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PLAN DE CONVIVENCIA C.R.A.”EL TEJO”

PLAN DE CONVIVENCIA - gva.es · La Comisión de Convivencia será quien dinamiza, revisa y actualiza el Plan de Convivencia, escuchando y recogiendo todas las iniciativas y sugerencias

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  • PLAN DE CONVIVENCIA

    C.R.A.”EL TEJO”

  • ÍNDICE

    1. INTRODUCCIÓN

    2. BASE LEGAL

    3. COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

    3.1. Composición de la comisión de convivencia.3.2. Competencias de la comisión de convivencia.3.3. Periodicidad de las reuniones.

    4. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN INICIAL

    4.1. El colegio: características y entorno.4.1.1 Situación geográfica4.1.2 Situación socio-cultural4.1.3 Infraestructura material, humana y de relación con la Comunidad.4.1.4 Análisis de las condiciones físicas de cada aulario.4.1.5 Relaciones con la comunidad educativa.

    4.2. Situación de la convivencia en el centro.

    4.3. Normas de convivencia del centro.4.3.1. Normas que regulan la convivencia en la aula y en el centro.4.3.2. Normas que regulan el cuidado y utilización de los materiales e

    instalaciones de la aula y espacios comunes del centro.4.3.3. Normas que regulan la actividad académica y el trabajo a la

    aula.4.3.4. Normas que regulan la realización de actividades fuera del

    centro.

    5. OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

    5.1. Criterios referidos a la elaboración, aprobación y aplicación del Plan deConvivencia.

    5.2. Criterios referidos a la coordinación con otros instrumentos del Centro.

    5.3. Criterios referidos al seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia.

    5.4. Criterios referidos a los procedimientos y modelos de actuación.

    6. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN.

  • 7. ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN: PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE ACTUACIÓN.

    7.1. Actuación con respecto al alumnado que presenta conductas contrarias a las normas de convivencia.

    7.1.1 Actuaciones iniciales.

    7.2. Actuación con respecto al alumnado que presenta conductas que dificultan gravemente o muy gravemente la convivencia escolar.

    7.2.1 Actuaciones frente a una situación de ACOSO ESCOLAR O CIBERACOSO.

    7.2.2 Actuaciones frente a conductas que alteran la convivencia de forma grave y reincidente: INSULTOS, AMENAZAS,

    AGRESIONES, PELEAS Y/O VANDALISMO.

    7.2.3 Actuaciones frente al MALTRATO INFANTIL.

    7.2.4 Actuaciones frente a la VIOLENCIA DE GÉNERO

    7.2.5 Actuaciones frente a AGRESIONES HACIA EL PROFESORADO Y/O PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

    7.2.6 Actuaciones frente a SITUACIONES PLANTEADAS EN LOS PUNTOS ANTERIORES, SI SE PRODUCEN FUERA DEL

    CENTRO.

    7.3 Protocolo de acompañamiento para garantizar el derecho a la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad.

    7.4 Protocolo de actuación para la acogida del alumnado recién llegado.

    8. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

  • 1.- INTRODUCCIÓN . La escuela es un lugar privilegiado de convivencia. Es un espacio de

    crecimiento, de encuentro, de aprendizaje, de experiencias compartidas, deconocimiento del resto y de descubrimiento del mundo. En la escuela, como en unmicrocosmo, se reproducen las situaciones conflictivas de la sociedad, perotambién las posibilidades de superación e integración que favorecen los ambienteseducativos. Es, sin duda, un taller insuperable donde aprender a convivir.

    Las noticias vinculan con frecuencia las palabras “violencia”, “acoso” y“fracaso” a la escuela. Frente a ellas, tenemos que hablar de prevención,motivación, comunicación, y mediadores, de objetivos, proyectos y experiencias, deprofesorado, alumnado y compañeros. Las nuevas situaciones que vive la escuelapueden ser foco de conflictos, pero son también oportunidades para aprender.

    El alumnado que crezca, aprenda y madure en un ambiente educativo desana convivencia, será ciudadano capaz de asumir las diferencias, respetar a losotros, dialogar y convivir. Este es el objetivo primordial de nuestro Centro,conseguir un clima de convivencia basado en el respeto y en la comunicaciónfluida, abierta y sincera entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Estereto debe ser para todos un principio básico.

    Así, por lo tanto, consideramos fundamental que se respire en nuestroCentro un clima de convivencia armónico, que sea facilitador del trabajo escolar,donde todos y todas se sientan seguros y respetados. Desde estos principiosbásicos tenderemos a proyectar en nuestro alumnado valores de respeto, noviolencia, justicia, solidaridad y democracia, con el fin de ofrecer un servicioeducativo de gran calidad.

  • 2.- BASE LEGAL.

    · Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.· Ley 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.· Ley 12/2008, de 3 de julio, de Protección Integral de la Infancia y

    Adolescencia de la Comunitat Valenciana.· Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Gobierno valenciano por el que se

    aprueba el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en laComunitat Valenciana.

    · Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en loscentros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobrelos derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras,profesorado y personal de administración y servicios.

    · Decreto 233/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el quese aprueba el Reglamento orgánico y funcional de infantil y primaria.(DOGV08/09/97)

    · Orden 1/2010, de 3 de mayo, de la Conselleria de Educación y de laConselleria de Bienestar Social para la comunicación de la situación aBienestar Social y a la Fiscalía de Menores

    · Orden 62/2014, de 28 de julio, de la Conselleria de Educación, Cultura yDeporte, por la que se actualiza la normativa que regula la elaboración delos planes de convivencia en los centros educativos de la ComunitatValenciana y se establecen los protocolos de actuación e intervención antesupuestos de violencia escolar.

    · Instrucciones de 14 de octubre de 2014, de la D.G.I.O. y P.L. sobre laactualización de los Planes de Convivencia en los centros educativos.

    · RRI del Centro.

  • 3.-COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

    La Comisión de Convivencia será quien dinamiza, revisa y actualiza el Plan deConvivencia, escuchando y recogiendo todas las iniciativas y sugerencias de todoslos sectores de la Comunidad Educativa.

    3.1.- Composición de la Comisión de Convivencia.

    · El/La Director/a, que será su presidente/a.· El/La Jefe/a de Estudios.· El/La Secretario/a del centro.· 2 maestros/as del Consejo Escolar.· El/La psicopedagogo/a siempre que el caso lo requiera.· 1 padres/madres del Consejo Escolar del aulario donde se dé el problema.

    3.2.- Competencias de la Comisión de Convivencia.

    · Garantizar una aplicación correcta de la legislación vigente en temas dederechos y deberes de alumnado.

    · Imponer las medidas correctoras previstas a las conductas contrarias a lasnormas de convivencia del Centro.

    · Velar por el cumplimiento efectivo de las medidas correctoras. · Asesorar al Director/a en determinados casos sobre la aplicación de

    medidas correctoras y sanciones. · Estudiar con urgencia los problemas que pudieran producirse y su

    resolución, así como la aplicación de correctivos.· Velar para que exista un clima de convivencia, disciplina y respeto en el

    Centro.· Estructurar cauces para apoyas las conductas y comportamientos que

    favorecen individual y/o colectivamente la convivencia en el centro.

    3.3.- Periodicidad de reuniones.

    Se reunirá una vez por trimestre de forma ordinaria, y extraordinaria cuandosea preciso. Elaborará un informe trimestral que deberá recoger las incidenciasproducidas en el período, las actuaciones llevadas a cabo y los resultadosconseguidos, y lo presentará al Consejo Escolar.

  • 4.- ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN INICIAL.

    4.1.- Características del centro y de su entorno.

