PROCEDIMIENTO DE SEGUROS Código: P-GR-04 Versión: 05 1. PROPÓSITO Administrar el programa de seguros del municipio de Bello, velando por la asegurabilidad de los bienes muebles e inmuebles y de las personas según lo dispuesto por la ley y de aquellos por los que sea o llegase a ser legalmente responsable. 2. ALCANCE Inicia con la identificación de los bienes y personas, analizando su debida asegurabilidad y va hasta el informe de la autoevaluación de la gestión realizada. Nota 1: La relación de los bienes muebles a asegurar es la suministrada por la oficina de Adquisiciones y Suministros según facturas relacionadas en el libro radicador. 3. RESPONSABLES Secretario General y/o Técnico Administrativo 4. GENERALIDADES 4.1. DEFINICIONES SEGUROS Código: F-GI-31 Versión: 03 Fecha de aprobación: 2014 / 02 / 26 Página 1 de 69
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Plantilla para la Elaboración de DocumentosCódigo:
P-GR-04
Versión:
05
PROPÓSITO
Administrar el programa de seguros del municipio de Bello, velando
por la asegurabilidad de los bienes muebles e inmuebles y de las
personas según lo dispuesto por la ley y de aquellos por los que
sea o llegase a ser legalmente responsable.
ALCANCE
Inicia con la identificación de los bienes y personas, analizando
su debida asegurabilidad y va hasta el informe de la autoevaluación
de la gestión realizada.
Nota 1: La relación de los bienes muebles a asegurar es la
suministrada por la oficina de Adquisiciones y Suministros según
facturas relacionadas en el libro radicador.
RESPONSABLES
GENERALIDADES
SEGUROS
· ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y
externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una
persona.
· AGENTE DE SEGUROS: Es toda persona física o moral, cuya actividad
está autorizada la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para
poder efectuar venta de seguros, asesoría sobre los planes de mayor
conveniencia para ellos a los prospectos o asegurados en la
contratación de seguros.
· AGRAVACIÓN DEL RIESGO: Es la modificación o alteración del uso
diferente al indicado en la póliza del seguro, aumentando la
posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento, afecta a
un determinado riesgo. El asegurado deberán, durante la celebración
del contrato, deberá de manifestar a la Aseguradora todas las
circunstancias que agraven el riesgo.
· AJUSTADOR: Es la persona física o moral que basado en sus
conocimientos y experiencia, es contratada por la aseguradora para
determinar el monto y valor de los daños que sean causados a bienes
o personas a consecuencia de un siniestro.
· ANEXO: Documento escrito, adherido a la póliza, que incluye las
cláusulas adicionales y especiales, así como las modificaciones del
contenido de la póliza.
· ANEGACIÓN: Inundación producida por la entrada del agua
proveniente de lluvia o tromba de agua, crecientes o proveniente de
la rotura de cañerías exteriores, canales, diques, etc.
· ASALTO: Es la acción, física o moral, contra una persona con el
propósito de obtener sus bienes.
· ASEGURABLE: Es cualquier persona o bien que reúne las
características predeterminadas para poder ser objeto de la
cobertura del seguro.
· ASEGURADO: Es la persona física o moral, que con el pago de una
prima de seguros, obtiene una contraprestación reflejada en el
contrato de seguros./ Es la persona a cuyo favor se contrata una
póliza de seguro
· ASEGURADOR: Persona que responde del riesgo del que es objeto un
contrato de seguro
· ASEGURADORA: Compañía de seguros autorizada por la SHCP, para
asegurar riesgos contemplados en un contrato de seguros, llamado
póliza.
· ASEGURABLE: Persona, animal u objeto que cumple las condiciones
para ser asegurado.
· ASEGURADO: Persona que posee un seguro y es beneficiario de él.
En los seguros de vida el asegurado nombra a un beneficiario, que
es quien obtiene la indemnización del seguro.
· ASEGURADOR: Entidad que cubre el riesgo pactado en el contrato
del seguro
· ASEGURAR: Prevenir las consecuencias económicas dañosas de un
evento futuro e incierto
· ASONADA: Reunión más o menos numerosa realizada tumultuosamente
con el propósito de obtener por medio de la violencia una finalidad
de tipo social, económica o política
· BENEFICIARIO: Es la persona física o moral que recibe los
beneficios de la póliza contratada. Persona en cuyo favor se ha
constituido un seguro, renta u otro beneficio.
· BIENES: Son toda propiedad física o moral en posesión de una
persona.
· BENEFICIARIO: Destinatario de la compensación económica o
indemnización del seguro
· BONIFICACIÓN: Descuento para los asegurados que ocasionan pocos o
ningún gasto. Es un término vinculado al concepto de
bonus-malus.
· BONUS-MALUS: Término utilizado para designar las penalizaciones o
bonificaciones, según el caso, que el asegurador aplica al
asegurado
· CANCELACIÓN: Es la rescisión de los efectos de una póliza
prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o
por acuerdo mutuo.
· CERTIFICADO DE INCLUSIÓN: Es el documento por el cual se prueba
la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben
figurar las informaciones que la identifican, como son: suma
asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios,
etc.
· CLÁUSULAS: Son las condiciones que establecen la aseguradora y el
asegurado y que se reflejan en el contrato de seguros, denominado
también póliza. Existen también las condiciones especiales o
particulares, que modifican o aclaran las condiciones
generales.
· COASEGURO: Es la cantidad o el porcentaje que tiene que pagar el
asegurado, de cualquier pago o indemnización que tenga que
reembolsar la aseguradora, a consecuencia de un siniestro./
Participación de dos o más instituciones de seguros en un mismo
riesgo, en virtud de contratos directos realizados por cada uno de
ellos con el asegurado
· COBERTURAS: Son las protecciones que otorga la aseguradora en la
póliza y que generalmente se establecen en las cláusulas del
contrato de seguros, denominado póliza.
· CONSENTIMIENTO: Es el acuerdo que existe entre el asegurado y la
aseguradora y que se determina en la póliza
· CONTRATANTE: Es la persona física o moral que paga la prima de
seguros. En ocasiones es también el asegurado.
· CONTRATO DE SEGUROS: Es el acuerdo de voluntades entre dos
partes. Generalmente se le llama también póliza de seguros. A
través de la póliza de seguros, la aseguradora conviene, previo
pago de una cantidad denominada prima, en otorgar una indemnización
o reembolso al asegurado, si sucede un siniestro.
· COTIZACIÓN: Es la estimación o costo de la prima de seguros que
ofrece la aseguradora al asegurado.
· CUOTA: Es el precio en porcentaje o cantidad fija, que se le da a
un riesgo, en función de la experiencia y la siniestralidad que
sobre él tiene la aseguradora.
· CANCELACIÓN: Rescisión o ruptura del contrato de un seguro por
ambas partes.
· CAPITAL ASEGURADO: Importe máximo que la empresa aseguradora está
dispuesta a abonar en caso de siniestro. Dicha cantidad está
reflejada en la póliza
· CARENCIA: Período en el que el asegurado abona la prima
correspondiente pero no obtiene el servicio contratado.
Generalmente se produce al inicio para evitar fraudes contra la
aseguradora.
· CLÁUSULA: Cada una de las condiciones de un contrato de
seguro
· COBERTURA: Riesgos pactados con la aseguradora en el contrato de
un seguro.
· CORREDOR DE SEGUROS: Intermediario entre el contratante del
seguro y la compañía aseguradora.
· DAÑO: Es toda pérdida personal o material que sufre una persona
física o moral, en su vida o en su patrimonio.
· DAÑO EMERGENTE: Es el daño que se puede cuantificar
fácilmente
· DAÑO MATERIAL: Es la pérdida o daño que se causa a un bien, ya
sea propio o de un tercero.
· DAÑO MORAL: Es toda pérdida que se causa a una persona en su
interior (en su nombre, su prestigio, etc.).
· DAÑO FÍSICO: Es toda pérdida que se causa a un bien material, ya
sea propio o de un tercero.
· DAÑOS A TERCEROS: Es la pérdida que se causa a una persona o a un
bien propiedad de otros, que no es familiar o dependiente del
asegurado.
· DEDUCIBLE: Es la cantidad de dinero que en cada siniestro, tiene
que desembolsar el asegurado./ Es la primera parte de toda perdida,
la cual es asumida por el asegurado en caso de siniestro
· DEMÉRITO POR USO: Es el menor valor que adquieren las cosas por
su uso o año de fabricación
· DEPENDIENTE: Es la persona que depende económica y legalmente del
titular de una póliza y sobre la cual puede existir alguna
responsabilidad.
