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Artículos de difusión 001-0012
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PLANEAMIENTO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Y SUS IMPLICANCIAS EN PERIODOS DE
DESACELERACION ECONÓMICA1, 2
Marcos Rivera Montoya Gerente Precios de Transferencia
TP Consulting
INTRODUCCIÓN
Con un efecto contagio desde las economías más
afectadas al resto de economías emergentes en
el mundo, la actual desaceleración económica
supone un gran desafío de Precios de
Transferencia, no solo para las compañías
multinacionales que mantienen operaciones en
estos países, sino para sus asesores, ya que las
acciones a tomar significarían un mayor o menor
ajuste a lo establecido en los planes y estrategias
de negocios de las compañías. Por otro lado,
también es cierto que las épocas de crisis
económicas no sólo proporcionan una serie de
retos sino que también representan
oportunidades que en otras circunstancias no
serían sostenibles en períodos de expansión y
prosperidad.
Desde el punto de vista de las compañías, los
primeros ajustes se dirigen a la gestión de costos
rediseñando el manejo de la cadena de
suministros, sin embargo se corre el riesgo de no
asignar de manera realista estos costos y afrontar
una pérdida de productividad más que una
reestructuración empresarial para afrontar esta
1 Está permitido la reproducción total o parcial siempre y cuando se haga expresa referencia al autor. 2 El presente artículo puede descargarse de www.tpc.com.pe y las opiniones vertidas en el mismo no expresan necesariamente la posición de TP Consulting, por lo que no deberá tomarse literalmente al referirse a esta.
desaceleración económica, que muchas veces no
es eficiente. Por otro lado, el enfoque de Precios
de Transferencia, puede aportar no solamente
una visión de mayor espectro, sino que apunta a
una reestructuración de la eficiencia con la que se
realizan todos y cada uno de los procesos dentro
de las compañías incluso en épocas de recesión,
lo cual es importante por dos razones: (i) por el
mantenimiento de la consistencia de estrategias y
políticas comerciales intercompañías; y (ii) por
una cuestión impositiva; a medida que las
compañías comienzan a responder a la
desaceleración económica, debe también quedar
claro el cumplimiento de sus obligaciones ante la
SUNAT.
El presente artículo consta de cinco partes: en la
primera se desarrollan aspectos de
reestructuración empresarial y su relación con
Precios de Transferencia (en lo sucesivo PT),
luego se revisan aspectos sobre la gestión de las
pérdidas en épocas de desaceleración; en una
tercera parte se revisarán los aspectos de PT y el
uso de comparables; en una cuarta parte se
explicarán algunas implicancias de aduanas en
cuanto a ajustes por PT y, por último se
presentarán las conclusiones.
1. Reestructuración empresarial en épocas de
desaceleración e implicancias para Precios
de Transferencia
Como se había indicado anteriormente, las
épocas de desaceleración económica (no
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necesariamente de recesión) implican desafíos y
riesgos para los grupos de compañías vinculadas
en cuanto a la continuidad y organización de
estas, pero también significa una fuente de
oportunidades para la revisión de los procesos y
eficiencia tanto de sus subunidades y divisiones
como de las transacciones y operaciones
realizadas entre ellas.
Asimismo, es de vital importancia para las
transacciones entre compañías vinculadas la
consideración de los elementos de la última
discusión auspiciada por la OECD3 ya que ante
periodos de desaceleración económica, las
compañías pueden convertir diferentes
estructuras sobre la base de los riesgos asumidos
(y por asumir) ante diferentes escenarios de
rentabilidad, los cuales en este caso resultan
útiles por su flexibilidad en la transición de un
periodo de elevada rentabilidad a otro de
reducida rentabilidad, ya que una de las ventajas
de la reestructuración durante una
desaceleración puede ser la reducción de
impuestos sobre la conversión mencionada.
Al igual que con cualquier esquema de
reestructuración, debe ser consistente la
racionalidad económica detrás, la cual debe estar
adecuadamente sustentada por la
documentación pertinente. Es claro que una
adecuada y oportuna compilación de la
documentación que respalde la lógica comercial
de una reestructuración antes de que realmente
3 El Comité de Asuntos Fiscales de la OECD emitió un borrador de discusión sobre Reestructuración empresarial y aspectos tributarios para empresas multinacionales de Sept. 2008 a Feb 2009.
ocurra no sólo beneficiará con una transición más
suave, sino que también ayudará a mitigar la
potencial exposición a una fiscalización detallada
por la Administración Tributaria4.
