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PLAN DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO
PLAYA DE EL COTILLO
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras
zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE EL COTILLO
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 2
EQUIPO REDACTOR
ADRIÁN JOSÉ SÁNCHEZ REYES.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE EL COTILLO
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 3
ÍNDICE
NORMATIVA DE REFERENCIA……………………………………………………………..9
CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la
playa u otra zona de baño marítima…………………………………………………..…11
1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de
catalogación y clasificación...........................................................................................11
1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del
servicio y prórrogas, en su caso………………………………….....................................11
1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento
que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de
contacto.........................................................................................................................11
1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, datos de
contacto.........................................................................................................................12
1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes
de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y
Salvamento....................................................................................................................12
CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño
marítima y medio físico en el que se desarrolla…………………..............................13
2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y
clasificación...................................................................................................................13
2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada
en
metros............................................................................................................................13
2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios,
instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.................................................13
2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media,
etc..................................................................................................................................14
2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial
descripción de los accesos para los vehículos de emergencia….................................14
2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la
misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias, incluyendo accesos
para personas discapacitadas.......................................................................................15
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PLAYA DE EL COTILLO
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 4
CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos………………………….17
3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los
sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la
misma............................................................................................................................17
3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de
baño...............................................................................................................................18
3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo……………........................................21
3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar
a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos
de protección civil………………….…….........................................................................22
3.5- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la playa u otra
zona de baño marítima y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas....................................................................................................................24
3.6- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño marítima,
para cada una de las temporadas de afluencia.............................................................25
CAPÍTULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de seguridad y
salvamento de la playa u otra zona de baño marítima…………………………….…29
4.1- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar los
riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los
Servicios Externos de Emergencias, conforme -en su caso- a las temporadas o
periodos que resulten de los diferentes grados de protección......................................29
4.2- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u otra
zona de baño, por sector, conforme, en su caso, a las temporadas o periodos que
resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación de
riesgos…………………………………………………………….……………………………29
4.3 - Horarios del servicio de vigilancia y de salvamento..............................................29
CAPÍTULO 5: Plan de Actuación ante emergencias de la playa u otra zona de
baño marítima………………………………………………………………………………..30
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias…………….................................30
5.2.- Procedimientos de actuación ante emergencias…………….................................32
5.3- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias………………………..............................37
5.4- Identificación de la persona que ejerce la Jefatura de playa o de turno, y en su
caso, la persona coordinadora del servicio de playas………………………..................37
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 5
5.5- Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante
Emergencias de playa u otra zona de baño marítima...................................................37
CAPÍTULO 6: Integración del Plan en otros de ámbito superior…………………...38
6.1- Los protocolos de notificación de la emergencia...................................................38
6.2- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u otra
zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del CECOES
1-1-2..............................................................................................................................38
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los planes y
las actuaciones del sistema público de protección civil…….........................................38
CAPÍTULO 7: Implantación del plan del Plan de Seguridad y Salvamento…….…40
7.1- Identificación del responsable de la implantación del Plan....................................40
7.2- Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en
el Plan de Seguridad y Salvamento…………………………….......................................40
7.3- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento……………………...................................................................40
7.4- Programa de información general para las personas usuarias..............................41
7.5- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.........................................................................................................................41
7.6- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos…………...42
CAPÍTULO 8: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Seguridad
y Salvamento………………..........................................................................................43
8.1- Programa de reciclaje de formación e información................................................43
8.2- Programa de sustitución de medios y recursos.....................................................43
8.3- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad de
realización de los mismos……………………….............................................................44
8.4- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte
del plan..........................................................................................................................45
8.5- Programa de inspecciones e investigación de incidentes o siniestros…………....46
APÉNDICES.
APÉNDICE I.- Directorio de comunicación…………….............................................47
APÉNDICE II.- Formularios para la gestión de emergencias……………….............48
APÉNDICE III.- Planos………………...........................................................................51
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HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS PLAN SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Versión Revisión Fecha Paginas Afectadas Causa de Modificación
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NORMATIVA DE REFERENCIA
El ordenamiento jurídico sustenta la autoprotección y la seguridad para este tipo de
actividades y eventos en:
La Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 31 de julio de 1972 (BOE nº
184, de 2 de agosto de 1972), por la que se dictan normas e instrucciones para
la seguridad humana en los lugares de baño.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 de julio, por la que se
resuelven determinados recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recoge en su fundamento jurídico 7.i),
en relación con la elaboración y aprobación de normas sobre seguridad
humana en lugares de baño, que si bien es evidente que tales normas afectan
directamente al uso común del dominio público, cuya regulación es
competencia estatal, pueden encuadrarse al mismo tiempo en el ámbito de la
protección civil.
Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.
El Plan de Seguridad Canario aprobado por el Gobierno de Canarias el 30 de
abril de 1997 y ratificado por el Parlamento Canario en su sesión del 29 de abril
de 1998.
Orden de la Consejería de Presidencia de 21 de diciembre de 1999 (BOC nº
167, de 22 de diciembre de 1999).
La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y
Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación
de las Policías Locales de Canarias.
Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.
Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias,
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y
otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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1. IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS TITULARES Y DEL EMPLAZAMIENTO DE LA
PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
1.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítimo, número de
catalogación y clasificación.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa Chica.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103009000 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa Marfolín o Los Laguitos.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103008900 Identificador DGSE.
Clasificación Peligrosa.
1.2.- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento.
Vigilancia del servicio y prórrogas, en su caso.
ENTIDAD PRESTATARIA SERVICIO PUBLICO DE SALVAMENTO EN PLAYA
Empresa del Servicio de Salvamento Ayuntamiento de La Oliva
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfono/s 928 86 19 04
Email [email protected]
Fecha de comienzo de prestación del Servicio
1.3.- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del
Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas.
Datos de contacto.
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA QUE DEPENDE EL SERVICIO DE PLAYA
CONCEJALIA
Concejalía Responsable del servicio de
Playas/ datos del titular.
Concejalía de playas del Ayuntamiento de
La Oliva.
Nombre y Apellidos Concejal responsable Oliver Cristian González Cabrera
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
DEPARTAMENTO
Departamento que supervisa servicio
salvamento Seguridad Ciudadana
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
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COORDINADOR MUNICIPAL DEL SERVICIO DE PLAYAS
Teléfono fijo / móvil 629 888 216
Email [email protected]
Nombre y Apellidos José Rodríguez Sánchez
1.4.- Personas que asumen la jefatura de playa de turnos. Datos de contacto.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURAS DE TURNOS
Jefatura de playa
Nombre y Apellidos. - 1 José Rodríguez Sánchez
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
Nombre y Apellidos. - 2 Antonio Fajardo García
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
1.5.- Nombre y n. º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de
Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de
Seguridad y Salvamento.
DATOS DEL TÉCNICO REDACTOR DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Nombre y Apellidos Adrián José Sánchez Reyes
DNI/NIF/NIE/PASAPORTE 78536733 J
Dirección Postal C/ Amapola nº 6. Pájara. 35628
Teléfono móvil de contacto 606 808 983
Email [email protected]
Titulación Graduado en Seguridad y Control de Riesgos
Nº de Técnico Redactor. - TR TR-000835
Epígrafes habilitados como TR Todos.
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2. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA Y MEDIO FÍSICO EN EL QUE SE DESARROLLA.
2.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación
y clasificación.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa Playa Chica.
Denominación o nombre popular El Cotillo.
Numero de catalogación de la Playa 103009000 Identificador DGSE.
Clasificación Libre
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa Playa Marfolín o Los Laguitos.
Denominación o nombre popular El Cotillo.
Numero de catalogación de la Playa 103008900 Identificador DGSE.
Clasificación Peligrosa.
2.2.- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media
expresada en metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO PLAYA CHICA
Posición GPS central Latitud 28° 41' 37,823" N
Longitud 14° 0' 59,378" O
Longitud total de la Playa 200 metros aproximadamente.
Anchura media 60 metros aproximadamente.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO PLAYA MARFOLÍN O LOS LAGUITOS
Posición GPS central Latitud 28° 41' 22,118" N
Longitud 14° 0' 48,264" O
Longitud total de la Playa 950 metros aproximadamente.
Anchura media 30 metros aproximadamente.
2.3.- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los
edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
PLAYA CHICA
Tipo de entorno de la Playa Aislada.
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. Vivienda al NW y varias viviendas al E.
Distancia hasta las fachadas 70 metros aproximadamente.
Instalaciones de riesgo próximas,
características. -
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Áreas de uso comunitario próximas -
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
PLAYA MARFOLÍN O LOS LAGUITOS
Tipo de entorno de la Playa Semi-Urbana
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características.
Complejo apartamentos al N, viviendas y
complejos de apartamentos al E.
Distancia hasta las fachadas 75 metros aproximadamente.
Instalaciones de riesgo próximas,
características. -
Áreas de uso comunitario próximas -
2.4.- Descripción de playa: clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente
media, etcétera.
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA PLAYA CHICA
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Arena.
Por su pendiente - 0,8º
Condiciones predominantes del baño Ventosa /Aguas tranquilas.
Según su morfología Cerrada
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA PLAYA MARFOLÍN O LOS
LAGUITOS
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Arena.
Por su pendiente - 0,2º
Condiciones predominantes del baño Oleaje fuerte / Ventosa.
Según su morfología Cerrada
2.5.- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa.
Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
PLAYA CHICA
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
Diversos accesos desde la Calle Lugar
de Cotillo.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto y aparcamientos lateral de la vía.
Ancho de la vía: 6,5 metros.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Ninguna.
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / Turismos.
Otras formas de acceso, características de acceso Zona de fácil acceso tanto aéreo como
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 15
para dicho recursos. marítimo.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
PLAYA MARFOLÍN O LOS LAGUITOS
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
Diversos accesos desde la Calle Lugar
de Cotillo y de la Calle Gran Canaria.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto y aparcamientos lateral de la vía.
Ancho de la vía: 6,5 metros.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Ninguna.
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / Turismos.
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos.
Zona de fácil acceso tanto aéreo como
marítimo.
2.6.- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas
en la misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias,
incluyendo accesos para personas discapacitadas.
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS. PLAYA CHICA
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar. Sí
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida.
Aparcamiento, baños, ducha, dispone de
zona habilitada en acceso zona E de la
playa.
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS. PLAYA MARFOLÍN O LOS
LAGUITOS
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
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Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar. -
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida.
Aparcamiento, baños, ducha, dispone de
zona habilitada en acceso zona E de la
playa.
Este apartado 2.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 17
3. INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS.
3.1.- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño, de los sectores,
los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
PLAYA CHICA
Lugares o espacios que por sus
características pudieran producir lesiones o
daño.
Lugar/zona: zona oeste.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro de la playa.
Elemento de peligro: corriente y viento.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona este.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugares o espacios que por sus
características pudieran poner en peligro la
vida humana
Lugar/zona: zona oeste.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro de la playa.
Elemento de peligro: corriente y viento.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona este.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
PLAYA MARFOLÍN O LOS LAGUITOS
Lugares o espacios que por sus
características pudieran producir
lesiones o daño.
Lugar/zona: zona oeste.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro de la playa.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
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Lugar/zona: zona norte-este.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas y rompientes de olas.
Características: resbaladizas y zona intransitable y
de difícil acceso para el baño.
Lugares o espacios que por sus
características pudieran poner en
peligro la vida humana
Lugar/zona: zona oeste.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro de la playa.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona norte-este.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas y rompientes de olas.
Características: resbaladizas y zona intransitable y
de difícil acceso para el baño.
3.2.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad
de baño.
Los riesgos propios de la actividad del baño, pueden ser:
Actuaciones personales: derivados de una acción personal sobre el entorno,
zambullirse de cabeza, volteretas, carreras con resultados de lesiones
medulares, cortes, contusiones, traumatismo craneal, abdominal, torácico, etc.
Actividades deportivas: derivados de la interacción con objetos y elementos
utilizados en actividades deportivas que provocan lesión, embarcaciones a
remo, vela o motor, tablas de surf, paddle surf o bodyboard, windsurf, kitesurf,
palas de tenis, pelotas o balones, etc.
Actividades en la arena: lesiones o riesgo vital en la zona secundaria derivados
de la realización de actividades, castillos, agujeros, otros juegos, estos
accidentes pueden ir desde lesiones musculo esqueléticas, colapso de
agujeros de gran tamaño con persona dentro, etc.
Actividades en el agua: situaciones de distress, semiahogamiento,
ahogamiento completo, rompientes, corrientes, sobre esfuerzo, etc.
Enfermedades sobrevenidas: infartos, hidrocuciones, sincope, hipoglucemia o
hiperglucemia, quemaduras, golpes de calor, etc.
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Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravío de personas: niños, personas muy mayores, otras personas
con discapacidades o enfermedades que incrementa tal posibilidad, etc.
Vertido / Contaminación marina: de tipo biológico o químico, por fuga, vertido,
rotura de conducciones o arrastrado por corrientes marinas, depuradoras,
industrias, barcos, etc.
Actos terroristas y otros contra la seguridad: terrorismo de cualquier origen,
actos vandálicos y contra la seguridad de las personas a titulo colectivo).
Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO
de Evaluación de Riesgos (igual que el usado por el PLATECA) en base a la
probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de
antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de
afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados.
Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de
Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del
producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de
consecuencias (S).
P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo)
Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz
de Índice de Riesgo.
Dónde:
> 10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO
10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO
100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar
y determinar - ALTO
< 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo –
MUY ALTO
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PROBABILIDAD
Prácticamente nula
Muy baja Baja Probable Muy probable
SEVERIDAD 0 2 5 10 20
Ninguna 0 0 0 0 0 0
Daños poca consideración
2 0 4 10 20 40
Daños materiales y humanos
5 0 10 25 50 100
Grandes Daños, numerosos afectados
10
0 20 50 100 200
Víctimas mortales
20 0 40 100 200 400
RIESGOS PROPIOS DE LA ACTIVIDAD DE BAÑO.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACTUACIONES PERSONALES 10 5 50
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 10 5 50
ACTIVIDADES EN LA ARENA 10 5 50
ACTIVIDADES EN EL AGUA 5 5 25
ENFERMEDADES SOBREVENIDAS 5 2 10
PRESENCIA DE FAUNA MARINA 2 5 10
PERDIDA O EXTRAVIÓ DE PERSONAS
2 2 4
VERTIDO / CONTAMINACIÓN MARINA
2 5 10
ACTOS TERRORISTAS Y OTROS CONTRA LA SEGURIDAD
2 2 4
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3.3.- Identificación de lugares y zonas de riesgo.
En cuanto a los lugares o zonas de riesgos identificados en el plan, se localizan los
siguientes:
Playa Chica
En la zona oeste identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 36,72'' N – Longitud 14º 01' 04,50'' O.
En la zona centro playa identificamos como elementos de peligro el estado de
la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y viento
reinante en la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 36,92'' N – Longitud 14º 01' 00,15'' O.
En la zona este identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 33,84'' N– Longitud 14º 01' 00,31'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
Playa de Marfolín o Los Laguitos.
En la zona oeste identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 32,92'' N – Longitud 14º 00' 59,90'' O.
En la zona centro playa identificamos como elementos de peligro el estado de
la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y viento
reinante en la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 32,03'' N – Longitud 14º 00' 49,45'' O.
En la zona norte-este identificamos como elementos de peligro las zonas
rocosas, con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por
zona resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 32,92'' N – Longitud 14º 00' 59,90'' O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro las zonas de rocosas
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar, como zona intransitable y de
difícil acceso para el baño.
La posición GPS: Latitud 28º 41' 17,33'' N – Longitud 14º 00' 48,66'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
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3.4.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos que pudieran
afectar a la playa o zona de baño, previstos en los planes especiales y
específicos de protección civil.
RIESGOS NATURALES.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
INUNDACIONES
Crecidas o Avenidas 2 2 4
Acumulaciones Pluviométricas 2 2 4
Roturas o daños graves en obras hidráulicas
- - -
Roturas o daños graves en infraestructuras hidráulicas
- - -
MOVIMIENTOS SIMISCOS
Terremotos 2 2 4
Maremotos 2 2 4
Erupciones Volcánicas - -
ERUPCIONES VOLCANICAS
Flujos de lava - - -
Cenizas - -
Movimientos sísmicos 2 2 4
Gases Tóxicos - - -
Desprendimientos y proyectiles - - -
FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
Nevadas - -
Lluvias torrenciales 2 2 4
Olas de frio - - -
Granizadas, heladas - - -
Vientos fuertes 20 5 100
Temporales Costeros 20 5 100
Ola de calor 10 5 50
Calimas y Polvo en suspensión 10 5 50
Sequias 10 2 20
MOVIMIENTOS GRAVITATORIOS
Desprendimientos - - -
Avalanchas - - -
Deslizamientos del Terreno - - -
Erosión Costera 10 2 20
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OTROS
Plaga de Langosta 2 2 4
Incendios Forestales - - -
RIESGOS ANTRÓPICOS.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S) ÍNDICE DE
RIESGO (IR)
INCENDIOS
Urbanos 10 5 50
Industriales - - -
RIESGO EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ESPECIALIZADAS
Montaña - - -
Espeleología - - -
Deportes Náuticos 10 5 50
Rallies - - -
Aéreos - - -
ANOMALÍAS EN EL SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS
Energía eléctrica - - -
Agua - - -
Telecomunicaciones - - -
Combustibles - - -
RIESGOS SANITARIOS
Contaminación bacteriológica 10 5 50
Intoxicaciones alimentarias 5 5 25
Epidemias - - -
RIESGOS DEBIDOS A CONCENTRACIONES HUMANAS
Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas 5 2 10
Colapso y boqueo de servicios 2 2 4
INTENCIONADOS
Actos Vandálicos 10 2 20
Terrorismo 5 10 50
OTROS
Colapso de estructuras 2 5 10
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RIESGOS TECNOLÓGICOS.
DENOMINACIÓN
PROBABILIDAD (P)
SEVERIDAD (S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACCIDENTES DE ORIGEN INDUSTRIAL
Contaminación ambiental - - -
Incendio - - -
Explosión y deflagración - - -
Colapso de grandes estructuras - - -
Accidentes en centrales energéticas o Plantas potabilizadoras
- - -
Radioactivos (Instalaciones, transporte)
- - -
ACCIDENTES DE TRANSPORTE
Accidentes de carretera - - -
Accidentes aéreos 2 20 40
Accidentes marítimos 10 5 50
Accidentes de tranvía - - -
ACCIDENTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
Accidentes en carretera - - -
Accidentes en el mar 5 10 50
Accidente en transporte por conducciones
- - -
Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas - - -
Colapso y boqueo de servicios - - -
3.5.- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la
playa u otra zona de baño y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas.
IDENTIFICACIÓN, CUANTIFICACIÓN Y TIPOLOGÍA DE USUARIOS
TIPO DE USUARIO: BAÑISTAS / VISITANTES
Tipo/ características: Usuarios residentes o foráneos especialmente en fines de semana, festivos o períodos vacacionales desde las 8 o 9 de la mañana hasta anochecer…etc. Lugar/zona: Zona oeste de rocas. Zona central de playa transitable con riesgo en lámina de agua por corriente y viento. Zona al este de rocas y con riesgo en lámina de agua por corriente y viento. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al total de los usuarios de la playa un 30% residente y 48% foráneos.
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TIPO DE USUARIO: PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Tipo/ características: Personas con limitaciones de movilidad o dependientes de elementos o aparatos para desplazarse (muletas, sillas de ruedas, andadores, etc.). Lugar/zona: Zona de la Playa habilitada para personas con movilidad reducida, en su gran mayoría personas de avanza de edad, en menor cuantía personas limitadas de movilidad por enfermedad o patologías de mediana edad, etc. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): No supone más del 2% de los usuarios del sector de playa, con mayor incidencia en fines de semana o festivos, etc.
TIPO DE USUARIO: DEPORTISTAS - SURF
Tipo/ características: Usuarios deportistas, practicantes de surf y bodyboard, especialmente en épocas con condiciones favorables para la práctica deportiva. Lugar/zona: Zona externa de rocas, tanto en la zona oeste y la zona este de la playa-ensenada. Numero o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al 20% de los usuarios de dicho sector, siendo mayoritariamente residentes de la zona.
3.6.- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño
marítima, para cada una de las temporadas de afluencia.
De la combinación de los datos de RIESGO INTRÍNSECO y de la AFLUENCIA, de la
playa obtendremos el GRADO DE PROTECCIÓN, dicho Grado de Protección nos
dará como resultado y en aplicación del ANEXO IV del DECRETO los Recursos
Humanos y los Medios materiales que corresponden a dicha Playa, Sector o Zona de
baño.
LA AFLUENCIA, para estimar la afluencia se partirá de los datos del año anterior de la
playa, sector de playa o zona de baño marítima, ponderados a media marea (justo
entre marea alta y marea baja) y en las fechas de máximo uso anual (mayor afluencia
de usuarios del año).
Puesto que en playas de grandes dimensiones (largo superior a 400 m.), la afluencia
puede variar de una zona a otras, incluso de manera considerable, se podrá estimar
por sectores de 400 metros a fin de ajustar de manera correcta dicho dato y obtener
resultado más objetivo del Grado de Protección y así adecuar los medios y recursos a
disponer de una manera cercana a la realidad.
Los criterios de valoración son:
AFLUENCIA VALOR
Menos de 10 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 2.000 en una superficie de
veinte mil metros cuadrados.
ALTA
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Entre 10 y 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
MEDIA
Más de 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
BAJA
La afluencia se valora como BAJA.
El RIESGO INTRÍNSECO de cada playa, sector o zona de baño marítima se
determinará a través del análisis de los factores de riesgo que son.
1. HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS:
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS VALOR DE PELIGROSIDAD
Cuando se hayan producido uno o más incidentes muy graves 5
Cuando se hayan producido uno o más incidentes graves 3
Cuando no se hayan producido ningún incidente graves o muy graves 0
2. CARGA POBLACIONAL:
NÚCLEO DE POBLACIÓN CERCANO VALOR DE PELIGROSIDAD
Más de 100.000 habitantes 5
Entre más de 20.000 y 100.000 habitantes 3
Entre 5.000 y 20.000 habitantes. 1
Menos de 5.000 habitantes 0
3. CONDICIONES HABITUALES DEL MAR:
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR VALOR DE PELIGROSIDAD
Existe habitualmente olas de altura superior a 1 m. o corrientes fuertes 5
Existen olas de altura superior a 0´5 m. o corrientes que puedan afectar a los bañistas 3
Mar en calma o cuando las condiciones de las corrientes no puedan afectar a bañistas. 0
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4. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA:
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
VALOR DE PELIGROSIDAD
Con peligros añadidos y difíciles vías de acceso y evacuación, sólo accesible con medios aéreos o marítimos.
5
Con peligros añadidos, el acceso y evacuación solo se puede realizar con vehículos todos terrenos o a pie.
3
Con peligros añadidos, sin dificultades de acceso. 1
Sin peligros añadidos. 0
5. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE
REALIZAN Y EXISTENCIA DE BALIZAMIENTO EN ZONAS DE BAÑO:
COEXISTENCIA EN LA PLAYA Y ZONAS DE BAÑO CON ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE REALIZAN, Y
DISPOSICIÓN DE BALIZAMIENTO
VALOR DE PELIGROSIDAD
En la playa coexiste actividad náutica, deportiva y de baño y no existe balizamiento, ni señalización de sectores deportivos.
5
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, no dispone de balizamiento, y si dispone de señalización de sectores deportivos.
3
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, si dispone de balizamiento, y no dispone de señalización de sectores deportivos.
1
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, y disponen de balizamiento y señalización de sectores deportivos.
0
El cálculo del RIESGO INTRÍNSECO se obtiene tras haber asignado un valor de
peligrosidad a cada uno de los 5 factores de riesgo (tablas anteriores), sumar
todos ellos y dividirlo entre 5 dando un resultado de:
VALOR NUMÉRICO RIESGO INTRÍNSECO
Más de 4 y hasta 5 puntos RIESGO ALTO
Más de 2 y hasta 4 puntos RIESGO MEDIO
Entre 0 y 2 puntos RIESGO BAJO
La combinación de los datos de:
RIESGO INTRÍNSECO / AFLUENCIA = GRADO DE PROTECCIÓN
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De acuerdo con la tabla siguiente:
GRADO DE PROTECCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
AFLUENCIA BAJA MEDIA ALTA
RIE
SG
O
INT
RÍN
SE
CO
BAJO BAJO MODERADO ALTO
MEDIO BAJO MODERADO ALTO
ALTO MODERADO ALTO ALTO
CRITERIO VALOR NIVEL DE RIESGO
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS 5
BAJO
CARGA POBLACIONAL 0
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR 5
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS EL ENTORNO
0
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 0
RIESGO INTRÍNSECO: 5 + 0 + 5 + 0 + 5 = 15 / 5 = 3
SECTOR AFLUENCIA NIVEL DE RIESGO GRADO DE PROTECCIÓN
PLAYA BAJO MEDIO BAJO
Este apartado 3.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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4. INVENTARIO Y DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS Y MEDIOS DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
4.1.- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir,
controlar los riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la
intervención de los Servicios Externos de Emergencias, conforme – en su caso-
a las temporadas o periodos que resulten de los diferentes grados de
protección.
Los grados de protección de la playa vienen determinados por el Decreto 116/2018 en
su ANEXO IV, siendo en este caso, Grado de Protección Bajo, por lo que el
dimensionamiento del equipo humano será determinado por el Ayuntamiento en
función de las circunstancias concurrentes, las medidas de prevención, de prestación
de servicios y el equipo humano que en cada caso sea necesario.
4.2.- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u
otra zona de baño, por sector, conforme en su caso a las temporadas o periodos
que resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación
de riesgos.
El equipamiento de material será en base al grado de protección de la playa, siendo un
Grado de Protección Bajo, por lo que se deberá de contar con cartel informativo de la
playa o sectores conforme a las previsiones del artículo 10 del Decreto (carteles
informativos -situados 1 por acceso)-con indicación del código de identificación de la
playa, indicación de playa libre, significado de las banderas, 1-1-2 como teléfono de
emergencias, situación del sistema de comunicaciones, horarios y significado señales
dinámicas riesgo del sector); por el que se regulan las medidas para la aplicación de
las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de las
emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño
marítimas.
En todo caso, se dotará a las playas sin vigilancia con un grado de protección bajo, de
elementos se seguridad pasiva como aros salvavidas y carretel, entre otros.
4.3.- Horarios del servicio de vigilancia y salvamento.
HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO
GRADO DE PROTECCIÓN / TEMPORADA HORARIO DETALLES
GRADO DE PROTECCIÓN BAJO
Este capítulo 4., se representa en el apéndice III.- Planos.
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5. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA.
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias.
En función del tipo de riesgo.
RIESGOS PROPIOS.
Accidentes personales.
Accidentes deportivos.
Accidentes en la arena.
Actividades en el Agua.
Enfermedades sobrevenidas.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravió de personas.
Vertido / contaminación marina.
Actos terroristas y otros contra la seguridad.
RIESGOS EXTERNOS
RIESGOS NATURALES
Inundaciones.
Movimientos sísmicos.
Erupciones volcánicas.
Asociados a fenómenos meteorológicos adversos.
Movimientos gravitatorios.
Plaga de langosta.
Incendios forestales.
RIESGOS ANTRÓPICOS
Colapso de estructuras.
Incendios.
Riesgos en actividades deportivas especializadas.
Anomalías en el suministro de servicios básicos.
Riesgos sanitarios.
Riesgos debidos a concentraciones humanas.
Intencionados.
RIESGOS TECNOLÓGICOS
Accidentes de origen industrial.
Accidentes de transporte.
Transporte de mercancías peligrosas.
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Actuación en función de la gravedad.
PREEMERGENCIA:
Situación en la que los parámetros definidores del riesgo evidencian que la
materialización del mismo puede ser inminente.
EMERGENCIA:
Cuando los parámetros definidores del riesgo evidencian la materialización del riesgo.
Dentro de la situación de emergencia distinguimos (ANEXO V, Decreto 116/2018):
SITUACIÓN 0:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
la playa con presencia de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacado en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran
en apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
SITUACIÓN 1:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa con presencia de Servicio de Salvamento y que requiere de la movilización de
medios y/o recursos ajenos a la playa.
Se trataría de supuestos en los que el personal socorrista destacado en la playa
valora la necesidad de movilizar medios ajenos al Servicio de Salvamento, para el
salvamento o auxilio de personas usuarias y bañistas en peligro de ahogamiento, la
prestación de asistencia sanitaria y/o traslado a centros sanitarios, o se requiera el
concurso de la Policía Local u otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por tratarse
de situaciones que igualmente afecten a la seguridad ciudadana o al incumplimiento
de normas vigentes.
SITUACIÓN 2:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que sin presencia de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3:
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Emergencia de protección civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o
medio ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables
y los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los
protocolos, procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del
mando por las autoridades de protección civil en los casos que lo requieran.
Actuación en función de la ocupación y medios humanos.
En la Playa las acciones posibles son básicamente dos, EVACUACIÓN DEL ESPACIO
ACUÁTICO o ZONA PRIMARIA y EVACUACIÓN DEL ESPACIO TERRESTRE
PRÓXIMO O ZONA SECUNDARIA.
Ello es debido a que la playa no ofrece protección estructural a los usuarios que
permitan un confinamiento, por lo que la acción en todos los casos conlleva
Evacuación, bien Evacuación Parcial si es solo de la ZONA PRIMARIA o evacuación
completa o total si afecta a la ZONA PRIMARIA y ZONA SECUNDARIA, en este último
caso se recomienda cerrar los accesos a la playa mediante vallado y balizamiento de
estos.
5.2.- Procedimiento de actuación ante emergencias.
a) Detección y Alerta.
La DETECCIÓN (descubrimiento del suceso o incidente) puede provenir de diversas
vías:
Directa de usuarios de la Playa.
Por el personal de servicios (hamacas, limpieza, Kioscos o chiringuitos).
Detección por personal de Salvamento del servicio.
Personal de seguridad de servicio la Playa Policía Local, CNP o Guardia Civil
(según corresponda).
La ALERTA, se dará aviso de la manera más breve o inmediata posible a los servicios
de emergencias a través del 1-1-2.
La alerta nos puede llegar:
De manera directa por usuarios o testigos del incidente o suceso.
A través de otros servicios de la playa (hamacas, limpieza, CC.FF.SS), por vía
telefónica o por radiofrecuencia (telefonía, telefonía móvil o walkie).
A través de Centros Coordinadores de Emergencias y Seguridad, CECOES 1-
1-2, CECOPAL.
b) Mecanismos de Alarma.
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Partiendo del concepto de ALARMA como el aviso por el que se informa a los medios
y recursos operativos para su inmediata intervención o bien el aviso a los usuarios
(publico) de la Playa, la alarma al CECOES 1-1-2, por ello tendremos 3 tipos de avisos
de comunicación de la alarma.
ALARMA. - Para la activación de los medios y recursos del servicio de salvamento
en playa, en caso de que se establezca, para intervenir en un incidente o situación
de emergencia. - Proviniendo de múltiples fuentes posibles, podrá llegar por medio
de telefonía, radiocomunicaciones o personalmente.
ALARMA. - Para la activación de recursos externos a través del CECOES 1-1-2.-
Sera realizado por el Jefe de Playa o Turno o persona en quien este delegue
mediante emisora a través de la red RESCAN TETRA, si no fuera posible se
realizara por medio telefónico.
ALARMA. - A los usuarios de la Playa para que abandonen una zona potencial de
riesgo o para comunicarles la evacuación de la zona primaria, de la secundaria o
evacuación completa. - Sera realizado mediante sistema de avisos, de disponer de
él, o bien mediante el aviso por medios portátiles y móviles a los usuarios por parte
del personal de salvamento de la playa.
Identificación de la persona que dará los avisos.
En base a lo anterior y sabiendo que los tipos de alarmas pueden ser tres, activación
de medios y recursos, activación de recursos externos y avisos a los usuarios.
Al menos en los casos de determinación y activación de los medios y recursos propios
y en los ajenos (CECOES 1-1-2) la comunicación será realizada por el Jefe de Playa o
Turno de Playa, se indicara nombre y apellidos horarios y días de la semana y en su
caso su sustituto.
En el caso de avisos a los usuarios de la Playa, el responsable que de que se
comunique a estos por los medios disponibles (megafonía portátil, sistema de avisos)
será el Jefe de Playa o Turno de Playa, que podrá delegar la acción en alguien de su
personal.
Identificación y métodos de comunicación con CECOES 1-1-2.
La comunicación con el CECOES 1-1-2, para la demanda de recursos ajenos al
servicio de salvamento o activación de Plan de ámbito superior será realizada por el
Jefe de Playa o Turno directamente con el siguiente procedimiento por orden.
Comunicación directa se realizará mediante telefonía al CECOES 1-1-2.
c) Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.
CONATO DE EMERGENCIA.
En primer lugar, una vez conocida una situación de emergencia, recibida la alerta, hay
que confirmar su localización y veracidad mediante la comprobación personal por
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recursos del servicio de Salvamento, a la vez que se determinan las acciones
ordenadas a tomar, mientras se confirma la veracidad y naturaleza de la emergencia.
SITUACIÓN 0.- Emergencia Parcial.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa mientras se dispone de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacados en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran en
apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
El procedimiento conllevara al menos la activación del personal en servicio más
próximo al lugar del incidente y de los medios y recursos móviles de la Playa
(embarcación o moto de agua).
Si con estos la situación fuese controlada o resuelta se dará por finalizada la
emergencia, en caso de que los medios y recursos resulten insuficientes se activara la
situación siguiente.
SITUACIÓN 1.
Emergencia de carácter ordinario que requiere de medios y recursos externos al
servicio de Salvamento en Playas (requerimiento de servicios de CC.FF.SS, servicios
Sanitarios), es complemento del procedimiento anterior. Corresponde al Jefe de Turno
o Playa realizar la activación de recursos externos al Servicio de Salvamento.
SITUACIÓN 2.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que no dispone de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3.
Emergencia de Protección Civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o medio
ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables y
los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los protocolos,
procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del mando por las
autoridades de Protección Civil en los casos que lo requieran.
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d) Evacuación o Confinamiento.
Siendo la Evacuación el desalojo ordenado de un espacio o recinto, la evacuación en
la Playas, consistirán en:
EVACUACIÓN DE LA ZONA PRIMARIA.
Evacuación de la zona de agua o lámina de agua, pudiéndose dar por múltiples
motivos.
EVACUACIÓN DE LA ZONA SECUNDARIO O EVACUACIÓN COMPLETA.
Desalojo ordenado de la zona de playa, terreno, o solárium de zona marítima de baño
En el presente caso se indicará en el Plan de Seguridad las vías de evacuación de la
Playa o Zona Marítima de Baño, los puntos de reunión para cada vía de evacuación.
Estableceremos, un punto de evacuación ESTE (E).
No está previsto el CONFINAMIENTO en la Playa, al ser el objetivo de este
procedimiento el de resguardar y proteger la integridad de las personas dentro de un
entorno estructural (cerramiento que aporta protección, especialmente con respecto al
entorno inmediato y al medio ambiente que le rodea) y esto no es posible en la Playa o
zona marítima de baño.
Prestación de las Primeras Ayudas.
En el caso de que el ayuntamiento establezca servicio de salvamento en la playa, se
llevará a cabo lo siguiente:
El Jefe de Playa o Turno, dentro de su potestad de Coordinación de las actuaciones
de emergencia (Art. 14 Decreto 116/2018) determinara los medios y recursos que
intervendrán en primera instancia y tendrá prevista la continuidad del servicio en el
resto de la Playa, disponiendo de información en todo momento de la evolución de las
ayudas prestadas, de los afectados y del desarrollo del mismo incidente.
El Jefe de Playa o de Turno, preverá una serie de medios y recursos adicionales para
reforzar a los que se ya se encuentren en la intervención, mediante la reorganización
del servicio y estimara en que momento, umbral / límite de los recursos propios –
Distress del sistema, no resulta posible la resolución del incidente sin el apoyo de
recursos externos.
Modos de recepción de las Ayudas externas al servicio de salvamento de la playa.
Tras activación de otros medios o recursos externos, a través del CECOES 1-1-2, el
Jefe de turno o playa determinara el punto de encuentro idóneo para la espera y
recepción de esos recursos externos, para ello comandará a quien corresponda dicha
función y estará debidamente identificado.
Los medios externos mientras se encuentran en curso hacia punto de encuentro se le
facilitarán la siguiente información:
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Lugar del incidente, con posición GPS caso de medios marítimos o aéreos.
Lugar del punto de encuentro, sobre todo medios terrestres, modo de
identificación visual del personal de recepción de dichos medios.
Riesgo para las ayudas externas en aproximación al lugar, por cualquier vía (ya
sea aérea, marítima o terrestre).
Hechos o acontecimientos relevantes del incidente, que conlleven la adopción
de medidas especiales de protección o seguridad de las ayudas externas.
El número de afectados, caso de haberlos.
Por lo contrario, las primeras ayudas las realizarán los usuarios de la playa debiendo
de llamar al 1-1-2.
5.3.- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias.
En este apartado se detalla el procedimiento operativo ordenado para diversas
situaciones que deban enfrentar (Ahogamientos, enfermedades sobrevenidas, persona
extraviada, etc.) y para cada tipo de actividad profesional y situación:
Jefe de Playa o Turno. (Coordinación de la operativa).
Socorrista de actividades acuáticas, vigilancia a pie de agua y atención
sanitaria. (Vigilancia, rescate y atención).
Socorrista – Patrón, embarcación / moto de agua. (manejo y uso de la
embarcación).
Socorrista rescatador embarcación / moto de agua (rescate).
5.4.- Identificación de la persona que ejerce la jefatura de playa o de turno, y en
su caso, la persona coordinadora del servicio de playas.
No se establece una personas destinada para esa función.
5.5. Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación
ante Emergencias de playa u otra zona de baño marítima.
