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PLAN PARCIAL DEL SECTOR 5 VICAR (ALMERÍA) PROMOTOR: PROYECTOS DE INGENIERIA INDALO S.L. AUTOR DEL PLAN PARCIAL FECHA: OCTUBRE 2008 Antonio López Navarro REF: 017.04 Ingeniero de Caminos, C. y P. Colegiado num. 9.441

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PLAN PARCIAL DEL SECTOR 5

VICAR (ALMERÍA)

PROMOTOR:

PROYECTOS DE INGENIERIA INDALO S.L.

AUTOR DEL PLAN PARCIAL FECHA: OCTUBRE 2008 Antonio López Navarro REF: 017.04 Ingeniero de Caminos, C. y P. Colegiado num. 9.441

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PLAN PARCIAL DEL SECTOR 5 VICAR

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0. ÍNDICE

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INDICE DE LA DOCUMENTACION (Art. 57 del R. de Planeamiento)

1.-MEMORIA JUSTIFICATIVA Y DETERMINACIONES DE PLANEAMIENTO

1.0. Antecedentes 1.1. Memoria Justificativa

1.1.1. Justificación de la conveniencia de la formulación del Plan Parcial. 1.1.2. Información Urbanística

1.1.2.1. Características naturales 1.1.2.2. Estructura de la propiedad

1.1.3. Criterios de Ordenación 1.1.4. Estudio analítico

1.2. Determinaciones de Planeamiento 1.2.1. Delimitación del área de actuación del Plan Parcial. 1.2.2. Justificación de viviendas 1.2.3. Asignación de usos pormenorizados. 1.2.4. Reserva de terrenos para espacios libres públicos. 1.2.5. Reserva de terrenos para equipamiento primario.

1.2.6. Características y trazado de las redes de servicio. 1.2.7. Evaluación económica de servicios y obras. 1.2.8. Fases de ejecución.

2.- PLANOS DE INFORMACION 3.- PLANOS DE PROYECTO 4.- ORDENANZAS REGULADORAS 4.1. Generalidades 4.1.1. Ámbito de aplicación

4.1.2. Objeto 4.1.3. Competencia 4.1.4. Terminología de conceptos 4.1.5. Interpretación

4.2. Régimen urbanístico del suelo 4.2.1. Clasificación del suelo 4.2.2. Aprovechamiento 4.2.3. Zonificación y usos del suelo 4.2.4. Compatibilidad de uso

4.2.5. Estudios de detalle 4.2.6. Parcelación urbanística 4.2.7. Proyectos de urbanización 4.2.8. Proyectos de edificación

4.3. Normas de Edificación 4.3.1 Condiciones generales de la edificación

4.3.1.1. Condiciones de parcela 4.3.1.2. Condiciones de aprovechamiento 4.3.1.3. Condiciones higiénico-sanitarias 4.3.1.4. Condiciones acústicas 4.3.1.5. Condiciones seguridad 4.3.1.6. Condiciones estéticas.

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4.3.2. Condiciones particulares de los distintos usos 4.3.2.1. Uso Residencial 4.3.2.2. Uso de Equipamiento Primario

1 - Centro cultural docente 1.1 – Educación Infantil 1.2 – Educación primaria y secundaria 2 - Sistemas de interés publico y social (SIPS) 2.1 – SIPS Deportivo 2.2 – SIPS Comercial 2.3 – SIPS Social

4.3.2.3. Uso de Equipamiento Secundario 4.3.2.4. Dotación Transporte y comunicación 4.3.2.5. Dotación Parques y Jardines

4.3.3. Condiciones particulares de cada zona 4.3.3.1. Residencial 4.3.3.2. Equipamiento Primario 4.3.3.3. Áreas Libres 4.3.3.4. Viario Público y Aparcamientos

4.3.4. Cuadro de superficies

5.- ANEXO (DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO DE LA RAMBLA “EL PASTOR” A SU PASO POR EL SECTOR – 5 DE VICAR, T.M. VICAR - ALMERIA). 6.- PLANOS ANEXO 7.- ANEXO (ESTUDIO HIDROLÓGICO, CALCULO HIDRAULICO PARA RETORNO DE 500 AÑOS, DRENAJE, PARAMENTOS DE VELOCIDAD, ESTUDIO CLIMATOLOGICO, RECOGIDA DE AGUAS SEPARATIVA). 8.- PLAN DE ETAPAS 9.- ESTUDIO ECONÓMICO Y FINANCIERO

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1. MEMORIA JUSTIFICATIVA

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1.0 ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL:

Se redacta el presente instrumento de planeamiento por iniciativa de la entidad mercantil PROYECTOS DE INGENIERIA INDALO S.L., propietaria de más del 50% de la superficie del Sector 5 delimitado por el P.G.O.U del municipio de Vícar, en suelo urbanizable, de conformidad con lo prevenido en el artículo 31.3 de la LOUA, con el objetivo de establecer la ordenación y regulación detallada, pormenorizada y completa de dicho ámbito de actuación.

El complejo marco regulador vigente en el ámbito de la Comunidad Autónoma andaluza y dentro de la misma, del municipio de Vícar, tras la profunda reforma del sistema urbanístico español operada por la Sentencia 61/97 del Tribunal Constitucional de 20 de Marzo, viene principalmente constituido por la Ley 6/98, de 13 de Abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, así como por la Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, (en adelante: LOUA). Todo ello debidamente completado con los textos reglamentarios de aplicación, junto con las normas que no resulten incompatibles con la legislación autonómica del P.G.O.U. del municipio de Vícar.

Dada la subordinación jerárquica de las determinaciones del Plan Parcial a las

determinaciones generales propias del planeamiento general, las condiciones de la ordenación pormenorizada de este ámbito derivan y desarrollan las determinaciones globales del Sector 5 ya delimitado en el P.G.O.U. 1.- Localización y delimitación:

Clave: Sector 5 Núcleo: Vicar Clase de suelo: Urbanizable

La delimitación perimetral prevista en el Plan Parcial se corresponde exactamente con la

establecida en el PGOU, si bien, gracias al reciente levantamiento topográfico efectuado, se desprende que únicamente en la confluencia de las calles Río Guadiato y Río Guadalfeo, ha sido necesario reajustar el perímetro del sector para excluir de su ámbito un solar edificado cuyo desarrollo urbanístico se llevó a cabo dentro de un proceso sistemático de gestión, contando dicha edificación con la preceptiva licencia de obras, con lo que entendemos que la corrección que ahora practicamos, no sólo obedece a un mera adaptación a la realidad física existente, que no puede ser ignorada y de la que no podemos desentendernos (fuerza normativa de lo fáctico), sino también, y sobre todo, al sometimiento a la más estricta legalidad, de suerte que la concurrencia en unos terrenos de las circunstancias y servicios especificados en el artículo 45.1. Y 2. A de la LOUA, es vinculante para la Administración y los particulares, a los efectos de su necesaria clasificación como suelo urbano, asignando forzosamente esta condición a aquellos terrenos en que concurran de hecho las circunstancias indicadas, cuyo régimen sólo puede ser el previsto en el artículo 56 del mismo texto legal.

La delimitación del Sector 5 es la establecida en el P.G.O.U. del municipio de Vícar.

Comprende una superficie bruta total de 131.900,00 metros cuadrados. La determinación definitiva de los titulares de bienes y derechos comprendidos dentro del Sector así como la delimitación y cabida de sus derechos y cargas se llevará a cabo en el proyecto de reparcelación.

Se procede a adaptar la ficha del Sector, adecuándose a las determinaciones del P.G.O.U., y al perímetro del Sector:

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2.- Objetivos:

Obtención de suelo y urbanización de viario y espacio libre. Obtención de suelo e instalación de equipamientos y servicios. Dotación de infraestructuras básicas. Edificación de usos de carácter lucrativo residencial.

Nivel de sistema: Local Sectores de inversión: Urbanización secundaria, sistema local de equipamientos y

espacios libres, además de actuaciones de viviendas. 3.- Fases del proceso de desarrollo urbano:

Planeamiento: Plan Parcial Sistema de actuación: Compensación Urbanización: Proyecto de Urbanización y obras Edificación: Licencia

4.- Agentes inversores:

Ayuntamiento: No Otras Administraciones: No Iniciativa privada: Si

5.- Acciones a desarrollar previamente:

Conexiones con las infraestructuras generales existentes. Unión de las Cabañuelas Altas y los Canos. Conexión de la calle principal N-S, con el puente existente en la Autovia. Previa a la urbanización del Sector 5, será necesario que se haya ejecutado el encauzamiento de la rambla por parte de la Agencia Andaluza del Agua. En el proyecto previsto por la citada administración, se incluye el estudio hidráulico correspondiente, donde se justifica el correcto funcionamiento de las obras de drenaje, tanto por su diseño, como sus dimensiones y punto de vertido.

6.- Instalaciones y usos propuestos:

Infraestructuras básicas y edificación residencial, así como espacios libres de sistema local.

7.- Condiciones de aprovechamiento:

Plan Parcial

Uso: Residencial Tipología Característica: Residencial Superficie bruta: 131.900,00 M2S. Edificabilidad bruta: 0,70 M2T/M2S. Cesiones para Espac. Libre: 20.769,00 M2S. Cesiones para Equip. Primario: 18.933,00 M2S. Aprovechamiento Unidad: 92.330,00 M2T. Aprovechamiento Patrimonializable: 80.327,10 UA. Aprovechamiento municipal: 9.233,00 UA. Aprovechamientos Propietarios s.g: 2.769,90 UA.

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1.1. MEMORIA JUSTIFICATIVA.- 1.1.1. Justificación de la conveniencia de la formulación del Plan Parcial.

La principal justificación de la conveniencia y la necesidad reside en las propias

determinaciones de las normas subsidiarias, ya que califica este suelo como urbanizable para ejecutar el cumplimiento de los objetivos en el contenido, desarrollándose el mismo dentro del segundo cuatrienio.

1.1.2 Información urbanística. 1.1.2.1. Características naturales:

a) Geografía:

Esta unidad se encuentra al norte de Vícar (Gangosa norte), desarrollándose a lo largo de la rambla de nueva ejecución, lindando al norte con otras propiedades, siendo una situación de nuevo crecimiento de la ciudad.

b) Topografía:

La topografía es similar a la de los Sectores adyacentes y que debido a su

situación con respecto al Municipio favorecen la pronta ocupación. 1.1.2.2. Estructura de la propiedad: RELACIÓN DE PROPIETARIOS

1. DESCRIPCION DE FINCAS APORTADAS Y TITULARIDAD

Los propietarios incorporados a la Junta de Compensación son:

1.- "PROYECTOS DE INGENIERÍA INDALO, S.L.", de nacionalidad española, domiciliada en El Ejido, calle Galera, número 3. Constituida por tiempo indefinido en escritura otorgada ante el Notario de Roquetas de Mar, Don José Sánchez y Sánchez Fuentes, el día 20 de Junio de 1.997, número 2.619 de protocolo, aclarada por sendas escrituras otorgadas ante el mismo Notario, los días 11 y 23 de Julio de 1.997, números 2.853 y 2.995 de protocolo. Inscritas en el Registro Mercantil de Almería, al folio 1 del tomo 342-AL, de la sección 8ª, hoja 10.326-AL, inscripción 1ª. C.I.F. número B-04279527. 2.- "UNION PROMOTORA BARNES, S.L.", de nacionalidad española y duración indefinida; con domicilio actual en Roquetas de Mar (Almería), en Aguadulce, calle del Peral, 2. Constituida mediante escritura otorgada ante mi, Notario autorizante, el día 10 de diciembre de 2002, número 2.356 de protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 751, folio 211, sección 8, hoja AL- 18579, inscripción 1ª. C.I.F., número B-04.433.926. 3.- Los cónyuges en régimen de gananciales, DON FAUSTINO MALDONADO RUIZ y DOÑA DOLORES MARIA LOPEZ LOPEZ, mayores de edad, ambos vecinos de Vícar (Almería), domiciliados en Avenida Castilla, 42; provistos de Documentos Nacionales de Identidad y Números de Identificación Fiscal, según me acreditan, 27.209.084-S y 27.258.266-T, respectivamente.

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4.- Los cónyuges en régimen de gananciales, DON JUAN-MANUEL HIDALGO LÓPEZ y DOÑA CLARA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, mayores de edad, de nacionalidad española, residentes en España, ambos vecinos de esta ciudad, domiciliados en Carril de las Cabañuelas, 302; provistos de Documentos Nacionales de Identidad y Números de Identificación Fiscal, según me acreditan, 23.564.311-Y y 27.200.286-A, respectivamente. 5.- DON JOSE ENRIQUE LOPEZ FUENTES, de nacionalidad española, residente en España, mayor de edad, casado en régimen gananciales, vecino de esta ciudad, con domicilio en Calle Rio Jucar, 5; provisto de Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, 27.495.788-R. 6.- MERCANTIL DE NEGOCIOS LA MESETA, S.L., de nacionalidad española y duración indefinida, domiciliada en la calle Arévalo, 8, de Berja (Almería); constituida mediante escritura pública autorizada el día 2 de enero de 2.007, ante el Notario de Dalías, Don Fernando Tenorio Blanco, con el número 6 de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Almería, al tomo 1.163, libro 0 folio 126, hoja AL-28.355, inscripción 1ª. Tiene C.I.F. número B-04.590.055. 7.- Los cónyuges casados en régimen legal de gananciales, DON MANUEL ARCHILLA VARGAS y DOÑA MARÍA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, mayores de edad, de nacionalidad española, residentes en España, ambos vecinos de Vícar, domiciliados en la Avenida del Guadalquivir, número 60 y con D.N.I respectivamente números 23.607.248-W y 23.564.211-K.

Relación de fincas de las que son titulares.

A.- LA MERCANTIL "PROYECTOS DE INGENIERÍA INDALO, S.L. es dueña del pleno dominio de las siguientes fincas: 1).- DESCRIPCIÓN: URBANA. SOLAR en el paraje de La Gangosa y "Los Canos", término de Vícar de cabida cinco mil doscientos setenta y tres metros diecinueve decímetros cuadrados, que linda: Norte, la mercantil "Proyectos de Ingeniería Indalo, S.L."; Sur, Manuel Archilla Vargas; Este, resto de finca matriz; y Oeste, Barranco Pastor. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 325, tomo 3113, folio 178, finca 22170, inscripción 1ª. 2).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: Trozo de terreno de secano, en el paraje de la Gangosa, hoy también "Los Canos", en término de Vicar, de cabida treinta y dos áreas veinte centiáreas. Linda: Norte, finca matriz, hoy la mercantil "Proyectos de Ingeniería Indalo, S.L."; Sur, Francisco Galdeano López, hoy la mercantil "Proyectos de Ingeniería Indalo, S.L."; Este, Jose López El Cojo, hoy la mercantil "Proyectos de Ingeniería Indalo, S.L." y edificio "Residencial Villa Martín, con fachada a la calle Rio Segre; y Oeste, Barranco Pastor. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 319, tomo 3088, folio 221, finca 2676, inscripción 2ª. 3).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: En término de Vícar, paraje de la Gangosa, con una cabida de veintidós áreas, quince decímetros cuadrados, que linda: Norte, Doña María Galdeano Rosa; Sur, Doña Antonia Galdeano Roda; Este, fincas que se adjudican a Doña Isabel, Don Tomas, Doña María y Doña Ana Rodriguez Galdeano, respectivamente; y Oeste, la adjudicada a Doña Ana. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 106, tomo 1712, folio 205, finca 10563, inscripción 2ª. 4).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: Trozo de terreno de secano en término de Vícar, paraje de la Gangosa, de cabida una fanega o sea sesenta y cuatro áreas cuarenta centiáreas. Linda: Norte, registral 2.442; Sur, Luís Galdeano Ortega; Este, José López El Cojo; y Oeste, Barranco Pastor INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 293, tomo 2871, folio 200, finca 2681, inscripción 5ª. TÍTULO: El de compra a Don José Manzano Rodríguez y Doña María del Carmen Cara Martín, en escritura otorgada ante el Notario de Roquetas de Mar, Don Fernando Ruiz de Castañeda y Díaz, el día 18 de Febrero de 2.005, número 426 de protocolo.

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5).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: Tierra de secano en el Barranco del Pastor, conocido por Haza de las Tantas, término de Vicar, con una cabida de noventa áreas, catorce centiáreas, que hoy linda: Norte, Juan López Fuentes; Este, herederos de Pedro López Salmeron; Sur, hoy finca registral 2.681; y Oeste, Francisca López Zapata y la Rambla del Pastor. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 293, tomo 2871, folio 198, finca 2442, inscripción 4ª. 6).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: PARCELA de terreno, en el Barranco del Pastor, conocida por Haza de las Tontas, en término de Vícar, de cabida dos mil ciento veintiocho metros y setenta y ocho decímetros cuadrados, que linda: Norte, resto de finca matriz, camino asfaltado en medio; Sur, "Proyectos de Ingeniería Indalo, S.L."; Este, calle; y Oeste, Rambla del Pastor. INSCRIPCION: Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 299, tomo 2927, folio 8, finca 20381, inscripción 1ª. 7).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: Trozo de terreno de secano, en término de Vícar, paraje La Gangosa, de cabida media fanega, o sea, treinta y dos áreas, veinte centiáreas, que linda: Norte, Don Luís Galdeano Roda; Sur, Doña Isabel, Doña Ana, Don Tomás Rodríguez Galdeano y otra finca que estos mismos tienen en proindiviso; Este, hoy calle sin nombre; y Oeste, Barranco Pastor. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 151, tomo 1937, folio 64, finca 2678, inscripción 5ª. 8).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: En término de Vicar, paraje de la Gangosa, con una cabida de veintidós áreas, quince decímetros cuadrados, que linda: Norte, Doña María Galdeano Roda; Sur, Don Antonio Galdeano Roda; Este, finca que se adjudica Don Tomas Rodríguez Galdeano; y Oeste, Doña Isabel Rodriguez Galdeano. INSCRIPCION: Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 106, tomo 1712, folio 203, finca 10562, inscripción 2ª. 9).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: En término de Vícar, paraje de la Gangosa, con una cabida de cincuenta y cinco metros cuadrados. Linda: Norte, Doña María Galdeano Roda; Sur, calle sin nombre; Este, calle en proyecto; y Oeste, Don Tomás Rodríguez Galdeano. INSCRIPCION: Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 105, tomo 1712, folio 215, finca 10568, inscripciones 2ª y 4ª. 10).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: En término de Vícar, paraje de la Gangosa, con una cabida de cuarenta y un áreas, cincuenta y seis centiáreas, y treinta decimetros cuadrados. Linda: Norte con Doña María Galdeano Roda; Sur, con Don Antonio Galdeano Roda; Este, finca que se adjudica a Doña Ana Rodriguez Galdeano; y Oeste, Barranco Pastor. INSCRIPCION: Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 114, tomo 1755, folio 85, finca 10561, inscripción 5ª. 11).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: TIERRA DE SECANO, en término de Vicar, paraje de la Gangosa, es la parcela dos del polígono dieciocho, de una hectárea, veintiocho áreas, setenta y cinco centiáreas. Lindante: Norte, de Francisco Palenzuela; Este, de José López; Sur, de Miguel Quesada Nieto; Oeste, camino de Vicar. Es indivisible. INSCRIPCION: Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 269, tomo 2769, folio 13, finca 1499, inscripción 3ª. 12).- DESCRIPCIÓN: RUSTICA: Trozo de terreno de secano, en término de Vícar, paraje La Gangosa, de cabida cinco mil doscientos treinta y cinco metros, treinta decímetros cuadrados, que linda: Norte, "Proyectos de Ingeniería Indalo, S.L.; Sur, Luis Galdeano Ortega; Este, la finca antes segregada, registral 19.978; y Oeste, Barranco Pastor. Es la Parcela 224 del Poligono 10. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 157, tomo 1988, folio 127, finca 2677, inscripción 6ª.

