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Pleno 2 de Julio de 2012 Plaza Mayor, 4 22400 MONZÓN (Huesca) Tel. 974 400 700 Fax 974 404 807 C.I.F.: P-2221800-B www.monzon.es 1 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO DE 2 DE JULIO DE 2012 En Monzón, en el denominado Salón Azul de la Casa Consistorial, siendo las 20.00 horas del día 2 de julio de 2012 se reúnen en primera convocatoria, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y miembro del grupo municipal del Partido Popular (PP), Dª. Rosa Mª Lanau Morancho, al objeto de celebrar sesión ordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno, los concejales que a continuación se relacionan: * Por el grupo municipal del Partido Popular (PP), D. Raúl Castanera Plasín, Dª. Mª Luisa Mur Peirón, Dª. Mª Paz Alquézar Buil, D. Eduardo Lanzón Arruego y D. Julián Miguel Alamán Casellas. * Por el grupo municipal del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Dª. Elisa Sanjuán Castán, D. Gabriel Albás Oncíns, D. Marcos Antonio Monter Ariño, Dª. Nieves Peropadre Pérez y Dª. Rebeca Barbanoj Torguet. * Por el grupo municipal del Partido Aragonés (PAR), D. Javier Vilarrubí Lloréns y D. Jesús Guerrero De la Fuente. * Por el grupo municipal de Izquierda Unida (IU), D. Miguel Aso Soláns y Dª. Milva Bueno Oliván. No asisten a la sesión los concejales D. Ángel Francisco Escuder Centelles (grupo municipal del PP) y D. Joaquín Palacín Eltoro (Chunta Aragonesista -CHA-). Asiste también el Secretario General de la Corporación, D. Fernando Benedicto Armengol, así como el Interventor accidental de la misma, D. José Luis Rodríguez Pintor. Declarada abierta la sesión por la Sra. Alcaldesa, se procede a examinar y debatir los asuntos incluidos en el orden del día. 1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES DEL PLENO DE 27 DE FEBRERO Y 28 DE MARZO DE 2012. Sometidas a la consideración del Pleno las actas de la sesiones de Pleno de 27 de febrero y 28 de marzo de 2012, quedan aprobadas por unanimidad de los quince (15) miembros de la Corporación presentes en ese momento en la sesión. 2.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS EMITIDOS DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA, QUE TUVO LUGAR EL 30 DE MAYO DE 2012. El Sr. Secretario da cuenta de que desde la última sesión ordinaria se han emitido por los órganos competentes del Ayuntamiento los Decretos que van desde el Decreto 673/2012, de 28 de mayo, que es la modificación de un decreto anterior, al Decreto 851/2012, de 27 de junio, que es la convocatoria de esta sesión del Pleno.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO DE 2 DE JULIO DE 2012

En Monzón, en el denominado Salón Azul de la Casa C onsistorial, siendo las

20.00 horas del día 2 de julio de 2012 se reúnen en primera convocatoria, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y miemb ro del grupo municipal del Partido Popular (PP), Dª. Rosa Mª Lanau Morancho, a l objeto de celebrar sesión ordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno, los concej ales que a continuación se relacionan:

* Por el grupo municipal del Partido Popular (PP), D. Raúl Castanera Plasín, Dª. Mª Luisa Mur Peirón, Dª. Mª Paz Alquézar Buil, D. E duardo Lanzón Arruego y D. Julián Miguel Alamán Casellas.

* Por el grupo municipal del Partido Socialista Obr ero Español (PSOE), Dª. Elisa Sanjuán Castán, D. Gabriel Albás Oncíns, D. Marcos Antonio Monter Ariño, Dª. Nieves Peropadre Pérez y Dª. Rebeca Barbanoj Torguet.

* Por el grupo municipal del Partido Aragonés (PAR) , D. Javier Vilarrubí Lloréns y D. Jesús Guerrero De la Fuente.

* Por el grupo municipal de Izquierda Unida (IU), D . Miguel Aso Soláns y Dª. Milva Bueno Oliván.

No asisten a la sesión los concejales D. Ángel Fran cisco Escuder Centelles (grupo municipal del PP) y D. Joaquín Palacín Eltor o (Chunta Aragonesista -CHA-).

Asiste también el Secretario General de la Corporac ión, D. Fernando Benedicto

Armengol, así como el Interventor accidental de la misma, D. José Luis Rodríguez Pintor.

Declarada abierta la sesión por la Sra. Alcaldesa, se procede a examinar y debatir los asuntos incluidos en el orden del día.

1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES DEL PLE NO DE 27 DE FEBRERO Y 28 DE MARZO DE 2012.

Sometidas a la consideración del Pleno las actas de la sesiones de Pleno de 27 de

febrero y 28 de marzo de 2012, quedan aprobadas por unanimidad de los quince (15) miembros de la Corporación presentes en ese momento en la sesión.

2.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS EMITIDOS DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA, QUE TUVO LUGAR EL 30 DE MAYO DE 2012.

El Sr. Secretario da cuenta de que desde la última sesión ordinaria se han emitido por los órganos competentes del Ayuntamiento los Decretos que van desde el Decreto 673/2012, de 28 de mayo, que es la modificación de un decreto anterior, al Decreto 851/2012, de 27 de junio, que es la convocatoria de esta sesión del Pleno.

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Dictámenes de la C.I. de Urbanismo y Medio Ambiente .

3.- DAR CONFORMIDAD AL TEXTO REFUNDIDO DE LEVANTAMI ENTO DE SUSPENSIONES Y ESTIMACIÓN DE RECURSOS DE ALZADA (CU MPLIMIENTO REPARO CPU/4U DE 18 DE MAYO DE 2011), DOCUMENTO VISADO EL 1 DE JUNIO DE 2012.

Por el Sr. Secretario se da lectura, en extracto, e l dictamen de la Comisión de

Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente relativo a este punto del orden del día.

Abierto el debate, no se producen intervenciones. Puesto a votación el dictamen de la Comisión Inform ativa de Urbanismo y

Medio Ambiente, se aprobó por unanimidad de los qui nce (15) miembros de la Corporación presentes en ese momento en la sesión, adoptándose, en consecuencia, el siguiente acuerdo:

“Visto el acuerdo de Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Monzón de fecha 28 de

febrero de 2011 por el que se prestó conformidad al Texto Refundido (cumplimiento reparos CPOT/Hu), sobre determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el Área de la Armentera, redactado por J.A. LORENTE y Asociados, arquitectura y urbanismo, S.L.P., en Enero de 2011 y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón, Demarcación de Huesca, el 24/01/2011.

Visto que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca, en sesión

celebrada el día 18 de mayo de 2011, adoptó, en relación con las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana en el Área de la Armentera, el siguiente acuerdo:

“Dar por subsanadas los reparos indicados en el acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca, en su acuerdo de 25 de junio de 2008; si bien se mantienen los siguientes:

1) Debe incorporarse el reparo establecido en el informe de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias de 15 de febrero de 2011, relativo a la referencia expresa a la línea Zaragoza (Miraflores)-Lérida, como integrante del sistema ferroviario incluido en el ámbito del documento.

2) Con la documentación aportada, en concreto con el informe del Delegado Provincial de INAGA, de fecha 18 de marzo de 2011, quede aclarada la conformidad de dicho organismo con la forma en que ha de dar solución al trazado alternativo a las vías pecuarias afectadas por la actuación urbanística de La Armentera. Dicho trazado coincide con el propuesto en el plano 3.1 del documento de enero de 2011, si bien es preciso ajustar las cotas de anchura de algún tramo y grafiar de nuevo los tramos denominados 5 bis y 6. También será preciso clasificar los terrenos afectos a las vías pecuarias como Suelo No Urbanizable Especial. Por otra parte se mantiene la necesidad de tramitar el oportuno expediente para materializar la reposición de las vías pecuarias afectadas.

3) Ha de recordarse que no se ha atendido a la recomendación realizada por la CPOT en su acuerdo de 25 de junio de 2008, relativa a la previsión de espacios

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libres, como sistema local, en aquellas unidades de ejecución en que ello sea posible, así como la ordenación mediante planeamiento especial de la UE-A1.

4) Se incorporará a la normativa del PGOU el retranqueo de 10 metros a cada lado del eje previsto en el punto 2.1.2 del documento de cumplimiento de reparos, aportado.

5) En cuanto a la incorporación al PGOU de la resolución de los recursos de alzada: • Se corregirá la ficha de la UE-M38, respecto a su superficie definitiva, a los

porcentajes de las distintas calificaciones y a la reserva de techo para vivienda protegido.

• Se corregirán las determinaciones relativas al Sector Cabañera, se ajustará su superficie, en función de lo que se establezca para la UE-M38, y se corregirá la reserva de techo para vivienda protegida.

6) En cuanto a las determinaciones para el Plan Especial de Infraestructuras se concretará la forma prevista para la gestión del suelo y la ejecución de las infraestructuras generales.”

Visto el informe técnico de David Martínez Berges de fecha 19 de julio de 2011 en referencia al acuerdo del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca adoptado con fecha 18 de mayo de 2011.

Visto el Texto Refundido del levantamiento de suspensiones, estimación de recursos

de alzada en cumplimiento de los reparos CPU/Hu de 18/mayo/2011, redactado por el Arquitecto José Antonio Lorente Fernández, visado con fecha 1 de junio de 2012.

Visto el informe técnico de David Martínez Berges de fecha 4 de junio de 2012, que

dispone lo siguiente:

“6. ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN APORTADA

Visto el acuerdo adoptado por el Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2011, se procede a analizar los reparos que esta mantiene: 1. Debe incorporarse el reparo establecido en el in forme de la Dirección General

de Infraestructuras ferroviarias de 15 de febrero d e 2011, relativo a la referencia expresa de la línea Zaragoza (Miraflores) – Lérida, como integrante del sistema ferroviario incluido en el ámbito del documento.

En el citado informe se indica lo siguiente: En el apartado 2.1.2 (Ordenación del suelo) de la Memoria, debe hacerse referencia expresa a la línea Zaragoza (Miraflores) – Lérida como integrante del sistema ferroviario incluido en el ámbito de aplicación del documento, haciendo constar su pertenencia a la Red Ferroviaria de Interés General, así como la aplicación de la legislación sectorial vigente (Ley 39/2003, de 17 de Noviembre, del Sector Ferroviario, y Real Decreto 2387/2004, de 30 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario).

Se considera cumplido este reparo pues la redacción del segundo punto del apartado 2.1.2 queda como sigue “La línea Zaragoza (Miraflores) – Lérida que atraviesa el ámbito pertenece a la Red Ferroviaria de Interés General, y está sujeta a la legislación sectorial vigente (Ley 39/2003, de 17 de Noviembre, del

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Sector Ferroviario, y Real Decreto 2387/2004, de 30 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario.”

2. Con la documentación aportada, en concreto con e l informe del Delegado Provincial del INAGA, de fecha 18 de marzo de 2011, queda aclarada la conformidad de dicho organismo con la forma en que ha de dar solución al trazado alternativo a las vías pecuarias afectadas por la actuación urbanística de la Armentera. Dicho trazado coincide con el prop uesto en el plano 3.1 del documento de enero de 2011, si bien es preciso ajus tar las cotas de anchura de algún tramo y grafiar de nuevo los tramos denominad os 5 bis y 6. También será preciso clasificar los terrenos afecto s a las vías pecuarias como Suelo No Urbanizable Especial. Por otra parte se mantiene la necesidad de tramitar el oportuno expediente para materializar la reposición de las vías pecuari as afectadas.

En primer lugar, como prolongación del tramo 5 recogido en el informe del Delegado Provincial del INAGA se plantea el tramo 5bis con una anchura inicial de 58m y final de 49, como así se traslada al plano de clasificación del levantamiento. Asimismo se recoge el tramo 6 indicado en el citado informe con 20m de ancho que discurre por el borde norte del Sector A2.

En referencia a la segunda exigencia, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 27 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón, Los nuevos instrumentos de planeamiento urbanístico calificarán las vías pecuarias como suelo no urbanizable especial cuyo régimen de protección se asimilará, a los efectos de la aplicación de la legislación urbanística, al propio de los espacios naturales protegidos, excepto aquellas vías pecuarias que se encuentren en suelo urbano o en suelo que haya sido clasificado como urbanizable delimitado por instrumentos de planeamiento urbanístico ya aprobados y vigentes en el momento de entrada en vigor de la presente Ley.

Asumiendo esto, los tramos de vía pecuaria generados al trasladar la vía original, y recogidos en el informe del Delegado Provincial de INAGA de 18 de marzo, se clasifican como Suelo No Urbanizable Especial con la categoría de Vías pecuarias ya incluida en el artículo 88.2 de la Normativa del Plan General.

Además, gran parte del citado nuevo trazado pecuario se define como Sistema General adscrito tanto a sectores como ámbitos y unidades de ejecución por los que este discurre ya que según el artículo 132.5 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón, “Se incluirán en la superficie de la unidad de ejecución, sector o ámbitos resultantes de la agrupación de sectores de suelo urbanizable no delimitado y del conjunto del suelo urbanizable delimitado, los terrenos destinados a sistemas generales incluidos en los mismos y aquellos terrenos o aprovechamientos que, aun hallándose en otra clase de suelo, sean adscritos a ellos por el planeamiento para su obtención.”

En relación con el tercer y último párrafo del reparo segundo planteado por el Consejo referente a tramitar el oportuno expediente de reposición y de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 10/2005 “2. En las zonas objeto de cualquier forma de ordenación territorial, el nuevo trazado que, en su caso, haya de realizarse deberá asegurar, con carácter previo, el mantenimiento de la integridad superficial (…), debiendo aportar la Administración actuante en la ejecución de la

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ordenación, con carácter previo a la ocupación, los terrenos que aseguren la satisfacción de tales extremos”. Por lo anterior se entiende que el momento en que deba producirse la cesión será previo a la ocupación, esto es, de manera previa a la ejecución de las obras relativas los Proyectos de Urbanización de cada unidad de ejecución o sector.

3. Ha de recordarse que no se ha atendido a la reco mendación realizada por la CPOT en su acuerdo de 25 de junio de 2008, relativa a la previsión de espacios libres, como sistema local, en aquellas unidades de ejecución en que ello sea posible, así como la ordenación mediante planeamien to especial de la UE-A1.

Tal y como se indica en el último apartado de la introducción del documento, “No se ha atendido la “recomendación” del CPOT/Hu de 25/jun/2008 relativa a la “previsión de espacios libres como sistema local, en aquellas unidades de ejecución en que ello sea posible, así como la ordenación mediante planeamiento especial de la UE-A1”, al no considerarse necesario por considerar que la ordenación detallada es suficiente para la ulterior edificación industrial en parcelas presumiblemente de gran tamaño, y para no recargar la gestión de unos ámbitos ya afectados por el PEI de “La Armentera”.”

4. Se incorporará a la normativa del PGOU el retran queo de 10 metros a cada lado del eje previsto en el punto 2.1.2 del documento de reparos aportado.

Según el artículo 70.5 de la Normativa del Plan General las distancias mínimas a ejes de caminos de uso público para edificaciones se fijan, para caminos de primera categoría en 10m y en 7m para caminos de segunda categoría. El artículo 2.1.2 del levantamiento de suspensiones fija para la antigua línea férrea Selgua-Barbastro, cerrada al tráfico y desafectada entre los pk 1,200 y 18,701 según este texto, un retranqueo de 10m a cada lado del eje, lo que se correspondería con un camino de primera categoría. La incoherencia surge cuando se contrastan estas determinaciones con el plano Estructura General del Plan General que define el vitado viario como de segunda categoría. Esta cuestión ha sido solventada aportando nuevo plano de Estructura General del Plan General en el que se grafía el tramo afectado como camino de primera categoría, acorde con el retranqueo de 10m a cada lado del eje del camino que se indica en la literatura.

5. En cuanto a la incorporación al PGOU de la resol ución de los recursos de alzada:

a. Se corregirá la ficha de la UE-M38, respecto a s u superficie definitiva, a los porcentajes de las distintas calificaciones y a la reserva de techo para vivienda protegida.