    4.1.1 Situación geográficaEl Colegio Rural Agrupado “El Tejo” está situado en el interior de la provincia deValencia, en la comarca Requena-Utiel.

    Está formado por cuatro aularios, tres de ellos en pedanías de Requena (LosIsidros, Los Pedrones y Campo Arcís) y uno en la localidad limítrofe de Chera.

    4.1.2 Situación sociocultural.La actividad económica de las aldeas está basada casi exclusivamente en laagricultura, centrada en el monocultivo de la vid y algo de almendro. Lospadres/madres de los alumnos/as, aun cuando puedan tener otras profesiones,están vinculados de una u otra forma con la agricultura.

    Todas las aldeas presentan una problemática común muy marcada: El progresivodespoblamiento, únicamente paliado por la inmigración muy acusada en esta zona.

    Los servicios fundamentales de comercio, médicos, y culturales se localizan enRequena, siendo las actividades culturales en estas aldeas muy escasas.

    4.1.3. Infraestructura material, humana y de relación con la Comunidad.

    Es un centro de titularidad pública de la Generalitat Valenciana, el mantenimientodepende de los Ayuntamientos de Requena y Chera. El Colegio Rural Agrupado (en adelante CRA) “El Tejo” está formado por losaularios que se enumeran a continuación:

    · Aulario de Campo Arcís: 3 unidades (Educación Infantil y 2 EducaciónPrimaria)

    · Aulario de Chera: 2 unidades (Educación Infantil y Educación Primaria)· Aulario de Los Isidros: 3 unidades (Educación Infantil y dos de Educación

    Primaria)· Aulario de Los Pedrones: 2 unidades (1 unidad de Educación Infantil y 1

    unidad de Educación Primaria)

    Todos los colegios son incompletos. Es importante el carácter rural de las aldeas,pues afecta directamente a la realidad del centro.

    Los alumnos/as, en general, se desenvuelven en un ambiente desfavorableculturalmente debido a la escasez de oferta de actividades de este tipo. Por ello esnecesario un estrecho contacto familia-escuela, el desarrollo de actividadesculturales y una valoración en positivo de su entorno rural, aprovechando losrecursos que ofrece el contacto diario con la naturaleza.

  • Desde el punto de vista sociolingüístico, el C.R.A. se ubica en una zona depredominio lingüístico castellano-hablante, según el artículo 36 de la ley de uso yenseñanza del valenciano. No obstante, hay que resaltar en este aspecto, quedesde las escuelas se ha logrado la mínima exención del área de Valenciano.

    El alumnado está formado por niños entre tres y doce años, siendo los grupos decada edad reducidos. Los agrupamientos comprenden distintos niveles, ciclos yetapas en una sola aula, en función del número de unidades de cada aulario.

    La plantilla del CRA está formada por 19 maestros/as:4 de Ed. Infantil + uno apoyo con carácter itinerante6 de Ed. Primaria2 de Inglés1 de Ed. Musical1 de Ed. Física1 P.T.½ A.L.1 religión1 PAMEl centro cuenta, además, con un psicopedagogo perteneciente al S.P.E. V-17 consede en Utiel a tiempo parcial.Todos los especialistas son itinerantes.

  • 4.1.4. Análisis de las condiciones físicas de cada aulario.

    Hay que señalar que la dotación material de los aularios es la adecuada,mejorando y ampliando el material informático progresivamente.

    AULARIO DE CAMPO ARCÍS

    Consta de una unidad de Educación Infantil y dos de Primaria.El edificio, construido en 1995, consta de cuatro aulas, una sala de usos múltiples,un despacho, cuarto de material y los aseos. En el año 2007 se le anexionó unaparte del patio para crear dos pequeñas aulas utilizadas para logopedia, P.T. ydesdobles.El patio es espacioso y, aunque el Ayuntamiento renovó el firme hace unos años,ya está otra vez para arreglar. También hay una zona destinada a EducaciónInfantil.

    AULARIO DE LOS ISIDROSConsta de tres unidades, una de Educación Infantil y dos de Primaria.

    El edificio, reformado en el año 2003, consta de 3 aulas y aseos en la planta baja,además de un cuarto trastero en donde se guarda el material de Educación Física.En la zona del entresuelo existe un cuarto para material donde está lafotocopiadora y en la planta primera se ubican dos aulas que son utilizadas paradesdobles, Pedagogía Terapéutica y multiusos, unos aseos de maestros/as y undespacho.En lo referente a las zonas de recreo e instalaciones deportivas, cuenta con unpatio de Educación Infantil vallado y anexo a una pista polideportiva dondeencontramos dos canastas de minibasquet y dos porterías.

    AULARIO DE CHERAConsta de dos unidades, una de de Ed. Infantil, y una de primaria.Aunque durante años y/o cursos anteriores la docencia se impartía en dos edificios,uno que albergaba un aula de Educación Infantil y una de Educación Primaria, yotro con un aula de Primaria, encontrándose muy alejados el uno del otro; durante

  • el curso 2005/2006 hubo una reforma en uno de ellos quedándose como únicocentro de la localidad y en el que existe dos aulas, una de Educación Infantil y otrade Educación Primaria, una pequeña sala para pedagogía terapéutica y otra paraclases de inglés y música, con dos aseos y un pequeño despacho en el que existeun baño. Tiene construido un cuartillo anexo que se utiliza como almacén para el material deEducación Física.

    En cuanto a las instalaciones deportivas, la situación es bastante deficitariaya que el centro dispone de un pequeño patio que rodea el edificio, por lo que elmaestro de Educación Física tiene que desplazarse con los/las alumnos/as a laspistas polideportivas municipales, al frontón o a la plaza, con la consecuentepérdida de tiempo que esto supone y el riesgo que conlleva el traslado dealumnos/as por las calles del pueblo.

    AULARIO DE LOS PEDRONESEl edificio, construido a principio de los años 90, consta de dos aulas, aseos

    y un despacho, usándose éste también como aula para desdobles. Para guardar el material se utiliza un local cedido por la alcaldía junto a lapista polideportiva.

    Hay un espacio de patio muy amplio donde encontramos una pista de fútbolsala con las medidas reglamentarias con dos porterías y dos canastas, aunque esnecesaria una remodelación del mismo por su irregularidad en el pavimento. Elpatio es un espacio municipal compartido con otros edificios ajenos al centro.

    4.1.5 Relaciones con la comunidad educativa.

    AMPAS.

    Actualmente en el CRA existen cuatro AMPAS (una por aulario) de las cuales, sólodos están federadas. Dichas AMPAS colaboran al servicio de las necesidades delcentro, siempre que se les pide.

    4.1.6 Relación con las familias.

    La colaboración escuela - familia es fundamental para que la educación y el

  • aprendizaje del alumnado sea una tarea común y no esté suscrita solo al ámbitoescolar. Por esto, además de mantener las reuniones periódicas, existe, además,un cauce fluido hacia las familias.

    Las familias con alumnado con n.e.e. recibirán una información más pormenorizadade la evolución de sus hijos/as, así como de los procesos seguidos por el gabinetey equipo docente que son los que han detectado en ellos esta necesidad, peroademás se les informará del programa a seguir y regularmente de la evolución enla que se encuentran.

    La información y el contacto continuado e ininterrumpido es fundamental para quetodos los implicados en el proceso educativo conozcan todo lo que pasa en elcentro y la implicación familiar en este proceso, importantísimo para que elalumnado sienta que lo que hace y el esfuerzo que le dedica es importante encuando que también sus padres participan.

    Ahora bien, cada uno tiene un papel claro que desarrollar: el maestro/a planifica,programa, coordina, dirige, evalúa el proceso y propone y aplica los elementoscorrectores. La familia participa y colabora siguiendo las pautas del maestro/a.

