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PLIEGO DE BASES TÉCNICAS CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO VASCO DE GESTION DE PENAS (SVGP) Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ tef. 945 01 90 91 – Fax 945 01 91 53 – e-mail [email protected] JUSTIZIA ETA HERRI ADMINISTRAZIO SAILA Justizia Sailburuordetza Justizia Zuzendaritza DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Viceconsejería de Justicia Dirección de Justicia

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PLIEGO DE BASES TÉCNICAS

CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO VASCO DE GESTION DE PENAS (SVGP)

Donostia - San Sebastian, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ tef. 945 01 90 91 – Fax 945 01 91 53 – e-mail [email protected]

JUSTIZIA ETA HERRI ADMINISTRAZIO SAILAJustizia SailburuordetzaJustizia Zuzendaritza

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICAViceconsejería de JusticiaDirección de Justicia

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PLIEGO DE BASES TECNICAS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA COLABORACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, DE DETERMINADAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ASÍ COMO DE LAS SUSPENSIONES DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD Y DE LAS SUSTITUCIONES DE CONDENA, EN LA CAPV .

1.- INTRODUCCIÓN:

Hasta la fecha la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi a través de la Dirección de Justicia y mediante los contratos para la prestación del Servicio de Asistencia al Detenido (SAOS) y de Asistencia a la Reinserción (SAER) presta colaboración a los órganos judiciales, en dos ámbitos:1.- A través del SAOS facilitando la información de carácter personal, social y familiar completando la obtenida por el Juzgado correspondiente, ofreciéndole a éste una visión más general del usuario en cualquier momento del procedimiento, a fin de facilitar la toma de decisiones por los Juzgados de Instrucción y los Juzgados del Orden penal. 2.-A través del SAER, presta su colaboración a los juzgados y tribunales en la Información a los órganos judiciales (Información a los órganos judiciales responsables de la ejecución de la pena o de la medida de seguridad, a efectos de una posible suspensión de la pena, aplicación de una pena de trabajo en beneficio de la comunidad o aplicación de una medida de seguridad e Información al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en relación con las posibilidades y recursos para la excarcelación), seguimiento de las obligaciones y deberes de la suspensión o sustitución de la pena privativa de libertad que establezca el órgano judicial (arts. 83 y 88 CP), preparación y seguimiento de la ejecución de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad (art. 49 CP), seguimiento de la ejecución de las medidas de seguridad (arts. 101 a 104 CP) y seguimiento de los liberados condicionales (art. 90.2º CP).

Ambos servicios se vienen prestando en virtud de contratos administrativos suscritos entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el IRSE-EBI INSTITUTO DE REINTEGRACIÓN SOCIAL DE BIZKAIA, (SAOS Expte. C.C.C nº C06/010/2006 y SAER Expte. C06/009/2006).

El servicio se presta en los tres Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ubicándose en los diferentes Palacios de Justicia de Bilbao, Barakaldo, Donostia y Gasteiz .

La vigencia inicial de los contratos se extendía al año 2007. Además son susceptibles de cuatro prórrogas, abarcando cada una de las prórrogas el año natural, es decir, del uno de enero hasta el treinta y uno de diciembre, por lo que la cuarta y última prórroga correspondiente al año 2011 finaliza el 31 de diciembre.

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Con fecha 8 de gosto de 2011 se ha suscrito el convenio de colaboración ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR A TRAVÉS DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR EL QUE SE ACUERDA LA COLABORACIÓN EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, DE DETERMINADAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ASÍ COMO DE LAS SUSPENSIONES DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD Y DE LAS SUSTITUCIONES DE CONDENA.

En consecuencia la Dirección de Justicia del Departamento de Justicia y Administración Pública, inicia el tramite del expediente de contratación del servicio de gestión correspondiente a las funciones relativas al cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, de determinadas medidas de seguridad, así como de las suspensiones de las penas privativas de libertad y de las sustituciones de condena para el ejercicio del 2012. Una vez queden sin efecto a partir del 31 de diciembre de 2011 los contratos del SAOS y SAER.

Todo ello de conformidad al presente Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentación que obra en el expediente. 2.-OBJETO:

Es objeto de la presente la contratación del Servicio Vasco de GESTION DE PENAS (SVGP), mediante la COLABORACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, DE DETERMINADAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ASÍ COMO DE LAS SUSPENSIONES DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD Y DE LAS SUSTITUCIONES DE CONDENA, EN LA CAPV.

