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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR EL
CONTRATO PARA EL “ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS
DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS
INSTALACIONES DE AREOSA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA
(NC0017/2016)
Decembro 2016
ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS (NC 0017/2016)
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ÍNDICE
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS ................................................ 4
1. OBJETO .................................................................................................... 22
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO ................................................... 22
3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ................................. 24
4. DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL ................ 24
5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE .............................................................................................. 24
6. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE: ....................... 25
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS ................................. 25
8. GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA ............................................ 26
9. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ................................................ 27
10. PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS ....................................................... 36
11. PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ........................................................................................... 36
12. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN ................................................................. 38
13. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN ............................................... 42
14. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN ............................... 42
15. PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ........ 46
16. PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ........................................ 47
17. GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES .................. 49
18. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO ............................................. 49
19. FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO............................................. 53
20. REVISIÓN DE PRECIOS ....................................................................... 53
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21. DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN .............................. 53
22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN ......................................................... 54
23. EXTINCIÓN DE CONTRATO ................................................................. 55
24. GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES ................................... 56
25. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD. .................................................................................... 59
26. RESPONSABLE DEL CONTRATO ....................................................... 60
27. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. ..................................... 61
ANEXO I........................................................................................................... 63
ANEXO II.......................................................................................................... 66
ANEXO III ......................................................................................................... 69
ANEXO IV ........................................................................................................ 72
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CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº: 0017/2016
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.
1. OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto del contrato es la prestación del servicio de alquiler y mantenimiento de
dos depuradoras de ósmosis inversa nuevas para la depuración de lixiviados en
el Vertedero de Residuos No Peligrosos de Areosa.
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento de Adjudicación: ABIERTO REGULACIÓN ARMONIZADA
DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA
Forma de Adjudicación: MULTICRITERIO
Tipo de contrato: MIXTO SUMINISTO Y SERVICIO,
Publicidad: DOUE, BOE, DOG, prensa escrita y plataforma contratación Xunta de
Galicia
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3. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
Coste fijo de alquiler máximo para cada una de las depuradoras de 200m3/día de
capacidad de depuración: 272.400 €/año.
Coste variable máximo para cada una de las máquinas: 5,60 €/m3 de permeado vertido a
cauce público, en el que se incluirá el servicio de mantenimiento y suministro de
repuestos.
Los precios máximos reflejados no incluyen el correspondiente IVA.
1.- El presupuesto máximo de licitación para el primer año de contrato es de
1.092.592,00 € sin IVA.
2.- El presupuesto máximo de licitación para los tres años de contrato es de
3.277.776,00 € sin IVA.
3.- El valor estimado del contrato con arreglo al TRLCSP para el periodo de duración
del contrato es de 4.370.368,00 € sin IVA.
4.- El valor estimado máximo del contrato teniendo en cuenta la prórroga excepcional
será de 5.462.960,00 € sin IVA
Las ofertas que superen el precio máximo de licitación (precios unitarios fijo y por
metro cúbico) establecido en el presente pliego, serán rechazadas del proceso de
contratación, de conformidad con el artículo 84 del RGCAP.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios unitarios de adjudicación no sufrirán alteración alguna durante la vigencia del
contrato.
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5. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las proposiciones se presentarán en el siguiente domicilio:
SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA) MORZOS, 10 (ENCROBAS) CERCEDA (A Coruña) Telf.: 981698500 Fax: 981686064
Plazo de presentación de Ofertas: El plazo de presentación de las ofertas finaliza a las
13:00 horas del día 6 de febrero de 2017.
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6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
6.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN
JUICIO DE VALOR:
VALORACIÓN TÉCNICA (de 0 a 12 puntos): se valorará la propuesta técnica de
acuerdo con los criterios siguientes y con lo solicitado en los apartados Objeto Alcance, y
Propuesta Técnica del Pliego de Condiciones Técnicas:
Programa de mantenimiento y asistencia técnica (12 PUNTOS)
1. Mejor proyecto de mantenimiento. Se valorará positivamente la mejor
descripción de las labores y procedimientos del proyecto de mantenimiento, tanto
preventivo como correctivo, planificación, etc. Hasta 5 puntos.
2. Medios humanos dedicados a este contrato, siendo el mínimo y el máximo
establecido como compromiso de adscripción de medios humanos:
1 Jefe de Planta (hasta un máximo de 2).
1 técnico electro-mecánico o similar para la ejecución del mantenimiento de la
planta (hasta un máximo de 3).
Se valorará desde un punto de vista cuantitativo (el número de personas
adscritas) y cualitativo (según cualificación profesional atendiendo a criterios de
eficiencia). Hasta 4 puntos.
3. Mejor relación de repuestos críticos puestos a disposición de las máquinas y
existencias en stock. Se valorará la relación de repuestos críticos que, a juicio del
ofertante, sean necesarios mantener en almacén para conseguir una mayor
disponibilidad de las máquinas. Hasta 2 puntos.
4. Medios materiales dedicados a este contrato, siendo el mínimo:
Un vehículo
Una grúa móvil manual
Una bomba
Herramientas y equipos varios para el mantenimiento eléctrico y
mecánico de las instalaciones.
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Se relacionará el número de medios materiales puestos a disposición del contrato
de forma optimizada, describiéndose los cometidos de cada uno de los equipos,
justificando su uso y las tareas encomendadas a cada uno de ellos. Se valorará la
solución más óptima del número de medios materiales propuestos así como los
mejores rendimientos de trabajo propuestos para cada tarea. Hasta 1 punto.
Los ofertantes deberán cubrir la tabla B.1 Cumplimento de garantías y parámetros
de vertido, del apartado 9.2 de este pliego de condiciones particulares. La omisión de
alguno de los valores y la superación de los límites establecidos en la tabla, supondrá la
exclusión de la oferta.
Se incluirá también una relación de reactivos necesarios y consumos estimados por
unidad de volumen de lixiviado depurado.
No se abrirán los sobres C (oferta económica) de aquellos ofertantes que no
alcancen el 30% de la puntuación de la evaluación técnica (apartado 6.1),
quedando por tanto excluidos del proceso de contratación.
6.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR
APLICACIÓN DE FÓRMULAS (de 0 a 88 puntos)
MEJORES CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE CADA UNA DE LAS
DEPURADORAS (20 PUNTOS)
1. Mayor Rendimiento de Depuración de las máquinas ofertadas. Se valorará el
mayor rendimiento de cada depuradora debidamente detallado en la siguiente
tabla. Hasta 8 puntos.
Rendimiento de Depuración de cada
depuradora (%)
A la oferta que garantice el mayor rendimiento de depuración se le asignará la
máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego (67%) tendrá
asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación
que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.
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2. Mayor capacidad de depuración de las máquinas ofertadas. Se valorará el
mayor capacidad de depuración de cada depuradora debidamente detallado en
la siguiente tabla. Hasta 6 puntos.
Capacidad de depuración de cada
depuradora (m3 lixiviado/día)
A la oferta que garantice la mayor capacidad de depuración se le asignará la
máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego (200 m3
lixiviado/día por depuradora) tendrá asignado un valor de 0 puntos, y el resto de
las ofertas recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre
ambos valores.
3. Mayor disponibilidad Garantizada de las máquinas ofertadas. Hasta 6 puntos.
Se valorará la mayor disponibilidad de las máquinas debidamente justificada
empleando la siguiente tabla.
Disponibilidad Mensual Garantizada de cada
depuradora (%)
Disponibilidad Anual Garantizada de cada
depuradora (%)
3.1. Mayor Disponibilidad Mensual Garantizada de las máquinas ofertadas.
Hasta 3 puntos.
A la oferta que garantice la mayor disponibilidad mensual garantizada se le
asignará la máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego
(93%) tendrá asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas
recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre ambos
valores.
3.2. Mayor Disponibilidad Anual Garantizada de las máquinas ofertadas.
Hasta 3 puntos.
A la oferta que garantice la mayor disponibilidad anual garantizada se le
asignará la máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego
(96%) tendrá asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas
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recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre ambos
valores.
MENORES PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (8 PUNTOS)
1. Menor Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero
de Areosa. Hasta 2 puntos. Se valorará el menor Plazo de Entrega de las
Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.
A la oferta que garantice el menor plazo de Entrega se le asignará la máxima
puntuación. El valor máximo establecido en este Pliego (18 semanas) tendrá
asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación
que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.
2. Menor Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración.
Hasta 2 puntos. Se valorará el menor Plazo de Montaje de la nueva Instalación
de Depuración en el Vertedero de Areosa.
A la oferta que garantice el menor plazo de Montaje se le asignará la máxima
puntuación. El valor máximo establecido en este Pliego (4 semanas) tendrá
asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación
que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.
3. Menor Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva
Instalación de Depuración. Hasta 1 punto. Se valorará el menor Plazo para la
Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de Depuración en el
Vertedero de Areosa.
A la oferta que garantice el menor plazo para la Puesta en Marcha y Recepción
de la Instalación objeto de concurso se le asignará la máxima puntuación. El
valor máximo establecido en este Pliego (3 semanas) tendrá asignado un valor
de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación que les corresponda
de forma lineal entre ambos valores.
4. Menores tiempos de respuesta en caso de averías puntuales y
emergencias.
Se valorarán los menores tiempos de respuesta en caso de averías puntuales
recibiendo la mayor puntuación aquella que menor tiempo de respuesta oferte.
Se establece un tiempo máximo de respuesta en caso de averías de 24 horas.
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Hasta 1.5 puntos.
Se valorarán los menores tiempos de respuesta en caso de emergencias
recibiendo la mayor puntuación aquella que menor tiempo de respuesta oferte.
Se establece un tiempo máximo de respuesta en caso emergencias de 6
horas. Hasta 1.5 puntos.
VALORACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA (60 PUNTOS)
Para la evaluación de la propuesta económica se utilizará la siguiente fórmula, en la
cual se contemplan los dos términos que posteriormente serán tenidos en cuenta para
la facturación. Estos términos son la partida fija y la partida variable, que forman parte
del alcance del presente Pliego:
VARIABLEPERMEADOFIJORES PVPI *
Siendo:
IRES = Importe resultante para la Evaluación de la Oferta Económica del
presente Pliego en € sin IVA, que se corresponderá con la Baja de cada oferta
(ver Valoración Económica).
PFIJO = Precio ofertado en €/año sin IVA para el alquiler de dos depuradoras de
ósmosis inversa para la depuración de lixiviados en las instalaciones de
Areosa. Corresponde a la partida fija.
VPERMEADO = Estimación anual de volumen de permeado vertido a cauce
público en m3, sin contar con la disponibilidad, y únicamente a efectos de
evaluación de la oferta. Esta estimación queda establecida en 97.820 m3/año.
PVARIABLE = Precio ofertado en €/m3 sin IVA a aplicar al volumen de permeado
vertido a cauce público para la obtención de la partida variable.
En función de la proposición económica (Artículo 9.3 de este Pliego) las ofertas se
puntuarán de 1 a 44 puntos de acuerdo con la formula elaborada en el apartado
siguiente.
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Con el valor obtenido se calculara el valor ponderado desde los 44 puntos iniciales al
valor máximo final de 60 puntos empleando la siguiente fórmula:
6044
Ei
PPunt
Siendo:
Punti = Puntuación oferta económica: De 1 a 60 puntos.
PE = Puntuación obtenida a partir de la fórmula de valoración económica: De 1 a 44
puntos.
VALORACIÓN ECONÓMICA DE 1 A 44 PUNTOS
En función de la proposición económica las ofertas se puntuarán de 1 a 44 puntos
según la fórmula que figura a continuación:
e
eiE
B
BBP
*2.0
)*8,0(*341
para 0,80*Be- < Bi ≤ Be
e
eiE
B
BBP
*25.0
)*55,0(*635
para 0,55*Be < Bi ≤ 0,80*Be
)*55,0(*341
e
iE
B
BP para 0 < Bi ≤ 0.55*Be
Siendo:
PE = Puntuación económica: De 1 a 44 puntos
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada
como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA
excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido).
Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas
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n
BiB
n
im
1
n
BBn
imi
1
2
Además se tendrá en cuenta que las ofertas que se declaren anormales o
desproporcionadas quedarán excluidas de clasificación de acuerdo con el artículo
152.4 del TRLCSP.
A los efectos de consideración de presunción de ofertas con valores anormales o
desproporcionados se considera que están incursas en esa situación (baja temeraria)
las proposiciones con una Bi que exceda en 0,5 *´al valor de la “baja de referencia”
Br
Presunción de temeridad: Bi > Br + 0,5 * ´
Siendo:
Br = mínimo [Bm , B´m]
Bm=Baja media calculada
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada
como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA
excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de
licitación (IVA excluido), de todas las proposiciones admitidas, incluyan o no
valores anormales o desproporcionados.
n = Número de ofertas admitidas tras el análisis de la documentación
presentada en los sobres A y B, incluyan o no valores anormales o
desproporcionados
= desviación típica calculada
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B´m = media aritmética de las bajas de las ofertas que cumplan la condición
siguiente
( Bm – σ ) ≤ Bi ≤ ( Bm + σ )
´= desviación típica de las bajas de las ofertas que cumplen la condición
anterior
A los efectos de establecer esta media se tendrá en cuenta que cuando las empresas
que formen parte de un mismo grupo, según los supuestos de artículo 42.1 del
Código de Comercio, presenten distintas proposiciones, se tomarán únicamente la
oferta más baja de todas las del grupo.
OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada
o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la
valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se
refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las
soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que
disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas,
con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las
condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o
la posible obtención de alguna ayuda de Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y
el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse
como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será
excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las
proposiciones presentadas.
Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades
pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de
establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las
que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma,
presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para
aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja,
produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido
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para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las
restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.
