7
ANUNCIO Por Resolución de Alcaldía nº 167 de fecha 6 de Junio de 2012, se aprobaron las bases y la convocatoria para Plan de Empleo Municipal 2012 para este Ayuntamiento de Tembleque (Toledo), mediante sistema de Concurso de méritos. Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria como ANEXO a la presente. Quienes estén interesados deberán presentar solicitud en el plazo de 15 DÍAS naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, concretamente desde el día 7 de Junio de 2012 hasta el día 21 de Junio de 2011, ambos inclusive. En Tembleque a 06 de junio de 2012. El Alcalde Jesús Fernández Clemente Para su firma electrónica o manuscrita Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585 1

Plan de empleo local 2012 en Tembleque

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Información extraída de la web del ayuntamiento de Tembleque.

Citation preview

Page 1: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

ANUNCIO

Por Resolución de Alcaldía nº 167 de fecha 6 de Junio de

2012, se aprobaron las bases y la convocatoria para Plan de

Empleo Municipal 2012 para este Ayuntamiento de Tembleque

(Toledo), mediante sistema de Concurso de méritos.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la

convocatoria como ANEXO a la presente.

Quienes estén interesados deberán presentar solicitud en

el plazo de 15 DÍAS naturales, a contar desde el siguiente al de

la publicación del presente anuncio, concretamente desde el día

7 de Junio de 2012 hasta el día 21 de Junio de 2011, ambos

inclusive.

En Tembleque a 06 de junio de 2012.

El AlcaldeJesús Fernández Clemente

Para su firma electrónica o manuscrita

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

1

Page 2: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

CONVOCATORIA PÚBLICA

PLAN DE EMPLEO LOCAL 2012 (P.E.L. 2012)1ª. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:

El objeto de la presente convocatoria, es la contratación en régimen laboral, de trabajadores desempleados que han de ser contratados por este Ayuntamiento con cargo al Plan de Empleo Local de 2012, en adelante P.E.L., financiado íntegramente por el Ayuntamiento de Tembleque con los remanentes de crédito existentes en el grupo de programa 163 del vigente presupuesto para el año 2012, con una dotación inicial de 8.934,57 euros.

Ante el hecho de que no se convoca el Plan de Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha que se venía convocando todos los años, este Ayuntamiento ha decidido utilizar los créditos presupuestarios procedentes de recursos propios que se iban a destinar a ese Plan, para convocar un Plan exclusivamente local, en beneficio de los vecinos de Tembleque que se han visto golpeados más duramente por la crisis económica que estamos atravesando en estos momentos.

Tembleque es una localidad en la cual la actividad agrícola y ganadera sigue teniendo un peso relevante en la economía local, si bien es cierto que en los últimos años se ha diversificado hacia actividades industriales, y especialmente, con el desplazamiento de trabajadores de la localidad de Villacañas, en el sector de la fabricación de puertas.

Sin embargo, la crisis económica, con el especial componente inmobiliario que ha tenido en nuestro país, provocado una pérdida masiva de puestos de trabajo en el sector de las puertas, con numerosos despidos colectivos y ceses de actividad en fábricas que antes de la crisis contaban con cientos de empleados.

Como consecuencia de ello, nos encontramos con un buen número de desempleados con un perfil de parados de larga duración con edad superior a 45 años, que son el colectivo que más difícilmente puede reingresar al mercado laboral.

El proyecto que se pretende llevar a cabo, nace por tanto limitado en su cuantía puesto que los recursos de este Ayuntamiento son escasos, y considerando además que no es competencia de un Ayuntamiento la creación de empleo, política ésta que debe entenderse recae en la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha y en el Ministerio competente en materia laboral.

No obstante lo anterior, se pretende la realización del siguiente proyecto:

PROYECTO BENEFICIARIOSDURACIÓN

CONTRATOSJORNADA

LIMPIEZA VIARIA 8 1 MES COMPLETA

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

2

Page 3: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

La jornada de trabajo será de 40 horas semanales. Y el salario será de 765 euros/mes brutos incluida la prorrata de las pagas extra para la jornada completa.

2ª. REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES

1. Tener cumplidos los 25 años y no ser mayor de 65 años.2. Estar desempleado/a e inscrito/a en la Oficina del Servicio Público

de Empleo de Castilla-La Mancha (SEPE), correspondiente con plena disponibilidad, tanto en el momento de la gestión de la oferta por la Oficina del SEPE como en la posterior contratación y tener agotada la prestación por desempleo y el subsidio por desempleo.

3. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

4. No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales; no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones o empleos públicos, ni estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad señaladas en la legislación vigente, comprometiéndose, en su caso, a ejercer la oportuna opción.