3.- SERVICIO A PRESTAR:

3.1.-PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN:

3.1.1- Corresponde a los Juzgados y Tribunales sentenciadores o ejecutantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

Emitir las resoluciones que se dicten respecto a las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, las suspensiones de condena, las sustituciones de condena y las medidas de seguridad y realizar las copias de dichas resoluciones en unidad de acto, remitiendo: 1.- Las copias a los órganos o servicios del Gobierno Vasco encargados de la realización de la gestión de las mismas.2.- Y los originales a los Servicios estatales de gestión de penas y medidas alternativas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para su conocimiento y tratamiento a los efectos oportunos.

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Los Servicios del Gobierno Vasco recibidas de los órganos judiciales la documentación penal pertinente, procederán a la tramitación administrativa de todas las actuaciones precisas para la ejecución de las penas y medidas referenciadas.

Les corresponde en consecuencia las citaciones a los de penados, entrevistas, elaboración de planes de ejecución o planes individuales de intervención y seguimiento, altas y bajas en Seguridad Social en los casos de penados a trabajos en beneficio de la comunidad, así como cualquier otra función necesaria par acometer en el desarrollo de la gestión de penas.

3.1.2.- Corresponde a los Servicios de gestión de penas y medidas alternativas de las restantes Comunidades Autónomas dependientes de la Administración Estatal, facilitar a los Servicios del Gobierno Vasco, copia de cuantas resoluciones judiciales relativas a penas y medidas alternativas sean recibidas en sus distintos servicios, en los casos que los penados a ellas sometidos tengan establecido su domicilio en el País Vasco. A tal fin, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto, arbitrará los mecanismos e instrucciones necesarias.

3.2-FUNCIONES Y TAREAS:

3.2.1.- Se encargarán de la búsqueda de recursos, de las derivaciones a los mismos de los penados y de los sometidos a una medida de seguridad, y del seguimiento de unos y otros, para el adecuado desarrollo de los distintos programas de intervención -en los casos de suspensiones, sustituciones de condena y medidas de seguridad-, así como para la consecución de las jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad que correspondan.

3.2.2.- Realizarán y remitirán los Informes preceptivos sobre evolución y seguimiento que deben elevarse a las autoridades judiciales competentes durante el desarrollo de los programas de intervención, o durante el desenvolvimiento de las jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad.

3.2.3.- Comunicarán a los Servicios Penitenciarios las incidencias relevantes que se produzcan en la ejecución de estas penas y medidas y la finalización de las actuaciones que han convenido llevar a cabo, junto con copia de los informes, si los hubiere por ser preceptivos, remitidos al órgano judicial competente.

3.2.4.- En cumplimiento de la obligación asumida por el Ministerio del Interior respecto a la cobertura de las contingencias que corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los penados a trabajos en beneficio de la comunidad, por los días de prestación efectiva de trabajo desarrollados, una vez al año, el día 1 de diciembre, los Servicios del Gobierno Vasco remitirán a la Subdirección General de Coordinación Territorial informe que indique el número total de jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad que han sido desarrolladas.

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Los informes abarcarán desde el 1 de diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre del año sobre el que se informe.

3.2.5.- Todas las funciones serán realizadas de acuerdo a los anexos del Convenio suscrito con fecha 8 de agosto de 2011 que sirve de fundamento al presente contrato.

4.-OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA:

Características de la prestación del servicio: 4.1.- La entidad adjudicataria desarrollará el servicio en los términos previstos en este pliego, y de acuerdo con el programa propuesto, durante el ejercicio del 2012.

4.2.- Tareas de la entidad:

4.2.1.- Medios personales/Perfil requerido al personal:

La empresa adjudicataria proporcionará los medios personales necesarios para la correcta realización del servicio, además de encargarse de la formación continua de los trabajadores. El personal que preste el servicio, en todo momento, durante el horario de atención al público, deberá cumplir los requisitos de titulación que a continuación se detallan:

- En Gipuzkoa, debe disponer como mínimo de 4 técnicos profesionales, un Jurista Licenciado en Derecho, el resto de técnicos profesionales licenciados en Psicología, titulados/licenciados en Trabajo Social u otros títulos/licenciaturas de similares ámbitos laborales, que desarrollarán su labor en las dependencias del Departamento de Justicia y Administración Pública, en el Palacio de Justicia de Donostia-San Sebastián.

- En Araba, debe disponer como mínimo de 3 técnicos profesionales, un Jurista Licenciado en Derecho, el resto de técnicos profesionales licenciados en Psicología, titulados/licenciados en Trabajo Social u otros títulos/licenciaturas de similares ámbitos laborales, que desarrollarán su labor en las dependencias del Departamento de Justicia y Administración Pública, en el Palacio de Justicia de Vitoria-Gasteiz.