· DEPRECIACIÓN: Es el menor valor que adquieren las cosas por haber
sufrido pérdidas o daños
· DERECHO DE PÓLIZA: Es la cantidad que paga el asegurado por los
gastos de expedición de una póliza. Se le conoce también como
recargo fijo.
· DOLO: Es la acción o maniobra fraudulenta destinada a engañar a
otros.
· DENUNCIA DE SINIESTRO: documento por el cual el asegurado
comunica al asegurador que ha sufrido un siniestro en alguna de las
circunstancias suscritas en la póliza. También se conoce como
parte.
· EDIFICIO: Son todas las construcciones fijas con sus accesorios y
anexos incluyendo las instalaciones para agua, eléctricas,
subterráneas sanitarias y todas las que formen parte de la
construcción, se excluye el terreno, el valor de los planos,
cimientos, estudio de suelos y los honorarios por diseño
· ENDOSO: Es el documento contractual que se añade a la póliza, y
que puede aumentar o disminuir el importe de la prima o que puede
aclarar alguna de las cláusulas del contrato de seguros.
· EXCLUSIONES DE RIESGOS: Son aquellos conceptos o riesgos que
expresamente la aseguradora no da por cubiertos en una póliza
· FRANQUICIA: Importe que debe cubrir el asegurado ante un
siniestro. Cuando los daños ocasionados por el siniestro ascienden
a un importe mayor del que debe cubrir el asegurado, la compañía
abona el resto.
· GASTOS DE AJUSTE: Son los gastos en que incurre la aseguradora,
por concepto de investigación para determinar el monto o valor de
los daños que puedan existir en un siniestro.
· INDEMNIZACIÓN: Es la cantidad que está obligada a pagar la
aseguradora a consecuencia de un siniestro, después de restarle el
deducible y coaseguro, si los hubiera. La indemnización puede ser
pagada en especie, en dinero, reponiendo el bien dañado o
reparándolo.
· INDEMNIZACIÓN DE UN SEGURO: Importe que la compañía aseguradora
entrega como compensación cuando se produce un siniestro.
· INDEXACIÓN: Actualizar el valor del daño a la época actual
· INFRASEGURO: Valor asegurado inferior al valor real de un bien en
un siniestro
· INTERÉS ASEGURABLE: Es el interés económico, legal y substancial
de quien desee contratar una póliza a los fines de cubrir un
riesgo. Es el objeto del contrato.
· LUCRO CESANTE: Es la utilidad dejada de percibir por la no
utilización de un bien
· MUEBLES Y ENSERES: Son todos aquellos muebles y enseres que el
asegurado necesite o llegare a necesitar para el normal
funcionamiento de su industria o negocio aunque no se haya
mencionado específicamente de su propiedad o por los que sea
responsable y que estén contenidos dentro de los predios descritos
en la póliza y siempre y cuando no estén cubiertos por otro
seguro.
· NEGLIGENCIA: Es la culpa con descuido, omisión y falta de
aplicación. Falta de adopción de las precauciones debidas, sea en
actos extraordinarios o en los de la vida diaria.
· PATRIMONIO: Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones
susceptibles de valoración cuantitativa.
· PAGO FRACCIONADO: Es la facilidad que otorga la aseguradora, para
liquidar la prima en pagos fraccionados.
· PENALIZACIÓN: sanción que recae sobre el asegurado cuando éste
genera más gastos de los estipulados en la póliza de un seguro. Es
un término vinculado al concepto de bonus-malus.
· PLAZO: Duración del contrato de un seguro.
· PÓLIZA: Documento escrito en el que se reflejan detalladamente
todas las condiciones económicas, coberturas, plazo y otros datos
de un seguro.
· PRIMA: Importe que se abona a la compañía aseguradora por la
cobertura de los riesgos contratados. / Suma que se paga por
tomar un seguro
· PÉRDIDA: Es el menoscabo que afecta la propiedad física o moral
de una persona.
· PERJUICIO: Es la acción que ocasiona un daño o menoscabo material
o moral a un tercero, en sus bienes o persona, por cualquier acción
u omisión.
· PERSONA FÍSICA: Es todo individuo que actúa en forma
personal.
· PERSONA MORAL: Es toda empresa o sociedad constituida de acuerdo
a las leyes. Se considera también a las instituciones
gubernamentales, la iglesia, el ejército, etc.
· REASEGURO: Es la operación que realiza una aseguradora y que
consiste en ceder a otra, parte o la totalidad del riesgo que asume
o contrata. Generalmente esta operación se lleva a cabo en negocios
grandes o muy peligrosos.
· REASEGURADORA: Es la empresa que acepta contratar un riesgo que
ya aceptó y expidió otra aseguradora. En México se requiere
autorización de la autoridad competente, para hacer operaciones de
reaseguro.
· RECARGO FIJO: Es el importe que cobra la aseguradora para cubrir
sus gastos de operación.
· RECIBO DE PRIMAS: Es el documento que expide la aseguradora como
comprobante de haber recibido el pago de la prima que se determinó
en la póliza.
· RECLAMACIÓN: Es el aviso o comunicación que hace el asegurado a
la aseguradora, informándole que ha tenido un siniestro.
· RECUPERACIÓN: Es la parte que recibe la aseguradora de un
tercero, después de haber pagado un siniestro.
· REHABILITACIÓN: Es el proceso que lleva a cabo la aseguradora,
para dejar en vigor y vigentes todos los derechos que existen en el
contrato de seguros.
· RENOVACIÓN: Es el proceso que se efectúa entre el asegurado, la
aseguradora y el agente de seguros, con el objeto de elaborar una
nueva póliza por un periodo determinado. La renovación puede
modificar, aumentar o disminuir las cláusulas o la suma asegurada
de una póliza vencida.
· RESCISIÓN: Es la finalización del contrato en una fecha anterior
a la prevista
· RESPONSABILIDAD CIVIL: Es la obligación o compromiso que tienen
las personas, físicas o morales, de reponer la propiedad de otra
persona, cuando se sea responsable del daño o menoscabo en la
propiedad de otros.
· RETICENCIA: Disimulo de un hecho o circunstancia por la persona
que se encuentra en la obligación de manifestar su
existencia.
· RIESGO: Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado
sufra el siniestro previsto en las condiciones de la póliza./ Es la
posibilidad de pérdida o daño que llevan en si las personas o las
cosas
· RIESGOS NO ASEGURABLES: Son aquellos que quedan fuera de la
cobertura general por parte de las aseguradoras.
· ROBO: Es el delito cometido contra la propiedad privada por el
que se toma con o sin violencia, lo que no le pertenece.
· SALVAMENTO: Es la recuperación que obtiene la aseguradora en un
siniestro./ Es lo que queda de un bien después de la ocurrencia de
un siniestro, sea este utilizable o no
· SEGURO: Es el contrato por el que, mediante el pago de una prima,
la aseguradora se compromete a indemnizar una eventualidad
contemplada en la póliza.
· SINIESTRALIDAD: Es el porcentaje entre la prima pagada y los
siniestros pagados por la aseguradora.
· SINIESTRO: Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato,
cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al asegurado.
/ hecho que cubre y para el que se destina la contratación de un
seguro. / Realización u ocurrencia del riesgo asegurado. / Es la
realización del riesgo previsto en el contrato del cual se derivan
las obligaciones del asegurador a indemnizar hasta por la suma
asegurada convenida en la póliza.
· SOLICITUD: Es la forma que utiliza la aseguradora, para que el
solicitante de un seguro proporcione información correspondiente al
bien o persona que se pretenda asegurar y se pueda determinar el
costo de la prima
· SUBROGACIÓN: Son los derechos que correspondan al asegurado
contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la
aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El
asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este
derecho a la aseguradora.
· SUMA ASEGURADA: Es el valor que fija el asegurado sobre su
persona o sus bienes, y que es determinante para que la aseguradora
cobre la prima o haga una indemnización en caso de siniestro.
· TARIFA: Es la cantidad que determina la aseguradora en función a
la experiencia de siniestralidad.
· TASACIÓN DE PÉRDIDAS: Valoración de los daños ocasionados por un
siniestro. Dicha labor es realizada por un perito asignado por la
compañía. La aseguradora cubre, como máximo, el importe estipulado
en la póliza.
· TOMADOR: persona que contrata el seguro para su propio disfrute o
para el de un tercero./ Persona natural o jurídica que obrando por
si misma o en representación de un tercero, contrata con el
asegurador, trasladando los riesgos
· VALOR CONVENIDO: Es la cantidad de dinero por la cual se está
obligando una aseguradora, aún cuando el valor comercial del bien
asegurado se otro.