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13).- DESCRIPCIÓN: URBANA: Parcela en término municipal de Vícar, paraje de la Gangosa, con superficie trescientos cuatro metros cuadrados. Linda: Norte, "La Tapuela,S.A."; Sur, José Manzano y finca matriz; Este finca matriz de que se segrega; y Oeste, Don José Manzano. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 164, tomo 2020, folio 94, finca 13498, inscripción 2ª. 14).- DESCRIPCIÓN: URBANA: Parcela en término municipal de Vicar, paraje de la Gangosa, con superficie de seiscientos treinta y cinco metros veintitrés decimetros cuadrados, que linda: Norte, finca matriz de "La Tapuela, S.A." y Camino de Metaleros; Sur, "La Tapuela, S.A."; Este, finca matriz de la que se segrega; y Oeste, José Manzano y otros mediante una canalilla de riego en medio. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 164, tomo 2020, folio 192, finca 13523, inscripción 2ª. 15).- DESCRIPCIÓN: URBANIZABLE: Parcela de terreno, en el paraje de la Gangosa, término de Vicar, de cabida once mil cinco metros cuadrados. Linda: Norte, Doña María Escudero López; Sur, Don Manuel Palenzuela; Este, finca segregada -registral 21335-; y Oeste, camino de Vícar INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 313, tomo 3058, folio 127, finca 1498, inscripción 4ª. B.- DON FAUSTINO MALDONADO RUIZ Y DOÑA DOLORES MARIA LOPEZ LOPEZ, son dueños en pleno dominio y con carácter ganancial, de la siguiente finca: - RÚSTICA: Tierra en término de Vícar, pago Balsa de las Losas, Cerrillos Blancos y Cabañuelas, de cabida una hectárea treinta y cuatro áreas y cuarenta y cinco centiáreas, que linda: Norte, Juan López García y otros; Este, camino; Sur, Carretera de Málaga a Almería; y Oeste, Rambla del Pastor. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 145, tomo 1908, folio 66, finca 12843, inscripción 1ª. C.- LA MERCANTIL "UNION PROMOTORA BARNES, S.L.", es dueña en pleno dominio de la siguiente finca: RUSTICA.- SUERTE DE TIERRA secano, indivisible, en el término de Vicar, paraje de la Gangosa, de cabida cincuenta y seis áreas, cincuenta centiáreas, que linda: Norte, Juan Castillo Pérez; Sur, con cuarto canal de Iryda; Este, Juan Castillo, camino de servicio en medio, estando situado el lindero en el eje del camino; y Oeste, Juan Manuel Hidalgo López. En todo lo largo de su lindero de Poniente existe una canalilla de cemento para paso de agua de las mismas características que la que llega al ángulo Norte-Oeste de la misma. INSCRIPCIÓN.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número uno, al tomo 2.443, libor 214, folio 216, finca 4.745, inscripciones 13ª y 15ª. D.- DON JUAN-MANUEL HIDALGO LÓPEZ y DOÑA CLARA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, son dueños en pleno dominio y con carácter ganancial, de las siguientes fincas: 1.- RUSTICA: Tierra de secano, sita en término de Vícar, paraje de La Gangosa, de una fanega o sesenta y cuatro áreas, cuarenta centiáreas, lindante: Norte, Manuel Palenzuela; Sur, Roberto Oconnos; Oeste, Camino de Vícar, y por el Este, con Nicolas Fernandez Maldonado. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número uno, al tomo 804, libro 22, folio 200, finca 1.524, inscripción 3. 2.- RUSTICA: Parcela de tierra de secano, sita en término de Vicar, paraje de la Gangosa, de una extensión de nueve áreas y diez y siete centiáreas y linda: Norte, con finca de Don Juan Manuel Hidalgo Lopez o sea el comprador de ésta; Este, resto de la finca matriz; Sur, la finca de don Jose Ossorio Lopez; y al Oeste, el camino de Vicar. Está obligada a dar paso de aguas, sobre esta finca y sobre otra que también pertenece al Señor Hidalgo López en plano superior, por la canalilla que va de Norte a Sur, por el lindero Oeste, o sea, el camino de Vícar, a favor de la finca número 2.636 al folio 19 del tomo 976, cualquiera que sea la procedencia de las aguas utilizadas para el riego. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número uno, al tomo 976, libro 32, folio 77, finca 2635, inscripción 1ª.

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E.- DON JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ FUENTES, es dueño, con carácter privativo, del pleno dominio de la siguiente finca: RUSTICA: Tierra en término de Vicar, pago Balsa de las Losas, camino Blanco y Cabañuelas; su cabida de setenta y ocho áreas, sesenta y tres centiáreas. Linda: Norte y Este, camino de la Caseta de Peones Camineros, Barranco del Pastor; Sur, porción de Faustino Maldonado Ruiz; y Oeste, Rambla del Pastor. INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad de ROQUETAS DE MAR Nº 1, libro 30, tomo 957, folio 91, finca 2423, inscripción 2ª. F.- DON MANUEL ARCHILLA VARGAS Y DOÑA MARÍA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ son propietarios de la siguiente finca: RÚSTICA, hoy URBANA. Trozo de tierra de secano, en el paraje de La Gangosa del término de Vícar, de cabida veinte mil doscientos tres metros cuadrados. Linda: al norte, don Luis Galdeano Roda; al Sur, Miguel Rodríguez; al este, finca segregada de ésta; y al Oeste, Barranco del Pastor. INSCRIPCIÓN.- Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número 1, al tomo 1508, libro 82, folio 57, finca número 2.680, inscripción 2ª. G.- MERCANTIL DE NEGOCIOS MESETA, S.L. es propietaria de la siguiente finca: RÚSTICA: Suerte de tierra de secano, en término de Vícar, paraje de la Gangosa, de cabida ochenta y cuatro áreas, noventa y una centiáreas, que linda: al Norte, Don Manuel Palenzuela; Sur, resto de finca matriz y Don Juan López García; Este, Don José López; y Oeste, resto de finca matriz, que separa de Juan María Miguel Hidalgo. INSCRIPCIÓN: Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar número 1, al tomo 1.952, libro 153, folio 91, finca número 4.583. Superficie neta lucrativa de la Unidad 55.697,28 M2S. Aprovechamiento de la Unidad: 131.900 M2S. x 0,70 M2T/M2S. = 92.330,00 m2T. Aprovechamiento Patrimonializable: 131.900 M2S. x 0,609 UA/M2S. = 80.327,10 UA. Diferencia de Aprovechamiento: 92.330,00 UA. – 80.327,10 UA. = 12.002,90 UA.

Por lo que se tendrá un aprovechamiento por unidad de suelo neto: 92.330,00 UA. / 55.697,28 M2S. = 1,65771111264 UA/M2S. Aprovechamiento municipal (10%): 92.330,00 UA * 10 % = 9.233,00 UA Aprovechamiento para sistemas generales (3%) 92.330,00 UA * 3 % = 2.769,90 UA El propietario del terreno del sistema general SG-3C es el Ayuntamiento de Vicar, la superficie del SG-3C es de 7.700 m², perteneciente al Área de reparto 30. Tal como figura en la sección de unidades de ejecución y área de reparto del PGOU de Vicar.

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1.1.3. Criterios de Ordenación.-

En función de las determinaciones y atendiendo a las previsiones del P.G.O.U., se han establecido los siguientes objetivos:

- Evitar un diseño desarrollista, generando un diseño controlado e interactivo, que

posibilitará la expansión del sector por todos sus bordes de manera natural y lógica. - Efectuar una propuesta morfológica claramente estructurada en relación con este

diseño abierto, lo que permitirá a los propietarios y futuros promotores ir ejecutando pequeñas y medianas promociones en el plazo de desarrollo del sector.

- Perfecta articulación de la red viaria y peatonal, de acuerdo con los criterios básicos

de integrar la zonificación, lo que redundará en la calidad de vida de los usuarios. - Zonificación funcional, abierta basada en unas precisas ordenanzas, no cerradas en si

mismas, sino posibilistas, a fin de evitar constreñir el diseño arquitectónico de cada una de las iniciativas previstas.

- Estudio de ordenación global que optimiza la posición relativa de los usos, basado en

un diseño pragmático, que permitiendo una perfecta lectura del entorno, colabora en generar y fomentar mejores plusvalías urbanísticas de las distintas zonas y parcelas, en base a una jerarquización de las mismas.

- Solución de borde que, marcando con precisión el ámbito global del Sector 5, se

inserte en el entorno de la manera mas natural, con una estudiada gradación de las intensidades urbanas, buscando precisamente una perfecta coherencia con las preexistentes.

1.1.4. Estudio analítico: Se han manejado distintas alternativas dadas las características del conjunto, estimándose la solución adoptada como la que más se adecua a conseguir una trama urbana semiconsolidada, propiciando su continuidad en el crecimiento.

1.2. DETERMINACIONES DE PLANEAMIENTO.- 1.2.1. Delimitación del área de actuación del Plan Parcial: La totalidad de los terrenos afectados por el presente Plan de Ordenación, quedan delimitados por los Planos de Información y los de Proyecto que completan este documento. 1.2.2. Justificación de viviendas Según el artículo 17.1., la densidad y, en su caso, edificabilidad serán adecuadas y acordes con el modelo adoptado de ordenación, general y por sectores, y, por tanto, proporcionadas a la caracterización del municipio en los términos del artículo 8.2 de la LOUA y ajustadas al carácter del sector por su uso característico residencial o turístico.

Uso característico Residencial: No podrá ser superior a 75 viviendas por hectárea y la edificabilidad a 1 m² de techo / m² de suelo 75 viviendas x 131.900 m² = 989 Viviendas 1 Hectárea (10.000m²)

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1.2.3. Asignación de usos pormenorizados:

Se incluye a continuación un cuadro de parcelas que refleja el uso y el contenido de cada una de ellas:

Parcela USO M2S % m2T % nºVivs Altura R 1 Rp 13.032,27 9,88 25.504,99 27,62 277 Pb+5+A R 2 Ru 761.78 0,58 840,00 0,91 7 Pb+2+C R 3 Ru 413,87 0,31 480,00 0,52 4 Pb+2+C R 4 Ru 2.210,20 1,68 2.160,00 2,34 18 Pb+2+C R 5 Ru 1.341,33 1,02 1.560,00 1,69 13 Pb+2+C R 6 Rp 4.288,23 3,25 4.288,23 4,65 48 Pb+5+A R 7 Rp 16.145,97 12,24 32.100,10 34,77 347 Pb+5+A R 8 Rp 1.869,75 1,42 1.844,00 2,00 20 Pb+5+A R 9 Rp 4.018,39 3,05 4.148,00 4,49 45 Pb+5+A R10 Rp 7.718,51 5,85 15.349,68 16,62 166 Pb+5+A R11 Rp 3.896,98 2,95 4.055,00 4,39 44 Pb+5+A TOTAL R 55.697,28 42,23 92.330,00 100,00 989 Viv. A: Ático. C: Castillete

M2S % UA %. Residencial 55.697,28 42,23 92.330,00 100,00 Equip. Prim. 18.933,00 14,35 --- --- Espac. Libre 20.769,00 15.75 --- --- Viario/Aparc. 36.500,72 27,67 --- --- TOTALES 131.900,00 100,00 92.330,00 100,00

La ubicación de las parcelas a las que se les ha asignado la tipología edificatoria residencial unifamiliar (PB+2+CAS) en el lindero este del Sector, viene justificada por encontrarse dicho extremo en la confluencia del núcleo urbano, en el que la mayor parte de las edificaciones existentes comparten esa misma tipología, respetándose así la implantación de usos integrados en el entorno, además, de este modo, se evita la aparición de medianerías que romperían con la estética del entorno. La asignación de la tipología edificatoria residencial plurifamiliar en manzanas exentas o aisladas, (PB+5+AT) viene justificada por la necesidad de materializar todo el aprovechamiento asignado al Sector, dado que un 57% de la superficie del mismo se destina a cesiones libres y gratuitas a favor de la Administración, y así evitar llevar a cabo transferencias de aprovechamiento dentro del Área de Reparto a ámbitos de gestión cuyo desarrollo todavía no ha tenido lugar, sin la certidumbre de que dicho aprovechamiento pueda reubicarse en otro ámbito, por otro lado, de conformidad con la excepcionalidad permitida en el artículo 5.5 del PGOU de Vícar, que posibilita la implantación de edificios de hasta 7 plantas en este sector, siempre y cuando no se generen medianeras, como en el presente caso, nos permite concluir el sometimiento de las tipologías residenciales a la más estricta legalidad, valorándose especialmente la integración en el entorno de la edificación proyectada, y favoreciéndose la fase de gestión del planeamiento ya que los propietarios podrán materializar y agotar toda la edificabilidad asignada por el Plan.

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1.2.4. Reserva de terrenos para espacios libres públicos.

* Según la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía (Art.17) se fija entre 18 y 21 m² de cada 100 m² techo edificable (92.330,00 m² de techo) que se destinaran a espacios libres. (18 m²s / 100 m²t ) x 92.330,00 m²t = 16.619,40 m²s. (21 m²s / 100 m²t ) x 92.330,00 m²t = 19.389,30 m²s. * Con carácter general, se establece un módulo mínimo de reserva para el sistema de espacios libres de uso público del 10% de la superficie total del polígono. (Art. 10 RP de 23/jun/78), ( Art. 17 LOUA ) 10% de Superficie del Sector = 13.190,00 m²s. * Según el Anexo (Reserva de Suelo para Dotaciones) del Reglamento de Planeamiento, la reserva de sistemas de espacios libres de uso público es el siguiente:

ESPACIOS LIBRES SUP.PARCELAS

( m²s)

A partir de 500 viv.__Plan Parcial 989 viv. 21 m²s. por vivienda ( 15 m²s. son jardines y 6 m²s. juego infantil)

_JARDINES 14.835,00 m²s

_JUEGOS INFANTILES 5,934,00 m²s

20.769,00 m²s * Según ficha de Planeamiento de Desarrollo publicada en el PGOU de Vícar: NUEVO VÍCAR S-5, Espacios Libres= 16.619,00 m²s, insuficiente según anexo del R.P. de la reserva de dotaciones de espacios libres en polígonos residenciales. * Por lo tanto, al Plan Parcial en proyecto se le asigna los espacios libres mínimos exigidos más restrictivos, y que consta en los planos:

Jardines __________(15 m²s / viv) x 989 viv 14.835,00 m²s

Juego Infantil ______( 6 m²s / viv) x 989 viv 5,934,00 m²s

ESPACIOS LIBRES ( 21 m²s / viv) x 989 viv 20.769,00 m²s

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1.2.5. Reserva de terrenos para equipamientos primarios:

Según el Anexo (Reserva de suelo para Dotaciones) del Reglamento de Planeamiento, la reserva de Equipamiento Primario, se desarrollaría de la siguiente forma:

EQUIPAMIENTOS PRIMARIOS SUP.

PARCELAS MÍNIMAS ( m²s)

SUP.PARCELAS REALES ( m²s)

SUP. EDIFICABLE (

m²t )

CENTROS CULTURALES Y DOCENTES

Hasta 2.000 viv._Plan Parcial 989 viv. 12m²/viv (2 m²/viv para infantil y 10 m²/viv para primaria y secundaria) -PREESCOLAR Y GUARDERÍA 1.000,00 m²s 1.978,00 m²s -

-PRIMARIA Y SECUNDARIA 10.000,00 m²s 10.000,00 m²s - SISTEMAS DE INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL

Hasta 1.000 viv._Plan Parcial 989 viv. (6 m²s/viv para deportivo, 2 m²t/viv para comercial, 4 m²t/viv para social) -DEPORTIVO - 6.955,00 m²s - -COMERCIAL - 1.978,00 m²t

-SOCIAL - 3.956,00 m²t

EQUIPAMIENTOS PRIMARIOS Total: 18.933,00 m²s 5.934,00 m²t * La superficie edificable de SIPS comercial y social se consumirá en la parcela P-8 (E.P.1)

Según la Ley de Ordenación Urbana (Art. 17) se fija entre 30 y 55 m² de suelo cada 100 m² de techo edificable de uso residencial (88.226 m² de techo residencial), de los que entre 18 y 21m² se destinan a parques y jardines, y nunca menos del 10% de la superficie del sector. El 10% del sector seria 131.900 x 10% = 13.190 m² El Plan Parcial fija para dotaciones la cantidad de 45 m2 de suelo por cada 100 m2 techo residencial, luego cumple el Art. 17 que esta entre 30 y 55 m² Espacios libres – 20.769 m² Equipamientos - 18.933 m² 39.702 m² (30,10%)

92.330 m2T – 4.104 m2T comercial = 88.226 m2T residencial

88.226 m2T resid x 0.45 m2 s/100 m2T residencial = 39.701,70 m2s< 39.702 m2s Queda pues como suelo privado, una vez que se realicen las cesiones ya ejecutadas en la

urbanización, la cantidad de 55.697,28 M2S.