CRITERIOS DE DESEMPATE:
Si se presentan dos o más ofertas iguales que resulten ser las más ventajosas, al
amparo de la disposición adicional cuarta, párrafo primero del TRLCSP, prevalecerán
aquellas que cumplan los requisitos de preferencia que se señalan a continuación:
En primer lugar:
La empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica cuente en su plantilla
con un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento.
Si varias empresas licitadoras de las que hayan empatado en cuanto a la
oferta más ventajosas acreditaran tener relación laboral con personas con
discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en
la adjudicación del contrato del licitador que disponga del mayor porcentaje de
trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
La empresa dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de
personas en situación de exclusión social.
En el caso de existir empate, la relación laboral con personas con discapacidad se
acreditará mediante la aportación por parte de las empresas, en el momento de la
licitación, de la siguiente documentación:
1.- Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondiente a todo el
personal de la empresa.
2.- Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o
certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad.
3.- Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados.
El porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados deberá mantenerse
durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato
adjudicado, o si es el caso, durante el plazo de garantía, si la ejecución no se
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realizara en tracto sucesivo. El incumplimiento de tal condición será causa de
resolución del contrato adjudicado debiendo constar en el mismo como tal causa de
resolución.
En segundo lugar:
Conforme a lo establecido en el artículo 28.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero,
por el que se regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del
principio de igualdad en las políticas de empleo (DOG núm. 35, de 19 de febrero de
2009), la obtención de la Marca Galega de Excelencia en Igualdade da derecho a una
preferencia en la adjudicación de los contratos de la comunidad autónoma.
Si la empresa hiciese uso de esta preferencia, estará obligada a mantener los
parámetros de igualdad durante el plazo fijado en la adjudicación que, si el contrato
resultase de ejecución sucesiva, será igual a su duración temporal.
De ser el caso, las empresas deben acreditar estar en posesión de la Marca Galega
de Excelencia en Igualdade, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de dicho
Decreto.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.4 de la Ley 2/2007 de 28 de marzo,
del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, las empresas que implantasen un
plan de igualdad tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos de la
Comunidad Autónoma de Galicia siempre y cuando las ofertas presentadas igualen
en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos
que sirvan de base para la adjudicación
Las empresas deben acreditar la implantación del plan de igualdad. En virtud de lo
establecido en el artículo 11.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero, por el que se
regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del principio de
igualdad en las políticas de empleo, la acreditación de la implantación del plan de
igualdad en las empresas, se realizará mediante certificación expedida por la persona
titular de la Secretaría Xeral del departamento de la Administración Autonómica
competente en materia de trabajo, luego de solicitud de la empresa interesada.
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En tercer lugar:
La empresa que tenga una mayor valoración técnica.
En el caso de existir igualdad en la puntuación total alcanzada y en la aplicación de la
preferencia señalada anteriormente, tendrá prioridad la oferta de la empresa que
reúna más de una de las características indicadas.
Resultará adjudicataria aquella empresa licitadora que obtenga la mayor puntuación de
la total posible según la aplicación del baremo anterior.
7. GASTOS DE PUBLICIDAD
Importe máximo a pagar por el adjudicatario: 1.200€ sin IVA.
8. MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratación estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se
considera conveniente por esta última.
d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e
Infraestructuras da Xunta de Galicia.
e. Vocal 4: Representante del Departamento económico-financiero de SOGAMA,
S.A.
f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
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9. GARANTÍA PROVISIONAL: 131.111 €
10. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación excluido el IVA.
11. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con este Pliego de Condiciones, el ofertante
podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección del apartado 5 a). Las consultas que se
presenten dentro de los 10 días hábiles anteriores a la finalización del plazo de
entrega de ofertas, serán contestadas sólo en el caso de que sea posible
12. PLAZO DE EJECUCIÓN
La duración del contrato será de 3 años desde la fecha de firma del mismo,
pudiéndose prorrogar por un año más de forma expresa a requerimiento de
SOGAMA.
Dado que la interrupción del servicio objeto de esta licitación supondría la
interrupción en la obligada gestión de los lixiviados de las instalaciones a fin de que
el vertido al cauce público cumpla con los parámetros establecidos en la
Autorización Ambiental Integrada de las instalaciones, en caso de finalización por
cumplimiento del plazo de duración o resolución del contrato, el adjudicatario
continuará prestando el servicio hasta que esté concluso el nuevo expediente de
contratación e instaladas y operativas las depuradoras que sustituyan a las que son
objeto de este contrato. La duración de este período de prórroga excepcional no
podrá ser superior a un año.
Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.
Este plazo comprende el periodo desde la fecha de firma del contrato hasta que se
encuentren en el Vertedero de Areosa las nuevas Unidades de Depuración así
como todos los equipos y componentes que la comprenden (Módulos de
Depuración, Depósitos, Torres de Desgasificación, etc.). Se establece un Plazo
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Máximo de Entrega de 18 semanas que empezarán a contar a partir de la fecha de
firma del contrato.
Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todos los suministros,
trabajos, obras e instalaciones objeto del presente pliego, pero bajo ningún
concepto, podrán interferir con las actividades de operación, mantenimiento y
limpieza que se llevan a cabo en el Vertedero de Areosa, en especial con las
instalaciones de depuración existentes.
Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente (A
realizar por un tercero). En el momento en el que se encuentren en el Vertedero
de Areosa todas las nuevas Unidades de Depuración así como todos los equipos y
componentes que la comprenden, SOGAMA dará las instrucciones a un tercero
para que proceda a la Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de
Depuración Existente, instalada en la ubicación en la que se dispondrán las
nuevas instalaciones de depuración objeto del contrato. Se llevará a cabo la
referenciada Retirada y Desmantelamiento en un plazo máximo de 2 semanas.
Este plazo deberá ser debidamente considerado por los ofertantes en los plazos de
ejecución ofertados.
Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todas las obras y trabajos de
instalación y montaje necesarios, pero bajo ningún concepto, podrán interferir con
los trabajos de Retirada y Desmantelamiento de las instalaciones existentes, ni con
las actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo en el
Vertedero de Areosa.
Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración. Este plazo
contempla todos los trabajos necesarios para el montaje/ensamblaje de todos los
equipos e instalaciones de la nueva instalación de depuración objeto del contrato en
el lugar habilitado a tal efecto, y comprende el período de tiempo entre el fin de la
Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente y el inicio
de las Pruebas de Puesta en Marcha. Se establece un Plazo para el Montaje de la
nueva Instalación de Depuración de 4 semanas.
Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de
Depuración. Se establece un plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la
Instalación, de acuerdo a las exigencias establecidas en el presente documento, de
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3 semanas contadas a partir de la fecha de inicio de las pruebas de puesta en
marcha, la cual coincide con la fecha de finalización del Montaje de la nueva
Instalación de Depuración.
13. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica tal y como se
recoge en los párrafos siguientes:
a) Solvencia económica y financiera:
Forma de presentación: La documentación acreditativa se presentará firmada
en todas sus hojas.
Medio: Declaración relativa del volumen de negocios, en el ámbito de
actividades correspondiente al objeto del contrato, de la empresa en el curso
de los tres últimos ejercicios.
Criterio: Bastará con que en el año de mayor volumen de negocio de los tres
últimos ejercicios, se supere el volumen anual de negocios en el ámbito al que
se refiere el presente contrato, por importe mínimo de 1.639.000 € (IVA
excluido).
b) Solvencia técnica o profesional :
Forma de presentación: La documentación acreditativa se presentará firmada
en todas sus hojas.
Medio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los
últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o
privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán
mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el
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destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un
sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este
certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos
certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la
autoridad competente.
Criterio: El importe mínimo de los servicios certificados para el año de mayor
ejecución no podrá ser inferior a 765.000 € (IVA Excluido).
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión
empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado
miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado
miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos
deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica,
financiera y técnica o profesional.
14.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
El responsable del contrato será el Jefe del Área Técnica y en su defecto el Director
General de SOGAMA.
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NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER A
TRAVÉS DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
1. OBJETO
El objeto de este Pliego de Condiciones Particulares es establecer el alcance,
las normas y controles a realizar para llevar a cabo por parte del adjudicatario el
alquiler de dos depuradoras de ósmosis inversa nuevas para la depuración de
los lixiviados del Vertedero de Areosa.
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que se suscriba al amparo del presente Pliego tendrá naturaleza
privada, y se regirá:
a) En cuanto a su preparación y adjudicación, por lo establecido en el presente
Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación:
1. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público
(TRLCSP)
2. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, en todo aquello que no resulte contrario al TRLCSP.
3. Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de
octubre.
b) En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de Derecho Privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para
resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de
los contratos sujetos a regulación armonizada. Por su parte, el orden
jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones que se
susciten en relación a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos
privados.
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Los licitadores renuncian expresamente al foro jurisdiccional que, en su caso,
pudiera corresponderles, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los
juzgados o tribunales de la ciudad de A Coruña.
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la
interposición del contencioso-administrativo, los actos que a continuación se
relacionan.
Este recurso tiene carácter potestativo y, en su caso, se interpondrá ante el
Tribunal Central de Recursos Contractuales (TACRC) dirección Avda. Gral.
Perón, 38; 28020-Madrid (http://tribunalcontratos.gob.es), en el plazo y forma
señalados en el artículo 44 de la TRLCSP.
Podrá interponer el recurso toda persona física o jurídica cuyos derechos o
intereses se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las
decisiones objeto de recurso.
Actos recurribles:
Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos
contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la
contratación.
Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de
adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente
sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a
derechos o intereses legítimos. Se consideran actos de trámite que
determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos
de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de
licitadores.
Los actos de adjudicación adoptados por los poderes
adjudicadores.
No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios
contra los actos antes enumerados, salvo, en caso de existir, la
excepción prevista en el artículo 41.3 del TRLCSP respecto de las
Comunidades Autónomas.
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Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso
contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De conformidad con el artículo 43 del TRLCSP, las personas físicas y jurídicas
legitimadas podrán solicitar ante el TACRC la adopción de medidas provisionales.
3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones
Particulares será adjudicado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación
armonizada y documentalmente simplificado, de tal manera que la adjudicación
del mismo recaerá en la oferta económicamente más ventajosa de conformidad
con los criterios de valoración contenidos en el presente Pliego de Condiciones
Particulares.
4. DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL
Tendrán valor contractual los siguientes documentos con el siguiente orden de
prelación:
- Documento de formalización del contrato.
- Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas.
- Oferta del licitador adjudicatario, aceptada por SOGAMA, S.A.
5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE
El órgano de contratación de SOGAMA para este expediente será el Consejo de
Administración de la Sociedad.
El acceso al perfil del contratante de SOGAMA se realizará de la siguiente forma:
Acceso página web www.SOGAMA.es, o en la Plataforma de Contratación de la
Xunta de Galicia página web www.contratosdegalicia.es.
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6. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con los Pliegos de Prescripciones Técnicas y
Administrativas, el ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax, correo electrónico o
dirección postal que a continuación se señala:
SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA)
MORZOS, 10 (ENCROBAS) CERCEDA (A Coruña) Telf.: 981698500 Fax: 981686064 Email: [email protected]
Los interesados en presentar oferta, podrán realizar una visita a las instalaciones de
SOGAMA con el fin de realizar una mejor valoración del alcance de la oferta.
SOGAMA acordará con todos los interesados dos únicas fechas y hora para la
realización de la misma, las cuales serán publicadas en el Perfil del Contratante de la
Plataforma de contratación. El ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección de
correo electrónico que figura en este Pliego indicando el procedimiento al que se
refiere y el NC del mismo para solicitar la misma.
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS
1. Estarán facultadas para contratar con SOGAMA, S.A. las personas físicas y
jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no
se hallen incursas en algunas de las prohibiciones comprendidas en el art. 60
del TRLCSP.
2. Así mismo, será requisito para contratar con SOGAMA, S.A., que las
personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada
directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con
elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del
contrato.
La solvencia económica, financiera y técnica se acreditará según los
criterios establecidos en el cuadro resumen de características de este
Pliego de Condiciones.
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En el caso de uniones de empresarios y para los casos en que sea exigible
clasificación, será requisito básico que todas las empresas que concurran a
la licitación del contrato hayan obtenido previamente clasificación como
empresas de servicios.
3. De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan
temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las
mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a
su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen sus
nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada
uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en
unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.
Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante
SOGAMA, S.A. y nombrar un representante o apoderado único de la
agrupación con poderes bastantes ante dicha Sociedad para ejercitar los
derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la
extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados
que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración
de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del
contrato hasta su extinción.
4. Si durante la tramitación del presente expediente de contratación y antes de
la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una
empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su
patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la
sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión
o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de
capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y
clasificación en las condiciones exigidas en los Pliegos de Condiciones
Particulares y Prescripciones Técnicas , para poder participar en el
procedimiento de adjudicación, de conformidad con el art. 149 del TRLCSP.
8. GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA
1. Se presentará un aval provisional por importe de 131.111 €, para asegurar el
mantenimiento de la oferta hasta la adjudicación definitiva del contrato,
debido al elevado valor estimado del contrato y por los riesgos
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medioambientales que pudieran originarse en el Vertedero de Areosa por no
instalar las nuevas unidades de depuración.
2. El licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en
cualquiera de las modalidades especificadas en el artículo 96 del TRLCSP en
el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que
hubiera recibido requerimiento a tal efecto del órgano de contratación, la
constitución de una garantía definitiva por importe del 5% del importe de
adjudicación excluido el IVA, el cual se calculará tomando como base los
precios medios considerados en este Pliego, el % sobre el mismo ofertado y
la duración del contrato, debiendo acreditarse su constitución mediante la
entrega del correspondiente justificante ante el órgano de contratación. De
no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo
dispuesto en el artículo 151.2, párrafo tercero, del TRLCSP.
