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    PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE LAS

    ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

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    PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES MUNICIPALES DEL

    AYUNTAMIENTO DE MADRID INDICE GENERAL 1.- GENERALIDADES 2.- ANTECEDENTES 3.- OBJETO 4.- AMBITO TERRITORIAL 5.- NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 6.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 7.- TRABAJOS DE REALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA

    PARA LA GESTIÓN DE LA CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS INFANTILES 8.- TRABAJOS DE INSPECCIÓN Y CONTROL

    8.1. Inspección ocular y limpieza de las áreas. 8.2. Inspección funcional. 8.3. Inspección principal anual

    9.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO 10.- CONDICIONES ESPECIALES DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE LAS

    SUPERFICIES AMORTIGUANTES. 11.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO 12.- TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE NUEVOS ELEMENTOS 13.- MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR EN LOS TRABAJOS 14.- CONTROL DE CALIDAD 15.- PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 16.- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS 17.- PROTECCIÓN, SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJOS 18.- COORDINACIÓN CON OTROS SERVICIOS 19.- PLAN DE RIESGOS LABORALES 20.- INSTALACIONES ACTUALES 21.- HORARIOS DE TRABAJO 22.- EMERGENCIAS 23.- CONDICIONES DE LAS OFERTAS 24.- ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO 25.- RESPONSABILIDADES GENERALES 26.- RESPONSABILIDAD EN RELACION CON ACCIDENTES, DAÑOS O INCONVENIENTES

    CAUSADOS POR LAS INSTALACIONES O REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS 27.- PROTECCIÓN DE DATOS 28.- RESPONSABILIDAD RESPECTO AL MUNICIPIO 29.- CONDICIONES ECONOMICAS 30.- CONTROL DEL SERVICIO 31.- ANEXOS

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    1.- GENERALIDADES

    En el término municipal de Madrid, se encuentran instalados en la actualidad un gran número de elementos de mobiliario urbano de uso general, presentando una especial singularidad los juegos infantiles, al existir una normativa europea específica que los regula.

    Los juegos infantiles, se encuentran agrupados en áreas situadas en parques, zonas ajardinadas y algunos en espacios públicos urbanos,.son de titularidad municipal, carecen de explotación publicitaria, y están sujetos a un proceso de homologación fijado en la Ordenanza General sobre Mobiliario Urbano, así como una serie de condiciones de carácter constructivo, de instalación y de conservación, dentro del ámbito de las normas UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177, adoptadas según Acuerdo Plenario de Noviembre de 2001.

    En la actualidad, todas las áreas de juegos infantiles instaladas cumplen la normativa de aplicación tanto en los elementos que las integran como en la forma de instalación de los mismos. Estos mismos requisitos serán los exigidos para cualquier otra área nueva que se instale, por cualquier servicio municipal, con carácter previo a la recepción por parte de este Ayuntamiento, debiendo de presentarse los documentos de la entidad certificadora independiente que así lo demuestren.

    2. ANTECEDENTES

    Desde el año 2004, el Ayuntamiento de Madrid lleva realizando la conservación y el mantenimiento de las áreas de juegos infantiles de un modo individualizado mediante un contrato especializado para el cumplimiento del Acuerdo Plenario de Noviembre de 2001 y por considerar que era necesaria la aplicación de la normativa europea para los juegos infantiles tal y como indican las normas UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177, no sólo en la adquisición e instalación de los elementos sino también y, especialmente, en su mantenimiento. Tras un proceso de adaptación se consiguió que desde abril de 2007 todas las áreas infantiles cumplieran con la normativa europea.

    En el año 2008 se tramitó el segundo contrato especializado de mantenimiento de áreas infantiles, con el cual se ha conseguido mantener los juegos en un nivel óptimo para su uso y siempre dentro de las prescripciones marcadas en la normativa europea y las modificaciones que se llevaron a cabo de la misma en el año 2009.

    Dado que en febrero del año 2012 finaliza este contrato, y que el Ayuntamiento de Madrid quiere seguir manteniendo el nivel de calidad alcanzado en la conservación de las áreas de juegos infantiles, manteniendo la singularidad y especialización de este mantenimiento, se considera necesario que sea convocado un nuevo contrato para la prestación de este servicio.

    3.- OBJETO

    El objeto del presente contrato es la conservación, mantenimiento preventivo, limpieza, reparación y sustitución de los elementos instalados en las áreas de juegos infantiles situadas en parques y espacios públicos de acuerdo con las normas europeas de seguridad.

    Con la contratación de este servicio se quieren alcanzar, además, otros objetivos de gran importancia como son la higiene de las áreas, la estética e integración en el paisaje urbano, el

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    valor lúdico de las instalaciones y, finalmente, el confort y comodidad tanto de los niños como de sus acompañantes y cuidadores.

    Con el fin de emplear términos comunes a efectos de este contrato, los juegos infantiles se agrupan en áreas, denominadas como tal a efectos de este pliego, un conjunto de tres o más elementos individuales de juego, pudiendo contar o no con otros accesorios tales como cerramiento, carteles, bancos, fuentes, papeleras, etc., pero siempre en el entorno próximo del área y destinados a complementar ésta. De modo excepcional también puede considerarse como un área infantil la compuesta por un solo elemento de juego de grandes dimensiones y que integra elementos para la realización de diversas actividades.

    Queda excluida la conservación de elementos de juegos infantiles en recintos o ámbitos de titularidad privativa, tales como colegios, residencias, instalaciones deportivas y en general, cualquier instalación que no esté situada sobre suelo público y sea de acceso libre a los ciudadanos.

    En la fecha de redacción de este pliego, el número de áreas de juegos infantiles instaladas, según el inventario que figura en el Anexo II, es de 1.860 áreas.

    4.- AMBITO TERRITORIAL

    A efectos de este concurso, el adjudicatario será único y deberá cumplir las obligaciones objeto del mismo en la totalidad del término municipal de Madrid.

    5.- NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN

    Dado que es prioritario para el Ayuntamiento garantizar la seguridad de los niños que utilizan las áreas infantiles, por Acuerdo Plenario de noviembre de 2001 aprobó adoptar las Directivas Europeas UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177 así como las normas UNE complementarias, con el compromiso de que las áreas infantiles, a partir de esa fecha, cumplieran con dicha normativa. Esta decisión afectó no sólo al tipo de elementos adquiridos sino también a la forma de la instalación de los mismos, por el que la conservación y mantenimiento se debe realizar ajustándose a las prescripciones de dichas normas, e incluso mejorándolas en algunos aspectos.

    Por todo ello, la inspección, el mantenimiento preventivo y el mantenimiento correctivo de las áreas infantiles deberán cumplir, como mínimo, las directivas recogidas al respecto en las normas UNE-EN-1176, UNE-EN-1177, UNE-147101, UNE-147102 y UNE-147103 en sus ultimas versiones, así como cualquier otra que pudiera entrar en vigor antes del inicio del contrato. Asimismo, las labores a realizar por el adjudicatario se adaptarán a esta normativa, a las modificaciones de la misma o a las nuevas normas que puedan aprobarse durante el plazo de vigencia de este contrato.

    6.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

    La prestación del servicio se efectuará con arreglo a las condiciones que a continuación se estipulan, de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes:

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    - Comprobación, actualización y utilización del inventario de las áreas de juegos Infantiles, según condicionantes mínimos establecidos en este Pliego y bajo la supervisión de los servicios municipales competentes.

    - Utilización de la aplicación informática, creada para el Ayuntamiento de Madrid, para la gestión y mantenimiento de las áreas de juegos infantiles bajo la supervisión de los servicios técnicos municipales.

    - Ejecución de las labores de inspección periódica del estado de los distintos elementos que componen las áreas, con las frecuencias y características que se especifiquen en la oferta y que en todo caso deben igualar como mínimo las descritas en las normas antes citadas, junto con las mejoras incluidas en este Pliego.

