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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA URBANISMO, OBRAS, SERVICIOS Y MEDIO AMBIENTE Página 1 de 19 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE JACA (EDAR) INDICE CAPITULO I – OBJETO DEL PLIEGO CAPITULO II CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES CAPITULO III – INDICES Y CONDICIONES DE DEPURACIÓN CAPITULO IV – CONTROL ANALÍTICO CAPITULO V – PERSONAL CAPITULO VI – MANTENIMIENTO, PARADAS Y AVERÍAS CAPITULO VII – INSPECCIÓN Y VIGILANCIA CAPITULO VIII – ACTUACIONES A EJECUTAR, MEJORAS Y AMPLIACIONES CAPITULO IX – GASTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA CAPITULO X – INFORMES Y DOCUMENTACIÓN DE CONTROL CAPITULO XI – PRESUPUESTO DE LICITACIÓN CAPITULO XII – FORMA DE ABONO DE LOS SERVICIOS CAPITULO XIII – PENALIZACIONES Y SANCIONES CAPITULO XIV – DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR LOS LICITADORES ANEXOS Anexo 1 – Descripción de las instalaciones, inventario y equipos. Anexo 2 – Datos de caudales y consumos. Anexo 3 – Personal. Anexo 4 – Actuaciones a ejecutar. Anexo 5 – Mejoras de los licitadores. Anexo 6 – Cuadros resumen oferta económica. Anexo 7 – Modelo oferta de las mejoras de los licitadores. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA P-2217800-H C/ Mayor, 24 22700-JACA Tel. 974-357208 Fax 974 355666 email:[email protected]

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LACONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE FUNCIONAMIENTO,MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUASRESIDUALES DE JACA (EDAR)

INDICECAPITULO I – OBJETO DEL PLIEGOCAPITULO II – CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONESCAPITULO III – INDICES Y CONDICIONES DE DEPURACIÓNCAPITULO IV – CONTROL ANALÍTICOCAPITULO V – PERSONALCAPITULO VI – MANTENIMIENTO, PARADAS Y AVERÍASCAPITULO VII – INSPECCIÓN Y VIGILANCIACAPITULO VIII – ACTUACIONES A EJECUTAR, MEJORAS Y AMPLIACIONESCAPITULO IX – GASTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTACAPITULO X – INFORMES Y DOCUMENTACIÓN DE CONTROLCAPITULO XI – PRESUPUESTO DE LICITACIÓNCAPITULO XII – FORMA DE ABONO DE LOS SERVICIOSCAPITULO XIII – PENALIZACIONES Y SANCIONESCAPITULO XIV – DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR LOS LICITADORES

ANEXOSAnexo 1 – Descripción de las instalaciones, inventario y equipos.Anexo 2 – Datos de caudales y consumos.Anexo 3 – Personal.Anexo 4 – Actuaciones a ejecutar.Anexo 5 – Mejoras de los licitadores.Anexo 6 – Cuadros resumen oferta económica.Anexo 7 – Modelo oferta de las mejoras de los licitadores.

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CAPITULO I – OBJETO DEL PLIEGO

Artículo 1.- El objeto del presente Pliego es fijar las bases y condiciones que deben regirpara la contratación del servicio de conservación, mantenimiento y explotación de laestación depuradora de aguas residuales de Jaca (EDAR).

Artículo 2.- De acuerdo con la legislación vigente sobre aguas, el contratista del serviciono poseerá ningún derecho sobre la propiedad, utilización o destino de las aguasdepuradas, o de cualquier subproducto que se genere en el proceso de depuración.Asimismo, no adquirirá ningún derecho sobre las instalaciones, maquinaria y demáselementos de la planta existentes en el momento del comienzo del contrato o quepudieran incorporarse en el transcurso de éste.

Artículo 3.- También será objeto de este contrato el mantenimiento y conservación detodas las obras, los equipos y elementos comprendidos en las ampliaciones y/omodificaciones que se ejecuten o se lleven a cabo en la EDAR de Jaca durante el periodode vigencia del contrato.

Artículo 4.- Los servicios obligatorios que tiene que realizar el contratista son:

a) Mantener el funcionamiento normal de la estación depuradora, instalaciones anejas yred de colectores generales y aliviaderos de la citada red general, de formaininterrumpida y consiguiendo en todo momento unos índices de depuración quecorrespondan, como mínimo, a los rendimientos normales y condiciones que se indicanen el presente Pliego de Condiciones Técnicas.

b) Retirar en las debidas condiciones higiénicas, transportar y verter en los lugaresapropiados las grasas, arenas, residuos de rejillas, tamices recogidos en lasinstalaciones. A estos efectos las grasas deberán ser tratadas de acuerdo a sucaracterización como residuos peligrosos y el explotador deberá inscribirse en el RegistroOficial de productores de Residuos Peligrosos.

c) Desecar los lodos producidos, hasta alcanzar los contenidos de humedad indicados enel presente Pliego, de forma que puedan retirarse fácilmente y sin olores, incluso retiradade los mismos a destino final adecuado. De esta manera, y siempre que en base a lalegislación existente sea posible, el destino final del fango deberá ser su reutilización enel sector agrario. A estos efectos los licitadores deberán de tener en cuenta el Decreto49/2000 del Gobierno de Aragón y la normativa de gestión de residuos aplicable.

d) Conservar en perfecto estado todos los elementos de la planta e instalaciones anejas.

e) Mantener adecuadamente todas las instalaciones y equipos de la planta einstalaciones anejas.

f) Reparar, sustituir o reponer todos los elementos deteriorados en la estación depuradorae instalaciones anejas objeto del contrato, por avería, mal funcionamiento, deterioro oincluso el final de su vida útil.

g) Adquirir todos los materiales, productos y suministros precisos para el debidomantenimiento, conservación y explotación de las instalaciones.

h) Conservar y mantener en perfecto estado todas las instalaciones existentes de control,automatismo e información de la planta. La instalación de nuevos equipos se realizarámanteniendo la compatibilidad, operatividad y licencias necesarias. El contratista

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custodiará los programas y sus copias de seguridad y, en caso de modificaciones,mantendrá copia de las sucesivas versiones así como del original. La perdida de estosdatos implicará la elaboración a cuenta del adjudicatario, de nuevos programas.

i) Mantener en perfecto estado de limpieza y pintura todos los elementos, viales interioresy obras de las instalaciones.

j) Conservar en las debidas condiciones todos los elementos anejos a la planta, comocaminos, vías de acceso, jardines, edificaciones, redes eléctricas, acometidas de agua,etc., procurando que su aspecto sea siempre el mejor posible.

k) Suscribir una póliza de responsabilidad civil con cobertura mínima de un millón deeuros (1.000.000 €) para las personas que de manera permanente, temporal o accidental,se encuentren en las instalaciones así como las posibles responsabilidades derivadas delos daños causados por el funcionamiento anómalo de las instalaciones u operaciones degestión de lodos.

l) Suscribir una póliza de seguro por robo y daños en edificios y/o maquinaria con unacuantía mínima de indemnización por siniestro de quince mil euros (15.000 €).

m) Suscribir los oportunos contratos de mantenimiento, seguridad y revisiones dehomologación de los equipos que puedan afectar a la seguridad de las personas y/ocosas.

n) Mantenimiento legal de las instalaciones.

o) Registrar y analizar las características de los parámetros que definen el proceso de laslíneas de agua y de fangos para su debido control y funcionamiento.

p) Comunicar inmediatamente a los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca y delInstituto Aragonés del Agua cualquier incidencia que afecte a las instalaciones o a ladepuración.

q) Enviar a los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca y del Instituto Aragonés delAgua, la información sobre la marcha de las instalaciones que éstos soliciten y con laperiodicidad que éstos determinen.

r) Prestar su colaboración y apoyo en la detección y localización de las entradas deaguas parásitas en la red de saneamiento, y poner estos hechos en conocimiento delAyuntamiento de Jaca.

s) Y, en general, cuantas operaciones y cuidados sean necesarios para cumplir con el finindicado en el apartado a).

Artículo 5.- Por el simple acto de presentar una oferta se presupone en los licitadores unconocimiento suficiente de los equipos y de las instalaciones de la depuradora incluida eneste Pliego y se asume su capacidad para obtener los rendimientos señalados en elmismo.

CAPITULO II – CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES

Artículo 6.- En el Anexo 1 se efectúa una breve referencia a los elementos másesenciales de la estación depuradora de aguas residuales de Jaca y se incorpora un

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inventario de todos los equipos. Los licitadores deberán verificar las características,número y estado de los elementos en las propias instalaciones, elaborando su oferta paraéstas, sirviendo los datos reflejados en este anexo, únicamente, como orientación.

CAPITULO III – ÍNDICES Y CONDICIONES DE DEPURACIÓN

Artículo 7.- Como características medias de las aguas a tratar y resultados dedepuración a obtener, que deberán ser considerados por los licitadores a la hora derealizar sus ofertas, se deben tomar las siguientes:

Población 2017: 12.889 habitantes.

Autorización de vertido CHE: Volumen máximo anual 5.500.000 m³

Volumen diario 20.000 m³

EDAR Jaca

Q:16.000 m3/día Afluente Efluente Fangos

pH 6-9

SS (mg/l) 125 <35

DBO5 (mg/l O2) 100 <25

DQO (mg/l O2) 200 <125

Nt (mg/l) 20 <15

Pt (mg/l) 2,5 <2

Materia volátil máx(%)

<65

Sequedad (%) >20

Artículo 8.- El Contratista tendrá en cuenta los valores límite que, para los distintosparámetros, se definen en la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas de 21de Mayo de 1.991 sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas, proponiendo a lolargo del periodo de vigencia del contrato las modificaciones al tratamiento que fuerapreciso introducir en su caso. Se respetarán igualmente el resto de parámetros que fije elReglamento de Dominio Público Hidráulico o en su caso lo establecido en lacorrespondiente autorización de vertido, para lo cual deberán realizar los oportunoscontroles analíticos.