Finalmente y desde un punto de vista de teoría
económica, se puede recurrir a un enfoque
alternativo para la reestructuración de las
empresas que implica el uso de teoría de juegos.
Esta podría ser utilizada para identificar la forma
en que las partes independientes consiguen
resultados rentables frente a escenarios
adversos; asimismo este enfoque resulta útil en la
asignación de costos y beneficios de la
reestructuración de empresas, donde los
resultados no son claros en virtud de la teoría
tradicional de fijación de precios de transferencia.
2. Cómo gestionar las pérdidas en épocas de
desaceleración económica y sus
implicancias para Precios de Transferencia
En épocas de desaceleración económica es claro
que una de las preocupaciones de las compañías
son las expectativas generadas por las pérdidas
del ejercicio o por la reducción de la rentabilidad
experimentada en alguna o en las principales
líneas de negocios que se manejan dentro de un
grupo de compañías vinculadas y en cómo afecta
esto al resultado consolidado.
4 Véase “Transfer Pricing and business restructuring: the choice of Hercules before the tax authorities” (Anuschka Bakker & Gianmarco Cottani), International Transfer Pricing Journal. November/December 2008
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Considerando que independientemente del
contexto económico que se viva, las
Administraciones tributarias siempre han visto
con desconfianza a las empresas con pérdidas y
en ese sentido se convierte en todo un reto para
los grupos económicos vinculados la justificación
del carácter comercial de las pérdidas y/o
reducción de la rentabilidad. Para efectos de
Precios de Transferencia esto es muy importante
ya que exige el ordenamiento de la
documentación sustentatoria que valide
explícitamente los factores internos o externos
que pudieran haber afectado la rentabilidad de la
compañía, tales como: políticas comerciales
predatorias en la región, políticas comerciales de
supervivencia estratégica o decisiones de
downsizing unilaterales de las matrices para con
las sucursales, depreciación de la moneda, entre
otras; que pueden significar la obtención de
precios más bajos para los insumos producidos
localmente (y en consecuencia de márgenes de
rentabilidad reducidos), una mayor competencia,
una reducción del volumen acostumbrado de
ventas a las vinculadas, mayores costos por
mantenimiento de inventarios que no son
realizados con la velocidad inicialmente planeada
e incluso, los mismos costos de reestructuración
dentro del grupo de compañías vinculadas.
Estas situaciones inevitables en estas épocas
llevan a las administraciones tributarias a tomar
mayor énfasis en cuanto a verificar que las
situaciones de pérdidas globales, de líneas de
negocios5 o de reducción considerable de la
rentabilidad sean consistentes con las de terceros
independientes, al menos durante un periodo
similar, de tal manera que se valide en todo
momento las normas de Precios de Transferencia
y evitar que puedan ser potencialmente
observadas y/o acotadas.
Es pues, de suma importancia, que los grupos de
compañías vinculadas dispongan de un adecuado
Planning de Precios de Transferencia y a nivel
tributario para de esta manera asegurarse que
dichas pérdidas puedan ser utilizadas en el futuro
(es decir, que sean tributariamente aceptadas
cuando la compañías vuelva a ser rentable), así
como identificar un test de ubicación para que las
pérdidas esperadas no se den en jurisdicciones
que “no puedan ser utilizadas”. Incluso, respecto
de otros arreglos como los APA (Acuerdos
Anticipados de Precios), que si bien aún no son
implementados ni aprovechados en el Perú, es
claro que muchos matrices y filiales solicitaran
una revisión de las condiciones iniciales en la
determinación del Principio de Plena
Competencia ya que las circunstancias han
cambiado.
5 Véase el caso de la Australian Taxation Office (ATO) y Roche Australia en la que se realizó una acotación a inicios del 2008 por US$121 millones por los años 1993‐2003 por las continuas pérdidas en 3 de las 4 divisiones de Roche que no podían ser sustentadas en el tiempo.
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3. Implicancias de Precios de Transferencia en
el uso de datos de compañías comparables
durante periodos de desaceleración
económica
Quizás uno de los elementos más discutibles al
momento de preparar una política de precios
dentro de un grupo de compañías vinculadas que
sea consistente durante épocas de
desaceleración económica sea la búsqueda e
identificación de fuentes externas de terceros
independientes que resulten comparables.
El uso de compañías comparables para validar un
rango de plena competencia debe basarse en
datos históricos; sin embargo existe un
cuestionamiento en cuanto las comparables
puedan presentar una significativa rentabilidad
positiva y es probable que los precios y
condiciones de negociación hayan sido mayores
en años anteriores que lo que se experimentaran
en el último año.