El Plan de Seguridad y Salvamento deberá prever que en el caso de producirse un
accidente o emergencia que requiera la movilización de recursos ajenos a los del Plan
de Seguridad y Salvamento, la persona que ejerza la jefatura de turno o de playa será
el responsable de realizar la comunicación inmediata al Centro Coordinador de
Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES 1-1-2).
Además de recoger por escrito el presente apartado la Categoría Laboral del
responsable de poner en marcha el Plan de Actuación ante emergencias, se indicarán
los sistemas de localización, números de teléfono.
Quedará recogido por escrito el procedimiento inicial de comunicación al CECOES 1-
1-2 seria mediante telefonía fija o telefonía móvil.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 39
6. INTEGRACIÓN DEL PLAN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR.
6.1.- Los protocolos de notificación de la emergencia.
La centralización de notificación de la emergencia se sitúa en la figura del Jefe de
Playa o Jefe de Turno; o a través de los usuarios de la playa.
La primera notificación de la emergencia puede provenir de:
Miembros del Servicio de Salvamento.
Avisos de usuarios a personal en servicio.
Avisos provenientes de servicios de playa.
Avisos que lleguen a través de Centros Coordinadores (CECOES 1-1-2 y
CECOPAL, o Policía Local).
Las comunicaciones:
De incidentes graves o muy graves a la persona Coordinadora de las playas
del Municipio.
La demanda de Ayudas externas al CECOES 1-1-2.
De la transferencia del Plan de Seguridad y Salvamento de la Playa, a un Plan
de ámbito superior (Plan especial o Plan de ámbito territorial), a través del
CECOES 1-1-2.
Corresponden directamente al Jefe de Playa o Jefe de Turno, en servicio.
6.2.- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u
otra zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del
CECOES 1-1-2.
Procedimiento de coordinación e integración del Plan de Seguridad y Salvamento de la
Playa se realizará mediante la comunicación de la situación a través del CECOES 1-1-
2 y la solicitud de integración operativa en el Plan especial o Territorial que
corresponda.
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los
planes y las actuaciones del sistema público de protección civil.
Por ello, se integrará de manera operativa recursos humanos y medios materiales,
recibiendo las instrucciones a través de sus propios mandos naturales del servicio en
situaciones de emergencia de Protección Civil, como conocedores del entorno y de las
condiciones de la Playa y por la cualificación profesional de sus recursos y la
adecuación de los medios al entorno.
Fuera de dichas situaciones la colaboración se realizará mediante:
Puesta en conocimiento y actualizaciones de los medios y recursos de los que
dispone el servicio.
Aportación periódica de información de incidentes en la Playa.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 40
Realización de al menos una visita al año guiada con quien designe el sistema
Público de Protección Civil (CECOES 1-1-2, GES, etc.) para mejor
conocimiento del medio.
Realización de maniobras y ejercicios de tablero conjuntos que ponga en
práctica operatividad y la coordinación entre ambos sistemas.
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7. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
7.1. Identificación del responsable de la implantación del Plan.
Es el ayuntamiento como administrador de la playa el responsable de la implantación
del presente Plan de Seguridad y Salvamento. En este caso será la alcaldesa quien
será el responsable de que la implantación se realice.
Por otra parte, y de conformidad con la legislación vigente, la totalidad de los
empleados, tanto del ayuntamiento como de cualquier empresa que realice labores en
la playa, están obligados a participar en las actividades que se les encomiende en el
Plan de Seguridad y Salvamento.
El responsable del Plan de Seguridad y Salvamento estudiará la puesta en práctica del
Plan, su viabilidad y mantenimiento. Este dictará las normas precisas para la
unificación de criterios, planificación de cursos de especialización y formación,
programación de simulacros, confección de manuales, programas y calendario de
actividades, así como designación de las personas encargadas de su realización.
7.2. Programa de formación y capacitación para el personal con participación
activa en el plan de seguridad y salvamento.
Todo el personal con responsabilidad en actuar ante situaciones de emergencias
recibirá información en materia de prevención y seguridad, así como información sobre
los riesgos existentes en el medio objeto de estudio y medidas de actuación ante una
situación de emergencia.
Esta formación para los el personal de la concejalía de playas, personal de los
servicios de playas, servicio de bomberos, servicio de protección civil, servicio de
policía local, consistirá:
1. Introducción, sensibilización y presentación del Plan de Salvamento y Socorrismo.
2. Actuación cuando hay conocimiento de una posible situación de emergencia 3. Actuación ante confirmación de emergencia real 4. Recorrido y conocimiento de vías y recorridos de evacuación 5. Conocimiento y prácticas según las situaciones. 6. Actuación ante otras emergencias: accidente personal, caídas, etc. 7. Primeros Auxilios
7.3.- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento.
Todo el personal recibirá formación e información básica sobre actuación en caso de
emergencia, de tal forma, que le permita actuar correctamente ante situaciones de
riesgos identificados en la actividad objeto de estudio.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 42
7.4.- Programa de información general para las personas usuarias.
Esta documentación se entrega antes del inicio del Plan de Salvamento y Socorrismo
para los usuarios de la playa, y siempre que se produzcan modificaciones. Se debe
indicar al menos:
Contenidos informativos mínimos.
Medios de difusión (trípticos, cartelería, cuñas de radio o televisión local,
emisión de avisos).
Idiomas en los que se difundirá la información.
Cronología a lo largo del año (Temporada baja, temporada alta, etc.)
El ayuntamiento dispondrá de folletos informativos para los usuarios indicando las
consignas generales de actuación en caso de emergencia.
7.5.- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 43
7.6.- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.
Los miembros de los equipos de emergencia informarán al Director del Plan de
Salvamento y Socorrismo de las deficiencias y carencias de los materiales y recursos
para el control de las emergencias.
No obstante, el titular de la actividad se asegurará bien mediante medios propios, o
mediante la subcontratación de servicios, de que el estado de sus equipos e
instalaciones se encuentren en perfectas condiciones de uso y no supongan en ningún
momento un riesgo para la seguridad y salud de sus trabajadores o cualquier persona
externa. Una vez elaborado el Plan, quedan por realizar los siguientes trabajos:
Incorporación de medios técnicos previstos.
Confección de carteles.
Reuniones informativas para todo el personal del establecimiento.
Selección del personal que formará parte del equipo de emergencias.
Formación del personal seleccionado.
Colocación de carteles.
Colocación de señales previstas, así como un ejemplar de cada una en lugares
conocidos con su significado, para que se aprendan por los usuarios.
Realización de simulacros.
El cronograma que establece el ayuntamiento como el responsable de ejecutar lo
dispuesto en el plan será:
- Establecer los medios materiales en el primer año desde la implantación del
Plan de Salvamento y Socorrismo.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 44
8. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
SEGURIDAD Y SALVAMENTO.
8.1.- Programa de reciclaje de formación e información.
De forma anual, el responsable del Plan de Salvamento y Socorrismo, se asegura de
que todo el personal con funciones asignadas en la actuación de una emergencia, siga
teniendo la capacidad necesaria para el desarrollo de las mismas.
Asimismo, se formará específicamente en su función, al personal de nueva
incorporación al equipo de emergencias o a las personas que se les asigne nuevas
funciones dentro del equipo. Periódicamente se debe realizar un reciclaje de la
formación e información inicial facilitada a los trabajadores.
Se repetirá anualmente las consignas correspondientes a los componentes del equipo
de emergencia, con especial atención a las funciones más prácticas (reanimación
cardiopulmonar, atragantamientos, evacuación etc.).
El sistema de evaluación del nivel de formación de los integrantes del equipo de
emergencia, será mediante el análisis de la actuación y coordinación de éstos en los
simulacros programados o en las incidencias reales acaecidas.
8.2.- Programa de sustitución de medios y recursos.
Anualmente, el responsable del Plan revisará la adecuación y estado de los medios
materiales destinados a la autoprotección. Por otro lado:
Se evaluarán los informes de los equipos de rescate.
Se revisarán si funcionan correctamente los medios de comunicación y la
señalización sigue siendo la adecuada.
Se realizará una inspección visual del estado de los equipos de protección
individual.
Se revisarán los informes de las emergencias reales acaecidas, así como de
los simulacros realizados y verificará la eficacia de las medidas correctoras
propuestas, en su caso.
Se revisarán los informes enviados por los integrantes del equipo de
emergencia.
De la información que se obtengan se corregirán las deficiencias detectadas y se
modificará el mantenimiento preventivo en aquellas instalaciones que hayan tenido
más deficiencias de las aceptables.
Los medios materiales de protección previstos para una emergencia deben ser
mantenidos en buen estado de conservación, ya que su utilización, probablemente
haya de ser requerida en un breve espacio de tiempo. Por ello, deben tomarse las
medidas oportunas para que estos medios materiales estén en perfecto estado de uso,
reponiendo aquellos que sufran desgaste, hayan superado su fecha de caducidad, o
bien, hayan sido usados.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 45
En algunos casos, el mantenimiento y las inspecciones de seguridad de algunos
equipos e instalaciones, se encuentran reguladas por reglamentación propia, tienen
unos plazos máximos para sus revisiones, así como un control de fechas de
caducidad, los cuales deberán ser respetados. No obstante, en aquellos casos, en los
que no existe normativa específica que regule la periodicidad de las revisiones,
mantenimiento, o inspecciones de los equipos, se procederá a aplicar los controles
establecidos por el titular de la instalación.
8.3.- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad
de realización de los mismos.
En todo caso, se le dará comunicación al órgano competente en materia de Protección
Civil, de la realización de ejercicios o simulacros en las playas u otras zonas de baño
marítimas tendrá carácter voluntario, salvo en el caso de los ejercicios o simulacros en
los que se proponga la movilización de un medio externo al servicio de salvamento y
afecte al espacio público exterior de la playa.
En estos casos se notificará, con una antelación mínima de treinta días, la realización
del simulacro al órgano competente en materia de protección civil del municipio y al
Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES
112) a los efectos de tener conocimiento del simulacro.
Concreción de al menos una vez al año, será de carácter e implicación externa al
propio servicio de Salvamento en Playa y tendrá por objeto la comprobación de la
capacidad organizativa y de coordinación con recursos externos al propio servicio
(servicio público de asistencia sanitaria Pre Hospitalaria, Bomberos, salvamento
marítimo, GES, GEAS, etc.) pudiendo ser de dos tipos.:
Los ejercicios o maniobras no conllevaran la comunicación pública, medios de
comunicación, de dicha actividad al ser un método de carácter evaluador y de auto
aprendizaje sin que deba estar preparado, teniendo como objetivo el de comprobar la
capacidad de respuesta organizativa y de trabajo coordinado con otros servicios,
organismos e instituciones.
El simulacro es una actividad de cara al público, que suele ser previamente publicitada
(medios de comunicación) y cuyo objetivo es demostrar las capacidades y
procedimientos de intervención en supuestos, lo más parecido a situaciones reales,
pero previamente preparados.
El simulacro no sólo sirve para validar la eficacia del Plan de Salvamento y Socorrismo
diseñado, sino también para familiarizar al personal adscrito al Plan con los equipos y
técnicas a utilizar en caso de situación de emergencia.
Mediante los simulacros se pretende:
Comprobar los tiempos de respuesta de los equipos.
Comprobar la ubicación de los medios de protección y su estado.
Comprobar la idoneidad de las misiones asignadas a las personas.
Detectar omisiones en las conductas previstas en el Plan.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 46
Entrenarse en las evacuaciones.
Medir los tiempos de evacuación.
Comprobar la correcta señalización.
Comprobar la eficacia de los medios materiales
Los simulacros partirán de una supuesta situación de emergencia predeterminada y se
desarrollarán de tal manera que permitan:
Comprobar la mecánica interna y funcional del Plan o de una parte concreta del
mismo.
Comprobar la suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
Comprobar el grado de capacitación y formación del personal, con misiones
asignadas en el Plan.
Comprobar el grado de mantenimiento de las instalaciones y su respuesta.
Comprobar los tiempos de respuestas de los medios técnicos y de los
organizativos.
Comprobar la adecuación de los procedimientos de actuación.
8.4.- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma
parte del plan.
Cada cierto tiempo, el responsable del Plan de Autoprotección, revisará la
documentación del Plan de Seguridad y Salvamento, realizando las modificaciones
oportunas.
Asimismo, deberá revisarse el Plan siempre que se dé algunas de las siguientes
circunstancias:
Modificación de la legislación vigente o reglamentación de orden interno.
Modificaciones sustanciales en la configuración de los edificios o en las
actividades.
Deficiencias observadas en el plan a partir de la realización de simulacros o
bien por motivo de emergencias reales.
El cambio de las condiciones de las instalaciones.
La incorporación de nuevas equipos.
El cambio o modificación de los procedimientos de trabajo.
El cambio o modificación del equipo directivo del establecimiento.
Revisiones Puntuales: Cuando conlleve cambios de los datos de los responsables
del Plan de Seguridad y Salvamento, sistemas de comunicación o números de
localización (teléfonos, ITSI, etc.), cambio de medios (cambios de sillas de vigilancia
por Torres, cambio de embarcación por moto de agua – plancha de rescate o
viceversa, etc.) o cambio de la normativa de aplicación que suponga modificación del
Plan de Seguridad y Salvamento.
Revisión Anual: El Plan de Seguridad y Salvamento deberá ser revisado,
especialmente en materia de determinación, análisis y evaluación de riesgos, derivado
de la explotación de datos al final de cada año.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 47
Revisión cada tres años: como máximo, para de manera detallada realizar una
revisión completa y pormenorizada de cada uno de los Capítulos y apartados del Plan
de Seguridad y Salvamento.
8.5.- Programa de inspecciones e investigaciones de incidentes o siniestros.
Una auditoría consiste en asegurar que la organización, los procesos y procedimientos
establecidos son adecuados al sistema de gestión de seguridad.
Las inspecciones son revisiones parciales de un equipo, de una instalación o de un
sistema de organización.
Las auditorías se realizarán siempre con independencia y objetividad.
Las auditorías e inspecciones se pueden realizar por personal propio o titulares de la
actividad así como por organismos oficiales que marque la legislación vigente; para su
realización se establecerá un plan, donde se determinarán las fechas en que se deben
realizar.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 48
APÉNDICES
APÉNDICE I. DIRECTORIO DE COMUNICACIONES.
1.- Teléfonos del Personal del Servicio de Salvamento.
Nombre y apellidos Cargo Teléfono Email
Oliver González Cabrera Concejal 616 632 092
Antonio Fajardo García Coordinador municipal 606 520 809
José Rodríguez Sánchez 2º Jefatura de playa 627 903 666
2.- Teléfonos de ayuda exterior y servicios de emergencia.
Tabla que contenga el listado de números de teléfonos de los servicios municipales
(policía local, limpiezas, vías y obras, etc.) y empresas prestatarias de servicios de
estos, con indicación del nombre del servicio.
Servicios. Teléfono
Policía Local 928 866 107
Protección Civil 609 987 372
Bomberos 928 867 652
Tan solo tendrá dicha tabla los números de servicios municipales, puesto que los
requerimientos de ayudas externas de servicios de las Administraciones Insulares,
Autonómicos o Estatales serán requeridos a través del CECOES 1-1-2.
Emergencias. Ayuda Externa 1 – 1 – 2
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 49
APÉNDICE II. FORMULARIOS PARA LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS REVISIONES ANUALES DEL PLAN.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES ACUÁTICOS
DÍA: ____/____/___ HORA COMIENZO INCIDENTE ___:____
HORA FINALIZACIÓN INCIDENTE ___:____
TIPO DE INCIDENTE (1)
CAUSA
SITUACIÓN AGRAVADA POR (2)
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE
NUMERO DE SOCORRISTAS ACTIVADOS: TEMPERATURA MEDIA AGUA:
MEDIOS MATERIALES UTILIZADOS
RECEPCIÓN DE LA ALERTA / DETECCIÓN INCIDENTE
MÉTODO DE COMUNICACIÓN DE LA ALERTA
HORA RECEPCIÓN AVISO O DETECCIÓN INCIDENTE :
POSICIÓN GPS INCIDENTE Latitud Longitud
DENOMINACIÓN DEL LUGAR INCIDENTE: DISTANCIA DE LA ORILLA:
NUMERO DE AFECTADOS: EDADES: SEXO:
NACIONALIDADES: LIMITACIONES FÍSICAS, PSÍQUICAS O INTELECTUALES:
PATOLOGÍAS PREVIAS AFECTADOS: CONSUMO ALCOHOL O DROGAS:
VALORACIÓN ESTADO SI HA HABIDO TRANSFERENCIA A RECURSO SANITARIO
COLOR DE BANDERA IZADA: TOTAL EFECTIVOS EN SERVICIO:
SEÑALIZACIÓN DINÁMICA EN EL LUGAR: AFLUENCIA USUARIOS ZONA INCIDENTE:
AVISOS PREVIOS A AFECTADO/S: INTENSIDAD / DIRECCIÓN VIENTO:
OTROS SERVICIOS INTERVINIENTES
1) Orientativos; Distress, ahogamiento, posible PCR, arrastre por corriente,
atrapado en rompiente, deriva en flotador, perdida flotador, caída al agua,
lesión musculo esquelética, lesión cervical o medular, ataque/
mordedura/picadura fauna marina.
2) Oleaje, Fuerte corriente, fuerte viento, altas temperaturas, marea baja o alta,
talud, zona de rocas sumergidas, fauna marina, actividad de riesgo (describir),
incumplimiento instrucciones socorrista, incumplimiento código bandera,
incumplimiento señal dinámica, práctica deportiva (¿cuál?), otros.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 50
FORMULARIO DE RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS COMUNICACIONES
CUATRIMESTRALES AL CECOES 1-1-2
TOMA DE DATOS DE INCIDENTES PARA COMUNICACIÓN CUATRIMESTRAL CECOES 1-1-2
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA
NUMERO DE CATALOGACIÓN CLASIFICACIÓN
FECHA DEL INCIDENTE HORA DEL INCIDENTE
HORA DEL NOTIFICACIÓN AL CECOES 1-1-2
IZADO DE BANDERA Y CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL BAÑO
LOCALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA EN EL SECTOR DE PLAYA
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL INCIDENTE / TIPO DE RIESGO Y GRAVEDAD
ACTUACIÓN ANTE EL INCIDENTE
IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS Y MEDIOS QUE INTERVINIERON EN EL INCIDENTE
MOVILIZACIÓN Y RECEPCIÓN DE RECURSOS AJENOS AL PLAN DE SEG. Y SALV.
MEDIDAS DE COORDINACIÓN OPERATIVA DURANTE EL INCIDENTE
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE PARA IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS
PERSONAS AFECTADAS, VALORACIÓN
DATOS PERSONAS AFECTADA
DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS O SITUACIÓN QUE MOTIVARON EL INCIDENTE
CONCLUSIONES, PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS /CORRECTORAS
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 51
FORMULARIO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2.
MODELO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2
NOMBRE Y CARGO DE QUIEN REALIZA LA COMUNICACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL JEFE DE PLAYA O TURNO
HORA DE INICIO DE LA INCIDENCIA O EMERGENCIA
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
NUMERO DE CATALOGACIÓN DE PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
LOCALIZACIÓN DEL INCIDENTE O EMERGENCIA
TIPO DE INCIDENTE Y GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN O EMERGENCIA
NUMERO DE PERSONAS AFECTADAS (DESCRIPCIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO)
MEDIOS Y RECURSOS MOVILIZADOS (INTERVINIENDO EN EL LUGAR)
PUNTO/S DE RECEPCIÓN DE AYUDA EXTERNA Y ACCESIBILIDAD
IDENTIFICACIÓN Y MÉTODOS DE COMUNICACIÓN EN EL LUGAR
PELIGROS AÑADIDOS
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL BAÑO E IZADO DE BANDERA
OBSERVACIONES
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 52
APÉNDICE III. PLANOS.
Se incluirán planos a escala 1:5000, en los que se incluirá el código de identificación
asignado en el catálogo de las playas y otras zonas de baño. Para la elaboración de
los planos se tendrá en cuenta incluir la información siguiente:
a) Posición geográfica de la playa u otra zona de baño marítima dentro del
entorno insular con identificación de las vías de comunicación,
accesibilidad.
b) Descripción de accesos y evacuación: se especificarán los accesos a la
playa u otra zona de baño marítima indicando condiciones de
accesibilidad.
c) Ubicación en la playa u otra zona de baño de instalaciones fijas, de
carteles informativos, sectores de uso, balizamientos...
d) Focos o zonas de peligro más significativos de la playa u otra zona de
baño marítima.
e) Localización de los medios y personal del Servicio de Salvamento.
La escala a 1:5000 es indicativa, en todo caso la escala se deberá ajustar a la
dimensión de la playa u otra zona de baño marítima, y adecuada al grado de detalle
requerido para facilitar la identificación de los contenidos e interpretación de los
mismos. La escala utilizada ha de estar identificada en el Plan.
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SALVAMENTO
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DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras
zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias
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EQUIPO REDACTOR
ADRIÁN JOSÉ SÁNCHEZ REYES.
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ÍNDICE
NORMATIVA DE REFERENCIA……………………………………………………………9
CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la
playa u otra zona de baño marítima……………………………………………………11
1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de
catalogación y clasificación...........................................................................................11
1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del
servicio y prórrogas, en su caso………………………………….................................... 11
1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento
que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de
contacto.........................................................................................................................11
1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, datos de
contacto.........................................................................................................................12
1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes
de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y
Salvamento....................................................................................................................12
CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño
marítima y medio físico en el que se desarrolla…………………..............................13
2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y
clasificación...................................................................................................................13
2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada
en
metros............................................................................................................................13
2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios,
instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.................................................13
2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media,
etc..................................................................................................................................13
2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial
descripción de los accesos para los vehículos de emergencia….................................14
2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la
misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias, incluyendo accesos
para personas discapacitadas...................................................................................... 14
CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos…………………………15
3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los
sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 4
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la
misma............................................................................................................................15
3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de
baño...............................................................................................................................15
3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo……………........................................18
3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar
a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos
de protección civil………………….…….........................................................................18
3.5- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la playa u otra
zona de baño marítima y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas....................................................................................................................21
3.6- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño marítima,
para cada una de las temporadas de afluencia.............................................................21
CAPÍTULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de seguridad y
salvamento de la playa u otra zona de baño marítima………………………………25
4.1- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar los
riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los
Servicios Externos de Emergencias, conforme -en su caso- a las temporadas o
periodos que resulten de los diferentes grados de protección......................................25
4.2- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u otra
zona de baño, por sector, conforme, en su caso, a las temporadas o periodos que
resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación de
riesgos…………………………………………………………….…………………..………25
4.3 - Horarios del servicio de vigilancia y de salvamento..............................................25
CAPÍTULO 5: Plan de Actuación ante emergencias de la playa u otra zona de
baño marítima………………………………………………………………………….…..26
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias…………….................................26
5.2.- Procedimientos de actuación ante emergencias…………….................................28
5.3- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias………………………..............................33
5.4- Identificación de la persona que ejerce la Jefatura de playa o de turno, y en su
caso, la persona coordinadora del servicio de playas………………………..................33
5.5- Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante
Emergencias de playa u otra zona de baño marítima...................................................33
CAPÍTULO 6: Integración del Plan en otros de ámbito superior………………...…34
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 5
6.1- Los protocolos de notificación de la emergencia...................................................34
6.2- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u otra
zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del CECOES
1-1-2..............................................................................................................................34
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los planes y
las actuaciones del sistema público de protección civil…….........................................34
CAPÍTULO 7: Implantación del plan del Plan de Seguridad y Salvamento……….36
7.1- Identificación del responsable de la implantación del Plan....................................36
7.2- Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en
el Plan de Seguridad y Salvamento…………………………….......................................36
7.3- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento……………………...................................................................36
7.4- Programa de información general para las personas usuarias..............................37
7.5- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.........................................................................................................................37
7.6- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos…………...38
CAPÍTULO 8: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Seguridad
y
Salvamento……………….............................................................................................39
8.1- Programa de reciclaje de formación e información................................................39
8.2- Programa de sustitución de medios y recursos.....................................................39
8.3- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad de
realización de los mismos……………………….............................................................40
8.4- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte
del plan......................................................................................................................…41
8.5- Programa de inspecciones e investigación de incidentes o siniestros…………....42
APÉNDICES.
APÉNDICE I.- Directorio de comunicación…………….............................................43
APÉNDICE II.- Formularios para la gestión de emergencias……………….............44
APÉNDICE III.- Planos………………...........................................................................47
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HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS PLAN SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Versión Revisión Fecha Paginas Afectadas Causa de Modificación
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NORMATIVA DE REFERENCIA
El ordenamiento jurídico sustenta la autoprotección y la seguridad para este tipo de
actividades y eventos en:
La Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 31 de julio de 1972 (BOE nº
184, de 2 de agosto de 1972), por la que se dictan normas e instrucciones para
la seguridad humana en los lugares de baño.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 de julio, por la que se
resuelven determinados recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recoge en su fundamento jurídico 7.i),
en relación con la elaboración y aprobación de normas sobre seguridad
humana en lugares de baño, que si bien es evidente que tales normas afectan
directamente al uso común del dominio público, cuya regulación es
competencia estatal, pueden encuadrarse al mismo tiempo en el ámbito de la
protección civil.
Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.
El Plan de Seguridad Canario aprobado por el Gobierno de Canarias el 30 de
abril de 1997 y ratificado por el Parlamento Canario en su sesión del 29 de abril
de 1998.
Orden de la Consejería de Presidencia de 21 de diciembre de 1999 (BOC nº
167, de 22 de diciembre de 1999).
La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y
Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación
de las Policías Locales de Canarias.
Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.
Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias,
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y
otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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1. IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS TITULARES Y DEL EMPLAZAMIENTO DE LA
PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
1.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítimo, número de
catalogación y clasificación.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva
Nombre de la Playa Playa El Moro.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103008300 Identificador DGSE.
Clasificación Peligrosa.
1.2.- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento.
Vigilancia del servicio y prórrogas, en su caso.
ENTIDAD PRESTATARIA SERVICIO PUBLICO DE SALVAMENTO EN PLAYA
Empresa del Servicio de Salvamento Proactiva Serveis Aquatics SL
Dirección Postal Puerto deportivo Badalona, local 22 a 25 CP08912
Teléfono/s 934 644 878
Email [email protected]
Fecha de comienzo de prestación del
Servicio
1.3.- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del
Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas.
Datos de contacto.
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA QUE DEPENDE EL SERVICIO DE PLAYA
CONCEJALIA
Concejalía Responsable del servicio de
Playas/ datos del titular.
Concejalía de playas del Ayuntamiento de
La Oliva.
Nombre y Apellidos Concejal responsable Oliver Cristian González Cabrera
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
DEPARTAMENTO
Departamento que supervisa servicio
salvamento Seguridad Ciudadana
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
COORDINADOR MUNICIPAL DEL SERVICIO DE PLAYAS
Teléfono fijo / móvil 629 888 216
Email [email protected]
Nombre y Apellidos José Rodríguez Sánchez
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1.4.- Personas que asumen la jefatura de playa de turnos. Datos de contacto.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURAS DE TURNOS
Jefatura de playa
Nombre y Apellidos. - 1 José Rodríguez Sánchez
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
Nombre y Apellidos. - 2 Antonio Fajardo García
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
1.5.- Nombre y n. º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de
Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de
Seguridad y Salvamento.
DATOS DEL TÉCNICO REDACTOR DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Nombre y Apellidos Adrián José Sánchez Reyes
DNI/NIF/NIE/PASAPORTE 78536733 J
Dirección Postal C/ Amapola nº 6. Pájara. 35628
Teléfono móvil de contacto 606 808 983
Email [email protected]
Titulación Graduado en Seguridad y Control de Riesgos
Nº de Técnico Redactor. - TR TR-000835
Epígrafes habilitados como TR Todos.
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2. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA Y MEDIO FÍSICO EN EL QUE SE DESARROLLA.
2.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación
y clasificación.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa El Moro.
Denominación o nombre popular El Moro.
Numero de catalogación de la Playa 103008300 Identificador DGSE.
Clasificación Peligrosa.
2.2.- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media
expresada en metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Posición GPS central Latitud 28° 41' 1,919" N
Longitud 13° 49' 56,793" O
Longitud total de la Playa 560 metros.
Anchura media 45 metros.
2.3.- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los
edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
Tipo de entorno de la Playa Aislada.
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. -
Distancia hasta las fachadas -
Instalaciones de riesgo próximas,
características. -
Áreas de uso comunitario próximas -
2.4.- Descripción de playa: clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente
media, etcétera.
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Arena.
Por su pendiente - 1,6º
Condiciones predominantes del baño Oleaje fuerte / Ventosa.
Según su morfología Abierta
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2.5.- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa.
Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima. Desde la carretera FV-104, a pie.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Arenoso, desde arcén de la carretera,
sólo a pie.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Ninguna.
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil.
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos.
Zona de fácil acceso tanto aéreo como
marítimo.
2.6.- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas
en la misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias,
incluyendo accesos para personas discapacitadas.
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS.
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: turistas y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar. Ninguna.
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida. Ninguna.
Este apartado 2.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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3. INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS.
3.1.- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño, de los sectores,
los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
Lugares o espacios que
por sus características
pudieran producir lesiones
o daño.
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro de la playa
Elemento de peligro: corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugares o espacios que
por sus características
pudieran poner en peligro
la vida humana
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro de la playa.
Elemento de peligro: corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
3.2.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad
de baño.
Los riesgos propios de la actividad del baño, pueden ser:
Actuaciones personales: derivados de una acción personal sobre el entorno,
zambullirse de cabeza, volteretas, carreras con resultados de lesiones
medulares, cortes, contusiones, traumatismo craneal, abdominal, torácico, etc.
Actividades deportivas: derivados de la interacción con objetos y elementos
utilizados en actividades deportivas que provocan lesión, embarcaciones a
remo, vela o motor, tablas de surf, paddle surf o bodyboard, windsurf, kitesurf,
palas de tenis, pelotas o balones, etc.
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Actividades en la arena: lesiones o riesgo vital en la zona secundaria derivados
de la realización de actividades, castillos, agujeros, otros juegos, estos
accidentes pueden ir desde lesiones musculo esqueléticas, colapso de
agujeros de gran tamaño con persona dentro, etc.
Actividades en el agua: situaciones de distress, semiahogamiento,
ahogamiento completo, rompientes, corrientes, sobre esfuerzo, etc.
Enfermedades sobrevenidas: infartos, hidrocuciones, sincope, hipoglucemia o
hiperglucemia, quemaduras, golpes de calor, etc.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravío de personas: niños, personas muy mayores, otras personas
con discapacidades o enfermedades que incrementa tal posibilidad, etc.
Vertido / Contaminación marina: de tipo biológico o químico, por fuga, vertido,
rotura de conducciones o arrastrado por corrientes marinas, depuradoras,
industrias, barcos, etc.
Actos terroristas y otros contra la seguridad: terrorismo de cualquier origen,
actos vandálicos y contra la seguridad de las personas a titulo colectivo).
Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO
de Evaluación de Riesgos (igual que el usado por el PLATECA) en base a la
probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de
antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de
afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados.
Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de
Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del
producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de
consecuencias (S).
P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo)
Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz
de Índice de Riesgo.
Dónde:
> 10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO
10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO
100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar
y determinar - ALTO
< 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo –
MUY ALTO
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PROBABILIDAD
Prácticamente nula
Muy baja Baja Probable Muy probable
SEVERIDAD 0 2 5 10 20
Ninguna 0 0 0 0 0 0
Daños poca consideración 2 0 4 10 20 40
Daños materiales y humanos
5 0 10 25 50 100
Grandes Daños, numerosos afectados
10 0 20 50 100 200
Víctimas mortales 20 0 40 100 200 400
RIESGOS PROPIOS DE LA ACTIVIDAD DE BAÑO.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACTUACIONES PERSONALES 10 5 50
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 10 5 50
ACTIVIDADES EN LA ARENA 10 5 50
ACTIVIDADES EN EL AGUA 5 5 25
ENFERMEDADES SOBREVENIDAS 5 2 10
PRESENCIA DE FAUNA MARINA 10 5 50
PERDIDA O EXTRAVIÓ DE PERSONAS
2 2 4
VERTIDO / CONTAMINACIÓN MARINA
2 5 10
ACTOS TERRORISTAS Y OTROS CONTRA LA SEGURIDAD
2 2 4
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3.3.- Identificación de lugares y zonas de riesgo.
En cuanto a los lugares o zonas de riesgos identificados en el plan, se localizan los
siguientes:
En la zona norte identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 41’ 12,83” N – Longitud 13º 49’ 54,44” O.
En la zona centro playa identificamos como elementos de peligro el estado de
la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro”.
La posición GPS: Latitud 28º 41’ 06,15” N – Longitud 13º 49’ 56,76” O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas, con
la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona resbaladiza
e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 40’ 57,56” N – Longitud: 13º 49’ 54,82” O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
3.4.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos que pudieran
afectar a la playa o zona de baño, previstos en los planes especiales y
específicos de protección civil.
RIESGOS NATURALES.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
INUNDACIONES
Crecidas o Avenidas 2 2 4
Acumulaciones Pluviométricas 2 2 4
Roturas o daños graves en obras hidráulicas
- - -
Roturas o daños graves en infraestructuras hidráulicas
- - -
MOVIMIENTOS SIMISCOS
Terremotos 2 2 4
Maremotos - - -
Erupciones Volcánicas 0 0 0
ERUPCIONES VOLCANICAS
Flujos de lava - - -
Cenizas - -
Movimientos sísmicos 2 2 4
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Gases Tóxicos - - -
Desprendimientos y proyectiles - - -
FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
Nevadas - -
Lluvias torrenciales 2 2 4
Olas de frio - - -
Granizadas, heladas - - -
Vientos fuertes 20 5 100
Temporales Costeros 10 5 50
Ola de calor 10 5 50
Calimas y Polvo en suspensión 10 5 50
Sequias 10 2 20
MOVIMIENTOS GRAVITATORIOS
Desprendimientos - - -
Avalanchas - - -
Deslizamientos del Terreno - - -
Erosión Costera 10 2 20
OTROS
Plaga de Langosta 2 2 4
Incendios Forestales - - -
RIESGOS ANTRÓPICOS.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S) ÍNDICE DE
RIESGO (IR)
INCENDIOS
Urbanos - - -
Industriales - - -
RIESGO EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ESPECIALIZADAS
Montaña - - -
Espeleología - - -
Deportes Náuticos 10 5 50
Rallies - - -
Aéreos - - -
ANOMALÍAS EN EL SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS
Energía eléctrica - - -
Agua - - -
Telecomunicaciones - - -
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Combustibles - - -
RIESGOS SANITARIOS
Contaminación bacteriológica 10 5 50
Intoxicaciones alimentarias 5 5 25
Epidemias - - -
RIESGOS DEBIDOS A CONCENTRACIONES HUMANAS
Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas 2 2 4
Colapso y boqueo de servicios 2 2 4
INTENCIONADOS
Actos Vandálicos 10 2 20
Terrorismo 2 2 4
OTROS
Colapso de estructuras - - -
RIESGOS TECNOLÓGICOS.
DENOMINACIÓN
PROBABILIDAD (P)
SEVERIDAD (S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACCIDENTES DE ORIGEN INDUSTRIAL
Contaminación ambiental - - -
Incendio - - -
Explosión y deflagración - - -
Colapso de grandes estructuras - - -
Accidentes en centrales energéticas o Plantas potabilizadoras
- - -
Radioactivos (Instalaciones, transporte)
- - -
ACCIDENTES DE TRANSPORTE
Accidentes de carretera 10 2 20
Accidentes aéreos 2 20 40
Accidentes marítimos 10 5 50
Accidentes de tranvía - - -
ACCIDENTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
Accidentes en carretera 10 5 50
Accidentes en el mar 5 10 50
Accidente en transporte por conducciones
- - -
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Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas - - -
Colapso y boqueo de servicios - - -
3.5.- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la
playa u otra zona de baño y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas.
IDENTIFICACIÓN, CUANTIFICACIÓN Y TIPOLOGÍA DE USUARIOS
TIPO DE USUARIO: BAÑISTAS / VISITANTES
Tipo/ características: Usuarios turistas o foráneos especialmente en fines de semana, festivos o períodos vacacionales desde el amanecer al ocaso. Lugar/zona: Zona al norte de rocas. Zona central de playa transitable con riesgo en lámina de agua por corriente. Zona al sur de rocas. Coincidiendo estas tres zonas de riesgo por corrientes y oleaje. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al total de los usuarios de la playa un 15% residente y 60% foráneos.
TIPO DE USUARIO: DEPORTISTAS - SURF
Tipo/ características: Usuarios deportistas, practicantes de surf y bodyboard, especialmente en épocas con condiciones favorables para la práctica deportiva. Desde la salida a la puesta de sol. Lugar/zona: Zona norte de la playa. Zona sur de la playa. Numero o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al 25% de los usuarios de dicho sector, siendo mayoritariamente residentes de la zona.
3.6.- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño
marítima, para cada una de las temporadas de afluencia.
De la combinación de los datos de RIESGO INTRÍNSECO y de la AFLUENCIA, de la
playa obtendremos el GRADO DE PROTECCIÓN, dicho Grado de Protección nos
dará como resultado y en aplicación del ANEXO IV del DECRETO los Recursos
Humanos y los Medios materiales que corresponden a dicha Playa, Sector o Zona de
baño.
LA AFLUENCIA, para estimar la afluencia se partirá de los datos del año anterior de la
playa, sector de playa o zona de baño marítima, ponderados a media marea (justo
entre marea alta y marea baja) y en las fechas de máximo uso anual (mayor afluencia
de usuarios del año).
Puesto que en playas de grandes dimensiones (largo superior a 400 m.), la afluencia
puede variar de una zona a otras, incluso de manera considerable, se podrá estimar
por sectores de 400 metros a fin de ajustar de manera correcta dicho dato y obtener
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resultado más objetivo del Grado de Protección y así adecuar los medios y recursos a
disponer de una manera cercana a la realidad.
