificidad de cada uno de los servicios que forman parte del Plan de Apertura.

2. Aula matinal.

a) El personal encargado del aula matinal recibirá por parte de todos los miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso y digno. En el ejercicio de sus funciones, cualquier desconsideración hacia este personal tendrá el mismo tratamiento que las normas sobre convivencia dispensan al profesorado.

b) El horario del servicio es de 7,30 a las 9 horas. c) Son funciones del personal del Aula matinal:

- Apertura y puesta en marcha de las instalaciones. - Recepción y control de los usuarios y usuarias. - Realización de actividades como: manualidades, juegos dirigidos, juegos de mesa,

juego simbólico, lecturas, visionado de programas educativos… - Traslado del alumnado que lo necesite a sus aulas, en especial de E. Infantil y primer

ciclo de E. Primaria.

3. Comedor.

a) El personal que ejerce la atención y vigilancia del comedor recibirá por parte de todos los miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso y digno. En el ejercicio de sus funciones, cualquier desconsideración hacia este personal tendrá el mismo tratamiento que las normas sobre convivencia dispensan al profesorado.

b) El horario de comedor es de 14:00 a 16:00 h La recogida del alumnado por parte de las familias podrá hacerse a partir de las 15:30 horas. Hasta ese momento las familias permanecerán fuera del recinto escolar, el cual permanecerá cerrado.

c) Una vez finalizada la comida el alumnado saldrá al patio, si el tiempo lo permite, para permanecer en zonas fijadas a tal fin, haciendo uso de su tiempo libre o bien participando en alguna actividad dirigida. Siempre lo hace acompañado de las monitoras correspondientes que cuidan de los niños/as en distintos lugares, poniendo especial interés en la cancela, lugar donde las familias recogen a sus hijos/as. La organización del centro pone los medios para que, siempre que sea posible, las monitoras que atienden la cancela sean las mismas a fin de facilitar el conocimiento del alumnado y familiares que lo recogen.

d) El personal encargado del cuidado del alumnado le comunicará, hasta su interiorización, de normas referentes a: higiene, colocación de mochilas, actitud en la mesa, tareas de colaboración, hábitos alimentarios, hábitos de comportamiento.

e) Los padres y madres de alumnado usuario recibirán en el mes de septiembre información y normas de funcionamiento del servicio a fin de que colaboren en el buen funcionamiento del comedor. Si fuese necesario también serán informados a través de circulares durante el curso.

f) El tratamiento de los conflictos más habituales y entrevistas con familias para cualquier tema relacionado con el servicio tendrá lugar en horario de atención del equipo directivo, salvo urgencia

g) El Equipo Directivo pondrá en marcha las medidas necesarias que garanticen el buen funcionamiento del comedor, se coordinará con el profesorado, principalmente mantendrá reuniones con el personal encargado y con la Comisión permanente del Consejo Escolar.

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4. Actividades extraescolares.

a) El personal encargado de las actividades extraescolares recibirá por parte de todos los miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso y digno. En el ejercicio de sus funciones, cualquier desconsideración hacia este personal tendrá el mismo tratamiento que las normas sobre convivencia dispensan al profesorado.

b) Horario: se ofrecerá este servicio de las 16 a las 18 horas. Durante este tiempo las familias no podrán permanecer en el interior del recinto y esperarán a sus hijos en la puerta principal de entrada al edificio.

c) Las actividades previstas y ofertadas son: Informática, nivel I y II, Inglés y Teatro. d) No obstante, la oferta se ajustará curso a curso a la demanda; sin perjuicio de que las

actividades puedan suspenderse durante su desarrollo por falta de alumnado. e) El equipo directivo deberá controlar el diseño de las actividades que programa el personal

de la empresa contratada para esta actividad. f) También comunicará a las familias las incidencias que puedan producirse durante el

desarrollo de las actividades.

Artículo 70. Normas de funcionamiento de los programas de Apoyo Escolar y de Deporte en la Escuela.

1. Las normas de convivencia dictadas en el Decreto 328/2010 y en nuestro plan de convivencia rigen también el funcionamiento de estos programas que se desarrollan en horario extraescolar. A continuación se detallan otras normas que regulan la especificidad de cada uno de programas.

2. Programa de Extensión del Tiempo Escolar (ETE) y Programa de Acompañamiento Escolar (PROA).

a) Estos programas se desarrollarán en dos tardes alternas (normalmente martes y jueves) en horario de 16 a 18 horas.

b) El programa ETE se destina a alumnado de 2º ciclo y el programa PROA a alumnado del ciclo 3º.

c) El alumnado participante en el programa será determinado, durante el mes de septiembre, por la Jefatura de estudios, el coordinador de ambos programas, los coordinadores de ciclo y los tutores de 2º del curso anterior para el programa ETE y de 4º para el programa PROA. Normalmente, quienes sean seleccionados para el programa lo harán durante dos cursos, salvo que se aprecie una sensible mejoría en resultados escolares, integración y demás factores que determinaron su entrada en el programa.

d) Las familias deben comprometerse a acompañar y recoger sus hijos, salvo que los alumnos se desplacen solos al centro en horario escolar. Esta circunstancia la pondrán en conocimiento del responsable de grupo y éste lo dará a conocer al coordinador del programa. Si el alumno fuera recogido por un familiar u otra persona deberá comunicarse al coordinador del programa y se autorizará por escrito.

e) Un alumno o alumna puede causar baja en estos programas a petición de la familia. Esta petición constará por escrito. También puede darse de baja por no aprovechamiento del tiempo, comportamiento disruptivo reiterado o ausencias injustificadas (3 durante un mes). Estas bajas las determinarán la jefatura de estudios y quien coordine estos programas.

f) El profesorado del centro tendrá preferencia, sobre otro personal, para impartir estos programas. Así mismo, el personal laboral del centro, con titulación suficiente, será

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preferido sobre personal ajeno al centro. En otro caso, habrá que atenerse a lo que el Proyecto de Gestión de este centro establezca acerca de la contratación de personal.

g) En lo no explicitado aquí sobre estos programas se estará a lo que dictan las Instrucciones de 19-3-2007, de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, por las que se regula la organización del Programa de Acompañamiento Escolar en los centros educativos públicos.

3. Programa de Apoyo Lingüístico para Inmigrantes (ALI).

a) Es un programa destinado al alumnado inmigrante de E. Primaria del centro, preferentemente hablantes de lengua no castellana.

b) También se desarrolla en dos tardes alternas (normalmente martes y jueves) en horario de 16 a 17:30 horas.

c) El programa es coordinado por la jefatura de estudios, quien determinará junto con los coordinadores del ciclo el alumnado que asista al mismo.

d) Pretendemos de manera primordial favorecer la integración del alumnado inmigrante, mejorar el conocimiento de la lengua castellana y del sistema educativo español.

e) Las familias deben comprometerse a acompañar y recoger sus hijos, salvo que los alumnos se desplacen solos al centro en horario escolar. Esta circunstancia la pondrán en conocimiento del responsable de grupo y éste lo dará a conocer a la jefatura de estudios. Si el alumno fuera recogido por un familiar u otra persona deberá comunicarse al responsable del grupo y se autorizará por escrito.

f) Un alumno o alumna puede causar baja en estos programas a petición de la familia. Esta petición constará por escrito. También puede darse de baja por no aprovechamiento del tiempo, comportamiento disruptivo reiterado o ausencias injustificadas (3 durante un mes). Estas bajas las determinará la jefatura de estudios.

g) El profesorado del centro tendrá preferencia, sobre otro personal, para impartir estos programas. Así mismo, el personal laboral del centro, con titulación suficiente, será preferido sobre personal ajeno al centro. En otro caso, habrá que atenerse a lo que el Proyecto de Gestión de este centro establezca acerca de la contratación de personal.

4. Deporte en la Escuela.

a) El objetivo de este programa es implantar en nuestro Centro la “práctica del deporte”, ya que permite desarrollar valores educativos de indudable valor para el desarrollo personal (esfuerzo, coeducación, disciplina, dedicación, sacrificio, solidaridad,…) y para el proceso educativo de todo individuo

b) El horario de desarrollo será de lunes a jueves de 16 a 18 horas, dependiendo del horario y de los deportes a desarrollar en cada curso. Las concentraciones deportivas que se realizarán a lo largo del curso serán en viernes y/o sábados.

c) El inicio y fin del programa estará establecido por la Consejería de Educación. d) El programa será coordinado por un profesor del Centro. e) Las familias deben comprometerse a acompañar y recoger sus hijos, salvo que los alumnos

se desplacen solos al centro en horario escolar. Esta circunstancia la pondrán en conocimiento del responsable de grupo y éste lo dará a conocer a la jefatura de estudios. Si el alumno fuera recogido por un familiar u otra persona deberá comunicarse al responsable del grupo y se autorizará por escrito.

f) Un alumno o alumna puede causar baja en este programa a petición de la familia. Esta petición constará por escrito. También puede darse de baja comportamiento disruptivo

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reiterado o ausencias injustificadas (3 durante un mes). Estas bajas las determinará la comisión de coordinación del programa.

g) El profesorado del centro tendrá preferencia, sobre otro personal, para impartir estos programas. Así mismo, el personal laboral del centro, con titulación suficiente, será preferido sobre personal ajeno al centro. En otro caso, habrá que atenerse a lo que el Proyecto de Gestión de este centro establezca acerca de la contratación de personal.

Artículo 71. Enfermedades o accidentes en el centro y protocolos de actuación en caso emergencias sanitarias.

1. En el Centro habrá botiquines de primeros auxilios situados en los lugares más idóneos, pero en ningún caso se administrarán medicamentos o tratamiento de ningún tipo, salvo pequeñas curas de heridas, golpes, hematomas o hemorragias. En caso de accidente leve adjuntamos la siguiente tabla que deberá permitir al personal del centro actuar en aquellos casos que no presenten dificultad ni gravedad.

PROBLEMAS ENFERMEDADES

QUE PUEDEN PRODUCIR

CONDUCTA ADECUADA

1. HERIDAS Infecciones - Desinfectar con agua y jabón.

- Usar gasas, tijeras de punta roma, esparadrapo.

- Ponerse guantes.

2. GOLPES Traumatismos Esguinces

- Echar agua

- Vendajes compresivos.

- Frescura.

- No usar cremas y no tenerlas en el botiquín.

3. QUEMADURAS Infecciones

- Lavar

- Desinfectar.

- No utilizar pomadas ni trapos que se puedan pegar.

- Tener gasas.

4. HEMORRAGIAS - Poner un tapón y dejar un tiempo.

- Presionar.

5. USAR GUANTES Infecciones - Utilizarlos siempre.

- Colocar un aviso de advertencia.

6. MEDICAMENTOS Alergias Contraindicaciones

- No dar en ningún caso.

- No tenerlas en el botiquín.

2. Ante cualquier accidente o crisis grave de enfermedad, se avisará a la mayor brevedad posible a los padres para que se personen en el Centro y atiendan a su hijo.

3 En tanto se produce la llegada de los padres, el profesorado atenderá con los medios disponibles de primeros auxilios, practicando la cura pertinente. Se acompañará al alumno al Centro de Salud si se considera que ello es necesario, o mediante aviso a los servicios sanitarios de emergencia si se tratara de un caso más grave. El alumno será acompañado por su tutor-a, si se

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hallare en el colegio o por otro personal que designe el equipo directivo, en caso contrario, y no deberán dejar de acompañarlo hasta que se personen los padres, familiares encargados u otras personas a quienes corresponda su custodia.

4. El maestro-a se abstendrá de autorizar ningún tipo de intervención sanitaria, salvo que la tardanza de su familia y la gravedad del caso implique urgencia vital o daño irreparable a la salud del menor, a criterio de los facultativos del servicio, en cuyo caso se actuará con la lógica y diligencia de cualquier responsable de familia, quedando expresamente reflejadas las circunstancias de la urgencia por parte de los facultativos en el documento-autorización que se suscriba.

5. Los padres de los alumnos quedan obligados a comunicar al maestro-a tutor cualquier tipo de alergias o problema de salud de su hijo que pueda entrañar riesgo para él o sus compañeros en el desarrollo de sus actividades escolares, anotándose en su expediente y guardándose por el profesorado la debida reserva.

6. Enfermedades o accidentes en el Centro:

a) Ante cualquier accidente o crisis grave de enfermedad, se avisará a la mayor brevedad posible a los padres para que se personen en el Centro y atiendan a su hijo/a.

b) En tanto se produce la llegada de los padres, el Profesorado atenderá con los medios disponibles de primeros auxilios, practicando la cura pertinente. Se desplazará al alumno al Centro de Salud si se considera que ello es necesario, o mediante aviso a los servicios sanitarios de emergencia si se tratara de un caso más grave. El alumno será acompañado por su Tutor-a, si se hallare en el colegio o por otro que designe el Director en caso contrario, y no deberán dejar de acompañarlo hasta que se personen los padres, familiares encargados u otras personas a quienes corresponda su custodia.

c) El Profesor-a se abstendrá de autorizar ningún tipo de intervención sanitaria, salvo que la tardanza de su familia y la gravedad del caso implique urgencia vital o daño irreparable a la salud del menor, a criterio de los facultativos del servicio, en cuyo caso se actuará con la lógica y diligencia de cualquier padre de familia, quedando expresamente reflejadas las circunstancias de la urgencia por parte de los facultativos en el documento-autorización que se suscriba.

d) Los padres de los alumnos se obligan a comunicar al Maestro-a Tutor cualquier tipo de alergias o problema de salud de su hijo que pueda entrañar riesgo para él o sus compañeros en el desarrollo de sus actividades escolares, anotándose en su expediente y guardándose por el Profesorado la debida reserva.

e) En el Centro habrá botiquines de primeros auxilios situados en los lugares más idóneos, pero en ningún caso se administrarán medicamentos o tratamiento de ningún tipo, salvo simples curas de pequeñas heridas, golpes, hematomas o hemorragias.

f) En el Centro se llevarán a cabo las revisiones médicas y vacunaciones previstas en los programas de salud escolar, a cuyo fin los padres facilitarán información o cartilla de vacunaciones.

7. Se adjunta la dirección de la página web sobre protocolos de actuación ante emergencias sanitarias en centros educativos y deportivos andaluces, elaborados por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/salud/contenidos/PrimerosAuxilios/PrimerosAuxilios/1227516803290_protocolo-de-actuacion.pdf

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Artículo 72. Sobre la protección de datos y la imagen del alumnado.

1. La Ley Orgánica de Protección de Datos obliga a los centros docentes, entre otros, a tratar con discreción y cautela los datos de los que disponemos, máxime cuando se trata de menores, como es nuestro caso. Por tanto, este centro no cederá en ningún caso los datos de los que dispone a empresas u otros entes; salvo que tenga autorización expresa de los responsables del menor y sólo aquellos datos indispensables para la identificación del menor o su familia para realizar con seguridad una actividad programada por el colegio.

2. El centro velará porque el AMPA y las empresas o particulares que presten servicios al centro traten los datos que se les cedan del alumnado o sus familias con todas las reservas y cautelas legales y únicamente a efectos de desarrollar las actividades que deban prestar al colegio.

3. La captación de fotos o imágenes de vídeo en las dependencias del centro, patios, alojamientos u otros lugares donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares y su posterior uso debe hacerse con el consentimiento de los padres o los tutores legales. A estos efectos, cada curso escolar, en el momento de realizar la matrícula, el centro recabará de las familias su autorización para tomar imágenes de sus hijos y usarlas para alojarlas en la página web del centro, orlas, álbumes recopilatorios o actividades educativas. No podrá realizarse con dichas imágenes ningún otro uso.

4. Si en el desarrollo de una actividad surgiera la necesidad de uso distinto a los mencionados, se deberá volver a recabar la autorización de la familia.

TÍTULO IV. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

A. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

1. Identificación, titularidad y emplazamiento

1.1. Identificación, titularidad y emplazamiento

Datos generales de identificación

Nombre del centro:

Tínar

Código del centro

18000052

Dirección Calle Tínar, 46

Localidad Albolote Provincia Granada

C.P. 18220 Teléfono 1 958893984 Teléfono 2 958893983

E-mail [email protected] Fax 958893983

Denominación Colegio de Educación Infantil y Primaria

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de la actividad del Centro

1.2. Dirección del Plan

Responsable del Plan de Autoprotección

La persona titular de la Dirección del centro o servicio educativo, es el máximo responsable del Plan de Autoprotección, y es igualmente el Jefe o Jefa de Emergencia (Director o Directora del Plan de actuación en emergencia).

En ausencia de la persona titular de la Dirección del centro, como suplente se nombran a las personas que ostenten cargos directivos o sus equivalentes en los servicios educativos.

Personas responsables ante una emergencia o alarma

Nombre Teléfono

Responsable: Toledano Pérez, Carmen 958893983

Suplente 1: Jiménez Ruiz, Jesús Damián 671534823

Suplente 2: Campanario Palma, Antonio 958893984

1.3. Definición, objetivos, elaboración y aprobación del Plan de Autoprotección

Definición del Plan de Autoprotección

El Plan de Autoprotección del centro es el sistema de acciones y medidas adoptadas por los titulares o responsables de las actividades educativas públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro de su ámbito de competencias, encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuestas adecuadas a las posibles situaciones de emergencias y a garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de Protección Civil. Por tanto debe ser entendido como el conjunto de medidas organizativas que el centro diseña y pone en práctica, para planificar las actuaciones de seguridad tendentes a neutralizar accidentes y sus posibles consecuencias, hasta la llegada de las ayudas externas.

El presente Plan de Autoprotección quedará integrado en la aplicación SÉNECA de la Consejería de Educación, sin perjuicio de que se integre en el futuro registro de los Planes de Autoprotección dependiente de la Consejería con competencias en materia de Política Interior.

El centro ha elaborado el Plan de Evacuación en función de las carencias detectadas en el simulacro, añadiendo de este modo las mejoras que se han considerado. Este documento estará a disposición de todo el personal que hay en el centro educativo.

Objetivos del Plan de Autoprotección del centro o servicio educativo

El objetivo fundamental del Plan de Autoprotección del centro es la protección de las personas y los usuarios del centro, así como los bienes, estableciendo una estructura y unos procedimientos que aseguren las respuestas más adecuadas ante las posibles emergencias.

Facilitar, a la estructura organizativa del centro, los instrumentos y recursos en relación con la seguridad y control de las posibles situaciones de emergencia.

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Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de establecer protocolos de actuación y hábitos de entrenamiento para solventar situaciones de emergencia de diversa índole.

Conocer el centro y su entorno (edificio e instalaciones), los focos de peligro reales, los medios disponibles y las normas de actuación en el caso de que ocurra un siniestro, estudiar las vías de evacuación y las formas de confinamiento, y adoptar las medidas preventivas necesarias.

Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección y disponer de un equipo de personas informadas, organizadas, formadas y adiestradas que garanticen rapidez y eficacia en las acciones a emprender ante las emergencias.

Facilitar el mantenimiento preventivo, la detección y eliminación de los riesgos, definiendo una organización que mantenga y actualice el Plan de Autoprotección.

Posibilitar la coordinación entre los medios de emergencias externos y el centro, para optimizar los procedimientos de prevención, protección e intervención, garantizando la conexión con los procedimientos y planificación de ámbito superior, planes de autoprotección locales, supramunicipales, regionales o autonómicos y nacionales.

Proceso de elaboración y aprobación del plan de autoprotección

DESCRIPCIÓN:

El proceso está descrito en la Orden de 16 de abril de 2008, (BOJA 91, de 8 mayo de 2008) que regula el Plan de Autoprotección, y tiene por objeto poder facilitar la planificación y prevención ante una emergencia, a grandes rasgos el proceso es el siguiente:

El equipo directivo colaborará con el coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado, en la elaboración del Plan de Autoprotección y arbitrará el procedimiento para que el documento elaborado sea conocido por todos los sectores de la comunidad educativa y/o por las personas que integran el servicio educativo.

El Plan de Autoprotección es un documento vivo, por tanto se revisará periódicamente para adaptarlo a los posibles cambios que puedan producirse, especialmente cada vez que haya alguna reforma o modificación en las condiciones del edificio (o edificios) y de los medios de protección disponibles, y para incorporar las mejoras que resulten de la experiencia acumulada.

Deberá estar siempre actualizado y el responsable de ello será el Director o Directora del Centro, junto con el coordinador o coordinadora de centro.

En los centros docentes de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, el Consejo Escolar emitirá un acta de aprobación del Plan de Autoprotección del Centro, a propuesta de la Comisión de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales. Los equivalentes en los servicios educativos realizarán este procedimiento según sus estructuras organizativas.

2. Descripción del centro y su entorno

2.1. Actividades y usos

2.1.1 Actividades y usos

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Se adjunta en Anexo III planos o croquis de la situación de los edificios en el emplazamiento.