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Reserva de aparcamientos

APARCAMIENTOS

Nº PLAZAS EXIGIDAS

Nº TOTAL PLAZAS

(98% total). Plazas de Dimensiones

2,20 m x 4,50 m

**1 plaza de Minusválido cada 50 plazas. (2% total )

Plazas de Dimensiones 3,60 m x 5,00 m

PÚBLICOS

452 10 462 LOUA (Art. 17.1.a)- Entre 0,5 y 1 plaza de aparcamiento público por cada 100 m²t PRIVADOS

- - 924 LOUA (Art. 17.3)- 1 plaza de aparcamiento privado por cada 100 m²t

**Según Anexo I (Infraestructura, Urbanización y Mobiliario Urbano) de las NORMAS TÉCNICAS PARA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URB. Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA.

PÚBLICOS: 92.330,00 m² x 0,5 = 462 plazas 100 PRIVADOS:

92.330,00 m² x 1 = 924 plazas 100 Reserva de equipamiento comercial privado.

En cumplimiento del art. 5.4 del PGOU de Vícar, han de destinarse a uso comercial privado un mínimo de 2 m2T/vivienda, con independencia de las cesiones para equipamiento comercial público fijado anteriormente.

La reserva mínima que se dispone en el sector para el uso comercial privado es de

4.104,00 m²t y tal edificabilidad será consumida en locales comerciales, en las plantas bajas de las parcelas residenciales. (Parcela P15 – Residencial R7).

1.2.6. Características y trazado de las redes de servicio.

En los Planos de Proyecto figuran los distintos trazados para las redes de servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica y gas previstas en el Plan Parcial * Abastecimiento:

Para la red de abastecimiento de agua se ha dispuesto un ramal principal del que se abastecerán las distintas parcelas, disponiendo en anillo la distribución para mejorar el servicio en previsión de averías que precisen el corte temporal de suministro.

A pie de parcela se construirán las arquetas de acometida que el proyecto de urbanización

desarrolle en función de los consumos necesarios calculados, y las simultaneidades previstas, fijadas por la Normativa Municipal.

Se garantizará en todo caso la presión de suministro necesaria mediante la instalación de

grupos de presión en los casos que se precisan.

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* Saneamiento:

Se ha previsto una red de saneamiento que discurriendo por los viales principales, conecte con los ramales ortogonales al mismo y la disposición de pozos de registro con una distancia inferior a los 50 metros entre los mismos, y siempre uniendo tramos rectos, siendo punto de inicio de cualquier cambio de alineación del drenaje.

Esta red se conectará a la red municipal en el punto que se señala.

* Energía eléctrica: Se distribuirá a las distintas parcelas merced a una red principal dispuesta siguiendo la red viaria.

Se respetarán las dotaciones mínimas de energía previstas por la Compañía Suministradora y la tensión de suministro será transformada a 220/380 V. en la estación transformadora prevista en el Proyecto de Urbanización que desarrolle el Plan.

* Alumbrado Público: Para el alumbrado público se adoptará la solución de líneas subterráneas en toda la red, alojadas en tubo de PVC de 90x1,80 UNE 53112. Los báculos tendrán características precisas para garantizar los niveles de iluminación previstos de 10 lux en la red viaria y 5 lux en la peatonal. Irán previstos de pica, toma de tierra de 15 mm. de diámetro exterior y 2,20 m de longitud. Las luminarias de la red municipal serán cerradas para lámparas de descarga. 1.2.7. Evaluación económica de servicios y obras:

A continuación y en base al avance de presupuesto realizado se indica un cuadro resumen de costos de urbanización, distribuidos en los siguientes capítulos: 1.1.1.1.1 URBANIZACIÓN € % Movimiento de tierras 91.700,00 3,5 Red Viaria 786.000,00 30 Red de saneamiento 393.000,00 15 Red de abast., agua y riego 445.400,00 17 Red energía eléctrica 340.600,00 13 Red alumbrado público 235.800,00 9 Red de telefonía 131.000,00 5 Red de gas 157.200,00 6 Amueblamiento urbano y jardinería 39.300,00 1,5 ----------------------------------------------------------------------------------------------

2.620.000,00 100

El total del presupuesto de Ejecución Material para las obras de urbanización y servicios previstos en el Plan Parcial, asciende a la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL EUROS.

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1.2.8. Fases de Ejecución:

Debido a las características del solar, las obras de urbanización se realizarán en una sola fase, incluida en el primer cuatrienio; teniendo como objetivo prioritario la ejecución de las cesiones preceptivas.

Por tratarse de un Plan Parcial de Ordenación de iniciativa privada, el resto de

determinaciones se incluyen en cumplimiento del art. 82 a 94 LS.

Octubre de 2008 EL INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Antonio Lopez Navarro. Colegiado 9.441

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ANEXO 1 A LA MEMORIA A1.1 Síntesis de la Memoria

- El desarrollo del Planeamiento y la necesidad de disponer de suelo urbanizado que garantice la continuidad del hecho edificatorio, justifica plenamente la redacción de este Plan.

- El objetivo del mismo es, exclusivamente, el definir un viario que fije las alineaciones

por determinar, así como fijar la superficie, el uso y el contenido de aprovechamiento de todas y cada una de las parcelas grafiadas en el mismo.

A1. 2 Cuadros de características Plan Parcial

Uso: Residencial Tipología Característica: Residencial Superficie bruta: 131.900,00 M2S. Edificabilidad bruta: 0,70 M2T/M2S. Superf. neta lucrativa: 55.697,28 M2S. Cesiones para Espac. Libre: 20.769,00 M2S. Cesiones para Equip. Primario: 18.933,00 M2S. Cesiones para viario: 36.500,72 M2S. Aprovechamiento Unidad: 92.330,00 m2T. Aprovechamiento Patrimonializable: 80.327,10 UA. Aprovechamiento municipal: 9.233,00 UA. Aprovechamiento Propietarios s.g: 2.769,90 UA.

Parcela USO M2S % m2T % nºVivs Altura R 1 Rp 13.032,27 9,88 25.504,99 27,62 277 Pb+5+A R 2 Ru 761.78 0,58 840,00 0,91 7 Pb+2+C R 3 Ru 413,87 0,31 480,00 0,52 4 Pb+2+C R 4 Ru 2.210,20 1,68 2.160,00 2,34 18 Pb+2+C R 5 Ru 1.341,33 1,02 1.560,00 1,69 13 Pb+2+C R 6 Rp 4.288,23 3,25 4.288,23 4,65 48 Pb+5+A R 7 Rp 16.145,97 12,24 32.100,10 34,77 347 Pb+5+A R 8 Rp 1.869,75 1,42 1.844,00 2,00 20 Pb+5+A R 9 Rp 4.018,39 3,05 4.148,00 4,49 45 Pb+5+A R10 Rp 7.718,51 5,85 15.349,68 16,62 166 Pb+5+A R11 Rp 3.896,98 2,95 4.055,00 4,39 44 Pb+5+A TOTAL R 55.697,28 42,23 92.330,00 100,00 989 Viv. A: Ático. C: Castillete

M2S % UA %. Residencial 55.697,28 42,23 92.330,00 100,00 Equip. Prim. 18.933,00 14,35 --- --- Espac. Libre 20.769,00 15.75 --- --- Viario/Aparc. 36.500,72 27,67 --- --- TOTALES 131.900,00 100,00 92.330,00 100,00

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ANEXO 2 A LA MEMORIA A2.1 Justificación de la conveniencia de la Urbanización Existen variadas razones, como ya se ha expuesto con anterioridad que justifica la conveniencia de esta y otras realizaciones de urbanización. En primer lugar, el incremento en el valor de los terrenos habido en el escaso suelo urbano existente en la actualidad, hace aconsejable aumentar la oferta de suelo urbano con objeto de moderar a la baja el precio y contribuir con ello a paliar el efecto inflacionista. Por otra parte, la zona donde se actúa, carece de los servicios adecuados para la población creciente que se ha venido instalando en ella. A2.2 Relación de propietarios afectados Como ya se ha expuesto en los antecedentes de la Memoria, la totalidad de los terrenos pertenecen a: 1.- PROYECTOS DE INGENIERÍA INDALO S.L. C/ Galera, nº 3 04711 Almerimar, El Ejido (Almería) Superficie: 67.991,80 m² Participación: 52,03%

2.- UNIÓN PROMOTORA BARNES, S.L. Calle del Peral nº 2 Aguadulce 04730 Roquetas de Mar Superficie: 5.650 m² Participación: 4,32% 3.- Faustino Maldonado Ruiz y Dolores López López Avenida de Castilla nº 42 La Gangosa 04738 Vícar (Almería) Superficie: 13.445 m² Participación: 10,29 % 4.- Juan Manuel Hidalgo López y Clara Rodríguez Rodríguez. C/ Carril de las Cabañuelas, 302 04738 Vícar (Almería) Superficie: 7.357 m² Participación: 5,63% 5.- José Enrique López Fuentes C/ Río Júcar nº 5 04738 La Gangosa Vícar (Almería) Superficie: 7.863 m² Participación: 6,02 %

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6.- MERCANTIL DE NEGOCIOS LA MESETA S.L. C/Arévalo, 8 04760 Berja (Almería) Superficie: 8.162,65 m² Participación: 6,25 % 7.- Manuel Archilla Vargas y María Fernández Fernández Avenida de Guadalquivir número 60 La Gangosa 04738 Vícar (Almería) Superficie: 20.203 m² Participación: 15,46 %

CUADRO RESUMEN DE PROPIETARIOS AFECTADOS

PROPIETARIOS Nº finca registral

Polígono Parcela Sup.

Registral Sup. Totales

Participación %

PROYECTOS DE INGENIERIA INDALO S.L.

22170 11 223 5273,19

67991,80 52,03 %

2676 11 227 3220,00 10563 11 299 2215,00 2681 11 228 6440,00 2442 11 228 9014,00 20381 11 12 2128,78 2678 11 226 3220,00 10562 11 225 2215,00 10568 11 225 55,00 10561 11 301 4156,30 1499 11 221 12875,00 2677 11 224 5235,30 13498 11 304,00 13523 11 635,23 1498 11 220 11005,00

FAUSTINO MALDONADO RUIZ DOLORES LÓPEZ LÓPEZ 12843 11 232 13445,00 13445,00 10,29 %

MANUEL HIDALGO LÓPEZ CLARA RODRÍGUEZ

2635 11 233 917,00 7357,00 5,63 %

1524 11 233 6440,00 UNIÓN PROMOTORA BARNES 4745 11 218 5650,00 5650,00 4,32 %

JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ FUENTES 2423 11 230 7863,00 7863,00 6,02 %

MANUEL ARCHILLA VARGAS MARIA FERNANDEZ 2680 11 222 20203,00 20203,00 15,46 %

MERCANTIL DE NEGOCIOS LA MESETA S.L. 4583 11 219 8162,65 8162,65 6,25 %

TOTAL 130.672,45 100 % La descripción de las propiedades aportadas según títulos se aporta a efectos meramente

informativos. La regularización de la situación física real de las fincas aportadas se llevará cabo en el proyecto de reparcelación. A2.3 Modo de ejecución de las obras de urbanización Las obras de urbanización serán realizadas por la Junta de Compensación, que será el que sufrague, a su costa, los gastos originados por aquéllas.

Los terrenos de cesión obligatoria serán aportados libres de cargas y gravámenes por la Junta de Compensación.

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Las obras de urbanización se simultanearán con las de edificación residencial, no

pudiéndose entregar ninguna de ellas sin haberse concluido la urbanización. El sistema de actuación será el de Compensación, estando en la actualidad en fase de

tramitación por lo que una vez aprobado definitivamente el Plan Parcial, deberá redactarse el preceptivo Proyecto de Reparcelación.

A2.4 Compromisos entre el urbanizador y el Ayuntamiento

Los plazos de ejecución de las obras de urbanización serán los marcados en el Plan de Etapas.

No podrán entregarse las obras de edificación sin haber completado en cada fase las de urbanización correspondiente con la implantación de sus servicios urbanísticos.

Los plazos marcados en el Plan de Etapas podrán reducirse siempre que se cumplan las mencionadas en el párrafo anterior.

La conservación de la urbanización correrá a cargo de los promotores durante el período de construcción de la misma, entregándose posteriormente al Ayuntamiento para su posterior mantenimiento.

A2.5 Garantías

Se prestará por los promotores, aval bancario por importe del 7% del coste previsto: 7 % s/ 2.620.000 €. = 183.400 €.

A2.6 Medios económicos del promotor

El valor de los terrenos que ordenados permiten un valor en venta de los solares de unos Cinco millones cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y cuatro euros con setenta y seis céntimos, como se especifica en el estudio Económico y Financiero, permiten a los promotores acudir al crédito privado para la realización de la Ordenación Urbanística.

Con el presente documento queda suficientemente cumplimentado el artº 46 del Reglamento de

Planeamiento al tratarse de una actuación de iniciativa particular.

Octubre de 2008 EL INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Antonio Lopez Navarro. Colegiado 9.441

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2. PLANOS DE INFORMACIÓN.

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2. PLANOS DE INFORMACIÓN

01 SITUACIÓN. 02 ORDENACION. 03 ESTADO ACTUAL Y TOPOGRAFICO. 04 ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO. 05 CALIFICACION DEL SUELO: USOS Y TIPOLOGIAS. SUPERFICIES.

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3. PLANOS DE PROYECTO.

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3. PLANOS DE PROYECTO

06 VIARIO: COTAS Y RASANTES

07 RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA 08 RED DE RIEGO E HIDRANTES 09 RED DE SANEAMIENTO AGUAS FECALES 10 RED DE SANEAMIENTO AGUAS PLUVIALES 11 RED DE MEDIA TENSIÓN 12 RED DE BAJA TENSIÓN 13 RED DE ALUMBRADO PÚBLICO

14 RED DE TELEFONIA

15 TRATAMIENTO DE LOS ESPACIOS LIBRES, CIRCULACIÓN VIALES

16.1 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.2 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.3 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.4 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.5 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.6 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.7 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.8 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES 16.9 VIARIO. PERFILES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES

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4. ORDENANZAS REGULADORAS

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ORDENANZAS REGULADORAS 4.1. GENERALIDADES 4.1.1. Ambito de aplicación Art.1. Las presentes Ordenanzas son de aplicación a la totalidad de los terrenos incluidos en el

Plan Parcial del Sector 5 del P.G.O.U. del T.M. de Vicar (Almería). Todas las actividades que se realicen en orden al desarrollo práctico del Plan quedarán ajustadas a lo dispuesto en ellas.

4.1.2. Objeto Art.2. El objeto de las presentes Ordenanzas es determinar el Régimen Urbanístico del suelo,

fijando la Normativa aplicable a la edificación en general y a cada zona en particular mediante los parámetros que habrán de regular las alineaciones, alturas edificables, superficies edificables, aprovechamiento de parcelas, suelos, retranqueos y todas aquellas circunstancias que contribuyan a la definición de las edificaciones y servicios.

4.1.3. Competencia Art.3 Es competencia del Ayuntamiento de Vicar el desempeño de las funciones que, reguladas

en las leyes, permitan otorgar licencias de construcción quedando de su responsabilidad el control de los proyectos, inspecciones, aplicación de sanciones a los infractores y en general todos los actos que contempla la vigente Ley 7/2.002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

4.1.4. Terminología de conceptos Art.4. Los códigos de los sistemas que definen su uso son los siguientes:

a) Elementos de la Red Viaria VA Viario y Aparcamientos

b) Elementos del Sistema Espacios Libres o Zonas Verdes EL Espacios libres. c) Equipamiento Primario EP Equipamiento primario

d) Divisiones del Suelo R Residencial: RP Residencial Plurifamiliar RU Residencial Unifamiliar

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4.1.5. Interpretación

Art.5. La interpretación de las presentes normas corresponde al Ayuntamiento de Vicar en el ejercicio de sus competencias urbanísticas, sin perjuicio de las facultades legales inherentes a la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en Almería, así como de las funciones jurisdiccionales del Poder Judicial.

4.2. REGIMEN URBANISTICO DEL SUELO 4.2.1. Clasificación del Suelo Art.6. El conjunto de los terrenos incluidos en el presente Plan Parcial de Ordenación están

clasificados como suelo urbanizable por el P.G.O.U., por lo tanto, mediante la gestión y ejecución de las obras de urbanización, alcanzarán la categoría de suelo urbano, y, por lo tanto, edificables, con las restricciones impuestas por esta Normativa.

4.2.2. Aprovechamiento Art.7. El aprovechamiento aplicado al conjunto de los terrenos sobre los que se aplica este Plan

Parcial es de 92.330,00 M2T.

Al final del articulado se incluye un cuadro de superficies de todas y cada una de las parcelas con la expresión de la edificación permitida en ellas.

4.2.3. Zonificación y Usos del Suelo Art.8. La zonificación establecida es la siguiente: R Residencial: RP Residencial Plurifamiliar RU Residencial Unifamiliar

E Equipamiento: EP Equipamiento Primario

EL Espacios Libres

VA Viario y Aparcamientos

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4.2.4. Compatibilidad de usos Según el Art. 5.5.-NORMAS URBANÍSTICAS del PGOU de Vícar, los Planes Parciales establecen su propia normativa, tomando como base la regulación del suelo urbano. Según la regulación del Suelo Urbano, se permiten todos los usos compatibles con el uso residencial. Se excluyen los usos industriales, sí como los clasificados como molestos, insalubres, nocivos o peligrosos, incompatibles con el uso residencial por no cumplir las condiciones ambientales y de seguridad del PGOU.

4.2.6. Proyectos de Urbanización

Art.11. 1. Los proyectos de urbanización tienen por objeto la definición técnica precisa para la realización de las obras de acondicionamiento urbanístico del suelo, en ejecución de lo determinado por este Plan Parcial o los Estudios de Detalle que lo complementen.

2. Los proyectos de urbanización deberán resolver el enlace entre los servicios

urbanísticos del terreno que comprendan con los generales del municipio para lo cual verificarán que estos tienen suficiente capacidad o dotación.

3. En su redacción se tendrán cuenta el Decreto 72/92 de la Junta de Andalucía

sobre supresión de barreras urbanísticas. 4.2.7. Proyectos de Edificación

Art.12. A los efectos de su definición en proyectos las obras de edificación se integran en los grupos siguientes:

a) Obras en los edificios. Son aquellas que se efectúan en el interior del edificio o en

sus fachadas sin alterar el volumen de la edificación. Podrán ser de restauración, conservación, consolidación, acondicionamiento o reestructuración.

b) Obras de demolición. Podrán ser de demolición total o parcial según supongan o

no, la total desaparición de lo edificado. c) Obras de nueva edificación. Comprenden los siguientes tipos:

- De nueva planta sobre solares vacantes - De ampliación incrementando el volumen construido

- De sustitución - De reconstrucción

Los proyectos de obras de edificación comprenderán Memoria descriptiva y justificativa, Planos, Pliego de Condiciones y Presupuesto y se redactarán con las características y detalle que requiera la debida definición de las obras comprendidas. Deberán satisfacer lo que dispongan los reglamentos técnicos que les sean de aplicación.