Los criterios de valoración son:
AFLUENCIA VALOR
Menos de 10 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 2.000 en una superficie de
veinte mil metros cuadrados.
ALTA
Entre 10 y 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
MEDIA
Más de 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
BAJA
La afluencia se valora como BAJA.
El RIESGO INTRÍNSECO de cada playa, sector o zona de baño marítima se
determinará a través del análisis de los factores de riesgo que son.
1. HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS:
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS VALOR DE PELIGROSIDAD
Cuando se hayan producido uno o más incidentes muy graves 5
Cuando se hayan producido uno o más incidentes graves 3
Cuando no se hayan producido ningún incidente graves o muy graves 0
2. CARGA POBLACIONAL:
NÚCLEO DE POBLACIÓN CERCANO VALOR DE PELIGROSIDAD
Más de 100.000 habitantes 5
Entre más de 20.000 y 100.000 habitantes 3
Entre 5.000 y 20.000 habitantes. 1
Menos de 5.000 habitantes 0
3. CONDICIONES HABITUALES DEL MAR:
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR VALOR DE PELIGROSIDAD
Existe habitualmente olas de altura superior a 1 m. o corrientes fuertes 5
Existen olas de altura superior a 0´5 m. o corrientes que puedan afectar a los bañistas
3
Mar en calma o cuando las condiciones de las corrientes no puedan 0
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afectar a bañistas.
4. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA:
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
VALOR DE PELIGROSIDAD
Con peligros añadidos y difíciles vías de acceso y evacuación, sólo accesible con medios aéreos o marítimos.
5
Con peligros añadidos, el acceso y evacuación solo se puede realizar con vehículos todos terrenos o a pie.
3
Con peligros añadidos, sin dificultades de acceso. 1
Sin peligros añadidos. 0
5. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE
REALIZAN Y EXISTENCIA DE BALIZAMIENTO EN ZONAS DE BAÑO:
COEXISTENCIA EN LA PLAYA Y ZONAS DE BAÑO CON
ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE REALIZAN, Y
DISPOSICIÓN DE BALIZAMIENTO
VALOR DE PELIGROSIDAD
En la playa coexiste actividad náutica, deportiva y de baño y no existe balizamiento, ni señalización de sectores deportivos.
5
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, no dispone de balizamiento, y si dispone de señalización de sectores deportivos.
3
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, si dispone de balizamiento, y no dispone de señalización de sectores deportivos.
1
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, y disponen de balizamiento y señalización de sectores deportivos.
0
El cálculo del RIESGO INTRÍNSECO se obtiene tras haber asignado un valor de
peligrosidad a cada uno de los 5 factores de riesgo (tablas anteriores), sumar
todos ellos y dividirlo entre 5 dando un resultado de:
VALOR NUMÉRICO RIESGO INTRÍNSECO
Más de 4 y hasta 5 puntos RIESGO ALTO
Más de 2 y hasta 4 puntos RIESGO MEDIO
Entre 0 y 2 puntos RIESGO BAJO
La combinación de los datos de:
RIESGO INTRÍNSECO / AFLUENCIA = GRADO DE PROTECCIÓN
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De acuerdo con la tabla siguiente:
GRADO DE PROTECCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
AFLUENCIA BAJA MEDIA ALTA
RIE
SG
O
INT
RÍN
SE
CO
BAJO BAJO MODERADO ALTO
MEDIO BAJO MODERADO ALTO
ALTO MODERADO ALTO ALTO
CRITERIO VALOR NIVEL DE RIESGO
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS 5
BAJO
CARGA POBLACIONAL 0
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR 3
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS EL ENTORNO
3
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 5
RIESGO INTRÍNSECO: 5 + 0 + 3 + 3 + 5 = 16 / 5 = 3,2
SECTOR AFLUENCIA NIVEL DE RIESGO GRADO DE PROTECCIÓN
PLAYA BAJA MEDIO BAJO
Este apartado 3.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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4. INVENTARIO Y DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS Y MEDIOS DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
4.1.- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, 4.1.-
Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar
los riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención
de los Servicios Externos de Emergencias, conforme – en su caso- a las
temporadas o periodos que resulten de los diferentes grados de protección.
Los grados de protección de la playa vienen determinados por el Decreto 116/2018 en
su ANEXO IV, siendo en este caso, Grado de Protección Bajo, por lo que el
dimensionamiento del equipo humano será determinado por el Ayuntamiento en
función de las circunstancias concurrentes, las medidas de prevención, de prestación
de servicios y el equipo humano que en cada caso sea necesario.
4.2.- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u
otra zona de baño, por sector, conforme en su caso a las temporadas o periodos
que resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación
de riesgos.
El equipamiento de material será en base al grado de protección de la playa, siendo un
Grado de Protección Bajo, por lo que se deberá de contar con cartel informativo de
la playa o sectores conforme a las previsiones del artículo 10 del Decreto (carteles
informativos -situados 1 por acceso)-con indicación del código de identificación de la
playa, indicación de playa libre, significado de las banderas, 1-1-2 como teléfono de
emergencias, situación del sistema de comunicaciones, horarios y significado señales
dinámicas riesgo del sector); por el que se regulan las medidas para la aplicación de
las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de las
emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño
marítimas.
En todo caso, se dotará a las playas sin vigilancia con un grado de protección bajo, de
elementos se seguridad pasiva como aros salvavidas y carretel, entre otros.
4.3.- Horarios del servicio de vigilancia y salvamento.
HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO
GRADO DE PROTECCIÓN / TEMPORADA HORARIO DETALLES
GRADO DE PROTECCIÓN BAJO 11:00 a 19:00
Este capítulo 4., se representa en el apéndice III.- Planos.
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5. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA.
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias.
En función del tipo de riesgo.
RIESGOS PROPIOS.
Accidentes personales.
Accidentes deportivos.
Accidentes en la arena.
Actividades en el Agua.
Enfermedades sobrevenidas.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravió de personas.
Vertido / contaminación marina.
Actos terroristas y otros contra la seguridad.
RIESGOS EXTERNOS
RIESGOS NATURALES
Inundaciones.
Movimientos sísmicos.
Erupciones volcánicas.
Asociados a fenómenos meteorológicos adversos.
Movimientos gravitatorios.
Plaga de langosta.
Incendios forestales.
RIESGOS ANTRÓPICOS
Colapso de estructuras.
Incendios.
Riesgos en actividades deportivas especializadas.
Anomalías en el suministro de servicios básicos.
Riesgos sanitarios.
Riesgos debidos a concentraciones humanas.
Intencionados.
RIESGOS TECNOLÓGICOS
Accidentes de origen industrial.
Accidentes de transporte.
Transporte de mercancías peligrosas.
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Actuación en función de la gravedad.
PREEMERGENCIA:
Situación en la que los parámetros definidores del riesgo evidencian que la
materialización del mismo puede ser inminente.
EMERGENCIA:
Cuando los parámetros definidores del riesgo evidencian la materialización del riesgo.
Dentro de la situación de emergencia distinguimos (ANEXO V, Decreto 116/2018):
SITUACIÓN 0:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
la playa con presencia de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacado en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran
en apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
SITUACIÓN 1:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa con presencia de Servicio de Salvamento y que requiere de la movilización de
medios y/o recursos ajenos a la playa.
Se trataría de supuestos en los que el personal socorrista destacado en la playa
valora la necesidad de movilizar medios ajenos al Servicio de Salvamento, para el
salvamento o auxilio de personas usuarias y bañistas en peligro de ahogamiento, la
prestación de asistencia sanitaria y/o traslado a centros sanitarios, o se requiera el
concurso de la Policía Local u otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por tratarse
de situaciones que igualmente afecten a la seguridad ciudadana o al incumplimiento
de normas vigentes.
SITUACIÓN 2:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que sin presencia de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3:
Emergencia de protección civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o
medio ambiente.
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En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables
y los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los
protocolos, procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del
mando por las autoridades de protección civil en los casos que lo requieran.
Actuación en función de la ocupación y medios humanos.
En la Playa las acciones posibles son básicamente dos, EVACUACIÓN DEL ESPACIO
ACUÁTICO o ZONA PRIMARIA y EVACUACIÓN DEL ESPACIO TERRESTRE
PRÓXIMO O ZONA SECUNDARIA.
Ello es debido a que la playa no ofrece protección estructural a los usuarios que
permitan un confinamiento, por lo que la acción en todos los casos conlleva
Evacuación, bien Evacuación Parcial si es solo de la ZONA PRIMARIA o evacuación
completa o total si afecta a la ZONA PRIMARIA y ZONA SECUNDARIA, en este último
caso se recomienda cerrar los accesos a la playa mediante vallado y balizamiento de
estos.
5.2.- Procedimiento de actuación ante emergencias.
a) Detección y Alerta.
La DETECCIÓN (descubrimiento del suceso o incidente) puede provenir de diversas
vías:
Directa de usuarios de la Playa.
Por el personal de servicios (hamacas, limpieza, Kioscos o chiringuitos).
Detección por personal de Salvamento del servicio.
Personal de seguridad de servicio la Playa Policía Local, CNP o Guardia Civil
(según corresponda).
La ALERTA, se dará aviso de la manera más breve o inmediata posible a los servicios
de emergencias a través del 1-1-2.
La alerta nos puede llegar:
De manera directa por usuarios o testigos del incidente o suceso.
A través de otros servicios de la playa (hamacas, limpieza, CC.FF.SS), por vía
telefónica o por radiofrecuencia (telefonía, telefonía móvil o walkie).
A través de Centros Coordinadores de Emergencias y Seguridad, CECOES 1-
1-2, CECOPAL.
b) Mecanismos de Alarma.
Partiendo del concepto de ALARMA como el aviso por el que se informa a los medios
y recursos operativos para su inmediata intervención o bien el aviso a los usuarios
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(publico) de la Playa, la alarma al CECOES 1-1-2, por ello tendremos 3 tipos de avisos
de comunicación de la alarma.
ALARMA. - Para la activación de los medios y recursos del servicio de salvamento
en playa, en caso de que se establezca, para intervenir en un incidente o situación
de emergencia. - Proviniendo de múltiples fuentes posibles, podrá llegar por medio
de telefonía, radiocomunicaciones o personalmente.
ALARMA. - Para la activación de recursos externos a través del CECOES 1-1-2.-
Sera realizado por el Jefe de Playa o Turno o persona en quien este delegue
mediante emisora a través de la red RESCAN TETRA, si no fuera posible se
realizara por medio telefónico.
ALARMA. - A los usuarios de la Playa para que abandonen una zona potencial de
riesgo o para comunicarles la evacuación de la zona primaria, de la secundaria o
evacuación completa. - Sera realizado mediante sistema de avisos, de disponer de
él, o bien mediante el aviso por medios portátiles y móviles a los usuarios por parte
del personal de salvamento de la playa.
Identificación de la persona que dará los avisos.
En base a lo anterior y sabiendo que los tipos de alarmas pueden ser tres, activación
de medios y recursos, activación de recursos externos y avisos a los usuarios.
Al menos en los casos de determinación y activación de los medios y recursos propios
y en los ajenos (CECOES 1-1-2) la comunicación será realizada por el Jefe de Playa o
Turno de Playa, se indicara nombre y apellidos horarios y días de la semana y en su
caso su sustituto.
En el caso de avisos a los usuarios de la Playa, el responsable que de que se
comunique a estos por los medios disponibles (megafonía portátil, sistema de avisos)
será el Jefe de Playa o Turno de Playa, que podrá delegar la acción en alguien de su
personal.
Identificación y métodos de comunicación con CECOES 1-1-2.
La comunicación con el CECOES 1-1-2, para la demanda de recursos ajenos al
servicio de salvamento o activación de Plan de ámbito superior será realizada por el
Jefe de Playa o Turno directamente con el siguiente procedimiento por orden.
Comunicación directa se realizará mediante telefonía al CECOES 1-1-2.
c) Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.
CONATO DE EMERGENCIA.
En primer lugar, una vez conocida una situación de emergencia, recibida la alerta, hay
que confirmar su localización y veracidad mediante la comprobación personal por
recursos del servicio de Salvamento, a la vez que se determinan las acciones
ordenadas a tomar, mientras se confirma la veracidad y naturaleza de la emergencia.
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SITUACIÓN 0.- Emergencia Parcial.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa mientras se dispone de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacados en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran en
apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
El procedimiento conllevara al menos la activación del personal en servicio más
próximo al lugar del incidente y de los medios y recursos móviles de la Playa
(embarcación o moto de agua).
Si con estos la situación fuese controlada o resuelta se dará por finalizada la
emergencia, en caso de que los medios y recursos resulten insuficientes se activara la
situación siguiente.
SITUACIÓN 1.
Emergencia de carácter ordinario que requiere de medios y recursos externos al
servicio de Salvamento en Playas (requerimiento de servicios de CC.FF.SS, servicios
Sanitarios), es complemento del procedimiento anterior. Corresponde al Jefe de Turno
o Playa realizar la activación de recursos externos al Servicio de Salvamento.
SITUACIÓN 2.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que no dispone de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3.
Emergencia de Protección Civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o medio
ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables y
los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los protocolos,
procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del mando por las
autoridades de Protección Civil en los casos que lo requieran.
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d) Evacuación o Confinamiento.
Siendo la Evacuación el desalojo ordenado de un espacio o recinto, la evacuación en
la Playas, consistirán en:
EVACUACIÓN DE LA ZONA PRIMARIA.
Evacuación de la zona de agua o lámina de agua, pudiéndose dar por múltiples
motivos.
EVACUACIÓN DE LA ZONA SECUNDARIO O EVACUACIÓN COMPLETA.
Desalojo ordenado de la zona de playa, terreno, o solárium de zona marítima de baño
En el presente caso se indicará en el Plan de Seguridad las vías de evacuación de la
Playa o Zona Marítima de Baño, los puntos de reunión para cada vía de evacuación.
Estableceremos, un punto de evacuación OESTE (W).
No está previsto el CONFINAMIENTO en la Playa, al ser el objetivo de este
procedimiento el de resguardar y proteger la integridad de las personas dentro de un
entorno estructural (cerramiento que aporta protección, especialmente con respecto al
entorno inmediato y al medio ambiente que le rodea) y esto no es posible en la Playa o
zona marítima de baño.
Prestación de las Primeras Ayudas.
En el caso de que el ayuntamiento establezca servicio de salvamento en la playa, se
llevará a cabo lo siguiente:
El Jefe de Playa o Turno, dentro de su potestad de Coordinación de las actuaciones
de emergencia (Art. 14 Decreto 116/2018) determinara los medios y recursos que
intervendrán en primera instancia y tendrá prevista la continuidad del servicio en el
resto de la Playa, disponiendo de información en todo momento de la evolución de las
ayudas prestadas, de los afectados y del desarrollo del mismo incidente.
El Jefe de Playa o de Turno, preverá una serie de medios y recursos adicionales para
reforzar a los que se ya se encuentren en la intervención, mediante la reorganización
del servicio y estimara en que momento, umbral / límite de los recursos propios –
Distress del sistema, no resulta posible la resolución del incidente sin el apoyo de
recursos externos.
Modos de recepción de las Ayudas externas al servicio de salvamento de la playa.
Tras activación de otros medios o recursos externos, a través del CECOES 1-1-2, el
Jefe de turno o playa determinara el punto de encuentro idóneo para la espera y
recepción de esos recursos externos, para ello comandará a quien corresponda dicha
función y estará debidamente identificado.
Los medios externos mientras se encuentran en curso hacia punto de encuentro se le
facilitarán la siguiente información:
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Lugar del incidente, con posición GPS caso de medios marítimos o aéreos.
Lugar del punto de encuentro, sobre todo medios terrestres, modo de
identificación visual del personal de recepción de dichos medios.
Riesgo para las ayudas externas en aproximación al lugar, por cualquier vía (ya
sea aérea, marítima o terrestre).
Hechos o acontecimientos relevantes del incidente, que conlleven la adopción
de medidas especiales de protección o seguridad de las ayudas externas.
El número de afectados, caso de haberlos.
Por lo contrario, las primeras ayudas las realizarán los usuarios de la playa debiendo
de llamar al 1-1-2.
5.3.- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias.
En este apartado se detalla el procedimiento operativo ordenado para diversas
situaciones que deban enfrentar (Ahogamientos, enfermedades sobrevenidas, persona
extraviada, etc.) y para cada tipo de actividad profesional y situación:
Jefe de Playa o Turno. (Coordinación de la operativa).
Socorrista de actividades acuáticas, vigilancia a pie de agua y atención
sanitaria. (Vigilancia, rescate y atención).
Socorrista – Patrón, embarcación / moto de agua. (manejo y uso de la
embarcación).
Socorrista rescatador embarcación / moto de agua (rescate).
5.4.- Identificación de la persona que ejerce la jefatura de playa o de turno, y en
su caso, la persona coordinadora del servicio de playas.
No se establece una personas destinada para esa función.
5.5. Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación
ante Emergencias de playa u otra zona de baño marítima.
El Plan de Seguridad y Salvamento deberá prever que en el caso de producirse un
accidente o emergencia que requiera la movilización de recursos ajenos a los del Plan
de Seguridad y Salvamento, la persona que ejerza la jefatura de turno o de playa será
el responsable de realizar la comunicación inmediata al Centro Coordinador de
Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES 1-1-2).
Además de recoger por escrito el presente apartado la Categoría Laboral del
responsable de poner en marcha el Plan de Actuación ante emergencias, se indicarán
los sistemas de localización, números de teléfono.
Quedará recogido por escrito el procedimiento inicial de comunicación al CECOES 1-
1-2 seria mediante telefonía fija o telefonía móvil.
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6. INTEGRACIÓN DEL PLAN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR.
6.1.- Los protocolos de notificación de la emergencia.
La centralización de notificación de la emergencia se sitúa en la figura del Jefe de
Playa o Jefe de Turno; o a través de los usuarios de la playa.
La primera notificación de la emergencia puede provenir de:
Miembros del Servicio de Salvamento.
Avisos de usuarios a personal en servicio.
Avisos provenientes de servicios de playa.
Avisos que lleguen a través de Centros Coordinadores (CECOES 1-1-2 y
CECOPAL, o Policía Local).
Las comunicaciones:
De incidentes graves o muy graves a la persona Coordinadora de las playas
del Municipio.
La demanda de Ayudas externas al CECOES 1-1-2.
De la transferencia del Plan de Seguridad y Salvamento de la Playa, a un Plan
de ámbito superior (Plan especial o Plan de ámbito territorial), a través del
CECOES 1-1-2.
Corresponden directamente al Jefe de Playa o Jefe de Turno, en servicio.
6.2.- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u
otra zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del
CECOES 1-1-2.
Procedimiento de coordinación e integración del Plan de Seguridad y Salvamento de la
Playa se realizará mediante la comunicación de la situación a través del CECOES 1-1-
2 y la solicitud de integración operativa en el Plan especial o Territorial que
corresponda.
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los
planes y las actuaciones del sistema público de protección civil.
Por ello, se integrará de manera operativa recursos humanos y medios materiales,
recibiendo las instrucciones a través de sus propios mandos naturales del servicio en
situaciones de emergencia de Protección Civil, como conocedores del entorno y de las
condiciones de la Playa y por la cualificación profesional de sus recursos y la
adecuación de los medios al entorno.
Fuera de dichas situaciones la colaboración se realizará mediante:
Puesta en conocimiento y actualizaciones de los medios y recursos de los que
dispone el servicio.
Aportación periódica de información de incidentes en la Playa.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 35
Realización de al menos una visita al año guiada con quien designe el sistema
Público de Protección Civil (CECOES 1-1-2, GES, etc.) para mejor
conocimiento del medio.
Realización de maniobras y ejercicios de tablero conjuntos que ponga en
práctica operatividad y la coordinación entre ambos sistemas.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 36
7. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
7.1. Identificación del responsable de la implantación del Plan.
Es el ayuntamiento como administrador de la playa el responsable de la implantación
del presente Plan de Seguridad y Salvamento. En este caso será la alcaldesa quien
será el responsable de que la implantación se realice.
Por otra parte, y de conformidad con la legislación vigente, la totalidad de los
empleados, tanto del ayuntamiento como de cualquier empresa que realice labores en
la playa, están obligados a participar en las actividades que se les encomiende en el
Plan de Seguridad y Salvamento.
El responsable del Plan de Seguridad y Salvamento estudiará la puesta en práctica del
Plan, su viabilidad y mantenimiento. Este dictará las normas precisas para la
unificación de criterios, planificación de cursos de especialización y formación,
programación de simulacros, confección de manuales, programas y calendario de
actividades, así como designación de las personas encargadas de su realización.
7.2. Programa de formación y capacitación para el personal con participación
activa en el plan de seguridad y salvamento.
Todo el personal con responsabilidad en actuar ante situaciones de emergencias
recibirá información en materia de prevención y seguridad, así como información sobre
los riesgos existentes en el medio objeto de estudio y medidas de actuación ante una
situación de emergencia.
Esta formación para los el personal de la concejalía de playas, personal de los
servicios de playas, servicio de bomberos, servicio de protección civil, servicio de
policía local, consistirá:
1. Introducción, sensibilización y presentación del Plan de Salvamento y Socorrismo.
2. Actuación cuando hay conocimiento de una posible situación de emergencia 3. Actuación ante confirmación de emergencia real 4. Recorrido y conocimiento de vías y recorridos de evacuación 5. Conocimiento y prácticas según las situaciones. 6. Actuación ante otras emergencias: accidente personal, caídas, etc. 7. Primeros Auxilios
7.3.- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento.
Todo el personal recibirá formación e información básica sobre actuación en caso de
emergencia, de tal forma, que le permita actuar correctamente ante situaciones de
riesgos identificados en la actividad objeto de estudio.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 37
7.4.- Programa de información general para las personas usuarias.
Esta documentación se entrega antes del inicio del Plan de Salvamento y Socorrismo
para los usuarios de la playa, y siempre que se produzcan modificaciones. Se debe
indicar al menos:
Contenidos informativos mínimos.
Medios de difusión (trípticos, cartelería, cuñas de radio o televisión local,
emisión de avisos).
Idiomas en los que se difundirá la información.
Cronología a lo largo del año (Temporada baja, temporada alta, etc.)
El ayuntamiento dispondrá de folletos informativos para los usuarios indicando las
consignas generales de actuación en caso de emergencia.
7.5.- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 38
7.6.- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.
Los miembros de los equipos de emergencia informarán al Director del Plan de
Salvamento y Socorrismo de las deficiencias y carencias de los materiales y recursos
para el control de las emergencias.
No obstante, el titular de la actividad se asegurará bien mediante medios propios, o
mediante la subcontratación de servicios, de que el estado de sus equipos e
instalaciones se encuentren en perfectas condiciones de uso y no supongan en ningún
momento un riesgo para la seguridad y salud de sus trabajadores o cualquier persona
externa. Una vez elaborado el Plan, quedan por realizar los siguientes trabajos:
Incorporación de medios técnicos previstos.
Confección de carteles.
Reuniones informativas para todo el personal del establecimiento.
Selección del personal que formará parte del equipo de emergencias.
Formación del personal seleccionado.
Colocación de carteles.
Colocación de señales previstas, así como un ejemplar de cada una en lugares
conocidos con su significado, para que se aprendan por los usuarios.
Realización de simulacros.
El cronograma que establece el ayuntamiento como el responsable de ejecutar lo
dispuesto en el plan será:
- Establecer los medios materiales en el primer año desde la implantación del
Plan de Salvamento y Socorrismo.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 39
8. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
SEGURIDAD Y SALVAMENTO.
8.1.- Programa de reciclaje de formación e información.
De forma anual, el responsable del Plan de Salvamento y Socorrismo, se asegura de
que todo el personal con funciones asignadas en la actuación de una emergencia, siga
teniendo la capacidad necesaria para el desarrollo de las mismas.
Asimismo, se formará específicamente en su función, al personal de nueva
incorporación al equipo de emergencias o a las personas que se les asigne nuevas
funciones dentro del equipo. Periódicamente se debe realizar un reciclaje de la
formación e información inicial facilitada a los trabajadores.
Se repetirá anualmente las consignas correspondientes a los componentes del equipo
de emergencia, con especial atención a las funciones más prácticas (reanimación
cardiopulmonar, atragantamientos, evacuación etc.).
El sistema de evaluación del nivel de formación de los integrantes del equipo de
emergencia, será mediante el análisis de la actuación y coordinación de éstos en los
simulacros programados o en las incidencias reales acaecidas.
8.2.- Programa de sustitución de medios y recursos.
Anualmente, el responsable del Plan revisará la adecuación y estado de los medios
materiales destinados a la autoprotección. Por otro lado:
Se evaluarán los informes de los equipos de rescate.
Se revisarán si funcionan correctamente los medios de comunicación y la
señalización sigue siendo la adecuada.
Se realizará una inspección visual del estado de los equipos de protección
individual.
Se revisarán los informes de las emergencias reales acaecidas, así como de
los simulacros realizados y verificará la eficacia de las medidas correctoras
propuestas, en su caso.
Se revisarán los informes enviados por los integrantes del equipo de
emergencia.
De la información que se obtengan se corregirán las deficiencias detectadas y se
modificará el mantenimiento preventivo en aquellas instalaciones que hayan tenido
más deficiencias de las aceptables.
Los medios materiales de protección previstos para una emergencia deben ser
mantenidos en buen estado de conservación, ya que su utilización, probablemente
haya de ser requerida en un breve espacio de tiempo. Por ello, deben tomarse las
medidas oportunas para que estos medios materiales estén en perfecto estado de uso,
reponiendo aquellos que sufran desgaste, hayan superado su fecha de caducidad, o
bien, hayan sido usados.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 40
En algunos casos, el mantenimiento y las inspecciones de seguridad de algunos
equipos e instalaciones, se encuentran reguladas por reglamentación propia, tienen
unos plazos máximos para sus revisiones, así como un control de fechas de
caducidad, los cuales deberán ser respetados. No obstante, en aquellos casos, en los
que no existe normativa específica que regule la periodicidad de las revisiones,
mantenimiento, o inspecciones de los equipos, se procederá a aplicar los controles
establecidos por el titular de la instalación.
8.3.- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad
de realización de los mismos.
En todo caso, se le dará comunicación al órgano competente en materia de Protección
Civil, de la realización de ejercicios o simulacros en las playas u otras zonas de baño
marítimas tendrá carácter voluntario, salvo en el caso de los ejercicios o simulacros en
los que se proponga la movilización de un medio externo al servicio de salvamento y
afecte al espacio público exterior de la playa.
En estos casos se notificará, con una antelación mínima de treinta días, la realización
del simulacro al órgano competente en materia de protección civil del municipio y al
Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES
112) a los efectos de tener conocimiento del simulacro.
Concreción de al menos una vez al año, será de carácter e implicación externa al
propio servicio de Salvamento en Playa y tendrá por objeto la comprobación de la
capacidad organizativa y de coordinación con recursos externos al propio servicio
(servicio público de asistencia sanitaria Pre Hospitalaria, Bomberos, salvamento
marítimo, GES, GEAS, etc.) pudiendo ser de dos tipos.:
Los ejercicios o maniobras no conllevaran la comunicación pública, medios de
comunicación, de dicha actividad al ser un método de carácter evaluador y de auto
aprendizaje sin que deba estar preparado, teniendo como objetivo el de comprobar la
capacidad de respuesta organizativa y de trabajo coordinado con otros servicios,
organismos e instituciones.
El simulacro es una actividad de cara al público, que suele ser previamente publicitada
(medios de comunicación) y cuyo objetivo es demostrar las capacidades y
procedimientos de intervención en supuestos, lo más parecido a situaciones reales,
pero previamente preparados.
El simulacro no sólo sirve para validar la eficacia del Plan de Salvamento y Socorrismo
diseñado, sino también para familiarizar al personal adscrito al Plan con los equipos y
técnicas a utilizar en caso de situación de emergencia.
Mediante los simulacros se pretende:
Comprobar los tiempos de respuesta de los equipos.
Comprobar la ubicación de los medios de protección y su estado.
Comprobar la idoneidad de las misiones asignadas a las personas.
Detectar omisiones en las conductas previstas en el Plan.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 41
Entrenarse en las evacuaciones.
Medir los tiempos de evacuación.
Comprobar la correcta señalización.
Comprobar la eficacia de los medios materiales
Los simulacros partirán de una supuesta situación de emergencia predeterminada y se
desarrollarán de tal manera que permitan:
Comprobar la mecánica interna y funcional del Plan o de una parte concreta del
mismo.
Comprobar la suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
Comprobar el grado de capacitación y formación del personal, con misiones
asignadas en el Plan.
Comprobar el grado de mantenimiento de las instalaciones y su respuesta.
Comprobar los tiempos de respuestas de los medios técnicos y de los
organizativos.
Comprobar la adecuación de los procedimientos de actuación.
8.4.- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma
parte del plan.
Cada cierto tiempo, el responsable del Plan de Autoprotección, revisará la
documentación del Plan de Seguridad y Salvamento, realizando las modificaciones
oportunas.
Asimismo, deberá revisarse el Plan siempre que se dé algunas de las siguientes
circunstancias:
Modificación de la legislación vigente o reglamentación de orden interno.
Modificaciones sustanciales en la configuración de los edificios o en las
actividades.
Deficiencias observadas en el plan a partir de la realización de simulacros o
bien por motivo de emergencias reales.
El cambio de las condiciones de las instalaciones.
La incorporación de nuevas equipos.
El cambio o modificación de los procedimientos de trabajo.
El cambio o modificación del equipo directivo del establecimiento.
Revisiones Puntuales: Cuando conlleve cambios de los datos de los responsables
del Plan de Seguridad y Salvamento, sistemas de comunicación o números de
localización (teléfonos, ITSI, etc.), cambio de medios (cambios de sillas de vigilancia
por Torres, cambio de embarcación por moto de agua – plancha de rescate o
viceversa, etc.) o cambio de la normativa de aplicación que suponga modificación del
Plan de Seguridad y Salvamento.
Revisión Anual: El Plan de Seguridad y Salvamento deberá ser revisado,
especialmente en materia de determinación, análisis y evaluación de riesgos, derivado
de la explotación de datos al final de cada año.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 42
Revisión cada tres años: como máximo, para de manera detallada realizar una
revisión completa y pormenorizada de cada uno de los Capítulos y apartados del Plan
de Seguridad y Salvamento.
8.5.- Programa de inspecciones e investigaciones de incidentes o siniestros.
Una auditoría consiste en asegurar que la organización, los procesos y procedimientos
establecidos son adecuados al sistema de gestión de seguridad.
Las inspecciones son revisiones parciales de un equipo, de una instalación o de un
sistema de organización.
Las auditorías se realizarán siempre con independencia y objetividad.
Las auditorías e inspecciones se pueden realizar por personal propio o titulares de la
actividad así como por organismos oficiales que marque la legislación vigente; para su
realización se establecerá un plan, donde se determinarán las fechas en que se deben
realizar.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 43
APÉNDICES
APÉNDICE I. DIRECTORIO DE COMUNICACIONES.
1.- Teléfonos del Personal del Servicio de Salvamento.
Nombre y apellidos Cargo Teléfono Email
Oliver González Cabrera Concejal 616 632 092
Antonio Fajardo García Coordinador municipal 606 520 809
José Rodríguez Sánchez 2º Jefatura de playa 627 903 666
David Tomás Curbelo Gopar Supervisor empresa 679 401 147
2.- Teléfonos de ayuda exterior y servicios de emergencia.
Tabla que contenga el listado de números de teléfonos de los servicios municipales
(policía local, limpiezas, vías y obras, etc.) y empresas prestatarias de servicios de
estos, con indicación del nombre del servicio.
Servicios. Teléfono
Policía Local 928 866 107
Protección Civil 609 987 372
Bomberos 928 867 652
Tan solo tendrá dicha tabla los números de servicios municipales, puesto que los
requerimientos de ayudas externas de servicios de las Administraciones Insulares,
Autonómicos o Estatales serán requeridos a través del CECOES 1-1-2.
Emergencias. Ayuda Externa 1 – 1 – 2
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 44
APÉNDICE II. FORMULARIOS PARA LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS REVISIONES ANUALES DEL PLAN.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES ACUÁTICOS
DÍA: ____/____/___ HORA COMIENZO INCIDENTE ___:____
HORA FINALIZACIÓN INCIDENTE ___:____
TIPO DE INCIDENTE (1)
CAUSA
SITUACIÓN AGRAVADA POR (2)
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE
NUMERO DE SOCORRISTAS ACTIVADOS: TEMPERATURA MEDIA AGUA:
MEDIOS MATERIALES UTILIZADOS
RECEPCIÓN DE LA ALERTA / DETECCIÓN INCIDENTE
MÉTODO DE COMUNICACIÓN DE LA ALERTA
HORA RECEPCIÓN AVISO O DETECCIÓN INCIDENTE :
POSICIÓN GPS INCIDENTE Latitud Longitud
DENOMINACIÓN DEL LUGAR INCIDENTE: DISTANCIA DE LA ORILLA:
NUMERO DE AFECTADOS: EDADES: SEXO:
NACIONALIDADES: LIMITACIONES FÍSICAS, PSÍQUICAS O INTELECTUALES:
PATOLOGÍAS PREVIAS AFECTADOS: CONSUMO ALCOHOL O DROGAS:
VALORACIÓN ESTADO SI HA HABIDO TRANSFERENCIA A RECURSO SANITARIO
COLOR DE BANDERA IZADA: TOTAL EFECTIVOS EN SERVICIO:
SEÑALIZACIÓN DINÁMICA EN EL LUGAR: AFLUENCIA USUARIOS ZONA INCIDENTE:
AVISOS PREVIOS A AFECTADO/S: INTENSIDAD / DIRECCIÓN VIENTO:
OTROS SERVICIOS INTERVINIENTES
1) Orientativos; Distress, ahogamiento, posible PCR, arrastre por corriente,
atrapado en rompiente, deriva en flotador, perdida flotador, caída al agua,
lesión musculo esquelética, lesión cervical o medular, ataque/
mordedura/picadura fauna marina.
2) Oleaje, Fuerte corriente, fuerte viento, altas temperaturas, marea baja o alta,
talud, zona de rocas sumergidas, fauna marina, actividad de riesgo (describir),
incumplimiento instrucciones socorrista, incumplimiento código bandera,
incumplimiento señal dinámica, práctica deportiva (¿cuál?), otros.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 45
FORMULARIO DE RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS COMUNICACIONES
CUATRIMESTRALES AL CECOES 1-1-2
TOMA DE DATOS DE INCIDENTES PARA COMUNICACIÓN CUATRIMESTRAL CECOES 1-1-2
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA
NUMERO DE CATALOGACIÓN CLASIFICACIÓN
FECHA DEL INCIDENTE HORA DEL INCIDENTE
HORA DEL NOTIFICACIÓN AL CECOES 1-1-2
IZADO DE BANDERA Y CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL BAÑO
LOCALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA EN EL SECTOR DE PLAYA
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL INCIDENTE / TIPO DE RIESGO Y GRAVEDAD
ACTUACIÓN ANTE EL INCIDENTE
IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS Y MEDIOS QUE INTERVINIERON EN EL INCIDENTE
MOVILIZACIÓN Y RECEPCIÓN DE RECURSOS AJENOS AL PLAN DE SEG. Y SALV.
MEDIDAS DE COORDINACIÓN OPERATIVA DURANTE EL INCIDENTE
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE PARA IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS
PERSONAS AFECTADAS, VALORACIÓN
DATOS PERSONAS AFECTADA
DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS O SITUACIÓN QUE MOTIVARON EL INCIDENTE
CONCLUSIONES, PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS /CORRECTORAS
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 46
FORMULARIO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2.
MODELO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2
NOMBRE Y CARGO DE QUIEN REALIZA LA COMUNICACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL JEFE DE PLAYA O TURNO
HORA DE INICIO DE LA INCIDENCIA O EMERGENCIA
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
NUMERO DE CATALOGACIÓN DE PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
LOCALIZACIÓN DEL INCIDENTE O EMERGENCIA
TIPO DE INCIDENTE Y GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN O EMERGENCIA
NUMERO DE PERSONAS AFECTADAS (DESCRIPCIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO)
MEDIOS Y RECURSOS MOVILIZADOS (INTERVINIENDO EN EL LUGAR)
PUNTO/S DE RECEPCIÓN DE AYUDA EXTERNA Y ACCESIBILIDAD
IDENTIFICACIÓN Y MÉTODOS DE COMUNICACIÓN EN EL LUGAR
PELIGROS AÑADIDOS
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL BAÑO E IZADO DE BANDERA
OBSERVACIONES
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 47
APÉNDICE III. PLANOS.
Se incluirán planos a escala 1:5000, en los que se incluirá el código de identificación
asignado en el catálogo de las playas y otras zonas de baño. Para la elaboración de
los planos se tendrá en cuenta incluir la información siguiente:
a) Posición geográfica de la playa u otra zona de baño marítima dentro del
entorno insular con identificación de las vías de comunicación,
accesibilidad.
b) Descripción de accesos y evacuación: se especificarán los accesos a la
playa u otra zona de baño marítima indicando condiciones de
accesibilidad.
c) Ubicación en la playa u otra zona de baño de instalaciones fijas, de
carteles informativos, sectores de uso, balizamientos...
d) Focos o zonas de peligro más significativos de la playa u otra zona de
baño marítima.
e) Localización de los medios y personal del Servicio de Salvamento.
La escala a 1:5000 es indicativa, en todo caso la escala se deberá ajustar a la
dimensión de la playa u otra zona de baño marítima, y adecuada al grado de detalle
requerido para facilitar la identificación de los contenidos e interpretación de los
mismos. La escala utilizada ha de estar identificada en el Plan.