    La relación y la información se da a través del boletín de inicio de curso, donde sepresenta una información general del curso: organigrama del centro, horarios,fechas de evaluación, calendario escolar, normas de convivencia... Para unainformación más personalizada, se dedica una hora semanal de tutoría en que eltutor/a convoca a los padres/madres para informarles de aquellos aspectos másrelevantes del alumnado a su cargo, en la que se establecen las líneas a seguir yse acuerdan los mecanismos correctores más convenientes.

    Se organizan además reuniones de gran grupo. Una, con carácter ordinario, alcomenzar el curso y otras extraordinarias para la organización de actividades.

    Otras formas de informar a los padres/madres y de mantener la comunicación conellos/as es a través del teléfono, del tablero de anuncios y los escritos queregularmente remiten los tutores y tutoras o el equipo directivo.

    4.1.7 Colaboración con los Ayuntamientos.

    Los Ayuntamientos son los organismos que colaboran en el mantenimiento denuestro centro. Pero no solo es misión de los Ayuntamientos esta responsabilidad.Como se ha apuntado en otro lugar, nos debemos sentir cada uno de nosotros unaparte importante de todo el proceso y cuidar el centro como una cosa nuestra paratransmitir esta idea a nuestro alumnado y que ellos se impliquen también enrespetar y tener cuidado de lo que es de todos.

    El Ayuntamiento de Requena colabora organizando una escuela de padres en losaularios de Campo Arcís y Los Isidros. También existe una comisión de absentismoque se reúne trimestralmente.

  • El ayuntamiento de Requena también propone actividades extraescolares, asícomo actividades culturales diversas: audiciones, exposiciones, teatro...

    Ambos ayuntamientos colaboran, en la medida de lo posible, económicamente parafacilitar la realización de estas actividades.

    4.2.- Situación de convivencia en el Centro.

    a. La situación actual de la convivencia en nuestro centro es buena y satisfactoriadentro de la normalidad.

    b. Los tipos de conflictos más frecuentes son:· Alteración en el aula: hablar a destiempo, alzarse sin permiso, hablar con

    los compañeros...· Distracción y falta de atención.· Olvido del material para desarrollo de la clase.· Pérdida de respeto entre iguales o a menores durante el patio.· Peleas entre compañeros.· Desobediencia a las órdenes educativas de los maestros.· Falta de respeto a los maestros o miembros de la comunidad educativa. · Deterioro intencionado de las dependencias del centro y del material de

    este.

    c. Sus causas, son:· Falta de motivación.· Llamadas de atención de forma global.· Dificultades de aprendizaje.· Falta de colaboración y/o implicación por parte de las familias: no revisan si

    llevan el material a clase, la agenda, etc.· Impulsividad, poca reflexión.· Falta de un referente de autoridad.· Falta de responsabilidad de la familia hacia el centro en casos puntuales.

    4.3.- Normas de convivencia del Centro.

    4.3.1. Normas que regulan la convivencia a la aula y en el Centro.

    - Asistir puntualmente a las clases y actividades docentes, respetando elhorario establecido.

    - No se permitirá la entrada al centro una vez iniciada la jornada escolar,salvo un tiempo prudencial de 15 minutos. Si algún alumno se retrasarapor un tiempo mayor y causa justificada, pasará por la puerta principalacompañado por el padre, madre o tutor.

    - No se puede traer al colegio objetos que puedan ser o resultar peligrosospara el alumno/a o sus compañeros (punzones, agujas, cerillas, navajas,

  • encendedores...)- No se permitirá ausentarse del centro en horario escolar a ningún

    alumno/a. Si los padres lo solicitaran se permitirá la salida del centrosiempre que venga algún familiar o persona responsable a recogerlo,acompañado del papel justificante.

    - Según el horario establecido, a la hora de salida escolar se cerrarán laspuertas del centro diez minutos después, así ningún alumno debequedarse dentro del centro. Excepto aquellos que por necesidadeseducativas deban permanecer siempre acompañados de un profesor/a, elcual se responsabilizará de los mismos y de la puerta principal en susalida.

    - No traer objetos que distraigan la atención del alumno y perturben lamarcha del aprendizaje ( móvil, máquina de juego...)

    - Respetar el Reglamento de Régimen Interno.

    4.3.2. Normas que regulan las relaciones con los compañeros y profesores.

    - Respetar el ejercicio de los derechos y libertades de los miembros de lacomunidad educativa.

    - La libertad de conciencia y las convicciones religiosas, ideológicas, éticaso morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos losmiembros de la comunidad educativa.

    - No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razónde nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia.

    - Evita que tus palabras, gestos o escritos puedan ofender a los demás.- Si te sientes agredido comunícalo a tu tutor; él intentará darte una

    solución. No intentes solucionar tus problemas con violencia, puesincurrirías en falta. Si tu tutor no te puede atender, dirígete al director o acualquier profesor del centro.

    - Tu corrección y limpieza te harán más fácil la convivencia con los demás.Procura venir aseado a clase y evita que puedas molestar a otros.

    - Todos lo profesores del centro están interesados en tu educación, por loque debes atender sus orientaciones en cualquier parte del colegio.

    4.3.3. Normas que regulan la actividad escolar y estancia en el Centro.

    En clase:- Realizar sus trabajos y presentarlos limpios y ordenados en el tiempo

    establecido.- Atender a las explicaciones del profesor. Si habiendo atendido, no se

    entiende algo, debes preguntar.- Traer el material necesario para la actividad que tiene que realizar.- Hacer su trabajo y dejar que los demás trabajen.- No abandonar su sitio sin causa justificada, sin pedir permiso.- En los trabajos en grupo, participar activamente.- Pedir la palabra, antes de hablar, respetando su turno.- Evitar las salidas innecesarias.- Procurar no hacer ruido y colaborar para que la clase esté siempre limpia

  • y ordenada. Cuidar el material.- Al salir de clase dejar ordenado y recogido su material y el común, que

    aunque es suyo, también es de los demás.- Al acabar la clase, situar las sillas sobre las mesas, para facilitar el

    trabajo de las personas que limpian.- Procurar mantener limpio y cuidado el mobiliario, las paredes y demás

    instalaciones del centro.- No “comer” chicles, pipas o similares.

    En pasillos y escaleras:- No quedarse en los pasillos más tiempo del necesario. Evitar las

    carreras.- Procurar hablar en voz baja.- No esperar a los hermanos y amigos en las puertas de las aulas. Es

    mejor quedar con ellos en el patio o en la puerta principal del centro.

    En los servicios:- Hacer uso de ellos en casos y tiempo estrictamente necesarios.- No convertirlos en lugares de reunión y tertulia.- Procurar que se conserven limpios y hacer buen uso del material.

    En los patios:- Los alumnos se dirigirán al patio a la hora del recreo y posterior

    autorización del maestro/a.- Durante el tiempo de recreo todos los alumnos permanecerán en el patio.

    Si algún alumno o grupo de alumnos tuviera que permanecer en otradependencia lo hará siempre acompañado por un maestro/aresponsable.

    - Durante el tiempo de recreo, en todas las zonas del mismo habrámaestros/as. Son los encargados de velar para que se cumplan lasnormas que facilitan la organización, la seguridad, la convivencia, y elesparcimiento. Debes informarles en cualquier incidencia que observes.

    - Ningún alumno puede abandonar el recinto del colegio sin la autorizaciónexpresa de su profesor- tutor salvo casos excepcionales.

    - En caso de tiempo lluvioso no se utilizarán los patios. Los alumnospermanecerán en las aulas, no en los pasillos), con un profesor.Cualquier tutor que considere necesario el salir al patio o estar en otradependencia con sus alumnos, podrá hacerlo.