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4.3. NORMAS DE EDIFICACION 4.3.1. Condiciones generales de la edificación Art.14. Son edificables las parcelas que cumplan las condiciones de solar y además

satisfagan las condiciones que determinan las normas particulares de la zona a la que pertenezcan, en cuanto a los siguientes aspectos:

a) Condiciones de parcela. b) Condiciones de aprovechamiento. c) Condiciones higiénico-sanitarias. d) Condiciones de seguridad. e) Condiciones estéticas.

4.3.1.1. Condiciones de parcela Art.15. 1. Se entiende por parcela la superficie de terreno que constituye una unidad

registrable independiente. 2. La edificación estará indisolublemente vinculada a la parcela sobre la que se

construye.

3. Toda segregación de fincas llevará aparejada la parte de edificabilidad que le corresponda de acuerdo con el planeamiento.

4. Los retranqueos a linderos serán los especificados en las condiciones particulares

de cada zona. 5. La posición de la edificación respecto a la alineación de calle podrá ser en línea

cuando el cerramiento coincida con la alineación o retranqueada cuando la línea de edificación sea interior a la alineación.

6. El coeficiente de ocupación, entendiendo como tal la relación entre la superficie

ocupable por la edificación y la superficie de la parcela edificable será el determinado en cada zona en particular.

Dicho coeficiente se establece como ocupación máxima en la parcela.

4.3.1.2. Condiciones de aprovechamiento

Art.16. 1. Las condiciones de aprovechamiento son aquellas que definen las dimensiones de la

edificación que puede construirse en una parcela y como consecuencia establecen la extensión del derecho de propiedad.

2. La superficie edificada por planta, es la comprendida entre los límites exteriores de

cada una de las plantas de la edificación. No computará edificabilidad los soportales abiertos en planta baja.

3. El cómputo del aprovechamiento se determinará conforme dictamine el P.G.O.U.,

afectándose cada superficie por el coeficiente de uso que le corresponda. 4. El aprovechamiento neto de cada parcela será el indicado para cada zona en las

condiciones particulares. 5. Asimismo, la altura máxima permitida será la indicada para cada zona en las

condiciones particulares.

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4.3.1.3. Condiciones higiénico-sanitarias Art.17. 1. Las condiciones mínimas higiénico-sanitarias de la edificación para todo el ámbito de

aplicación del Plan Parcial y las que son vigentes para el Ayuntamiento de Vicar.

2. En viviendas unifamiliares se permitirán patios de dimensiones inferiores a las determinadas en el Planeamiento General, siempre que la ventilación de las piezas que den a ellos, no necesiten de dichos patios para que cumplan con la Normativa de ventilación.

4.3.1.4 Condiciones Acústicas Art.18. Para las nuevas construcciones próximas a las carreteras existentes o previstas

(Parcelas P2, P19, P18), será necesario que con carácter previo al otorgamiento de licencias de edificación, se lleven a cabo los Estudios correspondientes de determinación de los niveles sonoros esperables así como la obligatoriedad de establecer limitaciones a la edificabilidad o de disponer los medios de protección acústicos imprescindibles en caso de superarse los umbrales recomendados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre de Ruido (BOE 18/11/03) y en su caso, en la normativa autonómica.

4.3.1.4. Condiciones de seguridad

Art.19. Serán de aplicación las normas oficiales de Seguridad e Incendios en todas las

edificaciones que desarrollen el presente Plan Parcial de Ordenación.

4.3.1.5. Condiciones estéticas

Art.20. 1. El Ayuntamiento, facultado por la Ley y en defensa de la imagen urbana podrá rechazar los

proyectos que se sometan a su aprobación cuando la actuación que se pretenda resulte antiestética, inconveniente o lesiva para la imagen urbana.

2. El acuerdo municipal de denegación de licencia deberá motivarse y en el mismo se

establecerán las modificaciones pertinentes para poder otorgarse la licencia solicitada. 3. En el ámbito del Sector se prohíbe toda publicidad que sea visible desde la zona de dominio

público de la autovia A-7, permitiéndose únicamente los carteles informativos, rótulos y anuncios, indicados en los artículos 89 y 90 del vigente Reglamento General de Carreteras 1812/1994.

4.3.2. Condiciones particulares de los distintos usos

Art.21. 1. Los espacios edificables podrán ser destinados a los siguientes usos:

- Residencial - Equipamiento primario.

- Equipamiento Secundario (Local Comercial), en planta baja.

2. Los espacios no edificables se utilizarán para el uso siguiente: - Dotación para el transporte y comunicaciones. - Dotación para parques y jardines públicos.

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4.3.2.1. Uso Residencial Art.22. 1. Entendiendo por uso residencial el que sirve para proporcionar vivienda a las personas,

se distingue la siguiente clase:

a) Vivienda plurifamiliar. b) Vivienda unifamiliar

2. Dicha clase de vivienda se regirán por las condiciones generales del artículo 4.2 y 4.4, así como las condiciones particulares que habrán de cumplir son las vigentes para el Ayuntamiento de Vicar.

3. Según Art. 17.3 se asigna una plaza de aparcamiento por cada 100 M2 de techo

edificable.

4.3.2.2. Uso de Equipamiento Primario Art.23. Se permitirá la compatibilidad de uso en las parcelas P8, P9 y P10, según disposiciones

establecidas en dicho planeamiento general. Art.24. Entendiendo como Equipamiento primario a todos aquellos centros dedicados al servicio

de toda la población del municipio destinado a uso: 1. -Centro cultural y docente Dichos centros son destinados a uso: 1.1. -Educación infantil 1.2. -Educación primaria y secundaria Se fijan estándares mínimos paras las propuestas de estos equipamientos, según

Reglamento de Planeamiento y LOUA, justificados en el apartado 1.2.5 2. -Sistemas de interés público y social (SIPS) Dichos centros son destinados a uso: 2.1. -SIPS Deportivo

1. Las canchas deportivas descubiertas ocuparán como máximo el 70% de la superficie total.

2. Se permite el uso de vivienda de vigilante. 2.2. -SIPS Comercial Este uso se establecerá en la parcela destinada a tal efecto.

2.3. -SIPS Social 1. Entendiendo por este uso el servicio que se presta a las personas en orden al

bienestar público y social tales como sanitario, asistencial, religioso y administrativo.

2. Este uso se establecerá en la parcela destinada a este efecto.

3. La altura mínima de estos locales no podrá ser inferior a 2,80 metros medidos como la distancia libre entre el suelo y el techo.

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4.3.2.3. Uso de Equipamiento Secundario Art.25. Entendiendo por uso de Equipamiento Secundario cualquiera de los así considerados

por el, como usos comerciales y terciarios.

4.3.2.4. Dotacional para el transporte y comunicaciones.

Art.26. 1. Se entienden comprendidos en este uso los espacios sobre los que se desarrollan los desplazamientos de vehículos de transporte, los destinados al estacionamiento de los mismos, así como los de las personas a pie.

2. La anchura pavimentada de aceras será de ciento cincuenta (150) centímetros como mínimo.

3. La anchura del viario no será, en ningún caso inferior a seis (6) metros medidos entre alineaciones opuestas.

4. Deberán tenerse en cuenta las determinaciones del decreto 72/92 de la Junta de

Andalucía sobre supresión de barreras urbanísticas a la hora de redactar el Proyecto de Urbanización.

4.3.2.5. Dotacional para parques y jardines públicos. Art.27. 1. Comprende todos los terrenos destinados a plantaciones de jardinería y arbolado

cuyo objeto es mejorar las condiciones ambientales del espacio urbano y permitir el desarrollo de los juegos infantiles y el reposo y esparcimiento de todos los ciudadanos.

2. No podrá disponerse edificación en ellos y su arbolado deberá ordenarse

preferentemente en hileras.

3. Contarán con los elementos propios para el desarrollo de los juegos infantiles en áreas acotadas para ello.

4.3.3. Condiciones particulares de cada zona Art.28. Son las condiciones que junto con las generales ya establecidas deberán cumplir los

edificios en función de la zona sobre la que se pretenden construir. RESIDENCIAL R PLURIFAMILIAR RP UNIFAMILIAR RU ESPACIOS LIBRES EL EQUIPAMIENTO PRIMARIO EP VIARIO Y APARCAMIENTOS VA

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4.3.3.1. Condiciones particulares de la zona R/ RESIDENCIAL.

Parcela Tipología M2T % R 1 Rp 25.504,99 27,62 R 2 Ru 840,00 0,91 R 3 Ru 480,00 0,52 R 4 Ru 2.160,00 2,34 R 5 Ru 1.560,00 1,69 R 6 Rp 4.288,23 4,65 R 7 Rp 32.100,10 34,77 R 8 Rp 1.844,00 2,00 R 9 Rp 4.148,00 4,49 R10 Rp 15.349,68 16,62 R11 Rp 4.055,00 4,39

TOTAL 92.330,00 100,00

1. USO DOMINANTE:

Residencial plurifamiliar. 4.3.3.1.1. RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR.

1.DEFINICIÓN:

Edificación residencial, Plurifamiliar o colectiva, sobre parcela integrada en una manzana cerrada con uno o varios lados medianeros con otras parcelas o edificaciones 2.ÁMBITO DE APLICACIÓN: Esta tipología se extiende a todas aquellas manzanas gráficamente expresadas en lo establecido en el Plan Parcial.

3.ALTURAS: La altura máxima, Planta baja, 5 plantas y Ático. (PB + 5 + A) El ático que se permite sobre la planta 5ª estará retranqueada de los paramentos de los cerramientos exteriores de fachada, a igual distancia que la altura que tenga el mismo (45º) 4. PARCELACIÓN: Se fija parcela mínima de 100 m².

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5. OCUPACIÓN:

a) Con carácter general la planta baja en esta tipología podrá alcanzar un grado de ocupación del 100% de la superficie de la parcela.

b) El resto de plantas podrá tener un grado de ocupación del 100% de la superficie

de la parcela.

c) Los sótanos no se consideran a efectos de ocupación, por lo que pueden extenderse al 100% de la parcela.

6. ALINEACIONES: Se podrá alinear a fachada y también se permiten retranqueos sobre las alineaciones del Plan Parcial. 7. VUELOS Y SALIENTES Los vuelos cerrados y miradores computan a efectos de edificabilidad y los abiertos se consideran como balcones o terrazas. Los aleros de cubiertas inclinadas se equiparan a los vuelos abiertos. Se permiten vuelos cerrados, balcones y miradores con las siguientes limitaciones. - Vuelo máximo: Calles de nacho menor de 6m.: No se permiten vuelos cerrados. En balcones y miradores 0,30 m. Calles de ancho menor de 8m.:0,50 m. Calles de ancho menor de 12m.:0,75m. Calles de ancho igual o mayor de 12m.:1,00m. Longitud máxima: 50% del ancho del tramo de fachada, en cada planta. Los salientes máximos y cornisas no superarán 40cm. y los aleros se asimilaran al vuelo máximo anterior. La distancia mínima entre vuelos o salientes enfrentados en vía pública, será de 3 metros. En edificación abierta o aislada, siempre que su proyección recaiga dentro de la parcela, los vuelos y salientes son libres, subordinados a las demás condiciones estéticas. No podrán existir vuelos ni salientes de fachada, a menos de 3,50m. de altura, desde la rasante de acera o del terreno (según sistema de ordenación) que tengan más de 5cms. (zócalos, remates….). Los cuerpos volados quedarán separados de las fincas contiguas una distancia equivalente a la del vuelo, con un mínimo de 1,00. Asimismo, ningún elemento a menos de 6m. de altura estará a memos de 20cms. de la vertical del bordillo de acera, debiendo dejar siempre libre le giro de vehículos en esquinas de calles estrechas. En edificaciones abiertas o retranqueadas, el vuelo será libre, con un máximo de 1,20m.

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8. RETRANQUEOS: Para nuevas medianeras que se puedan formar en el proyecto de reparcelación o las provocadas al crear nuevas parcelas se establece como norma general una distancia de la fachada a la medianera de 0,30 de la altura de la edificación, con un mínimo de 3m. En proyectos conjuntos de dos fincas medianeras dentro de la misma parcela esta limitación puede desaparecer si se adosan a la medianeria las dos edificaciones resultantes. En medianerias existentes en el perímetro del sector, existe la posibilidad de adosar la edificación a la misma o respetar el anterior citado retranqueo. 9. APARCAMIENTOS: Según la LOUA (Art. 17.3)- 1 plaza de aparcamiento privado por cada 100 m²t

10. CONDICIONES DE USO

Según el Art. 5.5.-NORMAS URBANÍSTICAS del PGOU de Vícar, los Planes Parciales establecen su propia normativa, tomando como base la regulación del suelo urbano. Según la regulación del Suelo Urbano, se permiten todos los usos compatibles con el uso residencial. Se excluyen los usos industriales, sí como los clasificados como molestos, insalubres, nocivos o peligrosos, incompatibles con el uso residencial por no cumplir las condiciones ambientales y de seguridad del PGOU.

11. LOCALIZACION

PARCELA: Rp 1 ................................................................... 13.032,27 M2S. Rp 6 ..................................................................... 4.288,23 M2S. Rp 7 ................................................................... 16.145,97 M2S. Rp 8 ..................................................................... 1.869,75 M2S. Rp 9 ..................................................................... 4.018,39 M2S. Rp 10 ..................................................................... 7.718,51 M2S. Rp 11 ..................................................................... 3.896,98 M2S.

TOTAL ........................ 50.970,10 M2S 12. APROVECHAMIENTO:

PARCELA: Rp 1 ................................................................... 25.504,99 M2T. Rp 6 ..................................................................... 4.288,23 M2T. Rp 7 ................................................................... 32.100,10 M2T. Rp 8 ..................................................................... 1.844,00 M2T. Rp 9 ..................................................................... 4.148,00 M2T. Rp 10 ................................................................... 15.349,68 M2T. Rp 11 ..................................................................... 4.055,00 M2T.

TOTAL ........................ 87.290,00 M2T

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RESIDENCIAL UNIFAMILIAR (ADOSADA) 1. PARCELACIÓN: Edificación residencial unifamiliar, sobre parcela integrada en una manzana cerrada con uno o varios lados medianeros con otras parcelas o edificaciones

2. ALINEACIONES: Se podrá alinear a fachada y también se permiten retranqueos sobre las alineaciones del Plan Parcial.

3. PARCELA MINIMA: La parcela mínima se fija en 100m²

4. RETRANQUEOS En las nuevas medianeras que se formen se podrá adosar la edificación a estas, pudiéndose también retranquear sobre la edificación el límite de la finca con un mínimo de 3m.

En medianerias existentes en el perímetro del sector, existe la posibilidad de adosar la

edificación a la misma o respetar el anterior citado retranqueo.

5. ALTURA:

Altura máxima: planta baja, 2 plantas y casetón de cubierta. (PB + 2 + CAS)

6. VUELOS Y SALIENTES Los vuelos cerrados y miradores computan a efectos de edificabilidad y los abiertos se consideran como balcones o terrazas. Los aleros de cubiertas inclinadas se equiparan a los vuelos abiertos. Se permiten vuelos cerrados, balcones y miradores con las siguientes limitaciones. - Vuelo máximo: Calles de nacho menor de 6m.: No se permiten vuelos cerrados. En balcones y miradores 0,30 m. Calles de ancho menor de 8m.:0,50 m. Calles de ancho menor de 12m.:0,75m. Calles de ancho igual o mayor de 12m.:1,00m. Longitud máxima: 50% del ancho del tramo de fachada, en cada planta. Los salientes máximos y cornisas no superarán 40cm. y los aleros se asimilaran al vuelo máximo anterior. La distancia mínima entre vuelos o salientes enfrentados en vía pública, será de 3 metros.

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En edificación abierta o aislada, siempre que su proyección recaiga dentro de la parcela, los vuelos y salientes son libres, subordinados a las demás condiciones estéticas. No podrán existir vuelos ni salientes de fachada, a menos de 3,50m. de altura, desde la rasante de acera o del terreno (según sistema de ordenación) que tengan más de 5cms. (zócalos, remates….) Los cuerpos volados quedarán separados de las fincas contiguas una distancia equivalente a la del vuelo, con un mínimo de 1,00. Asimismo, ningún elemento a menos de 6m. de altura estará a memos de 20cms. de la vertical del bordillo de acera, debiendo dejar siempre libre le giro de vehículos en esquinas de calles estrechas. En edificaciones abiertas o retranqueadas, el vuelo será libre, con un máximo de 1,20m.

7. OCUPACIÓN:

Con carácter general se establece un grado de ocupación del 100%.

8. CONDICIONES DE USO: Según el Art. 5.5.-NORMAS URBANÍSTICAS del PGOU de Vícar, los Planes Parciales establecen su propia normativa, tomando como base la regulación del suelo urbano. Según la regulación del Suelo Urbano, se permiten todos los usos compatibles con el uso residencial. Se excluyen los usos industriales, sí como los clasificados como molestos, insalubres, nocivos o peligrosos, incompatibles con el uso residencial por no cumplir las condiciones ambientales y de seguridad del PGOU. APARCAMIENTOS: Según la LOUA (Art. 17.3)- 1 plaza de aparcamiento privado por cada 100 m²t. 9. LOCALIZACION

PARCELA: Ru 2 ........................................................................ 761,78 M2S. Ru 3 ........................................................................ 413,87 M2S. Ru 4 ..................................................................... 2.210,20 M2S. Ru 5 ..................................................................... 1.341,33 M2S.

TOTAL .................... ……4.727,18 M2S

10. APROVECHAMIENTO:

PARCELA: Ru 2 ........................................................................ 840,00 M2S. Ru 3 ........................................................................ 480,00 M2S. Ru 4 ..................................................................... 2.160,00 M2S. Ru 5 ..................................................................... 1.560,00 M2S.

TOTAL ........................... 5.040,00 M2T

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4.3.3.2. CONDICIONES PARTICULARES DE LA ZONA EP/EQUIPAMIENTO PRIMARIO. Art. 29. 1. USO DOMINANTE: Equipamiento.