(1) Ciclos formativos y cualquiera de las actividades específicas que se realizan en el edificio.

Nº Edificios 2 m2 de solar del centro

20.000

Nombre del edificio

Número Superficie m2 Actividad general (1)

Principal 1 1980 Educación Primaria e Infantil

Año real de construcción del edificio

1976 Año estimado (si no se conoce)

Año de la última reforma

Nombre del edificio

Número Superficie m2 Actividad general(1)

Módulos Infantil 2 218 Educación Infantil

Año real de construcción del edificio

2003 Año estimado (si no se conoce)

Año de la última reforma

2.1.2. El centro, actividades y usos

Se describen cada una de las aulas y dependencias de cada edificio y planta indicando sus actividades y usos específicos (laboratorios, talleres, etc. y actividad de los mismos).

Edificio 1 Principal

Dependencias Actividad específica en su caso

Superficie m2

Planta P0: 25 16 aulas, 1 gimnasio, 1 comedor, 3 despachos, 3 aseos y 1 almacén pequeño

1798

Planta P1: 19 16 aulas, 2 aseos y 1 despacho Tic

1241

Edificio 2 Módulos Infantil

Planta P0 : 6 5 aulas y 1 despacho orientador

218

2.1.3. Actividades y horarios

Se debe especificar el horario en el que son ocupadas las instalaciones con actividades extraescolares y complementarias (según los planes que tenga el Centro y la jornada laboral), así como la ocupación en el horario de vacaciones o festivo.

Descripción de la actividad del centro uso escolar

Mañana 9:00 hasta 14:00

Tarde 16:00 Hasta 19:30

Noche

Observaciones: Tarde: Lunes tienen exclusiva

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HORARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES (PERIODO NO LECTIVO)

Dispone del Plan de apoyo a las familias: SI

Dispone del Plan de Deporte escolar Dispone del Plan de Deporte escolar: SI

Otros Planes: SI

Mañana 7:30 Hasta 9:00

Tarde 14:00 Hasta 18:00

Noche

Observaciones: (Breve descripción de la actividad)

Edificio Principal

Planta 1

Lugar de ubicación Aulas

Número de personas afectadas 105

HORARIO DE ACTIVIDADES EN PERIODO VACACIONAL Y FESTIVO

Reguladas por el BOJA nº 137 de 12 de julio de 2007, Decreto 195/2007 de 26 de junio. Especificar el tipo de actividad: Administrativa,

Número de actividades

0

Indicar si hay algún plan de los que recoge el Decreto, la entidad organizadora y su duración:

2.2. Dependencias e instalaciones

2.2.1 Clasificación de los edificios del centro

La finalidad de esta clasificación es la de saber a qué categoría pertenece nuestro centro. Si los edificios pertenecen a los grupos II y III, además de los contenidos específicos de este Plan de Autoprotección, será de aplicación los contenidos del anexo I del Real Decreto de 393/2007 de 23 de marzo, por el que se establece la Norma Básica de Autoprotección.

Clasificación de los edificios de uso docente: -Grupo 0: Edificios cuya altura no sea superior a 7 metros y cuya capacidad no sea superior a 200 personas. -Grupo I: Edificios cuya altura no sea superior a 14 metros y cuya capacidad no sea superior a 1000 personas. -Grupo II: Edificios cuya altura no sea superior a 28 metros y cuya capacidad no sea superior a 2000 personas. -Grupo III: Edificios cuya altura sea superior a 28 metros o cuya capacidad sea superior a 2000 personas.

Número Nombre Clasificación

Edificio 1 Principal Grupo I

Edificio 2 Módulo-Infantil Grupo 0

2.2.2. Espacios de uso común

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Los datos sobre los espacios de uso común del Centro que pueden ser útiles en caso de emergencia, o bien, que pueden ser especialmente sensibles son:

Dispone el Centro de cocina SI Número de cocinas 1

Dispone el Centro de taller NO Número de talleres 0

Dispone el Centro de comedor SI Número de comedores 1

Dispone el Centro de biblioteca SI Número de bibliotecas 1

Dispone el Centro de laboratorio NO Número de laboratorios 0

Dispone el Centro de aula ordinaria SI Número de aulas ordinarias 29

Dispone el Centro de sala de espera NO Número de salas de esperas 0

Dispone el Centro de otros despachos SI Número de otros despachos 2

Dispone el Centro de aula de tecnología NO Número de aulas de tecnología 0

Dispone el Centro de sala de profesores SI Número de salas de profesores 1

Dispone el Centro de aula de informáticas SI Número de aulas de informática 1

Dispone el Centro de pista polideportiva SI Número de pistas polideportivas 2

Dispone el Centro de secretaria y archivo SI Número de secretarias y archivos 1

Dispone el Centro de despacho de dirección SI Número de despachos de dirección 1

Dispone el Centro de aulas de pequeño grupo

SI Número de aulas de pequeño grupo 3

Dispone el Centro de laboratorio de idiomas

NO Número de laboratorios de idiomas 0

Dispone el Centro de aula de plástica o dibujo

NO Número de aulas de plástica o dibujo 0

Dispone el Centro de tutoría, departamento o seminario

NO Número de tutorías, departamentos o seminarios

0

Dispone el Centro de sala de AMPA o asociaciones de alumnos

SI Número de salas de AMPA o asociaciones de alumnos

1

Dispone el Centro de Gimnasio cubierto SI Número de vestuarios 0

Dispone el Centro de vestuarios NO Número de duchas 0

Dispone el Centro de aseos SI Número de aseos 8

Superficie aproximada del mismo 121

Capacidad aproximada de personas 50

Dispone de salón de usos múltiples SI Número de duchas 0

Dispone el salón de aseos cercanos NO Número de aseos 0

Superficie aproximada del mismo 150

Capacidad aproximada de personas 200

Dispone de aula específica de música NO

Está insonorizada

2.2.3. Estructura (1), cerramiento (2), cubierta (3) y características

Los datos constructivos (características constructivas) del centro son

1) Estructura: elemento que sirve de sustentación a un edificio, es el esqueleto del edificio. (2) Cerramiento: vertical que cierra y termina el edificio por la parte exterior. (3) Cubierta: es el elemento exterior que delimita y aísla el edificio por su parte superior (es el tejado azotea).

(Para cada uno de los edificios Número Nombre

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del Centro)

Edificio 1 Principal

Tipo de Estructura Hormigón Armado

Tipo de Cerramiento De fábrica de ladrillo

Tipo de cubierta Cubierta no transitable

CARACTERÍSTICAS NÚMERO

Dispone de escaleras que discurren por el exterior del edificio

SI 2

Indicar si estas escaleras son de uso exclusivo en caso de emergencia

NO

El edificio permite el acceso y el tránsito de personas discapacitadas

SI 4

El alumnado con discapacidad está en la planta rasante (planta baja

NO

Si dispone de parking en sótano o semisótano, indicar número de plazas

NO

Si dispone de salón de actos, número de asientos

NO

Número Nombre

Edificio 2 Módulos Infantil

Tipo de Estructura Estructura metálica

Tipo de Cerramiento Metálica

Tipo de cubierta Cubierta no transitable

CARACTERÍSTICAS

Dispone de escaleras que discurren por el exterior del edificio

Indicar si estas escaleras son de uso exclusivo en caso de emergencia

El edificio permite el acceso y el tránsito de personas discapacitadas

SI 1

El alumnado con discapacidad está en la planta rasante (planta baja

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Si dispone de parking en sótano o semisótano, indicar número de plazas

Si dispone de salón de actos, número de asientos

2.2.4. Altura y huecos verticales del edificio

Las plantas, ascensores, montacargas y huecos verticales del centro son

1) Rasante: el nivel de la calle donde se encuentra la planta de acceso (2) Huecos Verticales. Son los espacios de comunicación interna para instalaciones de servicio (ascensores, aire acondicionado, fontanería, saneamiento y electricidad). La importancia de estos espacios radica en la posibilidad de propagación vertical de humos en caso de incendio.

Nombre Número

Edificio Principal 1

Nº de plantas sobre rasante (1) (Indicar el número de plantas sobre la rasante incluida la planta de acceso. Si hay más de una planta de acceso se tomará la de la entrada principal como referencia).

2

Nº de plantas bajo rasante (Indicar el número de plantas por debajo de la planta de acceso principal

El edificio dispone de ascensores

SI 1

Los ascensores están en uso

SI

Los ascensores tienen candado o llave

SI

Concretar el recorrido de los ascensores / montacargas

A/M1 va de la planta 0 a la planta 1

Indicar número de ascensores con teléfono interno y línea independiente

1

Huecos verticales de instalaciones (lugares por los que discurren el cableado, tuberías, etc.)(2)

Indicar Nº de huecos verticales del edificio: 0

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Nombre Número

Edificio Módulo Infantil 2

Nº de plantas sobre rasante (1) (Indicar el número de plantas sobre la rasante incluida la planta de acceso. Si hay más de una planta de acceso se tomará la de la entrada principal como referencia).

1 1

Nº de plantas bajo rasante (Indicar el número de plantas por debajo de la planta de acceso principal

0 0

El edificio dispone de ascensores

NO

Los ascensores están en uso

Los ascensores tienen candado o llave

Concretar el recorrido de los ascensores / montacargas

Indicar número de ascensores con teléfono interno y línea independiente

1

Huecos verticales de instalaciones (lugares por los que discurren el cableado, tuberías, etc.)(2)

Indicar Nº de huecos verticales del edificio: 0

2.2.5. Escaleras

Nunca se utilizarán los ascensores para la evacuación. Las escaleras del centro y su recorrido son las siguientes:

(1)Banda antideslizante. Cinta que sirve para evitar el deslizamiento sobre superficies resbaladizas. (2)Contrahuella. Plano vertical del escalón o peldaño. (3)Tabica. Contrahuella de un peldaño o escalón. (4)Escaleras protegidas. Escalera de trazado continuo desde su inicio hasta su desembarco en planta de salida del edificio que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para que permitir que los ocupantes puedan permanecer en el mismo un determinado tiempo. (*)Si

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el edificio tiene más de 5 escaleras rellene la información pertinente en el campo "Resto de Escaleras"

Número Nombre

Edificio 1 Principal

Indicar número de escaleras del edificio

1 Dimensiones/Información

Escalera 1 va de la planta 0 a la planta 1

Discurre por el interior del edificio

Tiene barandilla

Número Nombre

Edificio 2 Módulos-Infantil

Indicar número de escaleras del edificio

1 Dimensiones/Información

Escalera 1 va de la planta 0 a la planta 0

Tiene barandilla

2.2.6. Instalaciones y acometidas

Las características de algunos elementos de las instalaciones que dispone el centro son:

(1) Acometida. Instalación por la que se deriva hacia un edificio u otro lugar parte del fluido que circula por una conducción principal.

Edificio

Nombre Principal Número 1

Punto de acometida(1) eléctrica

Ubicación de la acometida

Exterior del edificio

Potencia contratada

4900W

Interruptor de corte general

Si Ubicación Junto puerta principal

Punto de acometida del agua

Ubicación de la acometida

Exterior del edificio

Caudal Diámetro de la acometida

12 pulgadas

Llave de corte general

SI Fuera del edificio

Punto de gas canalizado (gas ciudad)

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Ubicación de la acometida

Llave de corte general

Ubicación

Otras acometidas Ubicación

Edificio

Nombre Módulo Infantil Número 2

Punto de acometida(1) eléctrica

Ubicación de la acometida

Exterior del edificio

Potencia contratada

Interruptor de corte general

Si Ubicación Exterior del edificio

Punto de acometida del agua

Ubicación de la acometida

Exterior del edificio

Caudal Diámetro de la acometida

Llave de corte general

SI Fuera del edificio

Punto de gas canalizado (gas ciudad)

Ubicación de la acometida

Llave de corte general

Ubicación

Otras acometidas Ubicación

2.3. Clasificación de usuarios

2.3. Identificación de las personas usuarias

Las características de las personas usuarias del centro ante una emergencia son:

Alumnado con discapacidad: 3 alumnos

Alumnado con dificultades motóricas, 1 alumnos

Alumnado con dificultades auditivas, 4 alumnos.

Alumnado Personal docente con discapacidad: NINGUNO

Alumnado Personal no docente con discapacidad: 1 monitora escolar

2.4. Entorno del centro

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2.4.1. Ubicación urbanística del centro

El centro con respecto a su entorno tiene la siguiente configuración:

Edificio dentro del casco urbano, de uso exclusivo y sin edificaciones colindantes

2.4.2. Características del entorno

2.5. Accesos al centro

2.5.1. Accesibilidad al centro

Los accesos al centro tienen las siguientes características: (Si es una puerta de acceso sin dintel se dejará la altura en blanco)

Los accesos al centro se encuentran reflejados en el plano nº

La aproximación de los vehículos de emergencia al centro puede realizarse por total de calles:

3

En función del número introducido se deben incluir los datos correspondientes

Nombre de la calle TINAR

Nº de puertas de acceso:

1 Puerta 1 Ancho 3.40 Alto 1.70

Dispone de huecos/ventanas practicables NO

Tienen reja NO

Alguna observación

Nombre de la calle SEVERO OCHOA

Nº de puertas de acceso:

1 Puerta 1 Ancho 3.30 Alto 2.50

Dispone de huecos/ventanas practicables NO

Tienen reja NO

Alguna observación

Nombre de la calle DOCTOR MARAÑON

Nº de puertas de acceso:

1 Puerta 1 Ancho 2.10 Alto 1.68

Dispone de huecos/ventanas practicables NO

Tienen reja NO

Alguna

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observación

2.5.2 Accesos a los edificios

Las características de los accesos a cada uno de los edificios, diferenciando los accesos de uso exclusivo de emergencia son: Se cumplimentará una FICHA para cada uno de los edificios del centro.

Edificio Numero Nombre

1 Principal

Número de puertas de acceso o salida del edificio (sin contar las de uso exclusivo de emergencia)

Salida 1 Ancho útil (m.)

2 Sentido de apertura a favor de la evacuación

SI

Salida 2 Ancho útil (m.)

2 Sentido de apertura a favor de la evacuación

Si

Salida 3 Ancho útil (m.)

2 Sentido de apertura a favor de la evacuación

SI

Número de salidas de uso exclusivo de emergencia: 0

OTRAS SALIDAS DISPONIBLES EN EL CENTRO.

Edificio Numero Nombre

2 Módulos Infantil

Número de puertas de acceso o salida del edificio (sin contar las de uso exclusivo de emergencia)

Salida 1 Ancho útil (m.)

1.7 Sentido de apertura a favor de la evacuación

SI

Número de salidas de uso exclusivo de emergencia: 0

2.6. Planos de información general

2.6. Relación de planos y sus emplazamientos

Se relacionan los planos de situación y los planos descriptivos por plantas de todos los edificios así como una breve descripción de los mismos. En los planos descriptivos están señalados los talleres, aulas, laboratorios, cocinas, almacenes de productos, dependencias, etc. en que tiene lugar las actividades específicas.

Otros planos, indicando otros edificios o sedes al que pertenecen (escriba la información con los mismos ítems indicados en la fila anterior):

Se muestran otros planos donde se ven las distintas instalaciones, clases, despachos, almacenes,

exteriores,...

Plano: 11, donde se reflejan los extintores que hay en el centro.

Plano 3: es el plano de zonificación, donde se destacan los lugares de situación en caso de evacuación.

Plano 12: Cuadros eléctricos

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3. Identificación y análisis de riesgos

3.1. Elementos, instalaciones y procesos de riesgo. Localización

3.1.1. Zonas o dependencias de mayor riesgo y/o vulnerabilidad

Las zonas o dependencias de riesgo del centro son:

Riesgo o vulnerabilidad

Depósito de gasoil

SI Está enterrado

SI Se revisa periódicamente

NO Capacidad m3

25000

Cuarto eléctrico

SI Se revisa periódicamente

SI

Productos de limpieza en un cuarto específico

SI Se revisa periódicamente

SI

Cocina SI Se revisa periódicamente

SI

Cuarto específico para almacén de productos de cocina

SI Se revisa periódicamente

SI

3.1.2. Zonas o dependencias, instalaciones y elementos de mayor riesgo y/o vulnerabilidad

depósito de gasoil Lateral derecho del edificio principal

Cuadro eléctrico General En la Planta baja junto a la biblioteca

Cuadros eléctricos Secundarios En cada planta hay un cuadro.

Cuarto de los productos de limpieza En planta baja junto a los aseos

Cocina Aneja al comedor, en la planta baja del edificio 1

Cuarto específico para almacén de productos de cocina

En el interior de la cocina.

3.2. Riesgos propios y externos del centro

3.2.2. Riesgos propios y externos del centro

Consecuencias

Depósito de gasoil Explosión e incendio

Cuadros eléctricos

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Cuadro general Explosión e incendio

Cuadros secundarios Explosión e incendio

Cuarto de productos de limpieza Intoxicación e incendio.

Cocina Caídas, incendios, explosiones y golpes.

Cuarto específico para almacén de productos de

cocina

Caídas y golpes

3.2.4. Identificación de otros riesgos potenciales

Riesgo Consecuencias

RIESGOS NATURALES: Su desencadenante son fenómenos naturales, no directamente provocados por la presencia o actividad humana

Inundaciones SI Ahogamientos y golpes.

Sísmicos SI Atrapamientos, golpes y caídas.

Meteorológicos (o climáticos) SI Aislamiento, golpes, caídas, hipo e hipertermias, deshidratación, etc.

RIESGOS ANTRÓPICOS: Se relacionan directamente con la actividad y comportamientos de las personas.

Incendios (y hundimientos) Quemaduras, asfixias, golpes y caídas.

3.2.5. Estimación y consecuencia del riesgo

Riesgo Natural Inundaciones

Estimación y consecuencia del riesgo. Descripción según la experiencia:

Puede producirse por reventamiento de una tubería, grifos abiertos,... y como consecuencia producirse golpes, siendo más difícil el ahogamiento por detectarse con suficiente tiempo y no permitirlo la estructura del centro

Riesgo Natural Sísmicos

Estimación y consecuencia del riesgo. Descripción según la experiencia:

Por terremoto.

Puede producirse atrapamiento, golpes y caidas

Riesgo Antrópico Incendios y hundimientos

Estimación y consecuencia del riesgo. Descripción según la experiencia:

Quemaduras. Consecuencias: atrapamiento, caídas, golpes y quemaduras.

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3.3. Identificación, cuantificación y tipología de las personas del centro

3.3.1. Identificación de personas usuarias

Número Nombre

Edificio 1 Principal

Nº Docentes 38 Nº Alumnado 600

Nº Personal no Docentes 3 Nº Visitantes 10

Nº Personal de Administración y Servicios

2 Nº Personas discapacitadas 8

Número Nombre

Edificio 2 Módulo Infantil

Nº Docentes 4 Nº Alumnado 75

Nº Personal no Docentes 0 Nº Visitantes 1

Nº Personal de Administración y Servicios

0 Nº Personas discapacitadas 1

3.3.2. Ocupación

Número Nombre

Edificio 1 Principal

En su uso cotidiano, número máximo de personas que pueden presentarse por planta del edificio

Planta 1 370

Planta 0 270

Número Nombre

Edificio 2 Módulo Infantil

En su uso cotidiano, número máximo de personas que pueden presentarse por planta del edificio

Planta 0 80

3.3.3. Ocupación total

Nº Docentes 41 Nº Alumnado 675

Nº Personal no Docentes 3 Nº Personas discapacitadas 10

Nº Personal de Administración y Servicios 2

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4. Medidas y medios de autoprotección

4.1. Medidas y medios humanos: Estructuras organizativa y operativa. Centro Operativo. Servicios externos de emergencia

4.1.1. Comisión de salud y prevención de riesgos laborales

4.1.2. Comisión de salud y prevención de riesgos laborales

Nombre Función Teléfono

Director o Directora Toledano Pérez, Carmen Jefe o Jefa de

Emergencia

958893983

Coordinador o coordinadora de

Escudero Lafuente, Jefe o Jefa de 958893983

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centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales

Antonio Luís Intervención

Secretario o Secretaria (profesorado del Consejo Escolar)

Campanario Palma, Antonio

Secretario o

Secretaria de la

comisión

958893984

Profesor o Profesora, miembro del Consejo Escolar

Prados Castilla, Francisca

Personal de Administración y Servicios, miembro del Consejo Escolar

González Rodríguez, Manuel

Padre o Madre del Consejo

Escolar

Garrido Patón, Monserrat

4.1.2. Comisión de salud y prevención de riesgos laborales

Funciones

a) Promover las acciones que fuesen necesarias para facilitar el desarrollo y seguimiento del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales.

b) Participar en el proceso de elaboración del Plan de Autoprotección, supervisar el desarrollo del mismo y su implantación, proponiendo la realización de actividades formativas ajustadas a las necesidades detectadas.

c) Hacer un diagnóstico de las necesidades formativas en materia de autoprotección, primeros auxilios, promoción de la salud en lugar de trabajo y prevención de riesgos laborales, así como proponer el plan de formación que se considere necesario para atender al desarrollo de dichas necesidades y solicitar, al Centro de Profesorado que le corresponda, la formación necesaria.

d) Determinar los riesgos previsibles que puedan afectar al Centro, en función de sus condiciones específicas de emplazamiento, entorno, estructuras, instalaciones, capacidad, actividades y uso, utilizando la información facilitada por la Consejería de Gobernación y el Servicio de Protección Civil, atendiendo a los criterios establecidos por el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía.

e) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipos, y de los medios de protección. Impulsar la obtención de los recursos necesarios.

f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la seguridad y la salud en el Centro, garantizando el cumplimiento de las normas de autoprotección y canalizando las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa.