De acuerdo con la tabla que se expone a continuación se entiende el reparo planteado por el CPU parece referirse a que los porcentajes de las distintas calificaciones deberán expresarse en función de la superficie del sector excluidos los sistemas generales adscritos, figurando en el último documento los expresados en la tabla en cursiva para el documento 2012.

Por otro lado del reparo planteado por el consejo parece desprenderse que la reserva destinada a terrenos para la construcción de viviendas protegidas debe adecuarse al artículo 5 de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida en su

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redacción dada por la Ley1/2008, de 4 de abril, por la que se establecen medidas urgentes para la adaptación del ordenamiento urbanístico a la Ley 8/2007. En este sentido se considera necesario apuntar que sobre el Plan General de Monzón recayó aprobación inicial mediante acuerdo de pleno adoptado con fecha 5 de noviembre de 2004, dando por tanto en este momento comienzo el procedimiento de aprobación según el artículo 61 del Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999 y encontrándose en vigor la citada Ley 24/2003 en su redacción original, la cual prescribe una reserva correspondiente al quince por ciento en Suelo Urbano Consolidado. Lo anterior no deja de ser una cuestión meramente formal pues la reserva que deberá destinarse a este objeto en el procedimiento de gestión de suelo deberá de ser la del treinta por ciento en aplicación de la disposición transitoria novena de la antedicha Ley 1/2008, como así se recoge finalmente en el último documento.

Resumen UE-M38 Documento 2006 Documento 2008 Documento 2011 Documento 2012 Superficie % Superficie % Superficie % Superficie % Superficie sector 4.335,67 - 19.323,30 - 19.323,30 - 19.323,30 -

Superficie SG 0,00 - 7.000,00 - 5.000,00 - 5.000,00 - Superficie total 4.335,67 - 26.323,30 - 24.323,30 - 24.323,30 -

Viario 1.501,70 34,64 6.157,75 23,39 / 31,87 6.157,75 23,32 /

31,87 6.157,75 31,87

Verde 898,17 20,71 2.644,58 10,05 /

13,69 2.644,58 10,87 / 13,69 2.644,58 13,69

Superficie cesiones

Equip. 0,00 - 0,00 - 0,00 - 0,00

Superficie de zona 1.935,80 44,65 10.520,97 39,97 /

54,45 10.520,97 43,25 / 54,45 10.520,97 54,45

Reserva VPA 15 15 15 30 A.m. 0,54 0,60 0,65 0,65

b. Se corregirán las determinaciones relativas al S ector Cabañera, se

ajustará su superficie, en función de lo que se est ablezca para la UE-M38, y se corregirá la reserva de techo para vivien da protegida.

En el documento de 2006 se plasmó la ordenación de la Unidad de Ejecución UE-M38 y del sector de SUZD Cabañera. Como consecuencia de la estimación de recursos de alzada de D. Antonio Villanova, D. ª Carmen Buil, D. ª M. ª Teresa Truca y D. ª Margarita Visa, en 2008 se amplió la UE-M38 en detrimento del Sector Cabañera, reduciéndose además la superficie de este sector por la clasificación de parte de su suelo como SUNC creando la nueva UE-M42. En los documentos de 2011 y 2012 se vuelve a clasificar como SUZD los terrenos afectados por la EU-M42

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También se ve reducida la superficie del sector Cabañera por la estimación del recurso presentado por D. ª Adoración Aventín Huguet en representación de D. ª Rosario Bordas Subira que concluye clasificando 609,32m² del sector como SUC.

En relación a la reserva de techo para vivienda protegida se mantiene el argumento indicado en el apartado anterior.

Resumen Sector Cabañera Documento 2006 Documento 2008 Documento 2011 Documento 2012 Superficie % Superficie % Superficie % Superficie % Superficie sector

117.745,95 - 64.415,25 - 102.150,0

0 - 102.150,00 -

Superficie SG 22.000,00 - 13.500,00 - 17.000,00 - 17.000,00 -

Superficie total 139.745,95 - 77.915,25 - 119.150,0

0 - 119.150,00 -

A.m. 0,597 - 0,597 - 0,597 - 0,597 - Reserva VPA 20 20 20 30

Resumen Documento 2006 Documento 2008 Documentos 2011 y 2012 Sector SG Sector SG Sector SG Cabañera 117.745,95 22.000 64.415,25 13.500 102.150 17.000 UE-M38 4.335,67 - 19.323,30 7.000 19.323,30 5.000 UE-M42 - - 33.378,03 3.500 - - SUC POL-150 - - 609,00 - 609,00 -

Total 122.081,62 22.000 117.725,58 24.000 122.082,30 22.000

6. En cuanto a las determinaciones para el Plan Esp ecial de Infraestructuras se

concretará la forma prevista para la gestión del su elo y ejecución de las infraestructuras generales.

En el apartado 2.1.4 se exponen el modo de reparto de costes y las actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento según la siguiente redacción:

“El reparto de costes de implantación de las infraestructuras generales se efectuará en proporción al aprovechamiento subjetivo de las diversas UE´s de SU-NC y sectores de SUZD y mediante un coeficiente establecido mediante Convenio Urbanístico para el ámbito de SUND, comprendidos en el área de “La Armentera”

La repercusión media resultante sobre la superficie bruta de suelo es de 5,40€/m²

Las actuaciones llevadas acabo por el Ayuntamiento de Monzón para la gestión y ejecución de las infraestructuras son las siguientes:

o Redacción del Plan Especial de Infraestructuras. o Adquisición de la práctica totalidad de los terrenos destinados a acoger la

ETAP. EDAR, Y SET.

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o Redacción de proyectos de Sistema General de evacuación de aguas pluviales y fecales, Red de distribución de agua no tratada, Estación de tratamiento de agua potable y de las redes de distribución de la misma, Depuradora de aguas residuales, Redes de energía eléctrica en media tensión, Canalizaciones telefónicas y Cubrimiento de desagüe de Selgua.

o Ejecución del Sistema General de evacuación de aguas residuales y de una primera fase de la Estación depuradora de aguas residuales que absorba el vertido de las empresas instaladas actualmente en el área. El resto de actuaciones recogidas en el plan de infraestructuras se

gestionarán mediante actuaciones integradas por compensación que serán desarrolladas los primeros sectores o unidades de ejecución que demanden estos servicios.”

7. OBSERVACIONES

Como consecuencia de la estimación parcial de la alegación presentada por Desarrollo Industrial Cinca Medio S.L. al Plan Especial de Infraestructuras resuelta mediante acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Monzón en sesión extraordinaria de 24 de marzo de 2010 en el sentido de suprimir toda referencia al sistema de cooperación en la citada figura de planeamiento, el “Texto refundido (cumplimiento reparos CPOT/Hu) Levantamiento de suspensiones y estimación de recursos de alzada del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón”, que adopta y se coordina con el estudio económico-financiero de aquel documento, obvia cualquier alusión al sistema de gestión mediante cooperación pasando a enunciar el modo en que se repercutirán los costes derivados de la implantación del Plan Especial de Infraestructuras en términos aludidos en el apartado anterior.

Por otro lado, se modifica el artículo 133. Conservación del medio ambiente urbano del plan general matizando que los suelos a los que hace referencia el artículo 133.2, relativo a la renovación o instalación de líneas eléctricas o telefónicas, son de uso residencial, al igual que los suelos del artículo 133.3, relativo a la declaración como “fuera de ordenación” de las líneas de AT/MT/BT eléctricas y telefónicas, también lo son.

Además, el apartado 2.1.2. Ordenación del suelo del documento asume el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Monzón en sesión ordinaria de 29 de mayo de 2008 por el que se consideraba una operación de reforma interior exenta del 10% de aprovechamiento medio (LUA – 102.1) las once unidades de ejecución marcadas en el ámbito Armentera como Suelo Urbano No Consolidado.

8. CONCLUSIÓN

Por lo anteriormente expuesto se procede a emitir, desde el punto de vista técnico, INFORME DE CARÁCTER FAVORABLE de la documentación presentada como “Texto refundido (cumplimiento reparos CPU/Hu 18/may/2011) Levantamiento de suspensiones y estimación de recursos de alzada del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón”.

Por todo ello,

SE ACUERDA:

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PRIMERO: Prestar conformidad al Texto Refundido del levantamiento de

suspensiones, estimación de recursos de alzada en cumplimiento de los reparos CPU/Hu de 18/mayo/2011, redactado por el Arquitecto José Antonio Lorente Fernández, visado con fecha 1 de junio de 2012.

SEGUNDO: Remitir el citado Texto Refundido, así como los informes del arquitecto

municipal mencionados en la parte expositiva del presente acuerdo al Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca, a fin de que se pronuncie sobre el referido documento. TERCERO: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el contenido del PGOU en el Área de La Armentera, una vez que se haya producido el pronunciamiento favorable del Consejo Provincial de Urbanismo al siempre mencionado Texto Refundido.”

4.- INADMISIÓN ALEGACIONES E IMPOSICIÓN DE SANCIÓN URBANÍSTICA A PROYCON S.L. POR COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN DEL ART. 275 B) DE LA LEY 3/2009, DE 17 DE JUNIO, DE URBANISMO DE ARAGÓN.

Por el Sr. Secretario se da lectura, en extracto, e l dictamen de la Comisión

Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente relativo a este punto del orden del día.

Abierto el debate, se producen las siguientes inter venciones: . Sra. Sanjuán (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Se abstendrán, como ya manifestaron en la comisión, porque les parece que la casa

ha quedado bien hecha, pero una sanción de 2.000 euros para una actuación que ha incumplido todos los requerimientos del Ayuntamiento, incluso antes del derribo, cuando la ley prevé para este tipo de infracciones sanciones de 6.000 euros, les parece que es un mal precedente y favorece que cualquier empresa por 2.000 euros derribe y pague la sanción. Le sale más a cuenta. Es el motivo de su abstención.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Como dice Elisa, se le hizo un requerimiento a los particulares y se reunió con ellos,

ya que la fachada estaba catalogada y bajo ningún concepto se podía derribar. Es cierto que la fachada tenía bastantes problemas ya que estaba desplomada de manera importante y había bastante peligro para la estabilidad de la misma y para la seguridad de los trabajadores. Lo cierto es que tenían una orden clara desde Urbanismo y si querían tirarla, se les podría haber autorizado por fases, de tal modo que se pudiera conservar parte de la fachada, aunque finalmente hubiese sido rehecha por completo.

La situación que se produce es que el promotor, sin encomendarse a nadie, decidió

tirar la fachada, probablemente lo consideró por la razón que fuese. Al final la fachada ha

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quedado muy bien, con la calidad adecuada y sin el desplome, con una considerable tripa o saliente que tenía en el centro.

Este promotor ha perdido también las ayudas del ARI, ya que una de las condiciones

que se le pusieron para recibir estas ayudas es que mantuviese en estado adecuado la fachada principal; al tirarla ha perdido estas ayudas.

Entienden que es una sanción muy considerable y en base a esto votarán a favor,

porque entienden que a la sanción que se les debe poner hay que añadir la cuantía de la subvención que dejan de percibir, que es considerable. Si la fachada no se hubiera rehabilitado la sanción debería ser la máxima porque se deben respetar las ordenanzas y el Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Comparte con el Sr. Aso el mismo argumento y no quiere repetir lo que ya ha dicho

el compañero de IU, que ha entendido perfectamente en qué consiste la bajada de la sanción.

La bajada de la sanción se debe a que la reconstrucción ha sido muy buena. En el

caso de que ésta no hubiera sido así o no se hubiera hecho, por supuesto que desde la concejalía no se hubiera planteado una rebaja de la cuantía.

Puesto a votación el dictamen de la Comisión Inform ativa de Urbanismo y

Medio Ambiente, se aprobó por diez (10) votos a fav or (6 PP, 2 PAR y 2 IU) y cinco (5) abstenciones (5 PSOE), adoptándose, en consecuencia , el siguiente acuerdo:

“Visto el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Monzón de fecha 30 de diciembre

de 2011 por el que se incoa expediente sancionador a Proycon, S.L. con NIF nº B22319842 por derribo de la fachada del edificio sito en la C/ Blas Sorribas nº 27 de Monzón sin contar con las pertinentes autorizaciones administrativas, calificada como una presunta falta grave del artículo 275 b) de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón, “la realización de alguna de las actividades a que se refiere esta Ley, sin autorización o licencia u orden de ejecución, o incumpliendo las determinaciones que impongan éstas, cuando no fuera legalizable, salvo que esté tipificada como infracción muy grave”, infracción sancionada con multa de 6.001 a 60.000 euros, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción.

Visto el escrito de alegaciones presentado con fecha 17 de febrero de 2012 por la presunta infractora.

Visto el informe técnico de fecha 12 de marzo de 2012.

Vista la propuesta de resolución formulada por el instructor del procedimiento sancionador de fecha 23 de marzo de 2012, en la que se consideran probados los hechos imputables a la interesada, se proponía la imposición de una multa de 6.001 euros, y se concedía a la interesada un plazo de audiencia de quince días hábiles.

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Vista el escrito de la interesada presentado con fecha 13 de abril de 2012 por el que

se solicitaba al Ayuntamiento una ampliación del plazo de alegaciones.

Vista la Providencia del instructor de fecha 17 de abril de 2012 por el que se concede a la interesada una ampliación del trámite de audiencia por un periodo de 8 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de la mencionada providencia.

Visto el escrito de alegaciones presentado Proycon, S.L. con fecha de entrada 2 de mayo de 2012.

Visto el informe suscrito por la Secretaria del procedimiento de fecha 9 de mayo de 2012:

“En primer término en preciso advertir que considerando que la notificación de la providencia autorizando la ampliación del trámite de audiencia, se recibió por la interesada con fecha 19 de abril de 2012, y que la entrada en el registro municipal del escrito de alegaciones se produce el 2 de mayo de este mismo año, cabe concluir que las mismas se han presentado fuera de plazo por lo que procede su inadmisión por este motivo. No obstante, en aras de una mayor transparencia se procede a la emisión del presente informe jurídico relativo a las mencionadas alegaciones.

Primero: Recalificación de los hechos constitutivos de infracción urbanística Plantea la alegante en su escrito la necesidad de recalificar la infracción urbanística

como una infracción leve del artículo 274 b) de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón (en adelante LUA) por entender que la reconstrucción de la fachada constituye una legalización del derribo de la fachada catalogada.

El artículo 274 b) de la LUA tipifica como infracción leve “la realización de alguna de

las actividades a que se refiere esta Ley, sin autorización o licencia u orden de ejecución, o incumpliendo las determinaciones que impongan éstas, cuando fuere legalizable”. Es decir, la distinción entre esta infracción, y la imputada en el expediente sancionador radica en si la actuación realizada es legalizable o no lo es.

Comienza la justificación de la recalificación de la infracción aludiendo a que la

demolición parcial de la fachada se realizó por motivos exclusivos de seguridad para el resto de la obra que contaba con la correspondiente licencia y de los inmuebles colindantes.

No se pone en duda desde los servicios técnicos de este Ayuntamiento el estado de

deterioro que presentaba la fachada de la C/ Blas Sorribas nº 27 antes de su intervención. Sin embargo, tales circunstancias no justifican en ningún caso la actuación emprendida por la interesada que procedió al derribo de partes de la misma sin contar con las pertinentes autorizaciones administrativas, y más cuando la misma debía ser conservada como veremos a continuación.

Basta recordar que el Ayuntamiento paralizó ya una vez la citada obra al acreditarse

previo informe técnico que se había procedido al desmontaje del alero y a la demolición de

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la galería de arquillos que coronaban el edificio, actuaciones que no estaban contempladas en el Proyecto en base al cual se concedió la licencia de obras (Decreto de Alcaldía nº 282/2009, de 5 de marzo). Además del mismo modo que mediante el Decreto de Alcaldía nº 227-U/2011, de 9 de febrero, se le pudo conceder licencia de obras para la demolición de parte de las fachadas de acuerdo al informe de ejecución redactado por la arquitecta Dª María Canales Garcés, se podía haber analizado la situación de las restantes partes de la fachada cuya demolición no estaba autorizada, y en caso de que se creyera conveniente haber adoptado las medidas pertinentes.