· VALOR DE REPOSICIÓN: Es la cantidad de dinero que cuesta reparar
el bien asegurado. Es diferente al valor factura.
· VALOR REAL: Es el precio o valor comercial del bien
asegurado.
· VENCIMIENTO: Es la fecha en que se da por terminado el contrato
de seguros o póliza.
· VIGENCIA: Es el período durante el cual la aseguradora se
compromete, a proteger mediante el pago de una prima, a cubrir un
bien o una persona.
1.2. REQUISITOS y POLÍTICAS DE OPERACIÓN
4.2.1 Efectuar el acompañamiento de orden Técnico en materia de
seguros en cuanto a los procesos de Contratación de compañías e
Intermediarios de seguros.
4.2.2 Mantener un control permanente de las pólizas contratadas,
tanto en: valor asegurado, vigencia, deducibles, tasas, ramos,
coberturas y todo lo relacionado con la suscripción de las mismas,
además efectuar su depuración y actualización en caso de
requerirse; todo ello, en coordinación y bajo la asesoría directa
de los intermediarios de seguros seleccionados.
POLÍTICAS DE ASEGURAMIENTO
INTRODUCCIÓN
Es importante resaltar que el programa de seguros del municipio de
Bello, tanto en lo que corresponde a la selección de Compañías de
Seguros, como en la selección de intermediarios, está establecido y
contratado bajo las normas legales vigentes constituidas en materia
de contratación manifestadas en la ley 80 de 1993, ley 1150 de
2007, Decreto 1082 de Mayo 26 de 2015, sus decretos
reglamentarios.y demás normas legales vigentes y concordantes y
documentos que se expidan con ocasión al proceso de
selección.
Cuando hablamos de seguros, de sus políticas y requisitos de
operación necesariamente tenemos que abordar el tema de la
Administración de Riesgos la cual es una herramienta relativamente
nueva que propende por la protección de una manera sistemática y
ordenada, el manejo adecuado del riesgo de todos los recursos de
una entidad.
Podríamos resumir que la Administración de Riesgos es un proceso
global que le permite a una empresa conservar sus activos y su
nivel de ingresos mediante la administración de las causas y las
consecuencias que implican una perdida accidental.
Para un correcto manejo del riesgo, es necesario seguir cinco (5)
etapas, todas de igual relevancia: Identificación del Riesgo,
Análisis, Tratamiento, Financiación y Administración de los mismos,
aunque sería importante para una mejor y mayor comprensión de la
Administración de Riesgos, no es objeto de este documento ampliar
conceptos sobre cada una de esas etapas, basta decir que con su
estricto seguimiento se obtiene un plan de seguros óptimo para
cualquier entidad.
Sin embargo es necesario explicar que en cuanto al Tratamiento del
Riesgo se plantean cuatro (4) estrategias todas igualmente
importantes: Eliminación, Reducción, Transferencia y Retención de
los Riesgos. Una vez se han desarrollado todas las acciones y
estrategias para eliminar o reducir, las empresas se plantean la
disyuntiva de transferir los riesgos a través del seguro o de
retenerlos.
La mayoría de las personas y de las empresas deseamos retener los
riesgos porque su costo afecta directamente nuestros presupuestos.
En la práctica los riesgos que son susceptibles de asumir son los
de alta frecuencia y baja severidad (que terminan asimilándose a
gastos de mantenimiento o de repuestos) y los de baja frecuencia y
alta severidad, denominados “Riesgos Catastróficos” por su fuerte
impacto económico, financiero, productivo y social.
Por su baja frecuencia se tiene la inclinación o mejor la tentación
de retenerlos, sin meditar suficientemente las consecuencias de un
siniestro.
Sin embargo, la decisión de asumir riesgos se encuentra bastante
limitada en el caso concreto de las entidades oficiales. Por un
lado siendo éstas de propiedad de la comunidad, no se entendería
que los bienes que administramos no estuvieran debidamente
preservados; el costo social, político y económico ante un
siniestro, catastrófico o no, sería de incalculables
proporciones.
Por otro lado, la Ley 42 de 1993 en sus artículos 101 y 107, es
suficientemente taxativa y compele es decir es clara y obliga a los
funcionarios públicos a tomar decisiones relativas a la
preservación de bienes totalmente alejadas del azar;
(Artículo 101)
“Los Contralores impondrán multas a los servidores públicos
que....Teniendo bajo su responsabilidad asegurar fondos, valores o
bienes no lo hicieren oportunamente o en la cuantía
requerida...”
(Artículo 107)
“Los órganos de Control Fiscal verificarán que los bienes del
Estado estén debidamente amparados por una póliza de seguros o un
fondo especial creado para tal fin, pudiendo establecer
responsabilidad fiscal a los tomadores cuando las circunstancias lo
ameriten.”
Además el Código único disciplinario ley 734 de 2002 en el artículo
48, Numeral 63 “es considerada falta gravísima para el funcionario
que teniendo bajo su responsabilidad bienes de la comunidad o el
estado, no los asegure o proteja bajo sus riesgos inherentes.
(Artículo 48, Numeral 63)
“No asegurar por su valor real los bienes del Estado ni hacer las
apropiaciones presupuestales pertinentes”.
En cierta forma, la Ley 734 del 2002 (artículo 34, numeral 21 y el
articulo 35, numeral 13) también se refiere a esa obligación que
tiene el funcionario público de vigilar y salvaguardar los
bienes.
(Artículo 34, Numeral 21)
21. Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido
encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente,
de conformidad con los fines a que han sido destinados
(Artículo 35, Numeral 13)
13. Ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de bienes, elementos,
expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por razón de
sus funciones.
La ingeniería de riesgos, el examen estadístico de la
siniestralidad, el análisis del Costo - Beneficio de cada decisión
y la concentración o dispersión de los riesgos son elementos y
factores que se han tenido en cuenta al tomar decisiones relativas
a los riesgos que debe retener el municipio de Bello.
En síntesis, las Políticas de Aseguramiento que se tienen definidas
o que se plantean en este documento, son el producto de la
experiencia concreta en el municipio de Bello durante varios años,
de las normas legales, del análisis del costo-beneficio de cada
decisión y de la estricta aplicación de la administración e
ingeniería de riesgos.
CONSIDERACIONES PÓLIZA TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES.
(INCENDIO, SUSTRACCION, EQUIPO ELECTRONICO Y ROTURA DE
MAQUINARIA)
OBJETO DEL SEGURO
Amparar las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes de
propiedad del MUNICIPIO DE BELLO, bajo su responsabilidad, tenencia
y/o control, y en general los recibidos a cualquier titulo y/o por
los que tenga algún interés asegurable.
Todos los bienes asegurados bajo esta póliza deberán tener amparos,
cláusulas y condiciones especiales que permitan la mayor cobertura
al menor costo.
SEGURO DE INCENDIO:
Bienes Inmuebles
Bienes Muebles
Existencias de mercancías
Dinero en efectivo
Obras de arte
Como bienes muebles se califican la totalidad de los contenidos de
cualquier dependencia, es decir, los bienes representados en
muebles y enseres propiamente dichos, los equipos y la maquinaria.
Tanto los bienes muebles como los inmuebles, en conjunto,
constituyen los activos fijos.
Las existencias de mercancías, por su carácter fluctuante, se
denominan activos variables o flotantes y están representadas por
elementos de dotación, materiales, papelería, drogas, etc. Estos
bienes, a voluntad o conveniencia del asegurado, pueden
asegurarse en una suma fija o por el sistema de declaración
mensual.
En el caso particular del Municipio se incluyen las obras de arte,
representadas principalmente en pinturas, las cuales se aseguran en
las diferentes dependencias del municipio de Bello, especialmente
en la Biblioteca Marco Fidel Suarez.
Todos los bienes son susceptibles de asegurar bajo el seguro de
Incendio. Sin embargo, algunos como lo veremos más adelante, deben
asegurarse por separado, en pólizas que han sido estructuradas con
el fin especifico de amparar un determinado grupo de bienes.
CONDICIONES DE MANEJO
La suma asegurada corresponderá al valor de reposición.
Al inicio de la vigencia se suministrará un valor asegurado a cada
uno de los predios.
Las pérdidas se liquidarán teniendo en cuenta la certificación de
la existencia del bien expedida por la oficina de Adquisición y
Suministros del municipio de Bello, sin aplicar la cláusula de
seguro insuficiente.