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g) Cuantas acciones se deriven de la implantación del I Plan de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente de los Centros Públicos, y le sean encomendadas por la Administración educativa.

4.1.3. Unidad de Autoprotección, en periodo lectivo

4.1.4. Equipo operativo del centro (Periodo lectivo y horario de clase de mañana)

La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales es el órgano colegiado que en el seno del Consejo Escolar impulsará, desarrollará y planificará toda la acción preventiva del centro.

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Responsabilidad Nombre Cargo

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Director o Directora

Suplente Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de estudios

Jefe o Jefa de Intervención Pinto Juárez, Luis Fernando Coordinador o Coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales

Suplente Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

Responsable del Control de Comunicaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario o Secretaria

Suplente Galindo Salinas, Nieves Monitora escolar

Responsable de desconectar instalaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario del centro

Suplente González Rodríguez, Manuel Conserje del centro

Responsable de abrir y cerrar las puertas

Campanario Palma, Antonio Secretario del centro

Suplente González Rodríguez, Manuel Conserje del centro

4.1.5. Control de Comunicaciones (Periodo lectivo y horario de clase de mañana)

Responsabilidad Nombre Cargo

Responsable del Control de Comunicaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario o Secretaria

Suplente Galindo Salinas, Nieves Monitora escolar

Funciones específica del Responsable de Control de Comunicaciones:

Comunicar con los equipos de apoyo externo (Protección Civil 112) las incidencias que le indique el Jefe o Jefa de Emergencia.

Comunicar al Jefe o Jefa de Emergencia las instrucciones, recomendaciones e incidencias que reciba del equipo de apoyo externo (bomberos, policía o protección civil).

4.1.6. Responsable de desconectar instalaciones y abrir y cerrar las puertas

(Periodo lectivo y horario de clase de mañana)

Responsabilidad Nombre Cargo

Responsable de desconectar instalaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario del centro

Suplente González Rodríguez, Manuel Conserje del centro

Responsable de abrir y cerrar Campanario Palma, Antonio Secretario del centro

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las puertas

Suplente González Rodríguez, Manuel Conserje del centro

Funciones

El Jefe o Jefa de Emergencias designará a una o varias personas, que se responsabilizarán de abrir y cerrar las puertas de acceso del edificio y desconectar las instalaciones generales.

Responsabilidad de desconectar las instalaciones. Preferiblemente ha de ser una persona que no sea responsable directamente de algún grupo de alumnado. Se recomienda que sea la persona que desempeñe funciones de mantenimiento, que tendrá acceso a las llaves y conocimiento de las instalaciones. La desconexión de las instalaciones se hará en el orden:

1. Gas. 2. Electricidad. 3. Suministro de gasóleo. 4. Agua, pero sólo en el caso de que el suministro a los hidrantes sea independiente de

la 5. red general. 6. Otras.

Responsabilidad de abrir y cerrar las puertas de acceso del edificio o edificios, en caso de evacuación y de confinamiento.

4.1.7. Equipos de Emergencia (Periodo lectivo y horario habitual de clase)

La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales es el órgano colegiado que en el seno del Consejo Escolar impulsará, desarrollará y planificará toda la acción preventiva del centro.

Equipo Nombre Cargo

Equipo de Primera Intervención (EPI)

Jefe o Jefa de Intervención

Pinto Juárez, Luis Fernando

Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado

Suplente Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

Profesorado de aula El ocupante de las distintas aulas

Equipo de Primeros Auxilios (EPA)

Persona designada José Antonio, Eloísa y Teresa

especialistas y educadora

Persona designada José Antonio, Eloísa y Teresa

especialistas y educadora

Suplentes José Antonio, Eloísa y Teresa

especialistas y educadora

Equipo de Ayuda a Personas con Discapacidad (EAPD)

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Edificio Planta * Persona designada Nombre

El docente del aula 15 (maestra de EE)se encargará de su grupo de alumnos con NEE que esté atendiendo en ese momento. En caso de que el alumnado esté en su aula ordinaria, se encargará de éste el maestro que esté en ese momento en dicho aula, ayudados de la monitora escolar que se irá a apoyar a esa clase que más lo necesite por tener ACNEE, siempre después de contactar con los servicios de apoyo externo.

Equipo de Alarma y Evacuación (EAE)

Planta 0: encargados de planta, el personal que esté libre del equipo directivo.

Planta 1: El ocupante del aula 4 deberá abrir la escalera lo antes posible. El responsable del equipo de emergencia será el ocupante del aula 1 (Pasillo A).

En el (pasillo B), el responsable del EE será el del aula 11

*La designación de estos equipos se puede hacer de forma nominativa o indicando que se encargará de estas funciones el profesorado del aula, tutor o tutora, el profesorado de guardia, el profesorado que ocupe un aula determinada en esa planta, o el responsable de un servicio determinado (secretaría, conserjería, etc.)

FUNCIONES GENERALES DE LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA:

Estar informados del riesgo general y particular correspondiente a las distintas zonas del edificio.

Comunicar las anomalías que observen y verificar que sean subsanadas.

Conocer las instalaciones, los medios de protección, los primeros auxilios y sus normas de empleo y uso.

Cumplir las funciones específicas asignadas a cada uno de los equipos.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Equipo de Primera Intervención (EPI)

Este equipo tiene una importante labor preventiva, ya que conocerán las normas fundamentales de la prevención de incendios. Combatirán los conatos de incendio con extintores portátiles u otros sistemas de extinción disponibles en su zona de actuación, sin correr riesgos innecesarios, para lo cual deben estar adecuadamente formados en conocimiento del fuego, métodos de extinción, agentes extintores, extintores portátiles, prácticas de extinción con extintores portátiles, operaciones en sistemas fijos de extinción BIEs (Boca de Incendio Equipada) y Plan de Actuación ante Emergencias. Actuarán siguiendo las instrucciones del Jefe o Jefa de Intervención al que informarán debidamente.

Funciones

Prevenir los siniestros e intervenir de forma inmediata.

Acudir inmediatamente al lugar donde se ha producido la emergencia para controlarla.

Tomar las decisiones ajustadas al problema y adoptar las medidas para reducir sus consecuencias.

Una vez detectado el siniestro, se dirigirán al punto de alarma y evaluarán sus condiciones. En caso de conato de incendio, lo sofocarán o tomarán las medidas de prevención necesarias con los medios manuales de extinción a su alcance.

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Equipo de Alarma y Evacuación (EAE)

Los miembros del Equipo de Alarma y Evacuación actuarán como responsable de planta, preferentemente, el que esté situado en el aula más próxima a la salida o escalera de evacuación, en el momento de la emergencia.

Funciones

Garantizar el funcionamiento de la alarma.

Ocuparse de la evacuación, o bien del confinamiento, completo o parcial, (dependerá de la situación) de todo el personal, de forma ordenada y controlada.

El responsable de planta preparará la evacuación, entendiendo como tal la comprobación de que las vías de evacuación están expeditas. Designará la vía o vías de evacuación según la emergencia y las órdenes del Jefe o Jefa de Intervención. Dará las órdenes para el turno de salida. Verificará que no queda nadie en ninguna de las aulas, servicios, laboratorios, y demás dependencias de la planta. Evacuará la planta en último lugar. Una vez terminada la evacuación de la planta, dará parte al Jefe o Jefa de Intervención y al Jefe o Jefa de Emergencia.

Equipo de Ayuda a Personas con Discapacidad (EAPD)

Tendrá como función evacuar a las personas con discapacidad (temporal o definitiva). Deberán conocer el lugar donde se encuentra el alumnado con NEE (Necesidades Educativas Especiales), durante la jornada escolar y evacuarán a estas personas, actuando de forma coordinada con el Equipo de Alarma y Evacuación. Una vez finalizada la evacuación se dará parte al Jefe o Jefa de Intervención y de Emergencia.

Equipo de Primeros Auxilios (EPA)

Su misión es prestar los primeros auxilios a las personas accidentadas durante una emergencia, para lo cual deberán estar adecuadamente formados y adiestrados.

Funciones

Prestar los primeros auxilios a las personas lesionadas que hubiera en situación de emergencia.

Valorar si la persona está gravemente herida y requiere su traslado.

Informar de las posibles personas lesionadas en la evacuación y de la localización de los heridos (si los hubiera), informando de ello al responsable del control de las comunicaciones, para que sean atendidos por el personal especializado de los servicios externos de emergencia.

4.1.8. Equipo Operativo del centro (en horario no lectivo)

La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales es el órgano colegiado que en el seno del Consejo Escolar impulsará, desarrollará y planificará toda la acción preventiva del centro.

Responsabilidad Nombre Cargo

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Director o Directora

Suplente Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de Estudios

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Responsable del Control de Comunicaciones

Concepción Vigilante

Suplente Escobar, José Tutor

4.1.9. Equipos de Emergencia (en horario no lectivo)

La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales es el órgano colegiado que en el seno del Consejo Escolar impulsará, desarrollará y planificará toda la acción preventiva del centro.

Equipo Nombre Cargo

Equipo de Primera Intervención (EPI)

Jefe o Jefa de Intervención

Pinto Juárez, Luis Fernando

Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado

Suplente Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

4.1.10. Equipo Operativo del centro (periodo vacacional o festivo)

Responsabilidad Nombre Cargo

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Director o Directora

Suplente Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de Estudios

4.1.11. Centro operativo. Componentes

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Director o Directora

Suplente Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de estudios

Jefe o Jefa de Intervención Pinto Juárez, Luis Fernando Coordinador o Coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales

Suplente Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

Responsable del Control de Comunicaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario o Secretaria

Suplente Galindo Salinas, Nieves Monitora escolar

4.1.12. Servicios externos de emergencia

Servicios Teléfono Persona de contacto

Emergencias 112 Servicios policiales y de

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seguridad.

Extinción de incendios

Protección Civil 958466262

Policía Local 958466050

Bomberos 080

Guardia Civil 958466996

Cruz Roja 958466993

Hospital 958020000

Centro de salud 958466688

958467209

Ayuntamiento 958465115

4.2. Medidas y medios materiales: Información preventiva, avisos y señalización. Catálogo de medios y recursos

4.2.1. Sistemas de alarma y aviso del centro

Los sistemas de aviso e información son, entre otros, los siguientes: tablón de anuncios, megafonía, sirena, timbre, periódico del centro, folletos, campanas, silbatos y otros.

Los sistemas de alarma son, entre otros, los siguientes: megafonía, sirena, timbre, campanas, silbatos, señalización luminosa, sistemas de alarma específico para personas con discapacidad, teléfono (para conato de emergencia o fase de alerta) y otros.

En el centro se utilizan los siguientes sistemas de alarmas y avisos:

Alarma y aviso e información propia del centro

Señales de aviso: tablón de anuncios, sirena, timbre, folletos.

Señales de alarma: Sirena, alarma.

4.2.2. a. Información preventiva. Ubicación de la señalización

Las señales de seguridad son el sistema de protección colectiva utilizado para preservar a las personas, de determinados riesgos, que no han podido ser eliminados por completo, y que permite identificar y localizar los mismos, así como los mecanismos e instalaciones de protección y de auxilio, en caso de emergencia. La Señalización de seguridad proporciona una indicación o una obligación, relativa a la seguridad o a la salud en el trabajo, mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa, acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, etc., según proceda.

Señal de Advertencia. Símbolo gráfico que avisa de la existencia de un peligro. Tiene forma triangular, con el pictograma negro sobre fondo amarillo y bordes negros.

Señal de Obligación. Símbolo gráfico que impone la observancia de un comportamiento determinado. Tiene forma redonda, con el pictograma blanco sobre fondo azul.

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Señal de Prohibición. Símbolo gráfico que no permite un comportamiento susceptible de provocar un peligro. Tiene forma redonda, con el pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha) rojos.

Señal de Salvamento o Socorro. Indicación relativa a salidas de socorro o primeros auxilios o los dispositivos de salvamento. Están concebidas para advertirnos del lugar donde se encuentran las salidas de emergencia, lugares de primeros auxilios o de llamadas de socorro, emplazamiento para lavabos o luchas de descontaminación. Tienen forma rectangular o cuadrada y pictograma blanco sobre fondo verde.

Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios. Están concebidas para indicarnos la ubicación donde se encuentran los dispositivos o instrumentos de lucha contra incendios, como extintores, mangueras, etc. Su característica es forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo rojo.

Se señalizarán convenientemente los lugares o espacios que pudieran ser escenarios de riesgo (ubicación del depósito de gas, gasoil y canalizaciones de los mismos, instalaciones que conlleven riesgos potencial).

Se señalizarán los medios de protección contra incendio de utilización manual, que no sean fácilmente localizables desde algún punto de la zona protegida por dicho medio. De tal forma que desde dicho punto la señal resulte fácilmente visible.

Se señalizarán con las señales de seguridad: obligación, advertencia, prohibición, salvamento y extinción de incendios, las zonas o lugares que luego vayan a contemplarse en la planimetría, al objeto que puedan servir de aviso e información a todos los miembros de la comunidad educativa.

Se señalizará de forma coherente y homologada, en cuanto a su color, tamaño y forma, conforme a la norma UNE 23-034 y UNE 23-033, y en cuanto a su tamaño se sigue los criterios de la norma UNE 81-501. La normativa que afecta a la señalización así como los archivos de las imágenes y simbología de las mismas están disponibles en la documentación informática que incluye el CDROM de la carpeta.

En los pasillos se colocarán señales de incendio que indicarán la ubicación o lugar donde se encuentran los dispositivos o instrumentos de lucha contra incendio, como extintores, mangueras, etc.

También se colocarán las señales de salvamento y socorro, concebidas para advertir del lugar donde se encuentran las señales de emergencia y lugares de primeros auxilios o de llamadas de socorro.

En todos los casos, los pictogramas de señalización se colocarán perpendicularmente a la pared y a una altura superior a 1,70 m. para que puedan ser visualizadas con facilidad en caso de emergencia, sin perjuicio de la colocación de otros, además, sobre salidas de emergencia, etc.

4.2.2. b. Información preventiva. Ubicación de la señalización

Señalización de evacuación:

Se señalizarán las salidas de recinto, planta y edificio, los tipos de acceso, los dispositivos, las

instalaciones y dependencias.

Se dispondrá de señales indicativas de dirección de los recorridos que deben seguirse desde

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todo origen de evacuación hasta un punto desde el que sea directamente visible la salida o la señal que la indica y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 50 personas.

Hay señalizadores de salida encima de cada puerta principal que accede al exterior (pasillo central), y también hay señalizadores de la localización de los extintores.

Del mismo modo, hay señales de obligación de salida.

4.2.2. c. Información preventiva. Ubicación de la señalización

Es útil elaborar notas informativas preventivas sobre las normas y recomendaciones, así como las instrucciones a seguir para los distintos riesgos detectados por el centro. Estos anuncios, carteles, pictogramas, mapas conceptuales, señal de "Usted está aquí", etc., se colocarán en sitios visibles para que puedan ser seguidos por todas las personas usuarias del centro y las posibles visitas, en caso de producirse una emergencia.

Señales de seguridad específicas del centro (escriba la información con los mismos ítems indicados en la fila anterior):

Hay en total 30 planos en el edificio principal, entre la planta 0 y planta 1. Hay un plano dentro de cada dependencia del colegio, excepto en el comedor y gimnasio. A estos se les llama planos de localización.

En el edificio 2 (módulos de infantil) también hay planos de localización, uno en cada clase, en total 2 planos.

4.2.3. Medios de protección

Número

Extintores 28

Sistema de detección (detectores)

Alarma general

Pulsadores

Alumbrado de emergencia

Disponen de señalización de emergencia en forma de panel

4.2.4. Extintores

Edificio 1 Principal

Tipo Planta Nº Dependencia

Polvo ABC 0 6 Consultar plano

1 3 Consultar plano

Nieve Carbónica (CO2) 0 11 Consultar plano

1 8 Consultar plano

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4.2.6. Botiquines

En el edificio 1 hay 2 botiquines, en la planta 0, y el contenido es: alcohol, tiritas, algodón, gasas, esparadrapo, tijeras, yodo, guantes, medicinas, agua oxigenada.

4.2.7. Centro operativo. Medios

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Fax

Ordenador (Correo electrónico)

4.3. Zonificación

4.3.1. Vías de evacuación. Salidas de emergencia

En la planta baja, pasillo A: Las aulas con salida directa al exterior (al patio), los alumnos saldrán por esta puerta (aulas 1,2,6 y 7). Las aulas 3,4 y 5 saldrán por la puerta exterior, frente a los módulos de educación infantil.

En la planta baja, pasillo B, las aulas con salida directa al patio, lo harán por esa puerta, aulas 9,11 y 12. El aula 10 saldrá por la puerta del aula 12 ya que no tiene salida directa al exterior.

Los alumnos que estén en la biblioteca, la evacuación la harán por la puerta lateral izquierda del pasillo central.

Los alumnos que están en el comedor, saldrán por la puerta principal de entrada al edificio.

En el caso de los alumnos que estén ocupando el gimnasio, saldrán por la puerta lateral que tiene dicha instalación para evitar colapsar el pasillo principal del edificio.

En la planta alta, las VÍAS DE EVACUACIÓN SERÁN:

Pasillo A: Las aulas 4,5, y 6 discurrirán por el pasillo y continuarán por el lado interior de la escalera metálica. Las aulas 3, 2 y 1 al finalizar el pasillo, continuarán or el lado exterior de la escalera.

El orden será: saldrán primero las aulas más cercanas a la escalera.

En el pasillo B: La evacuación será por el pasillo interior, siendo los flujos de salida las puertas laterales del pasillo central de la puerta baja. Saldrán por la puerta lateral del pasillo central, con salida al porche las aulas 16, 15, 14, 13, 12 y 11. Saldrán por la puerta lateral izquierda del pasillo central las aulas 7, 8, 9 y 10.

4.3.2. Punto de concentración exterior e interior. Ubicación

Punto de concentración exterior caso de evacuación

Patio de acceso al edificio principal

Punto de concentración interior en caso de confinamiento

Planta alta: aula 11, 12 y 13

4.4. Planimetría

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Los planos están depositados en la carpeta que contiene el Plan de Autoprotección para que puedan ser consultados en caso de emergencia. Se recomienda que estén plastificados para evitar su deterioro. Igualmente, los planos están insertados en la aplicación informática Séneca, preferentemente en A3 y en formato pdf.

La planimetría, consta de un número mínimo de planos, (con la simbología según las normas UNE o de forma que sean fácilmente interpretados los usuarios o los servicios de apoyo externo), en los que se especifican claramente los datos y elementos siguientes:

a) Situación del centro con el entorno próximo, donde figuren los accesos y principales vías de comunicación, acometidas y los hidrantes si los hubiera en los alrededores del centro; y los puntos de concentración, puesto de primeros auxilios y lugar de recepción de la ayuda externa.

b) Un plano en planta de cada edificio del centro, con las acometidas, accesos y salidas de emergencias y número de personas a evacuar o confinar por áreas (máxima ocupación).

c) Sistemas de alerta, alarma y detección (pulsadores de alarma). d) Interruptores generales de electricidad y llaves de corte, de agua, gas, gas-oil, etc. e) Vías de evacuación por planta y edificio. f) Medios de extinción (extintores, bocas de incendio equipadas, columnas secas, hidrantes,

etc.) y el alumbrado de emergencia y señalización por planta y edificio. g) Zonas de riesgos si las hubiere (Mapa de riesgo) por planta y edificio. h) Situación del centro de operativo o de mando y comunicación.

Los planos tienen, al menos, los siguientes datos: las vías de evacuación, los medios de autoprotección y extinción, sistema de alarmas y detección si los hubiere, áreas de concentración y confinamiento, reflejando el número de personas a evacuar o confinar por área, cuadros de instalaciones y zonas de especial peligrosidad (compartimentación de sectores de riesgo).

5. Mantenimiento preventivo de instalaciones

5.1. Mantenimiento preventivo de instalaciones de riesgo

El programa de mantenimiento se cumplimentará en el capítulo 9

Tipo de instalación descripción de las acciones de mantenimiento preventivo

Instalación eléctrica y de los diferentes equipos eléctricos

Revisar su buen funcionamiento cada 5 años

Gasoil Cada 2 años limpieza depósito y cada 5 años prueba estanqueidad por empresa acreditada.