Artículo 9.- No se autorizará vertido alguno al río sin tratamiento, a menos que se cuentecon permiso expreso de los Servicios Técnicos correspondientes. A estos efectos, elcontratista informará al Ayuntamiento de Jaca con la debida antelación la realización deaquellas intervenciones de carácter extraordinario que supongan una parada total oparcial de las instalaciones, para que pueda ser notificada al Organismo de Cuencacorrespondiente.

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CAPITULO IV – CONTROL ANALÍTICO

Artículo 10.- Los controles internos del funcionamiento de la EDAR y resto de lossistemas de saneamiento objeto de este contrato se realizarán por el contratista por sucuenta y cargo. En tal sentido, el contratista se compromete a realizar los Planes deAnálisis reflejados en su oferta, que como mínimo deberán ser los especificados en lassiguientes tablas:

EDAR Jaca

LINEA DE AGUA

Parámetro Afluente Efluente Licor mezclaPH 3S 3S 1SConductividad 3S 3SS.S. (mg/l) 3S 3SDBO5 (mg/l O2) 3S 3SDQO (mg/l O2) 3S 3SNt (mg/l) 1S 1SN – NO3

- (mg/l) 1S 1SN – NH3 (mg/l) 1S 1SPt (mg/l) 1S 1SSSLM (mg/l) 5S

LINEA DE FANGOSParámetro A deshidratación DeshidratadoMV (%) 1S 1SSequedad (%) 1S 1S

nS: número de días en una semana

Artículo 11.- El contratista se obliga a remitir los diversos partes de explotaciónmensualmente al Ayuntamiento de Jaca y al Instituto Aragonés del Agua, en los que sereflejarán los valores analíticos obtenidos, indicativos del funcionamiento del proceso dedepuración.

Artículo 12.- Para la realización de los análisis, preferentemente el contratista emplearácon carácter general, alguno de los métodos descritos en el tratado "MétodosNormalizados para el Análisis de aguas potables y residuales" de APHA-AWWA-WPCF,22ª edición, prestando especial atención a las directrices que dicho tratado hace respectoa la toma, conservación y manipulación de muestras. En la determinación de losparámetros DBO5, DQO, SS, serán de aplicación los métodos de medida que exige laDirectiva 91/271/CEE y que son entre otros los siguientes:

DBO5 : Muestra homogeneizada, sin filtrar ni decantar. Determinación del oxigenodisuelto antes y después de 5 días de incubación a 20º C ± 1º C, en completa oscuridad.Aplicación de un inhibidor de la nitrificación.

DQO: Muestra homogeneizada, sin filtrar ni decantar. Oxidación al dicromato potásico.

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SS: Filtración de una muestra representativa través de una membrana filtrante de 0'45micras. Secado a 105º C y pesado.

En su defecto, el contratista podrá utilizar “Kits” de ensayo para análisis de agua basadosen métodos normalizados.

Artículo 13.- El contratista deberá realizar a su costa cuantos ensayos y análisisadicionales sean precisos para el control de la depuración, para lo cual proveerá elpersonal, los medios y reactivos necesarios. Los análisis que no puedan ser realizadosen el laboratorio de la EDAR deberán ser realizados por empresas que se encuentreninscritas en el Registro de entidades colaboradoras del Instituto Aragonés del Agua.

Artículo 14.- Al margen de los análisis y controles exigidos al contratista en este Pliego,el Ayuntamiento de Jaca realizará sus propios análisis y controles que seránconsiderados como oficiales, y cuyo coste no será con cargo al contratista.

Artículo 15.- A fin de poder contrastar la validez y fiabilidad de los diferentes resultadosanalíticos proporcionados en los partes de explotación, el Ayuntamiento de Jaca realizarácontroles analíticos periódicos del funcionamiento de las instalaciones. Una submuestradel muestreo realizado será entregada al contratista, de la que obligatoriamente analizarápH, conductividad, SS, DQO, DBO5, Nt, N-NH3, N-NO3 y Pt. Los valores analíticosobtenidos se reflejarán en los partes analíticos en el día correspondiente al inicio de latoma de muestras. Una tercera submuestra se conservará adecuadamente por elAyuntamiento de Jaca para poder ser empleada en caso de ser necesario unprocedimiento de arbitraje. En caso de discrepancias en cuanto a la validez de losresultados analíticos, en su caso, entre el explotador de la EDAR y el servicio de control,se remitirá la muestra dirimente a un laboratorio acreditado que actuará como árbitro enla solución a tomar.

Artículo 16.- En el caso de que el contratista no estuviera de acuerdo con el resultado delos análisis efectuados por el Ayuntamiento de Jaca se podrá acudir al arbitraje de unlaboratorio oficial, que deberá estar acreditado como entidad colaboradora del InstitutoAragonés del Agua. Los gastos de los análisis de arbitraje serán siempre por cuenta delcontratista.

Artículo 17.- El contratista vigilará y controlará los vertidos anómalos a la red decolectores generales y prestará su colaboración en el cumplimiento del Reglamento delos vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado. Los costesderivados de las labores de toma de muestras y analítica, caso de detectarse vertidos ala EDAR, serán por cuenta y cargo del contratista, quién pondrá en conocimiento delAyuntamiento de Jaca los resultados analíticos obtenidos.

Artículo 18.- El contratista, si fuera requerido para ello por los Servicios Técnicos delAyuntamiento de Jaca, deberá realizar tomas de muestras y análisis en diversos puntosde la red de alcantarillado. Los costes derivados de las labores de toma de muestras yanalítica serán por cuenta y cargo del contratista, quién facilitará posteriormente losresultados obtenidos al Ayuntamiento de Jaca.

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CAPITULO V – PERSONAL

Artículo 19.- Los licitadores deberán especificar en el cuadro resumen de la ofertaeconómica el personal que se comprometen a tener y el tiempo a disponer para atender ycumplir todas las obligaciones derivadas de este Pliego, siendo el mínimo eimprescindible el reflejado en el Anexo 3, no pudiendo los licitadores disminuirlo en suoferta.

Artículo 20.- Al frente del personal, como Jefe de Planta se encontrará un TituladoSuperior o Medio especializado en tratamiento de aguas residuales. Si a lo largo de laduración del contrato el contratista debiera de sustituir al Jefe de Planta, deberá de poneren conocimiento del Ayuntamiento de Jaca esta circunstancia, debiendo acreditar elnuevo Jefe de Planta propuesto la titulación requerida y al menos dos (2) años deexperiencia en EDAR de capacidad de tratamiento igual o superior a 25.000 h.eq.

Artículo 21.- Dadas las características de las instalaciones objeto del contrato, elcontratista debe de garantizar la presencia de personal en la EDAR todos los días delaño. Asimismo el contratista se compromete a tener un responsable con capacidad dedecisión al frente del servicio que pueda ser localizado mediante teléfono móvil encualquier momento.

Artículo 22.- El contratista deberá mantener un sistema de alarmas de intrusión, conaviso de emergencia a la central receptora, que complemente la seguridad del personal einstalaciones objeto del contrato.

Artículo 23.- En caso de absentismo laboral por baja o cualquier otra circunstancia(excepto vacaciones) superior a siete (7) días, el contratista vendrá obligado a lasustitución del trabajador o trabajadores afectados, en un plazo máximo de quince (15)días desde el inicio de la baja, por personal contratado mientras dure la ausencia.

Artículo 24.- El personal mínimo indicado en este Pliego tendrá una dedicación del 100%. En caso de que algún trabajador se le aplique una dedicación parcial o una reducciónde jornada, el contratista estará obligado a completar la plantilla mínima exigible en unplazo máximo de quince (15) días desde tal circunstancia.

Artículo 25.- Todo el personal que emplee el contratista para la prestación de susservicios, deberá percibir como mínimo, los salarios fijados en el correspondienteConvenio Colectivo y estará en todo momento al corriente de las cuotas de la SeguridadSocial. El cambio de titularidad en la contrata que eventualmente pudiera producirsecomo consecuencia de la resolución del presente contrato, no extinguirá por sí misma losderechos y relaciones laborales existentes con anterioridad a dicho cambio de titularidad,viniendo el adjudicatario a obligarse en la subrogación de los trabajadores adscritos alservicio cuya clasificación y condiciones constan en el Anexo 3 de este Pliego, si talobligación deriva del Convenio Colectivo aplicable.

El contratista responderá de su cumplimiento, tanto por sí, como por los profesionales ypor cualquiera de los subcontratados o terceros con los que hubiera contraídoobligaciones relacionadas con este contrato, exonerando al Ayuntamiento de Jaca, tantofrente a ellos como frente a terceros.

Artículo 26.- El contratista no podrá pretextar la falta de personal para suspender,retrasar o reducir los servicios objeto de este Pliego. En cualquier caso que sea

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necesario, y para poder asegurar la correcta prestación del servicio, el contratista deberáampliar provisionalmente la plantilla ofertada con personal eventual, sin que estacircunstancia tenga repercusión alguna en el precio.