POLÍTICAS DE ASEGURAMIENTO
Como política general el seguro de Incendio debe incluir la
totalidad de los bienes de un predio, sin hacer distinción de sumas
aseguradas o la resistencia que algunos bienes pueden oponer a la
acción del fuego. Más que la exclusión de bienes, es preferible
analizar la exclusión de riesgos, entendiendo estos como los
eventos que pueden afectar los bienes en un momento dado.
La póliza de Incendio del municipio de Bello está estructurada
teniendo en cuenta la anterior premisa y, por lo tanto, se puede
asegurar que los eventos no contemplados en el contrato, son
aquellos cuya ocurrencia nunca afectará los bienes
Municipales.
La suma asegurada debe establecerse a valor de reposición, o sea,
al valor del bien nuevo más los gastos de transporte, instalación,
montaje, etc., contando para ello con un inventario confiable, pues
no de otra manera es posible tener la seguridad de que la suma
asegurada de los contenidos es adecuada. Cuando no se tiene a mano
un inventario o su elaboración tarda un tiempo prudencial, es
conveniente inventariar por lo menos los bienes más representativos
agregando al resultado una suma global, estimada y provisional,
para cubrir los bienes restantes, mientras se obtiene la valoración
total de los contenidos.
SEGURO DE SUSTRACCIÓN
BIENES OBJETO DEL SEGURO:
Se incluirán bajo esta póliza aquellos bienes que por su valor,
facilidad de transporte y atracción en el mercado reducidor, son
objeto de preferencia por parte de los delincuentes. Tal es el caso
del equipo de oficina, electrodomésticos, equipos de sonido o
vídeo, cámaras fotográficas o filmación, equipo o maquinaria
liviana, herramientas, mercancías, obras de arte, etc.
COBERTURAS BASICAS
La cobertura básica de esta póliza es la sustracción con violencia,
es decir, la pérdida o daño de los bienes asegurados, contenidos
dentro del establecimiento, como consecuencia de actos violentos o
de fuerza, ejercidos por otras personas contra la propiedad misma o
contra el asegurado o las personas que dependen de él. La
sustracción con violencia se define en el Código Penal como Hurto
Calificado.
POLÍTICAS DE ASEGURAMIENTO
Un buen punto de partida para el Seguro de Sustracción es la
ubicación, características y seguridades del predio asegurable,
pues de estas condiciones depende, en buena parte, la
vulnerabilidad de los bienes al delito de hurto.
Los riesgos se agruparán teniendo en cuenta las características
anteriores, pues seguramente existen establecimientos en que es
necesario asegurarlo todo, porque la seguridad es mínima, y otros,
como es el caso de las Inspecciones de Policía, en donde el riesgo
se reduce notoriamente.
Usualmente se piensa que el deducible mínimo aplicable en caso de
siniestro, puede ser la base para establecer el valor mínimo
asegurable, pero ocurre que el hurto calificado puede afectar uno o
más bienes y, en este último caso, la pérdida puede ser
considerable si gran parte del volumen del robo está representado
en bienes que no se aseguraron porque su valor era igual o inferior
al del deducible.
Aun así, en el municipio de Bello no se asegurarán bienes con un
valor inferior al deducible, salvo que al hacer un análisis de
siniestros de algunos bienes o riesgos se considere más conveniente
lo contrario. Las seguridades del riesgo físico son, en
consecuencia, un factor fundamental cuando se decida, la
posibilidad de asumir parte del riesgo de sustracción.
Una cosa diferente son los bienes que por sus características, no
son susceptibles de robo, como ocurre con escritorios, alacenas,
vitrinas, camas, muebles de salas de recibo o de espera,
congeladores, botelleros y similares, en volumen, peso y, además,
de escaso atractivo comercial. En estos casos no se justifica el
seguro y se debe asumir el riesgo.
CONSIDERACIONES SOBRE EL AMPARO DE TODO RIESGO EN
SUSTRACCIÓN.
Este amparo está pactado en la póliza conforme a la Contratación,
para las cámaras fotográficas y los equipos portátiles,
únicamente.
Queda a discreción del Municipio, el aseguramiento bajo esta
protección de otros elementos, tales como cámaras filmadoras de
vídeo, proyectores, retroproyectores, equipos de radiocomunicación
portátiles, radioteléfonos y demás bienes que, por su naturaleza,
se desplazan con las personas de un lado para otro en el desempeño
de sus funciones.
SEGURO PARA EQUIPO ELECTRÓNICO
BIENES OBJETO DEL SEGURO.
Este tipo de póliza ha sido estructurado para maquinaria y equipo
netamente electrónico y como se observa, se trata de un paquete de
amparos que, para el común de los bienes, solo se otorga mediante
la suscripción de diferentes pólizas de seguro.
Equipos de cómputo
Equipos electrónicos de óptica
Equipos electrónicos de fotografía.
Equipos electrónicos de telefonía, citofonía y similares.
Equipos electrónicos de transmisión por satélite.
Otros equipos electrónicos de propiedad del municipio de
Bello.
CONDICIONES DE MANEJO
La suma asegurada corresponderá al valor de reposición total de
todos los bienes objeto de este seguro.
Al inicio de la vigencia se suministrará un valor global de los
bienes, pero sin fijar el valor asegurado a cada uno.
Las pérdidas o daños se liquidarán teniendo en cuenta el valor
certificado por la oficina de Adquisición y Suministros del
municipio de Bello para los equipos afectados pero sin que haya
lugar a determinar “Seguro Insuficiente”.
POLÍTICAS DE ASEGURAMIENTO
Como política general, en esta póliza deben incluirse todos los
equipos electrónicos, aunque es conveniente manifestar que aparatos
corrientes de televisión, equipos de sonido, videograbadoras,
proyectores de diapositivas, cámaras fotográficas, máquinas de
escribir y elementos similares que no tengan un valor elevado, es
más conveniente asegurarlos en pólizas de Incendio y de
Sustracción, en donde encuentran un tratamiento menos oneroso en
caso de siniestro.
Es aconsejable que cada dependencia cuente con un inventario
valorizado a valor de reposición de estos equipos, con el objeto de
mantener las sumas aseguradas actualizadas, controlando el ingreso
de nuevos equipos y el retiro de aquellos que se dan de baja por
obsoletos o porque se trasladan a otras dependencias.
CONSIDERACIONES SOBRE EL AMPARO DE EQUIPO MOVIL.
Bajo los términos de esta cobertura deben incluirse aquellos
equipos que se trasladan constantemente de un sitio para otro y
requieren, por lo tanto, el amparo de la póliza en el lugar donde
se encuentren.
Aunque para el municipio de Bello este amparo no tiene ningún
sobrecosto es obligatorio reportar los bienes que requieren este
tipo de protección.
SEGURO DE ROTURA DE MAQUINARIA
BIENES OBJETO DEL SEGURO
Los bienes asegurables bajo esta póliza son tan diversos que bien
podrían agruparse teniendo en cuenta su área de aplicación y
función, como por ejemplo:
Generación y/o transformación de energía mecánica, eléctrica,
térmica, química o nuclear, como turbinas, reactores, generadores,
calderas, etc.
Abastecimiento, acumulación y/o transmisión de energía tales como
bombas, ventiladores, transformadores, compresores, unidades
centrales de aire acondicionado, etc.
Producción, procesamiento, elaboración y transporte de bienes, como
máquinas productoras de papel, textiles, rotativas, cementeras,
etc.
CONDICIONES DE MANEJO
La suma asegurada corresponderá al valor de reposición total de
todos los bienes objeto de este seguro.
Al inicio de la vigencia se suministrará un valor global de los
bienes, pero sin fijar el valor asegurado a cada uno.
Las pérdidas o daños se liquidarán teniendo en cuenta el valor
certificado por la oficina de Adquisición y Suministros del
municipio de Bello para el bien afectado pero sin que haya lugar a
determinar “Seguro Insuficiente”.
POLÍTICAS DE ASEGURAMIENTO
Aunque en el seguro de Rotura de Maquinaria es factible asegurar
desde un pequeño motor hasta un inmenso turbogenerador,
generalmente se asegura aquella maquinaria de más alto costo de
reposición o reparación. En el caso del Municipio es conveniente
asegurar, por ejemplo, subestaciones eléctricas, ascensores,
equipos centrales de aire acondicionado, plantas eléctricas
auxiliares, calderas, hornos, marmitas y maquinaria de talleres,
entre otras.
Con el fin de poder visualizar las condiciones en que se encuentran
asegurados los bienes y personas que por ley debe asegurar el
municipio de Bello se puede consultar en el SECOP.