Por ejemplo, para disminuir esta volatilidad se
utilizan series de varios años para tener un
promedio (ciclo económico), sin embargo esto no
resulta tan eficaz cuando los eventos de
desaceleración se dan a nivel mundial o regional
con la magnitud que se observa. Incluso, un
criterio que se maneja también es el “descarte de
comparables con pérdidas”, las que por lo
general no se toman en cuenta al momento de
construir el set de comparables; sin embargo
estas acciones significan únicamente contar con
“las comparables más rentables”, no siendo
necesariamente expresión de la realidad ya que
se distorsiona la muestra; lo que nos lleva a
preguntarnos si estas empresas rentables en
épocas de desaceleración se convierten
verdaderamente en una serie válida para el
cumplimiento del principio de plena
competencia.
Por ejemplo, en el gráfico líneas abajo se observa
los niveles de rentabilidad operativa de cinco
compañías comparables a la parte analizada.
Todas ellas con márgenes que decaen el último
ejercicio producto de la crisis y desaceleración
económica. Por otro lado, la compañía que
analizamos exhibe márgenes decrecientes pero
no tan agudos como las comparables
internacionales:
FY05 FY06 FY07 FY08 AVG 05‐07 AVG 05‐08
Cía. X1 11.67% 9.23% 8.53% ‐22.00% 9.81% 1.86%
Cía. X2 5.91% 7.25% 4.43% ‐10.10% 5.86% 1.87%
Cía. X3 8.65% 7.32% 5.12% 0.16% 7.03% 5.31%
Cía. X4 15.05% 16.79% 11.11% ‐1.50% 14.32% 10.36%
Cía. X5 7.61% 4.23% 3.28% ‐6.23% 5.04% 2.22%
Cía. De Perú ‐‐> 9.22% 7.23% 4.22% 2.50% 6.89% 5.79%
periodo 08 periodo 05‐07 periodo 05‐08
Cuartil inferior ‐6.23% 7.03% 2.22%
Mediana ‐1.50% 9.81% 5.31%
Cuartil Superior 0.16% 14.32% 10.36%
% rentabilidad operativa ajustadosSet de Comparables
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Se observa que si evaluamos a la parte analizada
en el FY 08 y tomamos como criterio de
comparación el rango de compañías comparables
del periodo 2005‐2007, nuestra parte analizada
(2.5%) se encontraría por debajo del rango
mencionado, lo que llevaría a decir que dichos
resultados no cumplen con el principio de plena
competencia. Hemos tomado este periodo
porque ante la falta de información de cierre de
ejercicio, se utiliza un promedio para aproximar
las condiciones de mercado. Si la SUNAT
considera estos cálculos preliminares como
finales, estaría acotando a la compañía sobre la
base de una estacionalidad equivocada. Incluso,
si se tomara como criterio de comparación el FY
08 de las comparables también se estaría
malinterpretando la información, dado que en
este año, las comparables ya se han visto
afectadas por la crisis y la desaceleración. Estos
dos escenarios son muy importantes de
identificar, porque nos llevan a concluir
erradamente la condición de la compañía en
contextos económicos diferentes. Una alternativa
es la consideración de un rango que incluya el
promedio de los años 2005‐2008 ajustados por
efectos de la crisis, de tal manera que al
compararlo se obtenga un escenario más realista
con un rago de 2.22% a 10.36%, donde el 5.79%
(promedio del mismo periodo de la parte
analizada) se encuentra cumpliendo el principio
de plena competencia.
De otro lado, respecto de las políticas de fijación
de precios bajo condiciones y lineamientos de
Precios de Transferencia, cabe mencionar que
muchas veces este se realiza en épocas de
rentabilidad, por lo que muchas veces dichas
políticas no funcionan de acuerdo a la realidad,
ya que existe el “incentivo perverso” de muchas
compañías de una política de “beneficios
garantizados”, sobre la base de datos
comparables en periodos muy rentables, siendo
necesario una revisión de las metodologías de
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fijación de precios, sobre todo, si se aplican
adecuadamente y en el momento correcto6.