Todos los requisitos exigidos, sin perjuicio de lo establecido en los apartados 4 y 5, deberán reunirse el día que finalice la presentación de instancias y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el mismo momento de la contratación.

5. Las mujeres desempleadas víctimas de violencia de género, quedan excluidas del cumplimiento del requisito de la inscripción en el SEPE en el momento de la selección, aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas en el momento de la contratación. La condición de víctimas de violencia de género se acreditará documentalmente ante la Comisión Local de Selección según lo establecido en el R.D. 1917/2008, de 21 de noviembre.

NO PODRÁN SER ADMITIDOS/AS

1. En ningún caso podrán trabajar para un mismo proyecto más de una persona por unidad familiar.

2. Los mayores de 65 y menores de 25 años de edad.3. No podrá participar ningún trabajador/a en más de un proyecto del

Plan Anual aprobado.

Con referencia a las exclusiones que se han enumerado, la Comisión Local de Selección queda facultada para resolver las dudas que se presenten, requerir los documentos necesarios y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria.

3ª.COLECTIVOS PRIORITARIOS

Con independencia de que el resultado de la selección pueda arrojar un resultado diferente, las presentes bases se redactan con la intención de dar prioridad a los siguientes colectivos prioritarios:

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

3

Page 4: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

1. Interesados cuya unidad familiar al completo acredite estar inscritos como demandantes de empleo y haber agotado prestaciones o subsidio por desempleo, teniendo alguno de ellos el perfil de desempleado de larga duración.

2. Quienes hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo o la prestación regulada en el R.D-Ley 12/2010, de 20 de Agosto, al menos desde el 1 de enero de 2010 hasta la actualidad y tengan responsabilidades familiares.

4ª. CRITERIOS DE SELECCIÓN

SELECCIÓN DE CANDIDATOS: PUNTUACIÓN

1. Antigüedad en el empadronamiento1 punto por año con un máximo de 2 puntos.

2. Unidad familiar con ambos progenitores en paro, sin prestaciones ni subsidios y con hijos menores de 16 años a cargo.

18 puntos

3. Hijo o hijos a cargo. 5 puntos

4. Antigüedad de inscripción en el SEPE (meses completos hasta un máximo de 12 puntos)

0,25 puntos/mes

5. Familias monoparentales con cargas familiares 4 puntos

6. Situación de desempleo del cónyuge o pareja de hecho que perciba prestación.

-10 puntos

7. Situación de desempleo del cónyuge o pareja de hecho que perciba subsidio.

-1 puntos

8. Cónyuge en activo por cuenta propia o ajena -12 puntos

9. Discapacidad del solicitante compatible con el puesto de trabajo a desarrollar

2 puntos

10.- Mayores de 45 años. 5 puntos

APARTADO 1.- Según Padrón municipal de habitantes. El interesado deberá tener una antigüedad mínima en el Padrón de un año para poder optar al PEL.

APARTADO 2.- Constituyen modalidades de unidad familiar:1. La integrada por los cónyuges no separados legalmente, y si los hubiere:a) los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de

los padres, vivan independientes de éstos.b) los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria

potestad prorrogada o rehabilitada.2. En los casos de separación legal o cuando no existiera vínculo

matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y cumplan los requisitos del apartado anterior.

Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.Se acreditará que ambos progenitores están en paro con la tarjeta de

inscripción como demandante de empleo de ambos.

APARTADO 3.- Se considera "hijo a cargo" a aquél que conviva y dependa económicamente del beneficiario.

Se entiende, salvo prueba en contrario, que existe dependencia económica cuando el hijo o el menor acogido conviva con el beneficiario, probándose tal circunstancia con el padrón de habitantes.

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

4

Page 5: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

Se valorará igual con independencia del número de hijos a cargo.

La antigüedad será computada desde la fecha de inscripción que figure en el SEPE, hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes.

APARTADO 4.- Se acreditará con la tarjeta de inscripción como demandante de empleo del solicitante.

APARTADO 5.- Se acreditará con el Libro de Familia y de oficio con el Padrón de Habitantes.

APARTADO 6.- Se acreditará con el certificado del SEPE o con la Notificación de reconocimiento de prestaciones de la Seguridad Social.

APARTADO 7.- Se acreditará con el certificado del SEPE o con la Notificación de reconocimiento de prestaciones de la Seguridad Social.

APARTADO 8.- Se derivará de la tarjeta de demandante de empleo del cónyuge.

APARTADO 9.- Se acreditará con certificado de reconocimiento de minusvalía del solicitante.

APARTADO 10.- Se tomará como referencia la edad que tenga el interesado el último día de presentación de solicitudes.