Sin embargo, esta última actuación se obvió y la interesada procedió bajo su

responsabilidad a la demolición de las restantes partes de la fachada sin contar con las previas autorizaciones, incurriendo en la comisión de una infracción de la LUA.

Tras ello alega la interesada que la fachada demolida ha sido objeto de

reconstrucción basándose en un levantamiento topográfico de la fachada anterior, utilizando para ello el ladrillo recuperado de la edificación anterior, previa limpieza, y ladrillo antiguo para el final de la planta segunda y bajo cubierta; ajustándose en consecuencia al proyecto para el que obtuvo la licencia; considerando por estos motivos que la reconstrucción en si misma implica la legalización del derribo de la fachada y su tipificación como leve y no como grave.

Las normas urbanísticas del PGOU de Monzón crean en su artículo 114 un catálogo

del patrimonio arqueológico y del patrimonio arquitectónico de inmuebles en el que se distinguen hasta tres grados de protección.

Conforme al catálogo del PGOU el inmueble de la C/ Blas Sorribas 27 de Monzón

cuenta con un grado de protección estructural, que el artículo 114.2 define como “incluye aquellos inmuebles de especial valor artístico, arquitectónico, pintoresco, típico ó ambiental, que por sus características objetivas u por conformar el ambiente urbano en que se hayan, deben ser conservados con tratamientos específicos, para mantener sus condiciones volumétricas, estructurales, tipológicas y ambientales, sin perjuicio de obras interiores o exteriores de adaptación compatibles con el uso pertinente a su estructura y función urbanas”; especificando su apartado 5 que “los edificios catalogados no pueden ser demolidos en general, debiendo conservarse como mínimo las fachadas y todas las partes del edificio que motivan su catalogación, y que serán determinadas en cada caso por el Ayuntamiento tras los preceptivos informes de los servicios técnicos municipales y, en su caso, de la Comisión de Patrimonio de la DGA”. Mientras que el artículo 112.5 establece que “las posibilidades de intervención de cada edificio dependerán de sus condiciones objetivas. Para la determinación de las mismas, así como la selección de las soluciones adecuadas, de los trabajos necesarios, garantías técnicas y científicas para el desarrollo de las obras, etc., los Servicios Técnicos Municipales, asumirán la responsabilidad técnica de interpretación de las condiciones, limitaciones, garantías y aplicación, en cada caso, de las medidas adecuadas para la protección y conservación del inmueble…”

Es decir, que una prescripción insalvable con carácter general es la conservación de

las fachadas en estos inmuebles, y que además en el caso del inmueble objeto de análisis se encuentra prevista en la propia ficha del catálogo, de modo que cualquier demolición que como en este caso pretendiera llevarse a cabo debería haberse valorado por los Técnicos

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Municipales a quienes el planeamiento vigente concede en estos inmuebles la última “palabra”, contando tras ello con las pertinentes autorizaciones administrativas; en caso contrario se infringirían las previsiones del PGOU sobre el patrimonio arquitectónico catalogado.

Pero ¿qué ocurre si se produce una demolición en alguno de estos supuestos sin la

pertinente autorización? El propio artículo 112 de las normas urbanísticas del PGOU contempla la solución al indicar que “comportará la obligación de su reconstrucción integral”. Sin embargo, y a diferencia de los que cree la alegante, esa reconstrucción que está ordenada por la propia normativa del planeamiento general vigente en Monzón, no supone la legalización de la actuación en opinión de la que informa.

Cuando un inmueble o elemento de éste se encuentra catalogado, implica que en él

existen uno o varios valores dignos de protección que merecen ser conservados y protegidos, de ahí que los instrumentos de planeamiento establezcan una normativa específica para este tipo de bienes (entre ellas la regla general de conservación como mínimo de las fachadas) Si lo que se produce es su demolición, ya sea completa o parcial, y ello no está avalado por el mencionado informe técnicos municipales y por la Administración competente, se está perdiendo el valor digno de protección sin justificación alguna, de modo que por mucho que después se reconstruya integralmente como dice nuestro PGOU y ha hecho la interesada, lo reconstruido ni será lo mismo ni tendrá el valor que aquello que era protegido. Por ello la que informa entiende que la reconstrucción de un elemento protegido que se ha demolido sin la previa autorización que lo pueda amparar, no supone su legalización, sino la única solución en estas circunstancias para que de alguna manera quede constancia de lo que en ese espacio existía, a pesar de que lo que se haya ejecutado carezca ya de las condiciones que justificaron su catalogación.

En consecuencia, no procedería la recalificación de los hechos constitutivos como

una infracción urbanística leve del artículo 274 b) de la LUA, sino que la misma debería mantenerse como una infracción grave del artículo 275 b) de la LUA.

Segundo: Aplicación del artículo 278.2 de la LUA Indica la interesada en su escrito de alegaciones que “ya que no ha habido en ningún

momento una intencionalidad de burlar dicha ley, sino adaptarse a unas circunstancias sobrevenidas durante el curso de las obras de rehabilitación del edificio, en las que se ha primado la seguridad de la propia obra así como la de los edificios colindantes, y se ha reconstruido con el máximo respecto material y formal de forma voluntaria por el promotor, puede aplicarse el Art. 278.2”

El artículo 278.2 de la LUA dispone textualmente lo siguiente: “Cuando en la

comisión de infracciones graves o muy graves el imputado asuma el cumplimiento voluntario de las medidas de reparación de daños o restablecimiento de la legalidad infringida, en atención a las circunstancias concurrentes, la Administración podrá imponer la multa correspondiente a las infracciones de gravedad inmediatamente inferior. Cuando en la comisión de infracciones leves concurra dicha circunstancia, la multa se impondrá en su cuantía mínima.”

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Se trata en primer término de una previsión de carácter voluntario, al utilizarse por el mencionado artículo el término “podrán”, siendo por tanto una decisión potestativa su aplicación por parte del Pleno de la Corporación como órgano sancionador competente.

Como requisitos exigidos para su aplicación es necesario, por un lado la reparación

de los daños o el restablecimiento de la legalidad infringida, y por otra que éstos sean objeto de cumplimiento voluntario por el presunto infractor.

En el supuesto objeto de análisis la medida de reparación de daños podría ser la ya

mencionada del artículo 112.4 de las normas urbanísticas del PGOU, es decir, la de la obligación de reconstruir integralmente el elemento demolido, aunque lo cierto es que esa reparación del daño nunca será total dado que lo reconstruido nunca tendrá el valor de lo que se demolió por mucho que se utilicen parte de los ladrillos originales existentes en la fachada o de que el diseño de la misma sea idéntico al que hubo en su momento.

Sobre el cumplimiento voluntario de esta medida lo cierto es que en los informes

técnicos municipales que a continuación se mencionan, ya indicaron que la interesada debía reconstruir integralmente la fachada. Además girada visita de inspección en el día de hoy se comprueba que la fachada reconstruida concuerda sensiblemente con la original (se adjuntan fotografías de la fachada original y de la reconstrucción efectuada).

En caso de optarse por la aplicación de este precepto, podría imponerse “la multa

correspondiente a la infracción de gravedad inmediatamente inferior”, es decir, entre los 600 € y los 6.000 €, es que la correspondiente a la infracción de gravedad inmediatamente inferior prevista en el artículo 274 b) de la LUA. Sin embargo, la que suscribe entiende que en tal caso, a la hora de graduarse la misma deberían considerarse por el Pleno las siguientes circunstancias por su relevancia dentro del expediente:

- Que por Decreto de Alcaldía nº 2041-U/2010, de 10 de diciembre, se ordenó

por una vez la paralización de las obras por incumplimiento de la licencia concedida mediante Decreto de Alcaldía nº 282/2009, de 5 de marzo.

- Que con posterioridad a éste, se emiten dos nuevos informes técnicos, de fechas 11 de marzo y 20 de octubre de 201, en los que se seguía poniendo de relieve que se estaban demoliendo partes de la fachada sin contar con la pertinente autorización, y en los que se ordenaba ya el deber de reconstrucción integral de la fachada demolida.

- Que a día de hoy habiendo presentado en el Ayuntamiento el Modificado 2 del Proyecto básico y de ejecución de edificio de 6 viviendas y local sin uso específico (visado con fecha 21 de diciembre de 2011) y solicitado requerimiento de subsanación deficiencias del mismo, la actuación todavía no se encuentra amparada por la pertinente licencia municipal de obras. “

Considerando que del expediente tramitado se desprende que Proycon, S.L. ha

cometido la falta grave tipificada en el artículo 275 b) de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

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Considerando que la comisión de dicha falta grave sería sancionable con multa de 6.001 € a 60.000 € de conformidad con lo previsto en el artículo 275 b) de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Considerado que la interesada ha reparado los daños al haber reconstruido la

fachada del inmueble afectado conforme al artículo 278.2 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

De conformidad con los artículos 275, 278.2 y 281.144 de la Ley 3/2009, de 17 de

junio, de Urbanismo de Aragón, y 16 del Decreto 28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SE ACUERDA: Primero.- Inadmitir el escrito de alegaciones presentado por la interesada por

haberse presentado fuera del plazo de audiencia concedido. Segundo.- Imponer a Proycon, S.L. una sanción de 2.000,00 €, por comisión de una

infracción urbanística grave al derribar la fachada del edificio sito en la C/ Blas Sorribas nº 27 de Monzón sin contar con las pertinentes autorizaciones administrativas, tipificada en el artículo 275 b) de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón, como “la realización de alguna de las actividades a que se refiere esta Ley, sin autorización o licencia u orden de ejecución, o incumpliendo las determinaciones que impongan éstas, cuando no fuera legalizable, salvo que esté tipificada como infracción muy grave”.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la interesada. Cuarto.- Contra el anterior acuerdo puede interponer recurso de reposición ante el

Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación; transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin resolución expresa, se entenderá desestimado; contra esta desestimación presunta o contra la desestimación expresa del recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los mencionados Juzgados en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente en que reciba la notificación de la desestimación expresa o de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el recurso. Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que considere más conveniente.”

5.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUA L Nº 11 DEL P.G.O.U. Por el Sr. Secretario se da lectura, en extracto, e l dictamen de la Comisión

Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente relativo a este punto del orden del día.

Abierto el debate, se producen las siguientes inter venciones: . Sr. Aso (IU)

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De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Procede agradecer al concejal de Urbanismo que haya respetado la propuesta que

se hizo al final del mandato anterior; lo cierto es que choca un poco que haya pasado un año hasta que se ha podido aprobar la modificación.

Había dos cuestiones centrales y una menor, que es el Cementerio de Conchel, que

se trata de un equipamiento y se debía reflejar como tal. En el mandato anterior había una demanda histórica, en este caso de CEHIMO, que era la mayor protección en la zona de “Las Loberas”, protección que se articuló a través de un documento aportado por ellos y de algunos trabajos realizados por Jose Vicente Ferrández en relación a la catalogación de varias especies vegetales de la zona. Les parecía bastante importante catalogarlas para mantenerlas y preservarlas, en el futuro, de algunos proyectos, como pudieron ser el campo de golf y la macrourbanización que se planteaba en esta zona.

En resumidas cuentas, votarán a favor porque es una propuesta que nació siendo él

mismo concejal del departamento de Urbanismo y, por tanto, la votarán porque, además, están totalmente de acuerdo.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Agradece el apoyo de IU a la aprobación definitiva de la modificación y sigue

ratificando el acuerdo no escrito que se mantiene en la concejalía de Urbanismo desde la anterior legislatura, ya que no se ha querido parar ningún expediente que estuviera en marcha. De hecho, se hubiese querido aprobar mucho antes, pero cuando entran otros organismos distintos del Ayuntamiento los trámites se dilatan mucho en el tiempo.

Puesto a votación el dictamen de la Comisión Inform ativa de Urbanismo y

Medio Ambiente, se aprobó por unanimidad de los qui nce (15) miembros de la Corporación presentes en ese momento en la sesión, adoptándose, en consecuencia, el siguiente acuerdo: “ Vista la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón: 11.1 Autorización del uso de vivienda unifamiliar aislada en suelo no urbanizable genérico: Adaptación a la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón. 11.2 Protección de las loberas como zona de interés paisajístico, geológico, arqueológico e histórico. Modificación autorizaciones en SNUE Monte bajo. 11.3 Sistema General de Equipamiento. Cementerio de Conchel. Vistos los informes técnicos obrantes en el expediente. Visto el Decreto de Alcaldía de fecha 11 de mayo de 2011, por el que se aprobó inicialmente dicha Modificación Puntual nº 11.

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Visto el informe favorable sobre la referida modificación, emitido por el Consejo Provincial de Urbanismo en sesión celebrada el día 7 de marzo de 2012.

SE ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente al Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón: 11.1 Autorización del uso de vivienda unifamiliar aislada en suelo no urbanizable genérico: Adaptación a la Ley 3/2009 de Urbanismo de Aragón. 11.2 Protección de las loberas como zona de interés paisajístico, geológico, arqueológico e histórico. Modificación autorizaciones en SNUE Monte bajo. 11.3 Sistema General de Equipamiento. Cementerio de Conchel. Documentación redactada por los Servicios Técnicos Municipales. SEGUNDO.- Publicar las ordenanzas de la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su entrada en vigor. TERCERO.- Remitir al Consejo Provincial de Urbanismo copia de la Modificación Puntual definitivamente aprobada, debidamente diligenciada, así como certificado del presente acuerdo. CUARTO.- Contra la presente resolución no cabe recurso administrativo, no obstante podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinentes.”

Dictámenes de la C.I. de Hacienda y Desarrollo

6.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL AYUNTAMIENT O DE MONZÓN DEL EJERCICIO 2010.

Abierto el debate, se producen las siguientes inter venciones: . Sr. Lanzón (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: La Cuenta General de 2010 está preparada para su aprobación. Como se comentó

en la comisión, hay un cierto retraso. El resultado del ejercicio fue negativo, al igual que el remanente de tesorería. Como explicar toda una cuenta general puede ser muy pesado, prefiere que le hagan las preguntas pertinentes.

. Sra. Sanjuán (PSOE)

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De su intervención se destacan los siguientes argum entos: En la Comisión de Hacienda ya hicieron las preguntas necesarias y quiere dar la

explicación de voto. Se abstendrán en estos puntos ya que, evidentemente, se deben aprobar las cuentas

de 2010 y 2011, y lo justifican porque el saldo del remanente de tesorería del 2011 es de 2,5 millones de euros y, según el informe del Interventor, se deben reducir gastos porque no hay otra forma de reducir ese remanente negativo, pese a las partidas que van a llegar del Estado, que subsanarán esto.

Pero lo que no quieren es que vuelva a pasar lo que pasó el pasado mes de febrero,

en el que se encontraron con el hecho de que, sin que hubiera una Comisión de Hacienda previa, sin ningún debate, se aplicó una reducción de 1,3 millones de euros. No se trata de recortar por recortar, ni de hacerlo de forma urgente. Quieren que se haga un debate en el que se llegue a un consenso con la oposición, y también creen que debería haber una reorganización del Ayuntamiento y ver por donde se puede recortar, siempre que se haga estando todos de acuerdo.

Es una abstención con un voto de confianza para aprobar la Cuenta General, pero

quieren buscar esas vías de diálogo. . Sr. Lanzón (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Se está hablando de la Cuenta General de 2010, ejercicio cuya gestión correspondió

al anterior equipo de gobierno, en el que estaban ellos (los socialistas). No deja de sorprender que se abstengan en este caso. Lo único que se hace es recoger lo que se hizo en el 2010, en el que su partido (el PP) estaba en la oposición.