Artículo 27.- El personal de apoyo técnico que la empresa contratista indique comopersonal de apoyo en el transcurso de la explotación, y que a tal efecto figure en elcuadro resumen de su oferta econónima, deberá personarse en la instalación cuando seanecesario. A tal efecto, si por parte del Ayuntamiento de Jaca es requerida la empresapara ello, deberá de personarse en la EDAR la persona requerida en un plazo máximo desetenta y dos (72) horas, reduciéndose el plazo a veinticuatro (24) horas en caso deurgencia.

Artículo 28.- El contratista deberá cumplir con sus obligaciones como empresariorespecto a la Prevención de Riesgos Laborales de sus empleados, atendiendo a todoslos requisitos legales. A tal fin, y en el primer mes de contrato, elaborará una evaluacióninicial de riesgos y una planificación de la actividad preventiva, requisito sin el que podráretenerse el pago de las certificaciones. A lo largo de todo su servicio, ejecutará a sucargo todas las medidas de prevención de carácter personal previstas o las que fuesennecesarias, incluso aquellas que supongan obras de reforma o nuevas instalaciones en laEDAR, y documentará su cumplimiento de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 29.- El contratista deberá dotar a cada trabajador de un detector individual degas sulfhídrico y velar porque se encuentre siempre en correctas condiciones y seautilizado durante toda la jornada laboral.

Artículo 30.- El personal deberá atender con toda corrección a los representantes delAyuntamiento de Jaca en cuantas visitas, inspecciones y trabajos efectúen en lasinstalaciones, proporcionándoles, asimismo todos los datos o detalles que le soliciten. Enel caso de falta reiterada de atención o de incorrección, el contratista estará obligado aadoptar las medidas oportunas, incluso la sustitución de la persona culpable de ellas,para evitar reincidencia en dichos actos. Asimismo, deberá atender todas las visitasdebidamente autorizadas.

Artículo 31.- El Ayuntamiento de Jaca no tendrá relación jurídica ni laboral con elpersonal adscrito al contrato durante la vigencia del mismo, ni a su terminación.

Artículo .- Todo el personal de la contrata, de servicio en la planta cuyo funcionamiento,mantenimiento y conservación es objeto del contrato, deberá actuar correctamenteuniformado e identificado.

Artículo 32.- Aparte del personal vinculado al contratista, al Ayuntamiento de Jaca, a laConfederación Hidrográfica y al Instituto Aragonés del Agua, no se permitirá la entrada enlas instalaciones a ninguna otra persona que no vaya provista de una autorizaciónexpresa, expedida para cada caso concreto por el Ayuntamiento de Jaca.

CAPITULO VI – MANTENIMIENTO, PARADAS Y AVERÍAS

Artículo 33.- El contratista queda obligado a disponer en las instalaciones de todos losmateriales, aparatos, herramientas y repuestos necesarios para su funcionamientonormal y para las reparaciones y reposiciones de rutina. Asimismo el contratista deberáestudiar y prever la solución de urgencia a adoptar ante averías importantes en el sistema

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de alimentación eléctrica de todas las instalaciones (o corte de suministro de la empresaencargada), de tal manera que los servicios no se vean afectados.

Artículo 34.- Siempre que sea posible, las reparaciones y reposiciones se harán en lapropia instalación, excepto aquellas de especial importancia que requieran la sustituciónde elementos singulares o el traslado de los elementos averiados a taller.

Artículo 35.- La reparación o sustitución de elementos averiados se llevará a cabo en elmenor plazo posible, que en todo caso será inferior a:

- En los casos que exista un elemento de reserva: un (1) mes.

- Cuando no existe elemento de reserva y la avería del equipo permite el funcionamientode la planta sin causar graves afecciones al funcionamiento de la misma: quince (15)días.

- Cuando no exista elemento de reserva y la avería del equipo permite el funcionamientode la planta, pero puede verse comprometida la calidad del efluente: siete (7) días.

Artículo 36.- Las reparaciones de elementos esenciales en los que no es posible lacontinuidad de la marcha de las instalaciones se harán dentro del plazo máximo decuarenta y ocho (48) horas. Si se trata de elementos existentes en el mercado y cuyareparación no pueda hacerse en el citado plazo, deberán ser reemplazados de maneraprovisional o definitiva por otros iguales o similares a cargo del contratista, previaconformidad de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca.

Artículo 37.- Los gastos derivados de las reparaciones y reposiciones de equipos seránsiempre a cargo del contratista, independientemente del equipo de que se trate, inclusoaunque la necesidad de sustitución se derive de una avería grave excepcional oaccidental, de la finalización de la vida útil, de la descatalogación o inexistencia derecambios o de cualquier otra circunstancia. Todos los equipos repuestos, reparados osustituidos por el contratista pasarán a formar parte del inventario de equipos de la EDARtras su ejecución.

Artículo 38.- Las reparaciones de obra civil serán igualmente a cargo del contratista,salvo en aquellos casos en que, sobrepasando el importe de la reparación el 3% delimporte anual de ejecución por contrata del conjunto del contrato, hayan sido provocadaspor fenómenos naturales y no hubiera sido posible preparar previamente la instalaciónpara soportar esa situación.

Artículo 39.- El contratista podrá suscribir cuantos contratos de mantenimientoespecíficos considere necesarios con empresas especializadas, fabricantes osuministradores de los principales equipos instalados en las EDAR. En cualquier caso,estará obligado a suscribir cuantos contratos especializados de mantenimiento seaobligatorio de acuerdo a la normativa vigente. Deberá presentarse copia de los contratossuscritos en los primeros treinta (30) días de contrato, así como de las sucesivasrenovaciones en el momento en que se produzcan.

Artículo 40.- El contratista repondrá cuantos elementos incluidos en el inventario seconsuman, deterioren o desaparezcan, manteniendo aquel al día, dando cuenta de todaslas bajas o reposiciones. Podrá por su parte, aumentar a su costa el número, calidad yclase de repuestos si lo considera conveniente para el buen funcionamiento de lasinstalaciones, incluyéndolos también en un inventario adicional al anterior.

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Artículo 41.- El contratista deberá entregar al término del plazo de vigencia del contratotodas las instalaciones en el mismo grado de eficacia operativo y bondad deconservación en que las recibe.

Artículo 42.- El contratista vendrá obligado al empleo de las aplicaciones informáticas degestión de mantenimiento y control facilitadas por el Instituto Aragonés del Agua(SIGEDAR y MANTEDAR), así como a mantenerlas debidamente actualizadas. En esteprograma se incorporarán las fichas de equipos y se registrarán las operaciones demantenimiento preventivo, correctivo y reglamentario que se realicen en las instalaciones.Estas aplicaciones se mantendrán en las instalaciones objeto del contratopermanentemente actualizadas y a disposición de los Servicios Técnicos del InstitutoAragonés del Agua y del Ayuntamiento de Jaca.

Artículo 43.- Durante la vigencia del contrato, el contratista realizará un repintado generalde los elementos metálicos de los equipos e instalaciones, así como del interior y exteriorde los edificios cuyo estado de suciedad lo requiera.

CAPITULO VII – INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Artículo 44.- Los controles internos del funcionamiento de las instalaciones y sistemas desaneamiento objeto de este contrato se realizarán por el contratista por su cuenta ycargo. El contratista comunicará inmediatamente al Instituto Aragonés del Agua y alAyuntamiento de Jaca cualquier incidencia significativa que afecte al rendimiento ofuncionamiento de las instalaciones, así como la detección de vertidos a la entrada de laEDAR. Expresamente, el contratista deberá comunicar obligatoriamente al InstitutoAragonés del Agua y al Ayuntamiento de Jaca cualquier deterioro en los valores decalidad del efluente que superen lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 45.- El contratista deberá atender con toda solicitud a cuantas órdenes dicten losServicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca, a cuyo fin se establece la existencia dehojas de órdenes. Estas hojas se cumplimentarán por duplicado por parte del técnicoresponsable del contrato y se remitirán al contratista (por correo o e-mail). El contratistadeberá devolver una de las copias firmadas al Ayuntamiento de Jaca, o en caso de serremitidas por e-mail, la orden impresa y firmada. Las hojas de órdenes deberánarchivarse y conservarse por el contratista mientras esté el contrato en vigor,conformando de esta manera el Libro de Ordenes del contrato. La decisión de losServicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca tendrá carácter ejecutivo, sin perjuicio delos demás derechos legales del contratista, una vez cumplida.

Artículo 46.- El Ayuntamiento de Jaca comunicará al contratista el técnico que actuarácomo interlocutor habitual del Jefe de Planta, siendo este técnico a su vez el encargadode realizar la debida comprobación del cumplimiento de las condiciones de este Pliego.

CAPITULO VIII – ACTUACIONES A EJECUTAR, MEJORAS Y AMPLIACIONES

Artículo 47.- El contratista podrá proponer toda clase de mejoras a su costa durante lavigencia del contrato, y los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca serán libres paraaceptarlas o no.

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Artículo 48.- Durante el plazo de ejecución del contrato, el Ayuntamiento de Jaca podráestablecer mejoras, ampliaciones o modificaciones, a su costa, ya sea en beneficio de losíndices de depuración o de la calidad de los lodos, por adaptaciones normativas, porseguridad de las instalaciones y por mejora de las infraestructuras y equipamientosauxiliares que perfeccionen el funcionamiento de la instalación.

En el caso previsto en el párrafo anterior, el Ayuntamiento de Jaca queda en total libertadpara efectuar las mejoras, modificaciones o ampliaciones por medio del contratista o porcualquier otro sistema. El contratista deberá dar las facilidades razonables para larealización de las actuaciones citadas y no podrá impedir u obstaculizar la realización delas mismas.