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PLAN DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras
zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 2
EQUIPO REDACTOR
ADRIÁN JOSÉ SÁNCHEZ REYES.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 3
ÍNDICE
NORMATIVA DE REFERENCIA……………………………………………………………..9
CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la
playa u otra zona de baño marítima……………………………………………………..11
1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de
catalogación y clasificación...........................................................................................11
1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del
servicio y prórrogas, en su caso………………………………….....................................11
1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento
que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de
contacto.........................................................................................................................11
1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, datos de
contacto.........................................................................................................................12
1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes
de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y
Salvamento....................................................................................................................12
CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño
marítima y medio físico en el que se desarrolla…………………..............................13
2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y
clasificación...................................................................................................................13
2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada
en metros.......................................................................................................................13
2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios,
instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.................................................13
2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media,
etc.................................................................................................................................14
2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial
descripción de los accesos para los vehículos de emergencia….................................14
2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la
misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias, incluyendo accesos
para personas discapacitadas.......................................................................................15
CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos………………………….16
3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los
sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 4
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la
misma............................................................................................................................16
3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de
baño...............................................................................................................................17
3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo……………........................................19
3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar
a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos
de protección civil………………….…….........................................................................20
3.5- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la playa u otra
zona de baño marítima y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas....................................................................................................................23
3.6- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño marítima,
para cada una de las temporadas de afluencia.............................................................23
CAPÍTULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de seguridad y
salvamento de la playa u otra zona de baño marítima…………………………….…27
4.1- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar los
riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los
Servicios Externos de Emergencias, conforme -en su caso- a las temporadas o
periodos que resulten de los diferentes grados de protección......................................27
4.2- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u otra
zona de baño, por sector, conforme, en su caso, a las temporadas o periodos que
resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación de
riesgos…………………………………………………………….……………………………27
4.3 - Horarios del servicio de vigilancia y de salvamento..............................................28
CAPÍTULO 5: Plan de Actuación ante emergencias de la playa u otra zona de
baño marítima………………………………………………………………………………..29
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias…………….................................29
5.2.- Procedimientos de actuación ante emergencias…………….................................31
5.3- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias………………………..............................37
5.4- Identificación de la persona que ejerce la Jefatura de playa o de turno, y en su
caso, la persona coordinadora del servicio de playas………………………..................37
5.5- Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante
Emergencias de playa u otra zona de baño marítima...................................................37
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 5
CAPÍTULO 6: Integración del Plan en otros de ámbito superior………………...…38
6.1- Los protocolos de notificación de la emergencia...................................................38
6.2- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u otra
zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del CECOES
1-1-2..............................................................................................................................38
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los planes y
las actuaciones del sistema público de protección civil…….........................................38
CAPÍTULO 7: Implantación del plan del Plan de Seguridad y Salvamento……….40
7.1- Identificación del responsable de la implantación del Plan....................................40
7.2- Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en
el Plan de Seguridad y Salvamento…………………………….......................................40
7.3- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento……………………...................................................................40
7.4- Programa de información general para las personas usuarias..............................41
7.5- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.........................................................................................................................41
7.6- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos…………...42
CAPÍTULO 8: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Seguridad
y Salvamento………………..........................................................................................43
8.1- Programa de reciclaje de formación e información................................................43
8.2- Programa de sustitución de medios y recursos.....................................................43
8.3- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad de
realización de los mismos……………………….............................................................44
8.4- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte
del plan.........................................................................................................................45
8.5- Programa de inspecciones e investigación de incidentes o siniestros…………....46
APÉNDICES.
APÉNDICE I.- Directorio de comunicación…………….............................................47
APÉNDICE II.- Formularios para la gestión de emergencias……………….............48
APÉNDICE III.- Planos………………...........................................................................51
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HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS PLAN SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Versión Revisión Fecha Paginas Afectadas Causa de Modificación
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NORMATIVA DE REFERENCIA
El ordenamiento jurídico sustenta la autoprotección y la seguridad para este tipo de
actividades y eventos en:
La Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 31 de julio de 1972 (BOE nº
184, de 2 de agosto de 1972), por la que se dictan normas e instrucciones para
la seguridad humana en los lugares de baño.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 de julio, por la que se
resuelven determinados recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recoge en su fundamento jurídico 7.i),
en relación con la elaboración y aprobación de normas sobre seguridad
humana en lugares de baño, que si bien es evidente que tales normas afectan
directamente al uso común del dominio público, cuya regulación es
competencia estatal, pueden encuadrarse al mismo tiempo en el ámbito de la
protección civil.
Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.
El Plan de Seguridad Canario aprobado por el Gobierno de Canarias el 30 de
abril de 1997 y ratificado por el Parlamento Canario en su sesión del 29 de abril
de 1998.
Orden de la Consejería de Presidencia de 21 de diciembre de 1999 (BOC nº
167, de 22 de diciembre de 1999).
La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y
Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación
de las Policías Locales de Canarias.
Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.
Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias,
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y
otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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1. IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS TITULARES Y DEL EMPLAZAMIENTO DE LA
PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
1.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítimo, número de
catalogación y clasificación.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa el Bajo Negro
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103007900 Identificador DGSE.
Clasificación Libre
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa el Caserón
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103007800 Identificador DGSE.
Clasificación Libre
1.2.- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento.
Vigilancia del servicio y prórrogas, en su caso.
ENTIDAD PRESTATARIA SERVICIO PUBLICO DE SALVAMENTO EN PLAYA
Empresa del Servicio de Salvamento Ayuntamiento La Oliva
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfono/s 928 86 19 04
Email [email protected]
Fecha de comienzo de prestación del Servicio
1.3.- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del
Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas.
Datos de contacto.
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA QUE DEPENDE EL SERVICIO DE PLAYA
CONCEJALIA
Concejalía Responsable del servicio de
Playas/ datos del titular.
Concejalía de playas del Ayuntamiento de
La Oliva.
Nombre y Apellidos Concejal responsable Oliver Cristian González Cabrera
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
DEPARTAMENTO
Departamento que supervisa servicio
salvamento Seguridad Ciudadana
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
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COORDINADOR MUNICIPAL DEL SERVICIO DE PLAYAS
Teléfono fijo / móvil 629 888 216
Email [email protected]
Nombre y Apellidos José Rodríguez Sánchez
1.4.- Personas que asumen la jefatura de playa de turnos. Datos de contacto.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURAS DE TURNOS
Jefatura de playa
Nombre y Apellidos. - 1 José Rodríguez Sánchez
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
Nombre y Apellidos. - 2 Antonio Fajardo García
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
1.5.- Nombre y n. º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de
Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de
Seguridad y Salvamento.
DATOS DEL TÉCNICO REDACTOR DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Nombre y Apellidos Adrián José Sánchez Reyes
DNI/NIF/NIE/PASAPORTE 78536733 J
Dirección Postal C/ Amapola nº 6. Pájara. 35628
Teléfono móvil de contacto 606 808 983
Email [email protected]
Titulación Graduado en Seguridad y Control de Riesgos
Nº de Técnico Redactor. - TR TR-000835
Epígrafes habilitados como TR Todos.
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2. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA Y MEDIO FÍSICO EN EL QUE SE DESARROLLA.
2.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación
y clasificación.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa el Bajo Negro
Denominación o nombre popular Grandes Playas
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103007900 Identificador DGSE.
Clasificación Libre
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa el Caserón
Denominación o nombre popular Grandes Playas
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103007800 Identificador DGSE.
Clasificación Libre
2.2.- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media
expresada en metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO EL BAJO NEGRO
Posición GPS central Latitud 28° 42' 20,628" N
Longitud 13° 50' 15,366" O
Longitud total de la Playa 500 metros
Anchura media 45 metros
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO EL CASERÓN
Posición GPS central Latitud 28° 42' 35,368" N
Longitud 13° 50' 18,347" O
Longitud total de la Playa 300 metros
Anchura media 45 metros
2.3.- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los
edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
EL BAJO NEGRO
Tipo de entorno de la Playa Semiurbano
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. -
Distancia hasta las fachadas -
Instalaciones de riesgo próximas,
características. -
Áreas de uso comunitario próximas -
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DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
PLAYA EL CASERÓN
Tipo de entorno de la Playa Semiurbano
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. Hoteles
Distancia hasta las fachadas Hotel zona sur: 105 metros de distancia
Hotel zona norte: 20 metros de distancia
Instalaciones de riesgo próximas,
características. -
Áreas de uso comunitario próximas Zonas destinadas a las hamacas.
2.4.- Descripción de playa: clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente
media, etcétera.
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA EL BAJO NEGRO
Por el tipo de la Playa Natural
Según sus sedimentos Arena dorada
Por su pendiente - 3º
Condiciones predominantes del baño Ventosa / Oleaje moderado.
Según su morfología Abierta
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA EL CASERÓN
Por el tipo de la Playa Natural
Según sus sedimentos Arena dorada
Por su pendiente - 1,6º
Condiciones predominantes del baño Ventosa / Oleaje moderado.
Según su morfología Abierta
2.5.- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa.
Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA EL
BAJO NEGRO
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
FV-104 hasta hotel Riu Oliva Beach
Resort
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Distancia desde la playa hasta zona de
aparcamiento
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / uso de vehículos 4x4
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos.
Zona de fácil acceso tanto aéreo como
marítimo.
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CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA EL
CASERÓN
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
FV-104 hasta hotel Riu Oliva Beach
Resort
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Distancia desde la playa hasta zona de
aparcamiento
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / uso de vehículos 4x4
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos.
Zona de fácil acceso tanto aéreo como
marítimo.
2.6.- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas
en la misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias,
incluyendo accesos para personas discapacitadas.
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS. – EL BAJO NEGRO
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona de
playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna
Accesibilidad para personas con movilidad reducida
(PMR), características, detallar. No
Servicios o instalaciones específicas para personas
con movilidad reducida. No
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS. – PLAYA EL CASERÓN
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona de
playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna
Accesibilidad para personas con movilidad reducida
(PMR), características, detallar. No
Servicios o instalaciones específicas para personas
con movilidad reducida. No
Este apartado 2.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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3. INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS.
3.1.- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño, de los sectores,
los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
PLAYA EL BAJO NEGRO
Lugares o espacios que por sus características pudieran producir lesiones o daño.
Lugar/zona: zona norte. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona centro de la playa. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur. Elemento de peligro: rocas, corriente y viento. Características: resbaladizas y posibilidad de ser arrastrado.
Lugares o espacios que por sus características pudieran poner en peligro la vida humana
Lugar/zona: zona norte. Elemento de peligro: rocas, corriente y viento. Características: resbaladizas y posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona centro de la playa. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur. Elemento de peligro: rocas, corriente y viento. Características: resbaladizas y posibilidad de ser arrastrado.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
PLAYA EL CASERÓN
Lugares o espacios que por sus características pudieran producir lesiones o daño.
Lugar/zona: zona norte. Elemento de peligro: rocas, corriente y viento. Características: resbaladizas y posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona centro de la playa. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugares o espacios que por sus características pudieran poner en peligro la vida humana
Lugar/zona: zona norte. Elemento de peligro: rocas, corriente y viento. Características: resbaladizas y posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona centro de la playa. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur. Elemento de peligro: corriente y viento. Características: posibilidad de ser arrastrado.
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3.2.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad
de baño.
Los riesgos propios de la actividad del baño, pueden ser:
Actuaciones personales: derivados de una acción personal sobre el entorno,
zambullirse de cabeza, volteretas, carreras con resultados de lesiones
medulares, cortes, contusiones, traumatismo craneal, abdominal, torácico, etc.
Actividades deportivas: derivados de la interacción con objetos y elementos
utilizados en actividades deportivas que provocan lesión, embarcaciones a
remo, vela o motor, tablas de surf, paddle surf o bodyboard, windsurf, kitesurf,
palas de tenis, pelotas o balones, etc.
Actividades en la arena: lesiones o riesgo vital en la zona secundaria derivados
de la realización de actividades, castillos, agujeros, otros juegos, estos
accidentes pueden ir desde lesiones musculo esqueléticas, colapso de
agujeros de gran tamaño con persona dentro, etc.
Actividades en el agua: situaciones de distress, semiahogamiento,
ahogamiento completo, rompientes, corrientes, sobre esfuerzo, etc.
Enfermedades sobrevenidas: infartos, hidrocuciones, sincope, hipoglucemia o
hiperglucemia, quemaduras, golpes de calor, etc.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravío de personas: niños, personas muy mayores, otras personas
con discapacidades o enfermedades que incrementa tal posibilidad, etc.
Vertido / Contaminación marina: de tipo biológico o químico, por fuga, vertido,
rotura de conducciones o arrastrado por corrientes marinas, depuradoras,
industrias, barcos, etc.
Actos terroristas y otros contra la seguridad: terrorismo de cualquier origen,
actos vandálicos y contra la seguridad de las personas a titulo colectivo).
Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO
de Evaluación de Riesgos (igual que el usado por el PLATECA) en base a la
probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de
antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de
afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados.
Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de
Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del
producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de
consecuencias (S).
P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo)
Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz
de Índice de Riesgo.
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Dónde:
> 10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO
10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO
100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar
y determinar - ALTO
< 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo –
MUY ALTO
PROBABILIDAD
Prácticamente nula
Muy baja Baja Probable Muy probable
SEVERIDAD 0 2 5 10 20
Ninguna 0 0 0 0 0 0
Daños poca consideración
2 0 4 10 20 40
Daños materiales y humanos
5 0 10 25 50 100
Grandes Daños, numerosos afectados
10 0 20 50 100 200
Víctimas mortales 20 0 40 100 200 400
RIESGOS PROPIOS DE LA ACTIVIDAD DE BAÑO.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P)
SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE
RIESGO
(IR)
ACTUACIONES PERSONALES 10 5 50
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 10 5 50
ACTIVIDADES EN LA ARENA 10 5 50
ACTIVIDADES EN EL AGUA 5 5 25
ENFERMEDADES SOBREVENIDAS 5 2 10
PRESENCIA DE FAUNA MARINA 5 5 25
PERDIDA O EXTRAVIÓ DE
PERSONAS 2 2 4
VERTIDO / CONTAMINACIÓN
MARINA 2 5 10
ACTOS TERRORISTAS Y OTROS
CONTRA LA SEGURIDAD 2 2 4
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3.3.- Identificación de lugares y zonas de riesgo.
En cuanto a los lugares o zonas de riesgos identificados en el plan, se localizan los
siguientes:
Playa El Bajo Negro
En la zona norte identificamos como elementos de peligro el estado de la mar,
con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y viento reinante en
la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 42' 27,55'' N – Longitud 13º 50' 15,51'' O.
En la zona centro playa identificamos como elementos de peligro el estado de
la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y viento
reinante en la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 42' 21,71'' N – Longitud 13º 50' 13,77'' O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas, el
estado de la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y
viento reinante en la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 42' 11,34'' N– Longitud 13º 50' 10,26'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
Playa El Caserón
En la zona norte identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 42' 42,88'' N – Longitud 13º 50' 13,03'' O.
En la zona centro playa identificamos como elementos de peligro el estado de
la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y viento
reinante en la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 42' 39,02'' N – Longitud 13º 50' 17,72'' O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro el estado de la mar,
con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro” y viento reinante en
la zona.
La posición GPS: Latitud 28º 42' 28,85'' N– Longitud 13º 50' 17,41'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
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3.4.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos que pudieran
afectar a la playa o zona de baño, previstos en los planes especiales y
específicos de protección civil.
RIESGOS NATURALES.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
INUNDACIONES
Crecidas o Avenidas 2 2 4
Acumulaciones Pluviométricas 2 2 4
Roturas o daños graves en obras hidráulicas
2 2 4
Roturas o daños graves en infraestructuras hidráulicas
2 2 4
MOVIMIENTOS SIMISCOS
Terremotos 5 5 25
Maremotos 2 2 4
Erupciones Volcánicas - - -
ERUPCIONES VOLCANICAS
Flujos de lava - - -
Cenizas - -
Movimientos sísmicos 2 2 4
Gases Tóxicos - - -
Desprendimientos y proyectiles - - -
FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
Nevadas - -
Lluvias torrenciales 2 2 4
Olas de frio - - -
Granizadas, heladas - - -
Vientos fuertes 20 5 100
Temporales Costeros 10 5 50
Ola de calor 10 5 50
Calimas y Polvo en suspensión 10 5 50
Sequias 10 2 20
MOVIMIENTOS GRAVITATORIOS
Desprendimientos - - -
Avalanchas - - -
Deslizamientos del Terreno - - -
Erosión Costera 2 2 4
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OTROS
Plaga de Langosta 2 2 4
Incendios Forestales - - -
RIESGOS ANTRÓPICOS.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S) ÍNDICE DE
RIESGO (IR)
INCENDIOS
Urbanos 10 5 50
Industriales - - -
RIESGO EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ESPECIALIZADAS
Montaña - - -
Espeleología - - -
Deportes Náuticos 10 5 50
Rallies - - -
Aéreos - - -
ANOMALÍAS EN EL SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS
Energía eléctrica - - -
Agua - - -
Telecomunicaciones - - -
Combustibles - - -
RIESGOS SANITARIOS
Contaminación bacteriológica 10 5 50
Intoxicaciones alimentarias 5 5 25
Epidemias - - -
RIESGOS DEBIDOS A CONCENTRACIONES HUMANAS
Locales de pública concurrencia 5 5 25
Grandes concentraciones humanas 10 5 50
Colapso y boqueo de servicios 2 2 4
INTENCIONADOS
Actos Vandálicos 10 2 20
Terrorismo 5 10 50
OTROS
Colapso de estructuras 5 5 25
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RIESGOS TECNOLÓGICOS.
DENOMINACIÓN
PROBABILIDAD (P)
SEVERIDAD (S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACCIDENTES DE ORIGEN INDUSTRIAL
Contaminación ambiental - - -
Incendio - - -
Explosión y deflagración - - -
Colapso de grandes estructuras - - -
Accidentes en centrales energéticas o Plantas potabilizadoras
- - -
Radioactivos (Instalaciones, transporte)
- - -
ACCIDENTES DE TRANSPORTE
Accidentes de carretera - - -
Accidentes aéreos 2 20 40
Accidentes marítimos 10 5 50
Accidentes de tranvía - - -
ACCIDENTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
Accidentes en carretera - - -
Accidentes en el mar 5 10 50
Accidente en transporte por conducciones
- - -
Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas - - -
Colapso y boqueo de servicios - - -
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3.5.- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la
playa u otra zona de baño y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas.
IDENTIFICACIÓN, CUANTIFICACIÓN Y TIPOLOGÍA DE USUARIOS
TIPO DE USUARIO: BAÑISTAS / VISITANTES
Tipo/ características: Usuarios residentes o foráneos especialmente en fines de semana, festivos o períodos vacacionales desde las 8 o 9 de la mañana hasta anochecer…etc. Lugar/zona: Zona al norte de rocas. Zona central de playa transitable con riesgo en lámina de agua por corriente y viento Zona al sur de rocas y con riesgo en lámina de agua por corriente y viento Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al total de los usuarios de la playa un 10% residente y 85% foráneos.
TIPO DE USUARIO: PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Tipo/ características: Personas con limitaciones de movilidad o dependientes de elementos o aparatos para desplazarse (muletas, sillas de ruedas, andadores, etc.). Lugar/zona: Zona de la Playa habilitada para personas con movilidad reducida, en su gran mayoría personas de avanza de edad, en menor cuantía personas limitadas de movilidad por enfermedad o patologías de mediana edad, etc. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): No supone más del 5% de los usuarios del sector de playa, con mayor incidencia en fines de semana o festivos, etc.
3.6.- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño
marítima, para cada una de las temporadas de afluencia.
De la combinación de los datos de RIESGO INTRÍNSECO y de la AFLUENCIA, de la
playa obtendremos el GRADO DE PROTECCIÓN, dicho Grado de Protección nos
dará como resultado y en aplicación del ANEXO IV del DECRETO los Recursos
Humanos y los Medios materiales que corresponden a dicha Playa, Sector o Zona de
baño.
LA AFLUENCIA, para estimar la afluencia se partirá de los datos del año anterior de la
playa, sector de playa o zona de baño marítima, ponderados a media marea (justo
entre marea alta y marea baja) y en las fechas de máximo uso anual (mayor afluencia
de usuarios del año).
Puesto que en playas de grandes dimensiones (largo superior a 400 m.), la afluencia
puede variar de una zona a otras, incluso de manera considerable, se podrá estimar
por sectores de 400 metros a fin de ajustar de manera correcta dicho dato y obtener
resultado más objetivo del Grado de Protección y así adecuar los medios y recursos a
disponer de una manera cercana a la realidad.
Los criterios de valoración son:
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AFLUENCIA VALOR
Menos de 10 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 2.000 en una superficie de
veinte mil metros cuadrados.
ALTA
Entre 10 y 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
MEDIA
Más de 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
BAJA
La afluencia se valora como ALTA.
El RIESGO INTRÍNSECO de cada playa, sector o zona de baño marítima se
determinará a través del análisis de los factores de riesgo que son.
1. HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS:
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS VALOR DE PELIGROSIDAD
Cuando se hayan producido uno o más incidentes muy graves 5
Cuando se hayan producido uno o más incidentes graves 3
Cuando no se hayan producido ningún incidente graves o muy graves 0
2. CARGA POBLACIONAL:
NÚCLEO DE POBLACIÓN CERCANO VALOR DE PELIGROSIDAD
Más de 100.000 habitantes 5
Entre más de 20.000 y 100.000 habitantes 3
Entre 5.000 y 20.000 habitantes. 1
Menos de 5.000 habitantes 0
3. CONDICIONES HABITUALES DEL MAR:
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR VALOR DE PELIGROSIDAD
Existe habitualmente olas de altura superior a 1 m. o corrientes fuertes 5
Existen olas de altura superior a 0´5 m. o corrientes que puedan afectar a los bañistas
3
Mar en calma o cuando las condiciones de las corrientes no puedan afectar a bañistas. 0
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4. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA:
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
VALOR DE PELIGROSIDAD
Con peligros añadidos y difíciles vías de acceso y evacuación, sólo accesible con medios aéreos o marítimos.
5
Con peligros añadidos, el acceso y evacuación solo se puede realizar con vehículos todos terrenos o a pie.
3
Con peligros añadidos, sin dificultades de acceso. 1
Sin peligros añadidos. 0
5. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE
REALIZAN Y EXISTENCIA DE BALIZAMIENTO EN ZONAS DE BAÑO:
COEXISTENCIA EN LA PLAYA Y ZONAS DE BAÑO CON ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE REALIZAN, Y
DISPOSICIÓN DE BALIZAMIENTO
VALOR DE PELIGROSIDAD
En la playa coexiste actividad náutica, deportiva y de baño y no existe balizamiento, ni señalización de sectores deportivos.
5
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, no dispone de balizamiento, y si dispone de señalización de sectores deportivos.
3
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, si dispone de balizamiento, y no dispone de señalización de sectores deportivos.
1
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, y disponen de balizamiento y señalización de sectores deportivos.
0
El cálculo del RIESGO INTRÍNSECO se obtiene tras haber asignado un valor de
peligrosidad a cada uno de los 5 factores de riesgo (tablas anteriores), sumar
todos ellos y dividirlo entre 5 dando un resultado de:
VALOR NUMÉRICO RIESGO INTRÍNSECO
Más de 4 y hasta 5 puntos RIESGO ALTO
Más de 2 y hasta 4 puntos RIESGO MEDIO
Entre 0 y 2 puntos RIESGO BAJO
La combinación de los datos de:
RIESGO INTRÍNSECO / AFLUENCIA = GRADO DE PROTECCIÓN
De acuerdo con la tabla siguiente:
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GRANDES PLAYAS
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GRADO DE PROTECCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
AFLUENCIA BAJA MEDIA ALTA
RIE
SG
O
INT
RÍN
SE
CO
BAJO BAJO MODERADO ALTO
MEDIO BAJO MODERADO ALTO
ALTO MODERADO ALTO ALTO
CRITERIO VALOR NIVEL DE RIESGO
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS 5
ALTO
CARGA POBLACIONAL 1
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR 3
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS EL ENTORNO
3
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 0
RIESGO INTRÍNSECO: 5 + 1 + 3 + 3 + 0 = 12 / 5 = 6
SECTOR AFLUENCIA NIVEL DE RIESGO GRADO DE PROTECCIÓN
PLAYA ALTA ALTO ALTO
Este apartado 3.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 27
4. INVENTARIO Y DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS Y MEDIOS DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
4.1.- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir,
controlar los riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la
intervención de los Servicios Externos de Emergencias, conforme – en su caso-
a las temporadas o periodos que resulten de los diferentes grados de
protección.
Los grados de protección de la playa vienen determinados por el Decreto 116/2018 en
su ANEXO IV y durante el horario de prestación del servicio serán al menos:
GRANDES PLAYAS / GRADO DE PROTECCIÓN ALTO
EQUIPO HUMANO DETALLE
Jefe de Playa o Turno Común para todas las playas municipales con
plan de seguridad y salvamento.
1 Socorrista en cada Torre o Silla de
Vigilancia por cada 400 metros Se establecen 2 torres.
1 Socorrista para atención sanitaria por
cada dos torres.
2 Socorrista en cada embarcación de auxilio
– Patrón de embarcación
2 Socorrista para la vigilancia a pie de agua
4.2.- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u
otra zona de baño, por sector, conforme en su caso a las temporadas o periodos
que resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación
de riesgos.
GRANDES PLAYAS / GRADO DE PROTECCIÓN ALTO
MEDIO DETALLE
Puesto de primeros auxilios
Situado en el norte de la playa equipado con emisora base en red interna y otra emisora base con CECOES 1-1-2, teléfono fijo, Sala de curas, botiquín sanitario, botiquín medico precintado, botiquín portátil, oxigenoterapia portátil (con respirador manual y cánulas Guedel), camilla de observación, instalación oxigenoterapia con dos salidas, DESA, Tablero espinal flotabilidad positiva, inmovilizador de columna, Juego de collarines, juego de férulas,
Cartel informativo
por cada acceso
Carteles informativos (1 por acceso) con indicación del código de
identificación de la playa, indicación de playa libre, significado de las
banderas, 1-1-2 como teléfono de emergencias, situación sobre plano del
puesto de 1º auxilios y sillas y torres de vigilancia, horarios y fechas de
prestación del servicio salvamento en playa, significado señales
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 28
dinámicas riesgo del sector.
Torre / Silla de
Vigilancia
Silla de vigilancia con cobertura de 200 metros a cada lado y situada a
menos de 20 metros de la orilla, con 3 escalones para su acceso, mástil
para bandera y protección solar (sombra) para socorrista, dotada de
ruedas posteriores para poder rodarla, según evolución de las mareas.
Equipamiento
Salvamento
Carrete de salvamento, aro con cabo salvavidas, Cuerda guía individual
de salvamento, prismáticos, megáfono portátil.
MATERIAL INDIVIDUAL SOCORRISTA: tubo de rescate, aletas, silbato,
emisora portátil, mascarilla RCP, guantes desechables, material básico
sanitario, gafas de sol polarizadas, gorra/o, sandalias, vestuario con PUV
(pantalón, camiseta, chaqueta), crema protectora solar.
Sistema de
comunicaciones
Red interna de radiocomunicaciones conformada por emisoras portátiles
a cada socorrista, emisora portátil en banda marina (moto de agua).
Banderas de
señalización y
complementarias
Juego completo para izado en el mástil de la silla de vigilancia.
COMPLEMENTARIAS. 2 Banderas rojas con soporte para delimitar zona
de riesgo, bandera de cuadros blancos y negros, de sector deportivo,
juego banderas roja/amarilla con soporte, de zona segura de baño,
blanca con círculo rojo, de riesgo singulares.
Moto de agua
con Plancha de
rescate
Compartida con el resto de la playa.
Megafonía
Portátil
En cada torre o silla de vigilancia y adicional el puesto de primeros
auxilios.
Botiquín de
primeros auxilios 1 en cada torre o silla de vigilancia.
Desfibrilador
semiautomático 1 en cada silla de vigilancia y torre de vigilancia.
4.3.- Horarios del servicio de vigilancia y salvamento.
HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO
GRADO DE PROTECCIÓN / TEMPORADA HORARIO DETALLES
GRADO DE PROTECCIÓN ALTO 10:30 a 18:30
horas Eventos, ampliar horarios y medios.
Este capítulo 4., se representa en el apéndice III.- Planos.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 29
5. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA.
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias.
En función del tipo de riesgo.
RIESGOS PROPIOS.
Accidentes personales.
Accidentes deportivos.
Accidentes en la arena.
Actividades en el Agua.
Enfermedades sobrevenidas.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravió de personas.
Vertido / contaminación marina.
Actos terroristas y otros contra la seguridad.
RIESGOS EXTERNOS
RIESGOS NATURALES
Inundaciones.
Movimientos sísmicos.
Erupciones volcánicas.
Asociados a fenómenos meteorológicos adversos.
Movimientos gravitatorios.
Plaga de langosta.
Incendios forestales.
RIESGOS ANTRÓPICOS
Colapso de estructuras.
Incendios.
Riesgos en actividades deportivas especializadas.
Anomalías en el suministro de servicios básicos.
Riesgos sanitarios.
Riesgos debidos a concentraciones humanas.
Intencionados.
RIESGOS TECNOLÓGICOS
Accidentes de origen industrial.
Accidentes de transporte.
Transporte de mercancías peligrosas.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 30
Actuación en función de la gravedad.
PREEMERGENCIA:
Situación en la que los parámetros definidores del riesgo evidencian que la
materialización del mismo puede ser inminente (P. ej. Recibida información de
avistamiento de medusas, detección de una corriente de retorno, aviso de alerta por
ola de calor, acontecimientos premonitorios que van a provocar situaciones de peligro
en los usuarios de la Playa).
EMERGENCIA:
Cuando los parámetros definidores del riesgo evidencian la materialización del riesgo
(afectados por picaduras de medusas, personas en distress por corriente de retorno,
sincopes en la playa, etc.).
Dentro de la situación de emergencia distinguimos (ANEXO V, Decreto 116/2018):
SITUACIÓN 0:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
la playa con presencia de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacado en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran
en apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
SITUACIÓN 1:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa con presencia de Servicio de Salvamento y que requiere de la movilización de
medios y/o recursos ajenos a la playa.
Se trataría de supuestos en los que el personal socorrista destacado en la playa
valora la necesidad de movilizar medios ajenos al Servicio de Salvamento, para el
salvamento o auxilio de personas usuarias y bañistas en peligro de ahogamiento, la
prestación de asistencia sanitaria y/o traslado a centros sanitarios, o se requiera el
concurso de la Policía Local u otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por tratarse
de situaciones que igualmente afecten a la seguridad ciudadana o al incumplimiento
de normas vigentes.
SITUACIÓN 2:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que sin presencia de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 31
SITUACIÓN 3:
Emergencia de protección civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o
medio ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables
y los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los
protocolos, procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del
mando por las autoridades de protección civil en los casos que lo requieran.
Actuación en función de la ocupación y medios humanos.
En la Playa o Zona de Baño Marítima ya tengamos una alta ocupación o una baja
ocupación las acciones posibles son básicamente dos, EVACUACIÓN DEL ESPACIO
ACUÁTICO o ZONA PRIMARIA y EVACUACIÓN DEL ESPACIO TERRESTRE
PRÓXIMO O ZONA SECUNDARIA.
Ello es debido a que el lugar, Playa o Zona de Baño Marítima no ofrece protección
estructural a los usuarios (edificios o instalaciones) que permitan un Confinamiento,
por lo que la acción en todos los casos conlleva Evacuación, bien Evacuación Parcial
(Riesgo por Fauna Marina, Grave riesgo por estado del mar o Contaminación Marina)
si es solo de la ZONA PRIMARIA o evacuación completa o total si afecta a la ZONA
PRIMARIA y ZONA SECUNDARIA, en este último caso se recomienda cerrar los
accesos a la Playa o Zona de Baño Marítima, mediante vallado y balizamiento de
estos.
5.2.- Procedimiento de actuación ante emergencias.
a) Detección y Alerta.
La DETECCIÓN (descubrimiento del suceso o incidente) puede provenir de diversas
vías:
Directa de usuarios de la Playa o Zona de Baño Marítima.
Por el personal de servicios (hamacas, limpieza, Kioscos o chiringuitos).
Detección por personal de Salvamento del servicio.
Personal de seguridad de servicio la Playa Policía Local, CNP o Guardia Civil
(según corresponda).
La ALERTA, se dará aviso de la manera más breve o inmediata posible a los servicios
de emergencia (servicios de salvamento en playas) y llegado el caso la demanda de
ayudas externas (a través del 1-1-2).
La alerta nos puede llegar:
De manera directa por usuarios o testigos del incidente o suceso.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 32
A través de otros servicios de la playa (hamacas, limpieza, CC.FF.SS), por vía
telefónica o por radiofrecuencia (telefonía, telefonía móvil o walkie).
A través de Centros Coordinadores de Emergencias y Seguridad, CECOES 1-
1-2, CECOPAL.
b) Mecanismos de Alarma.
Partiendo del concepto de ALARMA como el aviso por el que se informa a los medios
y recursos operativos para su inmediata intervención o bien el aviso a los usuarios
(publico) de la Playa o incluso en situaciones que superan a la capacidad de los
recursos del servicio de salvamento la alarma al CECOES 1-1-2, por ello tendremos 3
tipos de avisos de comunicación de la alarma.
ALARMA. - Para la activación de los medios y recursos del servicio de salvamento
en playa para intervenir en un incidente o situación de emergencia. - Proviniendo de
múltiples fuentes posibles, podrá llegar por medio de telefonía,
radiocomunicaciones o personalmente.
ALARMA. - Para la activación de recursos externos a través del CECOES 1-1-2.-
Sera realizado por el Jefe de Playa o Turno o persona en quien este delegue
mediante emisora a través de la red RESCAN TETRA, si no fuera posible se
realizara por medio telefónico.
ALARMA. - A los usuarios de la Playa para que abandonen una zona potencial de
riesgo o para comunicarles la evacuación de la zona primaria, de la secundaria o
evacuación completa. - Sera realizado mediante sistema de avisos, de disponer de
él, o bien mediante el aviso por medios portátiles y móviles a los usuarios por parte
del personal de salvamento de la playa.
Identificación de la persona que dará los avisos.
En base a lo anterior y sabiendo que los tipos de alarmas pueden ser tres, activación
de medios y recursos, activación de recursos externos y avisos a los usuarios.
Al menos en los casos de determinación y activación de los medios y recursos propios
y en los ajenos (CECOES 1-1-2) la comunicación será realizada por el Jefe de Playa o
Turno de Playa, se indicara nombre y apellidos horarios y días de la semana y en su
caso su sustituto.
En el caso de avisos a los usuarios de la Playa o Zona de Baño Marítima, el
responsable que de que se comunique a estos por los medios disponibles (megafonía
portátil, sistema de avisos) será el Jefe de Playa o Turno de Playa, que podrá delegar
la acción en alguien de su personal.
Identificación y métodos de comunicación con CECOES 1-1-2.
La comunicación con el CECOES 1-1-2, para la demanda de recursos ajenos al
servicio de salvamento o activación de Plan de ámbito superior será realizada por el
Jefe de Playa o Turno directamente con el siguiente procedimiento por orden.
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1.- Comunicación directa se realizará mediante telefonía, ya sea fija o móvil al
CECOES 1-1-2.
RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN CECOES 1-1-2
Función / Nombre / método comunicación
TITULAR / Jefe de Playa D. Antonio Fajardo García 1) 629 888 216
SUSTITUTO / Jefe de Playa o Turno D. José Rodríguez Sánchez 1) 629 888 216
c) Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.
CONATO DE EMERGENCIA.
En primer lugar, una vez conocida una situación de emergencia, recibida la alerta, hay
que confirmar su localización y veracidad mediante la comprobación personal por
recursos del servicio de Salvamento, a la vez que se determinan las acciones
ordenadas a tomar, mientras se confirma la veracidad y naturaleza de la emergencia.
SITUACIÓN 0.- Emergencia Parcial.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa mientras se dispone de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacados en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran en
apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
El procedimiento conllevara al menos la activación del personal en servicio más
próximo al lugar del incidente y de los medios y recursos móviles de la Playa
(embarcación o moto de agua).
Si con estos la situación fuese controlada o resuelta se dará por finalizada la
emergencia, en caso de que los medios y recursos resulten insuficientes se activara la
situación siguiente.
SITUACIÓN 1.
Emergencia de carácter ordinario que requiere de medios y recursos externos al
servicio de Salvamento en Playas (requerimiento de servicios de CC.FF.SS, servicios
Sanitarios), es complemento del procedimiento anterior. Corresponde al Jefe de Turno
o Playa realizar la activación de recursos externos al Servicio de Salvamento.
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SITUACIÓN 2.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que no dispone de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3.
Emergencia de Protección Civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o medio
ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables y
los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los protocolos,
procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del mando por las
autoridades de Protección Civil en los casos que lo requieran.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
GRANDES PLAYAS
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d) Evacuación o Confinamiento.
Siendo la Evacuación el desalojo ordenado de un espacio o recinto, la evacuación en
la Playas o Zonas de Baño Marítimas, consistirán en:
EVACUACIÓN DE LA ZONA PRIMARIA.
Evacuación de la zona de agua o lámina de agua, pudiéndose dar por múltiples
motivos.
EVACUACIÓN DE LA ZONA SECUNDARIO O EVACUACIÓN COMPLETA.
Desalojo ordenado de la zona de playa, terreno, o solárium de zona marítima de baño
En el presente caso se indicará en el Plan de Seguridad las vías de evacuación de la
Playa, los puntos de reunión para cada vía de evacuación. Estableceremos, un punto
de evacuación OESTE (W).
No está previsto el CONFINAMIENTO en la Playa, al ser el objetivo de este
procedimiento el de resguardar y proteger la integridad de las personas dentro de un
entorno estructural (cerramiento que aporta protección, especialmente con respecto al
entorno inmediato y al medio ambiente que le rodea) y esto no es posible en la Playa o
zona marítima de baño.