    - Conservación preventiva del conjunto del áreas infantiles objeto del contrato según los planes propuestos en la oferta, sujetos a aprobación o modificación por los servicios municipales, incluidas las labores de limpieza de las áreas.

    - Operaciones de reparación y mantenimiento de los elementos que componen las áreas , “in situ” o en taller, atendiendo las órdenes de trabajo en los plazos reseñados en este pliego, así como las comunicaciones del personal técnico municipal.

    - Transporte de elementos componentes de las áreas tanto a los lugares de instalación como a los talleres de reparación o almacenes.

    - Fijación o retirada de elementos anclados con o sin obra de fábrica.

    - Conservación de la superficie amortiguadora de las áreas (arena, suelo de caucho, etc.), realizando las labores necesarias de limpieza, aporte, excavación, aireación, etc. para que las mismas se encuentren en perfectas condiciones de seguridad y uso

    - Sustitución de partes o conjuntos completos de elementos, así como la realización de suministros de piezas necesarias para asegurar la continuidad del uso de los elementos instalados, mediante piezas originales o de nueva fabricación de características y calidad semejantes a las originales.

    - Fabricación de cualquier tipo de pieza de repuesto o conjunto de los mismos reuniendo características y calidad semejantes a las de los fabricantes originales

    - Disponibilidad del personal necesario tanto en número como en capacidad profesional y cuantía mínima reseñada para la adecuada realización del servicio.

    - Disponibilidad de vehículos y equipos en las cuantías mínimas y características que se reseñarán para satisfacer las exigencias del Pliego.

    - Disponibilidad de taller de titularidad propia o en régimen de alquiler, almacenes y oficinas así como los materiales y repuestos necesarios en cuantías mínimas, para asegurar el racional desempeño del servicio.

    - Administración del servicio.

    - Facilitar presupuestos de sustitución, modificación y conservación de los elementos que en el futuro se precisen y que no se encuentren incluidos en este Pliego.

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    - Precintar o retirar de forma inmediata cualquier elemento que represente un peligro, así como comunicar de forma inmediata, y siempre antes de 24 horas, al Ayuntamiento dichas actuaciones.

    - Entregar parte semanal de los trabajos y actuaciones realizadas al servicio municipal competente.

    - El adjudicatario deberá gestionar el tratamiento de las incidencias que se produzcan referentes a los juegos infantiles a través de la aplicación municipal AVISA2 (actualmente en funcionamiento) o cualquier otra que se pudiera incorporar y/o la sustituyera durante el plazo de vigencia del contrato.

    7.- TRABAJOS DE REALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA PARA LA GESTIÓN DE LA CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES.

    El Ayuntamiento hará entrega al adjudicatario de una aplicación para la gestión del inventario con la totalidad de las áreas de juegos infantiles instaladas en Madrid al inicio del contrato. Este inventario consta de la denominación del área, ubicación, elementos de juego que componen la misma, modelo y fabricante si se conocen, y elementos complementarios y auxiliares tales como tipo de suelo, cerramiento, fotografía del conjunto del área y de cada uno de sus elementos, etc.

    El contratista adjudicatario del servicio, asume como primera obligación la utilización y el mantenimiento de dicha aplicación durante la vigencia del contrato, incluyendo además todos los datos de que se vaya disponiendo a medida que se ejecuta el contrato referentes a las fechas de las inspecciones realizadas y de las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo llevadas a cabo en cada una de las áreas.

    El inventario cuenta con un sistema informatizado de localización geográfica y contiene fichas gestionables de todos y cada uno de los elementos instalados, descripción de los mismos, y capacidad de campos accesibles suficientes para recoger todos los datos de control y operaciones de mantenimiento preventivo, conservación o sustitución del elemento a lo largo de doce años a partir de su realización, así como la fotografía del conjunto del área y de cada uno de sus elementos.

    8.- TRABAJOS DE INSPECCIÓN Y CONTROL

    El adjudicatario quedará obligado a realizar las inspecciones periódicas indicadas en su oferta para asegurar un perfecto conocimiento de las áreas y de los elementos y que permitan detectar de forma rápida las posibles averías, así como programar la conservación preventiva y el mantenimiento actualizado del inventario durante la duración del contrato.

    Las frecuencias de inspección propuestas para cada zona serán como MINIMO las dispuestas en este artículo, siendo objeto de valoración las mejoras que se realicen en las ofertas, para lo cual, en el estudio que presenten los licitadores se incluirá un cuadro valorado comparativo entre las labores de inspección y frecuencias mínimas indicadas en el presente pliego y los valores ofertados (este estudio de frecuencias y el cuadro valorado comparativo se presentará con la documentación correspondiente a los criterios valorables en cifras o porcentajes). Para ello se dividirá el término municipal en zonas, en función de la necesidad estimada de

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    inspección en razón del uso de los elementos, del vandalismo, el impacto medioambiental etc. Las zonas podrán ser variadas en función de los resultados, por el adjudicatario previo acuerdo por los servicios municipales.

    Será obligación del contratista, fijar los medios mínimos e itinerarios de inspección de forma que quede perfectamente asegurada la frecuencia de paso ofertada por cada una de las áreas. Acompañando a la oferta se incluirá una descripción detallada de este estudio, siendo declaradas no válidas las ofertas que carezcan de este requisito.

    Con carácter mínimo se deberán realizar a cada una de las áreas las siguientes inspecciones:

    - Una inspección ocular y limpieza general del área, como mínimo una vez cada CUATRO días.

    - Una inspección funcional (coincidente con el mantenimiento preventivo) al menos una vez cada OCHO días.

    - y lo que la norma denomina inspección principal anual se realizará como mínimo DOS veces al año

    Estos requisitos imprescindibles están por encima de los exigidos por la norma, con el fin de garantizar el mayor nivel de calidad de la conservación de las áreas de juegos infantiles.

    Todo ello, sin perjuicio de que se realicen las inspecciones puntuales precisas cuando sean exigidas por los servicios municipales encargados de la gestión de este servicio.

    8.1.- Inspección ocular y limpieza de las áreas

    En la inspección ocular se identificarán todos aquellos riesgos que puedan derivarse del uso de los elementos de las áreas, de actos vandálicos o de las condiciones meteorológicas. Además, y con el fin de aumentar la eficacia de esta inspección, también se realizará en la misma una limpieza general de la superficie del área (no se incluye la limpieza de pintadas), retirando cristales o restos de botellas rotas, piedras, escombros, papeles, hojas de árboles y cualquier otro elemento que ensucie el área. Además de la limpieza, en las áreas cuya superficie amortiguante sea la arena, se rastrillará y removerá la misma donde sea necesario haciendo especial hincapié en las zonas donde la arena tiende a desaparecer por el uso de los elementos de juego (bajo los columpios, en las salidas de los toboganes, en los elementos giratorios, etc.)

    8.2.- Inspección funcional

    Esta inspección funcional, más exhaustiva que la ocular, se hará coincidir con los trabajos de mantenimiento preventivo, que se especifican en el punto siguiente.

    8.3.- Inspección principal anual

    En una de las inspecciones anuales se realizará la actualización del certificado del área emitido por entidad certificadora independiente. El coste de este certificado será asumido por el adjudicatario.

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    9.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO

    El mantenimiento preventivo de las áreas infantiles instaladas, se considera el objetivo prioritario de este pliego.

    La forma más lógica y adecuada de mejorar y mantener las áreas infantiles en correctas condiciones de conservación pasa, ineludiblemente, por un correcto programa de mantenimiento preventivo, diseñado a partir del conocimiento del estado actual del área, así como una adecuada definición de las tareas a realizar en función de las características constructivas de los diferentes elementos, con independencia de estar recogidas estas obligaciones en la normativa de obligatorio cumplimiento.