2. USOS COMPATIBLES: Equipamiento primario compatibles entre si.

3. LOCALIZACIÓN: PARCELA 8- EQUIPAMIENTO DEPORTIVO (Compatible con SIPS .Comercial y Social)………………..…6.955,00 M2S PARCELA 9 – EDUCACIÓN INFANTIL ………………………………........1.978,00 M2S PARCELA 10 – EDUCACIÓN PRIMARIA…………………………………. 10.000,00 M2S

TOTAL EQ …………….........18.933,00 M2S En la parcela 8 se ubicará la edificación necesaria para cubrir las superficies de techo requeridas: SIPS. COMERCIAL………………………………..1.978,00 M2T SIPS. SOCIAL………………………………………3.956,00 M2T 5.934,00 M2T

4. APROVECHAMIENTO: Al ser una parcela de uso público carece de aprovechamiento lucrativo.

5. PARCELACIÓN:

La parcela mínima objeto de un proyecto será la que estime el Ayuntamiento, según el uso al que la destine.

6. APARCAMIENTOS:

Según la LOUA (Art. 17.3)- 1 plaza de aparcamiento privado por cada 100 m²t.

7. OCUPACIÓN: El SISP deportivo se ubicara en planta baja, dejando las plantas superiores para la

ubicación del SIPS comercial y social.

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4.3.3.3. CONDICIONES PARTICULARES DE LA ZONA EL/ESPACIOS LIBRES. Art. 30. 1. USO DOMINANTE:

Parques y jardines.

2. USOS COMPATIBLES:

Auxiliares de este tipo de zonas, como pueden ser pequeños kioscos (bebidas, prensa) en zonas estratégicamente situadas y que no entorpezcan ni restrinjan el uso principal.

3. LOCALIZACIÓN:

ESPACIOS LIBRES PARCELA 1 (JARDINES)……….....……. 2.690,53 M2S PARCELA 3 (JUEGOS INFANTILES)….. 1.581,05 M2S

PARCELA 7 (JARDINES)……………….. 2.853,84 M2S (JUEGOS INFANTILES)…2.043,10 M2S PARCELA 11 (JARDINES)……………….. 6.282,11 M2S (JUEGOS INFANTILES)…2.309,85 M2S PARCELA 14 (JARDINES)……………….. 3.008,52 M2S TOTAL ELP ………... 20.769,00 M2S

4. APROVECHAMIENTO: Carece de Aprovechamiento. Exclusivamente se podrá autorizar kioscos y

similares a criterio del Ayuntamiento. 4.3.3.4. CONDICIONES PARTICULARES DE LA ZONA VA/ VIARIO PÚBLICO

APARCAMIENTOS.

Art. 31. Como ya se ha expuesto en otra parte del documento se ha tratado de terminar de configurar el viario existente grafiando la alineación que realmente le hace falta para su desarrollo.

La superficie de esta área es de 36.500,72 M2S y representa aproximadamente el

27,67 % de la superficie ordenada. Es decir, que entre el viario y las áreas libres se ocupa el 43,42% de la totalidad del suelo estudiado, que unido al 14,35% ocupado por el Equipamiento, nos da un total del 57,77% del suelo ordenado dedicado al uso público.

Según el Art. 17.1.a de la LOUA, se dispondrá entre el 0,50 y 1 plaza de aparcamiento cada 100 M2 de techo edificable. 92.330,00 m² x 0,5 = 462 plazas

100 Se han colocado 480 plazas de aparcamiento en total. Plazas para minusvalidos 1/50 plazas = 10 plazas.

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4.3.4. Cuadro de superficies

A continuación se expone pormenorizadamente las superficies de suelo y aprovechamiento lucrativo por parcelas y tipologías lucrativas:

Parcela TIPOLOGIA M2S M2T % R 1 Rp 13032,27 25.504,99 27,62 R 2 Ru 761,78 840,00 0,91 R 3 Ru 413,87 480,00 0,52 R 4 Ru 2210,20 2.160,00 2,34 R 5 Ru 1341,33 1.560,00 1,69 R 6 Rp 4288,23 4.288,23 4,65 R 7 Rp 16145,97 32.100,10 34,77 R 8 Rp 1869,75 1844,00 2,00 R 9 Rp 4018,39 4.148,00 4,49 R10 Rp 7718,51 15.349,68 16,62 R11 Rp 3896,98 4.055,00 4,39

TOTAL 55.697,28 92.330,00 100,00

Octubre de 2008 EL INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Antonio López Navarro. Colegiado 9.441

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5. ANEXO (DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO DE LA RAMBLA “EL PASTOR” A SU PASO POR EL SECTOR – 5 DE VICAR, T.M. VICAR - ALMERIA)

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1.- MEMORIA 1.- ANTECEDENTES. En el Término Municipal de Vicar (Almería), con motivo de la realización del Plan

Parcial del Sector 5 de Vicar, se va realizar el estudio de las características hidrológicas e hidráulicas de la Rambla el Pastor que discurre de Norte a Sur paralela al Sector-5. Se comprobará la zona que inunda la máxima crecida ordinaria y delimitaremos el dominio público hidráulico de la Rambla a su paso por el Sector en estudio, indicando las márgenes del cauce, así como la zona de servidumbre de paso (5,00 metros), la zona de policía (100,00 metros), y los perfiles transversales donde se detallan ambas márgenes del cauce.

Los datos de cuenca se han recogido del Estudio Hidrológico e Hidráulico realizado por la Agencia Andaluza del Agua, para la Restauración Ambiental, defensa contra avenidas y adecuación para uso público de la Rambla Pastor T.M. de Vicar

  2.- METODOLOGÍA. Para la Determinación del cauce se empleara la siguiente metodología:

- Se define “Máxima Crecida Ordinaria” como la media de los máximos caudales

en su régimen natural, producidos durante 10 años consecutivos, que sean

representativos del comportamiento hidráulico de la corriente. Al no poseer

datos de aforo de la rambla el pastor se va a considerar como caudal para la

Máxima Crecida Ordinaria el caudal para un periodo de retorno de 10 años

Q10. Para el cálculo del mismo se empleará el Método hidrometeorológico.

(Instrucción 5.2.-I.C.)

- Obtenido Q10 se determina el Cauce de la Rambla, que se define como el

terreno cubierto por las aguas en la máxima avenida ordinaria.

A partir de los cauces de la Rambla y la delimitación de sus márgenes, se establece la

ordenación de las zonas de servidumbre y policía en zonas inundables, siempre que no sean menos restrictivas que las establecidas anteriormente.

 Zona de servidumbre: La zona de terreno situada a lo largo de cada lado del cauce cuya anchura es de 5 metros, salvo en las situaciones previstas legalmente. Zona de policía: La zona de terreno situada a lo largo de cada lado del cauce cuya anchura es de 100 metros, salvo en las situaciones previstas legalmente.

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2.- MÁXIMAS PRECIPITACIONES EN 24 HORAS

1.- INTRODUCCIÓN. Para la obtención de la máxima precipitación diaria se realiza mediante el método

utilizado por Ministerio de Fomento para determinar la máxima lluvia diaria. 2.- “MÁXIMAS LLUVIAS DIARIAS EN LA ESPAÑA PENINSULAR” DEL MINISTERIO

DE FOMENTO. Se determinará también el valor de la precipitación máxima en 24 horas de acuerdo

con lo indicado en la publicación del Ministerio de Fomento “Máximas lluvias diarias en la España Peninsular”.

Para la obtención de los cuantiles para un determinado punto, en concreto para la zona

de estudio, Gador, se determinan los siguientes valores de las tablas y gráficos del documento anteriormente citado.

- El valor medio P de la máxima precipitación diaria anual será de 40

mm/día.

- En esta misma zona se determina el coeficiente de variación Cv siendo

igual 0,50.

- Se determinan los cuantiles regionales (Yt) para los distintos Periodos de

Retorno.

Coef. Variación Cv = 0,50

Periodos de Retorno Cuantil Regional (Yt)

10 1,610

25 2,052

50 2,403

100 2,785

500 3,738

De este modo se obtiene el cuantil local Xt, como producto del cuantil regional Yt y el

valor medio P. Xt = Yt · P

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Media precipitación máxima diaria P = 40 mm/día

Periodos de Retorno (años)

Cuantil Regional (Yt) Cuantil Local Xt (mm/día)

10 1,610 64,40

25 2,052 82,08

50 2,403 96,12

100 2,785 111,40

500 3,738 149,52

De esta forma se han obtenido los valores de las precipitaciones máximas para 24

horas correspondientes a los Periodos de retorno de 10, 25, 50, 100 y 500 años. 3.- RESULTADOS. A la vista de los resultados obtenidos, y en nuestro caso consideramos el periodo de

retorno de 10 años, siendo de este modo:

PRECIPITACIÓN MÁXIMA EN 24 HORAS = 64,40 mm/día

3.- CÁLCULO DE CAUDALES

1.- INTRODUCCIÓN. Para el cálculo de caudal de diseño se utilizará el Método Hidrometeorológico que se

recoge en la Instrucción 5.2-IC, “Drenaje Superficial de la Dirección General de Carreteras del M.O.P.T.M.A.”

Este método se basa en el Método Racional que se empezó a utilizar en el siglo XIX y

que posteriormente se ha desarrollado y extendido debido a la sencillez de su utilización (Pilqrim 1.986; Linsley 1.986; Ven Te Chow 1.994).

El método es apropiado para cuencas pequeñas y se basa en la aplicación de una

intensidad media de precipitación a la superficie de la cuenca, a través de una estimación de su escorrentía.

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2.- DATOS DE LA CUENCA. Los datos fundamentales de la cuenca que interviene en el cálculo son: Datos aguas arribas del punto de estudio de la Rambla:

A: Área de hectáreas.................... 461,10 Has. J: Pendiente media (m/m)............ 0,071 m/m L: Longitud en Km........................... 5.837 m.

Cuenca en Estudio

Sector 5

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3.- FÓRMULA DE CÁLCULO. El caudal de diseño en el punto en el que se desagua una cuenca o superficie se

obtendrá mediante la fórmula:

Q = C · A · I / K Siendo:

C: coeficiente medio de escorrentía de la cuenca drenada. A: su área en hectáreas. I: Intensidad media de precipitación correspondiente al periodo de retorno

considerado y a un intervalo igual al tiempo de concentración. K: coeficiente = 300 expresando A en Has y Q en m3/seg.

4.- INTENSIDAD MEDIA DE PRECIPITACIÓN. La Intensidad Media It (mm/h) a emplear en la estimación de caudales se obtendrá

mediante la siguiente fórmula: X = ((28 0,1) – t 0,1)/((28 0,1) – 1) (It / Id) = (I1 / Id)X Siendo:

Id (mm/h): Intensidad media diaria de precipitación correspondiente al periodo de retorno considerado. Es igual a Pd/24 o Xt/24 utilizando la simbología del anejo de Hidrología.

Pd (mm): Precipitación total diaria correspondiente al periodo de retorno considerado (Xt).

I1 (mm/h): Intensidad horaria de precipitación correspondiente al periodo de

retorno. El valor I1 / Id se obtendrá del mapa de isolíneas I1 / Id. t (h): Duración del intervalo al que se refiere It y que será igual al tiempo

de concentración.

5.- TIEMPO DE CONCENTRACIÓN.

El tiempo de concentración para la cuenca dada se obtendrá por la fórmula: t = 0,3 · (L/J 0,25) 0,76 siendo:

t: Tiempo de concentración en horas. L: Longitud del cauce principal en Km. J: Pendiente media m/m.

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6.- ESCORRENTÍA. El coeficiente de escorrentía define la proporción de la componente superficial de la

precipitación y depende de la razón entre la precipitación diaria correspondiente a un periodo de retorno y el umbral de escorrentía Po, a partir del cual se inicia esta.

El valor del umbral de escorrentía Po se ha obtenido de la tabla 2.1. de la Instrucción

5.2-IC, adoptándose el valor de Po = 11,37 mm. De esta forma el valor de C del coeficiente de escorrentía se obtiene con la fórmula.

C = [(Pd/Po) – 1] · [(Pd/PO) + 23] / [(Pd/Po) + 11] 2 7.- RESULTADOS. El resultado del cálculo de caudales obtenido mediante ordenador, aplicando los

criterios expuestos anteriormente, se adjunta a continuación en una tabla. Se dan por tanto, de este modo, los valores obtenidos para el método de la Instrucción

5.2-IC “Drenaje Superficial” del Ministerio de Obras Públicas. 7.1.- Instrucción 5.2-IC “Drenaje Superficial” Ministerio de Obras Públicas. Según dicha Instrucción y con los datos obtenidos anteriormente, el valor del caudal a

evacuar en la Rambla es el siguiente:

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CÁLCULO DE LA INTENSIDAD (It)

L (Km) J (m/m) Tc (horas)5,84 0,071 1,90

Tc X I1/Id Pd (mm) Id It (mm/h)1,90 0,83 10,50 64,40 2,68 19,03

ESTIMACIÓN INICIAL DEL UMBRAL DE ESCORRENTIA (Po)

Uso Suelo Grupo Suelo Superficie (%) C Factor Regional PoPastizal / Matorral D 92,00 4 3 1104,00

Invernaderos D 3,00 2 3 18,00Urbano D 5,00 1 3 15,00

Total Po 11,37

COEFICIENTE DE ESCORRENTÍA (C)

Pd (mm) Po (mm) C64,40 11,37 0,48

CALCULO DE CAUDAL (Q) Rambla

S (Ha) It (mm/h) C Q (m3/s)461,10 19,03 0,48 14,08

Qp = C * A * I / 300

Intensidad Media Precipitación It (mm/h) (It/Id) = (I1/Id)^x

Tiempo de Concentración Tc T=0,3*[(L/J(1/4)) 0,76]

C= (Pd/Po-1)*(Pd/Po+23)/(Pd/Po+11)2

Este valor se incrementa en un 25%, para considerar el arrastre de sólidos que se

produce en las avenidas, proporcionando de este modo el valor para la avenida máxima ordinaria del cauce estudiado.

Q10 = 14,08 · 1,25 Q10 = 17,6 m3/s

8. Determinación del Cauce. Para la determinación del cauce de la Rambla partimos del Caudal Q 10 = 17,60

m3/s y obtenemos de la cuenca 4 secciones representativas, para poder calcular el calado en cada sección y la lamina de agua que produce esta avenida.

La Fórmula empleada para el cálculo del calado y velocidad en cada tramo definido

será la recomendada por la Instrucción 5.2.-I.C (Manning-Strickler).

Q=SxV= UKJRS 2

1

3

2

En nuestro caso se considera que la sección en estudio es triangular en forma de

artesa para los cálculos a realizar.

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K=45 U=1 J=Pendiente media de la cuenca R= Radio Hidráulico Sección de Cauce 1 Q PROYECTO = 17,6 m3/s Calado: 0,26 m Velocidad: 4,80 m/s Pendiente: 0.071 Inclinación de las pared derecha: 33 grados Inclinación de las pared Izquierda: 37 grados Sección de Cauce 2 Q PROYECTO = 17,60 m3/s Calado: 0,29 m Velocidad: 5,33 m/s Pendiente: 0.071 Inclinación de las pared derecha: 88 grados Inclinación de las pared Izquierda: 82 grados Sección de Cauce 3 Q PROYECTO = 17,60 m3/s Calado: 0.36 m Velocidad: 6,00 m/s Pendiente: 0.071 Inclinación de las pared derecha: 72 grados Inclinación de las pared Izquierda: 84 grados Sección de Cauce 4 Q PROYECTO = 17,60 m3/s Calado: 0.33 m Velocidad: 5,76 m/s Pendiente: 0.071 Inclinación de las pared derecha: 75 grados Inclinación de las pared Izquierda: 86 grados Sección de Cauce 5 Q PROYECTO = 17,60 m3/s Calado: 0,25 m Velocidad: 4,80 m/s Pendiente: 0.071 Inclinación de las pared derecha: 88 grados Inclinación de las pared Izquierda: 88 grados

Octubre de 2008 EL INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Antonio Lopez Navarro. Colegiado 9.441

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6. PLANOS DE ANEXO.

(DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO DE LA RAMBLA “EL PASTOR” A SU PASO POR EL SECTOR – 5 DE VICAR, T.M. VICAR - ALMERIA)

17.- SECCIONES DE ESTUDIO DEL CAUCE Y PARAMETROS DE LA CUENCA 18.- DELIMITACIÓN DEL SECTOR Y CAUCE PARA LA MAXIMA CRECIDA 19.- DELIMITACIÓN ZONA DE SERVIDUMBRE Y ZONA DE POLICIA

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7.- ANEXO (ESTUDIO HIDROLOGICO, CALCULO HIDRAULICO PARA RETORNO DE 500 AÑOS, DRENAJE, PARAMENTOS DE VELOCIDAD, ESTUDIO CLIMATOLOGICO, RECOGIDA DE AGUAS SEPARATIVA).

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ANEXO Nº 7. CÁLCULOS HIDRÁULICOS.

A). ABASTECIMIENTO. No es objeto del proyecto el cálculo de la futura red de abastecimiento de todo el municipio, sino de justificar la elección del timbraje de las tuberías proyectadas. La tubería de transporte, en fundición dúctil 250, puede trasegar agua con velocidad de hasta 2,0 m/s con una pérdida razonable de 15,523 mm/m y un caudal de 100 l/s, siendo el régimen optimo v=1,059 m/s, con pérdida de carga de 4,367 mm/m y caudal de 52 l/s. Las tuberías de servicio, POL 140 mm, 10 atm, con velocidades de 1 a 1,5 m/s y pérdidas de carga de 7,5 a 15,00 mm/m, trasegaría un caudal de 13 a 19 l/s , pudiendo dar servicio cada una de ellas a unos 2.500 habitantes, mas las bocas de incendio y de riego y baldeo. B). SANEAMIENTO. No procede, puesto que se mantiene la red existente. Se sustituyen algunos tramos con tubería de PVC con mayor sección y pendiente longitudinal. C). HIDROLOGÍA Y DRENAJE. Se adjunta estudio hidrológico y plano de cuencas y subcuencas con caudales máximos de recogida en cada subtramo. Estos caudales van a ser inferiores a corto plazo; conforme la zona norte de Nuevo Vícar vaya desarrollándose se crearán colectores transversales con desagües a las ramblas, reduciendo la recogida en el bulevar a unas pocas manzanas. Al proyectar el drenaje se ha realizado el estudio hidrológico de todas las cuencas y subcuencas que afectan a la travesía. En páginas siguientes se exponen pormenorizadamente los cálculos. El criterio seguido es considerar que la calzada norte recogerá, además de la plataforma, buena parte de la superficie norte de cada tramo, por lo que se ha

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diseñado un gran colector con 1000 mm de diámetro en hormigón armado y dos tramos. El primero de ellos comienza en la Avenida Federico García Lorca y desagua en la Rambla del Pastor, mientras que el segundo, al este de esta rambla, recogerá el resto de las aguas del norte en este tramo y las conducirá hasta la red proyectada en el tramo 5 para que, a través de ésta, se desagüe en la cuneta norte existente al final del Bulevar. En todas las calles se proyectan imbornales de gran capacidad, clase D-400, a ambos lados y en la travesía uno cada 50 m aproximadamente, junto al bordillo del bulevar puesto que la sección de la calzada será del 1% transversal hacia este bordillo. En la calzada sur se ha proyectado un colector cuya función será desaguar el agua recogida por la plataforma del bulevar y la propia calzada sur, por lo que es suficiente con un colector 400 mm, en PVC. Se han proyectado imbornales de gran capacidad en la calzada a distancia máxima de 50 m y antes de las salidas a calles adyacentes, imbornales estándar en la rigola adoquinada que desagua la acera. Ambos tienen pozos de registro cada 50 m y en los cambios de alineación o rasante con tapa de fundición dúctil acerrojada D-400. Las conducciones proyectadas son: Calzada norte.