Prestación de las Primeras Ayudas.
El Jefe de Playa o Turno, dentro de su potestad de Coordinación de las actuaciones
de emergencia (Art. 14 Decreto 116/2018) determinara los medios y recursos que
intervendrán en primera instancia y tendrá prevista la continuidad del servicio en el
resto de la Playa o Zona Marítima de Baño, disponiendo de información en todo
momento de la evolución de las ayudas prestadas, de los afectados y del desarrollo
del mismo incidente.
El Jefe de Playa o de Turno, preverá una serie de medios y recursos adicionales para
reforzar a los que se ya se encuentren en la intervención, mediante la reorganización
del servicio y estimara en que momento, umbral / límite de los recursos propios –
Distress del sistema, no resulta posible la resolución del incidente sin el apoyo de
recursos externos.
Modos de recepción de las Ayudas externas al servicio de salvamento de la playa u
otra zona de baño marítima.
Tras activación de otros medios o recursos externos, a través del CECOES 1-1-2, el
Jefe de turno o playa determinara el punto de encuentro idóneo para la espera y
recepción de esos recursos externos, para ello comandará a quien corresponda dicha
función y estará debidamente identificado.
Los medios externos mientras se encuentran en curso hacia punto de encuentro se le
facilitarán la siguiente información:
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Lugar del incidente, con posición GPS caso de medios marítimos o aéreos.
Lugar del punto de encuentro, sobre todo medios terrestres, modo de
identificación visual del personal de recepción de dichos medios.
Riesgo para las ayudas externas en aproximación al lugar, por cualquier vía (ya
sea aérea, marítima o terrestre).
Hechos o acontecimientos relevantes del incidente, que conlleven la adopción
de medidas especiales de protección o seguridad de las ayudas externas.
El número de afectados, caso de haberlos.
5.3.- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias.
En este apartado se detalla el procedimiento operativo ordenado para diversas
situaciones que deban enfrentar (Ahogamientos, enfermedades sobrevenidas, persona
extraviada, etc.) y para cada tipo de actividad profesional y situación:
Jefe de Playa o Turno. (Coordinación de la operativa).
Socorrista de actividades acuáticas, vigilancia a pie de agua y atención
sanitaria. (Vigilancia, rescate y atención).
Socorrista – Patrón, embarcación / moto de agua. (manejo y uso de la
embarcación).
Socorrista rescatador embarcación / moto de agua (rescate).
5.4.- Identificación de la persona que ejerce la jefatura de playa o de turno, y en
su caso, la persona coordinadora del servicio de playas.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURA DE TURNO
Jefatura de playa / Jefatura de turnos.
Nombre y Apellidos Antonio Fajardo García
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
5.5. Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación
ante Emergencias de playa u otra zona de baño marítima.
El Plan de Seguridad y Salvamento deberá prever que en el caso de producirse un
accidente o emergencia que requiera la movilización de recursos ajenos a los del Plan
de Seguridad y Salvamento, la persona que ejerza la jefatura de turno o de playa será
el responsable de realizar la comunicación inmediata al Centro Coordinador de
Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES 1-1-2).
Además de recoger por escrito el presente apartado la Categoría Laboral del
responsable de poner en marcha el Plan de Actuación ante emergencias, se indicarán
los sistemas de localización, números de teléfono.
Quedará recogido por escrito el procedimiento inicial de comunicación al CECOES 1-
1-2 seria mediante telefonía fija o telefonía móvil.
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6. INTEGRACIÓN DEL PLAN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR.
6.1.- Los protocolos de notificación de la emergencia.
La centralización de notificación de la emergencia se sitúa en la figura del Jefe de
Playa o Jefe de Turno.
La primera notificación de la emergencia puede provenir de:
Miembros del Servicio de Salvamento.
Avisos de usuarios a personal en servicio.
Avisos provenientes de servicios de playa.
Avisos que lleguen a través de Centros Coordinadores (CECOES 1-1-2 y
CECOPAL, o Policía Local).
Confluirán en la comunicación con el Jefe de Playa o Jefe de Turno, responsable del
servicio y quien activa y organiza el Protocolo de intervención de los medios y recursos
del Servicio de Salvamento en playa.
Las comunicaciones:
De incidentes graves o muy graves a la persona Coordinadora de las playas
del Municipio.
La demanda de Ayudas externas al CECOES 1-1-2.
De la transferencia del Plan de Seguridad y Salvamento de la Playa, a un Plan
de ámbito superior (Plan especial o Plan de ámbito territorial), a través del
CECOES 1-1-2.
Corresponden directamente al Jefe de Playa o Jefe de Turno, en servicio.
6.2.- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u
otra zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del
CECOES 1-1-2.
Procedimiento de coordinación e integración del Plan de Seguridad y Salvamento de la
Playa o Zona de Baño Marítima se realizará no solo mediante la comunicación de la
situación a través del CECOES 1-1-2 y la solicitud de integración operativa en el Plan
especial o Territorial que corresponda sino con la implicación y participación del Jefe
de Playa o Jefe de Turno en Calidad de Director Técnico.
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los
planes y las actuaciones del sistema público de protección civil.
Por ello, se integrará de manera operativa con la participación del Jefe de Playa o
Turno y sus recursos humanos y medios materiales, recibiendo las instrucciones a
través de sus propios mandos naturales del servicio en situaciones de emergencia de
Protección Civil, como conocedores del entorno y de las condiciones de la Playa o
Zona de Baño Marítima y por la cualificación profesional de sus recursos y la
adecuación de los medios al entorno.
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Fuera de dichas situaciones (emergencias de Protección Civil), la colaboración se
realizará mediante:
Puesta en conocimiento y actualizaciones de los medios y recursos de los que
dispone el servicio (catálogo de medios y recursos).
Aportación periódica de información de incidentes en la Playa o Zona de Baño
Marítima.
Realización de al menos una visita al año guiada con quien designe el sistema
Público de Protección Civil (CECOES 1-1-2, GES, etc.) para mejor
conocimiento del medio.
Realización de maniobras y ejercicios de tablero conjuntos que ponga en
práctica operatividad y la coordinación entre ambos sistemas.
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7. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
7.1. Identificación del responsable de la implantación del Plan.
Es el ayuntamiento como administrador de la playa, es el responsable de la
implantación del presente Plan de Seguridad y Salvamento.
Por otra parte, y de conformidad con la legislación vigente, la totalidad de los
empleados, tanto del ayuntamiento como de cualquier empresa que realice labores en
la playa, están obligados a participar en las actividades que se les encomiende en el
Plan de Seguridad y Salvamento.
El responsable del Plan de Seguridad y Salvamento estudiará la puesta en práctica del
Plan, su viabilidad y mantenimiento. Este dictará las normas precisas para la
unificación de criterios, planificación de cursos de especialización y formación,
programación de simulacros, confección de manuales, programas y calendario de
actividades, así como designación de las personas encargadas de su realización.
7.2. Programa de formación y capacitación para el personal con participación
activa en el plan de seguridad y salvamento.
Todo el personal con responsabilidad en actuar ante situaciones de emergencias
recibirá información en materia de prevención y seguridad, así como información sobre
los riesgos existentes en el medio objeto de estudio y medidas de actuación ante una
situación de emergencia.
Esta formación para los el personal de la concejalía de playas, personal de los
servicios de playas, servicio de bomberos, servicio de protección civil, servicio de
policía local, consistirá:
1. Introducción, sensibilización y presentación del Plan de Salvamento y Socorrismo.
2. Actuación cuando hay conocimiento de una posible situación de emergencia 3. Actuación ante confirmación de emergencia real 4. Recorrido y conocimiento de vías y recorridos de evacuación 5. Conocimiento y prácticas según las situaciones. 6. Actuación ante otras emergencias: accidente personal, caídas, etc. 7. Primeros Auxilios
7.3.- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento.
Todo el personal recibirá formación e información básica sobre actuación en caso de
emergencia, de tal forma, que le permita actuar correctamente ante situaciones de
riesgos identificados en la actividad objeto de estudio.
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7.4.- Programa de información general para las personas usuarias.
Esta documentación se entrega antes del inicio del Plan de Salvamento y Socorrismo
para los usuarios de la playa, y siempre que se produzcan modificaciones. Se debe
indicar al menos:
Contenidos informativos mínimos.
Medios de difusión (trípticos, cartelería, cuñas de radio o televisión local,
emisión de avisos).
Idiomas en los que se difundirá la información.
Cronología a lo largo del año (Temporada baja, temporada alta, etc.)
El ayuntamiento dispondrá de folletos informativos para los usuarios indicando las
consignas generales de actuación en caso de emergencia.
7.5.- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.
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7.6.- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.
Los miembros de los equipos de emergencia informarán al Director del Plan de
Salvamento y Socorrismo de las deficiencias y carencias de los materiales y recursos
para el control de las emergencias.
No obstante, el titular de la actividad se asegurará bien mediante medios propios, o
mediante la subcontratación de servicios, de que el estado de sus equipos e
instalaciones se encuentren en perfectas condiciones de uso y no supongan en ningún
momento un riesgo para la seguridad y salud de sus trabajadores o cualquier persona
externa. Una vez elaborado el Plan, quedan por realizar los siguientes trabajos:
Incorporación de medios técnicos previstos.
Confección de carteles.
Reuniones informativas para todo el personal del establecimiento.
Selección del personal que formará parte del equipo de emergencias.
Formación del personal seleccionado.
Colocación de carteles.
Colocación de señales previstas, así como un ejemplar de cada una en lugares
conocidos con su significado, para que se aprendan por los usuarios.
Realización de simulacros.
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8. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
SEGURIDAD Y SALVAMENTO.
8.1.- Programa de reciclaje de formación e información.
De forma anual, el responsable del Plan de Salvamento y Socorrismo, se asegura de
que todo el personal con funciones asignadas en la actuación de una emergencia, siga
teniendo la capacidad necesaria para el desarrollo de las mismas.
Asimismo, se formará específicamente en su función, al personal de nueva
incorporación al equipo de emergencias o a las personas que se les asigne nuevas
funciones dentro del equipo. Periódicamente se debe realizar un reciclaje de la
formación e información inicial facilitada a los trabajadores.
Se repetirá anualmente las consignas correspondientes a los componentes del equipo
de emergencia, con especial atención a las funciones más prácticas (reanimación
cardiopulmonar, atragantamientos, evacuación etc.).
El sistema de evaluación del nivel de formación de los integrantes del equipo de
emergencia, será mediante el análisis de la actuación y coordinación de éstos en los
simulacros programados o en las incidencias reales acaecidas.
8.2.- Programa de sustitución de medios y recursos.
Anualmente, el responsable del Plan revisará la adecuación y estado de los medios
materiales destinados a la autoprotección. Por otro lado:
Se evaluarán los informes de los equipos de rescate.
Se revisarán si funcionan correctamente los medios de comunicación y la
señalización sigue siendo la adecuada.
Se realizará una inspección visual del estado de los equipos de protección
individual.
Se revisarán los informes de las emergencias reales acaecidas, así como de
los simulacros realizados y verificará la eficacia de las medidas correctoras
propuestas, en su caso.
Se revisarán los informes enviados por los integrantes del equipo de
emergencia.
De la información que se obtengan se corregirán las deficiencias detectadas y se
modificará el mantenimiento preventivo en aquellas instalaciones que hayan tenido
más deficiencias de las aceptables.
Los medios materiales de protección previstos para una emergencia deben ser
mantenidos en buen estado de conservación, ya que su utilización, probablemente
haya de ser requerida en un breve espacio de tiempo. Por ello, deben tomarse las
medidas oportunas para que estos medios materiales estén en perfecto estado de uso,
reponiendo aquellos que sufran desgaste, hayan superado su fecha de caducidad, o
bien, hayan sido usados.
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En algunos casos, el mantenimiento y las inspecciones de seguridad de algunos
equipos e instalaciones, se encuentran reguladas por reglamentación propia, tienen
unos plazos máximos para sus revisiones, así como un control de fechas de
caducidad, los cuales deberán ser respetados. No obstante, en aquellos casos, en los
que no existe normativa específica que regule la periodicidad de las revisiones,
mantenimiento, o inspecciones de los equipos, se procederá a aplicar los controles
establecidos por el titular de la instalación.
8.3.- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad
de realización de los mismos.
En todo caso, se le dará comunicación al órgano competente en materia de Protección
Civil, de la realización de ejercicios o simulacros en las playas u otras zonas de baño
marítimas tendrá carácter voluntario, salvo en el caso de los ejercicios o simulacros en
los que se proponga la movilización de un medio externo al servicio de salvamento y
afecte al espacio público exterior de la playa u otra zona de baño.
En estos casos se notificará, con una antelación mínima de treinta días, la realización
del simulacro al órgano competente en materia de protección civil del municipio y al
Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES
112) a los efectos de tener conocimiento del simulacro.
Concreción de al menos una vez al año, será de carácter e implicación externa al
propio servicio de Salvamento en Playa y tendrá por objeto la comprobación de la
capacidad organizativa y de coordinación con recursos externos al propio servicio
(servicio público de asistencia sanitaria Pre Hospitalaria, Bomberos, salvamento
marítimo, GES, GEAS, etc.) pudiendo ser de dos tipos.:
Los ejercicios o maniobras no conllevaran la comunicación pública, medios de
comunicación, de dicha actividad al ser un método de carácter evaluador y de auto
aprendizaje sin que deba estar preparado, teniendo como objetivo el de comprobar la
capacidad de respuesta organizativa y de trabajo coordinado con otros servicios,
organismos e instituciones.
El simulacro es una actividad de cara al público, que suele ser previamente publicitada
(medios de comunicación) y cuyo objetivo es demostrar las capacidades y
procedimientos de intervención en supuestos, lo más parecido a situaciones reales,
pero previamente preparados.
El simulacro no sólo sirve para validar la eficacia del Plan de Salvamento y Socorrismo
diseñado, sino también para familiarizar al personal adscrito al Plan con los equipos y
técnicas a utilizar en caso de situación de emergencia.
Mediante los simulacros se pretende:
Comprobar los tiempos de respuesta de los equipos.
Comprobar la ubicación de los medios de protección y su estado.
Comprobar la idoneidad de las misiones asignadas a las personas.
Detectar omisiones en las conductas previstas en el Plan.
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Entrenarse en las evacuaciones.
Medir los tiempos de evacuación.
Comprobar la correcta señalización.
Comprobar la eficacia de los medios materiales
Los simulacros partirán de una supuesta situación de emergencia predeterminada y se
desarrollarán de tal manera que permitan:
Comprobar la mecánica interna y funcional del Plan o de una parte concreta del
mismo.
Comprobar la suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
Comprobar el grado de capacitación y formación del personal, con misiones
asignadas en el Plan.
Comprobar el grado de mantenimiento de las instalaciones y su respuesta.
Comprobar los tiempos de respuestas de los medios técnicos y de los
organizativos.
Comprobar la adecuación de los procedimientos de actuación.
8.4.- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma
parte del plan.
Cada cierto tiempo, el responsable del Plan de Autoprotección, revisará la
documentación del Plan de Seguridad y Salvamento, realizando las modificaciones
oportunas.
Asimismo, deberá revisarse el Plan siempre que se dé algunas de las siguientes
circunstancias:
Modificación de la legislación vigente o reglamentación de orden interno.
Modificaciones sustanciales en la configuración de los edificios o en las
actividades.
Deficiencias observadas en el plan a partir de la realización de simulacros o
bien por motivo de emergencias reales.
El cambio de las condiciones de las instalaciones.
La incorporación de nuevas equipos.
El cambio o modificación de los procedimientos de trabajo.
El cambio o modificación del equipo directivo del establecimiento.
Revisiones Puntuales: Cuando conlleve cambios de los datos de los responsables
del Plan de Seguridad y Salvamento, sistemas de comunicación o números de
localización (teléfonos, ITSI, etc.), cambio de medios (cambios de sillas de vigilancia
por Torres, cambio de embarcación por moto de agua – plancha de rescate o
viceversa, etc.) o cambio de la normativa de aplicación que suponga modificación del
Plan de Seguridad y Salvamento.
Revisión Anual: El Plan de Seguridad y Salvamento deberá ser revisado,
especialmente en materia de determinación, análisis y evaluación de riesgos, derivado
de la explotación de datos al final de cada año.
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Revisión cada tres años: como máximo, para de manera detallada realizar una
revisión completa y pormenorizada de cada uno de los Capítulos y apartados del Plan
de Seguridad y Salvamento.
8.5.- Programa de inspecciones e investigaciones de incidentes o siniestros.
Una auditoría consiste en asegurar que la organización, los procesos y procedimientos
establecidos son adecuados al sistema de gestión de seguridad.
Las inspecciones son revisiones parciales de un equipo, de una instalación o de un
sistema de organización.
Las auditorías se realizarán siempre con independencia y objetividad.
Las auditorías e inspecciones se pueden realizar por personal propio o titulares de la
actividad así como por organismos oficiales que marque la legislación vigente; para su
realización se establecerá un plan, donde se determinarán las fechas en que se deben
realizar.
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APÉNDICES
APÉNDICE I. DIRECTORIO DE COMUNICACIONES.
1.- Teléfonos del Personal del Servicio de Salvamento.
Nombre y apellidos Cargo Teléfono Email
José Rodríguez Sánchez Coordinador 629 888 216 [email protected]
Antonio Fajardo García Jefe de playas 629 888 216 [email protected]
2.- Teléfonos de ayuda exterior y servicios de emergencia.
Tabla que contenga el listado de números de teléfonos de los servicios municipales
(policía local, limpiezas, vías y obras, etc.) y empresas prestatarias de servicios de
estos, con indicación del nombre del servicio.
Servicios. Teléfono
Policía Local 928 866 107
Protección Civil 609 987 372
Bomberos 928 867 652
Tan solo tendrá dicha tabla los números de servicios municipales, puesto que los
requerimientos de ayudas externas de servicios de las Administraciones Insulares,
Autonómicos o Estatales serán requeridos a través del CECOES 1-1-2.
Emergencias. Ayuda Externa 1 – 1 – 2
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APÉNDICE II. FORMULARIOS PARA LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS REVISIONES ANUALES DEL PLAN.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES ACUÁTICOS
DÍA: ____/____/___ HORA COMIENZO INCIDENTE ___:____
HORA FINALIZACIÓN INCIDENTE ___:____
TIPO DE INCIDENTE (1)
CAUSA
SITUACIÓN AGRAVADA POR (2)
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE
NUMERO DE SOCORRISTAS ACTIVADOS: TEMPERATURA MEDIA AGUA:
MEDIOS MATERIALES UTILIZADOS
RECEPCIÓN DE LA ALERTA / DETECCIÓN INCIDENTE
MÉTODO DE COMUNICACIÓN DE LA ALERTA
HORA RECEPCIÓN AVISO O DETECCIÓN INCIDENTE :
POSICIÓN GPS INCIDENTE Latitud Longitud
DENOMINACIÓN DEL LUGAR INCIDENTE: DISTANCIA DE LA ORILLA:
NUMERO DE AFECTADOS: EDADES: SEXO:
NACIONALIDADES: LIMITACIONES FÍSICAS, PSÍQUICAS O INTELECTUALES:
PATOLOGÍAS PREVIAS AFECTADOS: CONSUMO ALCOHOL O DROGAS:
VALORACIÓN ESTADO SI HA HABIDO TRANSFERENCIA A RECURSO SANITARIO
COLOR DE BANDERA IZADA: TOTAL EFECTIVOS EN SERVICIO:
SEÑALIZACIÓN DINÁMICA EN EL LUGAR: AFLUENCIA USUARIOS ZONA INCIDENTE:
AVISOS PREVIOS A AFECTADO/S: INTENSIDAD / DIRECCIÓN VIENTO:
OTROS SERVICIOS INTERVINIENTES
1) Orientativos; Distress, ahogamiento, posible PCR, arrastre por corriente,
atrapado en rompiente, deriva en flotador, perdida flotador, caída al agua,
lesión musculo esquelética, lesión cervical o medular, ataque/
mordedura/picadura fauna marina.
2) Oleaje, Fuerte corriente, fuerte viento, altas temperaturas, marea baja o alta,
talud, zona de rocas sumergidas, fauna marina, actividad de riesgo (describir),
incumplimiento instrucciones socorrista, incumplimiento código bandera,
incumplimiento señal dinámica, práctica deportiva (¿cuál?), otros.
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FORMULARIO DE RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS COMUNICACIONES
CUATRIMESTRALES AL CECOES 1-1-2
TOMA DE DATOS DE INCIDENTES PARA COMUNICACIÓN CUATRIMESTRAL CECOES 1-1-2
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA
NUMERO DE CATALOGACIÓN CLASIFICACIÓN
FECHA DEL INCIDENTE HORA DEL INCIDENTE
HORA DEL NOTIFICACIÓN AL CECOES 1-1-2
IZADO DE BANDERA Y CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL BAÑO
LOCALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA EN EL SECTOR DE PLAYA
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL INCIDENTE / TIPO DE RIESGO Y GRAVEDAD
ACTUACIÓN ANTE EL INCIDENTE
IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS Y MEDIOS QUE INTERVINIERON EN EL INCIDENTE
MOVILIZACIÓN Y RECEPCIÓN DE RECURSOS AJENOS AL PLAN DE SEG. Y SALV.
MEDIDAS DE COORDINACIÓN OPERATIVA DURANTE EL INCIDENTE
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE PARA IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS
PERSONAS AFECTADAS, VALORACIÓN
DATOS PERSONAS AFECTADA
DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS O SITUACIÓN QUE MOTIVARON EL INCIDENTE
CONCLUSIONES, PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS /CORRECTORAS
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 50
FORMULARIO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2.
MODELO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2
NOMBRE Y CARGO DE QUIEN REALIZA LA COMUNICACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL JEFE DE PLAYA O TURNO
HORA DE INICIO DE LA INCIDENCIA O EMERGENCIA
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
NUMERO DE CATALOGACIÓN DE PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
LOCALIZACIÓN DEL INCIDENTE O EMERGENCIA
TIPO DE INCIDENTE Y GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN O EMERGENCIA
NUMERO DE PERSONAS AFECTADAS (DESCRIPCIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO)
MEDIOS Y RECURSOS MOVILIZADOS (INTERVINIENDO EN EL LUGAR)
PUNTO/S DE RECEPCIÓN DE AYUDA EXTERNA Y ACCESIBILIDAD
IDENTIFICACIÓN Y MÉTODOS DE COMUNICACIÓN EN EL LUGAR
PELIGROS AÑADIDOS
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL BAÑO E IZADO DE BANDERA
OBSERVACIONES
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 51
APÉNDICE III. PLANOS.
Se incluirán planos a escala 1:5000, en los que se incluirá el código de identificación
asignado en el catálogo de las playas y otras zonas de baño. Para la elaboración de
los planos se tendrá en cuenta incluir la información siguiente:
a) Posición geográfica de la playa u otra zona de baño marítima dentro del
entorno insular con identificación de las vías de comunicación,
accesibilidad.
b) Descripción de accesos y evacuación: se especificarán los accesos a la
playa u otra zona de baño marítima indicando condiciones de
accesibilidad.
c) Ubicación en la playa u otra zona de baño de instalaciones fijas, de
carteles informativos, sectores de uso, balizamientos...
d) Focos o zonas de peligro más significativos de la playa u otra zona de
baño marítima.
e) Localización de los medios y personal del Servicio de Salvamento.
La escala a 1:5000 es indicativa, en todo caso la escala se deberá ajustar a la
dimensión de la playa u otra zona de baño marítima, y adecuada al grado de detalle
requerido para facilitar la identificación de los contenidos e interpretación de los
mismos. La escala utilizada ha de estar identificada en el Plan.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 61
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FV-104
PLAN DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO
PLAYA DE PIEDRA PLAYA
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras
zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 2
EQUIPO REDACTOR
ADRIÁN JOSÉ SÁNCHEZ REYES.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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ÍNDICE
NORMATIVA DE REFERENCIA……………………………………………………………..9
CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la
playa u otra zona de baño marítima……………………………………………………..11
1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de
catalogación y clasificación...........................................................................................11
1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del
servicio y prórrogas, en su caso………………………………….....................................11
1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento
que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de
contacto.........................................................................................................................11
1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, datos de
contacto.........................................................................................................................12
1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes
de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y
Salvamento....................................................................................................................12
CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño
marítima y medio físico en el que se desarrolla…………………..............................13
2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y
clasificación...................................................................................................................13
2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada
en
metros............................................................................................................................13
2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios,
instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.................................................13
2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media,
etc..................................................................................................................................13
2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial
descripción de los accesos para los vehículos de emergencia….................................14
2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la
misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias, incluyendo accesos
para personas discapacitadas.......................................................................................14
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 4
CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos……………………….…15
3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los
sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la
misma............................................................................................................................15
3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de
baño...............................................................................................................................16
3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo……………........................................18
3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar
a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos
de protección civil………………….…….........................................................................18
3.5- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la playa u otra
zona de baño marítima y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas....................................................................................................................21
3.6- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño marítima,
para cada una de las temporadas de afluencia.............................................................22
CAPÍTULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de seguridad y
salvamento de la playa u otra zona de baño marítima…………………………….…25
4.1- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar los
riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los
Servicios Externos de Emergencias, conforme -en su caso- a las temporadas o
periodos que resulten de los diferentes grados de protección......................................25
4.2- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u otra
zona de baño, por sector, conforme, en su caso, a las temporadas o periodos que
resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación de
riesgos…………………………………………………………….……………………………25
4.3 - Horarios del servicio de vigilancia y de salvamento..............................................26
CAPÍTULO 5: Plan de Actuación ante emergencias de la playa u otra zona de
baño marítima……………………………………………………………………………..…27
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias…………….................................27
5.2.- Procedimientos de actuación ante emergencias…………….................................29
5.3- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias………………………..............................35
5.4- Identificación de la persona que ejerce la Jefatura de playa o de turno, y en su
caso, la persona coordinadora del servicio de playas………………………..................35
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 5
5.5- Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante
Emergencias de playa u otra zona de baño marítima...................................................35
CAPÍTULO 6: Integración del Plan en otros de ámbito superior………………...…36
6.1- Los protocolos de notificación de la emergencia...................................................36
6.2- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u otra
zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del CECOES
1-1-2..............................................................................................................................36
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los planes y
las actuaciones del sistema público de protección civil…….........................................36
CAPÍTULO 7: Implantación del plan del Plan de Seguridad y Salvamento……….38
7.1- Identificación del responsable de la implantación del Plan....................................38
7.2- Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en
el Plan de Seguridad y Salvamento…………………………….......................................38
7.3- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento……………………...................................................................38
7.4- Programa de información general para las personas usuarias..............................39
7.5- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.........................................................................................................................39
7.6- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos…………...40
CAPÍTULO 8: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Seguridad
y Salvamento………………..........................................................................................41
8.1- Programa de reciclaje de formación e información................................................41
8.2- Programa de sustitución de medios y recursos.....................................................41
8.3- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad de
realización de los mismos……………………….............................................................42
8.4- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte
del plan..........................................................................................................................43
8.5- Programa de inspecciones e investigación de incidentes o siniestros…………....44
APÉNDICES.
APÉNDICE I.- Directorio de comunicación…………….............................................45
APÉNDICE II.- Formularios para la gestión de emergencias……………….............46
APÉNDICE III.- Planos………………...........................................................................49
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS PLAN SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Versión Revisión Fecha Paginas Afectadas Causa de Modificación
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NORMATIVA DE REFERENCIA
El ordenamiento jurídico sustenta la autoprotección y la seguridad para este tipo de
actividades y eventos en:
La Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 31 de julio de 1972 (BOE nº
184, de 2 de agosto de 1972), por la que se dictan normas e instrucciones para
la seguridad humana en los lugares de baño.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 de julio, por la que se
resuelven determinados recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recoge en su fundamento jurídico 7.i),
en relación con la elaboración y aprobación de normas sobre seguridad
humana en lugares de baño, que si bien es evidente que tales normas afectan
directamente al uso común del dominio público, cuya regulación es
competencia estatal, pueden encuadrarse al mismo tiempo en el ámbito de la
protección civil.
Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.
El Plan de Seguridad Canario aprobado por el Gobierno de Canarias el 30 de
abril de 1997 y ratificado por el Parlamento Canario en su sesión del 29 de abril
de 1998.
Orden de la Consejería de Presidencia de 21 de diciembre de 1999 (BOC nº
167, de 22 de diciembre de 1999).
La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y
Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación
de las Policías Locales de Canarias.
Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.
Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias,
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y
otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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1. IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS TITULARES Y DEL EMPLAZAMIENTO DE LA
PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
1.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítimo, número de
catalogación y clasificación.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Playa El Castillo.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103008800 Identificador DGSE.
Clasificación Peligrosa.
1.2.- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento.
Vigilancia del servicio y prórrogas, en su caso.
ENTIDAD PRESTATARIA SERVICIO PUBLICO DE SALVAMENTO EN PLAYA
Empresa del Servicio de Salvamento Ayuntamiento La Oliva
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfono/s 928 86 19 04
Email [email protected]
Fecha de comienzo de prestación del Servicio
1.3.- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del
Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas.
Datos de contacto.
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA QUE DEPENDE EL SERVICIO DE PLAYA
CONCEJALIA
Concejalía Responsable del servicio de
Playas/ datos del titular.
Concejalía de playas del Ayuntamiento de
La Oliva.
Nombre y Apellidos Concejal responsable Oliver Cristian González Cabrera
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
DEPARTAMENTO
Departamento que supervisa servicio
salvamento Seguridad Ciudadana
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
COORDINADOR MUNICIPAL DEL SERVICIO DE PLAYAS
Teléfono fijo / móvil 629 888 216
Email [email protected]
Nombre y Apellidos José Rodríguez Sánchez
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1.4.- Personas que asumen la jefatura de playa de turnos. Datos de contacto.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURAS DE TURNOS
Jefatura de playa
Nombre y Apellidos. - 1
Teléfonos de contacto
Email de contacto
Nombre y Apellidos. - 2
Teléfonos de contacto
Email de contacto
1.5.- Nombre y n. º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de
Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de
Seguridad y Salvamento.
DATOS DEL TÉCNICO REDACTOR DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Nombre y Apellidos Adrián José Sánchez Reyes.
DNI/NIF/NIE/PASAPORTE 78536733 J
Dirección Postal C/ Amapola nº 6. Pájara. 35628.
Teléfono móvil de contacto 606 808 983.
Email [email protected]
Titulación Graduado en Seguridad y Control de Riesgos.
Nº de Técnico Redactor. - TR TR-000835.
Epígrafes habilitados como TR Todos.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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2. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA Y MEDIO FÍSICO EN EL QUE SE DESARROLLA.
2.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación
y clasificación.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa Playa El Castillo.
Denominación o nombre popular Piedra Playa.
Numero de catalogación de la Playa 103008800 Identificador DGSE.
Clasificación Peligrosa.
2.2.- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media
expresada en metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Posición GPS central Latitud 28° 40' 27,034" N
Longitud 14° 0' 33,138" O
Longitud total de la Playa 190 metros aproximadamente.
Anchura media 35 metros aproximadamente.
2.3.- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los
edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
Tipo de entorno de la Playa Aislada.
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. -
Distancia hasta las fachadas -
Instalaciones de riesgo próximas,
características. -
Áreas de uso comunitario próximas -
2.4.- Descripción de playa: clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente
media, etcétera.
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Callaos-Grava-Arena.
Por su pendiente -2º
Condiciones predominantes del baño Oleaje fuerte / Ventosa.
Según su morfología Lineal.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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2.5.- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa.
Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
Diversos accesos desde la zona Sur de
El Cotillo.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía.
Pista de tierra con ancho de la vía: 7,5
metros.
Aparcamientos zona lateral entre la
línea de costa y la pista de acceso.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. -
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / Turismos.
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos.
Zona de fácil acceso tanto aéreo como
marítimo.
2.6.- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas
en la misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias,
incluyendo accesos para personas discapacitadas.
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS.
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios.
Desde la zona de aparcamientos hasta la
zona de arena existe desnivel, en la zona
Norte de 17 metros aproximadamente y en
la zona Sur de 16 metros aproximadamente.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar. -
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida. -
Este apartado 2.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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3. INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS.
3.1.- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño, de los sectores,
los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
PLAYA CASTILLO
Lugares o espacios que por sus
características pudieran producir
lesiones o daño.
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas y acantilado.
Características: resbaladizas y posibilidad de caída de
piedras.
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: rocas, corriente, viento y rompientes
de olas.
Características: resbaladizas y posibilidad de ser
arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas, corriente, viento y rompientes
de olas.
Características: resbaladizas y posibilidad de ser
arrastrado.
Lugares o espacios que por sus
características pudieran poner en
peligro la vida humana
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas y acantilado.
Características: resbaladizas y posibilidad de caída de
piedras.
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: rocas, corriente, viento y rompientes
de olas.
Características: resbaladizas y posibilidad de ser
arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas, corriente, viento y rompientes
de olas.
Características: resbaladizas y posibilidad de ser
arrastrado.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 16
3.2.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad
de baño.
Se determinarán los riesgos derivados de la actividad acuática del baño, como:
Actuaciones personales: derivados de una acción personal sobre el entorno,
zambullirse de cabeza, volteretas, carreras con resultados de lesiones
medulares, cortes, contusiones, traumatismo craneal, abdominal, torácico, etc.
Actividades deportivas: derivados de la interacción con objetos y elementos
utilizados en actividades deportivas que provocan lesión, embarcaciones a
remo, vela o motor, tablas de surf, paddle surf o bodyboard, windsurf, kitesurf,
palas de tenis, pelotas o balones, etc.
Actividades en la arena: lesiones o riesgo vital en la zona secundaria derivados
de la realización de actividades, castillos, agujeros, otros juegos, estos
accidentes pueden ir desde lesiones musculo esqueléticas, colapso de
agujeros de gran tamaño con persona dentro, etc.
Actividades en el agua: situaciones de distress, semiahogamiento,
ahogamiento completo, rompientes, corrientes, sobre esfuerzo, etc.
Enfermedades sobrevenidas: infartos, hidrocuciones, sincope, hipoglucemia o
hiperglucemia, quemaduras, golpes de calor, etc.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravío de personas: niños, personas muy mayores, otras personas
con discapacidades o enfermedades que incrementa tal posibilidad, etc.
Vertido / Contaminación marina: de tipo biológico o químico, por fuga, vertido,
rotura de conducciones o arrastrado por corrientes marinas, depuradoras,
industrias, barcos, etc.
Actos terroristas y otros contra la seguridad: terrorismo de cualquier origen,
actos vandálicos y contra la seguridad de las personas a titulo colectivo).
Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO
de Evaluación de Riesgos (igual que el usado por el PLATECA) en base a la
probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de
antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de
afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados.
Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de
Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del
producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de
consecuencias (S).
P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo)
Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz
de Índice de Riesgo.
Dónde:
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 17
> 10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO
10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO
100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar
y determinar - ALTO
< 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo –
MUY ALTO
PROBABILIDAD
Prácticamente nula
Muy baja Baja Probable Muy probable
SEVERIDAD 0 2 5 10 20
Ninguna 0 0 0 0 0 0
Daños poca consideración
2 0 4 10 20 40
Daños materiales y humanos
5 0 10 25 50 100
Grandes Daños, numerosos afectados
10
0 20 50 100 200
Víctimas mortales
20 0 40 100 200 400
RIESGOS PROPIOS DE LA ACTIVIDAD DE BAÑO.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACTUACIONES PERSONALES 10 5 50
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 10 5 50
ACTIVIDADES EN LA ARENA 10 5 50
ACTIVIDADES EN EL AGUA 5 5 25
ENFERMEDADES SOBREVENIDAS 5 2 10
PRESENCIA DE FAUNA MARINA 5 5 25
PERDIDA O EXTRAVIÓ DE PERSONAS
2 2 4
VERTIDO / CONTAMINACIÓN MARINA
2 5 10
ACTOS TERRORISTAS Y OTROS CONTRA LA SEGURIDAD
2 2 4
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3.3.- Identificación de lugares y zonas de riesgo.
En cuanto a los lugares o zonas de riesgos identificados en el plan, se localizan los
siguientes:
En la zona norte identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo, distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar y posibilidad de caídas de piedras
de zona de acantilado.
La posición GPS: Latitud 28º 40' 39,49'' N– Longitud 14º 00' 31,81'' O.
En la zona centro de la playa identificamos como elementos de peligro las
zonas rocosas, con la complejidad de posibles caídas al mismo, distinto nivel
por zona resbaladiza; el estado de la mar, con la complejidad de ser arrastrado,
por el efecto “chorro” y viento reinante en la zona, así como las rompientes de
las olas.
La posición GPS: Latitud 28º 40' 32,66'' N – Longitud 14º 00' 32,69'' O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas, con
la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza; el estado de la mar, con la complejidad de ser arrastrado, por el
efecto “chorro” y viento reinante en la zona, así como las rompientes de las
olas.
La posición GPS: Latitud 28º 40' 15,94'' N – Longitud 14º 00' 37,06'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
3.4.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos que pudieran
afectar a la playa o zona de baño, previstos en los planes especiales y
específicos de protección civil.
