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Página 5 CAPITULO I GENERALIDADES En El Salvador, el ente rector del desarrollo de la vivienda y el Desarrollo Urbano , es el Vice ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU); el cual es el responsable de velar por el buen desarr ollo de la vivienda y la urbanización en el territorio nacional. Los problemas que se han encontrado en un proceso tan complejo como la elaboración de un plan de Ordenamiento Territorial ya sea general para un territorio, Municipal, Regional , Nacional o parcial para uno de estos territorios señalados., tienen que ver con los Términos de Referencia que actualmente brinda el VMVDU (Anexo 1). El consultor o responsable del Plan, solo estará seguro de la calidad y eficacia después de haber comprendido que es lo que tiene que realizar y si consigue comprender el proceso desde el punto de vista de los términos de referencia, estará preparado para actuar con mayor seguridad. Le resultar á más fácil comprender como es que tiene que seguir el proceso para que su producto este mas apegado a la realidad económica y social del área en estudio.

Plan de Ordenamiento Territoria VMVDU

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CAPITULO I

GENERALIDADES

En El Salvador, el ente rector del desarrollo de la vivienda y el

Desarrollo Urbano , es el Vice ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano

(VMVDU); el cual es el responsable de velar por el buen desarr ollo de la

vivienda y la urbanización en el territorio nacional.

Los problemas que se han encontrado en un proceso tan complejo como

la elaboración de un plan de Ordenamiento Territorial ya sea general para un

territorio, Municipal, Regional , Nacional o parcial para uno de estos territorios

señalados., tienen que ver con los Términos de Referencia que actualmente

brinda el VMVDU (Anexo 1).

El consultor o responsable del Plan, solo estará seguro de la calidad y

eficacia después de haber comprendido que es lo que tiene que realizar y si

consigue comprender el proceso desde el punto de vista de los términos de

referencia, estará preparado para actuar con mayor seguridad.

Le resultará más fácil comprender como es que tiene que seguir el

proceso para que su producto este mas apegado a la realidad económica y

social del área en estudio.

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Para la realización de un plan parcial urbano o rural en un Municipio,

Región o País, se deben de tomar en cuenta los diferentes planes existentes

que lo podrían afectar .

Aspectos Institucionales relacionados a los Términos de Referencia:

Los Términos de Referencia, son los Instrumentos técnicos y legales que

dan la guía para la elaboración de los documentos institucionales. El Vice

Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano de El Salvador o cualquier otra

autoridad Municipal, Regional o Nacional , proporciona los Términos de

Referencia para la elaboración de Planes Parciales de Desarrollo Urbano,

Rural, en El Salvador. Los cuales deberían de inclu ir todos los elementos

proporcionados por la institución responsable del Plan. Y se han utilizado en

la elaboración de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano y/o Rural .

Naturaleza de los Términos de Referencia:

Los Términos de Referencia son instrumentos técnicos y legales

utilizados por el VMVDU o cualquier otra institución , para la Planificación

Urbano y/o Rural a nivel Nacional, Regional y Municipal. Siendo una guía

para la elaboración de los Planes parciales de desarrollo urbano y/o rural .

Fueron creados con el fin de explicar técnica y legalmente como hacer la

elaboración de los mismos y dar una guía al consultor o equipo de trabajo

responsable de la elaboración del plan , para poder gestionar las

investigaciones , colaboraciones y coordin aciones respectivas. Estos

Términos de Referencia del VMVDU deberían tomar en cuenta lo establecido

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en la Constitución y el Código Municipal , en materia de responsabilidades y

coordinaciones . Los Términos de Referencia, como guías técnicas y legales,

podrán mejorarse o empeorarse dependiendo de las circunstancias

administrativas del momento.

Implicaciones legales e Institucion ales:

La Constitución de la Republica de El Salvador, en el capitulo VI,

denominado Gobierno Local , En su sección segunda , se refiere a las

Municipalidades :

El Art. 203. Hace referencia a que cada Municipio es autónomo. Que

quiere decir que es independiente económica, técnica y administrativamente

de las entidades extramunicipales, debe considerar todo lo estipulado por el

Código Municipal. Buscando la colaboración de los Municipios con las otras

Instituciones Regionales y/o Nacionales, en los planes de desarrollo Urbano

y/o Rural.