Sala de calderas Revisar periódicamente (anualmente), según fabricante.

Ascensores, montacargas y elevadores Revisar cada 2 años, por empresa acreditada.

Revisión de cubierta del edificio o edificios ver manual de uso y mantenimiento en centros educativos

5.2. Mantenimiento preventivo de instalaciones de protección

El programa de mantenimiento se cumplimentará en el capítulo 9

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Tipo de instalación descripción de las acciones de mantenimiento preventivo

Extintores de incendios Cada 3 meses (el director o directora): comprobar precinto y presión. Cada año y quinquenio empresa acreditada

Alumbrado de emergencia, señalización y pulsadores de alarma

Cada 3 meses (el Director o Directora): comprobará la adherencia de la señal con la superficie, el estado de limpieza de las señales, la falta de alguna señal. Cada año o quinquenio se hará por una empresa acreditada.

Sala de calderas Revisar periódicamente (anualmente), según fabricante.

Ascensores, montacargas y elevadores Revisar cada 2 años, por empresa acreditada.

Revisión de cubierta del edificio o edificios ver manual de uso y mantenimiento en centros educativos

6. Plan de actuación ante emergencias

6.1. Clasificación de las emergencias

6.1.1. Tipo de riesgo

EVACUACIÓN ¿Cuándo se debe evacuar el centro?

Para evacuar el centro tiene que haber un riesgo que provenga del interior del mismo:

- Incendio - Explosión - Amenaza de bomba - Fuga de gas

CONFINAMIENTO. Confinarse significa encerrarse en un lugar seguro en el interior del centro, cuando hay riesgos que proceden del exterior del mismo, como:

- Inundaciones - Tempestad - Accidente químico - Incendio forestal

6.1.2. Gravedad

Se clasificarán en función de las dificultades existentes para su control y sus posibles consecuencias:

- Conato de emergencia: Equipo de Primera Intervención. Si controlan el accidente, se recupera la actividad normal y se hace el informe (completar en FICHA correspondiente)

- Emergencia parcial: El accidente no puede ser controlado. Requiere la actuación de todos los equipos y medios del centro, si bien sus efectos están limitados a un sector del centro y no afectan a otros sectores o personas. Puede ser necesaria la evacuación parcial. En este caso se avisará al TELÉFONO DE EMERGENCIA 112.

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- Emergencia general: Requiere el apoyo de todos los equipos y medios de protección del centro y la ayuda de medios externos y lleva acarreada la evacuación (o confinamiento) total del centro. En este caso se avisará al TELÉFONO DE EMERGENCIA 112.

6.1.3. Ocupación y medios humanos

Por las disponibilidades de medios humanos, de planes de actuación y de ocupación, las emergencias, se clasificarán en

Ocupación Medios humanos

Diurno o a turno completo y en condiciones normales de funcionamiento con la máxima ocupación

730 56

Extraescolar 120 9

6.1.4. Fases de la emergencia

Las fases de la emergencia se pueden clasificar en:

- Alerta: Ante una posible emergencia, se moviliza al Equipo de Primera Intervención y se informa de ello al resto de los equipos de Emergencia.

- Intervención: Cuando efectivamente se comprueba la existencia de una emergencia parcial y ésta puede ser controlada, sencilla y rápidamente, por los equipos de intervención del centro.

- Alarma: Cuando la emergencia es de tal índole que ha de procederse a evacuar el centro, de forma parcial o total.

- Apoyo: Es la situación más grave, en la que se solicita y se recibe a los servicios de apoyo externo, informándoles de la situación y evolución del incidente, haciéndose éstos cargo de la emergencia.

La fase de apoyo es la más compleja, dado que requiere la intervención de los servicios externos de apoyo (bomberos, policía, ambulancias, protección civil, etc.), que sólo deben ser llamados en caso de EMERGENCIA PARCIAL Y TOTAL.

6.2. Procedimiento de actuación ante emergencias

6.2.1. Detección, alerta y activación del Plan

La existencia de una emergencia dentro del ámbito del centro puede ser detectada por cualquier persona del centro y dará pie a la activación del Plan de Autoprotección. La decisión de activar el Plan será tomada por el Jefe o Jefa de Emergencia, o por su suplente, en caso de su ausencia. Los equipos de la Unidad de Autoprotección, asumirá sus funciones, en las diferentes fases. Una vez tomada la decisión de activar el Plan de Autoprotección, dicha activación puede ser parcial o total:

- Parcial: En los niveles de Conato de Emergencia y Emergencia Parcial. - Total: En el nivel de Emergencia General.

La desactivación del Plan se producirá una vez desaparecidas las circunstancias que provocaron su activación y así lo decida el Jefe o Jefa de la Emergencia (o suplente en caso de ausencia de éste).

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6.2.2. Mecanismo de alarma

La señal de alarma ante los distintos tipos de emergencia o fases de la misma será la establecida, en cada caso, por el centro. Las señales en las distintas fases deben ser claras y conocidas por toda la comunidad. Dichas señales deben diferenciarse claramente del resto de sonidos habituales del centro o servicio educativo (timbre de cambio de clase, etc.). Se pueden hacer mediante un sonido distinto al del timbre, como por ejemplo: sirena, silbato, campana o bocina. Por lo general, la señal de alarma será la sirena o timbre de recreo y cambio de clases, pero con intervalos cortos de tiempo y una cadencia regular.

Los sistemas de alarma son, entre otros, los siguientes: megafonía, sirena, timbre, campanas, silbatos, señalización luminosa, sistemas de alarma específico para personas con discapacidad, teléfono (para conato de emergencia o fase de alerta) y otros.

Persona encargada de dar la alarma

- Toledano Pérez, Carmen

Situación de la alarma

- intermitente y continuada

Si la señal es intermitente, es para evacuar el centro.

Si la señal es sin interrupción, es para hacer un confinamiento en el centro.

6.2.3. Centro operativo. Componentes

Responsabilidad Nombre Cargo

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Director o Directora

Suplente del Jefe o Jefa de Emergencia

Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de estudios.

Jefe o Jefa de Intervención Pinto Juárez, Luis Fernando Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado

Suplente del Jefe o Jefa de Intervención

Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

Encargado o Encargada de Comunicaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario

Suplente del Encargado o Encargada de Comunicaciones

Galindo Salinas, Nieves Monitora escolar

6.2.5 Mecanismo de respuesta frente a emergencia colectiva

Procedimiento propio del centro

PLAN EN CASO DE EMERGENCIA COLECTIVA

ALERTA

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1. Ante una emergencia colectiva, cualquier persona puede detectarlo y lo comunicará a los miembros del centro. Se avisará al Jefe o Jefa de Emergencias, o suplente en su caso, el cual valora la emergencia.

INTERVENCIÓN

2. Si es un conato de emergencia, el Equipo de Primera Intervención se encargará de la situación.

ALARMA

3. Si el Jefe o Jefa de Intervención no puede controlar la situación, dará lugar a una emergencia parcial o general, por lo que avisará la voz de alarma y avisa al Jefe o Jefa de Emergencias para que se pongan en marcha los Equipos de Emergencia.

APOYO

4. Si el Jefe o Jefa de Emergencia considera que no puede ser dominada la emergencia avisará a la ayuda externa (protocolo de emergencia 112) y pondrá en marcha la Evacuación (o confinamiento).

FIN de LA EMERGENCIA

5. El Jefe o Jefa de Emergencia es la persona encargada de la finalización de la emergencia.

Notificará a toda la comunidad educativa el final de la situación de emergencia, restablecer la actividad normal del centro y elaborará los correspondientes informes y notificaciones. Entre otros contenidos incluirá, el orden cronológico de lo sucedido, actuaciones llevadas a cabo, equipos que han intervenido, daños materiales y personales, investigación del accidente, posibles causas y medidas correctoras, análisis del plan de emergencia con propuesta de mejora.

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6.2.6. Protocolo ante una emergencia colectiva

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6.2.8. Protocolo o proceso operativo. Accidente o enfermedad de personas

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6.2.9. Mecanismo de respuesta frente a emergencia

Con vista a prevenir el riesgo de incendio en los Centros, se tendrán en cuenta las siguientes medidas preventivas:

- Respetar la prohibición de no fumar en el Centro. - Retirada de elementos combustibles carentes de uso actual y futuro. - Retirada de mobiliario y otros objetos combustibles situados en elementos y vías de

evacuación. - No situar libros y papeleras próximos o encima de los radiadores. - Se prohíbe expresamente la utilización de la sala de calderas como almacén. - No es admisible utilizar o almacenar gas en zonas de sótanos y semisótanos. - Mantener el orden y la limpieza, por ejemplo vaciar las papeleras frecuentemente. - Verificación de las condiciones de ventilación donde se almacenen productos que

desprendan - gases o vapores inflamables. Si se detectase olor a gas no deben utilizarse los interruptores

de las zonas afectadas y si las luces están ya encendidas no deben ser apagadas, procediendo a cortar de inmediato el suministro eléctrico.

- Sustitución de elementos combustibles tales como cortinas, toldos... por otros con menor grado de combustión.

- Control y/o eliminación de posibles focos de ignición. Se prohíbe cualquier sistema de calefacción no autorizado.

- Los materiales inflamables deben mantenerse permanentemente alejados de focos de calor y de enchufes y conexiones eléctricas.

- Cualquier modificación de la instalación eléctrica o de combustible debe de ser realizada por instaladores autorizados.

- No sobrecargar las bases de enchufes. - Desconectar todos los aparatos al final de la jornada. - No utilizar aparatos eléctricos en mal estado. - Las máquinas que se utilicen en los Centros Educativos, especialmente los que imparten FP,

estarán diseñadas y fabricadas para evitar cualquier peligro de incendio, sobrecalentamiento o explosión, provocado por la propia máquina o por sustancias producidas o utilizadas por la propia máquina.

- Las zonas donde se sitúen medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, pulsadores...) deben mantenerse continuamente despejadas de obstáculos.

- Los extintores disponibles deberán estar correctamente señalizados para permitir su rápida - localización, para su empleo. Un extintor manual tiene poca capacidad de extinción, por lo

que solamente es adecuado para apagar pequeños conatos de incendio. - Los ocupantes del Centro Educativo deben conocer el significado de las distintas señales y el

comportamiento que debe adoptarse con respecto a las mismas. - Las cocinas, con independencia de su superficie, deben estar ubicadas en la planta baja. - Los laboratorios y talleres de Centros de Formación Profesional, atendiendo a la cantidad y

peligrosidad de los productos utilizados, estarán clasificados como locales de riesgo especial, si así fuese procedente.

- Las salidas de emergencia que no sean de uso normal dispondrán de cierres especiales antipánico.

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- Deben evaluarse las condiciones de accesibilidad al contexto docente de los distintos servicios de emergencia (bomberos, ambulancias...), suprimiéndose los obstáculos fijos existentes.

- No es admisible clausurar o cerrar con llave, aún con carácter provisional, las puertas de paso de ocupantes, durante el periodo de funcionamiento del Centro.

- Disponer de un llavero de emergencia, en lugar seguro y accesible. - Los ocupantes del edificio deben ser conocedores de las condiciones de evacuación del

mismo. - Se deberán colocar detectores de humos en las aulas, pasillos y dependencias del centro

Recomendaciones en caso de incendio:

Tras la detección de la emergencia y la alerta al profesorado de guardia, el equipo de primera intervención con el Jefe o Jefa de intervención, valorará el intentar apagar el incendio (en caso de tratarse de un conato) mediante el empleo de los medios de extinción disponibles (sin exponerse). Si ello no es posible (en caso de que el fuego supere la fase de conato) se avisará de inmediato a las ayudas externas, y se evacuará la zona (Plan de Actuación ante Emergencias) teniendo en cuenta estas indicaciones:

- Procure mantener la calma. - No se entretenga recogiendo objetos personales pues ello puede suponer una pérdida de

tiempo importante. - Proceda a cerrar puertas y ventanas para evitar el avivamiento del fuego y la propagación

del humo a otras dependencias, cerciorándose antes de que no quedan más personas en la zona.

- Si se encuentra con una nube de humo salga a ras de suelo. - Todos los ocupantes (el alumnado, profesorado y personal del Centro) se concentrarán en el

punto o puntos de reunión a fin de realizar recuento y comprobar si falta alguien. - Si se encuentra atrapado intente avisar de su situación y envolverse con ropa mojada

procurando permanecer en las zonas más ventiladas.

Descripción del proceso operativo en caso de un conato de incendio

Fase de Alerta

Se moviliza al Equipo de Primera Intervención y se informa de ello al resto de los equipos de Emergencia.

Fase de intervención

Cuando efectivamente se comprueba la existencia de una emergencia parcial y ésta puede ser controlada, sencilla y rápidamente, por los equipos de intervención del centro.

Descripción del proceso operativo en caso de emergencia parcial

Alerta

Se moviliza al Equipo de Primera Intervención y se informa de ello al resto de los equipos de Emergencia.

Intervención

Cuando efectivamente se comprueba la existencia de una emergencia parcial y ésta puede ser controlada, sencilla y rápidamente, por los equipos de intervención del centro.

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Alarma

Cuando la emergencia es de tal índole que ha de procederse a evacuar el centro, de forma parcial o total.

Apoyo

Es la situación más grave, en la que se solicita y se recibe a los servicios de apoyo externo, informándoles de la situación y evolución del incidente, haciéndose éstos cargo de la emergencia.

Descripción del proceso operativo en caso de emergencia total

Alerta

Se moviliza al Equipo de Primera Intervención y se informa de ello al resto de los equipos de Emergencia.

Intervención

Cuando efectivamente se comprueba la existencia de una emergencia parcial y ésta puede ser controlada, sencilla y rápidamente, por los equipos de intervención del centro.

Alarma

Cuando la emergencia es de tal índole que ha de procederse a evacuar el centro, de forma parcial o total.

Apoyo

Es la situación más grave, en la que se solicita y se recibe a los servicios de apoyo externo, informándoles de la situación y evolución del incidente, haciéndose éstos cargo de la emergencia.

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6.2.10. Protocolo o proceso operativo. Incendio

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6.2.11. Planes de actuación. Inundaciones

Normas generales:

- Entrar al Centro si se está fuera. - Cerrar puertas y ventanas. - Confinarse en las aulas o en los espacios previamente establecidos (los más resguardados

del exterior y si puede ser que no tengan ventanas). - Si hay que trasladarse a otra zona del Centro, el alumnado se pondrá en fila india y el

profesorado hará de guía, tal y como se hace en la evacuación. - No salir del Centro hasta que lo indiquen las autoridades.

Recomendaciones específicas:

- El Jefe o Jefa de Emergencias y el Responsable del control de las comunicaciones, si es posible deben mantenerse informados por la radio u otros medios. En función de lo indicado por Protección Civil se valorará la necesidad de realizar un confinamiento o evacuación.

- Retirar del exterior del Centro (patio o recinto) aquellos objetos que pueden ser arrastrados por el agua.

- Revisar cada cierto tiempo el estado del tejado, la bajada de aguas y los desagües próximos. - Colocar la documentación importante y los productos peligrosos en las zonas de menor

riesgo de inundación. - Tener preparadas las plantas superiores por si hay que hacer un confinamiento.

Si llegara a inundarse el Centro: Abandonar los sótanos y planta baja, desconectar la energía eléctrica.

6.2.13. Planes de actuación Riesgo Sísmico

Terremotos. Recomendaciones previas al terremoto:

- Tener preparado un botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. en el centro operativo. Saber cómo se desconecta el agua, la luz y el gas.

- Fijar los muebles a las paredes y sujetar aquellos objetos que puedan dañar al caerse como cuadros, espejos, lámparas y productos tóxicos o inflamables. Revisar la estructura de tu centro y, sobre todo, asegurar que los aleros, revestimientos,

- balcones, etc. tengan una buena fijación a los elementos estructurales (plan de mantenimiento).

Recomendaciones durante el terremoto:

- Mantenga la calma. La actitud y comportamiento de los adultos será interpretada por los niños y niñas.

- Si está dentro de un edificio, quédese dentro. Si está fuera, permanezca fuera. - Utilice el teléfono sólo en casos extremos. - Dentro de un edificio busque estructuras fuertes: bajo una mesa o cama, bajo el dintel de

una puerta, junto a un pilar, pared maestra o en un rincón, y proteja su cabeza. - No utilice el ascensor y nunca huya rápidamente hacia la salida. - Fuera de un edificio aléjese de cables eléctricos, cornisas o balcones. - No se acerque ni entre en los edificios para evitar ser alcanzado por la caída de objetos

peligrosos.

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6.2.14. Planes de actuación Riesgo Meteorológico

Tormentas fuertes. Recomendaciones:

- En el exterior del centro: sitúese al abrigo de los edificios para que le protejan del riesgo de descargas.

- Dentro del centro, cuide que no se produzcan corrientes de aire, cierre puertas y ventanas en caso de tormenta.

- Conviene proteger los aparatos eléctricos desconectándolos de la red para evitar que sean dañados o que ocasionen descargas eléctricas.

- Evite permanecer en los puntos altos del centro y no se refugie debajo de los árboles. - Aléjese de las alambradas, verjas y otros objetos metálicos. - El Jefe o Jefa de Emergencias y el Responsable del control de las comunicaciones, si es

posible deben mantenerse informados por la radio u otros medios. En función de lo indicado por Protección Civil se valorará la necesidad de realizar un confinamiento o evacuación.

Fuertes vientos. Recomendaciones:

- En el centro: cierre y asegure puertas, ventanas y toldos, especialmente los exteriores. - Procure no salir del centro durante el vendaval por el peligro de desprendimiento de

cornisas u otros materiales. - Retire macetas y todos aquellos objetos que puedan caer a la calle y provocar un accidente. - No suba a los andamios. - Aléjese de cornisas, muros o árboles, que puedan llegar a desprenderse y toma medidas de

precaución ante edificaciones en construcción o mal estado. - No toque cables o postes del tendido eléctrico. - Si el centro está cerca de las playas y de otros lugares bajos que puedan ser afectados por

las elevadas mareas y oleajes que pueden generarse ante la intensidad del fuerte viento, actúe como en el caso de inundación.

- El Jefe o Jefa de Emergencias y el Responsable del control de las comunicaciones, deberán mantenerse informados por la radio u otros medios. En función de lo indicado por Protección Civil se valorará la necesidad de realizar un confinamiento o evacuación.

Olas de calor. Recomendaciones:

- No haga esfuerzos desacostumbrados o continuados, especialmente en olas de calor extremo.

- Evite salir en esas horas desde el mediodía hasta el atardecer. Si tiene que hacerlo, proté jase la cabeza con una gorra o sombrilla, camine por la sombra, use ropa holgada y de colores claros.

- Preste especial atención a niños y niñas y profesorado con enfermedades crónicas para evitar problemas de deshidratación.

- Permanezca en los lugares más frescos del centro. Durante el día, cierre ventanas y cortinas o persianas, especialmente las de las fachadas expuestas al sol.

Sequía. Recomendaciones:

- Planifique y optimice racionalmente los usos del agua en el centro. - Conciencie al alumnado y profesorado para un uso racional de los recursos hídricos. - Ahorre agua. - Revise el estado de las cañerías y los grifos para evitar pérdidas.

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- Cierre ligeramente las llaves de paso para disminuir el caudal de agua que sale por los grifos.

Olas de frío. Recomendaciones:

- Desconecte los aparatos eléctricos que no sean necesarios. - Utilice adecuadamente la calefacción. - Procure que las estufas de carbón o leña, eléctricas y de gas esté n alejadas de materiales

inflamables, telas, libros, visillos, etc. - Asegure una buena ventilación cuando utilice estufas de carbón, leña o gas. - Mantenga alejado al alumnado de las estufas. - No conviene que el alumnado, especialmente de educación infantil, salga al exterior, si no es

necesario. - Si está en el exterior, protéjase el rostro y la cabeza.

Nevadas y heladas. Recomendaciones:

- Tenga siempre disponibles linternas, radio a pilas y pilas en el centro operativo. El Jefe o Jefa de Emergencias y el Responsable del control de las comunicaciones, si es posible deben mantenerse informados por la radio u otros medios. En función de lo indicado por Protección Civil se valorará la necesidad de realizar un confinamiento o evacuación.

- Abra con frecuencia la llave de paso para que no se congele el agua en las tuberías. - Si sale al exterior del centro hágalo bien abrigado.

6.2.15. Planes de actuación. Riesgos Industriales

Los tipos de accidentes que se pueden producir en una industria son fugas (escapes de gases, vapores y derrames de líquidos), incendios y explosiones.