De la reestructuración de la que habla la portavoz del PSOE, cree que debería haber

sido este el que empezara a realizarla. La realidad es que las cifras son negativas y también es verdad que en el segundo semestre del 2011 dejaron de serlo tanto, y en el 2012 los números están cambiando gracias a las medidas que se están tomando, unas son más llamativas y otras no tanto, unas son fáciles de tomar y otras no tanto, pero no queda otro camino.

Toda colaboración es de agradecer y lo único que se ha obtenido por parte de la

oposición ha sido una serie de enmiendas que no llegan a los 400.000 euros cuando el problema es de 2,5 millones de euros, centrándose aquella principalmente en reducir las diferentes aportaciones a los patronatos, cosa que ya se ha hecho. Cualquier aportación en este sentido será bienvenida.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

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Coincide con la intervención que ha hecho Elisa en el sentido de colaborar para tomar medidas que generen mayores ingresos y realizar recortes “cirujanos”, es decir, que sean precisos, según lo que se necesita o requiere. Pero es cierto que lo que se va a aprobar es un balance contable sin más y, como han hecho en todas las instituciones, votarán a favor.

Puesto a votación el dictamen de la Comisión Inform ativa de Hacienda y

Desarrollo, se aprobó por diez (10) votos a favor ( 6 PP, 2 PAR y 2 IU) y cinco (5) abstenciones (5 PSOE), adoptándose, en consecuencia , el siguiente acuerdo:

“La Comisión Informativa de Hacienda, en sesión celebrada el 24 de mayo de 2012,

con 6 votos a favor (5 PP y 1 PAR) y 4 abstenciones (3 PSOE y 1 IU), acordó: “Informar favorablemente la Cuenta General del Excmo. Ayuntamiento de Monzón correspondiente al ejercicio 2010, a fin de someter la misma al preceptivo periodo de información pública de acuerdo con lo previsto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.”

El anuncio de exposición se publicó en el Boletín oficial de la Provincia de Huesca nº 99, de fecha 28 de mayo de 2012.

Habiendo finalizado el plazo de exposición pública, y no habiéndose presentado

reparos u observaciones a la misma, según consta en Diligencia expedida por la Secretaría General de la Corporación de fecha 26 de junio de 2012.

SE ACUERDA: Aprobar la Cuenta General del Ayuntamiento de Monzón correspondiente al ejercicio

2010, integrada por los estados y cuentas anuales de conformidad con el siguiente detalle: - De la propia Entidad Local Excmo. Ayuntamiento de Monzón - De los Organismos Autónomos de ella dependientes

Patronato Municipal de Cultura. Patronato Municipal Residencia de Ancianos "Riosol".

Patronato Municipal de Deportes. Patronato Municipal Institución Ferial.

Patronato Municipal de Festejos. - De las Sociedades Mercantiles de capital íntegramente propiedad de la misma.

Sociedad de Desarrollo Monzón S.A.”

7.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL AYUNTAMIENT O DE MONZÓN DEL EJERCICIO 2011.

Abierto el debate, no se producen intervenciones. Puesto a votación el dictamen de la Comisión Inform ativa de Hacienda y

Desarrollo, se aprobó por diez (10) votos a favor ( 6 PP, 2 PAR y 2 IU) y cinco (5) abstenciones (5 PSOE), adoptándose, en consecuencia , el siguiente acuerdo:

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“La Comisión Informativa de Hacienda, en sesión celebrada el 24 de mayo de 2012,

con 6 votos a favor (5 PP y 1 PAR) y 4 abstenciones (3 PSOE y 1 IU), acordó: “Informar favorablemente la Cuenta General del Excmo. Ayuntamiento de Monzón correspondiente al ejercicio 2010, a fin de someter la misma al preceptivo periodo de información pública de acuerdo con lo previsto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.”

El anuncio de exposición se publicó en el Boletín oficial de la Provincia de Huesca nº 99, de fecha 28 de mayo de 2012.

Habiendo finalizado el plazo de exposición pública, y no habiéndose presentado

reparos u observaciones a la misma, según consta en Diligencia expedida por la Secretaría General de la Corporación de fecha 26 de junio de 2012.

SE ACUERDA: Aprobar la Cuenta General del Ayuntamiento de Monzón correspondiente al ejercicio

2011, integrada por los estados y cuentas anuales de conformidad con el siguiente detalle: - De la propia Entidad Local Excmo. Ayuntamiento de Monzón - De los Organismos Autónomos de ella dependientes

Patronato Municipal de Cultura. Patronato Municipal Residencia de Ancianos "Riosol".

Patronato Municipal de Deportes. Patronato Municipal Institución Ferial.

Patronato Municipal de Festejos. - De las Sociedades Mercantiles de capital íntegramente propiedad de la misma.

Sociedad de Desarrollo Monzón S.A.”

Proposiciones de Alcaldía.

8.- RATIFICACIÓN DE LA INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍ A DE LAS PROPOSICIONES DE ALCALDÍA QUE FIGURAN EN LOS PUNTOS 9 Y 10.

La Sra. Alcaldesa indica que van a retirar el punt o número 10 y pide a la Sra. Alquézar que explique el motivo.

. Sra. Alquézar (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Es el convenio de colaboración del IASS con la Residencia Riosol, respecto del cual

nos han indicado que es un borrador, que no es el convenio definitivo. Este lo enviarán en breve.

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Puesta a votación la ratificación de la inclusión e n el orden del día de la proposición de Alcaldía que figura en el punto 9, s e aprueba por diez (10) votos a favor (6 PP, 2 PAR y 2 IU) y cinco (5) abstenciones (5 PSOE). 9.- PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA RELATIVA A DESESTIMAR E L RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR RODILA PLUS ZARAGOZA S.L., C ONTRA EL ACUERDO DE LA JUNTA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES POR EL QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS DEPENDENCIAS ADSCRITAS A ÉSTE.

A iniciativa del Sr. Aso (IU), la Sra. Alcadesa pid e al Sr. Secretario una explicación sobre el contenido de la proposición de Alcaldía relativa a este punto del orden del día.

El Sr. Secretario explica, en primer lugar, que Rodila se equivoca en la interposición

del recurso, que la hace ante la mesa de contratación cuando debería haberla hecho ante el órgano competente, que, en este caso, era el Pleno del Ayuntamiento.

Explica después que la discrepancia de Rodila con la adjudicación que se hizo,

según el recurso presentado, es triple: Primero, el recurso hace una afirmación genérica en el sentido de que no se han

seguido los trámites establecidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos, cosa que no es cierta. El Ayuntamiento fue muy exhaustivo en este punto.

El segundo punto es que había tres sobres en el procedimiento de contratación: el

sobre A, que es el la documentación administrativa, el sobre B, que era el de la documentación que incorporaba una serie de mejoras sujetas a un criterio de valoración por el Técnico de Deportes, y el sobre C, que era la proposición económica. El caso es que la empresa introdujo mejoras en el sobre B, que se valoraron, pero esas mismas mejoras volvieron a aparecer en el sobre C, y en esta ocasión no se tuvieron en cuenta, porque no cabe valorar una cosa dos veces. Se optó por valorar las mejoras donde había que valorarlas y no por valorarlas dos veces, como la empresa pretende.

Y el tercer punto de discrepancia es la interpretación que hacen de la fórmula

matemática que estaba en el pliego para valorar la proposición económica, que era una fórmula que estaba bastante clara, que consistía en una regla de tres inversamente proporcional, puntuando más la oferta económica más baja y las demás de manera inversamente proporcional (a mayor oferta económica, menor puntuación). Ellos no están de acuerdo con esa decisión, pero la decisión de la mesa fue la que fue y el informe jurídico avala su corrección.

Indica el Sr. Secretario que estas son las razones por las que se propone desestimar

el recurso.

Abierto el debate, no se producen intervenciones.

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Puesta a votación la proposición de Alcaldía indica da, se aprobó por diez (10) votos a favor (6 PP, 2 PAR y 2 IU) y cinco (5) abst enciones (5 PSOE), adoptándose, en consecuencia, el siguiente acuerdo:

“Considerando el Acuerdo de la Junta del Patronato Municipal de Deportes de fecha de mayo de 2012, por el que se adjudica a CESLIM S.C, el contrato de servicios de limpieza de las Dependencias Deportivas adscritas al Patronato Municipal de Deportes.

Considerando el Recurso de Reposición, remitido al Ayuntamiento con fecha 23 de

mayo de 2012, en relación al acuerdo de la Junta del Patronato, interpuesto por RODILA PLUS ZARAGOZA S.L.

Considerando que existe un error en la notificación, ya que no se trata de un Recurso

de Reposición sino de Alzada, y un error por parte de los recurrentes, ya que lo dirigen a la Mesa de Contratación, cuando la misma es órgano de colaboración y no decisorio.

Considerando que, independientemente de lo anterior y de acuerdo a la Ley 30 / 92

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones determinadas en la Ley 4 / 99, los citados errores pueden considerarse como irregularidades no invalidantes, ya que del contenido del Recurso, se deduce su verdadero carácter.

Considerando el informe jurídico obrante en el expediente, en cuanto al contenido

legal del recurso de referencia.

SE ACUERDA:

PRIMERO.- Desestimar el Recurso de Alzada, interpuesto por RODILA PLUS ZARAGOZA S.L, contra Acuerdo de la Junta del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Monzón, por el que se adjudica el contrato de servicios de las Dependencias Deportivas adscritas al Patronato de Deportes, por ser el mismo ajustado a derecho, según el informe jurídico emitido por la Unidad de Contratación del Ayuntamiento de Monzón, que literalmente se transcribe a continuación y que sirve como motivación al presente Acuerdo: “ANTECEDENTES .- Con fecha 7 de marzo de 2012, por Junta del Patronato de Deportes de Monzón, se aprobó el expediente y pliego de clausulas administrativas y técnicas que habían de regir el procedimiento de selección, para la contratación del Servicio de Limpieza de las Dependencias Deportivas adscritas a tal Patronato. .- Una vez seguidos los trámites reglamentarios, la Mesa de Contratación, propuso al órgano competente, en este caso, la Junta del Patronato, la adjudicación del mismo, a CESLIM, S.C .- Antes de la adjudicación, y como determina el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se remitió Resolución de Presidencia del Patronato, requiriendo la documentación determinada en la normativa, así como la fianza definitiva, a la empresa propuesta para la Mesa, para que la presentará en el plazo previsto legalmente. .- Dicho requerimiento, se remitió a los demás licitadores, para su conocimiento.

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.- Con fecha 8 de mayo de 2012, un día antes que la Junta del Patronato acordó la adjudicación a la empresa, propuesta por la Mesa de Contratación, una vez que había aportado la documentación requerida, se presenta ante el Ayuntamiento un escrito por la empresa RODILA PLUS ZARAGOZA S.L., por el que recurre el procedimiento, pero no concreta ni que recurso interpone ni contra que acto, ya que mal podrían determinarlo, sino se había acordado, y por ende notificado aún la adjudicación acordada por el Patronato. .- Por Acuerdo de la Junta del Patronato de fecha 23 de mayo de 2012, se inadmite el escrito presentado, por no haber acto contra el que recurrir. .- Posteriormente se les notificó el Acuerdo de Adjudicación a CESLIM. Con fecha 23 de mayo de 2012, ha interpuesto RODILA PLUS ZARAGOZA, el correspondiente recurso de reposición, en tiempo y forma, contra el acuerdo de la Junta de Adjudicación del Contrato. .- Considerando que existe un error en la notificación, ya que no se trata de un Recurso de Reposición sino de Alzada, y un error por parte de los recurrentes, ya que lo dirigen a la Mesa de Contratación, cuando la misma es órgano de colaboración y no decisorio.

.- Considerando que, independientemente de lo anterior y de acuerdo a la Ley 30 / 92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones determinadas en la Ley 4 / 99, los citados errores pueden considerarse como irregularidades no invalidantes, ya que del contenido del Recurso, se deduce su verdadero carácter. A tenor de lo anterior, se emite el presente informe en base a los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO. El recurso se basa en tres considerandos, contestando, para una mejor compresión sistemática, por su orden de exposición: PRIMERO.- El primer considerando se basa en que se debe aplicar la legislación de contratos del sector público para el procedimiento elegido, evidentemente el alegante tiene toda la razón porque precisamente, eso es lo que se ha hecho escrupulosamente en todo el expediente administrativo de contratación, objeto del presente Recurso. En este sentido y de acuerdo al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se incoó el correspondiente expediente por Resolución de Presidencia, se redactaron los borradores Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas, con la retención de crédito correspondiente por parte de la Intervención, informe de la que suscribe como Jurídico del Departamento de Contratación, con el conforme del Secretario General del Ayuntamiento, aprobación del Expediente por la Junta del Patronato y por ende, los correspondientes Pliegos, y el gasto. Todo ello en cuanto a los actos de preparación que señalan los alegantes, pero es que en cuanto al procedimiento de selección, obviamente se han seguido los trámites en cuanto a forma y fondo, contenidos en la ley, a saber: .- Constitución de la Mesa de Contratación, en tiempo y forma para el examen de la documentación administrativa, sesión en la que se excluyo a un licitador, al no interponer la garantía provisional, defecto insubsanable, y redactando certificado de todos los documentos presentados por los licitadores, por el Secretario de la Mesa, como así determina la legislación vigente. .- Apertura por la Mesa de Contratación, del Sobre B, donde se contenían la documentación para la valoración de las Mejoras, que pudieran realizar los licitadores,

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valoración sometida a juicio subjetivo, que no quiere decir, discrecional, ya que, en todo momento el informe técnico posterior, elaborado, por el Técnico del Patronato de Deportes está plenamente motivado y justificado. .- Apertura por la Mesa de Contratación del Sobre C, posteriormente, en acto público, de las ofertas económicas y los criterios de valoración sometidos a operación aritmética, valorando las mismas y proponiendo la Mesa, al órgano de contratación la contratación a la empresa que obtuvo mayor puntuación, sumando los derivados del Sobre B y del Sobre C. .- Solicitada la documentación preceptiva a la empresa propuesta por la Mesa, y entregada la misma, finalmente se adjudicó por la Junta del Patronato, el contrato de Servicios de Limpieza de las Instalaciones Deportivas del Patronato Municipal de Deportes, adjudicación que se notificó tanto a la empresa adjudicataria como a los demás licitadores. Con todo ello, se determina que en este expediente, se ha cumplido escrupulosamente el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en todos sus trámites, y no como parecen decir los licitadores cumplidos en los actos preparatorios y no en los de selección, que será en el fundamento de derecho siguiente, cuando quede más patente dicha afirmación. SEGUNDO.- El segundo considerando, dentro del recurso señala que no se ha valorado correctamente la oferta de RODILA, ya que presenta Mejoras no valoradas y si a otros licitadores, y por otro lado que no se ha exigido la calificación de ISOS 9001 Y 14001 (calidad y medio ambiente), con lo cual ya no el procedimiento de selección, sino los Pliego adolecen de nulidad. En cuanto a la primera premisa de esta segunda alegación, señalar que a RODILA PLUS, se le ha puntuado correctamente, en principio las Mejoras que determinaba el Pliego, sometidas a un criterio subjetivo, como determinaba anteriormente están motivadas y justificadas en el informe técnico elaborado por el Técnico del Patronato Municipal, y en segundo lugar porque reiteraron en el Sobre C, mejoras, esta vez, cuantificadas económicamente, que eran idénticas a las contenidas en el Sobre B. Es decir, lo que no puede realizar la Mesa de Contratación, en la apertura del Sobre C, es duplicar la puntuación por el mismo concepto, ya que lo que conllevaría es una discriminación manifiesta al resto de licitadores, que la presentaron correctamente, es decir ofertaron unas Mejoras sometidas a criterio de valoración subjetiva y otras a criterios de valoración objetiva o por fórmula matemática, y no como la empresa recurrente, que lo que realizó es presentar las mismas mejoras, en un sobre enumerándolas y en otras valorándolas económicamente, pero las Mejoras eran las mismas, en su contenido, por lo que el valorar las mismas doblemente, hubiera sido, entonces si, un atentado al principio de igualdad de los licitadores, presente en todo el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y una clara atentado al principio de concurrencia, pudiendo ser indicio, incluso de prevaricación. En cuanto a la segunda premisa, es decir, la exigencia de la calificación, en materia de calidad y medio ambiente, está en un error el recurrente, ya que la misma no es preceptiva en toda contratación administrativa, así en los artículos 80 y 81 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector público, reduce dicha posibilidad a los Contratos sujetos a regulación armonizada ( que lógicamente no es el caso), e incluso en esos supuestos señala la posibilidad de la Administración de exigirlos, no la necesidad formal de hacerlo. En este sentido, si para los contratos de regulación armonizada, el Texto Refundido señala la posibilidad, menos aún se puede exigir tal obligatoriedad a los demás contratos