RIESGOS NATURALES.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
INUNDACIONES
Crecidas o Avenidas 5 5 25
Acumulaciones Pluviométricas 2 2 4
Roturas o daños graves en obras hidráulicas
2 5 10
Roturas o daños graves en infraestructuras hidráulicas
2 5 10
MOVIMIENTOS SIMISCOS
Terremotos 5 5 25
Maremotos 2 2 4
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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Erupciones Volcánicas 0 0 0
ERUPCIONES VOLCANICAS
Flujos de lava - - -
Cenizas - -
Movimientos sísmicos 2 2 4
Gases Tóxicos - - -
Desprendimientos y proyectiles - - -
FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
Nevadas - -
Lluvias torrenciales 2 2 4
Olas de frio - - -
Granizadas, heladas - - -
Vientos fuertes 20 5 100
Temporales Costeros 20 5 100
Ola de calor 10 5 50
Calimas y Polvo en suspensión 10 5 50
Sequias 10 2 20
MOVIMIENTOS GRAVITATORIOS
Desprendimientos 10 2 20
Avalanchas 2 2 4
Deslizamientos del Terreno 2 2 4
Erosión Costera 10 2 20
OTROS
Plaga de Langosta 2 2 4
Incendios Forestales - - -
RIESGOS ANTRÓPICOS.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S) ÍNDICE DE
RIESGO (IR)
INCENDIOS
Urbanos - - -
Industriales - - -
RIESGO EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ESPECIALIZADAS
Montaña - - -
Espeleología - - -
Deportes Náuticos 10 5 50
Rallies - - -
Aéreos - - -
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 20
ANOMALÍAS EN EL SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS
Energía eléctrica - - -
Agua - - -
Telecomunicaciones - - -
Combustibles - - -
RIESGOS SANITARIOS
Contaminación bacteriológica 10 5 50
Intoxicaciones alimentarias 5 5 25
Epidemias - - -
RIESGOS DEBIDOS A CONCENTRACIONES HUMANAS
Locales de publica concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas - - -
Colapso y boqueo de servicios - - -
INTENCIONADOS
Actos Vandálicos 10 2 20
Terrorismo 5 5 25
OTROS
Colapso de estructuras - - -
RIESGOS TECNOLÓGICOS.
DENOMINACIÓN
PROBABILIDAD (P)
SEVERIDAD (S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACCIDENTES DE ORIGEN INDUSTRIAL
Contaminación ambiental - - -
Incendio - - -
Explosión y deflagración - - -
Colapso de grandes estructuras - - -
Accidentes en centrales energéticas o Plantas potabilizadoras
- - -
Radioactivos (Instalaciones, transporte)
- - -
ACCIDENTES DE TRANSPORTE
Accidentes de carretera - - -
Accidentes aéreos 2 20 40
Accidentes marítimos 10 5 50
Accidentes de tranvía - - -
ACCIDENTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 21
Accidentes en carretera - - -
Accidentes en el mar 5 10 50
Accidente en transporte por conducciones
- - -
Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas - - -
Colapso y boqueo de servicios - - -
3.5.- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la
playa u otra zona de baño y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas.
IDENTIFICACIÓN, CUANTIFICACIÓN Y TIPOLOGÍA DE USUARIOS
TIPO DE USUARIO: BAÑISTAS / VISITANTES
Tipo/ características: Usuarios residentes o foráneos especialmente en fines de semana, festivos o períodos vacacionales desde las 8 o 9 de la mañana hasta anochecer…etc. Lugar/zona: Zona al norte de rocas y caída de piedras de acantilado. Zona central de playa transitable con riesgo en lámina de agua por corriente, viento y rompiente de olas. Zona al sur de rocas, riesgo en lámina de agua por corriente, viento y rompiente de olas. Coincidiendo estas tres zonas de riesgo por corrientes, viento y rompiente de olas. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al total de los usuarios de la playa un 15% residente y 65% foráneos.
TIPO DE USUARIO: DEPORTISTAS - SURF
Tipo/ características: Usuarios deportistas, practicantes de surf y bodyboard, especialmente en épocas con condiciones favorables para la práctica deportiva. Lugar/zona: Zona externa de rocas, tanto en la zona oeste y la zona este de la playa-ensenada. Numero o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al 20% de los usuarios de dicho sector, siendo mayoritariamente residentes de la zona.
3.6.- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño
marítima, para cada una de las temporadas de afluencia.
De la combinación de los datos de RIESGO INTRÍNSECO y de la AFLUENCIA, de la
playa obtendremos el GRADO DE PROTECCIÓN, dicho Grado de Protección nos
dará como resultado y en aplicación del ANEXO IV del DECRETO los Recursos
Humanos y los Medios materiales que corresponden a dicha Playa, Sector o Zona de
baño.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 22
LA AFLUENCIA, para estimar la afluencia se partirá de los datos del año anterior de la
playa, sector de playa o zona de baño marítima, ponderados a media marea (justo
entre marea alta y marea baja) y en las fechas de máximo uso anual (mayor afluencia
de usuarios del año).
Puesto que en playas de grandes dimensiones (largo superior a 400 m.), la afluencia
puede variar de una zona a otras, incluso de manera considerable, se podrá estimar
por sectores de 400 metros a fin de ajustar de manera correcta dicho dato y obtener
resultado más objetivo del Grado de Protección y así adecuar los medios y recursos a
disponer de una manera cercana a la realidad.
Los criterios de valoración son:
AFLUENCIA VALOR
Menos de 10 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 2.000 en una superficie de
veinte mil metros cuadrados.
ALTA
Entre 10 y 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
MEDIA
Más de 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
BAJA
La afluencia se valora como MEDIA.
El RIESGO INTRÍNSECO de cada playa, sector o zona de baño marítima se
determinará a través del análisis de los factores de riesgo que son.
1. HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS:
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS VALOR DE PELIGROSIDAD
Cuando se hayan producido uno o más incidentes muy graves 5
Cuando se hayan producido uno o más incidentes graves 3
Cuando no se hayan producido ningún incidente graves o muy graves 0
2. CARGA POBLACIONAL:
NÚCLEO DE POBLACIÓN CERCANO VALOR DE PELIGROSIDAD
Más de 100.000 habitantes 5
Entre más de 20.000 y 100.000 habitantes 3
Entre 5.000 y 20.000 habitantes. 1
Menos de 5.000 habitantes 0
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3. CONDICIONES HABITUALES DEL MAR:
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR VALOR DE PELIGROSIDAD
Existe habitualmente olas de altura superior a 1 m. o corrientes fuertes 5
Existen olas de altura superior a 0´5 m. o corrientes que puedan afectar a los bañistas 3
Mar en calma o cuando las condiciones de las corrientes no puedan afectar a bañistas. 0
4. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA:
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
VALOR DE PELIGROSIDAD
Con peligros añadidos y difíciles vías de acceso y evacuación, sólo accesible con medios aéreos o marítimos.
5
Con peligros añadidos, el acceso y evacuación solo se puede realizar con vehículos todos terrenos o a pie.
3
Con peligros añadidos, sin dificultades de acceso. 1
Sin peligros añadidos. 0
5. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE
REALIZAN Y EXISTENCIA DE BALIZAMIENTO EN ZONAS DE BAÑO:
COEXISTENCIA EN LA PLAYA Y ZONAS DE BAÑO CON
ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE REALIZAN, Y
DISPOSICIÓN DE BALIZAMIENTO
VALOR DE PELIGROSIDAD
En la playa coexiste actividad náutica, deportiva y de baño y no existe balizamiento, ni señalización de sectores deportivos.
5
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, no dispone de balizamiento, y si dispone de señalización de sectores deportivos.
3
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, si dispone de balizamiento, y no dispone de señalización de sectores deportivos.
1
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, y disponen de balizamiento y señalización de sectores deportivos.
0
El cálculo del RIESGO INTRÍNSECO se obtiene tras haber asignado un valor de
peligrosidad a cada uno de los 5 factores de riesgo (tablas anteriores), sumar
todos ellos y dividirlo entre 5 dando un resultado de:
VALOR NUMÉRICO RIESGO INTRÍNSECO
Más de 4 y hasta 5 puntos RIESGO ALTO
Más de 2 y hasta 4 puntos RIESGO MEDIO
Entre 0 y 2 puntos RIESGO BAJO
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 24
La combinación de los datos de:
RIESGO INTRÍNSECO / AFLUENCIA = GRADO DE PROTECCIÓN
De acuerdo con la tabla siguiente:
GRADO DE PROTECCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
AFLUENCIA BAJA MEDIA ALTA
RIE
SG
O
INT
RÍN
SE
CO
BAJO BAJO MODERADO ALTO
MEDIO BAJO MODERADO ALTO
ALTO MODERADO ALTO ALTO
CRITERIO VALOR NIVEL DE RIESGO
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS 3
MODERADO
CARGA POBLACIONAL 0
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR 5
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS EL ENTORNO
3
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 0
RIESGO INTRÍNSECO: 3 + 0 + 5 + 3 + 0 = 11 / 5 = 2,2
SECTOR AFLUENCIA NIVEL DE RIESGO GRADO DE PROTECCIÓN
PLAYA MEDIA MEDIO MODERADO
Este apartado 3.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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4. INVENTARIO Y DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS Y MEDIOS DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
4.1.- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir,
controlar los riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la
intervención de los Servicios Externos de Emergencias, conforme – en su caso-
a las temporadas o periodos que resulten de los diferentes grados de
protección.
Los grados de protección de la playa vienen determinados por el Decreto 116/2018 en
su ANEXO IV y durante el horario de prestación del servicio serán al menos:
PLAYA PIEDRA PLAYA
SECTOR 1 / GRADO DE PROTECCIÓN MEDIO
EQUIPO HUMANO DETALLE
Jefe de Playa o Turno Común para todas las playas municipales con
plan de seguridad y salvamento.
1 Socorrista en cada Torre o Silla de
Vigilancia por cada 400 metros
1 Torre o silla de vigilancia con 1 socorrista
1 Torre o silla de vigilancia con 1 socorrista
1 Socorrista para la vigilancia a pie de agua
– Patrón de embarcación Para toda la playa
1 Socorrista para la vigilancia a pie de agua
y socorrista para embarcación. Para toda la playa
4.2.- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u
otra zona de baño, por sector, conforme en su caso a las temporadas o periodos
que resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación
de riesgos.
PLAYA PIEDRA PLAYA
SECTOR 1 / GRADO DE PROTECCIÓN MEDIO
MEDIO DETALLE
Puesto de
primeros auxilios
Situado en la torre de vigilancia, equipado con emisora base en red
interna, botiquín sanitario, botiquín medico precintado, botiquín portátil,
oxigenoterapia portátil (con respirador manual y cánulas Guedel), DESA,
tablero espinal flotabilidad positiva, inmovilizador de columna, Juego de
collarines, juego de férulas,
Cartel informativo
por cada acceso
Carteles informativos (1 por acceso) con indicación del código de
identificación de la playa, indicación de playa libre, significado de las
banderas, 1-1-2 como teléfono de emergencias, situación sobre plano del
puesto de 1º auxilios y sillas y torres de vigilancia, horarios y fechas de
prestación del servicio salvamento en playa, significado señales
dinámicas riesgo del sector.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 26
Torre / Silla de
Vigilancia
Silla de vigilancia con cobertura de 200 metros a cada lado y situada a
menos de 20 metros de la orilla, con 3 escalones para su acceso, mástil
para bandera y protección solar (sombra) para socorrista, dotada de
ruedas posteriores para poder rodarla, según evolución de las mareas.
Equipamiento
Salvamento
Carrete de salvamento, aro con cabo salvavidas, Cuerda guía individual
de salvamento, prismáticos, megáfono portátil.
MATERIAL INDIVIDUAL SOCORRISTA: tubo de rescate, aletas, silbato,
emisora portátil, mascarilla RCP, guantes desechables, material básico
sanitario, gafas de sol polarizadas, gorra/o, sandalias, vestuario con PUV
(pantalón, camiseta, chaqueta), crema protectora solar.
Sistema de
comunicaciones
Red interna de radiocomunicaciones conformada por emisoras portátiles
a cada socorrista, emisora portátil en banda marina (moto de agua).
Banderas de
señalización y
complementarias
Juego completo para izado en el mástil de la silla de vigilancia.
COMPLEMENTARIAS. 2 Banderas rojas con soporte para delimitar zona
de riesgo, bandera de cuadros blancos y negros, de sector deportivo,
juego banderas roja/amarilla con soporte, de zona segura de baño,
blanca con círculo rojo, de riesgo singulares.
Moto de agua
con Plancha de
rescate
Compartida con el resto de la playa.
Megafonía
Portátil
En cada torre o silla de vigilancia y adicional el puesto de primeros
auxilios.
Botiquín de
primeros auxilios 1 en cada torre o silla de vigilancia.
Desfibrilador
semiautomático 1 en cada silla de vigilancia y torre de vigilancia.
4.3.- Horarios del servicio de vigilancia y salvamento.
HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO
GRADO DE PROTECCIÓN / TEMPORADA HORARIO DETALLES
GRADO DE PROTECCIÓN ALTO 10:30 a 18:30
horas Eventos, ampliar horarios y medios.
Este apartado 3.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 27
5. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA.
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias.
En función del tipo de riesgo.
RIESGOS PROPIOS.
Accidentes personales.
Accidentes deportivos.
Accidentes en la arena.
Actividades en el Agua.
Enfermedades sobrevenidas.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravió de personas.
Vertido / contaminación marina.
Actos terroristas y otros contra la seguridad.
RIESGOS EXTERNOS
RIESGOS NATURALES
Inundaciones.
Movimientos sísmicos.
Erupciones volcánicas.
Asociados a fenómenos meteorológicos adversos.
Movimientos gravitatorios.
Plaga de langosta.
Incendios forestales.
RIESGOS ANTRÓPICOS
Colapso de estructuras.
Incendios.
Riesgos en actividades deportivas especializadas.
Anomalías en el suministro de servicios básicos.
Riesgos sanitarios.
Riesgos debidos a concentraciones humanas.
Intencionados.
RIESGOS TECNOLÓGICOS
Accidentes de origen industrial.
Accidentes de transporte.
Transporte de mercancías peligrosas.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 28
Actuación en función de la gravedad.
PREEMERGENCIA:
Situación en la que los parámetros definidores del riesgo evidencian que la
materialización del mismo puede ser inminente (P. ej. Recibida información de
avistamiento de medusas, detección de una corriente de retorno, aviso de alerta por
ola de calor, acontecimientos premonitorios que van a provocar situaciones de peligro
en los usuarios de la Playa).
EMERGENCIA:
Cuando los parámetros definidores del riesgo evidencian la materialización del riesgo
(afectados por picaduras de medusas, personas en distress por corriente de retorno,
sincopes en la playa, etc.).
Dentro de la situación de emergencia distinguimos (ANEXO V, Decreto 116/2018):
SITUACIÓN 0:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
la playa con presencia de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacado en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran
en apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
SITUACIÓN 1:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa con presencia de Servicio de Salvamento y que requiere de la movilización de
medios y/o recursos ajenos a la playa.
Se trataría de supuestos en los que el personal socorrista destacado en la playa
valora la necesidad de movilizar medios ajenos al Servicio de Salvamento, para el
salvamento o auxilio de personas usuarias y bañistas en peligro de ahogamiento, la
prestación de asistencia sanitaria y/o traslado a centros sanitarios, o se requiera el
concurso de la Policía Local u otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por tratarse
de situaciones que igualmente afecten a la seguridad ciudadana o al incumplimiento
de normas vigentes.
SITUACIÓN 2:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que sin presencia de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 29
SITUACIÓN 3:
Emergencia de protección civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o
medio ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables
y los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los
protocolos, procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del
mando por las autoridades de protección civil en los casos que lo requieran.
Actuación en función de la ocupación y medios humanos.
En la Playa o Zona de Baño Marítima ya tengamos una alta ocupación o una baja
ocupación las acciones posibles son básicamente dos, EVACUACIÓN DEL ESPACIO
ACUÁTICO o ZONA PRIMARIA y EVACUACIÓN DEL ESPACIO TERRESTRE
PRÓXIMO O ZONA SECUNDARIA.
Ello es debido a que el lugar, Playa o Zona de Baño Marítima no ofrece protección
estructural a los usuarios (edificios o instalaciones) que permitan un Confinamiento,
por lo que la acción en todos los casos conlleva Evacuación, bien Evacuación Parcial
(Riesgo por Fauna Marina, Grave riesgo por estado del mar o Contaminación Marina)
si es solo de la ZONA PRIMARIA o evacuación completa o total si afecta a la ZONA
PRIMARIA y ZONA SECUNDARIA, en este último caso se recomienda cerrar los
accesos a la Playa o Zona de Baño Marítima, mediante vallado y balizamiento de
estos.
5.2.- Procedimiento de actuación ante emergencias.
a) Detección y Alerta.
La DETECCIÓN (descubrimiento del suceso o incidente) puede provenir de diversas
vías:
Directa de usuarios de la Playa o Zona de Baño Marítima.
Por el personal de servicios (hamacas, limpieza, Kioscos o chiringuitos).
Detección por personal de Salvamento del servicio.
Personal de seguridad de servicio la Playa Policía Local, CNP o Guardia Civil
(según corresponda).
La ALERTA, se dará aviso de la manera más breve o inmediata posible a los servicios
de emergencia (servicios de salvamento en playas) y llegado el caso la demanda de
ayudas externas (a través del 1-1-2).
La alerta nos puede llegar:
De manera directa por usuarios o testigos del incidente o suceso.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 30
A través de otros servicios de la playa (hamacas, limpieza, CC.FF.SS), por vía
telefónica o por radiofrecuencia (telefonía, telefonía móvil o walkie).
A través de Centros Coordinadores de Emergencias y Seguridad, CECOES 1-
1-2, CECOPAL.
b) Mecanismos de Alarma.
Partiendo del concepto de ALARMA como el aviso por el que se informa a los medios
y recursos operativos para su inmediata intervención o bien el aviso a los usuarios
(publico) de la Playa o incluso en situaciones que superan a la capacidad de los
recursos del servicio de salvamento la alarma al CECOES 1-1-2, por ello tendremos 3
tipos de avisos de comunicación de la alarma.
ALARMA. - Para la activación de los medios y recursos del servicio de salvamento
en playa para intervenir en un incidente o situación de emergencia. - Proviniendo de
múltiples fuentes posibles, podrá llegar por medio de telefonía,
radiocomunicaciones o personalmente.
ALARMA. - Para la activación de recursos externos a través del CECOES 1-1-2.-
Sera realizado por el Jefe de Playa o Turno o persona en quien este delegue
mediante emisora a través de la red RESCAN TETRA, si no fuera posible se
realizara por medio telefónico.
ALARMA. - A los usuarios de la Playa para que abandonen una zona potencial de
riesgo o para comunicarles la evacuación de la zona primaria, de la secundaria o
evacuación completa. - Sera realizado mediante sistema de avisos, de disponer de
él, o bien mediante el aviso por medios portátiles y móviles a los usuarios por parte
del personal de salvamento de la playa.
Identificación de la persona que dará los avisos.
En base a lo anterior y sabiendo que los tipos de alarmas pueden ser tres, activación
de medios y recursos, activación de recursos externos y avisos a los usuarios.
Al menos en los casos de determinación y activación de los medios y recursos propios
y en los ajenos (CECOES 1-1-2) la comunicación será realizada por el Jefe de Playa o
Turno de Playa, se indicara nombre y apellidos horarios y días de la semana y en su
caso su sustituto.
En el caso de avisos a los usuarios de la Playa o Zona de Baño Marítima, el
responsable que de que se comunique a estos por los medios disponibles (megafonía
portátil, sistema de avisos) será el Jefe de Playa o Turno de Playa, que podrá delegar
la acción en alguien de su personal.
Identificación y métodos de comunicación con CECOES 1-1-2.
La comunicación con el CECOES 1-1-2, para la demanda de recursos ajenos al
servicio de salvamento o activación de Plan de ámbito superior será realizada por el
Jefe de Playa o Turno directamente con el siguiente procedimiento por orden.
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1.- Comunicación directa se realizará mediante telefonía, ya sea fija o móvil al
CECOES 1-1-2.
RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN CECOES 1-1-2
Función / Nombre / método comunicación
TITULAR / Jefe de Playa D. Antonio Fajardo García 1) 629 888 216
SUSTITUTO / Jefe de Playa o Turno D. José Rodríguez Sánchez 1) 629 888 216
c) Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.
CONATO DE EMERGENCIA.
En primer lugar, una vez conocida una situación de emergencia, recibida la alerta, hay
que confirmar su localización y veracidad mediante la comprobación personal por
recursos del servicio de Salvamento, a la vez que se determinan las acciones
ordenadas a tomar, mientras se confirma la veracidad y naturaleza de la emergencia.
SITUACIÓN 0.- Emergencia Parcial.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa mientras se dispone de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacados en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran en
apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
El procedimiento conllevara al menos la activación del personal en servicio más
próximo al lugar del incidente y de los medios y recursos móviles de la Playa
(embarcación o moto de agua).
Si con estos la situación fuese controlada o resuelta se dará por finalizada la
emergencia, en caso de que los medios y recursos resulten insuficientes se activara la
situación siguiente.
SITUACIÓN 1.
Emergencia de carácter ordinario que requiere de medios y recursos externos al
servicio de Salvamento en Playas (requerimiento de servicios de CC.FF.SS, servicios
Sanitarios), es complemento del procedimiento anterior. Corresponde al Jefe de Turno
o Playa realizar la activación de recursos externos al Servicio de Salvamento.
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SITUACIÓN 2.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que no dispone de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3.
Emergencia de Protección Civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o medio
ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables y
los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los protocolos,
procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del mando por las
autoridades de Protección Civil en los casos que lo requieran.
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
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d) Evacuación o Confinamiento.
Siendo la Evacuación el desalojo ordenado de un espacio o recinto, la evacuación en
la Playas o Zonas de Baño Marítimas, consistirán en:
EVACUACIÓN DE LA ZONA PRIMARIA.
Evacuación de la zona de agua o lámina de agua, pudiéndose dar por múltiples
motivos.
EVACUACIÓN DE LA ZONA SECUNDARIO O EVACUACIÓN COMPLETA.
Desalojo ordenado de la zona de playa, terreno, o solárium de zona marítima de baño
En el presente caso se indicará en el Plan de Seguridad las vías de evacuación de la
Playa, los puntos de reunión para cada vía de evacuación. Estableceremos, un punto
de evacuación ESTE (E).
No está previsto el CONFINAMIENTO en la Playa, al ser el objetivo de este
procedimiento el de resguardar y proteger la integridad de las personas dentro de un
entorno estructural (cerramiento que aporta protección, especialmente con respecto al
entorno inmediato y al medio ambiente que le rodea) y esto no es posible en la Playa o
zona marítima de baño.
Prestación de las Primeras Ayudas.
El Jefe de Playa o Turno, dentro de su potestad de Coordinación de las actuaciones
de emergencia (Art. 14 Decreto 116/2018) determinara los medios y recursos que
intervendrán en primera instancia y tendrá prevista la continuidad del servicio en el
resto de la Playa o Zona Marítima de Baño, disponiendo de información en todo
momento de la evolución de las ayudas prestadas, de los afectados y del desarrollo
del mismo incidente.
El Jefe de Playa o de Turno, preverá una serie de medios y recursos adicionales para
reforzar a los que se ya se encuentren en la intervención, mediante la reorganización
del servicio y estimara en que momento, umbral / límite de los recursos propios –
Distress del sistema, no resulta posible la resolución del incidente sin el apoyo de
recursos externos.
Modos de recepción de las Ayudas externas al servicio de salvamento de la playa u
otra zona de baño marítima.
Tras activación de otros medios o recursos externos, a través del CECOES 1-1-2, el
Jefe de turno o playa determinara el punto de encuentro idóneo para la espera y
recepción de esos recursos externos, para ello comandará a quien corresponda dicha
función y estará debidamente identificado.
Los medios externos mientras se encuentran en curso hacia punto de encuentro se le
facilitarán la siguiente información:
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Lugar del incidente, con posición GPS caso de medios marítimos o aéreos.
Lugar del punto de encuentro, sobre todo medios terrestres, modo de
identificación visual del personal de recepción de dichos medios.
Riesgo para las ayudas externas en aproximación al lugar, por cualquier vía (ya
sea aérea, marítima o terrestre).
Hechos o acontecimientos relevantes del incidente, que conlleven la adopción
de medidas especiales de protección o seguridad de las ayudas externas.
El número de afectados, caso de haberlos.
5.3.- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias.
En este apartado se detalla el procedimiento operativo ordenado para diversas
situaciones que deban enfrentar (Ahogamientos, enfermedades sobrevenidas, persona
extraviada, etc.) y para cada tipo de actividad profesional y situación:
Jefe de Playa o Turno. (Coordinación de la operativa).
Socorrista de actividades acuáticas, vigilancia a pie de agua y atención
sanitaria. (Vigilancia, rescate y atención).
Socorrista – Patrón, embarcación / moto de agua. (manejo y uso de la
embarcación).
Socorrista rescatador embarcación / moto de agua (rescate).
5.4.- Identificación de la persona que ejerce la jefatura de playa o de turno, y en
su caso, la persona coordinadora del servicio de playas.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURA DE TURNO
Jefatura de playa / Jefatura de turnos.
Nombre y Apellidos Antonio Fajardo García
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
5.5. Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación
ante Emergencias de playa u otra zona de baño marítima.
El Plan de Seguridad y Salvamento deberá prever que en el caso de producirse un
accidente o emergencia que requiera la movilización de recursos ajenos a los del Plan
de Seguridad y Salvamento, la persona que ejerza la jefatura de turno o de playa será
el responsable de realizar la comunicación inmediata al Centro Coordinador de
Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES 1-1-2).
Además de recoger por escrito el presente apartado la Categoría Laboral del
responsable de poner en marcha el Plan de Actuación ante emergencias, se indicarán
los sistemas de localización, números de teléfono.
Quedará recogido por escrito el procedimiento inicial de comunicación al CECOES 1-
1-2 seria mediante telefonía fija o telefonía móvil.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 36
6. INTEGRACIÓN DEL PLAN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR.
6.1.- Los protocolos de notificación de la emergencia.
La centralización de notificación de la emergencia se sitúa en la figura del Jefe de
Playa o Jefe de Turno.
La primera notificación de la emergencia puede provenir de:
Miembros del Servicio de Salvamento.
Avisos de usuarios a personal en servicio.
Avisos provenientes de servicios de playa.
Avisos que lleguen a través de Centros Coordinadores (CECOES 1-1-2 y
CECOPAL, o Policía Local).
Confluirán en la comunicación con el Jefe de Playa o Jefe de Turno, responsable del
servicio y quien activa y organiza el Protocolo de intervención de los medios y recursos
del Servicio de Salvamento en playa.
Las comunicaciones:
De incidentes graves o muy graves a la persona Coordinadora de las playas
del Municipio.
La demanda de Ayudas externas al CECOES 1-1-2.
De la transferencia del Plan de Seguridad y Salvamento de la Playa, a un Plan
de ámbito superior (Plan especial o Plan de ámbito territorial), a través del
CECOES 1-1-2.
Corresponden directamente al Jefe de Playa o Jefe de Turno, en servicio.
6.2.- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u
otra zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del
CECOES 1-1-2.
Procedimiento de coordinación e integración del Plan de Seguridad y Salvamento de la
Playa o Zona de Baño Marítima se realizará no solo mediante la comunicación de la
situación a través del CECOES 1-1-2 y la solicitud de integración operativa en el Plan
especial o Territorial que corresponda sino con la implicación y participación del Jefe
de Playa o Jefe de Turno en Calidad de Director Técnico.
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los
planes y las actuaciones del sistema público de protección civil.
Por ello, se integrará de manera operativa con la participación del Jefe de Playa o
Turno y sus recursos humanos y medios materiales, recibiendo las instrucciones a
través de sus propios mandos naturales del servicio en situaciones de emergencia de
Protección Civil, como conocedores del entorno y de las condiciones de la Playa o
Zona de Baño Marítima y por la cualificación profesional de sus recursos y la
adecuación de los medios al entorno.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 37
Fuera de dichas situaciones (emergencias de Protección Civil), la colaboración se
realizará mediante:
Puesta en conocimiento y actualizaciones de los medios y recursos de los que
dispone el servicio (catálogo de medios y recursos).
Aportación periódica de información de incidentes en la Playa o Zona de Baño
Marítima.
Realización de al menos una visita al año guiada con quien designe el sistema
Público de Protección Civil (CECOES 1-1-2, GES, etc.) para mejor
conocimiento del medio.
Realización de maniobras y ejercicios de tablero conjuntos que ponga en
práctica operatividad y la coordinación entre ambos sistemas.
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7. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
7.1. Identificación del responsable de la implantación del Plan.
Es el ayuntamiento como administrador de la playa, es el responsable de la
implantación del presente Plan de Seguridad y Salvamento.
Por otra parte, y de conformidad con la legislación vigente, la totalidad de los
empleados, tanto del ayuntamiento como de cualquier empresa que realice labores en
la playa, están obligados a participar en las actividades que se les encomiende en el
Plan de Seguridad y Salvamento.
El responsable del Plan de Seguridad y Salvamento estudiará la puesta en práctica del
Plan, su viabilidad y mantenimiento. Este dictará las normas precisas para la
unificación de criterios, planificación de cursos de especialización y formación,
programación de simulacros, confección de manuales, programas y calendario de
actividades, así como designación de las personas encargadas de su realización.
7.2. Programa de formación y capacitación para el personal con participación
activa en el plan de seguridad y salvamento.
Todo el personal con responsabilidad en actuar ante situaciones de emergencias
recibirá información en materia de prevención y seguridad, así como información sobre
los riesgos existentes en el medio objeto de estudio y medidas de actuación ante una
situación de emergencia.
Esta formación para los el personal de la concejalía de playas, personal de los
servicios de playas, servicio de bomberos, servicio de protección civil, servicio de
policía local, consistirá:
1. Introducción, sensibilización y presentación del Plan de Salvamento y Socorrismo.
2. Actuación cuando hay conocimiento de una posible situación de emergencia 3. Actuación ante confirmación de emergencia real 4. Recorrido y conocimiento de vías y recorridos de evacuación 5. Conocimiento y prácticas según las situaciones. 6. Actuación ante otras emergencias: accidente personal, caídas, etc. 7. Primeros Auxilios
7.3.- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento.
Todo el personal recibirá formación e información básica sobre actuación en caso de
emergencia, de tal forma, que le permita actuar correctamente ante situaciones de
riesgos identificados en la actividad objeto de estudio.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 39
7.4.- Programa de información general para las personas usuarias.
Esta documentación se entrega antes del inicio del Plan de Salvamento y Socorrismo
para los usuarios de la playa, y siempre que se produzcan modificaciones. Se debe
indicar al menos:
Contenidos informativos mínimos.
Medios de difusión (trípticos, cartelería, cuñas de radio o televisión local,
emisión de avisos).
Idiomas en los que se difundirá la información.
Cronología a lo largo del año (Temporada baja, temporada alta, etc.)
El ayuntamiento dispondrá de folletos informativos para los usuarios indicando las
consignas generales de actuación en caso de emergencia.
7.5.- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 40
7.6.- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.
Los miembros de los equipos de emergencia informarán al Director del Plan de
Salvamento y Socorrismo de las deficiencias y carencias de los materiales y recursos
para el control de las emergencias.
No obstante, el titular de la actividad se asegurará bien mediante medios propios, o
mediante la subcontratación de servicios, de que el estado de sus equipos e
instalaciones se encuentren en perfectas condiciones de uso y no supongan en ningún
momento un riesgo para la seguridad y salud de sus trabajadores o cualquier persona
externa. Una vez elaborado el Plan, quedan por realizar los siguientes trabajos:
Incorporación de medios técnicos previstos.
Confección de carteles.
Reuniones informativas para todo el personal del establecimiento.
Selección del personal que formará parte del equipo de emergencias.
Formación del personal seleccionado.
Colocación de carteles.
Colocación de señales previstas, así como un ejemplar de cada una en lugares
conocidos con su significado, para que se aprendan por los usuarios.
Realización de simulacros.
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8. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
SEGURIDAD Y SALVAMENTO.
8.1.- Programa de reciclaje de formación e información.
De forma anual, el responsable del Plan de Salvamento y Socorrismo, se asegura de
que todo el personal con funciones asignadas en la actuación de una emergencia, siga
teniendo la capacidad necesaria para el desarrollo de las mismas.
Asimismo, se formará específicamente en su función, al personal de nueva
incorporación al equipo de emergencias o a las personas que se les asigne nuevas
funciones dentro del equipo. Periódicamente se debe realizar un reciclaje de la
formación e información inicial facilitada a los trabajadores.
Se repetirá anualmente las consignas correspondientes a los componentes del equipo
de emergencia, con especial atención a las funciones más prácticas (reanimación
cardiopulmonar, atragantamientos, evacuación etc.).
El sistema de evaluación del nivel de formación de los integrantes del equipo de
emergencia, será mediante el análisis de la actuación y coordinación de éstos en los
simulacros programados o en las incidencias reales acaecidas.
8.2.- Programa de sustitución de medios y recursos.
Anualmente, el responsable del Plan revisará la adecuación y estado de los medios
materiales destinados a la autoprotección. Por otro lado:
Se evaluarán los informes de los equipos de rescate.
Se revisarán si funcionan correctamente los medios de comunicación y la
señalización sigue siendo la adecuada.
Se realizará una inspección visual del estado de los equipos de protección
individual.
Se revisarán los informes de las emergencias reales acaecidas, así como de
los simulacros realizados y verificará la eficacia de las medidas correctoras
propuestas, en su caso.
Se revisarán los informes enviados por los integrantes del equipo de
emergencia.
De la información que se obtengan se corregirán las deficiencias detectadas y se
modificará el mantenimiento preventivo en aquellas instalaciones que hayan tenido
más deficiencias de las aceptables.
Los medios materiales de protección previstos para una emergencia deben ser
mantenidos en buen estado de conservación, ya que su utilización, probablemente
haya de ser requerida en un breve espacio de tiempo. Por ello, deben tomarse las
medidas oportunas para que estos medios materiales estén en perfecto estado de uso,
reponiendo aquellos que sufran desgaste, hayan superado su fecha de caducidad, o
bien, hayan sido usados.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 42
En algunos casos, el mantenimiento y las inspecciones de seguridad de algunos
equipos e instalaciones, se encuentran reguladas por reglamentación propia, tienen
unos plazos máximos para sus revisiones, así como un control de fechas de
caducidad, los cuales deberán ser respetados. No obstante, en aquellos casos, en los
que no existe normativa específica que regule la periodicidad de las revisiones,
mantenimiento, o inspecciones de los equipos, se procederá a aplicar los controles
establecidos por el titular de la instalación.
8.3.- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad
de realización de los mismos.
En todo caso, se le dará comunicación al órgano competente en materia de Protección
Civil, de la realización de ejercicios o simulacros en las playas u otras zonas de baño
marítimas tendrá carácter voluntario, salvo en el caso de los ejercicios o simulacros en
los que se proponga la movilización de un medio externo al servicio de salvamento y
afecte al espacio público exterior de la playa u otra zona de baño.
En estos casos se notificará, con una antelación mínima de treinta días, la realización
del simulacro al órgano competente en materia de protección civil del municipio y al
Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES
112) a los efectos de tener conocimiento del simulacro.
Concreción de al menos una vez al año, será de carácter e implicación externa al
propio servicio de Salvamento en Playa y tendrá por objeto la comprobación de la
capacidad organizativa y de coordinación con recursos externos al propio servicio
(servicio público de asistencia sanitaria Pre Hospitalaria, Bomberos, salvamento
marítimo, GES, GEAS, etc.) pudiendo ser de dos tipos.:
Los ejercicios o maniobras no conllevaran la comunicación pública, medios de
comunicación, de dicha actividad al ser un método de carácter evaluador y de auto
aprendizaje sin que deba estar preparado, teniendo como objetivo el de comprobar la
capacidad de respuesta organizativa y de trabajo coordinado con otros servicios,
organismos e instituciones.
El simulacro es una actividad de cara al público, que suele ser previamente publicitada
(medios de comunicación) y cuyo objetivo es demostrar las capacidades y
procedimientos de intervención en supuestos, lo más parecido a situaciones reales,
pero previamente preparados.
El simulacro no sólo sirve para validar la eficacia del Plan de Salvamento y Socorrismo
diseñado, sino también para familiarizar al personal adscrito al Plan con los equipos y
técnicas a utilizar en caso de situación de emergencia.
Mediante los simulacros se pretende:
Comprobar los tiempos de respuesta de los equipos.
Comprobar la ubicación de los medios de protección y su estado.
Comprobar la idoneidad de las misiones asignadas a las personas.
Detectar omisiones en las conductas previstas en el Plan.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 43
Entrenarse en las evacuaciones.
Medir los tiempos de evacuación.
Comprobar la correcta señalización.
Comprobar la eficacia de los medios materiales
Los simulacros partirán de una supuesta situación de emergencia predeterminada y se
desarrollarán de tal manera que permitan:
Comprobar la mecánica interna y funcional del Plan o de una parte concreta del
mismo.
Comprobar la suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
Comprobar el grado de capacitación y formación del personal, con misiones
asignadas en el Plan.
Comprobar el grado de mantenimiento de las instalaciones y su respuesta.
Comprobar los tiempos de respuestas de los medios técnicos y de los
organizativos.
Comprobar la adecuación de los procedimientos de actuación.
8.4.- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma
parte del plan.
Cada cierto tiempo, el responsable del Plan de Autoprotección, revisará la
documentación del Plan de Seguridad y Salvamento, realizando las modificaciones
oportunas.
Asimismo, deberá revisarse el Plan siempre que se dé algunas de las siguientes
circunstancias:
Modificación de la legislación vigente o reglamentación de orden interno.
Modificaciones sustanciales en la configuración de los edificios o en las
actividades.
Deficiencias observadas en el plan a partir de la realización de simulacros o
bien por motivo de emergencias reales.
El cambio de las condiciones de las instalaciones.
La incorporación de nuevas equipos.
El cambio o modificación de los procedimientos de trabajo.
El cambio o modificación del equipo directivo del establecimiento.
Revisiones Puntuales: Cuando conlleve cambios de los datos de los responsables
del Plan de Seguridad y Salvamento, sistemas de comunicación o números de
localización (teléfonos, ITSI, etc.), cambio de medios (cambios de sillas de vigilancia
por Torres, cambio de embarcación por moto de agua – plancha de rescate o
viceversa, etc.) o cambio de la normativa de aplicación que suponga modificación del
Plan de Seguridad y Salvamento.