4. Aspectos de Aduanas y ajustes por Precios
de Transferencia
Otro de los aspectos a considerar también son los
efectos que pueda tener la reducción de los
derechos aduaneros que se obtienen por las
compras y ventas intercompañías de filiales. La
erosión de los ingresos fiscales para la
Administración tributaria significará una mayor
proactividad por parte de esta para mantener
dichos ingresos, y para el caso de las
importaciones los efectos son más que evidentes
puesto que trascurrir de un ciclo de crecimiento
económico a otro que pueda exhibir una severa
desaceleración económica, se reflejarán en
ajustes por Precios de Transferencia sobre listas
de precios, que a su vez tendrán efectos sobre las
declaraciones (DUA) presentadas de un año a
otro y de cómo serían sustentadas antes
observaciones de la oficina de Aduanas que verán
mermadas su recaudación.
Un ejemplo de esto se puede graficar en la
industria farmacéutica: Tenemos a los
Laboratorios XYZ (Perú) cuya matriz en Estados
Unidos reconoce y acepta que exhiba una
rentabilidad antes de impuestos respecto del
nivel de sus ventas netas del orden del 10%. Para
6 Por ejemplo: en años de bonanza, se hace uso de un indicador de rentabilidad comparativo a niveles operativos (OM), pero cuando la desaceleración afecta, se cambia a otro como EBITDA o Gross margin con la finalidad de mantener el cumplimiento del principio de plena competencia.
ello, las listas de precios pactadas entre estas
vinculadas se presentan ante la Administración
tributaria como las condiciones consistentes para
PT. De otro lado, la caída consecutiva en el índice
NASDAQ donde se ubican las cotizaciones de la
matriz, provoca que la matriz reevalúe las
condiciones y precios entre estas, llevando que
ahora la rentabilidad antes de impuestos
respecto del nivel de sus ventas netas sea tan
sólo 2%. Asimismo, esto significa que muchas
veces los precios como parte de una estrategia
comercial de irrupción en el mercado (y por
mantenerse en el mismo) signifiquen que
Laboratorios XYZ obtenga márgenes nulos o
negativos en algunas de sus líneas.
Para efectos de recaudación aduanera, en un
primer momento significará una aumento por el
mayor precio pagado por Laboratorios XYZ al
momento de importar, sin embargo para
cuestiones de Precios de Transferencia (e incluso
de Impuesto a la Renta), no habría razón
aparente para esta reducción de la rentabilidad
de XYZ si es que no se sustenta adecuadamente y,
sobre todo, si es que no se explicitan los pasos a
seguir ante requerimientos de ajustes por PT. En
estos casos, contar con el “masterfile” que
sustente el cálculo y las políticas de fijación de
precios y condiciones entre vinculadas es la mejor
respuesta7.
7 Véase “Documenting and defending Transfer Pricing policies: the often underestimated role of contracts” (Marco Wallart & Monique van Hersken) en International Transfer Pricing Journal. July/August 2004; “The Customs/Transfer Pricing dilemma: ensuring documentation considers both agencies” (Stuart Edward, Julian Hine & John O´Halloran), Tax Management Transfer Pricing Report. January 2003; y también “Mandatory discounts and Transfer Pricing adjustments in the pharmaceutical industry” (Ulf Andersen &
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5. Conclusiones
Sobre la base de consideraciones de Precios de
Transferencia, los periodos de desaceleración
económica se pueden visualizar como dos caras
de una misma realidad: oportunidades y riesgos.
Ahora más que nunca, las compañías con
operaciones con vinculadas no domiciliadas
necesitan ser vigilantes con respecto al posible
control que pueden ejercer sobre las condiciones
de mercado y de Precios de Transferencia, tanto
en sus acuerdos intercompañías como en las
estructuras derivadas de alguna planificación
tributaria que afecten sus precios y condiciones
mercantiles. En ese sentido, se deberá ser más
cuidadoso al momento de determinar e
implementar políticas dentro del grupo vinculado
sobre la base de resultados en épocas de
desaceleración económica de tal manera que se
puedan cumplir con los criterios de Precios de
Transferencia y mantener la eficiencia, y como
recomendaciones:
(i) contar con una adecuada
Documentación sustentaría de las
transacciones entre partes vinculadas;
(ii) considerar las nuevas aproximaciones de
la OECD a las opciones de
reestructuración empresarial;
(iii) flexibilizar los criterios de comparables
con los cuales de determina y aplica la
metodología de Precios de Transferencia
en aras de intentar reflejar mejor el
contexto contemporáneo; y
Vera Mohn) en International Transfer Pricing Journal. November/December 2004.
(iv) el uso de promedio ajustados para
reflejar mejor las estacionalidades de los
ciclos económicos durante épocas
recesivas y de auges para las
comparables.