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administrativos, como es el caso, por lo que no se vulnera ningún tipo de normativa nacional o comunitaria. TERCERO.- Por último, y en cuanto a la última alegación presentada por el recurrente, referido a la discrepancia del Interventor, constatada en el Acta al que hacen referencia, señalar, que lo lógico es tener discrepancias por los miembros de la Mesa de Contratación, en cuanto a la forma de valorar distintos criterios. La observación que realizó el Interventor, fue debatida, por el Secretario de la Corporación, miembro de la Mesa, y titular del asesoramiento legal preceptivo de la Corporación, señalando éste último que la puntuación de las ofertas, de la manera determinada por el Sr. Interventor, incumplía el Pliego de Condiciones Administrativas que ha regido el procedimiento, ya que como en otros Pliegos, incluidos los modelos de la Junta Consultiva de Contratación de Aragón, la misma se realiza por fórmula matemática realizando una regla de tres inversamente proporcional, ya que el Pliego así lo determina, lo contrario, al tomar como referencia la diferencia en cuanto a la baja, al no preverlo el Pliego sería un incumplimiento del mismo, la valoración puntuando con 60 puntos, a la mejor oferta presentada y a los demás de forma proporcional a la primera, no se podría puntuar de otra manera sin contradecir el Pliego, y por lo tanto se hubiera realizado de forma irregular. Por último señalar, que los recurrente, finalizan el escrito solicitando la suspensión del procedimiento, en base a la legislación vigente, suspensión que no ha lugar ya que el mismo, es perfectamente ajustado a derecho. Como conclusión, llama la atención que en el SOLICITO, obviando lo que argumentan en el resto del recurso en cuanto a la nulidad del expediente por ilegalidad del Pliego, lo que solicitan es la adjudicación a RODILA PLUS ZARAGOZA, y no la anulación del expediente, siendo una contradicción manifiesta entres sus argumentos jurídicos y sus conclusiones. A tenor de la que suscribe, en el expediente de Contratación del Servicio de Limpieza de las Dependencias Deportivas del Patronato Municipal de Deportes, se ha seguido escrupulosamente el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, siendo ajustado a derecho la adjudicación efectuada a CESLIM S.C, no procediendo por tal motivo la suspensión, ahora, en la ejecución del contrato. Este es mi criterio que someto a cualquier otro mejor fundado en derecho.”

SEGUNDO.- Notificar el presente Acuerdo al recurrente, significándole que contra el mismo cabe interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado nº 1 de lo Contencioso Administrativo de Huesca, a contar desde el día siguiente al de la notificación efectuada. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.” 10.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL I.A.S.S. EN MATERIA DE PLAZAS DE ATENCIÓN SOCIAL ESPECIALIZADA EN LA RE SIDENCIA MUNICIPAL RIOSOL. Habida cuenta que no se sometió a ratificación su inclusión en el orden del día, no fue objeto de debate ni de votación. Propuestas de grupos políticos

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11- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU RELATIVA, E NTRE OTRAS COSAS, A INSTAR AL GOBIERNO DEL ESTADO Y A LAS CORTES GENERA LES A QUE SE SUPRIMA EN LA LEY DE HACIENDAS LOCALES LA EXENCIÓN DEL IBI Y DEL ICIO A LA IGLESIA CATÓLICA Y OTRAS CONFESIONES RELIGIOSAS.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Presentan esta propuesta en base al acuerdo que existe con la Iglesia Católica. En primer lugar, la Iglesia es la primera en incumplir con las condiciones que se pusieron, pero mas allá de eso, la propuesta es procedente en un momento como el actual, en el que los ciudadanos y la clase trabajadora están haciendo unos importantes esfuerzos para salir de la crisis. La subida del IVA es uno de ellos. El propio Ministro De Guindos ha anunciado nuevas medidas, que iban a ser duras, para salir de la crisis, medidas que no comparten ya que creen que se está en un agujero y no se deja de cavar en él.

Creen que ha llegado el momento de hacer copartícipes de ese esfuerzo a aquellas

entidades y personas que hasta ahora no lo han hecho, por ejemplo, las grandes fortunas que estaban defraudando y que se benefician de la amnistía fiscal que se ha hecho. Creen que deben ser copartícipes de ese esfuerzo entidades que a día de hoy no están haciendo el esfuerzo económico que está haciendo la clase trabajadora en este país.

En este aspecto, llama la atención la Iglesia Católica, que tiene muchos bienes,

obtenidos por razones diversas, de los cuales no paga impuestos. Lama la atención cómo es posible que de la Mezquita de Córdoba sea titular la Iglesia siendo que, a fin de cuentas, no fue ella quien la construyó.

Consideran que las confesiones religiosas tienen que pagar sus impuestos, igual que

lo pagan los ciudadanos y, por tanto, deben ser solidarios de verdad desde el punto de vista económico. Valdría una frase simplemente para dar validez a la moción; como dijo Che Guevara, “la Iglesia arruinó su mensaje”. Jesucristo en una ocasión dijo “dar a Dios lo que es de Dios y al Cesar lo que es del Cesar”. Se está hablando de dar a Dios lo que es de Dios; cada creyente que tenga su libre pensamiento y al Cesar lo que es del Cesar, es decir, al Gobierno que le paguen los impuestos como pagan el resto de los ciudadanos.

En este momento de la sesión, se ausenta de la mism a el concejal del grupo

municipal del PSOE D. Marcos Monter Ariño. . Sra. Sanjuán (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Quiere preguntar al concejal de IU -porque ha suscitado ciertas dudas en su grupo-

por la amplitud de la moción y para decidir su voto. Cuando dice que se supriman exenciones de IBI e ICIO, pregunta si también se encuentran incluidos todos los colegios de enseñanza concertada, como puede ser el Colegio Minte en Monzón, que está exento por la

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Ley de Haciendas Locales al ser una cooperativa, También la Cruz Roja es una asociación que presta servicios sociales y también está exenta. Quieren conocer si la moción va en ese sentido.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: La respuesta sería: si se traslada un colegio público a la Basílica del Pilar, ¿quedaría

exenta la Basílica del Pilar por haber un colegio dentro? Entienden que no se debe ser exquisitos y cada uno debe pagar por los bienes que posee, de la misma manera que un autónomo paga por su taller o un ciudadano paga por su piso o por su local trastero. Por tanto, entienden que las Administraciones Públicas pudieran quedar exentas de este impuesto porque no tendría ningún sentido cobrarse a sí mismas, pero las que no lo son, como pueden ser las asociaciones que ha citado o la Iglesia, que utiliza el doble mensaje de “somos Iglesia-Estado” para una serie de cosas, han de pagar impuestos. Su propuesta es amplia para que se tengan en cuenta todos los bienes que poseen.

. Sra. Sanjuán (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Conforme manifiesta el concejal de IU, se abstendrán porque en el ideario político del

PSOE sí que está el revisar los acuerdos de la Santa Sede con el Estado. Creen en un Estado laico y aconfesional, como recoge la Constitución Española, y no quieren privilegios. Pero si que conocen la sociedad en que se vive y aunque el Estado ideal es el que plantea el concejal de IU, estamos en una sociedad en que la enseñanza concertada está ahí y es absolutamente deficitaria. Pagar el IBI por parte de estos centros los haría insostenibles; ya lo serían ahora si no fuera por las ayudas públicas. Desde la concejalía de Educación del Ayuntamiento se ha tratado con igualdad a ambos centros (públicos y concertados). No entienden, sin embargo, que en la fecha en la que estamos se imparta religión en los colegios públicos; tendría que ser una cosa privada de las parroquias.

También reconocen la parte social, tanto de la Cruz Roja como de la Iglesia, en este

caso de Cáritas. De hecho se han apoyado convenios que ha hecho el Ayuntamiento con Cáritas. Entienden que se ha de modificar la Ley de Haciendas en este sentido, pero no con la amplitud que propone el concejal de IU. Se tendría que tener un trato especial para lo que es la enseñanza y la parte social de cualquiera de las asociaciones, no solo de la Iglesia. Por lo tanto, se abstendrán.

. Sr. Vilarrubí (PAR) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Cree que es una cuestión de derecho internacional; hay unos pactos y unos

convenios firmados entre el Estado y la Santa Sede. Más que un requerimiento al Presidente del Gobierno, se debería hacer un requerimiento para modificar los convenios internacionales que afectan directamente lo que es la legislación española, y es imposible

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hacerlo a través de una moción, mandando una carta al Presidente del Gobierno, porque hay otra serie de elementos primordiales para cambiar la legislación relacionada con el derecho internacional y, en segundo lugar, cree que, al igual que ha apuntado la concejal del PSOE, en momentos como los actuales es importante reconocer la labor social que está haciendo la Iglesia, ya no solo en Monzón, sino a nivel nacional e inclusive fuera de España.

Se dijo, y hay estudios sobre esto, que si los colegios concertados dejaran de prestar

servicios, supondrían también un gasto para el propio Gobierno de la nación. Hay que ser coherentes con las peticiones. Primero, formalmente no tiene cabida porque sería ir en contra de los pactos internacionales que el Estado tiene con la Santa Sede y, en segundo lugar, entiende que la situación, después de muchos años de gobierno socialista donde nunca esto se ha variado, está mas que justificada por la labor que hace la Iglesia en asuntos sociales y también en la vida educativa de los españoles. Por lo tanto, votarán en contra de la moción.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: El Partido Popular también va a votar en contra de la moción, porque creen, al igual

que dice el compañero del Partido Aragonés, en la labor de la Iglesia, tanto en lo social como en lo educativo, y además quiere dar una serie de datos para que se vea la repercusión de la iglesia en la sociedad española.

Indica que hay 7,5 millones de personas que ponen la cruz en la casilla de la Iglesia

cuando hacen la declaración de la renta. También quiere decir que todo el coste de las actividades sociales que desarrolla, estilo Cáritas, se ha valorado y si no estuviese la Iglesia detrás y se tuvieran que contratar en el mercado, se estaría hablando de un montante global de 1.971.millones de euros.

En la enseñanza concertada hay 2.445 centros católicos en España, con 1.423.445

alumnos. Ello supone un ahorro al Estado de 4.396 millones de euros. El ahorro total que está haciendo la Iglesia Católica al Estado, sin entrar en cuestiones de fe, sino de cuestiones económicas, ronda los 30.000 millones de euros.

En tiempos de crisis, en lugar de poner trabas a una asociación, sociedad, iglesia o

religión, da igual, confesión católica o musulmana, que se desvive por ayudar a la gente y encima supone un ahorro para las arcas públicas, lo que se debe hacer es potenciarla y no ponerle trabas.

Se está hablando de cuestiones económicas, pero si se hablara de patrimonio

cultural, habría que decir que en España hay mas de 500 municipios en los que el único interés cultural es la Iglesia y ya no se quiere extender mucho más, indicando lo que conlleva económicamente el “Año Santo Compostelano”, por poner un ejemplo de turismo religioso. Este equivale a 6.138 millones de euros, es decir, el 10,6% del total del producto interior bruto de Galicia. Ya no solo ahorra dinero al Estado, sino que genera ingresos de los que se beneficia toda la sociedad, y por estos motivos el PP no va a apoyar la moción de IU.

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. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Por esa última razón también se deberían dejar exentos a los chiringuitos de la playa

porque el turismo de playa es bastante considerable. Cree que sería obvio con esos argumentos dejar sin cobrar el IBI y el ICIO a aquellos; este turismo playero lo requiere.

Se habla de labor de la Iglesia, pero no sabe si se habla de Iglesia-Estado Vaticano,

como ha hablado el Sr. Vilarrubí al referirse al derecho internacional y demás, o del creyente español que colabora con Cáritas, porque este no es ciudadano del Vaticano es un creyente español. Porque la Iglesia juega con esa dualidad, son Estado para lo que les interesa y para lo que no, no lo son.

El que individualmente colabora con Cáritas es un ciudadano español y la Iglesia, por

ello, no se tiene que beneficiar de ningún derecho internacional. La iglesia se beneficia de esa dualidad; cuando vino la última vez el Papa Ratzinger a Madrid se le dieron niveles de protección propios de Jefe de Estado, pero no vino a hacer una relación internacional con el Gobierno de España, vino a hacer una labor pastoral con sus creyentes.

Cuando dice la frase de Ernesto Che Guevara de que la iglesia ha arruinado el

mensaje de Jesús, se refiere al argumentario que se ha utilizado. El que hace un bien recibe por él; conoce a mucha gente que deja su dinero y su tiempo en asociaciones que benefician a los ciudadanos y, desde luego, eso no es un argumento.

Le llama la atención el argumento del grupo socialista, no el de la Sra. Sanjuán, sino

el del Sr. Pérez Rubalcaba, que se ha vuelto aconfesional, después de más de 20 años pudiendo haber variado alguna de las cuestiones. Cuando se habla de la escuela concertada y se dice que es igual que la pública, no es así; los diplomados en Magisterio, si quieren optar a una plaza en esta última, tienen que aprobar una oposición y esto en la concertada no pasa. A una persona que no ha estudiado religión no lo contratan en un colegio concertado. No es igual. En la concertada se contratan profesores y, si alguno va en listas de IU, igual se le cesa. ¿Quien paga la indemnización de ese profesor que va en la lista de IU? Hay sentencias sobre estos casos, profesores que van en listas de IU, de divorciadas… que se les ha echado de su puesto de trabajo y la indemnización la paga el Estado. Toda esa serie de cosas son privilegios a los que se tiene que combatir.

Se habla de los beneficios que aportan la Iglesia y otras confesiones. Al final la

moción solo habla de la Iglesia. Con un kilometro de AVE se pagan 4 colegios; hay que ver la cantidad de kilómetros que se han hecho de manera absurda en este país. Se podría haber acabado con la educación concertada si el grupo que ha gobernado mayoritariamente en este país hubiese apostado más por la escuela pública; y, desde luego, el que quiera una escuela confesional está en su pleno derecho, pero que sea pagando, no con el dinero de todos.

Es su punto de vista en relación a esa cuestión. Que la Iglesia tenga una aportación

en la casilla de la renta es una barbaridad más. También podría haber una, por ejemplo,

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para “Ecologistas en acción” o para cualquier otra asociación que se pudiera concretar, y no se puede hacer.

La propuesta tiene un punto que le parece razonable y duda mucho de que se

opongan incluso los miembros del PP, ya que sus homólogos en el Ayuntamiento de Madrid lo han apoyado. Si el Ayuntamiento de Monzón tiene que prestar un servicio a todos los edificios públicos, sean de culto o no, debería ser indemnizado por el Estado para compensar la pérdida que les supone una falta de ingreso fiscal. Entienden que es lo mínimo a lo que se podría llegar.

En resumen, piensan que es un privilegio para las asociaciones religiosas. Le parece

muy ético que cada uno opine bajo su pensamiento a quien pertenece y a quien no, pero no se puede pretender que con el esfuerzo que se esta haciendo por parte de los trabajadores y trabajadoras de este país sigan manteniendo este privilegio las confesiones religiosas, que no lo merecen y que tienen esos bienes, a los que el portavoz del PP ha aludido, y que son bienes de interés cultural respecto de los cuales se podría entrar en debate acerca de si les pertenecen o no. Y se debería instar por ley a mantenerlos, porque se están cayendo la mitad de las Iglesias de arte románico de este país propiedad de la Iglesia sin que pongan un duro para mantenerlas. Por lo tanto, su grupo mantendrá su posición.