- Recomendaciones si está en el interior del centro: - Cierre las ventanas y puertas exteriores, baja las persianas y aléjese de la fachada del

edificio. - Cierre la llave de paso del gas y desconecte la electricidad. - No encienda aparatos eléctricos ni de ventilación exterior hasta que el Jefe o Jefa de - Emergencia lo indique. - El alumnado no debe salir al exterior del centro ni a sus domicilios. - El Jefe o Jefa de Emergencias y el Responsable del control de las comunicaciones, si es

posible deben mantenerse informados por la radio u otros medios. En función de lo indicado por Protección Civil se valorará la necesidad de realizar un confinamiento.

Recomendaciones si está en el exterior del centro:

- Protéjase las vías respiratorias y acuda al interior del centro. - Siga las instrucciones que te indique el Jefe o Jefa de Emergencia o el profesorado

encargado. - Evite situarse en la dirección del aire, por si hubiera algún elemento en suspensión que

pudiera afectar a tu salud

6.2.16. Planes de actuación. Riesgo. Transporte Mercancías Peligrosas

Recomendaciones si está en el interior del centro:

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- Cierre las ventanas y puertas exteriores, baje las persianas y aléjese de la fachada del edificio.

- Cierre la llave de paso del gas y desconecte la electricidad. - Evite llamar por teléfono. - No beba agua del grifo hasta que el Jefe o Jefa de Emergencia o Profesorado responsable lo

indique. - Preste atención a los posibles avisos que puedan dar los Servicios de Emergencia.

Recomendaciones si está en el exterior del centro:

- Evite situarse en la dirección del aire, por si hubiera algún elemento en suspensión que pudiera afectar a su salud.

6.2.19. Planes de actuación. Riesgo. Grandes Concentraciones

Las concentraciones que se realicen en el centro y no estén contempladas en el Plan de Centro se regirán por el decreto 195/2007 de 26 de junio de 2007, publicado en el BOJA nº 137 de 12 de julio de 2007.

Las concentraciones que se realicen en el centro y sí estén contempladas en el Plan de Centro como semanas culturales, competiciones deportivas, obras de teatro, fiestas del centro, romerías, etc., tendrán en cuenta las medidas preventivas y recomendaciones que a continuación se detallan.

Medidas preventivas:

- Previsión del comportamiento de las personas. - Información al público o usuario sobre las medidas de autoprotección o cualquier otra.

Recomendaciones generales:

- No correr. - Prestar especial atención al alumnado con necesidades educativas especiales y a los más

pequeños y pequeñas en caso de educación infantil.

6.2.20. Planes de actuación. Riesgo. Anomalías en Suministros Básicos

En caso de anomalías graves: El Jefe o Jefa de emergencias (Director o Directora) del centro, recabará información de la empresa suministradora o prestataria del servicio.

La información recabada será comunicada por los centros de Educación Infantil y Primaria a la Delegación Provincial, al Servicio de Inspección y al Ayuntamiento. Los centros de Secundaria y los Servicios Educativos lo comunicarán a la Delegación Provincial al Servicio de Inspección.

La delegación Provincial, valorará, actuará y resolverá, y comunicará al Centro las medidas a tomar.

6.2.21. Planes de actuación. Riesgo. Contaminación (no tecnológica)

Los tipos de accidentes que se pueden producir en una industria son fugas (escapes de gases, vapores y derrames de líquidos), incendios y explosiones.

Recomendaciones si estás en el interior del centro:

- Cierra las ventanas y puertas exteriores, baja las persianas y alé jate de la fachada del edificio.

- Cierra la llave de paso del gas y desconecta la electricidad.

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- No enciendas aparatos elé ctricos ni de ventilación exterior hasta que el Jefe o Jefa de Emergencia lo indique.

- El alumnado no debe salir al exterior del centro ni a sus domicilios. - El Jefe o Jefa de Emergencias y el Responsable del control de las comunicaciones, si es

posible deben mantenerse informados por la radio u otros medios. En función de lo indicado por Protección Civil se valorará la necesidad de realizar un confinamiento.

Recomendaciones si estás en el exterior del centro:

- Protégete las vías respiratorias y acude al interior del centro. Sigue las instrucciones que te indique el Jefe o Jefa de Emergencia o el profesorado encargado. Evita situarte en la dirección del aire, por si hubiera algún elemento en suspensión que pudiera afectar a tu salud.

6.2.22. Planes de actuación. Riesgo. Actividades deportivas

Plan de actuación

En caso de que hubiera un accidente en la actividad deportiva, se tratará como en un accidente escolar.

6.2.23. Planes de actuación. Riesgo. Epidemias y plagas

Plan de actuación

Epidemias:

En caso de epidemias, el Jefe o Jefa de emergencias (Director o Directora del centro) se pondrá en contacto con el centro de Salud al cual está adscrito el centro, y seguirá los protocolos marcados por el personal sanitario.

Plagas:

Los centros de Educación Infantil y Primaria, dependientes de los Ayuntamientos, se pondrán en contacto con el mismo, y serán ellos los encargados de determinar la actuación a seguir.

Los centros de Educación Secundaria y los Servicios Educativos, se pondrán en contacto con una empresa del ramo que está autorizada, y ella realizará la actuación.

Tanto para los centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria y para los Servicios Educativos, si existiese riesgo sanitario (ratas, piojos, etc.) se procederá como en una epidemia.

6.2.24. Planes de actuación. Riesgo. Amenaza de bomba

Ante una amenaza de bomba, se seguirá el formulario correspondiente del Anexo II, y es imprescindible comunicarse con el TELÉFONO DE EMERGENCIA 112, cuyo protocolo de notificación de la emergencia también está en el Anexo II de formularios.

Recomendaciones en caso de recepción de amenaza de bomba:

Existe poca información fiable que nos permita diferenciar entre lo que es en realidad una amenaza de bomba verdadera o una amenaza falsa. Por experiencias acumuladas, una verdadera amenaza tiende a ser más detallada que una llamada de engaño, pero esta información es puramente especulativa.

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En todo caso, una vez que la amenaza de bomba ha sido recibida, debe ser evaluada inmediatamente, para ello se recogerán los datos según el formulario del Anexo II. Este formulario debe ponerse a disposición de todo el personal encargado de la recepción de llamadas, debiendo ser instruidos específicamente en su utilización.

Objetivos a Alcanzar

- Conocer el procedimiento a seguir cuando se recibe una amenaza de bomba. - Evitar la creación del sentimiento de pánico. - Mantener la alerta de seguridad como instrumento de reacción ante una amenaza.

Recomendaciones en la Recepción de la Amenaza

- Todas las llamadas telefónicas recibidas serán consideradas seriamente, hasta que se lleve a - cabo la comprobación de la veracidad de las mismas. - La recepción de una llamada de amenaza en telé fonos independientes de la centralita o que - tengan línea directa o reservada, particulariza la amenaza. - La persona que reciba la notificación, deberá estar advertida de cómo proceder a la

obtención - del máximo número de datos, siguiendo las instrucciones que a continuación se describen:

1. Conserve la calma, sea corté s y escuche con atención. 2. Fíjese en su acento, entonación y frases que usa y anote literalmente todo lo que

diga en la FICHA 92. 3. Mantenga en la línea telefónica a la persona que llama, el mayor tiempo posible. 4. Se avisará inmediatamente a la Policía y se tomarán las decisiones oportunas según

las orientaciones que indique ésta. La persona que recibió la llamada y el Jefe o Jefa de Emergencia, recibirán a la Policía y le informarán sobre todo lo que necesite.

5. Nunca manipular paquetes que puedan resultar sospechosos de contener un artefacto explosivo, esperar a que llegue la Policía.

6.2.27. Evacuación

Para planificar la evacuación debe fijarse las características de cada edificio (anchura de las salidas, situación, edades del alumnado por clase, etc.) con toda esta información se determinarán los puntos críticos del edificio, las salidas que se han de utilizar y las zonas de concentración del alumnado.

Recomendaciones preventivas para la evacuación

- Comprobar diariamente, y a primera hora de la jornada, que los sistemas de alarma y las puertas que intervienen en la evacuación funcionan correctamente.

- El Jefe o Jefa de Emergencia, comprobará diariamente a primera hora de la jornada, que las vías de evacuación están despejadas.

Cuándo se debe evacuar el centro:

Para evacuar el centro tiene que haber un riesgo que provenga del interior del mismo:

- Incendio - Explosión - Amenaza de bomba - Fuga de gas

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- Otros

Instrucciones en caso de evacuación:

En general:

- Mantener la calma - No correr. - No utilizar los ascensores o montacargas. - Las vías de evacuación estarán en todo momento libres de obstáculos. - En general, el orden de desalojo deberá ser el siguiente: desde las plantas inferiores hasta

las superiores, y desde las estancias más cercanas a la escalera hasta las más alejadas preferentemente, o bien atendiendo a que el flujo de personal sea canalizado proporcionalmente entre el número de escaleras y salidas de evacuación existentes.

- Se verificará que no queda nadie en ninguna de las aulas, servicios, laboratorios y todas las dependencias de la planta.

- Prestar especial atención a los alumnos con Necesidades Educativas Especiales. - Atender siempre las indicaciones del Jefe o Jefa de Emergencia. - Nunca deberá volverse atrás. - No se tomarán iniciativas personales. - Se bajará en orden, al lado de la pared, rápido pero sin correr ni atropellarse, y sin gritar. - Permaneciendo en todo momento junto al grupo. - Dirigirse siempre al punto de reunión, permanecer en el mismo junto al responsable del

grupo.

En caso de incendio, atentado o amenaza de bomba y otros riesgos que necesiten evacuación:

- Cerrar puertas y ventanas, para evitar corrientes de aire. - Si se encuentra una nube de humo, salir a ras del suelo. - Taparse la boca con un paño humedecido y mojarse la ropa, si es posible, en caso de pasar

durante la evacuación por una zona de llamas o de altas temperaturas. - En caso de terremotos o cualquier riesgo sísmico: - Si se está dentro de un edificio, quedarse dentro. Si se está fuera, permanecer fuera. - Dentro de un edificio buscar estructuras fuertes: bajo una mesa o cama, bajo el dintel de

una puerta, junto a un pilar, pared maestra o en un rincón, y proteger la cabeza. - Fuera de un edificio alejarse de cables eléctricos, cornisas o balcones. - No colocarse entre los edificios para evitar ser alcanzado por la caída de objetos peligrosos.

En caso de terremotos o cualquier riesgo sísmico:

- Si se está dentro de un edificio, quedarse dentro. Si se está fuera, permanecer fuera. - Dentro de un edificio buscar estructuras fuertes: bajo una mesa o cama, bajo el dintel de

una puerta, junto a un pilar, pared maestra o en un rincón, y proteger la cabeza. - Fuera de un edificio alejarse de cables eléctricos, cornisas o balcones. - No colocarse entre los edificios para evitar ser alcanzado por la caída de objetos peligrosos.

Normas y recomendaciones:

INCENDIO Y AMENAZA DE BOMBA:

Del mismo modo, es importante mantener la calma, no correr y seguir las vías de evacuación expuestas.

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El orden del desalojo se expone en el plan de evacuación. Cada planta saldrá al exterior por su lugar recomendado.

Es importante no volverse hacia atrás y no tomar iniciativas personales.

En la planta 1, pasillo A: El alumnado saldrá con agilidad, junto a la pared que le corresponda, según esté ubicada su aula.

Saldrán primero las aulas más cercanas a la escalera. Se evitará en todo momento las interferencias con otros grupos.

Pasillo B: La evacuación se hará por el pasillo interior, siendo los flujos de salida las puertas laterales del pasillo central de la planta baja.

El alumnado discurrirá a un lado y a otro junto a la pared, de forma fluida.

Saldrán por la puerta lateral del pasillo central, con salida al porche.

Planta baja: En este caso, las clases con salida directa saldrán al patio por esta puerta.

El Equipo directivo que no realice funciones en este momento será el encargado de la fluidez en la bajada de las escaleras.

En caso de INCENDIO y AMENAZA DE BOMBA, la evacuación será la misma, pero en el caso de bomba cambiaría el lugar de encuentro, teniendo que salir del recinto escolar y reunirse en la plaza, frente a la cancela principal.

Cuando ocurra un TERREMOTO, habrá que identificar los puntos de seguridad como los muros de carga, columnas, marcos de puestas, mesas,... y habrá que alejarse de las ventanas, estanterías, lámparas,...dentro del edificio.

En caso contrario, fuera del edificio, habrá que alejarse de los tendidos eléctricos, así como de los edificios de grandes ventanales, cornisas, persianas,... en todo caso, habrá que conservar la calma, ubicarse en los puntos de seguridad. Después de éste se comprobará que no ha habido heridos y ver si hay personas lesionadas. No se bloquearán las líneas telefónicas y se procederá a valorar las incidencias y los daños causados.

6.2.28. Confinamiento

Confinarse significa encerrarse en un lugar seguro en el interior del centro, cuando hay riesgos que proceden del exterior del centro, como:

- Inundaciones - Tempestad - Accidente químico - Incendio forestal - Otros

Instrucciones en caso de confinamiento

En general:

- Mantener la calma. - Entrar al Centro si se está fuera. - Cerrar puertas y ventanas. - Prestar especial atención al alumnado con Necesidades Educativas Especiales.

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- Confinarse en las aulas lo más alejado de las ventanas, o en los espacios previamente establecidos (los más resguardados del exterior y si puede ser que no tengan ventanas).

- Si hay que trasladarse a otra zona del Centro, el alumnado se pondrá en fila india y el profesorado hará de guía, tal y como se hace en la evacuación.

- No salir del Centro hasta que lo indique el Jefe o Jefa de Emergencia.

En caso de incendio externo:

- Ir siempre al lugar contrario donde se produce el incendio. - El lugar debe estar situado, a ser posible, en contra del aire. - Tapar las aperturas de las puertas. Si se tienen trapos, y es posible humedecerlos tapar las

aperturas de las puertas. - Hacerse visible al exterior a través de las ventanas para poder ser localizados por los equipos

de emergencias. - Si en el desplazamiento hacia el lugar de confinamiento nos encontramos con una nube de

humo, desplazarse al nivel del suelo.

En caso de tormentas, fuertes vientos o vendavales, ola de frío y nevadas (riesgos meteorológicos):

- Conviene proteger los aparatos eléctricos desconectándolos de la red para evitar que sean dañados o que ocasionen descargas eléctricas.

- En caso de inundación abandonar los lugares bajos (Sótanos y Planta baja si fuera necesario).

- Utilizar adecuadamente la calefacción. - Procurar que las estufas de carbón o leña, eléctricas y de gas estén alejadas de materiales

inflamables, telas, libros, visillos, etc. - Asegurar una buena ventilación cuando utilices estufas de carbón, leña o gas. - Mantener alejado al alumnado de las estufas. - No conviene que el alumnado, especialmente, los más sensibles (E. Infantil, necesidades

educativas especiales, etc.), salga al exterior si no es necesario.

En caso de contaminación (riesgos industriales, contaminación y transporte de mercancías):

- Recomendaciones si estás en el interior del centro: - Cerrar la llave de paso del gas y desconectar la electricidad. - No encender aparatos eléctricos ni de ventilación exterior hasta que el Jefe o Jefa de

Emergencia lo indique. - Recomendaciones si estás en el exterior del centro: - Proteger las vías respiratorias y acudir al interior del centro. - Evitar situarse en la dirección del aire, por si hubiera algún elemento en suspensión que

pudiera afectar a tu salud.

6.2.29. Instrucciones en caso de emergencia colectiva y para la realización de simulacros

Instrucciones al profesorado

El profesorado seguirá las indicaciones, establecidas en las reuniones previas a los simulacros, del Jefe o Jefa de Emergencia y del Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado

En caso de evacuación:

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- El profesorado no incurrirá en comportamientos que puedan detonar precipitación o nerviosismo, evitando que esta actitud pudiera transmitirse al alumnado, con las consecuencias negativas que ello llevaría aparejadas.

- El profesor o profesora de cada aula será el único responsable de conducir y tranquilizar al - alumnado en la dirección de salida prevista, manteniendo el orden, eliminando obstáculos si

los hubiere, y evitando que el grupo se disgregue, incluso en el punto de encuentro. - Cada profesor o profesora evacuará al alumnado y verificará que las ventanas y puertas

estén cerradas. Siempre que sea posible, organizará la estrategia de su grupo, encargando a algunos alumnos y alumnas la realización de las funciones concretas como cerrar ventanas, contar al alumnado, controlar que no lleven objetos personales, apagar las luces, cerrar la puerta una vez que hayan salido todos y todas de clase, etc.

- El profesorado seguirá las instrucciones en cuanto a orden de salida y se dirigirá a al punto de concentración, previamente establecido en la reunión preparatoria del simulacro, y contarán a los alumnos y alumnas para confirmar la correcta evacuación del aula.

- Se designarán a una o varias personas que se encarguen de evacuar a las personas con discapacidad o dificultades motrices permanentes y/o transitorias (pierna escayolada, esguince de tobillo, etc.) si las hubiera. El profesor esperará la llegada del equipo de apoyo a personas con necesidades educativas especiales.

En caso de confinamiento:

- Para realizar el confinamiento hay que conocer las zonas más protegidas del Centro (punto de confinamiento) en cada caso.

- La señal de alarma será distinta de la de evacuación. - Entrar dentro del edificio si nos encontramos fuera. - Trasladarse a las aulas y confinarse en ellas y en el espacio más resguardado del exterior

(alejado de ventanas y puertas). - En el caso de que las aulas no sean seguras, el alumnado se desplazará en fila india hasta

otra ubicación en el edificio que sea considerada segura (punto de confinamiento) que previamente haya sido indicada.

Normas y recomendaciones:

En caso de evacuación, cada profesor conocerá el Plan elaborado y actuará según se indique en éste.

Con antelación suficiente al ejercicio de evacuación, la dirección del centro deberá comunicarlo a los servicios locales de protección civil y policía local. Asimismo, durante la semana anterior, se informará de ello a la Comunidad Educativa, a fin de evitar alarmas innecesarias.

Instrucciones al alumnado

En caso de evacuación:

- El alumnado dejará de hacer la tarea que le ocupaba y se centrará en la nueva situación de emergencia.

- Actuarán siempre de acuerdo con las indicaciones de su profesor o profesora, y en ningún caso deberá seguir iniciativas propias.

- Aquellos alumnos o alumnas que tengan encomendada unas funciones concretas por su

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- profesor o profesora, se responsabilizarán de cumplirlas (cerrar ventanas, cerrar la puerta del aula, comprobar que no queda nadie, etc.) y de colaborar con el profesorado en mantener el orden.

- Los alumnos y alumnas no recogerán sus objetos personales, con el fin de evitar demoras. - El alumnado, que al sonar la señal de alarma se encuentre fuera del aula a la que

pertenezca, en los aseos o en otros locales anexos, deberá incorporarse al grupo más cercano, según su localización, en el momento de la emisión de la señal de alarma, y en el exterior buscarán a sus grupos y se incorporan al mismo comunicándoselo a su profesor.

- Todos los movimientos deberán realizarse de prisa, pero sin correr, sin atropellar, ni empujar a los demás.

- Ningún alumno ni alumna deberá detenerse junto a las puertas de salida. - El alumnado deberá realizar este ejercicio en silencio y con sentido del orden y ayuda

mutua, para evitar atropellos y lesiones, ayudando a los que tengan dificultades o sufran caídas.

- Los alumnos y alumnas deberán realizar esta práctica de evacuación respetando el mobiliario y equipamiento escolar y utilizando las puertas con el sentido de giro para el que están previstas.

- En el caso de que en las vías de evacuación exista algún obstáculo que durante el ejercicio dificulte la salida, será apartado por el alumnado, si fuera posible, de forma que no provoque caídas de las personas o deterioro del objeto.

- En ningún caso ningún alumno ni alumna deberá volver atrás con el pretexto de buscar a hermanos o hermanas menores, amigos o amigas, objetos personales, etc.

- En todo caso los grupos permanecerán siempre unidos sin disgregarse ni adelantar a otros, incluso cuando se encuentren en los lugares exteriores (en las zonas de seguridad) de concentración previamente establecidos, con objeto de facilitar al profesorado el control de los alumnos y alumnas.

En caso de confinamiento:

- Para realizar el confinamiento hay que conocer las zonas más protegidas del Centro (punto de confinamiento) en cada caso.

- La señal de alarma será distinta de la de evacuación. - El alumnado dejará de hacer la tarea que les ocupaba y se centrará en la nueva situación de

emergencia. - Actuarán siempre de acuerdo con las indicaciones de su profesor o profesora, y en ningún

caso deberá seguir iniciativas propias. - Aquellos alumnos o alumnas que tengan encomendada unas funciones concretas por su

profesor o profesora, se responsabilizarán de cumplirlas (cerrar ventanas, cerrar la puerta del aula, comprobar que no queda nadie, etc.) y de colaborar con el profesorado en mantener el orden. Los alumnos y alumnas no recogerán sus objetos personales, con el fin de evitar demoras.

