17
Lima – 2012 II “ PLANILLA DE PAGO Y BENEFICIOS Presentado por: INina Calle Elizabeth Chipana Arana Sonia Sanchez Luyo Ronald Canta Robles Carlos 1

PLANILLA

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: PLANILLA

Lima – 2012 II

“ PLANILLA DE PAGO Y BENEFICIOS

Presentado por:INina Calle ElizabethChipana Arana SoniaSanchez Luyo RonaldCanta Robles Carlos

1

Page 2: PLANILLA

El Libro de Planillas es un registro contable que permite guardar la información de la relación de los trabajadores con la empresa, su

remuneración y demás beneficios que se le paguen. El registro de trabajadores en

el Libro de Planillas dentro de las 72 horas de inicio de las prestaciones de

servicios

¿Qué es el Libro de Planillas?

2

Page 3: PLANILLA

Los registros de Planillas pueden ser operados en hojas móviles(físico), siempre

que se archiven y empasten las que corresponden a un período determinado o planillas electrónicas para la cual se hace

uso de la clave SOL.

El libro de planillas contiene registros y controles de los salarios y los descuentos

practicados a los trabajadores.3

Page 4: PLANILLA

¿A PARTIR DE CUÁNDO DEBO REGISTRAR AUN TRABAJADOR EN PLANILLAS?

Debo registrar a mis trabajadores en las planillas dentro de las 72 horas de inicio de la prestación de servicios, cualquiera que sea su forma de contratación laboral. Las formas de contratación establecidas pueden ser tres:

1. CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO INDETERMINADO:

Cuando acuerdo con el trabajador que prestará sus servicios de manera subordinada y remunerada; pero el contrato no se sujeta a un plazo de duración definido.

2. CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD:

Los contratos de trabajo sujetos a modalidad son por un tiempo determinado (tienen un inicio y un fin). Pueden celebrarse conforme a las necesidades de la empresa y son de tres tipos:

• DE NATURALEZA TEMPORAL

• DE NATURALEZA ACCIDENTAL

• DE OBRA O SERVICIO

3. CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL:

El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado con el trabajador la prestación de servicios durante menos de 4 horas al día o menos de 20 horas a la semana.

4

Page 5: PLANILLA

¿CUÁNDO USAR UNA PLANILLA ELECTRÓNICA Y UNA PLANILLA FÍSICA?

5

Page 6: PLANILLA

1.  PLANILLA FÍSICA (EN PAPEL) SI ES QUE:

Es una Persona Natural con negocio con un máximo de 3 trabajadores. Requisitos que debe presentar

- Nombre o razón social y domicilio del empleado. - Nombre del representante legal del empleador y número de DNI.- Número de RUC del empleador y Dirección del centro de trabajo.

- Número de folios del libro o de las hojas sueltas a ser autorizados.• Copia del comprobante de información registrada que

contenga el Registro Único del Contribuyente (RUC).

- El libro de planillas de pago u hojas sueltas a ser autorizados (debidamente numerados). 6

Page 7: PLANILLA

LEGISLACIÓN DE PLANILLAS FISICAS

Presento el libro o las hojas sueltas. Las hojas sueltas deben estar numeradas y su formato contendrá conceptos de acuerdo con el art.

14 del D.S. N° 001-98-TR. Pago la tasa. Comprobante de pago del

Banco de la Nación por la tasa de 1% UIT, por cada 100 hojas.

7

Page 8: PLANILLA

Es una persona natural o persona jurídica con alguna de estas características:

Tiene más de 3 trabajadores y la empresa goza de estabilidad

jurídica y/o tributaria.Cuenta con uno o más prestadores de

servicios y/o personal de terceros, ademas si está obligado a efectuar alguna retención

del Impuesto a la Renta de 4ta o 5ta categoría.

Has suscrito con el Seguro Social de Salud (EsSalud) un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.Has contratado los servicios de una Entidad

Prestadora de Salud (EPS) u otorgas servicios propios de salud conforme lo dispuesto en la Ley Nº 26790, normas reglamentarios y complementarias.