. Sra. Alquézar (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Las consecuencias políticas se sufren en todos los grupos; no duda de que por ir en

listas de IU se haya despedido a alguien, pero también ha ocurrido que alguna persona muy cercana a Monzón, por ir en las listas del PP, también fue despedida de Educación y no hace mucho tiempo. Esto se sufre en todos los partidos.

Dice el Sr. Aso que no quiere poner la cruz en la casilla de la Iglesia en la

declaración de la renta. Como ha dicho el Sr. Castanera hay 7,5 millones de personas que la ponen. También existe la opción de otros fines sociales, con lo cual imagina que será la que usará el Sr. Aso.

Puesto a votación la propuesta indicada, obtuvo dos (2) votos a favor (2 IU),

cuatro (4) abstenciones (4 PSOE) y ocho (8) votos e n contra (6 PP y 2 PAR), por lo que se deniega la aprobación de la propuesta y, por tan to, se desestima la adopción del acuerdo propuesto.

12.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU RELATIVA A SOLICITAR AL ADIF QUE REPONGA EL SERVICIO NOCTURNO EN LA ESTACIÓN DE FERROCARRIL DE MONZÓN, Y A SOLICITAR A RENFE QUE EL TREN ESTRELLA COSTA BRAVA-MADRID-BARCELONA-CERVÈRE (FRANCIA) PARE EN LA ESTAC IÓN DE MONZÓN.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

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Todos conocen, respecto de la situación de la estación de Monzón, el hecho de que ADIF haya decidido cerrarla por la noche. Entiende que es un paso más para ir poco a poco hacia el punto final, que es el cierre de la misma, como se ha hecho con otras, como pueden ser la estación de Binéfar o de Sariñena. Y, desde luego, cree que el Ayuntamiento de Monzón debe estar en primer lugar, o por lo menos su grupo así lo considera, en la defensa de la estación de ferrocarril y rogaría que mas allá de las gestiones que realice el equipo de gobierno se convocara al Consejo Económico y Social, que tuvo un dinamismo importante en el mandato anterior, para informar de las gestiones que se están haciendo, que seguro que se están haciendo, y para ver las posibilidades futuras que hay.

La moción tiene dos partes: una, relativa al tema del cierre nocturno y solicitando la

apertura, y otra, relativa a que hay un tren que lleva unos cinco años pasando por Monzón, más o menos a la una de la mañana en una dirección y a las tres en la otra, y este tren, que comunica Monzón con Madrid, Barcelona, la frontera francesa y toda la Costa Brava, no para en Monzón y podría hacerlo.

Entienden que RENFE y ADIF tienen una clara apuesta, que es potenciar el AVE y

que todos los ciudadanos de aquí y de la comarca se desplacen a Lérida, a Huesca o a Zaragoza para coger el AVE, pero entienden que es un derecho la vertebración del territorio y es lícito que desde aquí se pida que ese tren pare y poder tener una conexión con Francia, Barcelona o Madrid, que no tiene mayor coste que hacer parar un tren que lleva cinco años pasando por la ciudad de Monzón sin que haga parada. Es serio que este hecho se esté produciendo.

Más allá de eso, hay un tema que ha salido a la luz. Su grupo lleva detrás de él

mucho tiempo, y es que el Ministerio de Fomento está trabajando en una línea de dar cumplimiento a una orden que aprobó el Gobierno anterior para adaptar la legislación española a las directivas europeas, de tal modo que de no ser declarada de interés público la línea de Lérida-Zaragoza, a su paso por Monzón-Binéfar, se la va a obligar a que compita en el mercado libre y que sea rentable y si no lo es, la cerrarán. Anuncia que presentarán una moción sobre este asunto en la que pedirán el interés social y público de esta línea para con la zona.

En este momento de la sesión, se reincorpora a la m isma el concejal del grupo

municipal del PSOE D. Marcos Monter Ariño. . Sra. Sanjuán (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Han tenido conocimiento de que su grupo parlamentario en las Cortes de Aragón ha

denunciado que parece que hay intención de suprimir el convenio que hay entre el Gobierno de Aragón y RENFE, que apoyaba vías deficitarias, como puede ser el tren que va de Binéfar-Monzón-Zaragoza y vuelta. Es un convenio que se venía firmando hace cinco años y puede peligrar esta vía.

Han remitido un correo electrónico a la Alcaldesa en el sentido de que consideran

imprescindible hacer una moción conjunta y, tal y como ha comentado el portavoz de IU,

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convocar el Consejo Económico y Social de la ciudad, cosa que les parece de mucha trascendencia. En ese órgano han tenido mucho protagonismo los sindicatos y todos los sectores económicos, y todas las resoluciones salían por unanimidad. Pero además creen que se ha de convocar por el tema del paro de la ciudad y entre todos, a través de ese consejo, buscar soluciones para cuestiones como estas, en las que se puede conseguir la unanimidad, no de los grupos políticos, sino de toda la sociedad, que está representada en el C.E.S.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: En referencia a lo que ha comentado la Sra. Sanjuán, el Gobierno de Aragón ya no

va a pagar el convenio con RENFE; es una de las partidas que se han quitado. El Consejero comentó que no se podía firmar un convenio con RENFE porque no cumplían con la Ley de Estabilidad Presupuestaria y también dijo que el compromiso de la misma era mantener los servicios. Con la adaptación de la normativa propiciada por orden ministerial del anterior Gobierno de España, tienen un año más para prestar este servicio hasta que entre en competencia y se demuestre que no costará dinero a las arcas públicas. Por tanto, si no se declara esta línea de interés publico y social, se pueden perder estas comunicaciones.

. Sr. Vilarrubí (PAR) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Apoyarán la moción de IU, ya que es un tema de ciudad y lo han apoyado en todas las legislaturas cada vez que ha surgido este gravísimo problema. Creen que es un elemento de desarrollo para la ciudad absolutamente necesario. Por eso, su grupo apoyarán cualquier tipo de iniciativa para evitar que tipo de trenes como los mencionados desaparezcan y dejen a Monzón de lado en un tema tan importante como es el ferrocarril.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Apoyarán también la moción de IU y quiere matizar un par de cuestiones para tranquilizar tanto al portavoz de IU como a la portavoz del PSOE. La intención del equipo de Gobierno es convocar el Consejo Económico y Social, que se hará en breve, no porque lo hayan pedido ellos, sino porque llevaban intención de convocarlo. Se agradece también que se sumen a la iniciativa.

El PP se suma a esta moción porque, como sabe muy bien el compañero de IU, fue una de las peticiones que se hicieron cuando vino el consejero Fernández de Alarcón. En esa reunión del equipo de gobierno con la Consejería uno de los temas que se trataron fue el tren y, en concreto, se solicitó este servicio, al igual que se pidió que se renovaran todos los convenios con RENFE. El PP siempre ha trabajado por la defensa del tren y seguirán trabajando en el futuro.

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Puesta a votación la moción del grupo municipal de IU, se aprobó por

unanimidad de los quince (15) miembros de la Corpor ación presentes en ese momento en la sesión, adoptándose, en consecuencia, el siguiente acuerdo:

“Las Comarcas de la zona oriental de la provincia de Huesca, con Monzón a la cabeza, vienen demandando desde hace años unos mejores servicios de ferrocarril convencional, una vez que la apuesta política por el AVE, dejó sin servicios buena parte de estas comarcas.

Según ha tenido conocimiento nuestra organización política en los últimos días, la

política de recortes ferroviarios y la nula apuesta por el ferrocarril convencional, ha dado una vuelta de tuerca más con dos claros ejemplos, como son de un lado el cierre nocturno de nuestra estación de ferrocarril dejando sin servicio a los pasajeros del último tren regional hacia Lérida y de otro, que un tren, el Estrella Costa Brava Madrid-Barcelona-Cerbère (Francia), pasando por la estación de Monzón, no para en la misma; cuando si parara, ocasionaría, cuanto menos, una comunicación directa con Barcelona y Madrid de la zona oriental de la provincia.

Por todo ello, SE ACUERDA:

El Ayuntamiento de Monzón, solicita a ADIF que reponga el servicio nocturno en la estación de ferrocarril de Monzón, por considerar su pérdida un recorte más en los servicios ferroviarios de la zona y solicita a RENFE que tren Estrella Costa Brava Madrid-Barcelona-Cerbère (Francia) pare en la Estación de Monzón, al objeto de que la zona oriental de la provincia de Huesca, cuente con una comunicación directa con las dos principales ciudades del país en población (Madrid y Barcelona), así como con la Costa Brava y la frontera francesa.

Del presente acuerdo se dará cuenta a la subdelegada del Gobierno en Huesca, al Subsecretario de Fomento y al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Transporte y Vivienda del Gobierno de Aragón.” 13.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DEL PSOE RELATIV A A QUE EL AYUNTAMIENTO SOLICITE ANTE EL DEPARTAMENTO COMPETEN TE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN QUE “EL BAUTIZO DEL ALCALDE” SEA CONSIDERADA FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DE ARAGÓN.

. Sr. Albás (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Se pide el apoyo desde el grupo municipal socialista a los compañeros de Corporación para solicitar al Gobierno de Aragón que el “Bautizo del Alcalde” sea declarado como actividad de interés turístico en Aragón.

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Es un acto que se encuadra en la Fiesta de Santa Bárbara, fiestas pequeñas en Monzón, y que tiene su origen en la guerra de secesión de Cataluña, entorno al año 1642. En relación con ese episodio surge esta tradición de tirar caramelos desde el balcón del Ayuntamiento, celebrando el bautizo de una forma tradicional.

En los últimos años, todas las Corporaciones han intentado desarrollar o arropar este acto con actividades en los colegios; se han hecho obras teatrales, etc… Y quieren que este patrimonio cultural sea rentabilizado o monetizado de alguna manera para que sirva de interés turístico, y uno de los instrumentos privilegiados que posee la Administración, en materia de promoción turística, es señalar o poner el control de calidad a este tipo de actividades. Creen que esta actividad cuenta con todos los requisitos como fiesta de interés turístico; es un acontecimiento notorio y singular. No se sabe de ninguna otra localidad que tenga un acto como este. Está muy enraizado en la tradición del pueblo, es una manifestación de la historia y de los valores propios de la cultura de la ciudad y tiene un atractivo especial como actividad turística. Afortunadamente, en Monzón hay riqueza industrial, agraria, etc. y señalar algunas fiestas cree que sería muy conveniente. Si esta actividad se declara como de interés turístico coincidiría con otra actividad de interés turístico que hay en Monzón, que es el Belén, con lo cual se unirían estas dos actividades. Le consta que hay interés por parte de los responsables de Turismo y Festejos, pero cree que es bueno que se haga formalmente y animarse a iniciar el procedimiento para que pueda reconocerse.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Votarán a favor de la propuesta. Entienden que la historia es la que es y obligar a una persona a renunciar a su fe para llegar a ser Alcalde, afortunadamente, en estos tiempos no es preciso o, desde luego, su grupo municipal luchará para que no sea preciso.

No saben la trascendencia que tienen este tipo de cuestiones. Por ejemplo, en las

Cortes de Aragón el PAR presentó una propuesta para declarar de interés cultural la jota; no sabe si eso tiene una traslación final para potenciar la jota. No sabe si esto puede tener algún beneficio económico. Lo que si se pediría es que, en la medida de las posibilidades, los caramelos sean blanditos, ya que no será la primera vez que una peladilla cuesta algún problema. Y también, atendiendo la petición de una madre, que sean aptos para celiacos; le consta que ya se está en ello, pero cree que hay muchos niños y cuesta dejar contentos a todos.

. Sr. Vilarrubí (PAR) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

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En la legislatura anterior ya se hicieron las gestiones con el Consejero de Turismo, Sr. Aliaga, y se intentó hacer esta fiesta de interés turístico de Aragón. Este tipo de declaraciones tiene trascendencia porque hay un soporte económico por parte del Gobierno de Aragón muy importante. No son las fiestas pequeñas; se dice así porque son menos días. Era la fiesta grande de Monzón y, desde la concejalía, en los últimos cinco años se ha potenciado bastante porque se introdujo la representación teatral sintonizada con la historia real que está escrita.

En las conversaciones con el Sr. Aliaga y, en estos momentos, con el Director

General de Turismo, Sr. Lapetra, se ha solicitado una memoria documentada en la que se está trabajando y se realizará desde los departamentos de Festejos, Turismo y Cultura, al objeto de que con la petición inicial se aporte una memoria valorada y documentada de lo que ha sido esta fiesta tradicional.

Se trabaja desde hace tiempo en eso y no es un tema fácil, pero es dar un impulso a

una fiesta que se fue desgastando y, afortunadamente, se ha podido recuperar gracias a grupos y asociaciones de la ciudad que colaboran activamente.

El segundo elemento importante es que no sólo se ha cambiado a los caramelos

blandos, sino que a partir de reuniones con madres de niños celiacos, también los caramelos serán aptos para estos. En todas las fiestas municipales (el día de la Alegría, por ejemplo) en las que se expenden alimentos, se ha procurado que estos sean aptos para celiacos.

El Gobierno de Aragón conoce de primera mano que se quiere hacer fiesta de interés

turístico de Aragón el “Bautizo del Alcalde”, y cuando se tenga la información y el proyecto para presentar se informará en las distintas comisiones y en el propio Pleno, con lo cual su postura es reforzar la petición que ha hecho el PSOE.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: El PP también apoyará esta iniciativa y además quieren felicitar a los concejales del

PAR porque saben de buena mano todas las gestiones que están haciendo para revitalizar esta fiesta tan tradicional en Monzón y para conseguir este objetivo. También felicita al PSOE porque ha presentado una moción constructiva y mociones de este tipo se agradecen.

Añade que no todas las mociones son constructivas y de un interés verdadero

municipal. Hay mociones políticas, hay mociones de partido que a todos los portavoces llegan por correo electrónico y luego se firman, y están las mociones constructivas y con gran interés para la ciudad.

Felicita al PSOE por la moción presentada y al PAR por el trabajo que están

haciendo para la revitalización de la fiesta.

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Puesta a votación la moción presentada por el grupo municipal del PSOE, se aprobó por unanimidad de los quince (15) miembros d e la Corporación presentes en ese momento en la sesión, adoptándose, en consecuen cia, el siguiente acuerdo:

“Monzón es la segunda ciudad más poblada de la provincia de Huesca y capital de la Comarca del Cinca Medio. Tiene una gran tradición industrial y está bien comunicada. Además cuenta con un importante patrimonio cultural medioambiental, entre los que destacan dos monumentos B.I.C. (El Castillo y la Catedral) y el L.I.C del río Cinca.

Monzón es también conocida por sus fiestas, ferias y tradiciones, de las que destaca EL BAUTIZO DEL ALCALDE.

EL BAUTIZO DEL ALCADE es la tradición montisonense más singular de la ciudad. Se reedita cada año el 4 de diciembre, festividad de Santa Bárbara, patrona de la ciudad, y consiste en el lanzamiento de golosinas, anteriormente también castañas y monedas, desde los balcones del Ayuntamiento a los ciudadanos, entre los que destaca mucho público infantil, que se congregan en la plaza Mayor. Los encargados de lanzar los dulces son los concejales, las Zagalas y Zagaletes y algunos invitados.

La fiesta se basa en el 4 de diciembre de 1643 cuando las tropas castellanas reconquistaron el castillo de Monzón que estaba en poder del ejército francés desde el 19 de mayo de 1642 (guerra de la Secesión), y por este motivo Santa Bárbara es patrona de la ciudad. Hasta aquí, la historia. A renglón seguido, la leyenda cuenta que la población decidió nombrar alcalde, y que la mayoría se pronunció a favor de un hombre recto, cabal y morisco. La confesión religiosa del electo estaba en duda, y el conflicto se solucionó cuando confirmó su fe cristiana, aceptando ser bautizado en público, y la ciudad estalló en una fiesta, y desde los balcones del Ayuntamiento cayeron castañas y dulces. Y así hasta hoy.

