Planificacion de Obra

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Presentación de planificación de obra

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ADMINISTRACIN Y PLANIFICACIN DE LA OBRA

De acuerdo al Ministerio de trabajo y desarrollo laboral de Panam se tiene:

JORNADA DE TRABAJO:ART 30. 31/CODIGO DE TRABAJO

- Es el tiempo que el trabajador no puede utilizar libremente por estar a disponibilidad del empleador, estas pueden ser de 3 clases: 1. Jornada Diurna: es de 6:00am a 6:00pm es de 8 horas diarias y se remunera con 8 horas diarias. 2. Jornada Nocturna: es de 6:00pm a 6:00am no ser mayor de 7 horas diarias y se remunera como 8 horas de trabajo diurno. 3. Jornada Mixta: es de 7 horas y media, esta abarca horas del perodo diurno y nocturno, siempre y cuando no comprenda ms de 3 horas nocturnas y se remunera con 8 horas de trabajo diurno.2

JORNADA EXTRAORDINARIAEL tiempo extraordinario tambin conocido como horas extras, y es todas las horas que excedan el lmite de la jornada ordinaria (diurna, nocturna y mixta) y ser remunerada as: Con un 25% de recargo sobre el salario, cuando se efectu en el periodo diurno.

Con un 50% de recargo sobre el salario, cuando se efectu en el periodo nocturno. Con un 75% sobre el salario cuando la jornada extraordinaria sea prolongacin de la nocturna o de la jornada mixta iniciada en el periodo nocturno.

DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO POR FIESTA O DUELO NACIONALFIESTA NACIONAL.

-.1ERO DE ENERO.-.MARTES DE CARNAVAL-.1ERO DE MAYO-.3 Y 5 DE NOVIEMBRE.-.10 Y 28 DE NOVIEMBRE-. 8 Y 25 DE DICIEMBRE-. El da que tome posesin el presidente electo de la Repblica. (Cada 5 aos).DUELO NACIONAL.

-.El 9 de Enero.-.Viernes Santo.EL TRABAJO EN DA DE FIESTA O DUELO NACIONAL SE PAGAR CON RECARGO DE 150% SOBRE EL SALARIO DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO.

PRESTACIONES SOCIALESSon aquellas que derivan de la terminacin laboral o del contrato de trabajo.

Derechos Adquiridos:Vacaciones.Dcimo tercer mes.Prima de Antigedad. VACACIONES

-30 DAS POR CADA 11 MESES CONTINUOS DE TRABAJO.-PAGO DE 1 MES DE SALARIO.Promedio de los 11 Meses: TOTAL DE SALARIOS: 5444$SE DIVIDE ENTRE LOS 11 MESES5440/11=494 $

ltimos Salarios bases: 500$

Las vacaciones seran de 500$ y se le hacen las deducciones de seguro social (9.75%) y seguro educativo (1.25%)DCIMO TERCER MES(DECRETO N 19 DEL 7 DE SEPTIEMBRE DE 1973) El pago o consignacin de cada una de las 3 partidas del XIII mes debe calcularse sobre el promedio de los salarios percibidos por el trabajador que corresponda a cada partida, incluyendo salarios base, horas extras, comisiones, permisos remunerados, riesgos profesionales y bonificaciones.

Esta retribucin se paga en tres partidas as:

1: 15 de abril (periodo del 16 de dic al 15 de abril).2: 15 de agosto (perodo del 16 de abril al 15 de agosto).3: 15 de diciembre ( perodo 16 de agosto al 15 de diciembre).

DCIMO TERCER MESCmo se calcula?Total de salarios 16 Dic. Al 15 de abril/2014/MesesMonto de decimo2122.00/12176.83

PRIMA DE ANTIGEDAD (ART 224 Y 225 CDIGO DE TRABAJO) A la terminacin de todo contrato por tiempo indefinido, cualquiera que sea la causa de terminacin, el trabajador tendr derecho a recibir de su empleador una prima de antigedad, a razn de una semana de salario por cada ao laborado, desde el inicio de la relacin de trabajo.