Revisión Anual: El Plan de Seguridad y Salvamento deberá ser revisado,
especialmente en materia de determinación, análisis y evaluación de riesgos, derivado
de la explotación de datos al final de cada año.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 44
Revisión cada tres años: como máximo, para de manera detallada realizar una
revisión completa y pormenorizada de cada uno de los Capítulos y apartados del Plan
de Seguridad y Salvamento.
8.5.- Programa de inspecciones e investigaciones de incidentes o siniestros.
Una auditoría consiste en asegurar que la organización, los procesos y procedimientos
establecidos son adecuados al sistema de gestión de seguridad.
Las inspecciones son revisiones parciales de un equipo, de una instalación o de un
sistema de organización.
Las auditorías se realizarán siempre con independencia y objetividad.
Las auditorías e inspecciones se pueden realizar por personal propio o titulares de la
actividad así como por organismos oficiales que marque la legislación vigente; para su
realización se establecerá un plan, donde se determinarán las fechas en que se deben
realizar.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 45
APÉNDICES
APÉNDICE I. DIRECTORIO DE COMUNICACIONES.
1.- Teléfonos del Personal del Servicio de Salvamento.
Nombre y apellidos Cargo Teléfono Email
José Rodríguez Sánchez Coordinador 629 888 216 [email protected]
Antonio Fajardo García Jefe de playas 629 888 216 [email protected]
2.- Teléfonos de ayuda exterior y servicios de emergencia.
Tabla que contenga el listado de números de teléfonos de los servicios municipales
(policía local, limpiezas, vías y obras, etc.) y empresas prestatarias de servicios de
estos, con indicación del nombre del servicio.
Servicios. Teléfono
Policía Local 928 866 107
Protección Civil 609 987 372
Bomberos 928 867 652
Tan solo tendrá dicha tabla los números de servicios municipales, puesto que los
requerimientos de ayudas externas de servicios de las Administraciones Insulares,
Autonómicos o Estatales serán requeridos a través del CECOES 1-1-2.
Emergencias. Ayuda Externa 1 – 1 – 2
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 46
APÉNDICE II. FORMULARIOS PARA LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS REVISIONES ANUALES DEL PLAN.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES ACUÁTICOS
DÍA: ____/____/___ HORA COMIENZO INCIDENTE ___:____
HORA FINALIZACIÓN INCIDENTE ___:____
TIPO DE INCIDENTE (1)
CAUSA
SITUACIÓN AGRAVADA POR (2)
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE
NUMERO DE SOCORRISTAS ACTIVADOS: TEMPERATURA MEDIA AGUA:
MEDIOS MATERIALES UTILIZADOS
RECEPCIÓN DE LA ALERTA / DETECCIÓN INCIDENTE
MÉTODO DE COMUNICACIÓN DE LA ALERTA
HORA RECEPCIÓN AVISO O DETECCIÓN INCIDENTE :
POSICIÓN GPS INCIDENTE Latitud Longitud
DENOMINACIÓN DEL LUGAR INCIDENTE: DISTANCIA DE LA ORILLA:
NUMERO DE AFECTADOS: EDADES: SEXO:
NACIONALIDADES: LIMITACIONES FÍSICAS, PSÍQUICAS O INTELECTUALES:
PATOLOGÍAS PREVIAS AFECTADOS: CONSUMO ALCOHOL O DROGAS:
VALORACIÓN ESTADO SI HA HABIDO TRANSFERENCIA A RECURSO SANITARIO
COLOR DE BANDERA IZADA: TOTAL EFECTIVOS EN SERVICIO:
SEÑALIZACIÓN DINÁMICA EN EL LUGAR: AFLUENCIA USUARIOS ZONA INCIDENTE:
AVISOS PREVIOS A AFECTADO/S: INTENSIDAD / DIRECCIÓN VIENTO:
OTROS SERVICIOS INTERVINIENTES
1) Orientativos; Distress, ahogamiento, posible PCR, arrastre por corriente,
atrapado en rompiente, deriva en flotador, perdida flotador, caída al agua,
lesión musculo esquelética, lesión cervical o medular, ataque/
mordedura/picadura fauna marina.
2) Oleaje, Fuerte corriente, fuerte viento, altas temperaturas, marea baja o alta,
talud, zona de rocas sumergidas, fauna marina, actividad de riesgo (describir),
incumplimiento instrucciones socorrista, incumplimiento código bandera,
incumplimiento señal dinámica, práctica deportiva (¿cuál?), otros.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 47
FORMULARIO DE RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS COMUNICACIONES
CUATRIMESTRALES AL CECOES 1-1-2
TOMA DE DATOS DE INCIDENTES PARA COMUNICACIÓN CUATRIMESTRAL CECOES 1-1-2
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA
NUMERO DE CATALOGACIÓN CLASIFICACIÓN
FECHA DEL INCIDENTE HORA DEL INCIDENTE
HORA DEL NOTIFICACIÓN AL CECOES 1-1-2
IZADO DE BANDERA Y CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL BAÑO
LOCALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA EN EL SECTOR DE PLAYA
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL INCIDENTE / TIPO DE RIESGO Y GRAVEDAD
ACTUACIÓN ANTE EL INCIDENTE
IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS Y MEDIOS QUE INTERVINIERON EN EL INCIDENTE
MOVILIZACIÓN Y RECEPCIÓN DE RECURSOS AJENOS AL PLAN DE SEG. Y SALV.
MEDIDAS DE COORDINACIÓN OPERATIVA DURANTE EL INCIDENTE
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE PARA IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS
PERSONAS AFECTADAS, VALORACIÓN
DATOS PERSONAS AFECTADA
DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS O SITUACIÓN QUE MOTIVARON EL INCIDENTE
CONCLUSIONES, PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS /CORRECTORAS
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PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 48
FORMULARIO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2.
MODELO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2
NOMBRE Y CARGO DE QUIEN REALIZA LA COMUNICACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL JEFE DE PLAYA O TURNO
HORA DE INICIO DE LA INCIDENCIA O EMERGENCIA
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
NUMERO DE CATALOGACIÓN DE PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
LOCALIZACIÓN DEL INCIDENTE O EMERGENCIA
TIPO DE INCIDENTE Y GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN O EMERGENCIA
NUMERO DE PERSONAS AFECTADAS (DESCRIPCIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO)
MEDIOS Y RECURSOS MOVILIZADOS (INTERVINIENDO EN EL LUGAR)
PUNTO/S DE RECEPCIÓN DE AYUDA EXTERNA Y ACCESIBILIDAD
IDENTIFICACIÓN Y MÉTODOS DE COMUNICACIÓN EN EL LUGAR
PELIGROS AÑADIDOS
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL BAÑO E IZADO DE BANDERA
OBSERVACIONES
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYA DE PIEDRA PLAYA
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 49
APÉNDICE III. PLANOS.
Se incluirán planos a escala 1:5000, en los que se incluirá el código de identificación
asignado en el catálogo de las playas y otras zonas de baño. Para la elaboración de
los planos se tendrá en cuenta incluir la información siguiente:
a) Posición geográfica de la playa u otra zona de baño marítima dentro del
entorno insular con identificación de las vías de comunicación,
accesibilidad.
b) Descripción de accesos y evacuación: se especificarán los accesos a la
playa u otra zona de baño marítima indicando condiciones de
accesibilidad.
c) Ubicación en la playa u otra zona de baño de instalaciones fijas, de
carteles informativos, sectores de uso, balizamientos...
d) Focos o zonas de peligro más significativos de la playa u otra zona de
baño marítima.
e) Localización de los medios y personal del Servicio de Salvamento.
La escala a 1:5000 es indicativa, en todo caso la escala se deberá ajustar a la
dimensión de la playa u otra zona de baño marítima, y adecuada al grado de detalle
requerido para facilitar la identificación de los contenidos e interpretación de los
mismos. La escala utilizada ha de estar identificada en el Plan.
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PLAN DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO
PLAYAS URBANAS DE CORRALEJO
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras
zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYAS URBANAS DE CORRALEJO
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EQUIPO REDACTOR
ADRIÁN JOSÉ SÁNCHEZ REYES.
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PLAYAS URBANAS DE CORRALEJO
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 3
ÍNDICE
NORMATIVA DE REFERENCIA…………………………………………………………..…9
CAPÍTULO 1: Identificación de personas titulares y del emplazamiento de la
playa u otra zona de baño marítima……………………………………………………11
1.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítima, número de
catalogación y clasificación...........................................................................................11
1.2- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento. Vigencia del
servicio y prórrogas, en su caso………………………………….....................................11
1.3- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del Ayuntamiento
que asume las funciones de coordinación del servicio de playas. Datos de
contacto........................................................................................................................11
1.4- Personas que asumen la Jefatura de playa o Jefatura de turnos, datos de
contacto........................................................................................................................12
1.5- Nombre y n.º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de Planes
de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de Seguridad y
Salvamento...................................................................................................................12
CAPÍTULO 2: Identificación, descripción de la playa u otra zona de baño
marítima y medio físico en el que se desarrolla………………….............................13
2.1- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación y
clasificación...................................................................................................................13
2.2- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media expresada
en
metros............................................................................................................................13
2.3- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios,
instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.................................................14
2.4- Descripción de playa: Clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente media,
etc..................................................................................................................................14
2.5- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Especial
descripción de los accesos para los vehículos de emergencia….................................15
2.6- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas en la
misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias, incluyendo accesos
para personas discapacitadas.......................................................................................17
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CAPÍTULO 3: Inventario, análisis y evaluación de riesgos……………………….…19
3.1- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño marítima, de los
sectores, los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la
misma............................................................................................................................19
3.2 - Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad de
baño...............................................................................................................................21
3.3 - Identificación de lugares y zonas de riesgo……………........................................23
3.4- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos, que pudieran afectar
a la playa o zona de baño marítima, previstos en los planes especiales y específicos
de protección civil………………….…….........................................................................24
3.5- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la playa u otra
zona de baño marítima y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas....................................................................................................................27
3.6- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño marítima,
para cada una de las temporadas de afluencia.............................................................27
CAPÍTULO 4: Inventario y descripción de las medidas y medios de seguridad y
salvamento de la playa u otra zona de baño marítima……………………………….31
4.1- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir, controlar los
riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los
Servicios Externos de Emergencias, conforme -en su caso- a las temporadas o
periodos que resulten de los diferentes grados de protección......................................31
4.2- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u otra
zona de baño, por sector, conforme, en su caso, a las temporadas o periodos que
resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación de
riesgos…………………………………………………………….……………………………31
4.3 - Horarios del servicio de vigilancia y de salvamento..............................................31
CAPÍTULO 5: Plan de Actuación ante emergencias de la playa u otra zona de
baño marítima………………………………………………………………………………..32
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias…………….................................32
5.2.- Procedimientos de actuación ante emergencias…………….................................34
5.3- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias………………………..............................39
5.4- Identificación de la persona que ejerce la Jefatura de playa o de turno, y en su
caso, la persona coordinadora del servicio de playas………………………..................39
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5.5- Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante
Emergencias de playa u otra zona de baño marítima...................................................39
CAPÍTULO 6: Integración del Plan en otros de ámbito superior………………...…40
6.1- Los protocolos de notificación de la emergencia...................................................40
6.2- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u otra
zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del CECOES
1-1-2..............................................................................................................................40
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los planes y
las actuaciones del sistema público de protección civil…….........................................40
CAPÍTULO 7: Implantación del plan del Plan de Seguridad y Salvamento………42
7.1- Identificación del responsable de la implantación del Plan....................................42
7.2- Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en
el Plan de Seguridad y Salvamento…………………………….......................................42
7.3- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento……………………...................................................................42
7.4- Programa de información general para las personas usuarias..............................43
7.5- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.........................................................................................................................43
7.6- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos…………...44
CAPÍTULO 8: Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Seguridad
y Salvamento………………..........................................................................................45
8.1- Programa de reciclaje de formación e información................................................45
8.2- Programa de sustitución de medios y recursos.....................................................45
8.3- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad de
realización de los mismos……………………….............................................................46
8.4- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte
del plan.........................................................................................................................47
8.5- Programa de inspecciones e investigación de incidentes o siniestros…………....48
APÉNDICES.
APÉNDICE I.- Directorio de comunicación…………….............................................49
APÉNDICE II.- Formularios para la gestión de emergencias……………….............50
APÉNDICE III.- Planos………………...........................................................................53
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Versión Revisión Fecha Paginas Afectadas Causa de Modificación
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NORMATIVA DE REFERENCIA
El ordenamiento jurídico sustenta la autoprotección y la seguridad para este tipo de
actividades y eventos en:
La Orden de la Presidencia del Gobierno, de fecha 31 de julio de 1972 (BOE nº
184, de 2 de agosto de 1972), por la que se dictan normas e instrucciones para
la seguridad humana en los lugares de baño.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 de julio, por la que se
resuelven determinados recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recoge en su fundamento jurídico 7.i),
en relación con la elaboración y aprobación de normas sobre seguridad
humana en lugares de baño, que si bien es evidente que tales normas afectan
directamente al uso común del dominio público, cuya regulación es
competencia estatal, pueden encuadrarse al mismo tiempo en el ámbito de la
protección civil.
Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias.
El Plan de Seguridad Canario aprobado por el Gobierno de Canarias el 30 de
abril de 1997 y ratificado por el Parlamento Canario en su sesión del 29 de abril
de 1998.
Orden de la Consejería de Presidencia de 21 de diciembre de 1999 (BOC nº
167, de 22 de diciembre de 1999).
La Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y
Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación
de las Policías Locales de Canarias.
Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.
Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias,
DECRETO 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la
aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la
coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y
otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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1. IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS TITULARES Y DEL EMPLAZAMIENTO DE LA
PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
1.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño marítimo, número de
catalogación y clasificación.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa La Goleta.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103007200 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Corralejo Viejo.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103009300 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA
Municipio La Oliva.
Nombre de la Playa Corralejo.
Nº del Catálogo de Playas de Canarias. 103006100 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
1.2.- Entidad prestataria del servicio público de Servicio de Salvamento.
Vigilancia del servicio y prórrogas, en su caso.
ENTIDAD PRESTATARIA SERVICIO PUBLICO DE SALVAMENTO EN PLAYA
Empresa del Servicio de Salvamento
Dirección Postal
Teléfono/s
Fecha de comienzo de prestación del Servicio
1.3.- Unidad administrativa y su responsable o persona responsable del
Ayuntamiento que asume las funciones de coordinación del servicio de playas.
Datos de contacto.
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA QUE DEPENDE EL SERVICIO DE PLAYA
CONCEJALIA
Concejalía Responsable del servicio de
Playas/ datos del titular.
Concejalía de playas del Ayuntamiento de
La Oliva.
Nombre y Apellidos Concejal responsable Oliver Cristian González Cabrera
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
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DEPARTAMENTO
Departamento que supervisa servicio
salvamento Seguridad Ciudadana
Dirección Postal C/Emilio Castellot Martínez, 2. CP: 35640
Teléfonos 928 86 19 04
Email [email protected]
COORDINADOR MUNICIPAL DEL SERVICIO DE PLAYAS
Teléfono fijo / móvil 629 888 216
Email [email protected]
Nombre y Apellidos José Rodríguez Sánchez
1.4.- Personas que asumen la jefatura de playa de turnos. Datos de contacto.
JEFATURA DE PLAYA O JEFATURAS DE TURNOS
Jefatura de playa
Nombre y Apellidos. - 1 José Rodríguez Sánchez
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
Nombre y Apellidos. - 2 Antonio Fajardo García
Teléfonos de contacto 629 888 216
Email de contacto [email protected]
1.5.- Nombre y n. º de registro en el Censo Oficial de Técnicos Redactores de
Planes de Autoprotección de Canarias de la persona redactora del Plan de
Seguridad y Salvamento.
DATOS DEL TÉCNICO REDACTOR DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
Nombre y Apellidos Adrián José Sánchez Reyes
DNI/NIF/NIE/PASAPORTE 78536733 J
Dirección Postal C/ Amapola nº 6. Pájara. 35628
Teléfono móvil de contacto 606 808 983
Email [email protected]
Titulación Graduado en Seguridad y Control de Riesgos
Nº de Técnico Redactor. - TR TR-000835
Epígrafes habilitados como TR Todos.
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2. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA Y MEDIO FÍSICO EN EL QUE SE DESARROLLA.
2.1.- Municipio, nombre de la playa u otra zona de baño, número de catalogación
y clasificación.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa La Goleta.
Denominación o nombre popular Playas Urbanas de Corralejo.
Numero de catalogación de la Playa 103007200 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa Corralejo Viejo.
Denominación o nombre popular Playas Urbanas de Corralejo.
Numero de catalogación de la Playa 103009300 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
IDENTIFICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO
Municipio La Oliva.
Nombre de Playa Corralejo.
Denominación o nombre popular Playas Urbanas de Corralejo.
Numero de catalogación de la Playa 103006100 Identificador DGSE.
Clasificación Libre.
2.2.- Ubicación física (coordenadas geográficas), longitud y anchura media
expresada en metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO LA GOLETA
Posición GPS central Latitud 28°44' 1,309"N
Longitud 13° 51' 58,889"O
Longitud total de la Playa 150 metros.
Anchura media 30 metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO CORRALEJO VIEJO
Posición GPS central Latitud 28°44' 7,779"N
Longitud 13° 52' 2,769"O
Longitud total de la Playa 560 metros.
Anchura media 55 metros.
UBICACIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO CORRALEJO
Posición GPS central Latitud 28°44' 19,022"N
Longitud 13° 52' 2,753"O
Longitud total de la Playa 195 metros.
Anchura media 25 metros.
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2.3.- Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los
edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad.
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
LA GOLETA
Tipo de entorno de la Playa Urbana.
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. Viviendas, locales de restauración y de ocio.
Distancia hasta las fachadas 30 metros.
Instalaciones de riesgo próximas,
características.
Instalaciones de actividades deportivas náuticas
(Windsurfing) y locales de restauración a 30
metros.
Áreas de uso comunitario próximas Zonas deportivas (actividades acuáticas).
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
CORRALEJO VIEJO
Tipo de entorno de la Playa Urbana.
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. Viviendas, locales de restauración y de ocio.
Distancia hasta las fachadas 30 metros.
Instalaciones de riesgo próximas,
características. Locales de restauración a 30 metros.
Áreas de uso comunitario próximas -
DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
CORRALEJO
Tipo de entorno de la Playa Urbana.
Tipo de edificaciones, detallar tipos y
características. Viviendas, locales de restauración y de ocio.
Distancia hasta las fachadas 14 metros.
Instalaciones de riesgo próximas,
características.
Paseo marítimo con viviendas y locales de
restauración a 14 metros.
Áreas de uso comunitario próximas -
2.4.- Descripción de playa: clasificación genérica, tipo de áridos, pendiente
media, etcétera.
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
LA GOLETA
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Arena.
Por su pendiente -9,4º
Condiciones predominantes del baño Ventosa /Aguas tranquilas.
Según su morfología Curvilineal.
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DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
CORRALEJO VIEJO
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Arena.
Por su pendiente -10,2º
Condiciones predominantes del baño Aguas tranquilas.
Según su morfología Curvilineal.
DESCRIPCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
CORRALEJO
Por el tipo de la Playa Natural.
Según sus sedimentos Arena.
Por su pendiente - 3,5º
Condiciones predominantes del baño Ventosa /Aguas tranquilas.
Según su morfología Lineal.
2.5.- Vías de acceso, condiciones de accesibilidad para la ayuda externa.
Especial descripción de los accesos para los vehículos de emergencia.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
LA GOLETA
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
Diversos accesos directos a la zona de
playa:
1. Desde la Avenida Nuestra Señora
del Carmen a la Calle Doctor
Arístides Hernández Morán.
2. Desde la Avenida Nuestra Señora
del Carmen a la Calle La Red.
3. Desde la Avenida Corralejo Grandes
Playas a la Calle Bahía.
4. Desde la Avenida Corralejo Grandes
Playas a la Calle Poseidón.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto. Ancho: 4,5 metros.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Ninguna.
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / Turismos.
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos. Zona de fácil acceso marítimo.
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CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
CORRALEJO VIEJO
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
Diversos accesos directos a la zona de
playa:
1. Desde la Avenida Nuestra Señora
del Carmen a la Calle Churruca.
2. Desde la Avenida Nuestra Señora
del Carmen a la Calle Doctor
Arístides Hernández Morán.
3. Desde Avenida marítima.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto. Ancho: 4,5 metros.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Ninguna.
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / Turismos.
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos. Zona de fácil acceso marítimo.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD A LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
CORRALEJO
Vías de acceso, situación con respecto a playa o
zona de baño marítima.
Diversos accesos directos a la zona de
playa:
1. Desde la Avenida Nuestra Señora
del Carmen a la Calle Paseo
Atlántico a la Calle Hernán Cortés.
2. Desde Avenida marítima.
Indicar tipo de terreno / firme y ancho de vía. Asfalto. Ancho: 4,5 metros.
Dificultades específicas de accesibilidad / riesgos. Ninguna.
Tipo de vehículo o medio óptimo para acceder A pie fácil / Turismos.
Otras formas de acceso, características de acceso
para dicho recursos. Zona de fácil acceso marítimo.
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2.6.- Clasificación y descripción de personas usuarias, actividades desarrolladas
en la misma, y cualesquiera otras informaciones que fuesen necesarias,
incluyendo accesos para personas discapacitadas.
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS.
LA GOLETA
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar.
Cuenta con 1 pasarelas (1,20 metros de
ancho) de madera.
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida. Aparcamientos, (Calle La Red).
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS.
CORRALEJO VIEJO
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar. -
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida. -
PERFIL DE USUARIOS Y ACCESIBILIDAD PARA ESTOS.
CORRALEJO
Perfiles más habituales de usuarios, detallar. Tipo de usuarios: residentes y foráneos.
Actividades habituales, indicar detalladas, zona
de playa y lámina de agua.
Zona de Playa: actividades de ocio,
recreativas y deportivas.
Lámina de Agua: ocio y baño libre.
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Dificultades específicas de accesibilidad para los
usuarios. Ninguna.
Accesibilidad para personas con movilidad
reducida (PMR), características, detallar. -
Servicios o instalaciones específicas para
personas con movilidad reducida. -
Este apartado 2.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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3. INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS.
3.1.- Descripción y localización en la playa u otra zona de baño, de los sectores,
los elementos, y circunstancias que puedan dar origen a una situación de
emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
LA GOLETA
Lugares o espacios que por sus
características pudieran producir lesiones
o daño.
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: viento y corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugares o espacios que por sus
características pudieran poner en peligro
la vida humana
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: viento y corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
CORRALEJO VIEJO
Lugares o espacios que por sus
características pudieran producir lesiones
o daño.
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: viento y corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYAS URBANAS DE CORRALEJO
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 20
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugares o espacios que por sus
características pudieran poner en peligro
la vida humana
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: viento y corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
ELEMENTOS O ZONAS SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR SITUACIONES DE
EMERGENCIA O INCIDIR DE MANERA DESFAVORABLE EN ESTAS
CORRALEJO
Lugares o espacios que por sus
características pudieran producir
lesiones o daño.
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: muellieto (avenida marítima).
Características: caídas a distinto nivel (bajamar).
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: viento y corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
Lugares o espacios que por sus
características pudieran poner en
peligro la vida humana
Lugar/zona: zona norte.
Elemento de peligro: muellieto (avenida marítima).
Características: caídas a distinto nivel (bajamar).
Lugar/zona: zona centro.
Elemento de peligro: viento y corriente.
Características: posibilidad de ser arrastrado.
Lugar/zona: zona sur.
Elemento de peligro: rocas.
Características: resbaladizas.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 21
3.2.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad
de baño.
Los riesgos propios de la actividad del baño, pueden ser:
Actuaciones personales: derivados de una acción personal sobre el entorno,
zambullirse de cabeza, volteretas, carreras con resultados de lesiones
medulares, cortes, contusiones, traumatismo craneal, abdominal, torácico, etc.
Actividades deportivas: derivados de la interacción con objetos y elementos
utilizados en actividades deportivas que provocan lesión, embarcaciones a
remo, vela o motor, tablas de surf, paddle surf o bodyboard, windsurf, kitesurf,
palas de tenis, pelotas o balones, etc.
Actividades en la arena: lesiones o riesgo vital en la zona secundaria derivados
de la realización de actividades, castillos, agujeros, otros juegos, estos
accidentes pueden ir desde lesiones musculo esqueléticas, colapso de
agujeros de gran tamaño con persona dentro, etc.
Actividades en el agua: situaciones de distress, semiahogamiento,
ahogamiento completo, rompientes, corrientes, sobre esfuerzo, etc.
Enfermedades sobrevenidas: infartos, hidrocuciones, sincope, hipoglucemia o
hiperglucemia, quemaduras, golpes de calor, etc.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravío de personas: niños, personas muy mayores, otras personas
con discapacidades o enfermedades que incrementa tal posibilidad, etc.
Vertido / Contaminación marina: de tipo biológico o químico, por fuga, vertido,
rotura de conducciones o arrastrado por corrientes marinas, depuradoras,
industrias, barcos, etc.
Actos terroristas y otros contra la seguridad: terrorismo de cualquier origen,
actos vandálicos y contra la seguridad de las personas a titulo colectivo).
Tras identificar y enumerar los riesgos, deberemos aplicar el MÉTODO CUALITATIVO
de Evaluación de Riesgos (igual que el usado por el PLATECA) en base a la
probabilidad de ocurrencia de estos (es de suma importancia el análisis de
antecedentes de años anteriores, ver sus características, periodicidad, nº de
afectados, etc.) y el nivel de daño o número de afectados.
Para la realización de la evaluación de los riesgos se utiliza el Método Cualitativo de
Evaluación de Riesgos mediante la fórmula del Índice de Riesgo (IR), que resulta del
producto de las variables Probabilidad de ocurrencia (P) y Severidad de
consecuencias (S).
P (probabilidad) X S (severidad) = IR (índice de riesgo)
Combinando ambas variables, Probabilidad y Severidad se obtiene la siguiente matriz
de Índice de Riesgo.
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Dónde:
> 10 Riesgo asumido o no considerado – BAJO
10 - 100 Riesgo a contemplar - MEDIO
100 - 200 Se recomienda la adopción de medidas especiales de seguridad, identificar
y determinar - ALTO
< 400 Se recomienda la suspensión de la actividad de la que se deriva el riesgo –
MUY ALTO
PROBABILIDAD
Prácticamente nula
Muy baja Baja Probable Muy probable
SEVERIDAD 0 2 5 10 20
Ninguna 0 0 0 0 0 0
Daños poca consideración
2 0 4 10 20 40
Daños materiales y humanos
5 0 10 25 50 100
Grandes Daños, numerosos afectados
10 0 20 50 100 200
Víctimas mortales
20 0 40 100 200 400
RIESGOS PROPIOS DE LA ACTIVIDAD DE BAÑO.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACTUACIONES PERSONALES 10 5 50
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 10 5 50
ACTIVIDADES EN LA ARENA 10 5 50
ACTIVIDADES EN EL AGUA 5 5 25
ENFERMEDADES SOBREVENIDAS 5 2 10
PRESENCIA DE FAUNA MARINA 2 5 10
PERDIDA O EXTRAVIÓ DE PERSONAS
2 2 4
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VERTIDO / CONTAMINACIÓN MARINA
20 5 100
ACTOS TERRORISTAS Y OTROS CONTRA LA SEGURIDAD
2 2 4
3.3.- Identificación de lugares y zonas de riesgo.
En cuanto a los lugares o zonas de riesgos identificados en el plan, se localizan los
siguientes:
Playa La Goleta.
En la zona norte identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 05,49'' N – Longitud 13º 52' 00,36'' O.
En la zona centro identificamos como elementos de peligro el estado de la mar,
con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro”.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 02,16'' N – Longitud 13º 52' 00,30'' O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas, con
la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona resbaladiza
e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 00,14'' N – Longitud: 13º 51' 57,25'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
Playa de Corralejo Viejo.
En la zona norte identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 09,82'' N – Longitud 13º 52' 03,38'' O.
En la zona centro identificamos como elementos de peligro el estado de la mar,
con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro”.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 08,26'' N – Longitud 13º 52' 02,88'' O.
En la zona sur identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas, con
la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona resbaladiza
e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 07,17'' N – Longitud: 13º 52' 01,46'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
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Playa de Corralejo.
En la zona norte identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 20,47'' N – Longitud 13º 52' 02,23'' O.
En la zona centro identificamos como elementos de peligro el estado de la mar,
con la complejidad de ser arrastrado, por el efecto “chorro”.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 19,24'' N – Longitud 13º 52' 02,56'' O.
En la zona oeste identificamos como elementos de peligro las zonas rocosas,
con la complejidad de posibles caídas al mismo y distinto nivel por zona
resbaladiza e influencia del estado de la mar.
La posición GPS: Latitud 28º 44' 17,80'' N – Longitud: 13º 52' 02,29'' O.
Debemos reseñar a los riesgos descritos anteriormente que con las diferencias de
mareas, en las zonas descritas, pueden existir mayor riesgo de caídas ya que las
zonas rocosas quedan más al descubierto con la bajamar.
3.4.- Identificación, análisis y evaluación de los riesgos externos que pudieran
afectar a la playa o zona de baño, previstos en los planes especiales y
específicos de protección civil.
RIESGOS NATURALES.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
INUNDACIONES
Crecidas o Avenidas 2 2 4
Acumulaciones Pluviométricas 2 2 4
Roturas o daños graves en obras hidráulicas
2 2 4
Roturas o daños graves en infraestructuras hidráulicas
2 2 4
MOVIMIENTOS SIMISCOS
Terremotos 5 5 25
Maremotos 2 2 4
Erupciones Volcánicas 0 0 0
ERUPCIONES VOLCANICAS
Flujos de lava - - -
Cenizas - -
Movimientos sísmicos 2 2 4
Gases Tóxicos - - -
Desprendimientos y proyectiles - - -
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FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS
Nevadas - -
Lluvias torrenciales 2 2 4
Olas de frio - - -
Granizadas, heladas - - -
Vientos fuertes 20 5 100
Temporales Costeros 10 5 50
Ola de calor 10 5 50
Calimas y Polvo en suspensión 10 5 50
Sequias 10 2 20
MOVIMIENTOS GRAVITATORIOS
Desprendimientos - - -
Avalanchas - - -
Deslizamientos del Terreno - - -
Erosión Costera 10 2 20
OTROS
Plaga de Langosta 2 2 4
Incendios Forestales - - -
RIESGOS ANTRÓPICOS.
DENOMINACIÓN PROBABILIDAD
(P) SEVERIDAD
(S) ÍNDICE DE
RIESGO (IR)
INCENDIOS
Urbanos 10 10 100
Industriales - - -
RIESGO EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS ESPECIALIZADAS
Montaña - - -
Espeleología - - -
Deportes Náuticos 10 5 50
Rallies - - -
Aéreos - - -
ANOMALÍAS EN EL SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS
Energía eléctrica 2 2 4
Agua 2 2 4
Telecomunicaciones 2 2 4
Combustibles - - -
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RIESGOS SANITARIOS
Contaminación bacteriológica 10 5 50
Intoxicaciones alimentarias 5 5 25
Epidemias - - -
RIESGOS DEBIDOS A CONCENTRACIONES HUMANAS
Locales de pública concurrencia 10 5 50
Grandes concentraciones humanas 5 5 25
Colapso y boqueo de servicios 2 2 4
INTENCIONADOS
Actos Vandálicos 5 5 25
Terrorismo 5 10 50
OTROS
Colapso de estructuras 5 5 25
RIESGOS TECNOLÓGICOS.
DENOMINACIÓN
PROBABILIDAD (P)
SEVERIDAD (S)
ÍNDICE DE RIESGO
(IR)
ACCIDENTES DE ORIGEN INDUSTRIAL
Contaminación ambiental - - -
Incendio - - -
Explosión y deflagración - - -
Colapso de grandes estructuras - - -
Accidentes en centrales energéticas o Plantas potabilizadoras
- - -
Radioactivos (Instalaciones, transporte)
- - -
ACCIDENTES DE TRANSPORTE
Accidentes de carretera - - -
Accidentes aéreos 2 20 40
Accidentes marítimos 10 5 50
Accidentes de tranvía - - -
ACCIDENTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
Accidentes en carretera - - -
Accidentes en el mar 5 10 50
Accidente en transporte por conducciones
- - -
Locales de pública concurrencia - - -
Grandes concentraciones humanas - - -
Colapso y boqueo de servicios - - -
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3.5.- Identificación, cuantificación y tipología de las personas usuarias de la
playa u otra zona de baño y áreas donde se desarrollan las actividades
autorizadas.
IDENTIFICACIÓN, CUANTIFICACIÓN Y TIPOLOGÍA DE USUARIOS
TIPO DE USUARIO: BAÑISTAS / VISITANTES
Tipo/ características: Usuarios residentes o foráneos especialmente en fines de semana, festivos o períodos vacacionales desde las 8 o 9 de la mañana hasta anochecer…etc. Lugar/zona: Zona central de playa transitable con riesgo en lámina de agua por corriente. Zona al norte de rocas. Zona al sur de rompientes rocosos y espigón. Coincidiendo estas tres zonas de riesgo por corrientes y oleaje. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al total de los usuarios de la playa un 20% residente y 62% foráneos.
TIPO DE USUARIO: PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Tipo/ características: Personas con limitaciones de movilidad o dependientes de elementos o aparatos para desplazarse (muletas, sillas de ruedas, andadores, etc.). Lugar/zona: Zona de la Playa habilitada para personas con movilidad reducida, en su gran mayoría personas de avanza de edad, en menor cuantía personas limitadas de movilidad por enfermedad o patologías de mediana edad, etc. Número o porcentaje (sobre el total usuarios zona): No supone más del 8% de los usuarios del sector de playa, con mayor incidencia en fines de semana o festivos, etc.
TIPO DE USUARIO: DEPORTISTAS - SURF
Tipo/ características: Usuarios deportistas, practicantes de surf y bodyboard, especialmente en épocas con condiciones favorables para la práctica deportiva. Desde la salida a la puesta de sol Lugar/zona: Zona izquierda de la playa (zona norte), a partir del final de la avenida, condiciendo con la zona del emisario. Zona derecha de la playa (zona sur), en la zona del rompeolas del muelle. Numero o porcentaje (sobre el total usuarios zona): Suponen en torno al 10% de los usuarios de dicho sector, siendo mayoritariamente residentes de la zona.
3.6.- Afluencia y riesgo intrínseco aplicable a cada playa u otra zona de baño
marítima, para cada una de las temporadas de afluencia.
De la combinación de los datos de RIESGO INTRÍNSECO y de la AFLUENCIA, de la
playa obtendremos el GRADO DE PROTECCIÓN, dicho Grado de Protección nos
dará como resultado y en aplicación del ANEXO IV del DECRETO los Recursos
Humanos y los Medios materiales que corresponden a dicha Playa, Sector o Zona de
baño.
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LA AFLUENCIA, para estimar la afluencia se partirá de los datos del año anterior de la
playa, sector de playa o zona de baño marítima, ponderados a media marea (justo
entre marea alta y marea baja) y en las fechas de máximo uso anual (mayor afluencia
de usuarios del año).
Puesto que en playas de grandes dimensiones (largo superior a 400 m.), la afluencia
puede variar de una zona a otras, incluso de manera considerable, se podrá estimar
por sectores de 400 metros a fin de ajustar de manera correcta dicho dato y obtener
resultado más objetivo del Grado de Protección y así adecuar los medios y recursos a
disponer de una manera cercana a la realidad.
Los criterios de valoración son:
AFLUENCIA VALOR
Menos de 10 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 2.000 en una superficie de
veinte mil metros cuadrados.
ALTA
Entre 10 y 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
MEDIA
Más de 60 metros cuadrados por persona, o tramos de playa u otra zona de baño
con un número de personas usuarias igual o superior a 350 y menor de 2.000
personas en una superficie de veinte mil metros cuadrados.
BAJA
La afluencia se valora como BAJA.
El RIESGO INTRÍNSECO de cada playa, sector o zona de baño marítima se
determinará a través del análisis de los factores de riesgo que son.
1. HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS:
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS REGISTRADAS VALOR DE PELIGROSIDAD
Cuando se hayan producido uno o más incidentes muy graves 5
Cuando se hayan producido uno o más incidentes graves 3
Cuando no se hayan producido ningún incidente graves o muy graves 0
2. CARGA POBLACIONAL:
NÚCLEO DE POBLACIÓN CERCANO VALOR DE PELIGROSIDAD
Más de 100.000 habitantes 5
Entre más de 20.000 y 100.000 habitantes 3
Entre 5.000 y 20.000 habitantes. 1
Menos de 5.000 habitantes 0
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3. CONDICIONES HABITUALES DEL MAR:
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR VALOR DE PELIGROSIDAD
Existe habitualmente olas de altura superior a 1 m. o corrientes fuertes 5
Existen olas de altura superior a 0´5 m. o corrientes que puedan afectar a los bañistas 3
Mar en calma o cuando las condiciones de las corrientes no puedan afectar a bañistas. 0
4. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA:
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y ENTORNO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
VALOR DE PELIGROSIDAD
Con peligros añadidos y difíciles vías de acceso y evacuación, sólo accesible con medios aéreos o marítimos.
5
Con peligros añadidos, el acceso y evacuación solo se puede realizar con vehículos todos terrenos o a pie.
3
Con peligros añadidos, sin dificultades de acceso. 1
Sin peligros añadidos. 0
5. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE
REALIZAN Y EXISTENCIA DE BALIZAMIENTO EN ZONAS DE BAÑO:
COEXISTENCIA EN LA PLAYA Y ZONAS DE BAÑO CON ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE RECREO QUE SE REALIZAN, Y
DISPOSICIÓN DE BALIZAMIENTO
VALOR DE PELIGROSIDAD
En la playa coexiste actividad náutica, deportiva y de baño y no existe balizamiento, ni señalización de sectores deportivos.