Diámetro (mm) Pendiente (%) Caudal /m3/s) 1000 1,5 2,35

Calzada sur.

Diámetro (mm) Pendiente (%) Caudal /m3/s) 400 1,5 0,20

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C.1. HIDROLOGIA

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Superficie Longitud Cota sup. Cota inf. Dif. Cota Pendiente Tpo Conc.

A (Has) L (Km) (m) (m) DC(m) J (m/m) Tc(h)

S-1,1 25,0 0,820 115,4 99,3 16,1 0,0196 0,54

S-1,2 9,9 0,876 113,32 93,52 19,8 0,0226 0,56

S-2 4,6 0,417 96,27 84,45 11,82 0,0283 0,30

S-3 3,8 0,220 95,85 85,23 10,62 0,0483 0,17

S-4 7,4 0,284 95,57 84,5 11,07 0,0390 0,21

S-5,1 16,0 0,926 113,3 86,41 26,89 0,0290 0,55

S-5,2 14,2 0,678 108,82 89,59 19,23 0,0284 0,44

S-6,1 22,2 0,704 113,74 98,89 14,85 0,0211 0,48

S-6,2 17,2 0,328 98,61 86,66 11,95 0,0364 0,24

S-7,1 19,0 1,475 97 76,94 20,06 0,0136 0,91

S-7,2 15,4 0,697 85 65,27 19,73 0,0283 0,45

S-8 7,4 0,499 70,27 58,04 12,23 0,0245 0,36

10 25 50 100 500Pd (mm/dia) 60 76 89 103 138

Cociente I1/Id: 10,3

10 25 50 100 500

Id 3 3 4 4 6

Grupo de Suelo: C (Infiltración Lenta)

% Superf. Po1 % Superf. Po2 % Superf. Po2

S-1,1 100% 0% 0% 1 3

S-1,2 100% 0% 0% 1 3

S-2 100% 0% 0% 1 3

S-3 100% 0% 0% 1 3

S-4 100% 0% 0% 1 3

S-5,1 100% 0% 0% 1 3

S-5,2 100% 0% 0% 1 3

S-6,1 100% 0% 0% 1 3

S-6,2 100% 0% 0% 1 3

S-7,1 100% 0% 0% 1 3

S-7,2 100% 0% 0% 1 3

S-8 100% 0% 0% 1 3

CUENCA

1 5

Po

Monte bajo muy claro

3,1

CÁLCULO DEL CAUDAL DE AVENIDA MÁXIMO DE PROYECTO

SECTORES PLUVIALES VERTIENTES A LA TRAVESÍA DE VICAR

(Según la Instrucción de Drenaje Superficial 5.2.-I.C.)

CUENCA

1. Datos básicos

2. Datos meteorológicos

Uso de Suelo 3

Poi

Coef. corrector

de Poi

Precipitación máxima en 24 h

Intensidad media diaria (Pd / 24)

3. Escorrentía

Estimación inicial del Umbral de escorrentía:

Período de retorno

Uso de Suelo 2

Invernaderos

Uso de Suelo 1

Urbanizado (pavimentos)

Período de retorno

8

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10 25 50 100 500

S-1,1 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-1,2 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-2 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-3 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-4 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-5,1 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-5,2 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-6,1 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-6,2 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-7,1 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-7,2 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-8 19,35 24,52 28,71 33,23 44,52

S-1,1 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-1,2 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-2 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-3 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-4 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-5,1 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-5,2 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-6,1 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-6,2 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-7,1 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-7,2 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

S-8 0,84 0,89 0,91 0,93 0,95

It Q It Q It Q It Q It Q

(mm/h) (m3/sg) (mm/h) (m3/sg) (mm/h) (m3/sg) (mm/h) (m3/sg) (mm/h) (m3/sg)S-1,1 36,46 2,57 46,19 3,41 54,09 4,10 62,60 4,84 83,87 6,67

S-1,2 35,99 1,00 45,59 1,33 53,39 1,60 61,79 1,88 82,78 2,59

S-2 49,95 0,65 63,27 0,87 74,09 1,04 85,74 1,23 114,88 1,69

S-3 67,32 0,71 85,27 0,95 99,86 1,14 115,57 1,35 154,84 1,85

S-4 59,87 1,24 75,84 1,65 88,81 1,98 102,78 2,34 137,71 3,23

S-5,1 36,10 1,63 45,73 2,17 53,55 2,60 61,97 3,07 83,03 4,23

S-5,2 41,02 1,63 51,96 2,17 60,84 2,61 70,42 3,08 94,34 4,24

S-6,1 39,16 2,44 49,61 3,25 58,09 3,90 67,23 4,60 90,08 6,35

S-6,2 56,26 2,73 71,27 3,63 83,46 4,36 96,59 5,14 129,41 7,09S-7,1 27,18 1,45 34,43 1,93 40,32 2,32 46,66 2,74 62,51 3,78S-7,2 40,54 1,75 51,36 2,33 60,14 2,80 69,60 3,30 93,25 4,55S-8 45,80 0,96 58,02 1,28 67,94 1,53 78,63 1,81 105,35 2,49

Pd/Po

25

C

CUENCA

4. Caudal de cálculo:

10 50 100 500

Coeficiente de escorrentía (C):

CUENCAPeríodo de retorno

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C.2. DRENAJE

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NºPendiente

mínima (m/m)

diametro (m)

Calado (%· D)

cos Sección mojada

(m)

Perímetro mojado

(m)

Rh

(m)

K

(m1/3/s)

Caudal

(m3/s)

Q10

(m3/s)

¿Es suficiente el desague?

S-1,1 0,0100 1,20 75% 0,50 60 0,910 2,513 0,362 67,5 3,12 2,57 SIS-1,2 0,0100 1,00 75% 0,50 60 0,632 2,094 0,302 67,5 1,92 1,00 SIS-2 0,0100 0,80 75% 0,50 60 0,404 1,676 0,241 67,5 1,06 0,65 SIS-3 0,0100 0,80 75% 0,50 60 0,404 1,676 0,241 67,5 1,06 0,71 SIS-4 0,0100 1,00 75% 0,50 60 0,632 2,094 0,302 67,5 1,92 1,24 SI

S-5,1 0,0100 1,00 75% 0,50 60 0,632 2,094 0,302 67,5 1,92 1,63 SIS-5,2 0,0100 1,00 75% 0,50 60 0,632 2,094 0,302 67,5 1,92 1,63 SIS-6,1 0,0100 1,20 75% 0,50 60 0,910 2,513 0,362 67,5 3,12 2,44 SIS-6,2 0,0100 1,20 75% 0,50 60 0,910 2,513 0,362 68,5 3,17 2,73 SIS-7,1 0,0100 1,00 75% 0,50 60 0,632 2,094 0,302 67,5 1,92 1,45 SIS-7,2 0,0100 1,00 75% 0,50 60 0,632 2,094 0,302 67,5 1,92 1,75 SIS-8 0,0100 0,80 75% 0,50 60 0,404 1,676 0,241 67,5 1,06 0,96 SI

NºPendiente

mínima (m/m)

diametro (m)

Calado (%· D)

cos Sección mojada

(m)

Perímetro mojado

(m)

Rh

(m)

K

(m1/3/s)

Caudal

(m3/s)Q10

(m3/s)¿Es suficiente el

desague?

S-1,1 0,0100 1,20 65% 0,29 73 0,774 2,243 0,345 67,5 2,57 2,57 SIS-1,2 0,0100 1,00 49% -0,03 92 0,378 1,542 0,245 67,5 1,00 1,00 SIS-2 0,0100 0,80 54% 0,08 85 0,277 1,321 0,210 67,5 0,66 0,65 SIS-3 0,0100 0,80 57% 0,14 82 0,296 1,369 0,216 67,5 0,72 0,71 SIS-4 0,0100 1,00 55% 0,11 84 0,446 1,677 0,266 67,5 1,24 1,24 SI

S-5,1 0,0100 1,00 66% 0,32 71 0,551 1,899 0,290 67,5 1,63 1,63 SIS-5,2 0,0100 1,00 66% 0,33 71 0,553 1,903 0,290 67,5 1,64 1,63 SIS-6,1 0,0100 1,20 63% 0,25 76 0,744 2,188 0,340 67,5 2,44 2,44 SIS-6,2 0,0100 1,20 67% 0,34 70 0,803 2,297 0,350 68,5 2,73 2,73 SIS-7,1 0,0100 1,00 61% 0,22 77 0,504 1,797 0,280 67,5 1,46 1,45 SIS-7,2 0,0100 1,00 70% 0,40 66 0,587 1,982 0,296 67,5 1,76 1,75 SIS-8 0,0100 0,80 69% 0,39 67 0,372 1,575 0,236 67,5 0,96 0,96 SI

CÁLCULO DE TUBERIAS A SECCIÓN LLENA

CÁLCULO DE TUBERIAS A SECCIÓN PARCIAL

%D

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D). RAMBLA DEL PASTOR. 1. Antecedentes. Objeto del Estudio. El núcleo principal de Vícar, actualmente llamado “Nuevo Vícar”, está formado por los núcleos de Puebla de Vícar, Venta Gaspar, Venta Gutiérrez y La Gangosa, en donde se concentra el 85% de la población del municipio.

Actualmente, esta aglomeración urbana está interrumpida por el paso de la travesía de la CN-340a, que discurre en dirección este-oeste, así como por diversos cauces, que discurren en dirección norte-sur.

El Ayuntamiento pretende consolidar y agrupar el núcleo urbano mediante una gran obra que transformaría la actual CN-340a, que divide al núcleo en norte y sur, en una avenida con bulevar central que vertebraría el territorio, para lo que ha encargado el correspondiente estudio previo a Arquitectura, Ingeniería y Territorio S.L. Dentro de las obras necesarias para convertir la travesía en un bulevar, se hace necesario modificar las actuales obras de fábrica que realizan el cruce de la carretera sobre los distintos cauces. En concreto, el cauce existente dentro del ámbito de este proyecto es la Rambla del Pastor, que cruza la travesía. Se ha previsto el embovedado de la Rambla del Pastor a su paso por el núcleo urbano mediante la ejecución de un marco de hormigón armado con sección suficiente para desaguar sobradamente el caudal de avenida para un periodo de retorno de 500 años. 2. Descripción de la actuación. Para el embovedado del Barranco del Pastor, y según los cálculos expuestos a continuación, se había previsto un marco bicelular de hormigón armado de 4x2 m interiores por célula. Sin embargo, siguiendo las recomendaciones de la Agencia Andaluza del Agua, cuyo escrito se adjunta al final de este anejo, se opta por la construcción de un marco bicelular de 4x2,5 m interiores cada célula y de 86,5 m. de longitud. El trazado del embovedado será oblicuo a la travesía y contará con una pendiente mínima del 3% (la pendiente natural del cauce en este tramo), así

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como con cuatro aletas de suficiente longitud para conseguir un cambio de sección gradual que permita una transición suave del flujo sin sobre elevaciones importantes. 3. Hidrología. En el apartado D.1 Hidrología, podemos ver las tablas de datos correspondientes a los cálculos hidráulicos, así como los planos de cuencas y usos del suelo correspondientes. Como podemos ver en las citadas tablas, se ha definido las características de las cuenca y calculado los caudales de avenida para los periodos de retorno de 100 y 500 años.

Los datos mas relevantes de la cuenca que nos ocupa son:

CUENCA Superficie Longitud

Cota sup.

Cota inf.

Dif. Cota

Pendiente

A (Has) L (Km) (m) (m) DC(m) J (m/m) Rambla del Pastor

461,1 5,837 510 94,5 415,5 0,071

Para el cálculo de los caudales de avenida se ha utilizado el método racional o hidrometeorológico recogido en la Instrucción 5.2-IC de “Drenaje Superficial”, tomando los valores de precipitación del programa MAXPLU, incluido en la monografía “Máximas lluvias diarias en la España peninsular”, de la Dirección General de Carreteras (Ministerio de Fomento). Así mismo, se han utilizado métodos empíricos entre los que cabe destacar el de la Confederación Hidrográfica del Sur. Precisamente con este último método, los caudales obtenidos son muy superiores, como podemos ver en el cuadro siguiente:

Q (m3/s) Hidrometeorológico 33,54

CHS 92,22

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4. Hidráulica. 4.1. Caudal de Cálculo Tomaremos como caudal de cálculo para el diseño del encauzamiento el equivalente a la máxima avenida para un periodo de retorno de 500 años calculado, según el apartado anterior: 92,22 m3/s 4.2. Sección tipo de encauzamiento Como sección tipo para este encauzamiento utilizaremos un marco de hormigón armado de dimensiones interiores 8x2 m. Según los cálculos que se justifican en el apartado siguiente esta sección resulta suficiente para canalizar el caudal considerado con un resguardo suficiente. Por tanto la sección recomendada por la Agencia Andaluza del Agua, que al final será la adoptada cumplirá igualmente. 4.3. Bases de cálculo hidráulico

Para comprobar el funcionamiento del encauzamiento proyectado, se ha utilizado la fórmula de Manning-Strickler, que es la recomendada según la Instrucción de Drenaje Superficial antes mencionada.

Los cálculos hidráulicos se han realizado mediante una hoja de cálculo de elaboración propia cuyos resultados se exponen en el apartado D.2 Hidráulica. Las expresiones utilizadas en estos cálculos se exponen en los puntos siguientes. Fórmula de Manning-Strickler.

Para el cálculo de las características del flujo, se utiliza la fórmula de Manning-Strickler, que nos relaciona la velocidad y el caudal con las características geométricas de la conducción, o sea, el radio hidráulico, la pendiente, la rugosidad y la forma de la conducción. La expresión de esta formula es:

JRV 2/3

h UK y VSQ m

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Siendo: Q: Caudal en m3/s. V: Velocidad del agua en la conducción en m/s. K: coeficiente de rugosidad en m1/3/s. Tomando el coeficiente de Manning (n) K=1/n. Rh: Radio hidráulico de la conducción en m, que es la ratio entre la

sección mojada del conducto y el perímetro mojado. J: Pendiente en m/m. Sm: Sección mojada en m2. Pm: Perímetro mojado en m. U: Coeficiente de conversión de unidades, que para el sistema métrico,

toma el valor 1. Régimen de flujo.

El tipo de flujo que se produce en la conducción se calcula mediante el número de Froude, estableciéndose tres tipos distintos de flujo:

- Fr=1: Flujo crítico. - Fr>1: Flujo supercrítico o rápido. - Fr<1: Flujo subcrítico o lento.

El número de Froude se puede obtener en cada uno de los tramos mediante la expresión:

m

2

rg·Y

vF

Siendo: Fr: Número de Froude. v: Velocidad en m/sg. g: Gravedad (9,81 m/sg2). Ym: Calado medio en m.

Energía específica. El cálculo de la energía, o más bien de las variaciones en la energía especifica entre los distintos tramos de la conducción, nos indicará, junto con el número de Froude, los posibles efectos perjudiciales para la conducción, como la formación de resaltos hidráulicos.

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El resalto hidráulico es un fenómeno disipador de energía en el que se suceden una depresión y una sobreelevación del nivel del agua (o calado), que se produce en las conducciones cuando se produce una variación en el tipo de flujo con disminución de energía. La energía específica se calcula mediante la expresión de Bernouilli:

zY2·g

vH

2

Aunque si tomamos como plano de referencia la solera de la conducción, esta expresión se simplifica de modo que queda:

Y

2·g

vE

2

Siendo: H: Energía específica absoluta. E: Energía específica relativa. v: Velocidad. g: Gravedad. Y: Calado. z: Cota geométrica.

4. Conclusiones. De los cálculos realizados se deduce que el encauzamiento cumple sobradamente la capacidad necesaria según se ha calculado en el apartado de hidrología, manteniendo en todo su trazado un resguardo mayor al 25% de su diámetro, incluso con el caudal más desfavorable. Por otra parte, aunque la velocidad en la conducción es superior a los 6 m/s. recomendados por la instrucción de carreteras para tuberías de hormigón consideramos, de acuerdo con otros autores, que al ser canalizaciones cuyo funcionamiento es ocasional es admisible llegar a velocidades inferiores a 20 m/s siempre que exista una adecuada inspección y mantenimiento de la conducción. En la presente conducción será necesario realizar una inspección exhaustiva periódica y, en cualquier caso, con posterioridad de avenidas de mediana intensidad.

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D.1. HIDROLOGIA

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HIDROLOGÍA: 1. Introducción.

El presente apartado tiene por finalidad calcular el caudal máximo de avenida en la Rambla del Pastor, para su encauzamiento en el tramo comprendido entre la autovía N-340 y la carretera del Sector III del Iryda, en el Término Municipal de Vícar. Los cálculos se realizarán para el periodo de retorno de 500 años, de acuerdo con la normativa vigente para, posteriormente, poder realizar los cálculos hidráulicos de la sección necesaria para su encauzamiento. Se utiliza como base para este estudio la instrucción 5.2-IC de drenaje superficial del Ministerio de Obras Públicas, y el programa MAXPLU, contenido en la monografía "Máximas Lluvias Diarias en la España Peninsular " de la Dirección General de Carreteras (Ministerio de Fomento). 2. Estudio climatológico. Para obtener los datos necesarios de precipitaciones en esta zona se ha consultado el programa MAXPLU de la anteriormente citada publicación. De acuerdo con las coordenadas de la zona de estudio, el programa ha proporcionado una precipitación diaria para el periodo de retorno de 500 años de: Pd500=142 mm/día. 3. Cálculos hidrológicos de avenidas. Para el cálculo del caudal máximo de las cuencas a estudiar, tendremos en cuenta dos métodos de cálculo distintos. Por un lado tenemos los distintos métodos empíricos, que realizan un cálculo del caudal en función del tipo de cuenca y su superficie, y por otro, los métodos hidrométricos, que tienen en cuenta tanto la superficie de la cuenca como los estudios climatológicos.