- Entrar dentro del edificio si nos encontramos fuera. - El alumnado, que al sonar la señal de alarma se encuentre fuera del aula a la que

pertenezca, en los aseos o en otros locales anexos, deberán incorporarse al aula más cercano, según su localización, en el momento de la emisión de la señal de alarma, confinarse en ella y en el espacio más resguardado del exterior (alejado de ventanas y puertas).

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- En el caso de que las aulas no sean seguras, el alumnado, siguiendo las indicaciones del profesor o profesora, se desplazará en fila india hasta otra ubicación en el edificio que sea considerada segura (punto de confinamiento) que previamente haya sido indicada. Si no se encontraban en su aula, buscarán a su grupo y se incorporan al mismo comunicándoselo al profesorado

6.2.31. Prestación de Primeras Ayudas

ALERTA

1. Ante un accidente individual, cualquier persona puede detectarlo y lo comunicará a los miembros del centro. Atiende el profesorado del aula o el personal del centro. Se asiste y se cura. Se comunica o no a la familia en función de su gravedad.

INTERVENCIÓN

2. Si la persona que atiende no controla la situación, alerta al Equipo de Primera Intervención profesorado de guardia o personas designadas) y al Jefe o Jefa de Emergencias, o suplente en su caso. Se asiste y se cura y se comunica a los familiares.

ALARMA

3. Si es necesario, el Jefe o Jefa de Emergencias, o suplente en su caso, alerta al Equipo de primeros Auxilios (con formación en primeros auxilios) para que asista a la persona accidentada o enferma, y se avisará a la familia para que la traslade al Centro de Salud.

APOYO

4. Si es de mayor gravedad, el Jefe o Jefa de Emergencias, o suplente en su caso, avisará a la ambulancia (061), informará y recibirá a la ayuda externa (protocolo de emergencia 112) y avisará a los familiares indicándole la situación.

5. Finalmente, el Jefe o Jefa de Emergencia realizará el informe de registro en SÉNECA de comunicación de accidente correspondiente.

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Protocolo o proceso operativo. Incendio

6.2.32. Modo de recepción de las Ayudas Externas

Ante una emergencia general o total es imprescindible comunicarse con el TELÉFONO DE EMERGENCIA 112, cuyo protocolo de notificación de la emergencia está en el Anexo II de formulario.

QUIÉN:

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Jefe o Jefa de Emergencia, (Director o Directora) o suplente

QUIÉN EFECTÚA LA LLAMADA:

Jefe o Jefa de Emergencia o persona responsable del control de comunicaciones (Jefe o Jefa de Estudios o Secretario o Secretaria) por orden del Jefe de Emergencia

DÓNDE SE RECIBE:

Desde la secretaría del centro o dirección

QUÉ vías de comunicación:

Por teléfono,

Equipos previstos durante el periodo de transferencia a los equipos de apoyo externos

Los equipos de emergencia actuarán según el Plan de Evacuación. La monitora escolar se encargará de contactar con los equipos de apoyo externo (EAE).

Modo en que el Jefe o Jefa de Emergencia estará informado sobre el desarrollo de la emergencia Estará cumpliendo sus funciones como se indica en el Plan de Evacuación a la vez que está pendiente de todo lo que suceda.

Información que comunicará al 112 o a los servicios de apoyo externo.

- Dónde están situados los planos - Qué personas están en el interior del centro - Qué tipo de evacuación (parcial o total) - Cómo se ha producido la emergencia - Dónde se ha producido - Qué evolución ha seguido - Cuál es la zona en la que se recibe (área base). - Cuáles son los puntos o escenarios de riesgo principal (laboratorio o taller, depósitos de

combustibles, cuartos de caldera, etc.). - Cuáles son las zonas que puede utilizar como área base y área de socorro

6.3. Identificación y funciones de la Unidad de Autoprotección. Equipos de emergencia

6.3.1. Componentes del Equipo Operativo del centro (Periodo lectivo y horario habitual de clase)

Responsabilidad Nombre Cargo

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Directora

Suplente Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de estudios

Jefe o Jefa de Intervención Pinto Juárez, Luis Fernando Coordinador o Coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales

Suplente Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

Responsable del Control de Campanario Palma, Antonio Secretario

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Comunicaciones

Suplente Galindo Salinas, Nieves Monitora escolar

6.3.2. Control de Comunicaciones (Periodo lectivo y horario habitual de clase)

Responsabilidad Nombre Cargo

Responsable del Control de Comunicaciones

Campanario Palma, Antonio Secretario

Suplente Galindo Salinas, Nieves Monitora escolar

Otros González Rodríguez, Manuel Conserje

Funciones específicas del Responsable de Control de Comunicaciones:

- Comunicar con los equipos de apoyo externo (Protección Civil 112) las incidencias que le indique el Jefe o Jefa de Emergencia.

- Comunicar al Jefe o Jefa de Emergencia las instrucciones, recomendaciones e incidencias que reciba del equipo de apoyo externo (bomberos, policía o protección civil).

6.3.3. Responsable de desconectar instalaciones y abrir y cerrar las puertas (Periodo lectivo y horario habitual de clase)

Responsabilidad Nombre Cargo

Responsable o responsables de desconectar las instalaciones (gas, electricidad, agua, etc.)

Campanario Palma, Antonio Secretario

Responsable o responsables de abrir y cerrar las puertas del edificio o edificios

Campanario Palma, Antonio Secretario

Funciones

El Jefe o Jefa de Emergencias designará a una o varias personas, que se responsabilizarán de abrir y cerrar las puertas de acceso del edificio y desconectar las instalaciones generales.

Responsabilidad de desconectar las instalaciones. Preferiblemente ha de ser una persona que no sea responsable directamente de algún grupo de alumnado. Se recomienda que sea la persona que desempeñe funciones de mantenimiento, que tendrá acceso a las llaves y conocimiento de las instalaciones. La desconexión de las instalaciones se hará en el orden:

- Gas. - Electricidad. - Suministro de gasóleo. - Agua, pero sólo en el caso de que el suministro a los hidrantes sea independiente de la - red general. - Otras.

Responsabilidad de abrir y cerrar las puertas de acceso del edificio o edificios, en caso de evacuación y de confinamiento.

FICHA 6.3.4. Equipos de Emergencia (Periodo lectivo y horario habitual de clase)

Equipo Nombre Cargo

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Equipo de Primera Intervención (EPI)

Jefe o Jefa de Intervención

Pinto Juárez, Luis Fernando Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado

Profesorado de aula

El ocupante de las distintas aulas

Equipo de Primeros

Auxilios (EPA)

Persona designada

José Antonio, Eloísa y Teresa Especialistas y educadora

Equipo de Ayuda a Personas con Discapacidad (EAPD)

El docente del aula 15 (maestra de EE) se encargará de su grupo de alumnos con NEE que esté atendiendo en ese momento. En caso de que el alumnado esté en su aula ordinaria, se encargará de éste el maestro que esté en ese momento en dicho aula, ayudados de la monitora escolar que se irá a apoyar a esa clase que más lo necesite por tener ACNEE, siempre después de contactar con los servicios de apoyo externo.

Equipo de Alarma y Evacuación (EAE)

Planta 0: encargados de planta, el personal que esté libre del equipo directivo.

Planta 1: El ocupante del aula 4 deberá abrir la escalera lo antes posible. El responsable del equipo de emergencia será el ocupante del aula 1 (Pasillo A).

En el (pasillo B), el responsable del EE será el del aula 11.

* La designación de estos equipos se puede hacer de forma nominativa o indicando que se encargará de estas funciones el profesorado del aula, tutor o tutora, el profesorado de guardia, el profesorado que ocupe un aula determinada en esa planta, o el responsable de un servicio determinado (secretaría, conserjería, etc.)

FUNCIONES GENERALES DE LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA:

- Estar informados del riesgo general y particular correspondiente a las distintas zonas del edificio.

- Comunicar las anomalías que observen y verificar que sean subsanadas. - Conocer las instalaciones, los medios de protección, los primeros auxilios y sus normas de - empleo y uso. - Cumplir las funciones específicas asignadas a cada uno de los equipos.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Equipo de Primera Intervención (EPI)

Este equipo tiene una importante labor preventiva, ya que conocerán las normas fundamentales de la prevención de incendios. Combatirán los conatos de incendio con extintores portátiles u otros sistemas de extinción disponibles en su zona de actuación, sin correr riesgos innecesarios, para lo cual deben estar adecuadamente formados en conocimiento del fuego, métodos de extinción, agentes extintores, extintores portátiles, prácticas de extinción con extintores portátiles,

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operaciones en sistemas fijos de extinción BIEs (Boca de Incendio Equipada) y Plan de Actuación ante Emergencias. Actuarán siguiendo las instrucciones del Jefe o Jefa de Intervención al que informarán debidamente.

Funciones

- Prevenir los siniestros e intervenir de forma inmediata. - Acudir inmediatamente al lugar donde se ha producido la emergencia para controlarla. - Tomar las decisiones ajustadas al problema y adoptar las medidas para reducir sus

consecuencias. - Una vez detectado el siniestro, se dirigirán al punto de alarma y evaluarán sus

condiciones. En caso de conato de incendio, lo sofocarán o tomarán las medidas de prevención necesarias con los medios manuales de extinción a su alcance.

Equipo de Alarma y Evacuación (EAE)

Los miembros del Equipo de Alarma y Evacuación actuarán como responsable de planta, preferentemente, el que esté situado en el aula más próxima a la salida o escalera de evacuación, en el momento de la emergencia.

Funciones

- Garantizar el funcionamiento de la alarma. - Ocuparse de la evacuación, o bien del confinamiento, completo o parcial, (dependerá de la

situación) de todo el personal, de forma ordenada y controlada. - El responsable de planta preparará la evacuación, entendiendo como tal la comprobación de

que las vías de evacuación están expeditas. Designará la vía o vías de evacuación según la emergencia y las órdenes del Jefe o Jefa de Intervención. Dará las órdenes para el turno de salida. Verificará que no queda nadie en ninguna de las aulas, servicios, laboratorios, y demás dependencias de la planta. Evacuará la planta en último lugar. Una vez terminada la evacuación de la planta, dará parte al Jefe o Jefa de Intervención y al Jefe o Jefa de Emergencia.

Equipo de Ayuda a Personas con Discapacidad (EAPD)

Tendrá como función evacuar a las personas con discapacidad (temporal o definitiva). Deberán conocer el lugar donde se encuentra el alumnado con NEE (Necesidades Educativas Especiales), durante la jornada escolar y evacuarán a estas personas, actuando de forma coordinada con el Equipo de Alarma y Evacuación. Una vez finalizada la evacuación se dará parte al Jefe o Jefa de Intervención y de Emergencia.

Equipo de Primeros Auxilios (EPA)

Su misión es prestar los primeros auxilios a las personas accidentadas durante una emergencia, para lo cual deberán estar adecuadamente formados y adiestrados.

Funciones

- Prestar los primeros auxilios a las personas lesionadas que hubiera en situación de emergencia.

- Valorar si la persona está gravemente herida y requiere su traslado. - Informar de las posibles personas lesionadas en la evacuación y de la localización de los

heridos (si los hubiera), informando de ello al responsable del control de las

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comunicaciones, para que sean atendidos por el personal especializado de los servicios externos de emergencia.

6.4. Detección, alerta y activación del Plan

Responsabilidad Nombre Cargo Teléfono

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen

Directora 958893983

Suplente Su Jiménez Ruiz, Jesús Damián

Jefe de estudios 958893984

7. Interfase

7.1. Protocolo de notificación de emergencias

7.1 .Protocolo de comunicación entre el centro y los servicios operativos externos

Ante una emergencia general o total es imprescindible comunicarse con el TELÉFONO DE EMERGENCIA 112, cuyo protocolo de notificación de la emergencia está en el Anexo II de formulario.

7.2 Protocolo de coordinación entre la dirección del Plan y Protección Civil

7.2. Coordinación entre el centro y los servicios externos

Todos los centros docentes, a excepción de los universitarios, y los servicios educativos sostenidos con fondos públicos, deberán enviar una copia del Plan de Autoprotección al Servicio competente en materia de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento correspondiente, así como las modificaciones que cada año se produzcan en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de octubre de 1999, por el que se determina la entrada en vigor del Plan Territorial de Emergencia de Andalucía, y en cumplimiento del Decreto 195/2007, de 26 de junio, por lo que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario que se celebren en Andalucía.

7.3. Forma de colaboración entre la dirección del Plan y Protección Civil

7.3. Forma de colaboración entre el centro y los servicios operativos externos

Cuando una situación de emergencia pueda generar un riesgo de ámbito superior al propio de la actividad, el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía establece para los distintos órganos que componen su estructura, las actuaciones que deben ejecutar en función de la gravedad, el ámbito territorial, los medios y los recursos a movilizar. Las fases que se contemplan en el PTE-A son:

1. Preemergencia: Se procede a la alerta de los Servicios Operativos Municipales y medios provinciales, ante un riesgo previsible, que podrían desencadenar una situación de emergencia.

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2. Emergencia local: Se procede a la movilización de los Servicios Operativos Municipales que actúan de forma coordinada. La dirección de esta fase corresponde a la persona titular de la alcaldía.

3. Fase de emergencia provincial: Se requiere la movilización de alguno o todos los Grupos de Acción, pudiendo estar implicados medios Supraprovinciales de forma puntual. La dirección de esta fase corresponde a la persona responsable de la Delegación Provincial del Gobierno de la Junta de Andalucía.

4. Fase de emergencia regional: Habiéndose superado los medios y recursos de una provincia, se requiere para el control de la emergencia, la activación total del Plan Territorial de Emergencias de Andalucía. La dirección de esta fase corresponde a la persona titular de la Consejería de Gobernación.

5. Declaración de interés nacional: Cuando la evolución o gravedad de la emergencia así lo requiera, la dirección del Plan podrá proponer al Gabinete de Crisis la solicitud de Declaración de Interés Nacional, ésta corresponde al titular del Ministerio del Interior. La dirección y coordinación corresponderá a la Administración General del Estado.

8. Implantación

8.1. Responsable de la implantación del Plan

Son necesarias una serie de acciones encaminadas a garantizar que los procedimientos de actuación previstos en el Plan de Autoprotección sean plenamente operativos, asegurando su actualización y adaptación a posibles modificaciones.

Es responsabilidad del titular de la actividad la implantación y mantenimiento del Plan de Actuación ante Emergencias, según los criterios establecidos en el Plan.

El titular de la actividad podrá ejercer la coordinación de las acciones necesarias para la implantación y mantenimiento del Plan de Autoprotección, delegando estas funciones en el coordinador o coordinadora de centro del Plan de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales.

Responsabilidad Nombre Cargo

Jefe o Jefa de Emergencia Toledano Pérez, Carmen Directora

Suplente Jiménez Ruiz, Jesús Damián Jefe de estudios

Jefe o Jefa de Intervención Pinto Juárez, Luis Fernando Coordinador o Coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales

Suplente Álvarez Bolívar, Josefa Tutora

8.2. Programa de formación y capacitación de la Unidad de Autoprotección

8.2. Plan de formación

La base de la eficacia del Plan de Autoprotección está en la organización y preparación de los equipos que tienen que intervenir en la emergencia. Para ello se establece el siguiente programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en este Plan. Es necesario, a principio de curso, dar formación a:

- A los miembros del equipo directivo.

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- Al coordinador o coordinadora de centro Plan de Salud Laboral y PRL. - A los equipos de emergencia.

Formación del coordinador o coordinadora:

- Curso de prevención de riesgos laborales on line

8.3. Programa de formación e información a las personas del centro

8.3. Formación e información a las personas del centro

La base de la eficacia del Plan de Autoprotección está en la organización y preparación. Para ello es conveniente que todas las personas del centro tengan la formación e información necesaria para llevar a cabo el proceso descrito en este Plan de Autoprotección. A principio de curso se dará la formación e información con los temas siguientes y en las fechas:

Actuación

- Redacción y entrega de consignas de prevención y actuación en caso de emergencia para el personal del centro (alumnado, profesorado y P.A.S.) o servicio educativo.

- Redacción y entrega de consignas de prevención y actuación en caso de emergencia para los componentes de los Equipos de Emergencia.

- Reuniones informativas para todo el personal del centro. - Primera reunión con el claustro del centro. Tema a tratar "Plan de autoprotección: Pautas a

seguir en caso de emergencia" - Reunión con el claustro del centro. Tema a tratar "Plan de formación. Calendario de

actividades formativas y reparto de responsabilidades" - Reunión con los Equipos de Emergencia. Tema a tratar "Realización del simulacro"

8.4. Programa de formación de información general a los visitantes del centro

8.4. Información a las personas visitantes y usuarios

Para que todas las personas visitantes del centro dispongan de la información necesaria en prevención y Autoprotección para la actuación ante una emergencia, a principio de curso se dará información con la confección y colocación de:

Actuación

- Redacción y colocación de consignas de prevención y actuación en caso de emergencia para los visitantes y usuarios del centro

- Confección y colocación de carteles "usted está aquí" - Reuniones informativas para todo el personal del centro.

8.5. Señalización y normas para la actuación de visitantes

8.5.1. Información preventiva

Las señales de seguridad son el sistema de protección colectiva utilizado para preservar a las personas, de determinados riesgos, que no han podido ser eliminados por completo, y que permite identificar y localizar los mismos, así como los mecanismos e instalaciones de protección y de auxilio, en caso de emergencia. La Señalización de seguridad proporciona una indicación o una

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obligación, relativa a la seguridad o a la salud en el trabajo, mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa, acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, etc., según proceda.

- Señal de Advertencia. Símbolo gráfico que avisa de la existencia de un peligro. Tiene forma triangular, con el pictograma negro sobre fondo amarillo y bordes negros.

- Señal de Obligación. Símbolo gráfico que impone la observancia de un comportamiento determinado. Tiene forma redonda, con el pictograma blanco sobre fondo azul.

- Señal de Prohibición. Símbolo gráfico que no permite un comportamiento susceptible de provocar un peligro. Tiene forma redonda, con el pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha) rojos.

- Señal de Salvamento o Socorro. Indicación relativa a salidas de socorro o primeros auxilios o los dispositivos de salvamento. Están concebidas para advertirnos del lugar donde se encuentran las salidas de emergencia, lugares de primeros auxilios o de llamadas de socorro, emplazamiento para lavabos o luchas de descontaminación. Tienen forma rectangular o cuadrada y pictograma blanco sobre fondo verde.

- Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios. Están concebidas para indicarnos la ubicación donde se encuentran los dispositivos o instrumentos de lucha contra incendios, como extintores, mangueras, etc. Su característica es forma rectangular o cuadrada.

- Pictograma blanco sobre fondo rojo. - Se señalizarán convenientemente los lugares o espacios que pusieran ser escenarios de

riesgo (ubicación de depósito de gas, gasoil y canalizaciones de los mismos, instalaciones que conlleven riesgos potencial, las cuales deberán estar convenientemente señalizadas.

Es preceptivo señalizar con las señales de seguridad: obligación, advertencia, prohibición, salvamento y extinción de incendios, las zonas o lugares que luego vayan a contemplarse en la planimetría, al objeto que puedan servir de aviso e información a todos los miembros de la comunidad educativa.

8.5.2. Información preventiva

Es útil elaborar notas informativas preventivas sobre las normas y recomendaciones, así como las instrucciones a seguir para los distintos riesgos detectados por el centro. Estos anuncios, carteles, pictogramas, mapas conceptuales, señal de "Usted está aquí", etc., están colocados en sitios visibles para que puedan ser seguidos por todas las personas usuarias del centro, en caso de producirse una emergencia. La situación de las señales es:

- Esta se cumplimentará por cada planta y edificio del centro

8.6. Programa de dotación y adecuación

8.6. Programa de dotación y adecuación de medios y recursos

Una vez identificados los peligros del centro y efectuada la valoración de los diferentes riesgos que éstos puedan ocasionar, y habiendo tenido en cuenta la información general disponible sobre el centro, el análisis histórico de incidentes y las revisiones e inspecciones de seguridad sobre las instalaciones, se está en condiciones de programar la adecuación y dotación de medios materiales y recursos insuficientes en materia de seguridad y protección para las personas, bienes y/o medio ambiente que el centro pueda presentar.

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Con ello habrá que elaborar un Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.

Será importante establecer unas prioridades según la importancia de las carencias encontradas.

Es importante recordar que el Plan de Autoprotección del edificio debe hacerse con los medios técnicos y humanos de que se disponen en ese momento, e ir revisándolo progresivamente, para dotar o adecuar, los medios y recursos que presenten deficiencias.

El registro informático del Plan de carencias no es un informe de situación o de diagnóstico que sirva para solicitar medidas correctoras necesarias para la adecuación del centro a la reglamentación en vigor.