Ver. Proceso de contratación selección compañía(s) de seguros en
SECOP
Detalle del Proceso Número: 20-1-213058
ANTIOQUIA - ALCALDÍA MUNICIPIO DE BELLO
Información General del Proceso
No
Familia
Clase
[841315] Servicios de seguros para estructuras y propiedades y
posesiones
Detalle y Cantidad del Objeto a Contratar
EL MUNICIPIO DE BELLO: seleccionará la Compañía o Compañías que
respalden la contratación de los seguros y que garanticen la
protección a las personas, activos e intereses patrimoniales,
bienes propios y de aquellos por los cuales es legalmente
responsable LA ENTIDAD dentro del territorio nacional
CONTENIDO
5.1. SEGUROS
5.1.1 PROTEGER LOS BIENES MUEBLES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE BELLO
Y DE AQUELLOS POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE RESPONSABLE.
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir factura (s):
Recibir la(s) factura(s) de compra remitida(s) por la oficina de
Adquisición y Suministros a nombre del municipio de Bello, las
cuales son relacionadas en el libro radicador. identificando: tipo
del bien, marca, clase, referencia, valor unitario, modelo y serie,
entre otros., las cuales son relacionadas en el libro
radicador.
Técnico Administrativo
02
Analizar:
Analizar si el bien amerita ser asegurado o no, para proceder de
conformidad
Intermediarios en seguros.
Si amerita ser asegurado.
Elaborar y enviar oficio de inclusión a los intermediarios de
seguros con la(s) respectiva(s) factura(s) de compra, para que
procedan a asegurar el (los) bien (es) ante la compañía y se
determine en qué ramo (póliza) será(n) asegurado(s) de acuerdo a su
descripción y valor del bien realizando la inclusión
respectiva.
Intermediarios en seguros.
No Asegurar de forma inmediata:
Si no amerita ser asegurado de inmediato, la factura pasa de nuevo
al funcionario encargado del control de los bienes muebles
(Adquisición y Suministros), Esta información será tomada en cuenta
para cuando se realice la actualización del valor asegurado, ya que
por motivo de reintegros o inservibles (bajas), realizados por los
funcionarios de la Administración Municipal, los valores asegurados
en la póliza Multiriesgo daño material se modifican.
Técnico Administrativo
Verificar la inclusión:
Recibir el documento (póliza) de inclusión de dicho(s) bien(es) por
parte de la Compañía de Seguros, debidamente revisado por parte de
los intermediarios en seguros analizando el valor asegurado,
coberturas, amparos, ramo en el queda asegurado, según las
condiciones Generales de la póliza y lo pactado en el pliego de
condiciones. En el caso que la información suministrada en la
póliza no corresponda a lo solicitado, se procede a realizar la
devolución del documento a la compañía solicitando las
modificaciones pertinentes.
Intermediarios en seguros.
Archivar y/o sistematizar:
Guardar la información en los diferentes archivos del sistema y/o
AZ, con el fin de rendir los informes que exigen, tanto la
Administración Municipal como los organismos de control.
Técnico Administrativo
5.1.2 PROTEGER LOS BIENES INMUEBLES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE
BELLO Y DE AQUELLOS POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE
RESPONSABLE.
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir escritura pública:
Recibir de la Secretaría jurídica y/o Secretaría encargada de la
legalización de compra las escrituras de la(s) nueva(s)
propiedad(es), con el fin de determinar el Interés Asegurable,
estableciendo el número de la escritura, Notaria, tipo de
construcción, dirección del inmueble y valor de adquisición. Así
como, la Matricula Inmobiliaria y certificado de tradición y
Libertad.
Secretaría Jurídica,
Profesional Universitaria oficina de Bienes Inmuebles
02
Analizar:
Analizar si el bien amerita ser asegurado o no analizando el tipo
del inmueble (lote, construcción. etc.), si lo requiere la
administración para su funcionamiento o debe ser entregado en
comodato o arrendamiento para proceder de conformidad.
Intermediarios en seguros.
03
Asegurar:
Si corresponde a un activo nuevo (construido) y se requiere para el
funcionamiento de la Administración Municipal, o si es un activo
existente dentro del inventario de los bienes inmuebles propiedad
del municipio de Bello, coordinar con los intermediarios la posible
inspección del bien por parte de la compañía para su inclusión en
la póliza
Intermediarios en seguros.
Verificar Inspección:
En caso de haberse requerido se recibe informe de inspección y
recomendaciones de la aseguradora, enviando copia de éste, al
Director Administrativo de Logística y a la Secretaria de Obras
Públicas, con el fin de estudiar la viabilidad e implementación de
las recomendaciones establecidas.
Técnico Administrativo
05
Inclusión:
Elaborar y enviar oficio de inclusión a los intermediarios de
seguros con la respectiva identificación del bien, y proceder a
asegurarlo (s).
Intermediarios en seguros.
Verificar inclusión:
Recibir el documento (póliza). de inclusión de dicho bien por parte
de la Compañía de Seguros, analizando el valor asegurado, según las
condiciones Generales de la póliza y lo pactado en el pliego de
condiciones.
En el caso que la información suministrada en la póliza no
corresponda a lo solicitado, se procede a realizar la devolución
del documento a la compañía solicitando las modificaciones
pertinentes.
Intermediarios en seguros.
Archivar y/o sistematizar:
Guardar la información en los diferentes archivos del sistema y/o
AZ, con el fin de rendir los informes que exigen, tanto la
Administración Municipal como los organismos de control.
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir informe del siniestro por parte del conductor o responsable
del daño.
Confirmar que tenga cobertura.
Si el daño no amerita reclamación, se remite el proceso a Control
Interno Disciplinario, quien determinará responsabilidades (si el
conductor debe pagar el daño o lo asume la administración).
Si posee cobertura se evalúan los daños y se verifica si amerita
reclamar. En caso positivo se procede a oficiar a los
intermediarios con el fin de presentar reclamación formal o en su
defecto llamar a la línea de atención de la compañía de
seguros
Funcionario responsable del bien,
Reclamar a la Compañía:
Se remite oficio a los intermediarios en seguros presentando la
reclamación anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía aseguradora tales como: declaración de los hechos por
parte del conductor o informe del accidente emitido por el
tránsito, fotocopias de la cédula y pase del conductor, tarjeta de
propiedad, dando espera a que la Compañía analice la reclamación y
autorice la reparación.
Intermediarios en seguros.
Trasladar vehículo:
Llevar el vehículo al taller donde se realizará la reparación, el
cual debe de ser autorizado por la compañía de seguros.
Revisar inventario y dejar constancia del estado en que se deja el
vehículo en el taller autorizado.
Solicitar información sobre el tiempo de reparación.
Realizar visitas periódicas al taller para inspeccionar el proceso
de reparación.
Técnico Administrativo
Montar cuenta y diligenciar pagos:
Realizar los trámites y montar la cuenta respectiva para el pago
del deducible (si lo hay), según las condiciones generales la
póliza).
Realizar el pago al taller del deducible (si lo hay)
Técnico Administrativo
Recepción de vehículo:
Recibir el vehículo a entera satisfacción verificando el estado de
la reparación y su inventario (que sea un trabajo de calidad y se
haya obtenido un buen servicio)
Técnico Administrativo
Archivar y/o sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reparación en la carpeta reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta:(D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE
SINIESTROS).
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir informe del evento por parte del conductor o responsable
del vehículo.
Confirmar que posea cobertura, evaluando los daños y los faltantes
del automotor verificando si amerita reclamar
Funcionario responsable del bien,
Remitir información:
En caso de no tener cobertura por la compañía de seguros, remitir
el proceso a Control Interno Disciplinario, quien determinará
responsabilidades.
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:
Oficiar a los intermediarios informando el evento con el fin de
presentar reclamación formal, anexando los respectivos
requerimientos que solicita la compañía Aseguradora tales como
copia de la denuncia penal, fotocopias de la cédula y pase del
conductor, tarjeta de propiedad, acta de posesión del señor
alcalde.
Intermediarios en seguros.
Trasladar vehículo:
Trasladar el vehículo al taller autorizado para la respectiva
inspección y evaluación por parte de la compañía aseguradora,
revisando el inventario y constancia del estado en que se deja el
vehículo en el taller autorizado. Dando espera a que la compañía
analice el siniestro y lo declare pérdida parcial por hurto (según
costos) y autorice la reparación, solicitando información sobre el
tiempo de reparación. Realizar visitas periódicas al taller para
verificar bel proceso de reparación..