- En Bizkaia, debe disponer como mínimo de 7 técnicos profesionales, un Jurista Licenciado en Derecho, el resto de técnicos profesionales licenciados en Psicología, titulados/licenciados en Trabajo Social u otros títulos/licenciaturas de similares ámbitos laborales, que desarrollarán su labor en las dependencias del Departamento de Justicia y Administración Pública, en el Palacio de Justicia de Bilbao.

Ausencias retribuidas del persona bajas, licencias, vacaciones: En casos de variación de plantilla por bajas o por ausencias de personal de más de 5 días, la entidad adjudicataria realizará las sustituciones necesarias para que

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siempre se disponga del mismo numero de técnicos profesionales de igual cualificación en el servicio, previa comunicación por escrito a la Dirección de Justicia del Departamento al objeto de que preste conformidad. Durante las vacaciones del personal, la entidad adjudicataria garantizará que el servicio sea atendido.

La empresa adjudicataria designará un técnico profesional, que coordinará los servicios prestados, la homogeneidad de los criterios de servicio y de los datos e informes que se produzcan, así como la comunicación con la Dirección de Justicia.

La empresa adjudicataria deberá encargarse de la formación continua de los trabajadores. Al comienzo del año se entregará a la Dirección de Justicia un listado de las actividades formativas previstas y al final del mismo un listado de las actividades realizadas.

4.2.2.- Medios materiales:

La entidad adjudicataria prestará el servicio en las dependencias judiciales proporcionadas por el Departamento de Justicia y Administración Pública, habilitadas al efecto de la prestación del servicio, con las instalaciones y mobiliario necesario. Se entienden incluidos los aparatos telefónicos, las conexiones informáticas y el fax.

Correrán a cargo de la entidad adjudicataria los teléfonos móviles, material informático y el material fungible de oficina, fotocopias, maquinas impresoras.

4.2.3.- Horario del servicio:

La empresa adjudicataria deberá garantizar como mínimo semanalmente 35 horas de servicio, con el siguiente horario de atención al público:

.-De lunes a jueves de 8:30 h. a 14:30 h. y de 16:00h. a 18:00 h.

.-Viernes de 8:30 a 14:30.

.-Julio y agosto de 8:00 h. a 15:00 h.

4.2.4.-Datos e Informes a remitir por la entidad adjudicataria:

Elaborar y entregar al Departamento de Justicia y Administración Pública los informes que a continuación se indican y con la periodicidad que se señala, en forma y contenido fijado desde el Departamento de Justicia y Administración Pública.

La entidad adjudicataria se compromete a poner a disposición del Departamento de Justicia y Administración Pública los datos que le sean requeridos en cada momento sobre las actividades realizadas, el catalogo de recursos sociales existente y el numero, situaciones y características de las

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personas atendidas, así como a facilitar el acceso directo de los datos informatizados al Departamento de Justicia y Administración Pública.

Con periodicidad trimestral: la entidad adjudicataria redactará un informe estadístico con los datos de la C.A.P.V. y de cada Territorio Histórico, señalando el numero de personas atendidas de acuerdo con la clasificación de situaciones que se determine en las reuniones periódicas a celebrar entre los representantes de la entidad adjudicataria y la Dirección de Justicia del Departamento de Justicia, y Administración Pública tendentes a lograr la uniformidad en la recogida de datos, incluyéndose en los informes mencionados no solamente el numero de casos atendidos, sino también toda la información necesaria para comprender la actividad realizada por el adjudicatario.

Finalizado el año natural:

La entidad adjudicataria presentará una Memoria, antes del 28 de febrero del año siguiente, con la relación completa de datos estadísticos del ejercicio y la valoración de la actividad, haciendo constar, en su caso, las dificultades encontradas y la valoración de los datos, proponiendo las soluciones y modificaciones que se consideren adecuadas. Asimismo, se incluirán en documento separado propuestas de futuro. Esta Memoria se entregará al Departamento de Justicia y Administración Pública por medio de la Dirección de Justicia.

4.2.5.- Reuniones de Coordinación: Mantener reuniones bimensuales de coordinación, dirección y evaluación con la Dirección de Justicia.

4.2.6.- Otras obligaciones:

Deber de comunicación:

.-La empresa adjudicataria deberá comunicar por escrito a la Dirección de Justicia las propuestas y contactos de que disponga para que esta Dirección promueva la adopción de los acuerdos, protocolos y convenios que se tengan por convenientes con los Juzgados de Instrucción, Jueces y Tribunales del orden penal, Decanatos de los Juzgados, Consejo General del Poder Judicial, Departamento de Interior, Departamento de Sanidad, Fiscalía, Colegios de Abogados u otras entidades o instituciones, para el mejor desarrollo de las funciones atribuidas al servicio.