    - El patio debe presentar un aspecto limpio. Para ello depositaremos lospapeles y desperdicios en las papeleras.

    - Utiliza correctamente las porterías. No saltar nunca la valla. Es una faltade civismo que desprestigia al que lo hace y puede resultar peligrosa.

    - Evitar los juegos que puedan resultar peligrosos para uno mismo y paralos demás.

    Otras dependencias escolares:- El grupo que utiliza estos lugares, tutor/ a, y alumnado, será el

    responsable de que los mismos se queden en perfecto estado, evitandocualquier cosa que suponga ruptura de material, suciedad, ...

  • 4.3.4. Normas que regulan la realización de actividades fuera del Centro.

    Además de las normas anteriormente especificadas, en lasactividades complementarias y extraescolares se contemplarán las siguientesnormas:

    · Observar un comportamiento correcto con las personas e instalacionesdel lugar que se visita.

    · El alumnado permanecerá en grupo a lo largo de la visita.· El alumnado cumplirá el horario establecido para el desarrollo de la

    actividad· Durante el trayecto en el autobús u otro medio de transporte, se

    cumplirán las normas en todo momento. El comportamiento de losalumnos deberá ser correcto, fundamentalmente por motivos deseguridad.

  • 5.- OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN DECONVIVENCIA.

    - Elaborar e implantar el Plan de Convivencia del Centro.- Fomentar la convivencia, aprender a resolver los conflictos de forma no

    violenta y prevenir la violencia mediante un plan integral de actuación.- Proponer, para el Centro, un modelo global de educación en la convivencia o

    de educación en la resolución de conflictos.- Identificar posibles áreas de intervención relacionadas con la educación en

    la convivencia y presentar los proyectos o programas que implican un modelo global, para su diseño y puesta en práctica.

    - Poner en marcha un Plan de Convivencia integral o global, que implica: educar para la convivencia o para resolver los conflictos de forma no violenta; prevenir las situaciones conflictivas; resolver pacíficamente aquellos conflictos que puedan producirse; tratar y rehabilitar al alumnado con un comportamiento desajustado; disponer de un modelo de actuación respecto al alumnado que presenta alteraciones conductuales que dificultan levemente la convivencia escolar, que dificultan gravemente la convivencia escolar o ante situaciones de posible acoso escolar.

    5.1. Criterios referidos a la elaboración, aprobación y aplicación del Plan deConvivencia.

    - El Plan de Convivencia es responsabilidad de todos los miembros de lacomunidad educativa en el ámbito de sus competencias y su desarrollo se llevará acabo bajo la coordinación del/de la Jefe/a de Estudios.- En la escuela de Educación Infantil y colegios de Educación Primaria se realizarápor el claustro, que elaborará y se responsabilizará de su redacción de acuerdo conlas directrices establecidas por el Consejo Escolar y con las propuestas realizadaspor la asociación de padres y madres de alumnos.-El director o directora del Centro, en el ámbito de sus competencias, favorecerála convivencia y resolverá los posibles conflictos, en cumplimiento de los criteriosfijados en el reglamento de Régimen Interior del Centro y de acuerdo con este Plande Convivencia.

    5.2. Criterios referidos a la coordinación con otros instrumentos del Centro.

    - El Plan de Convivencia forma parte del Proyecto Educativo del Centro y deberáser coherente con los restantes documentos de planificación del Centro.- En el Proyecto Educativo del Centro se incluirán las intenciones y los fineseducativos que orientan el Plan de Convivencia y el Reglamento de RégimenInterior.- En la Programación General Anual se incluirán las actuaciones previstas en elPlan de Convivencia para cada curso académico.- Los Proyectos Curriculares de Etapa incluirán criterios y procedimientos para laprevención y promoción de la convivencia, referidos a los diferentes apartados del

  • Plan de Convivencia. La educación para la convivencia, como parte integrante de lafunción docente, se desarrollará en todas las áreas y materiales del currículo.- Figurará en el Plan de Acción Tutorial, que prestará especial atención a laeducación en la convivencia y a la mediación de conflictos. Será el tutor o tutoracorrespondiente el mayor responsable en la aplicación del Plan de Convivencia.

    5.3. Criterios referidos al seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia.

    El seguimiento del Plan de Convivencia corresponde a la Comisión de Convivenciadel Consejo Escolar (En los Decretos 233/1997 y 234/1997, artículos 61 y 65respectivamente; se dice que en seno del Consejo Escolar del Centro seconstituirá, entre otras, la Comisión de Convivencia, estará compuesta al menospor el director o directora, dos maestros/as y un padre o madre de entre losmiembros del Consejo Escolar, del aulario correspondiente al problema, quienrealizará el seguimiento del Plan de Convivencia y elaborará trimestralmente uninforme que recoja las incidencias producidas en dicho período, las actuacionesllevadas a cabo, los resultados conseguidos y la propuesta de mejora que estimepertinentes.

    El Plan de Convivencia será evaluado por el Consejo Escolar del Centro. ElConsejo Escolar, a la vista de los informes elaborados por la Comisión deConvivencia, evaluará el Plan de Convivencia del Centro y remitirá las conclusionesde dicha evaluación a la Dirección Territorial de Cultura, Educación y Deportecorrespondiente.

    5.4. Criterios referidos a los procedimientos y modelos de actuación.

    Elaborar un Plan de Convivencia, como modelo de actuación planificada, quecontemplará la estructura siguiente, con las correspondientes acciones a aplicar:

    a) Plan de actuación para educar en la convivencia o en resolución deconflictos escolares, en el cual aparezcan los procedimientos de actuaciónorientados a la prevención y a conseguir un adecuado clima en el Centro.

    b) Modelo de actuación respecto del alumnado que presentaalteraciones conductuales que dificultan levemente la convivencia escolar.

    c) Modelo de actuación respecto del alumnado que presentaalteraciones conductuales que dificultan gravemente la convivencia escolar.

    d) Modelo de actuación ante situaciones de posible acoso escolar obullying.

  • 6.- ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

    OBJETIVOS ACTIVIDADES RESPONSABLES RECURSOS TEMPORALIZACIÓN EVALUACIÓNPoner el marcha el Plan deconvivencia anual

    Reuniones de trabajo de loscoordinadores y tutores.Información Comunidad Educativa.

    Equipo DirectivoCoordinadoresTutores

    Plan de convivencia. A partir de septiembre

    Dar a conocer el Plan deConvivencia al alumnado.

    Conocimiento de las normas deconvivencia que van a regir en la aulay en el Centro de ahora en adelante.

    Equipo DirectivoTutores/as

    RRIPlan de Convivencia

    A partir de septiembre

    Dar a conocer el Plan deConvivencia a las familias delalumnado.

    Reuniones familias y tutores.Reuniones individuales.

    Equipo DirectivoTutores Guión desarrollo entrevista.

    A partir de septiembre Al finalizar la actividad

    Concienciar la Comunidad educativa de que su colaboración y participación esnecesaria para el desarrollo deuna buena convivencia en el centro.

    Reuniones informativas padres/madres y tutores.Tutorías individuales con el alumnado.Se abordará a lo largo de cualquieraincidencia puntual que afecte a laconvivencia del centro.

    TutoresEquipo directivo

    Normas de convivenciaDocumentaciónRRI

    A lo largo de todo el curso Final de curso

    Continuar el contacto entrealumnos de diferentes aularioscon diferentes actividades.

    Salidas culturales.Actividades conjuntas de centro.

    Tutores/asClaustro

    Material escolar.Dependencias del centro.

    A lo largo del curso Al finalizar la actividad

    Trabajar habilidades sociales,inteligencia emocional yresolución de conflictos

    Sesiones programadas para el curso Claustro Programacionestemas transversales.Otros materiales.