Artículo 49.- Si durante el plazo de vigencia de la adjudicación, el Ayuntamiento de Jacaefectuara obras de modificación o ampliación en la EDAR que interfieran total oparcialmente su funcionamiento, se procederá de la siguiente forma:- Si la parada fuera total, será percibido por parte del contratista el importecorrespondiente al coste fijo de explotación.- Si la parada fuera parcial pero el agua tratada se somete a tratamiento biológico, seabonará la cantidad que resulte de aplicar la fórmula polinómica de retribución al caudalrealmente tratado.- Si la parada fuera parcial pero el agua afluente es vertida sin ser sometida a tratamientobiológico, se abonará la cantidad que resulte de aplicar la fórmula polinómica deretribución al caudal realmente tratado, minorando en un setenta y cinco por ciento (75%)el importe del coeficiente de retribución variable vigente.

Artículo 50.- Cuando de la ejecución de estas mejoras se produzcan modificacionessignificativas, tanto al alza como a la baja, en los costes derivados de la explotación delas instalaciones, los nuevos costes serán determinados contradictoriamente y, una vezaprobados, serán formalizados mediante las modificaciones que correspondan en loscoeficientes que integran la fórmula polinómica de retribución del contrato.

Artículo 51.- El contratista, en todo caso, habrá de ejecutar obligatoriamente lasactuaciones propuestas por el Ayuntamiento de Jaca contempladas en el Anexo 4 a estePliego. Estas actuaciones deberán ser previamente aprobadas por los Servicios Técnicosdel Ayuntamiento de Jaca y se justificarán una vez ejecutadas mediante certificaciones deobra y facturas pagadas.

La redacción de los documentos técnicos que sean necesarios para la definición de lasactuaciones también serán por cuenta del contratista. El contratista deberá presentar ladocumentación técnica de desarrollo de las actuaciones obligadas para su estudio einforme de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca en el plazo máximo de seis(6) meses a partir de la firma del contrato. Para su aprobación, los documentos técnicoscontemplarán una calidades y criterios de diseño suficientes y equiparables a los delresto de las instalaciones de la EDAR. La presentación de los documentos que nopuedan ser aprobados por esta u otras razones, se entenderá como un incumplimiento.

Estas actuaciones deberán estar finalizadas antes del cumplimiento de los dos (2)primeros años de vigencia del contrato.

El contratista financiará las actuaciones indicadas con cargo a una partida incluida comocapítulo independiente de los costes fijos del contrato, formando parte del precio final de

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la oferta. A estos efectos, el importe de estas actuaciones se incluirá dentro de los costesfijos de los cuadros resumen de la oferta económica, calculado para los cuatro (4) añosde vigencia del contrato, imputando un cuarto (1/4) del importe total por año, quedandoasí incorporado su importe al coeficiente fijo de la oferta. La ejecución de las actuacionesobligatorias en ningún caso conllevará la necesidad de modificar el contrato.

En el supuesto de prorrogarse el contrato, el contratista vendrá obligado a dotareconómicamente un fondo de doce mil euros anuales (12.000 €/año), I.V.A. incluido. Concargo a este fondo, y previa conformidad de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento deJaca, durante el periodo de prórroga se procederá a la renovación de equipos que hayanllegado al final de su vida útil, se encuentren descatalogados, o puedan ser reemplazadospor otros más eficientes energéticamente. Los importes no ejecutados se deducirán en laliquidación del contrato.

Artículo 52.- Los licitadores podrán incluir en su oferta la ejecución a su cargo demejoras que consideren convenientes entre las incluidas en el Anexo 5, y que serviránpara la valoración de las ofertas conforme a la puntuación que allí se indica.

El Ayuntamiento de Jaca supervisará y aprobará, si es el caso, los documentos técnicosde las mejoras que lo precisen para su ejecución. Para ello el contratista presentará losdocumentos técnicos definitorios de las mejoras propuestas en su oferta en el plazomáximo de seis (6) meses a partir de la firma del contrato, con el fin de que seansometidas al trámite de aprobación previa ejecución. Para ello se requerirá que eldocumento técnico contemple una calidades y criterios de diseño suficientes yequiparables a los del resto de las instalaciones de la EDAR. La presentación de losdocumentos que no puedan ser aprobados por esta u otras razones, se entenderá comoun incumplimiento.

El adjudicatario habrá de finalizar las mejoras incluidas en su oferta antes delcumplimiento de los dos (2) primeros años de vigencia del contrato.

Las mejoras ofertadas se considerarán incorporadas al inventario de la EDAR tras suejecución. Todas, por tanto, habrán de ser mantenidas, reparadas y repuestas enigualdad de condiciones al resto de equipos e instalaciones de las plantas del contrato.Todos los equipos, instalaciones, licencias de software y otros elementos pasarán alinventario.

La ejecución de las mejoras contempladas en el Anexo 5 en ningún caso conllevará lanecesidad de modificar el contrato.

Las mejoras que, por causas ajenas al contratista y al Ayuntamiento de Jaca no puedanejecutarse dentro del plazo del contrato podrán ser sustituidas por otras de comúnacuerdo entre las partes o, en caso de faltar éste, se deducirán los importes noejecutados en la liquidación del contrato.

Artículo 53.- El Ayuntamiento de Jaca establece una partida alzada para la posiblerealización de actuaciones de mejora, adecuación, reposición o incorporación de nuevosequipos o elementos a la EDAR de diez mil euros anuales (10.000 €/año), I.V.A. incluido.La cuantía destinada a la partida alzada no sufrirá variación durante todo el periodo devigencia del contrato, incluida su posible prórroga.

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Las propuestas a esta partida alzada serán informadas por los Servicios Técnicos delAyuntamiento previa a la adjudicación de las actuaciones.

CAPITULO IX – GASTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA

Artículo 54.- Serán por cuenta del contratista todos los gastos que sean necesarios paraalcanzar los objetivos fijados en el servicio ofertado, haciéndose cargo de cuantos costesello genere, incluidos todos los de personal, productos químicos, energía, análisis ycontrol de las diferentes etapas, reparaciones y reposiciones, transporte y eliminación deresiduos, transporte y gestión de fangos, comunicaciones, seguros, gastosadministrativos y de gestión, arbitrios, tasas, impuestos y cualesquiera otros necesariospara el normal desarrollo de la explotación. Estarán así mismo incluidos los gastos denormal mantenimiento, reparaciones y conservación de todos los elementos de planta yla parcela que ocupe, haciéndose responsable del buen uso de todas las instalaciones,comprometiéndose a conservarlas en buen estado y a reparar las averías que seproduzcan por uso indebido o como normal consecuencia del funcionamiento.

Articulo 55.- Siempre que la legislación vigente y las circunstancias del contrato lopermitan, el contratista estará obligado a reutilizar los fangos en agricultura. Por tanto, nodebe de contemplarse canon de vertedero como costes de explotación, entendiéndose,que siempre que los fangos sean aptos para reutilización agrícola, y se transporten losmismos a vertedero, no se percibirá en estos casos compensación económica alguna porel coste adicional del transporte y tasa de vertedero. Para reutilizar el fango enagricultura, los licitadores deberán de tener en cuenta especialmente lo dispuesto en eldecreto 49/2000 de 29 de febrero del Gobierno de Aragón, y en la Orden AAA/1072/2013,de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario, pudiendooptar por la intermediación de un gestor ya autorizado o bien solicitar la autorización pararealizar directamente la gestión de los fangos.

Artículo 56.- Si durante el transcurso de la explotación se diera el caso de no poderutilizar los lodos para valorización en el sector agrario debido al contenido en metalespesados de los mismos, el contratista realizará a su cargo la analítica de caracterizaciónde los mismos conforme a la normativa vigente en materia de residuos peligrosos. Dedarse este caso, los lodos deberán ser gestionados mediante depósito en lasinstalaciones del Servicio Público de Gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 57.- Serán por cuenta y cargo del contratista contar con cuantas autorizaciones,permisos o licencias y avales fueren necesarios para la realización del objeto delcontrato.

Artículo 58.- El contratista quedará obligado antes de la firma del contrato a facilitar alAyuntamiento de Jaca, la documentación que acredite haber suscrito a su cargo unapóliza de seguros que cubra los riesgos de las personas afectadas que de manerapermanente, temporal ó accidental, se encuentren en la instalación; así como los propiosde la prestación del servicio, por daños a terceros o cualquier eventualidad que sucedadurante los trabajos contemplados en este Pliego, en la cuantía mínima prevista en elartículo 4.

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Artículo 59.- El contratista atenderá en todo momento al cumplimiento de lo establecidoen la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales.

CAPITULO X – INFORMES Y DOCUMENTACIÓN DE CONTROL

Artículo 60.- El contratista custodiará en las instalaciones el Libro de Ordenes, ladocumentación relacionada con los equipos e instalaciones, la documentaciónrelacionada con la marcha de los trabajos de explotación y las aplicaciones informáticasfacilitadas por el Instituto Aragonés del Agua, de las cuales realizará copias de seguridadmensualmente.

Artículo 61.- Mensualmente, antes del día siete (7) de cada mes, el contratista remitirá alos Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca y al Instituto Aragonés del Agua uninforme mensual de explotación, utilizando para ello estas aplicaciones informáticas.

El contratista además informará mensualmente del personal de la plantilla que haprestado realmente los servicios con indicación de jornadas y horarios realizados.