3. Se acompaña al Pliego un modelo de aval bancario como Anexo I y modelo
de certificado de seguro de caución como Anexo II.
9. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
La documentación para la presente licitación se presentará en sobres cerrados,
de forma que se garantice la confidencialidad de la oferta, identificado en su
exterior, con indicación de la licitación a la que concurre, y firmado por el
licitador, o la persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o
razón social de la empresa.
Las proposiciones se ajustarán a los modelos que se incorporan al presente
Pliego y se efectuarán en tres sobres, debidamente cerrados y sellados,
identificados con las letras A, B y C. En el exterior de cada sobre deberán
indicarse los datos de los ofertantes y su representante firmando los
mismos y deberán poner una dirección de correo electrónico y un número
de fax a los efectos de las notificaciones que sea preciso realizar durante el
desarrollo del procedimiento de contratación. Se indicará en el exterior de
cada sobre el número de inscripción del licitador en el Registro de
Contratistas de Galicia, en caso de estar inscrito en dicho registro.
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En cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se
indica, en formato papel y copia electrónica en soporte pendrive o disco duro:
9.1. Sobre A – Documentación Administrativa
En el Sobre A figurarán los siguientes documentos, originales o copias de los
mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación
vigente, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los
documentos que el licitador incluya en este sobre.
a) Documentación acreditativa de la personalidad empresarial, la
capacidad de obrar de los licitadores y la representación.
Dado que se trata de un procedimiento de contratación documentalmente
simplificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la ley
14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público
autonómico, y en el artículo 146.4 del TRLCSP, el licitador deberá
presentar declaración responsable conforme al modelo previsto como
ANEXO IV a este pliego de condiciones.
Igualmente, el licitador deberá presentar junto con el modelo de
declaración responsable (ANEXO IV), el Documento Europeo Único de
Contratación (DEUC) que podrá cumplimentar y descargar de la página
web https://ec.europa.eu/tools/espd?lang=es
En todo caso, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.4 del
TRCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del
procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción
de la propuesta de adjudicación, que los candidatos aporten la
documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones
establecidas para ser adjudicatario del contrato.
En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas
conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas
(UTE), todos los integrantes de dicha UTE deberán cubrir el ANEXO IV de
este pliego, incorporando además un compromiso por los licitadores para
constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso,
los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar
en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la
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participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de
constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar
adjudicatarios, así como la designación de un apoderado único de la UTE
con poder bastante para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones
que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá
de estar firmado por los representantes de las diversas empresas
promotoras.
Para el supuesto de la presentación de Uniones de empresarios (UTE)
será requisito básico para la acumulación de las características de cada
uno de los integrantes en las uniones temporales de empresas que todas
las empresas que concurran a la licitación para la ejecución de estas
prestaciones hayan obtenido previamente clasificación como empresas de
servicios debiendo consignar dicha clasificación en el correspondiente
escrito, salvo cuando se trate de empresas no españolas de Estados
miembros de la Comunidad Europea.
b) Resguardo garantía
En este sobre deberá introducirse el correspondiente justificante de haber
constituido la garantía provisional ante el órgano de contratación exigido en el
apartado correspondiente de este pliego de condiciones.
c) Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Xunta de
Galicia
En el caso de que el licitador se encuentre inscrito en el registro general de
contratistas de la Xunta de Galicia, deberá incorporar al sobre A una copia de
la certificación en la que consten los datos que obran en el registro.
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9.2. Sobre B – Propuesta técnica
Propuesta Técnica
En este sobre se incluirá la Propuesta técnica que recogerá los siguientes puntos, los
cuales servirán para evaluar y puntuar la oferta técnica presentada al procedimiento:
La propuesta técnica incluirá de forma inexcusable las características técnicas las
máquinas ofertadas. Se incluirán, al menos para cada una de ellas, los siguientes
conceptos:
Cumplimento de garantías y parámetros de vertido. Se presentará,
debidamente cumplimentada, la tabla B.1 la cual se presenta a continuación:
Tabla B.1. Calidad del permeado vertido a cauce público obtenido por las depuradoras ofertadas:
PARAMETRO UNIDAD VALOR GARANTIZADO VALOR LÍMITE AAI
pH (límite superior) Ud. 9,5
pH (límite Inferior) Ud. 5,5
Sólidos en suspensión mg/l 80
DQO mg/l 160
DBO 5 mg/l 40
Nitrógeno total mg/l 15
Fósforo total mg/l 10
Cloruros mg/l 2000
Sulfatos mg/l 2000
Sulfuros mg/l 1
Fluoruros mg/l 6
Cianuros mg/l 0,5
Fenoles mg/l 0,5
Aluminio mg/l 1
Arsénico mg/l 0,5
Cobre mg/l 0,2
Cromo III mg/l 2
Cromo VI mg/l 0,2
Mercurio mg/l 0,05
Hierro mg/l 2
Manganeso mg/l 2
Plomo mg/l 0,2
Zinc mg/l 3
Los valores garantizados no podrán superar los valores límites establecidos en la
Autorización Ambiental Integrada (AAI) de SOGAMA para el Vertedero de Areosa
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vigente. La omisión de alguno de los valores o la superación de los límites
establecidos en la tabla, supondrá la exclusión de la oferta.
Se incluirá un Programa de Mantenimiento y asistencia técnica que incluirá al
menos los siguientes conceptos:
o Proyecto de mantenimiento, en el que se detallarán las labores a realizar
sobre cada equipo y componente, y en el que se realizará una planificación
de las tareas y trabajos a realizar de forma periódica.
Se presentará una estimación de recursos tanto humanos como materiales
para los trabajos de mantenimiento correctivo más habituales, indicándose el
tiempo necesario para la ejecución de dichos trabajos.
o Medios humanos puestos a disposición del mantenimiento de las máquinas y
organización de los mismos para llevar a cabo dicho mantenimiento.
En caso de no contar con dedicación exclusiva para este contrato, se indicará
claramente la dedicación ofertada para dada uno de ellos.
Serán comunes a ambas máquinas.
o Tiempos de respuesta en caso de averías puntuales y emergencias.
o Relación de repuestos críticos puestos a disposición de las máquinas y
existencias en stock.
o Medios materiales: Dotación de herramientas y maquinaria para llevar a cabo
las tareas de mantenimiento debidamente detalladas, indicando la dedicación
de los mismos a este contrato.
Se incluirá también una relación de reactivos necesarios y consumos estimados
por unidad de volumen de lixiviado depurado.
Se rechazarán aquellas ofertas en las que el examen de la documentación
técnica, permita conocer o deducir el importe de la oferta económica.
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Cada uno de los puntos anteriores, se entregarán debidamente identificados de
tal forma que en el acto de apertura del sobre “B” se pueda comprobar por la
Mesa de Contratación la inclusión de todos ellos.
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9.3. Sobre C – Propuesta económica
La Propuesta económica y los plazos se presentarán de acuerdo con el Modelo de
Proposición económica que se adjunta en el Anexo III.
Este sobre incluirá además:
Rendimiento de Depuración.
Se indicará el Rendimiento de Depuración Unitario de las máquinas ofertadas,
para lo cual se cumplimentará debidamente la tabla C.1.
Tabla C.1. Rendimiento de Depuración de cada depuradora
Rendimiento de Depuración de cada
depuradora (%)
Este rendimiento será calculado como la relación existente en % entre el
volumen de permeado vertido a cauce y el volumen de lixiviado de entrada
teórico calculado a partir de la capacidad y disponibilidad ofertadas.
En ningún caso podrán ser ofertadas máquinas con un Rendimiento de
Depuración inferior al 67%.
Capacidad de Depuración.
Se indicará la Capacidad de Depuración de cada una de las máquinas ofertadas,
de acuerdo a lo indicado en la tabla C.2.
Tabla C.2. Capacidad de depuración garantizada
de cada una de las depuradoras:
Capacidad de depuración de cada
depuradora (m3 lixiviado/día)
En ningún caso podrán ser ofertadas máquinas con una Capacidad de
Depuración unitaria inferior a 200 m3 lixiviado/día.
Disponibilidad Garantizada
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Se indicará la Disponibilidad Garantizada de las máquinas ofertadas, calculada
como la relación existente entre el volumen en m3 de permeado vertido a cauce
público en un período de tiempo determinado (mes o año) y el permeado que se
debería verter en función de la entrada de lixiviado durante dicho período,
teniendo en cuenta el rendimiento ofertado.
Se cumplimentará también la tabla C.3 que se muestra a continuación. En ella se
incluirán las disponibilidades garantizadas para las máquinas ofertadas, tanto para
un período mensual como para un período anual.
Se cumplimentarán los valores de volumen de lixiviado nominal sin incluir la
minoración por disponibilidad (A), el rendimiento de la máquina (B) y la
disponibilidad (C).
Tabla C.3. Disponibilidades garantizadas de cada depuradora:
Disponibilidad Mensual Garantizada de cada
depuradora (%)
Disponibilidad Anual Garantizada de cada
depuradora (%)
En ningún caso podrán ser ofertadas máquinas con una Disponibilidad Mensual
Garantizada inferior al 93%.
Tampoco podrán ser ofertadas máquinas con una Disponibilidad Anual
Garantizada inferior al 96%.
Plazos de Ejecución del Contrato
Se incluirá un completo Cronograma donde se reflejarán los Plazos de Ejecución
de la instalación a partir de la firma del contrato.
Se cumplimentará también la tabla C.4 que se muestra a continuación. En ella se
especificarán los Plazos de Ejecución del Contrato Ofertados:
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Tabla C.4. Plazos de Ejecución del Contrato Ofertados:
PLAZOS OFERTADOS
____________semanas
____________semanas
____________semanas
Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.
Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración.
Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de Depuración.
Se incluirán los tiempos de respuesta en caso de averías puntuales y emergencias.
Propuesta Económica
Las partidas a las que se hace mención en la Propuesta Económica son las que
a continuación se detallan:
Precio fijo de alquiler en euros/año de las dos depuradoras.
Precio variable en euros/m3 de permeado vertido a cauce en concepto de
asistencia técnica, mantenimiento y repuestos de acuerdo con el alcance
solicitado en este Pliego de Concurso para cada una de las depuradoras.
En la Oferta Económica estarán incluidos todos los costes necesarios para la
consecución de los objetivos que se establecen en este Pliego, la no inclusión de
alguno de ellos no podrá dar lugar a ningún tipo de reclamación por parte del
adjudicatario.
La inclusión de la documentación en un sobre distinto a los señalados será
causa automática de exclusión de la licitación. Igualmente, será causa
automática de exclusión el incluir cualquiera de los valores de las tablas C.1,
C.2, C.3, C.4 y/o precio en otro apartado de la oferta o Sobre que no sea el Sobre
“C”.
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10. PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS
1. En la licitación del contrato regulado en el presente Pliego, cada licitador no
podrá presentar más de una proposición.
2. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo
ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal de
empresas.
3. La infracción de lo previsto en los dos párrafos anteriores dará lugar a la no
admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.
11. PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
11.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones
1. En cuanto al lugar de presentación de las proposiciones, éstas deberán
presentarse en la sede de SOGAMA, S.A, situada en Calle Morzós, 10,
Bajo, 15.187, San Román-Encrobas, Cerceda (A Coruña), Tlf. 981698500,
y Fax 981686064, dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación
que se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín
Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia o se enviarán por correo
dentro del plazo de admisión, justificando la fecha de imposición del envío
anunciándolo al órgano de contratación mediante fax, burofax o telegrama,
en el mismo día, y en un solo envío.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, si
es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora
de terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, no será admitida en ningún caso, la documentación que no se
recibiera transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo
fijado para la admisión de propuestas.
2. Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada
salvo por causa justificada.
3. Cuando la proposición se presente en las dependencias señaladas por el
órgano de contratación, éste registrará la solicitud de participación y
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devolverá una copia sellada de la misma como resguardo de la
participación.
11.2. Requisitos de la documentación
1. La presentación de proposiciones presume por parte del concurrente la
aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Pliego y de los
restantes documentos que tienen carácter contractual, sin salvedad alguna,
así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las
condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A. Cualquier salvedad
se entenderá en todo caso como no puesta.
2. Las proposiciones se presentarán en lengua castellana y/o gallega y toda
la información debe facilitarse tanto en papel impreso como en soporte
informático. En caso de discrepancia entre los datos o información de
ambos soportes prevalecerá la contenida en la documentación presentada
en papel impreso.
3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de
impresión mecánica o informática (un soporte informático en cada uno de
los sobres que componen la oferta, conteniendo exclusivamente la
información de ese sobre), y no se aceptará ningún documento manuscrito
ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente
las condiciones para valorar la oferta.
4. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la
confección de las ofertas que se presentan al procedimiento de licitación
serán por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación
económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.
5. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o
tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SOGAMA,
S.A. estime fundamental para la oferta, o que incurra en los supuestos
establecidos en el artículo 84 del RGCAP.
6. Serán excluidas, y por tanto no valoradas, las ofertas de los licitadores que
no se ajusten a las prescripciones técnicas y requisitos mínimos
establecidos en los Pliegos.
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7. Las ofertas tendrán una validez mínima de 6 meses, contados a partir de la
fecha de apertura de las proposiciones.
8. Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia de SOGAMA,
S.A. a disposición de la Mesa de Contratación, hasta el momento señalado
para el acto de apertura de plicas.
9. Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, quedando
obligado a cumplir el contrato, si le fuese definitivamente adjudicado, que
será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con
estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas
condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las
causas admitidas en el presente Pliego y en la legislación aplicable
12. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
12.1. Mesa de Contratación
El Órgano de Contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de
una Mesa de Contratación que estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se
considera conveniente por esta última.
d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente Territorio e
Infraestructuras de la Xunta de Galicia.
e. Vocal 4: Representante del Departamento económico-financiero de
SOGAMA, S.A.
f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas
de la designación de estos nombrarán los que deban sustituirlos.