Técnico Administrativo
Montar cuenta y diligenciar pagos:
Realizar los trámites y montar la cuenta respectiva para el pago
del deducible (si lo hay), según las condiciones generales de la
póliza.
Realizar el pago al taller del deducible (si lo hay)
Técnico Administrativo
Recepción de vehículo:
Recibir el vehículo a entera satisfacción verificando el estado de
la reparación y el inventario (que sea un trabajo de calidad y se
haya obtenido un buen servicio)
Técnico Administrativo
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reparación en la carpeta reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir informe del evento por parte del conductor o responsable
del vehículo.
Confirmar que posea cobertura, evaluando los daños del
automotor.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
En caso de no tener cobertura por la compañía de seguros, remitir
el proceso a Control Interno Disciplinario, quien adelantará
investigación al funcionario responsable
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:
Oficiar a los intermediarios informando el evento con el fin de
presentar reclamación formal, anexando los respectivos
requerimientos que solicita la compañía Aseguradora tales como:
declaración extra juicio de los hechos o informe del accidente
emitido por el tránsito, fotocopias de la cédula y pase del
conductor, tarjeta de propiedad, SOAT, dos (2) formularios únicos
nacionales debidamente diligenciados, certificado de tradición o
historial a nombre del asegurado, acta de posesión del señor
alcalde, y fotocopia de la cédula. Dando espera a que la compañía
analice el siniestro y lo declare pérdida total por daños (según
costos) y autorice el proceso de indemnización; verificando si
existe algún requerimiento adicional por parte de la Compañía, con
el fin de no demorar la indemnización a que haya lugar.
Recibir notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios
Verificar que la indemnización este acorde con lo pactado en el
proceso de contratación de las pólizas.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir informe del evento por parte del conductor o responsable
del vehículo.
Confirmar que posea cobertura, evaluando los daños del
automotor.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Remitir el proceso a Control Interno Disciplinario, quien
determinará responsabilidades (en caso de no tener cobertura por la
compañía de seguros o para el recobro del deducible, si lo
hay).
En caso de no tener cobertura por la compañía de seguros, remitir
el proceso a Control Interno Disciplinario, quien adelantará
investigación al funcionario responsable
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:
Oficiar a los intermediarios informando el evento con el fin de
presentar reclamación formal, anexando los respectivos
requerimientos que solicita la compañía Aseguradora tales como
copia de la denuncia penal, fotocopias de la cédula y pase del
conductor, tarjeta de propiedad, SOAT, dos (2) formularios únicos
nacionales debidamente diligenciados, certificado de tradición o
historial a nombre del asegurado, certificado de la fiscalía que
indique que el vehículo no ha sido recuperado, acta de posesión del
señor alcalde, poder y/o autorización del alcalde a la oficina de
Bienes y Seguros para presentar reclamaciones y fotocopias de las
respectivas cédulas, dando espera a que la compañía analice el
siniestro y autorice el proceso de indemnización
Verificar si existe algún requerimiento adicional por parte de la
Compañía, con el fin de no demorar la indemnización a que haya
lugar.
Verificar que la indemnización este acorde con lo pactado en el
proceso de contratación de las pólizas.
Recibir notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios y remitir copia a
la Secretaría de Pagos y Recaudos por medio de memorando para su
respectiva verificación y adición al rubro respectivo con copia a
las dependencias involucradas en el tema.
Secretario General y/o Técnico Administrativo
06
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación tanto en la carpeta del vehículo como en la carpeta de
reclamaciones y sistematizar en una plantilla en Word en la ruta:
(D:\calidad 2015\Registros SIG\3. apoyo\gestión de la
información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del Director Administrativo de la dependencia o
del funcionario responsable, informando la ocurrencia del
evento
confirmando que el siniestro posea cobertura.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Si no posee cobertura, se remite el proceso a Control Interno
Disciplinario, quien determina responsabilidades (si el funcionario
es responsable o no, para el recobro del deducible)
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:(Si posee cobertura)
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía Aseguradora tales como, modo, tiempo y lugar de los hechos
con la relación de los bienes hurtados, facturas de compra, dos (2)
cotizaciones de equipos de similares características, denuncia
penal, acta de posesión del señor alcalde, y fotocopia de las
respectiva cédula. Dando espera a que la compañía analice el
siniestro y autorice el proceso de indemnización
Verificar si existe algún requerimiento adicional por parte de la
compañía.
Recibir notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios
Revisar la liquidación del siniestro según las condiciones pactadas
en la contratación de las pólizas.
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
5.1.8 TRAMITE DE RECLAMACION DE SINIESTRO: DAÑO MATERIAL CORRIENTE
DEBIL.
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del Director Administrativo de la dependencia o
del funcionario responsable, informando la ocurrencia del
siniestro, con el respectivo informe emitido por la Dirección de
Soporte Técnico con el fin de confirmar que el siniestro posee
cobertura,
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Si no posee cobertura, se remite el proceso a Control Interno
Disciplinario, quien determina responsabilidades (si el funcionario
es responsable o no, para el recobro del deducible)
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:(Si posee cobertura)
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía Aseguradora referente al bien dañado tales como modo,
tiempo y lugar de los hechos con la relación de los bienes
siniestrados, factura(s) de compra, dos (2) cotizaciones de equipos
de similares características, Informe técnico, acta de posesión del
señor alcalde, y fotocopia de la respectiva cédula dando espera a
que la compañía analice el siniestro y autorice la forma de
indemnización (reparar o pago en efectivo)
Verificar si existe algún requerimiento adicional por parte de la
compañía
Recibir notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios
Revisar la liquidación del siniestro según las condiciones pactadas
en la contratación de las pólizas.
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del Director Administrativo de la dependencia o
del funcionario responsable, informando la ocurrencia del
siniestro. Confirmando que el siniestro posea cobertura, es decir
que el bien siniestrado si este asegurado.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Si no posee cobertura, se remite el proceso a Control Interno
Disciplinario, quien determina responsabilidad
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía Aseguradora tales como: informe del cuerpo de bomberos y
el de la Fiscalía (si es requerido), modo, tiempo y lugar de los
hechos, facturas de compra de los bienes afectados, dos (2)
cotizaciones a valor de reparación y/o reposición por cada bien
afectado, Informe técnico, acta de posesión del señor alcalde,
poder fotocopia de las respectiva cédula verificando si existe
algún requerimiento adicional por parte de la compañía, dando
espera a que la compañía analice el siniestro y autorice la forma
de indemnización (reparar o pago en efectivo)
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito, revisando que la liquidación del siniestro este acorde
a las condiciones pactadas en la contratación de las pólizas y
recibir notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del Director Administrativo de la dependencia o
del funcionario responsable, informando la ocurrencia del
siniestro. Confirmando que el siniestro posea cobertura, es decir
que el bien siniestrado si este asegurado.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Si no posee cobertura, se remite el proceso a Control Interno
Disciplinario, quien determina responsabilidad
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:(Si posee cobertura)
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía Aseguradora tales como: modo, tiempo y lugar de los
hechos, factura(s) de compra de los bienes afectados, dos (2)
cotizaciones a valor de reparación y/o reposición por cada bien
afectado, Informe técnico, acta de posesión del señor alcalde,
poder fotocopia de las respectiva cédula. verificando si existe
algún requerimiento adicional por parte de la compañía, dando
espera a que la compañía analice el siniestro y autorice la forma
de indemnización (reparar o pago en efectivo)
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito, revisando que la liquidación del siniestro este acorde
a las condiciones pactadas en la contratación de las pólizas y
recibir notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (.D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del tercero, informando la ocurrencia del
siniestro y la forma en que ha sido afectado confirmando que el
evento ocurrido posea cobertura.