Así mismo, en el Art. 206 de la Constitución de la Republica de El

Salvador, y en el Código Municipal en el Cap. 1, Art. 4. Dice que la

aprobación de los Planes Generales y/o Parciales de Desarrollo Local, deben

ser elaboradas por el Concejo Municipal respectivo. Y las instituciones del

Nivel Nacional deberán colaborar con la Municip alidad en el desarrollo y

ejecución de los mismos.

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Consideraciones importantes que deben contener los

Términos de Referencia en cualquier nivel Administrativo en

el Desarrollo del país.

Los Términos de Referencia , deben considerar la inte gración de estos

cuatro elementos. En el caso que el Plan Urbano y/o Rural, solo se refiera a

uno de estos elementos, Siempre se debe tomar en cuanta los otros tres.

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Plan Nacional de Ordenamiento Territorial.

Es un plan formulado por el gobie rno central que contiene una

propuesta para ordenar el desarrollo del país a gran escala, a partir de

infraestructura, nueva institucionalidad y gestión ambiental. Este incide en el

que hacer de las instituciones del Estado, incluyendo a las municipalidade s (1)

Plan Regional de Ordenamiento Territorial.

Es un plan que estudia las planificaciones existentes y los intereses por

el uso del territorio, entendido este no sólo en su dimensión geográfica, sino

también en su dimensión de sustentabilidad, r eferida a la seguridad de que el

resultado mantiene su validez a un plazo establecido, dado que los acuerdos

son alcanzados participativamente, mediante la solución de conflictos. Para

que su aplicación sea más efectiva, en El Salvador este plan se desarr olla

por regiones.

-Región Norte

-Región Centro Occidental

-Región Oriental

(1): Fuente: Vice Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano. (Plan Nacional de Ordenamiento y Desarrollo

Territorial)

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Plan Sub Regional de Ordenamiento Territorial.

Los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional son

aquellos que tienen como función principal el establecimiento de los

elementos básicos para la organización y estructura de la Región, sirviendo

en su ámbito de marco de referencia t erritorial para el desarrollo y

coordinación de las políticas, planes, programas y proyectos de las

administraciones y entidades públicas, así como de las actividades de los

particulares.

Los planes subregionales adoptan un conjunto de determinacion es que

pueden encuadrarse en tres bloques de contenidos:

• La estructura del territorio y los sistemas de articulación (sistema de

asentamientos, sistema de comunicaciones y transportes,

infraestructuras básicas y la red de espacios libres de interés

municipal).

• La ordenación de usos en el territorio (usos productivos de interés

municipal, áreas de oportunidad, ordenación del uso agrícola).

• La protección del territorio (espacios protegidos por legislación

sectorial o por el propio plan territorial y la prev ención de riesgos).

El Salvador está divido en 14 subregiones, tomando en cuenta diferentes

características que las hacen comunes. Están divididas así:

-Subregión de Santa Ana – Ahuachapán

- Subregión de Sonsonate

- Subregión del Valle de San And rés

- Subregión de San Salvador

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- Subregión de La Libertad

- Subregión de Cuscatlán – San Vicente

- Subregión de La Paz

- Subregión del Trifinio

- Subregión de Chalatenango

- Subregión de Cabañas

- Subregión de Morazán

- Subregión de Usulután

- Subregión de San Miguel

- Subregión de La Unión. (2)

(2) Fuente: Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano. (Plan Nacional de Ordenamiento y Desarrollo Territorial).

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Plan Parcial

La definición de Plan Parcial, según el Plan Nacion al de Ordenamiento y

Desarrollo territorial, se establece con diversas modalidades y en ámbitos ya

consolidados: de conjuntos industriales; de áreas residenciales de vivienda

popular y de otros tipos; o de mejoramiento y revitalización de barrios

antiguos o recientes, aportando soluciones funcionales como centros

secundarios o subcentros donde se localicen servicios públicos, centros de

trabajo y áreas de comercio de primera necesidad y otros bienes de

consumo, todo ello cerca de sus habitantes.

Los planes parciales son también utilizados, para organizar en forma

planificada e integrada el crecimiento urbano en las periferias de las

ciudades, abarcando áreas urbanizables (es decir, que presentan las

condiciones necesarias para ser urbanizadas) relativ amente extensas, y

resolviendo el nivel de diseño urbano su inserción en la estructura vial

urbana, su incorporación a la red de infraestructura, y sus servicios públicos,

comercio y equipamientos integrados en nuevos centros urbanos.

A modo de ejemplo, es importante mencionar que los planes maestros

elaborados para el área metropolitana de San Salvador y las ciudades de

Santa Ana y Sonsonate, consideran, entre sus propuestas de desarrollo,

“Planes Parciales” como método de integración de las nuevas áreas a

urbanizar con la estructura urbana de las ciudades.

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Los planes parciales según el VMVDU se clasifican en:

• PPR- Plan Parcial de Uso Residencial (Viviendas)

• PPIN-Plan parcial del Uso Industrial (Fabricas)

• PPLO- Plan Parcial de Uso Logí stico (Edificios gubernamentales)

• PPCO- Plan Parcial de uso Comercio -servicios-oficinas

• PPTU-Plan Parcial de Uso Turístico. (Turicentros) (3).

Conceptos aplicables en los términos de referencia.

A continuación se enumera diferentes conceptos aplic ables a los Planes

Parciales.

1. ÁREA ÚTIL: Es el área de un lote o la suma de las áreas de los lotes

resultantes de una parcelación que tienen vocación comercializable o de ser

transferidos en propiedad . (4)

2. ASPECTO AMBIENTAL: Elemento de una activida d, producto o servicio

que interactúa con el medio ambiente . (5)

3. ÁREAS VERDES RECREATIVAS: Son las áreas verdes destinadas para

la recreación al aire libr e, para uso público y comunitario . (6)

(3). Fuente: Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, Plan Nacional de Ordenamiento y Desarrollo Territorial.

(4). Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo relativo a Parcelaciones y

Urbanizaciones Habitacionales.

(5). Fuente: http://www.monografias.com/trabajos13/impac/impac.shtml#ide (6). Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo relativo a Parcelaciones y Urbanizaciones Habitacionales.

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4. ÁREAS VERDES EC OLÓGICAS: Son Aquellas partes del territorio

nacional legalmente establecidas con el objeto de posibilitar la conservación,

manejo sostenible y restauración de la flora y fauna silvestre. En una unidad

de actuación puede existir un área verde ecológica. (7)

5. DENSIDAD DE POBLACION: Es la relación del número de personas que

habitan un territorio determinado, entre su superficie, medida en Km2. (8)

Estas deberán ser definidas de acuerdo a las determinaciones del Plan

de Desarrollo Territorial de la Reg ión y a características urbanísticas y

ambientales del área de planificación del Plan Parcial.

Las densidades se clasifican en alta, media s y bajas.

Baja densidad: 125 habitantes por hectárea.

Media densidad: 125 a 250 habitantes por hectárea.

Alta densidad: mayor a 250 y menor de 500 habitantes. (9)

6. DERECHOS DE VÍA: Es el terreno propiedad del estado ubicado entre

líneas de propiedad para uso exclusivo de las vías públicas y sus servicios . (10)

(7) Fuente: Ley del Medio Ambiente de El Salvador.

(8) Fuente: www.coespomor.gob.mx

(9) Fuente: Normativa Básica de Usos de Suelo, VMVDU.

(10) Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo relativo a Parcelaciones y urbanizaciones habitacionales.

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7. DETERMINACIONES GENERALES : Son los lineamientos del plan de

ordenamiento territorial, de los planes regionales y planes de desarrollo

urbano que tienen que tomarse en cuenta para la realización del plan parcial . (11)

8. ESTUDIO DE TRÁFICO: Es un análisis de tráfico en la zona de influencia

del proyecto que definirá su estructura por categorías, así como su tendencia

al crecimiento y factores determinantes para esta tendencia.