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Se podrá incorporar con carácter facultativo a la Mesa de Contratación,
personal técnico especializado para valorar aquellos criterios cuya
cuantificación dependa de un juicio de valor y no sean evaluables de manera
automática.
En cuanto al régimen de convocatoria de funcionamiento de la Mesa de
Contratación se estará a lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo parcial de
la LCSP aprobado por RD 817/2009, de 8 de mayo y en la Ley 40/2015, de 1
de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y del Procedimiento
Administrativo Común respecto a los órganos colegiados.
En los casos en los que para la valoración de las proposiciones deban ser
tenidos en cuenta criterios distintos al precio, el órgano competente podrá
solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere
precisos. Asimismo, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario
verificar que las ofertas cumplen con el Pliego de Prescripciones técnicas.
12.2. Calificación previa
1. Antes de la fecha de la apertura pública de ofertas técnicas y económicas,
la Mesa de Contratación realizará una comprobación y calificación de la
documentación administrativa presentada por los licitadores (sobre A).
2. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables
en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los
interesados, o a través de cualquier otro medio que acredite su recepción
por los licitadores, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles
para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de
Contratación.
3. No tendrán en ningún caso la consideración de defectos subsanables la
falta o insuficiencia de prestación de la garantía provisional.
12.3. Apertura de los Sobres B y C
1. Una vez calificada la documentación del Sobre A, y solventado, de haber
existido, el trámite de subsanación de errores, la Mesa procederá a determinar
las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento
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expreso sobre las admitidas a licitación y las rechazadas indicando en este
caso las causas de su rechazo.
2. Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas quedarán
excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las
contengan no podrán ser abiertos.
3. Una vez hecho el trámite previsto en el párrafo anterior, la mesa
procederá, a la luz de lo establecido en el artículo 27 del Real Decreto
817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007,
de 30 de octubre, de contratos del sector público, en un plazo no superior a 7
días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, en acto
público en el lugar, fecha y hora que se comunicarán mediante su publicación
en el perfil del contratante, a la apertura de los sobres “B”.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores
interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las
explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de
Contratación a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en
este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen
sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o
subsanación de defectos a que se refiere el artículo 81.2 del RGCAP.
4. Concluido el acto público de apertura, la Mesa de contratación examinará
la documentación contenida en el sobre B de las ofertas admitidas, pudiendo
solicitar cuantos informes técnicos considere necesarios para evaluarlas.
Emitirá un pronunciamiento expreso sobre las empresas admitidas a licitación y
las rechazadas indicando en este caso las causas de su rechazo, y asimismo,
indicará la puntuación otorgada a cada una de las proposiciones presentadas,
debidamente desagregada. Estas circunstancias figurarán en el acta de la
mesa.
5. La Mesa de Contratación, constituida en acto público en el lugar y día que
previamente se haya señalado.
Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio
del procedimiento y procediéndose seguidamente al recuento de las
proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en
los certificados expedidos por el personal de SOGAMA, S.A., hecho lo cual se
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dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre
de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar
que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa de
Contratación y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
Seguidamente, se dará lectura a las puntuaciones obtenidas por cada licitador
del estudio de ofertas técnicas, así como a los acuerdos de exclusión de
aquellos licitadores que hubiesen alcanzado el mínimo de la puntuación técnica
establecida en este pliego.
A continuación, el Secretario abrirá el Sobre C, y el Presidente dará lectura de
las proposiciones económicas de los licitadores admitidos.
Tras lo anterior se levantará la sesión levantando acta de la misma el
Secretario con el VºBº del Presidente.
12.4. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación
examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara
sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el
importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que
adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada por la
Mesa de Contratación, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u
omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su
sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
12.5. Propuesta de adjudicación
Concluida la lectura y tras el estudio y baremación de las ofertas presentadas,
en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde la apertura de las
proposiciones , la Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del
contrato al Órgano de Contratación a favor del licitador que efectuase la mejor
oferta en su conjunto.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario
propuesto frente a SOGAMA, S.A. mientras no se haya adjudicado el contrato
por acuerdo del Órgano de Contratación
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13. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen
en el punto 6 del cuadro resumen de características que acompaña a este
Pliego.
14. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
1. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por
orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en
este pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de
criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime
pertinentes.
2. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una
pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación es de seis
meses, contados desde la apertura de las proposiciones.
3. La Mesa de Contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando
exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los
criterios que figuran en el pliego.
4. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta
económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación siguiente:
.- Documentación justificativa de encontrarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal,
de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma
de Galicia, de estar dadas de alta en el Imposto sobre Actividades
Económicas), y al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
con la Seguridad Social.
.- Documentación justificativa de la constitución de la garantía definitiva
que sea procedente, mediante la entrega de la misma.
.- Documentación justificativa de los requisitos de solvencia económica,
financiera y técnica, así como en su caso los compromisos de
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subcontratación y justificación de las respectivas solvencias a los
subcontratistas con arreglo a lo dispuesto en el cuadro de resumen de
características de este pliego de condiciones.
.- De ser el caso, la disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese
comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al
art. 64.2 del TRLCSP.
.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia
compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento
que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias
personales y el domicilio.
.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o
modificación, en su caso, inscrita en Registro Mercantil, cuando este
requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea
aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se
realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o
acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su
actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.
Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros
de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante
presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en
alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento
General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de
obrar mediante informe expedido por la representación diplomática
española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que
figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en
su falta, que actúan con habitualidad en el tráfico local del ámbito de las
actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán presentar informe de la respectiva misión diplomática
permanente española relativo a que su Estado de origen admite a su vez la
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participación de empresas españolas en la contratación con la
Administración, en forma substancialmente análoga.
.- Escritura de apoderamiento original o compulsado por notario u
Organismo Administrativo competente del representante legal, incluida
copia compulsada por notario u Organismo Administrativo competente de
su DNI.
Cuando se trate de una UTE cada uno de los empresarios acreditará la
representación en la forma descrita anteriormente.
Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 262/2001, de 20
de septiembre, por el que se refunde la normativa reguladora del Registro
General de Contratistas de la Xunta de Galicia, los licitadores inscritos en
el mismo, quedarán exonerados de aportar la documentación que se
encuentra vigente en dicho registro el último día de presentación de las
proposiciones relativa a la acreditación de la capacidad jurídica,
representación y clasificación, si es el caso. Tampoco tendrá el licitador
inscrito en el registro de contratistas que aportar los certificados de
cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la
autonómica gallega y con la seguridad social, ni la justificación de estar de
alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas (o
acreditativa de exención), en el caso de que obren en poder de dicho
registro y estén vigentes en el último día de plazo para presentar
proposiciones.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado,
se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso
a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que
hayan quedado clasificadas las ofertas.
6. Cuando el órgano de contratación se aparte de las propuestas elevadas por
la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
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7. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de plazo, los empresarios
admitidos tendrán derecho a retirar su propuesta y a que se les devuelva o
cancele la garantía que hubiesen prestado.
8. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Si se interpusiera
recurso especial en materia de contratación contra el acto de adjudicación,
quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
9. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y,
simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de SOGAMA, en
ambos casos se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de
la contratación conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que
permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al art.
40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de
adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las
razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación,
también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su
oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la
proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la
oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes
licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a
la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente,
que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una
norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales
legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia leal entre ellas, o
cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya
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ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme
a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses
esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad
con lo previsto en el art. 13.2.d) del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar
constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse
por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen
designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el
artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los
Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar
rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. En todo caso, se estará a lo
previsto en los artículos 40 a 46 de la Ley 30/2015, del 1 de octubre del
Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15. PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. El contrato se perfecciona con su formalización.
2. Tratándose de un contrato de servicios sujeto a regulación armonizada, siendo
el mismo susceptible de recurso especial en materia de contratación, la
formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles
desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y
candidatos.
A estos efectos, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que
formalice el contrato privado en plazo no superior a cinco días a contar desde el
día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez
transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto
recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De
igual forma se procederá cuando el órgano competente para la resolución del
recurso hubiera levantado la suspensión.
3. La formalización del contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión
Europea, en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de
Galicia y en el perfil de contratante de SOGAMA.
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4. El documento de formalización del contrato deberá contener las menciones y
datos establecidos en el artículo 26 del TRLCSP y en el art. 71, apartados 3, 4, 6
y 7 del RGCAP.
5. El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el
contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.
6. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el
contrato dentro del plazo indicado, SOGAMA, S.A., podrá acordar la resolución
del mismo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 109 del
RGCAP y con incautación de la garantía provisional e indemnización por los
daños causados.
16. PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de 3 años desde la fecha de firma del mismo, pudiéndose
prorrogar por un año más de forma expresa a requerimiento de SOGAMA.
Dado que la interrupción del servicio objeto de esta licitación supondría la interrupción en
la obligada gestión de los lixiviados de las instalaciones a fin de que el vertido al cauce
público cumpla con los parámetros establecidos en la Autorización Ambiental Integrada
de las instalaciones, en caso de finalización por cumplimiento del plazo de duración o
resolución del contrato, el adjudicatario continuará prestando el servicio hasta que esté
concluso el nuevo expediente de contratación e instaladas y operativas las depuradoras
que sustituyan a las que son objeto de este contrato. La duración de este período de
prórroga excepcional no podrá ser superior a un año
Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa. Este
plazo comprende el periodo desde la fecha de firma del contrato hasta que se encuentren
en el Vertedero de Areosa las nuevas Unidades de Depuración así como todos los
equipos y componentes que la comprenden (Módulos de Depuración, Depósitos, Torres
de Desgasificación, etc.). Se establece un Plazo Máximo de Entrega de 18 semanas que
empezarán a contar a partir de la fecha de firma del contrato.
Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todos los suministros, trabajos,
obras e instalaciones objeto del presente pliego, pero bajo ningún concepto, podrán
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interferir con las actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo
en el Vertedero de Areosa, en especial con las instalaciones de depuración existentes.
Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente (A realizar
por un tercero). En el momento en el que se encuentren en el Vertedero de Areosa
todas las nuevas Unidades de Depuración así como todos los equipos y componentes
que la comprenden, SOGAMA dará las instrucciones a un tercero para que proceda a la
Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente, instalada
en la ubicación en la que se dispondrán las nuevas instalaciones de depuración objeto
del contrato. Se llevará a cabo la referenciada Retirada y Desmantelamiento en un plazo
máximo de 2 semanas. Este plazo deberá ser debidamente considerado por los
ofertantes en los plazos de ejecución ofertados.
Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todas las obras y trabajos de
instalación y montaje necesarios, pero bajo ningún concepto, podrán interferir con los
trabajos de Retirada y Desmantelamiento de las instalaciones existentes, ni con las
actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo en el Vertedero
de Areosa.
Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración. Este plazo contempla
todos los trabajos necesarios para el montaje/ensamblaje de todos los equipos e
instalaciones de la nueva instalación de depuración objeto del contrato en el lugar
habilitado a tal efecto, y comprende el período de tiempo entre el fin de la Retirada y
Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente y el inicio de las Pruebas de
Puesta en Marcha. Se establece un Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de
Depuración de 4 semanas.
Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de Depuración.
Se establece un plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la Instalación, de
acuerdo a las exigencias establecidas en el presente documento, de 3 semanas
contadas a partir de la fecha de inicio de las pruebas de puesta en marcha, la cual
coincide con la fecha de finalización del Montaje de la nueva Instalación de Depuración.
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17. GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del
contrato, así como cualesquiera impuestos, tasas o arbitrios de índole estatal,
autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que
resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
En caso de ser necesaria cualquier licencia o autorización para la ejecución del
contrato, el adjudicatario será el responsable de elaborar la documentación,
tramitar y conseguir en nombre de SOGAMA las licencias, permisos y
autorizaciones necesarias para la operación y mantenimiento de las
instalaciones, siendo por cuenta del adjudicatario todos los costes asociados a
su tramitación.
18. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Sin perjuicio de las demás obligaciones y responsabilidades, expresamente
reflejadas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el
adjudicatario se compromete, en la ejecución del contrato al cumplimiento de lo
siguiente:
a) Obligación principal.
Será obligación principal del adjudicatario la ejecución del contrato a su
cuenta y riesgo, con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el
presente Pliego y demás normas de aplicación.
b) Cumplimiento de plazos
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del
Contrato.
c) Subcontrataciones
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA las subcontrataciones
que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones
realizadas.
d) Dirección y organización del trabajo
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La empresa contratista, bajo la supervisión de SOGAMA, S.A., aportará su
propia dirección y gestión del contrato siendo responsable de la organización
de la prestación contratada, de la calidad técnica de los trabajos que
desarrolla y de las prestaciones realizadas.
Asimismo, dispondrá para la ejecución del contrato de una estructura
jerarquizada, con un responsable que se encargará de impartir a sus
trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización de la
prestación objeto del contrato, directrices, etc.
e) Obligaciones laborales y sociales
En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una
relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista.
El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá
exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos
y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo
SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente,
en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en
relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de
cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el
adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o
medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento,
interpretación o resolución del contrato.
El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal
destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa
y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las
condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia
de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo
que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el
importe que se facturará por la realización del objeto contractual.
La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al
servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de
prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento,
así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA.
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En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los
trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario
cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad,
sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A.
Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir
todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus
trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas
relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la
vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias
horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del
empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la
realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre
convenientemente cubierta.
Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los
medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la
infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal
técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA,
S.A.
f) Daños, perjuicios y accidentes a terceros
Será responsabilidad del Adjudicatario la derivada directa o indirectamente
de daños y perjuicios ocasionados a terceros por las acciones llevadas a
cabo para la ejecución del Contrato en virtud del objeto de este
procedimiento. En los casos en que tales daños y perjuicios sean
ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del
órgano de contratación de SOGAMA S.A., será éste el responsable dentro de
los límites señalados en las Leyes.
Al efecto, el Adjudicatario mantendrá a su costa hasta la terminación del
objeto del Contrato, como mínimo, los siguientes contratos de seguros:
a) De accidentes de trabajo y Seguros Sociales de su personal, conforme a
la legislación que le resulte de aplicación.
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b) De Responsabilidad Civil Extracontractual que garantice el pago de las
indemnizaciones a que el Adjudicatario resultase obligado frente a
terceros como civilmente responsable de los daños accidentales
causados a los mismos, en sus personas o en sus bienes por acción o
por omisión, y ya sea directa o subsidiaria tal responsabilidad, como
consecuencia de la ejecución del objeto del Contrato. El límite de
indemnización mínimo a establecer será 10.000.000 €.
c) El contratista deberá concertar o acreditar que dispone de un seguro de
responsabilidad civil que cubra todas sus posibles responsabilidades ante
SOGAMA derivadas de la ejecución del contrato. Así mismo, deberá
constituir un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños
en los bienes o instalaciones de SOGAMA que se ocupen o utilicen. El
límite de indemnización mínimo a establecer será de 2.000.000 €
El adjudicatario indicará la cobertura y la prima a pagar por cada seguro.
SOGAMA se reserva el derecho a comprobar y exigir que se cumplan las
mismas.
Las posibles cantidades a establecer con franquicia serán a cargo del
adjudicatario.
En todo caso, el adjudicatario dejará indemne a SOGAMA de cualquier
daño o reclamación que por cualquier concepto pueda efectuarle
cualquier tercero a la administración y que sea consecuencia directa o
indirecta de la ejecución del contrato, quedando expresamente habilitada
SOGAMA para repetir contra el adjudicatario el abono de las
reclamaciones que, eventualmente, ésta se hubiese visto obligada a
asumir, incluyendo las que pudieran derivarse de incumplimientos que
respecto de las obligaciones y exigencias contenidas en la Autorización
Ambiental Integrada así como en el resto de normativa aplicable al
desarrollo de las actividades, y que pudieran darse durante la ejecución
de los trabajos.
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19. FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO
Los pagos se efectuarán en el máximo plazo permitido por la normativa de aplicación
vigente en cada momento, a contar desde la fecha de aceptación de la factura,
mediante pagaré y/o transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto designe el
adjudicatario, reservándose SOGAMA el derecho de transferencia del pago antes de
la fecha estipulada.
La facturación se realizará mensualmente y en la factura se identificarán todas las
depuradoras para el mes objeto de facturación. En la factura se detallarán los
siguientes conceptos:
a) Partida Fija relativa a cada depuradora a facturar en €/mes, o parte
proporcional que corresponda en caso de que no aplicase la facturación del
mes completo.
La partida fija anual por cada depuradora será facturada por el Adjudicatario,
repartida en doce mensualidades de igual cuantía, indicándose en la factura
el mes objeto de facturación.
b) Coste variable: como resultado de multiplicar el término variable en €/m3 de
permeado vertido a cauce por el total de metros cúbicos vertidos en ese mes,
medidos en el contador de salida del tanque de permeado hacia la arqueta
de control.
20. REVISIÓN DE PRECIOS
No se prevé revisión de precios en este contrato.
21. DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Son derechos del Órgano de Contratación los siguientes:
1. Interpretar el contrato.
2. Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
3. Modificar el contrato en los términos establecidos en el TRLCSP y
especialmente en relación a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 14/2013
de 26 de diciembre de racionalización del sector público autonómico en
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cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad
presupuestaria.
La modificación del contrato por cumplimiento de los principios de
sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria tendrá la consideración
de modificación prevista conforme a lo establecido en el artículo 106 de
TRLCSP. El procedimiento para dicha modificación será el establecido en el
artículo 211 del TRLCSP, dándose audiencia al contratista.
El límite máximo de reducción del presupuesto del contrato será del 40% y se
efectuará mediante la reducción del volumen de deberes del contratista,
siempre que esto sea posible. La reducción del precio del contrato será
proporcional a la reducción de las prestaciones, de forma que se respete la
ecuación financiera del contrato originario, sin alterar su equilibrio económico.
Las modificaciones podrán afectar a una reducción del personal adscrito a la
ejecución del contrato.
Se entiende que concurren causas económicas que justifican la modificación,
cuando se produzca un descenso en la transferencia de subvenciones
finalistas de la Administración respecto de las previsiones efectuadas
inicialmente en la aprobación de los presupuestos que financian las
prestaciones contratadas; se adopten medidas legales de ajuste que
determinen la modificación del contrato o se adopten medidas derivadas de
un plan de ajuste aprobado de acuerdo con la normativa vigente de
estabilidad presupuestaria por las autoridades competentes.
4. Acordar la resolución del contrato y determinar sus efectos.
22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
1. Para la cesión del contrato deberán observarse las previsiones contenidas en
el artículo 226 de TRLCSP, siendo asimismo necesario que el cesionario
tenga la capacidad exigida para contratar al cedente del contrato.
2. La subcontratación de parte del objeto del contrato se ajustará a lo previsto
por el artículo 227 del TRLCSP.
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El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA, S.A. las
subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las
mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.
23. EXTINCIÓN DE CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su
resolución.
23.1. Cumplimiento y recepción
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este realizase, de
acuerdo con los términos de este y a satisfacción de SOGAMA la totalidad de
su objeto.
La recepción del objeto del contrato exigirá por parte de SOGAMA un acto
formal y positivo de conformidad dentro del plazo de 30 días, contados desde
la realización del objeto contractual.
SOGAMA determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se
ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento,
requiriendo, si es el caso, la realización de las prestaciones contratadas y la
enmienda de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si los trabajos efectuados no se ajustasen a la prestación contratada, como
consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazarla
quedando exento de pago y teniendo derecho, si es el caso, a la recuperación
del precio satisfecho.
23.2. Resolución
Serán causas de resolución de los contratos firmados por SOGAMA, S.A.:
- Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del
Adjudicatario.
- Demora del contratista en el cumplimiento de los plazos contractuales
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- El mutuo acuerdo de las partes.
- La muerte o la incapacidad temporal del contratista individual en los casos
en los que no fuera posible la continuación del objeto del contrato por parte
de su heredero o sucesor legal.
- La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista excepto
en los casos de fusión de empresas en las que participe la sociedad
contratista, en los que continuara el contrato vigente con la entidad
absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en
todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en
los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas
de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad
resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y
obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida
al acordarse la adjudicación.
- Las recogidas en la cláusula 24 relativa a las garantías técnicas y
penalizaciones.
- Las demás causas específicamente establecidas respecto del contrato de
servicios por el TRLCSP.
23.3. Aplicación de las causas de resolución y efectos de la resolución del contrato
La aplicación de las causas de resolución del contrato establecidas en el
presente Pliego se realizará en la forma y con los efectos establecidos en el
TRLCSP.
Todo ello sin perjuicio de los daños y perjuicios ocasionados por la resolución del
contrato a SOGAMA cuando la misma sea debida a causa imputable al
contratista.
24. GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES
24.1. Garantía de disponibilidad por demoras en el tratamiento de lixiviados.
El servicio de mantenimiento deberá contar con los medios adecuados, tanto humanos
como materiales, para hacer frente a las reparaciones que fueran necesarias. No se
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permitirán demoras en la adecuada depuración de lixiviados por retraso en cualquier
operación de mantenimiento imputables a falta de personal, material o repuestos una vez
superadas las 24 h de la detección de la avería.
Este tipo de faltas darán derecho a SOGAMA a una penalización consistente en el 5%
del importe total facturado en los últimos tres meses del contrato por cada día de retraso
en el que la máquina se encuentre parada, siempre que éste sea de más de un día
consecutivo, contabilizándose todos los días del retraso, hasta un máximo del 10% de
dicho importe. En caso de que aún no se hubiesen facturado, o no hubiesen transcurrido
3 meses desde el inicio de la actividad, la penalización se aplicará una vez transcurra y
se facture dicho período de 3 meses.
24.2. Garantía de disponibilidad de la planta.
La planta deberá contar con una disponibilidad que se corresponderá con el mayor valor
de entre el ofertado por el Adjudicatario, y el solicitado por SOGAMA (93% para los
períodos mensuales y 96% para cada año de contrato).
Tras el cálculo de la disponibilidad mensual, de acuerdo a la definición de la misma
realizada en este pliego, se aplicará una penalización del 2% sobre la partida fija mensual
por cada punto porcentual de diferencia entre la disponibilidad a aplicar y la resultante de
dicho cálculo, hasta un máximo del 10% del importe mensual del contrato.
Para el caso particular de la disponibilidad anual, cualquier valor inferior al
correspondiente a la disponibilidad a aplicar podrá dar lugar a la resolución del contrato,
sin perjuicio de la aplicación de la correspondiente penalización, que se corresponderá
con el 2% sobre la partida fija anual por cada punto porcentual de diferencia entre la
disponibilidad a aplicar y la resultante, hasta un máximo del 10% del importe anual del
contrato.
24.3. Garantía de calidad para el permeado.
Dada la gran importancia que revisten las condiciones del permeado vertido, las cuales
se deberán realizar por debajo de los valores límites establecidos en la Autorización
Ambiental Integrada, SOGAMA no podrá admitir en el agua de vertido ningún valor por
encima del límite establecido en la referenciada tabla.
Si en algún momento se supera alguno de los valores límite, el adjudicatario deberá
tomar las medidas oportunas para que ello no se vuelva a repetir. En cualquier caso se
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aplicará una penalización del 10% de la partida fija anual, sin perjuicio de la reclamación
por daños y perjuicios que corresponda, así como el pago por parte del Adjudicatario de
cuantas sanciones emita la Administración competente.
La reincidencia en la falta de calidad del permeado podrá dar lugar a la resolución del
contrato.
24.4. Garantía de rendimiento:
El Adjudicatario garantizará el cumplimiento del rendimiento indicado en su oferta, que en
ningún caso será inferior al 67%. Para el cálculo de este factor se tomará, en tanto por
ciento, la relación entre el volumen de permeado vertido a cauce público medido en el
contador ubicado a la salida del tanque de permeado hacia la arqueta de control, y el
lixiviado teórico calculado a partir de la capacidad y la disponibilidad ofertadas para un
período de tiempo determinado, que preliminarmente queda establecido en un mes.
En caso de que el rendimiento de estas depuradoras se encuentre por debajo de lo
ofertado por el Adjudicatario, se aplicará una penalización equivalente al 10% de la
partida fija anual.
El Adjudicatario estará obligado a la corrección de dicho rendimiento en el plazo máximo
de dos meses tras aquel en el que se hubiese detectado la desviación. A partir de ese
momento y en caso de que no se corrija, SOGAMA podrá proceder a la resolución del
contrato.
En el caso de las penalizaciones establecidas en los puntos 23.1 a 23.4, éstas serán de
aplicación cada vez que se produzcan, pudiendo SOGAMA aplicarlas en cualquier mes
de facturación, independientemente del mes en el que se hayan producido. Un
incumplimiento reiterado de las mismas podrá dar lugar a la rescisión del contrato.
24.5. Garantía de plazos de entrega
El adjudicatario deberá ceñirse exhaustivamente a los plazos de entrega indicados en el
apartado Plazos de Ejecución del Contrato del presente documento, o a los indicados en
su oferta en caso de resultar inferiores:
Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.
El incumplimiento de este plazo capacitará a SOGAMA para la aplicación de una
penalización consistente en el 5% del importe fijo anual del contrato por cada
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semana de retraso, siempre que éste sea de más de una semana,
contabilizándose todas las semanas del retraso, hasta un máximo del 10% del
importe fijo anual.
Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración.
El incumplimiento de este plazo capacitará a SOGAMA para la aplicación de una
penalización consistente en el 5% del importe fijo anual del contrato por cada
semana de retraso en la entrega/ejecución de las instalaciones, siempre que éste
sea de más de una semana, contabilizándose todas las semanas del retraso,
hasta un máximo del 10% del importe fijo anual.
Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de
Depuración.
El incumplimiento de este plazo capacitará a SOGAMA para la aplicación de una
penalización consistente en el 5% del importe fijo anual del contrato por cada
semana de retraso en la entrega/ejecución de las instalaciones, siempre que éste
sea de más de una semana, contabilizándose todas las semanas del retraso,
hasta un máximo del 10% del importe fijo anual.
Además de lo indicado en el punto anterior, el adjudicatario deberá garantizar durante el
periodo de vigencia del contrato que no interferirá en el normal funcionamiento de las
restantes actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo en el
Vertedero de Areosa. La reincidencia en la interferencia de las actividades referenciadas,
podrá dar lugar a la resolución del contrato.
SOGAMA podrá aplicar las penalizaciones especificadas anteriormente, en cualquiera
de los meses de facturación, independientemente de que se hayan producido en ese
periodo o en cualquier otro, una vez hayan sido evaluadas las mismas.
Cualquier sanción administrativa de que sea objeto SOGAMA por cualquier motivo
(prevención, medioambiente, etc.), relativo a incumplimientos en las normativas
vigentes, será repercutida al adjudicatario, y adicionalmente se le penalizará con un
importe igual a la cuantía de la sanción recibida por SOGAMA.
25. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD.
Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán
respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
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Protección de datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. Para el
caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter
personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la
consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos
datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en
el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán
ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta
hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente
bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su
relación con la entidad responsable del tratamiento.