Durante los últimos años grupos de teatro de la localidad representan esta historia y leyenda el día de su celebración.

La declaración de interés turístico es uno de los instrumentos privilegiados en materia de promoción turística con que cuenta el Gobierno de Aragón y la ciudad de Monzón lleva años haciendo un gran esfuerzo por potenciar el turismo como un activo de su ciudad.

El Bautizo del Alcalde cuenta con todos los requisitos para ser declarada fiesta de interés turístico de Aragón, siendo un acontecimiento notorio y singular, muy enraizado en la tradición popular, que supone a su vez una manifestación de su historia y valores propios de nuestra cultura, revistiendo una especial importancia como atractivo turístico. La fiesta es original, de evidente arraigo popular, con valor cultural y social, con antigüedad, capacidad de atraer visitantes y se celebra todos los años.

Por todo ello, SE ACUERDA:

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1º- Que el Ayuntamiento de Monzón solicite ante el departamento competente en materia de Turismo del Gobierno de Aragón que EL BAUTIZO DEL ALCALDE sea considerada fiesta de interés turístico de Aragón.

2°.- Remitir el acuerdo de Pleno, sobre el interés de que el BAUTIZO DEL ALCALDE sea considerada fiesta de interés turístico de Aragón, al Consejero competente en materia de Turismo del Gobierno de Aragón.” 14.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE IU RELATIVA A QUE SE REDUZCAN DETERMINADAS PARTIDAS DE GASTO DE LA INSTITUCIÓN FE RIAL, Y A QUE SE IMPULSEN CONCURSOS PÚBLICOS PARA LA PRESTACIÓN DE L OS SERVICIOS NECESARIOS DE LA MISMA.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

La propuesta, al igual que la anterior del tren, es muy sencilla. Tienen la sensación de que en la Feria últimamente no se está trabajando con la debida transparencia, tal y como se estaba haciendo. Por poner un ejemplo, la última convocatoria de la Institución Ferial fue en diciembre del año pasado; desde entonces se han hecho bastantes ferias sin que los miembros del Patronato hayan tenido conocimiento de lo que se estaba realizando.

Una de las cuestiones que llama la atención es la de varias facturas sobre las que se

piden cuentas. Agradece al departamento y a la concejala de la Institución Ferial por hacer saber que el coste que se había facturado desde noviembre a diciembre, concretamente 13.000 euros, era a una sola empresa, por cuestiones que eran menores. Entienden que ese planteamiento tiende a algo que cree que es perfectamente lícito, como contratar a un gerente para la Institución Ferial.

Consideran que si el equipo de gobierno necesita la contratación de un gerente para

poner en marcha las distintas ferias que se celebran en la ciudad está en su derecho, pero desde luego creen que el sistema que se está utilizando pudiera ser una manera velada de contratar a un gerente sin tener que sufrir el desgaste político que eso conlleva. En consecuencia, presentan la moción en la que se diferencian dos partes, una de ellas es reducir las partidas porque, por ejemplo, facturar 2450 euros en concepto de campaña publicitaria es mucho dinero, y otra es que se debería realizar un concurso público para contratar la prestación de los servicios que precise la Institución Ferial, teniendo en cuenta que hay unas cuantas empresas en la localidad que pueden efectuar esa prestación. Se debería realizar por concurso público ya que 13.000 euros en dos meses es una cantidad más que importante si se traslada a lo que podría ser a lo largo del año.

. Sra. Peropadre (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

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También desde el grupo socialista echan de menos la falta de comisiones de la Institución Ferial, ya que se han estado organizando ferias y no tienen ningún tipo de información.

Han revisado los presupuestos de las diferentes ferias, y les llama mucho la

atención, por ejemplo, la Feria del remate de 2011. Pregunta quién ha hecho la gestión de esta feria, porque en los presupuestos que les han presentado el gasto real supera en un 120% a los gastos presupuestados y los ingresos reales superan solo un 22% a lo presupuestado. Quieren saber quién ha hecho esta gestión ya que se trata de dinero público.

Otra cuestión es cómo ha colaborado la Institución Ferial de Monzón, tanto en el

concurso de belleza canino como en el de Top Model de Huesca, porque en el presupuesto que se les ha entregado no aparece la asignación.

. Sra. Mur (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Contesta al Sr. Aso que la argumentación de la moción no es correcta. En la

Institución Ferial se deduce el IVA, por lo que la partida de 13.000 euros de gasto sería de 11.000 euros. Se habla de un periodo que comprende cuatro ferias; las ferias se tratan de forma independiente unas de otras. Por tanto, se actúa como en años anteriores.

No es un contrato continuado ya que se trata de cuatro ferias con conceptos

diferentes. De los 11.000 que se habla, 5.000 corresponden a inversión. En la partida de publicidad de 2011, el gasto fue de 2.000 euros; en cambio en el 2010, en esa misma feria y en esa misma partida, el gasto fue de 5.000 euros. Esto quiere decir que se ha recortado en publicidad, respecto al 2010, un 60%.

Quiere recordarle que el Patronato es el medio para debatir si hay que impulsar un

contrato o no. Las propuestas sobre la Institución Ferial se debatirán en ese órgano. Por tanto, si tiene alguna propuesta que llevar al Patronato, se convocará a principios de semana. Es el Patronato, no el Pleno del Ayuntamiento, el que decide en estos temas.

. Sra. Peropadre (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Pide que le explique los gastos de la Feria del remate final. . Sra. Mur (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Al día siguiente de entregar a la Sra. Peropadre la relación de gastos de la Feria del

“remate final”, la llamó la administrativa de la IFM para comunicarle que se había confundido porque le habían pedido la relación de gastos de la Feria del remate de 2012.

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El presupuesto que se entregó no es el correcto; en este presupuesto la mitad

corresponde al anterior equipo de gobierno. Le ha pedido a la administrativa que lo rehaga y lo vuelva a entregar. Hay facturas, una concretamente de la rondalla, que corresponde a la Feria del libro; en la Feria del remate no ha habido nunca rondalla. El técnico de sonido también corresponde a la rondalla, y hay alguna otra factura que se refiere a publicidad y que corresponde a la Feria del libro, no a la Feria del remate. Le indica que le volverán a pasar los gastos que correspondan a esta feria concretamente.

. Sra. Peropadre (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Pregunta si todos esos gastos que está nombrando no están incluidos en la relación

que tiene de la Feria del libro. . Sra. Mur (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Le indica que esos gastos son del anterior ejercicio, en el que ella no estaba. . Sra. Alcaldesa (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Como es un error que ha cometido la auxiliar administrativa, hablará con ella y que le

remita la relación de gastos que ha pedido la Sra. Peropadre, incluyendo la Feria del libro del 2011.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Pensaba que el remate final lo dio el Sr. Mata, ayer. Fuera de bromas, en primer

lugar, la exposición de motivos de la moción es acertada ya que dice que ha facturado, no se habla de desgravar. No les parece de recibo que se plantee como argumento que estas cosas se pueden plantear en el Patronato y no en el Pleno, cuando se lleva casi 7 meses sin convocar el Patronato, lo cual, mas allá de que eso está hecho sin mala fe, no deja de ser una falta de respeto, en este caso al grupo municipal que ha presentado una propuesta concreta.

Como cree que no está hecho con mala fe, no quiere incidir en el asunto, y si no se

tiene nada que decir, no se dice. No hay mayor problema. Se ratifica en la moción. Lo que pide la propuesta es que se saque a concurso para

que cualquier empresa pueda concursar con arreglo a criterios de igualdad, mérito y capacidad, que es algo que Luisa Fernanda Rudi dijo claro en su discurso de investidura.

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Nadie es más que nadie. Por tanto, aplíquense esos criterios. Hagan bueno el discurso de la Sra. Rudi y aplíquenlo a la Institución Ferial.

. Sr. Vilarrubí (PAR) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Rechazan la moción por varios motivos. El primero, porque creen en la transparencia

de la concejal de Cultura y Ferias, que es Marisa Mur. En segundo lugar, porque -como en el resto de los departamentos- se está haciendo un esfuerzo envidiable, con los recortes que ha habido en cada patronato, para llegar no a final de mes, sino a final de cada feria o acto que se organiza. Y entiende que ella sabe qué cifras tiene y las sabe gestionar de una manera positiva, teniendo en cuenta los recortes que ha tenido el Patronato por indicación del equipo de gobierno y, sobre todo, del concejal de Hacienda, cuyo esmero y cuidado en vigilar las cuentas están siendo una realidad en esta casa.

En cuanto al tema de contratación, lo que se hace es preguntar a la Jurídico o al

Secretario. Parece ser que hay tres tramos: uno, hasta 6.000 euros; otro, hasta 18.000 y otro, a partir de 18.000 euros. Y en esos tramos hay contratación directa o contratación por sistema de invitación y el concurso que nombra el Sr. Aso en su moción. Siempre se ha hecho así y no se ha innovado nada.

La Administración debe ser ágil y eso significa que se debe cumplir la legalidad a

rajatabla, como se nos informa, para hacer mucho más rápidas las cosas; si no sería muy lento. Se está cumpliendo, y cree que Marisa la habrá tenido en cuenta a la hora de gastar ese dinero. Todos han visto las ferias que se han organizado y se ha visto el resultado; por lo tanto, creen que no existiendo ningún tipo de situación anómala, entienden que no procede la moción y votarán en contra.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Es cierto lo que comenta el Sr. Vilarrubí en cuanto a los tramos de contratación, pero

no deja de ser menos cierto que si en dos meses haces seis facturas, a lo mejor se está haciendo un fraccionamiento de contrato, lo cual te obligaría a sacar un concurso público. Es decir, no es lo mismo que se facturen seis cosas para llegar a 13.000 euros que te hagan una factura de 13.000 euros; si los servicios son los mismos, se habla de la facturación de una misma empresa en dos meses. Por tanto, consideran que es imprescindible que se hagan concursos públicos o, por lo menos, que se pidan 3 ofertas para que cualquier empresa de la ciudad pueda presentarse a ese tipo de “historias”, ya que no son cosas tan concretas que no las puedan hacer otras empresas de la ciudad.

. Sra. Mur (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

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Para terminar quiere decir que se está estudiando hacer una propuesta al Patronato y que la plaza de gerente no va a salir porque no se puede contratar tal como está el Ayuntamiento ahora mismo.

Puesta a votación la moción del grupo municipal de IU, obtuvo siete (7) votos a

favor (5 PSOE y 2 IU) y ocho (8) en contra (6 PP y 2 PAR), por lo que se deniega la aprobación de la propuesta y, por tanto, se desesti ma la adopción del acuerdo propuesto.

15.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL DE PSOE RELATIVA A MANIFESTAR LA DISCONFORMIDAD DEL AYUNTAMIENTO POR LA FALTA DE RES OLUCIÓN POR EL INAEM DE LA CONVOCATORIA PUBLICADA EL 11 DE NOVIEMB RE DE 2011 PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL, POR LAS ENTIDADE S LOCALES EN 2012.

. Sr. Monter (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Confía que sea una moción constructiva, porque entiende que el instar al Gobierno de Aragón a que resuelva favorablemente la creación de 8 puestos de trabajo eventuales en Monzón es constructivo.

En la coyuntura actual y con los recortes que hay, cree que teniendo en cuenta que

la iniciativa privada no es algo que genere empleo hoy en día, debería mantenerlo la iniciativa pública. Si se ciñe a Monzón, por ejemplo, la Oficina de turismo desde enero no tiene personal; hay personal, pero no está adscrito a Turismo.

Si se va un poco en su paranoia de los recortes, se podría imaginar incluso que se

quiten funciones al INAEM y se beneficie a otro tipo de empresas en el tema de empleo. Entiende que es constructiva y espera que todos estén de acuerdo en solicitar al Gobierno de Aragón que resuelva favorablemente este tipo de solicitud.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Están de acuerdo con la propuesta, pero también tienen claro que el Gobierno de

Aragón está cavando en un agujero y sigue en ello. Las medidas concretas que están planteando son austeridad, reducción de gastos y por reducción de gastos consideran la contratación.

Entienden que en la no resolución de este tipo de cosas hay un planing concreto, que

es reducir al máximo posible todo este tipo de ayudas que se daban a las Corporaciones Locales. Se han paralizado totalmente las escuelas taller, muchos centros de colaboración, de formación… Es la situación actual y en los próximos años todavía se agravará mucho más porque la hoja de ruta del Fondo Monetario Internacional no pasa ni por Carlos Marx ni por Keynes. Por tanto, lo que se debe hacer es decir que hay otras alternativas que pasan

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por todo lo contrario de lo que se está haciendo, y lo que se está haciendo es seguir una hoja de ruta establecida de reducción de gastos por parte de las Administraciones.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos: Discrepa pues entienden que no es una moción constructiva como la anterior, es una

moción política que se está presentando en otros Ayuntamientos. No ha tenido el gusto de ver las mociones presentadas en otros Ayuntamientos, pero seguro que será muy similar, cambiando la negrita que se ha puesto o poco más. Esta moción se ha pasado desde el grupo parlamentario de las Cortes al igual que las pasan a cualquier partido político, adecuándolas al contexto.

Metiéndose de lleno en la moción, entiende y nadie pone en duda que es una pena lo

de los recortes y que los 8 trabajadores que se contrataban venían muy bien para el Ayuntamiento de Monzón. Por supuesto, si no fuera así, no se hubiesen solicitado; se solicitaron porque iban bien.

No comparte lo que se dice en la exposición de motivos: “ante la actual coyuntura

con unas cifras de paro insoportables y que dichos trabajadores resultan tan necesarios para atender servicios básicos e imprescindibles de los municipios”. Cree que los que se solicitaron no eran tan imprescindibles y, de hecho, se están realizando los mismos servicios. No se han recortado los servicios aunque no se haya contratado a 8 personas.

Al hilo de la exposición, el PP quiere recalcar que si hubiera dinero se contratarían,

que entienden el recorte, aunque en el fondo no lo compartan. Por otro lado, creen que estos contratos son “pan para hoy y hambre para mañana” porque son contratos temporales. Creen más en otras iniciativas a más largo plazo para promover el empleo: promoción de proyectos para emprendedores, promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales, el fomento y el mantenimiento del empleo para colectivos en situación de exclusión social y personas con discapacidad, al cual el INAEM está destinando fondos, microempresas con iniciativas locales, y emprendedores con un asesoramiento técnico y acompañamiento para la consolidación de esos puestos de trabajo.

No comparte la exposición del portavoz de IU diciendo que en el Gobierno de Aragón

no se está trabajando para la formación. Se van a elaborar programas de empleo y formación para jóvenes, con programas de escuelas taller para jóvenes menores de 25 años, programas de taller de empleo para mayores de 25 años y talleres específicos de emprendimiento Se podrían desgranar una serie de medidas que el INAEM está tomando para fomentar la creación de empleo.

Dinero no hay para todo y vuelve a decir que los contratos temporales iban muy bien

para todos. No comparte que fueran imprescindibles porque si así fuera, no se habrían podido mantener los mismos servicios.

Hay que buscar una racionalización del gasto y evitar la duplicidad, por ejemplo en el

caso de turismo; hay una oficina de turismo en el Ayuntamiento y otra en la Comarca. Hay

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servicios sociales en la Comarca y también en el Ayuntamiento. Lo que se debe hacer es un estudio de las Administraciones Públicas y evitar la duplicidad de competencias y, sobre todo, racionalizar el gasto. Y para la creación y activación de empleo, tomar otras medidas que no sean la contratación directa de 8 personas que van a estar unos meses trabajando y que volverán al paro cuando se termine la subvención. Hay que trabajar en la línea de que esas personas puedan entrar en empresas y puedan llegar a tener unos contratos fijos y una estabilidad laboral, que para eso se está trabajando desde el INAEM, con los pocos recursos de que se dispone. Por eso, entienden que la moción no es constructiva y tampoco destructiva, porque están haciendo su labor de oposición y de presentar mociones en todos los Ayuntamientos; además, todas muy parecidas. Votarán en contra.