    Así pues, el licitador deberá presentar una propuesta de mantenimiento preventivo en forma de tabla con las operaciones que tenga previsto realizar sobre cada tipo de elemento y la frecuencia prevista de actuación, mejorando en cualquier caso los mínimos exigidos por la normativa técnica de aplicación y lo especificado en el cláusula 8 de este Pliego. Esta propuesta comparativa con los mínimos, incluirá los medios que se dedicarán a ella, así como su estudio económico a lo largo de la duración del contrato, y será objeto de valoración a la hora de fijar los criterios de adjudicación.

    En cualquier caso, es objetivo definido que en el tiempo de duración del contrato el peso del mantenimiento preventivo, y en consecuencia la elevación del nivel de conservación de las áreas infantiles, vaya imponiéndose sobre las tareas puntuales de reparación, y al final del mismo pueda contarse con un parque adecuadamente conservado, cuyas tareas de mantenimiento no programado se reduzcan a las inevitablemente necesarias.

    Todos estos trabajos deberán realizarse conforme a lo determinado en las normas UNE de aplicación.

    De la totalidad de las áreas actualmente instaladas, en varias de ellas se considera necesario realizar el mantenimiento preventivo a diario debido a su singularidad, a su ubicación, o a que se producen en ellas grandes concentraciones de gente (botellón), que obligan a prestar a las mismas una mayor atención. En el Anexo III del Pliego se relacionan estas áreas.

    10.- CONDICIONES GENERALES DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE LAS SUPERFICIES AMORTIGUANTES

    El estado de las superficies amortiguantes de las áreas es un factor de primordial importancia ya que son las encargadas de que una caída del niño, ya sea voluntaria o involuntaria, no se convierta en un accidente.

    Aunque existen numerosos tipos de superficies amortiguantes, en las áreas infantiles instaladas en Madrid la más común es la arena, que además de ser un elemento de amortiguación que cumple perfectamente con la normativa, cuenta con un valor lúdico muy importante para los niños más pequeños.

    Por lo tanto, en las áreas cuya superficie amortiguante sea la arena, deberán realizarse las siguientes labores:

    - Al menos una vez al año se removerá la arena de las áreas infantiles en un espesor de 20 cms. en las zonas de seguridad de los juegos y de 15 cms. en el resto, con el fin de sanear y airear la misma. Antes de remover la arena se hará un aporte de arena de río para que se

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    mezcle con la existente. Esta operación deberá realizarse (además de una vez al año) en cualquier momento en las áreas en que se estimase necesario si así lo decidiesen los servicios técnicos municipales.

    - En las inspecciones funcionales que se realicen en las áreas, se realizarán aportaciones periódicas de arena en función de las necesidades de los elementos con el fin de que siempre haya suficiente cantidad de arena y la misma se encuentre en buen estado.

    - Siempre que sea necesario se utilizarán elementos desinsectantes y desinfectantes no tóxicos para las personas, siempre bajo la supervisión de los técnicos municipales, cumpliendo con la normativa de aplicación en la materia y contando con los certificados que sean necesarios.

    - En aquellas áreas en las que al remover la arena se compruebe que la misma no tiene la calidad mínima necesaria por contener escombros, piedras o terruños de tierra compactada, se procederá a la realización de un cajeado en las zonas de seguridad de los elementos de 30 cms. y de 5 cms. en el resto del área, llevándose el material resultante a vertedero y realizando un nuevo aporte de arena de río (con los características especificadas en la normativa) hasta los niveles necesarios para que la superficie amortiguante cumpla con la normativa de aplicación.

    - En la oferta se presentará el planning de actuación que contemple la distribución de los trabajos de remover y completar la arena de las áreas y descripción detallada de la forma de realizarlos. También se presentará planning para el tratamiento de la arena y, conjuntamente, listado de los productos a utilizar y sus certificados de cumplimiento de las normativas que les sean de aplicación.

    En caso de que por parte de los servicios técnicos municipales así se estime, en algunas áreas se podrá sustituir la arena por suelo sintético o cualquier otra superficie amortiguante que se encuentre en el mercado y cumpla con la normativa.

    Por lo que se refiere a las superficies amortiguantes de otros materiales diferentes a la arena, tales como garbancillo, corteza y materiales sintéticos en forma de suelo continuo o en loseta el licitador propondrá en su oferta las labores de mantenimiento y limpieza a realizar y la frecuencia de las mismas en cada caso, de forma suficientemente detallada y explícita, a fin de lograr que se mantengan en todo momento sus condiciones iniciales de amortiguación, limpieza, estética e higiene.

    En cualquier caso las labores y frecuencias de trabajos en las superficies amortiguantes deberán adaptarse a las modificaciones de normativa en vigor que puedan producirse tanto a nivel europeo como de carácter nacional o regional dentro del periodo de vigencia del contrato.

    11.- TRABAJOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO

    Se definen bajo este epígrafe la totalidad de los trabajos cuyo fin sea reponer el uso normal de un elemento que se encuentre deteriorado, sea cual fuere la reparación a realizar, incluyendo si fuera necesario la sustitución del mismo por otro nuevo, previa aprobación por los servicios municipales, los cuales harán entrega al contratista del mismo para su sustitución.

    Debido al intenso mantenimiento preventivo que se ha venido realizando en las áreas infantiles durante los últimos años, las mismas se encuentran en un estado de conservación bastante

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    bueno, por lo que una de las principales tareas a realizar con carácter inmediato por el contratista es la reparación de elementos deteriorados, según la forma de actuación que a continuación se describe:

    - Detectada la avería o deficiencia, el contratista comunicará la misma a los servicios municipales, de forma inmediata, o en un plazo máximo de 24 horas, a través de la conexión en red de los equipos informáticos, fax, teléfono, etc., con independencia de proceder de forma inmediata a su reparación o precintado. Los servicios municipales darán su aprobación, a los trabajos propuestos, debiendo comenzar el contratista la realización de los mismos en un plazo inmediato.

    - El plazo total para la reparación o sustitución, salvo casos expresamente autorizados por los servicios municipales no excederá de setenta y dos (72) horas.

    - En el caso de que la situación del elemento sea tal que implique peligrosidad, la empresa adjudicataria procederá de oficio y con la máxima urgencia a la realización de aquellas actuaciones tendentes a eliminar el riesgo. De estos hechos se dará cuenta de forma inmediata a los servicios municipales.

    - Todas las actuaciones o reparaciones sobre un elemento deberán quedar fijadas en las fichas del inventario informatizado del área, en un plazo máximo de veinticuatro horas desde la actuación.

    Si bien hay que contar con la eficaz colaboración tanto de ciudadanos, como de otros servicios municipales en la detección de desperfectos o averías, se pretende que gracias al inventario actualizado y a una correcta y eficaz labor de inspección propia del contratista, según se ha definido en puntos anteriores, este trabajo pueda realizarse con un alto grado de autonomía, detectándose las averías, daños o desperfectos en el plazo más breve posible y procediéndose a su reparación.

    12.- TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE NUEVOS ELEMENTOS

    Aunque bajo ningún concepto este contrato sea de suministro de nuevos elementos de juego, puede darse el caso de que por razones del estado de elementos muy deteriorados, o razones de urgencia sea precisa su sustitución por uno nuevo, aunque siempre con carácter puntual, ateniéndose entonces al cuadro de precios de suministros en vigor.

    Otro de los trabajos previstos en este contrato es la sustitución e instalación programada de elementos nuevos de juegos infantiles, adquiridos por el Ayuntamiento por otros procedimientos administrativos y que irá entregando al contratista en función de las necesidades de cada actuación.

    La forma de actuación será la siguiente:

    - Recibida la orden de trabajo, el contratista de acuerdo con los servicios municipales, procederá al replanteo de los elementos a instalar acorde con las normas UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177, realizándose marcaciones mediante pintura u otro sistema inocuo para el medio ambiente.

    - Una vez aceptado el replanteo por los técnicos municipales, el contratista procederá a realizar las labores de instalación, finalizada la cual se levantará plano acompañado de

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    fotografías realizadas antes y después de la actuación, dándose también de alta de forma inmediata en el inventario.