En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista,
encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
a) Que el contratista encargado del tratamiento de datos de carácter
personal se ajuste a las instrucciones del responsable del tratamiento.
b) Que el contratista encargado del tratamiento y el tercero formalicen el
contrato en los términos previstos en el artículo 12.2 de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
En estos casos el tercero tendrá también la consideración de encargado del
tratamiento.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que,
no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que
tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo
de garantía (de ser el caso) y los cinco años posteriores en los términos del artículo
140 del TRLCSP.
26. RESPONSABLE DEL CONTRATO
SOGAMA nombrará como responsable del contrato al Jefe de Área Técnica o en su
defecto el Director General de SOGAMA, siendo en ambos casos un técnico con
titulación adecuada y suficiente, siendo responsable de la comprobación, coordinación
y vigilancia del objeto y alcance del contrato.
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Las principales funciones del responsable del contrato son las de interlocución con el
contratista, dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos, proponer las
modificaciones que estime oportunas en la ejecución de los trabajos en orden a un
mejor cumplimiento del objeto del contrato, formular liquidación de la labor realizada
dando conformidad si es el caso a las facturas presentadas por el adjudicatario y
tramitar cuantas incidencias surjan en el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.
27. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.
Las empresas deberán en sus ofertas a SOGAMA hacer constar la relación de
patentes y demás derechos de propiedad industrial o intelectual que implicarán en el
cumplimiento del contrato, de forma que queden perfectamente acreditadas la
propiedad industrial o intelectual previas al contrato y que se aportarán a la ejecución
del mismo. Cualquier propiedad industrial o intelectual no identificada como tal en la
oferta de las empresas será considerada como posterior y obtenida con motivo del
presente contrato.
Todos los derechos, títulos e intereses tanto de propiedad industrial o intelectual
previos al contrato permanecerán como propiedad del contratista, pero éste le
concede a SOGAMA una licencia no exclusiva y gratuita durante el plazo de vigencia
de dichas propiedades en relación con el desarrollo, resultado y aplicación de los
trabajos objeto de este contrato. Cuando el contratista implique en el cumplimiento del
contrato derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros, y de los que sea
licenciatario, deberá facilitar a SOGAMA la posibilidad de que, al término del contrato,
por parte del titular de esos derechos se otorguen a ésta los permisos o licencias que
resulten necesarios sobre los derechos afectados, y por el plazo de vigencia de los
citados derechos.
El contratista contará con las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los
titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes para
emplear materiales, suministros, equipos en la ejecución del objeto del contrato,
corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones relativas a
reclamaciones en materia de propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar a
SOGAMA por los daños y perjuicios que se le causen por tal concepto.
Todos los documentos que se elaboren y los trabajos que se realicen para la ejecución
del presente contrato, que puedan ser objeto de protección como propiedad industrial
o propiedad intelectual serán propiedad de SOGAMA, que podrá ejercer el derecho de
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explotación. Dicho derecho de explotación, comprenderá la reproducción, distribución,
divulgación, comunicación pública e información. La empresa adjudicataria para hacer
uso de los mismos como referencia o como base de futuros trabajos, necesita la
autorización expresa de SOGAMA. Por tanto, quedarán en propiedad de SOGAMA
tanto los servicios recibidos como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su
propiedad industrial e intelectual, reservándose SOGAMA su utilización, no pudiendo
ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente
por SOGAMA, y ésta, en consecuencia podrá recabar en cualquier momento la
entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes,
datos o procedimientos. En cuanto sea legalmente necesario para hacer efectivos la
titularidad o los derechos de SOGAMA reconocidos en la presente cláusula el
contratista, desde que sea requerido para ello y en cualquier caso antes de la
recepción de los trabajos objeto del contrato, formalizará un documento público, que
se inscribirá en los correspondientes registros, la transmisión a SOGAMA de los
derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial generada o adquirida
con motivo del presente contrato y la cesión de derechos a los fines de explotación de
los resultados del contrato. Todos los gastos que pudieran originarse serán por cuanta
del contratista, quien habrá de satisfacer también las remuneraciones que resulten
legalmente procedentes.
El adjudicatario no podrá hacer uso alguno de la información, productos o tecnologías
desarrollados en el presente contrato, ni publicar, divulgar o proporcionar a terceros
ningún dato o documento procedente de los trabajos de no mediar autorización
expresa y por escrito de SOGAMA, obligándose a resarcir a esta por los perjuicios que
se le causen.
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ANEXO I
MODELO DE AVAL
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ANEXO
MODELO DE AVAL
La entidad ______________ (razón social de la entidad de crédito o sociedad de
garantía recíproca), NIF __________, con domicilio a efectos de notificaciones y
requerimientos en _______________, código postal __________, localidad
__________, y en su nombre __________ (nombre y apellidos de los apoderados),
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de
poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
_______________ (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF __________,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
sector Público (TRLCSP) para responder de las obligaciones siguientes:
_______________ (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el
garantizado), ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F.
nº __________, por importe de __________ (en letra y cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos
previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con
renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer
requerimiento, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de
las Administraciones Públicas.
El presente aval estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO
AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice
su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad)
(Firma de los apoderados)
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BASTANTEO DE PODERES POR ______
Provincia, Fecha, Número o Código.
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ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
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ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (1) __________ (en adelante, asegurador), con domicilio en
_______________ (calle), y NIF __________, debidamente representado por
Don/Doña _______________ (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto,
según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este
documento,
ASEGURA A
(3) _______________, NIF __________ en concepto de tomador del seguro, ante la
SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº __________, en
adelante, asegurado, hasta el importe de (en letra y cifra) __________ (4), en los
términos y condiciones establecidos en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del sector Público (TRLCSP), normativa de desarrollo y Pliego de
condiciones por la que se rige el contrato (5) ______________, en concepto de
garantía provisional para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos
que se pueden derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas
precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos
en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al
asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del
asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, en caso de que el
asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan
corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado, al primer
requerimiento, en los términos establecidos en la normativa de contratos del Sector
Público.
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El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO
MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre habilitado legalmente para ello,
autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En _____, a __ de _____ de ____
_______________
Fdo.: (Asegurador)
BASTANTEO DE PODERES POR _____
Provincia, Fecha, Número y Código.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe en letra, por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato
en virtud del cual se presta la caución.
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ANEXO III
MODELO PROPUESTA ECONÓMICA
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D._______________, con domicilio en _________-____, provisto de D.N.I. núm. ____
expedido en _________, con fecha________, en nombre y representación de
________, CIF núm. ________ (cuya representación acredita con escritura de poder
que se incluye en el “Sobre A: Documentación Administrativa”), sabedor de la licitación
por anuncio publicado en ________ en fecha _______, y de las condiciones y
requisitos que se exigen para concurrir a la licitación y adjudicación del contrato de
____, por procedimiento abierto, para ___________.
DECLARA
1. Que conoce el Pliego de condiciones y sus anexos que contienen las condiciones
técnicas y económicas que le sirven de base a la convocatoria del citado contrato,
y que los acepta incondicionalmente en la totalidad de su contenido.
2. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con
SOGAMA, S.A., y que se compromete en nombre de ____, a cumplir el contrato
con estricta sujeción a los documentos citados de acuerdo con la siguiente oferta:
Precio fijo de alquiler para cada una de las depuradoras: ________€/año sin
IVA por depuradora
Precio variable para cada una de las depuradoras: _____€/m3 de permeado
vertido a cauce público sin IVA.
Rendimiento de Depuración de cada depuradora: ___ %
Capacidad de Depuración de cada depuradora:_____ m3 lixiviado/día
Disponibilidad Mensual Garantizada de cada depuradora: ___ %
Disponibilidad Anual Garantizada de cada depuradora: ___ %
Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de
Areosa: ________ semanas
Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración:
________semanas
Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de
Depuración: ________ semanas
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Tiempo de respuesta para averías puntuales: ______horas
Tiempo de respuesta para emergencias: _______ horas
3. Asimismo, se compromete al cumplimiento de las disposiciones vigentes en
materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
En____, a__ de ___ de____
Fdo.:_____
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ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
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ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Número de expediente: _______
Denominación de la contratación:___________
Fecha de la declaración: _________
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre y apellidos:. ___________ DNI/NIF : ________________, Teléfono:
__________ (A efectos de notificaciones) FAX: _______ Correo electrónico: ________
Dirección Postal: ____________
(en caso de actuar en representación)
Entidad Mercantil a la que representa: _________________________
Domicilio social: _________________
CIF:______________
Cargo: _______________
Datos de constitución (Referencia escritura): _____________
Poder de representación (Referencia escritura):___________
Teléfono: _________
Fax: _____________
Correo electrónico:____________
Dirección Postal: ____________
Número de inscripción en el registro de contratistas de la Xunta: __________
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Manifiesta su voluntad de participar en el procedimiento abierto con varios criterios de
adjudicación convocado por la Sociedade Galega do Medio Ambiente para la
ejecución del contrato de referencia por el importe señalado en la proposición
económica, así como que cumple los requisitos y condiciones de aptitud establecidos
legalmente para contratar, dispone de la documentación que así lo acredita, autoriza al
órgano de contratación a recabar los datos necesarios que obren en la administración
para comprobar la veracidad de lo manifestado y expresa lo siguiente:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que según se recoge en el artículo 24 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de
racionalización del sector público autonómico y en el artículo 146. 4 del TRLCSP,
la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas en los pliegos
de la licitación y en el TRLCSP para poder concurrir a esta licitación, en cuanto a
la capacidad, solvencia y representación.
Que conoce los pliegos de cláusulas de la licitación que sirven de base al contrato
y los acepta incondicionalmente.
Que ni el firmante de esta declaración, ni la entidad a la que represento, ni
ninguno de sus administradores o representantes se encuentran incursos en
ninguna de las causas de prohibición para contratar conforme con lo dispuesto en
el artículo 60 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, así
como que el empresario persona física o, en su caso, la empresa que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la
Administración del Estado y con la de la Comunidad Autónoma de Galicia, así
como en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso) y con la
Seguridad Social establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no forma parte de los órganos de gobierno u de administración ningún alto
cargo a los que se refiere la Ley 5/2006, del 10 de abril, de regulación de los
conflictos de interés de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la
Administración General del Estado, la Ley 9/1996, del 18 de octubre, de
incompatibilidades de los miembros de la Xunta de Galicia y altos Cargos de la
Administración Autonómica, la Ley 53/1984, del 26 de diciembre, sobre
incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y la
Ley Orgánica 5/1985, del 19 de junio, de régimen electoral general, en los
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términos establecidos en las mismas, o en cualquier otra norma de aplicación en
la materia.
Que ni el firmante de esta declaración, ni ninguno de los administradores o
representantes de la entidad a la que represento, es cónyuge, persona vinculada
con análoga relación de convivencia afectiva o descendientes de las personas a
las que se refiere el párrafo anterior (siempre que, respecto de estos últimos,
dichas personas ostenten su representación legal)
Que en el caso de ser adjudicatario declara de someterse a la jurisdicción de los
Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias
que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su
caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante y
aceptando la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de A Coruña.
Que en relación con lo establecido en el artículo 145.4 del TRLCSP y en el
artículo 86 del RGLCAP sobre empresas vinculadas, la entidad mercantil a la que
represento (marcar lo que proceda):
□ No tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento
de adjudicación o que perteneciese a su mismo grupo de empresas ni está
integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuestos
previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con
alguna sociedad también licitadora en el procedimiento de adjudicación.
□ Sí tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento
de adjudicación o sí pertenece a su mismo grupo de empresas
___________ y/o sí está integrada por algún socio en el que concurra
alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de
Comercio en relación con una/s sociedad/s también licitadora/s en el
procedimiento de adjudicación. Se incluye a continuación la denominación
social de la/s empresa/s en la/s que concurre/n esta
circunstancia:_________
Que la entidad a la que represento se encuentra inscrita en el Registro General de
Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia con el número _________ y
que, teniendo en cuenta que se acreditan las circunstancias de aptitud para
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contratar mediante certificación de dicho registro, se manifiesta que (marque lo
que proceda):
a) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración.
b) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración, excepto las que a continuación se indican, según se justifica con los documentos que se acompañan:
- Circunstancias varias:………………………………………
- Documentación justificativa que se
adjunta:……………………………………….
Que manifiesto conocer el contenido y alcance del Código Ético Institucional de
la Xunta de Galicia, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia del 24 de
julio de 2014 y publicado por resolución de 8 de septiembre de 2014 (DOG núm.
179 del 19/09/2014).
Firma y sello en todas las páginas
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE “ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE
ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS
INSTALACIONES DE AREOSA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
MULTICRITERIO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
(NC0017/2016)
Decembro 2016
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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS (NC 0017/2016)
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1. OBJETO DEL PLIEGO 3
2. ALCANCE 3
2.1. CARACTERÍSTICAS DE LAS MÁQUINAS 3
2.2. CARACTERÍSTICAS DE LA INSTALACIÓN DE DEPURACIÓN. 6
2.3. PRUEBAS DE PUESTA EN MARCHA DE LAS INSTALACIONES OBJETO
DE CONTRATO. 12
2.4. RECEPCIÓN DE LA PLANTA 13
2.5. CARACTERÍSTICAS DEL LIXIVIADO Y PERMEADO. 14
2.6. SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO. 15
2.7. PRESTACIONES POR PARTE DE LA PROPIEDAD 16
2.8. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO 17
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1. OBJETO DEL PLIEGO
Es objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es definir las condiciones,
características y alcance de los trabajos que son objeto del contrato de alquiler de dos
depuradoras de ósmosis inversa nuevas para llevar a cabo la depuración de los lixiviados
del Vertedero de Residuos No Peligrosos de Areosa. Las máquinas a suministrar en
régimen de alquiler llevarán asociado un servicio técnico de mantenimiento.