2. PLANILLA ELECTRONICA SI ES QUE:

8

Page 9: PLANILLA

LEGISLACIÓN PLANILLAS ELECTRÓNICAS

¿Cuál es la base normativa específica del RTPS?

El Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, su modificatoria contenida en el Decreto Supremo Nº 014-2006-

TR, y la Resolución Ministerial Nº 003-2007-TR. Asimismo, el Decreto Supremo N° 006-2007-TR, que

prorroga la fecha de entrada en vigencia de la obligación de llevarlo y declararlo.

¿Cuándo entrará en vigencia el RPTS?

De conformidad con el Decreto Supremo 006-2007-TR, a partir del 1 de setiembre de 2007. La primera

declaración se realizará en el mes de octubre respecto del mes de setiembre.

9

Page 10: PLANILLA

DATOS QUE SE CONSIGNAN EN LA PLANILLA ELECTRÓNICA

Datos del empleador declarante

Indicar tipo de empresa

Datos de trabajadores, pensionistas, prestadores

de servicios, cuarta categoría, modalidades

formativas y personal de terceros.

La planilla electrónica se descarga de la

página web de la SUNAT, mediante el formato PDT

601..

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene la facultad de verificar toda la información consignada en la Planilla. 10

Page 11: PLANILLA

INFORMACION PLANILLA ELECTRÓNICA

EmpleadoresTrabajadores y Prestadores

PLANILLA ELECTRÓNICA -

CONDICIONES DE TRABAJO

IMPUESTO A LA RENTA

APORTES PREVISIONALES

Cautela derechos y condiciones

laborales y de Seg. Social.

Recursos de Tesoro Público

Fondo de Pensiones

• Salud.• Protección

accidentes

de trabajo.

APORTES ESSALUD

INF. PARA LA MEJORA DEL SERV. CIVIL

Gestión de las personas al servicio del

estado

11

Page 12: PLANILLA

Es un documento llevado a través de medios informáticos

desarrollados por la SUNAT, en el que se encuentra información de

los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios,

personal en formación laboral, personal de terceros y

derechohabientes.

Se encuentra conformada por la información del Registro de

Información Laboral (T-REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos

(PLAME) que se elabora a partir de la información del Registro.

¿QUÉ ES LA PLANILLA ELECTRÓNICA?

12

Page 13: PLANILLA

Pre

sta

dore

s

Personal de Terceros

Personal en formaciónmodalidad formativa

Pensionistas

TrabajadoresDerechohabientes

Empleador

PS 4TA Categoría

Planilla

DeclaraciónJuradaRet 4ta,Ret 5ta,EsSalud,

ONP,COSAP,FDSA,SCTR,

+ Vida Seg .Y Aseg. TuPensión.

T-REGISTRO (SOL) PLAME (PDT)

COMPOSICIÓN DE LA NUEVA PLANILLA ELECTRÓNICA

SINCRONIZACION

13

Page 14: PLANILLA

¿A QUÉ SE DENOMINA T-REGISTRO?

Es el Registro de Información Laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación – modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derechohabientes.

Comprende información laboral, de seguridad social y otros datos sobre el tipo de ingresos de los sujetos registrados.

El aplicativo se encuentra en SUNAT Operaciones en Línea - SOL.

14

Page 15: PLANILLA

EFECTOS POSITIVOS DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA Ha eliminado el costo de tramitación de las

planillas de pago y del libro especial de modalidades formativas.

La Planilla Electrónica consolida varias obligaciones, que antes debían cumplirse de manera separada, entre ellas: la de llevar Libro de Planillas, la de llevar Libro de Modalidades Formativas y la de inscribirse ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.

 Desaparición del costo para almacenamiento físico de las planillas.

Contribución a los fines de la administración de justicia: reducción del tiempo deprocesos judiciales

Fortalecimiento de la inspección del trabajo15

Page 16: PLANILLA

BENEFICIOS

16

Page 17: PLANILLA

MUCHAS GRACIAS ...

17