    - En este caso correrá a cargo del contratista la obtención de la renovación de la certificación de instalación del área.

    13.- MATERIALES Y PRODUCTOS A EMPLEAR EN LOS TRABAJOS Con carácter general, el adjudicatario sustituirá los elementos deteriorados con piezas originales. En aquellos supuestos en que la utilización de piezas originales pueda suponer una demora que, a juicio de los servicios técnicos municipales resulte excesiva para el normal funcionamiento del área, se podrán colocar piezas y elementos que deberán reunir las mismas características y calidad que las originales. En el resto de los casos y como regla general, se tendrán en cuenta los criterios recogidos en el Pliego de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Madrid de 1999.

    14.- CONTROL DE CALIDAD El Ayuntamiento, a través de sus servicios técnicos, se reserva el derecho a rechazar aquellos elementos o componentes de los mismos que no cumplan las especificaciones del fabricante original, o en su defecto las características que le sean comunicadas por los mismos. Asimismo, podrá ordenar los análisis y ensayos de control de calidad que se entiendan necesarios para garantizar la misma a los elementos o componentes suministrados, efectuados en laboratorios especializados. El importe de estos ensayos correrá a cargo de del adjudicatario hasta un importe máximo del uno por ciento (1%) de la factura anual en concepto de trabajos o medición.

    El contratista estará obligado a sustituir de forma inmediata y sin cargo los elementos o componentes que no cumplan las especificaciones o que no superen los ensayos antedichos, con independencia de la aplicación del régimen sancionador establecido.

    El Ayuntamiento de Madrid tiene establecidos tres tipos de documentos acreditativos de que las áreas infantiles y su mantenimiento se ajustan a la normativa vigente señalada en la cláusula 5 de este Pliego:

    1. Certificado de producto que ampara cada elemento de juego y que el adjudicatario de este contrato deberá renovar en caso de sustitución del mismo o modificación sustancial de sus características constructivas o de seguridad.

    2. Certificado de instalación del área infantil que deberá renovar el adjudicatario en las condiciones previstas en la cláusula 12.

    3. Certificado acreditativo de que el mantenimiento de todas y cada una de las áreas se está efectuando de acuerdo con la normativa citada en la cláusula 5 y que el adjudicatario estará obligado a presentar anualmente.

    Todos estos certificados serán emitidos por entidad certificadora independiente que deberá ser propuesta por el adjudicatario aportando documento de compromiso con la misma. El Ayuntamiento dentro del primer mes desde la adjudicación prestará o no su conformidad a ésta y para su cambio a lo largo de la duración del contrato el contratista deberá contar con la

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    aprobación previa municipal. En cualquier caso el coste de estos certificados será a cargo del contratista.

    15.- PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL

    Es interés primordial del Ayuntamiento que este contrato destaque por la protección medioambiental y evite en lo posible ocasionar molestias al ciudadano, dado que los trabajos y actuaciones se realizarán en la vía pública, parques y jardines.

    Por ello, y con independencia de la eliminación de residuos que se indica en el apartado siguiente, la totalidad de los materiales empleados en el mantenimiento, reparaciones y protocolo de realización de los mismos, deberán ajustarse a la norma ISO-14001 o EMAS, incluyendo productos de limpieza, pinturas, disolventes y tratamiento de maderas.

    Asimismo, tanto los equipos empleados como las labores realizadas, deberán cumplir escrupulosamente la normativa sobre contaminación acústica vigente. Se valorará que los vehículos utilizados sean respetuosos con el medio ambiente teniendose en cuenta la siguiente clasificación de vehículos:

    - Vehículos eléctricos - Vehículos impulsados con Gas Natural Comprimidio, autogas (GLP), bioetanolo tecnología

    híbrida electricidad-gasolina. - Vehículos de gasolina con clasificación energética A de máxima eficiencia conforme

    tabulación IDAE(Instituto para la Diversificacion y Ahorro de la Energía) - Vehículos de gasolina con clasificación energética B conforme tabulación IDAE

    16.- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS

    Los residuos resultantes de la realización de los trabajos, así como embalajes, envases vacíos, etc., serán retirados por el contratista, sin que se permita la permanencia de los mismos en el lugar de las obras, salvo casos expresamente especificados en el Pliego. Asimismo, su destino y tratamiento deberá realizarse por el mismo conforme a la normativa vigente para cada clase de residuo.

    Cuando el volumen de los residuos resultante, supere la capacidad de los sacos o contenedores de utilización normal, los servicios técnicos podrán autorizar la permanencia de aquellos por un plazo máximo e improrrogable de 24 horas.

    En ningún caso se permitirá la permanencia de residuos los fines de semana o festivos.

    17.- PROTECCIÓN Y SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJOS

    Al tratarse de trabajos a realizar en la vía pública o parques y jardines se consideran de especial importancia las condiciones de seguridad a adoptar durante los mismos, que permitan garantizar al máximo la eliminación de riesgos para usuarios, acompañantes, así como de los propios trabajadores.

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    La zona de trabajo deberá acotarse por medio de cintas en los trabajos de corta duración y palenques en los restantes, y señalizarse adecuadamente según indican las ordenanzas en vigor para trabajos en la vía pública.

    En caso de tener que ocupar temporalmente la zona de calzada, aunque lo sea por corto espacio de tiempo, será imprescindible la adopción de las medidas prescritas en la Ley y Reglamentos de Seguridad Vial y contar con la autorización previa, si fuera preciso, de los servicios municipales competentes.

    A efectos informativos, en las actuaciones de más de 24 horas, se colocará por el contratista un cartel informativo con una breve descripción de los trabajos y la duración estimada de los mismos.

    18.- COORDINACIÓN CON OTROS SERVICIOS

    La inspección y comunicación de incidencias en las áreas de juegos infantiles se coordinará con cualquier contrato municipal al respecto, de modo que las actuaciones de reparación sobre los juegos infantiles se realice siempre por la empresa adjudicataria del servicio de conservación, y que esta actuación se lleve a cabo en los plazos fijados en este Pliego.

    19.- PLAN DE RIESGOS LABORALES

    El licitador deberá elaborar y presentar con su propuesta la evaluación de riesgos de todas las actividades que, de acuerdo con la misma vaya a realizar.

    Con base en esta evaluación de riesgos, redactará un documento informativo para los trabajadores, en el que describa los riesgos a que están expuestos, y las medidas preventivas que deben llevar a cabo para reducirlos o eliminarlos.

    Por otra parte, se acreditará la existencia de técnicos expertos en prevención de riesgos laborales en la empresa, para cuando la situación lo requiera.

    20.- INSTALACIONES ACTUALES Y NUEVAS INSTALACIONES

    En la actualidad hay inventariadas en Madrid 1.860 áreas infantiles cuyos emplazamientos se indican en el Anexo II a este Pliego.

    El contratista acepta las instalaciones de áreas infantiles existentes y elementos de mobiliario urbano complementario ubicado en las mismas, en las condiciones actuales comprometiéndose a prestar el servicio correspondiente de acuerdo con las condiciones del Pliego, responsabilizándose del cumplimiento de las obligaciones anteriormente citadas.

    21.- HORARIOS DE TRABAJO

    A fin de optimizar los recursos y lograr una reducción de costos, el horario para realización de los trabajos y la distribución de la asignación de los mismos, será potestativo del contratista, previa comunicación al Ayuntamiento de cualquier alteración en las propuestas, debiendo en

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    todo caso garantizarse la posibilidad de trabajo en jornada partida todos los días (incluidos sabados y festivos) durante el tiempo de duración del contrato.

    No obstante, el Responsable o técnicos que tengan asignado el cometido de interlocutores con los técnicos municipales, así como el personal de servicio, relacionado con el Departamento, deberán permanecer disponibles en función de las jornadas de los servicios municipales.