2. ALCANCE
La ejecución del Objeto del presente Concurso consiste en el alquiler de dos máquinas
depuradoras de lixiviados por Ósmosis Inversa nuevas para el Vertedero de Residuos No
Peligrosos de Areosa, y la prestación del servicio técnico para el mantenimiento y
reparaciones de la mismas. Las dos máquinas serán idénticas y trabajarán de forma
independiente. Cada depuradora dispondrá de sus propias etapas, que trabajarán
independientemente en cada máquina, permitiendo la separación física de ambas. La
operación de las plantas depuradoras se realizará por terceros y siempre de acuerdo con las
indicaciones del adjudicatario del alquiler y fabricante de las mismas. Esta operación y el
personal de operación no forma parte de este contrato, sin embargo, el adjudicatario estará
obligado a impartir los correspondientes cursos de formación al personal de operación.
2.1. CARACTERÍSTICAS DE LAS MÁQUINAS
Las depuradoras serán iguales, es decir, contarán con idénticas características entre ellas,
siendo éstas de ósmosis inversa.
Las características mínimas de cada una de las máquinas de depuración serán las
siguientes:
- Suministro en contenedores de tal forma que se permita su movilidad y cambio de
ubicación dentro de las instalaciones del vertedero. Cada uno de los contenedores
contará con las instalaciones necesarias para el desarrollo completo de la actividad.
Entre ellas se encuentran las instalaciones de control, electricidad, climatización, etc.
Estos contenedores contarán con una viga carrilera que recorrerá toda su longitud,
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suministrándose además una polea diferencial o un polipasto para el izado y
transporte interno de los equipos durante las labores de montaje o mantenimiento.
- Capacidad mínima de depuración de cada máquina: 200 m3/día de lixiviado.
- Rendimiento mínimo medido del 67 % como la relación entre permeado final vertido
a cauce público, cuyo valor será tomado del contador a ubicar en la salida de tanque
de permeado hacia la arqueta de control, y lixiviado crudo teórico, este último
calculado a partir de la capacidad y disponibilidad ofertadas.
Lo anterior se refiere al conjunto formado por ambas plantas. Para cada una de ellas
se realizará este cálculo tomando como referencia el valor de volumen medido por el
contador a instalar a la salida de permeado de cada una de las depuradoras, y el
lixiviado crudo teórico calculado a partir de la capacidad y disponibilidad ofertadas.
- Disponibilidad mínima mensual del 93%. Será calculada como la relación existente
entre el volumen en m3 de permeado vertido a cauce público en un período de un
mes y el permeado que se debería verter en función de la entrada de lixiviado
durante dicho período, teniendo en cuenta el rendimiento ofertado.
- Disponibilidad mínima anual del 96%. Será calculada como la relación existente
entre el volumen en m3 de permeado vertido a cauce público en un período de un
año y el permeado que se debería verter en función de la entrada de lixiviado
durante dicho período, teniendo en cuenta el rendimiento ofertado.
- Automatización. Cada una de las plantas será controlada de manera independiente y
de forma automática por medio de un sistema de control de tipo SCADA.
Este sistema gestionará el funcionamiento integral de la depuradora a la que se
refiera, y contará con un registro de datos histórico que contará con una capacidad
de almacenamiento no inferior a 12 meses. Este histórico podrá ser extraído del
sistema para su proceso en aplicaciones ofimáticas de mayor difusión.
Los datos a controlar serán los referidos a caudales, presiones, temperaturas,
parámetros de vertido, etc.
El sistema contará con una interfaz hombre-máquina que podrá ser de tipo pantalla
táctil o un PC específico para usos industriales, apto para trabajar en atmósferas
similares a las inherentes a las plantas de tratamiento de aguas.
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El proceso de acondicionamiento de lixiviado (bombeo desde balsas, adecuación de
pH, niveles, etc.), el de permeado y el de concentrado, se considerarán como
procesos independientes, de forma que el sistema de control de cada una de las
máquinas pueda controlarlos de forma paralela, aunque coordinada.
La instalación de control contará con un SAI on-line de doble conversión que
garantizará que los consumos considerados como críticos para la seguridad de la
instalación sean mantenidos durante al menos un período de una hora.
- Sistema de tanques necesarios para todos los líquidos de trabajo de las unidades de
lixiviado, permeado y productos químicos. Estarán dotados de un sistema cerrado y
se equipará con detectores de fugas.
Se dotará a la planta de una nueva instalación de almacenamiento de ácido sulfúrico
al 98% equipada con líneas de carga, bombeo y depósito de doble pared con una
capacidad de 20 m3 y que cumpla lo dispuesto en el RD379/2001, de 6 de abril, por
el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus
Instrucciones Técnicas Complementarias, o aquel que lo sustituya. Se hará
inspección de todo el conjunto (carga y almacenamiento de acido sulfúrico) por parte
de un Organismo de Control Autorizado, debiéndose obtener un resultado favorable.
- Depósito y torre de desgasificación.
- Cada una de las depuradoras dispondrán de los siguientes caudalímetros:
o Un caudalímetro en la entrada de lixiviado.
o Un caudalímetro en la salida de permeado hacia el tanque de permeado.
o Un caudalímetro en la salida de tanque de permeado hacia arqueta de control
(punto de vertido a cauce), único para las dos depuradoras. Será el contador
de facturación, no permitiéndose la instalación y/o uso de tomas de
derivación en esta conducción tras dicho caudalímetro.
De acuerdo con la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA (AAI), este último
caudalímetro de salida será calibrado/verificado con una periodicidad semestral por
parte del Adjudicatario y el informe de dicha calibración/verificación se enviará a
SOGAMA para su posterior reenvío a la Consellería de Medio Ambiente. En caso de
actualización de la AAI, se estará a lo dispuesto en la nueva resolución.
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Además, dichos caudalímetros estarán conectados con el SCADA ya comentado. En
él se integrarán los metros cúbicos de entrada y salida con las respectivas fechas y
horas (caudalímetros y SCADA/ordenador formarán parte del alquiler y serán por
cuenta del adjudicatario)
- Se instalará un pHmetro y conductivímetro, a la salida de permeado hacia arqueta de
control. Este pHmetro y conductivímetro se dispondrá en las inmediaciones y en la
misma línea que el caudalímetro dispuesto en la salida del tanque de permeado. Los
datos obtenidos por este pHmetro serán presentados en el SCADA, y serán
registrados en el histórico de parámetros.
De acuerdo con la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA (AAI), este
pHmetro y conductivímetro será calibrado/verificado con una periodicidad semestral
por parte del Adjudicatario y el informe de dicha calibración/verificación se enviará a
Sogama para su posterior reenvío a la Consellería de Medio Ambiente. En caso de
actualización de la AAI, se estará a lo dispuesto en la nueva resolución.
- Se instalará un Analizador de Amonio en continuo a la salida de permeado hacia
arqueta de control. Los datos obtenidos por este analizador serán presentados en el
SCADA, y serán registrados en el histórico de parámetros. Este analizador también
será calibrado/verificado con una periodicidad semestral por parte del Adjudicatario y
el informe de dicha calibración/verificación se enviará a Sogama.
2.2. CARACTERÍSTICAS DE LA INSTALACIÓN DE DEPURACIÓN.
Se dispondrá de un sistema de bombas de aspiración, a suministrar por el adjudicatario, que
aspirarán desde las balsas el lixiviado a depurar. Este lixiviado pasará por una etapa de
filtrado mediante filtros de arena con sistema de limpieza en automático a contracorriente.
Posteriormente, mediante la correspondiente bomba, pasará por los módulos de membranas
para obtener el permeado que deberá cumplir con las condiciones de vertido que se
establecen en la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA (en adelante AAI), siendo
éstas las indicadas a continuación:
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PARAMETRO UNIDAD VALOR LÍMITE AAI
pH (límite superior) Ud. 9,5
pH (límite Inferior) Ud. 5,5
Sólidos en suspensión mg/l 80
DQO mg/l 160
DBO 5 mg/l 40
Nitrógeno total mg/l 15
Fósforo total mg/l 10
Cloruros mg/l 2000
Sulfatos mg/l 2000
Sulfuros mg/l 1
Fluoruros mg/l 6
Cianuros mg/l 0,5
Fenoles mg/l 0,5
Aluminio mg/l 1
Arsénico mg/l 0,5
Cobre mg/l 0,2
Cromo III mg/l 2
Cromo VI mg/l 0,2
Mercurio mg/l 0,05
Hierro mg/l 2
Manganeso mg/l 2
Plomo mg/l 0,2
Zinc mg/l 3
Para el resto de los parámetros, los límites máximos permitidos serán los especificados en
el anexo VIII “Parámetros característicos que se deben considerar en la estimación del
tratamiento de vertido” de la AAI, y se tendrán en cuenta las prescripciones contenidas en el
Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el ámbito
de la política de aguas.
El permeado será almacenado en un depósito de volumen no inferior a 10m3. Desde este
depósito se podrá, o bien verter dicho permeado a cauce público cuando cumpla con los
límites de vertido establecidos en la AAI, o bien ser reutilizado en el proceso de depuración
como aporte de agua para las limpiezas y regeneraciones que pudieran ser necesarias
como, por ejemplo, la limpieza del filtro de arena anteriormente mencionado.
Las máquinas permitirán controlar en continuo y de forma automática el pH, presiones,
caudales (de forma independiente lixiviado, permeado y concentrado), conductividad,
niveles en tanques, temperaturas, y todos otros aquellos equipos que sean necesarios para
tener datos en tiempo real del funcionamiento de las maquinas o que puedan ser necesarios
para el funcionamiento de las mismas.
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El conjunto general de la planta estará equipado con un sistema de seguridad que permita la
autoprotección de los sistemas que integran la planta de depuración frente a una parada
intempestiva.
Serán por cuenta del adjudicatario los siguientes conceptos:
- Suministro en régimen de alquiler de dos máquinas depuradoras de ósmosis
inversa nuevas de las características que se solicitan.
- Transporte hasta el SOGAMA, así como su transporte a la finalización del
contrato. Quedan incluidos todos los medios que fueran necesarios, incluso los
referidos a la elevación.
- Montaje de las máquinas en el lugar indicado por SOGAMA dentro del vertedero.
- Puesta en marcha del conjunto, con todas sus instalaciones auxiliares.
- Mantenimiento de la instalación completa, tanto preventivo como correctivo.
- Suministro, montaje y puesta en marcha de los bombeos que fueran necesarios,
como el de lixiviado procedente de balsas, el de concentrado, etc.
- Conexión y tendido de conducciones:
o Aspiración y vertido en las balsas de lixiviados. Se dispondrá de tal manera
que se permita una flexibilidad total en este sentido, de forma que SOGAMA,
o en quien ésta delegue, pueda decidir en cada momento la balsa desde la
que se alimenta a las máquinas. En caso de que sea necesario modificar la
ubicación de las balsas, será el adjudicatario el encargado de cambiar las
conducciones que aspiren o viertan en ellas.
o Punto de vertido o arqueta que determinará SOGAMA.
o Reactivos químicos, etc.
- Obra civil necesaria para la colocación de las mismas. Las depuradoras serán
instaladas en la obra civil ejecutada al efecto y en la que actualmente se encuentran
operando dos depuradoras de ósmosis.
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Los ofertantes podrán realizar una visita a las instalaciones a fin de observar in situ
dicha obra civil y tomar medidas de la misma a fin de determinar su adecuación a las
nuevas depuradoras e instalaciones auxiliares que se vayan a ofertar e instalar en
caso de resultar adjudicatarios.
Cualquier modificación que fuera necesaria para la reutilización de esta obra civil
será ejecutada por el adjudicatario, a su costa, y quedará debidamente justificada en
el proyecto de ejecución de la instalación.
Las conducciones, tanto hidráulicas como eléctricas, se instalarán o bien en las
zanjas existentes o se sustentarán mediante estructuras metálicas y fijaciones
construidas en acero inoxidable AISI 316.
Las conducciones que hayan de ubicarse en zanjas irán ancladas a las partes
verticales de las mismas, no permitiéndose en ningún caso que dichas conducciones
sean instaladas directamente en el fondo de las zanjas.
En ningún caso se permitirá la existencia de tubos en superficie generando
obstáculos para la producción. En caso de que sea necesario el paso de tubos entre
zanjas, sumideros o unidades de producción, éstos serán de ejecución enterrada
bajo tubo.
En todos los casos, se preservará la máxima de seguridad y accesibilidad total a las
instalaciones, bien sea mediante la instalación de escaleras, pates, plataformas,
barandillas, etc. Todos los elementos metálicos de accesibilidad, seguridad y
soporte, estarán fabricados en acero inoxidable AISI 316.
- Instalación Eléctrica, a realizar completamente por el adjudicatario.
Se redactará un proyecto de ejecución de la instalación eléctrica, como anexo a los
proyectos existentes.
La energía eléctrica para estas instalaciones será tomada desde las proximidades
del centro de transformación que da servicio a las depuradoras del vertedero de
Areosa, propiedad de SOGAMA.
Aguas abajo de las bornas de baja tensión del transformador, y tras las
correspondientes protecciones eléctricas, existe un cuadro principal de Baja Tensión.
En este cuadro se dispondrán las protecciones de los circuitos que alimenten a las
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plantas y sus instalaciones auxiliares. En caso de que el espacio existente en este
cuadro no sea suficiente para albergar la aparamenta eléctrica de dichos circuitos,
será a costa del adjudicatario la ampliación del mismo, así como las modificaciones
que deban realizarse en él para la colocación de esta aparamenta.