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3.1. Datos de partida. Como datos básicos de la cuenca que nos ocupa tenemos: - Superficie: S= 461,1 Ha. = 4,611 km2. - Longitud cauce princ.: L= 5.837 m. - Diferencia de cotas: ΔH= 510 – 94,5 = 415,5 m. - Pendiente media: j= 0,071 3.2. Métodos empíricos. Según las siguientes fórmulas empíricas consideradas, obtenemos los siguientes caudales de la cuenca (Siendo Q el caudal expresado en m3/s. y S la superficie en km2):

- GREAGER: sm 85,90S16,5Q

30.05S

- QUIJANO: s

m33

2 47,10S17Q

- HERAS: s

m3 26,74S 5,8Q

- FORTI: s

m3 41,64 S

0,5125S

5002,35 Q

- ZAPATA: s

m36,0 52,54 S21 Q

Cabe destacar entre las fórmulas empíricas la ofrecida por Confederación Hidrográfica del Sur de España, que aplica los siguientes valores, también expresados en m3/s:

Para S<5 Km2: Q= 20 · S Para 5<S<10 Km2: Q= 15 · S Para S>10 Km2: Q= 10 · S

De acuerdo con esto, para esta cuenca obtenemos un caudal de 92,22 m3/s. 3.3. Métodos empíricos. De los distintos métodos de cálculo hidrométrico, hemos escogido el método racional o hidrometeorológico recogido en la instrucción 5.2-IC de drenaje

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superficial del M.O.P.U. que se adapta correctamente a nuestro tipo de cuenca. Según este método, el caudal máximo de avenida, viene determinado por la siguiente expresión:

300

AIC Q

Siendo:

- Q: Caudal en m3/s. - C: Coeficiente de escorrentía. - I: Intensidad media de precipitación en mm/h. - A: Area de la cuenca en Ha.

El método para el cálculo de los distintos valores se desarrolla a continuación. COEFICIENTE DE ESCORRENTÍA (C).

El coeficiente C de escorrentía define la proporción de la componente superficial de la precipitación de intensidad I, y depende de la razón entre la precipitación diaria Pd correspondiente al periodo de retorno considerado y el umbral de escorrentía Po a partir del cual se inicia ésta. Si la razón Pd/Po es inferior a la unidad, el coeficiente C de escorrentía podrá considerarse nulo. En caso contrario, el valor de C podrá obtenerse de la fórmula:

2od

odod

11))/P((P

23))/P((P · 1))/P((PC

El umbral de escorrentía Po se obtiene, en función del tipo de terreno de la cuenca, a través de los valores recogidos en la tabla 2-1 de la Instrucción de Drenaje Superficial. Este valor se multiplica por un coeficiente corrector de paso de umbral de lluvias normales a umbral de aguaceros máximos, derivado del ajuste estadístico del método hidrometeorológico a las condiciones españolas, y que viene recogido por la figura 2-5 de la instrucción. Para el uso de la tabla 2-1 los suelos se clasifican en los grupos de la tabla 2-2 de la citada Instrucción.

En los casos en los que existen varios tipos de terreno, se calcula el coeficiente de escorrentía de cada una de las superficies parciales en base a sus

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características, y posteriormente se tiene en cuenta el término Σ(C·A) en lugar de C·A en la fórmula para calcular el caudal. En nuestro caso tendremos:

Po Has Monte bajo muy claro, Suelo Grupo C. 8 422,30 Invernaderos (asimilado a impermeables). 2 28,80 Pavimentos (zona urbana). 1 10,00

El coeficiente corrector del umbral de escorrentía a aplicar para nuestra zona es de 3,1. Por lo tanto el umbral de escorrentía corregido, Po, para el cálculo será, para cada tipo de terreno 24,8, 6,2 y 3,1 respectivamente. La precipitación diaria Pd, se obtiene de los datos meteorológicos antes citados, y tiene un valor de 142 mm/día. Por lo tanto para Pd/Po se obtendrá respectivamente 5,72; 22,91 y 45,82. Sustituyendo en la fórmula obtendremos unos coeficientes de escorrentía de 0,49, 0,87 y 0,96 respectivamente. Teniendo en cuenta las superficies parciales de cada tipo de terreno, obtendremos el coeficiente de escorrentía ponderado, que en nuestro caso es de 0,52, por lo que: Σ(C·A)=239,72 INTENSIDAD MEDIA DE PRECIPITACIÓN (I). La intensidad media de precipitación a emplear en la estimación de los caudales de avenida por métodos hidrometeorológicos se obtendrá por medio de la siguiente fórmula:

128

t28

10,1

0,10,1

Id

I

Id

I

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Siendo: Id (mm/h) la intensidad media diaria de precipitación, correspondiente al

periodo de retorno considerado. Es igual a Pd/24. Pd (mm) la precipitación total diaria correspondiente a dicho periodo de

retorno. I1 (mm/h) la intensidad horaria de precipitación correspondiente a dicho

periodo de retorno. El valor de la razón I1/Id se podrá tomar de la fig. 2-2 de la Instrucción, que se adjunta.

t (n) la duración del intervalo al que se refiere I, que se tomará igual al

tiempo de concentración. El tiempo de concentración se calcula en función de la pendiente media de la cuenca (J), expresada en m/m, y de la longitud (L) del cauce principal de ésta expresada en km. De este modo se obtiene:

h. 1,89071,0

5,8370,3x

J

L0,3xTc

0,76

1/4

0,76

1/41

El valor del cociente (I1 / Id) se obtiene del mapa de isolíneas de la instrucción de drenaje superficial, según fig. 2-2, obteniéndose un valor de 10,5. El valor de la intensidad media diaria, resulta para la precipitación diaria (Pd) considerada: Id = Pd / 24 = 142/ 24 = 5,92 Luego, sustituyendo en la fórmula antes indicada, el valor de la intensidad media de precipitación (I), será el siguiente:

mm/h 41,98128

89,1280,1

0,10,1

·10,5 5,92I

CAUDAL MÁXIMO DE AVENIDA (Q). Sustituyendo los datos obtenidos para la sumatoria de los coeficientes de

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escorrentía por la superficies �(C·A) y la intensidad media de precipitación I, en la fórmula correspondiente, obtenemos el caudal máximo de avenida de proyecto para la rambla:

./sgm ,5433300

41,98 · 239,72Q 3

3.4. Conclusión. Comparando los caudales máximos de avenida obtenidos de los métodos empíricos y del método hidrométrico de la Instrucción de Drenaje Superficial, podemos ver que existe una gran dispersión, como podemos observar en la tabla siguiente:

RAMBLA DEL PASTOR

(Ha) 461,1

(Km2) 4,61

Greager 85,90

Quijano 47,10

Heras 26,74

Forti 41,64

Zapata 52,54

CHS 92,22

Hidrometeorológico (5.2 - IC) 33,54

Superficie

Mét

od

o d

e cá

lcu

lo

En negrita marcamos el máximo valor según los distintos métodos, que en este caso resulta ser el obtenido según los criterios de Confederación Hidrográfica del Sur, con un valor de 92,22 m3/sg. Aunque en nuestra opinión el caudal obtenido según el método hodrometeorológico se adapta perfectamente a este tipo de cuencas, dado que algunos de los métodos empíricos arrojan valores superiores de caudal, dimensionaremos la canalización con un resguardo suficiente para poder controlar esta eventualidad. Tal y como se comprueba en el apartado siguiente, la canalización proyectada, es capaz de desaguar el máximo caudal de cálculo con un calado del 55% de su diámetro en su tramo más desfavorable.

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PLANOS DE LA CUENCA.

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TABLAS DE DATOS.

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DENOMINACIÓN DE LA CUENCA:

Área (A) 461,10 Has

Longitud cauce principal (L) 5,837 Km

415,5 m

Pendiente media cauce (J) 0,071 m/m

Tiempo de concentración (T) = 1,89 horas cuenca pequeña

Cociente I1/Id 10,5

Períodos de retorno (T) 500 años

Precipitación máxima diaria (Pd) 142 mm/día

Intensidad media (It) = 41,98 mm/h

Fuente: MAXPLU (Ministerio Medio Ambiente)

Suelo 1 Suelo 2 Suelo 3

Uso de la tierra Monte bajo Invernaderos Pavimentos

Pendiente del terreno > 3% > 3%

Características hidrológicas Muy claro asimilado a impermeables

Tipo de suelo arcillo - arenoso arcillo - arenoso arcillo - arenoso

Superficie (Has) 422,30 28,80 10,00Umbral sin corregir 8 2 1

Coeficiente corrector del umbral 3,1

Umbral de escorrentía (Poi) 24,8 6,2 3,1

5,72758065 22,9103226 45,8206452Coeficiente escorrentía (Ci) 0,49 0,87 0,96

Coeficiente escorrentía C = 0,52

CAUDAL MÁXIMO AVENIDA 500 años

Q = 33,54 m3/s

GEOMETRÍA DE LA CUENCA

DATOS METEOROLÓGICOS

ESCORRENTÍA

CÁLCULO CAUDAL MÁXIMO DE AVENIDA

(Según Instrucción de Carreteras 5.2.- I.C.)

Rambla del Pastor (T.M. Vícar. Almería)

Diferencia de cotas (H)

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RAMBLA DEL

PASTOR

Superficie (Ha) 461,1

(Km2) 4,61

Mét

od

o d

e cá

lcu

lo Greager 85,90

Quijano 47,10

Heras 26,74

Forti 41,64

Zapata 52,54

CHS 92,22 Hidrometeorológico (5.2 - IC)

33,54

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D.2. HIDRAULICA.

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PendienteRmín

CurvasAncho Base

Ancho Coronación

Talud (H/V)

Altura Encauzamiento

CaladoCalado medio

Sección mojada

Sección llena

% de seccion

Perímetro Mojado

Anchura Libre

Rh n1 (alzado) n2 (solera) n Caudalnº vanos iguales

Caudal total

V Qproyecto H2 H total F RégimenEnergía

Total

m/m m m m m m m m2 m2 m m m m3/s m3/s m3/s m/s m3/s m m m

SECCIÓN LLENA 0,0300 200 4,00 4,00 0,00 2,50 1,86 1,86 7,44 10 74% 7,72 4,00 0,96373 0,015 0,015 0,015 84,33 2,00 168,65 11,33 92,22 0,13 1,99 2,65 rapido 8,414

SECCIÓN A CAUDAL DE PROYECTO

0,0300 200 4,00 4,00 0,00 2,50 1,20 1,20261 4,81044 10 48% 6,41 4,00 0,75102 0,015 0,015 0,015 46,11 2,00 92,22 9,585 92,22 0,09 1,29 2,79 rapido 5,890

Datos

Resultados más significativos

Cajero solera hormigón (k=67 n=0,015) lateral tierras ( k=40 n=0,025)Manning

Cajon de hormigón k=67 n=0,015

SECCIÓN MARCO DE HORMIGÓN

Rambla del Pastor

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E. ESCRITO AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA.

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RECOGIDA DE AGUAS SEPARATIVA

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RECOGIDA DE AGUAS SEPARATIVA

En el presente Plan Parcial del Sector 5 de Vicar en los planos nº 9 y nº 10, se recogen la recogida de aguas separativas de aguas pluviales y fecales, según las necesidades del sector.

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8. PLAN DE ETAPAS

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8. PLAN DE ETAPAS. PROYECTO DE REPARCELACIÓN El proyecto de Reparcelación se presentará en el Excelentísimo Ayuntamiento de Vicar en el plazo de dos años desde la aprobación definitiva del presente documento PROYECTO DE URBANIZACIÓN El proyecto de urbanización se presentará en el Excelentísimo Ayuntamiento de Vicar en el plazo de dos años desde la aprobación definitiva del presente documento OBRAS DE URBANIZACIÓN

Las obras de urbanización se ejecutarán en una sola fase de dos años de duración desde la aprobación definitiva del proyecto de urbanización

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9. ESTUDIO ECONÓMICO FINANCIERO

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9.- ESTUDIO ECONÓMICO Y FINANCIERO *Análisis de costes: -Valor de los terrenos................................... 5.049.144,76 euros. -Presupuesto de urbanización......................... 2.620.000,00 euros. -Costes financieros…………………..................... 31.140,00 euros. -Honorarios profesionales............................... 77.850,00 euros. Planeamiento Proyecto de Obras de Urbanización Proyecto de Compensación -Licencia de obras, varios e imprevistos........... 25.950,00 euros. TOTAL..................... 7.804.084,76 euros.

-Publicidad y ventas..................................... ___ 29.220,00 euros. TOTAL COSTES........... 7.833.304,76 euros. *Valor estimado parcelas: PARCELA USO PRINCIPAL SUP. NETA APROVECHAMIENTO 1 a 11 Residencial 55.697,28 M2S. 92.330,00 UA.

Estimado un valor medio de 125,54 euros por Unidad de aprovechamiento resulta un valor estimado en venta de: 92.330,00 x 125,54 = 11.591.108,00 euros.

Con lo que se deduce la viabilidad de la operación urbanística.

Octubre de 2008 EL INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Antonio Lopez Navarro. Colegiado 9.441

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NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS,

URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. Decreto 72/1992, de 5 de Mayo, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía. (Publicación del texto original en el BOJA n.º 44 de 23 de Mayo de 1992, y de una corrección de erratas en el BOJA n.º 50 de 6 de Junio de 1992. El Régimen Transitorio regulado en Decreto 133/1992, se publicó en el BOJA n.º 70 de 23 de Julio de 1992)

JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE L A N O R -M A

TÍTULO:

PLAN PARCIAL SECTOR 5

UBICACIÓN:

VICAR (ALMERIA)

ENCARGANTE:

PROYECTOS DE INGENIERIA INDALO S.L.

TÉCNICOS/AS:

ANTONIO LÓPEZ NAVARRO

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ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO 72/1992

PUBLICACIÓN ....................... 23 de Mayo de 1992 VIGENCIA ............................... 23 de Julio de 1992 RÉGIMEN TRANSITORIO (Decreto 133/1922):

No será preceptiva la aplicación del Decreto a:

a) Obras en construcción y proyectos con licencia anterior al 23 de Julio de 1992.

b) Proyectos aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios Profesionales antes del 23 de Julio de 1992, así como los que se presentaran para su aprobación o visado antes del 23 de Octubre de 1992.

c) Obras que se realicen conforme a los proyectos citados en el apartado b), siempre que la licencia se solicitara antes del 23 de Julio de 1993.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

a) Redacción y planeamiento urbanístico, o de las ordenanzas de uso

del suelo y edificación _____________________________________________

Redacción deproyectos de urbanización _______________________________

(rellenar Anexo I)

b) Obras de infraestructura y urbanización ________________________________

Mobiliario urbano __________________________________________________

(rellenar Anexo I)

c) Construcción, reforma o alteración de uso de:

Espacios y dependencias extreriores e interiores de utilización colectiva de los edificios, establecimientos e instalaciones (de propiedad privada) destinadas a un uso que implique concurrencia de público.

(Ver lista no exhaustiva en Notas) ____________________________________

Todas las áreas tanto exteriores como interiores de los edificios, estable-cimientos e instalaciones de las Administraciones y Empresas públicas ____________

(rellenar Anexo II para interiores)

(rellenar Anexo I para exteriores)

d) Construcción o reforma de:

Viviendas destinadas a personas con minusvalía (rellenar Anexo IV) _____________

Espacios exteriores, instalaciones, dotaciones y elementos de uso comuni-tario correspondientes a viviendas, sean de promoción pública o privada ___________

(rellenar Anexo III para interiores)

(rellenar Anexo I para exteriores exceptos los apartados indicados *)

(rellenar Anexo II para instalaciones o dotaciones complementarias de uso comunitario, solo apartados indicados *)

e) Sistemas de transporte público colectivo y sus instalaciones com-plementarias _____________________________________________________

Anexo V (No redactado)

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TIPO DE ACTUACIÓN: 1. Nueva Construcción _________________________________________________ 2. Reforma (ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo) _ 3. Cambio de uso _____________________________________________________

— En todos los casos se refiere la norma tanto a obras de nueva planta co-mo a las de reforma y cambio de uso. En los casos de reformas o cam-bios de uso la norma se aplica únicamente a los elementos o partes afec-tadas por la actuación.

— Por establecimiento se refiere la norma a los locales cerrados y cubiertos no destinados a vivienda, en el interior de los edificios. Por instalaciones se refiere a construcciones y dotaciones abiertas y descubiertas total o parcialmente destinadas a fines deportivos, recreativos, etc ...

— En el Anexo de la norma se recogen los siguientes usos como de pública concurrencia: Administrativos, asistenciales, comerciales, culturales, de-portivos, docentes, espectáculos, garajes y aparcamientos, hoteleros, pe-nitenciarios, recreativos, religiosos, residenciales, restaurantes, bares, ca-feterías, sanitarios y transportes, así como cualquier otro de una natura-leza . análoga a los anteriormente relacionados

NOTAS:

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ANEXO I INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO

(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificaciones privadas y a todas las zonas en edificaciones públicas) 1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.

NORMA PROYECTO

ITINERARIOS TRAZADO Y DISEÑO

PEATONALES — Ancho mínimo 1,20 mts. CUMPLE

DE USO COMUNITARIO — Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) 12 %. (tramos 3 mts.) 8 %.

CUMPLE

— Pendiente transversal 2 %. CUMPLE

— Altura de bordillos 14 cms., y rebajados en pasos de peatones y esquinas. CUMPLE

PAVIMENTOS:

— Serán antideslizantes variando la textura y color en las esquinas y en cualquier obstácu-lo.

CUMPLE

— Los registros y los alcorques estarán en el mismo plano del nivel del pavi-mento.

CUMPLE

— Si los alcorques son de rejilla la anchura máxima de la malla será de 2 cms. CUMPLE

VADO PARA PASO VEHICULOS

— Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) 12 %. (tramos 3 mts.) 8 %.

— Pendiente transversal 2 %.

— Se situará como mínimo uno en cada curva de calles o vías de circulación.

VADO PARA PASO PEATONES

— Las pendientes del plano inclinado entre dos niveles a comunicar: Longitudinal 8 %. Transversal 2 %.