Es el conocimiento lo más detallado posible de las condicionantes

fundamentales de toda obra o estudio de carreteras, y sirve para la correcta

elaboración de las diferentes alternativas de desarrollo de carreteras. Debe

hacerse de acuerdo a las normativas del Ministerio de Obras Publicas y

Derechos de Vía de Secciones tran sversales, para la red urbana, a nivel

nacional. (Ver anexo 4 y anexo 5) (12)

9. EQUIPAMIENTO SOCIAL: Es el área de un terreno destinada al

esparcimiento, recreación y actividades de tipo social. (13)

10. FACTIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS: Es un Instrumento por el

cual se señala la posibilidad de dotación de un servicio público y el sitio y

forma de conexión de las redes existentes. (14)

(12) Fuente: Estudio de tráfico del MOP.

(13, 14) Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo r elativo a Parcelaciones y

urbanizaciones habitacionales.

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11. INFRAESTRUCTURAS : Son obras que sirven de soporte para el

desarrollo de otras actividades y su funcionamiento, necesario en la

organización estructural de la ciudad. (15)

12. IMPACTOS AMBIENTALES: Es cualquier alteración significativa, positiva

o negativa, de uno o más de los componentes del ambiente, provocada por

la acción humana o fenómenos naturales en un área de influencia definida. (16) 13. INTENSIDADES EDIFICATORIAS: Son las densidades que dictan

cantidad de edificios o viviendas que pueden edificarse en el área a

desarrollar. De acuerdo a la densidad del área, se respeta la cantidad de

edificios que debe contener. Se puede definir como áreas máximas a cubrir

del terreno. Buscando equil ibrio entre edificaciones y naturaleza. Protegiendo

la absorción del suelo. (17)

14. HIDROLOGÍA: Es el estudio a la ciencia geográfica que se dedica al

estudio de la distribución, e spacial y temporal, y las propiedades del agua

presente en la atmósfera y en la corteza terrestre. Esto incluye las

precipitaciones, la escorrentía, la humedad del suelo, la evapotranspiración y

el equilibrio de las masas glaciares. Por otra parte, el estudio de las aguas

subterráneas corresponde a la hidrogeología. (18)

15. LEGISLACIÓN BÁSICA APLICABLE: Son las normas y leyes existentes

a seguir según los reglamentos vigentes de la República de El Salvador.

(16) Fuente: Ley del Medio Ambiente de El Salvador.

(17) Fuente: Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU) (18) Fuente: www.crid.org.cr

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16. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA: Es un conjunto correspondiente de

instalaciones que permiten la operación de los servicios públicos tales como:

abastecimientos de agua potable, alcantarillado sanitario o disposición de los

desechos sólidos, drenajes de aguas lluvias, electricidad y líneas telef ónicas. (19)

17. PLANIFICACIÓN URBANA: Es el estudio que esta relacionado con la

arquitectura y la ingeniería civil en la medida en que ordena espacios. Debe

asegurar su correcta integración con las infraestructuras y sistemas urbanos.

Precisa del conocimiento de l medio físico, social y económico que se obtiene

a través del análisis siguiendo los métodos de la sociología, la demografía, la

geografía, la economía y otras disciplinas. Este se aplica de forma indirecta

a los términos de referencia del VMVDU puesto que los mismos sirven como

una guía para la elaboración de planes parciales que son el último eslabón

de la planificación urbana de nuestro país. El planeamiento urbanístico es,

por tanto, una de las especializa ciones de la profesión del urbanista,

practicada, en los países en los que no existe como disciplina académica

independiente, por arquitectos e ingenieros civiles , entre otros profesionales. (20)

(19) Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo relativo a Parcelaciones y

urbanizaciones habitacionales. (20) Fuente: Plan Nacional de Ordenamiento y Desarrollo Territorial.

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18. PROGRAMA DE ACTUACI ÓN: Son aquellos que efectúan la

ordenación y urbanización de terrenos clasificados como suelo urbanizable

no programado para la realización de unidades urbanísticas integradas.