Técnico Administrativo
Reclamar a la Compañía:
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía Aseguradora tales como, circunstancias de modo, tiempo y
lugar de los hechos indicando la los daños causados en la
integridad física y/o moral y/o la relación de bienes afectados del
tercero, factura(s) de compra de los bienes afectados del tercero,
dos (2) cotizaciones a valor de reparación y/o reposición por cada
bien afectado, acta de posesión del señor alcalde, fotocopia de la
respectiva cédula, verificando si existe algún requerimiento
adicional por parte de la compañía, dando espera a que la compañía
analice el siniestro y autorice la forma de indemnización (reparar,
reponer o pago en efectivo), verificar solicitud de requerimientos
por parte de la compañía aseguradora en caso de que la reclamación
sea en la integridad física y/o moral
Revisar que la liquidación del siniestro este acorde a las
condiciones pactadas en la contratación de las pólizas.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir el informe del Director Administrativo de la dependencia o
del funcionario responsable, informando la ocurrencia del
siniestro. Confirmando que el siniestro posea cobertura.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Si no posee cobertura, se remite el proceso a Control Interno
Disciplinario, quien determina responsabilidad
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía:(Si posee cobertura)
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía aseguradora tales como, circunstancia de modo, tiempo y
lugar de los hechos e indicando las pérdidas sufridas, copia de la
denuncia penal, soportes contables que demuestren la cuantía,
arqueo realizado por el funcionario designado para tal efecto o de
los organismos de control competentes, copia del contrato de
trabajo del empleado implicado, copia del acta de descargos, copia
de la liquidación de las prestaciones sociales del empleado
implicado, acta de posesión del señor alcalde, fotocopia de la
respectiva cédulas, verificando si existe algún requerimiento
adicional por parte de la compañía, dando espera a que la compañía
analice el siniestro y autorice la respectiva indemnización.
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito, revisando que la liquidación del siniestro este acorde
a las condiciones pactadas en la contratación de las pólizas
recibiendo notificación de la transferencia electrónica
(indemnización) por parte de los intermediarios.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de oficio para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del Director Administrativo de la dependencia o
del funcionario responsable, informando la ocurrencia del
siniestro. Confirmando que el siniestro posea cobertura, es decir
que el bien siniestrado si este asegurado.
Funcionario responsable del bien
Remitir información:
Si no posee cobertura, se remite el proceso a Control Interno
Disciplinario, quien determina responsabilidad
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Reclamar a la Compañía: (Si posee cobertura)
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía aseguradora tales como, circunstancia de modo, tiempo y
lugar de los hechos e indicando la relación de los bienes
afectados, copia de la denuncia penal, facturas, cédula y pase del
conductor, copia de la tarjeta de propiedad, cotización del costo
de reposición de los bienes, acta de posesión del señor alcalde,
fotocopia de las respectiva cédula, verificando si existe algún
requerimiento adicional por parte de la compañía, dando espera a
que la compañía analice el siniestro y autorice la forma de
indemnización.
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito, recibiendo notificación de la transferencia
electrónica (indemnización) por parte de los intermediarios.
Revisando que la liquidación del siniestro este acorde a las
condiciones pactadas en la contratación de las pólizas.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a las dependencias
involucradas en el tema.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe del organismo competente, informando los
detalles del evento y/o la apertura de la investigación en contra
del funcionario responsable y la forma en que puede verse afectada
la póliza. Confirmando que el evento ocurrido posea
cobertura.
Funcionario responsable del evento,
02
Remitir información:
Si no posee cobertura, determinar las causas que fundamentan la
objeción del evento por parte de la Compañía Aseguradora y
remitirla a los organismos de control correspondientes
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía aseguradora tales como,
-circunstancia de modo, tiempo y forma en que se conocieron los
hechos,
-certificación laboral de la entidad asegurada que acredita la
vinculación del funcionario con la entidad, incluyendo el cargo,
tiempo de servicio y las funciones desempeñadas.
-Copia del Auto de apertura de su notificación al funcionario
investigado.
-Informe del estado en que se encuentra la investigación en la
fecha de reclamación a la aseguradora.
-Después de aceptado el reclamo y el pago del anticipo de los
honorarios de defensa, para el pago final del siniestro o cualquier
pago adicional autorizado, deben de suministrar detalles de las
actuaciones procesales surtidas y las pendientes a efectuarse si
las hubiera, en el proceso según las etapas, hasta llegar a la
terminación del proceso y su ejecutoria, incluyendo copia del
fallo.
-acta de posesión del señor alcalde, poder y/o autorización del
alcalde a la oficina de Bienes y Seguros para presentar reclamación
y fotocopias de las respectivas cédulas, verificando si existe
algún requerimiento adicional por parte de la compañía, dando
espera a que la compañía analice el siniestro y autorice la
indemnización.
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito, recibiendo notificación de la transferencia
electrónica (indemnización) por parte de los intermediarios.
Revisando que la liquidación del siniestro este acorde a las
condiciones pactadas en la contratación de las póliza.
Remitir copia de la transferencia a la Secretaría de Pagos y
Recaudos por medio de memorando para su respectiva verificación y
adición al rubro respectivo con copia a los organismos de control
pertinentes
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Recibir y verificar la información:
Recibir el informe de la ocurrencia del siniestro, confirmando
cobertura que la persona fallecida o en estado de incapacidad total
y permanente si este asegurada.
Secretario General y/o Técnico Administrativo
02
Reclamar a la Compañía:
Oficiar a los intermediarios con el fin de presentar reclamación
formal, anexando los respectivos requerimientos que solicita la
compañía aseguradora tales como: circunstancia de modo, tiempo y
lugar de los hechos, copia de la póliza, declaración de
asegurabilidad, copia de la historia clínica, registro civil de
nacimiento, registro civil de defunción, certificado de defunción,
certificación de la fiscalía aclarando la causa de muerte, acta
levantamiento del cadáver, copia de los documentos del asegurado y
los beneficiarios, registro civil de nacimiento de todos los
beneficiarios, acta de posesión del señor alcalde, poder y/o
autorización del alcalde a la oficina de Bienes y Seguros para
presentar reclamaciones y fotocopias de las respectivas cédulas,
verificando si existe algún requerimiento adicional por parte de la
compañía, dando espera a que la compañía analice el siniestro y
autorice la indemnización, en caso de Incapacidad total y
permanente esperar requerimientos específicos por parte de la
Compañía Aseguradora.
Solicitar a los intermediarios aceptación del pago del siniestro
por escrito, revisando que la liquidación del siniestro este acorde
a las condiciones pactadas en la contratación de las pólizas.
Intermediarios en seguros.
Archivar y sistematizar:
Archivar todos los documentos generados en el transcurso de la
reclamación en la carpeta de reclamaciones y sistematizar en una
plantilla en Word en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3.
apoyo\gestión de la información\Registros Carlos Enero
2015\SEGUROS\RECLAMACIONES\FORMATOS OCURRENCIA DE SINIESTROS)
Técnico Administrativo
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Secretario General y/o Técnico Administrativo
02
Recibir y Verificar facturas de cobro (pólizas):
Recibir la(s) factura(s) de cobro (pólizas) de las compañías
aseguradoras o de los intermediarios de seguros, verificando que
la(s) factura(s) de cobro o las pólizas de seguros correspondan a
lo requerido o a las solicitudes de inclusión o modificación
solicitadas por la Secretaría General, oficina de Bienes y
Seguros.
Secretario General y/o Técnico Administrativo
03
Montar Resolución Orden de Pago:
Montar resolución, por medio de la cual se autorice la orden de
pago (3 copias), fundamentando los considerandos basados en el pago
a realizar y la ley aplicable con los respectivos vistos bueno de
la Secretaría de despacho (de quien proyecta, revisa y aprueba),
con el fin de remitir a la Secretaría Jurídica del municipio
solicitando visto bueno del Secretario, una vez revisada y
autorizada, la Secretaría Jurídica la envía directamente a la
Alcaldía para la firma del señor alcalde, una vez cuenta con todas
las firmas respectivas se lleva al archivo municipal para que le
sea asignado el número de la resolución y fecha de expedición, el
funcionario asignado deja una (1) copia, con esta resolución
debidamente radicada se solicita el registro presupuestal a la
Dirección Administrativa de Presupuesto, con el fin de proceder con
las dos copias restantes a solicitar orden de pago a Contabilidad
anexando los respectivos soporte de pago (facturas) y la otra copia
para la oficina de Bienes y Seguros
Secretario General y/o Técnico Administrativo
04
Elaborar memorando dirigido a Contabilidad, solicitando orden de
pago, anexando Disponibilidad presupuestal, Registro presupuestal,
formato orden de pago, resolución, Cuentas de Cobro, facturas o las
respectivas pólizas de seguro (según el caso)
Secretario General y/o Técnico Administrativo
05
Controlar la Disponibilidad:
Descontar de la disponibilidad presupuestal el valor a pagar, con
el fin de llevar un control en el saldo del rubro archivo en Excel
en la ruta: (D:\calidad 2015\Registros SIG\3. apoyo\gestión de la
información\Registros Carlos Enero 2015\SEGUROS\DOCUMENTOS DE
APOYO
Técnico Administrativo
Archivar y consultar:
Archivar copia de la solicitud de orden de pago en la AZ “Ordenes
de Pago”
Consultar en la Secretaría de Pagos y Recaudos, sí el pago
electrónico fue realizado en forma exitosa, en caso afirmativo
solicitar comprobante de egreso para el control en la liquidación
del contrato.