9. Mantenimiento

9.1. Programa de reciclaje de formación e información

9.1. Programa de reciclaje

Los centros y servicios educativos suelen tener movilidad y cambios de las personas en cada curso escolar. Para que el Plan de Autoprotección sea eficaz y esté siempre vivo, es conveniente contemplar un programa de reciclaje, incluido en el plan de formación del centro para todas las personas que formen parte del centro. Es necesario, a principio de curso, dar formación a:

- A los miembros del equipo directivo. - Los equipos de emergencia. - Alumnado, profesorado y P.A.S.

9.2. Programa de sustitución de medios y recursos

9.2. Programa de mantenimiento de instalaciones de riesgo

El Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, obliga al establecimiento de un Programa de mantenimiento preventivo de las instalaciones de riesgo, que garantice el control de las mismas, así como la recopilación de la documentación escrita donde queden reflejadas las medidas de seguridad y las inspecciones realizadas. Este Informe se cumplimentará a través de la aplicación informática Séneca, respecto de los datos que la normativa vigente exige, e incluirá la fecha de la última revisión, la empresa acreditada que la realizó, en su caso, y el informe favorable (o desfavorable) emitido por la misma.

En el apartado del Anexo IV, se incluyen numeradas, a modo de informe, copias de estas fichas.

9.3. Programa de ejercicios de simulacros

9.3.1. Realización de simulacros. Guía de simulacro

Realización de simulacros de evacuación (o de confinamiento) de emergencia.

1. El informe del simulacro de evacuación o de confinamiento, se cumplimentará, según el modelo del Anexo IV, y se anotará en la aplicación informática Séneca. Asimismo, se incluirá en la Memoria final del Centro. La participación en los simulacros es obligatoria para todo el personal que esté presente en el centro, o en el servicio educativo, en el momento de su realización.

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2. Los simulacros de evacuación, o de confinamiento, deberán realizarse obligatoriamente, al menos, uno cada curso escolar en horario lectivo y/o máxima ocupación y, por regla general, sin contar con ayuda externa de los Servicios de Protección Civil o de Extinción de Incendios, sin perjuicio de que el personal dependiente de los citados servicios pueda asistir como observador durante la realización de los simulacros.

3. Los simulacros de evacuación, o de confinamiento, no deben hacerse simulando situaciones reales de emergencia que impliquen el uso de elementos peligrosos, tales como botes de humo, bengalas u otros, salvo que el ejercicio sea una iniciativa de los Servicios Locales de Protección Civil o Extinción de Incendios, o bien haya sido diseñado y preparado por aquellos, se realice bajo su total supervisión y control, y el Centro cuente con la previa autorización de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, cumplimentando el correspondiente informe del Anexo IV.

4. Con antelación suficiente a la realización de un simulacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección del centro debe comunicarlo a los Servicios Locales de Protección Civil, Extinción de Incendios y Policía Local, a fin de evitar alarmas innecesarias entre la ciudadanía.

5. En la semana previa a la realización de un simulacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección del centro informará a la comunidad educativa acerca del mismo, a fin de evitar alarmas innecesarias, sin indicar el día ni la hora previstos.

6. Con posterioridad a la realización del simulacro, el profesorado y todo el personal del centro, deberá volver a la normalidad de sus clases y tareas. Los centros docentes y los servicios educativos, elaborarán un informe donde se recojan las incidencias del mismo. La dirección del centro deberá comunicar a los Servicios de Protección Civil y Extinción de Incendios las incidencias graves observadas durante el simulacro que puedan afectar al normal desempeño de sus funciones en caso de emergencia, asimismo, y en ese caso, se remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería Educación.

7. Todos los centros docentes y servicios educativos revisarán periódicamente los medios disponibles para intervenir en caso de emergencia (extintores, alarmas, BIEs, lámparas de emergencia, sistemas automáticos de detección, aviso y extinción de incendios, etc.). Dichas revisiones se efectuarán por empresas homologadas y acreditadas según la normativa vigente.

8. Conocerán la fecha y hora del simulacro la dirección del centro, el Jefe o Jefa de Intervención, el de Control de comunicaciones y el controlador u observador del simulacro, y se garantizará que son atendidas debidamente todas las personas con discapacidad.

9.3.2. Instrucciones en caso de emergencia colectiva y para la realización de simulacros

El profesorado seguirá las indicaciones, establecidas en las reuniones previas a los simulacros, del Jefe o Jefa de Emergencia y del Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado

En caso de evacuación:

- El profesorado no incurrirá en comportamientos que puedan detonar precipitación o nerviosismo, evitando que esta actitud pudiera transmitirse al alumnado, con las consecuencias negativas que ello llevaría aparejadas.

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- El profesor o profesora de cada aula será el único responsable de conducir y tranquilizar al alumnado en la dirección de salida prevista, manteniendo el orden, eliminando obstáculos si los hubiere, y evitando que el grupo se disgregue, incluso en el punto de encuentro.

- Cada profesor o profesora, en su aula, organizará la estrategia de su grupo, encargando a algunos alumnos y alumnas la realización de funciones concretas como cerrar ventanas, contar al alumnado, controlar que no lleven objetos personales, apagar las luces, cerrar la puerta una vez que hayan salido todos y todas de clase, etc.

- El profesorado seguirá las instrucciones en cuanto a orden de salida y se dirigirá a al punto de concentración, previamente establecido en la reunión preparatoria del simulacro, y contarán a los alumnos y alumnas para confirmar la correcta evacuación del aula.

- Se designarán a una o varias personas que se encarguen de evacuar a las personas con - discapacidad o dificultades motrices permanentes y/o transitorias (pierna escayolada,

esguince de tobillo, etc.) si las hubiera. El profesor esperará la llegada del equipo de apoyo a personas con necesidades educativas especiales.

En caso de confinamiento:

- Para realizar el confinamiento hay que conocer las zonas más protegidas del Centro (punto de confinamiento) en cada caso.

- La señal de alarma será distinta de la de evacuación. - Entrar dentro del edificio si nos encontramos fuera. - Trasladarse a las aulas y confinarse en ellas y en el espacio más resguardado del exterior

(alejado de ventanas y puertas). - En el caso de que las aulas no sean seguras, el alumnado se desplazará en fila india hasta

otra ubicación en el edificio que sea considerada segura (punto de confinamiento) que previamente haya sido indicada.

Instrucciones al alumnado

En caso de evacuación:

- El alumnado dejará de hacer la tarea que les ocupaba y se centrará en la nueva situación de emergencia.

- Actuarán siempre de acuerdo con las indicaciones de su profesor o profesora, y en ningún caso deberá seguir iniciativas propias.

- Aquellos alumnos o alumnas que tengan encomendada unas funciones concretas por su profesor o profesora, se responsabilizarán de cumplirlas (cerrar ventanas, cerrar la puerta del aula, comprobar que no queda nadie, etc.) y de colaborar con el profesorado en mantener el orden.

- Los alumnos y alumnas no recogerán sus objetos personales, con el fin de evitar demoras. - El alumnado, que al sonar la señal de alarma se encuentre fuera del aula a la que

pertenezca, en los aseos o en otros locales anexos, deberán incorporarse al grupo más cercano, según su localización, en el momento de la emisión de la señal de alarma, y en el exterior buscarán a sus grupo y se incorporan al mismo comunicándoselo a su profesor.

- Todos los movimientos deberán realizarse de prisa, pero sin correr, sin atropellar, ni empujar a los demás.

- Ningún alumno ni alumna deberá detenerse junto a las puertas de salida.

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- El alumnado deberá realizar este ejercicio en silencio y con sentido del orden y ayuda mutua, para evitar atropellos y lesiones, ayudando a los que tengan dificultades o sufran caídas.

- Los alumnos y alumnas deberán realizar esta práctica de evacuación respetando el mobiliario y equipamiento escolar y utilizando las puertas con el sentido de giro para el que están previstas.

- En el caso de que en las vías de evacuación exista algún obstáculo que durante el ejercicio dificulte la salida, será apartado por el alumnado, si fuera posible, de forma que no provoque caídas de las personas o deterioro del objeto.

- En ningún caso ningún alumno ni alumna deberá volver atrás con el pretexto de buscar a hermanos o hermanas menores, amigos o amigas, objetos personales, etc.

- En todo caso los grupos permanecerán siempre unidos sin disgregarse ni adelantar a otros, incluso cuando se encuentren en los lugares exteriores (en las zonas de seguridad) de concentración previamente establecidos, con objeto de facilitar al profesorado el control de los alumnos y alumnas.

9.4. Programa de revisión y actualización de documentación

9.4.1. Mantenimiento y actualización del Plan

Actuación

- Reunión de constitución de la Comisión de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales - Reunión de la Comisión de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales (trimestral, etc) - Revisión del nombramiento del coordinador coordinadora del I Plan de Salud Laboral y PRL

EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

- Aprobación por el Consejo Escolar - Envío a los Servicios Locales de Protección Civil - Actividades formativa realizada relacionada con el Plan de - Autoprotección - Modificación del Plan - Aportaciones del centro:

9.4.2. Mantenimiento de la documentación

Actuación

- Inventario de los factores que influyen sobre el riesgo potencial - Inventario de los medios técnicos de protección - Confección de planos - Elaboración del Plan de Autoprotección y planes de actuación - Incorporación de los medios técnicos previstos para ser utilizados en los planes de actuación

(alarmas, señalización, etc.) - Redacción y entrega de consignas de prevención y actuación en caso de emergencia para el

personal del centro (alumnado, profesorado y P.A.S.) y los usuarios del mismo - Redacción y entrega de consignas de prevención y actuación en caso de emergencia para los

componentes de los Equipos de Emergencia - Reuniones informativas para todo el personal del centro

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- Selección, formación y adiestramiento de los componentes de los Equipos de Emergencia - Primera reunión con el Claustro del centro. Tema a tratar "Plan de autoprotección: Pautas a

seguir en caso de emergencia" - Reunión con el Claustro del centro. Tema a tratar "Plan de formación. Calendario de

actividades formativas y reparto de responsabilidades" - Reunión con los Equipos de Emergencia. Tema a tratar "Realización del simulacro"

9.5. Programa auditorias e inspecciones

9.5. Auditorías e inspecciones

En el apartado del Anexo IV, se incluyen numeradas, a modo de informe, copias de estas fichas

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ANEXO 1 DIRECTORIO DE COMUNICACIONES

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ANEXO 2 FORMULARIOS

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ANEXO 3. PLANOS

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B. PLAN DE EVACUACIÓN

Introducción

La Orden de 16 de abril de 2008 en su artículo 11 expresa la necesidad de realizar un simulacro de evacuación de emergencia, al menos, una vez cada curso escolar, con sus propios medios y con la participación obligatoria de todo el personal del centro.

Con anterioridad al simulacro se informará a Protección Civil y Policía Local y durante la semana previa, a la Comunidad Educativa para evitar alarmas innecesarias.

Acabado éste se deberán realizar las reflexiones necesarias por parte de todo el personal implicado, elaborando un informe los distintos equipos de ciclo, que será entregado a la dirección. Si las incidencias son catalogadas como graves deberá ser comunicado a los servicios de Protección Civil local y a la Delegación Provincial de Educación.

El Plan de Evacuación dará comienzo en el momento que se avise a través de la señal de la alarma.

Identificación de la alarma

La señalización de la alarma vendrá establecida por el tiempo de accionado de la sirena del centro:

Terremoto: Toque de sirena durante dos minutos ininterrumpidamente, que indicará el inicio de la activación del plan y el tiempo que el alumnado deberá permanecer debajo de sus mesas. Pasado ese tiempo, la alarma dejará de sonar por unos instantes y al activarse de nuevo, ahora de forma intermitente, el alumnado comenzará a salir para dirigirse al punto de encuentro.

Confinamiento: Toque intermitente de la sirena.

Además de la alarma, el equipo de primera intervención, facilitará información sobre la causa que ha producido la emergencia.

El Plan de Evacuación consistirá en poner en marcha una serie de actuaciones para el desalojo del edificio en el menor tiempo posible y sin incidencias. Para que esto sea posible, cada docente sabrá su salida y el orden en que tendrá que salir, así como las recomendaciones que deberá dar a su alumnado.

Evacuación

a. Habrá un único punto de encuentro: Zona de descampado o campo de fútbol. Para el grupo de 6ºB será las pistas de baloncesto, alejado de porterías.

b. En la planta alta tenemos dos flujos de salida: Escalera metálica para el alumnado del 3er ciclo y escalera de emergencias para el alumnado de 2º ciclo que ocupe esa planta.

c. En la planta baja los flujos de salida son: la puerta con acceso al patio las aulas que lo tengan, la puerta frente al módulo de Infantil, las puertas laterales del pasillo central y la puerta principal. El flujo de salida para el aula 10 (1º B) será el mismo que para el aula 9 (1º A).

Planta baja. Pasillo izquierdo

Las aulas con salida directa al patio 1, (5 años), 2 (2º A), 6 (3º A) y 7 (3º B) se dirigirán por ésta al punto de encuentro.

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Las aulas 3 (2º B), 4 (2º C) y 5, (2º D) lo harán por la puerta más cercana (ofrece salida hacia el módulo de Infantil), debiendo transcurrir el alumnado pegado a uno y otro lado de la pared. Ya en el exterior se dirigirá al punto de encuentro.

Planta baja. Pasillo derecho

Las aulas con salida directa al patio 9, (1º A); 11, (1º C) y 12, (1º D) lo harán por esa puerta. El aula 10, 1º B, ya se ha indicado que saldrá por la puerta de 1º A que conduce al exterior.

Los ocupantes de la Biblioteca y Aula de Informática saldrán por la puerta lateral izquierda del pasillo central y de ahí se dirigirán al punto de encuentro.

Los ocupantes del salón de Usos Múltiples, Aula de la Educadora, Sala de profesorado, Secretaría, Jefatura y Dirección saldrán por la puerta principal, por la pared más cercana a la ubicación de la puerta.

Los ocupantes de la Sala de psicomotricidad lo harán por la puerta de acceso directo al patio.

La Educadora, será responsable de su alumnado, saliendo al exterior y dirigiéndose al grupo de referencia. En el caso de realizar apoyos, saldrá con el grupo con el que se encuentre, siguiendo las mismas indicaciones descritas para este grupo.

Los responsables del desalojo de esta planta, la escalera y los servicios serán los integrantes del equipo directivo que no estén realizando funciones docentes en ese momento.

El alumnado de Infantil que se encuentra en el módulo propio, será evacuado hacia el punto de encuentro.

El aula de 3º C se dirigirá hacia el punto de encuentro.

Los responsables del Equipo de Apoyo al alumnado con NEAE (Apoyo y EE) serán aquellos docentes que estén con este alumnado.

Planta alta. Pasillo izquierdo

Los ocupantes de este pasillo serán evacuados por la escalera de emergencias

Las aulas 11, (4ºD); 10 (4ºB) y 9, (4ºA), saldrán en ese orden, pegados a su pared, por la parte derecha de la escalera de emergencias, según se baja. Ya en el exterior, se dirigirán al punto de encuentro.

Las aulas 12(4º C), 13 (3º C) y 14 (3º D) saldrán pegados a su pared y por la parte izquierda de la escalera de emergencias, según se baja, llegarán hasta el punto de encuentro.

Las aulas 7 y 8 (6º C y 6º A) saldrán por la escalera interior, pegados a la pared, parte izquierda de la escalera, según se baja y, saliendo por la puerta lateral izquierda del pasillo central, se dirigirán al punto de encuentro.

Las aulas de Logopedia, 15 y 16 también lo harán por la escalera interior y, pegados a la baranda, accederán al exterior por la puerta lateral derecha, del pasillo central, según se baja, para dirigirse al punto de encuentro.

Los docentes que se encuentren con el alumnado descrito en cada clase serán los responsables y acompañará a éste. Como se había indicado anteriormente, los miembros del equipo directivo que

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no tengan tareas docentes en ese momento, serán los responsables del orden de la escalera interior.

Planta alta. Pasillo derecho

Los ocupantes de este pasillo serán evacuados por la escalera metálica.

Las aulas 3, 2 y 1 saldrán en ese orden, pegados a su pared, (lado exterior de la escalera metálica), para llegar al punto de encuentro.

Las aulas 4, 5 y 6 saldrán en ese orden, pegados a su pared, (lado interior de la escalera metálica) para llegar al punto de encuentro.

El/la maestro/a ocupante del aula 5, 6º B, cuando suene la alarma, será el responsable del traslado, junto al resto del grupo, de la alumna con problemas motóricos, quien habrá de ser trasladada en su silla de ruedas hasta el patio. Colaborará en este traslado el conserje. Desde aquí se dirigirá al punto de encuentro, que para este grupo será la pista de baloncesto. Debido a las dificultades que esta actuación puede generar, el profesorado ocupante de las aulas más cercanas adoptará una actitud de mayor solidaridad, si cabe, con el maestro/a ocupante de esta aula.

El alumnado de este pasillo, si tuviera que salir por una emergencia en un día de lluvia, lo hará por la escalera interior, comenzando por las aulas más próximas a las escaleras y después de que saliera E.E, Apoyo a la Integración, clase de logopedia, 6º C y 6º A. El profesorado dirigirá la salida, atendiendo al orden escalonado para evitar aglomeraciones. Dependiendo de la ubicación de las aulas, se transcurrirá pegados a la pared o pegados a la baranda.

El alumnado usuario de comedor seguirá las siguientes instrucciones:

- Debido a la disposición de las mesas y proximidad a la puerta con salida al porche, en primer lugar saldría la mesa internivel.

- A continuación saldrá por la misma puerta el alumnado de Ed. Infantil y Primero

- Los grupos de 2º, 3º, 4º 5º y 6º saldrán por la puerta de salida al patio principal y se dirigirán al punto de encuentro.

- Los responsables de este alumnado serán las monitoras que lo atienden. La cocinera cortará la corriente eléctrica y la ayudante de cocina comprobará que en el aseo no queda ningún alumno/a.

- Ayudarán después en la atención del alumnado que más lo precise.

Actividades extraescolares:

Las que se realicen al aire libre o en las aulas del centro, atenderán a lo descrito con anterioridad. Las realizadas en el salón de usos múltiples y sala de psicomotricidad, saldrán por la puerta principal hasta llegar al punto de encuentro, ya que durante el horario extraescolar los demás accesos permanecen cerrados.

La responsable de la evacuación en la planta baja será la ocupante del aula de Informática; en la planta primera el ocupante del aula 14.

Descripción de los responsables:

- PLANTA BAJA: Miembro del equipo directivo que no tenga funciones docentes en ese momento.

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- PLANTA ALTA:

Aulas 1 a 6: Ocupante del aula 1.

Aulas 9 a 14: Ocupante del aula 9.

Aulas 7 y 8: Ocupante del aula 7

Responsable aulas de integración: Ocupante del aula 15

Consideraciones generales

1. Se entiende por punto de encuentro el lugar exacto donde el alumnado llegará para colocarse en

fila, alejado de muros, árboles, pilares, farolas…

2. Para conseguir un aprendizaje significativo y una experiencia continua de los mecanismos de evacuación, así como para mejorar el control de accesos y protección de nuestro alumnado, las entradas y salidas tanto al inicio, final de la jornada y recreos se realizarán en el orden establecido y con el mayor rigor posible, siendo objeto de la supervisión del profesorado correspondiente los principales puntos de riesgo existentes: escalera interior y metálica, especialmente a las 12:00 y a las 14:00 h. El alumnado recibirá todas las pautas y razones en las que se sustentan estas normas a fin de ayudar a su interiorización. El profesorado con turno de vigilancia en el interior prestará especial atención al alumnado en estos puntos, a fin de minimizar riesgos.

3. Debido a que en los días de lluvia el alumnado de 2º y 3er ciclo, accederá a la primera planta por la escalera interior, es imprescindible que la entrada y la salida se haga de forma escalonada para evitar aglomeraciones en la escalera.

4. Debe impedirse el acceso al interior del edificio y por supuesto a las clases, a las familias del alumnado pues perturban el tránsito fluido de personas además de restar autonomía al alumnado.

5. Cada curso escolar se hará entrega de la actualización del plan de Evacuación al profesorado.

Identificación y análisis de los puntos de riesgo propios y externos. Actuaciones.

A continuación se refieren los que se estiman como principales.

Propios:

Caldera de calefacción y depósito de combustible. Instalación eléctrica, equipos informáticos, armario TIC y aparatos eléctricos. Cuartito con productos de limpieza. Porterías y postes en las pistas. Columpios en el patio de Infantil. Escaleras.

Pueden ocasionar incendio, intoxicación, golpes y caídas graves.

Externos:

Riesgos naturales: terremotos, inundaciones, tormentas fuertes…

En caso de terremoto, incendio y confinamiento, actuaremos según el plan de evacuación.