    En cualquier caso deberá existir un teléfono veinticuatro horas, para avisos de urgencia, que podrá poner en servicio un equipo de actuación inmediata todos los días del año para resolver las incidencias que se pudieran producir en cualquier momento.

    22.- EMERGENCIAS

    El adjudicatario, en el plazo de 15 días desde la adjudicación del contrato, deberá presentar un protocolo de actuación para casos de urgencia o situaciones de posible riesgo, describiendo explícitamente las actuaciones previstas en función del tipo de situación.

    Si como consecuencia de emergencias en las instalaciones, el contratista estimase que no pueda realizar el servicio en las condiciones establecidas en el Pliego, estará obligado a dar cuenta de ello de forma inmediata al Ayuntamiento, para que éste procure tomar las medidas convenientes a fin de evitar o reducir los perjuicios que ello causaría.

    Así mismo se coordinará el procedimiento de inspección y comunicación de incidencias con cualquier tipo de servicio que pudiera existir, tal y como se dispone la cláusula 18 de este pliego.

    23.- CONDICIONES DE LAS OFERTAS

    El adjudicatario está obligado a mantener en perfecto estado de uso los materiales y medios mecánicos que resulten necesarios para la realización de los fines, objeto de este contrato.

    La descripción total de los medios será la determinada por el propio contratista en su oferta y que como mínimo, deberá estar sujeta a las especificaciones que figuran a continuación para cada uno de los apartados.

    a) Oficinas generales:

    - El adjudicatario está obligado a mantener en la Comunidad de Madrid una oficina central con superficie y dotación adecuadas al mantenimiento administrativo de los fines de este contrato.

    - La oficina central dispondrá de medios informáticos y de comunicaciones adecuadas, y estará en permanente comunicación con el servicio municipal competente, que gestiona el contrato.

    - Dispondrá de personal humano suficiente para la total realización de los trabajos encomendados en el menor plazo posible.

    b) Almacén general y acopio de elementos

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    - El adjudicatario deberá de mantener en propiedad, o en régimen de alquiler, un almacén en la Comunidad de Madrid con superficie mínima de 1000 m2, de los cuales 500 estarán cubiertos.

    - El almacén estará convenientemente dotado de materiales y herramientas, para poder hacer frente a cualquier eventualidad que pudiera surgir en todo momento relacionada con el objeto del contrato.

    - Los servicios técnicos municipales, podrán realizar cuantas visitas de inspección consideren convenientes para la comprobación de existencia de los elementos mencionados.

    c) Instalaciones industriales

    - El adjudicatario deberá contar con un taller en la Comunidad de Madrid, de titularidad propia o en régimen de alquiler, capaz de reproducir cualquier pieza de repuesto de los juegos infantiles instalados por diferentes fabricantes en los emplazamientos ubicados en la lista adjunta.

    - La maquinaria, procesos de fabricación, personal especialista, etc., será objeto de una minuciosa descripción en la oferta y objeto de valoración.

    - En cualquier caso estas instalaciones deberán estar operativas antes de treinta días de la adjudicación del contrato, debiendo justificar los licitadores en las ofertas cómo darán cumplimiento a esta condición, en caso de ser adjudicatarios.

    d) Medios materiales: nuevas tecnologías vehículos y herramientas

    - El adjudicatario dispondrá de cuantos medios materiales, técnicos, sistemas de comunicación y de cualquier otra índole resulten necesarios para garantizar el normal desempeño del servicio, así como de los instrumentos precisos para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.

    - Si como consecuencia de avances tecnológicos o por disposiciones legales se aprobara, recomendara u obligara la adopción de nuevos materiales, elementos o sistemas distintos de los existentes a la entrada en vigor del presente contrato, el adjudicatario estará obligado a prestar a las instalaciones resultantes el servicio que requieran.

    - La instalación de estos nuevos materiales o elementos no dará lugar a modificación del contrato ni a la alteración del precio de adjudicación del mismo.

    - El Ayuntamiento de Madrid no será responsable de las sustracciones que el adjudicatario pudiera sufrir en sus medios técnicos y materiales durante la ejecución del contrato, pudiendo éste establecer a su cargo, si lo estima oportuno, un servicio de vigilancia de aquéllos.

    Respecto de la dotación mínima de vehículos y herramientas se establece lo siguiente:

    - El adjudicatario dispondrá de los siguientes medios móviles mínimos, pintados y rotulados exteriormente según los criterios que fije el Ayuntamiento, que deberán estar en todo momento y a lo largo de la duración del contrato en buenas condiciones tanto operativas como estéticas y de limpieza:

    15 equipos ligeros, tipo furgoneta media o similar, destinados a la realización del mantenimiento preventivo en las áreas infantiles.

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    3 equipos ligeros, tipo furgoneta media o similar, destinados a la realización del mantenimiento correctivo en las áreas infantiles.

    1 equipo pesado, dotado de pluma y volquete.

    14 vehículos destinados a la inspección y control de las áreas infantiles.

    3 equipos destinados al mantenimiento de la arena, tipo furgoneta media o similar.

    1 vehículo ligero, destinado al encargado del servicio.

    1 vehículo ligero, destinado al técnico del servicio.

    Condiciones mínimas de los equipos de trabajo:

    Equipos ligeros:

    Cada uno de ellos deberá llevar permanentemente los útiles y herramientas necesarias para el cumplimiento de su misión, considerándose imprescindibles las siguientes, con independencia de la dotación de personal de un oficial conductor y un ayudante:

    a.- Escalera telescópica b.- Banco de trabajo portátil c.- Generador eléctrico insonorizado de 5 KVA mínimo d.- Teléfono móvil y PDA e.- Grupo de soldadura eléctrica f.- Taladradora eléctrica portátil g.- Lijadora y radial h.- Equipo de pintura i.- Botiquín.

    Equipo pesado:

    El equipo pesado estará formado por un camión de dos ejes, con capacidad mínima de tres personas, y conductor en cabina, y dotado de brazo hidráulico con grúa capaz de levantar los elementos habituales de juegos infantiles y volquete, con el personal preciso para su funcionamiento. Asimismo, deberá estar dotado de los siguientes elementos:

    a.- Escalera telescópica b.- Teléfono móvil c.- Botiquín d.- Enganche trasero para remolque de hasta 750 Kgs.

    e) Personal

    El adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del Pliego y atender el cumplimiento de sus obligaciones.

    El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten de aplicación con relación a su personal, en especial las relativas a la contratación, cumplimiento de los convenios colectivos laborales que les afecten, seguridad

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    social, prevención de riesgos laborales, tributaria, etc. Por ello, el Ayuntamiento queda totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el adjudicatario y su personal.

    En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato por el adjudicatario y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria. Por tanto, el personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Madrid, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo, haciéndolo constar expresamente en la contratación de personal que realice con posterioridad a la adjudicación.

    El adjudicatario no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de la prestación la insuficiencia de la plantilla, estando obligado a adecuar la plantilla a las necesidades reales derivadas del trabajo, sin que ello le permita variar los precios de su oferta.

    El adjudicatario deberá contar, como mínimo, con el personal previsto en el organigrama del servicio, tal como se especifica posteriormente, el cual se ajustará en todo momento a las exigencias contractuales derivadas de lo dispuesto en el pliego, lo especificado en su oferta y las instrucciones que, por escrito, reciba del Ayuntamiento.

    El personal mínimo del que se debe disponer para el cumplimiento del contrato será: - Apoderado 1 - Titulado medio 1 - Encargado general 1 - Administrativo 3 - Oficiales especialistas con carné de conducir 18 - Auxiliares 18 - Inspectores 14

    El personal de fábrica será ofertado por los licitadores en función de las instalaciones a que se refiera.

    El adjudicatario presentará una relación nominativa del personal adscrito al servicio especificando su categoría profesional y demás condiciones relevantes. Dicha relación se mantendrá actualizada permanentemente a lo largo de la vigencia del contrato.