    A lo largo del curso Final de curso.

    Revisar el Plan de convivencia Reuniones de trabajo periódicas Claustro Orden 62/2014, de 28 de julio,de la Consellería de Educación,

    Al inicio de cada curso escolar Al final de cada curso escolar

  • 7.- ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN: PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE ACTUACIÓN.

    A efectos de graduar las medidas correctoras y las sanciones se tendrán encuenta las siguientes circunstancias:

    · Circunstancias atenuantes: - El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.- La no comisión con anterioridad de acciones contrarias a las normas de

    convivencia.- La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del

    desarrollo de las actividades del centro.- El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.- La falta de intencionalidad.- El carácter ocasional del acto en la conducta y comportamiento habitual.- La provocación suficiente.

    · Circunstancias agravantes:- La premeditación.- La reiteración.- Cualquier conducta discriminatoria por razón de nacimiento, raza, sexo,

    cultura, lengua, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, por discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas, cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

    - Cuando la sustracción, agresión, injuria u ofensa se realice contra quien se halle en situación de inferior edad, minusvalía, reciente incorporación alcentro o situación de indefensión.

    - La publicidad, incluyendo la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

    - La realización en grupo o con intención de ampararse en el anonimato.

    7.1 ACTUACIÓN CON RESPECTO AL ALUMNADO QUE PRESENTACONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.

    En el R.R.I. de nuestro centro aparecen descritas qué conductas se considerancontrarias a las normas de convivencia (Punto VIII – apartado 1).

    7.1.1 Actuaciones iniciales.

    Delante de una situación de conducta contraria a las normas deconvivencia se pondrán en marcha las siguientes actuaciones:

    a. Comunicación de la situación: Se pondrá en conocimiento delprofesor/a-tutor/a y del Equipo Directivo la conducta disruptiva detectada.b. Recogida de información: Se recogerá toda la información respeto alhecho o hechos sucedidosc. Información a la familia: Se pondrá en conocimiento de la familia del

  • alumnado la situación, a la que también se le informará de la medidadisciplinaria que se le impondrá al alumnado, de tal forma que esteperciba que su familia y la escuela están de acuerdo.

    d. Pronóstico inicial: En el caso de que las alteraciones seancontinuadas y/o graves, se iniciará una recogida de información paraanalizar las causas de la mencionada conducta.

    · Disfunciones en el proceso de E/A.· Situaciones de tipo familiar, socioambiental, etc.· Algún tipo de circunstancia personal que afecto al

    comportamiento.e. Propuesta de medidas y/o actuacion: Decidir el tipo de medidacorrectora a aplicar de acuerdo con el RRI.

    7.2. ACTUACIÓN CON RESPECTO AL ALUMNADO QUE PRESENTACONDUCTAS QUE DIFICULTAN GRAVEMENTE O MUY GRAVEMENTE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

    7.2.1. Actuaciones frente a una situación de ACOSO ESCOLAR OCIBERACOSO.

    En el caso de detectarse la sospecha de algún caso de acoso o ciberacosoentre el alumnado, se procederá de la siguiente manera (Orden 62/2014, de 28 dejulio):

    A. Detectar y comunicar la situación.Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o

    sospechas de una situación de acoso o ciberacoso sobre algún alumno o alumna locomunicará a un profesor o profesora, al tutor o la tutora o al equipo directivo. Encualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará alequipo directivo.

    B. Primeras actuaciones.a) Equipo directivo.

    El equipo directivo se pondrá en contacto con el tutor o tutora del alumno o alumnaafectados y, asesorados por los servicios psicopedagógicos escolares, eldepartamento de orientación, el gabinete municipal autorizado o el personal quetenga atribuidas las funciones de asesoramiento en el centro, recogerá lainformación para analizar y valorar la intervención que proceda.

    b) El equipo de intervención.El equipo de intervención planificará de forma rápida los recursos personales,materiales y organizativos, el momento y el lugar de reunión con los agresores, lavíctima y los espectadores, siempre que sean alumnos del centro.

  • c) En el ciberacoso es importante tener información de la intensidad, difusióny características del medio o dispositivo utilizado. Si existen pruebas físicas, estashan de conservarse (impresión pantalla, copia SMS), sin lesionar los derechos detoda persona y respetando la confidencialidad de las actuaciones.

    C. Medidas de urgencia.

    a) Aumentar la supervisión y vigilancia del profesorado y personal del centrodurante los descansos, recreos, comedor, baños, vestuarios, entradas y salidas delcentro.

    b) Avisar a las familias de la víctima, y del acosador o acosadores.

    c) Explicarle al alumno acosado todas y cada una de las medidas que setomarán para darle seguridad.

    d) En caso de ciberacoso, indicar al alumno, si es el caso, que debe cambiarcontraseñas y revisar las medidas de privacidad. Se insistirá en que no hagandesaparecer las pruebas físicas de que dispongan.

    e) Se pedirá al alumno acosado que comunique a un adulto cualquier insulto,ofensa, o agresión que reciba y se le ofrecerán los mecanismos y vías para que lohaga con la mayor discreción posible.

    f) Una vez oído al alumno acosador y analizada la situación, la dirección delcentro le aplicará las medidas cautelares que considere necesarias, a través delprocedimiento disciplinario, según el Decreto 39/2008.

    g) Valorada la situación, la dirección del centro decidirá aplicar o no lasmedidas educativas correctoras y/o disciplinarias y, si procede, se iniciará elprocedimiento de apertura de expediente disciplinario, según el Decreto 39/2008, de4 de abril.

    D. Comunicación de la incidencia.

    a) La dirección del centro informará de la situación y del plan de intervencióna la comisión de convivencia.

    b) La dirección del centro realizará la comunicación al Registro Central y a laInspección Educativa.

    c) Si la situación se agrava, o sobrepasa la capacidad de actuación del centro,se debe informar a la Inspección para que, si lo estima oportuno, solicite elasesoramiento y/o intervención de la Unidad de Atención e Intervención del PREVIde la dirección territorial corres pondiente. La Inspección Educativa decidirá sobre lanecesidad y tipo de intervención.

    E. Comunicación a familias y/o representantes legales de todos los

  • implicados.a) La dirección del centro realizará las entrevistas necesarias,

    preferentemente de forma individual.

    b) La dirección del centro informará a las familias de los alumnos implicadosen el conflicto de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como lasmedidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, nivel ocentro educativo.

    c) Según la gravedad del caso, la dirección del centro comunicará a la familiade la víctima la conveniencia o no de realizar denuncia a las Fuerzas de Seguridaddel Estado.

    d) Tal como consta en el Decreto 39/2008, artículo 41, en aquellos supuestosreincidentes y en los casos en que el centro reclame la implicación directa de lospadres, madres, tutores o tutoras del alumno o alumna y estos la rechacen, laAdministración educativa, si considerara que esta conducta causa grave daño alproceso educativo de su hijo o hija, lo comunicará a las instituciones públicascompetentes por motivo de desprotección, previo informe a la Inspección Educativa.

    F. Seguimiento del caso por parte de las unidades de atención e intervención y de la inspección del centro. La Inspección y las unidades de atención e intervención de las direccionesterritoriales colaborarán con el la dirección del centro en el seguimiento del caso enque hayan intervenido.

    G. Definir medidas de tratamiento individualizado con la víctima, el agresor o agresores y de sensibilización con observadores, las familias y el resto del alumnado a) Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean deaplicación en el centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnadoen conflicto. Deberán garantizar el tratamiento individualizado tanto de la víctima, dela persona o personas agresoras como del alumnado espectador, e incluiractuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado.

    b) Con carácter orientativo, en la web de la Conselleria de Educación, Culturay Deporte, se propondrán medidas y actuaciones para trabajar el acoso escolar ensus diferentes tipologías. Enlace página web http://www.cece.gva.es/eva/es/previ.htm›.