Trimestralmente se incorporará al informe mensual de servicios prestados una copia delos TC-1 y TC-2 de la plantilla de personal, con sello de presentación.

En el mes siguiente del inicio del contrato, y posteriormente con periodicidad anual, elcontratista realizará una inspección acerca del estado del mantenimiento de lasinstalaciones y equipos y entregará un informe escrito que incluirá una valoración delestado en que se encuentren los más importantes y de las principales reparaciones yoperaciones de mantenimiento que se prevén para el año siguiente. Especial interés ycuidado se pondrá en aquellas instalaciones críticas en las que existan posibilidades deriesgo, como aquellas no accesibles o visitadas con facilidad, y en aquellas con elevadaposibilidad de corrosión.

Artículo 62.- El contratista deberá mantener en la EDAR los dos (2) ordenadoresexistentes para la gestión de los datos e incidencias de la explotación, distintos delordenador de control de procesos conectado al SCADA y PLC. Estos ordenadores degestión estarán dotados de sistema operativos compatibles con las aplicaciones delInstituto Aragonés del Agua y los sistemas de telegestión del Ayuntamiento de Jaca, conconexión a internet y dirección de correo electrónico, además del paquete informático degestión Office 2003 o superior, así como contar con la capacidad de memoria suficientepara que puedan funcionar correctamente las aplicaciones informáticas específicas degestión que desde el Instituto Aragonés del Agua sean facilitadas. El contratista deberáde disponer de un programa antivirus permanentemente actualizado.

Artículo 63.- El contratista deberá comunicar al Ayuntamiento de Jaca y al InstitutoAragonés del Agua cualquier anomalía que afecte de manera significativa a la calidad delefluente. Para ello enviará el modelo oficial de Parte de comunicación de incidenciapresente en la aplicación informática, sin perjuicio de que atendiendo a la importancia dela incidencia deba poner la misma de forma inmediata en conocimiento del Ayuntamientode Jaca y del Organismo de Cuenca por correo electrónico o cualquier otro método.

Artículo 64.- En caso de superar algún valor analítico en el efluente de la instalación el200% del valor de referencia normativo vigente, el contratista deberá de enviar un partede incidencia por cada día que se prolongue esta situación.

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Artículo 65.- El contratista deberá comunicar a los Servicios Técnicos del Ayuntamientode Jaca, la presencia de cualquier vertido en las aguas afluentes a la EDAR que puedaser susceptible de perturbar el funcionamiento del proceso biológico o interferir en losrendimientos de depuración de la instalación.

CAPITULO XI – PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

Artículo 67.- El presupuesto de explotación ha sido fijado tomando como base para suestimación los datos reflejados en el Capítulo III del presente Pliego, datos que deberánser considerados obligatoriamente por los licitadores a la hora de realizar sus ofertas. Nose admitirán ofertas que rebasen el presupuesto base establecido, ni tampoco ofertasque varíen el presente Pliego. El presupuesto total máximo de licitación, corresponde alimporte máximo a pagar anualmente al adjudicatario con un volumen medio estimado deaguas residuales a tratar de dieciséis mil metros cúbicos diarios (16.000 m³/día), esto es,de cinco millones ochocientos cuarenta mil metros cúbicos anuales (5.840.000 m³/año).

Artículo 68.- Dado el carácter estimativo del caudal y composición cualitativa del aguaafluente a la EDAR reflejados en el Capítulo III, el contratista vendrá obligado a tratar elagua en las condiciones de caudal y composición que realmente llegue a la instalación,sin que posibles variaciones en uno o ambos conceptos den lugar a modificación de lascondiciones técnicas y económicas que rijan el contrato.

Artículo 69.- El presupuesto de licitación ha sido realizado considerando los costesderivados de la gestión agrícola del fango, no incluyendo por tanto los costes detratamiento y gestión de los lodos en caso de caracterizarse los mismos como residuopeligroso, ni el transporte y vertido de los mismos en vertedero controlado. No obstante,el contratista vendrá obligado a gestionar todo ello, en su caso, conforme a lo establecidoen este Pliego y la legislación vigente, habilitando los fondos necesarios.

CAPITULO XII – FORMA DE ABONO DE LOS SERVICIOS

Artículo 70.- La retribución se expresará en forma binómica y se abonará mediantecertificaciones mensuales. Las certificaciones se ajustarán a la siguiente fórmulapolinómica:

C = (F x D) + (Q x V)

Siendo:C: Abono mensual de mantenimiento, conservación y explotación.F: Coste diario en ejecución contrata (sin IVA) que representan los gastos fijos.D: Número de días del periodo de certificación.Q: Caudal tratado durante el periodo de certificación, expresado en miles de metroscúbicos.V: Coste en ejecución contrata (sin IVA) de cada mil metros cúbicos tratados.

En caso de tratamiento parcial del agua o funcionamiento parcial de la instalación, seestará a lo previsto en el artículo 50 del presente Pliego.

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Artículo 71.- Los licitadores indicarán en su oferta el porcentaje a aplicar en concepto degastos generales y beneficio industrial (GG y BI). Este porcentaje deberá ser el mismo entodos los coeficientes y conceptos que compongan la fórmula de retribución del contrato.

Artículo 72.- Dentro de los costes fijos, los licitadores incluirán los derivados de losconceptos de personal, mantenimiento y conservación de las instalaciones, término fjo depotencia de energía eléctrica, gastos de administración y gestión, gastos financieros,seguros e impuestos y la financiación de las actuaciones obligadas a acometer por elcontratista.

Artículo 73.- Dentro de los costes variables los licitadores incluirán los derivados de losconceptos de consumo de reactivos (incluidos reactivos de desodorización), término deenergía de consumo eléctrico y gastos de tratamiento y evacuación de residuos.

Artículo 74.- Los gastos adelantados por el contratista correspondientes a la partidaalzada del fondo de reposición y que hayan sido aprobadas previamente por losServicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca, serán acreditadas en las certificacionesmensuales mediante certificaciones de obra o facturas pagadas.

Artículo 75.- En caso de avería del caudalímetro de salida, y de disponer la planta decaudalímetro de entrada, se tomará el valor medido en la entrada como caudalcorrespondiente al periodo de certificación, afectado por un coeficiente R, obtenido de larelación entre el caudal totalizado en los dos (2) meses anteriores al de la fecha de averíapor el caudalímetro de salida con respecto al totalizado por el de entrada en el mismoperiodo. En caso de que no se dispusiera de la medida del caudal del períodocorrespondiente por avería en los medidores de caudal se tomará, a efectos de cálculode Q, el valor medio diario de los dos (2) últimos meses de funcionamiento de lainstalación.

Artículo 76.- A la finalización del contrato se procederá a redactar el acta de recepcióndel mismo, y en el plazo de un mes desde la fecha de finalización del mismo, seredactará, por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Jaca, la liquidacióndel contrato.

Artículo 77.- A la finalización del contrato se procederá a evaluar la cantidad de residuosacumulados en las EDAR, así como a analizar el contenido en sólidos suspendidos en ellicor mezcla (SSLM) del reactor biológico. Todos los excesos acumulados sobre lo quehayan sido las pautas de trabajo normales durante el transcurso del contrato, sededucirán en la liquidación del contrato, aplicando los precios unitarios contemplados porel contratista en su oferta.

Artículo 78.- Del mismo modo, y a la finalización del contrato, se procederá a realizaruna inspección acerca del estado del mantenimiento de las instalaciones y equipos. Lasdeficiencias detectadas por el Ayuntamiento de Jaca serán reparadas por cuenta delcontratista saliente en un plazo de un mes, o bien valoradas contradictoriamente ydeducido su importe de la liquidación del contrato. En todo caso, no se procederá a ladevolución de la fianza depositada hasta que no se hayan subsanado las deficienciascitadas.

CAPITULO XIII – INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES

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Artículo 79.- Se considerará como incumplimiento leve, siempre que el origen delmismo sea imputable al contratista, los siguientes supuestos:

- Paralización total de la EDAR, durante menos de veinticuatro (24) horas continuadas.- Paralización parcial de la EDAR durante más de veinticuatro (24) horas continuadas.- Demora en los plazos de reparación de equipos previstos que supongan afección alfuncionamiento de la instalación.- No prestar la colaboración en la detección y control de vertidos industriales.- Presencia reiterada de moscas o insectos, en cantidad apreciable.- Negligencia o descuido en la atención de las tareas de explotación de la EDAR, siempreque de esa negligencia no se deriven graves consecuencias.- Deterioros puntuales en la calidad del efluente para los valores límite de emisiónestablecidos en el Capítulo III.- Incremento del contenido en humedad de los fangos deshidratados en más de cinco (5)unidades sobre lo establecido en el Capítulo III.- Incremento del contenido en materia volátil del fango en más de diez (10) unidadessobre lo establecido en el Capítulo III.- Retrasos de hasta dos (2) meses en el plazo establecido de finalización de lasactuaciones propuestas por el Ayuntamiento de Jaca.- Retrasos de hasta dos (2) meses en el plazo establecido de finalización de las mejoraspropuestas por el contratista.- No entregar los informes y la documentación de seguimiento y control mensual en elplazo establecido en el presente Pliego, con retraso de hasta una (1) semana.- No entregar los informes y la documentación de seguimiento y control trimestral y anualen el plazo establecido en el presente Pliego, con retraso de hasta un (1) mes.