    Además dispondrá de personal suficiente para proceder de forma inmediata a las sustituciones que, por ausencia, vacaciones, enfermedad u otras causas, resulten precisas con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio.

    Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada. En ella se hará constar: nombre y apellidos del trabajador, la empresa a la que pertenece y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá validada por el departamento municipal correspondiente y por la empresa adjudicataria. Todo el personal la llevará siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional y estará obligado a mostrar su identificación cuando sea requerido por los servicios municipales.

    El Apoderado o representante de la Empresa, representará a ésta ante el Ayuntamiento. Asistirá, sin excusa, a las reuniones a las que se le invite para tratar asuntos relativos al servicio, siempre que su convocatoria se haya realizado con veinticuatro horas de antelación o, en su defecto, delegará en persona con similar capacidad de decisión.

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    El técnico, delegado del seguimiento puntual y diario del servicio, despachará con la periodicidad que se les indique con los técnicos municipales responsables del mantenimiento en el servicio municipal competente. No tendrá carácter de simple asesor, y estará investido de la suficiente autoridad, como para poder resolver los problemas que se puedan presentar por la prestación del servicio. Estará dotado de teléfono móvil para su comunicación.

    En el eventual supuesto de huelga legal de los trabajadores adscritos al servicio, la empresa adjudicataria deberá informar al departamento municipal correspondiente sobre su desarrollo y los servicios mínimos que se vayan a realizar.

    Una vez finalizada la huelga el adjudicatario deberá presentar un informe indicando los servicios mínimos efectivamente realizados, el número de horas que, en su caso, se haya dejado de prestar y las áreas afectadas. Comprobada la defectuosa prestación del servicio se procederá a efectuar la correspondiente deducción en la factura del mes en que se haya producido aquélla. Dicha valoración se comunicará por escrito a la empresa afectada a fin de que proceda a efectuar tal deducción en la factura del mes que corresponda o, en su caso, en la del siguiente.

    24.- ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO

    El Contratista será responsable de la administración del servicio, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión y control para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que la prestación está en condiciones de satisfacer sus exigencias.

    25.- RESPONSABILIDADES GENERALES

    El Contratista será responsable de los equipos, maquinaria y de las instalaciones, así como del control y funcionamiento de las mismas, de la conservación de todos y cada uno de sus componentes, de la calidad de los materiales utilizados y de los montajes efectuados en las modificaciones, mejoras, reemplazamientos y suministros que efectúa, durante el tiempo de la duración del presente contrato.

    Si se produjeran sustracciones de los materiales de las instalaciones, el contratista dará cuenta de ello, inmediatamente después, al servicio municipal competente, proporcionando datos exactos de lo sustraído.

    26.- RESPONSABILIDAD EN RELACION CON ACCIDENTES, DAÑOS O INCONVENIENTES CAUSADOS POR LAS INSTALACIONES O REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.

    El Contratista será responsable de los accidentes o daños de cualquier naturaleza causados por:

    - una deficiente detección de los desperfectos o anomalías que pudieran producirse en las áreas de juegos infantiles.

    - Una deficiente realización de las labores de conservación (tanto en los trabajos como en los materiales utilizados).

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    - Una deficiente señalización de los trabajos.

    - El transporte o traslado de los equipos, materiales y elementos.

    además de los posibles perjuicios causados a terceros.

    27.- PROTECCION DE DATOS La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras

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    personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo. El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas. El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias. El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones. 6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. 7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. 9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

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    10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

    28.- RESPONSABILIDAD RESPECTO AL MUNICIPIO

    El Contratista será asimismo, responsable del cumplimiento de las disposiciones incluidas en las Ordenanzas que afecten a los trabajos a realizar.

    29.- CONDICIONES ECONOMICAS

    A.- Estimación económica: A efectos puramente informativos, el presupuesto destinado a este contrato de conservación de áreas infantiles para el periodo comprendido entre el inicio del contrato (que no podrá ser anterior al 13 de febrero de 2012) hasta el 31 de diciembre de 2012, asciende a la cantidad de 7.693.040 € (IVA incluido). Esta cifra es el precio cierto y el precio máximo, si bien este presupuesto puede no ser agotado debido a que hay una parte del contrato cuya facturación es fija pero hay otra que es variable y que dependerá de la reposición de los elementos que efectivamente tenga que realizarse o de los trabajos extraordinarios que tengan que ser efectuados, por lo que efectivamente puede ocurrir que dicha parte variable del contrato pueda no ser consumida

    B.- Forma de abono: El abono de la prestación del servicio se efectuará mediante dos certificaciones mensuales, extendidas por el servicio municipal competente de la forma siguiente:

    1.- Un canon fijo por área conservada que incluye los siguientes conceptos:

    - La inspección, mantenimiento, limpieza de los juegos y de los suelos y reparación de todas las áreas de juegos todos los días del año.

    - Las labores de mantenimiento de la arena incluyendo el cajeado de las zonas de seguridad de los juegos en la profundidad suficiente para garantizar la seguridad y de cinco centímetros del resto del área, incluyéndose el transporte del material resultante a vertedero y sus correspondientes tasas (canon de tierras a vertedero y canon de escombro) y el aporte de arena de río necesario para cumplir con la normativa.

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    - La pintura de los juegos, vallas y papeleras de las áreas infantiles y barnizado de partes de los juegos o bancos que las componen.

    - Disponibilidad del servicio las 24 horas diarias, todos los días del año durante la duración del contrato.

    - Gastos de comunicaciones.

    - Disponibilidad y desplazamientos, tanto de equipos como de personal.

    - Gastos de infraestructuras, amortización de equipos móviles e informáticos, así como otros gastos fijos no comprendidos en las anteriores, correspondientes al resto de medios materiales, almacén, taller, herramientas, etc.

    - Todos los gastos y consumos por desplazamientos, incluidos los gastos de personal, tanto de los equipos ofertados, como de aquellos del contratista que deban ser puestos al servicio del contrato si fuera necesario.

    - Labores de realización y mantenimiento del inventario informatizado, así como las de vigilancia, inspección y control del estado de las áreas de juego.

    - La confección y mantenimiento de las fichas de elementos.

    - El suministro y mantenimiento de los equipos y programas informáticos entregados al Ayuntamiento.

    - La medición y toma de datos para la confección de valoraciones y presupuestos de actuaciones.

    - Teléfono de atención 24 horas.

    El canon será igual para todas las áreas, independientemente del número de elementos que lo compongan y el tipo de los mismos, debiéndose conservar la totalidad de las áreas incluidas en este Pliego durante todos los meses de duración del contrato.

    Dicho canon representará en el momento inicial, la cifra de 4.041,50 €/año, IVA incluido para cada área infantil durante el año 2012 (se hace notar que todos los meses se conservan la totalidad de las áreas infantiles), lo que supone un coste total del canon de 6.634.022,87 euros IVA incluido para la duración estimada del contrato y que permanecerá invariable durante toda la duración del contrato.

    2.- Una cantidad variable en concepto de medición para el abono de los materiales utilizados en las labores de instalación y tiempo empleado en el mismo, así como trabajos extraordinarios, salvo el importe de los desplazamientos y demás conceptos incluidos en el canon fijo.

    El abono de este importe se efectuará mediante certificación mensual expedida por el servicio municipal competente, en función de los trabajos extraordinarios realmente ejecutados durante el período de dicha certificación. Durante los diez primeros días de cada mes, el adjudicatario presentará en el departamento municipal encargado del control y seguimiento del contrato, la relación de la totalidad de los trabajos realizados en las áreas así como de los trabajos extraordinarios de instalación ejecutados el mes anterior, junto con el importe de los mismos, calculado según el Cuadro de Precios que figura como anexo a este Pliego, en el supuesto de que la labor realizada no figure en el anterior se utilizará el Cuadro de precios 2011 aplicables a los Presupuestos de los

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    Proyectos de Urbanización y Edificación de Obra Nueva del Ayuntamiento de Madrid, y en su defecto el cuadro de precios de la Base de Datos de la Construcción 2007 de la Comunidad de Madrid y en su defecto el contenido en “Precio de la Construcción Centro 2010”, del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara. Para el cálculo final de la cantidad total a pagar por este concepto, se aplicará al importe de ejecución material, el 19% en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial, el Coeficiente de Baja de Adjudicación y el Coeficiente de Revisión de Precios, si hubiese lugar. La cantidad total obtenida, constituirá el “importe líquido de la certificación”.