Para los bombeos de lixiviado desde las balsas se optará por su alimentación desde
la zona en la que se ubicará la planta, o bien desde los cuadros ubicados junto a las
balsas. En este último caso, se deberá comprobar el correcto dimensionamiento de
la instalación actual para absorber la ampliación de potencia requerida.
Como norma general para la instalación eléctrica, ésta será diseñada bajo los
criterios de su utilización en lugares húmedos y corrosivos. Debido a estas dos
características se requerirá que todas las partes activas cuenten con protección
frente a la corrosión. En caso de que no sea suministrado de esta manera por el
fabricante, se tomarán las medidas oportunas para que así sea, bien mediante la
incorporación de fundas termorretráctiles o bien con la aplicación de barnices
dieléctricos sobre las mismas.
Actualmente en el centro de transformación de la planta se encuentra instalado un
sistema de regulación de factor de potencia. Tras la ampliación de potencia a la que
se someterá la instalación, se parametrizará dicho equipo para la continuidad de su
buen funcionamiento. En caso de que sea necesario ampliar el número de escalones
de compensación o la aparamenta del sistema, dichas modificaciones correrán por
cuenta del adjudicatario. También será así en el caso de que el equipo deba ser
sustituido con motivo de la necesidad de ampliar su capacidad de compensación por
encima de la reserva disponible en el mismo.
Se dotará a la instalación de cuadros de usos varios equipados con tomas de
corriente trifásicas y monofásicas con protección IP65, con tapa protectora y en
ejecución inclinada. Al menos se instalarán 4 cuadros de este tipo correctamente
distribuidos en la superficie a ocupar por la instalación de depuración.
Se justificará adecuadamente el dimensionamiento del alumbrado interior y exterior
de la planta, encontrándose siempre por encima de las recomendaciones mínimas
en materia de seguridad y salud relacionadas con la iluminación de los centros de
trabajo.
ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA
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El ofertante podrá realizar una visita a las instalaciones para determinar el alcance
exacto de esta obra.
- Para el caso de los Productos Químicos se estará a lo dispuesto en el
RD379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento
de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, o la
legislación vigente.
Se realizará un proyecto en el que se justifiquen todos los extremos intervinientes en
las nuevas instalaciones de productos químicos, en caso de que sean ejecutadas. En
caso de que se reutilicen todas las instalaciones de almacenamiento, se estudiará la
continuidad de su adecuación a la normativa actual y productos a almacenar.
Se incluirán todos los cargaderos, depósitos y cubetos de retención que sean
necesarios según el proceso propuesto y la normativa indicada o cualquier otra que
fuera de aplicación.
Actualmente se dispone de un cargadero de productos químicos cuyas
características de impermeabilización habrán de ser evaluadas para su utilización
con el producto químico a manipular en el mismo.
Las instalaciones de almacenamiento contarán con equipos de llenado para los
depósitos, así como equipos de dosificación de reactivo a proceso.
- Se justificará la adecuación de la instalación de protección contra incendios,
climatización, aire comprimido, etc. bien mediante la redacción del correspondiente
proyecto técnico o memoria técnica, según sea el caso.
- En caso de que sea necesario incluir algún tipo de depósito para productos químicos
o reactivos que no exista ya en el vertedero de Areosa, será a cuenta del
adjudicatario del Concurso su suministro y conexionado.
- Cuando sea oportuno, conexionado con las instalaciones de dosificación o carga de
reactivos químicos ya existentes.
- En caso de ser necesario, se dispondrá de una zona habilitada para el
almacenamiento de residuos generados en la planta, bien sean peligrosos o no
peligrosos.
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- Desmontaje y Retirada de la Instalación de Depuración una vez se haya
finalizado la prestación del servicio objeto del presente concurso. Dicho desmontaje
se llevará a cabo en un plazo nunca superior a dos semanas, contadas a partir de la
fecha de la correspondiente comunicación de SOGAMA.
2.3. PRUEBAS DE PUESTA EN MARCHA DE LAS INSTALACIONES OBJETO DE CONTRATO.
Una vez se hayan dado por finalizados los suministros, obras de construcción, montajes,
ajustes, parametrizaciones, verificaciones, etc. se procederá a las pruebas de puesta en
marcha de las instalaciones.
Para ello, el Adjudicatario solicitará a SOGAMA con una antelación de al menos 5 días
hábiles la realización de estas pruebas. Esta solicitud irá acompañada de un programa de
puntos de inspección.
En un primer momento se realizará una prueba con agua de las líneas de aspiración de
lixiviado para evaluar la existencia de fugas. Una vez se haya dado conformidad a esta
línea, se procederá con el programa de puntos de inspección oportuno.
Serán por cuenta del adjudicatario los siguientes conceptos relacionados con la puesta en
marcha de las instalaciones:
- Toma de muestra y análisis de lixiviado de entrada a las depuradoras, antes de ser
acondicionado. Un laboratorio independiente acreditado por ENAC analizará los
parámetros incluidos en la AAI, así como la conductividad.
- Toma de muestra y análisis de permeado a la salida de las depuradoras. Se
analizará cada una de ellas independientemente. Un laboratorio independiente
acreditado por ENAC analizará los parámetros incluidos en la AAI, a los que habrá
de añadirle la conductividad.
- Realización de cuantas inspecciones sean necesarias por parte de Organismos de
Control Autorizados. (Baja Tensión, Contra Incendios, etc.)
- Todos los consumos, consumibles, reactivos químicos, etc. que sean necesarios
para la puesta en marcha de las instalaciones objeto de contrato. Una vez puesta en
marcha la planta de forma definitiva, el suministro de ácido sulfúrico no será por
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cuenta del adjudicatario de este contrato, mientras que los demás reactivos
continuarán siendo suministrados por él.
- En caso de que para las pruebas de puesta en marcha fuera necesario contar con un
grupo electrógeno, este será por cuenta del Adjudicatario. En este sentido se
propone utilizar grupos electrógenos que cuenten con los filtros necesarios para
evitar la avería de las instalaciones de control o cualquier tipo de instalación
eléctrica.
- Se realizarán muestreos y sus consiguientes análisis del permeado tanto de manera
puntual, como de manera integrada durante períodos de 24 horas a realizar durante
la ejecución de las pruebas de puesta en marcha.
Las pruebas de puesta en marcha tendrán una duración de 72 horas, y al final de las cuales
deberá poder comprobarse que:
Cada depuradora cumple diariamente (cada 24 horas) con la capacidad de
depuración ofertada por el adjudicatario en m3/hora.
Cada depuradora cumple diariamente con los rendimientos de depuración ofertados
por el adjudicatario.
En todos los muestreos y analíticas del permeado efectuados durante el período de
pruebas de puesta en marcha, la calidad del permeado vertido a cauce cumple con
los parámetros de Vertido establecido en la AAI de SOGAMA.r
Se llevarán a cabo las pruebas de puesta en marcha el número de veces necesarios hasta
que éstas se superen de forma satisfactoria.
2.4. RECEPCIÓN DE LA PLANTA
Para la Recepción de la Planta deberán haberse superado satisfactoriamente las Pruebas
de Puesta en Marcha y haber hecho a entrega a SOGAMA de un dossier en el que se
incluyan los siguientes documentos:
- Entrega en formato papel y digital de los proyectos As-Built de las instalaciones
proyectadas y finalmente ejecutadas, visados por colegios profesionales
correspondientes. En el formato digital, se hará entrega de una copia de todos los
planos en formato DWG (AUTOCAD )
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- Entrega de los certificados de dirección de obra relativos a los proyectos As-Built
indicados en el apartado anterior visados por colegios profesionales
correspondientes.
- Entrega del certificado emitido por el fabricante de las depuradoras en el que se
certifique que las máquinas son de nuevo uso e incluya:
o El marcado CE y/o cumplimiento de la legislación vigente en materia de
seguridad.
o Los resultados de pruebas y ensayos en fábrica.
o Demás homologaciones.
- Entrega de los Boletines relativos a las instalaciones ejecutadas, firmados por el
instalador o quien corresponda.
- Entrega de los certificados de inspección emitidos por Organismos de Control
Autorizados.
- Resultados de las analíticas llevadas a cabo, y realizadas por laboratorio
independiente acreditado por ENAC.
- Resultado de la aplicación del Programa de Puntos de Control firmado y sellado por
el Adjudicatario.
- Informe de producción durante la realización de Pruebas de Puesta en Marcha.
Incluirá datos relativos a volúmenes de lixiviado tratados, permeado a la salida de las
depuradoras y volumen de permeado a tanque. Así mismo, contará con datos
relativos al consumo de reactivos, incidencias, indisponibilidades, etc.
2.5. CARACTERÍSTICAS DEL LIXIVIADO Y PERMEADO.
Para la elaboración de la oferta el licitador podrá recoger muestras de lixiviado directamente
de las balsas que darán servicio a las depuradoras del Vertedero de Areosa para su análisis,
si así lo considera oportuno. En el momento de la recogida, SOGAMA y el ofertante firmarán
un acta de recogida de las mismas.
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De igual manera, será el ofertante el que se responsabilizará de todo el proceso de
extracción y analítica de muestras, desde la extracción misma hasta la entrega a laboratorio,
pasando por el proceso de transporte, eximiéndose a SOGAMA de responsabilidad alguna
por hechos acaecidos durante la ejecución de cualquiera de ellos.
Las características del lixiviado analizado por los ofertantes se considerarán como
meramente orientativas, no contando con valor contractual, por lo que no servirán como
justificación a un hipotético incumplimiento de las exigencias de calidad de vertido
solicitadas en este Pliego.
Los parámetros a analizar en el permeado (agua depurada) resultante de la depuración de
los lixiviados tendrán unos valores, cada uno de ellos, inferiores a los máximos establecidos
en la Autorización Ambiental Integrada vigente relativa al Vertedero de Areosa, así como las
modificaciones que pudieran realizarse de la misma.
La Autorización Ambiental Integrada vigente es un documento público y está a disposición
de los ofertantes en la página web de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio de Galicia.
Se dispondrá a los efectos de regular la calidad del permeado, de un equipo de medición de
caudal, pH, amonio y conductividad en continuo, para que el agua solo sea vertida a cauce
cuando cumpla con los límites de vertido fijados en la AAI.
2.6. SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO.
Será por cuenta del adjudicatario la prestación de un servicio técnico de mantenimiento de
las dos depuradoras que incluirá tanto el mantenimiento preventivo como correctivo
(sustitución de piezas de desgaste y averiadas).
Este servicio estará disponible en cualquier momento y de forma inmediata, a fin de
garantizar la disponibilidad solicitada en este Pliego de Concurso.
Será por cuenta del adjudicatario tanto la mano de obra como las piezas y repuestos
necesarios.
A fin de agilizar al máximo las reparaciones y disponer de las máquinas a la mayor
disponibilidad posible, el adjudicatario dispondrá de un stock de repuestos mínimos en las
proximidades de la instalación o en la propia instalación:
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- Filtros,
- Membranas.
- Sondas de pH, conductividad, nivel, presión.
- Tarjetas para el sistema de control de la máquina.
- Kit de retenes, válvulas
- Cierres mecánicos para las bombas.
- Otros repuestos a juicio del adjudicatario.
Este servicio estará representado por el adjudicatario que pondrá una persona al servicio del
mismo, localizable las 24h del día, independientemente de las subcontrataciones que vaya a
realizar, las cuales pondrá en conocimiento de SOGAMA.
2.7. PRESTACIONES POR PARTE DE LA PROPIEDAD
SOGAMA pondrá a disposición del adjudicatario el acceso al suministro de agua y
electricidad.
Suministro de agua
El suministro diario de agua por parte de SOGAMA es limitado, pudiendo ser
totalmente inexistente cuando SOGAMA lo considere necesario. Debido a ello, se
considerará el suministro de agua como un servicio no permanente, limitado a
utilizaciones esporádicas.
Como reserva de agua principal se dispondrá del depósito de permeado a instalar
entre la salida de la planta y la arqueta de vertido. Las tomas para utilización de
permeado se instalarán aguas arriba del punto de medida de caudal de permeado
vertido.
Suministro eléctrico
El suministro de electricidad se realizará a través de un centro de transformación
propiedad de SOGAMA.
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2.8. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
El Contrato se entenderá a riesgo y ventura del adjudicatario y su formalización se efectuará
mediante documento Privado.
El Adjudicatario será responsable del suministro, diseño, proyecto, materiales, fabricación,
limpieza, pintura, inspección, pruebas, transporte, montaje, mantenimiento y puesta en
marcha de todos los elementos relacionados en este Pliego y que sean necesarios para el
correcto funcionamiento de las depuradoras, especialmente lo relativo a instalaciones de
bombeo y vertido, instalación eléctrica, módulos de depuración ,etc. Todo ello,
indistintamente de cualquier subcontratación a terceros de cualquier elemento o parte del
suministro.
El Adjudicatario se hará responsable de todas las licencias, permisos y autorizaciones que
sean necesarios para la importación de cualquier suministro objeto del alcance, si fuese el
caso.
El Adjudicatario deberá informar a SOGAMA, para aprobación por parte de ésta, las posibles
subcontrataciones que tiene previsto realizar así como las empresas adjudicatarias.
El Adjudicatario cumplirá en las fases de diseño y de construcción, además de con las
Normas y Reglamentos aplicables, con las condiciones de los materiales y de ejecución
recogidas en este Pliego.
La aprobación de cualquier documento por parte de SOGAMA o entidad en que ésta
delegue no exime al adjudicatario de la responsabilidad de prestar el servicio de alquiler y
asistencia técnica de acuerdo con el alcance y condiciones de calidad solicitadas en este
Pliego.
Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las leyes, reglamentos y
requisitos de la legislación vigente a la firma del Contrato.
Será responsabilidad del adjudicatario la presentación de todos los documentos necesarios
para la modificación/ampliación de los datos incluidos en el Registro de Establecimientos
Industriales de Galicia.