5
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, no dispone de balizamiento, y si dispone de señalización de sectores deportivos.
3
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, si dispone de balizamiento, y no dispone de señalización de sectores deportivos.
1
Coexisten las actividades náuticas, deportiva y de baño, y disponen de balizamiento y señalización de sectores deportivos.
0
El cálculo del RIESGO INTRÍNSECO se obtiene tras haber asignado un valor de
peligrosidad a cada uno de los 5 factores de riesgo (tablas anteriores), sumar
todos ellos y dividirlo entre 5 dando un resultado de:
VALOR NUMÉRICO RIESGO INTRÍNSECO
Más de 4 y hasta 5 puntos RIESGO ALTO
Más de 2 y hasta 4 puntos RIESGO MEDIO
Entre 0 y 2 puntos RIESGO BAJO
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La combinación de los datos de:
RIESGO INTRÍNSECO / AFLUENCIA = GRADO DE PROTECCIÓN
De acuerdo con la tabla siguiente:
GRADO DE PROTECCIÓN DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARÍTIMA
AFLUENCIA BAJA MEDIA ALTA
RIE
SG
O
INT
RÍN
SE
CO
BAJO BAJO MODERADO ALTO
MEDIO BAJO MODERADO ALTO
ALTO MODERADO ALTO ALTO
CRITERIO VALOR NIVEL DE RIESGO
HISTÓRICO DE INCIDENCIAS 3
BAJO
CARGA POBLACIONAL 1
CONDICIONES HABITUALES DEL MAR 3
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS EL ENTORNO
0
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 0
RIESGO INTRÍNSECO: 3 + 0 + 3 + 1 + 3 = 10 / 5 = 2
SECTOR AFLUENCIA NIVEL DE RIESGO GRADO DE PROTECCIÓN
PLAYA BAJA BAJO BAJO
Este apartado 3.6, se representa en el apéndice III.- Planos.
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4. INVENTARIO Y DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS Y MEDIOS DE SEGURIDAD Y
SALVAMENTO DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE BAÑO MARÍTIMA.
4.1.- Dimensionamiento del equipo humano que se dispone para prevenir,
controlar los riesgos y, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la
intervención de los Servicios Externos de Emergencias, conforme – en su caso-
a las temporadas o periodos que resulten de los diferentes grados de
protección.
Los grados de protección de la playa vienen determinados por el Decreto 116/2018 en
su ANEXO IV, siendo en este caso, Grado de Protección Bajo, por lo que el
dimensionamiento del equipo humano será determinado por el Ayuntamiento en
función de las circunstancias concurrentes, las medidas de prevención, de prestación
de servicios y el equipo humano que en cada caso sea necesario.
4.2.- Dimensionamiento del equipamiento material que se dispone en la playa u
otra zona de baño, por sector, conforme en su caso a las temporadas o periodos
que resulten de los diferentes grados de protección, y del análisis y evaluación
de riesgos.
El equipamiento de material será en base al grado de protección de la playa, siendo un
Grado de Protección Bajo, por lo que se deberá de contar con cartel informativo de
la playa o sectores conforme a las previsiones del artículo 10 del Decreto (carteles
informativos -situados 1 por acceso)-con indicación del código de identificación de la
playa, indicación de playa libre, significado de las banderas, 1-1-2 como teléfono de
emergencias, situación del sistema de comunicaciones, horarios y significado señales
dinámicas riesgo del sector); por el que se regulan las medidas para la aplicación de
las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de las
emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño
marítimas.
En todo caso, se dotará a las playas sin vigilancia con un grado de protección bajo, de
elementos se seguridad pasiva como aros salvavidas y carretel, entre otros.
4.3.- Horarios del servicio de vigilancia y salvamento.
HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO
GRADO DE PROTECCIÓN / TEMPORADA HORARIO DETALLES
GRADO DE PROTECCIÓN BAJO
Este capítulo 4., se representa en el apéndice III.- Planos.
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5. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS DE LA PLAYA U OTRA ZONA DE
BAÑO MARÍTIMA.
5.1- Identificación y clasificación de las emergencias.
En función del tipo de riesgo.
RIESGOS PROPIOS.
Accidentes personales.
Accidentes deportivos.
Accidentes en la arena.
Actividades en el Agua.
Enfermedades sobrevenidas.
Presencia de fauna marina.
Pérdida o extravió de personas.
Vertido / contaminación marina.
Actos terroristas y otros contra la seguridad.
RIESGOS EXTERNOS
RIESGOS NATURALES
Inundaciones.
Movimientos sísmicos.
Erupciones volcánicas.
Asociados a fenómenos meteorológicos adversos.
Movimientos gravitatorios.
Plaga de langosta.
Incendios forestales.
RIESGOS ANTRÓPICOS
Colapso de estructuras.
Incendios.
Riesgos en actividades deportivas especializadas.
Anomalías en el suministro de servicios básicos.
Riesgos sanitarios.
Riesgos debidos a concentraciones humanas.
Intencionados.
RIESGOS TECNOLÓGICOS
Accidentes de origen industrial.
Accidentes de transporte.
Transporte de mercancías peligrosas.
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Actuación en función de la gravedad.
PREEMERGENCIA:
Situación en la que los parámetros definidores del riesgo evidencian que la
materialización del mismo puede ser inminente.
EMERGENCIA:
Cuando los parámetros definidores del riesgo evidencian la materialización del riesgo.
Dentro de la situación de emergencia distinguimos (ANEXO V, Decreto 116/2018):
SITUACIÓN 0:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
la playa con presencia de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacado en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran
en apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
SITUACIÓN 1:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa con presencia de Servicio de Salvamento y que requiere de la movilización de
medios y/o recursos ajenos a la playa.
Se trataría de supuestos en los que el personal socorrista destacado en la playa
valora la necesidad de movilizar medios ajenos al Servicio de Salvamento, para el
salvamento o auxilio de personas usuarias y bañistas en peligro de ahogamiento, la
prestación de asistencia sanitaria y/o traslado a centros sanitarios, o se requiera el
concurso de la Policía Local u otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por tratarse
de situaciones que igualmente afecten a la seguridad ciudadana o al incumplimiento
de normas vigentes.
SITUACIÓN 2:
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que sin presencia de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3:
Emergencia de protección civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o
medio ambiente.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 34
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables
y los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los
protocolos, procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del
mando por las autoridades de protección civil en los casos que lo requieran.
Actuación en función de la ocupación y medios humanos.
En la Playa las acciones posibles son básicamente dos, EVACUACIÓN DEL ESPACIO
ACUÁTICO o ZONA PRIMARIA y EVACUACIÓN DEL ESPACIO TERRESTRE
PRÓXIMO O ZONA SECUNDARIA.
Ello es debido a que la playa no ofrece protección estructural a los usuarios que
permitan un confinamiento, por lo que la acción en todos los casos conlleva
Evacuación, bien Evacuación Parcial si es solo de la ZONA PRIMARIA o evacuación
completa o total si afecta a la ZONA PRIMARIA y ZONA SECUNDARIA, en este último
caso se recomienda cerrar los accesos a la playa mediante vallado y balizamiento de
estos.
5.2.- Procedimiento de actuación ante emergencias.
a) Detección y Alerta.
La DETECCIÓN (descubrimiento del suceso o incidente) puede provenir de diversas
vías:
Directa de usuarios de la Playa.
Por el personal de servicios (hamacas, limpieza, Kioscos o chiringuitos).
Detección por personal de Salvamento del servicio.
Personal de seguridad de servicio la Playa Policía Local, CNP o Guardia Civil
(según corresponda).
La ALERTA, se dará aviso de la manera más breve o inmediata posible a los servicios
de emergencias a través del 1-1-2.
La alerta nos puede llegar:
De manera directa por usuarios o testigos del incidente o suceso.
A través de otros servicios de la playa (hamacas, limpieza, CC.FF.SS), por vía
telefónica o por radiofrecuencia (telefonía, telefonía móvil o walkie).
A través de Centros Coordinadores de Emergencias y Seguridad, CECOES 1-
1-2, CECOPAL.
b) Mecanismos de Alarma.
Partiendo del concepto de ALARMA como el aviso por el que se informa a los medios
y recursos operativos para su inmediata intervención o bien el aviso a los usuarios
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(publico) de la Playa, la alarma al CECOES 1-1-2, por ello tendremos 3 tipos de avisos
de comunicación de la alarma.
ALARMA. - Para la activación de los medios y recursos del servicio de salvamento
en playa, en caso de que se establezca, para intervenir en un incidente o situación
de emergencia. - Proviniendo de múltiples fuentes posibles, podrá llegar por medio
de telefonía, radiocomunicaciones o personalmente.
ALARMA. - Para la activación de recursos externos a través del CECOES 1-1-2.-
Sera realizado por el Jefe de Playa o Turno o persona en quien este delegue
mediante emisora a través de la red RESCAN TETRA, si no fuera posible se
realizara por medio telefónico.
ALARMA. - A los usuarios de la Playa para que abandonen una zona potencial de
riesgo o para comunicarles la evacuación de la zona primaria, de la secundaria o
evacuación completa. - Sera realizado mediante sistema de avisos, de disponer de
él, o bien mediante el aviso por medios portátiles y móviles a los usuarios por parte
del personal de salvamento de la playa.
Identificación de la persona que dará los avisos.
En base a lo anterior y sabiendo que los tipos de alarmas pueden ser tres, activación
de medios y recursos, activación de recursos externos y avisos a los usuarios.
Al menos en los casos de determinación y activación de los medios y recursos propios
y en los ajenos (CECOES 1-1-2) la comunicación será realizada por el Jefe de Playa o
Turno de Playa, se indicara nombre y apellidos horarios y días de la semana y en su
caso su sustituto.
En el caso de avisos a los usuarios de la Playa, el responsable que de que se
comunique a estos por los medios disponibles (megafonía portátil, sistema de avisos)
será el Jefe de Playa o Turno de Playa, que podrá delegar la acción en alguien de su
personal.
Identificación y métodos de comunicación con CECOES 1-1-2.
La comunicación con el CECOES 1-1-2, para la demanda de recursos ajenos al
servicio de salvamento o activación de Plan de ámbito superior será realizada por el
Jefe de Playa o Turno directamente con el siguiente procedimiento por orden.
Comunicación directa se realizará mediante telefonía al CECOES 1-1-2.
c) Mecanismos de respuesta frente a la emergencia.
CONATO DE EMERGENCIA.
En primer lugar, una vez conocida una situación de emergencia, recibida la alerta, hay
que confirmar su localización y veracidad mediante la comprobación personal por
recursos del servicio de Salvamento, a la vez que se determinan las acciones
ordenadas a tomar, mientras se confirma la veracidad y naturaleza de la emergencia.
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SITUACIÓN 0.- Emergencia Parcial.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa mientras se dispone de Servicio de Salvamento, y que puede ser controlada
mediante la respuesta del personal socorrista acuático destacados en la misma con
sus propios medios, sin que sea necesario movilizar medios ajenos a la playa ni
proceder a la evacuación de las personas afectadas.
En esta situación se incluirían, entre otras, la ayuda a bañistas que se encuentran en
apuros en el agua y la realización de pequeñas curas o prestación de primeros
auxilios.
El procedimiento conllevara al menos la activación del personal en servicio más
próximo al lugar del incidente y de los medios y recursos móviles de la Playa
(embarcación o moto de agua).
Si con estos la situación fuese controlada o resuelta se dará por finalizada la
emergencia, en caso de que los medios y recursos resulten insuficientes se activara la
situación siguiente.
SITUACIÓN 1.
Emergencia de carácter ordinario que requiere de medios y recursos externos al
servicio de Salvamento en Playas (requerimiento de servicios de CC.FF.SS, servicios
Sanitarios), es complemento del procedimiento anterior. Corresponde al Jefe de Turno
o Playa realizar la activación de recursos externos al Servicio de Salvamento.
SITUACIÓN 2.
Emergencia de carácter ordinario derivada de una situación de riesgo individual en
playa que no dispone de Servicio de Salvamento, o en los que se requiere la
movilización de medios de intervención de salvamento marítimo en costa.
SITUACIÓN 3.
Emergencia de Protección Civil, por derivar de una situación de riesgo colectivo
sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas, bienes o medio
ambiente.
En los distintos supuestos de riesgo que puedan presentarse, cuando se activan los
Planes de Protección Civil en sus correspondientes fases, situaciones y niveles, se
asegurará la necesaria coordinación entre los Planes de Protección Civil aplicables y
los Planes de Seguridad y Salvamento, así como el establecimiento de los protocolos,
procedimientos y requisitos organizativos que permitan el ejercicio del mando por las
autoridades de Protección Civil en los casos que lo requieran.
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d) Evacuación o Confinamiento.
Siendo la Evacuación el desalojo ordenado de un espacio o recinto, la evacuación en
la Playas, consistirán en:
EVACUACIÓN DE LA ZONA PRIMARIA.
Evacuación de la zona de agua o lámina de agua, pudiéndose dar por múltiples
motivos.
EVACUACIÓN DE LA ZONA SECUNDARIO O EVACUACIÓN COMPLETA.
Desalojo ordenado de la zona de playa, terreno, o solárium de zona marítima de baño
En el presente caso se indicará en el Plan de Seguridad las vías de evacuación de la
Playa o Zona Marítima de Baño, los puntos de reunión para cada vía de evacuación.
Estableceremos, un punto de evacuación NORTE (N) y otro punto de evacuación SUR
(S).
No está previsto el CONFINAMIENTO en la Playa, al ser el objetivo de este
procedimiento el de resguardar y proteger la integridad de las personas dentro de un
entorno estructural (cerramiento que aporta protección, especialmente con respecto al
entorno inmediato y al medio ambiente que le rodea) y esto no es posible en la Playa o
zona marítima de baño.
Prestación de las Primeras Ayudas.
En el caso de que el ayuntamiento establezca servicio de salvamento en la playa, se
llevará a cabo lo siguiente:
El Jefe de Playa o Turno, dentro de su potestad de Coordinación de las actuaciones
de emergencia (Art. 14 Decreto 116/2018) determinara los medios y recursos que
intervendrán en primera instancia y tendrá prevista la continuidad del servicio en el
resto de la Playa, disponiendo de información en todo momento de la evolución de las
ayudas prestadas, de los afectados y del desarrollo del mismo incidente.
El Jefe de Playa o de Turno, preverá una serie de medios y recursos adicionales para
reforzar a los que se ya se encuentren en la intervención, mediante la reorganización
del servicio y estimara en que momento, umbral / límite de los recursos propios –
Distress del sistema, no resulta posible la resolución del incidente sin el apoyo de
recursos externos.
Modos de recepción de las Ayudas externas al servicio de salvamento de la playa.
Tras activación de otros medios o recursos externos, a través del CECOES 1-1-2, el
Jefe de turno o playa determinara el punto de encuentro idóneo para la espera y
recepción de esos recursos externos, para ello comandará a quien corresponda dicha
función y estará debidamente identificado.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 39
Los medios externos mientras se encuentran en curso hacia punto de encuentro se le
facilitarán la siguiente información:
Lugar del incidente, con posición GPS caso de medios marítimos o aéreos.
Lugar del punto de encuentro, sobre todo medios terrestres, modo de
identificación visual del personal de recepción de dichos medios.
Riesgo para las ayudas externas en aproximación al lugar, por cualquier vía (ya
sea aérea, marítima o terrestre).
Hechos o acontecimientos relevantes del incidente, que conlleven la adopción
de medidas especiales de protección o seguridad de las ayudas externas.
El número de afectados, caso de haberlos.
Por lo contrario, las primeras ayudas las realizarán los usuarios de la playa debiendo
de llamar al 1-1-2.
5.3.- Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los
procedimientos de actuación en emergencias.
En este apartado se detalla el procedimiento operativo ordenado para diversas
situaciones que deban enfrentar (Ahogamientos, enfermedades sobrevenidas, persona
extraviada, etc.) y para cada tipo de actividad profesional y situación:
Jefe de Playa o Turno. (Coordinación de la operativa).
Socorrista de actividades acuáticas, vigilancia a pie de agua y atención
sanitaria. (Vigilancia, rescate y atención).
Socorrista – Patrón, embarcación / moto de agua. (manejo y uso de la
embarcación).
Socorrista rescatador embarcación / moto de agua (rescate).
5.4.- Identificación de la persona que ejerce la jefatura de playa o de turno, y en
su caso, la persona coordinadora del servicio de playas.
No se establece una personas destinada para esa función.
5.5. Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación
ante Emergencias de playa u otra zona de baño marítima.
El Plan de Seguridad y Salvamento deberá prever que en el caso de producirse un
accidente o emergencia que requiera la movilización de recursos ajenos a los del Plan
de Seguridad y Salvamento, la persona que ejerza la jefatura de turno o de playa será
el responsable de realizar la comunicación inmediata al Centro Coordinador de
Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES 1-1-2).
Además de recoger por escrito el presente apartado la Categoría Laboral del
responsable de poner en marcha el Plan de Actuación ante emergencias, se indicarán
los sistemas de localización, números de teléfono.
Quedará recogido por escrito el procedimiento inicial de comunicación al CECOES 1-
1-2 seria mediante telefonía fija o telefonía móvil.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 40
6. INTEGRACIÓN DEL PLAN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR.
6.1.- Los protocolos de notificación de la emergencia.
La centralización de notificación de la emergencia se sitúa en la figura del Jefe de
Playa o Jefe de Turno; o a través de los usuarios de la playa.
La primera notificación de la emergencia puede provenir de:
Miembros del Servicio de Salvamento.
Avisos de usuarios a personal en servicio.
Avisos provenientes de servicios de playa.
Avisos que lleguen a través de Centros Coordinadores (CECOES 1-1-2 y
CECOPAL, o Policía Local).
Las comunicaciones:
De incidentes graves o muy graves a la persona Coordinadora de las playas
del Municipio.
La demanda de Ayudas externas al CECOES 1-1-2.
De la transferencia del Plan de Seguridad y Salvamento de la Playa, a un Plan
de ámbito superior (Plan especial o Plan de ámbito territorial), a través del
CECOES 1-1-2.
Corresponden directamente al Jefe de Playa o Jefe de Turno, en servicio.
6.2.- La coordinación entre la dirección del Plan de Seguridad y Salvamento u
otra zona de baño marítima y el sistema público de protección civil, a través del
CECOES 1-1-2.
Procedimiento de coordinación e integración del Plan de Seguridad y Salvamento de la
Playa se realizará mediante la comunicación de la situación a través del CECOES 1-1-
2 y la solicitud de integración operativa en el Plan especial o Territorial que
corresponda.
6.3- Las formas de colaboración del Plan de Seguridad y Salvamento con los
planes y las actuaciones del sistema público de protección civil.
Por ello, se integrará de manera operativa recursos humanos y medios materiales,
recibiendo las instrucciones a través de sus propios mandos naturales del servicio en
situaciones de emergencia de Protección Civil, como conocedores del entorno y de las
condiciones de la Playa y por la cualificación profesional de sus recursos y la
adecuación de los medios al entorno.
Fuera de dichas situaciones la colaboración se realizará mediante:
Puesta en conocimiento y actualizaciones de los medios y recursos de los que
dispone el servicio.
Aportación periódica de información de incidentes en la Playa.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 41
Realización de al menos una visita al año guiada con quien designe el sistema
Público de Protección Civil (CECOES 1-1-2, GES, etc.) para mejor
conocimiento del medio.
Realización de maniobras y ejercicios de tablero conjuntos que ponga en
práctica operatividad y la coordinación entre ambos sistemas.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 42
7. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
7.1. Identificación del responsable de la implantación del Plan.
Es el ayuntamiento como administrador de la playa el responsable de la implantación
del presente Plan de Seguridad y Salvamento. En este caso será la alcaldesa quien
será el responsable de que la implantación se realice.
Por otra parte, y de conformidad con la legislación vigente, la totalidad de los
empleados, tanto del ayuntamiento como de cualquier empresa que realice labores en
la playa, están obligados a participar en las actividades que se les encomiende en el
Plan de Seguridad y Salvamento.
El responsable del Plan de Seguridad y Salvamento estudiará la puesta en práctica del
Plan, su viabilidad y mantenimiento. Este dictará las normas precisas para la
unificación de criterios, planificación de cursos de especialización y formación,
programación de simulacros, confección de manuales, programas y calendario de
actividades, así como designación de las personas encargadas de su realización.
7.2. Programa de formación y capacitación para el personal con participación
activa en el plan de seguridad y salvamento.
Todo el personal con responsabilidad en actuar ante situaciones de emergencias
recibirá información en materia de prevención y seguridad, así como información sobre
los riesgos existentes en el medio objeto de estudio y medidas de actuación ante una
situación de emergencia.
Esta formación para los el personal de la concejalía de playas, personal de los
servicios de playas, servicio de bomberos, servicio de protección civil, servicio de
policía local, consistirá:
1. Introducción, sensibilización y presentación del Plan de Salvamento y Socorrismo.
2. Actuación cuando hay conocimiento de una posible situación de emergencia 3. Actuación ante confirmación de emergencia real 4. Recorrido y conocimiento de vías y recorridos de evacuación 5. Conocimiento y prácticas según las situaciones. 6. Actuación ante otras emergencias: accidente personal, caídas, etc. 7. Primeros Auxilios
7.3.- Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de
Seguridad y Salvamento.
Todo el personal recibirá formación e información básica sobre actuación en caso de
emergencia, de tal forma, que le permita actuar correctamente ante situaciones de
riesgos identificados en la actividad objeto de estudio.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 43
7.4.- Programa de información general para las personas usuarias.
Esta documentación se entrega antes del inicio del Plan de Salvamento y Socorrismo
para los usuarios de la playa, y siempre que se produzcan modificaciones. Se debe
indicar al menos:
Contenidos informativos mínimos.
Medios de difusión (trípticos, cartelería, cuñas de radio o televisión local,
emisión de avisos).
Idiomas en los que se difundirá la información.
Cronología a lo largo del año (Temporada baja, temporada alta, etc.)
El ayuntamiento dispondrá de folletos informativos para los usuarios indicando las
consignas generales de actuación en caso de emergencia.
7.5.- Señalización y normas para la actuación de bañistas y resto de personas
usuarias.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 44
7.6.- Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos.
Los miembros de los equipos de emergencia informarán al Director del Plan de
Salvamento y Socorrismo de las deficiencias y carencias de los materiales y recursos
para el control de las emergencias.
No obstante, el titular de la actividad se asegurará bien mediante medios propios, o
mediante la subcontratación de servicios, de que el estado de sus equipos e
instalaciones se encuentren en perfectas condiciones de uso y no supongan en ningún
momento un riesgo para la seguridad y salud de sus trabajadores o cualquier persona
externa. Una vez elaborado el Plan, quedan por realizar los siguientes trabajos:
Incorporación de medios técnicos previstos.
Confección de carteles.
Reuniones informativas para todo el personal del establecimiento.
Selección del personal que formará parte del equipo de emergencias.
Formación del personal seleccionado.
Colocación de carteles.
Colocación de señales previstas, así como un ejemplar de cada una en lugares
conocidos con su significado, para que se aprendan por los usuarios.
Realización de simulacros.
El cronograma que establece el ayuntamiento como el responsable de ejecutar lo
dispuesto en el plan será:
- Establecer los medios materiales en el primer año desde la implantación del
Plan de Salvamento y Socorrismo.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 45
8. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
SEGURIDAD Y SALVAMENTO.
8.1.- Programa de reciclaje de formación e información.
De forma anual, el responsable del Plan de Salvamento y Socorrismo, se asegura de
que todo el personal con funciones asignadas en la actuación de una emergencia, siga
teniendo la capacidad necesaria para el desarrollo de las mismas.
Asimismo, se formará específicamente en su función, al personal de nueva
incorporación al equipo de emergencias o a las personas que se les asigne nuevas
funciones dentro del equipo. Periódicamente se debe realizar un reciclaje de la
formación e información inicial facilitada a los trabajadores.
Se repetirá anualmente las consignas correspondientes a los componentes del equipo
de emergencia, con especial atención a las funciones más prácticas (reanimación
cardiopulmonar, atragantamientos, evacuación etc.).
El sistema de evaluación del nivel de formación de los integrantes del equipo de
emergencia, será mediante el análisis de la actuación y coordinación de éstos en los
simulacros programados o en las incidencias reales acaecidas.
8.2.- Programa de sustitución de medios y recursos.
Anualmente, el responsable del Plan revisará la adecuación y estado de los medios
materiales destinados a la autoprotección. Por otro lado:
Se evaluarán los informes de los equipos de rescate.
Se revisarán si funcionan correctamente los medios de comunicación y la
señalización sigue siendo la adecuada.
Se realizará una inspección visual del estado de los equipos de protección
individual.
Se revisarán los informes de las emergencias reales acaecidas, así como de
los simulacros realizados y verificará la eficacia de las medidas correctoras
propuestas, en su caso.
Se revisarán los informes enviados por los integrantes del equipo de
emergencia.
De la información que se obtengan se corregirán las deficiencias detectadas y se
modificará el mantenimiento preventivo en aquellas instalaciones que hayan tenido
más deficiencias de las aceptables.
Los medios materiales de protección previstos para una emergencia deben ser
mantenidos en buen estado de conservación, ya que su utilización, probablemente
haya de ser requerida en un breve espacio de tiempo. Por ello, deben tomarse las
medidas oportunas para que estos medios materiales estén en perfecto estado de uso,
reponiendo aquellos que sufran desgaste, hayan superado su fecha de caducidad, o
bien, hayan sido usados.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 46
En algunos casos, el mantenimiento y las inspecciones de seguridad de algunos
equipos e instalaciones, se encuentran reguladas por reglamentación propia, tienen
unos plazos máximos para sus revisiones, así como un control de fechas de
caducidad, los cuales deberán ser respetados. No obstante, en aquellos casos, en los
que no existe normativa específica que regule la periodicidad de las revisiones,
mantenimiento, o inspecciones de los equipos, se procederá a aplicar los controles
establecidos por el titular de la instalación.
8.3.- Programa de ejercicios y simulacros. Se fijará en el mismo la periodicidad
de realización de los mismos.
En todo caso, se le dará comunicación al órgano competente en materia de Protección
Civil, de la realización de ejercicios o simulacros en las playas u otras zonas de baño
marítimas tendrá carácter voluntario, salvo en el caso de los ejercicios o simulacros en
los que se proponga la movilización de un medio externo al servicio de salvamento y
afecte al espacio público exterior de la playa.
En estos casos se notificará, con una antelación mínima de treinta días, la realización
del simulacro al órgano competente en materia de protección civil del municipio y al
Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias (CECOES
112) a los efectos de tener conocimiento del simulacro.
Concreción de al menos una vez al año, será de carácter e implicación externa al
propio servicio de Salvamento en Playa y tendrá por objeto la comprobación de la
capacidad organizativa y de coordinación con recursos externos al propio servicio
(servicio público de asistencia sanitaria Pre Hospitalaria, Bomberos, salvamento
marítimo, GES, GEAS, etc.) pudiendo ser de dos tipos.:
Los ejercicios o maniobras no conllevaran la comunicación pública, medios de
comunicación, de dicha actividad al ser un método de carácter evaluador y de auto
aprendizaje sin que deba estar preparado, teniendo como objetivo el de comprobar la
capacidad de respuesta organizativa y de trabajo coordinado con otros servicios,
organismos e instituciones.
El simulacro es una actividad de cara al público, que suele ser previamente publicitada
(medios de comunicación) y cuyo objetivo es demostrar las capacidades y
procedimientos de intervención en supuestos, lo más parecido a situaciones reales,
pero previamente preparados.
El simulacro no sólo sirve para validar la eficacia del Plan de Salvamento y Socorrismo
diseñado, sino también para familiarizar al personal adscrito al Plan con los equipos y
técnicas a utilizar en caso de situación de emergencia.
Mediante los simulacros se pretende:
Comprobar los tiempos de respuesta de los equipos.
Comprobar la ubicación de los medios de protección y su estado.
Comprobar la idoneidad de las misiones asignadas a las personas.
Detectar omisiones en las conductas previstas en el Plan.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 47
Entrenarse en las evacuaciones.
Medir los tiempos de evacuación.
Comprobar la correcta señalización.
Comprobar la eficacia de los medios materiales
Los simulacros partirán de una supuesta situación de emergencia predeterminada y se
desarrollarán de tal manera que permitan:
Comprobar la mecánica interna y funcional del Plan o de una parte concreta del
mismo.
Comprobar la suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
Comprobar el grado de capacitación y formación del personal, con misiones
asignadas en el Plan.
Comprobar el grado de mantenimiento de las instalaciones y su respuesta.
Comprobar los tiempos de respuestas de los medios técnicos y de los
organizativos.
Comprobar la adecuación de los procedimientos de actuación.
8.4.- Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma
parte del plan.
Cada cierto tiempo, el responsable del Plan de Autoprotección, revisará la
documentación del Plan de Seguridad y Salvamento, realizando las modificaciones
oportunas.
Asimismo, deberá revisarse el Plan siempre que se dé algunas de las siguientes
circunstancias:
Modificación de la legislación vigente o reglamentación de orden interno.
Modificaciones sustanciales en la configuración de los edificios o en las
actividades.
Deficiencias observadas en el plan a partir de la realización de simulacros o
bien por motivo de emergencias reales.
El cambio de las condiciones de las instalaciones.
La incorporación de nuevas equipos.
El cambio o modificación de los procedimientos de trabajo.
El cambio o modificación del equipo directivo del establecimiento.
Revisiones Puntuales: Cuando conlleve cambios de los datos de los responsables
del Plan de Seguridad y Salvamento, sistemas de comunicación o números de
localización (teléfonos, ITSI, etc.), cambio de medios (cambios de sillas de vigilancia
por Torres, cambio de embarcación por moto de agua – plancha de rescate o
viceversa, etc.) o cambio de la normativa de aplicación que suponga modificación del
Plan de Seguridad y Salvamento.
Revisión Anual: El Plan de Seguridad y Salvamento deberá ser revisado,
especialmente en materia de determinación, análisis y evaluación de riesgos, derivado
de la explotación de datos al final de cada año.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 48
Revisión cada tres años: como máximo, para de manera detallada realizar una
revisión completa y pormenorizada de cada uno de los Capítulos y apartados del Plan
de Seguridad y Salvamento.
8.5.- Programa de inspecciones e investigaciones de incidentes o siniestros.
Una auditoría consiste en asegurar que la organización, los procesos y procedimientos
establecidos son adecuados al sistema de gestión de seguridad.
Las inspecciones son revisiones parciales de un equipo, de una instalación o de un
sistema de organización.
Las auditorías se realizarán siempre con independencia y objetividad.
Las auditorías e inspecciones se pueden realizar por personal propio o titulares de la
actividad así como por organismos oficiales que marque la legislación vigente; para su
realización se establecerá un plan, donde se determinarán las fechas en que se deben
realizar.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 49
APÉNDICES
APÉNDICE I. DIRECTORIO DE COMUNICACIONES.
1.- Teléfonos del Personal del Servicio de Salvamento.
Nombre y apellidos Cargo Teléfono Email
2.- Teléfonos de ayuda exterior y servicios de emergencia.
Tabla que contenga el listado de números de teléfonos de los servicios municipales
(policía local, limpiezas, vías y obras, etc.) y empresas prestatarias de servicios de
estos, con indicación del nombre del servicio.
Servicios. Teléfono
Policía Local 928 866 107
Protección Civil 609 987 372
Bomberos 928 867 652
Tan solo tendrá dicha tabla los números de servicios municipales, puesto que los
requerimientos de ayudas externas de servicios de las Administraciones Insulares,
Autonómicos o Estatales serán requeridos a través del CECOES 1-1-2.
Emergencias. Ayuda Externa 1 – 1 – 2
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 50
APÉNDICE II. FORMULARIOS PARA LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS REVISIONES ANUALES DEL PLAN.
RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES ACUÁTICOS
DÍA: ____/____/___ HORA COMIENZO INCIDENTE ___:____
HORA FINALIZACIÓN INCIDENTE ___:____
TIPO DE INCIDENTE (1)
CAUSA
SITUACIÓN AGRAVADA POR (2)
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE
NUMERO DE SOCORRISTAS ACTIVADOS: TEMPERATURA MEDIA AGUA:
MEDIOS MATERIALES UTILIZADOS
RECEPCIÓN DE LA ALERTA / DETECCIÓN INCIDENTE
MÉTODO DE COMUNICACIÓN DE LA ALERTA
HORA RECEPCIÓN AVISO O DETECCIÓN INCIDENTE :
POSICIÓN GPS INCIDENTE Latitud Longitud
DENOMINACIÓN DEL LUGAR INCIDENTE: DISTANCIA DE LA ORILLA:
NUMERO DE AFECTADOS: EDADES: SEXO:
NACIONALIDADES: LIMITACIONES FÍSICAS, PSÍQUICAS O INTELECTUALES:
PATOLOGÍAS PREVIAS AFECTADOS: CONSUMO ALCOHOL O DROGAS:
VALORACIÓN ESTADO SI HA HABIDO TRANSFERENCIA A RECURSO SANITARIO
COLOR DE BANDERA IZADA: TOTAL EFECTIVOS EN SERVICIO:
SEÑALIZACIÓN DINÁMICA EN EL LUGAR: AFLUENCIA USUARIOS ZONA INCIDENTE:
AVISOS PREVIOS A AFECTADO/S: INTENSIDAD / DIRECCIÓN VIENTO:
OTROS SERVICIOS INTERVINIENTES
1) Orientativos; Distress, ahogamiento, posible PCR, arrastre por corriente,
atrapado en rompiente, deriva en flotador, perdida flotador, caída al agua,
lesión musculo esquelética, lesión cervical o medular, ataque/
mordedura/picadura fauna marina.
2) Oleaje, Fuerte corriente, fuerte viento, altas temperaturas, marea baja o alta,
talud, zona de rocas sumergidas, fauna marina, actividad de riesgo (describir),
incumplimiento instrucciones socorrista, incumplimiento código bandera,
incumplimiento señal dinámica, práctica deportiva (¿cuál?), otros.
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 51
FORMULARIO DE RECOGIDA DE DATOS DE INCIDENTES PARA LAS COMUNICACIONES
CUATRIMESTRALES AL CECOES 1-1-2
TOMA DE DATOS DE INCIDENTES PARA COMUNICACIÓN CUATRIMESTRAL CECOES 1-1-2
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA
NUMERO DE CATALOGACIÓN CLASIFICACIÓN
FECHA DEL INCIDENTE HORA DEL INCIDENTE
HORA DEL NOTIFICACIÓN AL CECOES 1-1-2
IZADO DE BANDERA Y CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL BAÑO
LOCALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA EN EL SECTOR DE PLAYA
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL INCIDENTE / TIPO DE RIESGO Y GRAVEDAD
ACTUACIÓN ANTE EL INCIDENTE
IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS Y MEDIOS QUE INTERVINIERON EN EL INCIDENTE
MOVILIZACIÓN Y RECEPCIÓN DE RECURSOS AJENOS AL PLAN DE SEG. Y SALV.
MEDIDAS DE COORDINACIÓN OPERATIVA DURANTE EL INCIDENTE
DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE PARA IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS
PERSONAS AFECTADAS, VALORACIÓN
DATOS PERSONAS AFECTADA
DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS O SITUACIÓN QUE MOTIVARON EL INCIDENTE
CONCLUSIONES, PROPUESTA DE MEDIDAS PREVENTIVAS /CORRECTORAS
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 52
FORMULARIO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2.
MODELO DE COMUNICACIÓN INMEDIATA DE INCIDENTES AL CECOES 1-1-2
NOMBRE Y CARGO DE QUIEN REALIZA LA COMUNICACIÓN
NOMBRE Y CARGO DEL JEFE DE PLAYA O TURNO
HORA DE INICIO DE LA INCIDENCIA O EMERGENCIA
MUNICIPIO
NOMBRE DE LA PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
NUMERO DE CATALOGACIÓN DE PLAYA O ZONA DE BAÑO MARITIMA
LOCALIZACIÓN DEL INCIDENTE O EMERGENCIA
TIPO DE INCIDENTE Y GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN O EMERGENCIA
NUMERO DE PERSONAS AFECTADAS (DESCRIPCIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y ESTADO)
MEDIOS Y RECURSOS MOVILIZADOS (INTERVINIENDO EN EL LUGAR)
PUNTO/S DE RECEPCIÓN DE AYUDA EXTERNA Y ACCESIBILIDAD
IDENTIFICACIÓN Y MÉTODOS DE COMUNICACIÓN EN EL LUGAR
PELIGROS AÑADIDOS
CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA EL BAÑO E IZADO DE BANDERA
OBSERVACIONES
PLAN DE SEGURIDAD Y SALVAMENTO
PLAYAS URBANAS DE CORRALEJO
Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 53
APÉNDICE III. PLANOS.
Se incluirán planos a escala 1:5000, en los que se incluirá el código de identificación
asignado en el catálogo de las playas y otras zonas de baño. Para la elaboración de
los planos se tendrá en cuenta incluir la información siguiente:
a) Posición geográfica de la playa u otra zona de baño marítima dentro del
entorno insular con identificación de las vías de comunicación,
accesibilidad.
b) Descripción de accesos y evacuación: se especificarán los accesos a la
playa u otra zona de baño marítima indicando condiciones de
accesibilidad.
c) Ubicación en la playa u otra zona de baño de instalaciones fijas, de
carteles informativos, sectores de uso, balizamientos...
d) Focos o zonas de peligro más significativos de la playa u otra zona de
baño marítima.
e) Localización de los medios y personal del Servicio de Salvamento.
La escala a 1:5000 es indicativa, en todo caso la escala se deberá ajustar a la
dimensión de la playa u otra zona de baño marítima, y adecuada al grado de detalle
requerido para facilitar la identificación de los contenidos e interpretación de los
mismos. La escala utilizada ha de estar identificada en el Plan.
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C/ Churrua
C/ Arístides Hernández Morán
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Plan de Seguridad y Salvamento – Decreto 116/2018. 60
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