    7.2.2. Actuaciones frente a conductas que alteran la convivencia de formagrave y reincidente: INSULTOS, AMENAZAS, AGRESIONES, PELEAS Y/OVANDALISMO

  • A) Procedimiento de intervención en general

    1. Detectar y comunicar la situación.

    Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento uobserve una situación de conductas disruptivas muy graves, insultos, amenazas,agresiones, peleas y/o vandalismo sobre algún alumno o alumna, o sobre elcentro y sus instalaciones, tratará de conocer los hechos y la situación y lacomunicará a la dirección del centro.

    2. Primeras actuaciones.

    a) La dirección recogerá y analizará la información, tomando las medidas queconsidere necesarias.

    b) La dirección del centro, o la persona en quien se delegue, comunicará laincidencia producida a las familias y les informará de la situación.

    3. Medidas de intervención general.

    Medidas educativas correctoras y/o disciplinarias.Las alteraciones de conducta muy graves, insultos, amenazas, agresiones,

    peleas entre alumnos o alumnas, o acciones de vandalismo sobre el centro y susinstalaciones se consideran conductas perjudiciales para la convivencia delcentro y por tanto se actuará aplicando medidas educativas correctoras y/odisciplinares, según el Decreto 39/2008, de 4 de abril. Medidas y acciones queestarán especificadas en el reglamento de régimen interior del centro.

    La dirección del centro, recogida la información y oída la comisión deconvivencia, categorizará el tipo de incidencia y propondrá medidas correctoras y/odisciplinarias, que tendrán un carácter educativo y recuperador de la convivencia enel centro.

    a) Si se proponen medidas educativas correctoras para alguna de lasconductas tipificadas en el artículo 35 del Decreto 39/2008, de 4 de abril, seajustarán al artículo 36 del mismo decreto.

    b) Si se proponen medidas educativas disciplinarias, por alguna de lasconductas tipificadas en el artículo 42 del Decreto 39/2008, se ajustarán al artículo43 del Decreto.

    4. Medidas de apoyo.

    La dirección del centro, si lo considera conveniente, podrá solicitar otrasmedidas de apoyo y colaboración externas y recurrir a los servicio de otrasadministraciones e instituciones: entre otras, los servicios sociales municipales,servicios especializados de atención a la familia y la infancia (en adelante SEAFI),las unidades de prevención comunitarias (en adelante UPC), las unidades de

  • conductas adictivas (en adelante UCA), así como los centros de salud. En estoscasos, se planificará la intervención conjunta con todas las instituciones que esténimplicadas.

    B) Procedimiento de intervención específico

    1. Detectar y comunicar.Ante un incidente grave provocado por un alumno que presenta una

    alteración grave de la conducta, si es posible y siempre que no estemos a cargo deotro u otros alumnos, se le acompañará a la zona de despachos. Se informará aldirector del centro, jefe de estudios o al personal de los servicios psicopedagógicosescolares, al departamento de orientación, gabinete municipal autorizado o personalque tenga atribuidas las funciones de asesoramiento en el centro. Siempre que seaposible, el alumno quedará bajo la supervisión de un adulto.

    2. Intervención de urgencia. Si la situación de crisis continua, se llamará en primer lugar a la familia paraque acudan al centro. En caso de no obtener respuesta de la familia y en lossupuestos de peligro grave e inminente, se llamará al 112 para solicitar ayuda.

    3. Medidas de intervención específicas. a) Comunicación de la intervención a la familia. La dirección del centro, o lapersona en quien se delegue, comunicará la realización y/o revisión de la evaluaciónsocio-psicopedagógica del alumno/a.

    b) Recogida y análisis de información. El equipo directivo, junto con el tutor otutora del alumno, el equipo de profesores y el personal de los serviciospsicopedagógicos escolares, el departamento de orientación, gabinete municipalautorizado o personal que tenga atribuidas las funciones de asesoramiento en elcentro, recopilará información sobre la intensidad, duración, frecuencia y contextoen el que aparecen estas conductas en el alumno.

    c) Evaluación psicopedagógica. Se realizará y/o revisará la evaluación socio-psicopedagógica. En ella deberá constar la planificación de la intervención, laorganización de los apoyos y las coordinaciones externas necesarias.

    d) Solicitud de medidas de apoyo. La dirección del centro podrá solicitarmedidas de apoyo y colaboración externas al centro; entre otras, con los serviciossociales municipales, el SEAFI, la UPC, la UCA, los centros de salud, la unidad desalud mental infantil y juvenil (en adelante USMIJ), con centros hospitalarios y/oasociaciones especializadas.

    e) Recursos complementarios. La dirección del centro podrá, además,solicitar recursos extraordinarios en la convocatoria anual de recursos personalescomplementarios de Educación Especial que quedan reguladas en la Orden del 16de julio de 2001 (DOGV 4087, 17.09.2001) en Educación Infantil y Primaria, y en laOrden del 14 demarzo de 2005 (DOGV 4985, 14.04.2005) en EducaciónSecundaria.

    f) Medidas educativas correctoras y/o disciplinarias. La dirección del centroanalizada la situación y valorado el plan de intervención propuesto para el alumno/a,

  • aplicará las medidas correctoras y/o disciplinarias que estime convenientes,respetando cuanto se regula en el Decreto 39/2008, de 4 de abril.

    C) Comunicación de la incidencias

    a) La dirección del centro informará de la situación y del plan de intervencióna la comisión de convivencia.

    b) La dirección del centro realizará la comunicación al Registro Central y a laInspección Educativa.

    c) Si la situación se agravara o sobrepasara la capacidad de actuación delcentro, se deberá informar a la Inspección para que, si lo estima oportuno, solicite elasesoramiento y/o intervención de la Unidad de Atención e Intervención del PREVI,de la dirección territorial correspondiente.

    D) Comunicación a familias y representantes legales de todos los implicados

    a) Se informará a las familias de los implicados de las medidas y actuacionesde carácter individual adoptadas, así como de las de carácter organizativo ypreventivo propuestas para el grupo, nivel y centro educativo. Preservando laconfidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.

    b) Todas las medidas correctoras y/o disciplinarias previstas en los artículos36 y 43 del Decreto 39/2008, de 4 de abril, deberán ser comunicadas formalmente alos padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos menores de edad.

    c) Tal como consta en el Decreto 39/2008, artículo 41, en aquellos supuestosreincidentes y en los casos en que el centro reclame la implicación directa de lospadres, madres, tutores o tutoras del alumno o la alumna y estos la rechacen, laAdministración educativa, si considerara que esta conducta causa grave daño alproceso educativo de su hijo o hija, lo comunicará a las instituciones públicascompetentes por motivo de desprotección, previo informe a la Inspección Educativa.

    7.2.3. Actuaciones frente al MALTRATO INFANTIL

    A) Gravedad y toma de decisiones

    La valoración de urgencia de la situación estará determinada por la gravedad delsuceso observado y por la probabilidad de que vuelva a repetirse (nivel de riesgo) sino se toman las medidas de protección oportunas.

    Un caso será grave si corre peligro la integridad física o psicológica del menor(existencia de palizas, castigos físicos fuertes, sospecha de abuso sexual, etc.), si

  • el niño es un bebé o tiene menos de cinco años, o si padece una minusvalía que leimpide autoprotegerse o pedir ayuda.

    La urgencia determinará el tipo de actuación del profesional de la educación, elprotocolo a poner en marcha y la prioridad de la misma. La evaluación exhaustivacorresponde a los servicios sociales o al servicio de protección de menores.