    Finalmente, se aplicará el coeficiente del “impuesto del valor añadido” en vigor.

    30.- CONTROL DEL SERVICIO

    El servicio municipal competente se encargará de dar al contratista las órdenes, instrucciones y planes de trabajo oportunos, así como controlar la eficacia en la prestación del servicio encomendado.

    El contratista establecerá los medios para recibir las comunicaciones en sus oficinas, por teléfono, fax, correo electrónico o vía Internet.

    31.- ANEXOS

    Se acompaña como Anexos los siguientes: - Anexo I.- Cuadro de Precios. - Anexo II.- Listado de emplazamientos de las áreas existentes al día de la fecha. - Anexo III.- Listado de áreas objeto de mantenimiento preventivo diario.

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    ANEXO I

    Cuadro de Precios

    ELEMENTO UD CONCEPTO PRECIO

    POSTES ml Poste de madera laminada, sin mecanizado (90x90mm) 89,24 €

    ml Poste de madera laminada, mecanizado (90x90mm) 92,24 €

    ml Poste de madera laminada, sin mecanizado (70x70mm) 65,84 €

    ml Poste de madera laminada, mecanizado (70x70mm) 68,84 €

    ANCLAJES ud Anclaje metálico para postes de 90x90mm 90,81 €

    ud Anclaje metálico para postes de 70x70mm 87,84 €

    ud Anclaje metálico para muelle de arena 82,88 €

    ud Anclajes metálicos para tobogan 32,70 €

    PANELES ud Tablero fenólico de 20mm y pintado de 1200x1200mm 264,60 €

    ud Tablero fenólico de 20mm y pintado de 1200x600mm 199,80 €

    ud Tablero fenólico de 20mm y pintado de 600x600mm 167,40 €

    ud Tablero HPL de 10mm de 1500x1300mm 616,50 €

    ud Tablero HPL de 10mm de 1500x650mm 353,25 €

    ud Tablero HPL de 10mm de 750x650mm 221,63 €

    ud Tablero HPL de 16mm de 1500x1300mm 986,40 €

    ud Tablero HPL de 16mm de 1500x650mm 565,20 €

    ud Tablero HPL de 16mm de 750x650mm 354,60 €

    ud Tablero HPL de 20mm de 1500x1300mm 1.233,00 €

    ud Tablero HPL de 20mm de 1500x650mm 706,50 €

    ud Tablero HPL de 20mm de 750x650mm 443,25 €

    ud Tablero HPL de 10mm de 1500x1300mm mecanizado 619,50 €

    ud Tablero HPL de 10mm de 1500x650mm mecanizado 356,25 €

    ud Tablero HPL de 10mm de 750x650mm mecanizado 224,63 €

    ud Tablero HPL de 16mm de 1500x1300mm mecanizado 991,20 €

    ud Tablero HPL de 16mm de 1500x650mm mecanizado 570,00 €

    ud Tablero HPL de 16mm de 750x650mm mecanizado 359,40 €

    ud Tablero HPL de 20mm de 1500x1300mm mecanizado 1.239,00 €

    ud Tablero HPL de 20mm de 1500x50mm mecanizado 712,50 €

    ud Tablero HPL de 20mm de 750x650mm mecanizado 450,00 €

    ud Tablero HPL con bastidor de 1010x800mm 529,50 €

    ud Tablero HPL con bastidor de 1010x600mm 448,85 €

    ud Tablero PE de 1200x1200mm 957,60 €

    ud Tablero PE de 1200x6O0mm 568,80 €

    ud Tablero PE de 600x600mm 374,40 €

    ud Tablero PE de 1200x1200mm mecanizado 960,60 €

    ud Tablero PE de 1200x6O0mm mecanizado 571,80 €

    ud Tablero PE de 600x600mm mecanizado 377,40 €

    ud Panel de tablas 910x660mm 442,89 €

    ud Panel de tablas 910x850mm 522,62 €

    ud Panel de tablas doble 627,89 €

  • Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Dirección General de Áreas Urbanas, Coordinación y Educación Ambiental Subdirección General de Coordinación de Programas

    Paseo de Recoletos nº 12 28001 Madrid Tfno. 915 885 952 [email protected]

    25

    ud Panel de tablas de 1100x1060mm 704,42 €

    ud Panel de tablas de 1100x1060mm con ventana 837,74 €

    ud Panel de tablas de 1100x680mm 473,40 €

    ud Panel de tablas de 1550x680mm 683,48 €

    ud Panel de tablas de 470x680mm 300,65 €

    ud Panel tabla de 175x680mm para lateral tobogán 149,60 €

    ud Panel de tablas de 900x680mm y verticales en rombo 463,37 €

    ud Panel de tablas de 700X680mm y verticales en rombo 353,15 €

    ud Tablero estructurato de 20mm de 1500x1300mm 616,50 €

    ud Tablero estructurato de 20mm de 1500x650mm 353,25 €

    ud Tablero estructurato de 20mm de 750x650mm 221,63 €

    ud Peldaño de estructurato de 20 mm 600x200mm 122,40 €

    ud Tablero carriage de 20mm de 1200x1200mm 157,40 €

    ud Tablero carriage de 20mm de 1200x600mm 123,69 €

    ud Tablero carriage de 20mm de 600x600mm 106,85 €

    ud Peldaño de carriage de 20mm de 600x200mm 95,61 €

    ud Tablero carriage de 25mm de 1200x1200mm 175,11 €

    ud Tablero carriage de 25mm de 1200x600mm 132,56 €

    ud Tablero carriage de 25mm de 600x600mm 111,27 €

    ud Peldaño de carriage de 25mm de 600x200mm 97,10 €

    ud Panel policarbonato de 1200x1200x9,5mm 351,00 €

    ud Panel policarbonato de 1200x600x9,5mm 258,00 €

    ud Panel policarbonato de 600x600x9,5mm 208,50 €

    TABLAS ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 40x20mm 19,74 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 40x25mm 20,93 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 40x30mm 22,11 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 40x35mm 23,30 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 40x40mm 24,48 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x20mm 20,93 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x25mm 22,40 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x30mm 23,88 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x35mm 25,37 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x40mm 26,85 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x45mm 28,32 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 50x50mm 29,81 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x20mm 22,11 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x25mm 23,88 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x30mm 25,67 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x35mm 27,44 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x40mm 29,21 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x45mm 30,99 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x50mm 32,76 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x55mm 34,55 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 60x60mm 36,32 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x20mm 23,30 €

  • Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Dirección General de Áreas Urbanas, Coordinación y Educación Ambiental Subdirección General de Coordinación de Programas

    Paseo de Recoletos nº 12 28001 Madrid Tfno. 915 885 952 [email protected]

    26

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x25mm 25,37 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x30mm 27,44 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x35mm 29,51 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x40mm 31,58 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x45mm 33,66 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x50mm 35,73 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x55mm 37,80 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 70x60mm 39,87 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x20mm 24,48 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x25mm 26,85 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x30mm 29,21 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x35mm 31,58 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x40mm 33,95 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x45mm 36,32 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x50mm 38,69 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x55mm 41,06 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 80x60mm 43,43 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x20mm 25,67 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x25mm 28,32 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x30mm 30,99 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x35mm 33,66 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x40mm 36,32 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x45mm 38,99 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x50mm 41,66 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x55mm 44,31 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 90x60mm 46,98 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x20mm 26,85 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x25mm 29,81 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x30mm 32,76 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x35mm 35,73 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x40mm 38,69 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x45mm 41,66 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x50mm 44,61 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x55mm 47,57 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 100x60mm 50,54 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x20mm 28,04 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x25mm 31,29 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x30mm 34,55 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x35mm 37,80 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x40mm 41,06 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x45mm 44,31 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x50mm 47,57 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x55mm 50,82 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 110x60mm 54,09 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x20mm 29,21 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x25mm 32,76 €

  • Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Dirección General de Áreas Urbanas, Coordinación y Educación Ambiental Subdirección General de Coordinación de Programas

    Paseo de Recoletos nº 12 28001 Madrid Tfno. 915 885 952 [email protected]

    27

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x30mm 36,32 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x35mm 39,87 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x40mm 43,43 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x45mm 46,98 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x50mm 50,54 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x55mm 54,09 €

    ml Tabla de madera de pino silvestre calidad V de 120x60mm 57,63 €

    ud Tabla mecanizada para lateral de plataforma de 1100x140x40 54,48 €

    ud Tabla mecanizada para lateral de plataforma de 700x140x41 41,22 €

    VALLA ml Valla de madera 2100mm MU-50B 108,11 €

    ud Larguero de valla de madera 2070x70x31 50,96 €

    ud Vertical de valla de madera 32,06 €

    ud Pie de valla de madera 33,15 €

    ud Anclaje pavimento poste valla de madera 27,00 €

    ml Valla metálica zona juegos infantiles MU-49 117,35 €

    ud Vertical de valla metálica 10,03 €

    ud Larguero valla metálica 36,04 €

    ud Pie de valla metálica 57,80 €

    ud Anclaje pie valla metálica 42,08 €

    ml Talanquera de madera MU-50A 99,66 €

    ud Papelera modelo basculante metálica jardín (36 litros) MU-11A 121,44 €BANCOS - PAPELERAS ud Papelera modelo forja y tablillas 28 litros 276,78 €

    ud Papelera zona histórica 1 seno MU-12A 288,00 €

    ud Papelera zona histórica 2 senos MU-12B 355,50 €

    ud Banco tipo Madrid MU-16 462,00 €

    ud Banco de tablillas MU-17 528,00 €

    ud Banco tipo 2000 (L=2,0m) MU-15A 1.111,50 €

    ud Tablilla papelera 20,18 €

    ud Listón banco de tablillas 14,40 €

    ud Asiento delantero banco modelo Madrid 65,22 €

    ud Asiento trasero banco modelo Madrid 53,46 €

    ud Tablon respaldo banco modelo Madrid 83,48 €

    ROLLIZOS ml Rollizo de iroco de 40mm de diámetro 18,30 €

    ml Rollizo de pino tratado de 100mm de diámetro 13,61 €

    ml Rollizo de pino tratado de 90mm de diámetro 17,81 €

    ARENEROS ml Arenero de rollizo horizontal con anclajes metálicos 20,10 €

    ml Arenero de rollizo vertical 57,95 €

    ml Arenero de tablón con anclajes metálicos 24,32 €

    ml Arenero de tablón con asientos y refuerzos en HPL para juego 89,25 €

    ml Tubo de aluminio 27,00 €ASAMANOS Y REPOSAPIÉS ml Tubo de nylon 25,50 €

    ud Asas para juegos 28,00 €

    ud Asas modelo trompeta 27,00 €

    ud Reposapiés para juegos 23,00 €

    ud Piedra de escalada 13,94 €

  • Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Dirección General de Áreas Urbanas, Coordinación y Educación Ambiental Subdirección General de Coordinación de Programas

    Paseo de Recoletos nº 12 28001 Madrid Tfno. 915 885 952 [email protected]

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    ud Rana escalada 31,40 €

    ud Piezas escalada de madera 35,98 €

    ud Maza asidero 91,50 €

    COLUMPIOS ud Pórtico de columpios 2.000,00 €

    ud Escuadras de unión de travesaño con postes 157,50 €

    ud Asiento plano columpio homologado con cadenas 115,50 €

    ud Asiento pañal con cadena 265,80 €

    ud Plataforma con cadena 2.105,07 €

    ml Cadena normalizada 10,92 €

    ud Cojinete de suspensión 24,81 €

    TOBOGANES ud Tobogán autoportante de 600mm de altura 1.687,50 €

    ud Tobogán autoportante de 1000mm de altura 3.086,04 €

    ud Tobogán autoportante de 1500mm de altura 4.431,00 €

    ud Rampa de acero y laterales de HPL de 500 mm de ancho y 600mm de alto 916,67 €

    ud Rampa de acero y laterales de HPL de 500 mm de ancho y 1000mm de alto 1.936,26 €

    ud Rampa de acero y laterales de HPL de 500 mm de ancho y 1200mm de alto 2.521,73 €

    ud Rampa de acero y laterales de HPL de 500 mm de ancho y 1500mm de alto 2.751,23 €

    ud Tobogán polietileno 600mm de alto y 650mm de ancho 472,50 €

    ud Tobogán polietileno 800mm de alto y 650mm de ancho 594,00 €

    ud Tobogán polietileno 900mm de alto y 650mm de ancho 652,50 €

    ud Tobogán polietileno 1000mm de alto y 650mm de ancho 769,50 €

    ud Tobogán polietileno 1200mm de alto y 650mm de ancho 785,25 €

    ud Tobogán polietileno 1300mm de alto y 650mm de ancho 821,25 €

    ud Tobogán polietileno 1500mm de alto y 650mm de ancho 911,25 €

    ud Tobogan poliester y fibra de vidrio 560 de ancho y 800 de alto 1.120,50 €

    ud Tobogán poliester y fibra de vidrio 560 de ancho y 1100 de alto 1.334,25 €

    ud Tobogán poliester y fibra de vidrio 560 de ancho y 1300 de alto 1.683,00 €

    ud Tobogán poliester y fibra de vidrio 560 de ancho y 1500 de alto 1.847,25 €

    ud Tobogán poliester y fibra de vidrio 560 de ancho y 1900 de alto 2.812,50 €

    ud Tobogán espiral poliester y fibra de vidrio de 2000mm de altura 4.893,75 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2mm de espesor, anchura 500 y altura de 600-700 1.215,00 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2mm de espesor, anchura 500 y altura de 900-1000 1.462,50 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2mm de espesor, anchura 500 y altura de 1250-1500 1.755,00 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2mm de espesor, anchura 500 y altura de 1750-2000 1.944,00 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2mm de espesor, anchura 500 y altura de 2250-2500 2.191,50 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2,5mm de espesor, anchura 1000 y altura de 900-1000 2.740,50 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2,5mm de espesor, anchura 1000 y altura de 1250-1500 3.190,50 €

    ud Tobogán acero inox, AISI 304, 2,5mm de espesor, anchura 1000 y altura de 1750-2000 3.591,00 €

    ud Tobogan acero inox, AISI 304, 2,5mm de espesor, anchura 1000 y altura de 2250-2500 4.050,00 €

    TIROLINAS ud Tirolina completa 10.350,00 €

    ud Funicular tirolina 679,50 €

    ml Cable acerado 3,96 €

    ud Freno 284,04 €

    ud Asiento tirolina 151,53 €

    ud Tensores 184,50 €

    MUELLES, ud Muelle completo con figura simple en HPL 1.060,00 €

  • Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Dirección General de Áreas Urbanas, Coordinación y Educación Ambiental Subdirección General de Coordinación de Programas

    Paseo de Recoletos nº 12 28001 Madrid Tfno. 915 885 952 [email protected]

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    ud Muelle completo con figura simple metálico 1.018,75 €BALANCINES, CARRUSELES ud Muelle completo con figura simple en polietileno 1.193,75 €

    ud Muelle completo con figura doble en HPL 1.062,50 €

    ud Muelle completo con figura doble en polietileno 1.332,69 €

    ud Muelle comp