Los incumplimientos leves serán penalizados a juicio de los Servicios Técnicos delAyuntamiento de Jaca mediante deducción de una cantidad de la certificacióncorrespondiente al mes en que se haya producido el incumplimiento por un importecomprendido entre el uno (1) y el siete por ciento (7%) del total de retribución mensual, sibien se establecen las siguientes penalizaciones específicas:

- Paralización total de la EDAR durante menos de veinticuatro (24) horas continuadas:será deducido el diez por ciento (10%) del coste fijo diario por cada hora de parada.- Paralización parcial de la EDAR durante más de veinticuatro (24) horas continuadas:será deducido el 50% del coste fijo de los días que suceda la incidencia.- Deterioro puntual en la calidad del efluente, superando uno o varios de los valores límitede emisión establecidos en el Capítulo III: uno por ciento (1%) de la retribución mensualpor día que suceda.- Deterioro puntual en la calidad del efluente superando uno o varios de los parámetros eldoble de los valores límite de emisión establecidos en el Capítulo III: tres por ciento (3%)de la retribución mensual por día que suceda.- Deterioro en la calidad del efluente (en valores medios mensuales) superando uno ovarios de los valores límite de emisión establecidos en el Capítulo III: tres por ciento (3%)de la retribución mensual.- Deterioro en la calidad del efluente (en valores medios mensuales) superando uno ovarios de los parámetros el doble de los valores límite de emisión establecidos en elCapítulo III: cinco por ciento (5%) de la retribución mensual.

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- Ciento cincuenta euros por día (150 €/día) de retraso en el plazo establecido definalización de actuaciones propuestas por el Ayuntamiento de Jaca.- Cien euros por día (100 €/día) de retraso en el plazo establecido de finalización demejoras propuestas por el contratista.- Diez euros por día (10 €/día) de retraso en el plazo establecido para entregar losinformes y la documentación de seguimiento y control.

Artículo 80.- Tendrán carácter de incumplimiento grave, siempre que el origen delmismo sea imputable al contratista, los siguientes:- Paralización total de la EDAR, durante mas de veinticuatro (24) horas continuadas,salvo caso de fuerza mayor- La reincidencia en faltas leves, o toda combinación de ellas de cualquier naturaleza, demanera que se superen las tres faltas leves en un mes o seis en seis meses de contrato. - La ocultación interesada de datos relevantes de la explotación de las instalaciones quepuedan afectar al normal desarrollo de la misma.- Incumplimiento por defecto en el número de personas adscritas al Servicio respecto dela plantilla ofertada por el contratista.- La falta de asistencia del personal de apoyo técnico una vez haya sido requerido elcontratista para ello.- La desobediencia a las órdenes recibidas de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento deJaca.- La repetición durante tres meses consecutivos o seis meses en el periodo de un (1) año,de las faltas leves que hacen referencia al deterioro de la calidad del efluente.- Retrasos de dos (2) a cuatro (4) meses en el plazo establecido de finalización demejoras propuestas por el Ayuntamiento de Jaca.- Retrasos de dos (2) a cuatro (4) meses en el plazo establecido de finalización deactuaciones propuestas por el Ayuntamiento de Jaca.- Retrasos de una (1) a dos (2) semanas en el plazo establecido para entregar losinformes y la documentación de seguimiento y control mensual.- Retrasos de uno (1) a dos (2) meses en el plazo establecido para entregar los informesy la documentación de seguimiento y control trimestral y anual.

Los incumplimientos graves serán penalizados a juicio de los Servicios Técnicos delAyuntamiento de Jaca mediante deducción de una cantidad de la certificacióncorrespondiente al mes en que se haya producido el incumplimiento por un importecomprendido entre el cinco (5) y el veinte por ciento (20%) del total de retribuciónmensual. El incumplimiento en el número de personal adscrito dará lugar asimismo a lano retribución en la certificación mensual del importe correspondiente al personal nocontratado. Asimismo, en el caso de parada total de la instalación, no será percibidocoste fijo alguno de los días o fracción de día en que suceda la parada. En caso deretrasos en la finalización de actuaciones previstas por el Ayuntamiento o mejoraspropuestas por el contratista, trescientos euros por día (300 €/día). El retraso en laentrega de los informes y la documentación de seguimiento y control de la explotación,veinte euros por día (20 €/día).

Artículo 81.- Como incumplimiento muy grave se considerará la reiteración deincumplimientos graves, la inadecuada gestión de los residuos producidos en la EDAR deacuerdo a la legislación vigente y a la caracterización de los mismos, así como

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incapacidad del contratista para mantener adecuadamente el funcionamiento de laEDAR, descuidando notoriamente la seguridad de las instalaciones y personas, así comoaquellas otras actuaciones que evidencien mala fe en el Contratista. La penalizaciónconsistirá en una deducción de la certificación correspondiente al mes en que se hayaproducido el incumplimiento muy grave por un importe entre el 20% y el 50% del importecertificado. En caso de reiteración de incumplimientos muy graves se podrá proceder a larescisión del contrato. La no finalización de las actuaciones propuestas por elAyuntamiento de Jaca o las mejoras previstas por el contratista una vez transcurridoscuatro (4) meses del plazo inicialmente previsto, dará lugar a la penalización delcincuenta por ciento (50%) del importe certificado en cada periodo mensual. El retraso enla entrega de los informes y la documentación de seguimiento y control de la explotaciónmás allá de los plazos previstos, cincuenta euros por día (50 €/día).

Artículo 82.- Por la ausencia de personal, baja o reemplazo que hubiera de ser cubiertosin serlo efectivamente, se deducirá de la certificación mensual el importecorrespondiente al coste del tiempo cubierto durante la primera semana de ausencia, y eldoble de esta cantidad a partir de la primera semana.

CAPITULO XIV – DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR LOS LICITADORES

Artículo 83.- Dentro del sobre “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”, de manera adicional a ladocumentación que sea exigible en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares,los licitadores aportarán debidamente cumplimentados los cuadro resumen de los preciosde la oferta que figuran en el Anexo 6 al presente Pliego. Los costes del término depotencia y de energía de los consumos eléctricos se expresarán obligatoriamente concuatro cifras decimales. Las cifras aportadas en las casillas grises no podrán sermodificadas por los licitadores y tendrán que ser tenidas en cuenta para el cálculo de laoferta económica.

De la oferta que resulte propuesta como adjudicataria se comprobarán los coeficientes deretribución ofertados, siendo desestimada la misma en caso de contener errores en elcálculo de los mismos o que de la aplicación de los coeficientes a los criterios deretribución definidos en el Capítulo XIII y en el presente Pliego no se deduzca el importetotal ofertado.

Artículo 84.- En caso de asumir la ejecución de mejoras relacionadas en el Anexo 5 alpresente Pliego, se valorarán conforme a lo indicado en el Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares. La lista de mejoras se circunscribirá exclusivamente a lasindicadas en el Anexo 5 y, por tanto, no se tendrá en cuenta en la valoración de esteapartado cualquier otra mejora, compromiso o circunstancia al margen de las previstas.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA P-2217800-H C/ Mayor, 24 22700-JACA Tel. 974-357208 Fax 974 355666 email:[email protected]

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ANEXO 1. Descripción de las instalaciones, inventario y equipos.

Descripción de las instalaciones de la EDAR DE JACA

El sistema de saneamiento y depuración de aguas residuales de Jaca consta de uncolector general que recoge las aguas residuales de la población y las conduce a laestación depuradora. El pretratamiento de la EDAR está dotado de un pozo de gruesoscon una cuchara bivalva y una reja manual de gruesos, situada previa al pozo debombeo. Las aguas se impulsan mediante cuatro bombas sumergibles a dos tamicesautomáticos de 3 mm de paso para su desbaste antes de pasar al desarenado–desengrasado en un canal dotado de puente móvil y aporte de aire por medio de seisaireadores sumergidos.

Posteriormente, estas aguas entran al tratamiento biológico por fangos activados enaireación prolongada que tiene lugar mediante un tanque tipo ORBAL de tres canales yvolumen total 7.582 m3. El aporte de oxígeno se realiza mediante nueve rotoressuperficiales de potencia total instalada 232 kw. El canal interior del tanque ORBAL estádotado de sistema de dosificación de cloruro férrico para la precipitación de fósforo.

El licor mezcla procedente del tanque ORBAL es clarificado en tres decantadores de 32m de diámetro, siendo el agua depurada vertida finalmente al río Gas.

Los fangos decantados son recirculados a cabecera de tratamiento biológico,extrayéndose el exceso de fangos y conduciéndolos a un espesador de gravedad previoacondicionamiento químico con cal. Una vez espesados, los fangos son deshidratadospor medio de dos centrífugas, previo acondicionamiento con polielectrolito. Los fangos yadeshidratados son conducidos a una tolva de almacenamiento de fangos mediante unabomba de impulsión desde donde se descargan a un camión para ser retirados de laEDAR y transportados a reutilización agrícola.

La EDAR cuenta con un edificio de control en donde se ubican los despachos, vestuarios,aseos, laboratorio y sala de control de la instalación. Se cuenta también con un edificioindustrial compartimentado en varias dependencias donde se encuentran el pozo derecepción de agua bruta, las bombas de elevación y equipos de tamizado, taller, sala decuadros eléctricos de la planta y sala de deshidratación. Se cuenta asimismo con unpequeño almacén independiente a estos edificios.

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ANEXO 2. Datos de caudales y consumos.