    B) Protocolo de actuación ante una situación observada de malos tratos y desprotección del menor.

    1. Identificación.Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechasde una situación de maltrato infantil lo pondrá en conocimiento del equipo directivo.

    2. Actuaciones inmediatas.Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora delalumno o alumna afectado y el personal de los servicios psicopedagógicosescolares, el departamento de orientación, gabinete municipal autorizado o personalque tenga atribuidas las funciones de asesoramiento en el centro, para recopilarinformación, analizarla y valorar la intervención que proceda.

    3. Notificación.El equipo educativo cumplimentará la hoja de notificación que aparece en la Orden1/2010, de 3 de mayo, de la Consellería de Educación y la Consellería de BienestarSocial. El equipo directivo podrá pedir el asesoramiento del personal de los serviciospsicopedagógicos escolares o del personal que tenga atribuidas las funciones deasesoramiento educativo.

    4. Comunicación de la situación.a) La dirección del centro enviará el original de la hoja de notificación a los

    servicios sociales municipales de la localidad donde reside el menor, archivará unacopia en el expediente del alumno/a y remitirá otra copia a la dirección generalcompetente en materia de protección de menores, de la Consellería de BienestarSocial.

    b) La dirección del centro realizará la comunicación al Registro Central y a laInspección Educativa.

    c) Si la situación se agravara y sobrepasara la capacidad de actuación delcentro, se deberá informar a la Inspección Educativa, quien solicitará elasesoramiento o la intervención de la unidad de atención e intervención (UAI) de ladirección territorial correspondiente. La Inspección Educativa decidirá sobre lanecesidad y tipo de intervención.

    d) La comunicación a la familia se realizará una vez se haya informado a lasautoridades competentes y la realizará la dirección del centro.

    D) Procedimiento de urgencia.

  • 1. Ante un alumno que presente lesiones físicas, grave negligencia o abuso sexual,un miembro del equipo directivo o personal docente en quien se delegue, leacompañará al centro de salud o a los servicios de urgencia del hospital máspróximo.

    2. La dirección comunicará la situación de urgencia a la policía local, a laConsellería de Bienestar Social y a la Fiscalía de Menores. Para la comunicación seutilizará:–La hoja de notificación que aparece en la Orden 1/2010, de 3 de mayo, de laConsellería de Educación y de la Consellería de Bienestar Social. Para lacomunicación a la autoridad judicial y al ministerio fiscal, se utilizará el modelo quese encuentra en el anexo VII de esta orden.

    3. La dirección del centro realizará la comunicación al Registro Central y a laInspección Educativa para que, si lo estima oportuno, solicite el asesoramiento y/ointervención de la unidad de atención e intervención (UAI) de la dirección territorialcorrespondiente. La Inspección Educativa decidirá sobre la necesidad y tipo deintervención. Enlace página web de Bienestar Social:‹http://www.bsocial.gva.es/web/menor›

    7.2.4. Actuaciones frente a la VIOLENCIA DE GÉNERO

    A. Identificación.

    Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechasde casos de violencia de género lo notificará a la dirección del centro.

    a) Recogida de información. Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivocon el tutor o tutora del alumno o alumna afectado, con los serviciospsicopedagógicos escolares o del personal que tenga atribuidas las funciones deasesoramiento educativo, para recopilar información, analizarla y valorar laintervención que proceda.b) Actuación. En los supuestos de peligro grave e inminente y si la situación lorequiere, se llamará al 112 y trasladará a la persona agredida al hospital dereferencia. La dirección del centro, podrá solicitar medidas de apoyo y colaboraciónexternas al centro. Si se considerara necesario se establecerá comunicación con elSEAFI, los centros de salud, la unidad de salud mental infantil y juvenil (USMIJ), loshospitales más próximos, o los centros de acogida y entidades especializadas.c) Aplicación de medidas disciplinarias. En el caso de que las personas agresorassean alumnos del centro, oída la comisión de convivencia, se actuará según seregula en el Decreto 39/2008, de 4 de abril, artículos del 42 al 49.

    B. Comunicación de la situación.

  • a) La dirección del centro informará de la situación y del plan de intervención a lacomisión de convivencia.b) En el caso de que la incidencia pudiera ser constitutiva de delito o falta penal, ladirección del centro lo comunicará por fax al ministerio fiscal. Para ello utilizará elanexo VII de la presente orden. Esta comunicación irá dirigida a la sala de laFiscalía que corresponda:

    · Si el agresor o la víctima son menores, se dirigirá a la Fiscalía de Menores. · Si el agresor o agresores son mayores de edad y la víctima menor de edad,

    se dirigirá a la Fiscalía de Violencia de Género.· Si el agresor o agresores y las víctimas son mayores de edad, se dirigirá a

    Fiscalía de Violencia de Género.

    c) La dirección del centro realizará la comunicación al Registro Central y a laInspección Educativa y podrá solicitar el asesoramiento o la intervención de launidad de atención e intervención (UAI) de la dirección territorial correspondiente. LaInspección Educativa decidirá sobre la necesidad y tipo de intervención.

    C. Comunicación a familias y representantes legales de todos los implicados.

    a) La dirección informará a las familias de los implicados del hecho de violencia, yde las medidas y acciones adoptadas.b) Según la gravedad del caso, la dirección del centro comunicará a la familia de lavíctima la conveniencia de realizar denuncia a las fuerzas de seguridad.c) Tal como consta en el Decreto 39/2008, artículo 41, en aquellos supuestosreincidentes y en los casos en que el centro reclame la implicación directa de lospadres, madres, tutores o tutoras del alumno o la alumna y estos la rechacen, laAdministración educativa, si considera que esta conducta causa grave daño alproceso educativo de su hijo o hija, lo comunicará a las instituciones públicascompetentes por motivo de desprotección, previo informe a la Inspección Educativa.

    D. Seguimiento del caso por parte de las unidades de atención e intervención y de la Inspección del centro.

    La Inspección y las unidades de atención e intervención de las direccionesterritoriales colaborarán con la dirección del centro en el seguimiento de los casosen que hayan intervenido.

    7.2.5. Actuaciones frente a AGRESIONES HACIA EL PROFESORADO Y/OPERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

  • A. Detección y comunicación de la incidencia.

    a) Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento deuna agresión que tenga por objeto al personal docente, al de administración o al deservicios tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de la dirección del centro.

    b) Asimismo, si los hechos pudieran ser constitutivos de delito o falta, objetode la agresión, presentará una denuncia ante el ministerio fiscal, el juzgado deguardia o en cualquier dependencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad delEstado.

    c) El profesorado o personal de administración y servicios, si así lo estimaoportuno, solicitará la asistencia jurídica de la Abogacía General de la GeneralitatValenciana, tal como se dispone en el artículo 7 de la Ley 15/2010, de 3 dediciembre, de la Generalitat, para que ejerza las acciones legales que correspondan.La solicitud será remitida por la dirección del centro. Se enviará a la direcciónterritorial, donde el inspector/a de zona elaborará un informe y toda ladocumentación se trasladará al secretario territorial que da el visto bueno, que loelevará a la Dirección General de Personal Docente de la Consellería de Educación,Cultura y Deporte.

    d) La solicitud de asistencia jurídica contendrá la siguiente información: datospersonales del interesado, un teléfono de contacto, un relato de los hechos, cuantoselementos de prueba se dispongan y que sirvan para confirmar aquellos, con cita detestigos y, si es posible, de sus testimonios. Asimismo, irá acompañada de ladenuncia presentada, del parte de asistencia médica, en el caso de que exista, y deun certificado de la dirección que confirme si los hechos denunciados estánrelacionados con el ejercicio de la función o cargo del solicitante.

    e) El director o directora notificará inmediatamente el hecho denunciado a laInspección Educativa y lo comunicará al Registro Central del PREVI.

    f) La dirección del centro realizará todos los trámites previstos en esteprotocolo con la máxima celeridad.