No se valorarán aquellos méritos que no hayan sido aportados documentalmente por los aspirantes en el momento de la finalización de presentación de solicitudes conforme a las citadas bases.

5ª. PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACION.

Los interesados en participar en esta convocatoria podrán presentar su solicitud en el Registro general del Ayuntamiento en el plazo de 15 días naturales a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en horario de 9:00 h. a 14:00 h.

Asimismo, las solicitudes también podrán presentarse con arreglo a lo previsto en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30 de 1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación, con carácter general:

- Fotocopia del DNI. o N.I.E. del solicitante.- Fotocopia del Libro de Familia de todos los miembros que forman la

unidad familiar.- Fotocopia de la Tarjeta de Inscripción como demandante de empleo en

el SEPE del solicitante y de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que estén desempleados.

- Informe de períodos de inscripción como demandante de empleo (no precisa cita previa en el SEPE).

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

5

Page 6: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

- En caso de alegar el agotamiento de prestaciones o subsidios:a) Fotocopia del último recibo o comunicación del cobro de la

prestación o subsidio agotado.b) Certificados de prestaciones recibidas del solicitante y de todos

los miembros de la unidad familiar (prestación por desempleo, subsidio de desempleo, pensión de incapacidad, pensión de viudedad, ayuda a la dependencia etc.), expedidos por el SEPE y la Seguridad Social.

El certificado del SEPE precisa cita previa en dicho organismo y puede llevar unos días su obtención, por lo que se recomienda su petición al inicio del período de presentación de solicitudes.

En caso de disponer de la Resolución del reconocimiento de prestaciones, éste documento puede sustituir al anterior, y es de fácil obtención pues debe obrar en poder de cada interesado que haya obtenido una prestación.

c) En caso de separación o divorcio documento que acredite la pensión por alimentos.

- En caso de alegar discapacidad del solicitante:- Certificado de reconocimiento de minusvalía del solicitante, expedido por

el IMSERSO o Consejería competente.

- En caso de víctima de violencia de Género, cualquiera de las siguientes:

a) La Sentencia condenatoria, mientras que no hayan transcurrido más de 24 meses posteriores a su notificación.

b) Resolución Judicial que hubiere acordado medidas cautelares para la protección de víctimas, mientras que estén vigentes.

c) A través de la Orden de Protección acordada a favor de la víctima, mientras que esté vigente.

d) Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, hasta que se adopte la resolución que proceda sobre la orden de protección.

6ª.ADMISIÓN DE CANDIDATOS

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de tres días naturales, la Alcaldía dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que constará nombre y apellidos del candidato, número de D.N.I. y causa de la no admisión para estos últimos. Dicha resolución será publicada exclusivamente en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tembleque.

Asimismo, la resolución a que se refiere el párrafo precedente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30 de 1992, modificado por la Ley 4 de 1999, establece un plazo de tres días naturales para subsanación de errores, indicando que si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

6

Page 7: Plan de empleo local 2012 en Tembleque

petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42.

Los errores materiales de hecho o aritméticos podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del interesado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30 de 1992, de 26 de Noviembre sobre Procedimiento Administrativo Común.

Concluido el plazo de subsanación de errores, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

La Comisión de Selección del Proyecto denominado “LIMPIEZA VIARIA” enmarcado dentro de del P.E.L. para el empleo en 2012, se celebrará en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7. COMISIÓN DE SELECCIÓN

La Comisión Local de selección estará constituida por:Presidente: Un funcionario o personal laboral fijo.Vocales:

Tres funcionarios o personal laboral de la Corporación.El delegado del personal laboral del Ayuntamiento.Además se citará a las organizaciones sindicales más

representativas para su asistencia.Secretario: El Secretario de la Corporación.

8. RELACION DE SELECCIONADOS

La Comisión de Selección presentará propuesta de selección de personal, según el Acta en la que se recogerá los datos del proceso de selección, realizado en los términos descritos en la referida Orden, haciéndose pública exclusivamente en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, la selección por el orden de la misma, y elevará la misma al Presidente de la Corporación para que proceda a la contratación de los seleccionados.

Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Presidente, el cual dará cuenta a los Órganos competentes de las inexactitudes y falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes a los efectos procedentes.

A efectos de posibles renuncias, sustituciones, etc... se creará, mediante el Acta elaborada por la Comisión de Selección correspondiente, una bolsa de trabajo debidamente puntuada con los trabajadores que no hayan sido seleccionados como titulares.

En Tembleque, a 5 de Junio de 2012EL ALCALDE-PRESIDENTE

FDO.: JESUS FERNANDEZ CLEMENTEPara su firma electrónica o manuscrita

Ayuntamiento de Tembleque

Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

7