Dichas unidades urbanísticas integradas suelen ser nuevos barrios, con

dotación de servicios y equipamiento suficientes para garantizar la

satisfacción de las demandas propias de la población o de las actividades

económicas y sociales que se desarrollen dentro del barrio. El programa de

actuación urbanística también debe especificar las obras de infraestructura

necesarias para la correcta conexión del nuevo barrio con el resto de la

ciudad desde el momento en que la gente comience a vivir. (21)

19. REVISIÓN VIAL Y ZONIFICACIÓN: Es un instrumento por medio del cual

se garantiza la compatibilidad y complementariedad de los usos del suelo, y

la integración adecuada a la red vial de acceso con las vías de circulación

mayor, y en general, con las vías existentes. Est e debe ser consultado y

avalado por el VMVDU y por el Ministerio de Obras Publicas tomando en

cuenta los términos de referencia para elaboración de estudios de transito

para proyectos de urbanización, parcelación y/o construcción de complejos

industriales y comerciales. (Como lo muestra el anexo 4 y 5 de este

documento). (22)

20. SECCIONES TRANSVERSALES : Son el resultante del análisis de

distintas normativas técnicas que proponen requerimientos de diseño para

las secciones transversales de las vías urbanas . (Ver anexo 5). (23)

(21) Fuente: www.wikipedia.com (22) Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo relativo a Parcelaciones y

urbanizaciones habitacionales.

(23) Fuente: Ministerio de Obras Publicas, Transporte y Vivienda y Desarrollo Urbano, Derechos de vía y

secciones Transversales, para la red vial urbana, a nivel nacional, 2007

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21. SERVICIOS BÁSICOS: Son los servicios mínimos con que debe contar la

población que habitará en el área a de sarrollarse. Y se refiere a electricidad,

agua, recolección de basura, comunicación vial y teléfono. (24)

22. TOPOGRAFÍA: Es el conjunto de principios y procedimientos que tienen

por objeto la representación gráfica de la superficie de la t ierra, con sus

formas y detalles . (25)

23. UNIDAD DE ACTUACI ÓN: Es el área geográfica que se busca

desarrollar. Es el proyecto en donde se diseña de manera pormenorizada:

calles, zonas verdes casas y otros. (26)

24. USO DE SUELO: Es aquel que determina la clasificación de usos de

suelos estipulado por El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la

Región en estudio. Por ejemplo, se refiere al tipo de suelo que es, si es de

uso habitacional, ecológico, comercial, agrícola y otros. (27)

(24) Fuente: Normativa básica de usos de suelo, Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU)

(25) Fuente: www.wikipedia.com

(26) Fuente: Viceministerio de Vivienda Y Desarrollo Urbano (VMVDU)

(27) Fuente: Normativa básica de usos de suelo, Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU)

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Tipos de usos de suelos:

1. Uso de suelo residencial y sus derivados:

Unifamiliar, dos familias (dúplex), multif amiliar, hoteles, moteles.

2. Uso negocios, comercial y derivados :

Locales de oficinas y bancos, negocios en general, negocios

especializados y recreación como teatros, cines, centros sociales y

culturales.

3. Uso industrial y derivados:

Industria ligera, d e transformación pesada.

Industria ligera :

Es la que fabrica bienes de uso y consumo particular. Para ello utiliza

materias primas y productos semielaborados. Aunque la industria

alimentaria moviliza grandes cantidades de productos. El destino de estos

bienes es el mercado al por menor. Entre ellas destacan: la alimentación,

el textil, el mueble, la química ligera, los electrodomésticos, etc., pero su

variedad es tan grande como los artículos que encontramos en el

mercado. Todos ellos son mercan cías de alto valor añadido, y su

localización depende, sobre todo, de la cercanía de un mercado

consumidor. En general consumen poca energía en el proceso de

producción, la necesidad de suelo industrial es menor y su tasa de

contaminación más baja. (28)

(28) Fuente: www.oposinet.com/historia/temas/oposiciones_historia_T8.php

Page 17: Plan de Ordenamiento Territoria VMVDU

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Industria de transformación pesada: Es aquella que trata grandes

cantidades de productos brutos, pesados, para transformarlos en productos

semielaborados. Por lo que consideraremos, como industria pesada a las de

primera elaboración.

En el caso de la industria pesada, de primera elaboración, es aconsejable

la instalación de las plantas cerca de las materias primas o en su caso cerca

de los puertos a los que llegan.

En la industria pesada distingu iremos, como industrias principales, la metalurgia

y la química. (29)

4. Vialidad: Son todos los medios directos, en los que encontramos "vías"

que pueden ser tanto de comunicación y transporte, los medios por donde

encontramos estas vías pueden ser el agu a, el aire y la tierra.