CUMPLE

— Anchura 1,80 mts. CUMPLE

— Desnivel sin plano inclinado 2 cms. CUMPLE

* PASOS DE — Se salvarán los niveles con vados de las características anteriores. CUMPLE

PEATONES — Dimensiones mínimas de las isletas para parada intermedia: Anchura 1,80 mts. Largo 1,20 mts.

CUMPLE

CUMPLE

(No en zonas exteriores de viviendas)

— Prohibido salvarlos con escalones, debiendo completarse o sustituir-se por rampas, ascensores o tapices rodantes.

ESCALERAS — Cualquier tramo de escaleras se complementará con una rampa.

— Quedan prohibidos los desniveles que se salven con un único es-calón debiendo complementarse con una rampa.

— Serán preferentemente de directriz recta o ligeramente curva.

— Dimensiones Huella 30 cms. (en escalones curvos se medirán a 40 cms.del borde interior) _______________________________

Contrahuella 16 cms. _______________________________

Longitud libre peldaños 1,20 mts. ______________________

Longitud descansillos 1,20 mts. _______________________

— Tramos 16 peldaños.

— No se admiten mesetas en ángulo, ni partidas, ni escaleras compensadas.

— Pasamanos a altura 90 cms. y 95 cms.

— Barandillas no escalables si hay ojo de escalera.

— Huellas con material antideslizante..

— Disposición de bandas de diferente textura y color con 0,60 mts. de

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anchura, colocadas al principio y al final de la escalera.

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ANEXO I INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO

1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.

NORMA PROYECTO

RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva.

— Anchura libre 1,20 mts.

— Pavimento antideslizante.

— Pendiente longitudinal (recorrido < 3 mts.) ______ 12 %.

(recorrido 3 mts.) _______ 8 %.

transversal ______________ 2 %.

— Pasamanos de altura entre 70 y 95 cms.

— Barandillas no escalables si existe hueco.

* 1 ASEO DE LOS

OBLIGADOS POR

— Serán accesibles.

NORMATIVA ESPECÍFICA

(No en zonas exteriores de viviendas)

— Al menos un lavabo y un inodoro estarán adaptados. (Ver este apartado en el Anexo II Edificios de Pública Concurrencia)

* APARCAMIENTOS — 1 Plaza cada 50 o fracción.

(No en zonas exteriores — Situación próxima a los accesos peatonales.

de viviendas) — Estarán señalizadas.

— Dimensiones mínimas 5,00 x 3,60 mts.

2.ª Mobiliario Urbano

NORMA PROYECTO

MOBILIARIO

URBANO

— Los elementos verticales en la vía pública se colocarán:

a) En el tercio exterior a la acera si la anchura libre restante es 90 cms.

b) Junto al encuentro de la fachada con la acera si la anchura libre restante es < 90 cms.

CUMPLE

CUMPLE

— La altura del borde inferior de elementos volados > 2,10 mts. CUMPLE

— No existirán obstáculos verticales en los pasos peatonales. CUMPLE

— Papeleras y teléfonos a altura 1,20 mts. CUMPLE

— Las obras que se realicen en las vías públicas se rodearán con vallas sólidamente instaladas y se señalizarán con balizas con luces rojas encendidas durante todo el día. Estas vallas estarán sólidamente fi-jadas y separadas al menos 0,50 mts. de las obras.

— Donde haya asientos, al menos un 2 % tendrá estas características:

Altura = 50 cms. Anchura 40 cms. Fondo 50 cms.

CUMPLE

CUMPLE

CUMPLE

— Altura de grifos y caños en bebederos 70 cms.

— Altura de boca de buzones 90 cms.

— En el caso de existir trinquetes o barreras, se habilitará un acceso li-bre con ancho 1 m.

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ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA CONCURREN-

CIA (Aplicable a zonas de uso colectivo en edificios privados y a todas las zonas en edificios públicos)

NORMA PROYECTO

ESPACIOS EXTERIORES

— Las zonas y elementos de urbanización de uso público situadas en los espacios exteriores de los edificios, establecimientos e instalacio-nes, cumplirán lo indicado en el apartado de Infraestructura y Urbani-zación. (Rellenar Impreso de Infraestructura y Urbanización en Anexo I).

— Comunicación entre exterior e interior del edificio, establecimiento o instala-ción.

— En el caso de edificio, establecimiento o instalación de las Adminis-traciones y Empresas Públicas, la comunicación entre un acceso y la totalidad de sus áreas o recintos.

ACCESO DISTINTAS PLANTAS

— En el caso del resto de los edificios, establecimientos o instalaciones (de propiedad privada), la comunicación entre un acceso y las áreas y dependencias de uso público.

— El acceso al menos a un aseo adaptado. — Con independencia de que existan escaleras, el acceso a las zonas

destinadas a uso y concurrencia pública, situadas en las distintas plantas de los edificios, establecimientos e instalaciones y a todas las áreas y recintos en los de las Administraciones y Empresas Públicas, se realizará mediante ascensor, rampa o tapiz rodante.

* ACCESO DESDE Desnivel 12 cms. Salvado con plano inclinado Pendiente 60 %

EL EXTERIOR Ancho 0,80 mts. (Aplicable para inst. y dot. co-

munitarias de viv.)

Desnivel > 12 cms. Salvado con rampa que se ajuste a la norma.

* VESTIBULOS — Ø 1,50 mts.

(Aplicable para inst. y dot. co-munitarias de viv.)

— Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles.

* PASILLOS — Anchura libre 1,20 mts. (Aplicable para inst. y dot. co-

munitarias de viv.) — Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo

ser sustituidos o complementados por rampas accesibles.

* HUECOS DE PASO — Anchura de puertas de entrada de 0,80 mts. (Aplicable para inst. y dot. co-

munitarias de viv.) — Anchura de salidas de emergencia 1,00 mts.

— A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no barrido por puertas 1,20 mts.

— Entre puertas dobles deberá existir un espacio libre de Ø 1,50 mts. — Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de

control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos de paso alternativos accesibles.

— Las puertas automáticas de cierre de corredera irán provistas de dispo-

sitivos de apertura automáticos en caso de aprisionamiento. Deben llevar una banda indicativa de color a una altura 0,60 y 1,20 mts.

— Las puertas abatibles de cierre automático deberán llevar zócalo pro-

tector de 0,40 mts. de altura y banda señalizadora horizontal a altura > 0,60 mts. y 1,20 mts.

— La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple. MOSTRADORES Y — Los mostradores tendrán un tramo 0,80 mts. con altura 0,70 mts. y 0,80

mts.

VENTANILLAS — Las ventanillas de atención al público tendrán una altura 1,10 mts. TELÉFONOS — Existe al menos uno con altura 0,90 mts. y 1,20 mts.

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ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA CONCURREN-CIA

NORMA PROYECTO

* ESCALERAS — Directriz recta o ligeramente curva.

(Aplicable para inst. y dot. co-munitarias de viv.)

— Longitud libre de peldaños 1,20 mts.

— Dimensiones de peldaños Huella 29 cm.(En caso de esca-lones curvos se medirán a 40 cms.

de su borde interior)

Contrahuella 17 cm.

— No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras compen-sadas.

— Fondo de las mesetas Intermedias 1,20 mts.

De acceso 1,20 mts.

— Distania de la arista de peldaños a puertas 25 cms.

— Tramos 16 peldaños.

— Altura de pasamanos 0,90 mts. y 0,95 mts.

— Si hay ojo de escalera la barandilla no será escalable.

RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva.

— Anchura 1,20 mts.

— Pavimento antideslizante.

— Pendiente longitudinal Tramos longitud < 3 mts. 12 %.

Tramos longitud 3 mts. 8 %.

— Pendiente transversal 2 %.

— Si hay hueco la barandilla no será escalable.

ESCALERAS — Luz libre 1,00 mts.

MECÁNICAS — Velocidad 0,50 mts./sg.

— Número de peldaños enrasados a entrada y salida 2,5 peldaños.

— Dispondrán de un ralentizador a la entrada y otro a la salida que las detengan suavemente durante 5 segundos, realizándose igual la recuperación.

TAPICES — Luz libre 1,00 mts.

RODANTES — Acuerdo con la horizontal en la entrada y salida 1,50 mts.

— Los tapices inclinados cumplirán las condiciones específicas de las rampas, excepto la de la luz libre que podrá ser 1,00 mts.

1 ASCENSOR — Puertas de recinto y cabina automáticas, y con indicador acústico.

DE LOS OBLIGADOS — Anchura de puertas 0,80 mts.

POR LA NORMATIVA — Fondo de cabina 1,20 mts.

ESPECÍFICA — Ancho de cabina 0,90 mts.

— Pasamanos en cabina con altura 0,80 mts. y 0,90 mts.

— Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor llegará a todas ellas.

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ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA CONCURREN-CIA

NORMA PROYECTO MECANISMOS

ELECTRÓNICOS — Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento rotatorio.

* 1 ASEO DE LOS — Espacio libre Ø 1,50 mts.

OBLIGADOS POR LA — Un lavabo no tendrá obstáculos en su parte inferior.

NORMATIVA — No es admisible la grifería de pomo redondo.

ESPECÍFICA — Altura de accesorios y mecanismos 0,80 mts. y 1,20 mts.

— Altura borde inferior del espejo 0,90 mts.

(Aplicable para inst. y dot. comunitarias de las vivien-

das)

— Inodoro con espacio lateral libre de anchura 0,70 mts. y dos barras abatibles de 0,50 mts. de longitud y 0,75 mts. de altura.

1 VESTUARIO Y — Espacio libre de 1,50 mts. Ø.

1 DUCHA DE LOS DE OBLIGADOS POR LA NORMATIVA

ESPECÍFICA

— Asiento adosado a la pared de: ____ Longitud 0,70 mts. _______ Anchura 0,45 mts. _______ Fondo 0,40 mts. ________

— Altura repisas 0,80 mts. y 1,20 mts.

— Altura perchas 1,20 mts. y 1,40 mts.

— Se dispondrán barras metálicas horizontales a 0,75 mts. de altura. (En vestuarios y duchas)

— Dimensiones mínimas del Largo 1,80 mts. _______ recinto destinado a ducha Ancho 1,20 mts.

— Las puertas de acceso abrirán hacia afuera o serán de vaivén. ESPACIOS RESER-

VADOS (En Aulas, Salas de Reunio-nes, Locales de Espectácu-

los y Análogos)

— Reservas señalizadas obligatorias: Hasta 5.000 personas ____________ 2.00 % _____ De 5.000 a 20.000 personas _______ 1,00 % _____ Más de 20.000 personas _________ 0,50 % _____

— Condiciones de los espacios reservados, que estarán señalizados:

— Con asientos en graderío:

- Se situarán próximas a los accesos plazas para usuarios de sillas de ruedas _____

- Se destinarán otras adecuadas a personas con déficit visuales y auditivos ubicadas donde se re-duzcan estas dificultades _________________

— Con asientos no dispuestos en graderío:

- Se dispondrán espacios para los usuarios de sillas de ruedas junto al pasillo, teniendo los pasillos una anchura 1,20 mts. _________________

APARCAMIENTOS — Se reservará una plaza cada 50 plazas o fracción. — Se ubicarán próximas a los accesos peatonales. — Dimensiones 5,00 x 3,60 mts.

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ANEXO III EDIFICIOS DE VIVIENDAS

(Aplicable a zonas de uso comunitario: elementos comunes)

NORMA PROYECTO EXPACIOS

EXTERIORES — Las zonas y elementos de urbanización de uso comunitario situa-

das en los espacios exteriores de las edificaciones de viviendas se ajustarán a lo indicado específicamente para este caso en el aparta-do de Infraestructura y Urbanización. (Rellenar impreso de Infraes-tructura y Urbanización en Anexo I, salvo apartados excluidos)

INSTALACIONES Y DOTACIONES COMUNITARIAS

COMPLEMENTARIAS

— El acceso desde el exterior e interior, los vestíbulos, pasillos, hue-cos de paso, escaleras y mecanismos eléctricos se ajustarán a lo establecido en los correspondientes apartados de la normativa.

(Rellenar apartados específicos del impreso de Edificios de uso público en Anexo II).

ITINERARIOS PRAC-TICABLES

— Comunicación entre el exterior y el interior.

(Para contestar afirmativa-mente a estos apartados hay que cumplir la normativa

— Comunicación entre zonas comunes y viviendas.

exigida en todos las aparta-dos siguientes)

— Si hay ascensor obligatorio, 1 acceso hasta el ascensor.

ACCESO DESDE EL ESPACIO EXTERIOR Desnivel 12 cms. Salvado con plano inclina-

do Pendiente 60 %.

Ancho 0,80 mts.

Desnivel > 12 cms. Salvado con rampa que se ajuste a la norma. VESTIBULOS — Ø 1,50 mts.

— Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles.

PASILLOS — Anchura libre 1,20 mts. — Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo

ser sustituidos o completados por rampas accesibles.

HUECOS — Anchura de puertas de entrada de 0,80 mts.

DE PASO — Anchura de salidas de emergencia 1,00 mts.

— A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no barrido por puertas 1,20 mts.

— Entre puertas dobles deberá existir un espacio libre de Ø 1,50 mts. — Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de

control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos de paso alternativos accesibles.

— Las puertas automáticas de cierre de corredera irán provistas de dis-

positivos de apertura automáticos en caso de aprisionamiento. Deben llevar una banda indicativa de color a una altura 0,60 y 1,20 mts.

— Las puertas abatibles de cierre automático deberán llevar un meca-

nismo de minoración de velocidad.

— Las puertas de cristal deberán ser de vidrio de seguridad con un

zócalo protector de 0,40 mts. de altura y banda señalizadora horizon-tal a altura 0,60 mts. y 1,20 mts.

— La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple.

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ANEXO III EDIFICIOS DE VIVIENDAS

NORMA PROYECTO

ESCALERAS — Directriz recta o ligeramente curva.

— Longitud libre de peldaños 1,00 mts.

— Dimensiones de peldaños Huella 27 cms. (En caso de escaleras curvas se medirán a 40 cms. de su borde interior)

Contrahuella 18,5 cms.

— No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras com-pensadas.

— Fondo de las mesetas Intermedias 1,00 mts. De acceso a viviendas 1,20 mts. — Distancia de la arista de peldaños a puertas 25 cms.

— Tramos 16 peldaños.

— Altura de pasamanos 0,90 mts. y 0,95 mts.

— Si hay ojo de escalera la barandilla no será escalable.

RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva.

— Anchura 1,20 mts.

— Pavimento antideslizante. — Pendiente longitudinal Tramos longitud < 3 mts. 12 %. Tramos longitud 3 mts. 8 %. — Pendiente transversal 2 %.

— Si hay hueco la barandilla no será escalable.

1 ASCENSOR DE LOS — Puertas de recinto y cabina automáticas y con indicador acústico.

EXIGIDOS POR LA — Anchura de puertas 0,80 mts.

NORMATIVA — Fondo de cabina 1,20 mts.

ESPECÍFICA — Ancho de cabina 0,90 mts.

(Planeamiento Municipal. Normativa V.P.O. en su caso.

— Pasamanos en cabina con altura 0,80 mts. y 0,90 mts.

Normalmente son obligatorios para >PB+3)

— Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor llegará a todas ellas.

MECANISMOS ELÉCTRICOS

— Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento rotatorio.

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ANEXO IV VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS USUARIOS DE SILLAS DE RUEDAS

NORMA PROYECTO

PREVISIÓN — En los proyectos de V.P.O. y de cualquier otro carácter que se construyan, promuevan o subvencionen por las Administra-ciones Públicas y demás entidades dependientes o vinculadas al sector público, se reservará un mínimo del 3 % del total de las vi-viendas para personas con minusvalías usuarias de sillas de rue-das.

N.º total de viviendas Viviendas minusválidos

De 0 a 33 ________________________________ 0 De 34 a 66 ________________________________ 1 De 67 a 99 ________________________________ 2 De 100 a 133 ________________________________ 3 (etc).

PUERTAS — Anchura de puerta de acceso a vivienda 0,80 mts. — Anchura de puerta de acceso a estancia principal 0,80 mts. — Anchura de resto de puertas 0,70 mts. — Todas las puertas deberán poder abrirse y maniobrarse con una sola

mano.

— En los cuartos de baño abrirán hacia fuera o serán correderas. PASILLOS — Anchura: ____ En línea recta _________________ 0,90 mts.

En cambios de dirección _____________________ 1,00 mts.

En frente a las puertas que no son perpendiculares al sentido del avance ___________________________________ 1,00 mts.

RECIBIDOR — Espacio libre Ø 1,20 mts. COCINA — Frente a puerta, libre Ø 1,20 mts.

— Frente a fregadero, libre Ø 1,20 mts. (Se admite considerar hueco el espacio inferior)

— Distancia libre de paso entre mobiliario 0,70 mts.

— Si lleva equipamiento, estará adaptado para minusválidos.

1 DORMITORIO — Espacio frente a puerta de acceso y junto a un lado de la

cama Ø 1,20 mts.

Y LA ESTANCIA — Distancia libre entre mobiliario 0,70 mts.

1 CUARTO — Espacio libre Ø 1,20 mts.

DE BAÑO — Espacio libre frente al lavabo 0,70 mts.

— Espacio libre lateralmente a la bañera, ducha e inodoro 0,70 mts. (Podrá prescindirse del bidé)

— La cisterna debe llevar un sistema de descarga permitiendo el uso por personas con dificultad motora en miembros superiores.

— La grifería será fácilmente manipulable, no permitiéndose la de pomo redondo.

— Los mecanismos eléctricos se dispondrán a alturas entre 0,80 mts. y 1,20 mts.

— Si lleva equipamiento, estará adaptado para minusválidos.

Page 104: PLAN PARCIAL DEL SECTOR 5 VICAR (ALMERÍA)file/Memoria.pdfINDICE DE LA DOCUMENTACION (Art. 57 del R. de Planeamiento) 1.-MEMORIA JUSTIFICATIVA Y DETERMINACIONES DE PLANEAMIENTO 1.0

OBSERVACIONES DECLARACIÓN DE LAS CIRCUNSATANCIAS QUE INCIDEN EN EL EXPEDIENTE

Se cumplen todas las disposiciones de la Norma.

No se cumple alguna prescripción específica de la Norma debido a las condiciones físicas del te-rreno, que imposibilitan su cumplimiento, justificándose en el proyecto.

Por actuarse en edificio declarado B.I.C. o con expediente incoado, o estar incluido en el Catálogo Municipal se sujeta al régimen previsto en la ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y en la ley 1/1991 del Patrimonio Histórico de Andalucía.

LOS TECNICOS, fecha y firma: