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Departamento de Servicios Técnicos Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Nº Expediente: 300/2016/1086 MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 1 de 86 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 DIVIDIDO EN LOTES 1, 2 Y 3 (Reservado Lote nº 3 a Empresas de Inserción Laboral DA 5ª TRLCSP) Exp. 300/2016/1086 Firmado por: JESUS BARRANCO HERREZUELO Cargo: JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS TECNICOS Fecha: 19-10-2016 14:30:39 Página: 1 de 86 Código de verificación : PY4b6d4382ec5ec5 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PY4b6d4382ec5ec5

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL ... · Se denomina mantenimiento integral a la actividad consistente en la puesta a disposic ión a favor de una única empresa

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 1 de 86

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS

EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2 017/2018 DIVIDIDO EN LOTES 1, 2 Y 3 (Reservado Lote nº 3 a E mpresas de

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 3 de 86

ÍNDICE Cláusula 1: OBJETO ...................................................................................................................... 5 Cláusula 2: CONDICIONES TÉCNICAS ......................................................................................... 5 Cláusula 3: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO .............................................................................. 6 Cláusula 4: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE CADA LOTE ..................... 7

4.1 ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA EMPRESA. PLANIFICACIÓN ........................... 7 4.2 MEDIOS HUMANOS ............................................................................................................ 8

4.2.1 Principios generales ....................................................................................................... 8 4.2.2 Obligaciones formales .................................................................................................... 8 4.2.3 Personal mínimo ............................................................................................................ 8 4.2.4 Huelga ......................................................................................................................... 11

4.3 MEDIOS MATERIALES ..................................................................................................... 11 4.4 CONSIDERACIONES AMBIENTALES .............................................................................. 12 4.5 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ...................................................................... 12

Cláusula 5: SUMINISTROS DE AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA .................................................13 Cláusula 6: OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES ...................................................................13 Cláusula 7: RESPONSABLE DEL CONTRATO .............................................................................14 Cláusula 8: DOCUMENTACIÓN ....................................................................................................14

8.1 Al inicio del contrato ........................................................................................................... 14 8.2. Con carácter periódico: ..................................................................................................... 14

Cláusula 9: AHORRO ENERGÉTICO ............................................................................................16 Cláusula 10: NORMATIVA APLICABLE. .......................................................................................16 Cláusula 11: CLÁUSULAS SOCIALES. .........................................................................................17 Cláusula 12: CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN ................................................................18 ANEXO I. RELACIÓN DE EQUIPAMIENTOS Y SUPERFICIES OBJETO DEL CONTRATO POR LOTES ..................................................................................................................................21 ANEXO II. MANTENIMIENTO GENERAL LOTES 1 Y 2 ................................................................27 Cláusula II.1 OBJETO ...................................................................................................................28

Cláusula II.2 DESARROLLO DE LOS TRABAJOS .................................................................. 28 II.2.1 Mantenimiento Preventivo ............................................................................................ 32

II.2.1.1 Conducción y vigilancia ......................................................................................... 32 II.2.1.2 Mantenimiento Preventivo Programado ................................................................. 32 II.2.1.3 Mantenimiento Preventivo Condicional .................................................................. 33

II.2.2 Mantenimiento Correctivo ............................................................................................ 33 II.2.3 Asistencia Técnica para los Controles Reglamentarios ................................................ 33 II.2.4. Personal de mantenimiento ......................................................................................... 33

Cláusula II.3 FUNCIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA ............................................. 34 II.3.1 Inventario de Equipos e Instalaciones .......................................................................... 34 II.3.2 Registro de Incidencias ................................................................................................ 35 II.3.3 Diario de Seguimiento .................................................................................................. 36 II.3.4 Programa de Trabajo y de Trabajos realizados .......................................................... 36 II.3.5 Otras funciones ............................................................................................................ 37

Cláusula II.4 MEDIOS MATERIALES ....................................................................................... 37 II.4.1 Suministro y Gestión de Productos Consumibles, Gases y Combustibles .................... 38 II.4.2 Materiales propios de equipos o instalaciones ............................................................. 38 II.4.3 Gestión de Residuos .................................................................................................... 39

Cláusula II.5 CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO................................................................... 39 Cláusula II.6 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ......................................... 40 Cláusula II.7 OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO ............... 41

II.7.1 En elementos constructivos ......................................................................................... 41 II.7.2 En Espacios Libres de Parcela y Pistas Deportivas ..................................................... 42 II.7.3 En Instalaciones. .......................................................................................................... 43

Cláusula II.8 MANTENIMIENTO CORRECTIVO ...................................................................... 49 II.8.1 En elementos constructivos ......................................................................................... 49

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II.8.2 En Espacios Libres de Parcela..................................................................................... 51 II.8.3 En instalaciones ........................................................................................................... 52

Cláusula II.9: MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES ........................................................... 52 II.9.1. Objeto ......................................................................................................................... 52 II.9.2. Relación de actuaciones a realizar en las zonas verdes ............................................. 53

II.9.2.1. Riegos. ................................................................................................................. 53 II.9.2.2. Abonos y enmiendas ............................................................................................ 53 II.9.2.3. Entrecavados y escardas. .................................................................................... 54 II.9.2.4. Mantenimiento y reposiciones de céspedes, praderas y cubiertas vegetales. ...... 54 II.9.2.5. Mantenimiento del arbolado y de arbustos. .......................................................... 55 II.9.2.6. Sanidad vegetal.................................................................................................... 57

II.9.3. Actuaciones urgentes sobre la vegetación en las zonas verdes. ................................. 58 II.9.4. Conservación de los sistemas de riego. ...................................................................... 59

ANEXO III. MANTENIMIENTO GENERAL LOTE 3. RESERVADO A EMPRESAS DE INSERCIÓN LABORAL .................................................................................................................61 Cláusula III.1. OBJETO .................................................................................................................62

Cláusula III.2 DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. ................................................................ 62 III.2.1 Mantenimiento Preventivo ........................................................................................... 63 III.2.2 Mantenimiento Correctivo ........................................................................................... 64 III.2.3 Asistencia Técnica para los Controles Reglamentarios ............................................... 64 III.2.4. Personal de mantenimiento ........................................................................................ 65

Cláusula III.3 FUNCIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA ............................................ 65 III.3.1 Inventario de Instalaciones Deportivas Básicas y sus elementos ................................... 65 III.3.2 Registro de Incidencias .................................................................................................. 66 III.3.3 Diario de Seguimiento .................................................................................................... 66 III.3.4 Programa de Trabajo y Plan de Trabajos realizados ...................................................... 67 III.3.5 Otras funciones .............................................................................................................. 67 Cláusula III.4 MEDIOS MATERIALES ...................................................................................... 67 III.4.1 Suministro y Gestión de Productos Consumibles, Gases y Combustibles ...................... 68 III.4.2 Materiales propios de equipos o instalaciones ............................................................... 68 III.4.3 Gestión de Residuos ...................................................................................................... 69 Cláusula III.5 CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO. ................................................................. 69 Cláusula III.6 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS ........................................ 70 Cláusula III.7 OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO .............. 71

III.7.1 En elementos constructivos ........................................................................................ 71 III.7.2 En Espacios Libres de Parcela.................................................................................... 72 II.7.3 En Instalaciones. .......................................................................................................... 72 III.7.4 Inspecciones de vigilancia ........................................................................................... 73

Cláusula III.8 MANTENIMIENTO CORRECTIVO ..................................................................... 74 III.8.1 En elementos constructivos ........................................................................................ 74 III.8.2 En espacios libres de parcela y Pistas deportivas ....................................................... 76 III.8.3. En instalaciones ......................................................................................................... 76

Cláusula III.9: MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES .......................................................... 77 III.9.1. Objeto ........................................................................................................................ 77 III.9.2. Relación de actuaciones a realizar en las zonas verdes ............................................ 77

III.9.2.1. Riegos. ................................................................................................................ 78 III.9.2.2. Abonos y enmiendas ........................................................................................... 78 III.9.2.3. Entrecavados y escardas. ................................................................................... 78 III.9.2.4. Mantenimiento y reposiciones de céspedes, praderas y cubiertas vegetales. ..... 79 III.9.2.5. Mantenimiento del arbolado y de arbustos. ......................................................... 80 III.9.2.6. Sanidad vegetal. .................................................................................................. 82

III.9.3. Actuaciones urgentes sobre la vegetación en las zonas verdes. ................................ 83 III.9.4. Conservación de los sistemas de riego. ..................................................................... 84

ANEXO IV. RELACIÓN DE PERSONAL SUBROGABLE ..............................................................85

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Cláusula 1: OBJETO El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas a las que ha de sujetarse la prestación de los servicios de mantenimiento integral que resultan necesarios para el normal funcionamiento de las actividades que se desarrollen en los equipamientos adscritos al Distrito. Con arreglo al presente Pliego se denominan servicios de mantenimiento todos aquéllos distintos de la actividad principal a la que se destinan los centros educativos, edificios municipales, centros deportivos municipales e instalaciones deportivas básicas así como en los espacios libres de parcela de dichos equipamientos adscritos al Distrito y que hacen posible su normal funcionamiento en condiciones de seguridad, salubridad y confort. Se denomina mantenimiento integral a la actividad consistente en la puesta a disposición a favor de una única empresa adjudicataria por lote, de la gestión de las operaciones de mantenimiento técnico integral para la conservación de los equipamientos adscritos al Distrito y sus instalaciones, así como las zonas verdes comprendidas en su ámbito, con el fin de garantizar su conservación y óptimo rendimiento. También se incluyen los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse. Las prestaciones correspondientes a esta contratación no están incluidas en ningún otro contrato ni se realizan directamente por el Ayuntamiento. Dadas las características de las prestaciones, en relación con la tipología de los equipamientos se ha realizado la siguiente división en lotes por funcionalidades: Lote nº. Denominación.

Lote 1: Centros Educativos de Educación Infantil y Primaria Lote 2: Edificios y Centros Deportivos Municipales Lote 3: Instalaciones Deportivas Básicas. Reservado a Empresas de Inserción Laboral. Los equipamientos que constituyen el objeto de este contrato se relacionan en el Anexo I de este Pliego. Por su parte, las condiciones técnicas específicas aplicables a cada uno de los servicios de mantenimiento por lotes se recogen en los Anexo II y III . Finalmente, la relación de personal subrogable se recoge en el Anexo IV .

Anexo I Relación de equipamientos y superficies objeto del contrato por Lotes

Anexo II Mantenimiento general Lotes 1 y 2

Anexo III Mantenimiento general Lote 3

Anexo IV Relación de personal subrogable

Cláusula 2: CONDICIONES TÉCNICAS

En el desarrollo de las prestaciones derivadas del objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente, de seguridad e higiene laboral y ambiental, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las dotaciones y equipamientos objeto del presente contrato.

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Cláusula 3: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

La modificación del contrato no podrá realizarse con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, cumplir finalidades nuevas o incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. El contrato es susceptible de modificación, tanto a la baja como al alza, por la variación de la superficie total (m2), de los equipamientos objeto del contrato (centros educativos, edificios municipales, centros deportivos municipales e instalaciones deportivas básicas), producida por los supuestos y con el alcance que se indica a continuación: Modificación Lote 1: • Ampliación de los Centros Escolares existentes, por parte de la Comunidad de Madrid, en una

superficie estimada máxima de 5.000 m2 construidos y el espacio libre correspondiente, suponiendo una variación máxima del presupuesto base de licitación del Lote 1 de un 5 %.

El porcentaje máximo de estas modificaciones no podrá exceder del 5 % del presupuesto base de licitación del Lote 1, tal y como se establece en el Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (En adelante PCAP). Modificación Lote 2: • Ampliación de Edificios Municipales existentes adscritos al Distrito para usos sociales con una

superficie estimada de 1.150 m2 construidos y que supone una variación del presupuesto base de licitación del Lote 2 de un 1,5 %.

• Incorporación a la gestión integral de los servicios de mantenimiento de los equipamientos que a la entrada en vigor del presente contrato se encuentren en la modalidad de gestión indirecta , como la Instalación Deportiva María de Villota, con una superficie de instalaciones deportivas de 9.733 m2 y una superficie construida de 719 m2, así como el supuesto contrario, la baja en la gestión integral para el caso de equipamientos contemplados en el presente contrato y que pasen a la modalidad de gestión indirecta, con una variación máxima del presupuesto base de licitación del Lote 2 de un 2%.

• Ampliación de Centros Deportivos Municipales mediante la construcción de una piscina en la Instalación Deportiva María de Villota y que supone una variación del presupuesto base de licitación del Lote 2 de un 2 %.

• Modificación por la incorporación del Centro Deportivo Municipal San Cristóbal, a un Proyecto de Servicios Energéticos o de Mejora Energética promovidos por el Ayuntamiento de Madrid, estimándose un porcentaje máximo de modificación del presupuesto base de licitación de un 0,5%.

• Cambios de adscripción o gestión de equipamientos con la consiguiente incorporación o baja, y su consecuente afección al listado de equipamientos del Anexo I, Lote 2 del presente Pliego, considerando una posible variación máxima del presupuesto base de licitación en estos conceptos de un 2,3%.

• Cambio de la Instalación Deportiva Básica Los Rosales II situada en la Avenida de los Rosales nº 135 a Instalación Deportiva con control de acceso y uso, con la consiguiente incorporación al Lote 2 y baja, en su caso, en el Lote 3 considerando una posible modificación del presupuesto base de licitación del Lote 2 en estos conceptos de un 0,7 %.

El porcentaje máximo de estas modificaciones no podrá exceder del 9 % del presupuesto base de licitación del Lote 2 tal y como se establece en el Anexo I del PCAP.

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Modificación Lote 3:

• Ampliación de las Instalaciones Deportivas Básicas mediante la construcción de dos pistas

deportivas en parcelas calificadas como equipamiento deportivo o en zonas verdes de los barrios del Distrito con una superficie estimada de 420 m2 cada una y con una variación máxima del presupuesto base de licitación del Lote 3 de un 1,3 %.

• Ampliación de las Instalaciones Deportivas Básicas mediante la construcción de dos rocódromos con un superficie estimada de 900 m2 cada uno en equipamientos existentes en el Distrito y/o en parcelas calificadas como equipamiento deportivo o zona verde, con una variación máxima del presupuesto base de licitación del Lote 3 de un 2 %.

• Ampliación de Instalaciones Deportivas Básicas mediante la construcción de un auditorio en el Parque Plata y Castañar de una superficie de 3.000 m2 y con una variación máxima del presupuesto base de licitación del Lote 3 en un 5 %.

• Cambio de la Instalación Deportiva Básica Los Rosales II situada en la Avenida de los Rosales nº 135 a Instalación Deportiva con control de acceso y uso, con la consiguiente incorporación al Lote 2 y baja, en su caso, en el Lote 3 considerando una posible modificación del presupuesto base de licitación del Lote 3 en estos conceptos de un 0,7 %.

El porcentaje máximo de estas modificaciones no podrá exceder del 9 %del presupuesto base de licitación del Lote 3 tal y como se establece en el Anexo I del PCAP. La variación del número de equipos de una instalación o la incorporación, o supresión, de instalaciones técnicas en las dependencias incluidas en el objeto del contrato, no modifican su superficie y por tanto no será objeto de modificación del contrato. Así mismo, el cese puntual de actividad en un equipamiento o en una parte del mismo a consecuencia de incidencias como la ejecución de obras o de cualesquiera otras circunstancias sobrevenidas que impidan el desarrollo normal de las prestaciones objeto del contrato, no dará lugar a modificación de contrato. La Administración adoptará el correspondiente acuerdo de modificación que deberá contar con los informes preceptivos, a la vista de las consideraciones o alegaciones que en su caso formule la empresa adjudicataria de cada lote. La modificación del contrato deberá formalizarse por escrito. Cláusula 4: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARI A DE CADA LOTE 4.1 ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA EMPRESA. PLANIFICACIÓN El contrato de mantenimiento integral implica que la empresa adjudicataria de cada lote se responsabiliza, por sí misma y ante la Administración contratante, del cumplimiento íntegro y satisfactorio de la totalidad de las prestaciones objeto del contrato. Por ello, las empresas que liciten deberán disponer de la organización, medios técnicos, materiales y humanos suficientes que permitan acometer y realizar perfectamente la totalidad de los diferentes servicios que constituyen el objeto del contrato, respondiendo con su organización incluso de aquellos, que deban ser subcontratados. La organización y estructura empresarial serán por tanto coherentes y adaptadas a la naturaleza y características del objeto del contrato y de sus diferentes prestaciones.

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4.2 MEDIOS HUMANOS 4.2.1 Principios generales La empresa adjudicataria de cada lote deberá contratar al personal que resulte preciso para atender el cumplimiento de sus obligaciones. En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato por la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria será la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables con relación a su personal, en especial las referidas a contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y en materia tributaria. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de la prestación la insuficiencia de la plantilla. 4.2.2 Obligaciones formales La empresa adjudicataria dispondrá de personal suficiente para proceder de forma inmediata a las sustituciones que por ausencia, vacaciones, enfermedad u otras causas resulten precisas con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. En el supuesto de que la empresa adjudicataria considere oportuna la sustitución de su personal, deberá notificarlo al Distrito con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Distrito en el momento de la incorporación de la persona que cubra la baja. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los demás datos personales del personal que se incorpora. Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos, se realizarán por personal cualificado que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso, también se deben cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes. Todo el personal de la empresa adjudicataria adscrito al servicio deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada diferente a la tarjeta corporativa del personal municipal. Dicha identificación será expedida por la empresa y en ella se harán constar el nombre y apellidos del trabajador/a, el nombre y/o logo de la empresa a la que pertenece y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá validada por el Distrito y por el/la representante de la empresa adjudicataria ante el Ayuntamiento o responsable máximo. Todo el personal la llevará siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso, deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del equipamiento de que se trate. 4.2.3 Personal mínimo El personal mínimo del que deberá disponer la empresa adjudicataria para el cumplimiento del objeto del contrato será el siguiente, además del personal de oficios que sea necesario con la cualificación que sea exigible:

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LOTE 1: Centros Educativos de Educación Infantil y Primaria

• Una persona que desarrolle labores de Coordinación con titulación universitaria mínima en

Ingeniería Superior/Arquitectura Superior o Ingeniería Técnica/Arquitectura Técnica y con experiencia mínima de 4 años en gestión de los servicios de mantenimiento integral de equipamientos de las características de los que son objeto del contrato. Será responsable de la buena gestión del contrato y de la interlocución con el Distrito. Ejercerá las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios de la empresa adjudicataria y redactará los informes necesarios para que el Distrito esté perfectamente informado del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente Pliego. Se reunirá trimestralmente con la persona responsable del contrato en el Distrito, o quién ésta designe, para la supervisión del servicio, independientemente de que su presencia podrá ser requerida en cualquier momento durante la ejecución del contrato. Será sustituido con motivo de ausencia temporal por vacaciones, permisos, bajas, etc.

• Responsable técnico dedicado en exclusiva al presente contrato con titulación universitaria de

grado medio o superior, según las siguientes especialidades:

- Arquitectura Superior/ Arquitectura Técnica, o título equivalente.

• Responsable técnico dedicado a tiempo parcial al presente contrato con titulación universitaria de grado medio o superior, según las siguientes especialidades:

- Ingeniería Superior/Ingeniería Técnica, o título equivalente en la especialidad de instalaciones eléctricas, térmicas y resto de instalaciones.

• Demás personal descrito en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y específico para

la ejecución de las tareas relacionadas. Este personal, a su vez, estará apoyado técnica y profesionalmente por la organización y la estructura de la empresa adjudicataria.

LOTE 2: Edificios y Centros Deportivos Municipales

• Una persona que desarrolle labores de Coordinación con titulación universitaria mínima en Ingeniería Superior/Arquitectura Superior o Ingeniería Técnica/Arquitectura Técnica y con experiencia mínima de 4 años en gestión de los servicios de mantenimiento integral de equipamientos de las características de los que son objeto del contrato. Será responsable de la buena gestión del contrato y de la interlocución con el Distrito. Ejercerá las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios de la empresa adjudicataria y redactará los informes necesarios para que el Distrito esté perfectamente informado del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente Pliego. Se reunirá trimestralmente con la persona responsable del contrato en el Distrito, o quién ésta designe, para la supervisión del servicio, independientemente de que su presencia podrá ser requerida en cualquier momento durante la ejecución del contrato. Será sustituido con motivo de ausencia temporal por vacaciones, permisos, bajas, etc.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 10 de 86

• Responsable técnico dedicado en exclusiva al presente contrato con titulación universitaria de

grado medio o superior, según las siguientes especialidades: - Ingeniería Superior/Ingeniería Técnica, o título equivalente en la especialidad de instalaciones eléctricas, térmicas y resto de instalaciones.

• Responsable técnico dedicado a tiempo parcial al presente contrato con titulación universitaria

de grado medio o superior, según las siguientes especialidades:

- Arquitectura Superior/ Arquitectura Técnica, o título equivalente.

• Demás personal descrito en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y específico para la ejecución de las tareas relacionadas. Este personal, a su vez, estará apoyado técnica y profesionalmente por la organización y la estructura de la empresa adjudicataria.

LOTE 3: Instalaciones Deportivas Básicas. Reservado a Empresas de Inserción Laboral.

• Una persona que desarrolle labores de Coordinación con titulación universitaria mínima en Ingeniería Superior/Arquitectura Superior o Ingeniería Técnica/Arquitectura Técnica y con experiencia mínima de 4 años en gestión de los servicios de mantenimiento integral de equipamientos de las características de los que son objeto del contrato. Será responsable de la buena gestión del contrato y de la interlocución con el Distrito. Ejercerá las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios de la empresa adjudicataria y redactará los informes necesarios para que el Distrito esté perfectamente informado del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente Pliego. Se reunirá trimestralmente con la persona responsable del contrato en el Distrito, o quién ésta designe, para la supervisión del servicio, independientemente de que su presencia podrá ser requerida en cualquier momento durante la ejecución del contrato Será sustituido con motivo de ausencia temporal por vacaciones, permisos, bajas, etc.

• Responsable técnico dedicado a tiempo parcial al presente contrato con titulación universitaria

de grado medio o superior, según las siguientes especialidades:

- Arquitectura Superior/ Arquitectura Técnica, o título equivalente.

• Demás personal descrito en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y específico para la ejecución de las tareas relacionadas. Este personal, a su vez, estará apoyado técnica y profesionalmente por la organización y estructura de la empresa adjudicataria.

El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado en sus funciones con el personal de oficios que resulte necesario para la mejor ejecución del contrato, disponiéndose de tanto personal como se estime necesario para la realización de las tareas especificadas para cada lote, y con la dotación mínima en ellos establecida. En el caso de empleo de subcontratas, éstas cumplirán con lo preceptuado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (En adelante TRLCSP).

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 11 de 86

4.2.4 Huelga En el eventual supuesto de huelga legal del personal adscrito a los diferentes servicios, la empresa adjudicataria deberá informar a los responsables del Distrito sobre su desarrollo y servicios mínimos que se vayan a realizar. Una vez finalizada la huelga, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe indicando cuáles son los servicios mínimos efectivamente realizados, el número de horas que, en su caso, se haya dejado de prestar y la dependencia en la que se haya producido el incumplimiento. Comprobada la defectuosa prestación del servicio, se procederá a efectuar por el Distrito la correspondiente deducción en la factura del mes en que se haya producido aquélla, teniendo en cuenta, a estos efectos, el porcentaje de participación del equipamiento en el coste total del presupuesto base de licitación. Dicha valoración se comunicará por escrito a la empresa afectada a fin de que proceda a efectuar tal deducción en la factura del mes que corresponda o, en su caso, en la del siguiente. 4.3 MEDIOS MATERIALES Además de los especificados en su caso en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, la empresa adjudicataria de cada lote dispondrá de cuantos medios materiales, técnicos, sistemas de comunicación, transporte y de cualquier otra índole resulten necesarios para garantizar el normal desempeño del servicio, así como de los instrumentos, herramientas y medios auxiliares precisos para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.

LOTES 1 Y 2:

• Dispondrá, como mínimo, de dos vehículos-taller equipados adecuadamente para asegurar la resolución rápida de las averías que se puedan producir.

• Dispondrá, asimismo, de un vehículo ligero de servicio de cinco plazas, con conductor, a plena disposición del contrato para hacer visitas de inspección a requerimiento del Distrito.

• Será por cuenta de la empresa adjudicataria del servicio, el mantenimiento periódico, combustible y seguros a todo riesgo de los vehículos.

LOTE 3:

• Dispondrá, como mínimo, de un vehículo-taller equipado adecuadamente para asegurar la resolución rápida de las averías que se puedan producir.

• Será por cuenta de la empresa adjudicataria del servicio, el mantenimiento periódico,

combustible y seguros a todo riesgo de los vehículos. Todos estos medios serán utilizados por el personal propio de la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria deberá proveer a su personal de los uniformes y ropa de trabajo necesaria para el desempeño de las tareas en desarrollo del presente contrato. En dichas prendas deberá figurar claramente visible el logo y/o nombre de la empresa contratista.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 12 de 86

No se podrán almacenar materiales, herramientas, maquinaria, equipos industriales, medios auxiliares, vestuario de trabajo, equipos de protección individual, elementos de señalización o elementos de protección colectiva en las dependencias objeto del contrato, salvo que por circunstancias especiales que lo justifiquen, el Distrito diese su aprobación. Estas aprobaciones que tendrán siempre carácter transitorio, en ningún caso implicarán para el Distrito una responsabilidad relativa a la guarda y custodia de los artículos depositados en sus dependencias. Asimismo, el personal de la empresa adjudicataria se abstendrá de utilizar maquinaria, útiles, equipos, vehículos, instrumentos y demás material cuya titularidad corresponda al Ayuntamiento, debiendo valerse exclusivamente de aquellos medios que la empresa deba aportar en virtud del contrato suscrito. Sólo excepcionalmente y con autorización expresa de carácter transitorio por parte del Distrito, podrán existir medios materiales propiedad del Ayuntamiento puestos a disposición de la empresa contratista. El Distrito no será responsable de las sustracciones que la empresa adjudicataria pudiera sufrir en sus medios técnicos y materiales durante la ejecución del contrato, pudiendo éste establecer a su cargo, si lo estima oportuno, un servicio de vigilancia. 4.4 CONSIDERACIONES AMBIENTALES En la ejecución del contrato se tendrán en cuenta los siguientes aspectos ambientales:

a) La utilización de materiales reciclados.

b) La maquinaria, herramientas y elementos auxiliares que utilice serán respetuosas con el medio ambiente y a igualdad de eficiencia, ahorro energético e inversión, primará la utilización de la que sea reciclable, de menor consumo energético, produzca menor emisión de ruidos y productos contaminantes, siempre por debajo de los límites marcados por la normativa vigente.

c) Primará el uso de productos consumibles con Etiqueta Ecológica o certificación equivalente.

d) La empresa adjudicataria será responsable de la gestión y tratamiento de residuos, incluidos los de obras de demolición y construcción así como de los peligrosos y no peligrosos emanados de los trabajos.

e) La empresa adjudicataria deberá primar, para la entrega de la documentación escrita objeto del cumplimiento del contrato, el uso de papel reciclado certificado con el sello Ángel Azul o equivalente, o bien el uso de papel procedente de bosques gestionados de manera sostenible, acreditado mediante certificados FSC, PEFC o equivalentes. En el caso de que se requiera papel blanco por motivos de presentación, también se priorizará la utilización de papel certificado conforme a las normas FSC, PEFC o normas de un sistema equivalente.

f) La documentación requerida por el Distrito a presentar por parte de la adjudicataria, se podrá presentar en formato electrónico con los requerimientos de compatibilidad que en cada caso se determinen.

4.5 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Será de exclusiva competencia y riesgo de la empresa adjudicataria de cada lote todo lo referente a accidentes de trabajo, normas de seguridad en el mismo, de prevención y Seguridad Social, y de cuantas disposiciones sean de aplicación a los trabajos objeto de este contrato.

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 13 de 86

La empresa adjudicataria y todas las empresas que, por cuenta de ésta, realicen trabajos en las dotaciones y equipamientos adscritos al contrato, deberán cumplir con cuantas disposiciones nacionales, autonómicas y locales, legales y administrativas estén en vigor durante la ejecución de los trabajos relativos a seguridad y salud en el trabajo. El cumplimiento de las normas de seguridad y de las recomendaciones dadas por el Ayuntamiento de Madrid y la aplicación de los estudios de seguridad que estos puedan establecer, serán responsabilidad de la empresa adjudicataria. De un modo particular, la empresa adjudicataria se responsabilizará de la colocación de aquellos dispositivos de seguridad que deba instalar él o sus subcontratistas en los lugares de trabajo. Asimismo, velará porque el personal y el de sus subcontratistas utilicen las prendas y equipos de protección personal y colectiva reglamentarias. En el caso concreto de la protección contra incendios, la empresa adjudicataria deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios y a las que se dicten por el Ayuntamiento de Madrid, adoptando las medidas necesarias para evitar que posibles manipulaciones en instalaciones eléctricas de carácter provisional y fijas o la utilización de disolventes o productos que puedan provocar siniestros, de los que será responsable, así como de cuantos daños y perjuicios se produzcan por tal motivo. Sin que ello signifique disminución de la responsabilidad de la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Madrid podrá inspeccionar en todo momento los trabajos y comprobar el cumplimiento y adecuación de las medidas de seguridad. Las repercusiones económicas que se derivan del cumplimiento de todo lo expresado anteriormente estarán incluidas en el precio del contrato y en ningún caso supondrá un coste extra para el Ayuntamiento de Madrid. Cláusula 5: SUMINISTROS DE AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA El suministro de agua y energía eléctrica necesario para el desarrollo del contrato se realizará desde las instalaciones de titularidad municipal existentes en el equipamiento sin que sea exigible el abono de la energía y agua consumida por la empresa adjudicataria de cada lote. Si para la realización de alguna actuación concreta derivada de los servicios objeto del contrato, las instalaciones existentes en el equipamiento no fueran adecuadas o suficientes, serán por cuenta de la empresa adjudicataria todos los trámites, gestiones, pagos y obras precisas para la obtención de los suministros necesarios para ejecutar tal actuación. Cláusula 6: OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES La empresa adjudicataria de cada lote recibirá los equipamientos y los espacios libres de parcela, con sus servicios, obras e instalaciones, en las condiciones y estado en que se encuentren a la fecha de licitación. A este fin, las empresas que liciten están obligadas a conocer el estado de los mismos antes de redactar su oferta, para lo cual, solicitarán del Distrito autorización a fin de poder acceder a los mismos. Esta autorización será emitida por el/la Coordinador/a del Distrito sin que pueda suplirla el permiso del Director/a de cada uno de los centros y se concederá siempre que no interfiera el normal funcionamiento de éstos. De resultas de esta visita, se elaborará un informe a incorporar junto con la documentación técnica de la oferta.

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 14 de 86

Si como consecuencia de mejoras u obras realizadas por el Ayuntamiento, por avances tecnológicos, interés de la empresa adjudicataria o por disposiciones legales, se aprobara, recomendara u obligara la adopción de nuevos materiales, elementos o sistemas distintos de los existentes a la entrada en vigor del presente contrato, la empresa adjudicataria estará obligada a prestar en las dependencias objeto de este contrato el servicio requerido con arreglo a aquéllos, sin que la instalación de los nuevos materiales, elementos o sistemas, dé lugar a la modificación del contrato, ni a la alteración del precio de adjudicación del mismo. Cláusula 7: RESPONSABLE DEL CONTRATO A efectos del seguimiento de la ejecución del contrato, el/la responsable del contrato por parte de la Administración será el/la Coordinador/a del Distrito o Unidad Administrativa que lo sustituya en caso de reorganización municipal, que actuará como interlocutor con la empresa adjudicataria de cada lote. En caso de ausencia, será sustituido por el/la Secretario/a del Distrito. No obstante, para todas las actividades de seguimiento y control que contempla el contrato, el/la responsable del contrato estará asistido por el servicio promotor del mismo: El/la responsable del contrato, así como el servicio promotor del mismo, podrán comprobar e inspeccionar el servicio realizado cuando lo consideren oportuno. En caso de incumplimiento de las estipulaciones establecidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares, se comunicará por escrito a la empresa adjudicataria haciendo constar la anomalía detectada. La empresa adjudicataria vendrá obligada a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en el servicio, so pena de imposición de las penalidades previstas en el PCAP. Asimismo, el Distrito podrá requerir, en el momento que lo considere necesario, la documentación relativa a sus obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus Reglamentos de desarrollo. Cláusula 8: DOCUMENTACIÓN 8.1 Al inicio del contrato La empresa adjudicataria de cada lote, además de la documentación específica descrita para cada prestación en los correspondientes lotes, con carácter general presentará: • Relación nominativa, durante los primeros 15 días desde la formalización del contrato, del

personal adscrito al objeto del contrato, especificando su categoría profesional y demás condiciones relevantes. Dicha relación se mantendrá actualizada a lo largo de la vigencia del contrato.

8.2. Con carácter periódico: LOTES 1 Y 2:

Además de la documentación exigible que figura en los anexos, la empresa adjudicataria presentará:

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 15 de 86

• Informe mensual suscrito por el/la Coordinador/a designado/a por la empresa adjudicataria sobre el cumplimiento del contrato. Dicho informe recogerá una relación con todas aquellas intervenciones que hayan sufrido cualquier tipo de retraso en su resolución, así como las causas de la misma. Al informe mensual se incorporarán, al menos, la siguiente documentación:

- Solicitudes específicas realizadas por los responsables del contrato (Informes de saneamiento, informes puntuales del estado de instalaciones concretas, etc.)

- Informes específicos sobre el estado de instalaciones cuyas características exigen un tratamiento especial que garantice la seguridad tanto de las propias instalaciones como del uso de las mismas. Entre ellos:

- Resultado de las inspecciones periódicas establecidas en los Sistemas de PCI. - Resultado de las inspecciones periódicas establecidas en los Sistemas de Seguridad y

Anti-intrusión. - Resultado de las inspecciones periódicas de Legionella. - Informe sobre la seguridad de los elementos de equipamiento deportivo y juegos

infantiles. (cláusula II.7.2.) • Documento trimestral con las medidas reales de los consumos mensuales de energía y

agua en cada uno de los equipamientos objeto del contrato (incluyendo contadores divisionarios o de reparto), que será entregado al gestor/a energético/a designado/a en el Distrito.

• Informes trimestrales que recojan las incidencias ocurridas en las instalaciones que excedan

de las operaciones de mantenimiento correctivo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y no se hayan subsanado adecuadamente, con toda la información relativa a la situación de las mismas y trabajos necesarios para subsanarlas.

LOTE 3 Además de la documentación exigible que figura en los anexos, la empresa adjudicataria presentará:

• Informe mensual suscrito por el/la Coordinador/a designado/a por la empresa adjudicataria sobre el cumplimiento del contrato. Dicho informe recogerá una relación con todas aquellas intervenciones que hayan sufrido cualquier tipo de retraso en su resolución, así como las causas de la misma. Al informe mensual se incorporarán, al menos, la siguiente documentación:

- Solicitudes específicas realizadas por los responsables del contrato (Informes puntuales del estado de instalaciones concretas, etc.) - Informes específicos sobre el estado de instalaciones cuyas características exigen un tratamiento especial que garantice la seguridad tanto de las propias instalaciones como del uso de las mismas. Entre ellos, informe sobre la seguridad de los elementos de equipamiento deportivo y juegos infantiles, etc. (cláusula III.7.2)

• Documento trimestral con las medidas reales de los consumos mensuales de energía y

agua en cada uno de los equipamientos objeto del contrato (incluyendo contadores divisionarios o de reparto), que será entregado al gestor/a energético/a designado/a en el Distrito.

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Departamento de Servicios Técnicos Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

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Cláusula 9: AHORRO ENERGÉTICO La empresa adjudicataria de cada lote presentará un Programa con medidas de ahorro energético en su oferta y en el plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato, presentará ante el/la gestor/a energético/a designado/a en el Distrito, el cronograma para su implementación y desarrollo. Además de poner en práctica medidas de eficiencia energética en los equipamientos objeto del presente contrato, la empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento el conocimiento de los consumos energéticos generados en la prestación del servicio, sin coste para la Administración. Para ello tendrá en cuenta el Acuerdo de 2 de junio de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las medidas para la optimización energética en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, publicado en el BOAM nº 6.198, de 7 de junio de 2010. Estas medidas podrán basarse en buenas prácticas de uso o en adaptar o mejorar las instalaciones de forma que se obtengan reducciones significativas en el consumo de energía o agua. Recogerán las condiciones de aplicación, medidas a implantar y forma de comprobar, controlar y realizar un seguimiento del ahorro en el consumo, diferenciando entre ahorros coyunturales o permanentes en cada uno de los equipamientos incluidos en el objeto del contrato. Las medidas que se tomen no pueden alterar la seguridad o disminuir significativamente la percepción del confort de los usuarios. Cláusula 10: NORMATIVA APLICABLE. Con carácter general, se observará la normativa vigente de aplicación a todas las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de este contrato y entre otras las siguientes: - Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la

Edificación - Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (Real Decreto 1027/2007, de 20 de

julio) - RD 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de

protección contra incendios. - RD 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación

de la eficiencia energética de los edificios. - Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos laborales, y reglamentos de

desarrollo. - Ley 11/1994, de 19 de mayo, y Texto Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores,

aprobado por R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo y convenios laborales sectoriales. - Ley 2/2002 de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003. de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Ley 8/1993. de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras

Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid, y reglamento de desarrollo. - R.D. 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores.

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- R.D. 57/2005 de 21 de enero de prescripciones para el incremento de la seguridad en ascensores, así como la Orden 3711/2007 de la Comunidad de Madrid sobre inspección y corrección de deficiencias.

- R.D. 865/2003 de 4 de julio, y Orden 1187/1998 de la Comunidad de Madrid sobre prevención y control de la legionelosis.

- R.D. 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Equipamientos, y RD 1826/2009, de 27 de noviembre, de modificación de la IT.3

Ordenanzas - Ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de los centros de

cuidado y recreo infantil. Aprobada por Acuerdo Plenario de 30 de Julio de 1998. Ayuntamiento de Madrid. Área de Salud y Consumo. o Protocolo de condiciones técnico-sanitarias para la instalación de los centros de cuidado y

recreo infantil y escuelas infantiles. Decreto aprobado por la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda (13/01/10).

- Ordenanza Reguladora de Protección de los Consumidores en Establecimientos donde se consumen Comidas y Bebidas. o Protocolo de condiciones técnico-sanitarias para la instalación de bares, cafeterías,

restaurantes y similares. Decreto aprobado por la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda (13/01/10).

- Condiciones higiénico-sanitarias, técnicas y de seguridad de las piscinas. - Protocolo de condiciones técnico-sanitarias para la instalación seguridad de piscinas. - Condiciones urbanísticas de la instalación y funcionamiento de los elementos y equipos de

telecomunicación. o Protocolo de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones

- Gestión y uso eficiente del agua en la ciudad de Madrid o Protocolo de gestión y uso eficiente del agua.

Y demás normativa técnica aplicable. Cláusula 11: CLÁUSULAS SOCIALES. En cumplimiento de lo previsto en el Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueba la instrucción 1/2016 relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público, se relacionan a continuación las obligaciones que deberán cumplirse por la empresa adjudicataria de cada lote, derivadas del objeto del presente contrato y que la adjudicataria se obliga a ejecutar: 1. Los bienes o servicios objeto del contrato se desarrollarán respetando las normas

sociolaborales vigente en España y en la Unión Europea o la Organización Internacional del Trabajo.

2. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las empresas licitadoras o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y corresponsabilidad.

Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como de cualquier otro soporte que garantice en cumplimiento de esta obligación.

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3. En materia de seguridad y salud laboral, y en relación con lo ya establecido en la cláusula 4: Adopción de las medidas prevista en materia de seguridad y salud en el trabajo: La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatoria para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas destinadas a la ejecución del contrato. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: • La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la

actividad contratada.

• La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del Contrato.

• El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso sean necesarios.

La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso, dado que la actuación a realizar en materia de prevención de riesgos laborales dependerá de la naturaleza de la prestación constitutiva del objeto del contrato. La empresa adjudicataria deberá señalizar y proteger convenientemente las actividades y actuaciones que se realicen y adoptar las medidas de seguridad y salud establecidas legalmente para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general.

4. En materia de empleo: Afiliación y alta en la Seguridad Social de las personas destinadas a la ejecución del contrato: La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad social de las personas destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato. Para la acreditación de esta obligación, se exigirá a la empresa adjudicataria al inicio de la ejecución del contrato la presentación de una declaración responsable en la que se señales que las personas destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social. En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.

Cláusula 12: CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria de cada lote designe una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en la materia, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, sin perjuicio de las funciones encomendadas a la persona que coordine la seguridad y salud.

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Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución, la empresa adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, deberá comunicar al responsable del contrato la persona de contacto designada. Antes de la finalización de cada anualidad del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al responsable del contrato un informe anual detallado sobre las actuaciones realizadas por aquélla, con determinación de su contenido y alcance.

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ANEXO I. RELACIÓN DE EQUIPAMIENTOS Y SUPERFICIES OB JETO DEL CONTRATO POR LOTES

Se ha realizado la siguiente división en lotes: LOTE 1. CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA LOTE 2: EDIFICIOS MUNICIPALES Y CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES LOTE 3: INSTALACIONES DEPORTIVAS BÁSICAS. RESERVADO A EMPRESAS DE INSERCIÓN LABORAL.

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LOTE 1: CENTROS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

CENTRO DIRECCIÓN SUPERFICIE CONSTRUIDA (m 2)

SUPERFICIE LIBRE DE PARCELA NO

AJARDINADA (m 2)

SUPERFICIE AJARDINADA

(m2)

CEIP CIUDAD DE LOS ÁNGELES C/ Alegría de la Huerta, 6 5.455,00 5.462,00 923,00

CEIP BARCELONA Avda. Verbena de la Paloma, 14 2.700,00 3.484,00 748,00

CEIP CIUDAD DE CÓRDOBA C/ Lillo, 1 4.721,00 3.811,00 755,00

CEIP REPUBLICA DEL SALVADOR C/ Sacedón, 2 3.009,00 4.996,00 532,00

CEIP SAN ROQUE C/ Oxígeno, 43 2.352,00 591,00 30,00

CEIP DÁMASO ALONSO Avda. Espinela, 1 979,00 160,00 107,00

CEIP MANUEL DE FALLA Av. Real de Pinto, 27 1.403,00 878,00 59,00

CEIP SAN CARLOS C/ Geología, 2 1.798,00 977,00 0,00

CEIP CRISTÓBAL COLÓN Ctra. Carabanchel a Villaverde, 109 4.623,00 3.948,00 700,00

CEIP NTRA. SRA. DE LA LUZ C/ Magnesia, 9 1.333,00 1.488,00 387,00

CEIP ANTONIO NEBRIJA C/ Juan José Martínez Seco, 77 4.085,00 5.148,00 813,00

CEIP JUAN DE LA CIERVA C/ Villarrosa, 9 5.995,00 4.271,00 1.088,00

CEIP LOS ROSALES Avda. Los Rosales, 131 4.009,00 7.955,00 3.054,00

CEIP AZORÍN C/ Godella, 57 2.188,00 1.618,00 933,00

CEIP NAVAS DE TOLOSA C/ Benimamet, 109 7.285,00 14.975,00 776,00

CEIP RAMÓN GÓMEZ DE LA SERNA C/ Godella, 170 4.377,00 3.618,00 1.675,00

CEIP EL ESPINILLO C/ Unanimidad, 5-7 3.791,00 5.650,00 780,00

CEIP EL GRECO C/ Estefanita 7-9 5.652,00 6.039,00 3.324,00

CEIP SAGUNTO C/ Paterna, 14 3.830,00 2.374,00 0,00

CEIP AUSIAS MARCH C Estefanita, 11 4.952,00 5.664,00 475,00

EI EL ROCÍO Ctra. Carabanchel a Villaverde, 107 1.121,00 716,00 238,00

EI LOS PINOS C/ Rocafort, 2b 992,00 863,00 407,00

EI LA LUNA C/ Benimamet,109 (frente al nº 117) 792,00 1.693,00 80,00

TOTAL CENTROS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y P RIMARIA 77.442,00 86.379,00 17.884,00

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LOTE 2: EDIFICIOS Y CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES

EDIFICIOS MUNICIPALES

CENTRO DIRECCIÓN SUPERFICIE CONSTRUIDA(m 2)

SUPERFICIE LIBRE DE PARCELA NO

AJARDINADA (m 2)

SUPERFICIE AJARDINADA (m 2)

EDIFICIO SEDE c/ Arroyo Bueno, 53 2.786,00 1.089,00 838,00 C.B.S.S .HUERTA DE VILLAVERDE c/ Huerta de Villaverde, 16 2.705,00 292,00 408,00

C.C. SANTA PETRONILA C/ María Martínez Oviol, 12 4.030,00 1.183,00 266,00

C.C. NUEVO ROSALES C.C. LOS ROSALES

Avda. Los Rosales, 133 2.612,00 5.386,00 662,00

C.C. MARCONI C/ San Eustaquio, 25 652,00 1.767,00 704,00

C.C. BOHEMIOS C/ Los Bohemios, nº1 (Ciudad de Los Ángeles)

1.716,00 535,00 323,00

C.C. SAN CRISTÓBAL Y C. MAYORES MARÍA ZAMBRANO

Pza. de Los Pinazo, 7 1.654,00 143,00 -

C. CÍVICO ÁGATA C/ Dr. Martín Arévalo, 2 1.632,00 - -

C. MAYORES Y C. SOCIAL VILLALONSO C/ Villalonso, 12 1.413,00 561,00 243,00

EDIFICIO GODELLA C/ Godella, 104 1.784,00 10,00 -

EDIFICIO ALBERTO PALACIOS Pº Alberto Palacios ,13 1.500,00 32,00 C.M. NTRA. SRA. ÁNGELES C/ Arama, 3 c/v Noez, 2 1.054,00 266,00 494,00

C .MAYORES LA PLATANERA C/ Concepción de la Oliva, 7-9 c/v Uranio

841,00 420,00 417,00

C.M. MIGUEL DELIBES Avda. Felicidad, 26 1.422,00 354,00 209,00

C. MAYORES JOSÉ ORTUÑO PONCE C/ José Ortuño Ponce, 3 735,00 - -

ANEXO CEIP ANTONIO NEBRIJA C/ Diamante, 22 c/v a C/ San Agapito

540,00 - -

A.E. TALLER JARDINERÍA C. OCUPACIONAL

C/ Valle de Tobalina, 64 c/v Bascuñuelos nº 1

274,00 2.105,00 -

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CENTRO DIRECCIÓN SUPERFICIE

CONSTRUIDA (m2)

SUPERFICIE LIBRE DE PARCELA NO

AJARDINADA (m 2)

SUPERFICIE AJARDINADA

(m2)

CENTRO DIA MAYORES Avda. Felicidad, 24 2.393,00 467,00 60,00 C. SERVICIOS SOCIALES EDUARDO MINGUITO

C/ Leonor Góngora nº 62 c/v Eduardo Minguito

1.819,00 523,00 218,00

CENTRO DE DIA DE MAYORES Y CENTRO DIA ALZHEIMER SAN LUCIANO

C/ San Luciano, 8 1.883,00 354,00 300,00

C. DIA DISCAPACITADOS PSÍQUICOS NAVAS TOLOSA (edificio compartido con la EI La Luna)

C/ Benimamet, 109 ( frente al nº 117) 778,00 356,00 120,00

PABELLÓN SOCIAL NAVAS DE TOLOSA CENTRO SOCIAL NAVAS DE TOLOSA PUNTO DE ENCUENTRO JUVENIL (edificio compartido con la EI La Luna)

C/ Benimamet , 109 (Frente al nº 117) 1.075,00 - -

TOTAL EDIFICIOS MUNICIPALES 35.298,00 15.843,00 5.262,00

CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES

CENTRO DIRECCIÓN SUPERFICIE

CONSTRUIDA (m2)

SUPERFICIE LIBRE DE PARCELA NO

AJARDINADA (m 2)

SUPERFICIE AJARDINADA

(m2)

INSTALACIÓN DEPORTIVA FÉLIX RUBIO C/ Alianza, 4 2.506,00 14.962,00 1.743,00

INSTALACIÓN DEPORTIVA SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES Pza. Pinazo, 9 1.848,00 - -

POLIDEPORTIVO RAÚL GONZÁLEZ C/ Benimamet, 137 (Parque Dehesa Boyal) 6.570,00 433,00 3.720,00

PISCINA CUBIERTA EL ESPINILLO Ctra. Villaverde a Vallecas, 19 3.685,00 2.446,00 1.882,00

POLIDEPORTIVO PLATA Y CASTAÑAR Pº Plata y Castañar, 7 y 9 8.755,00 31.819,00 28.224,00

I.D.B. EL ESPINILLO II C/ Unanimidad, 42-46 364,00 7.594,00 2.153,00

IDB SAN CRISTÓBAL C/ Rocafort nº 9 471,00 9.349,00 235,00

TOTAL CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES 24.199,00 66.603,00 37.957,00

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 25 de 86

LOTE 3: INSTALACIONES DEPORTIVA BÁSICAS. RESERVADO A EMPRESAS DE INSERCIÓN LABORAL .

CENTRO DIRECCIÓN SUPERFICIE

CONSTRUIDA (m2)

SUPERFICIE LIBRE DE PARCELA NO

AJARDINADA (m 2)

SUPERFICIE AJARDINADA

(m2)

EL CRUCE C/ Santiago Amón 6 y 8 48,00 2.867,00 1.007,00

IDB OBISPO C/ Palomares, 34 (Parque Huerta del Obispo)

- 1.277,00 -

I.D.B. PLAZA COLONIA OROQUIETA

Avenida de Andalucía c/v Ctra. Villaverde a Vallecas (Parque de Plaza Chozas de Canales)

- 373,00 -

I.D.B. SANTA PETRONILA C/ Santa Petronila, 21 (Parque de la Amistad)

- 1.767,00 -

I.D.B. COLONIA SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES (Pistas Polideportivas)

C/ Rocafort, (trasera nº2). - 2.592,00 -

I.D.B. NUEVA ESPERANZA C/ Virgen de los Desamparados, 12B - 1.270,00 -

I.D.B. PARQUE PLATA Y CASTAÑAR

Pº Ferroviarios, s/n (Parque Plata y Castañar)

- 4.623,00 -

I.D.B. LOS ROSALES (Pistas Polideportivas)

Avda. Los Rosales, 133. (Centro Cultural Los Rosales)

- 1.439,00 653,00

I.D.B. COLONIA EUSKALDUNA

C/ Hermandad Donantes de Sangre, 7 111,00 4.168,00 2.169,00

I.D.B. SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES II (Patinódromo)

C/ Godella, 48B (Instituto San Cristóbal)

- 581,00 -

I.D.B. PARQUE SAN LUCIANO

C/ Menasalbas, 6 posterior (interior parque San Luciano) - 1.166,00 -

I.D.B. COLONIA MARCONI C/Principal, 1 71,00 4.714,00 737,00 I.D.B. EL ESPINILLO I (Auditorio)

C/ Unanimidad, 3 c/v Tertulia. 225,00 5.286,00 1.900,00

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 26 de 86

CENTRO DIRECCIÓN SUPERFICIE

CONSTRUIDA (m2)

SUPERFICIE LIBRE DE PARCELA NO

AJARDINADA (m 2)

SUPERFICIE AJARDINADA

(m2)

I.D.B. VILLALONSO C/ Villalonso, 6-8 - 1.166,00 -

I.D.B. SAN AURELIANO C/ San Aureliano, 9-11 (Cubierta aparcamiento de residentes)

- 225,00 -

I.D.B. EL ESPINILLO III C/ Unanimidad, 23-25 (Parque del Espinillo) - 1.129,00 150,00

I.D.B. PARQUE CIUDAD DE LOS ÁNGELES

C/ Anoeta, 14B (Parque Ciudad de los Ángeles)

- 1.530,00 -

I.D.B. SAN CRISTÓBAL DE LOS ÁNGELES III. (Frontones)

C/ Moncada, 123. 184,00 1.077,00 150,00

I.D.B. LOS ROSALES II (Campo de Futbol)

Av. Los Rosales, 135. (Centro Cultural Los Rosales)

100,00 5.787,00 945,00

I.D.B. AVDA. LOS ROSALES Avda. Los Rosales, 123 (zona verde del APE 17.14) - 680,00 -

I.D.B. ESTEFANITA C/ Estefanita, 7 (zona verde del API 17.12 Ctra. San Martín de la Vega)

- 494,00 -

I.D.B. AMERICIO C/ Americio, 2 (zona verde APE 17.01) - 576,00 -

I.D.B. EDUARDO BARREIROS

C/ Eduardo Barreiros c/v La Corte del Faraón (Colonia San Luciano)

- 431,00 -

IDB SKATE EL ESPINILLO. (Patinódromo)

C/ Unanimidad s/nº (frente al nº 40) - 280,00 -

IDB SKATE PLAZA LOS METALES. (Patinódromo)

Pza. Metales c/v Hulla s/nº (calles Berrocal y Esmaltina)

- 979,00 252

TOTAL INSTALACIONES DEPORTIVAS BÁSICAS 739,00 46.47 7,00 7.963,00

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 27 de 86

ANEXO II. MANTENIMIENTO GENERAL LOTES 1 Y 2

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 28 de 86

Cláusula II.1 OBJETO El objeto de este Anexo es regular las condiciones técnicas que han de regir las operaciones de mantenimiento técnico integral para la conservación de los equipamientos adscritos al Distrito, de sus elementos constructivos, sus instalaciones, espacios libres y zonas verdes, con el fin de garantizar su conservación y óptimo rendimiento. También se incluyen los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse. Cláusula II.2 DESARROLLO DE LOS TRABAJOS Se entiende por mantenimiento el conjunto de trabajos de conservación preventiva y conservación correctiva necesarios para mantener a cada equipamiento, sus dependencias e instalaciones, en condiciones de uso durante su periodo de vida útil, optimizando el consumo energético, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, reducción de la pérdida de valor del inmueble, así como el ahorro derivado de la correcta utilización de las instalaciones. El mantenimiento se aplicará a todas las edificaciones principales, secundarias, elementos constructivos, así como a todos sus elementos accesorios. También se aplica a las instalaciones existentes en los equipamientos, en especial las que se relacionan a continuación y cuantas otras existan en el momento del inicio del contrato, aunque no esté incluida en la siguiente relación:

• Instalaciones térmicas

• Torres de refrigeración y humectadores.

• Calefacción

• Equipos autónomos y fan-coils

• Instalaciones de refrigeración

• Instalación de extracción, ventilación y difusión

• Eléctricas de baja tensión

• Agua fría y Agua caliente sanitaria

• Protección contra incendios

• Megafonía.

• Ascensores.

• Instalaciones de captación de energía solar y fotovoltaica

• Grupos electrógenos

• Marcadores y rótulos electrónicos

• Instalaciones de gas.

• Instalación de depuración y tratamiento de agua de piscinas, incluye equipos, bombas, válvulas, conductos, etc.

• Sistemas de cloración piscinas, regulación de PH, sondas, bombas dosificadoras, etc.

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Departamento de Servicios Técnicos Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 29 de 86

• Instalaciones de programación de riego y red de riego automático

• Puertas motorizadas para acceso de personas.

• Instalaciones mecánicas y electromecánicas:

• Minicargas tales como: montaplatos, montalibros, etc.

• Cualquier tipo de plataformas elevadoras hidráulicas o eléctricas.

• Puertas motorizadas y barreras automáticas, en accesos de vehículos.

• Porteros automáticos videoporteros.

• Persianas motorizadas.

• Montasillas para escaleras de cualquier tipo.

• Canastas motorizadas.

• Telones automáticos.

• Góndolas para limpieza de fachada acristaladas.

• Instalaciones especiales que comprende: grúas y sillas en piscinas y grúas eléctricas en piscinas.

• Instalación de protección contra rayos.

• Instalaciones de seguridad:

• Sistemas de control de paquetería y correspondencia.

• Arcos detectores de metales.

• Sistemas de videovigilancia.

• Sistemas anti intrusión.

• Sistemas de control de accesos.

• Sistema de red de datos

• Sistema de Gestión/ Centralización. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO EXCLUIDAS EN EL COLEGI O NAVAS DE TOLOSA, POR ESTAR INCLUIDO EN LA FASE I DEL CONTRATO DEL PL AN 2000ESE. En este, colegio, las prestaciones que a continuación se indican serán realizadas por la empresa adjudicataria del contrato de suministros, servicios energéticos y mantenimiento con garantía total en las condiciones que se establecen en cada caso, quedando, por tanto, excluidas del presente contrato de mantenimiento integral de los equipamientos del Distrito. a) Instalación de calefacción completa. b) Aire acondicionado. Equipos autónomos y fancoils. c) Instalaciones de extracción, ventilación y difusión, excepto el sistema de extracción de las

cocinas. d) Grupos de presión y bombeo: Solamente los existentes en las redes de agua fría y caliente

sanitaria; No se incluyen los asociados al sistema de prevención contra incendios.

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Departamento de Servicios Técnicos Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 30 de 86

e) Equipos y mecanismos de iluminación interior y exterior. Excepto los equipos de alumbrado

de emergencia. f) En instalaciones de agua fría y caliente sanitaria.

• Revisión y sustitución de todo tipo de llaves, válvulas, grifos, duchas, latiguillo, fluxores, filtros, válvulas de retención, etc.

• Revisión y sustitución de accesorios y mecanismos de cisternas. • Revisión de todos los aparatos sanitarios, comprobando fijaciones y conexiones (1). • Revisión y limpieza de calentadores.

g) Instalación de energía solar térmica y fotovoltaica. h) En Instalaciones de carpintería interior y exterior.

• Reposición de barras antipático, muelles recuperadores, retenedores de puertas de compartimentación, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre sea cual sea el origen de su deterioro.

• Reposición de cerraduras de taquillas o armarios siempre que sean de obra y estén integrados en la edificación, no así si son elementos muebles.

• Reposición de todo tipo de vidrios en ventanas y puertas exteriores con retirada de restos y limpieza de galce, colocación, sellado y estanqueidad, sea cual sea el origen de la rotura.

• Mecanismos de accionamiento de todo tipo de persianas y todos sus elementos, cintas, ejes, motores, cierres, así como la reposición de lamas hasta un 25% de superficie de las persianas por edificio/mes.

• Reparación de cercos y reparación y sustitución de tapajuntas, molduras, junquillos, rodapiés, guardavivos y demás elementos de terminación de carpintería.

• Reparación ajuste y sujeción de las hojas de madera o metálicas en puertas y ventanas, tanto interiores como exteriores, así como sustitución de junquillos.

• Reparación de puertas de entrada al edificio con daños producidos por actos vandálicos. • Mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles.

i) Tratamientos de prevención de la legionelosis, excepto depósitos de reserva de agua contra incendios.

(1): Se excluyen las operaciones de sustitución y sujeción de los sanitarios cuando se haya producido su rotura o descuelgue, que le corresponde en todo caso, a la empresa adjudicataria del mantenimiento integral del lote 1 Centros Educativos de Educación Infantil y Primaria. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO EXCLUIDAS EN EL COLEG IO LOS ROSALES INCLUIDO EN EL CONTRATO DE LA FASE III DEL PLAN 200 0ESE. En este, colegio, las prestaciones que a continuación se indican serán realizadas por la empresa adjudicataria del contrato de suministros, servicios energéticos y mantenimiento con garantía total en las condiciones que se establecen en cada caso, quedando, por tanto, excluidas del presente contrato de mantenimiento integral de los equipamientos del Distrito. a) Instalación de calefacción completa. b) Equipos autónomos y fancoils. c) Instalaciones de extracción, ventilación y difusión, excepto el sistema de extracción de las

cocinas. d) Grupos de presión y bombeo: Solamente los existentes en las redes de agua fría y caliente

sanitaria; No se incluyen los asociados al sistema de prevención contra incendios. e) Equipos de iluminación interior y exterior. Excepto los equipos de alumbrado de emergencia. f) En instalaciones de agua fría y caliente sanitaria.

• Revisión y sustitución de todo tipo de llaves, válvulas, grifos, duchas, latiguillo, fluxores, filtros, válvulas de retención, etc.

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Departamento de Servicios Técnicos Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 31 de 86

• Revisión y sustitución de accesorios y mecanismos de cisternas. • Revisión de todos los aparatos sanitarios, comprobando fijaciones y conexiones (1). • Revisión y limpieza de calentadores.

g) Instalación de energía solar térmica y fotovoltaica. h) En Instalaciones de carpintería exterior.

• Reposición de barras antipático, muelles recuperadores, retenedores de puertas de compartimentación, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre sea cual sea el origen de su deterioro.

• Reposición de todo tipo de vidrios en ventanas y puertas exteriores con retirada de restos y limpieza de galce, colocación, sellado y estanqueidad, sea cual sea el origen de la rotura.

• Mecanismos de accionamiento de todo tipo de persianas y todos sus elementos, cintas, ejes, motores, cierres, así como la reposición de lamas hasta un 25% de superficie de las persianas por edificio/mes.

• Reparación de cercos y reparación y sustitución de tapajuntas, molduras, junquillos, rodapiés, guardavivos y demás elementos de terminación de carpintería.

• Reparación ajuste y sujeción de las hojas de madera o metálicas en puertas y ventanas, así como sustitución de junquillos.

• Reparación de puertas de entrada al edificio con daños producidos por actos vandálicos. • Mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles.

i) Tratamientos de prevención de la legionelosis, excepto depósitos de reserva de agua contra incendios.

(1): Se excluyen las operaciones de sustitución y sujeción de los sanitarios cuando se haya producido su rotura o descuelgue, que le corresponde en todo caso, a la empresa adjudicataria del mantenimiento integral del lote 1 Centros Educativos de Educación Infantil y Primaria. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO EXCLUIDAS EN LAS ESCUE LAS INFANTILES POR ESTAR INCLUIDAS EN LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN DE LA S MISMAS En las Escuelas Infantiles se excluyen todas las prestaciones incluidas en el presente contrato que serán realizadas por la empresa adjudicataria del contrato de concesión, excepto:

• Climatización

• Rotura de cristales.

• Instalación eléctrica

• Red de Saneamiento

• Instalación de megafonía

• Ascensores

• Montaplatos.

OTRAS EXCLUSIONES Se excluirán los electrodomésticos de cocinas, bares y peluquerías ubicadas en los equipamientos cuando su mantenimiento venga recogido en el correspondiente contrato de concesión.

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 32 de 86

II.2.1 Mantenimiento Preventivo La empresa adjudicataria de cada lote realizará bajo su responsabilidad, sobre el conjunto de los elementos constructivos, espacios libres e instalaciones de los equipamientos objeto del contrato, las siguientes prestaciones: II.2.1.1 Conducción y vigilancia La conducción y vigilancia incluyen todo el conjunto de tareas que permiten el control y dominio del funcionamiento de los elementos e instalaciones existentes en los equipamientos objeto del contrato. La empresa adjudicataria deberá asegurar el control de los sistemas de regulación y equilibrio de los elementos e instalaciones para lograr las condiciones de confort más elevado posible. La empresa adjudicataria es responsable y decide los medios a utilizar para satisfacer esos objetivos, y se ocupará en particular de:

• Los arranques y paradas de las instalaciones

• Las regulaciones y equilibrados necesarios

• El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los elementos y equipos

• La vigilancia general de los elementos e instalaciones

Por otra parte, la conducción y la vigilancia pueden obligar a llevar a cabo acciones de mantenimiento preventivo condicional o de mantenimiento correctivo. II.2.1.2 Mantenimiento Preventivo Programado La empresa adjudicataria debe realizar todas las prestaciones de mantenimiento preventivo regular; esta modalidad de mantenimiento incluye las operaciones de mantenimiento necesarias en función de los equipos, materiales y su uso, que incluyen: • Operaciones de mantenimiento técnico–legal: de tipo preventivo, y las revisiones informes e

inspecciones periódicas establecidas en los reglamentos aplicables, que serán realizadas por la empresa adjudicataria, siempre que cuente con la acreditación necesaria, o mediante subcontratación con empresa acreditada, siempre por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo presentar al técnico designado por el órgano de contratación del Distrito la documentación cumplimentada con los certificados o visados oficiales obligatorios. En materia de mantenimiento de instalaciones de climatización y agua caliente sanitaria incluidas en el RD 865/2003 para la prevención de la legionelosis, el personal que realice las operaciones antes citadas estará en posesión de la acreditación personal de mantenedor-reparador, de acuerdo con la Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio.

• Sistemático: Según las operaciones de mantenimiento con las frecuencias determinadas en las especificaciones de los constructores y fabricantes de materiales y equipos.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 33 de 86

II.2.1.3 Mantenimiento Preventivo Condicional El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones. La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión, son de la responsabilidad e iniciativa de la empresa adjudicataria, que las incluirá en los correspondientes planes de trabajo indicados en la cláusula II.3.4. II.2.2 Mantenimiento Correctivo Las operaciones de mantenimiento correctivo comprenden todas las intervenciones precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento. También se incluyen dentro de las operaciones del mantenimiento correctivo, las derivadas de la subsanación de las deficiencias comunicadas por los organismos de control acreditados en las inspecciones reglamentarias, o por cualquier organismo oficial, incluido el Ayuntamiento de Madrid. II.2.3 Asistencia Técnica para los Controles Reglam entarios La empresa adjudicataria se ocupará de solicitar de los organismos oficiales o los órganos de control acreditados, en los plazos establecidos para ello en la normativa vigente, los controles técnicos reglamentarios para las construcciones, elementos e instalaciones que así lo tengan prescrito. La empresa adjudicataria asistirá al Distrito en el transcurso de las visitas realizadas por un organismo de control acreditado o cualquier organismo oficial, incluido el Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de sus competencias. Del mismo modo la empresa adjudicataria deberá gestionar frente a las correspondientes compañías de servicios y sus empresas derivadas, las inspecciones, controles, actuaciones y avisos necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones del edificio así como el correcto mantenimiento de las condiciones del servicio prestado por todos ellos. Los costes derivados de los controles reglamentarios correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. II.2.4. Personal de mantenimiento La ejecución de las tareas de mantenimiento contempladas en el presente anexo, en lo que se refiere al personal que debe realizar las mismas, se articulará mediante equipos compuestos de los oficios que se relacionan a continuación y de cuantos otros, de cualquier oficio y categoría, resulten necesarios para asegurar el total cumplimiento de las obligaciones previstas en este anexo. El personal de oficios mínimo adscrito a cada uno los Lotes 1 y 2, será el siguiente: - 1 Encargado/a general - 1 Equipo de albañilería, compuesto por oficial de 1ª y ayudante de oficio. - 1 Equipo de carpintería y cerrajería, compuesto de oficial de 1ª y ayudante de oficio.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 34 de 86

- 1 Equipo de electricidad, formado por oficial de 1ª electricista y ayudante de oficio. - 1 Equipo de climatización y fontanería, formado por oficial de 1ª frigorista y ayudante de oficio. - 1 Equipo de jardinería, formado por oficial de 1ª jardinería y ayudante de oficio. Con independencia de la titulación académica exigida para los equipos, el personal cualificado estará en posesión de los carnés profesionales, que se exigen para cada instalación específica. Tanto los documentos de calificación empresarial como los carnés profesionales exigidos deberán estar autorizados, registrados y en vigor en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Cláusula II.3 FUNCIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

La obligación fundamental de la empresa adjudicataria es mantener en funcionamiento seguro las construcciones e instalaciones para que sirvan sin interrupción a su fin. Asimismo, son funciones de la empresa adjudicataria de cada lote las siguientes: II.3.1 Inventario de Equipos e Instalaciones La empresa adjudicataria confeccionará una relación pormenorizada realizada “in situ” de todos los elementos, instalaciones y equipos que se encuentren en los equipamientos objeto del presente contrato, sobre plano guía o croquis, debiendo recopilar en un libro de “Inventario de Instalaciones y Equipos” en soporte informático para cada equipamiento, la documentación técnica organizada y codificada para cada instalación y equipo, donde constarán los siguientes campos:

• Ubicación: Equipamiento/dependencia, edificio, planta y recinto

• Identificación: Marca, modelo y número de serie

• Proveedor

• Fecha de fabricación e instalación

• Breve descripción del equipo

• Características técnicas En este inventario se incluirán los datos de los suministros de electricidad, gas, agua y gasóleo C, con indicación expresa de los siguientes datos: Electricidad

• Nº de CUPS del suministro

• Nº de Contador

• Limitador de potencia

• Potencia contratada Gas

• Nº de CUPS del suministro

• Nº de Contador

• Tarifa

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Agua

• Nº de Contrato

• Nº de contador Gasóleo C

• Capacidad del deposito de combustible

• Ubicación y tipo de acceso al depósito En el plazo de 2 meses desde el inicio del contrato, la empresa adjudicataria entregará al responsable del contrato el primer inventario completo de equipos e instalaciones. Dicho inventario será revisado, actualizado y mantenido por la empresa adjudicataria. A tal efecto, realizará el primer mes de cada año de ejecución del contrato, la actualización del inventario de instalaciones y equipos objeto de la presente licitación, que deberá remitir al responsable del contrato del Distrito en soporte informático y en el formato compatible que se le indique. II.3.2 Registro de Incidencias La empresa adjudicataria llevará un registro de incidencias donde quedarán anotados todos los avisos de las incidencias que se produzcan en los elementos e instalaciones objeto del contrato que pueda dar origen a una actuación de mantenimiento correctivo. La incidencia puede ser notificada por:

• Responsable del equipamiento

• Responsable del Distrito

• Personal de la propia empresa adjudicataria o subcontratistas en el desarrollo de su trabajo

El registro contendrá los siguientes campos:

• Numero de referencia único para cada incidencia.

• Identificación del equipamiento.

• Identificación del peticionario.

• Fecha y hora del aviso de incidencia.

• Descripción de la incidencia.

• Fecha de comprobación de la incidencia.

• Identificación del parte de trabajo que haya generado la incidencia o en su caso los motivos por los que la misma no genera parte de trabajo.

• Tipo de incidencia (urgente o no urgente)

• Fecha de cierre de la incidencia

• Observaciones sobre la resolución de la incidencia. El registro de incidencias estará actualizado diariamente y a disposición del Distrito en el soporte informático que se le indique y/o mediante el acceso en tiempo real del servicio responsable designado por el órgano de contratación al programa informático de la empresa adjudicataria que contenga los datos indicados.

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II.3.3 Diario de Seguimiento Por cada equipamiento objeto del contrato, la empresa adjudicataria elaborará y llevará al día un registro donde anotarán los siguientes campos:

• Identificación del elemento sobre el que se ha actuado

• Tipo de actuación:

- De mantenimiento preventivo

- De mantenimiento correctivo (indicando referencia del Registro de Incidencias) Para cada actuación se reflejará:

• La fecha

• Descripción de la operación

• Las sustituciones de piezas realizadas

• Protocolo de la actuación

• Las observaciones pertinentes Los diarios de seguimiento quedarán a disposición del Ayuntamiento de Madrid. Durante la primera semana de cada mes, se entregarán al servicio designado por el órgano de contratación del Distrito los diarios mencionados en el soporte informático que se le indique y/o mediante el acceso en tiempo real al programa informático de la empresa adjudicataria que contenga los datos indicados. II.3.4 Programa de Trabajo y de Trabajos realizad os En el plazo de 2 meses desde el inicio del contrato junto con el inventario de equipos e instalaciones, la empresa adjudicataria presentará un Programa de Trabajo que identifique todas las actuaciones que tenga previsto llevar a cabo durante la ejecución del mismo, incluyendo los trabajos de mantenimiento preventivo en sus modalidades de conductivo, programado tanto técnico–legal como sistemático y condicional con la frecuencia prevista para cada actuación. Contendrá así mismo la previsión de inspecciones periódicas reglamentarias obligatorias a realizar en los elementos e instalaciones integradas en los equipamientos objeto del contrato por las entidades de control legalmente habilitadas. En el plazo máximo de 1 mes desde su recepción, el Órgano de Contratación aprobará dicho Programa o lo devolverá con las observaciones oportunas para que en un plazo máximo de 15 días sean tenidas en cuenta por la empresa adjudicataria. El Programa de Trabajo se presentará al responsable del contrato en el soporte informático que se le indique. El Plan de Trabajos realizados contiene las fechas en que se han llevado a cabo las actuaciones de mantenimiento previstas en el Programa de Trabajo. Trimestralmente, en los 10 días posteriores al vencimiento del trimestre, la empresa adjudicataria deberá presentar el Plan de Trabajos realizados que será validado, en su caso, por el responsable del contrato.

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II.3.5 Otras funciones Confeccionar y actualizar los libros, registros y la documentación en general, relativa a los materiales, equipos e instalaciones, según resulte exigible por la normativa de aplicación. Custodiar la documentación técnica que se determine en la normativa aplicable. Paralizar o limitar la utilización o el funcionamiento de las instalaciones o elementos de cualquier índole, cuando se den las situaciones previstas en la normativa aplicable. Permitir la continuidad de las actividades en el equipamiento en las zonas colindantes con los trabajos propios del mantenimiento, evitando en lo posible la existencia de olores, polvo, ruidos, etc. Instruir al personal municipal que se designe en los equipamientos en el manejo de las instalaciones, su puesta en marcha, parada, regulación básica, rearme y actuación en caso de emergencia. En los Centros Deportivos Municipales, la empresa adjudicataria realizara las funciones y actuaciones previstas en estos Pliegos, sin perjuicio de las que los responsables de dichas instalaciones puedan encomendar, en su caso, a la plantilla de personal de mantenimiento de que dispongan. Cláusula II.4 MEDIOS MATERIALES La empresa adjudicataria de cada lote dispondrá de almacenes y materiales necesarios para garantizar el racional desempeño del servicio. La empresa adjudicataria dispondrá de los medios técnicos necesarios, sistemas de comunicación y furgonetas, así como las herramientas precisas para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, por medio de su personal propio. La empresa adjudicataria proporcionará a su personal las herramientas, en buen estado de uso, precisas para el desarrollo de los trabajos de mantenimiento encomendados. La empresa adjudicataria, a su costa, pondrá al servicio del contrato todos los medios auxiliares, mecánicos o de transporte necesarios para la realización de los trabajos y operaciones a realizar en el mantenimiento de las instalaciones y elementos constructivos, tales como andamios, sistemas de elevación, y camiones de desatranco, incluidas las ayudas de albañilería, etc. Dichos medios auxiliares estarán también disponibles, a requerimiento del responsable del contrato, para la subsanación de deficiencias comunicadas por los organismos de control acreditados en las inspecciones reglamentarias, o por cualquier organismo oficial, incluido el Ayuntamiento de Madrid. La empresa adjudicataria deberá proporcionar a su personal los equipos de medida que sean necesarios para el control y verificación de los parámetros propios de todos los elementos e instalaciones sometidas a mantenimiento. Si para el desarrollo del objeto del contrato se precisara cualquier otro útil o medio auxiliar, será responsabilidad de la empresa adjudicataria la obtención del mismo, sin repercutir costes accesorios al Ayuntamiento de Madrid. La carencia de útiles o medios auxiliares precisos para el desempeño de prestaciones objeto del contrato no será causa justificada para demorar los plazos de respuesta previstos en el presente pliego.

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Todo el material, vehículos y maquinaria que la empresa adjudicataria adscriba al contrato se encontrará en perfecto estado de uso y conservación, pudiendo ser desechado por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Madrid cuando no reúnan estas condiciones, debiendo la empresa adjudicataria sustituirlo por otro adecuado de las mismas características. En el caso de que la avería de alguna máquina del sistema de climatización de un edificio no pueda ser solucionada en 24 horas, deberá disponerse de un stock mínimo de radiadores y aparatos de climatización portátil con objeto de garantizar el confort climático de los despachos, salas o espacios afectados. II.4.1 Suministro y Gestión de Productos Consumible s, Gases y Combustibles Para el desarrollo de las prestaciones de mantenimiento, la empresa adjudicataria debe asegurar el suministro y gestión de diversos consumibles considerados accesorios de vida media corta, tales como pequeños suministros mecánicos y eléctricos, en particular: aceites, grasas, trapos, teflón, cinta adhesiva, lámparas, pilotos, fusibles, correas, filtros, decapantes, desincrustantes, deshidratantes, anticongelantes, refrigerantes, aceite para compresores, sales para descalcificación, gases (incluidos los fluorados), agentes extintores etc. Estos gastos serán por cuenta de la empresa adjudicataria. En el precio del contrato se encuentran incluidos los posibles gastos derivados del Impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero, establecido por la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras. Para el caso de grupos electrógenos y grupos de presión del sistema de contraincendios de los edificios e instalaciones objeto del contrato, corresponderá a la empresa adjudicataria rellenar los depósitos de combustible, sin cargo para la Administración. Dicho nivel de combustible en ningún caso permanecerá por debajo de la mitad de la capacidad del depósito, reponiendo el combustible consumido durante las operaciones de entretenimiento y arranque de los equipos. Para el caso de los sistemas de extinción de incendios tanto manuales (extintores), como automáticos, corresponderá a la empresa adjudicataria la recarga del sistema con el agente extintor consumido como consecuencia del disparo producido por cualquier circunstancia, sin cargo para la Administración. II.4.2 Materiales propios de equipos o instalacione s Se consideran como tales, todos aquellos materiales que ocupando un lugar permanente en un equipo o instalación es necesario sustituir por rotura, desgaste o mal funcionamiento, y que son fundamentales para el funcionamiento de los equipos o instalaciones que los utilizan. Las operaciones de reparación descritas en la cláusula II.8 tendrán como fin restituir a sus condiciones originales el elemento sobre el que se actúa. Cuando el estado de un elemento no admita ya reparación, se procederá a su sustitución. El elemento nuevo deberá ser similar en calidad y características al sustituido, salvo que circunstancias obliguen a otra cosa y siempre bajo la supervisión de los servicios técnicos del Distrito. La empresa adjudicataria estará obligada en sus actuaciones a emplear, cuando existan, materiales y elementos homologados por los servicios competentes del Ayuntamiento de Madrid. El Distrito se reserva el derecho de recuperar aquellos materiales, elementos e instalaciones que vayan a ser sustituidos por otros nuevos, para lo cual, indicará a la empresa adjudicataria el lugar donde deberá depositarlo, con el menor deterioro posible.

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II.4.3 Gestión de Residuos La empresa adjudicataria de cada lote dispondrá de los medios necesarios para poder realizar y asegurar la correcta gestión de los residuos generados en el desempeño de las labores fijadas, de conformidad con la normativa vigente. Cláusula II.5 CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO Para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación en caso de aviso urgente, la empresa adjudicataria de cada lote dispondrá de un servicio de incidencias atendido por personal de la propia empresa, que cubrirá durante todos los días del año, las 24 horas, la atención a los equipamientos municipales objeto del contrato. Dicho servicio de urgencia no podrá sustituirse en ningún caso por contestadores automáticos, entendiendo en tal caso que se trata de un abandono del servicio. Además del servicio para atención de incidencias, la empresa adjudicataria establecerá un retén, el cual deberá estar permanentemente localizado por teléfono, destinado al rescate de personas atrapadas o inmovilizadas en cualquier aparato elevador objeto del presente contrato. El tiempo de respuesta efectiva tras el aviso, en cualquier caso, no será superior a una hora tanto si se producen tales circunstancias en días laborables, como en festivos, y en tiempo diurno, como nocturno. Los sistemas anti-intrusión que forman parte de las instalaciones de seguridad existentes en los equipamientos estarán conectados a una central receptora de alarmas. En función del tipo de problema detectado por parte de los servicios técnicos municipales y/o de los responsables de cada edificio, se generarán los siguientes tipos de actuaciones: • Aviso urgente: para aquellas situaciones que pueden paralizar la normal utilización del

edificio, o pueden representar graves riesgos para las personas o las cosas.

• Aviso no urgente: para aquellas situaciones que, aun no paralizando la utilización del edificio, sí impiden el normal funcionamiento del mismo, o pueden motivar posteriores daños en caso de demorar su reparación.

Los avisos realizados se atenderán en los tiempos de respuesta y reparación, contados en días naturales, establecidos en las prescripciones particulares y definidos como: • Tiempo de respuesta: es el necesario para personarse en el edificio afectado, un encargado o

persona cualificada de la empresa adjudicataria, quien evaluará el daño y comenzará la actuación. Este tiempo de respuesta será como máximo de 2 horas para avisos urgentes y 48 horas para el resto.

• Tiempo de reparación: es el necesario para restituir el elemento o instalación afectada a su

estado inicial. Este tiempo de reparación será de 72 horas en el caso de avisos urgentes y 10 días para el resto.

En el caso de los avisos urgentes, aunque se establece un plazo de 72 horas para su reparación, la empresa adjudicataria está obligada a establecer, de forma inmediata, las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes o desperfectos mayores.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 40 de 86

En todo caso, las averías de las instalaciones de climatización serán consideradas urgentes y si no es posible su reparación en el plazo de 24 horas, la empresa adjudicataria de cada lote suministrará e instalará en ese mismo plazo de tiempo, a su costa, en el edificio afectado, las unidades portátiles de climatización precisas hasta que sea reparada la instalación. Para los equipamientos en los que en algún momento se desarrollen actos de especial relevancia, se mantendrá un equipo retén en la instalación que el Distrito establezca. Dicho retén atenderá las posibles incidencias que se produzcan en sus instalaciones desde una hora antes de su comienzo, hasta la finalización del mismo. El número y cualificación de los operarios precisos del equipo retén será establecida por el Distrito para cada acto. La empresa adjudicataria deberá comunicar al Distrito, con la atención suficiente, la composición del equipo de retén, así como sus datos de contacto. Tienen la consideración de actos de especial relevancia en el Distrito, los Plenos, exposiciones en Centros Culturales, celebraciones de competiciones deportivas, y celebración de Elecciones Generales, Autonómicas o Locales, cuando la sede de Colegio Electoral sea cualquiera de los edificios contenidos en el contrato. Si la empresa adjudicataria, por propia iniciativa y sin el previo consentimiento de la persona responsable designada por el órgano de contratación, efectuase trabajos de mejora o que superasen el alcance que este Anexo establece para la reparación, con la finalidad de evitar reiteradas actuaciones sobre un elemento deteriorado, serán también considerados incluidos en el precio del contrato, sin que supongan un coste adicional para el Distrito. Cláusula II.6 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJ OS Una vez detectada una incidencia, ya sea por personal del equipamiento o de la empresa adjudicataria, este último, tras comprobar la realidad y alcance de la misma como resultado de la inspección realizada, elaborará un Parte de Trabajo ; si la incidencia no genera un Parte de Trabajo, la empresa adjudicataria de cada lote explicará las causas mediante un sucinto informe. En el resto de los casos, el Parte de Trabajo se generará automáticamente. En todo caso, la incidencia quedará anotada en el Registro de Incidencias según se indica en la cláusula II.3.2. El Parte de Trabajo lo elaborará la empresa adjudicataria describiendo, con detalle, todos los trabajos a realizar y las piezas o elementos a sustituir. Una vez resuelta la incidencia, la empresa adjudicataria confeccionará una Hoja de Control consistente en una copia del Parte de Trabajo conformada por la persona que ha realizado la actuación, por responsable técnico de la empresa adjudicataria y por la persona encargada del edificio o instalación en el que se hayan realizado los trabajos. Durante la primera semana de cada mes junto con los Diarios de Seguimiento descritos en la cláusula II.3.3 del presente anexo, se presentarán las Hojas de Control correspondientes a los trabajos realizados en el mes, considerándose la presentación de los Diarios de Seguimiento y de las Hojas de Control una de las condiciones necesarias para proceder a la conformidad de las facturas. Además, cuando a criterio de los servicios competentes del Distrito y por la entidad del elemento colocado sea necesario, se adjuntarán junto con la factura mensual, el albarán y hoja de características con la marca, tipo, fabricante y demás características técnicas que definan el elemento, así como duración de la garantía.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 41 de 86

En el caso de que por los servicios municipales sean detectadas deficiencias u omisiones en los Partes de Trabajo y en los Diarios de Seguimiento, relativas a desperfectos o averías no declarados, existentes en las fechas de inspección, la empresa adjudicataria estará obligado a su reparación, con independencia de las actuaciones que dicha negligencia pudiera dar lugar. Junto a la entrega mensual de los Diarios de Seguimiento contemplados en la cláusula II.3.3 del presente anexo, se acompañará la documentación acreditativa de los controles reglamentarios que se hayan llevado a cabo por las entidades de control legalmente reconocidas durante el mes correspondiente. Cláusula II.7 OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENT O PREVENTIVO Las operaciones generales de mantenimiento preventivo son aquellos trabajos de conservación objeto de este Pliego que la empresa adjudicataria de cada lote tiene que cumplir en todo momento y a su cargo, aun cuando se tratara de servicios subcontratados por la empresa adjudicataria, incluyendo mano de obra, materiales y medios auxiliares. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria cualquier tipo de informes, documentos, trámites y abonos que fuera necesario realizar ante cualquier Organismo Público o Privado en relación con los edificios e instalaciones en servicio y que son objeto de este contrato, incluidos los trámites completos de legalización de las distintas actuaciones que se realicen y de sus equipos, como consecuencia de su primera instalación, así como la legalización de aquellas modificaciones o reformas que puedan realizarse en las instalaciones y equipos existentes, debiéndose remitir el documento original de dicha legalización al representante designado por la Administración. Las siguientes operaciones relacionadas tienen carácter de condición mínima, no implicando, por tanto, limitación a la realización de todas aquellas tareas necesarias para el correcto mantenimiento de los edificios e instalaciones a que se refiere el contrato. Según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende: II.7.1 En elementos constructivos

1. Inspección trimestral de las condiciones de seguridad, higiene y estabilidad de los elementos constructivos.

2. Revisión integral de las redes de saneamiento del edificio o conjunto de edificios que componen los equipamientos objeto del contrato, incluyendo todos los elementos que las componen (bajantes, arquetas, colectores, acometidas, galerías, pozos, etc. registrables u ocultos), abarcando aquellos medios auxiliares, de monitorización, grabación, mecánicos o de transporte necesarios para su realización, con un máximo de dos (2) equipamientos al año o a solicitud del Distrito. De dicha revisión se elaborará informe completo en el que se refleje dimensiones, pendientes y trazado de la red sobre planos de planta de los edificios; estado general de la red y daños que presente, así como copia de la monitorización efectuada.

3. Eliminación de hojas y suciedades en los tejados, bajantes, canalones, sumideros y desagües en todos aquellos edificios que requieran esa limpieza de forma puntual y limpieza dos (2) veces al año de manera general en todas las cubiertas preferentemente en los meses de febrero y septiembre, así como cuando sea necesario a solicitud del Distrito.

4. Comprobación anual de líneas de vida por parte de instaladores debidamente capacitados para asegurar que el sistema permanezca certificado. Dicho proceso incluye verificaciones fundamentales de la totalidad de los sistemas, comprobando que permanecen en un estado operativo seguro y posterior emisión de informe que así lo certifique, suscrito por técnico competente.

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5. Revisión puntual, a solicitud del Distrito, de la estabilidad y anclajes de los falsos techos de los edificios.

6. Revisión puntual, a solicitud del Distrito, de los elementos estructurales de los edificios, ocultos por revestimientos, paneles, tabiques, falsos techos, etc., con posterior reposición de los elementos de recubrimiento u ocultación.

7. Instalación de elementos de control (testigos) en grietas, fisuras y otros desperfectos de elementos constructivos que así lo aconsejen, así como control sistemático de la evolución de los mismos, todo ello de acuerdo con las instrucciones que dicten los Servicios Municipales responsables del contrato. Se emitirá informe de los resultados según que la evolución de los desperfectos lo aconseje.

II.7.2 En Espacios Libres de Parcela y Pistas Depor tivas Se efectuarán las mismas tareas descritas en el apartado anterior y que afecten a los elementos constructivos (vallados, cerramientos, redes de saneamiento, etc.), de los espacios libres de parcela de los edificios, centros educativos y centros deportivos, además de las específicas señaladas a continuación:

1. Con carácter general, se efectuará una inspección mensual a los elementos de los espacios libres y cerramientos de parcela de los edificios, centros educativos y centros deportivos.

2. Marcado y señalización de pistas polideportivas y juegos infantiles en los equipamientos del Distrito, al menos una (1) vez al año si fuese necesario o a demanda de los Servicios Técnicos.

3. Escarificado de terreno existente en campos de tierra, con aporte de arena de mina y río en proporción adecuada y cantidad suficiente, extensión, compactación y nivelación para su correcto drenaje superficial, al menos una (1) vez por campo y año, así como señalización y marcaje de los campos de futbol a solicitud del Distrito.

4. Desbroce y retirada de maleza en zonas terrizas al menos dos (2) veces al año.

5. Se efectuará inspección al menos una (1) vez al mes, de las condiciones de seguridad y estabilidad de cualquier elemento vinculado a la actividad deportiva y de juegos infantiles, sea en centros educativos, espacios libres de parcela o centros deportivos, comprobando que permanecen en un estado operativo seguro y efectuando las operaciones precisas de refuerzo o consolidación del elemento afectado. Estas operaciones se reflejarán en el informe mensual del servicio.

6. Aporte de arena en los areneros infantiles adecuada al mismo, al menos una (1) vez por arenero/año o a demanda de los Servicios Técnicos.

7. Mantenimiento de rocódromos incluyendo sustitución de seguros y presas, control estructural, mejora de acabados y revisión general de la instalación y todos los trabajos necesarios para su uso en condiciones de seguridad. Con carácter general, se efectuará una (1) inspección mensual o a demanda de los Servicios Técnicos.

En campos de césped artificial las labores de mantenimiento básico y especializado preventivo como mínimo y siempre en función de la intensidad y nivel de uso, son las siguientes:

• Una vez a la semana se realizará una limpieza de la superficie (retirada de hojas, ramas, envases, papeles, cáscaras de pipas,...).

• Cada tres meses se cepillará la superficie y las fibras del césped artificial realizando una inspección de las líneas de juego y juntas.

• Dos veces al año, se efectuará una descompactación del granulado de caucho, se procederá al recebado/relleno de granulado de caucho y a la retirada de mala hierba existente con aplicación de herbicidas

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II.7.3 En Instalaciones. Las operaciones de mantenimiento mínimo preventivo incluyen: El sistemático, el recomendado por el fabricante y el Técnico – Legal previsto por la normativa en las instalaciones que dispongan de reglamentación especifica. A titulo enunciativo y sin carácter restrictivo se relacionan las siguientes instalaciones: • Instalaciones térmicas: Según IT 3 Mantenimiento y uso e IT 4 inspección

• Aparatos a presión: Según RD 2060/2008

• Instalaciones contra incendios: Según Apéndice 2 del RIPCI

• Instalaciones eléctricas: según ITC-BT-05.4.2

• Tanques de almacenamiento de combustible: Según ITC-MI-IP 03

• Instalaciones de gas: Según RD 919/2006 ITC-ICG 07

• Iluminación: Según DB HE 3 (Punto 5)

• Energía solar térmica: Según DB HE 4 (Punto 5)

• Energía solar fotovoltaica: Según DB HE 5 (Punto 6)

• Ascensores según AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención: Real Decreto 88/2013

Se considera incluido el tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis, realizando el análisis microbiológico de legionela y el análisis físico-químico del agua de todas las instalaciones que sean susceptibles de contener o propagar la legionela, así como todas aquellas actuaciones recogidas en la Orden 1187/1998, de 11 de junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y el RD 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicos-sanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la legionelosis. El Mantenimiento sistemático comprenderá todas las revisiones e inspecciones reguladas por la normativa de obligatorio cumplimiento que sea de aplicación en las instalaciones correspondientes, incluyendo las siguientes prestaciones mínimas:

Instalaciones térmicas, máquinas frigorífic as, calderas y humectadores Lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios RD 1027/2007 de 20 de julio e Instrucciones Técnicas Complementarias (RITE).

Equipos Autónomos y Fan -coils. Lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios RD 1027/2007 de 20 de julio e Instrucciones Técnicas Complementarias (RITE).

Equipos Protección Contra Incendios Lo establecido en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre.

Instalación de captación energía solar térmica Lo establecido en el Código Técnico de la Edificación Documento Básico HE 4 (Punto 5)

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 44 de 86

Grupos de presión y bombeo .

Inspección visual estado del grupo. Comprobando de la existencia de ruidos extraños o problemas en la bancadas, amortiguadores, o silemblock.

Anual

Comprobar fugas de agua incluyendo la reposición de juntas de estanqueidad Anual

Verificación del estado de acoplamiento, y ajuste de alineaciones Anual

Limpieza de filtros si los hubiera, comprobando la apertura y cierre de válvulas de corte

Anual

Limpieza de partes oxidadas y posterior pintado cuando se pare la instalación Anual

Parar bombas en servicio y arrancar las de reserva. Anual

Comprobar manualmente el giro libre de las bombas paradas. Semestral

Revisión de la conexión eléctrica incluyendo la instalación o comprobación de la estanqueidad de las presaestopas.

Anual

Limpieza y engrase de las partes móviles, comprobando los rodamientos y sustituir en cada caso

Anual

Extractores, ventiladores y difusores .

Comprobar la tensión de las correas de transmisión. Semestral

Verificar la inexistencia de ruidos, vibraciones y desgaste de ejes o cojinetes Semestral

Verificara el estado de los anclajes, y conservación de la carcasa o envolvente Anual

Comprobar el funcionamiento de las compuertas cortafuegos. Anual

Engrase de casquillos y rodamientos o sustitución según el caso Anual

Mantenimiento de la pureza del aire en conductos de aire acondicionado incluida la limpieza robotizada y certificados sanitarios en todos los edificios que lo requieran

Cada dos años

Electricidad.

Comprobación del estado de las canalizaciones, cuarto de contadores así como acometida y caja general de protección. Incluyendo el estado de los armarios

Anual

Verificación de la toma de tierra y aislamiento Anual

Revisión visual del estado de las canalizaciones, tubos vistos y canaletas Anual

Inspección periódica según lo establecido en la instrucción ITC BT-05, del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD. 842/2002 de 2 de agosto de 2002)

Cuadros eléctricos. Apar amenta. Cuadros de control y mando, contactores, rel és y fusibles . Verificar toma de tierra, chasis, bisagras, puertas, cerraduras y tapa perforada. Reponer o reparar según cada caso

Anual

Revisar el estado de aislamientos. Anual

Revisión, automáticos, diferenciales, contactores, relojes relés y todo tipo de aparamenta funciona correctamente. Comprobando calentamientos, estado de conservación y accionamientos

Anual

Comprobar el apriete de las conexiones y bornes. Anual

Limpieza interior y exterior de los mismos Anual

Observar si existen zumbidos, vibraciones, calentamientos o chispas excesivas Semestral

Reposición de todo tipo de lámparas o pilotos de señalización en cuadros de control. Así como todo tipo de interruptores de posicionamiento o pulsadores de control y mando

Anual

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 45 de 86

Motores Eléctricos

Revisión general del estado de conservación y su funcionamiento, observar ruidos anormales y calentamientos.

Anual

Alumbr ado

Inspección ocular de las luminarias comprobando si tienen algún ruido anormal y el estado de las carcasas, envolventes, difusores, etc.

Mensual

Comprobar la estabilidad y el anclaje de las luminarias en particular las que están en montaje superficial y las exteriores

Mensual

Alumbrado de emergencia

Comprobar el funcionamiento a fallo de alimentación Mensual

Inspección y ensayo, comprobar la duración de la autonomía, según la instrucción de 14 de noviembre de 2014 de la Dirección General de Industria Energía y Minas del “Procedimiento relativo al nivel de autonomía mínimo del alumbrado de emergencia”.

Anual

Grupos de Continuidad (Electrógenos) Arrancar el equipo y comprobar que el sistema de conmutación Red-Grupo con sus enclavamientos funciona correctamente.

Anual

Revisión completa del equipo motor diesel, incluyendo cambio de aceite, engrases partes móviles, cambio de filtros, revisión de correas. Estado de las baterías, etc.

Anual

Comprobar niveles, limpieza del grupo, rellenar el liquido del radiador con anticongelante si fuese necesario, verificar acople motor-generador

Anual

Agua fría y Agua caliente sanitaria.

Revisión visual del estado de las redes e instalaciones de fontanería, comprobando el estado de conservación o el grado de oxidación según cada caso. Tuberías, válvulas, llaves de paso, griferías, aparatos sanitarios, fuentes, termos, acumuladores, etc. Sus aislamientos y sujeciones

Anual

Revisión de toda la instalación distribución y puntos terminales comprobando estado y posibles fugas, en edificios con poco uso y sin personal de continuo.

Mensual

Tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis con análisis microbiológicos de legionela y el análisis físico-químico del agua de todas las instalaciones susceptibles de contener o propagar la legionela y las recogidas en la Orden 1187/1998 de 11 de junio de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el RD 865/2003 de 4 de julio. Con la periodicidad que marca el Real Decreto 865/2003 de 4 de julio

Sistemas de cloración y tratamiento agua en piscinas Revisión del estado de los equipos incluyendo la reposición de membranas, electrolitos, reactivos, solución tampón y set de recambios, y calibración de sondas

Semestral

Calibración de equipos y sondas cuando desconfiguren a demanda del centro Limpieza de dosobombas, cabezales, válvulas, cubetos, conductos y todo elemento en contacto con hipoclorito, ácido o alúmina. Una vez acabada la temporada y paradas las máquinas

Anual

Revisión puesta en marcha de los equipos después de un parón, y calibración de los mismos.

Anual

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Puertas motorizadas de paso de personas

Limpieza y ajuste general (Revisión sistema fijación. Estado perfil rodadura. Ajuste y revisión de correas, piñones, poleas. Revisión topes final carrera)

Anual

Ajuste y verificación de hojas (Revisión de hojas y verificación de desplazamiento. Limpieza y posterior engrase de guías

Anual

Verificación eléctrica de las tensiones en los contactos e interruptores Anual Revisión elementos de seguridad (cerrojo interior, cerrojo exterior, selector de mando y fotocélulas)

Anual

Reglaje de parámetros y ensayos (Reglaje radares. Ensayo con batería. Antipánico)

Anual

Pararrayos

Se realizará una inspección general para detectar posibles desprendimientos de partes, deficiencias en anclajes, desconexiones a conductores u otras patologías.

Anual

Reapriete de conexiones Anual

Comprobación de la conexión a tierra y el estado de conservación de arquetas y picas

Anual

Comprobación de la resistencia de la puesta a tierra. Anual

Minicargas

Revisión y sustitución si fuera necesario de botoneras, pulsadores y cerraduras. 1 mes

Revisión y sustitución si fuera necesario de elementos de seguridad tales como frenos y válvula paracaídas, contactos fin de carrera.

2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de accesorios de rodaderas, guías, cables de tracción o pistón de cabina.

2 meses

Limpieza, lubricación y engrase de todas las partes móviles. Revisión de centrales oleohidráulicas.

4 meses

Góndolas Revisión y sustitución si fuera necesario de botonera de la barquilla 2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de accesorios de rodaderas, guías, cables de tracción y tambor de arrollamiento.

2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de accesorios de husillo de giro de la pluma, así como de su cabeza giratoria, el final de carrera y el moto-reductor.

2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de los accesorios de rueda pivotante y/o motorizada del sistema de traslación así como el moto-reductor.

2 meses

Limpieza, lubricación y engrase de todas las partes móviles. 4 meses Revisión y sustitución si fuera necesario de elementos de seguridad tales como estructura y cubierta de la barquilla, cables y freno de emergencia, sistema de guía de hilos y final de carrera para límites de bajada, elevación y destensado.

4 meses

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Resto de instalaciones electromecánicas

Revisión y sustitución si fuera necesario de botonera, pulsadores y cerraduras. 1 mes Revisión y sustitución si fuera necesario de elementos de seguridad tales como frenos y válvula paracaídas, contactos fin de carrera y de presencia de hoja.

2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de accesorios de rodaderas, guías, cables de tracción o pistón.

2 meses

Limpieza, lubricación y engrase de todas las partes móviles. 4 meses Revisión de motores eléctricos, centrales oleohidráulicas y telemando. 4 meses Revisión y sustitución si fuera necesario de los accionamientos y controles eléctricos o electrónicos.

4 meses

Instalaciones especiales Limpieza, lubricación y engrase de todas las partes móviles. 2 meses Revisión y sustitución si fuera necesario de elementos de seguridad tales como enclavamientos, finales de carrera botoneras de mando y control.

2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de accesorios de rodaderas, guías, cables de tracción, tornillos sin fin, pistón o émbolo de aceite.

2 meses

Revisión y sustitución si fuera necesario de accesorios de engranajes, ejes y demás elementos de transmisión.

2 meses

Ascensores

Limpieza, lubricación, engrase de guías, poleas, cables y demás partes móviles de la instalación.

4 meses

Revisión del grupo tractor, motores eléctricos y acoplamientos 4 meses Revisión de todo tipo de elementos de seguridad tales como frenos, paracaídas, amortiguador de caídas, faldón guardapiés, limitador de velocidad, pesacargas y célula fotoeléctrica.

2 meses

Revisión de válvulas, y accesorios de centrales, cilindros y pistones óleo dinámicos.

2 meses

Niveles de aceite. 2 meses Revisión de accesorios de elementos mecánicos de reducción, transmisión y cuelgue.

2 meses

Revisión de lámparas, tubos fluorescentes y equipos de encendido para alumbrado de cabina, hueco, cuarto de maquinas.

1 mes

Revisión de equipos autónomos de emergencia y señalización en cabina y cuarto de máquinas.

1 mes

Revisión de botoneras de cabina y pisos 1 mes Revisión del sistema de cierre de puertas automáticos, semiautomáticos y manuales

1 mes

Revisión del sistema de niveladores de planta y cerraduras. 1 mes Revisión de aparamenta eléctrica como contactores, reles, finales de recorrido, térmicos, temporizadores, interruptores, fusibles, automáticos y cuadros de maniobra.

2 meses

Comprobación de funcionamiento del teléfono de emergencia 1 mes Comprobación de ruidos, rozamientos y holgura de máquinas 2 meses Limpieza de foso y cuarto de maquinas. 4 meses

Sistema de videovigilancia Limpieza de cámaras de video. Semestral Reajuste de ópticas. Semestral Comprobación del buen estado de la telemetría. Semestral Comprobación del nivel de video en concentradores de señales. Semestral

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 48 de 86

Comprobación de la funcionalidad de termostatos en carcasas exteriores. Semestral Limpieza de cristales de carcasa exteriores/ interiores. Semestral Comprobación de niveles correctos de luminosidad. Semestral Comprobación de equipos de gestión y grabación. Semestral Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas. Semestral

Sistema anti intrusión Comprobación de funcionalidad de los elementos de campo. Semestral Comprobación de activación de sirenas y actuaciones programadas. Semestral Comprobación de conexión de receptora de alarmas. Semestral Limpieza de ópticas. Semestral Comprobación de Fuentes de Alimentación. Semestral Comprobación de equipos de gestión. Semestral Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas. Semestral

Sistema de control de accesos Comprobación de lectores de Accesos. Semestral Comprobación de Bus de datos del sistema. Semestral Comprobación de autorizaciones en base de datos. Semestral Comprobación de interrelación con central de incendios. Semestral Comprobación de fuentes de alimentación. Semestral Comprobación de cerraderos eléctricos. Semestral Comprobación de ajustes de elementos de paso peatonales. Semestral Revisión de mecanismo de automatización de los tornos de accesos. Semestral Comprobación de software, interrelaciones, actuaciones automáticas. Semestral Comprobación de equipos de gestión. Semestral

Escáner de Rayos X Verificar el funcionamiento del indicador Scan-On. Semestral Comprobación de los elementos de mando y control (pulsadores, llaves, lámparas, etc).

Semestral

Comprobación de todas las prestaciones del equipo y, en su caso, ajuste de las mismas.

Semestral

Comprobación del interruptor de traba. Semestral Comprobación de ajuste del monitor y resolución de imagen. Semestral Comprobación de posibles desperfectos de la cinta transportadora. Semestral Comprobación de rodillos. Semestral Comprobación de elementos mecánicos de tracción. Semestral Comprobación y ajuste de tensión y desplazamiento lateral de la cinta transportadora.

Semestral

Comprobación y verificación de efectividad de las cortinas emplomadas de entrada y salida.

Semestral

Comprobación de alarma en boca de entrada. Semestral Comprobación, y en su caso reparación, de posibles fugas de aceite del generador de Rayos-X.

Semestral

Comprobación del nivel de emisiones de radiación en exterior e interior del equipo.

Semestral

Limpieza de la cubierta de la línea de escintiladores. Semestral Sustitución de filtros. Semestral Limpieza y ajuste de barreras de entrada y salida. Semestral Ajuste y limpieza del colimador. Semestral Ajuste del nivel de offset y amplitud. Semestral Ajustes de corrientes del generador de Rayos-X. Semestral Ajuste de definiciones y niveles cromáticos del monitor. Semestral

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 49 de 86

Arco Detector de Metales

Inspección visual del estado general del equipo y sus componentes. Semestral Comprobación de tensión de carga de batería. (si procede) Semestral Comprobación de tensión de batería en reposo. (si procede) Semestral Comprobación de tensión de baterías en funcionamiento. (si procede). Semestral Comprobación del funcionamiento del general del display. Semestral Comprobación de posibles interferencias (ruido eléctrico) transmitidas por red eléctrica.

Semestral

Comprobación del correcto funcionamiento de las funciones digitales del equipo. Semestral Inspección visual y limpieza de las partes accesibles del equipo. Semestral Comprobación de la correcta memorización de parámetros de funcionamiento (programa, frecuencia de trabajo, sensibilidad, velocidad de paso y ajustes acústico –visuales).

Semestral

Comprobación de la correcta detección de metal entre emisor / receptor (ajuste de la misma, si procede).

Semestral

Cláusula II.8 MANTENIMIENTO CORRECTIVO Se incluyen todas las operaciones de mantenimiento correctivo que haya que realizar como consecuencia de avisos por avería o rotura, cualquiera que sea su origen, de los equipos, instalaciones y elementos constructivos, comprendiendo todas las intervenciones precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento preventivo y consistiendo en la reparación de los equipos, instalaciones o elementos afectados. La empresa adjudicataria estará obligada a la restitución a su estado original de todos los elementos e instalaciones afectadas, directa o indirectamente, tanto por la avería en sí misma, como los daños que hayan podido ocasionarse en los trabajos de reparación. II.8.1 En elementos constructivos 1. Fachadas, cubiertas y particiones interiores Se incluye cualquier deterioro, rotura o desprendimiento casual que afecte a las fachadas, cubiertas y elementos compartimentadores (tabiques, suelos, techos, etc...), incluyendo cualquiera de sus elementos constituyentes, revestimientos y acabados (aplacados, enfoscados, alicatados, falsos techos, solados, tarimas, etc.) En el caso de goteras y humedades (de filtración, accidentales, de capilaridad u otras), se eliminarán previamente las causas que las hayan provocado garantizando la estanqueidad de la reparación. Las reposiciones de revestimientos continuos (tales como enfoscados, revocos, pinturas, impermeabilizaciones...), de revestimientos discontinuos (aplacados, azulejos, ladrillos, panelados, solados y pavimentos, elementos de cubierta, y similares), y de elementos lineales (impostas, vierteaguas, placas de coronación y similares), incluyendo las capas intermedias necesarias (como impermeabilizante, de preparación de soporte, de formación de pendiente, de aislamiento térmico, de barrera de vapor y otras similares), se realizarán con los siguientes límites:

• Por avería o rotura: hasta cubrir la zona afectada

• Por deterioro en el caso de revestimientos: 20m²/edificio/mes, con el máximo de 20m²/edificio/año para la reposición de elementos de cubierta.

• Por deterioro en el caso de elementos lineales: 20ml/edificio/mes.

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Reparación y/o sustitución sin excepción de cualquier elemento que forme parte del recinto y cabina del ascensor, incluso actuaciones precisas al objeto de obtener los certificados de inspección periódica favorables. Reparación de líneas de vida. 2. Carpinterías, cerrajerías y sistemas de protección Se incluye cualquier deterioro, rotura, desprendimiento o desajuste en puertas, ventanas, rejas, barandillas, persianas, etc., tanto exteriores como interiores, sea cual sea su material y composición (madera, acero, aluminio, pavés, PVC...), abarcando cada uno de los elementos integrantes tanto vistos como ocultos. Comprende tanto la reparación de los elementos como su sustitución en caso de que fuera necesaria a juicio de los servicios técnicos municipales, incluyendo en todo caso los siguientes elementos y, en su caso, con los siguientes límites:

• Hojas, cercos, tapajuntas, molduras, junquillos, rodapiés, guarda-vivos y demás elementos de terminación de carpintería.

• Puertas, cerraduras, bombines de cerraduras, copias de llaves, pestillos, rejillas de ventilación, taquillas, etc.

• Vidrios y espejos con retirada de restos y limpieza de galce, colocación, sellado y estanqueidad, sea cual sea el origen de la rotura.

• Barandillas, rejas y demás elementos de protección, incluyendo su soldadura, refuerzo o reposición puntual, con el límite del 10% o 20 unidades por edificio/mes.

• Persianas, venecianas, celosías de lamas o paneles y similares, junto a todos sus mecanismos de accionamiento y elementos (como cintas, ejes, motores, cierres y similares). Se establece el límite de sustitución del 25% superficie/edificio/año.

• Mantenimiento de toldos y similares, incluyendo sus mecanismos y su montaje y retirada en caso de instalaciones temporales.

• Barras anti-pánico, muelles recuperadores, retenedores de puertas de compartimentación, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre sea cual sea el origen de su deterioro.

• Eliminación de óxido, aplicación anticorrosiva y pintado en elementos metálicos, cualquiera que sea el origen de su deterioro hasta un máximo de 20 m2 edificio/mes para elementos superficiales o 20 ml edificio/mes para elementos lineales.

3. Red de saneamiento Se incluye la reparación de cualquier avería, deterioro, rotura, atranco, ajuste, y sellado de cualquier elemento de las redes incluyendo todos los elementos que componen la instalación y abarcando aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transporte necesarios para su realización (tales como por ejemplo, andamios, sistemas de elevación, empleo de cámaras de inspección, camiones de desatranco incluidas las ayudas de albañilería). Comprende tanto la reparación de los elementos y de los daños causados así como su sustitución o reposición, en caso de que fuera necesaria a juicio de los servicios técnicos municipales, incluyendo en todo caso los siguientes elementos:

• Canalones, sumideros, bajantes, tuberías, derivaciones, desagües, sifones y botes sifónicos, incluido el correspondiente desatranco, en su caso, y la reposición del revestimiento de superficie.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 51 de 86

• Aparatos sanitarios (tales como inodoros, incluidas sus tapas, cisternas, lavabos, urinarios, vertederos, platos de ducha y similares), sea cual sea el origen de su rotura o deterioro e incluyendo su sujeción y ajuste.

• Accesorios existentes en aseos y baños fijados a los paramentos (jaboneras, portarrollos, secadores eléctricos, etc.) sea cual sea el origen de su rotura o deterioro.

4. Mobiliario, equipamiento y señalización

• Las operaciones precisas de soldadura, refuerzo, reparación o consolidación de cualquier elemento vinculado a la actividad deportiva, sea en edificios municipales o centros deportivos, gimnasios y patios de centros educativos (porterías, redes, canastas, barras de ejercicios, espalderas, escaleras de piscina y similares). Sustitución, en caso necesario, de aros y tableros de canastas.

• Del mismo modo se actuará sobre los elementos de juegos infantiles existentes.

• Se incluyen igualmente las pequeñas reparaciones en elementos de mobiliario y electrodomésticos contenidos en los equipamientos que permita alargar el uso del bien. Para estos trabajos se establece un límite máximo de 20 unidades/edificio/año.

• Fijación y reparación de elementos a paramentos o suelos (tales como pizarras, cuadros, espalderas, accesorios de aseos, porterías, canastas completas o sus componentes, bancos, papeleras, o cualquier aparato de similar naturaleza), incluidos los elementos de nueva adquisición cuando su instalación no esté cubierta por el suministrador.

• Se incluirán trabajos puntuales de trasiego de mobiliario: entre los edificios municipales y el Almacén de Villa, entre distintos centros, o dentro de un mismo edificio, siempre condicionados a la autorización de los servicios municipales.

• Reparación y en su caso sustitución de elementos de cartelería y señalética.

• Reparación y en su caso sustitución de los mástiles soporte de banderas y sus mecanismos. II.8.2 En Espacios Libres de Parcela Con carácter general, se efectuarán las mismas tareas descritas en el apartado anterior y que afecten a los elementos de los espacios libres de parcela de los edificios, centros educativos y centros deportivos municipales, además de las específicas señaladas a continuación: 1. Pavimentos, revestimientos y superficies terrizas

• Reparación y arreglo de superficies deportivas técnicas (césped artificial, moquetas, pavimentos duros, de hormigón, conglomerado asfáltico, etc.), con un máximo del 5% de la superficie total sustituida/año, con revisión del estado del campo de juego, líneas, juntas, sistemas de riego y drenaje.

• Reparación de baches, sellado de grietas y fisuras en patios y pistas deportivas de centros educativos y centros deportivos.

2. En piscinas, enlechado o pintado, según los casos, de paramentos y fondos de piscina y vasos de compensación que así lo requieran. 3.- En vallados de trámex, chapa perforada, mallas electro-soldadas, simple torsión o similares, reposición de tramos completos hasta un máximo del 10% superficie/edificio/año.

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II.8.3 En instalaciones Para fijar el límite de la aplicación del mantenimiento correctivo a las instalaciones incluidas en el presente contrato se establecen las siguientes definiciones: Instalación: Se considera instalación aquel conjunto de equipos y piezas convenientemente unidas y relacionadas que sirven para cumplir una función como calentar, iluminar, refrigerar, etc. Equipo o parte de una instalación: Es una unidad de menor entidad, compuesta por piezas, elementos o componentes que convenientemente distribuidos e interrelacionados ejercen una función determinada dentro de la instalación, tales como calderas, radiadores, BIEs, acumuladores, grupos, de presión, centrales de alarma, equipo autónomo de emergencia, etc. Pieza o componente: Es aquel elemento indivisible que unido a otros elementos indivisibles conforman un equipo o parte de la instalación. Por ejemplo: válvulas, sensores, llaves, manómetros, purgadores, interruptores, pulsadores, batería de equipo alumbrado de emergencia, etc. Reparación de un equipo o parte de una instalación: Consiste en la sustitución de las piezas o componentes que paralizan o provocan su funcionamiento anormal incluyendo los ajustes necesarios para devolver al equipo o parte de la instalación sobre el que se ha actuado a su estado operativo normal. Es obligación de la empresa adjudicataria de cada lote el montaje, desmontaje y reparación de cualquier equipo o parte de la instalación que paralice o provoque su mal funcionamiento, así como el conjunto de actuaciones complementarias necesarias para la vuelta a las condiciones de operatividad de las instalaciones existentes en los equipamientos objeto del presente contrato. En los casos en que se considere necesario por los Servicios Municipales responsables del contrato, podrá ser reclamada la visita directa del Servicio Técnico de la casa, fabricante o representante de la misma en Madrid, la cual deberá elaborar un informe detallado del estado de la instalación, especificando las carencias y necesidades de actuación sobre la misma para su puesta a punto. El informe emitido por el Servicio Técnico será entregado a los Servicios Municipales debidamente suscrito por el mismo. Los gastos derivados de esta visita e informe especializados serán por cuenta de la empresa adjudicataria. No se incluye como prestación del presente contrato la sustitución o renovación de equipos o partes de la instalación cuya reparación no sea posible por razones de obsolescencia, la cual estará debidamente justificada considerando diversos parámetros como la antigüedad del equipo, existencia de repuestos, estado de conservación adecuado a las características del mismo, etc. Cláusula II.9: MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES II.9.1. Objeto El objeto es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del mantenimiento de las zonas verdes de los todos los equipamientos adscritos al Distrito al objeto de garantizar su conservación y óptimo rendimiento.

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II.9.2. Relación de actuaciones a realizar en las z onas verdes El alcance del mantenimiento de las zonas verdes incluirá, al menos, las siguientes actuaciones: Riegos, abonos y aporte de sustratos, entrecavados y escardas, mantenimiento y reposición de césped, pradera y cubierta vegetal, reposiciones y nuevas plantaciones, mantenimiento de árboles y arbustos, incluso podas, talas y trasplantes, sanidad vegetal, actuaciones urgentes y conservación de los sistemas de riego. II.9.2.1. Riegos. Los elementos vegetales se regarán con la frecuencia técnicamente aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y de las especies vegetales existentes, de forma que todos los elementos encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo. Los riegos se realizarán utilizando las redes, bocas de riego y tomas de agua disponibles en cada equipamiento. Es obligación de la empresa adjudicataria vigilar permanentemente, y reparar cuando proceda, las bocas de riego y las redes de riego para que estén operativas para su uso y permitan cumplir con las necesidades de riego de las zonas verdes. El agua consumida será por cuenta del Ayuntamiento de Madrid, debiendo la empresa adjudicataria utilizar el agua estrictamente necesaria para el riego. El horario habitual de riego manual será el normal de trabajo, salvo casos extraordinarios, en los que por razones climatológicas sea necesario establecer un horario diferente. Si por un incorrecto control de los sistemas de riego se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, la empresa adjudicataria restablecerá por su cuenta la zona dañada a su estado original, asumiendo las responsabilidades que hubiera. Se garantizará, si fuese preciso, el riego de todos los elementos vegetales incluidos en el contrato mediante la aportación de medios auxiliares adecuados (camiones cisterna, etc.), II.9.2.2. Abonos y enmiendas Los abonos, ya sean minerales u orgánicos, se realizarán para restituir al suelo vegetal la fertilidad suficiente para las plantas. Los abonos, enmiendas y aportes de sustratos se realizarán sobre céspedes, praderas, cubiertas vegetales, macizos de flor, herbáceas arbustos, setos, árboles y plantaciones. El abonado se ajustará a las características del suelo y la época de aplicación, realizándose con medios proporcionales a la superficie de abonado y al tipo de formación vegetal. Se abonarán las zonas verdes una vez al año, entre los meses de febrero y abril. Las enmiendas se realizan para mejorar las características químicas, físicas y biológicas de los suelos vegetales. Se realizarán mediante la aportación de abonos orgánicos, cales y arenas, teniendo en cuenta la humedad y las lluvias para evitar pérdida de producto. Serán enterradas, mezcladas con tierra y en la profundidad adecuada, controlando que el volumen de las aportaciones no sea excesivamente elevado.

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II.9.2.3. Entrecavados y escardas. El entrecavado tiene por objeto romper la superficie terriza, para facilitar la buena circulación del aire que permita la oxigenación de las raíces y para que la tierra admita bien el agua de riego. Consiste en cavar la tierra ligeramente sin ahondar, para no perjudicar las raíces de las plantas. El entrecavado se realizará al menos tres veces al año, manteniendo alcorques y base de arbolado establecido en céspedes libres de vegetación en diámetro aproximado de 1,00 m.–1,50 m. Se efectuará de forma manual con la herramienta adecuada sin afectar al sistema radicular de los elementos vegetales. La escarda es la eliminación, mediante métodos manuales, mecánicos o químicos, de las malas hierbas que, además de perjudicar la estética de la zona verde, restan nutrientes a las plantas existentes. La escarda en zonas ajardinadas se realizará dos veces al año, una vez entre marzo y mayo y otra vez entre septiembre y octubre. En los macizos de flor se efectuará la escarda de forma manual, eliminando no solo la parte aérea de las malas hierbas sino también su sistema radicular en cuanto éstas sean perceptibles II.9.2.4. Mantenimiento y reposiciones de céspedes, praderas y cubiertas vegetales. Este apartado contempla todos los trabajos a realizar y tratamientos a emplear en los céspedes y praderas, concretándose en las siguientes: riegos, siegas, perfilado de praderas, aireado, escarificado, recebado, abonado, enmiendas y renovación de praderas. Los riegos se efectuarán según se ha indicado en el apartado correspondiente. Las siegas se realizarán con la frecuencia adecuada para que no exista perjuicio estético o fisiológico, siendo el rango aceptado entre 3 y 10 centímetros de altura. Se realizará con cortes limpios, sin desgarros ni tirones, con maquinaria adecuada. Los restos de siega se retirarán de forma inmediata, no pudiendo quedar depositados en las praderas ni siquiera de forma eventual. Se utilizarán desbrozadoras de hilo para las zonas en las que no sea posible el acceso de las segadoras, así como en el entorno de elementos vegetales que puedan ser dañados por el uso de dichas segadoras. El perfilado de las praderas se realizará con los medios mecánicos y/o manuales que sean necesarios, en todo el perímetro de su superficie. Se cortarán y perfilarán los bordes, procurando eliminar los sistemas radiculares y retirando inmediatamente los restos. Esta labor se realizará con una periodicidad mínima de una vez cada dos meses. Con el fin de permitir la aireación de la zona radicular y estimular el nuevo proceso de rizogénesis y emisión de brotes, de forma que se rejuvenezcan las matas, se realizará el aireado y/o escarificado al menos en el 5% anual de la superficie del tapiz vegetal y de la capa de substrato portadora, desde una profundidad mínima de 5 cm. Para ello deben ser utilizados los medios mecánicos específicos destinados para tales propósitos, como máquinas de perforación con cilindros, escarificadora y rulo de púas. Los restos producidos serán retirados de inmediato. El recebado de praderas, siembra de calvas y zonas deterioradas, se realizará anualmente en aquellas praderas que no exijan una renovación completa. Esta labor comprenderá el levantamiento parcial o total de la zona dañada, la recuperación de la cota con aporte de sustrato, la preparación del terreno, la siembra y el tratamiento fitosanitario adecuado. Se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección. Estas siembras no estarán incluidas en el porcentaje de renovación de praderas.

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Los abonados y enmiendas de céspedes y praderas se realizarán mediante aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo, enmiendas inorgánicas para mejorar la aireación, evitar la compactación y mejorar las condiciones físicas del suelo, y abonado químico y/o orgánico específico anual para la restitución del material extraído. La empresa adjudicataria estará obligada a renovar anualmente un porcentaje del 1% total de la superficie de césped y praderas de las zonas verdes objeto del contrato. Esta renovación, cuyas zonas de actuación serán definidas por los servicios municipales, se realizará a principios de primavera y/o al principio del otoño. La realización de estos trabajos consistirá en las siguientes actuaciones: - Levantado de la pradera actual, utilizando para ello la maquinaria y los medios adecuados.

- Laboreo del terreno donde sea posible y no lo impidan los sistemas radiculares de los árboles.

- Recebado con sustrato específico, realizando la aportación de sustratos y tierras vegetales que sea necesaria.

- Tratamientos herbicidas.

- Siembra con la semilla indicada, abonos y cubresiembras necesarios.

- Riego inmediato a la siembra y todas las labores y controles necesarios hasta su establecimiento completo.

- Acotado y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección.

II.9.2.5. Mantenimiento del arbolado y de arbustos. Las labores que se deberán realizar sobre el arbolado son las siguientes: En cuanto al riego, además de lo referido en el apartado II.9.2.1., será necesario el riego de los árboles situados en terrizos, al menos 3 veces al mes de junio a septiembre. La formación de alcorques en los árboles situados en terrizos se realizará tantas veces como sea necesario, para el buen funcionamiento de los riegos a pie. Se controlarán de forma especial los derrames de agua para que no se produzcan escorrentías o gastos innecesarios. Los entrecavados y escardas se realizarán según el apartado II.9.2.3 ya indicado. Los abonados y enmiendas se realizarán según apartado específico ya indicado. Como mínimo se deberán realizar, con las dosis que sean necesarias según la analítica realizada y la formulación más adecuada, las siguientes: - Aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo

en árboles situados en tierra y terrizos, que se realizará a la vez que una de las entrecavas.

- Abonado químico específico para la reposición del material en cada uno de los árboles en profundidad con las herramientas y/o maquinaria de posicionamiento que sea necesaria, en toda el área de proyección de la copa.

Las actuaciones de poda irán encaminadas a cubrir los siguientes objetivos: - Conseguir un desarrollo adecuado de los elementos a podar, manteniendo y mejorando su

salud y estructura, reequilibrando las copas descompensadas.

- Eliminar ramas secas y/o afectadas por plagas y enfermedades.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 56 de 86

- Adecuar cada especie vegetal a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla.

- Realizar todos los trabajos de poda que sean necesarios para controlar la seguridad de los usuarios.

Se realizará una poda generalizada al año, realizándose, cuando sea necesario, un pinzado y limpieza de ramas secas o de aquellas que puedan suponer riesgo de desprenderse. La poda incluirá el transporte a vertedero, o lugar designado para su reciclaje, de los restos vegetales. Las podas se realizarán con autorización de los servicios municipales y ajustándose a los siguientes criterios y condiciones: - La eliminación de ramas vivas y sanas se justificará para aclarar la copa, permitiendo la

entrada de luz y aire cuando sea muy densa y para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas.

- Se evitarán las podas drásticas ya que reducen seriamente la superficie foliar potencial, pudiendo debilitar el árbol y hacerlo más susceptible a las infecciones.

- Se efectuarán correctamente los cortes. Se procurarán cortes oblicuos en la realización de la poda para favorecer así la cicatrización, usando herramientas bien afiladas. Como norma general se procurará no utilizar hachas en las labores de poda.

- Se efectuará la poda de los árboles para evitar interferencias con cualquier tendido y para impedir la caída espontánea de ramas.

- En el caso de que sea necesario eliminar ramas grandes, se extremarán las precauciones para evitar que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella.

- Se eliminarán los muñones. Las talas o apeos se realizarán cuando se comprueba la existencia de algún ejemplar seco, peligroso o cuando por exigencias del equipamiento sea necesario. La tala incluirá la extracción de la tronca así como el transporte a vertedero, o lugar designado para su reciclaje, de los restos vegetales, y posterior tapado con tierra vegetal del hueco resultante.

La Empresa adjudicataria deberá detectar el arbolado seco y/o peligroso existente en las zonas objeto del presente contrato, emitiendo informe de su situación. En todos los casos se tomarán las medidas oportunas para que al actuar no se afecte al resto de árboles o elementos del entorno. El procedimiento a seguir en caso de apeo de árboles secos, peligrosos o en deficiente estado es:

- Detección del árbol seco, peligroso o en deficiente estado.

- Comunicación a los servicios municipales mediante informe y documentación fotográfica.

- Autorización, si procede, por parte de los servicios municipales

- Señalización y vallado de la zona.

- Tala del árbol seco, peligroso o en deficiente estado, tras la solicitud y posterior obtención de los pertinentes permisos.

- Retirada de los restos vegetales y limpieza de la zona.

- Extracción del tocón o rebaje del mismo, si no fuera posible su extracción.

- Reparación de la zona dañada incluso de las infraestructuras y servicios.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 57 de 86

Las labores que se deberán realizar sobre los arbustos son las siguientes: - En cuanto al riego, además de lo referido en el apartado específico correspondiente, será

necesaria la formación de alcorques para el buen funcionamiento de los riegos a pie, controlando los derrames de agua que puedan producir escorrentías o gastos innecesarios.

- Los entrecavados y escardas se realizarán según el apartado específico ya indicado. Los abonados y enmiendas se efectuarán según el programa de abonados y enmiendas del apartado específico correspondiente, realizándose como mínimo lo siguiente: - Aporte de enmiendas anuales para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo en

alcorques de arbustos y setos que se realizará a la vez que una de las labores de entrecava.

- Abonado químico específico todos los años. Las podas se efectuarán en la forma y en la época más adecuadas para la mejor formación y vegetación de las plantas, teniendo en cuenta que un buen número de arbustos se desarrollan de forma natural, sin ninguna dificultad y no hay que podarlos regularmente, mientras que otras especies deben ser podadas a intervalos más o menos regulares - Se eliminarán los tallos secos, mal dirigidos o conformados, los que sean portadores de

plagas y/o enfermedades graves y los que presenten precario estado.

- Se aclararán los arbustos, ante una vegetación enmarañada que impida la penetración del aire y de la luz en su interior.

- Con la realización de la poda se deberá conseguir el máximo nivel estético posible y en el caso de arbustos de crecimiento libre mantener la estructura habitual de la especie.

- Se mantendrá la forma, porte, volumen y uso elegido.

- Se harán cortes limpios, usando herramientas bien afiladas.

- Se formarán los arbustos, en sus primeros estadios, desde el momento de su plantación. II.9.2.6. Sanidad vegetal. La gestión de la sanidad vegetal tiene como objetivo mejorar el estado sanitario de las zonas verdes y mantener un equilibrio estable del mismo. Para ello no solo tendrán en cuenta los tratamientos fitosanitarios encaminados a controlar las enfermedades y plagas detectadas, sino que establecerán estrategias que mejoren la resistencia natural de los elementos verdes empleando adecuados métodos de gestión de suelo, agua y vegetación así como para mantener bajo control las poblaciones de plagas mediante el empleo de lucha integrada y biológica. Se pretenden los siguientes objetivos: - Mejora del estado fitosanitario de las zonas verdes.

- Detección de estados carenciales o de debilidad que favorezcan la aparición o propagación de plagas o enfermedades.

- Identificación de afecciones causadas bien sea por agentes bióticos o abióticos.

- Optimización de los medios humanos y materiales.

- Adaptación de los tratamientos a la legislación vigente La Empresa adjudicataria realizará, a su cargo y en las fechas oportunas, todos aquellos análisis y controles que sean necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer en las zonas verdes, así como los tratamientos y controles encaminados a combatir, en su totalidad las ya desarrolladas.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 58 de 86

Todos los productos fitosanitarios, trampas de feromonas, cápsulas de feromonas, cebos, labores, maquinaria, etc. para el control de la sanidad vegetal serán por cuenta de la empresa adjudicataria y están contempladas dentro del precio de conservación. La Empresa adjudicataria deberá aportar certificación oficial de estar inscrita en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas o bien presentar documento fehaciente que asegure que la prestación de dicho servicio será realizado por una empresa o entidad que cuente con la correspondiente inscripción en dicho Registro, aportando en este último caso el correspondiente certificado acreditativo. La empresa adjudicataria quedará obligada a realizar con sus propios medios los estudios y análisis necesarios y en las fechas oportunas, la vigilancia, aplicación y seguimiento, atendiendo a las siguientes consideraciones: - Aplicación de los tratamientos en los momentos óptimos tanto del huésped como del agente

patógeno según su estadio o fase del ciclo.

- Aplicación de los tratamientos en condiciones climáticas que optimicen su eficacia. II.9.3. Actuaciones urgentes sobre la vegetación en las zonas verdes. En desarrollo de este aspecto, se incluyen los trabajos consistentes en la realización de actuaciones de carácter urgente sobre vegetación peligrosa localizada en cualquiera de los equipamientos objeto del contrato. Los trabajos a realizar resolverán las situaciones de peligro que se generen como consecuencia de la desestructuración o desestabilización del arbolado o arbustos, del excesivo crecimiento de vegetación herbácea espontánea, o de cualquier otra circunstancia que suponga un riesgo para la seguridad o la salubridad de los usuarios. El personal que tome parte en las actuaciones urgentes deberá ser el mismo que lleve a cabo los trabajos realizados con cargo al precio de conservación, ya que, por razones de seguridad y rapidez en las intervenciones, será necesario dominar tanto las técnicas de poda como el manejo de los medios mecánicos específicos y los protocolos a seguir en estas situaciones. Se dedicará atención al estado de las zonas verdes, terrizas, incluyendo las zonas pavimentadas, eliminando la vegetación espontánea (malas hierbas, maleza, etc.) y demás residuos que en ellas se encontrasen, así como recogida de las hojas del jardín, especialmente en otoño, manualmente o mediante el uso de sopladoras y aspiradoras/trituradoras de hojas, con una periodicidad mínima mensual desde inicios del mes de octubre hasta diciembre. Se incluyen labores urgentes de retirada y limpieza de piñas, frutos o similares que por razones de seguridad o uso sea necesario realizar, siguiendo instrucciones de los servicios técnicos municipales, incluyendo posibles trabajos en altura. Así mismo, se entiende incluido también, la retirada o tratamiento y eliminación de nidos de insectos u otro tipo de animales o plagas que por motivos sanitarios o de seguridad sea preciso realizar, siguiendo instrucciones de los servicios técnicos municipales o de otros organismos oficiales o de control acreditados Se realizarán los desbroces necesarios, con un mínimo de dos desbroces al año de hierbas secas, matorrales, arbustos, etc., que puedan presentar riesgo de incendio en aquellos equipamientos que lo precisen, con especial atención durante los meses de abril a julio

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 59 de 86

II.9.4. Conservación de los sistemas de riego. Comprende la conservación, mantenimiento, gestión, control y supervisión del funcionamiento de las infraestructuras de riego. Los elementos a conservar serán las redes de riego y todos los elementos que contengan, a partir del punto de abastecimiento, ya sean de la zona verde o del contador del Canal de Isabel II. Estas redes se dividen en: - Sistemas hidráulicos y mecánicos: Tuberías primarias, secundarias y terciarias, llaves de

corte de cualquier tipología, electroválvulas, ventosas, filtros, bocas de riego, aspersores, difusores, goteos, arquetas de diferentes tipos y materiales, fuentes de agua potable y desagües.

- Sistemas eléctricos: Línea de control de señal codificada codificadores, programadores centros de control de programación.

- Sistemas informáticos: Ordenadores: software y hardware. - Sistemas de conexión inalámbrica.

Existirá un sistema de control y detección de averías continuado, incluso fines de semana y festivos, en las épocas de mayor intensidad de riego. La empresa adjudicataria tiene la obligación de efectuar las obras de reparación en las redes de riego en el momento de su detección. Los materiales de reparaciones y sustituciones se incluyen en el precio del contrato. Al principio del contrato y durante el primer mes de la adjudicación, se realizará un inventario de los sistemas y todos sus elementos, especificando cualitativa y cuantitativamente los elementos constitutivos y su situación en las zonas verdes incluidas en el contrato. Antes de iniciarse la temporada de riegos, se verificará el estado del sistema comprobando que funciona correctamente. Igualmente se comprobarán todas y cada una de las conexiones de las diferentes electroválvulas y demás mecanismos eléctricos o mecánicos que incidan en el funcionamiento de todo el sistema. Se realizarán las programaciones iniciales y todas las revisiones y ajustes necesarios a lo largo del año en las zonas verdes incluidas en el contrato. Se establecerá un calendario de operaciones, revisiones y ajustes de los diferentes sistemas a lo largo de todo el año y no solo durante la época de riego. Cuando exista alguna avería que afecte a toda la unidad de programación o a una parte importante de ella, se realizará el riego manualmente hasta que se efectúen las reparaciones oportunas. La empresa adjudicataria será responsable de los ajustes horarios, tiempos de programación de cada fase de riego, en cada época y con cada sistema de riego. El personal técnico de la empresa adjudicataria debe conocer y recoger toda la información que sea precisa, realizando los cambios necesarios en los programas establecidos para un mayor rendimiento, no solo en beneficio de los elementos vegetales sino también de la economía del agua. Las electroválvulas deberán manejarse siempre desde el programador, evitando las aperturas y cierres manuales que propician averías. Su mantenimiento incluye la comprobación y limpieza periódicas de las partes o mecanismos más delicados, manteniendo su funcionalidad durante todo el período de riego. Igualmente se comprobarán todas y cada una de las conexiones de las diferentes electroválvulas y demás mecanismos eléctricos o mecánicos. Se realizará la limpieza diaria de los elementos de las fuentes de agua potable para que funcionen de forma adecuada, limpiando desagües y entornos para evitar el encharcamiento de la zona. Se sustituirán los grifos cuando estos no funcionen y se cuidará de que no se desperdicie el agua. Se realizarán los ajustes oportunos para evitar los problemas que puedan producir las bajas temperaturas.

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ANEXO III. MANTENIMIENTO GENERAL LOTE 3. RESERVADO A EMPRESAS DE INSERCIÓN LABORAL

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Cláusula III.1. OBJETO El objeto de este anexo es regular las condiciones técnicas que han de regir las operaciones de mantenimiento técnico integral para la conservación de las instalaciones deportivas básicas adscritas al Distrito de Villaverde, incluyendo sus edificios, espacios libres, equipamiento deportivo, instalaciones y zonas verdes (ajardinadas y terrizas), con el fin de garantizar su conservación y óptimo rendimiento. También se incluyen los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse. Las instalaciones deportivas básicas tienen como fin principal ser lugares de esparcimiento, mediante la práctica de la actividad física. Estas instalaciones son utilizadas por un amplio número de personas, lo que obliga a que estén utilizables en unas condiciones suficientes de seguridad y salubridad. Es fundamental que los equipamientos deportivos (canastas, porterías, cerramientos, vallas, etc.) e instalaciones (alumbrado, redes de riego, etc.), estén en perfecto estado de uso. Cláusula III.2 DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. Se entiende por mantenimiento general el conjunto de trabajos de conservación preventiva y conservación correctiva necesarios para mantener cada instalación deportiva básica en condiciones adecuadas de uso durante su periodo de vida útil, optimizando el consumo energético y de agua, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, evitar la reducción de la pérdida de valor del inmueble y lograr el ahorro derivado de la correcta utilización de las instalaciones. El mantenimiento se aplicará a todas las edificaciones principales, construcciones, instalaciones, equipamientos, elementos constructivos, espacios libres y zonas verdes de las instalaciones deportivas básicas así como a todos sus elementos accesorios. También se aplica a las instalaciones existentes, en especial las que se relacionan a continuación y cuantas otras existan en el momento del inicio del contrato, aunque no esté incluida en la siguiente relación:

• Instalaciones térmicas

• Instalación de extracción, ventilación y difusión

• Eléctricas de baja tensión

• Agua fría y Agua caliente sanitaria

• Protección contra incendios

• Megafonía.

• Marcadores y rótulos electrónicos

• Instalaciones de programación de riego y red de riego automático

• Instalación de protección contra rayos.

• Instalaciones de seguridad

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 63 de 86

Dentro del concepto de mantenimiento general, se especifican dos tipos de actuaciones; por un lado, el mantenimiento preventivo, que incluye todos aquellos trabajos que se realizan de forma programada y sistemática para que todos los elementos de las instalaciones deportivas básicas estén permanentemente revisados. Por otro lado, el mantenimiento correctivo incluye todos aquellos trabajos que se realizan cuando, por el simple uso de las instalaciones deportivas básicas, o por cualquier otra circunstancia, cualquier elemento de las mismas ha resultado dañado y se procede a su reparación dentro de los plazos marcados. También se considera incluido en el mantenimiento general el mantenimiento de las zonas verdes de las instalaciones deportivas básicas definido en cláusula específica. III.2.1 Mantenimiento Preventivo La empresa adjudicataria realizará sobre el conjunto de las instalaciones deportivas básicas objeto del contrato y atendiendo las órdenes e indicaciones de los servicios municipales, las prestaciones siguientes: III.2.1.1. Conducción y vigilancia. Inspecciones de vigilancia La conducción y vigilancia incluyen todo el conjunto de tareas que permiten el control y dominio del funcionamiento de los elementos e instalaciones existentes en los equipamientos objeto del contrato. La empresa adjudicataria deberá asegurar el control de los sistemas de regulación y equilibrio de los elementos e instalaciones para lograr las condiciones de confort más elevado posible. La empresa adjudicataria es responsable y decide los medios a utilizar para satisfacer esos objetivos, y se ocupará en particular de:

• Los arranques y paradas de las instalaciones

• Las regulaciones y equilibrados necesarios

• El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los elementos y equipos

• La vigilancia general de los elementos e instalaciones Por otra parte, la conducción y la vigilancia pueden obligar a llevar a cabo acciones de mantenimiento preventivo condicional o de mantenimiento correctivo. La empresa adjudicataria realizará, de forma sistemática y continuada, inspecciones a las instalaciones deportivas básicas para comprobar el estado de las mismas. En estas inspecciones se deberá comprobar si existe algún desperfecto, procediéndose a repararlo en el plazo establecido dependiendo de la gravedad. Los desperfectos que se detectaran en estas inspecciones rutinarias se clasificarán en urgentes y no urgentes. III.2.1.2. Mantenimiento preventivo programado La empresa adjudicataria debe realizar todas las prestaciones de mantenimiento preventivo regular; esta modalidad de mantenimiento incluye las operaciones de mantenimiento necesarias en función de los equipos, materiales y su uso, que incluyen:

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• Operaciones de mantenimiento técnico–legal: de tipo preventivo, y las revisiones informes e

inspecciones periódicas establecidas en los reglamentos aplicables, que serán realizadas por la empresa adjudicataria, siempre que cuente con la acreditación necesaria, o mediante subcontratación con empresa acreditada, siempre por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo presentar al técnico designado por el órgano de contratación del Distrito la documentación cumplimentada con los certificados o visados oficiales obligatorios. En materia de mantenimiento de instalaciones de climatización y agua caliente sanitaria incluidas en el RD 865/2003 para la prevención de la legionelosis, el personal que realice las operaciones antes citadas estará en posesión de la acreditación personal de mantenedor-reparador, de acuerdo con la Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio.

• Sistemático: Según las operaciones de mantenimiento con las frecuencias determinadas en las especificaciones de los constructores y fabricantes de materiales y equipos.

III.2.1.3 Mantenimiento Preventivo Condicional El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción, vigilancia e inspección de las instalaciones descritas en la cláusula III.2.1.1. III.2.2 Mantenimiento Correctivo Las operaciones de mantenimiento correctivo comprenden todas las intervenciones precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento. También se incluyen dentro de las operaciones del mantenimiento correctivo, las derivadas de la subsanación de las deficiencias comunicadas por los organismos de control acreditados en las inspecciones reglamentarias, o por cualquier organismo oficial, incluido el Ayuntamiento de Madrid. III.2.3 Asistencia Técnica para los Controles Regla mentarios La empresa adjudicataria se ocupará de solicitar de los organismos oficiales o los órganos de control acreditados, en los plazos establecidos para ello en la normativa vigente, los controles técnicos reglamentarios para las construcciones, elementos e instalaciones que así lo tengan prescrito. La empresa adjudicataria asistirá al Distrito en el transcurso de las visitas realizadas por un organismo de control acreditado o cualquier organismo oficial, incluido el Ayuntamiento de Madrid, en el ejercicio de sus competencias. Del mismo modo la empresa adjudicataria deberá gestionar frente a las correspondientes compañías de servicios y sus empresas derivadas, las inspecciones, controles, actuaciones y avisos necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones del edificio así como el correcto mantenimiento de las condiciones del servicio prestado por todos ellos. Los costes derivados de los controles reglamentarios correrán por cuenta de la empresa adjudicataria.

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III.2.4. Personal de mantenimiento La ejecución de las tareas de mantenimiento contempladas en el presente anexo, en lo que se refiere al personal que debe realizar las mismas, se articulará mediante equipos compuestos de los oficios que se relacionan a continuación y de cuantos otros, de cualquier oficio y categoría, resulten necesarios para asegurar el total cumplimiento de las obligaciones previstas en este anexo. El equipo estará compuesto por personal de, al menos, los siguientes oficios: Albañilería, Fontanería, Electricidad, Cerrajería , Carpintería, Pintura y Jardinería El personal de oficios mínimo adscrito al Lote 3, será el siguiente: - 1 Encargado/a general a tiempo parcial. Con independencia de la titulación académica exigida para los equipos, el personal cualificado estará en posesión de los carnés profesionales, que se exigen para cada instalación específica. Tanto los documentos de calificación empresarial como los carnés profesionales exigidos deberán estar autorizados, registrados y en vigor en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Cláusula III.3 FUNCIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARI A La obligación fundamental de la empresa adjudicataria es mantener en funcionamiento seguro las construcciones e instalaciones para que sirvan sin interrupción a su fin. Asimismo, son funciones de la empresa adjudicataria las siguientes: III.3.1 Inventario de Instalaciones Deportivas Bási cas y sus elementos La empresa adjudicataria mantendrá actualizada, durante todo el periodo de duración del contrato, la relación detallada de todos los elementos de cada instalación deportiva básica. Se partirá de los datos facilitados por el Distrito de Villaverde y simultáneamente a la realización del mantenimiento preventivo, a través de las inspecciones rutinarias, se obtendrán los datos necesarios para revisar, completar y, si procede, corregir las características de las instalaciones. La primera relación será facilitada al Distrito de Villaverde dentro de los dos primeros meses del contrato, en soporte informático, incluyendo documentos de texto, planos, características técnicas de los equipos y de los equipamientos deportivos e inventario de especies vegetales. Posteriormente, la empresa adjudicataria entregará relaciones actualizadas cada año o cuando se produjera alguna variación significativa en las características de alguna o algunas instalaciones deportivas básicas. En este inventario se incluirán los datos de los suministros de electricidad y de agua, en aquellas instalaciones deportivas básicas que dispongan de ellos, con indicación expresa de los siguientes datos:

• Electricidad: Número de CUPS del suministro, número del contador, limitador de potencia, potencia contratada.

• Agua: Número de contrato, número de contador

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III.3.2 Registro de Incidencias La empresa adjudicataria llevará un registro de incidencias donde quedarán anotados todos los avisos de las incidencias que se produzcan en cualquier instalación deportiva básica que de origen a una actuación de mantenimiento correctivo. La incidencia puede ser comunicada por: • Personal del Distrito de Villaverde. En este caso será suficiente para que quede registrado el

aviso con la comunicación a través de teléfono, del correo electrónico o de forma directa al personal de la empresa adjudicataria.

• Personal de la propia empresa adjudicataria o subcontratistas en el desarrollo de su trabajo. El registro contendrá básicamente la siguiente información: • Numero de referencia único para cada incidencia, fecha y hora del aviso de incidencia,

identificación de la instalación deportiva básica, descripción de la incidencia, tipo de incidencia (urgente o no urgente) e identificación del comunicante, fecha de comprobación de la incidencia, fecha de cierre de la incidencia y observaciones sobre la resolución de la incidencia.

El registro de incidencias estará actualizado diariamente y a disposición del Distrito en el soporte informático que se le indique y mediante el acceso en tiempo real a la aplicación informática que la empresa adjudicataria pudiera desarrollar para la gestión del contrato. Este registro permitirá filtrar la información para obtener datos ordenados por fechas (de comunicación, de comprobación o de cierre), instalación y tipo de incidencia. III.3.3 Diario de Seguimiento Por cada equipamiento objeto del contrato, la empresa adjudicataria elaborará y llevará al día un registro donde anotarán los siguientes campos:

• Identificación del elemento sobre el que se ha actuado

• Tipo de actuación:

- De mantenimiento preventivo

- De mantenimiento correctivo (indicando referencia del Registro de Incidencias) Para cada actuación se reflejará:

• La fecha

• Descripción de la operación

• Las sustituciones de piezas realizadas

• Protocolo de la actuación

• Las observaciones pertinentes Los diarios de seguimiento quedarán a disposición del Ayuntamiento de Madrid. Durante la primera semana de cada mes, se entregarán al servicio designado por el órgano de contratación del Distrito los diarios mencionados en el soporte informático que se le indique y/o mediante el acceso en tiempo real al programa informático de la empresa adjudicataria que contenga los datos indicados.

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III.3.4 Programa de Trabajo y Plan de Trabajos real izados En el plazo de 2 meses desde el inicio del contrato junto con el inventario de equipos e instalaciones, la empresa adjudicataria presentará un Programa de Trabajo que identifique todas las actuaciones que tenga previsto llevar a cabo durante la ejecución del mismo, incluyendo los trabajos de mantenimiento preventivo en sus modalidades de conductivo, programado tanto técnico–legal como sistemático y condicional con la frecuencia prevista para cada actuación. Contendrá así mismo la previsión de inspecciones periódicas reglamentarias obligatorias a realizar en los elementos e instalaciones integradas en los equipamientos objeto del contrato por las entidades de control legalmente habilitadas. En el plazo máximo de 1 mes desde su recepción, el Órgano de Contratación aprobará dicho Programa o lo devolverá con las observaciones oportunas para que en un plazo máximo de 15 días sean tenidas en cuenta por la empresa adjudicataria. El Programa de Trabajo se presentará al responsable del contrato en el soporte informático que se le indique. El Plan de Trabajos realizados contiene las fechas en que se han llevado a cabo las actuaciones de mantenimiento previstas en el Programa de Trabajo. Trimestralmente, en los 10 días posteriores al vencimiento del trimestre, la empresa adjudicataria deberá presentar el Plan de Trabajos realizados que será validado, en su caso, por la persona responsable del contrato. III.3.5 Otras funciones Confeccionar y actualizar los libros, registros y la documentación en general, relativa a los materiales, equipos e instalaciones, según resulte exigible por la normativa de aplicación. Custodiar la documentación técnica que se determine en la normativa aplicable. Paralizar o limitar la utilización o el funcionamiento de las instalaciones o elementos de cualquier índole, cuando se den las situaciones previstas en la normativa aplicable. Permitir la continuidad de las actividades en el equipamiento en las zonas colindantes con los trabajos propios del mantenimiento, evitando en lo posible la existencia de olores, polvo, ruidos, etc. Instruir al personal municipal que se designe en el manejo de los equipamientos e instalaciones (puesta en marcha, parada, regulación básica, rearme y actuación en caso de emergencia) Cláusula III.4 MEDIOS MATERIALES La empresa adjudicataria dispondrá de almacenes y materiales necesarios para garantizar el racional desempeño del servicio. La empresa adjudicataria dispondrá de los medios técnicos necesarios, sistemas de comunicación y furgonetas, así como las herramientas precisas para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, por medio de su personal propio.

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La empresa adjudicataria proporcionará a su personal las herramientas, en buen estado de uso, precisas para el desarrollo de los trabajos de mantenimiento encomendados. La empresa adjudicataria, a su costa, pondrá al servicio del contrato todos los medios auxiliares, mecánicos o de transporte necesarios para la realización de los trabajos y operaciones a realizar en el mantenimiento de las instalaciones y elementos constructivos, tales como andamios, sistemas de elevación, y camiones de desatranco, incluidas las ayudas de albañilería, etc. Dichos medios auxiliares estarán también disponibles, a requerimiento del responsable del contrato, para la subsanación de deficiencias comunicadas por los organismos de control acreditados en las inspecciones reglamentarias, o por cualquier organismo oficial, incluido el Ayuntamiento de Madrid. La empresa adjudicataria deberá proporcionar a su personal los equipos de medida que sean necesarios para el control y verificación de los parámetros propios de todos los elementos e instalaciones sometidas a mantenimiento. Si para el desarrollo del objeto del contrato se precisara cualquier otro útil o medio auxiliar, será responsabilidad de la empresa adjudicataria la obtención del mismo, sin repercutir costes accesorios al Ayuntamiento de Madrid. La carencia de útiles o medios auxiliares precisos para el desempeño de prestaciones objeto del contrato no será causa justificada para demorar los plazos de respuesta previstos en el presente pliego. Todo el material, vehículos y maquinaria que la empresa adjudicataria adscriba al contrato se encontrará en perfecto estado de uso y conservación, pudiendo ser desechado por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Madrid cuando no reúnan estas condiciones, debiendo la empresa adjudicataria sustituirlo por otro adecuado de las mismas características. III.4.1 Suministro y Gestión de Productos Consumibl es, Gases y Combustibles Para el desarrollo de las prestaciones de mantenimiento, la empresa adjudicataria debe asegurar el suministro y gestión de diversos consumibles considerados accesorios de vida media corta, tales como pequeños suministros mecánicos y eléctricos, lámparas, pilotos, fusibles, agentes extintores etc. Estos gastos serán por cuenta de la empresa adjudicataria. Para el caso de los sistemas de extinción de incendios manuales (extintores), corresponderá a la empresa adjudicataria la recarga del sistema con el agente extintor consumido como consecuencia del disparo producido por cualquier circunstancia, sin cargo para la Administración. III.4.2 Materiales propios de equipos o instalacion es Se consideran como tales, todos aquellos materiales que ocupando un lugar permanente en un equipo o instalación es necesario sustituir por rotura, desgaste o mal funcionamiento, y que son fundamentales para el funcionamiento de los equipos o instalaciones que los utilizan. Las operaciones de reparación descritas en la cláusula III.8 tendrán como fin restituir a sus condiciones originales el elemento sobre el que se actúa. Cuando el estado de un elemento no admita ya reparación, se procederá a su sustitución. El elemento nuevo deberá ser similar, en calidad y características, al sustituido, salvo que circunstancias obliguen a otra cosa, y siempre bajo la supervisión de los servicios técnicos del Distrito. La empresa adjudicataria estará obligada en sus actuaciones a emplear, cuando existan, materiales y elementos homologados por los servicios competentes del Ayuntamiento de Madrid.

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El Distrito se reserva el derecho de recuperar aquellos materiales, elementos e instalaciones que vayan a ser sustituidos por otros nuevos, para lo cual, indicará a la empresa adjudicataria el lugar donde deberá depositarlo, con el menor deterioro posible. III.4.3 Gestión de Residuos La empresa adjudicataria dispondrá de los medios necesarios para poder realizar y asegurar la correcta gestión de los residuos generados en el desempeño de las labores fijadas, de conformidad con la normativa vigente. Cláusula III.5 CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO. Para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación en caso de aviso urgente, la empresa adjudicataria dispondrá de un servicio de incidencias atendido por personal de la propia empresa, que cubrirá durante todos los días del año, las 24 horas, la atención a los equipamientos municipales objeto del contrato. Dicho servicio de urgencia no podrá sustituirse en ningún caso por contestadores automáticos, entendiendo en tal caso que se trata de un abandono del servicio. En función del tipo de problema detectado por parte de los servicios técnicos municipales y/o de los responsables de cada equipamiento, se generarán los siguientes tipos de actuaciones:

• Aviso urgente: para aquellas situaciones que pueden paralizar la normal utilización del edificio, o pueden representar graves riesgos para las personas o las cosas.

• Aviso no urgente: para aquellas situaciones que, aún no paralizando la utilización del edificio, sí impiden el normal funcionamiento del mismo, o pueden motivar posteriores daños en caso de demorar su reparación.

Los avisos realizados se atenderán en los tiempos de respuesta y reparación, contados en días naturales, establecidos en las prescripciones particulares definidos como:

• Tiempo de respuesta: es el necesario para personarse en el edificio afectado, un encargado o persona cualificada de la empresa adjudicataria, quien evaluará el daño y comenzará la actuación. Este tiempo de respuesta será como máximo de 2 horas para avisos urgentes y 48 horas para el resto.

• Tiempo de reparación: es el necesario para restituir el elemento o instalación afectada a su estado inicial. Este tiempo de reparación será de 72 horas en el caso de avisos urgentes y 10 días para el resto.

En el caso de los avisos urgentes la empresa adjudicataria está obligada a establecer, de forma inmediata, las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes o desperfectos mayores. En el caso de celebración de eventos de especial relevancia, el Distrito podrá exigir a la empresa adjudicataria la presencia de un equipo retén durante la celebración con el fin de atender las posibles incidencias que se produzcan. El número y cualificación del personal preciso del equipo retén será establecido por el Distrito para cada acto.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 70 de 86

Tienen la consideración de eventos de especial relevancia en el Distrito y que pudieran celebrarse en instalaciones deportivas básicas, las competiciones deportivas y los actos relacionados con las Elecciones Generales, Autonómicas, Locales o Europeas. Para el resto de eventos que habitualmente se celebran en las instalaciones deportivas básicas, se estará a lo dispuesto en el procedimiento habitual (inspecciones de vigilancia, plan de mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivo y la disponibilidad del servicio de incidencias de 24 horas) a lo que se sumará una actuación previa específica para asegurar el correcto estado de la instalación. Si la empresa adjudicataria, por propia iniciativa y sin el previo consentimiento de la persona responsable designada por el órgano de contratación, efectuase trabajos de mejora o que superasen el alcance que este anexo establece para la reparación, con la finalidad de evitar reiteradas actuaciones sobre un elemento deteriorado, serán también considerados incluidos en el precio del contrato, sin que supongan un coste adicional para el Distrito. La empresa adjudicataria no podrá argumentar en ningún momento la no disponibilidad de personal para no cumplir los plazos de resolución de incidencias. Cláusula III.6 CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABA JOS Una vez detectada una incidencia, ya sea por personal del Distrito o de la empresa adjudicataria, este último, tras comprobar la realidad y alcance de la misma como resultado de la inspección realizada, elaborará un Parte de Trabajo ; si la incidencia no genera un Parte de Trabajo, la empresa adjudicataria explicará las causas mediante un sucinto informe. En el resto de los casos, el Parte de Trabajo se generará automáticamente. En todo caso, la incidencia quedará anotada en el Registro de Incidencias según se indica en la cláusula III.3.2. El Parte de Trabajo lo elaborará la empresa adjudicataria describiendo, con detalle, todos los trabajos a realizar y las piezas o elementos a sustituir. Una vez resuelta la incidencia, la empresa adjudicataria confeccionará una Hoja de Control consistente en una copia del Parte de Trabajo conformada por la persona que ha realizado la actuación y por responsable técnico de la empresa adjudicataria. Durante la primera semana de cada mes junto con los Diarios de Seguimiento descritos en la cláusula III.3.3 del presente anexo, se presentarán las Hojas de Control correspondientes a los trabajos realizados en el mes, considerándose la presentación de los Diarios de Seguimiento y de las Hojas de Control una de las condiciones necesarias para proceder a la conformidad de las facturas. Además, cuando a criterio de los servicios competentes del Distrito y por la entidad del elemento colocado sea necesario, se adjuntarán junto con la factura mensual, el albarán y hoja de características con la marca, tipo, fabricante y demás características técnicas que definan el elemento, así como duración de la garantía. En el caso de que por los servicios municipales sean detectadas deficiencias u omisiones en los Partes de Trabajo y en los Diarios de Seguimiento, relativas a desperfectos o averías no declarados, existentes en las fechas de inspección, la empresa adjudicataria estará obligado a su reparación, con independencia de las actuaciones que dicha negligencia pudiera dar lugar.

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Junto a la entrega mensual de los Diarios de Seguimiento contemplados en la cláusula III.3.3 del presente anexo, se acompañará la documentación acreditativa de los controles reglamentarios que se hayan llevado a cabo por las entidades de control legalmente reconocidas durante el mes correspondiente. Cláusula III.7 OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIEN TO PREVENTIVO Las operaciones generales de mantenimiento preventivo son aquellos trabajos de conservación objeto de este Pliego que la empresa adjudicataria tiene que cumplir en todo momento y a su cargo, aún cuando se tratara de servicios subcontratados por la empresa adjudicataria, incluyendo mano de obra, materiales y medios auxiliares. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria cualquier tipo de informes, documentos, trámites y abonos que fuera necesario realizar ante cualquier Organismo Público o Privado en relación con los edificios e instalaciones en servicio y que son objeto de este contrato, incluidos los trámites completos de legalización de las distintas actuaciones que se realicen y de sus equipos, como consecuencia de su primera instalación, así como la legalización de aquellas modificaciones o reformas que puedan realizarse en las instalaciones y equipos existentes, debiéndose remitir el documento original de dicha legalización al representante designado por la Administración. Las siguientes operaciones relacionadas tienen carácter de condición mínima, no implicando, por tanto, limitación a la realización de todas aquellas tareas necesarias para el correcto mantenimiento de los edificios e instalaciones a que se refiere el contrato. III.7.1 En elementos constructivos En las edificaciones vinculadas a las instalaciones deportivas básicas objeto del contrato:

1. Inspección trimestral de las condiciones de seguridad, higiene y estabilidad de los elementos constructivos.

2. Revisión integral de las redes de saneamiento incluyendo todos los elementos que las componen (bajantes, arquetas, colectores, acometidas, galerías, pozos, etc. registrables u ocultos) con un máximo de una (1) instalación deportiva al año o a solicitud del Distrito

3. Eliminación de hojas y suciedades en los tejados, bajantes, canalones, sumideros y desagües que requieran esa limpieza de forma puntual y limpieza dos (2) veces al año de manera general en todas las cubiertas así como cuando sea necesario a solicitud del Distrito.

4. Comprobación anual de líneas de vida por parte de instaladores debidamente capacitados para asegurar que el sistema permanezca certificado. Dicho proceso incluye verificaciones fundamentales de la totalidad de los sistemas, comprobando que permanecen en un estado operativo seguro y posterior emisión de informe que así lo certifique, suscrito por técnico competente.

5. Revisión puntual, a solicitud del Distrito, de la estabilidad y anclajes de los falsos techos.

6. Revisión puntual, a solicitud del Distrito, de los elementos estructurales de los edificios, ocultos por revestimientos, paneles, tabiques, falsos techos, etc., con posterior reposición de los elementos de recubrimiento u ocultación.

7. Instalación de elementos de control (testigos) en grietas, fisuras y otros desperfectos de elementos constructivos que así lo aconsejen, así como control sistemático de la evolución de los mismos, todo ello de acuerdo con las instrucciones que dicten los Servicios Municipales responsables del contrato.

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III.7.2 En Espacios Libres de Parcela En espacios libres de parcela se efectuarán las mismas tareas descritas en el apartado anterior y que afecten a los elementos constructivos (vallados, cerramientos, redes de saneamiento, etc.), de las instalaciones deportivas, además de las específicas señaladas a continuación:

1. Escarificado de terreno existente en campos de tierra, con aporte de arena de mina y río en proporción adecuada y cantidad suficiente, extensión, compactación y nivelación para su correcto drenaje superficial, al menos una (1) vez por campo y año, así como señalización y marcaje de los campos de futbol a solicitud del Distrito.

2. Se efectuará inspección, al menos una cada quince (15) días, de las condiciones de seguridad y estabilidad de cualquier elemento vinculado a la actividad deportiva y de juegos infantiles, comprobando que permanecen en un estado operativo seguro y efectuando las operaciones precisas de refuerzo o consolidación del elemento afectado. Estas operaciones se reflejarán en el informe mensual del servicio.

3. Mantenimiento de rocódromos incluyendo sustitución de seguros y presas, control estructural, mejora de acabados y revisión general de la instalación y todos los trabajos necesarios para su uso en condiciones de seguridad. Con carácter general, se efectuará una (1) inspección mensual o a demanda de los Servicios Técnicos.

4. En campos de césped artificial las labores de mantenimiento básico y especializado preventivo como mínimo y siempre en función de la intensidad y nivel de uso, son las siguientes:

• Una vez a la semana se realizará una limpieza de la superficie (retirada de hojas,

ramas, envases, papeles, cáscaras de pipas,...). • Cada tres meses se cepillará la superficie y las fibras del césped artificial realizando una

inspección de las líneas de juego y juntas. • Dos veces al año, se efectuará una descompactación del granulado de caucho, se

procederá al recebado/relleno de granulado de caucho y a la retirada de mala hierba existente con aplicación de herbicidas

II.7.3 En Instalaciones. Las operaciones de mantenimiento preventivo mínimo en las instalaciones incluyen: El sistemático, el recomendado por el fabricante y el Técnico – Legal previsto por la normativa en las instalaciones que dispongan de reglamentación especifica. A título enunciativo y sin carácter restrictivo se relacionan las siguientes instalaciones: • Instalaciones contra incendios • Instalaciones eléctricas • Iluminación • Agua fría y Agua caliente sanitaria • Instalaciones de riego. Se considera incluido el tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis, realizando el análisis microbiológico de legionela y el análisis físico-químico del agua de todas las instalaciones que sean susceptibles de contener o propagar la legionela, así como todas aquellas actuaciones recogidas en la Orden 1187/1998, de 11 de junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y el RD 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicos-sanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la legionelosis.

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A modo de resumen se realizarán, con las especificidades de cada instalación deportiva, las siguientes operaciones: Preparación de la superficie, redes de porterías y marcaje de terreno de juego a petición del Distrito como consecuencia de la celebración de partidos de fútbol. Revisión de anclajes de barandillas, porterías, canastas, vallas, redes parabalones, cerramientos, soportes de red de tenis, contrapesos, piezas metálicas, etc. Quincenal

Revisión del funcionamiento de las fuentes de beber y bocas de riego Quincenal

Revisión de los bancos Quincenal

Revisión del funcionamiento de la red de riego. Quincenal

Repaso de soldaduras en cerramientos y elementos metálicos Mensual

Sustitución / reparación de proyectores fundidos Mensual Comprobación de funcionamiento del programador de los proyectores y ajustes de encendido Mensual

Revisar condiciones de seguridad y estabilidad de los elementos constructivos Mensual

Repaso y limpieza de anclajes de los banderines de corner. Reponer tapones Mensual

Acondicionamiento de zonas verdes y terrizas Trimestral

Eliminación de pintadas Trimestral

Aporte de tierra y nivelación de pistas de petanca y de chito. Trimestral

Eliminación de malas hierbas en pistas de petanca y de chito. Trimestral

Revisión de la cubierta y reparación de goteras Semestral

Revisión y limpieza de canalones y bajantes de pluviales de la cubierta Semestral

Revisión y limpieza de canaletas y sumideros de pluviales Semestral

Revisión y limpieza de la red de saneamiento del edificio de vestuarios Semestral

Revisar orientación proyectores. Anual

Repintado de marcajes de pistas. Anual

Repintado de elementos metálicos (porterías, canastas, vallas) Anual

Repaso y reparación de fisuras y desperfectos en el pavimento Anual Reposición de redes de las porterías de fútbol y de banderines de corner en campos de fútbol 11 Anual

III.7.4 Inspecciones de vigilancia Como parte de las operaciones generales de mantenimiento preventivo, la empresa adjudicataria realizará, de forma sistemática y continuada, inspecciones a las instalaciones deportivas básicas para comprobar el estado de las mismas. En estas inspecciones se deberá comprobar si existe algún desperfecto, procediéndose a repararlo en el plazo establecido dependiendo de la gravedad de dicho desperfecto. Los desperfectos que se detectaran en estas inspecciones rutinarias se clasificarán en urgentes y en no urgentes.

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Cada instalación deportiva básica será inspeccionada al menos una vez cada quince (15) días. En la inspección de vigilancia se comprobará lo siguiente:

- Estado del equipamiento deportivo: comprobar si falta algún elemento, comprobar firmeza de los anclajes de porterías, canastas, vallas, comprobar posibles desperfectos en estos elementos.

- Estado de los cerramientos: revisar soldaduras, desperfectos en los muros de fábrica, albardillas.

- Estado de las zonas terrizas y ajardinadas: acumulaciones de agua, comprobación visual de ramas y de troncos de árboles.

Para la actualización del inventario de instalaciones deportivas básicas se aprovecharán estas inspecciones de vigilancia para comprobar datos ya disponibles, corregir los que procedan y añadir los que complementen. Las inspecciones de vigilancia también servirán para comprobar la resolución de los avisos previamente comunicados. Cláusula III.8 MANTENIMIENTO CORRECTIVO Se incluyen todas las operaciones de mantenimiento correctivo que haya que realizar como consecuencia de avisos por avería o rotura, cualquiera que sea su origen, de los equipos, instalaciones y elementos constructivos, comprendiendo todas las intervenciones precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento preventivo y consistiendo en la reparación de los equipos, instalaciones o elementos afectados. La empresa adjudicataria estará obligada a la restitución a su estado original de todos los elementos e instalaciones afectadas, directa o indirectamente, tanto por la avería en sí misma, como los daños que hayan podido ocasionarse en los trabajos de reparación. III.8.1 En elementos constructivos 1. Fachadas, cubiertas y particiones interiores Se incluye cualquier deterioro, rotura o desprendimiento que afecte a las fachadas, cubiertas y elementos compartimentadores (tabiques, suelos, techos), incluyendo cualquiera de sus elementos constituyentes, revestimientos y acabados (aplacados, enfoscados, alicatados, falsos techos, solados, tarimas) En el caso de producirse goteras y humedades (de filtración, accidentales, de capilaridad u otras), se eliminarán previamente las causas que las hayan provocado garantizando la estanqueidad de la reparación. Las reposiciones de revestimientos continuos (tales como enfoscados, revocos, pinturas, impermeabilizaciones), de revestimientos discontinuos (aplacados, azulejos, ladrillos, panelados, solados y pavimentos, elementos de cubierta, y similares), y de elementos lineales (impostas, vierteaguas, placas de coronación y similares), incluyendo las capas intermedias necesarias (como impermeabilizante, de preparación de soporte, de formación de pendiente, de aislamiento térmico, de barrera de vapor y otras similares), se realizarán con los siguientes límites: • Por avería o rotura: hasta cubrir la zona afectada

• Por deterioro en el caso de revestimientos: 10m²/mes

• Por deterioro en el caso de elementos lineales: 10ml/ mes.

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2. Carpinterías, cerrajerías y sistemas de protección Se incluye cualquier deterioro, rotura, desprendimiento o desajuste que afecte a cualquier elemento de carpintería o de cerrajería, ya sea exterior o interior, visto u oculto. Comprende tanto la reparación de los elementos como su sustitución en caso de que fuera necesaria a juicio de los servicios técnicos municipales, incluyendo en todo caso los siguientes elementos y, en su caso, con los siguientes límites:

• Hojas, cercos, tapajuntas, molduras, junquillos, rodapiés, guarda-vivos y demás elementos de terminación de carpintería.

• Puertas, cerraduras, bombines de cerraduras, copias de llaves, pestillos, rejillas de ventilación, taquillas etc.

• Vidrios y espejos con retirada de restos y limpieza de galce, colocación, sellado y estanqueidad, sea cual sea el origen de la rotura.

• Barandillas, rejas y demás elementos de protección, incluyendo su soldadura, refuerzo o reposición puntual, con el límite del 5% o 10 unidades por instalación/mes.

• Celosías de lamas o paneles y similares. Se establece el límite de sustitución del 10 % superficie/vestuario/año.

• Barras anti-pánico, muelles recuperadores, retenedores de puertas de compartimentación, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre sea cual sea el origen de su deterioro.

• Eliminación de óxido, aplicación anticorrosiva y pintado en elementos metálicos, cualquiera que sea el origen de su deterioro hasta un máximo de 20 m2 instalación/mes para elementos superficiales o 20 ml instalación/mes para elementos lineales.

3. Red de saneamiento Se incluye la reparación de cualquier avería, deterioro, rotura, atranco, ajuste, y sellado de cualquier elemento de las redes incluyendo todos los elementos que componen la instalación y abarcando aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transporte necesarios para su realización (tales como por ejemplo, andamios, sistemas de elevación, empleo de cámaras de inspección o camiones de desatranco incluidas las ayudas de albañilería). Comprende tanto la reparación de los elementos y de los daños causados así como su sustitución o reposición, en caso de que fuera necesaria a juicio del Distrito de Villaverde, incluyendo en todo caso los siguientes elementos:

• Canalones, sumideros, bajantes, tuberías, derivaciones, desagües, sifones y botes sifónicos, incluido el correspondiente desatranco, en su caso, y la reposición del revestimiento de superficie.

• Aparatos sanitarios (tales como inodoros, incluidas sus tapas, cisternas, lavabos, urinarios, vertederos, platos de ducha y similares), sea cual sea el origen de su rotura o deterioro e incluyendo su sujeción y ajuste.

• Accesorios existentes en aseos y baños fijados a los paramentos (jaboneras, portarrollos, secadores eléctricos, etc.) sea cual sea el origen de su rotura o deterioro.

4. Mobiliario, equipamiento y señalización Se incluyen las siguientes operaciones:

• Las operaciones precisas de soldadura, refuerzo, reparación o consolidación de cualquier elemento vinculado a la actividad deportiva: porterías, canastas (soportes, tableros, aros), soportes de redes parabalones, redes de porterías, de canastas y parabalones. Sustitución, en caso necesario, de aros y tableros de canastas.

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• Del mismo modo se actuará sobre los elementos de juegos infantiles existentes.

• Se incluyen igualmente las pequeñas reparaciones en elementos de mobiliario contenidos en instalaciones deportivas, tales como: canteado, reparación de tableros, patas, cierres y cualquier otra pequeña operación que permita alargar el uso del bien. Para estos trabajos se establece un límite máximo de 20 unidades/año.

• Fijación y reparación de elementos a paramentos o suelos (tales como accesorios de aseos, porterías, canastas completas o sus componentes, bancos, papeleras, o cualquier aparato de similar naturaleza).

• Reparación y en su caso sustitución de elementos de cartelería y señalética.

• Se incluyen trabajos puntuales de transporte de equipamientos entre las instalaciones deportivas básicas y /o resto de edificios municipales o Almacén de Villa

III.8.2 En espacios libres de parcela y Pistas depo rtivas En vallados de trámex, chapa perforada, mallas electro-soldadas, simple torsión o similares, reposición de tramos completos hasta un máximo del 5% superficie/instalación/año. Se incluye la reparación mediante sustitución de perfiles, pletinas y redondos de los cerramientos metálicos, con un máximo por año del 5 % de la superficie correspondiente a cada instalación deportiva básica. Pavimentos, revestimientos y superficies terrizas

• Reparación y arreglo de superficies deportivas técnicas (césped artificial, moquetas, pavimentos duros, de hormigón, conglomerado asfáltico, etc.), con un máximo del 5% de la superficie total sustituida/año, con revisión del estado del campo de juego, líneas, juntas, sistemas de riego y drenaje.

• Reparación de baches, sellado de grietas y fisuras en instalaciones deportivas.

• Se incluyen las reparaciones de desperfectos producidos en los pavimentos exteriores (de hormigón, de aglomerado asfáltico, de loseta hidráulica, de terrazo) y en las zonas terrizas.

Se incluye el mantenimiento de rocódromos en cuanto a sustitución de seguros y presas, control estructural, mejora de acabados y revisión general de la instalación y todos los trabajos necesarios para su uso en condiciones de seguridad. Con carácter general, se efectuará una inspección mensual o a demanda del Distrito de Villaverde. III.8.3. En instalaciones Para fijar el límite de la aplicación del mantenimiento correctivo a las instalaciones incluidas en el presente contrato se establecen las siguientes definiciones: Instalación: Se considera instalación aquel conjunto de equipos y piezas convenientemente unidas y relacionadas que sirven para cumplir una función como calentar, iluminar, refrigerar, etc. Equipo o parte de una instalación: Es una unidad de menor entidad, compuesta por piezas, elementos o componentes que convenientemente distribuidos e interrelacionados ejercen una función determinada dentro de la instalación, tales como calderas, radiadores, BIEs, acumuladores, grupos, de presión, centrales de alarma, equipo autónomo de emergencia, etc.

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Pieza o componente: Es aquel elemento indivisible que unido a otros elementos indivisibles conforman un equipo o parte de la instalación. Por ejemplo: válvulas, sensores, llaves, manómetros, purgadores, interruptores, pulsadores, batería de equipo alumbrado de emergencia, etc. Reparación de un equipo o parte de una instalación: Consiste en la sustitución de las piezas o componentes que paralizan o provocan su funcionamiento anormal incluyendo los ajustes necesarios para devolver al equipo o parte de la instalación sobre el que se ha actuado a su estado operativo normal. Es obligación de la empresa adjudicataria el montaje, desmontaje y reparación de cualquier equipo o parte de la instalación que paralice o provoque su mal funcionamiento, así como el conjunto de actuaciones complementarias necesarias para la vuelta a las condiciones de operatividad de las instalaciones existentes en los equipamientos objeto del presente contrato. En los casos en que se considere necesario por los Servicios Municipales responsables del contrato, podrá ser reclamada la visita directa del Servicio Técnico de la casa, fabricante o representante de la misma en Madrid, la cual deberá elaborar un informe detallado del estado de la instalación, especificando las carencias y necesidades de actuación sobre la misma para su puesta a punto. El informe emitido por el Servicio Técnico será entregado a los Servicios Municipales debidamente suscrito por el mismo. Los gastos derivados de esta visita e informe especializados serán por cuenta de la empresa adjudicataria. No se incluye como prestación del presente contrato la sustitución o renovación de equipos o partes de la instalación cuya reparación no sea posible por razones de obsolescencia, la cual estará debidamente justificada considerando diversos parámetros como la antigüedad del equipo, existencia de repuestos, estado de conservación adecuado a las características del mismo, etc. Cláusula III.9: MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES III.9.1. Objeto El objeto es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del mantenimiento de las zonas verdes de los todas las instalaciones deportivas básicas adscritas al Distrito al objeto de garantizar su conservación y óptimo rendimiento. III.9.2. Relación de actuaciones a realizar en las zonas verdes El alcance del mantenimiento de las zonas verdes incluirá, al menos, las siguientes actuaciones: Riegos, abonos y aporte de sustratos, entrecavados y escardas, mantenimiento y reposición de césped, pradera y cubierta vegetal, reposiciones y nuevas plantaciones, mantenimiento de árboles y arbustos, incluso podas, talas y trasplantes, sanidad vegetal, actuaciones urgentes y conservación de los sistemas de riego.

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III.9.2.1. Riegos. Los elementos vegetales se regarán con la frecuencia técnicamente aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y de las especies vegetales existentes, de forma que todos los elementos encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo. Los riegos se realizarán utilizando las redes, bocas de riego y tomas de agua disponibles en cada equipamiento. Es obligación de la empresa adjudicataria vigilar permanentemente, y reparar cuando proceda, las bocas de riego y las redes de riego para que estén operativas para su uso y permitan cumplir con las necesidades de riego de las zonas verdes. El agua consumida será por cuenta del Ayuntamiento de Madrid, debiendo la empresa adjudicataria utilizar el agua estrictamente necesaria para el riego. El horario habitual de riego manual será el normal de trabajo, salvo casos extraordinarios, en los que por razones climatológicas sea necesario establecer un horario diferente. Si por un incorrecto control de los sistemas de riego se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, la empresa adjudicataria restablecerá por su cuenta la zona dañada a su estado original, asumiendo las responsabilidades que hubiera. Se garantizará, si fuese preciso, el riego de todos y cada uno de los elementos vegetales incluidos en el contrato mediante la aportación de medios auxiliares adecuados (camiones cisterna, etc.), III.9.2.2. Abonos y enmiendas Los abonos, ya sean minerales u orgánicos, se realizarán para restituir al suelo vegetal la fertilidad suficiente para las plantas. Los abonos, enmiendas y aportes de sustratos se realizarán sobre céspedes, praderas, cubiertas vegetales, macizos de flor, herbáceas arbustos, setos, árboles y plantaciones. El abonado se ajustará a las características del suelo y la época de aplicación, realizándose con medios proporcionales a la superficie de abonado y al tipo de formación vegetal. Se abonarán las zonas verdes una vez al año, entre los meses de febrero y abril. Las enmiendas se realizan para mejorar las características químicas, físicas y biológicas de los suelos vegetales. Se realizarán mediante la aportación de abonos orgánicos, cales y arenas, teniendo en cuenta la humedad y las lluvias para evitar pérdida de producto. Serán enterradas, mezcladas con tierra y en la profundidad adecuada, controlando que el volumen de las aportaciones no sea excesivamente elevado. III.9.2.3. Entrecavados y escardas. El entrecavado tiene por objeto romper la superficie terriza, para facilitar la buena circulación del aire que permita la oxigenación de las raíces y para que la tierra admita bien el agua de riego. Consiste en cavar la tierra ligeramente sin ahondar, para no perjudicar las raíces de las plantas. El entrecavado se realizará al menos tres veces al año, manteniendo alcorques y base de arbolado establecido en céspedes libres de vegetación en diámetro aproximado de 1,00 m.–1,50 m. Se efectuará de forma manual con la herramienta adecuada sin afectar al sistema radicular de los elementos vegetales.

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La escarda es la eliminación, mediante métodos manuales, mecánicos o químicos, de las malas hierbas que, además de perjudicar la estética de la zona verde, restan nutrientes a las plantas existentes. La escarda en zonas ajardinadas se realizará dos veces al año, una vez entre marzo y mayo y otra vez entre septiembre y octubre. En los macizos de flor se efectuará la escarda de forma manual, eliminando no solo la parte aérea de las malas hierbas sino también su sistema radicular en cuanto éstas sean perceptibles III.9.2.4. Mantenimiento y reposiciones de céspedes, praderas y cubiertas vegetales. Este apartado contempla todos los trabajos a realizar y tratamientos a emplear en los céspedes y praderas, concretándose en las siguientes: riegos, siegas, perfilado de praderas, aireado, escarificado, recebado, abonado, enmiendas y renovación de praderas. Los riegos se efectuarán según se ha indicado en el apartado correspondiente. Las siegas se realizarán con la frecuencia adecuada para que no exista perjuicio estético o fisiológico, siendo el rango aceptado entre 3 y 10 centímetros de altura. Se realizará con cortes limpios, sin desgarros ni tirones, con maquinaria adecuada. Los restos de siega se retirarán de forma inmediata, no pudiendo quedar depositados en las praderas ni siquiera de forma eventual. Se utilizarán desbrozadoras de hilo para las zonas en las que no sea posible el acceso de las segadoras, así como en el entorno de elementos vegetales que puedan ser dañados por el uso de dichas segadoras. El perfilado de las praderas se realizará con los medios mecánicos y/o manuales que sean necesarios, en todo el perímetro de su superficie. Se cortarán y perfilarán los bordes, procurando eliminar los sistemas radiculares y retirando inmediatamente los restos. Esta labor se realizará con una periodicidad mínima de una vez cada dos meses. Con el fin de permitir la aireación de la zona radicular y estimular el nuevo proceso de rizogénesis y emisión de brotes, de forma que se rejuvenezcan las matas, se realizará el aireado y/o escarificado al menos en el 5% anual de la superficie del tapiz vegetal y de la capa de substrato portadora, desde una profundidad mínima de 5 cm. Para ello deben ser utilizados los medios mecánicos específicos, como máquinas de perforación con cilindros, escarificadora y rulo de púas. Los restos producidos por esta labor serán retirados de inmediato. El recebado de praderas, siembra de calvas y zonas deterioradas, se realizará anualmente en aquellas praderas que no exijan una renovación completa. Esta labor comprenderá el levantamiento parcial o total de la zona dañada, la recuperación de la cota con aporte de sustrato, la preparación del terreno, la siembra y el tratamiento fitosanitario adecuado. Se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección. Estas siembras no estarán incluidas en el porcentaje de renovación de praderas. Los abonados y enmiendas de céspedes y praderas se realizarán mediante aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo, enmiendas inorgánicas para mejorar la aireación, evitar la compactación y mejorar las condiciones físicas del suelo, y abonado químico y/o orgánico específico anual para la restitución del material extraído.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 80 de 86

La empresa adjudicataria estará obligada a renovar anualmente un porcentaje del 1% total de la superficie de césped y praderas de las zonas verdes objeto del contrato. Esta renovación, cuyas zonas de actuación serán definidas por los servicios municipales, se realizará a principios de primavera y/o al principio del otoño. La realización de estos trabajos consistirá en las siguientes actuaciones: - Levantado de la pradera actual, utilizando para ello la maquinaria y los medios adecuados.

- Laboreo del terreno donde sea posible y no lo impidan los sistemas radiculares de los árboles.

- Recebado con sustrato específico, realizando la aportación de sustratos y tierras vegetales que sea necesaria.

- Tratamientos herbicidas.

- Siembra con la semilla indicada, abonos y cubresiembras necesarios.

- Riego inmediato a la siembra y todas las labores y controles necesarios hasta su establecimiento completo.

- Acotado y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección.

III.9.2.5. Mantenimiento del arbolado y de arbustos. Las labores que se deberán realizar sobre el arbolado son las siguientes: En cuanto al riego, además de lo referido en el apartado III.9.2.1., será necesario el riego de los árboles situados en terrizos, al menos 3 veces al mes de junio a septiembre. La formación de alcorques en los árboles situados en terrizos se realizará tantas veces como sea necesario, para el buen funcionamiento de los riegos a pie. Se controlarán de forma especial los derrames de agua para que no se produzcan escorrentías o gastos innecesarios. Los entrecavados y escardas se realizarán según el apartado III.9.2.3 ya indicado. Los abonados y enmiendas se realizarán según apartado específico ya indicado. Como mínimo se deberán realizar, con las dosis que sean necesarias según la analítica realizada y la formulación más adecuada, las siguientes: - Aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo

en árboles situados en tierra y terrizos, que se realizará a la vez que una de las entrecavas.

- Abonado químico específico para la reposición del material en cada uno de los árboles en profundidad con las herramientas y/o maquinaria de posicionamiento que sea necesaria, en toda el área de proyección de la copa.

Las actuaciones de poda irán encaminadas a cubrir los siguientes objetivos: - Conseguir un desarrollo adecuado de los elementos a podar, manteniendo y mejorando su

salud y estructura, reequilibrando las copas descompensadas.

- Eliminar ramas secas y/o afectadas por plagas y enfermedades.

- Adecuar cada especie vegetal a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla.

- Realizar todos los trabajos de poda que sean necesarios para controlar la seguridad de los usuarios.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 81 de 86

Se realizará una poda generalizada al año, realizándose, cuando sea necesario, un pinzado y limpieza de ramas secas o de aquellas que puedan suponer riesgo de desprenderse. La poda incluirá el transporte a vertedero, o lugar designado para su reciclaje, de los restos vegetales. Las podas se realizarán con la autorización de los servicios municipales y ajustándose a los siguientes criterios y condiciones: - La eliminación de ramas vivas y sanas se justificará para aclarar la copa, permitiendo la

entrada de luz y aire cuando sea muy densa y para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas.

- Se evitarán las podas drásticas ya que reducen seriamente la superficie foliar potencial, pudiendo debilitar el árbol y hacerlo más susceptible a las infecciones.

- Se efectuarán correctamente los cortes. Se procurarán cortes oblicuos en la realización de la poda para favorecer así la cicatrización, usando herramientas bien afiladas. Como norma general se procurará no utilizar hachas en las labores de poda.

- Se efectuará la poda de los árboles para evitar interferencias con cualquier tendido y para impedir la caída espontánea de ramas.

- En el caso de que sea necesario eliminar ramas grandes, se extremarán las precauciones para evitar que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella.

- Se eliminarán los muñones. Las talas o apeos se realizarán cuando se comprueba la existencia de algún ejemplar seco, peligroso o cuando por exigencias del equipamiento sea necesario. La tala incluirá la extracción de la tronca así como el transporte a vertedero, o lugar designado para su reciclaje, de los restos vegetales, y posterior tapado con tierra vegetal del hueco resultante.

La Empresa adjudicataria deberá detectar el arbolado seco y/o peligroso existente en las zonas objeto del presente contrato, emitiendo informe de su situación. En todos los casos se tomarán las medidas oportunas para que al actuar no se afecte al resto de los árboles, arbustos o elementos del entorno. El procedimiento a seguir en caso de apeo de árboles secos, peligrosos o en deficiente estado, es el siguiente:

- Detección del árbol seco, peligroso o en deficiente estado.

- Comunicación a los servicios municipales mediante informe y documentación fotográfica.

- Autorización, si procede, por parte de los servicios municipales.

- Señalización y vallado de la zona.

- Tala del árbol seco, peligroso o en deficiente estado, tras la solicitud y posterior obtención de los pertinentes permisos.

- Retirada de los restos vegetales y limpieza de la zona.

- Extracción del tocón o rebaje del mismo, si no fuera posible su extracción.

- Reparación de la zona dañada incluso de las infraestructuras y servicios.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 82 de 86

Las labores que se deberán realizar sobre los arbustos son las siguientes: En cuanto al riego, además de lo referido en el apartado específico correspondiente, será necesaria la formación de alcorques para el buen funcionamiento de los riegos a pie, controlando los derrames de agua que puedan producir escorrentías o gastos innecesarios. Los entrecavados y escardas se realizarán según el apartado específico ya indicado. Los abonados y enmiendas se efectuarán según el programa de abonados y enmiendas del apartado específico correspondiente, realizándose como mínimo lo siguiente: - Aporte de enmiendas anuales para mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo en

alcorques de arbustos y setos que se realizará a la vez que una de las labores de entrecava.

- Abonado químico específico todos los años. Las podas se efectuarán en la forma y en la época más adecuadas para la mejor formación y vegetación de las plantas, teniendo en cuenta que un buen número de arbustos se desarrollan de forma natural, sin ninguna dificultad y no hay que podarlos regularmente, mientras que otras especies deben ser podadas a intervalos más o menos regulares - Se eliminarán los tallos secos, mal dirigidos o conformados, los que sean portadores de

plagas y/o enfermedades graves, los que presenten precario estado y, en su caso, los que nazcan por debajo del injerto.

- Se aclararán los arbustos, ante una vegetación enmarañada que impida la penetración del aire y de la luz en su interior.

- Con la realización de la poda se deberá conseguir el máximo nivel estético posible y en el caso de arbustos de crecimiento libre mantener la estructura habitual de la especie.

- Se mantendrá la forma, porte, volumen y uso elegido.

- Se harán cortes limpios, usando herramientas bien afiladas.

- Se formarán los arbustos, en sus primeros estadios, desde el momento de su plantación.

III.9.2.6. Sanidad vegetal. La gestión de la sanidad vegetal tiene como objetivo mejorar el estado sanitario de las zonas verdes y mantener un equilibrio estable del mismo. Para ello no solo tendrán en cuenta los tratamientos fitosanitarios encaminados a controlar las enfermedades y plagas detectadas, sino que establecerán estrategias que mejoren la resistencia natural de los elementos verdes empleando adecuados métodos de gestión de suelo, agua y vegetación así como para mantener bajo control las poblaciones de plagas mediante el empleo de lucha integrada y biológica. Se pretenden los siguientes objetivos:

- Mejora del estado fitosanitario de las zonas verdes.

- Detección de estados carenciales o de debilidad que favorezcan la aparición o propagación de plagas o enfermedades.

- Identificación de afecciones causadas bien sea por agentes bióticos o abióticos.

- Optimización de los medios humanos y materiales.

- Adaptación de los tratamientos a la legislación vigente

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 83 de 86

La Empresa adjudicataria realizará, a su cargo y en las fechas oportunas, todos aquellos análisis y controles que sean necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer en las zonas verdes, así como los tratamientos y controles encaminados a combatir, en su totalidad las ya desarrolladas. Todos los productos fitosanitarios, trampas de feromonas, cápsulas de feromonas, cebos, labores, maquinaria, etc. para el control de la sanidad vegetal serán por cuenta de la empresa adjudicataria y están contempladas dentro del precio de conservación. La Empresa adjudicataria deberá aportar certificación oficial de estar inscrita en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas o bien presentar documento fehaciente que asegure que la prestación de dicho servicio será realizado por una empresa o entidad que cuente con la correspondiente inscripción en dicho Registro, aportando en este último caso el correspondiente certificado acreditativo. La empresa adjudicataria quedará obligada a realizar con sus propios medios los estudios y análisis necesarios y en las fechas oportunas, la vigilancia, aplicación y seguimiento, atendiendo a las siguientes consideraciones: - Aplicación de los tratamientos en los momentos óptimos tanto del huésped como del agente

patógeno según su estadio o fase del ciclo.

- Aplicación de los tratamientos en condiciones climáticas que optimicen su eficacia. III.9.3. Actuaciones urgentes sobre la vegetación e n las zonas verdes. En desarrollo de este aspecto, se incluyen los trabajos consistentes en la realización de actuaciones de carácter urgente sobre vegetación peligrosa localizada en cualquiera de los equipamientos objeto del contrato. Los trabajos a realizar resolverán las situaciones de peligro que se generen como consecuencia de la desestructuración o desestabilización del arbolado o arbustos, del excesivo crecimiento de vegetación herbácea espontánea, o de cualquier otra circunstancia que suponga un riesgo para la seguridad o la salubridad de los usuarios. El personal que tome parte en las actuaciones urgentes deberá ser el mismo que lleve a cabo los trabajos realizados con cargo al precio de conservación, ya que, por razones de seguridad y rapidez en las intervenciones, será necesario dominar tanto las técnicas de poda como el manejo de los medios mecánicos específicos y los protocolos a seguir en estas situaciones. Se dedicará atención al estado de las zonas verdes, terrizas, incluyendo las zonas pavimentadas, eliminando la vegetación espontánea (malas hierbas, maleza, etc.) y demás residuos que en ellas se encontrasen, así como recogida de las hojas del jardín, especialmente en otoño, manualmente o mediante el uso de sopladoras y aspiradoras/trituradoras de hojas, con una periodicidad mínima mensual desde inicios del mes de octubre hasta diciembre. Se incluyen labores urgentes de retirada y limpieza de piñas, frutos o similares que por razones de seguridad o uso sea necesario realizar, siguiendo instrucciones de los servicios técnicos municipales, incluyendo posibles trabajos en altura. Así mismo, se entiende incluido también, la retirada o tratamiento y eliminación de nidos de insectos u otro tipo de animales o plagas que por motivos sanitarios o de seguridad sea preciso realizar, siguiendo instrucciones de los servicios técnicos municipales o de otros organismos oficiales o de control acreditados.

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 84 de 86

Se realizarán los desbroces necesarios, con un mínimo de dos desbroces al año de hierbas secas, matorrales, arbustos, etc., que puedan presentar riesgo de incendio en aquellos equipamientos que lo precisen, con especial atención durante los meses de abril a julio III.9.4. Conservación de los sistemas de riego. Comprende la conservación, mantenimiento, gestión, control y supervisión del funcionamiento de las infraestructuras de riego. Los elementos a conservar serán las redes de riego y todos los elementos que contengan, a partir del punto de abastecimiento, ya sean de la zona verde o del contador del Canal de Isabel II. Estas redes se dividen en: - Sistemas hidráulicos y mecánicos: Tuberías primarias, secundarias y terciarias, llaves de

corte de cualquier tipología, electroválvulas, ventosas, filtros, bocas de riego, aspersores, difusores, goteos, arquetas de diferentes tipos y materiales, fuentes de agua potable y desagües.

- Sistemas eléctricos: Línea de control de señal codificada codificadores, programadores centros de control de programación.

- Sistemas informáticos: Ordenadores: software y hardware. - Sistemas de conexión inalámbrica.

La empresa adjudicataria tiene la obligación de efectuar las obras de reparación en las redes de riego en el momento de su detección. Los materiales de reparaciones y sustituciones se incluyen en el precio del contrato. Antes de iniciarse la temporada de riegos, se verificará el estado del sistema comprobando que funciona correctamente. Igualmente se comprobarán todas y cada una de las conexiones de las diferentes electroválvulas y demás mecanismos eléctricos o mecánicos que incidan en el funcionamiento de todo el sistema. Se realizarán las programaciones iniciales y todas las revisiones y ajustes necesarios a lo largo del año en las zonas verdes incluidos en el contrato. Se establecerá un calendario de operaciones, revisiones y ajustes de los diferentes sistemas a lo largo de todo el año y no solo durante la época de riego. Cuando exista alguna avería que afecte a toda la unidad de programación o a una parte importante de ella, se realizará el riego manualmente hasta que se efectúen las reparaciones oportunas. La empresa adjudicataria será responsable de los ajustes horarios, tiempos de programación de cada fase de riego, en cada época y con cada sistema de riego. El personal técnico de la empresa adjudicataria debe conocer y recoger toda la información que sea precisa, realizando los cambios necesarios en los programas establecidos para un mayor rendimiento, no solo en beneficio de los elementos vegetales sino también de la economía del agua. Las electroválvulas deberán manejarse siempre desde el programador, evitando las aperturas y cierres manuales que propician averías. Su mantenimiento incluye la comprobación y limpieza periódicas de las partes o mecanismos más delicados, manteniendo su funcionalidad durante todo el período de riego. Igualmente se comprobarán todas y cada una de las conexiones de las diferentes electroválvulas y demás mecanismos eléctricos o mecánicos. Se realizará la limpieza diaria de los elementos de las fuentes de agua potable para que funcionen de forma adecuada, limpiando desagües y entornos para evitar el encharcamiento de la zona. Se sustituirán los grifos cuando estos no funcionen y se cuidará de que no se desperdicie el agua. Se realizarán los ajustes oportunos para evitar problemas por bajas temperaturas.

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MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 85 de 86

ANEXO IV. RELACIÓN DE PERSONAL SUBROGABLE

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Nº Expediente: 300/2016/1086

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE VILLAVERDE 2017/2018 86 de 86

LOTE 1: CENTROS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

JORNADA SEMANAL

% JORNADA SEMANAL

VINCULADA AL CONTRATO

ANTIGÜEDAD TIPO DE CONTRATO CATEGORÍA PROFESIONAL

40 100 % 01/12/2006 189 LICENCIADO/ GRADO

40 100 % 08/11/2004 100 MAESTRO INDUSTRIAL

40 100 % 16/01/2006 189 OFICIAL 1ª

40 100 % 21/05/2007 189 OFICIAL 1ª

40 100 % 14/12/2010 189 OFICIAL 1ª

40 50 % 18/01/2011 189 OFICIAL 1ª

40 50 % 19/04/2007 189 OFICIAL 1ª

40 50 % 16/12/2005 189 OFICIAL 1ª

40 50 % 01/07/2012 189 OFICIAL 1ª

LOTE 2: EDIFICIOS Y CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES

JORNADA SEMANAL

% JORNADA SEMANAL

VINCULADA AL CONTRATO

ANTIGÜEDAD TIPO DE CONTRATO CATEGORÍA PROFESIONAL

40 100 % 01/12/2006 189 LICENCIADO/ GRADO

40 100 % 08/11/2004 100 MAESTRO INDUSTRIAL

40 100 % 08/01/2007 189 OFICIAL 1ª

40 100 % 08/05/2006 189 OFICIAL 1ª

40 100 % 16/12/2015 401 OFICIAL 1ª

40 50 % 13/12/2006 189 OFICIAL 1ª

40 25 % 02/01/2011 189 OFICIAL 1ª

40 25 % 07/11/2005 189 OFICIAL 1ª

37,5 100% 18/09/2006 189 JARDINERO

37,5 100% 03/09/2012 189 AUXILIAR DE JARDINERO

20 100% 17/03/1998 189 ENCARGADO JARDINERÍA

Firmado electrónicamente por: JESUS BARRANCO HERREZUELO

Cargo: JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS TECNICOS

Fecha: 19-10-2016 14:30:03

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