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En caso de intoxicación y caída o golpe grave TENEMOS QUE LLAMAR lo antes posible al 112 y actuar según las pautas que se reciban. Después se informará al equipo directivo y a la familia. Será objetivo de este plan llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para minimizar los riesgos existentes.

Durante el curso 2014-15, volvemos a centrar la causa de evacuación en el riesgo sísmico y confinamiento. Por tanto es conveniente recordar que:

El territorio español, aunque con una peligrosidad sísmica relativamente moderada en relación con otros países del área mediterránea, experimenta con cierta frecuencia movimientos sísmicos que, aunque de forma localizada, son sentidos por la población y, menos frecuentemente, producen daños de alguna consideración. No es descartable, sin embargo, como ya ha sucedido históricamente, la ocurrencia de terremotos de magnitud suficiente para producir daños catastróficos.

¿Qué es un terremoto?

Un terremoto es un movimiento o vibración repentina del terreno, causada por la liberación brusca y súbita de energía, acumulada por deformación en la litosfera.

Medidas de los terremotos

El tamaño de un terremoto puede determinarse en base al cálculo de la energía liberada, magnitud, o bien en base a los efectos producidos por las sacudidas en la superficie, intensidad.

Descripción de los grados de intensidad

- Grado I: La sacudida no es percibida por los sentidos humanos. - Grado II: La sacudida es percibida sólo por algunas personas en reposo. - Grado III: La sacudida es percibida por algunas personas en el interior de los edificios y sólo

en circunstancias muy favorables, en el exterior de los mismos. - Grado IV: El sismo es percibido por personas en el interior de los edificios y por algunas en el

exterior. Las puertas y ventanas vibran. Los muros producen chasquidos. El mobiliario comienza a moverse.

- Grado V: El sismo es percibido en el interior de los edificios por la mayoría de las personas. - Grado VI: Lo siente la mayoría de las personas tanto dentro como fuera de los edificios.

Muchas personas salen a la calle atemorizadas. - Grado VII: La mayoría de las personas se aterroriza y corre a la calle. Pueden aparecer fisuras

en los muros de piedra. - Grado VIII: Miedo y pánico en general. En algunos casos se desgajan las ramas de los árboles. - Grado IX: Pánico general. Daños considerables en el mobiliario. Los animales huyen y emiten

sonidos peculiares. Las carreteras quedan fuera de servicio. Se abren grietas en el terreno. - Grado X: Muchas construcciones se destruyen o sufren colapso.

- Grado XI: Construcciones con graves daños o colapsadas. El terreno queda

considerablemente deformado. - Grado XII: Prácticamente se destruyen o quedan gravemente dañadas las estructuras.

España puede considerarse un país con sismicidad moderada. Dentro del país las zonas de mayor riesgo son Sur y Sureste. Si bien es cierto que los terremotos destructores no son muy frecuentes en la Península, la provincia de Granada ha sufrido terremotos destructivos en varias ocasiones, siendo uno de los más importantes el ocurrido el 25 de diciembre de 1884. Ya los romanos y

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después los árabes describen algunos en Andalucía. En nuestra Comunidad son previsibles sismos de intensidad igual o superior a los de grado VI.

En los últimos años han ocurrido varios terremotos con graves consecuencias en vidas humanas y daños materiales: Turquía, Grecia, Haití, Japón… así como de menor intensidad en España, por ejemplo Lorca, por lo que el alumnado tiene mucha información que ha ido recibiendo de su propio entorno familiar, de amigos, televisión, colegio…

Nuestro centro se encuentra ubicado en una de las zonas con mayor riesgo sísmico de España, que además cuenta con antecedentes sísmicos, recordemos el terremoto ocurrido el 19 de abril de 1956 en el que tanto las víctimas como los daños materiales fueron considerables.

Por todo lo anterior, creemos que existen razones más que suficientes para que desde nuestro entorno escolar pongamos en marcha medidas preventivas, aprendamos pautas y las desarrollemos, tanto dentro, como fuera del colegio, si fuera necesario. Por otro lado, debido a las lluvias torrenciales caídas en los últimos años/meses, con las consiguientes inundaciones considerables nos han movido a proponer entrenar también al alumnado en caso de confinamiento.

Por tanto, las medidas de autoprotección volverán a estar centradas, este curso, principalmente en:

EVACUACIÓN POR RIESGO SÍMICO CONFINAMIENTO. 1. OBJETIVOS PEDAGÓGICOS: 1.1. Adquirir en el alumnado “conciencia sísmica” , que implica:

a) Conocer

Qué son los terremotos

Como pueden afectar a la vida personal, familiar y social. b) Comprender la importancia de saber qué hacer:

Antes

Durante

Después de un terremoto para evitar o minimizar sus consecuencias. 1.2. Tomar conciencia de la importancia de los comportamientos solidarios y de

responsabilidad personal para hacer frente adecuadamente a una emergencia por ocurrencia de terremoto.

1.3. Implantar una cultura preventiva en el colectivo escolar, mentalizando al alumnado, familiares y profesorado de la importancia de los problemas relacionados con la seguridad y emergencias en el centro.

2. MEDIDAS DE AUTOPROTECCIÓN

Comprobar los riesgos en casa, escuela y barrio.

2.1 Recomendaciones antes de un terremoto

Reforzar bien las estanterías a las paredes.

Colocar los objetos grandes o pesados en la parte inferior de las estanterías.

Guardar los objetos que se puedan romper en armarios cerrados y a ser posible, bajos.

Colgar los objetos pesados lejos de camas, sofás o cualquier lugar donde la gente suela sentarse.

Reforzar las sujeciones de las lámparas al techo.

Comprobar que las instalaciones de gas y eléctrica están en buen estado.

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Almacenar los productos inflamables en armarios cerrados y al fondo de las estanterías.

Comprobar la estructura de los edificios.

Revisar las partes que primero se desprenden en los edificios: aleros, balcones, chimeneas…

Salidas señalizadas y ascensores etiquetados con “no usar en caso de terremoto”. Identificar los lugares seguros en cada habitación de la casa o escuela.

Debajo de un mueble resistente como una mesa o escritorio.

Junto a un muro de carga.

Lejos de ventanas y espejos. Localizar lugares seguros en el barrio y calle. El terremoto puede sorprender cuando se está en la calle, conviene saber cuáles son los lugares más seguros.

Situarse lejos de edificios, árboles, postes eléctricos o telefónicos, puentes, etc. Tener organizada una perfecta coordinación entre el colegio y la familia para que en caso de que ocurra un terremoto, mientras los niños estén en el colegio, los padres sepan que están bien y por tanto procedan a su recogida de forma tranquila y evitando situaciones de pánico y atascos. Si llegara el caso, el protocolo de actuación sería contactar con Radio Albolote para envío de mensajes de tranquilidad y a continuación con la Comisión de delegados/as de padres y madres para poner en marcha un plan de reencuentro familiar. Desarrollar un plan de reencuentro familiar en caso de catástrofe. Todos los miembros de una familia, incluidos los pequeños, deben saber:

- Cortar el agua, gas y electricidad. - Llamar al 112 y dar un mensaje de emergencia.

Tanto en el colegio como en casa conviene tener un “kit” de emergencias con productos básicos como:

Linterna con pilas de recambio. Botiquín de primeros auxilios (Deberá haber un botiquín en cada planta). Comida y agua de reserva.

Identificar los trayectos más seguros tanto de la escuela como del hogar, en caso de tener que realizar una evacuación.

2.2 Recomendaciones durante un terremoto 2.1 Si en el momento de ocurrir un terremoto se está en el interior de un edificio, lo más

seguro es:

Permanecer dentro.

Colocarse debajo de muebles resistentes o junto a un muro de carga.

Si hay que evacuar, salir ordenadamente, protegiéndose la cabeza con las manos, bajar por las escaleras, nunca por el ascensor, evitando caminar bajo techos y aleros. 2.2 Si en el momento de ocurrir el terremoto se está en el exterior, conviene:

Desplazarse con tranquilidad pero sin perder tiempo a espacios abiertos, lejos de edificios, farolas, puentes, tendidos eléctricos…

Cuando alcance un lugar seguro, permanecer allí hasta que cese el temblor. 2.3 Si en el momento de ocurrir el terremoto va en coche, conviene:

Si se está en un lugar seguro, parar y permanecer dentro del vehículo.

Si no se está en un lugar seguro, desplazarse a espacios abiertos, lejos de edificios. Cuando finalice el temblor, conducir con precaución, evitando túneles o puentes que pueden haber sido dañados por el mismo.

2.3 Recomendaciones inmediatamente después de un terremoto

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Mantener la calma.

Cerrar las llaves del gas, luz y agua.

Comprobar el estado en el que ha quedado el edificio o vivienda. Si hay algún pequeño incendio, apagarlo. Si es de mayor importancia, seguir las normas contra incendios.

Ayudar a las personas heridas siguiendo las normas de primeros auxilios.

Usar el teléfono sólo en caso de llamada de emergencia. Se debe abandonar el edificio o vivienda si:

Detecta olor a gas, humo o cualquier producto químico.

El edificio está dañado.

Se debe permanecer fuera de los edificios dañados.

Ayudar a las personas que requieran especial atención.

3. Recomendaciones después de un terremoto

Debemos mantenernos lejos de los edificios dañados, las réplicas podrían ocasionar destrozos adicionales.

Seguir las instrucciones que las Autoridades den por radio o TV.

Colaborar con Protección Civil.

No deambular por las zonas afectadas.

Si se conduce por una zona muy afectada, evitar las huidas masivas.

Beber agua embotellada o hervida.

Calzar zapatos resistentes, si es posible, para protegernos de cristales y objetos punzantes.

Otras consideraciones

El Plan de evacuación se realizará, al menos, una vez cada curso escolar, mediante el oportuno simulacro de emergencia.

Las maestras y maestros que ocupen cada clase durante la primera hora del día, contarán el número de alumnas y alumnos que hay en ese momento, anotándolo en el borde superior derecho de la pizarra. Dicho número debe tenerse actualizado.

Se procederá a evacuar las dos plantas a la vez ya que las características del centro lo permiten. En todo momento se actuará con premura, orden y tranquilidad.

Los grupos no se mezclarán en la salida, irán ordenados, junto a su maestra o maestro, comenzando por los más cercanos a las salidas.

Una vez hayamos llegado al punto de encuentro, el docente encargado del grupo pasará a recontar a su alumnado (cotejándolo con lo anotado en la pizarra con anterioridad), e informando al maestro designado, el cual informará al jefe de planta (de la planta baja será el miembro del equipo directivo que no tenga atención directa a alumnado en ese momento y de la planta primera el ocupante del aula 16, por último informará al jefe de emergencias: Director/a, en su ausencia, será el Jefe/a de Estudios.

La monitora de Educación Especial priorizará la atención del alumnado con problemas motóricos de Infantil.

El conserje, procederá a cortar el suministro de corriente eléctrica, desconectar el ascensor y colaborar en el traslado de la alumna con dificultades motóricas de 5ºB.

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La monitora escolar, una vez haya contactado con los servicios externos, saldrá e irá al encuentro de la tutoría de 5 años por considerar que hay alumnos/a con necesidades.

Los docentes que estén realizando apoyo irán al punto de encuentro con el alumnado que están apoyando, los cuales se incorporarán al grupo correspondiente.

Responsabilidades del profesorado

Cada docente, en su tutoría, informará del Plan de evacuación y realizará cuantas prácticas crea necesarias, para la interiorización de dicho plan. Un buen momento para practicar puede ser la entrada y salida del edificio tanto al inicio como recreos y final de la jornada escolar, siendo muy conveniente sistematizar el orden al subir y bajar las escaleras, con la práctica diaria.

- Comprobar que todo el alumnado del grupo ha salido de la clase, siendo el profesorado el último en abandonar el aula.

- Contar el número de alumnos/as que asisten a su tutoría y anotarlo en el ángulo superior derecho de la pizarra.

- Es responsabilidad del profesorado recontar a sus alumnos/as, una vez que se ha llegado al punto de encuentro, disponerlos de forma que se facilite su control y dar información al maestro designado para recabar las incidencias.

- Exigir seriedad, orden y serenidad al alumnado no sólo durante el simulacro, sino como se viene insistiendo, día a día.

- El responsable de Apoyo a la Integración ayudará al alumnado de Educación Especial que pudiera resistirse a la evacuación, siendo el responsable de las aulas de Logopedia, 15 y 16, saliendo todos, como ya se ha descrito por la escalera interior.

Instrucciones para el alumnado

El alumnado debe proceder de acuerdo a las siguientes normas:

1. En todo momento deberá seguir las indicaciones del docente, en ningún caso tomarán iniciativas propias.

2. El alumnado que haya recibido funciones concretas deberá responsabilizarse de su cumplimiento y colaborar en el mantenimiento del orden del grupo.

3. No recogerá objetos personales a fin de evitar obstáculos y demoras. 4. El alumnado que se encuentre en aseos, pasillos o realizando algún recado, al sonar la

alarma, deberá incorporarse rápidamente a su grupo. Si se encontrasen en otra planta distinta se incorporarán al grupo más próximo, y una vez en el exterior, se incorporará a su grupo en el lugar de encuentro.

5. Todos los movimientos se realizarán con rapidez y orden, nunca corriendo ni empujando, esto último, sobre todo, si estamos haciendo uso de las escaleras.

6. Nadie se podrá detener junto a las puertas de salida que estarán totalmente abiertas. 7. El alumnado respetará el orden reseñado y mantendrá silencio, para así colaborar con

aquellos alumnos/as que presenten dificultades, atropellos… 8. En la evacuación se cuidará el material y equipamiento escolar. 9. Si en las vías de evacuación se encontrase algún obstáculo, deberá ser apartado por el

alumnado, si es posible sin deterioros, y siempre tratando de que no haya caídas.

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10. En ningún caso el alumnado volverá atrás, sea cual sea la causa. 11. En caso de hundimiento o explosión y si tuviese que atravesar algún espacio o dependencia,

deberá hacerse cerca de la paredes, nunca por medio de los mismos. 12. En caso de tener que atravesar zonas inundadas de humo, se deberán proteger las vías

respiratorias con pañuelos mojados o ropa del antebrazo. 13. En caso de inundación por humo de pasillos y escaleras, el grupo ha de permanecer en clase,

cerrar puertas y ventanas, colocar trapos mojados en las juntas de las puertas para evitar la entrada de humo.

Instrucciones a seguir en caso de confinamiento

La posibilidad de una inundación o cualquier circunstancia que obligue al desalojo de la planta baja requiere de un proceso especial en el que los ocupantes del centro deberían quedar confinados en la planta alta del mismo, como lugar más seguro. La alarma sonará con toques intermitentes y se procedería de acuerdo a las siguientes pautas:

La alarma sonará con toques intermitentes.

1. Los ocupantes de la planta alta continuará en las dependencias en las que se encontraran en el momento de la alarma.

2. Los ocupantes del módulo de Infantil y de la planta baja atenderán a las siguientes indicaciones:

a. Alumnado de Infantil 3 y 5 años: Saliendo del módulo, se dirigirán hasta el pasillo donde se ubica el alumnado de 2º, accederán por la escalera interior hasta la planta primera y ocuparán las aulas que se describe a continuación.

b. Despachos: Realizarán las mismas funciones de apoyo, alarma, y coordinación previstos para los casos de evacuación. Por tanto será el miembro del equipo directivo sin atención docente, en ese momento, quien actúe de coordinador de confinamiento.

c. Espacios comunes (Sala de psicomotricidad, Informática, Biblioteca y Salón de usos múltiples):

- Si los ocupantes de estas aulas pertenecen a espacios de la 1ª planta, subirán a sus aulas respectivas.

- En caso de que sean usuarios de dependencias inferiores actuarán atendiendo al punto d.

d. Aulas de referencia. Las distintas aulas de la planta baja se dirigirán por la pared más cercana a su puerta y en el siguiente orden: pasillo izquierdo: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; pasillo derecho: 9, 10 11 y 12, hacia las aulas de la planta alta que se indica a continuación:

I-3 e I-4 y ocupantes del pasillo inferior izquierdo:

El alumnado de I-3 e I-4 se dirigirán a las aulas de Apoyo a la Integración y A. Específica, pegados a la pared izquierda del pasillo inferior.

El alumnado de I-5, se dirigirá por el pasillo izquierdo inferior a la planta primera y ocupará el Aula de Audición y Lenguaje.

El alumnado de 2º A, 2º B, 2º C, 2º D, 3º A y 3º B, pegados a la pared izquierda, se dirigirá desde el pasillo inferior a la planta primera y ocuparán las aulas del

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pasillo superior izquierdo, respetando el orden establecido:3ºD, 4ºA, 3ºB, 4ºB, 4ºC, 4ºD, en el orden que se indica.

Ocupantes del pasillo inferior izquierdo:

El alumnado de 1ºA, 1ºB, 1ºC y 1ºD, se dirigirá al pasillo superior derecho de la primera planta y ocupará las aulas de 6ºD, 5ºD, 5ºA y 6ºB, respectivamente.

Medios humanos:

Jefe/a de emergencias: Directora. Suplente: Jefe de Estudios.

Responsable del control de comunicaciones: Monitora escolar. También con función de apoyo al alumnado de cuatro años.

Coordinador del Plan: Antonio Luis Escudero Lafuente.

Equipo de 1ª intervención: Acudirá al lugar donde se ha producido la emergencia para su control y avisará a su pasillo.

Equipo de 1ºs auxilios: Atenderá a las personas lesionadas si las hubiere.

Responsable de la desconexión de las instalaciones, aviso al equipo de 1ª intervención: Conserje.

Base legal:

Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevenciones laborales.

Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

I Plan andaluz de salud laboral y prevención de riesgos laborales.

Orden de 16 de abril de 2008, que regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del Plan de Autoprotección.

Decreto 328/2010, de 13 de julio.

Bibliografía:

Guía para la realización de simulacros de evacuación y confinamiento. Autoprotección de centros.

Vídeos Youtube: Sólo es orientativo. Después de consultar algunos, éstos me han parecido los más gráficos e ilustrativos:

Simulacro de evacuación en caso de terremoto o incendio.

Evacuación centros escolares. VOB

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Anexos

Directorio de comunicaciones.

Directorio telefónico

Teléfono de Emergencias .......................................... 112 Urgencias Sanitarias .................................................. 061 Protección Civil .......................................................... 958 46 62 62 Policía Local ............................................................... 092 / 958 466050 Policía nacional .......................................................... 091 Bomberos .................................................................. 080 Guardia Civil .............................................................. 062 / 958 46 69 96 Cruz Roja ................................................................... 95822 22 22 /958 46 66 93 Hospital ..................................................................... 958 02 00 00 Centro de Salud ......................................................... 958 46 66 88/958 46 72 09 Urgencia toxicológica ................................................ 915 62 04 20

Equipo operativo

Jefa de Emergencias (Directora) ............................................................ 958 8939 83 Suplente (Jefe de Estudios) .................................................................... 958 8939 85 Jefe o Jefa de Intervención (Coordinador del Plan) ............................... 958 8939 83 Suplente (Tutor aula 4) .......................................................................... 958 8939 84 Encargado o Encargada de Comunicaciones (Monitora Esc.) ................ 958 8939 84 Suplente (Secretario) ............................................................................. 958 8939 84

Otros teléfonos de interés

Emergencias……………………………………………………………………………..112 Ambulancias ........................................................................................... 958 28 20 00 Ayuntamiento ........................................................................................ 958 46 51 15 Compañía eléctrica ................................................................................ 902 51 65 16 Compañía de agua .................................................................................. 958 43 67 42 Radio Albolote ........................................................................................ 958 46 86 69 Televisión Metropolitana ........................................................................ 958 49 00 65

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Formulario para la notificación de emergencias

Solicitud de ayuda exterior. Para la comunicación con el 112, el protocolo habitual de preguntas y respuestas es el siguiente.

Está llamando el centro o servicio educativo TÍNAR situado en la C/TÍNAR En ALBOLOTE desde el teléfono............ (*) (*)(Indicar otro número si se llama por ejemplo desde un móvil)

SE HA PRODUCIDO

Un incendio

Un accidente o enfermedad súbita del profesorado

Un accidente o enfermedad súbita del alumnado

EN

Sótano

Planta baja

Planta primera

Planta segunda

Patio

Comedor

Otros

Afecta a

Instalación eléctrica

Maquinaria (especificar cuál)

Calderas

Otros

HAY / NO HAY ATRAPADOS / HERIDOS (CUÁNTOS)

Atrapados

Quemados

Intoxicados

Fallecidos

Otros

HA TENIDO LUGAR A LA HORA

LOS ESCENARIOS DE RIESGO SON

PUEDE AFECTAR A Edificios del entorno

Otros

EN EL CENTO ESTÁN

Nombre del Jefe de Emergencia (Director o Directora)

Nº total de personas en el centro

Nº total de personas discapacitadas

EVACUACIÓN PARCIAL O TOTAL

Actuaciones que se han realizado, en su caso