. Sr. Monter (PSOE) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

El Sr. Castanera acaba de decir que no cree en este tipo de empleo, diciendo que es “pan para hoy y hambre para mañana”. Eso se lo tiene que decir al que no está trabajando. Todo el mundo quiere un empleo estable, pero al que no está trabajando no se le puede decir eso; esa frase sobra.

Segundo, en el INAEM salió la Orden en la que dieron presupuesto para las Corporaciones Locales de 10.500.000 euros. No se puede decir que no es constructiva una moción que pide que se resuelva favorablemente. Puede entender la posición política del PP, pero hablando de empleo, no. Se alegraría de que saliera adelante todo lo que ha dicho el portavoz del PP, que haya un taller para jóvenes, que haya microempresas, pero a día de hoy la empresa privada no genera empleo y la pública en Aragón lo está desmantelando. No lo entiende. Comparte la opinión de Miguel Aso de que las políticas de austeridad no van a llevar a ningún lado. Por mucho que piensen que de esta manera se va a reducir el déficit, esto no va a ser así.

. Sr. Aso (IU) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

Se dirige al Sr. Castanera indicándole que no ha estado muy afortunado en su intervención y que debería explicarlo, y desde luego cree que es importante esa creación de empleo, entre otras cosas porque el año pasado ello supuso que unas cuantas personas llevaran el tema del Castillo. Es importante que algunas personas trabajen 8 meses, esperando que al mes siguiente encuentren trabajo en otro sitio. No se trata mas que de sobrevivir. Desgracias hay muchas, pero políticas que tiendan a la desgracia son claras y se va en esa línea.

. Sr. Castanera (PP) De su intervención se destacan los siguientes argum entos:

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Le trae sin cuidado si le han pasado la moción de la DPH o del grupo parlamentario de las Cortes. A su grupo le interesan no solo los parados que hubieran podido cubrir esos 8 puestos de trabajo, sino todos los parados de Monzón, y por eso hay que trabajar por todos.

Una moción constructiva sería si se hablara de programas, de promoción de proyectos, de fomentar el empleo estable y de calidad, de iniciativas para que la empresa privada salga, programas mixtos de empleo y formación para jóvenes, que son las medidas que se están tomando. No solamente son los 8 trabajadores, sino todos los demás, y lo que se debe hacer es una racionalización del gasto y evitar duplicidades, y en este momento en la Administración hay muchas duplicidades. Se debe trabajar en esa línea y fomentar la creación de empleo para que sean las empresas las que den empleo y la Administración dar servicios, siendo compatibles las dos cosas.

Puesta a votación la moción del PSOE, obtuvo siete (7) votos a favor (5 PSOE y 2 IU) y ocho (8) en contra (6 PP y 2 PAR), por lo que se deniega la aprobación de la propuesta y, por tanto, se desestima la adopción de l acuerdo propuesto. 16.- ASUNTOS DE URGENCIA.

No se plantea asunto alguno de esta naturaleza. 17.- RUEGOS Y PREGUNTAS

De la exposición de los intervinientes en este punt o se destacan los siguientes argumentos:

. Sr. Aso (IU)

En primer lugar, justifica la ausencia de Joaquín Palacín (CHA) porque tenía una reunión en Zaragoza y no llegaba a tiempo.

En segundo lugar, trasladar al grupo del PP que a su vez traslade al concejal Ángel Escuder que le desean una pronta mejoría.

Realiza las siguientes preguntas y ruegos. - Si se va a descontar de la subvención del futbol el pago del autobús que se está

realizando. - Pregunta cuánto costó la infraestructura y la colocación de la pantalla que se

colocó para el partido de futbol de la Copa de Europa y si se piensa colocar para las Olimpiadas, para saber a cuánto asciende.

- Pide explicación sobre el convenio o el acuerdo que se ha firmado para poner en funcionamiento la biblioteca de Salesianos.

- La situación en que se encuentra el alero de Casa Salas que da al Colegio Santa Ana, que en este caso viven personas, no como en el bloque de al lado, debiendo garantizar la seguridad de los ciudadanos.

. Sra. Alcaldesa

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En primer lugar, le da las gracias por el interés mostrado por el concejal Sr. Escuder,

que se encuentra mejor. En referencia al convenio de la biblioteca, que todavía no está firmado, surge el tema

cuando se arregló la biblioteca y el director de Salesianos, Pepe Abascal, comentó que era una lástima que no estuviera abierta para la gente de Monzón. Coincidió que había una trabajadora de la brigada de servicios que había pedido trabajar en otro horario porque estaba haciendo unos cursos y se aceptó que trabajara en la biblioteca.

Es una biblioteca abierta al público y puede asistir todo el mundo que quiera en

horario de 6,30 a 9 horas y los sábados por la mañana. . Sr. Castanera (PP)

En referencia a Casa Salas se le hizo un requerimiento a los dueños de la casa. No recuerda fechas, pero se las puede decir. Le parece que están en el periodo de tener que hacer alguna actuación. No tiene inconveniente en hacerle llegar toda la información.

. Sr. Aso (IU)

Le parece bien que se le haya hecho un requerimiento, pero hay que adoptar medidas de seguridad porque hay gente viviendo allí y ha visto que hay unas cañas con unos palos para que no entren los pájaros allí, pero se está hablando de seguridad de las personas que viven en el piso. Es decir, además de requerir, se deberá actuar.

. Sr. Alamán (PP)

Sobre los autobuses, no se ha convocado el plan de subvenciones por cuestiones presupuestarias y es algo que no se ha entrado a valorar. Deberá ser el Patronato de Deportes el que decida si se deben descontar los viajes tanto al futbol como a cualquier otro tipo de deporte, por compromiso de la anterior legislatura.

En cuanto a la pantalla, podría hablar de costes por encima, pero como es algo que no está cerrado, prefiere no dar los datos. De todos modos, los presupuestos que tienen son inferiores a los de hace dos años por un evento similar. En referencia a las Olimpiadas, si hay demanda y algún montisonense en ellas (espera que así sea), entonces desde Deportes o desde Juventud, como en este caso, se deberá volver a hacer, ya que hubo un éxito tremendo, como se pudo comprobar.

. Sra. Bueno (IU)

Pide al equipo de gobierno, en referencia al evento del día anterior, que cuando haya algún acontecimiento así haya alguien vigilando los materiales, ya que empezaba “La Movida” y le tocó hacer a ella de “seguridad”, tanto dentro como fuera, porque a la gente le daban cosas que se estaban llevando. En un bar de la localidad tuvo que llevarse un

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cabezudo que se habían llevado. Pide que se vigile el material que había allí porque no solo se lo llevaban, sino que había algún desperfecto.

. Sr. Alamán (PP)

No había otro sitio para montar la pantalla y estaba “La Movida”. Se valló la parte de abajo, que es donde estaba el material montado, y al tener que usar los baños pasó bastante gente. Sobre los desperfectos ha tenido noticias porque le ha llamado el Presidente de la Comarca y se acercará para ver cómo están las cosas.

. Sr. Monter (PSOE)

Sobre Deportes, quiere preguntar por la posición favorable de la Alcaldesa -ya manifestada en otra sesión de Pleno- a la retirada de la subvención al club de fútbol, independientemente de que la Junta o el Patronato tengan otra opinión.

. Sra. Alcaldesa

Creía que había un convenio y lo que había era una carta firmada por cuatro personas, en una reunión que hubo con Fernando Heras. Pidió el convenio y no existía este convenio. Es intención quitar subvención tanto al fútbol como del club de Petanca. En relación con este último también existe un compromiso por parte de Fernando Heras y de otros más. Está por la labor de quitar esa subvención. También quiere añadir que para recibir subvenciones deben estar al corriente de pago y el club de fútbol ha presentado certificado acreditativo de estar al corriente de pago.

. Sr. Monter (PSOE)

Quería recordar que la Alcaldesa, en una sesión de Pleno, fue muy tajante al afirmar que había convenio y luego resulta que existía un acuerdo verbal y el convenio no ha salido por ningún sitio.

Le sorprende que IU reciba por escrito las peticiones que hace y a ellos, pidiéndolo por escrito, por mail y con registro de entrada, no se les contesta.

. Sra. Alcaldesa

No vea nada raro. Ella pasa las solicitudes que le mandan a los diferentes departamentos y espera que se contesten.

. Sr. Monter (PSOE)

Otra pregunta es que la Sra. Alquézar ha dicho que ya tenía preparado lo que se solicitó del convenio con la Fundación de Los Sotos del Rio Cinca, y querría mostrar un par de cosas que le preocupan en este asunto. Por otro lado, esta fundación ha pedido una reunión con los demás partidos.

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Quiere mostrar su preocupación porque en una sesión de comisión la Sra. Bueno

preguntó por esta fundación, y la contestación de la parte del equipo de gobierno que estaba en esa sesión fue que esa fundación paraba muy de lejos y que no se sabía nada de ella.

. Sra. Alcaldesa

Aparecieron una serie de personas en Alcaldía pidiendo una reunión y exponiendo su proyecto, proyecto que a ella le pareció una buena idea. En la segunda reunión, se preguntó si el Ayuntamiento quería participar y su contestación fue que dar nada no se podía, que en todo caso se podría prestar algún servicio. De momento, solo han pedido en la estación de autobuses un cuarto por tres meses para mantener reuniones con gente a la que van a contratar ellos. El Ayuntamiento allí no entra. Han pedido una prórroga de tres meses. Eso es lo que hay hasta ahora.

Si llega a funcionar como fundación (ya están constituidos como tal), ofreció los viveros del Ayuntamiento, que no se utilizan. Siempre que cumplan con unos requisitos. Esto solo se ha hablado. No hay nada más.

. Sra. Alquézar (PP)

Ha leído las peticiones que han hecho y preguntan cosas de las que no tienen ni idea. Lo único que hay con ellos es una colaboración, dejándoles un despacho con una mesa y dos sillas, y no hay nada más. Se les ha hecho la prórroga por un poco más de tiempo porque no han terminado su trabajo.

Han tenido una reunión con las cuatro personas de la UASA, dos del Ayuntamiento y

otras dos que pertenecen al SALUD, para hablar del tema y ellos no quieren solapar el trabajo que se hace en este servicio, porque además a su antecesora le costó mucho conseguirla y es un buen servicio para Monzón. Isabel Blasco estuvo muy diligente en ese aspecto y para ellos lo más importante es la UASA, pero puede haber una colaboración entre ellos, que donde no llegue la UASA pueda llegar la fundación.

De momento, no está organizada y no se tiene más información que la relativa a que

se está constituyendo, estando en la última fase de constitución. Cuando se tenga toda la documentación, lo único que se hará es dejarles los invernaderos de Los Sotos para que puedan hacer una inserción laboral, nada más. Han buscado una finca fuera de Monzón porque quieren construir algún albergue, pero eso es imposible porque es una zona inundable y la CHE no da permiso.

El único compromiso es que si llegan a cumplir todos los requisitos, suscribir un

convenio mediante el que se les pueda ceder los invernaderos, que están inservibles y nadie los emplea. Si se pueden emplear personas que se pueden insertar laboralmente, puede ser bueno. De momento, no hay nada mas. Lo único que se ha preparado es el convenio sobre este tema.

. Sr. Monter (PSOE)

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La fundación está constituida desde el 21 de marzo de 2012. Los miembros del patronato venden una colaboración del Ayuntamiento muy directa y que su sede social está en los invernaderos, además de otras cosas que son bastante preocupantes para mantener una colaboración. En todo caso, esperan a reunirse con ellos.

No consta el resto de su intervención en la grabación de sonido de la sesión, por lo

que no se puede reflejar en el acta.

. Sra. Peropadre (PSOE)

Pregunta de qué forma colabora la Institución Ferial en el concurso de belleza canino y en Top Model de Huesca.

. Sra. Mur (PP)

No hay ningún coste en esos eventos. Simplemente les dejan la Institución Ferial.

No consta el resto de su intervención en la grabación de sonido de la sesión, por lo que no se puede reflejar en el acta.

. Sra. Sanjuán (PSOE)

Tiene dos preguntas: una, sobre el Centro de Día de Mayores de la Plaza San Juan, y otra, sobre los comedores escolares.

No sabe si su grupo parlamentario presentará mociones sobre esto, y si serán de interés para el portavoz del PP, pero les preocupa que este centro, desde el 16 de junio y hasta finales de septiembre, esté cerrado los fines de semana, que es cuando los abuelos más van y hacen sus bailes, teatro y sus actividades. No se quejan casi nada. No sabe cuánto se puede ahorrar con este tipo de medidas, pero los mayores no tienen una sala social para hacer estas actividades. Muchos de ellos viven solos y la única manera de salir es acudir a esa sala. Pide que se hagan gestiones para que esto no se alargue más. Si no es así, presentaran moción, aunque su grupo parlamentario no lo haga. Le gustaría saber cuál es la posición de equipo de gobierno en referencia a este tema.

Respecto a los comedores escolares, querría saber la posición del equipo de

gobierno. Cuando hay un colegio que está rechazando la subida, pero además demuestra que está por encima de lo que cuesta el servicio, el equipo de gobierno se tendría que pronunciar en contra de la subida.

Ha recogido quejas de los ciudadanos sobre los excrementos que hay por la ciudad

por las palomas, en los plataneros, en la estatua de Joaquín Costa… Sería conveniente que se mantuvieran los monumentos con el adecuado decoro. Hay un solar en la Carrasca que ya estaba cuando ella era concejal de Urbanismo; se requirió muchas veces que se limpiara y pide al concejal actual que requiera e insista en la limpieza del mismo.

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Plaza Mayor, 4 22400 MONZÓN (Huesca) Tel. 974 400 700 Fax 974 404 807 C.I.F.: P-2221800-B

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. Sr. Vilarrubí (PP) Se ha constatado el fracaso de las cinco jaulas fijas que hay en la ciudad, en las que

prácticamente no caen palomas; van a colocar otra jaula móvil ya que están cayendo de media, en la que hay, 470 palomas mensuales, lo que supondría una media de 6.000 al año. El año anterior se han capturado 1.440. Con otra jaula móvil situada en la zona del Conservatorio o del Mercadona, o bien en Juan Carlos I se incrementará la captura porque son las zonas mas afectadas.

Se irán quitando las jaulas fijas y colocando las móviles, que dan un resultado

excepcional. No se suspenderá la captura en los meses de calor. Las palomas tendrán sus comederos y bebederos.

. Sra. Alquézar (PP)

Respecto a la pregunta del Centro de Día, su posición es que siga abierto y la posición del IASS también es la misma. Por la situación económica no puede ser así. De hecho, el año anterior en Zaragoza se cerraron todos los centros de la tercera edad en el mes de agosto, y en Huesca dieron la opción de cerrar todo el mes de agosto o treinta días a lo largo del año. La votación fue cerrar los fines de semanas; tiene conocimiento de que afecta a dos domingos de bailes porque después, en verano, no hacen baile ni actividades. Es una medida de ahorro que se ha tomado con mucho dolor de corazón de muchos políticos.

. Sra. Mur (PP)

Sabe que en el Colegio Joaquín Costa, como es una empresa privada la que lleva el comedor, decidieron no hacer la subida, pero sube como todos los años o más.

. Sra. Peropadre (PSOE)

La cocina está dentro del colegio. Desde la dirección se gestiona bien ese servicio y no era necesaria la subida. Todos los padres se quejan de que de esta manera se están lucrando y se está sacando un beneficio que una Administración Pública no debería sacar.

Y sin más asuntos que tratar, siendo las veintidós horas y diez minutos, la Sra. Alcaldesa levantó la sesión.

Éste es el borrador del acta de la sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de 2 de julio de 2012, elaborado por el que suscribe para s er sometido a aprobación de dicho órgano cuando proceda.

En Monzón, a 23 de octubre de 2012 EL SECRETARIO GENERAL,

Fdo. Fernando Benedicto Armengol

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