DATOS DE CAUDALES

MES CAUDAL MEDIOm3/día entrada salida % entrada salida % entrada salida %

ENERO 2016 14.633 79 2 98,1 68 2 96,8 121 9 92,4FEBRERO 2016 15.691 65 2 97,6 79 3 96,7 129 10 92,5

MARZO 2016 18.323 68 2 97,3 74 2 97,2 138 9 93,6ABRIL 2016 15.398 65 2 96,6 66 3 95,3 102 9 91,5MAYO 2016 13.829 67 2 97,7 83 2 97,5 130 10 92,5JUNIO 2016 13.327 82 2 97,9 88 3 96,2 142 10 93,0JULIO 2016 15.173 81 2 97,5 96 4 96,4 153 11 92,6

AGOSTO 2016 15.946 136 2 98,3 141 4 97,3 242 13 94,5SEPTIEMBRE 2016 15.284 78 2 97,9 88 4 95,7 142 11 92,6

OCTUBRE 2016 13.239 102 3 96,9 94 4 96,3 151 12 92,1NOVIEMBRE 2016 15.076 54 3 94,8 64 2 96,4 115 11 90,1DICIEMBRE 2016 13.636 71 2 96,6 100 3 97,4 177 12 93,2

ENERO 2017 12.915 61 2 96,5 67 2 96,4 122 11 90,6FEBRERO 2017 12.985 76 2 97,0 84 3 96,4 141 11 92,3

MARZO 2017 14.313 65 3 95,8 70 3 95,6 128 12 90,4ABRIL 2017 13.307 83 3 96,7 90 3 96,3 156 12 92,0MAYO 2017 12.436 78 2 98,0 91 3 96,6 147 12 91,8JUNIO 2017 11.978 98 2 97,6 93 4 96,0 148 12 92,0JULIO 2017 13.857 94 2 97,6 106 4 96,0 158 14 91,1

AGOSTO 2017 14.516 108 2 98,1 135 4 96,9 195 14 93,0SEPTIEMBRE 2017 13.430 82 2 98,1 77 2 97,3 138 11 91,9

OCTUBRE 2017 11.524 102 3 97,1 110 2 98,1 151 12 91,8NOVIEMBRE 2017 11.241 73 2 97,4 82 2 97,2 120 10 91,4DICIEMBRE 2017 12.376 69 2 97,4 82 2 97,9 138 13 86,0

SS mg/l DQO mgO2/lDBO5 mgO2/l

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ANEXO 2. Datos de caudales y consumos.

DATOS DE CAUDALES

MES CAUDAL MEDIOm3/día entrada salida % entrada salida entrada salida entrada salida %

ENERO 2016 14.633 21,00 6,40 69,4 8,00 0,40 2,60 4,10 1,80 0,60 69,1FEBRERO 2016 15.691 17,00 6,60 61,0 6,10 0,30 2,40 3,80 1,20 0,50 58,5

MARZO 2016 18.323 20,40 7,80 61,6 8,70 0,90 1,90 3,50 1,50 0,60 60,7ABRIL 2016 15.398 26,90 8,10 70,0 7,40 0,00 2,30 3,30 1,60 0,70 56,8MAYO 2016 13.829 22,00 6,90 68,5 8,60 0,00 1,20 3,50 1,90 0,70 60,9JUNIO 2016 13.327 19,40 5,80 70,2 7,60 0,10 0,90 3,40 1,70 0,90 47,9JULIO 2016 15.173 30,00 10,70 64,3 10,30 0,40 1,30 4,10 2,60 0,60 78,9

AGOSTO 2016 15.946 40,00 8,90 77,8 15,20 0,70 0,80 2,50 3,60 0,60 82,7SEPTIEMBRE 2016 15.284 26,80 6,20 76,9 9,00 0,10 1,20 1,70 1,90 1,00 49,8

OCTUBRE 2016 13.239 21,10 5,90 71,9 8,70 0,00 1,30 1,90 1,80 1,00 45,5NOVIEMBRE 2016 15.076 19,10 4,40 76,8 7,10 0,10 1,70 2,30 1,70 0,70 59,0DICIEMBRE 2016 13.636 33,30 6,30 81,0 12,60 0,10 2,20 2,70 3,60 0,70 79,1

ENERO 2017 12.915 22,80 4,40 80,8 9,20 0,60 1,30 1,40 2,40 0,40 83,7FEBRERO 2017 12.985 25,10 4,90 80,4 9,50 0,20 2,10 2,30 1,80 0,80 54,8

MARZO 2017 14.313 20,70 4,90 76,2 9,20 0,10 1,80 2,00 1,70 0,70 58,2ABRIL 2017 13.307 25,60 4,50 82,2 12,40 0,50 1,70 2,00 2,50 0,50 79,6MAYO 2017 12.436 23,00 3,40 85,3 10,90 0,10 1,30 1,70 2,20 0,80 65,3JUNIO 2017 11.978 20,40 3,90 80,7 9,90 0,00 1,00 2,00 2,50 0,90 61,9JULIO 2017 13.857 37,00 6,30 82,9 10,80 0,20 2,00 2,70 2,80 0,90 68,6

AGOSTO 2017 14.516 44,70 11,40 74,5 16,50 0,70 2,10 3,60 2,40 0,60 73,8SEPTIEMBRE 2017 13.430 26,30 8,50 67,7 10,60 0,10 1,90 2,20 1,70 0,90 49,4

OCTUBRE 2017 11.524 33,10 7,90 76,2 10,10 0,20 2,50 3,40 1,90 1,20 36,1NOVIEMBRE 2017 11.241 37,60 8,40 77,6 9,30 0,00 2,70 2,80 1,50 1,00 34,6DICIEMBRE 2017 12.376 59,30 8,30 86,0 13,50 0,70 2,90 3,00 2,00 0,60 68,4

Nt mg/l N-NH4 mg/l N-NO3 mg/l Pt mg/l

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ANEXO 2. Datos de caudales y consumos.

DATOS DE CONSUMOS

sal hierro cal polielectrolito carbón activo DETRITUS ARENAS GRASASKgs Kgs Kgs Kgs Kgs Kgs Kgs

ENERO 2016 0 2.175 225 0 2.800 600 0FEBRERO 2016 0 2.025 225 0 4.700 700 0

MARZO 2016 0 1.690 225 0 2.800 650 0ABRIL 2016 0 1.450 225 0 5.300 1.275 0MAYO 2016 0 1.975 200 0 8.000 1.325 0JUNIO 2016 0 1.500 175 0 4.500 1.000 2.090JULIO 2016 0 2.060 260 0 5.500 1.050 0

AGOSTO 2016 0 1.620 300 0 5.600 1.100 0SEPTIEMB. 2016 0 1.800 200 0 2.800 650 0OCTUBRE 2016 0 1.620 200 0 7.800 1.250 0

NOVIEMBR. 2016 0 1.800 150 0 4.800 1.150 0DICIEMBRE 2016 0 1.860 225 0 1.600 450 2.860

ENERO 2017 0 1.280 250 0 2.800 650 0FEBRERO 2017 0 100 175 0 2.800 675 0

MARZO 2017 0 1.200 225 0 5.000 1.150 0ABRIL 2017 0 1.550 200 0 5.830 600 0MAYO 2017 0 1.550 250 0 5.200 1.250 0JUNIO 2017 0 1.450 150 0 5.200 1.300 5.830JULIO 2017 0 1.550 200 0 4.700 1.100 0

AGOSTO 2017 0 1.550 275 0 4.800 1.150 0SEPTIEMBRE 2017 0 1.350 225 0 5.200 1.250 0

OCTUBRE 2017 0 280 225 0 5.620 650 0NOVIEMBRE 2017 0 50 250 0 2.500 600 0DICIEMBRE 2017 0 1.015 150 0 2.600 500 6.000

MES

RESIDUOSREACTIVOS

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ANEXO 2. Datos de caudales y consumos.

DATOS DE CONSUMOS

Potencia Activa Reactiva COS phiKw Kwh Kwh

ENERO 2016 14,90 166.000 150 70.606 7.524 0,99FEBRERO 2016 16,20 144.000 146 62.809 7.075 0,99

MARZO 2016 17,60 144.000 152 71.092 7.862 0,99ABRIL 2016 16,70 168.000 151 64.011 7.952 0,99MAYO 2016 17,20 144.000 140 64.770 8.057 0,99JUNIO 2016 16,30 148.000 139 64.324 8.071 0,99JULIO 2016 17,00 154.000 179 78.517 8.472 0,99

AGOSTO 2016 16,70 220.000 198 108.759 8.415 1,00SEPTIEMB. 2016 17,40 154.000 187 78.603 8.153 0,99OCTUBRE 2016 16,30 154.000 152 71.431 5.982 1,00

NOVIEMBR. 2016 16,90 112.000 170 65.798 7.183 0,99DICIEMBRE 2016 19,00 176.000 155 73.847 7.493 0,99

ENERO 2017 16,30 198.000 151 73.349 6.187 1,00FEBRERO 2017 14,60 144.000 151 58.895 6.429 0,99

MARZO 2017 16,60 204.000 139 68.379 7.485 0,99ABRIL 2017 18,00 144.000 169 76.179 6.801 1,00MAYO 2017 18,00 168.000 147 69.096 7.473 0,99JUNIO 2017 17,80 116.000 174 68.560 6.308 1,00JULIO 2017 17,60 132.000 159 79.505 8.298 0,99

AGOSTO 2017 17,70 176.000 209 107.034 8.652 1,00SEPTIEMBRE 2017 17,10 154.000 171 73.147 8.261 0,99

OCTUBRE 2017 15,60 176.000 164 67.809 8.120 0,99NOVIEMBRE 2017 14,20 176.000 121 51.759 6.847 0,99DICIEMBRE 2017 16,30 102.000 154 66.969 8.177 0,99

MES

ENERGÍA

kgs

FANGOS

% sequedad

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ANEXO 3. Personal.