Técnico Administrativo
5.1.17 EXPEDICION DE LOS SEGUROS OBLIGATORIOS CONTRA ACCIDENTES DE
TRANSITO (SOAT)
No.
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
01
Controlar expedición:
Mantener actualizado el archivo de Word “Vencimiento seguros
obligatorios”, bien sea por nuevas inclusiones o exclusiones,
solicitando a los intermediarios mediante oficio la expedición del
seguro obligatorio (Automotores y motos), dependiendo del día y mes
de su vencimiento, con el fin de mantener continuidad en la
cobertura
Técnico Administrativo
Recibir y Verificar:
Recibir por medio de correo electrónico los SOAT y revisar todos
los datos incluidos en los seguros expedidos tales como vigencia,
placa, chasis, motor, características del vehículo, entre
otros.
Técnico Administrativo
Montar cuenta:
Montar la respectiva cuenta para el pago a la aseguradora (ver
actividad 5.1.16).
Técnico Administrativo
Enviar y Archivar:
Enviar correo electrónico dirigido al Director Administrativo de
Logística con los respectivos SOAT, con el fin de que sean
entregados a cada dependencia y/o conductor asignado.
Técnico Administrativo
Sistematizar:
Sistematizar en una plantilla en Word en la ruta: (con las nuevas
vigencias) (D:\calidad 2015\Registros SIG\3. apoyo\gestión de la
información\Registros Carlos Enero 2015\SEGUROS\DOCUMENTOS DE
APOYO\DATOS VEHICULOS
Técnico Administrativo
· PROCESOS DE CONTRATACION PARA CONCURSO DE MERITOS (INTERMEDIARIOS
DE SEGUROS) Y LICITACION PÚBLICA (COMPAÑIAS DE SEGUROS)
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
LEY 80 DE OCTUBRE DE 1993
LEY 1150 DE JULIO DE 2007
LEY 222 DE DICIEMBRE DE1995 ARTS. 37 Y 38
LEY 789 DE DICIEMBRE DE 2002ART 50
LEY 828 DE JULIO DE 2003.
LEY 389 DE 1997
DECRETO 1082 DE 2015
DECRETO 384 DE 1993
CODIGO COMERCIO DECRETO 410 DE 1971 CAPITULO V CONTRATO DE
SEGUROS
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Legislación Comercial titulo V. contrato de
Seguros, capitulo principios comunes a los seguros terrestres,
capítulo II seguro de daños sección I, Seguro de Incendio sección
II, seguro de transporte sección III, seguro de
responsabilidad sección IV, Reaseguro sección V .
Capítulo III seguro de personas sección I principio
comunes seguro de personas, sección II seguro de vida.
NORMATIVIDAD GENERAL ASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS
SUPER FINANCIERA DE COLOMBIA
Normativa General sobre Aseguradoras e Intermediarios de Seguros
conceptos jurídicos, circulares contables, constitución política de
Colombia, reglamentación y normas ramos autorizados para expedir
pólizas.
LEY 45 DE 1990, TÍTULO II CAPÍTULOS III, IV Y V; TÍTULO III
CAPÍTULO III
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
“Por la cual se expiden normas en materia de intermediación
financiera, se regula la actividad aseguradora, se conceden unas
facultades y se dictan otras disposiciones.”
LEY 610 DE AGOSTO DE 2000 (RESPONSABILIDAD FISCAL)
LEY 42 DE ENERO DE 1993 ARTICULO 107
LEY 734 DE FEBRERO DE 2002 ARTÍCULO 48 NUMERAL 63
LEY 45 DE DICIEMBRE DE1990
CODIGO DE COMERCIO TITULO V (CONTRATO DE SEGUROS)
CIRCULAR CONJUNTA DE DICIEMBRE DE 2003 DE LA CONTRALORIA GENERAL DE
LA REPÚBLICA Y LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
· PÓLIZA DE VIDA GRUPO NO CONTRIBUTIVO
LEY 136 DE JUNIO DE1994 ARTICULO 65-68-69 (CONCEJALES)
LEY 136 DE JUNIO DE 1994 ARTICULO 177 (PERSONERO)
LEY 617 DE OCTUBRE DE 2000 ARTICULO 87 (ALCALDE)
LEY 1551 DE 2012, ARTICULO 42. ART. 119 DE LA LEY 136 DE 1994
(EDILES JAL)
· PÓLIZA DE SALUD GLOBAL
LEY 136 DE JUNIO DE 1994 ARTICULO 65-68-69 (CONCEJALES)
DECRETO 3171 DE OCTUBRE DE 2004 ARTÍCULO 2 (GRUPO FAMILIAR
CONCEJALES)
SENTENCIA 11001032400020110013600 DE 2019
· SOAT (SEGURO OBLIGATORIO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO)
NORMA O LEY
LEY 33 FEB. 1986
EL CONGRESO DE COLOMBIA
Se creó el seguro por daños a las personas causados en accidentes
de tránsito será obligatorio y el perjudicado tendrá acción directa
contra el asegurador.
DECRETO 2544 Dic. 31 1987
EL CONGRESO DE COLOMBIA
Reglamenta los artículos 115 y 116 de la ley 33, estuvo
vigente hasta la expedición del decreto 2544 de 3 diciembre de
1987.
DECRETO 104 DE 1990
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Por el cual se modifican los artículos 4o., 6o. y 11 del Decreto
2544 de 1987, referente al Seguro Obligatorio de Daños Causados a
las Personas en Accidentes de Tránsito.
DECRETO 1032 de 1991
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
Regula integralmente el seguro obligatorio de daños corporales
causados a las personas en accidentes de tránsito como :
obligatoriedad para transitar en el territorio nacional, creación
del ramo con expedición obligatoria por parte de las
aseguradoras habilitadas para ofrecer el seguro, atención
obligatoria por parte de los hospitales aportes al Fonsat y Fosyga
el cual fue reglamentado por el Decreto 2878 de 1991, disposiciones
éstas que se encuentran incorporadas en los Artículos 192 y
siguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto
663 de 1993). Las cuales fueron modificadas y adicionadas
parcialmente por el artículo 244 de la Ley 100 de 1993.
RESOL. 13049 DE 1991
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Reglamenta el decreto 1032 de 1991 Confiere facultades a la
superintendencia Nacional de salud para invertía y sancionar con
multas a los representantes legales t hospitales
. Señala procedimientos para atención de quejas
presentadas en la superintendencia Nacional de salud
RESOL. 2090 DE 1991
SUPERINTENDENCIA BANCARIA
Establece las condiciones generales de la póliza y tarifas máximos
aplicables a este seguro. Posteriormente derogada por las
circulares externas 042 y 147 de 1999
LEY 100 DE 1993
EL CONGRESO DE COLOMBIA
Se incluyeron varias modificaciones al SOAT como se creó el fondo
de prevención , se establece prueba de accidente la certificación
del médico que atienda la urgencia, se establece, para las
reclamaciones se puede hacer con el compañero permanente, se da
facultad al gobierno nacional para reglamentar el porcentaje que
deben las aseguradoras como anticipo imputable a la indemnización
cuando estas encuentre motivos para objetar la reclamación.
DECRETO 663 DE 1993
Define las entidades aseguradoras habilitadas para ofrecer el
seguro obligatorio de accidentes de tránsito
DECRETO 2423/96
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
Manual ajustado a la centena más próxima. Por el cual se determina
la nomenclatura y clasificación de los procedimientos médicos,
quirúrgicos y hospitalarios del Manual Tarifario. Las
tarifas del presente Manual están actualizadas al valor
del Salario Mínimo Diario Legal Vigente ( SMDLV ).
DECRETO 3990 de 2007
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Se reglamenta la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y
Accidentes del Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía,
Fosyga, se establecen las condiciones de operación del
aseguramiento de los riesgos derivados de daños corporales causados
a las personas en accidentes de tránsito, eventos catastróficos y
terroristas, las condiciones generales del seguro de daños
corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, Soat,
y se dictan otras disposiciones.
RESOL. 1915 de 2008
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se adoptan los formularios para reclamar las
indemnizaciones
LEY 1005 de 2006
EL CONGRESO DE COLOMBIA
derivadas de los amparos de que trata el Decreto 3990 de
2007
RESOL. 3544 DE AGTO 2009
MINISTERIO DE TRANSPOR
Se autoriza el cobro de tasa de sostenibilidad runt a las compañías
de seguros.
CIRCULAR EXTERNA 034 DE 2009
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
La Superi