    B. Intervención de la Dirección General de Personal.

    La Dirección General de Personal Docente, a la vista de la documentación remitidapor el solicitante de asistencia jurídica, emitirá, como superior jerárquico, el informea que se refiere el artículo 11.2 de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de AsistenciaJurídica a la Generalitat. Dicho informe indicará si se cumplen los requisitosprevistos en la citada ley para que el solicitante pueda recibir la asistencia de laAbogacía General de la Generalitat Valenciana. La dirección general dará trasladode todo lo actuado y realizará las actuaciones complementarias que considerenecesarias.

  • C. Resolución.

    El abogado general de la Generalitat, de conformidad con lo dispuesto en el artículo11.2 de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de Asistencia Jurídica a la Generalitat,tomará el acuerdo que corresponda y se lo comunicará al interesado.

    La facultad concedida al interesado por este artículo no menoscaba su derecho adesignar abogado que le asista o a solicitar que este le sea designado de oficio,según el artículo 12.3 de la citada Ley 10/2005.

    7.2.6. Actuaciones frente a SITUACIONES PLANTEADAS EN LOS PUNTOSANTERIORES, SI SE PRODUCEN FUERA DEL CENTRO.

    A. Actuaciones en general

    Según se recoge en el artículo 28 del Decreto 39/2008, de 4 de abril, se aplicaránde forma general los protocolos de acoso y ciberacoso escolar, conductas quealteran la convivencia de forma grave y reincidente: insultos, amenazas, agresiones,peleas y/o vandalismo, maltrato infantil y violencia de género, si estas situaciones seproduce fuera del centro, en actividades extraescolares o complementarias, y en lasllevadas a cabo fuera del recinto escolar pero que estén motivadas o directamenterelacionadas con la vida escolar. Será tratada según el reglamento de régimeninterno de cada centro.

    B. Actuación ante una situación de violencia de género fuera del centro.

    1. En el caso de violencia de género fuera del centro, se seguirá losprocedimientos del anexo IV de esta orden. En este caso, si la persona que padecela agresión es menor y se considera que existe desprotección, se podrá utilizar lahoja de notificación y el procedimiento de la Orden 1/2010, de 3 de mayo, de laConsellería de Educación y de la Consellería de Bienestar Social para lacomunicación de la situación a Bienestar Social y a Fiscalía de Menores.

    2. Ante la situación descrita en el punto anterior, la comunicación a la familiase realizará unicamente con posterioridad a las actuaciones que se recogen en losapartados 2.b y 2.c del anexo IV de la orden 62/2014, con los que se informa a lasautoridades competentes.

    C. Procedimiento ante actos vandálicos, agresiones, peleas, consumo

  • y tráfico de sustancias perjudiciales para la salud, en el entorno escolar.

    El acuerdo de colaboración para la mejora de la convivencia y de la seguridadescolar entre la Consellería de Educación, Cultura y Deporte y la Delegación delGobierno en la Comunitat Valenciana seguirá el siguiente procedimiento: a) La dirección del centro realizará la comunicación de la situación de agresión,peleas y/o vandalismo a las Fuerzas de Seguridad del Estado que seancompetentes.

    b) Cuando se produzca una situación de conflicto que esté relacionada conproblemas de convivencia o atente contra personas o instalaciones, en lasproximidades del centro escolar, el equipo directivo, recogerá las incidencias en laficha del entorno escolar, disponible en:‹http://www.cece.gva.es/eva/docs/convivencia/entorn_escolar.pdf› y la remitirá a laDirección General de Ordenación, Innovación y Política Lingüística, de laConsellería de Educación, Cultura y Deporte, o en su caso a quien tenga laatribución de competencias en materia de convivencia, por correo electrónico‹[email protected]›.

    c) La Dirección General de Ordenación, Innovación y Política Lingüística remitirá elinforme a la Delegación del Gobierno, a través del Área de la Alta Inspección deEducación. En el acuerdo de colaboración citado, la Delegación del Gobierno en laComunitat Valenciana se compromete a informar a la dirección general que haoriginado la comunicación de las acciones que se hayan realizado en relación con elincidente.

    d) La Dirección General de Ordenación, Innovación y Política Lingüística informaráal centro interesado y a la respectiva dirección territorial de Educación acerca de loscasos comunicados a la Delegación de Gobierno. En caso de no haberse realizadoninguna comunicación de incidencias, la misma dirección general informará tambiénde esta circunstancia.

    7.3 PROTOCOLO DE ACOMPAÑAMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHOA LA IDENTIDAD DE GÉNERO, LA EXPRESIÓN DE GÉNERO Y LAINTERSEXUALIDAD.

    Tal y como recoge la Instrucción del 15 de diciembre de 2016, del directorgeneral de Política Educativa, resulta una necesidad ineludible promover una mejorpercepción y conocimiento de esta diversidad para consolidar un modelo de escuelainclusiva.

    Responsabilidades: todas las personas del claustro tienen la obligación deintervenir ante cualquier conducta negativa derivada de la expresión de género o deuna identidad de género que se aleje del estándar, o por un motivo de un desarrollosexual diferente. Esta obligación se extenderá al conjunto de la comunidad

    mailto:[email protected]

  • educativa, cooperando en todas las acciones contenidas en este protocolo.

    Actuaciones: el siguiente protocolo se activará en el momento en quecualquier miembro del equipo docente detecte o sea informado de un caso deintersexualidad, identidad o expresión de género divergente.Una vez comunicado, el director/a notificará el caso al registro PREVI y se iniciará elprotocolo establecido por la instrucción del 15 de diciembre de 2016. (Anexo I)El equipo directivo, tutor y el equipo orientador, bajo la supervisión del coordinador/ade convivencia e igualdad, asumirán el caso.

    Con el consentimiento de las familias, se diseñará un plan de intervenciónque responda a las necesidades de los alumnos/as: medidas organizativas,educativas, de formación y sensibilización.

    7.4 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA ACOGIDA DEL ALUMNADORECIÉN LLEGADO

    La Resolución 5/06/2018 de la Dirección General de Política Educativaestablece los procedimientos y criterios necesarios para acoger al alumnado reciénllegado, especialmente el desplazado, y facilita las guías de actuación y documentosorientativos de registro y valoración para garantizar una acogida y una atenciónadecuada a sus necesidades.

    En el Anexo II queda resumido el protocolo a seguir por parte de toda lacomunidad educativa desde el momento en el que el centro esté informado de laincorporación de un nuevo alumno/a o cuando se produzca directamente sumatriculación.

  • 8.- EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.La evaluación de Plan de Convivencia debe hacerse durante toda la aplicación

    del Plan:

    · Inmediatamente después de la realización de cada actividad.· De forma más general, una vez al trimestre la Comisión de Convivencia

    alzará informe al Consejo Escolar. Este informe recogerá: incidencias,medidas que se han tomado, el resultado y las propuestas de mejora.

    · Al acabar el curso escolar, el Consejo Escolar mediante la Memoria final decurso emitirá un informe al Director Territorial donde se recogerán:

    · Nivel de consecución de los objetivos propuestos.· Actividades realizadas.· Grado de participación de los componentes de la Comunidad

    Educativa.· Conclusiones.· Propuestas de mejora para los siguientes cursos escolares.

    La evaluación debe ser crítica y constructiva de sus objetivos y actividadespara conseguir mejorar cada curso escolar.

    Orden 62/2014, de 28 de julio, de la Consellería de Educación,