PUESTO CATEGORÍA PROFESIONAL CONTRATO ANTIGÜEDADCOSTE

EMPRESAJEFE DE PLANTA JEFE/A DE PLANTA T.C. 05/07/1999 43.443,53 € OPERARIO DE MANTENIMIENTO JEFE DE MANTENIMIENTO T.C. 25/03/2003 34.882,20 € OPERARIO DE MANTENIMIENTO OFICIAL 1ª MANTENIMIENTO T.C. 15/01/2009 28.166,99 € OPERARIO DE EXPLOTACIÓN OFICIAL DE 3ª T.C. 08/09/2004 23.533,27 € OPERARIO DE EXPLOTACIÓN OFICIAL DE 3ª T.C. 09/09/2010 23.073,32 € OPERARIO DE EXPLOTACIÓN OFICIAL DE 3ª T.C. 07/07/2015 22.700,26 €

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ANEXO 4. Actuaciones a ejecutar.

En este Anexo se recogen las actuaciones a ejecutar obligatoriamente en este contratopor el contratista adjudicatario, con las siguientes condiciones a tener en cuenta por loslicitadores en sus ofertas:

ACTUACIÓN 1. RENOVACIÓN DE LOS SIGUIENTES EQUIPOS:

Sin perjuicio de lo indicado en el Pliego de prescripciones técnicas, esto es, que todos losequipos deberán ser repuestos, reparados o sustituidos por el contratista en caso deavería grave o al final de su vida útil, se incluyen a continuación los equipos que deberánser renovados obligatoriamente durante este contrato.

En todos los casos la renovación mantendrá o mejorará las calidades, características ycapacidades de los equipos sustituidos, empleándose siempre equipos de primerasmarcas, debiendo ser autorizados por el Ayuntamiento de Jaca.

TAMIZ DE FINOS: Suministro, instalación y puesta en marcha de un tamiz de finosidéntico a la reja automática de finos instalada en 2013 en la EDAR, de referencia Tamizde finos Sulzer RS 21x60x3 mm AISI-316L

CENTRÍFUGA DE DESHIDRATACIÓN DE FANGOS: Suministro, instalación y puesta enmarcha de una centrífuga de caudal 10 m³/h para sustitución de una de las instaladas, dereferencia ALFA LAVAL AVNX 4045 AT.

ACTUACIÓN 2. SUSTITUCIÓN DEL EQUIPO INFORMÁTICO QUE SOPORTA ELSCADA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE:

Esta actuación consiste en la sustitución del hardware y la adaptación del softwareoperativo y de control del SCADA para su mejora y actualización, manteniendo lasfuncionalidades actuales, lo que incluye la renovación del equipo informático y susperiféricos, el sistema operativo, el software, las licencias, la programación necesaria, lamigración del SCADA actual y el resto de elementos necesarios.

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ANEXO 5. Mejoras de los licitadores.

En este Anexo se recogen las mejoras que pueden valorarse en hasta 30 puntos en casode que se incluyan en la oferta de los licitadores, con el siguiente reparto:

MEJORA 1. Solución técnica al bombeo de agua bruta:

La mejora consiste en la elaboración previa de un estudio de alternativas viables técnicay económicamente para implementar un sistema eficiente de desbaste y/o bombeo delagua bruta que evite atascos y sobrecargas de las bombas y la posterior ejecución de laalternativa que apruebe el Ayuntamiento de Jaca. La ejecución de la mejora incorporarála programación y automatización de los elementos que lo requieran y, en cualquier caso,la automatización de la compuerta de entrada de caudal a la planta.

Se tomará como referencia para la valoración de esta mejora el importe de 60.000 euros.

Se valora la mejora en 15 puntos.

MEJORA 2. Sustitución de una de una bombas de recirculación de fangos:

La mejora consiste en la sustitución de una de las bombas de recirculación de fangossimilar a lass instaladas, de referencia TFB-FLYGT modelo CP-3152-181. La mejoracomprende el suministro, instalación y puesta en marcha del elemento.

Se tomará como referencia para la valoración de esta mejora el importe de 45.000 euros.

Se valora la mejora en 12 puntos.

MEJORA 3. Sustitución de las bombas de purga de flotantes de la decantación:

La mejora consiste en la sustitución de las dos bombas de purga de flotantes similares alas instaladas, de referencia EMICA KWP GM 50-160 1,1 Kw. La mejora comprende elsuministro, la instalación y la puesta en marcha de los elementos.

Se tomará como referencia para la valoración de esta mejora el importe de 10.000 euros.

Se valora la mejora en 3 puntos.

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ANEXO 6. Cuadros resumen oferta económica.

CUADRO RESUMEN: COSTES FIJOS

EDAR

PERSONAL

Puesto CategoríaDedicación (indicar %)

SALARIO (€/año) TOTAL (€/año)

Jefe de planta TÉCNICO SUPERIOR 100

Operario de mantenimiento ENCARGADO 100

Operario de mantenimiento OFICIAL 1ª 100

Operario de explotación OFICIAL DE 3ª 100

Operario de explotación OFICIAL DE 3ª 100

Operario de explotación OFICIAL DE 3ª 100

Personal de apoyo técnico

Otros (a justificar)

TOTAL

MANTENIMIENTO

TOTAL (€/año)

TOTAL

ENERGÍA ELÉCTRICA (Término de potencia)

Instalación Tarifa Potencia (Kw) Coste (€/Kw) TOTAL (€/a ño)

EDAR Jaca 3.1A P1

EDAR Jaca 3.1A P2

EDAR Jaca 3.1A P3

TOTAL

GASTOS ADMINISTRATIVOS Y DE GESTIÓN

TOTAL (€/año)

TOTAL

ACTUACIONES A EJECUTAR

Coste (€) TOTAL (€/año)

TOTAL

Otros (a justificar)

COSTES DE ACTUACIONES A EJECUTAR OBLIGATORIAMENTESuministro e instalación tamiz automático de finos Suministro e instalación bomba centrífua de deshidratación de fangosSustitución equipo informático que soporta el SCADA y actualización software

Sistema de calidad

Gastos de laboratorio

Seguros e impuestos

Seguridad y salud

Otros (a justificar)

Concepto

Material de oficina

JACA

Concepto

Mantenimiento, reposiciones y conservación de la obra civil e instalaciones

Mantenimiento, reposiciones y conservación de equipos electromecánicos

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CUADRO RESUMEN: COSTES VARIABLES

EDAR

ENERGÍA ELÉCTRICA (Término de energía)

Instalación TarifaConsumo (Kwh/año) Coste (€/Kwh) TOTAL (€/año)

EDAR 3.1A P1EDAR 3.1A P2EDAR 3.1A P3

TOTAL

CONSUMO DE REACTIVOS

Consumo (kgs/año) Coste (€/Kg) TOTAL (€/año)

3.000 18.000

1.750 600

TOTAL

EVACUACIÓN DE RESIDUOS

Residuo Producción (Tm/año)Transporte

(€/Tm)Tratamiento

(€/Tm) TOTAL (€/año)Desbaste y arenas 11,00 Grasas 9,00 Fangos* 1.890,00

TOTAL* En el caso de los fangos, expresar como producto húmedo, tal y como sale de la EDAR.

CUADRO RESUMEN: COEFICIENTES

EDAREMPRESA LICITADORA

COEFICIENTES

Total COSTE FIJO €/añoTotal COSTE VARIABLE €/año

Coeficiente GG y BI %Total antes de IVA €/año

IVA (10%) €/añoTotal COSTE

EXPLOTACIÓN €/año

Coeficiente Fijo F * €/díaCoeficiente Variable

G* €/1.000m3**

* Coeficientes antes de IVA

** Calculado sobre 16.000 m3/mes

COSTE EDAR

Concepto €/año Nº de años TOTALCoste de explotación (excluido IVA) 4 -

10% IVA 4 -

TOTAL/AÑO - €

- €

JACA

COSTE EXPLOTACIÓN EDAR (IVA incluido)

Carbón activoCloruro férrico

Cal

JACA

ReactivoPolielectrolito deshidratación fangos

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ANEXO 7. Modelo oferta de las mejoras de los licitadores.

Don…………………………………………… mayor de edad, vecino de………………………con domicilio en la C/……………………………………………………………..…. n.º………..con D.N.I. nº ……………….., obrando en su propio nombre (o mediante poder bastante ycuya vigencia asegura otorgado a su favor por ..………………………………………………CIF nº……………………………….., en cuya representación comparece), enterado de lospliegos de condiciones que sirven de base a la licitación convocada por el Ayuntamientode Jaca para la adjudicación del contrato de: “SERVICIO DE FUNCIONAMIENTO,MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUASRESIDUALES DE JACA”, se compromete a la ejecución, dentro del coste total ofertado,de las siguientes mejoras entre las descritas en el Anexo 5 del Pliego de PrescripcionesTécnicas Particulares:

SÍ NO MEJORAS OFERTADAS

MEJORA 1. Solución técnica al bombeo de agua bruta.

MEJORA 2. Sustitución de una de las bombas de recirculación de fangos.

MEJORA 3. Sustitución de las bombas de purga de flotantes de la decantación.

En ………………………………………… a………… de……………………………. de 2018.

Lugar, fecha y firma del proponente.