.- La empresa adjudicataria deberá comunicar por escrito a la Dirección de Justicia cualquier eventualidad acontecida, así como la asistencia y participación en cualquier tipo de conferencias, actos, etc. durante la jornada laboral que afectara al desarrollo del contrato, comunicar por escrito las solicitudes de información recibidas de medios de comunicación y poner en conocimiento de la entidad publica los requerimientos de la autoridad judicial que impliquen necesidades de dotación de nuevos recursos o que puedan exceder del objeto del contrato.

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.- La empresa adjudicataria deberá cualquier institución pública o privada que se ponga en contacto con ella para conocer el trabajo, participar en foros o debates, visitar el servicio, dar una charla o Conferencia etc., siempre que se pongan en contacto para la participación del servicio en cuanto a Servicio del Gobierno Vasco y por tanto referido al trabajo que se desarrolla en el mismo, el solicitante deberá realizar una petición formal a la Dirección de Justicia, bien sea por escrito o por e-mail.   Posteriormente desde la Dirección se decidirá en qué términos se da la charla o visita y quién acudirá a la misma, cuando sea precisa la participación del personal del Servicio la Dirección lo comunicará inmediatamente a efectos de planificar el acto.

.- La empresa adjudicataria deberá cuando el personal del Servicio participe en cualquier foro invitado por el trabajo que se realiza en el mismo presentarse única y exclusivamente como Servicio realizado para el Gobierno Vasco, (parte integrante de los Servicios de Cooperación con la Justicia del Gobierno Vasco).

.-Será responsabilidad de la entidad adjudicataria la supervisión y atención de las personas que vayan a realizar prácticas en la entidad en las sedes del Servicio Vasco de Gestión de Penas. Sin embargo la entidad adjudicataria deberá informar a la Dirección de Justicia y consensuar el perfil de las personas que vayan a hacer prácticas. De forma protocolaria se establecerán las condiciones y el número máximo de personas en prácticas que pueden estar en cada sede en el mismo periodo para una adecuada prestación del servicio.

Deber de colaboración con el Departamento de Justicia y Administración Pública: La empresa adjudicataria deberá comprometerse a prestar su colaboración en las actividades de divulgación del servicio y sensibilización de la sociedad y de los operadores jurídicos respecto a la necesidad y eficacia de la adecuada utilización del servicio, previa autorización de la Dirección de Justicia.

La empresa adjudicataria deberá Incluir en la papelería y en todos los documentos que se entreguen a órganos judiciales, personas, asociaciones... el nombre del servicio y la dependencia de la Dirección de Justicia. Dicha papelería y demás materiales con el logotipo del servicio se pondrán a disposición de la entidad adjudicataria por parte del Departamento de Justicia y Administración, en función de las características de la misma.

4.2.7.-Condiciones lingüística:

Respecto a las condiciones lingüísticas si bien vienen recogidas en el Pliego de condiciones Particulares se hace mención específica a que el adjudicatario del servicio dispondrá de los medios necesarios para atender al usuario en la legua oficial de la CAPV que demande.

4.3.8.-Otras obligaciones:

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La empresa adjudicataria deberá comunicar a la Dirección de Justicia todo tipo de incidencias, realizar sugerencias, tramitar quejas y colaborar en todo momento conjuntamente con la Dirección en la prestación del servicio.

5.-ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES:

5.1.- De la Administración Autónoma: El Departamento de Justicia y Administración Pública, no será responsable en ningún caso de las obligaciones derivadas de la relación laboral en su caso de las personas que presten sus servicios a la adjudicataria y que sean destinadas a este contrato, responsabilidad que será exclusiva de la misma.

5.2.- De la entidad adjudicataria: Esta será responsable de las incidencias, de cualquier clase y naturaleza, que se pudieran producir derivadas directa o indirectamente del cumplimiento de las obligaciones propias del funcionamiento del mismo.

6.-SUPERVISION Y SEGUIMIENTO:

Los servicios del servicio Vasco de Gestión de penas se prestarán, en todo caso, según las directrices que determine el Departamento de Justicia y Administración Pública, a través de la Dirección de Justicia, quien supervisará los trabajos realizados por el adjudicatario y ejercerá el control necesario para que la gestión del servicio tenga la eficacia deseada.

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