Desde el punto de vista de ingeniería y del constructor consideramos

como parte de la vialidad de una región o país, a toda la infraestructura física

(caminos, carreteras, autopistas, ferrocarriles, aeropuertos, puentes y

puertos) e incluso lógica (Internet).

(29) Fuente: www.oposinet.com/historia/temas/oposiciones_historia_T8.php

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El sistema vial de una ciudad, está constituido por toda la infraestructura

que sirve como soporte del sistema de transporte. En El Salvador Está

compuesto de los siguientes:

Vía Especial: (Ver Anexo No. 5).

Via colectora tipo “A”. (Ver Anexo No. 5).

Via colectora tipo “B”. (Ver Anexo No. 5).

Via Local (Ver Anexo No.5)

Via de Acceso. (Ver Anexo No. 5).

Via de Servicio. (Ver Anex o No. 5). (30)

5. Usos públicos y derivados:

Parques, escuelas públicas, edificios públicos o institucionales. (31)

6. Semipúblicos y derivados:

Iglesias, cementerios . (32)

7. Uso agrícola :

Tierra fértil, agrícola o usos agropecuarios (33)

8. Zonas de reserva :

Para urbanización futura o reserva ecológica (34)

9. Zonas recreativas:

Campos de juego, estadios, piscinas, polideportivos, autódromos etc. (35)

(30) Fuente: Ministerio de Obras Publicas, Transporte y Vivienda y Desarrollo Urbano, Derechos de vía y secciones Transversales, para la red vial urbana, a nivel nacional, 2007

(31,32,33,34,35) Fuente: Normativa de Usos de Suelo, Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU)

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10. El suelo rural deberá comprender las siguientes sub -categorías:

a) Suelos para la agric ultura intensiva. Comprenden las áreas que los

Planes de Desarrollo Territorial a escala subregional clasifiquen de esta

forma, y se entiende por tales los suelos que presentan mayor

productividad agrícola potencial, correspondiendo a las clases

agrológicas II y III, salvo las incluidas en el suelo no urbanizable.

b) Suelos para la agricultura extensiva. Comprenden las áreas que los

Planes de Desarrollo Territorial a escala subregional clasifiquen de esta

forma, y se entienden por tales los suelos rurales co n aptitud para el

desarrollo de actividades agropecuarias en régimen extensivo.

c) Suelos forestales . Comprenden las áreas que los Planes de Desarrollo

Territorial a escala subregional clasifiquen de esta forma y se entienden

por tales los suelos que present an aptitud para el desarrollo de

actividades forestales y silvícolas, correspondiendo a las pendientes

superiores al 45%, o que, a ún presentando pendientes menores,

presenten dicha aptitud .(36)

25. VIARIO: Es el conjunto de elementos y espacios reservados al uso viario

cuya ordenación viene establecida en el “Plan General de 0rdenación Viaria” (37).

(36) Fuente: Normativa de Usos de Suelo, Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU)

(37) Fuente: www.todomonografias.com/geografia/carballo

Page 20: Plan de Ordenamiento Territoria VMVDU

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26. ZONAS DE PROTECCIÓN : Son aquellas áreas del territorio Nacional,

legalmente establecidas con el objeto de hacer posible la conservación, el

manejo sostenible y la restauración de la flora y fauna silvestre, incluyendo

áreas arqueológicas, escénic as, recreativas, históricas y protectoras de tal

manera que preserven el estado natural de las comunidades bióticas y

fenómenos geomorfológicos únicos. Esta representación tiene lugar sobre

superficies planas, limitándose a pequeñas extensiones de terreno, uti lizando

la denominación de geodesia para áreas mayores. (38)

27. Zonificación por intensidad de usos de suelo:

a) Tierra ociosa o tierra virgen. Tierra que por sus características físi cas

forma cauces naturales, lagos, pantanos, bosques, etc., que hay que buscar

y preservar debido a su importancia ecológica.

b) Tierra no residencial. Tierra para edificios de mantenimiento, estación de

bomberos, y equipamiento comunitario como esc uelas, centros de salud,

áreas deportivas, etc.

c) Tierra no urbanizable. Área de reserva con potencial de desarrollo urbano .

(39)

(38) Fuente: Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción, en lo relativo a Parcelaciones y

urbanizaciones habitacionales (39) Fuente: Normativa de Usos de Suelo, Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU)