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DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 1 - PLIEGO TIPO DE CONDICIONES PARTICULARES DE APLICACIÓN AL CONTRATO PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO/S, EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE …………..DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD………..TRAMO ……… (Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los Sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales) DESIGNACIÓN DEL CONTRATO TITULO: Contrato para la Redacción de Proyecto/s, ejecución de las obras y mantenimiento de las Instalaciones de…………..de la Línea de Alta Velocidad ………Tramo………. REPRESENTANTE DE ADIF: CLAVE DEL ESTUDIO: COMUNIDAD (ES) AUTÓNOMA (S): PROVINCIA (S):

PLIEGO TIPO DE CONDICIONES ... - adifaltavelocidad.es

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PLIEGO TIPO DE CONDICIONES PARTICULARES DE APLICACIÓN AL CONTRATO PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO/S, EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE …………..DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD………..TRAMO ………

(Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los Sectores del agua, la energía, los

transportes y los servicios postales)

DESIGNACIÓN DEL CONTRATO

TITULO: Contrato para la Redacción de Proyecto/s, ejecución de las obras y mantenimiento de las Instalaciones de…………..de la Línea de Alta Velocidad ………Tramo………. REPRESENTANTE DE ADIF: CLAVE DEL ESTUDIO:

COMUNIDAD (ES) AUTÓNOMA (S):

PROVINCIA (S):

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[CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO A.- OBJETO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene por objeto el desarrollo de una actuación global e integrada de las instalaciones de […]:

En cumplimiento de lo anterior el presente contrato incluye como prestaciones a realizar por el adjudicatario las siguientes:

• La redacción del Proyecto/s relativos a las instalaciones que componen los subsistemas de energía, control de tráfico, telecomunicaciones fijas y telecomunicaciones móviles, relativos a los tramos ….. de la Línea de Alta Velocidad …..

• La Ejecución de las obras descritas en los proyectos antes indicados, así como la ejecución de los siguientes proyectos, cuya redacción ha sido ya realizada por ADIF:

o ...........................................................................................................................................................................

• La realización de las operaciones de mantenimiento de las instalaciones proyectadas y ejecutadas, a partir de su puesta en servicio.

• La (…)

CODIFICACIÓN CPA: CODIFICACIÓN CPV:

B.- PRESUPUESTO ESTIMADO DE LICITACIÓN EN CIFRA

EN LETRA

PRESUPUESTO PARA REDACCIÓN PROYECTOS:

PRESUPUESTO ESTIMADO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

PRESUPUESTO MANTENIMIENTO

C.- ANUALIDADES ESTIMADAS

AÑO IMPORTE

TOTAL

D.- REQUISITOS PARA ADMISIÓN A FASE DE NEGOCIACIÓN

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Una vez presentadas las solicitudes de participación en el procedimiento de acuerdo con lo previsto en este Pliego, ADIF admitirá a la fase de negociación a los cinco (5) licitadores que hayan obtenido mayor puntuación de conformidad con los criterios de solvencia establecidos en el presente Pliego. En la fase previa habrá de presentarse la siguiente documentación: 1. SOBRE Nº 1: a) Solicitud de participación en el procedimiento. b) Documentos acreditativos de la capacidad de obrar: - DNI de la persona física o escritura de constitución de la persona jurídica. - En caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, documentación acreditativa de que constan inscritos, de conformidad con el apartado 1 del Anejo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. - Los empresarios extranjeros no comprendidos en el apartado anterior deben aportar un informe emitido por la misión diplomática permanente o por la oficina consular del Estado Español del lugar del domicilio de la empresa, en el que conste, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritos en el registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades que alcanza el objeto del Contrato. Además, informe de la misión diplomática permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior, que acredite que el Estado del cual son nacionales ha firmado el Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC). - Declaración responsable de no estar sometido a ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, y de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y otras obligaciones exigidas por la normativa vigente. - En el supuesto de que varias empresas presenten una oferta conjunta de licitación, lo deberán hacer en forma de agrupación de empresas, y cada una deberá acreditar su personalidad y capacidad. c) Documentos acreditativos de la representación: - Poder bastante para comparecer y firmar proposiciones en nombre de otro; - Fotocopia legitimada notarialmente del DNI o pasaporte. - Declaración responsable de la vigencia de poderes, debidamente firmada. d) Otros documentos: - Declaración sobre el grupo empresarial. - Sumisión a juzgados y tribunales españoles. - Cumplimiento de la normativa de integración de minusválidos. - Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. - Declaración de compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios materiales y/o personales, cuando así se requiera. - Formulario de datos de la empresa. La documentación a presentar por las empresas inscritas en el Registro Electrónico Voluntario de licitadores de ADIF (RVL) será menos extensa, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Pliego. 2. SOBRE Nº 2: a) Documentación relativa a la solvencia económica y financiera: - Copia autenticada de las cuentas anuales de la persona jurídica. - Recursos propios vinculados al neto patrimonial mínimo del 20% de la anualidad media del contrato, e independencia financiera superior a 0,10. - Suma de venta global, IVA incluido, en los tres (3) últimos años, en trabajos del sector de cada Subsistema, superior en dos veces la anualidad media del contrato. - Modelo 347 del Ministerio de Hacienda de los tres (3) últimos ejercicios. - Formularios justificativos de la solvencia económico financiera que se incluyen en el Anexo nº 9. - Informe de institución financiera inscrita en el Registro de Entidades Financieras del Banco de España que acredite la situación financiera saneada del licitador para obtener la financiación suficiente para hacer frente a inversiones superiores a [80%] del Presupuesto de Ejecución por Contrata máxima de licitación o contar con un seguro por riesgos profesionales por importe superior a [xxxx] euros. - Ratio de endeudamiento, definido como el cociente entre los fondos propios y el pasivo exigible, deberá ser superior a [0,1], a fecha 31 de diciembre de 2009. b) Documentación relativa a la solvencia técnica y profesional: - Declaración responsable y firmada por el representante legal de la empresa de la relación de las obras, mantenimiento e instalaciones realizadas en los últimos cinco años, junto con documentación acreditativa específica. - Declaración responsable y firmada por el representante legal de la empresa de la relación de los medios humanos con experiencia en redacción de proyectos, en obras, mantenimiento e instalaciones análogas, junto con documentación acreditativa específica. - Declaración responsable y firmada por el representante legal de la empresa de la relación de maquinaria, instalaciones y medios auxiliares idóneos con que cuenta para las fases de redacción de proyectos, la obra y el mantenimiento.

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E.- ASPECTOS ESPECÍFICOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN Durante la fase de negociación del procedimiento sólo podrán debatirse los siguientes aspectos del Contrato:

Diseño

a) Optimización del número de instalaciones manteniendo las prescripciones funcionales de disponibilidad y redundancia.

b) Posibles variantes técnicas que, manteniendo o mejorando las prescripciones técnicas y funcionales recogidas en el PCTP, incluida la vida útil del sistema disminuyan los costes de inversión y/o los de mantenimiento durante el periodo contratado.

c) Soluciones efectivas para la coordinación entre las diferentes técnicas durante todo el proceso (redacción del proyecto, obra, pruebas, puesta en servicio y realización del mantenimiento).

d) Empleo de soluciones compatibles medioambientalmente que primen la eficiencia y el ahorro energético. e) Propuestas tecnológicas punteras, abiertas y escalables con un ciclo de vida amplio.

Proyecto

a) Reducción del plazo de redacción de proyecto, de acuerdo con los requisitos recogidos en el apartado relativo al plazo.

b) Desarrollo de parte de la ingeniería de detalle durante la fase de redacción del proyecto constructivo. c) Sistema eficaz para el control, por parte de ADIF durante el desarrollo del proyecto.

Obra, pruebas y puesta en servicio

a) Reducción del plazo, de acuerdo con los requisitos recogidos en el apartado relativo al plazo. b) Optimización del proceso de ejecución de la obra, para asegurar una mejora de la calidad de ejecución, producir

un menor número de interferencias con las actuaciones de otras técnicas. c) Medios propios frente a subcontratación.

Mantenimiento

a) Mejora de los requisitos mínimos, de acuerdo con las prescripciones recogidas en la parte RAMS del PCTP, exigidos en cuanto a la fiabilidad, disponibilidad, mantenimiento y seguridad de los componentes integrantes o asociados a los distintos sistemas, los cuales podrán suponer una mejora en la solución técnica ofertada, los cuales supondrán una mejora en los índices de calidad y disponibilidad.

b) Reducciones en los tiempos de atención y resolución de averías. c) Mejorar el remanente de vida útil del sistema exigido al final del periodo de mantenimiento. d) Garantía de ciclo de vida de elementos y sistema completo. e) Propuesta de mejora del mantenimiento.

Aspectos económicos

a) Ajustes en los criterios de disponibilidad, en especial el valor de los indicadores o umbrales mínimos, y plazos de rectificación

b) Sistema de gestión de calidad y compromiso de informar c) Potencialmente compromiso/garantía de refinanciación, y compartición de riesgo de cierre financiero d) Potencialmente, plazo de contrato: debería hacerse el resultado de la negociación transparente para todos los

partícipes de la fase de negociación e) Coberturas mínimas de los seguros: ídem f) Consecuentemente con los cambios / ajustes en las variables anteriores, el precio g) Clarificaciones y propuestas de modificación no sustancial del clausulado

F.- GARANTÍAS

PROVISIONAL: SI 3% del presupuesto de licitación

NO

DEFINITIVA: Durante la fase de ejecución, la garantía definitiva será de 5% del presupuesto de adjudicación. Durante la fase de mantenimiento, dicha garantía se reducirá al 60% de la anterior.

A disposición del Órgano de Contratación (ADIF)

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F.1.- Constitución de la Garantía Definitiva

CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS.

G.- SUBCONTRATACIÓN Los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar.

En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a ADIF la intención de celebrar los subcontratos y su justificación, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista.

Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del [xx %].

H.- VALOR MÁXIMO DEL IMPORTE A ABONAR POR EL ADJUDICATARIO EN

CONCEPTO DE GASTOS DE PUBLICIDAD DEL ANUNCIO DE LICITACION EN B.O.E.

I.- PLAZO DE VIGENCIA

VEINTIOCHO (28) AÑOS

Plazos Parciales: Redacción Proyecto: (4) meses Ejecución Obras: (32) meses. Plazo máximo de pruebas: […según proyecto] Mantenimiento (25) años Fases del contrato: […según proyecto, si bien en caso de incluir fases por tramos, el plazo para todos los tramos será único y correrá para todos los tramos a partir de la misma fecha]

J.- PLAZO DE GARANTÍA A determinar posibles recepciones parciales dependiendo del proyecto. A la terminación de la totalidad del contrato: recepción final y global y plazo de garantía también global de (…).

K.- GASTOS DE ENSAYO EN CIFRA

EN LETRA

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L.- FORMULA POLINÓMICA DE REVISIÓN DE PRECIOS NO PROCEDE

M.- TRAMITACIÓN ORDINARIA

N.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Los incumplimientos en la ejecución del contrato se clasifican, a los efectos previstos en este Pliego, en leves y graves, sin perjuicio de las demoras que, constitutivas de incumplimientos graves, según el presente Pliego, pueden dar lugar a la resolución del contrato en los términos previstos en el mismo.

a) Los incumplimientos leves, exceptuando los regulados por los indicadores de calidad y disponibilidad del servicio, dará lugar a la imposición de penalidades de [50.000] euros.

b) Los incumplimientos graves, exceptuando los regulados por los indicadores de calidad y disponibilidad del servicio, dará lugar a la imposición de penalidades de [350.000] euros.

c) En el caso de faltas leves o graves por incumplimiento de umbrales mínimos o máximo, según sea el caso, del tiempo de respuesta para la corrección de un incumplimiento de los indicadores recogidos en el PPTP, se establece una penalidad equivalente a la reducción del importe del PPD trimestral de acuerdo con lo indicado en el PPTP. En el caso de que no figure explícitamente el plazo máximo para la corrección de un umbral máximo o mínimo se considerará que el mismo es de [un] mes.

Ñ.- PÓLIZAS DE SEGUROS A SUSCRIBIR POR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario habrá de suscribir :

a) Un contrato de Seguro a todo riesgo de construcción cuya suma asegurada no sea inferior a la inversión ofertada por el licitador.

b) Un contrato de Seguro de Responsabilidad Civil general por riesgos profesionales y en la que el capital asegurado no sea inferior a 3 millones de Euros.

c) Póliza de seguro de accidentes durante la ejecución del presente contrato. Cobertura: Indemnización de 600.000,00 Euros por víctima.

O.- RÉGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO EI contrato derivado del presente Pliego se rige, en cuanto a su preparación y adjudicación por la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales (LCSE) y, en cuanto a sus efectos y extinción, por el Derecho privado español.

P.- NECESIDADES A SATISFACER Y CIRCUNSTANCIAS DEL CONTRATO

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Q.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES

R.- REGISTRO GENERAL DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Las solicitudes de participación en el procedimiento se presentarán en el registro especificado en el anuncio. Por su parte, las ofertas de los licitadores se presentarán en el registro indicado en la invitación para licitar.

S. ADIF PARTICIPA EN EL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD TITULAR DEL CONTRATO ADIF participará en el porcentaje del capital social de la SPE definida en el Pliego con un porcentaje del (10)%.

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CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Cláusula 1.- Antecedentes y definiciones [...Completar por ADIF en función del proyecto/línea de alta velocidad] El contrato regulado en este Pliego Tipo tiene por objeto la realización de las prestaciones definidas en la cláusula 2 de forma coordinada con el resto de actuaciones desarrolladas por ADIF, directamente o a través de otros contratistas, con la finalidad de lograr la puntual puesta en servicio de las instalaciones de la línea de alta velocidad a la que se refiere el contrato, asegurando el mantenimiento de las Instalaciones durante toda la duración del contrato. Esta finalidad común del presente contrato y del conjunto de las actuaciones desarrolladas por ADIF y la necesidad de coordinación entre todas ellas deben presidir la actuación de la sociedad de propósito específico (la "SPE") que tendrá que constituir el adjudicatario en la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato y dan lugar a ciertas obligaciones en los términos del presente Pliego. Cláusula 2.- Objeto Constituyen el objeto del presente Pliego las condiciones particulares que han de regir el contrato para la redacción de proyectos, ejecución de las obras, conservación y mantenimiento en los términos que se describen en el presente pliego, de las instalaciones objeto de contrato (las “Instalaciones”), que figuran en el apartado 1 del cuadro de características. El término Instalaciones comprenderá los cuatro Subsistemas siguientes: a) El Subsistema de energía; b) El Subsistema de control de tráfico; c) El Subsistema de telecomunicaciones fijas; d) El Subsistema de telecomunicaciones móviles. La definición exhaustiva de las prestaciones correspondientes a cada uno de los Subsistemas será la contenida en el Pliego de Prescripciones Técnicas rectoras del contrato. El contrato comprenderá necesariamente, durante todo el término de vigencia del mismo, las obras de construcción precisas, incluyendo las de primer establecimiento, de reforma, de gran reparación, de reparación simple y de mantenimiento de las Instalaciones. El contrato incluye la redacción de los proyectos que resulten necesarios para el desarrollo de las actividades mencionadas en cada uno de los Subsistemas mencionados, así como la ejecución de las obras e instalaciones correspondientes. La SPE deberá redactar, cuando no existan, los proyectos constructivos que resulten necesarios para cubrir todos los trabajos de cada Subsistema, que deberán ser aprobados por ADIF. La SPE proyectará y construirá las obras necesarias y, posteriormente, llevará a cabo las operaciones de mantenimiento de las Instalaciones. Cláusula 3.- Naturaleza del contrato y legislación aplicable 3.1. Naturaleza del contrato El presente contrato tiene naturaleza privada.

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3.2. Régimen jurídico del contrato El contrato está sujeto, en todo lo relativo a su preparación y adjudicación, a la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales ("LCSE"), y en todo lo relativo a sus efectos, cumplimiento y extinción, a Derecho privado español. Adicionalmente, el presente contrato se cumplirá de acuerdo con los preceptos de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario ("LSF"), y su normativa de desarrollo, o aquéllas que las sustituyan. Asimismo, el contrato estará sujeto a las disposiciones y normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los Pliegos, de los documentos anejos que forman parte del mismo, en los términos que se señalan en este Pliego, o de las instrucciones o normas de toda índole promulgadas por la Administración Territorial o Institucional con competencia sobre las Instalaciones objeto de contrato, que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá de la obligación de su cumplimiento. Cláusula 4.- Entidad contratante El presente contrato será licitado y adjudicado por la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ("ADIF"). Cláusula 5.- Plazos del contrato 5.1. Plazo del contrato El plazo de duración del contrato será el indicado en el apartado [G] del cuadro de características del contrato. 5.2. Plazos específicos 5.2.1. Programa de trabajos La SPE presentará un programa detallado de trabajo que desarrolle el presentado por el mismo en la proposición aceptada por ADIF. El Programa de Trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales y, por tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados, que en ningún caso podrán superar los máximos considerados en el presente Pliego. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, la SPE queda obligada a la actualización y puesta al día del Programa de Trabajos, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba de los ADIF. 5.2.2. Plazo de redacción de Proyectos El plazo máximo para la redacción del Proyecto/s de Obra o Instalación y del Proyecto/s Constructivo/s será el resultante de la oferta adjudicataria, sin que en ningún caso pueda exceder del máximo indicado en el cuadro de características del contrato.

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Los retrasos en la elaboración de los Proyectos, planos y diseños respecto de los plazos señalados o en la corrección de las incidencias de los mismos requeridas por el Director del Proyecto en los plazos indicados por el mismo darán lugar a la imposición de penalidades previstas en este Pliego y, en su caso, a la resolución del contrato. Se entiende como plazo de redacción del proyecto constructivo el tiempo requerido desde que la formalización del contrato hasta que se dispone de la versión definitiva, para supervisión y aprobación, por parte de ADIF. Por tanto, dentro de este plazo está comprendida la revisión del proyecto constructivo por parte del Director del Proyecto, la supervisión por parte del Colegio Profesional correspondiente, hasta la emisión del informe final y las tramitaciones que correspondan por parte del Gabinete de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad de ADIF hasta la obtención del informe favorable de Seguridad y Salud y el informe favorable de Adecuación Ambiental. A efectos de cómputo del plazo global el plazo requerido, a partir del envío de la primera versión del proyecto constructivo, por parte del Gabinete de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad de ADIF para la emisión de los primeros informes de Seguridad y Salud y de Medio Ambiente nunca será superior a 15 días naturales. Para los siguientes informes, en su caso, nunca será superior a los 7 días naturales. Adicionalmente durante la redacción del proyecto constructivo el Director del Proyecto realizará las correspondientes verificaciones de cumplimiento de las prescripciones y condiciones establecidas en la documentación técnica que rige la contratación, según el calendario de hitos recogidos en el Anexo nº 1. Dentro del plazo está incluida la obtención del Certificado de adecuación de la fase de diseño de la componente correspondiente, en su caso, emitido por un Organismo Notificado, de acuerdo a la ETI vigente de cada subsistema. El plazo máximo para la supervisión y aprobación del proyecto constructivo correspondiente por parte de ADIF, una vez se disponga del informe final de supervisión del Colegio Profesional, del informe favorable de Seguridad y Salud y del informe de adecuación ambiental, será de 30 días naturales. 5.2.3. Expropiaciones La SPE podrá recabar de ADIF, desde la formalización del contrato, la tramitación de los procedimientos de expropiación forzosa, imposición de servidumbres y desahucio administrativo que resulten necesarios para la construcción, modificación y mantenimiento de las Instalaciones objeto del contrato. ADIF facilitará a SPE la disponibilidad de los terrenos precisos para la ejecución del contrato. 5.2.4. Firma del acta de comprobación del replanteo El adjudicatario, en el caso de haber redactado el proyecto constructivo, dispondrá de un periodo máximo de un (1) mes para la firma del acta de comprobación de replanteo e inicio de las obras a contar desde la fecha de aprobación del correspondiente proyecto constructivo En el caso de que la ejecución de las obras se produzca por terceros, la firma de las actas de comprobación del replanteo de las obras correspondiente se producirá en el plazo de 1 semana desde la adjudicación de las obras al tercero, con sujeción al Programa de Trabajos. No tendrán la consideración de terceros las entidades vinculadas a SPE conforme a lo previsto en este Pliego.

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5.2.5. Plazo de Ejecución de las Obras En la ejecución de las obras resultará de aplicación lo siguiente: a) El plazo de ejecución de las obras será el resultante de la oferta adjudicataria, sin que en

ningún caso pueda exceder del máximo indicado en el cuadro de características del contrato.

b) Los plazos parciales establecidos para la ejecución de las obras definidas en los

correspondientes proyectos constructivos recogidos en el cuadro de características del contrato serán los resultantes de la oferta que resulte adjudicataria, sin que en ningún caso pueda exceder del máximo indicado en el cuadro de características del contrato a contar desde la firma del Acta de Comprobación de Replanteo e inicio de las obras.

En todo caso, estos plazos estarán sujetos a las fases en que, en su caso, se divida la ejecución del contrato conforme a lo previsto en el cuadro de características del contrato. 5.2.6. Plazo para la realización de las Pruebas El plazo de realización de pruebas es el resultante de la oferta adjudicataria, sin que en ningún caso pueda exceder del máximo indicado en el cuadro de características del contrato a contar desde la finalización de la construcción. 5.2.7. Plazo de mantenimiento El plazo de conservación y mantenimiento de las Instalaciones será de veinticinco (25) años, a contar desde la fecha prevista en la oferta adjudicataria para la obtención de la Autorización de Puesta en Servicio de las Instalaciones. Los retrasos en la obtención de dicha autorización tendrán los efectos previstos en este Pliego. 5.2.8. Incumplimiento de plazos Los retrasos en la elaboración y aprobación de los correspondientes proyectos, la terminación de la obra y puesta a disposición no imputables a ADIF no modificarán el plazo del contrato, independientemente de las penalidades a las que pudieran dar lugar, y sin perjuicio de las eventuales prórrogas que pudieran existir, de conformidad con lo previsto en este Pliego. Cláusula 6.- Principios fundamentales Los principios fundamentales que caracterizan al presente contrato son los que a continuación se exponen: 6.1. Transferencia de Riesgos La totalidad del contrato se desarrolla a riesgo y ventura de SPE. En consecuencia, SPE asume el riesgo y las responsabilidades de cualesquiera actividades necesarias para la realización de los proyectos, la ejecución de los mismos y el mantenimiento de las Instalaciones en las

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condiciones de operatividad adecuadas previstas en este Pliego y en el resto de la documentación contractual, y con los parámetros de calidad de servicio que se definen. Entre otros y sin perjuicio de cualesquiera otros que resulten de la ejecución del contrato, SPE asume el riesgo de proyecto, de ejecución de los mismos, de las modificaciones de proyecto que no sean consecuencia de decisiones de ADIF, geológico y del subsuelo, en su caso, de coste de la mano de obra, de coste de los materiales, de reposición, de financiación de la evolución de los mercados financieros, incluida la evolución de los tipos de interés, de disponibilidad de las Instalaciones objeto del contrato y del progreso de la ciencia, en los términos del presente Pliego. 6.2. Correcciones a la baja por las condiciones de calidad y disponibilidad de las Instalaciones. Los indicadores de calidad y disponibilidad de las Instalaciones son los parámetros definidos y fijados de modo objetivo en el presente Pliego, para que los distintos elementos de las Instalaciones puedan satisfacer las condiciones óptimas de operatividad, fiabilidad, disponibilidad, seguridad y servicio durante la vigencia del contrato. En consecuencia se exigirá el cumplimiento de los valores fijados como óptimos para los indicadores en la totalidad de las instalaciones objeto de contrato. Los indicadores a satisfacer en las instalaciones objeto de contrato se establecen en el Anexo nº 2. Para asegurar la calidad durante la ejecución del contrato, se tomarán en consideración, a la hora de fijar la retribución de SPE conforme al presente Pliego, los valores de los indicadores de calidad y disponibilidad de las instalaciones establecidos en el Anexo nº 2, aplicando correcciones a la baja cuando esta se encuentre por debajo de los niveles óptimos de acuerdo a lo recogido en dicho Anexo. El incumplimiento de los umbrales mínimos de estos indicadores desde su puesta en servicio dará lugar a penalidades en los términos recogidos en este Pliego, o, en su caso, a la resolución del contrato. Los indicadores de todos los Subsistemas entrarán en vigor en el momento de la Autorización de la Puesta en Servicio o de la terminación de las obras en función de la naturaleza del indicador en cuestión, en los términos fijados en el Anexo nº 2. No obstante, a los efectos de la determinación del PPD abonable, se establece un periodo de carencia de la aplicación de estos indicadores de seis (6) meses desde la Autorización de Puesta en Servicio. Cláusula 7.- Régimen Económico-Financiero del Contrato Con carácter general y con sujeción a los concretos términos de la documentación contractual, el sistema básico de remuneración del presente contrato es el siguiente. Dentro del importe total del contrato se distingue entre el importe correspondiente a las actuaciones de diseño y construcción de las obras e instalaciones (volumen de inversión total previsto) y el importe correspondiente a las labores de mantenimiento. 1. Las obras e instalaciones proyectadas y ejecutadas se abonarán por ADIF durante el

período de construcción en un 40%, con sujeción a lo dispuesto en este Pliego y de conformidad con el siguiente sistema: a. Un 90% mediante certificaciones mensuales.

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b. Un 5% al otorgamiento de la Autorización de puesta en servicio de las Instalaciones otorgada por el Ministerio de Fomento, con acta de comprobación positiva por ADIF y valoración final de las obras e instalaciones ejecutadas

c. El 5% restante a la obtención de los certificados de interoperabilidad del último de los Subsistemas.

2. Una vez puestas en servicio las Instalaciones, la SPE prestará el servicio de disponibilidad

de la misma y percibirá un pago por disponibilidad conforme a lo ofertado, sujeto a ajustes o deducciones según los criterios de disponibilidad definidos en este Pliego.

Cláusula 8.- Valor estimado del contrato y presupuesto estimado de licitación

8.1. Presupuesto estimado de licitación en fase de construcción de las obras objeto del contrato. El “Presupuesto total estimado de la licitación de las obras” a realizar en la fase de construcción del contrato, pruebas incluidas (en adelante, “Presupuesto total estimado”) asciende a [XXXX] euros (IVA incluido y expresado en términos corrientes) se desglosa en los siguientes conceptos:

Tabla I: Presupuesto total estimado de la licitación- PTE

(A) Presupuesto de Ejecución Material – PEM (euros constantes) [XXXX]

(B) Gastos Generales y Beneficio Industrial (euros constantes) [XXXX]

(C=A+B) Presupuesto de Ejecución por Contrata Máximo de Oferta, IVA excluido – PECmaxOF (euros constantes) [XXXX]

(D) Efecto de considerar la inflación en el presupuesto de ejecución por contrata máximo de oferta – PECmaxOF [XXXX]

(E=C+D) Coste Total de Ejecución de Obra Máximo de Oferta (CTEOmaxOF), euros corrientes. [XXXX]

(F) Gastos financieros intercalarios de las líneas de financiación ajena [XXXX]

(G) Otros Costes Asociados a la Inversión, euros corrientes (*) [XXXX]

(H) Otros gastos activados a distribuir en varios ejercicios, euros corrientes (**) [XXXX]

(I=E+F+G+H) Inversión Inicial Total Ofertada – IITOF (euros corrientes, IVA no incluido) [XXXX]

(J) IVA (Inversión Inicial Total Estimada) [XXXX] (K=I+J) Presupuesto Total Estimado de la Licitación – PTEL [XXXX] (*) Esta partida incluye el coste derivado de la redacción de los Proyectos constructivos, , coste de la Oficina Técnica de Seguimiento durante la fase de construcción, Dirección de Obra de la SPE y Asistencias Técnicas de Control y Seguimiento de la Calidad de la Obra a cargo de la SPE, y todas las pruebas de que se requieran hasta la Autorización de Puesta en servicio, etc. (**) Esta partida incluye: a) impuestos a pagar por la sociedad durante la fase de construcción, b) dotación inicial a la cuenta de reserva del servicio de la deuda y c) coste financiero de la garantía definitiva y d) Otros (Seguros, Gastos de Constitución y Primer Establecimiento, Asesores y Due Diligence, etc.)

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El valor estimado del contrato (IVA excluido), que se corresponde con el Coste Total de Ejecución de Obra Máximo de Oferta (CTEOmaxOF), asciende a [XXXX] euros (expresados en términos corrientes). El presupuesto de ejecución material de la obra (en adelante, “PEM”) es el presupuesto recogido en los Proyectos con las especificaciones técnicas que integran el expediente de contratación, aprobados por ADIF de manera previa a la licitación. El PEM se considera expresado en euros constantes de 20XX ([XXXX] euros). El presupuesto de ejecución por contrata máximo de la oferta considerado (en adelante, “PECmaxOF”) es el presupuesto de ejecución por contrata, IVA no incluido, que los licitadores deberán considerar, como máximo, en su oferta; y se considera expresado en euros constantes de 20XX (asciende a [XXXX] euros).

El coste total de ejecución de obra máximo de oferta (en adelante CTEOmaxOF) es el presupuesto de ejecución por contrata, IVA no incluido, que los licitadores deberán considerar, como máximo, en su oferta; y se considera expresado en términos corrientes (asciende a [XXXX] euros). El CTEOmaxOF se calcula sobre la base del PECmaxOF incrementado por la actualización media anual de precios durante la fase de construcción, estimada en un [2,5%] anual sobre el PECmaxOF (D). La actualización media anual de precios durante la fase de construcción indicada ha sido estimada exclusivamente para determinar el coste máximo de ejecución de la obra. Por lo tanto, en ningún caso deberá entenderse que existe algún tipo de revisión de precios de las obras.

La Inversión Inicial Total Ofertada (en adelante, “IITOOF”) es el presupuesto total de inversión, IVA no incluido y expresado en términos corrientes, calculado sobre la base del CTEOmaxOF incrementado por:

o gastos financieros intercalarios de las líneas de financiación ajena (F).

o otros costes asociados a la inversión (G).

o otros gastos activados a distribuir en varios ejercicios (H).

Los licitadores ofertarán a su riesgo y ventura los siguientes conceptos asociados a la inversión inicial:

o el Presupuesto de Ejecución por Contrata Ofertado (“PECOF”).

o el Coste Total de Ejecución de Obra Ofertado (“CTEOOF”).

o Inversión Inicial Total Ofertada (“IITOF”).

Respecto al PECOF y el CTEOOF, se indica expresamente que no serán admitidas las ofertas económicas que contengan:

o un PECOF superior al PECmaxOF.

o un CTEOOF superior al CTEOmaxOF.

b. Presupuesto estimado de licitación en fase de servicio de disponibilidad.

El Valor Actual de los Costes de Conservación de las Instalaciones (VACCI) incluye la suma agregada de los costes de conservación de la misma, sin considerar inversiones de reposición, con la desagregación prevista para los mismos en la cláusula XXXX del presente pliego durante todo el periodo de mantenimiento del proyecto, exceptuando IVA y otros impuestos que la SPE deba pagar, y se estima en XXXX euros constantes de 2010.

El Valor Actual de las Inversiones de Reposición de las Instalaciones (VAIRI) incluye la suma agregada de las inversiones de reposición, con la desagregación prevista para las mismos en la cláusula XXXX del presente pliego durante todo el periodo de mantenimiento del proyecto, exceptuando IVA y otros impuestos que la SPE deba pagar, y ascenderá como mínimo a XXXX

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euros constantes de 2010, de acuerdo con los importes mínimos establecidos en el Anexo nº 4 del presente pliego.

Tanto el Valor Actual de las Inversiones de Reposición de las Instalaciones (VAIRI) como el Valor Actual de los Costes de Conservación de las Instalaciones (VACCI), ambos expresados en euros constantes de 2010, serán ofertados por los licitadores a su riesgo y ventura tal como se establece en el presente Pliego.

CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Cláusula 9.- Procedimiento y forma de adjudicación. El presente contrato se adjudicará por procedimiento negociado con publicidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la LCSE, utilizándose los criterios de selección y de adjudicación que se relacionan en las cláusulas del presente pliego. El procedimiento negociado se articula en las siguientes fases: a) Fase previa (Solicitudes de participación y selección de candidatos a presentar oferta)

- Anuncio de la licitación a participar en el procedimiento. - Presentación de solicitudes de participación. - Evaluación de candidatos. - Selección de candidatos a invitar para participar en la negociación. - Notificación del resultado de la selección de candidatos. - Invitación al procedimiento de negociación.

b) Fase de negociación

- Presentación de ofertas por los candidatos seleccionados. - Desarrollo de la negociación con cada licitador. - Definición de variantes y posibles soluciones sobre los puntos objeto de

negociación. - Anuncio del cierre de la negociación. - Presentación de un documento de conclusiones.

c) Fase final (presentación y examen de las ofertas presentadas por los candidatos) - Invitación a presentar una oferta final. - Evaluación de ofertas finales. - Adjudicación del contrato.

Cláusula 10.- Documentación disponible e información a los interesados La documentación disponible para los licitadores será puesta a disposición de los mismos en el perfil del contratante de ADIF, siendo por cuenta de los licitadores los gastos de adquisición, reproducción y copia de la documentación. En la fase inicial del procedimiento negociado de selección de candidatos y presentación de solicitudes de participación, se pondrá a disposición de los mismos el presente Pliego tipo y todos sus Anexos. En la fase de negociación con los licitadores que hubieran sido seleccionados, se pondrá a disposición de los mismos toda la documentación complementaria del Pliego, incluida la totalidad de la documentación técnica que integra el expediente.

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Cláusula 11.- Documentación Contractual Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos, no realizándose dicha relación de forma jerarquizada: - EI documento de formalización. - EI Pliego de Condiciones Particulares. - EI Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. - Los pliegos técnicos o proyecto funcionales, en su caso. [- Los cuadros de precios. - EI Programa de trabajos aceptado por ADIF. - El Plan de mantenimiento aceptado por ADIF. - Los Estatutos fundacionales de la SPE y cualesquiera pactos extraestatutarios aprobados

por ADIF. - Los Pliegos de condiciones generales aprobados por ADIF para los contratos de obras y

servicios, en todo aquello que no resulte modificado por el presente Pliego. Cláusula 12.- Garantía Provisional Deberá constituirse una garantía provisional por cada uno de los licitadores o agrupación de licitadores que hayan sido seleccionados para presentar oferta. A estos efectos podrá optar entre: - Constitución mediante aval bancario o de Cajas de Ahorro españolas, o extranjeras con

representante en España, o de Sociedades de Garantía Recíproca, o contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, en los modelos normalizados de ADIF, cuyo justificante deberá incluir en su solicitud de participación.

- Constitución en efectivo, o mediante valores, aval o seguro de caución de las características fijadas en el Reglamento de la Caja General de Depósitos (aprobado por Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero), según modelos establecidos en los Anexos E, F y G del citado reglamento, debiendo incluir en su solicitud de participación el resguardo acreditativo de su depósito en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones Provinciales de Hacienda

El importe de esta garantía provisional será el indicado en el cuadro de características del contrato. Esta garantía permanecerá vigente hasta que se comunique al licitador o agrupación de licitadores por ADIF el resultado de la adjudicación, salvo por lo que se refiere a la garantía provisional constituida por el licitador o grupo de licitadores que hubieran resultado adjudicatario/s, la cual quedará vigente y a disposición de ADIF hasta que la SPE esté válidamente constituida, la garantía definitiva esté debidamente constituida y a disposición de ADIF y el documento contractual se haya formalizado. Esta garantía provisional responde en el caso de los licitadores que no hubieran resultado adjudicatarios, de la efectiva y activa participación del licitador en el procedimiento de negociación, de la formulación de oferta en el mismo y, en su caso, del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato. En el caso del licitador que haya resultado adjudicatario, responde también de la constitución de la SPE y la formalización del documento contractual.

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Cláusula 13 Aclaración de dudas Con carácter previo a la presentación de su solicitud de participación, los interesados podrán dirigir sus consultas en relación con el presente procedimiento de licitación por correo electrónico a la siguiente dirección […], donde se indicarán, como mínimo, los siguientes datos: i. Número de expediente ii. Nombre del licitador iii. Nombre de la persona que efectúa la consulta iv. Datos de contacto v. Teléfono vi. Fax vii. Correo electrónico viii. Texto de la consulta Las respuestas a aquellas cuestiones que consideren relevantes serán de carácter aclaratorio y no vinculante, y se comunicarán públicamente en el perfil del contratante de ADIF. Cláusula 14- Fases del procedimiento 14.1. Fase previa ADIF publicará un anuncio de licitación donde dará a conocer las características del contrato. Los candidatos interesados presentarán sus solicitudes de participación, de acuerdo con las instrucciones dadas en el presente Pliego en el plazo fijado en el anuncio de licitación. En concreto, ADIF evaluará la documentación recibida de los diferentes solicitantes e invitará a presentar oferta y participar en la etapa de negociación a un máximo de cinco candidatos que hayan obtenido la mejor puntuación, de conformidad con los criterios de solvencia establecidos en el presente Pliego. 14.2. Fase de negociación Esta segunda fase tiene por objeto la presentación de ofertas iniciales y la negociación con los candidatos sobre la base de tales ofertas para la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa para satisfacer las necesidades de ADIF de entre los puntos señalados en el Pliego como objeto de negociación. En este sentido, la negociación se realizará entre ADIF y cada uno de los candidatos que hayan sido invitados a tomar parte en la licitación. Durante el transcurso de esta negociación podrán debatirse sólo los aspectos del Contrato especificados en el Pliego como objeto de negociación Sólo se informará de las propuestas efectuadas por el resto de candidatos en el caso de que alguna de tales propuestas resulte en una modificación sustancial de las ofertas y sus características que deba afectar o tenerse en cuenta por todas las soluciones y variantes ofertadas, a juicio de ADIF. En todo caso, dicha comunicación se efectuará a todos los licitadores con estricto respecto al principio de igualdad de trato y previa comunicación al licitador que hubiera propuesto dicha solución o variante. Además, dicha comunicación sólo podrá realizarse en términos de "resultado" para el buen fin del contrato, y no en términos de "medios" técnicos o económicos propuestos, y respetará en todo caso los derechos de propiedad intelectual e industrial de los licitadores. La solicitud de participación en el presente procedimiento negociado supone la aceptación plena, incondicionada y sin reserva alguna por los licitadores de estos extremos, así como de la totalidad del Pliego.

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La negociación con los candidatos se articulará en fases sucesivas donde ADIF podrá continuar la negociación hasta que se encuentre en condiciones de solicitar la última oferta a los candidatos. La negociación con los candidatos se iniciará a partir de la información facilitada a los mismos por ADIF y sobre la base de la oferta inicial presentada por los mismos. ADIF podrá solicitar a los candidatos la defensa presencial de las propuestas de variante o solución durante el proceso de negociación. El plazo de validez de las ofertas será de cinco (5) meses a partir de la última oferta presentada. Una vez que ADIF declare cerrada la negociación lo comunicará a todos los participantes en el procedimiento negociado. 14.3. Fase final Una vez finalizadas las fases anteriores, ADIF invitará a los candidatos a presentar su oferta final, basada en la variante o variantes y la solución o soluciones presentadas y especificada durante la fase de negociación, indicando la fecha límite y la dirección a la que debe enviarse. Los candidatos presentarán sus ofertas, que deberán incluir todos los elementos necesarios para la realización del proyecto. ADIF podrá solicitar aclaraciones, precisiones, ajustes o información complementaria sobre las ofertas presentadas. Las ofertas se evaluarán de conformidad con los criterios que se trasladan con este documento. Cláusula 15. Solicitud de participación en el procedimiento negociado 15.1 Condiciones generales Podrán solicitar la admisión al procedimiento negociado y optar a la adjudicación del Contrato las personas naturales o jurídicas, sean nacionales del Estado español o del extranjero, a título individual o en forma de agrupación de empresas, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren sometidas a las prohibiciones e incompatibilidades para contratar establecidas en este Pliego, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de manera que se permitan valorar los criterios de selección para la participación en la negociación que se exponen en este Pliego. Los candidatos que deseen participar en la licitación del presente Contrato deberán presentar la correspondiente solicitud de participación redactada de conformidad con el modelo que figura en el Anexo nº 5 del presente documento en dos sobres cerrados, con indicación de la licitación a la que concurren, firmada por el licitador o por el representante de la empresa, con la indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, y con la documentación que se especifica a continuación. Dentro de cada sobre se incluirá, en una hoja independiente, un índice de la documentación aportada enunciada numéricamente. Toda la documentación, bien original o copia debidamente compulsada, deberá presentarse en castellano.

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La solicitud de participación se deberá presentar ante ADIF, en el lugar que se señale en el anuncio de licitación, y dentro de la fecha y hora indicadas asimismo en dicho anuncio. La presentación de solicitudes de participación presume la aceptación incondicionada por el candidato de las condiciones que regirán el procedimiento negociado y las cláusulas y condiciones de ejecución del Contrato contenidas en este Pliego, así como la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. También se podrán presentar las solicitudes de participación por correo, siempre dentro del plazo establecido. En tal caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o por correo electrónico en el mismo día, y siempre antes de la última hora y día determinados como período de licitación. En todo caso, si transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación no ha llegado el envío por correo al órgano de contratación, éste no será admitido en ningún caso. Las solicitudes de participación presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto. Las solicitudes de participación serán secretas. Cada licitador no podrá presentar más de una solicitud de participación. No obstante, habida cuenta el limitado mercado en el subsistema de telecomunicaciones móviles, y de las restricciones a la competencia que lo contrario supondría, con el consiguiente perjuicio para la contratación, los licitadores o subcontratistas que realicen directamente las prestaciones de obra y/o mantenimiento de este subsistema podrán figurar en más de una agrupación de empresas y no podrán concertar su participación en exclusiva en ningún consorcio o agrupación de empresas, adicionalmente a cuanto se indica en este Pliego. Además:

- no se exigirá solvencia técnica en relación con este subsistema en la fase de selección de candidatos;

- no será necesario que los licitadores o subcontratistas que realicen directamente las prestaciones de obra y/o mantenimiento de este subsistema estén presentes en la fase de selección, sino que podrán incorporarse a todas o a cualquiera de las agrupaciones seleccionadas en calidad de licitadores o de subcontratistas en la fase de negociación.

En cualquier caso, todos los candidatos se obligarán a realizar, por sí o por terceros, las labores de ejecución de las prestaciones relativas a este subsistema, asumiendo la obligación de contar con los medios suficientes en este sentido. Los licitadores deberán acreditar como condición previa para ser admitidos en el mismo su capacidad de obrar, y solvencia económica y financiera y técnica por los medios previstos en este Pliego. A dicho efecto, la solicitud de participación deberá consistir en los dos sobres que se indican a continuación, cada uno de ellos con sujeción a los requisitos generales expuestos y con el contenido que se indica seguidamente. 15.2 Sobre nº1: Documentación Administrativa

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15.2.1. Identificación exterior En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el mismo, se consignará lo siguiente:

SOBRE Nº 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Título del Proyecto: REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NUMERO DE EXPEDIENTE. LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)___________________________________ Fecha y Firma:

15.2.2. Solicitud de participación El sobre nº 1 deberá incluir la solicitud de participación redactada de conformidad con el modelo que figura en el Anexo nº 5, firmada por el representante del licitador o representante único de la agrupación. 15.2.2. Documentos acreditativos de la capacidad de obrar Los candidatos deberán acreditar su capacidad de obrar mediante la presentación de los siguientes documentos: a) Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición en

nombre propio o como apoderado. b) La capacidad de obrar de las Empresas que sean personas jurídicas se acreditará

mediante la escritura de constitución y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible de conformidad con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritas, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.

c) Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados

signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deben aportar la documentación que acredite que constan inscritos, de conformidad con el apartado 1 del Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

d) Los empresarios extranjeros no comprendidos en el apartado anterior deben aportar un

informe emitido por la misión diplomática permanente o por la oficina consular del Estado Español del lugar del domicilio de la empresa, en el que conste, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritos en el registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades que alcanza el objeto del Contrato. También deben aportar un informe de la misión diplomática permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior, que acredite que el Estado del cual son

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nacionales ha firmado el Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

e) Declaración responsable de no estar sometido a ninguna de las prohibiciones para

contratar con la Administración que se indican a continuación, y de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y otras obligaciones exigidas por la normativa vigente, según el modelo que se adjunta como Anexo nº 6. Incurren en prohibición de contratar a estos efectos, las personas o entidades que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

i. Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.

ii. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

iii. Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina de mercado, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación

iv. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.

v. Haber incurrido en falsedad al efectuar declaración responsable o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar cualquier variación en las circunstancias que hubiesen sido tenidas en cuenta para conceder su clasificación que pueda dar lugar a una revisión de la misma y en las comunicaciones de datos de contratos que estuviera obligado a practicar al Registro de Contratos del Sector Público.

vi. Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de

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intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma. Esta prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas. La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal.

vii. Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el Boletín Oficial del Estado el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.

Además de las anteriores, son circunstancias que impedirán a los empresarios contratar con ADIF las siguientes:

i. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una Administración Pública.

ii. Haber infringido una prohibición para contratar con cualquier Administración pública. iii. Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción

administrativa, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

iv. Haber retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación definitiva del contrato a su favor por no cumplir sus obligaciones para ello dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.

v. Haber incumplido las condiciones especiales de ejecución del contrato establecidas, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave de conformidad con las disposiciones de desarrollo de esta Ley, y concurra dolo, culpa o negligencia en el empresario.

Estas prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.

f) En el supuesto de que varias empresas presenten una oferta conjunta de licitación, lo

deberán hacer en forma de agrupación de empresas, y cada una deberá acreditar su personalidad y capacidad. Además, debe indicarse en un documento privado el nombre de las empresas que la forman, el porcentaje de la participación de cada una de ellas en la entidad, las funciones que desempeñará y la persona o ente designado como interlocutor durante el proceso de licitación. Asimismo, debe constar el compromiso de constituirse formalmente en accionistas de la sociedad, conforme al

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modelo que se adjunta como Anexo nº 7, en caso de resultar adjudicatarios. El documento en que se formalice este compromiso debe estar firmado por el representante de cada una de las empresas que conformen la unión temporal de empresas. Finalmente, se entregará una memoria en la que se indicarán los medios concretos que cada una de las empresas dispone según las necesidades previstas en el presente Pliego y las razones económicas, empresariales o de especialización técnica o tecnológica que justifiquen la agrupación de empresas. Todo eso debe ser firmado por los representantes de las diversas empresas.

15.2.3. Documentos acreditativos de la representación Respecto a los documentos acreditativos de la representación se deberá incluir la siguiente documentación: a) En el supuesto de que se comparezca o se firmen proposiciones en nombre de otro, se

presentará poder bastante al efecto; y b) Fotocopia legitimada notarialmente del Documento nacional de identidad o pasaporte. c) Declaración responsable de la vigencia de poderes, debidamente firmada. Respecto a la forma del poder debe presentarse en escritura pública, mediante copia auténtica acreditando su inscripción en el Registro Mercantil en caso de tratarse de poderes generales. No se admitirán testimonios de copias de escrituras de apoderamiento. Cuando dos o más empresarios presenten una propuesta conjuntamente, cada uno de ellos deberá acreditar la representación en la forma descrita anteriormente. 15.2.4. Otros documentos y declaraciones responsables Además todo licitador deberá presentar: a) Grupo empresarial. Las empresas deben aportar una declaración sobre el grupo

empresarial al que pertenecen, con indicación de las empresas que lo componen y la denominación del grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable.

b) Sumisión a los juzgados y tribunales españoles. Las empresas extranjeras deben aportar

una declaración de sumisión a los juzgados y tribunales españoles para todas las incidencias que puedan surgir del contrato, con renuncia expresa a su propio fuero.

c) Cumplimiento de la normativa de integración de minusválidos. En su caso, se debe

aportar la declaración responsable de que la plantilla de la empresa está integrada por un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, o que se ha adoptado alguna de las medidas alternativas previstas en el artículo 2 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

d) Plan de igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres. En su caso,

declaración responsable que acredite que el empresario dispone de un plan de igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres.

e) Declaración de compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios

materiales y/o personales, cuando así se requiera.

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15.2.5 Empresas inscritas en el Registro Voluntario de licitadores de ADIF. Las empresas inscritas en el Registro Electrónico Voluntario de licitadores de ADIF (RVL) sólo están obligadas a incorporar en el sobre la siguiente documentación: a) Solicitud de participación en el procedimiento. b) Declaración responsable de la vigencia de los datos que constan en el RVL,

debidamente firmada. c) Plan de igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres. En su caso,

declaración responsable que acredite que el empresario dispone de un plan de igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres.

d) Cumplimiento de la normativa de integración de minusválidos.

En su caso, debe aportarse la declaración responsable de que la plantilla de la empresa está integrada por un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, o que se ha adoptado alguna de las medidas alternativas previstas en el artículo 2 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

e) Declaración de compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios materiales y/o personales, cuando así se requiera.

15.3. Sobre nº 2: Documentación relativa a los criterios objetivos para la selección de

candidatos 15.3.1. Identificación exterior. En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el mismo, se consignará lo siguiente:

SOBRE Nº 2 DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS OBJETIVOS A TENER EN CUENTA PARA

CURSAR LAS INVITACIONES Título del Proyecto: REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NUMERO DE EXPEDIENTE. LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)___________________________________ Fecha y Firma:

15.3.2. Documentación relativa a la solvencia económica y financiera La solvencia económica y financiera deberá ser acreditada mediante todos los medios siguientes: a) Tratándose de sociedades, copia autenticada de las cuentas anuales (o extracto de las

mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquéllas se encuentren establecidas) del último año presentadas en el

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correspondiente registro mercantil e informe de auditoría de las cuentas anuales en el caso de que sea preceptivo.

b) Los recursos propios vinculados al neto patrimonial deberán ser como mínimo el 20 por

ciento de la anualidad media del contrato de acuerdo con la tabla recogida en el punto [4.e.] del cuadro de características y la independencia financiera debe ser superior a 0,10; según Anexo nº 8. En las agrupaciones de empresas, se contabilizarán los recursos propios como la suma de éstos vinculados al neto patrimonial de cada una de las empresas componentes. A tal efecto se acompañará a las cuentas declaración responsable en la que se haga constar el cumplimiento de los mínimos mencionados en este párrafo.

c) Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa, según formulario

[EF-1] del Anexo nº 9, en la que se relacionen las compras y ventas globales en los últimos tres años con expresión del importe, IVA incluido. La suma de venta global, IVA incluido, en los tres últimos años, en trabajos del sector de cada Subsistema, deberá ser superior en dos veces la anualidad media del contrato de acuerdo con la tabla recogida en el punto [4.e.] del cuadro de características para el correspondiente Subsistema. En las agrupaciones de empresas, se contabilizarán la suma de las ventas globales como suma de éstas de cada una de las empresas componentes.

d) Presentación del modelo normalizado 347 del Ministerio de Hacienda de los tres últimos

ejercicios. e) Los licitadores cumplimentarán también los formularios EF-2 y EF-3, cuyos modelos se

incluyen en los Anexo nº 9 de este Pliego, a efectos de demostrar, junto con el anteriormente citado formulario EF-1, su solvencia económico financiera para la realización de este contrato.

f) Informe de alguna institución financiera debidamente inscrita en el Registro de Entidades

Financieras del Banco de España en el cual se ponga de manifiesto que el licitador o conjunto de licitadores gozan de una situación financiera suficientemente saneada para obtener, de acuerdo con las prácticas usuales en los mercados financieros, la financiación suficiente para hacer frente a inversiones superiores a [80%] del Presupuesto de Ejecución por Contrata máximo de licitación o de contar con un seguro por riesgos profesionales por un importe superior a ……. €.

g) El ratio de endeudamiento, definido como el cociente entre los fondos propios y el

pasivo exigible, deberá ser superior a [0,1], a fecha 31 de diciembre de 2009. [Tendrá preferencia en la selección de candidatos, siempre que iguale sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la selección, los candidatos que acrediten haber creado en los últimos años mayores oportunidades de empleo para personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de llegar a esta situación que estén desempleadas y tengan dificultades importantes para integrarse en el mercado de trabajo ordinario, y que estén incluidas en alguno de los colectivos siguientes: a) Personas con disminución física, psíquica o sensorial o con enfermedad mentales que

tengan posibilidades de inserción en el mundo laboral. b) Personas destinatarias de la renta mínima de inserción.

Comentario [o1]: Las cuantías no han de resultar desproporcionadas y deberán fijarse en función de cada proyecto.

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c) Personas que no puedan acceder a la renta mínima de inserción, porque no cumplen los requisitos establecidos por el artículo 6.1 de la Ley 10/1997, del 3 de julio, de la renta mínima de inserción.

d) Jóvenes mayores de dieciséis años y menores de treinta procedentes de instituciones de

protección de menores. e) Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en proceso

de rehabilitación y reinserción social. f) Internos de centros penitenciarios cuya situación les permita acceder a una ocupación,

personas en libertad condicional y personas ex reclusas. g) Personas que no puedan acceder a la renta mínima de inserción, pero que se

encuentren, según la opinión de los servicios sociales competentes, en situación de riesgo de exclusión.

h) Parados de larga duración mayores de cuarenta y cinco años. La acreditación de haber creado oportunidades de empleo para los colectivos mencionados podrá efectuarse mediante la presentación de contratos de trabajo, talleres de empleo, planes formativos y programas de seguimiento tutorial, entre otros medios.] 15.3.3. Documentación relativa la solvencia técnica y profesional Las empresas presentarán la documentación incluida en el Anexo nº 10, relativa a los formularios justificativos de la solvencia técnica y profesional. Este anexo se refiere a los siguientes aspectos, que deberán ir referidos a cada uno de los Subsistemas que componen las Instalaciones, salvo por lo que se refiere al subsistema de telecomunicaciones móviles: a) Declaración responsable y firmada por el representante legal de la empresa de la

relación de las obras, mantenimiento e instalaciones realizadas en los últimos cinco años. En concreto, deberá acompañarse la siguiente documentación: - Relación suscrita por un responsable legal de la empresa o empresas licitadoras acreditativa de experiencia en, al menos, […] contratos de construcción, y mantenimiento de instalaciones ferroviarias, realizados en los últimos cinco años por cada licitador o grupo de licitadores (en este caso sumando las experiencias de todos los miembros) cuya cuantía acumulada (es decir, la suma de las cuantías de todos los contratos que se aporten como experiencias) supere ….€.. Alternativamente a lo anterior podría acreditarse la solvencia mediante la acreditación de experiencia (de forma conjunta) en contratos que tengan por objeto la construcción de superestructuras ferroviarias y en contratos entre cuyas prestaciones se incluya el mantenimiento de superestructuras ferroviarias similares a las que constituyen el objeto del presente contrato, realizados en los cinco últimos años por cada licitador o grupo de licitadores (en este caso sumando las experiencias de todos los miembros), incluyendo fechas, localización, beneficiarios públicos o privados de los mismos y breve descripción de las actividades realizadas, por un importe acumulado (es decir, la suma de las cuantías de todos los contratos de construcción y de servicios que se aporten como experiencias) superior a los xxx € [pendiente de fijación para cada proyecto y Subsistema]. - Certificados de buena ejecución del Director del Contrato de aquellos contratos en los que las empresas apoyen su calificación de experiencia. En caso de no incluirse dichos certificados del Director del Contrato, no se considerará suficiente solvencia técnica para licitar.

Comentario [o2]: A completar en función del proyecto.

Comentario [o3]: A completar en función del proyecto.

Comentario [o4]: A completar en función del proyecto.

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Cuando un licitador o grupo de licitadores no pueda acreditar por sí el cumplimiento de los requisitos de solvencia establecidos en el presente pliego, podrá hacerlo mediante la aportación de una carta compromiso en la que un tercero se comprometa a poner a disposición de éste o de éstos los medios técnicos y personales necesarios para la ejecución del contrato durante toda la vigencia del mismo.

b) Declaración responsable y firmada por el representante legal de la empresa de la relación de los medios humanos con experiencia en redacción de proyectos, en obras, mantenimiento e instalaciones análogas. En particular, deberá acompañarse la siguiente documentación: Número y categoría del personal técnico Declaración jurada del representante legal de la empresa con expresión de las titulaciones académicas así como profesionales del personal de la empresa idóneos para la ejecución del contrato, indicando el grupo de cotización de cada trabajador. Copia de los documentos de cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social TC-2 de los trabajadores destinados a la ejecución del contrato, correspondiente al mes inmediatamente anterior disponible a la fecha de publicación de la licitación, sellado por la correspondiente Entidad bancaria y acompañado de la declaración jurada del representante legal, indicando la veracidad de los datos. Promedio anual del personal Declaración que indique el promedio anual del personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años Se entenderán por contratos fijos los siguientes: contrato indefinido ordinario; contrato para el fomento de la contratación indefinida; transformación a indefinido de los contratos temporales celebrados con anterioridad al 17 de mayo de 1997 (contratos en prácticas, aprendizaje, relevo, formación o sustitución por anticipado de la edad de jubilación); contrato indefinido para trabajadores minusválidos; contrato indefinido a domicilio; contrato de trabajo en grupo de duración indefinida; contratos indefinidos a tiempo parcial incluidos los fijos discontinuos. Se exigirá con carácter de mínimo: Empresas con un porcentaje de trabajadores fijos del 30 por 100 del número de empleados en la plantilla. El 50 por 100 de los trabajadores afectos a la ejecución del contrato han de pertenecer a la plantilla de la empresa.

c) Declaración responsable y firmada por el representante legal de la empresa de la relación de maquinaria, instalaciones y medios auxiliares idóneos con que cuenta para las fases de redacción de proyectos, la obra y el mantenimiento.

Por lo que respecta a las telecomunicaciones móviles, los licitadores deben incluir en su solicitud de participar el compromiso de realizar las prestaciones de obra y mantenimiento correspondientes a dicho subsistema. Se acumularán a efectos de la determinación de la solvencia de las agrupaciones las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la agrupación. El cumplimiento de las condiciones de experiencia se deducirá exclusivamente de la documentación presentada sin perjuicio de la facultad de ADIF de hacer las comprobaciones que procedan. Cláusula 16. Apertura de solicitudes de participación ADIF calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma, procediendo a tal fin a su examen y acordando, en su caso, la subsanación de los defectos materiales, en un plazo de tres días. La existencia de dichos defectos u omisiones subsanables se comunicarán a los interesados mediante fax.

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En cuanto al análisis y valoración de los criterios objetivos a tener en cuenta para cursar las invitaciones a participar en la licitación, se estará a lo establecido en los siguientes apartados. Cláusula 17. Criterios objetivos a tener en cuenta para cursar las invitaciones a participar en la Fase de negociación. Los interesados en participar en el procedimiento deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica mediante la aportación de la documentación señalada en los apartados anteriores. La falta de dicha justificación significará automáticamente la exclusión para la siguiente fase. Dadas las especiales condiciones del objeto del presente procedimiento, ADIF podrá solicitar información adicional sobre los extremos anteriores. Para valorar las anteriores características de las empresas que van a ser admitidas a la fase de concurso, se analizarán y puntuarán los siguientes criterios:

CRITERIO FACTOR DE PONDERACIÓN

C1.SOLVENCIA ECONÓMICA-FINANCIERA…………………………..…………[3] C2.SOLVENCIA TÉCNICA .................................................. .….[7]

La puntuación de cada uno de estos criterios, Ci, oscilará entre 0 y [10], y se alcanza, analizando y valorando una serie de atributos, xij, en que se subdividen, y cuyo contenido se recoge en los cuadros adjuntos en el Anexo nº 11. Cada atributo admite cuatro puntuaciones posibles, 10, 6, 3 ó 0, según se considere su cualidad o cumplimiento como muy bueno, bueno, aceptable o como rechazable, respectivamente. A cada atributo se le asigna un factor o peso relativo, pij, que permite obtener, ponderadamente, el valor numérico de cada uno de los criterios. Así, la puntuación para un criterio Ci determinado, con i = k dado, será igual a:

Para obtener la puntuación total de un licitador, se sumará la puntuación numérica de cada uno de los criterios, afectada por el factor de ponderación que le corresponda según la tabla anterior:

P.T. = 3 C1 + 7 C2

Esta puntuación total oscilará entre 0 y [100], siendo requisito imprescindible para obtener la invitación para la siguiente fase del concurso, que se obtenga una puntuación mínima de [60] puntos. Cláusula 18. Selección de empresas e invitación.

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ADIF analizará la documentación presentada en tiempo y forma y, posteriormente, seleccionará a las cinco (5) empresas de mayor puntuación total, y las invitará, simultáneamente y por escrito, a presentar sus proposiciones dentro del plazo que, al efecto, se señale en la propia invitación, el cual no podrán ser inferior a [20] días. Será requisito imprescindible para la selección de una empresa que, sin haber tenido una puntuación cero (0) en algunos de los criterios reseñados en el apartado anterior o en el atributo [x11] del Anexo nº 11 del presente pliego, haya alcanzado una puntuación total, resultado de la puntuación de los citados criterios, igual o mayor a [60] puntos. Cuando el número de candidatos que cumplan los criterios de selección sea inferior a cinco (5), podrá continuarse el procedimiento con los que reúnan las condiciones exigidas. Cláusula 19.- Fase de negociación 19.1. Presentación de ofertas iniciales Los candidatos invitados deberán presentar sus ofertas iniciales en el plazo y lugar señalado en la invitación a participar, en dos sobres cerrados, en los que deberá constar la indicación de la licitación a la que se concurre, y que deberán estar firmados por el licitador o por el representante de la empresa, con la indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Dentro de cada sobre se incluirá, en una hoja independiente, índice numérico de la documentación aportada, firmado por el representante del licitador o representante único de la agrupación. Toda la documentación deberá estar en castellano y ser original o copia debidamente compulsada. Toda la información se deberá facilitar tanto en papel impreso como en soporte informático Esta oferta inicial comprenderá dos sobres cerrados, el sobre de documentación técnica (y garantía provisional) y el sobre de oferta económica. El contenido de cada uno de los sobres deberá ajustarse a lo dispuesto en los siguientes apartados. La composición de cada licitador o agrupación de empresas licitadora únicamente podrá alterarse en esta fase como consecuencia de la participación en la agrupación licitadora de una empresa o empresas que cumplan las condiciones de solvencia mínima previstas en relación con el subsistema de telecomunicaciones móviles en este pliego, siempre que la composición resultante de la agrupación no altere las condiciones de solvencia mínima previstas en este pliego y que la dilución de la participación accionarial sea asumida por los socios originales de manera proporcional. Todo ello se entiende sin perjuicio de la posibilidad consistente en que tales especialistas encargados de las labores relativas a ese subsistema participen en régimen de subcontratación. 19.1.1 Sobre Nº 1: Oferta Técnica El Sobre 1 habrá de contener una descripción detallada de la propuesta de ejecución de las obras e instalaciones y del mantenimiento de las Instalaciones, tanto en sus aspectos técnicos como económicos y financieros, a los efectos de que se puntúen los criterios establecidos en el presente Pliego. En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el mismo, se consignará lo siguiente:

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SOBRE Nº 1 OFERTA TÉCNICA

Título del Proyecto: REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NUMERO DE EXPEDIENTE. LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)___________________________________ Fecha y Firma:

El Sobre 1 se dividirá en dos sobres separados, el SOBRE 1.1 “OFERTA TÉCNICA” y el SOBRE 1.2 “DOCUMENTACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA”. En todo caso este Sobre no podrá contener datos o información alguna que permita conocer el contenido propio de la Oferta Económica regulado en el presente Pliego. Ambos Sobres deberán incluir un índice numérico de la documentación aportada, firmado por el representante del licitador o representante único de la agrupación. Toda la documentación deberá estar en castellano y ser original o copia debidamente compulsada. A. SOBRE 1.1: OFERTA TÉCNICA El sobre 1.1 deberá contener la documentación que se detalla en el Anexo número 12, separada por Carpetas tal y como se recoge en ese Anexo. B. SOBRE 1.2: DOCUMENTACIÓN DE ENFOQUE DE NEGOCIO Y SOSTENIBILIDAD DE OFERTA El contenido de este Sobre incluirá los documentos que se detallan en los siguientes apartados, debiendo los licitadores incluir un índice con la documentación que integra cada uno ellos: 1. Sociedad de propósito específico

Relación de promotores de la Sociedad incluyendo porcentajes de participación, y funciones a desempeñar por cada uno, así como propuesta de Estatutos de la futura sociedad con base en el borrador de Estatutos que se incluye en el Anexo nº 13 o comentarios al proyecto de estatutos facilitado. 2. Estructura de contratos y partícipes. Descripción de la estructura de los distintos contratos que desarrollarán, en su caso, parte de las actividades del objeto social con las limitaciones de subcontratación fijadas en este Pliego, exponiendo las entidades que ejecutarán cada contrato y los porcentajes de participación en los mismos, sin mención de cifras relativas a costes. Compromiso expreso de que los contratos por los que la SPE subcontrate total o parcialmente las prestaciones objeto de contrato se celebrarán en términos iguales o más ventajosos para SPE que los del contrato del que es titular SPE frente a ADIF, de que se incluirán en los mismos cláusulas generales de forma que la SPE podrá repetir contra el contratista correspondiente cualquier responsabilidad que se le impute a la SPE como consecuencia de la ejecución de dicho contrato, incluidas las consistentes en minoración de sus ingresos, penalidades y reclamaciones por daños y perjuicios, así como que dichas cláusulas permitirán a la SPE

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imponer al contratista, en su caso, las obligaciones que ADIF exija a la SPE en virtud del contrato objeto del presente Pliego. 3. Estrategia de tratamiento y gestión de los riesgos. El licitador presentará una memoria describiendo los principales riesgos que afectan al contrato y la estrategia y medidas para mitigarlos en su caso. Se informará específicamente de la existencia o no de precio cerrado llave en mano de la ejecución de las obras y la integración de todos los sistemas, indicando en caso negativo los supuesto tasados en que procederá el ajuste del precio que necesariamente tendrá que ofertarse; consideraciones en relación a las provisiones facilitadas ADIF, en relación al riesgo de tráfico extraordinario y reducción de franjas horarias y su impacto en costes de explotación; así como riesgo de cierre financiero satisfactorio; medidas en relación a la capacidad de mantenimiento de los estándares de calidad o requerimientos técnicos definidos en PPTP. 4. Compromisos de capital y otros medios de aportación de recursos propios. El licitador expondrá en porcentajes la estructura financiera describiendo las distintas fuentes de fondos, sin considerar los costes de IVA y su financiación, indicando específicamente el compromiso de aportación de capitales o deuda corporativa para el caso de que transcurrido el plazo máximo previsto en el Pliego no se haya efectuado el cierre de la financiación, o para respaldar contingencias de sobre costes estén o no sujetos a compensación. Se indicará igualmente el calendario de aportación de capitales así como, en su caso, el compromiso de aportarlos anticipadamente. 5. Estrategia financiera. 5.1. Porcentaje de apalancamiento previsto en el PEF (excluyendo deuda IVA). 5.2. Estrategia de financiación y cierre financiero: Contendrá información de si se está

considerando préstamo largo plazo, o a corto con refinanciación (miniperm). Se indicarán actividades necesarias para el cierre de financiación y fecha prevista para la misma, así como el grado de avance de las negociaciones o trámites para la obtención de la financiación: indicar si existe oferta u ofertas indicativas y/o cartas de interés de bancos, y cuál es la estrategia de negociación en su caso (mandato a otorgar al banco o bancos que en su caso han facilitado oferta indicativa, puesta en competencia en mercado financiero tras adjudicación, etc.).

5.3. El ratio de cobertura del servicio de la deuda medio considerado el programa de deuda del PEF y ratio mínimo en su caso.

5.4. Plazo de deuda considerado en PEF y, en caso de miniperm, plazo de deuda subyacente.

5.5. El tipo de interés, explicitando el margen considerado en oferta y las distintas comisiones.

5.6. Descripción y defensa de los medios técnicos y humanos comprometidos en oferta técnica como suficientes para garantizar el cumplimiento sostenido de los criterios de disponibilidad establecidos en el PPTP, y exposición en su caso de la existencia de apoyos externos especializados en la definición del sistema de gestión de calidad si bien no será este un requisito obligatorio.

5.7. Garantías consideradas a favor de los bancos, entre otras y en su caso, las de terminación de construcción.

5.8. Declaración firmada por el director financiero del licitador o, en su caso, de cada una de las empresas que constituyan el grupo de licitadores, en la que se ponga de manifiesto que el PEF y la memoria se han realizado incluyendo todos y cada uno de los elementos requeridos en las instrucciones de elaboración del PEF recogidas en el Anexo

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nº 13 del presente Pliego, y que dicho PEF es plenamente coherente con la información presentada en este sobre.

5.9. Declaración firmada por representante con poder suficiente del licitador o en su caso o, en su caso, de cada una de las empresas que constituyan el grupo de licitadores grupo de licitadores, comprometiendo lo siguiente: (i) compromiso de disponibilidad y aportación de los capitales comprometidos según PEF; (ii) compromiso de inicio de los trabajos de construcción en la fecha prevista, con independencia de que se produzca el cierre financiero, so pena de entrar en causa de resolución por incumplimiento con pérdida de la garantía definitiva según se describe en presente Pliego.

5.10. Cartas de entidad o entidades financieras de primer orden que apoyen financieramente la oferta. No existe exigencia de que dichas cartas tengan la consideración de oferta en firme, si bien su grado de avance será valorado positivamente. Estas podrán además facilitar términos indicativos no definitivos en forma de rangos de posible variación, tanto en covenants como en condiciones de precio y plazo. En el caso de presentación de ofertas indicativas de entidades financieras con condiciones definidas de manera precisa estas deberán ser coherentes con las consideradas en el PEF de oferta. En el caso de que las ofertas o cartas de interés contengan rangos de variación en las condiciones, las consideradas en PEF deberán adaptarse de manera prudente a dichos rangos.

6. Documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional, por el importe fijado en el cuadro de características.

19.1.2 Sobre Nº 2: Oferta económica En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:

SOBRE Nº 2 OFERTA ECONÓMICA

Título del Proyecto: REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NUMERO DE EXPEDIENTE. LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)___________________________________ Fecha y Firma:

El sobre Nº2 tendrá el siguiente contenido, debiendo los licitadores incluir un índice con la documentación que integra cada uno ellos: a) Plan económico – financiero b) Proposición económica c) Previsión de inversiones en reposición y gastos de conservación/mantenimiento A los efectos de la elaboración de sus ofertas económicas los licitadores podrán tener en cuenta la disponibilidad del Banco Europeo de Inversiones para financiar a la SPE conforme a lo previsto en la Documentación BEI adjunta al presente Pliego. a) Plan económico-financiero Este Plan comprenderá los documentos que se detallan a continuación:

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a.1) Memoria Se incluirá una Memoria explicativa de los valores adoptados para las variables fundamentales que intervienen en el plan económico - financiero y las hipótesis realizadas para su evolución a lo largo del período de contrato. Igualmente se desglosarán al máximo detalle los diferentes conceptos incluidos en el balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias y flujo de caja de la SPE, cuantificando estos, y además conteniendo cualquier aportación o mejora que, a juicio del licitador, contribuya a una mejor y más completa valoración del proyecto. Esta memoria se redactará de acuerdo con las instrucciones contenidas en el Anexo nº 14. a.1.1. Documentación aneja a la memoria explicativa Además del contenido de la memoria explicativa los licitadores deberán aportar la documentación de terceros que se estime relevante o necesaria para el respaldo de las hipótesis y valores considerados en el MEF y en la elaboración del PEF. En todo caso se deberá incluir la Documentación relativa a los compromisos para la captación de recursos ajenos: en este sentido deberán presentarse las cartas de apoyo, cartas de términos indicativos de financiación, ofertas firmes si las hubiese en las que se ha basado la estructura y condiciones financieras contenidas en el PEF. a.2) Modelo Económico-Financiero Los licitadores presentarán el Modelo Económico-Financiero de la futura SPE atendiendo a las indicaciones contenidas en el Anexo nº 14. a.3) Resumen del Plan Económico Financiero Los licitadores incluirán un resumen del Plan Económico-Financiero, que deberá ajustarse al modelo recogido en el Anexo nº 16 de este Pliego, suscrito por el licitador. En caso de discrepancia entre los datos presentados en este resumen y los datos presentados en la documentación, prevalecerán siempre los datos del resumen del plan económico-financiero. b) Proposición económica El Sobre 2 habrá de contener una descripción detallada de la propuesta económica, a los efectos de que se valoren y puntúen los criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de las fórmulas establecidas en el presente Pliego. La proposición económica de los licitadores se formulará en el Modelo conforme a lo contemplado en el Anexo nº 17 del presente Pliego y según el modelo que en él se adjunta y deberá hacer referencia expresa a (i) la retribución de la SPE por la ejecución de los trabajos incluidos y la prestación del servicio descritos en el objeto del presente contrato de acuerdo con el Mecanismo de Pago definido en el Anexo nº 3, así como (ii) el presupuesto de ejecución de las obras, según lo dispuesto en el presente pliego y en el PPTP. El PPD se expresará tanto en euros de la fecha establecida en el apartado [*] del Cuadro de Características como en porcentaje de baja sobre el tipo de licitación. La baja ofertada estará expresada en tanto por ciento.

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A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica de los licitadores comprende los impuestos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, a excepción del importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. La proposición económica se presentará mecanografiada y firmada por el licitador. No se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente el contenido de la oferta a juicio de ADIF. La proposición económica deberá ser coherente con los datos incluidos en el Plan Económico Financiero, y con el resto de la documentación presentada, y respetar los valores mínimos descritos en el Cuadro de características xxxx. Para la formulación de la proposición económica se deberán observar las siguientes reglas en relación con el Pago por Disponibilidad y el Presupuesto de Ejecución de las Obras. c) Presupuesto de Inversiones de Reposición y de gastos de mantenimiento Los licitadores deberán presentar un Plan de Inversiones de Reposición de las obras y el presupuesto de los gastos de operación y mantenimiento anuales previstos, ambos de conformidad con lo establecido en el Anexo nº 4. Y que no podrán superar los umbrales previstos en el cuadro de características xxxx. 19.2 Negociación ADIF desarrollará con los candidatos seleccionados una negociación cuyo objetivo será fijar la variante o variantes y la solución o soluciones de entre los puntos señalados en el Pliego como sujetos a negociación que mejor satisfagan las necesidades definidas en el Pliego. En el transcurso de este diálogo sólo podrán debatirse los aspectos del Contrato expresamente señalados en este Pliego y el resto de la documentación contractual. Durante la negociación, ADIF dará un trato igual a todos los licitadores y, en particular, no facilitará, de manera discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores respecto del resto. Sólo se informará de las propuestas efectuadas por alguno de los candidatos al resto de candidatos en el caso de que alguna de tales propuestas resulte en una modificación sustancial de la base de las ofertas y sus características para todas las soluciones y variantes ofertadas, a juicio de ADIF. En todo caso, dicha comunicación se efectuará a todos los licitadores con estricto respecto al principio de igualdad de trato y previa comunicación al licitador que hubiera propuesto dicha solución o variante. La solicitud de participación en el presente procedimiento negociado supone la aceptación plena, incondicionada y sin reserva alguna por los licitadores de estos extremos, así como de la totalidad del Pliego. Los aspectos sujetos a negociación son los siguientes. Anteproyecto previo o de licitación El licitador deberá formular oferta base de licitación ajustada a los requerimientos técnicos propuestos por ADIF en la documentación técnica de la licitación. En el caso de que el licitador desee presentar alguna variante técnica, se harán constar las diferencias con la solución base, justificando su conveniencia, indicando las nuevas unidades previstas y las suprimidas.

Diseño

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f) Optimización del número de instalaciones manteniendo las prescripciones funcionales de disponibilidad y redundancia.

g) Posibles variantes técnicas que, manteniendo o mejorando las prescripciones técnicas y funcionales recogidas en el PCTP, incluida la vida útil del sistema disminuyan los costes de inversión y/o los de mantenimiento durante el periodo contratado.

h) Soluciones efectivas para la coordinación entre las diferentes técnicas durante todo el proceso (redacción del proyecto, obra, pruebas, puesta en servicio y realización del mantenimiento).

i) Empleo de soluciones compatibles medioambientalmente que primen la eficiencia y el ahorro energético.

j) Propuestas tecnológicas punteras, abiertas y escalables con un ciclo de vida amplio.

Proyecto d) Reducción del plazo de redacción de proyecto, de acuerdo con los requisitos recogidos

en el apartado relativo al plazo. e) Desarrollo de parte de la ingeniería de detalle durante la fase de redacción del proyecto

constructivo. f) Sistema eficaz para el control, por parte de ADIF durante el desarrollo del proyecto.

Obra, pruebas y puesta en servicio

d) Reducción del plazo, de acuerdo con los requisitos recogidos en el apartado relativo al plazo.

e) Optimización del proceso de ejecución de la obra, para asegurar una mejora de la calidad de ejecución, producir un menor número de interferencias con las actuaciones de otras técnicas.

f) Medios propios frente a subcontratación. g)

Mantenimiento f) Mejora de los requisitos mínimos, de acuerdo con las prescripciones recogidas en la parte

RAMS del PCTP, exigidos en cuanto a la fiabilidad, disponibilidad, mantenimiento y seguridad de los componentes integrantes o asociados a los distintos sistemas, los cuales podrán suponer una mejora en la solución técnica ofertada, los cuales supondrán una mejora en los índices de calidad y disponibilidad.

g) Reducciones en los tiempos de atención y resolución de averías. h) Mejorar el remanente de vida útil del sistema exigido al final del periodo de mantenimiento. i) Garantía de ciclo de vida de elementos y sistema completo. j) Propuesta de mejora del mantenimiento.

Aspectos económicos

h) Ajustes en los criterios de disponibilidad, en especial el valor de los indicadores o umbrales mínimos, y plazos de rectificación

i) Sistema de gestión de calidad y compromiso de informar j) Potencialmente compromiso/garantía de refinanciación, y compartición de riesgo de

cierre financiero k) Potencialmente, plazo de contrato: debería hacerse el resultado de la negociación

transparente para todos los partícipes de la fase de negociación l) Coberturas mínimas de los seguros: ídem m) Consecuentemente con los cambios / ajustes en las variables anteriores, el precio n) Clarificaciones y propuestas de modificación no sustancial del clausulado En el expediente que tramite ADIF se dejará constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.

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Cláusula 20. Presentación y examen de las ofertas finales Los licitadores deberán presentar sus ofertas finales en un único sobre, firmado y cerrado de manera que se garantice el secreto de su contenido. Al finalizar la Fase de Negociación se detallará a los licitadores cómo se debe presentar la oferta y el contenido concreto del sobre adicional, en su caso, al de sus ofertas iniciales. En el sobre deberá constar la indicación de la licitación a la que se concurre, y deberá estar firmado por el licitador o por el representante de la empresa, con la indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Dentro del sobre se incluirá, en una hoja independiente, su contenido enunciado numéricamente. Las ofertas se deberán presentar en castellano y toda la información se deberá facilitar tanto en papel impreso como en soporte informático. En caso de discrepancia entre los datos o la información de ambos soportes, prevalecerá la contenida en la documentación presentada en papel impreso. Las ofertas se presentarán escritas a máquina o en otro tipo de impresión mecánica o informática y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta. La falta de participación en la negociación o la retirada antes de la adjudicación del Contrato de la proposición presentada por un licitador determinará la incautación por parte de ADIF de la garantía provisional constituida por aquél. Las ofertas deben incluir todos los elementos requeridos y necesarios para la ejecución del Contrato. La apertura del sobre se llevará a cabo en un acto de carácter público en el lugar y fecha a determinar en la invitación a los candidatos. Posteriormente, ADIF valorará las diferentes proposiciones presentadas y las clasificará en orden decreciente de valoración, en función de los criterios de adjudicación establecidos en la petición de oferta final. Asimismo, ADIF podrá requerir al licitador que haya presentado la oferta que se considere económicamente más ventajosa, para que explique determinados aspectos o ratifique los compromisos que figuran, siempre que con eso no se modifiquen elementos sustanciales de la oferta o de la licitación, se falsee la competencia o se produzca un efecto discriminatorio. Cláusula 21. Criterios de valoración de las ofertas [PENDIENTE ADAPTACIÓN POR SERVICIOS TÉCNICOS DE ADIF EN FUNCIÓN DE CADA PROYECTO] 21.1. Valoración de la oferta técnica. La oferta técnica será valorada de acuerdo con lo establecido en el Anexo número 18. II. Enfoque de negocio y sostenibilidad de la oferta En relación a lo propuesto en el sobre 1.2. y la valoración de la sostenibilidad de la oferta, ésta se valorará la coherencia del PEF sobre la base de los parámetros que se definen a continuación.

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Se asignarán un máximo de 15 puntos sobre la base de los siguientes parámetros, ordenados en orden decreciente de importancia:

- El grado de certeza en cuanto a los costes de proyecto en función de la transferencia de riesgos a terceros y el grado de compromiso de tales terceros.

- El grado de confiabilidad de la oferta económica en relación a los costes de mantenimiento e inversiones en reposiciones, teniendo en cuenta entre otros las previsiones en cuanto a reservas, riesgo transferido a contratistas, el análisis solicitado del riesgo de trafico extraordinario, la solidez del PPD requerido ante supuestos de trafico extraordinario, etc.

- El grado de compromiso de los accionistas promotores, valorando el compromiso y la disponibilidad que se pueda acreditar de recursos propios o de soluciones alternativas ante problemas de cierre financiero o sucesos no previstos que requieran de financiación adicional a la considerada de manera previa en el PEF.

- El grado de avance y compromiso o aceptabilidad mostrados por las entidades financieras que apoyen al candidato y la certidumbre de cierre de financiación en tiempo y forma.

- La calidad y claridad de la exposición de las cuestiones requeridas en la documentación descrita en el sobre referido.

- - La solidez de las hipótesis del PEF, en cuestiones no estrictamente técnicas

(validez de supuestos contables o fiscales) Así: Apartado PCNEMFM max

I. Propuesta Técnica [85] a) Proyecto constructivo base de licitación de

plataforma [20]

b) Memoria de medios [5] c) Memoria general de las actuaciones de […] [15] [15] [15] f) Calidad [3]

g) Tecnología y soluciones [2]

II. Enfoque de negocio y sostenibilidad de la oferta [15]

TOTAL [100] ADIF valorará las documentaciones técnicas presentadas por los licitadores. Las propuestas de los licitadores admitidos quedarán encuadradas en dos intervalos:

Ofertas con calidad técnica inaceptable: aquellas cuya PCNEMFM sea inferior al umbral mínimo de PCNEMFM señalado en el apartado [13] del cuadro de características.

Ofertas con calidad técnica suficiente: aquellas cuya PCNEMFM sea superior o igual al umbral mínimo de PCNEMFM señalado en el apartado [13] del cuadro de características.

Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se

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procederá a declarar desierta la licitación, al no haber concurrido al mismo ofertas de calidad técnica suficiente. 21.2. Valoración de la oferta económica y de la coherencia económica de la oferta La puntuación de estos apartados (POEYCO) de cada proposición será la suma de las valoraciones de la oferta económica y de la coherencia económica de la oferta presentados por los distintos licitadores, obtenidas ambas según los criterios establecidos en la presente cláusula: POEYCO = 0,85·VOfEc+ 0,15·VCoherencia siendo VOfEc la valoración de la oferta económica: baja sobre el PPD máximo y el PEC máximo establecidos en el punto B del cuadro de características. VCoherencia la valoración de la coherencia global del Plan Económico - Financiero ofertado. 21.2.1. Valoración de la oferta económica. La oferta económica se valorará entre treinta (30) y cien (100) puntos en función de la baja efectuada respecto del máximo contemplado en el punto B del cuadro de características, sin poder superar dicho importe máximo.

Para la valoración, se tendrá en cuenta el Valor Actual Neto de los pagos a realizar por ADIF durante construcción y durante mantenimiento, a calcular y proponer por el oferente según lo siguiente y según lo descrito en el Anexo 17 (modelo de oferta económica):

Cálculo del VAN de los pagos por disponibilidad previstos, sin considerar ajustes o deducciones, y ajustados anualmente según lo descrito en este pliego, en consideración de una inflación del 2,25% para la parte del PPD afecta a revisión por inflación de la manera descrita en este pliego

Se aplicará una tasa de descuento del 6% y se considerará a estos efectos pagos anuales como recibidos el ultimo día del año respectivo

A la cifra que resulte del anterior cálculo se le sumará el Presupuesto de Ejecución por Contrata sin descuento alguno ni indexación alguna

Los valores de PPD y de PEC a considerar en la oferta y el consiguiente cálculo por VAN no podrán superar los umbrales establecidos en el punto B del cuadro de características, así como el VAN resultante del cálculo

La cifra resultante será considerada la cifra de oferta económica o VOfEc a los efectos de los cálculos de la puntuación a asignar tal y como se describe a continuación.

• Cuando la baja máxima sea menor o igual que 15,9 % se valorará por interpolación lineal entre treinta (30) puntos para una baja del 0 % y cien (100) puntos para la baja máxima.

3070max

+=B

BVOfEc

donde,

VOfEc= valoración de la oferta económica

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B = baja ofertada para la determinación del [PPD] ofertado por el licitador ([PPD]OF)

Bmax = baja máxima en [PPD] entre las ofertas

• Cuando la baja máxima sea mayor de 15,9 % se valorará de la forma siguiente:

Para bajas entre 0% y 15,9% se valorará por interpolación lineal entre treinta (30) puntos para una baja del 0 % y noventa (90) puntos para bajas del 15,9%.

309,15

60+= BVOfEc

Para bajas de más del 15,9% se valorará por interpolación lineal entre noventa (90) puntos para bajas del 15,9% y cien (100) puntos para la baja máxima.

909,15

9,1510max

+−

−=

BBVOfEc

donde,

VOfEc = valoración

B = baja ofertada por el licitador

Bmax = baja máxima entre las ofertas

En caso de discrepancia entre los datos presentados en el Sobre 1.2 y lo establecido en el PEF o en la memoria explicativa del mismo, ADIF podrá solicitar la subsanación de tal discrepancia. Sin perjuicio de ello, en todo caso prevalecerá lo establecido en la documentación incluida en el Sobre 1.2. Además, si a juicio de ADIF las discrepancias entre ambos documentos resultasen significativas, aquella podrá optar por (i) descalificar automáticamente la oferta de que se trate o (ii) revisar la puntuación del citado Sobre 1.2 otorgando cero puntos en la valoración de dicho apartado.

21.2.2. Valoración de la coherencia económica de la oferta Se analizarán los siguientes aspectos de los diferentes Planes Económico – Financieros presentados otorgando una puntuación máxima de 100 puntos a este criterio de acuerdo con lo establecido a continuación.

Baja %

Val

orac

ión

15,9 Bmax

90 100

30

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VCoherencia = VInvers.Inic + VInvers.Repos + VCost.Conserv A. Valoración de las Inversiones Iniciales (máximo 30 puntos) (VInvers.Repos). De todas las proposiciones admitidas e incluidas en el intervalo de calidad técnica aceptable de acuerdo con el presente pliego, se obtendrá la media aritmética del PECOF ofertado por cada uno de los licitadores: Promedio (PECOF). Una vez calculado el Promedio (PECOF), se determinará el porcentaje de desviación entre los distintos importes de PECOF ofertados por los distintos licitadores y su respectiva media. Esta desviación se medirá en valor absoluto. Para cada uno de los porcentajes de desviación calculados se aplicará la siguiente puntuación:

CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN PARCIAL

Porcentaje de desviación = 0 30,0Porcentaje de desviación = 5% 26,0

Porcentaje de desviación = 10% 22,0

Porcentaje de desviación = 15% 10,0

Porcentaje de desviación = 20% 6,0 Sólo cuando el porcentaje de desviación sea mayor a 20%, mayor porcentaje de desviación 0

Los porcentajes de desviación obtenidos con un valor intermedio entre dos de los anteriores valores se puntuarán de forma proporcional. B. Valoración de las Inversiones de Reposición ofertadas (máximo 30 puntos) (VInvers.Repos). De todas las proposiciones admitidas e incluidas en el intervalo de calidad técnica aceptable de acuerdo con el presente pliego, se obtendrá la media aritmética del Valor Actual de las Inversiones de Reposición de las Obras ofertado por cada uno de los licitadores: Promedio (VAIRI). Una vez calculado el Promedio (VAIRI), se determinará el porcentaje de desviación entre los distintos importes de Valor Actual de las Inversiones de Reposición de las Obras ofertados por los distintos licitadores y su respectiva media. Esta desviación se medirá en valor absoluto. Para cada uno de los porcentajes de desviación calculados se aplicará la siguiente puntuación:

CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN PARCIAL

Porcentaje de desviación = 0 20,0 Porcentaje de desviación = 5% 17,0

Porcentaje de desviación = 10% 12,0

Porcentaje de desviación = 15% 7,0

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Porcentaje de desviación = 20% 4,0Sólo cuando el porcentaje de desviación sea mayor a 20%, mayor porcentaje de desviación 0,0

Los porcentajes de desviación obtenidos con un valor intermedio entre dos de los anteriores valores se puntuarán de forma proporcional. B. Valoración de los Costes de Conservación de las Instalaciones ofertados (máximo 20 puntos) (VCost.Conserv). De todas las proposiciones admitidas e incluidas en el intervalo de calidad técnica aceptable de acuerdo con el presente pliego, se obtendrá la media aritmética del Valor Actual de los Costes de Conservación de las Obras ofertado por cada uno de los licitadores: Promedio (VACCI). Una vez calculado el Promedio (VACCI), se determinará el porcentaje de desviación entre los distintos importes de Valor Actual de los Constes de Conservación de las Obras ofertados por los distintos licitadores y su respectiva media. Esta desviación se medirá en valor absoluto. Para cada uno de los porcentajes de desviación calculados se aplicará la siguiente puntuación:

CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN PARCIAL

Porcentaje de desviación = +5% o superior 20,0

Porcentaje de desviación = 0 17,0

Porcentaje de desviación = 5% 12,0

Porcentaje de desviación = 10% 7,0

Porcentaje de desviación = 15% 5,0

Porcentaje de desviación = 20% 2,0

Sólo cuando el porcentaje de desviación sea mayor a 20%, mayor porcentaje de desviación 0,0

Los porcentajes de desviación obtenidos con un valor intermedio entre dos de los anteriores valores se puntuarán de forma proporcional.

C. TIR de los recursos aportados por los accionistas (máximo 20 puntos) (Vtiracc):

Se valorará el grado de desviación de la rentabilidad asociada a los recursos de los accionistas considerada en la oferta del licitador respecto a la rentabilidad de los recursos de los accionistas de todas las ofertas aceptadas. Para cada licitador se calculará la TIR de los recursos aportados por los accionistas privados según la definición considerada en la cláusula [*] del presente pliego. Esta TIR se calculará a partir de la información anual presentada.

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De todas las proposiciones admitidas realizadas por los licitadores se obtendrá la media aritmética de la TIR de los recursos aportados por los accionistas privados: promedio (TIR Accionista). Una vez calculado el Promedio (TIR Accionista) se determinará el porcentaje de variación entre la TIR de Accionistas obtenida de la oferta del licitador y el Promedio (TIR Accionista). Al porcentaje de variación calculado se le aplicará la siguiente puntuación:

CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN PARCIAL

TIR de Accionistas más alta 20,0

Promedio (TIR Accionista) 17,0

TIR de Accionistas menor en un 5% a Promedio (TIR Accionista) 12,0

TIR de Accionistas menor en un 10% a Promedio (TIR Accionista) 7,0

TIR de Accionistas menor en un 15% a Promedio (TIR Accionista) 2,0

Sólo cuando la TIR de Accionistas más baja sea menor en más de un 15% al (TIR Accionista) 0,0

Las TIR de Accionistas con un valor intermedio entre dos de los anteriores valores se puntuarán de forma proporcional. D. Revisión de los Planes Económico – Financiero de oferta de los licitadores. En relación con la documentación de oferta del Sobre 2, ADIF llevará a cabo un análisis de la corrección e integridad del Plan Económico – Financiero ofertado, pudiéndose inadmitir aquellas ofertas en las que se detecten errores, inconsistencias, incoherencias, simplificaciones u omisiones que a juicio de ADIF sean materiales e impidan la valoración de la oferta. En particular, una vez abierto el sobre 2, se analizará la coherencia del Plan Económico – Financiero con la oferta u ofertas de financiación de entidades financieras, pudiéndose inadmitir aquellas ofertas en las que se detecten errores, inconsistencias, incoherencias, simplificaciones u omisiones que a juicio de ADIF sean materiales e impidan la valoración de la oferta. E. Valoración global de las ofertas La Puntuación Global (PG) de las ofertas encuadradas en el intervalo de calidad técnica suficiente se calculará con arreglo a la siguiente fórmula:

PCEMFMPCNEMFMPG10050

10050

+=

siendo: PCNEMFM = Puntuación de la oferta técnica y del enfoque de negocio y sostenibilidad de la oferta) PCEMFM = Puntuación de la oferta económica y de la coherencia económica de la oferta Cuadro-resumen de criterios de adjudicación

SOBRE DOCUMENTO CRITERIO PUNTUACIÓN

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VALORACIÓN

2

I. Propuesta técnica

PCNEMFM

85

20

15

15

15

por definir de manera concordada con sobre 1 3

2

15

Oferta Económica 85

Coherencia económica de oferta 15

3

PCEMFM

Cláusula 22. Adjudicación ADIF adjudicará el contrato á a aquél de los licitadores que haya presentado la proposición que resulte económicamente más ventajosa, de conformidad con los criterios establecidos en la presente licitación. Esta adjudicación se acordará por ADIF en resolución motivada que deberá ser notificada a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. La formalización del contrato no podrá producirse antes de que se hayan cumplido los requisitos expuestos en el capítulo siguiente relativos a la constitución de la SPE, la acreditación de la constitución de la garantía definitiva y la contratación de los seguros. Cuando no proceda la formalización del Contrato por no cumplir el adjudicatario las condiciones necesarias para hacerlo, antes de proceder a una nueva convocatoria, ADIF podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado sus ofertas, siempre que eso fuera posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad; en tal caso se le concederá plazo para cumplimentar la documentación señalada en el capítulo siguiente. CAPÍTULO III ACTUACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 23.- Constitución de la Sociedad de Propósito Específico 23.1. Cuestiones generales El licitador o grupo de licitadores que haya resultado adjudicatario se obliga a constituir una sociedad anónima de propósito específico (la "Sociedad de Propósito Específico" o "SPE"), en

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un plazo máximo de [20] días, contados desde la fecha en que le sea notificada la adjudicación. La SPE se constituirá con los requisitos y condiciones establecidos en este Pliego y en la normativa de aplicación, así como cumpliendo todo lo indicado por el adjudicatario en su oferta. La SPE deberá ajustarse a las siguientes determinaciones: a. El domicilio social deberá fijarse en el municipio de [Madrid]. b. El objeto social exclusivo consistirá en la ejecución del objeto del contrato objeto del

presente Pliego y el cuadro de características del contrato. c. El capital social deberá ser íntegramente suscrito en el momento de la constitución y

desembolsado al menos en un 25%. d. Las acciones representativas del capital social de la SPE serán nominativas sin que pueda

modificarse la naturaleza de dichos títulos durante el periodo de contrato y se registrarán en la forma prevista en el Real Decreto Legislativo 1548/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en adelante también TRLSA, por medio de títulos o anotaciones en cuenta. Para la transmisión de las acciones se estará a lo dispuesto en este Pliego.

e. El ejercicio social será coincidente con el año natural. f. El órgano de administración estará constituido por un Consejo de Administración,

integrado por un mínimo de tres miembros. Los administradores ejercerán su cargo por un plazo de cinco años.

g. Se reconocerá al ADIF el derecho a designar un Consejero. Este Consejero podrá asistir a las sesiones acompañado por los asesores que estime oportunos.

En general, al referido Consejero le corresponden las funciones de vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que corresponden a SPE y cuantas funciones de certificación e informe sean necesarias. En particular, examinará y comprobará los libros y cuentas de la citada sociedad e inspeccionará, en su caso, todas las instalaciones y servicios.

h. ADIF participará en el porcentaje del capital social de la SPE previsto en el cuadro de caracteristicas del contrato. ADIF desembolsará su capital conforme al calendario de desembolsos acordado, en condiciones de igualdad con los accionistas privados.

i. La titularidad inicial de las acciones deberá coincidir con la estructura accionarial de la SPE propuesta por el adjudicatario en su oferta. Los órganos rectores de la sociedad deberán acreditar ante ADIF, en la forma que ésta determine dicha titularidad.

La normativa de aplicación a las sociedades anónimas se complementará con los requisitos contenidos en el presente Pliego, de forma que no podrán incorporarse en los estatutos sociales de la SPE prescripciones que contravengan lo establecido en el presente Pliego. El adjudicatario se obliga a mantener la SPE en una situación patrimonial saneada, evitando incurrir en los supuestos de desequilibrio patrimonial regulados en la Ley de Sociedades Anónimas. En este sentido, cuando la situación patrimonial de la SPE lo requiera, el adjudicatario deberá adoptar las medidas contempladas por la normativa mercantil de aplicación que estime convenientes, tendentes a sanear el patrimonio social, sin perjuicio de las obligaciones contraídas en relación con los fondos propios mínimos de la SPE, que se regula posteriormente. Ello no podrá suponer en ningún caso la aportación de recursos por ADIF ni la dilución de su participación. En todo caso, cuando las medidas adoptadas conlleven una alteración en la composición accionarial de la SPE, deberán ser objeto del procedimiento de comunicación y/o autorización por ADIF, previsto en el presente Pliego.

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La SPE no podrá disolverse por voluntad de los socios hasta que se produzca la extinción y liquidación del contrato aprobada por ADIF. El adjudicatario será directa y solidariamente responsable en caso de incumplimiento de esta obligación. Los socios fundadores no se reservarán ninguna ventaja o derecho especial. La SPE llevará su contabilidad de conformidad con el Plan General de Contabilidad y las normas sectoriales de aplicación si existieran, el Código de Comercio la Ley de Sociedades Anónimas y la restante legislación mercantil así como la restante legislación que le sea específicamente aplicable y lo previsto en el presente Pliego. 23.2. Recursos propios de la SPE 23.2.1. Los recursos propios de la SPE estarán constituidos por los fondos propios y las

diferencias positivas de cambio, los ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios y los préstamos participativos, que se verán disminuido por el valor de las participaciones propias. Los fondos propios de la SPE estarán constituidos por el capital suscrito, la prima de emisión, reservas por revalorización, otras reservas, los remanentes de ejercicios anteriores, las aportaciones de socios para compensación de pérdidas y el resultado del ejercicio.

23.2.2 Durante todo el período de construcción, en todo momento la SPE tendrá una

dotación de capital mínimo equivalente al menos a la mayor de las siguientes cantidadades: (i) [10%] de la inversión total según esta se define en esta cláusula ó 15% de la inversión total neta de los pagos de ADIF durante construcción percibidos.

No obstante, una vez transcurridos cinco años completos desde la puesta en servicio de las Instalaciones, el capital social podrá reducirse hasta un diez por ciento (10%) de la inversión total neta de los pagos de ADIF durante construcción, siempre que se cumplan el resto de ratios y condiciones establecidas en esta Cláusula.

23.2.3. El capital social podrá ser desembolsado en una o varias veces, teniendo en cuenta lo dispuesto en este apartado y de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.

23.2.4. El capital social inicial deberá ser íntegramente suscrito en el momento de la

constitución y deberá desembolsarse al menos un veinticinco por ciento (25%) del mismo.

23.2.5. El resto del capital social, así como el resto de recursos propios aportados mediante

otros instrumentos, podrá desembolsarse a medida que se vayan efectuando las inversiones previstas, de forma que, en cada momento, el capital social desembolsado no sea inferior al diez por ciento (10%) de las inversiones ya realizadas. Alternativamente se podrá contemplar un calendario diferente de desembolsos del capital social pendiente durante el período de construcción siempre que resulte aceptable por los acreedores de la SPE y que exista una garantía satisfactoria a primera demanda otorgada por los accionistas de la misma por el importe pendiente de desembolsar de acuerdo con el ritmo de ejecución de las obras en garantía de la disponibilidad de tales recursos de capital que tenga como beneficiario a ADIF.

23.2.6. En todo caso, a la finalización de las obras, la totalidad del capital social deberá

encontrarse íntegramente desembolsado.

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23.2.7. Si el valor de la inversión finalmente realizada es distinto del inicialmente previsto, el capital social podrá ajustarse siempre que se mantenga el valor mínimo del ratio Capital Social/Inversión Total por encima del quince (15%) o diez por ciento (10%) que resulte aplicable.

Durante el periodo de mantenimiento del contrato, transcurrido un año desde el acta de comprobación, la SPE podrá ajustar la cifra de fondos propios, siempre que el ratio de apalancamiento sea de, como máximo, el 90% sobre el valor total de la deuda viva en cada momento y manteniendo en todo caso una cifra de capital social igual al 10% del valor de la inversión inicial neta de amortizaciones durante toda la vida del contrato. A estos efectos, se entiende por ratio de apalancamiento el cociente entre la cifra de fondos propios de la compañía y la suma de los fondos propios más la cifra de la deuda viva o pendiente de amortizar.

23.2.8. A los efectos de esta cláusula, se considera como inversión total la suma de las

siguientes partidas: costes de estudios técnicos y económicos, de proyectos, de indemnizaciones y reposición de servicios y servidumbres, de construcción de las obras, de dirección y administración de obra, costes financieros durante el periodo de construcción y, en general, de todos los bienes y costes, cualquiera que fuere su naturaleza que sea necesario construir o adquirir por estar directamente relacionados con las instalaciones y que contribuyan a que ésta entre en servicio.

23.2.9. Con el fin de evitar incurrir en la causa de disolución prevista en el artículo 260.4 del

Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA, en adelante), en los estatutos de la sociedad figurará de modo expreso la obligación de la sociedad de ampliar el capital social o adoptar las medidas oportunas en la medida necesaria para recomponer el equilibrio económico patrimonial.

23.3. Recursos ajenos La financiación complementaria que resulte necesaria para hacer frente a la inversión en que incurra y, en su caso, a los gastos financieros previstos, será obtenida por la SPE sin establecerse limitación alguna en cuanto a su naturaleza. Para ello, la SPE podrá recurrir a la financiación ajena, apelando al crédito en el mercado de capitales, para la financiación requerida que complemente a los fondos propios. No podrán emitirse obligaciones cuyo plazo de reembolso total o parcial finalice en fecha posterior al plazo de extinción del contrato. La contratación de cualquier operación financiera de captación de recursos financieros ajenos por parte de la SPE deberá ser comunicada por escrito y, [cuando proceda], autorizada por ADIF. 23.3. Responsabilidad del adjudicatario En la ejecución del contrato todos los licitadores que resulten adjudicatarios responden ante ADIF de forma solidaria e indistinta de las obligaciones asumidas en su condición de accionistas de la SPE previstas en esta cláusula, relativas, entre otras cuestiones, al órgano de administración, el representante de ADIF en el mismo, mantenimiento de una situación

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patrimonial saneada, etc., así como cualquier otra que se imponga en el presente Pliego en tal condición de socio partícipe de la SPE. Adicionalmente, todos los licitadores que resulten adjudicatarios o cualquier persona o entidad que sustituya a cualquiera de ellos durante la ejecución del contrato como accionista de la SPE responderán con carácter subsidario de la indemnización por los daños y perjuicios que pueda adeudar la SPE como consecuencia de la ejecución del contrato. 23.4. Pignoración de acciones La pignoración de las acciones de la SPE a favor de los acreedores de la sociedad en garantía del cumplimiento de las obligaciones de la misma, requerirá autorización previa de ADIF. No se admitirá la constitución de prenda en garantía de deudas que no guarden relación con el contrato. La autorización solo podrá denegarse por ADIF cuando el buen fin del contrato u otra razón de interés público relevante lo justifiquen. El plazo para resolver sobre la autorización será de un mes, contado desde la presentación de la solicitud. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado la correspondiente resolución, se entenderá estimada. 23.5. Transmisión de acciones La transmisión de acciones de la SPE está sujeta a lo dispuesto en este Pliego para la cesión del contrato. Cláusula 24- Garantía Definitiva 24.1. Constitución: garantía durante las fases de proyecto, construcción y disponibilidad Para garantizar el exacto cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato objeto de regulación mediante el presente Pliego, la SPE deberá constituir, previamente a la formalización del contrato, una garantía definitiva por la cuantía y en el lugar que determina el cuadro de características del contrato. Durante la Fase de Conservación y Mantenimiento de ejecución del contrato, una vez ejecutadas las obras conforme a lo previsto el contrato y otorgada el Acta de Comprobación de las mismas la garantía definitiva se ajustará a la cuantía prevista en el cuadro de características del contrato. 24.2. Reajuste, devolución y cancelación de garantías Habida cuenta de la larga duración del contrato objeto del presente pliego, ADIF podrá requerir a la SPE para que ajuste el importe de la garantía mediante la aplicación del IPC anual desde el momento de la adjudicación del contrato. Esta actualización sólo se producirá, en su caso, por periodos iguales o superiores a un año. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.

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Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo en los casos contemplados en este Pliego. La garantía responderá de los siguientes conceptos: - De las penalidades devengadas. - De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato. - De los gastos originados a ADIF por la demora de la SPE en el cumplimiento de sus

obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o incumplimiento

La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa de la SPE. Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades, se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución. EI acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo de dos meses desde el vencimiento del plazo del contrato. En los casos de cesión de contratos no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario Cláusula 25.- Abono de anuncios de licitación El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación en diarios oficiales, prensa y otros medios de difusión será la cantidad que figura en el apartado [H] del cuadro de características. El adjudicatario, con carácter previo a la firma del contrato, deberá presentar ante ADIF la acreditación documental oportuna de haber abonado el importe de los anuncios de licitación en diarios oficiales, prensa y otros medios de difusión. En caso contrario, ADIF procederá a la incautación de la garantía definitiva. Cláusula 26.- Seguros: 26.1.Aspectos generales El adjudicatario está obligado, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación en el perfil del contratante de la adjudicación del contrato, a acreditar la existencia de las pólizas de seguros que se indican a continuación por las cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen:

Un contrato de Seguro a todo riesgo de construcción cuya suma asegurada no sea inferior a la inversión ofertada por el licitador.

Un contrato de Seguro de Responsabilidad Civil general por riesgos profesionales y en la que el capital asegurado no sea inferior a 3 millones de Euros. En esta póliza deberán

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cubrirse los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los trabajos y actividades objeto del presente Pliego.

La duración de la cobertura será igual a la duración del contrato establecido en este Pliego.

Póliza de seguro de accidentes durante la ejecución del presente contrato con las siguientes condiciones: Asegurados: el personal de SPE que tenga un accidente, calificado como de trabajo o en acto de servicio, según los casos, con ocasión o por consecuencia de este contrato y que produzca el fallecimiento o la declaración de incapacidad permanente, total o absoluta. Cobertura: Indemnización de 600.000,00 Euros por víctima.

Si el adjudicatario no acreditara la existencia de las pólizas de seguro referidas anteriormente en el plazo de 15 días indicado, ADIF declarará decaída la adjudicación a su favor. Antes de la firma del contrato deberán presentarse los documentos que acrediten que la SPE figura como asegurado en las pólizas de seguros arriba mencionadas. 26.2. Disposiciones comunes La SPE deberá justificar documentalmente en cada ejercicio el pago de las correspondientes primas de seguros. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las distintas pólizas a contratar se suscribirán y mantendrán en concordancia con la fase en que se encuentre el desarrollo del contrato. Las pólizas correspondientes a la Fase de Conservación y Mantenimiento de las Instalaciones serán aportadas a ADIF por la SPE con anterioridad al inicio de la misma. Cualquier modificación en las pólizas, deberá ser aprobada previamente por ADIF y los límites asegurados se deberán actualizar anualmente de acuerdo con el IPC estatal del año anterior. La SPE comunicará de forma inmediata todo siniestro o incidencia a ADIF. Cláusula 27.- Formalización y falta de formalización del Contrato El contrato se formalizará por la SPE en documento privado dentro del plazo de […] días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, pudiendo, no obstante, elevarse a escritura pública a solicitud del adjudicatario, siendo los gastos en este caso a cuenta del mismo. Simultáneamente a la firma del contrato, deberán ser firmados por el adjudicatario, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y los documentos que revistan carácter contractual, en los términos del presente Pliego, que se unirán como anexo al citado contrato. En el caso de que el adjudicatario solicite a su costa la formalización del contrato en Escritura Pública deberá aportar al órgano contratante copia simple de la misma Cláusula 28.- Efectos de la falta de formalización. Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo previsto en el apartado anterior, el ADIF podrá acordar la resolución del mismo, en tal supuesto procederá la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

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Si las causas de la no formalización fueren imputables a ADIF, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar, con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato. CAPÍTULO IV.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES IV.A. DERECHOS DEL ADJUDICATARIO Y DE LA SPE Cláusula 29.- Derecho a ocupar los terrenos necesarios La SPE tendrá derecho a recabar de ADIF, desde la formalización del contrato, la tramitación de los procedimientos de expropiación forzosa, imposición de servidumbres y desahucio administrativo que resulten necesarios para las actuaciones objeto de contrato, así como la realización de cuantas acciones sean necesarias para hacer viable el ejercicio de los derechos de la SPE. Todo ello se entiende con sujeción a los plazos y a la secuencia de fases establecidos en el cuadro de características del contrato. Los bienes y derechos expropiados que queden afectos al contrato se incorporarán al dominio público. Cláusula 30.- Derecho a conservar y mantener las Instalaciones y a la contraprestación económica La SPE tiene el derecho y la obligación de llevar a cabo el mantenimiento y la conservación de las Instalaciones objeto del contrato, asumiendo el riesgo inherente a su gestión, de forma que percibirá una retribución económica por ADIF que dependerá de la disponibilidad y calidad de las Instalaciones, de acuerdo con los valores de los parámetros estipulados en el presente Pliego, durante el plazo de duración del mantenimiento. Cláusula 31.- Derecho a compartir el riesgo derivado de ciertos eventos tasados La SPE tendrá derecho a compartir con ADIF el riesgo derivado de los eventos tasados con sujeción y en los términos dispuestos en el presente Pliego al regular el régimen económico del mismo. Cláusula 32.- Cesión Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero sólo cuando el mismo reúna las cualidades técnicas o personales del cedente que hayan sido razón determinante de 1a adjudicación del contrato. Además, para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros, incluso mediante la transmisión de sus acciones en la SPE, deberán cumplirse los siguientes requisitos: a) Que ADIF autorice, de forma previa y expresa, 1a cesión. b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 % del importe del contrato. c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con ADIF y 1a solvencia que resulte

exigible, debiendo estar debidamente c1asificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.

d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.

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EI cesionario quedara subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente. Cláusula 33.- Gravamen de bienes y derechos afectos a la ejecución del contrato La SPE sólo podrá gravar los bienes y derechos afectos a la ejecución del contrato, incluidas las acciones de la SPE, para la obtención de recursos ajenos destinados a la ejecución del contrato y previa autorización expresa y por escrito de ADIF. Cláusula 34.- Subcontratación 34. 1. Requisitos y límites aplicables a la subcontratación La SPE podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que en el cuadro de características del contrato se dispongan lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que aquel ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario. Para ello, será de aplicación, en su caso, lo establecido en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontrataci6n en el Sector de la Construcción, así como en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley. A estos efectos, se entenderá que la SPE realiza las prestaciones directamente, sin que tenga la consideración de subcontratación, cuando su ejecución se encomiende a empresas que se hayan agrupado para obtener el contrato, o a las empresas vinculadas a ellas. De conformidad con lo anterior, para la subcontratación deberá cumplirse con las obligaciones y requisitos que imponga la citada normativa, debiendo, asimismo, cumplirse los siguientes requisitos: a) Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto

subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.

b) En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a ADIF

la intención de celebrar los subcontratos y su justificación, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.

En el caso que el subcontratista tuviera la c1asificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá a la SPE de la necesidad de justificar la aptitud de aquel. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si ésta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.

c) Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma a por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere la letra b), salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que ADIF no hubiese notificado dentro de este plaza

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su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.

Bajo la responsabilidad de la SPE, los subcontratos podrán concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.

d) Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del porcentaje que se fije en el cuadro de características del contrato.

e) En el supuesto de que no figure en el cuadro de características un límite especial, la SPE

podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 60 % del importe de adjudicación.

Para el cómputo de este porcentaje máximo, no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas a la SPE o los adjudicatarios, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y que hubieran sido debidamente identificados en fase de licitación.

En ningún caso podrá concertarse por la SPE la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico, o comprendidas en alguno de los supuestos de prohibición para contratar. La SPE deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral. ADIF podrá imponer a la SPE, advirtiéndolo en el cuadro de características del contrato, la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 30 % del importe del presupuesto del contrato, cuando gocen de una sustantividad propia dentro del conjunto que las haga susceptibles de ejecución separada, por tener que ser realizadas por empresas que cuenten con una determinada habilitación profesional o poder atribuirse su realización a empresas con una c1asificación adecuada para realizarla. 34. 2 Incumplimiento de las normas de subcontratación La infracción de las condiciones establecidas en el apartado anterior para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia a de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición a la SPE de las siguientes penalidades: a) Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago

total a parcial, deban abonarse a la SPE, o sobre la garantía. b) Su cuantía será del máximo legal del 50% del importe del subcontrato, si bien ADIF podrá

reducir su importe a la vista de la ausencia de gravedad de las circunstancias o incluso dispensar su aplicación.

34. 3 Responsabilidad derivada de la subcontratación

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Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la SPE principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a ADIF, con arreglo estricto al cuadro de características del contrato y a los términos del contrato. EI conocimiento que tenga ADIF de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a que se refieren las letras b) y c) de este Apartado, no alterará la responsabilidad exclusiva de la SPE principal. 34. 4. Pagos a subcontratistas y suministradores La SPE debe obligarse a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones que se indican a continuación. Los plazos fijados no podrán ser más desfavorables que los previstos en el presente Pliego para las relaciones entre ADIF y la SPE, y se computarán desde la fecha de aprobación por la SPE principal de la factura emitida por el subcontratista o el suministrador, con indicación de su fecha y del periodo a que corresponda. La aprobación o conformidad deberá otorgarse en un plazo máximo de treinta días desde la presentación de la factura. Dentro del mismo plazo deberán formularse, en su caso, los motivos de disconformidad a la misma. La SPE deberá abonar las facturas en el plazo fijado de conformidad con lo previsto en el párrafo 2° del presente apartado. En caso de demora en el pago, el subcontratista o el suministrador tendrá derecho al cobro de los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. La SPE podrá pactar con los suministradores y subcontratistas plazos de pago superiores a los establecidos en el presente Apartado siempre que dicho pacto no constituya una c1áusula abusiva de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 9 de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, y que el pago se instrumente mediante un documento negociable que lleve aparejada la acción cambiaria, cuyos gastos de descuento o negociación corran en su integridad de cuenta de la SPE. Adicionalmente, el suministrador o subcontratista podrá exigir que el pago se garantice mediante aval. Cláusula 35.- Utilización de Bienes de dominio público La SPE tendrá derecho a utilizar los bienes de dominio público que sean necesarios para la construcción, modificación, conservación y mantenimiento de las Instalaciones, con sujeción a cuanto se establece al regular el replanteo en relación con la utilización de bienes de dominio público. Cláusula 36.- Policía Sin perjuicio de las funciones que conforme a lo establecido por la Ley 39/2003 del Sector Ferroviario corresponden al Ministerio de Fomento, al Comité de Regulación Ferroviaria y/o al ADIF, la SPE deberá cuidar la adecuada aplicación de las normas sobre uso, policía y conservación de las Instalaciones. Cláusula 36 bis.- Derecho especial del adjudicatario como accionista privado de la SPE. El adjudicatario en su condición de socio de la SPE tendrá derecho al cobro de la comisión de gestión o conocimiento como contraprestación por la prestación accesoria consistente en la

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aportación de su conocimiento y capacidad de gestión a la SPE en los términos previstos en este Pliego. IV.B. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Y DE LA SPE Cláusula 37.- Asunción de riesgos 37.1. El contrato se ejecuta a riesgo y ventura de la SPE en los términos del presente Pliego. En

consecuencia, la SPE asumirá los riesgos, responsabilidades y recompensas que se deriven en su caso de la redacción de los correspondientes proyectos o de la asunción de los proyectos preexistentes, de las modificaciones de servicios, así como de la construcción de las obras de primer establecimiento, de las obras de reposición y gran reparación, de la conservación, y mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato, y, en general, de todas las actividades necesarias para la ejecución del contrato en los términos descritos en el objeto del contrato en el presente Pliego. En particular, la SPE asume:

a) Los riesgos económicos y las responsabilidades de toda índole que se deriven de la

redacción de los correspondientes proyectos, de construcción de las obras de primer establecimiento, así como los riesgos que se deriven de la redacción de los proyectos constructivo, de obras de reposición y gran reparación de las Instalaciones objeto de contrato.

b) El riesgo derivado de que, en materia de construcción de las obras, ADIF reconocerá, única y exclusivamente, el presupuesto de ejecución por contrata ofertado por el licitador de acuerdo con contenido en el proyecto de licitación e incorporado al contrato, así como la sujeción a las siguientes normas:

o La ejecución de las obras se desarrollará con estricta sujeción a los proyectos aprobados por ADIF.

o Asimismo, si la SPE fuera responsable de un retraso en la ejecución de las obras, se estará a lo dispuesto en el régimen de penalidades recogido en el presente Pliego y en su caso a lo previsto sobre las causas de resolución.

o La SPE asume igualmente todos los (mayores o menores) costes que puedan surgir durante el período de construcción de las Instalaciones del contrato como consecuencia de incrementos o decrementos en la inflación aplicable a los materiales utilizados en la construcción de las obras o a la mano de obra, o cualquier otra causa que pueda generar un incremento o disminución del coste de construcción por encima o por debajo de lo previsto en su oferta, con la salvedad de lo dispuesto, en su caso, respecto a la existencia de fases de ejecución previstas en el contrato.

o El riesgo de una posible ejecución de las Instalaciones enmarcadas dentro del contrato por debajo de la calidad exigida en la documentación contractual de las Instalaciones definidas en los proyectos será asumido igualmente por la SPE. Ésta será la única responsable en caso de que los niveles de calidad de la obra no satisfagan las especificaciones definidas en la documentación contractual y, consecuentemente, en los proyectos constructivos de las obras, en la medida que la responsabilidad íntegra del resultado final de la ejecución de las obras corresponde a la SPE.

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o La SPE asumirá, durante la fase de construcción de las Instalaciones enmarcada dentro del contrato, aquellos efectos negativos externos que puedan tener impacto sobre el coste de construcción finalmente soportado por la SPE, tales como la incidencia que puedan tener sobre el coste de construcción los agentes atmosféricos u otros supuestos climatológicos.

c) El riesgo de disponibilidad de las Instalaciones. En el presente Pliego se fijan los indicadores de la calidad y disponibilidad de la puesta a disposición de las Instalaciones objeto de contrato sobre cuya base se calcula la remuneración de la SPE. De acuerdo con lo anterior, la SPE asume igualmente el riesgo y ventura de la evolución de los costes de mantenimiento, que incluyen los de mantenimiento, conservación y reposición de las Instalaciones, debiendo mantenerla de forma continuada en adecuadas condiciones para que preste el servicio público al cual estará destinada, con sujeción a lo previsto en el presente Pliego y a lo recogido en el contrato; asumiendo los sobrecostes que se puedan producir en relación con las previsiones y estimaciones realizadas por el adjudicatario en el Plan Económico-Financiero ofertado.

d) El riesgo y ventura de la evolución de las condiciones financieras del mercado con incidencia en la financiación de la SPE a lo largo del plazo contractual.

37.2. En particular, y con carácter meramente enunciativo, no se derivarán en ningún caso responsabilidades para ADIF respecto a:

a) Los resultados del mantenimiento.

b) La alteración de la red de transportes por el Estado o por cualquier otra Administración Pública.

37.3. No obstante lo anterior, la SPE tendrá derecho a compartir el riesgo derivado de los supuestos tasados en el presente Pliego en los términos y con sujeción a lo dispuesto en el mismo.

38. Ejecución de las obras 1. La SPE ejecutará las obras conforme a los proyectos aprobados por ADIF, lo dispuesto

en los Pliegos, y el contrato, y conforme a las instrucciones dadas por la Dirección de Construcción en el ejercicio de sus competencias, cumpliendo con el plazo establecido en el presente Pliego para la terminación de las obras y puesta en servicio.

2. Únicamente la SPE es la responsable de la ejecución y conservación de las

Instalaciones objeto del presente contrato y de los defectos que en ellas pudieren advertirse, sin que le exima de responsabilidad la circunstancia de que la Dirección de Construcción haya examinado y reconocido los materiales empleados en la obra durante la construcción, ni que las distintas partes de obra hayan sido incluidas en las correspondientes relaciones valoradas.

3. La SPE está obligada a cumplir durante la ejecución de las obras toda la Normativa

vigente, la Normativa interna de ADIF, las Órdenes Circulares, así como las directrices dictadas por ADIF.

39. Mantenimiento de las Instalaciones objeto del contrato 1. La SPE deberá mantener las Instalaciones objeto de contrato, en los términos

establecidos en los presentes Pliegos u ordenados posteriormente por ADIF cumpliendo

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con todos los parámetros de calidad, disponibilidad y seguridad establecidos en la normativa aplicable, los Pliegos y las propuestas incluidas en su oferta y según las instrucciones que le dirija la ADIF.

2. En particular, la SPE estará sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones: (1º)

mantener, conservar y ejecutar las obras instalaciones necesarias para garantizar la calidad y disponibilidad de las Instalaciones con la continuidad y nivel convenidos; (2º) designar expresamente ante ADIF al Responsable de Mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato (3º) garantizar un nivel adecuado de servicio entendido como la disponibilidad de las Instalaciones; (4º) constituir a partir de la autorización de puesta en servicio de las Instalaciones un fondo de reserva especial destinado al mantenimiento mayor de las obras e instalaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula [102].

3. La SPE, desde la aprobación de la puesta en servicio de las Instalaciones objeto de

contrato y durante toda la vigencia del mismo, estará obligado a tener a su disposición plenamente operativos la totalidad de los medios técnicos y humanos ofertados, para restaurar y mantener la operatividad de las Instalaciones en condiciones adecuadas, incluso cuando se trate de efectos ocasionados por causas extraordinarias extremas de fuerza mayor. Su incumplimiento podrá suponer la resolución del contrato.

4. La SPE desde la autorización de la puesta en servicio de las Instalaciones objeto del

contrato estará obligada a colaborar con ADIF para corregir de manera inmediata las situaciones puntuales que afecten a la seguridad.

5. Cualquier tipo de actividad correspondiente a obras de reposición, reparación,

conservación y mantenimiento deberá estar planificada por parte de la SPE con el objetivo de no afectar al servicio o, en su defecto, minimizar dicha afección.

6. La SPE deberá colaborar con los equipos de Protección Civil, los Equipos Sanitarios, los

Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en caso de accidente. Igualmente deberá colaborar con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado personal u órganos encargados de la investigación de accidentes ferroviarios o en caso de amenazas que pudieren afectar a la seguridad de las Instalaciones o de los viajeros que circulan por las mismas.

7. En todo caso la SPE en los supuestos descritos en el párrafo anterior colaborará con los

equipos del ADIF, del Ministerio de Fomento y de las empresas ferroviarias. Cláusula 40.- Ejecución del contrato La SPE ejecutará por sí misma el contrato sin que éste pueda ser cedida o traspasada de alguna forma a terceros sino de acuerdo con lo previsto en el presente Pliego Asimismo, no enajenará o gravará los bienes destinados a los servicios objeto del contrato ni los destinará a otros fines, ni enajenará ni gravará los derechos de crédito derivados del presente contrato, todo ello salvo autorización expresa de ADIF, que la concederá de conformidad con lo que establezca el presente Pliego. Cláusula 41.- Responsabilidades derivadas de la perturbación del servicio ferroviario Si durante la ejecución o el mantenimiento de las Instalaciones contratada, se produjera cualquier tipo de avería, interferencia o perturbación en el normal funcionamiento de todo tipo de aparatos e instalaciones, o producen cualquier tipo de afectación a la circulación,

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imputable a la SPE, éste, en su caso, además de reparar con urgencia la avería y suprimir las interferencias o perturbaciones, indemnizará a ADIF no sólo por el daño emergente sino además por el lucro cesante así como por el coste que los retrasos hubieran originado a ADIF y por las cantidades que ADIF hubiera de abonar, en su caso, a los operadores y/o a otros contratistas como consecuencia de las citadas averías, interferencias o perturbaciones. Todo ello sin perjuicio de las penalizaciones que puedan devengarse de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego. Cláusula 42.- Licencias y autorizaciones La SPE estará obligada a gestionar el otorgamiento de cuantas licencias y autorizaciones de cualquier organismo público o privado sean necesarias para la iniciación, ejecución de las obras, puesta en servicio, mantenimiento, conservación y puesta a disposición de las mismas, solicitando de ADIF los documentos que para ello sean necesarios, sin perjuicio de la actuación que a éste última le corresponda. La SPE informará a ADIF con antelación de cuantas licencias y autorizaciones solicite. Asimismo, además de los gastos e impuestos, tasas y demás gravámenes y exacciones de la adjudicación y formalización del contrato, la SPE estará obligada a abonar en los plazos voluntarios establecidos, el importe de los tributos, gastos y exacciones derivados de las licencias y autorizaciones referidas anteriormente y cualesquiera que graven la ejecución y posterior ocupación de la obra, a menos que, en los Convenios suscritos por ADIF con los distintos municipios intervinientes, se disponga la no sujeción de las obras a licencia municipal, ni a tasas o tributos municipales. Cláusula 43.- Uso y conservación Sin perjuicio de las competencias a ejercer por ADIF, la SPE vigilará la adecuada aplicación de las normas sobre uso, policía y conservación de las Instalaciones objeto de contrato. La SPE mantendrá en perfecto estado las Instalaciones objeto de contrato, terrenos e instalaciones afectas, dentro de las normales condiciones de seguridad, pulcritud y cuidado estético, cumpliendo con las indicaciones que sobre el particular le haga ADIF, en cuyas funciones colaborará activamente. La SPE mantendrá y conservará todas las obras, instalaciones y equipos, que pudiere emplear en la conservación y mantenimiento en un estado idóneo para el correcto funcionamiento de las Instalaciones objeto de contrato, llevando a cabo las reparaciones que sean necesarias, y de forma que los mismos cumplan, en todo momento, las reglamentaciones técnicas aplicables Desde la firma del contrato la SPE se hará cargo de la conservación y mantenimiento de los bienes de dominio público que sean puestos a su disposición por ADIF para la ejecución de las Instalaciones, debiendo adoptar las medidas precisas para garantizar la disponibilidad de las mismas. Cláusula 44.- Vigilancia, control e inspección A partir del momento de la puesta en servicio de las Instalaciones objeto de contrato, y hasta la extinción del mismo, la SPE responderá de la vigilancia de los terrenos y los bienes que haya en los mismos, cuidando especialmente de mantenerlos libres de intrusiones y no permitiendo alteraciones de lindes ni que nadie deposite en los terrenos material alguno ajeno al contrato. De la infracción de estos preceptos, deberá darse cuenta inmediatamente a ADIF.

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Asimismo, la SPE facilitará el control e inspección de la construcción y mantenimiento de las Instalaciones por ADIF. La SPE deberá cumplir los protocolos, informar a ADIF y seguir los procedimientos que ADIF tiene establecidos para incidencias. La SPE procurará la perfecta aplicación en las Instalaciones objeto de contrato de todas las normas y Reglamentos emanados de la Administración sobre usos de este tipo de Instalaciones, dando cuenta a la autoridad competente de la comisión de las infracciones que advierta. Cláusula 45.- Policía y deber de custodia La SPE colaborará con ADIF en el buen orden y cuidará de la calidad de las Instalaciones objeto de contrato, pudiendo dictar las oportunas instrucciones al respecto, sin perjuicio de los poderes de policía que correspondan a ADIF. La SPE colaborará con ADIF en el ejercicio de las funciones de policía de las Instalaciones, siendo responsable de los perjuicios que se irroguen a terceros por falta de cuidado de sus empleados en la aplicación de las disposiciones vigentes, sea por mera tolerancia, descuido, negligencia o cualquier otra causa imputable a la SPE. La SPE será responsable de la custodia y conservación de cualesquiera obras, instalaciones, equipos, materiales y productos en todo momento durante la ejecución del Contrato hasta completar el servicio a satisfacción de ADIF, no pudiendo alegar bajo ningún concepto pérdida, rotura o deterioro de los mismos, salvo que en el PPTP se establecieren expresamente tolerancias específicas al respecto y dentro de los estrictos límites que en el mismo se consignen, en su caso, para cada tipo de materiales, equipos o productos. Cláusula 46. Cláusula de Progreso La SPE deberá mantener las instalaciones de conformidad con lo que, en cada momento, y según el progreso de la ciencia, disponga la normativa técnica, medioambiental y de seguridad de los usuarios que resulte de aplicación. La SPE y ADIF compartirán única y exclusivamente los riesgos derivados de esta obligación, en los términos previstos en el capítulo VII de este Pliego. Cláusula 47.- Cumplimiento de la normativa de seguridad y salud, social, fiscal y medio ambiental La SPE está obligada al cumplimiento de las disposiciones, presentes y futuras, que estuvieren vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad industrial, seguridad vial, de seguridad y salud en el trabajo y de protección y gestión medioambiental. La SPE asumirá los gastos que se deriven del incumplimiento de las normas que se citan anteriormente, pudiendo ADIF imponer las penalidades previstas en este Pliego. ADIF, en cualquier momento, y para velar por el cumplimiento de las disposiciones legales de aplicación en la materia, podrá exigir a la SPE que le exhiba los documentos justificativos de hallarse al corriente del pago de las primas y cuotas correspondientes a la Seguridad Social por el personal que emplee en las obras con ella contratadas así como del personal de las subcontratas.

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Igualmente, la SPE, como único y exclusivo responsable respecto de las condiciones de trabajo en las obras o instalaciones contratadas con ADIF, está directamente obligado a cumplir cuantas disposiciones, presentes o futuras, estuvieren vigentes en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, incluyéndose tanto la normativa de carácter general, como la normativa interna de ADIF (Procedimientos Operativos de Prevención N° 12, de Coordinación de Actividades y N° 16, sobre Empresas que Realicen Actividades en Centros de Trabajo de ADIF), debiendo adoptar las medidas necesarias para asegurar la indemnidad, integridad y salubridad de los trabajadores afectos a las obras contratadas, así como para prevenir cualquier tipo de accidente de los que puedan producirse con ocasión de la ejecución de tales obras, sea cual fuere la causa del mismo. Las obligaciones de la SPE en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, impuestas y asumidas por el mismo en virtud de los apartados anteriores, se entienden referidas a todo el personal que trabaje en las obras o instalaciones contratadas con ADIF, tanto a las órdenes directas del mismo como a las de los posibles subcontratistas, en los supuestos de subcontratación realizada con los requisitos establecidos en el presente Pliego. Igualmente será obligación de la SPE, elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo que pasará a formar parte de la documentación contractual una vez aprobado. Asimismo vendrá obligado a comunicar la apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos, cualesquiera que sea su naturaleza y carácter, que graven los diversos conceptos derivados de la ejecución del contrato, los cuales serán a cargo de la SPE. Se exceptúa de lo anterior el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que la SPE desglosará y consignará, en forma distinta y separada de la base imponible y con expresión del tipo impositivo correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora y Reglamento de dicho impuesto. Asimismo, aquel se compromete expresamente a la declaración e ingreso de las cuotas que le correspondan por este impuesto, conforme a las citadas normas vigentes en esta materia. La SPE respetará en todo momento la legislación y normativa medioambiental vigente, y se compromete a respetar asimismo las resoluciones en materia de prevención ambiental establecidas formalmente. Igualmente, la SPE colaborará, en la medida de sus posibilidades, en los programas de protección al medio ambiente, ahorro energético y reducción del impacto ambiental vigentes. Cláusula 48.- Controles La SPE llevará los adecuados controles financieros, así como de gastos y costes de la actividad para que ADIF o persona designada por éste pueda conocer el estado financiero de la SPE en cualquier momento del periodo de las obras o mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato, incluyendo un registro informático de todo su inmovilizado, perfectamente individualizado y valorado. La SPE está obligadaa reflejar separada y detalladamente en sus cuentas el importe no amortizado de todos los conceptos que conforme a este Pliego pudieran resultar de abono por ADIF en caso de resolución anticipada del contrato.

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La SPE estará obligada a informar a ADIF o persona designada éste en el plazo máximo de 7 días hábiles sobre cualquier aspecto que le sea requerido en relación con sus estados financieros. En general, será competencia de ADIF o persona designada por éste el control del cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero contempladas en el contrato. Cláusula 49.- Daños La SPE deberá indemnizar los daños que se ocasionen a terceros por causa de ejecución de las obras o de su mantenimiento, salvo que no proceda, en ambos casos en los términos descritos en el presente pliego. Cláusula 50.- Imagen corporativa La SPE está obligada a adecuar las Instalaciones objeto de contrato y equipos complementarios a las normas de imagen corporativa y de cualquier otro tipo establecidas, o que eventualmente se establezcan por ADIF. Cláusula 51.- Publicidad No se podrá realizar ni explotar publicidad alguna por la SPE en las Instalaciones objeto de la presente licitación. La SPE podrá poner en las Instalaciones los anuncios que acrediten su ejecución por el mismo, sujetándose a las instrucciones que Ie facilite el Director del Contrato o Director de Obra en cuanto a la forma, número y emplazamiento de las mismas. No se podrá publicar, sin autorización escrita de ADIF, noticias, reportajes, dibujos ni fotografías de las Instalaciones o de su mantenimiento, ni de las instalaciones afectas al servicio, ni autorizar a terceros su publicación. La realización, edición, proyección o mantenimiento directo o mediante acuerdos con terceros de cuantos reportajes fotográficos, audiovisuales y de todo tipo de las obras y mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato e instalaciones afectas al servicio por parte la SPE requerirán igualmente autorización de ADIF. Cláusula 52.- Confidencialidad El desenvolvimiento de la ejecución del contrato ya sea éste normal y conforme a lo pactado así como cualquier incidencia en la ejecución del contrato, así como cualesquiera datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que se tenga conocimiento de los mismos con ocasión de éste, y la información a la que se acceda como consecuencia del mismo, tienen carácter confidencial. La SPE guardará el debido sigilo sobre dicha información y se obliga a adoptar las medidas oportunas para que la información confidencial sea conocida y manejada exclusivamente por las personas apropiadas conforme a la naturaleza de la información y los organigramas que formen parte de la documentación contractual. Cláusula 53.- Pólizas de seguro

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Durante la fase de ejecución del contrato, la SPE deberá tener contratadas y mantener en vigor las pólizas de seguro recogidas en el presente Pliego y acreditar su constitución presentando copia autenticada de las mismas debiendo abonar debidamente las primas correspondientes a las mismas. Esta obligación, con idéntico contenido, se extenderá igualmente a las empresas con las que la SPE subcontrate la realización de cualquier parte del objeto del contrato, viniendo obligado a presentar las pólizas correspondientes a la dirección del contrato con carácter previo al inicio de sus actividades. Cláusula 54.- Señalización de las obras y actividades de conservación La SPE está obligada a cumplir, durante la ejecución de las obras y las actividades de conservación objeto del presente contrato, la Normativa vigente, las Órdenes Circulares y las Circulares que emita ADIF al respecto. También estará obligada la SPE a instalar, a su costa, los carteles de obra o trabajos de conservación que, cumpliendo las especificaciones de ADIF, le ordene el Director de Obra o de Mantenimiento. En zonas donde los trabajos se ejecuten con interferencias en obras cuya competencia recaiga sobre otros Organismos, la SPE deberá cumplir en materia de señalización las exigencias de dicho Organismo, transmitiendo posteriormente su actuación al Director del Contrato o Director de Obra. Cláusula 55.- Propiedad intelectual, industrial y comercial La SPE, para emplear materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos necesarios en la ejecución del contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y "copyright" correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.

La SPE será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra ADIF con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a ADIF por tal motivo. Si, como consecuencia de la citada reclamación, ADIF quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir de la SPE, en cualquier momento, la sustitución total y a costa de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por ADIF en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo la SPE no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, sin necesidad de más requerimiento ADIF ejecutará por sí o por terceros la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta de la SPE. Todo ello, sin perjuicio de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con la documentación contractual. Lo dispuesto en esta cláusula es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en la documentación contractual a favor de ADIF.

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En el caso de productos "software", la SPE declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que ADIF así lo solicitara. En el supuesto de concesión de licencias de explotación, cuando se transmitan contractualmente a ADIF los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa. Toda la información generada durante el desarrollo del contrato será propiedad de ADIF, que será el titular de la propiedad intelectual de la totalidad de los trabajos con las limitaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RDL 1/1996, de 12 de abril. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, la SPE garantiza ante ADIF la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta de la SPE. Cláusula 56.- Recepción del contrato A la terminación del contrato por cualquier causa ADIF comprobará el estado de las Instalaciones y se suscribirá el Acta de Recepción del Contrato, conforme a lo dispuesto en este Pliego. Cláusula 57.- Gastos La SPE asume todos los gastos propios de la ejecución en su integridad del presente contrato. En particular la SPE afrontará los siguientes gastos: a. Los que se requieran para la tramitación y la obtención de autorizaciones, licencias,

documentos o cualquier otra información de Organismos o particulares.

b. Los correspondientes a la elaboración y desarrollo de los Planes y Proyectos que está obligada a presentar, de conformidad con lo establecido en los Pliegos.

c. Los correspondientes a la construcción, retirada y remoción de toda clase de construcciones auxiliares, limpieza y evacuación de desperdicios y basuras, conservación y desagües.

d. Los que se deriven de cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como su comprobación.

e. Los de publicidad de las obras en ejecución, documentación técnica y gráfica divulgativa, y realización de actos de protocolo de inicio y fin de obras, todo ello de acuerdo con los usos habituales.

f. Los derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de las obras mediante vallas tipo, inserción de anuncios en, al menos, un periódico de difusión nacional, el periódico de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en otro periódico de gran difusión en la provincia. Estos gastos no superarán un dos por mil del precio del contrato.

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g. Los gastos de Aseguramiento de la Calidad, estarán incluidos en los precios ofertados por el licitador para la ejecución y mantenimiento de las Instalaciones, teniendo en cuenta los gastos de inspección, ensayos y análisis de los materiales.

No obstante, si se considerase oportuno realizar ensayos complementarios a los propios del Plan de Aseguramiento de la Calidad, los gastos de todos los ensayos previa autorización por ADIF, serán de cuenta del contratista hasta un 1% del presupuesto del contrato.

h. Asimismo también serán de cuenta de la SPE los gastos derivados de la información pública de las puestas en tensión, mediante la publicación del anuncio tipo en un periódico de difusión nacional, en el periódico de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en otro periódico de gran difusión en la provincia, así como de informar sobre la finalización de la obra mediante la edición y difusión de un folleto tipo sobre sus características y futura utilización coincidiendo con la puesta en servicio de la misma. Estos gastos no superarán un dos por mil del precio del contrato.

i. Todos aquellos que conlleve la normal ejecución del contrato. Asimismo, hará frente, en su caso, a las reparaciones de los deterioros ocasionados en los viales, tanto públicos como privados, así como cualquier otro daño producido como consecuencia de la ejecución de las actividades del contrato.

j. Los derivados de la instalación de las señales precisas para la ejecución, en condiciones adecuadas, de las obras y las actividades de conservación objeto del presente contrato.

k. Los correspondientes, en su caso, a la constitución y registro de la SPE, modificación y registro de estatutos, y todos los restantes que sean consecuencia de estas actuaciones.

l. Los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación, de adjudicación y formalización del contrato. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación en diarios oficiales, prensa y otros medios de difusión será el indicado en el apartado [I] del cuadro de características.

m. Los costes asociados a la Revisión del Proyecto Constructivo por parte del Colegio Profesional correspondiente, en su caso, así como a las labores previas a la supervisión, correrán a cuenta de la SPE. Asimismo, los gastos de visado de los correspondientes proyectos que lo requiriesen, de conformidad con lo establecido en los Pliegos o en la normativa que resulte de aplicación, se sufragarán por la SPE.

n. Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o su ejecución.

o. Cualquier otro gasto a que hubiere lugar para la realización del contrato con arreglo al presente Pliego, y en especial los que se desprendan del desarrollo e implantación del Plan Económico-Financiero.

p. El coste de adquisición, instalación y mantenimiento de los sistemas necesarios para el control de la calidad y disponibilidad de las Instalaciones objeto de contrato y sistemas afectos a las mismas y de todos los elementos necesarios para su funcionamiento tanto de la SPE como del que utilice ADIF correrán a cargo de la SPE dentro de los términos generales del contrato.

q. Todos los gastos que se deriven de cualquier incidente que no sea causado por motivos de fuerza mayor.

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r. Un [porcentaje] del PPD en concepto de gastos correspondientes a las auditorías periódicas de comprobación de la calidad y disponibilidad de la puesta a disposición mediante la medición de los indicadores regulados en el presente Pliego (Anexo nº 2).

s. Señalización de la obra: la SPE está obligada a instalar, a su costa, las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones, así como a cumplir las órdenes sobre instalación de señales complementarias o modificación de las ya instaladas. También estará obligado el contratista a instalar, a su costa, los carteles de obra que, cumpliendo las especificaciones de ADIF, le ordene el Director de Construcción.

Cláusula 58.- Obligaciones relativas a la Ingeniería de Detalle y generales relativas a la documentación. 1. Ingeniería de Detalle La SPE deberá realizar el desarrollo de la Ingeniería de detalle, necesaria para la correcta ejecución de la instalación, en base al Proyecto Constructivo. Dicha Ingeniería de detalle servirá también de base para la posterior confección de la Documentación “según construido”, o “Proyecto As built”. 2. Documentación "según construido" A la conclusión de la obra y previamente a la Recepción de la Instalación, el CONTRATISTA deberá entregar a la Dirección de Obra de ADIF, la correspondiente documentación “según construido”. Esta deberá contener toda la información sobre la instalación ejecutada, instrucciones y planos de montaje de equipos, manuales de los mismos, manual de funcionamiento de la instalación, esquemas desarrollados del cableado, etc. Se entregará también todo el software necesario para el funcionamiento configuración y manejo de la instalación. 3. Documentación para la certificación de interoperabilidad Será obligación de la SPE la recopilación, elaboración, generación, y finalmente la entrega al Director del Contrato de ADIF, de toda la documentación necesaria y suficiente para certificar adecuadamente la Interoperabilidad de la instalación construida. La recopilación de esta documentación comenzará desde el principio de la obra. La información solicitada será acorde a lo recogido en la Especificación Técnica de Interoperabilidad vigente correspondiente y a lo recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Sin menoscabo de lo anterior y a petición de ADIF, se podrá solicitar que esta documentación sea ampliada en caso de estimarse necesario. Cláusula 59.- Obligaciones relativas al sistema de información geográfico de ADIF y al control de calidad 1. Sistema de información geográfico de ADIF El CONTRATISTA deberá suministrar toda la información relativa a la instalación que solicite la dirección del contrato de ADIF, de modo que esta se pueda incorporar el Sistema de Información Geográfico de ADIF.

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Esta información, en soporte digital, deberá suministrarse en los formatos y con la estructura que determine el Director del Contrato, de modo que posteriormente pueda realizarse el volcado de la misma al Sistema de Información Geográfico de una manera semiautomática. 2. Control de calidad El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y las prestaciones y servicios realizados, así como las consecuencias y efectos que se deduzcan para ADIF, o para terceros, de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas producidas en la ejecución del contrato. IV.C. FACULTADES DE ADIF Cláusula 60.- Inspección del contrato ADIF ejercerá la Inspección de las actuaciones, en los términos de los Pliegos que rigen la presente licitación. ADIF vigilará y controlará el cumplimiento de las obligaciones de la SPE, a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones y locales, así como la documentación relacionados con el objeto del contrato durante todo el periodo de la misma. ADIF en cualquier momento que considere oportuno, podrá inspeccionar las características de las Instalaciones objeto de contrato y los sistemas anexos y realizar mediciones. En el caso que se observaran discrepancias con los datos de la SPE se estudiarán las mismas y el Director de Mantenimiento realizará las comprobaciones necesarias y decidirá lo que se ajusta a la realidad. Cláusula 61.- Vigilancia y control En todo momento durante la ejecución de los proyectos y construcción de las Instalaciones objeto del presente Pliego, así como durante toda la Fase de Conservación y Mantenimiento del contrato hasta el final de la misma, la vigilancia y control de las actuaciones de la SPE será asumida por ADIF, a través de los órganos fijados en este Pliego y cualquier otro que pudiera ser designado al objeto. Cláusula 62.- Autorización de puesta en servicio de las Instalaciones objeto de contrato La Autorización para la puesta en servicio de las Instalaciones será otorgada por el Ministerio de Fomento de acuerdo a lo establecido en la Ley del Sector Ferroviario, a tal efecto la SPE emitirá toda la documentación requerida, de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. En todo caso, la Autorización para la puesta en servicio se producirá después de la recepción provisional de la superestructura ejecutada. Cláusula 63.- Penalidades El incumplimiento de las obligaciones contractuales de la SPE producirá el devengo automático de las penalidades previstas en este Pliego. La comunicación por ADIF a la SPE del Acta de incumplimiento determinará la obligación de la SPE de abonar a ADIF el importe correspondiente y el derecho de éste a detraer del pago siguiente el importe de la penalización correspondiente, todo ello de acuerdo con el presente

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Pliego. IV.D. OBLIGACIONES DE ADIF

Cláusula 64.- Compartir el riesgo derivado de ciertos eventos tasados

ADIF compartirá con SPE el riesgo derivado de los eventos tasados en el presente Pliego, en los términos y con sujeción a lo dispuesto en el mismo al regular el régimen económico-financiero. Cláusula 65.- Supuestos de fuerza mayor ADIF no podrá exigir responsabilidades a SPE cuando las actuaciones constitutivas de responsabilidad sean directamente imputables al propio ADIF o sean causadas por motivos de fuerza mayor y siempre que no exista una imprevisión o negligencia de la SPE. A tal efecto se entenderá que son supuestos de fuerza mayor únicamente los declarados como tales por ADIF que se deban a las causas siguientes:

Los incendios causados por la electricidad atmosférica.

Fenómenos naturales de efectos catastróficos como maremotos, terremotos, erupciones volcánicas, movimientos del terreno, temporales marítimos, inundaciones u otros semejantes

Los destrozos ocasionados violentamente en tiempo de guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden público.

Las huelgas en los centros de trabajo de SPE.

En lo que se refiere a la responsabilidad de la SPE ante actos terroristas se aplicará, entre otra, la Normativa Estatal que se enumera a continuación, teniendo en cuenta las modificaciones y nuevas Normativas que hayan podido aprobarse en el momento del incidente:

Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social -artículos 93 al 96 y disposición transitoria tercera- (BOE núm. 315, de 31 de diciembre).

Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo (BOE núm. 242, de 9 de octubre).

En cualquier caso, la SPE, desde la puesta en servicio de las Instalaciones objeto del contrato y durante toda la vigencia del contrato, estará obligado a disponer plenamente operativos todos los medios técnicos y humanos ofertados, para restablecer y mantener la disponibilidad de las Instalaciones en condiciones adecuadas, incluso cuando se trate de efectos ocasionados por causas extraordinarias extremas de fuerza mayor. CAPÍTULO V: DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

V.A. ELABORACIÓN, PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS CONSTRUCTIVOS Cláusula 66.- Director del Contrato

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ADIF nombrará un Director del Contrato que será el encargado de ejercer las competencias establecidas en el presente pliego. El Director del Contrato designará a los correspondientes Director/es de Proyecto/s, Director/es de Obra y Director/es del mantenimiento que ejercerán las competencias que les correspondan durante la ejecución del Contrato. Cláusula 67.- Presentación de Proyectos. Para las obras en las que corresponda a la SPE la elaboración de los Proyectos, la SPE deberá presentar a ADIF para su supervisión y aprobación, en el plazo máximo establecido en la oferta desde la formalización del contrato cuantos proyectos resulten necesarios para la ejecución de las obras Estos proyectos contemplarán la obra completa a ejecutar debiendo estar a nivel técnico y funcional en los anteproyectos presentados en la oferta final y estarán desarrollados a nivel constructivo, y también deberán comprender las instalaciones desarrolladas por la SPE sin que exista documentación base de referencia para su realización, conforme a lo ofertado. En el supuesto de que el adjudicatario hubiese previsto en su oferta la ejecución y puesta en servicio de forma secuencial, así como en el supuesto en que resulte del cuadro de características la ejecución del contrato en diferentes fases, podrá presentar los proyectos constructivos que correspondan en función de la división realizada o existente. En aquellos supuestos en los que el adjudicatario haya detectado y puesto de manifiesto en fase de oferta errores en la documentación facilitada por ADIF deberá incorporar la subsanación de estos errores en la oferta final y recogerla posteriormente en los proyectos constructivos,. En aquellos casos en los que la licitación contenga como documentación contractual la totalidad o parte de los proyectos necesarios para la ejecución de las obras objeto de contrato, pero el adjudicatario haya previsto en su oferta la ejecución y puesta en servicio de forma secuencial o con sujeción a las fases establecidas en contrato, deberá presentar los Proyectos Constructivos que correspondan en el plazo máximo establecido en su oferta., que no deberá superar a lo recogido en el cuadro de características del contrato. Los proyectos constructivos deberán corresponder a obras completas susceptibles de ser puestas en servicio y entregadas a su uso ordinario, y deberán cumplir la normativa vigente que sea de aplicación. Los proyectos deberán redactarse con los datos y precisión necesarios que permitan ejecutar las obras sin la intervención del autor o autores de los mismos. Los proyectos deberán estar supervisados y visados por el correspondiente Colegio profesional, o venir acompañados del respectivo compromiso de visado por parte del Colegio profesional correspondiente, que en su caso deberá hacerse efectivo antes del inicio de las obras. Los proyectos comprenderán como mínimo los siguientes documentos y no podrán contradecirse con el anteproyecto presentado en la oferta final: 1) Una Memoria que considere las necesidades a satisfacer y los factores de todo orden a

considerar, con descripción y justificación de la solución proyectada, y teniendo en cuenta, además, la relación de la estética del proyecto con el entorno de las Instalaciones.

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A la Memoria se unirán como Anejos, los documentos que incluyan los datos topográficos,

geológicos, geotécnicos y ambientales, así como los cálculos y estudios que se hayan utilizado en el proyecto, y que identifiquen y justifiquen el emplazamiento y características de las instalaciones; la justificación de los precios; un Plan de ejecución de las obras con programa de posible desarrollo de los trabajos, en tiempo y coste óptimo, con carácter indicativo y un presupuesto para conocimiento de ADIF.

2) Los planos que describan los elementos, obras e instalaciones proyectadas. 3) El pliego de prescripciones técnicas particulares donde se fijen las características de los

materiales y unidades de obra y la forma de ejecución, medición y abono de ésta. 4) Un presupuesto de todas las obras e instalaciones, con expresión de los precios unitarios

descompuestos, estados de mediciones y los detalles precisos para su valoración y, en su caso, presupuestos parciales.

5) Un proyecto de Seguridad y Salud en el trabajo, si fuere preceptivo, redactado de

acuerdo con su normativa específica. En todo caso se aportará memoria de prevención de riesgos y seguridad en la obra.

7) Un programa de actuaciones medioambientales, incluyendo estudio sobre las medidas de

corrección de las eventuales afecciones medio ambientales durante la Fase de Conservación y Mantenimiento y, en su caso, durante la construcción de las instalaciones así como de la adaptación de la estética de aquéllas al entorno de las Instalaciones.

8) Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo, incluyendo las

medidas que el licitador proponga para controlar y garantizar, por su parte, la calidad de las obras así como descripción de tecnologías innovadoras I+D+i que proponga utilizar. La SPE deberá incluir en los correspondientes proyectos, un anejo que contemple los impactos ambientales, las medidas correctoras y las medidas compensatorias ya sean como resultado de la Declaración de Impacto Ambiental previa o como resultado del análisis efectuado por la SPE y aprobado por el Director del Contrato o Director/es de Obra. Todas estas medidas deberán formar parte de los proyectos tanto en lo que se refiere al diseño como a las especificaciones, mediciones y presupuestos.

Adicionalmente durante la redacción del proyecto constructivo el Director del Proyecto realizará las correspondientes verificaciones de cumplimiento de las prescripciones y condiciones establecidas en la documentación técnica que rige la contratación, según el calendario de hitos contractual. La aprobación de los proyectos por parte de ADIF no exime a la SPE del cumplimiento de los indicadores de calidad y disponibilidad de las Instalaciones ni deriva responsabilidades para ADIF. En el supuesto de incumplimiento de los plazos para la entrega de los proyectos, o para la subsanación de las deficiencias percibidas por ADIF, así como de incumplimiento del contenido de la oferta adjudicataria, se impondrán las penalidades correspondientes según se establece en este Pliego. Los proyectos constructivos, una vez aprobados por ADIF revestirán carácter contractual, según lo estipulado en el presente Pliego.

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A efectos de archivo de los correspondientes proyectos, éstos deberán ser presentados con el contenido y en la forma y número de copias que determine ADIF. La SPE deberá incluir en los correspondientes proyectos construcctivos las obras necesarias para la reposición de todos los servicios existentes afectados por éstas ya sean éstos públicos o privados. Todos los servicios afectados deberán reflejarse, de forma fidedigna, en los proyectos constructivos, recogiendo todas sus características y diseñando su reposición con la conformidad expresa de la propiedad del servicio, siendo a cargo de la SPE tanto el proyecto de las reposiciones como su ejecución. V.B. EXPROPIACIONES, DESLINDE Y AMOJONAMIENTO Cláusula 68.- Procedimiento expropiatorio Las expropiaciones que deban realizarse para la ejecución de las Instalaciones objeto de contrato y de las instalaciones afectas se regirán por la legislación general de expropiación forzosa, siendo a cargo de ADIF los costes del procedimiento de expropiación forzosa, así como el abono del justiprecio. La SPE podrá recabar de ADIF, desde la formalización del contrato, la tramitación de los procedimientos de expropiación forzosa, imposición de servidumbres y desahucio administrativo que resulten necesarios para la construcción, modificación y mantenimiento de las obras. La SPE elaborará y presentará a ADIF toda la documentación que se requiera para efectuar la expropiación y que viene recogida en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares en el caso en el que la necesidad de expropiación se recoja en el Proyecto Básico o Constructivo a realizar por la SPE o así lo dictamine ADIF.

Cláusula 69.- Inscripción de bienes y derechos expropiados

Los bienes y derechos expropiados que queden afectos a las Instalaciones objeto de contrato se incorporarán al dominio público. ADIF gestionará la inscripción en el Registro de la Propiedad, a favor del Estado, de la totalidad de los bienes y derechos expropiados para la ejecución de las Instalaciones objeto de contrato y sus instalaciones complementarias. Los gastos derivados de la inscripción serán de cuenta de ADIF.

Cláusula 70.- Deslinde y amojonamiento

Ocupados todos los terrenos correspondientes a la zona de dominio de la Superestructura objeto de contrato como consecuencia de las obras, la SPE procederá, a su costa, en el plazo máximo de dos meses, al amojonamiento definitivo de los lindes de la zona de dominio de toda las Instalaciones de los cuales levantará planos que se entregarán a ADIF. Los planos a los que se hace referencia en el apartado anterior, recogerán toda las Instalaciones objeto de la contrato.

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V.C. FASE DE EJECUCIÓN DE OBRA

Cláusula 71.- Documentación a presentar antes del inicio de las obras

Cuando la SPE vaya a ejecutar las obras con medios propios, en el plazo de tres días desde la aprobación de los proyectos correspondientes, deberá presentar ante ADIF, para su aprobación, el Programa de ejecución de las Obras y el Plan de Aseguramiento de la Calidad que mantendrán durante la fase de construcción y, que serán el resultado de completar los aportados por el adjudicatario en su oferta. Este Programa de Trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales y por tanto, coincidirá con en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados, que en ningún caso podrán superar los máximos considerados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Cuando la SPE vaya a ejecutar las obras a través de terceros, el Plan de ejecución de las Obras y Plan de Aseguramiento de la Calidad indicados en el párrafo anterior deberán presentarse en el plazo de una semana desde la adjudicación del contrato de construcción. Asimismo, la SPE presentará el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, que aplicará el Estudio de Seguridad y Salud contenido en los proyectos constructivos elaborado por la SPE. La SPE designará un coordinador de seguridad y salud que desempeñará las obligaciones que estipula el artículo 9 del citado Real Decreto 1627/97. La aprobación del Plan de Seguridad y Salud corresponde a ADIF. Si ADIF observara en los documentos recibidos defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, incoherencias presupuestarias, omisiones o infracciones normativas, serán devueltos a la SPE para que subsane los extremos correspondientes en el plazo que le sea notificado. Estos planes, en el supuesto de que precisen modificación, en función del proceso de ejecución de las obras, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias que puedan surgir durante su ejecución, requerirán de nuevo su presentación y la correspondiente aprobación por parte de ADIF. En caso de que por cualquier circunstancia se modifiquen las condiciones contractuales conforme a lo previsto en el Pliego, la SPE queda obligada a la actualización y puesta al día de esta documentación, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba de ADIF. Cláusula 72.- Acta de Comprobación del replanteo del proyecto 72.1 Naturaleza de la comprobación del replanteo. Como trámite previo a cualquier operación de ejecución material de cada uno de los proyectos debidamente aprobados, se procederá a la comprobación del replanteo. Salvo que en el cuadro de características se disponga expresamente lo contrario, los trámites conducentes al levantamiento del acta de comprobación del replanteo se efectuarán en el momento inmediatamente posterior a la notificación de la aprobación de los correspondientes proyectos. En todo caso el acta de comprobación del replanteo se levantará dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación de los proyectos objeto del contrato, a tal fin las partes fijarán el lugar, fecha y hora de la comprobación del replanteo, teniendo en cuenta lo dispuesto en el presente Pliego para el caso de ejecución de las obras por tercero.

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Si alguna de las partes no acudiera, sin causa justificada, al acto de comprobación del replanteo, en la fecha y hora y con los medios personales y materiales precisos, su ausencia se considerará incumplimiento de contrato, quedando facultada la otra parte para resolver el contrato y reclamar los daños y perjuicios que se Ie hayan podido ocasionar. Si su incomparecencia lo fuera por causa justificada, circunstancia que deberán acreditar en un plazo máximo de cinco días contados a partir de la fecha fijada para la comprobación del replanteo, las partes fijarán una nueva y ultima fecha para el mismo en el plazo máximo de 10 días a contar desde aquella. 72.2 Gastos de la comprobación del replanteo. La comprobación del replanteo se efectuara por el personal y con los medios propios de la SPE, bajo la dirección y supervisión del Director del Contrato o del Director de Obra designado, en su caso, y de aquellas personas que ADIF designe para que asistan a tal acto. Los gastos de materiales y de su propio personal serán de cuenta de la SPE y de ADIF los propios de los Directores y, en su caso, de los agentes que Ie asistan. 72.3 Acta de comprobación del Replanteo. Los resultados de la comprobación del replanteo se reflejarán en el Acta que será firmada por el Director/es de Obra, el Responsable de Construcción y la Asistencia al control de las Obras, uno de los cuales quedará en poder de cada parte. EI acta de comprobación del replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del mismo respecto de los documentos contractuales del proyecto, con especial y expresa referencia a las características geométricas de la obra, a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios y cualquier punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato Si del resultado de la comprobación del replanteo, a juicio del Director de la Obra, y sin reserva por parte de la SPE, se desprende la disponibilidad de los terrenos y la viabilidad del proyecto, se dará por el Director de la Obra autorización para iniciar las obras, haciendo constar tal autorización para inicio de forma expresa en el acta, empezando a contar el plazo de ejecución desde el día siguiente al de la firma del Acta. Esta disponibilidad previa de los terrenos y las infraestructuras queda en todo caso sujeta a la necesaria coordinación entre los distintos contratos y actuaciones desarrolladas por ADIF, directa o indirectamente a través de otros contratistas para la puesta en servicio de la línea de alta velocidad, así como, durante la Fase de Conservación y Mantenimiento, el mantenimiento de las distintas instalaciones y la explotación de la vía, todo ello en los términos del presente Pliego y el resto de la documentación contractual. En consecuencia, si bien la ocupación efectiva de los terrenos deberá ir precedida de la formalización del acta de ocupación, las obras podrán comenzar cuando estén disponibles los terrenos imprescindibles para ello y completarse la disponibilidad de los restantes según exija la ejecución de las mismas. Si a la vista de los resultados de la comprobación del replanteo no quedase debidamente acreditada la disponibilidad de los terrenos, locales e instalaciones necesarios para su ejecución, y la realidad de cualquier otro extremo, tal circunstancia se hará constar en el Acta de comprobación del Replanteo, quedando provisionalmente suspendida la iniciación de las obras hasta que el Director del Contrato o Director de Obra comunique a la SPE la resolución adoptada por ADIF sobre el particular, sin que dicha comunicación pueda exceder del plazo máximo de veinte (20) días contados a partir de la fecha del Acta de comprobación del

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Replanteo. En tal caso, al inicio real de las obras, se establecerá un Acta de Iniciación, a partir de cuya fecha comenzara a contarse el plazo de ejecución de las mismas. Si, no obstante lo anterior, pudieran iniciarse las obras o instalaciones parcialmente, a partir de esta fecha comenzaran a computarse el plazo de ejecución de la obra conforme al "Programa de Trabajo". Caso de que la SPE, sin formular reservas sobre la viabilidad del proyecto, hubiera hecho otras observaciones que puedan afectar a la ejecución de la obra, la dirección, consideradas tales observaciones, decidirá iniciar o suspender el comienzo de la obra, justificándolo en la propia acta. Cuando la SPE formulase reservas en el acto de comprobación del replanteo y dichas reservas resultasen infundadas a juicio de ADIF, no quedará suspendida la iniciación de las obras ni, en consecuencia, será necesario dictar nuevo acuerdo para que se produzca la iniciación de las mismas y se modifique el cómputo del plazo para su ejecución En la hipótesis de que la decisión adoptada lo hubiera sido en el sentido de suspensión definitiva de la obra o instalación, deberán indicarse las causas que motivan tal suspensión. Una vez desaparecidas las mismas se procederá al levantamiento de la suspensión mediante la correspondiente acta, comenzando a contar, desde entonces, el plazo de ejecución. Si como consecuencia de los resultados de la comprobación del replanteo, se dedujera la necesidad de introducir modificaciones en el Proyecto base del contrato, tal circunstancia se hará constar en el Acta de Replanteo, quedando provisionalmente suspendida la iniciación de las obras, hasta que ADIF adopte la resolución procedente En caso de que el ADIF autorice la modificación del proyecto, se procederá, en el plazo de 45 días a la redacción del proyecto modificado que sustituirá al proyecto inicial y que la SPE deberá asumir en su totalidad, salvo que el nuevo presupuesto de ejecución material exceda en cuantía superior al 20% del precio del contrato, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el Titulo IV. Aprobada la oportuna modificación y formalizado el correspondiente documento contractual, podrán iniciarse las obras estableciéndose la correspondiente Acta de Iniciación, a partir de cuya fecha comenzara a contarse el plazo de ejecución de las mismas. Cuando por las características especiales de las obras o instalaciones contratadas, estuviere prevista en el Proyecto la ejecución de las obras en zonas o tajos que tuvieran entidad propia e individualizada, la comprobación del replanteo de las obras o instalaciones podrá efectuarse en forma fraccionada pero siempre por zonas o tajos completos. 72.4 Servidumbres, ocupación y uso de terrenos de terceros. Corresponde a la SPE gestionar, obtener y abonar a los propietarios de los terrenos correspondientes, las cesiones y permisos necesarios conforme a derecho para la extracción o adición de tierras, para la ejecución de explanaciones o terraplenes, ocupación de terrenos para la instalación de oficinas, talleres, depósitos de materiales, etc., habilitación de caminos privados para el transporte de maquinaria y materiales, servidumbres voluntarias de paso y demás operaciones que en terrenos de terceros sean precisas para la ejecución de las obras e instalaciones contratadas con ADIF. Tales solicitudes y gestiones se iniciarán durante las operaciones de replanteo con el fin de que si es posible se concedan antes del comienzo de la obra.

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EI pago de dichos conceptos no implicara derecho alguno de la SPE para repercutir cantidad alguna frente a ADIF y su impago no implicara en ningún supuesto responsabilidad alguna para ésta. A la Recepción de la obra, el Director de la Obra deberá verificar que se han dejado los terrenos de terceros en las mismas condiciones en que se encontraban al inicio de las obras o, en su caso, en los términos en que se haya pactado con sus propietarios, así como que se han pagado las cantidades que procedan, por lo que al suscribir los correspondientes acuerdos SPE facilitará una copia de los mismos a ADIF. En caso de que resulte de la verificación el incumplimiento de tales condiciones, el Director requerirá a la SPE para su subsanación y en el supuesto de que este no los atienda se procederá a ejecutar los trabajos precisos a su costa, mediante retención de su importe de las certificaciones pendientes de pago o, en su caso, ejecución de la fianza que la SPE deberá reponer a su importe inicial en el plazo máximo de quince días. 72.5 Uso temporal de bienes de ADIF y su vigilancia. La SPE sólo podrá utilizar aquellos bienes de ADIF que resulten precisos para la ejecución de las obras o instalaciones previa autorización expresa del Director del Contrato o Director de Obra, por el tiempo y en las condiciones que se le consignen en dicha autorización y con estricta sujeción, en cuanto a su uso, a las instrucciones que a tal efecto reciba del Director del Contrato o Director de Obra. Asimismo, la SPE está obligado a realizar, por su exclusiva cuenta y cargo los trabajos necesarios para el mantenimiento y vigilancia de tales bienes durante el periodo de uso de los mismos y a proceder a la limpieza general, retirada de los materiales, equipos y productos no empleados hasta lugar autorizado, así como la adecuada restauración de tales bienes, al cesar en su uso. Caso de que la SPE no hubiere cumplido con lo prescrito en el párrafo precedente, ADIF quedará expresamente facultada para realizar la vigilancia y los trabajos y obras precisos para ello así como la limpieza general indicada, por cuenta y cargo de la SPE, conforme se establece con anterioridad. De tal autorización, contenido y revocación, dada por el Director del Contrato o Director de Obra en orden al uso temporal por la SPE de los bienes de propiedad de ADIF se hará la oportuna anotación en el "libro de Ordenes". Las posibles mejoras que, en su caso, hubiere efectuado la SPE en los bienes utilizados quedarán a favor de ADIF sin derecho a indemnización alguna. 72.6 Calidad de los materiales, equipos y productos. Todos los materiales, equipos y productos utilizados en las obras o instalaciones deberán ajustarse a las calidades y condiciones impuestas en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y en el Plan de Aseguramiento de Calidad, en su caso, así como en las especificaciones técnicas y normas en vigor. En los supuestos de no existencia de especificaciones técnicas, la SPE se atendrá a las recomendaciones editadas por Organismos Oficiales (incluso ADIF), sometiéndolas a la aprobación de ADIF con carácter previo a la contratación.

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La SPE queda obligada a presentar al Director del Contrato o Director de Obra los correspondientes certificados de homologación de conformidad con las especificaciones técnicas y normas en vigor. En su defecto ADIF podrá exigir a la SPE la realización por su cuenta y cargo de los ensayos y pruebas en los Laboratorios o Centros de Investigación oficiales u homologados para su verificación. En el exterior de cada equipo o aparato y en lugar fácilmente accesible irá fijada una placa de identificación o elemento análogo que la sustituya, que incluirá los datos de identificación siguientes en carácter legible e indeleble: - Anagrama o nombre de ADIF Anagrama o nombre del fabricante o Contratista - Referencia o número de fabricación - Mes y año de fabricación - Espacio para datos de la recepción 72.7 Pruebas, ensayos, análisis y demás medios de control de los materiales, productos y

unidades de obra ejecutada. Corresponde al Director del Contrato o Director de Obra ordenar que se verifiquen cuantas pruebas, ensayos, análisis y demos medios de control precedan, así como exigir certificados de la SPE y garantías de acuerdo con el presente Pliego y el cuadro de características del contrato. La SPE queda obligada a facilitar a ADIF copia de los pedidos de los equipos que realice a terceros al objeto de que ADIF, si lo estima conveniente, pueda encargar la realización de las pruebas y ensayos, en origen, citados anteriormente. Salvo disposición en contrario en el Pliego o en el cuadro de características, los gastos que se irroguen por tal motivo serán de cuenta de la SPE. Como máximo el importe global de las pruebas y ensayos a un uno por ciento (1 %) de la inversión prevista en los Proyectos debidamente aprobados o a un cinco por ciento (5%) de las unidades de obra correspondientes. En caso de que aquellas resultarán desfavorables y si fuera necesaria su reiteración, se realizarán por cuenta y cargo de la SPE sin la limitación anteriormente establecida. Los retrasos que por esta circunstancia se originen en la terminación de las obras o instalaciones no darán lugar a prórrogas en los plazos de entrega, ni a revisión de precios, así como tampoco a la percepción de indemnización alguna. Todos los aspectos concernientes a lo establecido en esta condición deberán reflejarse en el Libro de Órdenes. 72.8 Necesidad de autorización previa del Director del Contrato o Director de Obra para el

empleo e incorporación de materiales, equipos y productos. La SPE no podrá utilizar en las obras, materiales, equipos y productos que no hayan sido autorizados por el Director del Contrato o Director de Obra. Cuando el Director del Contrato o Director de Obra, de resultas del examen que someta a los materiales, equipos y productos considere que no cumplen las especificaciones técnicas, normas en vigor exigibles y las definidas en el Plan de Aseguramiento de la Calidad y deniegue su autorización deberá comunicárselo así a la SPE dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su examen mediante anotación en el Libro de Ordenes, indicando las causas que motiven

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su rechazo. Contra dicha resolución la SPE (de igual forma y dentro de igual plazo contado a partir de la fecha de notificación) podrá efectuar sus alegaciones ante el Órgano de ADIF responsable del control del cumplimiento del contrato, que resolverá dentro del plazo de los cinco días siguientes, siendo vinculante para la SPE dicha decisión. Si el estado de los trabajos no permitiera esperar la resolución, el Director del Contrato o Director de Obra podrá imponer el empleo de los materiales, equipos y productos que juzgue oportunos. Si la resolución de ADIF fuera favorable a la SPE se valorará contradictoriamente la indemnización de los posibles daños causados a la SPE, no correspondiendo ésta en caso contrario. En el "Libro de Ordenes" se llevará una relación detallada de los materiales, equipos y productos industriales, con expresión de los autorizados y rehusados por ADIF. Cláusula 73.- Ejecución de las obras Las obras se ajustarán estrictamente a lo especificado en los proyectos aprobados por ADIF y a los plazos establecidos en dichos proyectos, en el presente Pliego y en la oferta adjudicataria. ADIF podrá dictar las instrucciones que considere oportunas en relación con la ejecución de las obras, para garantizar su ejecución con estricta sujeción a los proyectos constructivos aprobados o a las modificaciones debidamente autorizadas, así como su ajuste al Plan de ejecución de las obras. En particular, podrá rechazar las obras realizadas que no estén de acuerdo con los proyectos aprobados, pudiendo exigir la paralización y rectificación de las mismas, así como la adopción de las medidas correctoras precisas para la subsanación de los defectos observados. Asimismo, podrá ordenar que se realicen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra para asegurarse de la adecuación de cada unidad de obra a los requisitos de los proyectos, y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes, asumiendo la SPE el coste de los citados ensayos e informes hasta un valor del [1 %] del presupuesto de ejecución material de los proyectos. El personal de ADIF y el de de las empresas que intervienen en las asistencias técnicas a ADIF podrán acceder libremente a las obras e instalaciones de la SPE, ya sean propias o de un subcontratista. Cláusula 74.- Seguimiento de la ejecución de las obras: mediciones, relaciones valoradas, certificaciones mensuales y facturación. 74.1 Obligaciones de información A partir de la formalización del contrato y hasta la emisión del Acta de Comprobación de las obras, la SPE deberá entregar mensualmente al ADIF los siguientes documentos e informes: a) Avances en la elaboración del Proyecto Constructivo. b) Informe de los resultados obtenidos de los trabajos previos e investigaciones de campo

efectuados por la SPE con anterioridad a la fecha de inicio, anexando copia de los mismos.

c) Avance en las negociaciones y términos de los Subcontratos de Diseño, Construcción, Operación, Mantenimiento y Conservación que en su caso pretenda celebrar la SPE.

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d) Informe del progreso de los aspectos relevantes de la Construcción, incluyendo, sin limitación: - Desviaciones reales o potenciales del Programa de Diseño y Construcción, en

cuyo caso deberá iniciar el Procedimiento de Revisión correspondiente. - Avance en la ejecución de Modificaciones debidamente aprobadas. - Cualquier otro informe razonablemente requerido a la SPE por ADIF.

74.2. Mediciones Mensualmente, el Director del Contrato o Director de Obra en presencia de la SPE, procederá a realizar en la forma que establezca la documentación contractual la medición o cubicación de las unidades de obra ejecutadas durante los tres meses naturales anteriores. La asistencia de la SPE y/o su Delegado, es obligatoria y su incomparecencia injustificada se entenderá como aceptación de las mediciones practicadas por ADIF. Si compareciere deberá firmar su conformidad o reserva con dichas mediciones; si lo hiciere con reserva o no hubiere comparecido por causa justificada, estará facultado para formular cuantas reclamaciones estime oportunas dentro del plazo exclusivo de cinco (5) días contados a partir de la fecha en que se hubiere practicado la medición, en el bien entendido de que si transcurrido dicho plazo no hubiere justificado su reserva o manifestado alegación alguna se entenderá que expresamente acepta las efectuadas por ADIF. Para las obras o partes de obra cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, la SPE está obligado a avisar a la dirección de la obra con la suficiente antelación, a fin de que esta pueda realizar las correspondientes mediciones y tomas de datos, levantando los planos que las definan, cuya conformidad suscribirá la SPE. A falta de aviso anticipado, cuya existencia corresponderá probar a la SPE, queda este obligado a aceptar las decisiones de ADIF sobre el particular. Las mediciones realizadas con arreglo a los apartados anteriores de esta Condición, tienen el carácter de provisionales estando sujetas a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición general final, no suponiendo tampoco recepción ni aprobación alguna de las obras o instalaciones correspondientes. No podrá omitirse, bajo la responsabilidad del Director del Contrato o Director de Obra, la medición mensual de las obras ejecutadas por la SPE durante el mes natural anterior por el hecho de que la obra o instalación realizada haya sido de pequeño volumen o incluso nula a menos que la obra se encuentre suspendida con carácter definitivo o temporal total. 74.3. Relaciones valoradas mensuales y facturación Sobre la base de las mediciones de obra ejecutada anteriores, se emitirán relaciones valoradas mensuales y se procederá a la facturación correspondiente, todo ello en los términos y con sujeción a lo dispuesto en el capítulo VII del Pliego, relativo al régimen económico financiero. Cláusula 75.- Modificación de las obras en construcción 75.1 Régimen jurídico. Una vez perfeccionado el contrato, ADIF solo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente.

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Las modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato, entendiéndose como condiciones esenciales del contrato la naturaleza y extensión de las necesidades a cubrir mediante el mismo, así como la idoneidad de su objeto, la forma y los plazos de pago. No tendrán la consideración de modificaciones del contrato las ampliaciones de su objeto que no puedan integrarse en el proyecto inicial mediante una corrección del mismo o que consistan en la realización de una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente o dirigida a satisfacer finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del contrato, que deberán ser contratadas de forma separada, pudiendo aplicarse, en su caso, el régimen previsto para la contratación de prestaciones complementarias si concurren las circunstancias previstas en la normativa interna de la Entidad. Las modificaciones del contrato serán adoptadas de mutuo acuerdo por las partes. La conformidad de la SPE a la modificación se realizará mediante la puesta de manifiesto de la modificación proyectada, para que en el plazo de tres días por escrito manifieste su conformidad al objeto de la modificación, al importe de la misma, a la variación correspondiente del plazo de ejecución, y al resto de las cuestiones incluidas en la modificación. EI acuerdo de ADIF para la modificación del contrato requerirá de la previa tramitación del correspondiente expediente y del pronunciamiento expreso de ADIF aprobando el expediente y el gasto de la modificación correspondiente. Las modificaciones de los contratos deberán formalizarse en el oportuno documento contractual. Únicamente cabrá la modificación del contrato cuando el mismo cuente con plazo de ejecución vigente. 75.2 Modificaciones sustanciales. Se considerarán modificaciones sustanciales aquellas que, aislada o conjuntamente, de modo puntual o sucesivo en el tiempo, representen una alteración del importe primitivo del contrato superior, en cada una de las fases siguientes: a) Durante la fase de construcción, al diez por ciento (10%) del precio de adjudicación de

las obras (IVA excluido). b) Durante la fase de mantenimiento, al diez por ciento (10%) del precio de adjudicación

de la conservación y el mantenimiento (IVA excluido). 75.3 Efectos de las modificaciones sustanciales. Las modificaciones sustanciales serán causa de resolución del contrato en todo caso. 75.4 Modificaciones no sustanciales. Se considerarán alteraciones no sustanciales aquellas que no impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración superior al diez por ciento (10%) del importe de adjudicación del contrato primitivo y que no se encuentre en alguno de los supuestos materiales incluidos en la definición de las modificaciones sustanciales. 75.5 Efectos de las modificaciones no sustanciales.

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75.5.1. Estas modificaciones serán obligatorias para la SPE. En el supuesto de que se hubiere llegado a un acuerdo entre las partes en la determinación de las nuevas unidades de obra, se procederá al estudio y definición de los "precios contradictorios" correspondientes a las nuevas unidades de obra, los precios de las mismas se incorporarán al Cuadro de Precios Unitarios del Proyecto base del contrato con el carácter de precios de ejecución material. Cuando se juzgue necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra que no figuren en el proyecto, la propuesta del Director de la obra sobre los nuevos precios a fijar se basará en cuanto resulte de aplicación, en los costes elementales fijados en la descomposición de los precios unitarios integrados en el contrato y, en cualquier caso, en los costes que correspondiesen a la fecha en que tuvo lugar la adjudicación. Los nuevos precios, una vez aprobada por ADIF la modificación, se considerarán incorporados a todos los efectos en los cuadros de precios del proyecto. Los precios contradictorios serán propuestos por el Director del Contrato o Director de Obra y deberán ser aceptados por la SPE en el plazo de tres días. [75.5.2 Si la SPE no aceptase los precios contradictorios propuestos por el Director del Contrato o Director de Obra, el órgano podrá contratar la ejecución de las unidades de que se trate con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente.] 75.5.3 Ni la SPE ni el Director del Contrato o Director de Obra podrán introducir o ejecutar modificaciones en la obra objeto del contrato sin la previa aprobación de aquellas modificaciones y del presupuesto correspondiente. [Las variaciones mencionadas se abonarán en la certificación final. No obstante cuando posteriormente a la producción de algunas de estas variaciones hubiere necesidad de introducir en el proyecto modificaciones de otra naturaleza, habrán de ser recogidas aquellas en la propuesta de modificación a elaborar, sin esperar a la certificación final.] 75.5.4 La SPE podrá proponer, siempre por escrito, a la Dirección de Obra la sustitución de una unidad de obra por otra que reúna mejores condiciones, el empleo de materiales de más esmerada preparación o calidad que los contratados, la ejecución con mayores dimensiones de cualesquiera partes de la obra 0, en general, cualquiera otra mejora de análoga naturaleza que juzgue conveniente para la obra o instalación. Si el Director estimase conveniente, aun cuando no necesaria, la mejora propuesta, podrá autorizarla por escrito, pero la SPE no tendrá derecho a indemnización de ninguna c1ase, sino solo al abono de lo que correspondiera si hubiese ejecutado la obra con estricta sujeción a lo contratado. 75.6 Formalización de las modificaciones. Toda modificación, sustancial o no, de obras o instalaciones precisará de la correspondiente formalización contractual. Con carácter previo a la ejecución de las modificaciones se requerirá la formalización de un documento en el que se determine el objeto de la modificación, la definición física de las unidades modificadas, su valoración comparativa con las diferencias en más o en menos que las mismas supongan y el reajuste de los plazos parciales y totales, así como el nuevo "Programa de Trabajo", si fuere preciso. Dicho documento contractual deberá ser suscrito por ambas partes en triplicado ejemplar. No obstante lo anterior, cuando la tramitación de un modificado exija la suspensión total o parcial de la ejecución de las obras y ello ocasione graves perjuicios para los intereses

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gestionados por ADIF, éste podrá acordar que continúen provisionalmente las obras tal y como esté previsto en la propuesta técnica que elabore el Director del Contrato o Director de Obra, siempre que el importe máximo previsto de la modificación no exceda del 20 por ciento del precio de adjudicación del contrato y se acredite la existencia de presupuesto para su financiación. En tales supuestos el expediente a tramitar exigirá las siguientes actuaciones: a) Propuesta motivada efectuada por el Director del Contrato o Director de Obra, donde

figurará el importe aproximado de la modificación, así como la descripción básica de las obras a realizar.

b) Conformidad de la SPE a la ejecución provisional de las obras. c) Acuerdo de ADIF. Desde la fecha del correspondiente acuerdo de ADIF, en el plazo de seis meses deberá estar aprobado técnicamente el proyecto modificado, y en el de ocho meses el expediente del modificado. Dentro del plazo de los seis meses citado, se ejecutarán preferentemente, de aquellas unidades de obra previstas en el contrato, aquellas que no hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas. Cláusula.- 76.- Retrasos en la ejecución de las obras e instalaciones Las Instalaciones objeto de contrato e instalaciones afectas se construirán a riesgo y ventura de la SPE, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Pliego. Los retrasos darán lugar al devengo de las penalidades previstas en este Pliego, salvo los supuestos en que conforme a este Pliego, no procedan. El retraso no podrá suponer la ampliación del plazo del contrato. Los retrasos de las obras ó la no ejecución de parte de ellas, debidos a causas de fuerza mayor o por causas imputables a ADIF, darán lugar a las medidas previstas al regular el régimen económico financiero del contrato. En ningún caso la función de la Dirección de Obra exime a la SPE de su obligación y responsabilidad técnica y económica de la ejecución de las obras, que deberán ser ejecutadas a riesgo y ventura por la SPE. En caso de retraso en la puesta en servicio, por causas imputables a la SPE, ADIF podrá imponer la puesta en servicio parcial de las Instalaciones debiendo la SPE realizar, en los plazos que se le indiquen, las obras que fije ADIF para la puesta en servicio provisional en condiciones de seguridad. Esta puesta en servicio provisional no se considerará a efectos del cómputo de la retribución de la SPE. Cláusula 77.- Libro de incidencias de las obras El libro de incidencias de las obras deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de

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las Administraciones públicas competentes, el Director del Contrato o Director de Obra y el Responsable de Construcción, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo. Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no sea necesaria la designación de coordinador, la dirección facultativa, estarán obligados a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente deberán notificar las anotaciones en el libro al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste. Cláusula 78.- Reuniones de seguimiento de obras El Director del Contrato o Director de Obra convocará las oportunas reuniones para el seguimiento de la ejecución de las obras donde deberá participar el Responsable de Construcción, y el personal técnico del equipo de Dirección de Obra y de la SPE que se considere conveniente. De dichas reuniones se levantará Acta, que será debidamente firmada, donde se recogerán los acuerdos, instrucciones y órdenes correspondientes. El Director del Contrato o Director de Obra podrá convocar estas reuniones siempre que lo estime necesario. Cláusula 79.- Resolución de diferencias durante las obras En el caso que el Director del Contrato o Director de Obra, al hacer las inspecciones y controles para el seguimiento de las obras, detecte que no se están llevando a cabo de conformidad con lo dispuesto en los Proyectos Constructivos, se abrirá un expediente preliminar que refleje las circunstancias de la misma, la identificación de la obra disconforme y del responsable de ella, así como el seguimiento de todas las circunstancias hasta el cierre de la disconformidad. Una vez abierto el expediente, se acordarán por parte del Director del Contrato o Director de Obra las medidas correctoras pertinentes y el plazo para la implantación de las mismas, que deberán documentarse adecuadamente, antes de su implantación. Una vez que se hayan implantado las medidas correctoras y que el Director del Contrato o Director de Obra considere que se ha subsanado satisfactoriamente, retirará su disconformidad cerrando el expediente abierto. Dicho expediente podrá derivar en la correspondiente penalización a la SPE por incumplimiento de lo dispuesto en su oferta. Mientras no se resuelva la disconformidad, las unidades de obra del tramo de las Instalaciones afectado no podrá seguir su construcción ni ponerse en servicio, computando el tiempo en que esté interrumpida a los efectos de los plazos de finalización, parcial o total, de las obras. Cláusula 80.- Estado de dimensiones y características de la obra ejecutada Realizada por ADIF la comprobación definitiva de que las obras se ajustan a los proyectos y demás especificaciones técnicas aprobadas, la SPE procederá en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día de la puesta en servicio de las Instalaciones, a elaborar un documento titulado “Estado de dimensiones y características de la obra ejecutada” que definirá con detalle las obras tal como quedaron en la fecha de puesta en servicio.

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Este documento deberá contener una memoria explicativa de las obras ejecutadas, incluyendo, la justificación de las modificaciones, si las hubiere, con respecto a los proyectos constructivos inicialmente aprobados, así como las mediciones y valoraciones reales. Asimismo, deberá incluir el parcelario definitivo y los planos que definan con detalle las obras realmente ejecutadas entre los que se incluirán los planos que correspondan en función de la obra ejecutada a partir de vuelo y restitución. Estos planos se entregarán en formato impreso y digital de acuerdo con las instrucciones de ADIF. A este documento se añadirá el resumen de calidad donde se incluyan los ensayos realizados y los materiales utilizados. A efectos de archivo del correspondiente documento, la SPE deberá presentarlo con el contenido y en la forma y número de copias que determine ADIF. Este documento, previa la supervisión y comprobación del mismo por parte del Director del Contrato o Director de Obra, será aprobado por ADIF en el plazo de seis meses desde su presentación. Su aprobación no dará lugar a responsabilidad de la calidad, ni de la propia ejecución, ni de vicios ocultos, ni eximirá a la SPE de la obligación del cumplimiento de los indicadores y del mantenimiento de un comportamiento adecuado de las Instalaciones. En el caso de existir más de un documento, por haberse puesto en servicio las obras de forma independiente, con posterioridad a la aprobación del documento correspondiente a la última puesta en servicio, se procederá a refundir en un documento único lo referente a la descripción, medición y valoraciones reales, parcelario definitivo y los planos que detallan la obra realmente ejecutada. Transcurridos treinta y seis (36) meses desde el inicio del contrato, la SPE realizará un vuelo a escala 1:5000 a fin de obtener una cartografía actualizada de las Instalaciones objeto de contrato en los términos recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Dicha cartografía será, revisada, actualizada y entregada a la puesta en servicio de cualquier actuación, y en general con carácter anual durante la vigencia del contrato a ADIF. Asimismo, y para completar los trabajos anteriores, transcurridos treinta y seis (36) meses desde el inicio del contrato, la SPE realizará un Video Inventario de las Instalaciones objeto de contrato en los términos recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Dicho inventario será revisado, actualizado y entregado a la puesta en servicio de cualquier actuación, y en general con carácter anual a ADIF. Cláusula 81.- Acta de comprobación de las obras y puesta en servicio Finalizadas las obras, previamente a la apertura, y una vez realizadas las pruebas referidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, ADIF procederá al reconocimiento e inspección de las obras y levantamiento de un Acta de Comprobación, debiendo comparecer al acto del levantamiento el Director del Contrato o Director de Obra, el Responsable de Obra, el Director de Mantenimiento, el Responsable de Mantenimiento, un representante de ADIF designado por éste a tal efecto y un representante de la SPE. A la terminación de las obras, y, al menos, un (1) mes antes de la fecha prevista para la para su total disponibilidad, la SPE solicitará a ADIF la autorización para la puesta en servicio. Sólo podrán ponerse en servicio las Instalaciones cuando se encuentren ejecutadas la totalidad de las obras correspondientes a todos los Subsistemas. Para que las Instalaciones puedan ponerse en servicio, deberán estar terminadas todas aquellas actuaciones que a juicio del Director del Contrato o Director de Obra sean exigibles para que dicha Superestructura cumpla las condiciones necesarias de seguridad.

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Las Instalaciones que se van a poner en servicio, deberán cumplir con los valores establecidos para la recepción de las Instalaciones. La SPE, por sí o por terceros, a su entera costa, realizará, previamente a la puesta en servicio los ensayos necesarios para la comprobación del cumplimiento de dichos valores de recepción, cuyos resultados habrán de ser entregados al Director del Contrato o Director de Obra. Todas las actuaciones ejecutadas en las Instalaciones que se van a poner en servicio, serán conformes a los proyectos aprobados y a la normativa, órdenes circulares y notas de servicio vigentes. Este reconocimiento se extenderá a las Instalaciones construida, sistemas instalados y equipos dispuestos para el mantenimiento, sistemas de seguridad y vigilancia, área de mantenimiento, y, cualquier otra contenida en los proyectos constructivos aprobados por ADIF. Al Acta de Comprobación se acompañará un documento de valoración de las obras ejecutadas, y una declaración del cumplimiento de las condiciones impuestas en la declaración de impacto ambiental, que será expedida por el Responsable de Obra y en el que se hará constar la inversión real realizada. Cuando en el reconocimiento de las obras se observara que las obras se encuentran incompletas o defectuosas, se hará constar en el Acta de comprobación una descripción pormenorizada de las omisiones o defectos observados (“Terminaciones de obra”), señalando un nuevo plazo para su terminación. En este supuesto, se hará constar además cuales de estas omisiones o defectos no son sustanciales para el buen funcionamiento de las Instalaciones de manera que no impiden su puesta en servicio. La lista de “Terminaciones de obra” incluida en el Acta de comprobación, con su plazo de finalización, que es improrrogable, será de obligado cumplimiento para la SPE. Una vez finalizado el plazo, ADIF procederá al reconocimiento de los trabajos efectuados con objeto de declarar su conformidad con los mismos. La aprobación del Acta de Comprobación de las obras por ADIF indicará la fecha de puesta en servicio, y, sin perjuicio de la previa obtención de cuantas autorizaciones hubieren de otorgarse por otros órganos y en particular por el ADIF, llevará implícita la autorización para la puesta a disposición de las mismas, comenzando desde ese momento la Fase de Conservación y Mantenimiento de dicha Superestructura. Antes de la puesta a disposición de la totalidad de las Instalaciones, ésta deberá contar con los Sistemas de Control de los Indicadores de calidad y disponibilidad de la puesta a disposición de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo número 19. El acta de recepción se levantará al término del contrato cuando se proceda a la entrega de bienes e instalaciones a ADIF. V.C. FASE DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO Cláusula 82.- Mantenimiento de las Instalaciones 82.1. Obligaciones generales La SPE mantendrá las Instalaciones objeto de contrato, así como las instalaciones afectas y responderá de su disponibilidad, desde la puesta en servicio de la misma, asumiendo el riesgo

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económico de su gestión, y respetando los requisitos y condiciones señalados en el presente Pliego, en el de Prescripciones Técnicas Particulares, y, en los términos establecidos en la oferta adjudicataria, y en la normativa que resulte de aplicación, de manera que consiga durante la vigencia del contrato el cumplimiento de los indicadores de calidad y disponibilidad del servicio y un comportamiento adecuado de las Instalaciones. Durante la Fase de Conservación y Mantenimiento, la SPE deberá realizar las operaciones de mantenimiento sin perjuicio de las funciones atribuidas al ADIF, desarrollando las actuaciones encaminadas a la defensa de las Instalaciones objeto de contrato, las operaciones referentes a todos los Subsistemas objeto de contrato y todas las actuaciones de reparación y vigilancia precisas para mantener la disponibilidad de las Instalaciones objeto de contrato e instalaciones afectas en condiciones aptas para su utilización, en los términos de los pliegos. Asimismo, deberá disponer de los medios técnicos, organizativos, de maquinaria y de personal, necesarios y adaptados a la naturaleza de las funciones a desempeñar. Además, la SPE deberá elaborar y presentar a ADIF los informes, memorias, planes y programas detallados en este Pliego y en el de Prescripciones Técnicas Particulares, quedando obligada al cumplimiento de los planes y programas de mantenimiento, una vez que son aprobados por ADIF. Antes de la fecha prevista para la puesta en servicio de las Instalaciones la SPE deberá establecer, a su cargo un sistema que permita conocer el estado de conservación de las Instalaciones objeto de contrato e instalaciones afectas. ADIF podrán realizar las comprobaciones que estime necesarias para verificar el estado real de éstas. Su ubicación será coherente con las instalaciones existentes y siempre deberá contar con la aprobación previa de ADIF. La SPE deberá realizar todos los trámites necesarios para asumir los gastos y la gestión de los servicios necesarios para la puesta a disposición de las instalaciones del contrato cuando fueran necesarios (abastecimiento de agua, electricidad, etc). Los costes debidos a estos trámites serán asumidos por la SPE. La SPE correrá con todos los gastos derivados de la conservación de todos los equipos y sistemas instalados para el mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato, incluidos los de ADIF, los cuales podrá incrementar, renovar o sustituir. Los Sistemas de Gestión definidos en el Pliego estarán implantados en el momento de la puesta en servicio de las Instalaciones. Los Sistemas de Gestión deberán basarse en lo ofertado por el adjudicatario y deberán contar con el informe favorable del Responsable de Mantenimiento previo a su implantación. Durante la Fase de Conservación y Mantenimiento ADIF podrá dictar las instrucciones que considere oportunas en relación con las actividades de la SPE, para garantizar su ejecución con estricta sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y a lo previsto en la oferta adjudicataria. ADIF podrá verificar en cualquier momento los Sistemas de Gestión y el sistema de control de autoevaluación de los indicadores de calidad y disponibilidad de los subsistemas, conjuntos funcionales y elementos utilizados para el cálculo del pago por disponibilidad, así como de los cálculos emitidos por la SPE en relación con las correspondientes facturas.

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Si se observara la existencia de reiteración o persistencia en incumplimientos del funcionamiento de los Sistemas de Gestión o el sistema de control de autoevaluación conforme a los PPTP y a lo ofertado, ADIF podrá alternativamente: (i) instar a la SPE a realizar las mejoras que considere necesarias dentro de su sistema de gestión de calidad a fin de revertir la situación; (ii) alternativamente, dotar adicionalmente a las asistencias técnicas de auditoría o contratar una asistencia nueva específica para el control y monitorización exhaustivo del contrato, a costa de la SPE hasta por un importe del 100% de la dotación inicial máxima prevista para las asistencias técnicas, lo cual se prolongará por el tiempo que transcurra hasta se resuelva la situación de incumplimiento persistente descrita. 82.2. Obligaciones de información y control Informes mensuales. Dentro de los primeros 20 días posteriores al final de cada mes desde la puesta en marcha de las obras o instalaciones y hasta la extinción del contrato, la SPE deberá entregar a ADIF un Informe que contenga la siguiente información: a) Informe del progreso de los aspectos relevantes del mantenimiento de la

Superestructura incluyendo, sin limitación: a. Desviaciones reales o potenciales del Programa de Operación y Mantenimiento. b. Desviaciones reales o potenciales del Programa de Conservación.

b) Avance en la ejecución de Modificaciones Propuestas por la SPE o Modificaciones Propuestas por ADIF respecto de los Programas de Operación y Mantenimiento, así como del de Conservación, que hubieren sido aprobadas.

c) Informe que recoja los resultados del mes en curso del coeficiente de disponibilidad y calidad.

d) Eventos de Indisponibilidad ocurridos en las Instalaciones de conformidad con los Requerimientos Técnicos identificándolos de acuerdo a su categoría.

e) Informe de todos los hallazgos relevantes de las Inspecciones rutinarias y detalladas, incluyendo las mediciones, pruebas y evaluaciones llevadas a cabo durante el mes e informe de las acciones tomadas como consecuencia de dichas mediciones, pruebas y evaluaciones.

f) Y todos aquellos informes que se consideren necesarios para el buen desarrollo y control del mantenimiento, de acuerdo con las directrices del responsable de mantenimiento.

Informes anuales. Dentro de los [ ] días después del final de cada año natural de vigencia del contrato, la SPE entregará al ADIF un Informe respecto al año correspondiente que contendrá la siguiente información: a) Declaración que muestre cualquier ajuste a los informes mensuales. b) Un resumen completo acumulado de cada mes del año anterior de la información

requerida conforme a los párrafos [ ] de este apartado (corregida según sea necesario), con los totales del año respectivo.

c) Presupuesto de Costes de Conservación y Mantenimiento por los siguientes 12 (doce) meses, desglosado en forma mensual.

d) Resumen de los estados financieros del año anterior, con mención específica a la dotación de la Reserva Especial de Mantenimiento Mayor de las instalaciones, así como a otras reservas obligatorias por la legislación mercantil o comprometidas en los contratos de financiación.

e) Informe que recoja los resultados del año en curso del coeficiente de disponibilidad y calidad

f) Actualización del Plan de Mantenimiento Mayor en función del deterioro real de los activos sujetos a reposición, que en todo caso serán como mínimo: [ ].]

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g) Y todos aquellos informes que se consideren necesarios para el buen desarrollo y control del mantenimiento, de acuerdo con las directrices del responsable de mantenimiento.

Informes puntuales sobre Incidentes. Dentro de los tres (3) días posteriores a la ocurrencia de cualquier Incidente en las obras o instalaciones que involucre lesionados, pérdidas de vidas humanas o daño en propiedad, la SPE investigará las circunstancias del Incidente y presentará al ADIF un informe en detalle que describa el Incidente y sus causas, así como las acciones tomadas por parte de la SPE para evitar su repetición en el futuro. Cláusula 83.- Libro de control del mantenimiento La SPE mantendrá permanentemente [en las oficinas del centro de operaciones de mantenimiento], un Libro de Control del Mantenimiento a disposición del Director de mantenimiento, para que haga constar las observaciones que estime procedentes. A partir de ese momento, se presumirá el total conocimiento de estas observaciones por parte de la SPE. Únicamente podrá realizar anotaciones en el Libro, el Director de mantenimiento o las personas por él designadas mediante comunicación previa a la SPE. El Libro de Control del Mantenimiento constará de hojas numeradas y selladas por ADIF y será abierto mediante diligencia de un representante de la misma.

V.D. FUNCIONES DE RESPONSABLES Y DIRECTORES DEL CONTRATO

Cláusula 84.- Del Autor del proyecto constructivo La SPE deberá proponer a ADIF un Autor/es del Proyecto/s Constructivo/s objeto de contrato una vez notificada la adjudicación del contrato. El propuesto deberá cumplir con lo recogido en el cuadro de características del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, y simultáneamente a la propuesta del Autor del Proyecto, la SPE presentará a ADIF la relación del personal facultativo que, bajo su dependencia, haya de prestar servicios durante la fase de redacción del proyecto correspondiente, objeto de contrato. ADIF podrá, en todo caso, exigir las titulaciones profesionales y experiencia que estime adecuadas para la naturaleza de los trabajos a desarrollar por el mencionado personal de acuerdo con lo recogido en el cuadro de características del contrato. Asimismo, ADIF podrá recabar de la SPE la designación de un nuevo Autor del Proyecto y, en su caso, de cualquier facultativo que de ellos dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos. El Autor/es del Proyecto/s ejercerá sus funciones durante el período de redacción de los correspondientes proyectos constructivos que sean necesarios hasta su aprobación, entre las que se encuentran: 1) Responsabilizarse de la redacción de los proyectos efectuando la correcta aplicación de

las disposiciones, normas, instrucciones y recomendaciones vigentes para su redacción, así como las prescripciones de ADIF y las condiciones impuestas en la correspondiente declaración de impacto ambiental, y en cualquier otra norma que sea de aplicación.

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2) Elaborar un informe final de los proyectos constructivos que incluya la descripción general de la solución adoptada; análisis de las interferencias de las obras proyectadas con las servidumbres y servicios existentes; relación de bienes y derechos afectados que es necesario expropiar u ocupar temporalmente; y un análisis del programa de realización de las obras indicando las fechas límite para actuaciones que no son competencia de la SPE y afecten a su cumplimiento, así como cualquier otro aspecto de relevancia que se estime procedente.

3) Realizar informes y propuestas, en su caso, sobre las posibles modificaciones de los proyectos aprobados que surjan durante la ejecución del contrato, analizando las circunstancias que las justifican y determinar lo que proceda sobre la insuficiencia de las mismas.

4) Informar a ADIF sobre cuantas materias o cuestiones estime pertinentes por su importancia o urgencia o cuando le sea solicitado por ésta.

Cláusula 85.- Del Responsable de Obra o Construcción La SPE deberá proponer a ADIF un Director de Construcción de las obras objeto de contrato, con anterioridad al comienzo de las obras. El propuesto deberá cumplir con lo recogido en el cuadro de características del contrato. Cuando las obras sean ejecutadas directamente por la SPE o por una empresa vinculada a ésta, la SPE deberá nombrar un Gerente externo y contratar a una empresa no vinculada para la asistencia, control y vigilancia de las obras. Sin perjuicio de lo anterior, y simultáneamente a la propuesta del Responsable de Construcción, la SPE presentará a ADIF la relación del personal facultativo que, bajo su dependencia, haya de prestar los servicios correspondientes en las obras de las Instalaciones objeto de contrato. ADIF podrá, en todo caso, exigir las titulaciones profesionales y la experiencia que estime adecuadas para la naturaleza de los trabajos a desarrollar por el mencionado personal. Asimismo, ADIF podrá recabar de la SPE la designación de un nuevo Responsable de Construcción y, en su caso, de cualquier facultativo que de ellos dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos. El Responsable de Construcción ejercerá sus funciones desde la aprobación de los proyectos de constructivos o, en caso de que éstos no hayan de ser elaborados por la SPE desde el comienzo de las obras hasta la aprobación del documento "Estado de dimensiones y características de la obra ejecutada". Entre sus funciones se encuentran: 1) Velar por el cumplimiento de la normativa vigente aplicable, de las condiciones

contractuales, de las condiciones impuestas en la declaración de impacto ambiental y en las normas de seguridad y salud en las obras y, de forma especial, en la señalización de las obras.

2) Comprobación y vigilancia de la correcta realización de las obras, garantizando su ejecución con estricta sujeción a los proyectos constructivos aprobados por ADIF, o las modificaciones debidamente autorizadas por ésta, y al Plan de ejecución de las obras vigente.

3) Elaboración de un plan de control y vigilancia de las obras de acuerdo con el Plan de ejecución de las obras aprobado.

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4) Elaborar un informe mensual que contemple: (i) el desarrollo de las obras, comparando su ritmo con el Plan de ejecución de las obras analizando el retraso o adelanto de cada unidad en relación con lo previsto en el plan, señalando su influencia en los plazos previstos de dicho plan y la previsión de posibles prórrogas en los plazos de terminación de las obras y puesta en servicio; (ii) análisis de las variaciones en relación con los proyectos aprobados que rigen la fase de construcción; (iii) características cualitativas de las obras; (iv) estudio de las servidumbres y servicios afectados indicando las restituciones a efectuar y el mantenimiento provisional durante el período de restitución, así como haciendo referencia al cumplimiento de las instrucciones recibidas de los organismos responsables de esas servidumbres y servicios; (v) alcance de las interferencias de la circulación en las vías existentes afectadas y desvíos provisionales previstos, si es de aplicación; (vi) relación valorada [mensual] parcial, y al origen, de las obras ejecutadas analizando las desviaciones con respecto a los proyectos aprobados y la previsión mensual de ejecución de unidades de obra hasta su puesta en servicio; (vii) incidencias de todo tipo que puedan presentarse durante la construcción, en particular las relacionadas con reclamaciones de terceras personas u otros organismos afectados motivadas por presuntos daños causados por las obras y con la utilización de las zonas de dominio, servidumbre o afección por terceras personas que pudieran incidir de algún modo en la puesta en servicio de las Instalaciones; (viii) copia de los informes emitidos por el coordinador de seguridad y salud, así como de la documentación remitida en materia medioambiental y patrimonio a los organismos pertinentes; (ix) copia de las anotaciones del Director del Contrato o Director de Obra en el Libro de incidencias de las obras a que se refiere el presente Pliego; (x) así como cualquier otro aspecto de relevancia que estime procedente.

5) Ejercer las funciones del Autor del Proyecto en caso de que surjan modificaciones de los proyectos aprobados durante la ejecución de las obras, excepto en lo relativo a la realización del informe sobre las posibles modificaciones de los proyectos.

6) Emitir una declaración del cumplimiento de las prescripciones de la Declaración de Impacto Ambiental, en su caso, una vez finalizadas las obras de construcción, en la que se hará constar la inversión real realizada.

7) Asistencia al reconocimiento de las obras previo a su puesta en servicio suscribiendo la correspondiente acta de comprobación.

8) Vigilancia del adecuado cumplimiento de las medidas de mantenimiento hasta la puesta en servicio de las Instalaciones objeto de la contrato.

9) Elaboración del "Estado de dimensiones y características de la obra” con el contenido que determina este Pliego. Este documento contendrá de manera exhaustiva y detallada todas las unidades de obras ejecutadas así como las pruebas técnicas de validación realizadas y las bases de replanteo utilizadas.

10) Informar al ADIF sobre cuantas materias o cuestiones estime pertinentes por su importancia o urgencia o cuando le sea solicitado por esta.

11) Redactar un documento resumen de calidad donde se incluyan los ensayos realizados y los materiales utilizados con su trazabilidad.

El Responsable de Construcción, en representación de la SPE, asumirá la plena responsabilidad de la dirección de las obras, así como el control y vigilancia de los materiales y de su utilización, siendo responsable de todas las incidencias, accidentes, daños propios o a terceros, retrasos y cualquier otro incumplimiento que se produzca durante la fase de construcción, como consecuencia del ejercicio de sus funciones.

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Cláusula 86.- Del Director del Contrato

ADIF designará al inicio de la vigencia del contrato a un Director del Contrato que dispondrá de la adecuada titulación y experiencia. La intervención del Director de Contrato no podrá dar pie al traslado a ADIF de ningún tipo de responsabilidad técnica o económica derivada de la ejecución de las obras. La función inspectora y de control que realizará ADIF, en las distintas fases de redacción de proyectos, ejecución de obras y mantenimiento, se llevará a cabo conforme a la normativa vigente y a lo previsto en este Pliego Asimismo, corresponden al Director del Contrato las siguientes funciones: 1) Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de la SPE derivadas del presente Pliego y de la

legislación aplicable, tanto en la redacción de los proyectos constructivos como en la ejecución de las obras y el seguimiento de la Memoria constructiva y el programa de trabajo.

2) Detectar cualquier retraso que se produzca en las obras que pueda suponer incumplimiento de los plazos que obligan a la SPE.

3) Comunicar a ADIF el devengo de penalidades que corresponda en situaciones de incumplimiento de las obligaciones de la SPE.

4) En caso de emergencia, supervisar las medidas que sean necesarias para garantizar o proteger la obra ya ejecutada, o para evitar daños a terceros, dando cuenta inmediatamente al ADIF.

5) Suscribir el acta de comprobación de las obras y proponer la autorización de puesta en servicio a efecto de lo dispuesto en el presente Pliego.

6) Supervisar el cumplimiento del Plan de Aseguramiento de la Calidad

Cláusula 87.- Del Responsable de Mantenimiento

La SPE deberá designar expresamente ante ADIF, al Responsable de Mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato, previamente a la firma del contrato, que cumplirá con lo recogido en el cuadro de características del contrato y contará con experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de las funciones que le corresponden. La persona asignada por la SPE deberá ser aceptada por ADIF. Sin perjuicio de lo anterior y simultáneamente a la propuesta del Responsable de Mantenimiento, la SPE presentará al ADIF, la relación del personal facultativo que, bajo la dependencia del correspondiente Responsable, haya de prestar servicios en el mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato. ADIF podrá, en todo caso, exigir las titulaciones profesionales que estime adecuadas para la naturaleza de los trabajos a desarrollar por el mencionado personal. Asimismo, ADIF podrá recabar de la SPE la designación de un nuevo Responsable de Mantenimiento y, en su caso, de cualquier facultativo que de ellos dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos.

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El Responsable de Mantenimiento será el responsable del mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato y sus instalaciones afectas, y deberá organizar los medios materiales y humanos para llevar a cabo el mantenimiento según lo indicado en los Pliegos y en la oferta del adjudicatario, siguiendo en todo caso, las instrucciones emanadas del Director de Mantenimiento. El Responsable de Mantenimiento elaborará anualmente y presentará preferentemente antes del 1 de mayo de cada año, la previsión de ejecución económica a la cual se ajustará la certificación anual del contrato, proponiendo el ajuste correspondiente para el año en curso y la regularización que en su caso se prevea para el siguiente, para que ADIF pueda proceder a la tramitación de los oportunos ajustes de anualidades siendo de aplicación las penalidades contempladas en la cláusula 62 por su incumplimiento.

Cláusula 88.- Del Director de Mantenimiento

ADIF designará un Director de Mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato, antes de la puesta en servicio de las Instalaciones, que dispondrá de la titulación y experiencia adecuada. La función inspectora y de control, en la fase de mantenimiento, se llevará a cabo conforme a la normativa vigente. Las principales funciones a realizar por el Director de Mantenimiento son las siguientes: 1) Verificación del cumplimiento del programa de Mantenimiento y Conservación del

adjudicatario.

2) Detectar cualquier retraso o incumplimiento de las obligaciones de la SPE. Para aquellos casos en los que el plazo de realización de determinadas operaciones de mantenimiento dependa de la situación de las instalaciones, el Director de Mantenimiento podrá exigir realizar las pruebas que considere necesarias.

3) Verificación del cumplimiento del Programa de Trabajos.

4) Verificación de los Sistemas de Control de los Indicadores de calidad y disponibilidad de puesta a disposición de las Instalaciones.

5) Comprobación de los resultados de las mediciones efectuadas en relación con los indicadores de calidad y disponibilidad de la puesta a disposición de las Instalaciones.

6) Supervisar el sistema de gestión de la conservación y mantenimiento

7) Informar y dar traslado al ADIF de las incidencias que surjan en el desarrollo del contrato, así como del estado de mantenimiento y puesta a disposición de Superestructura objeto de contrato.

8) Firma del Acta en la que se indica el cumplimiento de los indicadores de calidad y disponibilidad de la puesta a disposición de las Instalaciones objeto de contrato y que sirve de base para la remuneración de la SPE, para su aprobación por el órgano competente, previos los trámites oportunos.

9) Comprobar la puesta a disposición por parte de la SPE de todos los medios técnicos y humanos ofertados.

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10) Verificar que el material móvil que la SPE, o los terceros contratados por éste, pudieren emplear en las operaciones de mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato cumple con los requisitos exigidos por la normativa aplicable.

11) Comunicar a ADIF el devengo de penalidades que corresponda en situaciones de incumplimiento de las obligaciones de la SPE.

12) Preparar y enviar a la SPE el Documento Justificativo del Grado de Cumplimiento de indicadores de calidad y disponibilidad de la Puesta a Disposición de las Instalaciones objeto de contrato.

13) Proceder, cuando lo estime oportuno, y en todo caso cuando se hayan realizado actuaciones por parte de la SPE, en el plazo máximo de dos meses, salvo causa justificada, a la comprobación del cumplimiento de los indicadores y de la buena ejecución de las obras.

14) Inspeccionar las características de Superestructura objeto de contrato y realizar mediciones.

15) Determinar si el incumplimiento de un indicador afecta a la seguridad de Superestructura objeto de contrato. Esta determinación será aplicada en los cálculos de las correcciones y penalidades correspondientes.

16) Informar anualmente y tramitar ante ADIF la propuesta de la previsión de ejecución económica del contrato presentada por la SPE antes del 1 de mayo para que ADIF pueda proceder a la tramitación de los oportunos ajustes y regularizaciones. Informar y tramitar las propuestas de la SPE necesarias para el cumplimiento de la anualidad vigente.

17) Informar de los sistemas de gestión que la SPE debe implantar en el mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato e instalaciones afectas y que se basarán en lo ofertado.

18) Cualesquiera otras que resulten del presente Pliego y de la legislación vigente.

Cláusula 89.- Oficina Técnica de Seguimiento

La inspección del contrato corresponderá durante la fase de construcción, al ADIF, pudiendo contratar asistencias técnicas para el apoyo en dichas funciones. Sin perjuicio de lo anterior y de las funciones encomendadas en este Pliego al Director del Contrato o Director de Obra y al Director de Mantenimiento, el ADIF, podrá llevar a cabo la contratación de los servicios de una Oficina Técnica de Seguimiento para llevar a cabo las siguientes funciones generales de asesoramiento y asistencia a éste y, en su caso, a los Directores de Proyecto y Construcción, y Mantenimiento: En fase de construcción, la Oficina Técnica de Seguimiento llevará a cabo tareas de control y monitorización de los riesgos implicados en la ejecución de las obras e informará al ADIF del seguimiento y progreso de la actividad, conforme a las estipulaciones del contrato. La Oficina Técnica de Seguimiento tendrá acceso a toda la información que precise para el desempeño de su actividad de inspección y supervisión, con las atribuciones que ADIF determine. La SPE, pondrá a disposición de la Oficina Técnica de Seguimiento la información requerida. En Fase de Conservación y Mantenimiento, la Oficina Técnica de Seguimiento actuará como órgano de coordinación, monitorización, evaluación y control del rendimiento del mantenimiento, proporcionando información al ADIF y asesorando en las propuestas de

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correcciones del PPD. En este sentido, la Oficina Técnica de Seguimiento se encargará del seguimiento y control del régimen de disponibilidad con la frecuencia que establezca ADIF, así como del control y evaluación del desempeño de los servicios sometidos a disponibilidad y de la evolución del sistema variable de pago y retribución a la SPE. En particular, la Oficina Técnica de Seguimiento podrá asesorar y asistir a las entidades anteriormente mencionadas en los siguientes trabajos: 1) Supervisión y control del cumplimiento de la ejecución del contrato.

2) Asesoramiento en la toma de decisiones en el ámbito estratégico y operativo del contrato.

3) Realización del seguimiento, control y coordinación del conjunto de acciones necesarias para la adecuada puesta en marcha de las Instalaciones.

4) Seguimiento jurídico del contrato.

5) Seguimiento económico – financiero del contrato.

6) Asesoramiento en la gestión de los riesgos del proyecto, analizando los posibles impactos, acciones de corrección y elementos de mitigación, ante las re-planificaciones que puedan surgir.

7) Apoyar en el proceso de comunicación a los agentes involucrados, tanto durante la fase de construcción como al inicio de la Fase de Conservación y Mantenimiento.

8) Apoyo en el seguimiento y, en su caso, en las revisiones del Plan Económico – Financiero de oferta en los términos en que proceda conforme al Pliego.

9) Apoyo técnico en el proceso de aprobación de la actualización anual del PPD. propuesta por la SPE, así como en el cálculo de los pagos mensuales en concepto de PPD mediante la verificación de la correcta aplicación de las correcciones por incumplimiento de los indicadores de calidad y disponibilidad de las Instalaciones y calidad de la puesta a disposición de las Instalaciones.

En todo caso la Oficina Técnica de Seguimiento ejercitará labores de asesoramiento y consultivas sin que en ningún caso supongan el ejercicio de potestades públicas o autoridad. Los costes asociados a la contratación de la Oficina Técnica de Seguimiento correrán por cuenta de la SPE, de acuerdo con lo recogido en la cláusula […]. Las funciones concretas a desempeñar por la Oficina Técnica de Seguimiento se detallarán en el correspondiente contrato a suscribir entre ésta y ADIF. CAPÍTULO VI. PENALIDADES

Cláusula 90.- Penalidades por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato

El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Pliego, en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Cláusulas Técnicas Particulares, en la legislación vigente en materia ferroviaria, así como en el contrato, llevará consigo el devengo automático de las penalidades establecidas en este capítulo pagaderas por la SPE, sin perjuicio de la obligación de resarcimiento de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado.

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El presente régimen de penalidades se aplicará por la SPE, independientemente de que los hechos que den lugar a la infracción puedan ser causa de resolución del contrato. En tal supuesto, ADIF iniciará el procedimiento de resolución del contrato por incumplimiento, previsto en el presente Pliego. Este régimen de incumplimientos y penalidades es independiente de las infracciones y sanciones que sean ajenas al vínculo propiamente contractual, previstas en la normativa sectorial, que se regirán por sus propios principios y normas. También es independiente de la aplicación de los factores de corrección a la baja, que se aplicarán simultáneamente cuando el incumplimiento, referido a indicadores, de lugar a penalidades. La firma del contrato por parte de la SPE implica la aceptación del régimen de penalidades recogidas en el presente Pliego.

Cláusula 91.- Graduación de los incumplimientos

Los incumplimientos de la SPE a los efectos del presente régimen de penalidades, se clasifican en graves y leves, sin perjuicio de las demoras que, constitutivas de incumplimientos graves, según el presente Pliego, pueden dar lugar a la resolución del contrato en los términos previstos en el mismo. Incumplimientos graves Constituyen incumplimientos graves: 1) Generales a) Las demoras que pueden dar lugar a la resolución del contrato en los términos previstos en

el presente Pliego.

b) La demora, por parte de la SPE, en el cumplimiento de los plazos expresamente establecidos en el presente Pliego o impuestos por cualquier disposición legal o reglamentaria, o resolución administrativa, cuando tal demora se prolongue por más de la mitad del plazo establecido para el cumplimiento.

c) Ceder, arrendar, subarrendar o traspasar la totalidad o parte de las prestaciones integrantes del contrato, bajo cualquier modalidad o título, sin cumplir previamente con los requisitos exigidos por el presente Pliego y sin autorización expresa de ADIF.

d) La falta de contratación de las pólizas de seguro que la SPE está obligada a suscribir en cada una de las fases del presente contrato, así como el incumplimiento de las obligaciones relativas a las citadas pólizas, de acuerdo con lo dispuesto por el presente Pliego.

e) El incumplimiento de las indicaciones y/o instrucciones de la Inspección competente en el proyecto (en su caso), en la ejecución de la obra o en el mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato.

f) El incumplimiento de las obligaciones relativas a la garantía definitiva, en los términos dispuestos por el presente Pliego.

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g) Ser sancionado por infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales.

h) Ser sancionado por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 8/1988 de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

i) La no solicitud u obtención de las licencias y autorizaciones necesarias para la ejecución del presente contrato.

j) Falsear la información que la SPE debe proporcionar a ADIF, de acuerdo con el presente Pliego y el de prescripciones técnicas particulares.

k) La falta de colaboración con los equipos de Protección Civil, ADIF, Comisión de Accidentes Ferroviarios, Equipos Sanitarios o cualquiera otros que hayan de intervenir en caso de accidente para paliar sus consecuencias o investigar sus causas.

l) Destinar medios humanos, maquinaria o materiales adscritos al contrato a otros fines no relacionados con el objeto del mismo y en contra de lo especificado en el presente Pliego o en el de prescripciones técnicas particulares.

m) El incumplimiento sustancial de cualquier otra de las obligaciones establecidas en el presente Pliego o el de prescripciones técnicas particulares de la licitación, o en la legislación aplicable, así como el incumplimiento sustancial de los compromisos contenidos en la oferta adjudicataria, en el Plan de ejecución de las obras, en el plan de aseguramiento de la calidad, y, en el plan de mantenimiento

n) La persistencia de la SPE en el incumplimiento de sus obligaciones, siempre que hubiera sido requerido previamente y no las hubiera cumplido en el plazo fijado.

o) Incumplimiento grave de las normas que rigen la subcontratación y cesión, según lo dispuesto en los Pliegos.

p) La reiteración de tres faltas leves no reguladas por indicadores de calidad y disponibilidad de la puesta en disposición de las Instalaciones objeto de contrato en el plazo de 3 meses.

q) No llevar los adecuados controles de gastos y costes de la actividad para que ADIF pueda conocer el estado financiero de la SPE en cualquier momento del periodo de contrato.

r) El incumplimiento de la normativa reguladora e instrucciones que al respecto pudieran darse a la SPE por ADIF en materia de señalización y balizamiento de las obras o actuaciones y actividades en las Instalaciones objeto de contrato que pueda producir una disminución de la seguridad, y, en especial, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento, cuando ello sea posible, de la disponibilidad de las Instalaciones durante la ejecución de las obras.

s) El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato establecidas en el apartado […] del Cuadro de Características.

t) Incumplimiento del plazo de presentación o de las previsiones contenidas en el presente Pliego en relación con la prevención de riesgos laborales.

u) El incumplimiento del plazo establecido en este Pliego para la implantación de los Sistemas de Gestión.

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v) La reiteración en entrega de proyectos con calidad deficiente o la no corrección de los mismos, tras el periodo de 15 días previsto en el presente pliego para ello.

2.) Relativas a las obligaciones del adjudicatario o adjudicatarios en su condición de socios de la SPE

Constituyen infracciones graves en lo relativo a las obligaciones del adjudicatario o adjudicatarios en su condición de socios de la SPE, las siguientes:

a) La infracción de las normas de organización, funcionamiento y composición de los órganos de administración de la SPE en los términos establecidos en el presente pliego.

b) El incumplimiento de la obligación contemplada en el Pliego relativa al mantenimiento de una situación patrimonial saneada de la SPE.

c) La reducción de la cifra de fondos propios o de capital social por debajo de los mínimos establecidos en el presente Pliego.

d) El falseamiento o inexactitud de los documentos aportados a ADIF para obtener la autorización de transmisión de las acciones.

e) La transmisión total o parcial de las participaciones de la SPE incumpliendo los requisitos establecidos en el presente Pliego.

f) La no prestación de su mejor conocimiento y apoyo en la gestión configurada como contraprestación accesoria según este pliego.

g) El no desembolso de los capitales de conformidad con su oferta y con este pliego.

3) En la ejecución de las obras a) La realización de las obras de construcción sin ajustarse a los proyectos constructivos

aprobados, o a las modificaciones debidamente autorizadas, por ADIF.

b) El incumplimiento de lo establecido en los respectivos Proyectos constructivos y Plan de Aseguramiento de la Calidad.

c) No respetar los parámetros de calidad y seguridad establecidos en los Pliegos, o realizar unidades de obras defectuosas, mal ejecutadas o no ajustadas a los Proyectos.

d) El incumplimiento por parte de la SPE de los plazos para el inicio y finalización de la ejecución de alguna de las obras o de las tareas de mantenimiento reflejadas en los planes operativos correspondientes, por causas imputables al mismo.

e) No llevar a cabo las propuestas y soluciones ofrecidas por el adjudicatario en su oferta y según las instrucciones que le dirija ADIF.

f) Ejecutar las obras incumpliendo las instrucciones dadas por el Director del Contrato o Director de Obra, salvo que el incumplimiento se limite a los procedimientos de trabajo y no se afecte a la calidad del resultado de la obra construida o a la seguridad de la realización.

g) La obstrucción o no realización, por parte de la SPE o de las empresas subcontratadas por ésta, de los ensayos y análisis de materiales solicitados por ADIF, así como no asumir el coste derivado de su realización.

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h) La falta de puesta a disposición de los medios auxiliares, servicios y personal exigidos por los Pliegos y ofertados que regulan el presente contrato en los términos establecidos por las instrucciones de la Dirección de Construcción.

i) Incumplimiento de alguna de las previsiones establecidas en el programa de trabajo, salvo que no tenga efectos directos sobre la marcha de las obras o la seguridad de las mismas, en cuyo caso serán leves.

j) La obstrucción a la vigilancia e inspección de ADIF del contrato, incluyendo la resistencia a la entrega de los datos o informaciones, solicitados por ADIF, relacionados con el objeto del contrato, así como impedir el acceso al personal de ADIF a las obras e instalaciones objeto del contrato.

k) Incumplimiento de las obligaciones laborales o sociales en relación con sus trabajadores.

l) La falta de comunicación oportuna al ADIF en el supuesto de que la SPE encontrase restos arqueológicos y similares, de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego, sin perjuicio del resto de sanciones que corresponda según la legislación aplicable.

4) En el mantenimiento a) El incumplimiento en la prestación del servicio de los parámetros de calidad y seguridad

establecidos en los Pliegos y en la normativa aplicable.

b) La existencia de tres faltas leves de incumplimiento del valor umbral mínimo o máximo, según sea el caso, o del tiempo de respuesta o de la frecuencia de medida de un indicador de los recogidos en el PPTP en un mismo tramo de 10 km[depende de cada proyecto] o mes.

c) El incumplimiento del valor umbral mínimo o máximo, según sea el caso, o de la frecuencia de medida de un indicador de los recogidos en el PPTP, siempre que esté relacionado con la seguridad de las Instalaciones, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

d) El incumplimiento del plazo o tiempo de respuesta para la corrección de un incumplimiento del valor umbral mínimo o máximo, según sea el caso, de un indicador de los recogidos en el PPTP, siempre que esté relacionado con la seguridad de las Instalaciones. Si transcurrido dicho plazo o tiempo de respuesta no se ha procedido a la corrección de dicha falta, la SPE volverá a incurrir en la penalidad correspondiente y volverá a iniciarse el plazo o tiempo de respuesta para la corrección de dicha falta. Si volviera a transcurrir el plazo o tiempo de respuesta sin procederse a la corrección de dicha falta ADIF podrá optar por la resolución del contrato.

e) La demora, por parte de la SPE, en el cumplimiento de los plazos expresamente establecidos en los planes y programas de mantenimiento, cuando excedan de la mitad de los inicialmente previstos.

f) La alteración de los sistemas de control de las Instalaciones, o las interrupciones injustificadas totales o parciales de la utilización de las Instalaciones objeto de contrato, sin previa autorización de ADIF, salvo cuando concurran circunstancias debidamente acreditadas de fuerza mayor o las previstas en el presente Pliego o en la legislación vigente.

g) El incumplimiento o el cumplimiento negligente de las obligaciones relativas al uso, policía –sin perjuicio de aquellas que correspondan al ADIF- y conservación de las Instalaciones.

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h) El incumplimiento de la SPE de mantener en buen estado de uso los bienes e instalaciones objeto de contrato.

i) El incumplimiento de sus deberes en cuanto a mantenimiento de la disponibilidad, seguridad vial, seguridad laboral, atención a accidentes e incidentes y conservación de las Instalaciones independientemente de la subsanación por parte de ADIF mediante terceros o medios propios.

j) La falta de adecuación sustancial de las instalaciones a las normas de imagen corporativa y de cualquier otro tipo establecidas en el presente Pliego, en el de prescripciones técnicas o en la legislación vigente.

k) No informar al ADIF, por escrito y con la debida antelación de las modificaciones que pretenda introducirse en el mantenimiento, que deberán ser autorizadas por el mismo en los términos previstos en el presente Pliego.

l) Cualquier actuación que suponga interrupciones injustificadas del servicio, sin previa autorización del ADIF, salvo cuando concurran circunstancias debidamente acreditadas de fuerza mayor.

m) No informar al ADIF debidamente de la calidad y disponibilidad de las Instalaciones o falsear de alguna forma la información a suministrar.

n) El incumplimiento de las Órdenes Circulares y Notas de Servicio sobre cualquier tema que tenga incidencia en la afección a la disponibilidad de las Instalaciones.

o) El incumplimiento de las obligaciones en materia de publicidad en los términos previstos en el presente Pliego, en el Pliego de prescripciones técnicas o en la legislación vigente.

p) Obstrucción de las tareas de la inspección general y fiscalización del servicio y la desobediencia a las órdenes impartidas por ADIF u órgano con competencias en materia ferroviaria.

q) Impedir, en cualquier forma, la utilización de las Instalaciones en condiciones de igualdad, universalidad y no discriminación.

r) Incumplimiento por no disponer de los medios mínimos exigidos de acuerdo con el Pliego y la oferta adjudicataria. La no disposición plenamente operativos de todos los medios técnicos y humanos necesarios, y en ningún caso inferiores a los ofertados, para restaurar y mantener la disponibilidad y operatividad en condiciones adecuadas, incluso cuando se trate de efectos ocasionados por causas extraordinarias extremas de fuerza mayor, podrá suponer la resolución del contrato.

Incumplimientos leves Constituyen incumplimientos leves durante la ejecución del contrato en sus diferentes fases los siguientes: a) El incumplimiento del valor umbral mínimo o máximo, según sea el caso, o de la frecuencia

de medida de un indicador de los recogidos en el PPTP, siempre que no esté relacionado con la seguridad de las Instalaciones, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

b) El incumplimiento del plazo o tiempo de respuesta para la corrección de un incumplimiento del valor umbral mínimo o máximo, según sea el caso, de un indicador de

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los recogidos en el PPTP, siempre que no esté relacionado con la seguridad de las Instalaciones. Si transcurrido dicho plazo o tiempo de respuesta no se ha procedido a la corrección de dicha falta, la SPE volverá a incurrir en la penalidad correspondientes y volverá a iniciarse el plazo o tiempo de respuesta para la corrección de dicha falta.

c) Desobediencia de las instrucciones del Director del Contrato o Director de Obra cuando la misma no afecte a los resultados constructivos de la obra o a la seguridad en la ejecución.

d) Incumplimiento parcial de las obligaciones de señalización de las obras en los términos establecidos en los Pliegos que regulan el presente contrato.

e) Incumplimiento leve del programa de trabajo de manera que no se afecte ni a la marcha ni a la seguridad de las obras.

f) La falta de respeto de los empleados para la construcción y mantenimiento de las Instalaciones con los Directores de construcción y mantenimiento o personal de o contratado por ADIF o que lleve a cabo tareas de seguimiento e inspección del contrato.

g) No cumplir las disposiciones del presente Pliego en relación con los locales e instalaciones de seguridad cuya construcción conservación y mantenimiento correspondan a la SPE siempre que dicho incumplimiento no fuere susceptible de afectar a la disponibilidad y seguridad de las Instalaciones.

h) Que la SPE no presente el Plan de Financiación para su aprobación por ADIF, de acuerdo con la cláusula [65] del presente pliego, en el plazo de 9 meses.

i) Se considerarán igualmente incumplimientos leves todos los demás incumplimientos de las obligaciones fijadas en el presente Pliego, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el contrato no calificados como graves en los términos dispuestos anteriormente.

Demoras que pueden dar lugar a la resolución del contrato [Se considerarán demoras, constitutivas de incumplimientos graves, que pueden dar lugar a la resolución del contrato, los siguientes retrasos: a) En la formalización del contrato.

b) En el plazo de presentación de los Proyectos constructivos cuando éstos debieren de ser elaborados por la SPE.

c) En el replanteo de los Proyectos constructivos.

d) En el plazo máximo de terminación de las obras.

e) En el plazo de puesta en servicio de tramos de las Instalaciones objeto de contrato.

f) En los plazos de elaboración y presentación para su aprobación, así como en la implantación del Plan Económico Financiero.

g) En los plazos límite fijados en el contrato para la puesta en servicio de las Instalaciones]

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Cláusula 92.- Devengo y abono de las penalidades

92.1.- Régimen general

Los incumplimientos de la SPE darán lugar al devengo automático de las penalidades por los importes que a continuación se detallan:

d) Los incumplimientos leves, exceptuando los regulados por los indicadores de calidad y disponibilidad del servicio, dará lugar al devengo de penalidades de [50.000] euros.

e) Los incumplimientos graves, exceptuando los regulados por los indicadores de calidad y disponibilidad del servicio, dará lugar al devengo de penalidades de [350.000] euros.

f) En el caso de faltas leves o graves por incumplimiento de umbrales mínimos o máximo, según sea el caso, del tiempo de respuesta para la corrección de un incumplimiento de los indicadores recogidos en el PPTP, se establece una penalidad equivalente a la reducción del importe del PPD trimestral de acuerdo con lo indicado en el PPTP. En el caso de que no figure explícitamente el plazo máximo para la corrección de un umbral máximo o mínimo se considerará que el mismo es de [un] mes.

Cada vez que las penalidades devengadas a la SPE superen el 5 por ciento (5%) del presupuesto total de las obras, o del 5 por ciento (5%) de la retribución de la SPE por el mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato durante el año anterior (durante la Fase de Conservación y Mantenimiento), ADIF estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

El límite máximo de las penalidades a imponer a la SPE no podrá exceder del 10 por ciento (10%) del presupuesto total de las obras durante la fase de construcción, ó del [20] por ciento ([20]%) de los ingresos obtenidos por el mantenimiento de las Instalaciones durante el año anterior, durante la Fase de Conservación y Mantenimiento. [En el supuesto de que fuese preciso superar estos límites, ADIF acordará la resolución del contrato.

En el caso de incumplimiento de plazos que pueden dar lugar a la resolución del contrato, ADIF podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con incautación de la garantía definitiva, o por la imposición de penalidades diarias en proporción de 0,20 € por cada 1.000 € del presupuesto total de las obras durante la fase de construcción, ó de los ingresos obtenidos por el mantenimiento de las Instalaciones durante el año anterior.

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por ciento del precio del contrato, ADIF estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

Cuando la infracción consista en el incumplimiento de lo establecido en proyectos o planes presentados por la SPE, además de la penalización, el adjudicatario correrá con los costes de las actividades necesarias para corregir el hecho que dio lugar a la infracción.

Adicionalmente a la imposición de penalidades, se podrá exigir a la SPE que cumpla las obligaciones de reconstrucción y de realización efectiva de las obras, llevando a cabo las reparaciones que sean necesarias, en los casos en que cada una de estas actuaciones fuese necesaria.

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ADIF comunicará a la SPE el Acta de incumplimiento identificando el incumplimiento acaecido y la penalidad devengada correspondiente.

92.2 Abono de las penalidades

Comunicada el Acta de incumplimiento a la SPE, las penalidades devengadas serán deducidas de las cantidades que en concepto de PPD deban abonarse a la SPE en los términos previstos en este Pliego al regular el régimen económico financiero del contrato. Las penalidades devengadas durante el periodo de construcción, serán deducidas del primer abono mensual y sucesivos hasta su completa liquidación. Las penalidades devengadas en el periodo de mantenimiento, serán deducidas de la retribución del mes en que se impone la penalidad. Si el importe de la retribución del mes no fuera suficiente, se procederá a deducirlo de las siguientes retribuciones mensuales hasta alcanzar su cancelación y en último término sobre la garantía definitiva. En todo caso, sólo podrá realizarse dicha deducción cuando ADIF hubiera comunicado previamente a la SPE el acta en la que identifique el incumplimiento acaecido.

Cláusula 93.- Facultad de ADIF de atemperar el importe de las penalidades

ADIF podrá atemperar el importe de las penalidades devengadas automáticamente conforme a lo expuesto con anterioridad, o incluso dispensar a la SPE de la obligación de abonar su importe, a la vista de las circunstancias del caso. Esta facultad corresponderá exclusivamente a ADIF, que podrá ejercerla con carácter graciable y operará, en su caso, con posterioridad al devengo automático de la penalidad, debiendo ADIF comunicarlo a la SPE dentro de los 15 días siguientes a aquél en que le hubiera comunicado el incumplimiento detectado y el devengo automático de la penalidad, conforme a lo previsto en este Pliego. En caso de ausencia de comunicación relativa al atemperamiento de la penalidad por parte de ADIF se entenderá que procede el abono del importe íntegro de la penalidad devengada automáticamente. Cláusula 94.- Actualización de las penalizaciones El importe de las penalidades previstas en este Pliego se actualizará a los efectos de su aplicación mediante la aplicación del IPC anual desde la firma del contrato. CAPÍTULO VII RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO DEL CONTRATO Cláusula 95.- Régimen Económico del contrato, asunción del riesgo por el adjudicatario La retribución de la SPE estará compuesta por los siguientes importes: 1. Las obras e instalaciones proyectadas y ejecutadas se abonarán por ADIF durante el

período de construcción en un 40%, con sujeción a lo dispuesto en este Pliego y de conformidad con el siguiente sistema: a. Un 90% mediante certificaciones mensuales. b. Un 5% al otorgamiento de la Autorización de puesta en servicio de las Instalaciones

otorgada por el Ministerio de Fomento, con acta de comprobación positiva por ADIF y valoración final de las obras e instalaciones ejecutadas

c. El 5% restante a la obtención de los certificados de interoperabilidad del último de los Subsistemas.

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2. Una vez puestas en servicio las Instalaciones, la SPE prestará el servicio de disponibilidad

de la misma y percibirá un pago por disponibilidad ("PPD") conforme a lo ofertado. El PPD estará afectado por la corrección por indicadores de calidad y disponibilidad de las Instalaciones, y será el resultado de aplicar un factor obtenido de la evaluación periódica de los indicadores establecidos en el Anexo nº 2 a este Pliego. Durante la Fase de Conservación y Mantenimiento no existirán otros compromisos de pago por parte de ADIF en relación con el objeto del contrato distinto del PPD. El importe del PPD se calculará conforme a lo dispuesto en las cláusulas siguientes, partiendo de la cifra que hubiera sido fijada en el contrato, actualizada en los términos de este capítulo, y detrayendo de la misma los importes correspondientes a deducciones por falta de disponibilidad y cumplimiento de los estándares fijados en el PPTP. La desviación en la intensidad de uso de las Instalaciones así como la alteración de los horarios de mantenimiento, dará derecho al correspondiente ajuste en los casos y con sujeción a lo dispuesto en este Pliego. Fuera de estas circunstancias o de cualesquiera otra reguladas expresamente en este Pliego, la SPE no tendrá derecho a ajuste alguno y asume íntegramente el riesgo de disponibilidad de la obra o instalación, incluidos, entre otros, los riesgos relativos a su mantenimiento, el coste del mismo, la alteración de las condiciones financieras y cualesquiera otros. El adjudicatario del proceso de selección, en su condición de accionista o accionistas privados de la SPE, está obligado conforme al Pliego a realizar la prestación accesoria consistente en la aportación de su conocimiento y capacidad de gestión a la SPE. En consecuencia, el accionista privado, percibirá dos tipos de ingresos: - como contraprestación por la prestación accesoria de conocimiento y capacidad de

gestión, una “comisión de gestión” que será abonada por la SPE a dicho socio o socios de manera anual, por un importe igual al [xx%] de los ingresos de pagos por disponibilidad efectivamente recibidos por la SPE netos de las deducciones o ajustes que procedan.

- como accionista de la SPE, los dividendos que le correspondan en función de su participación.

96. Retribución durante construcción, por puesta en servicio y por interpoerabilidad 96.1. Relaciones valoradas mensuales. EI Director del Contrato o Director de Obra, tomando como base las mediciones de la obra o instalación ejecutada, redactará mensualmente la correspondiente relación valorada al origen, aplicando a la obra o instalaci6n ejecutada por la SPE los precios de ejecución material que figuren en letra en el Cuadro de Precios Unitarios del Proyecto para cada unidad de obra, los precios contradictorios debidamente autorizados y las "partidas alzadas de abono integro", teniendo en cuenta lo establecido para abono de obras defectuosas y abonos a cuenta de materiales acopiados, equipo y maquinaria e instalaciones en las condiciones generales aplicables. Dicha valoración, se incrementará en el porcentaje determinado en la documentación contractual como Beneficio Industrial y Gastos Generales, para formar el "presupuesto base de

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licitación". La cifra que resulte se multiplicará por el coeficiente de adjudicación que proceda por el alza o baja convenida, obteniendo así la relación valorada del mes correspondiente. EI Director del Contrato o Director de Obra tomando como base la relación valorada, expedirá la Certificación correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha en que se realice la medición, por importe del 90% del 40% de la relación valorada, para su firma por la SPE y posterior tramitación y abono en el importe que proceda conforme a lo previsto en este Pliego mediante la expedición de la factura correspondiente, conforme a las condiciones de pago y facturación que se indica a continuación. La factura, original y dos copias, por el importe de la certificación (90% del 40% del importe de la relación valorada), deberá presentarse en la Dependencia de ADIF responsable del seguimiento del contrato, en un plazo no superior a los veinte (20) días posteriores a la fecha factura debiendo rectificarla para su actualización, en caso de presentarla con retraso. Toda factura deberá contener los requisitos legales vigentes en cada momento, el número de contrato y los datos contables facilitados por ADIF. La falta o incumplimiento de cualquier de estos requisitos conllevara la devoluci6n de la factura, y la actualización de su fecha con los efectos económicos que se derivan. La SPE aceptará, siempre que lo requiera ADIF por así constar en la documentación contractual, que el control de avance de las obras y la emisión de certificaciones se realice de acuerdo con la Norma que a tal efecto ADIF tenga en vigor en el momento de formalizar la contratación. 96.2 Abono de las certificaciones mensuales. ADIF abonará a la SPE el precio de la factura dentro del plazo máximo admisible conforme a la normativa aplicable en cada momento, con un máximo de noventa (90) días a contar desde la expedición de las certificaciones de obras. Los pagos se efectuarán por ADIF los días 5 y 25; en el caso de no ser laborables se llevarán a cabo en la primera fecha hábil posterior. En las certificaciones que se extiendan excediendo el importe de las anualidades que rijan en el contrato no se contará el plazo previsto en el párrafo anterior desde la fecha de su expedición, sino desde aquella otra posterior en la que con arreglo a las condiciones convenidas y programas de trabajo aprobados deberían producirse. ADIF tendrá la facultad de retener de los pagos que Ie correspondan a la SPE, la cantidad necesaria para garantizar el cobro de las deudas que este mantuviera con la Entidad, de acuerdo con el siguiente procedimiento: Cuando la SPE adjudicatario ostente un crédito documentado en factura frente a ADIF y se verifique que aquel ostenta deuda a favor de ADIF que, habiendo sido facturada, no haya sido abonada transcurrido un mes desde su vencimiento, del importe total de su crédito se procederá a retener a su nombre el importe a que ascienda su deuda con ADIF. EI resto del importe hasta la totalidad del crédito, en su caso, se hará efectivo a la SPE en la forma establecida. Las cantidades que hayan sido retenidas en aplicación de lo establecido en el párrafo anterior no devengaran interés alguno, considerándose la retención efectuada como pago efectivo del importe retenido.

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Cuando la deuda que hubiera ocasionado la retención sea abonada por la SPE, se ordenará el pago a su favor del importe retenido. Esta retención no será posible cuando el derecho de crédito correspondiente hubiera sido objeto de pignoración a favor de terceros. 96.5 Naturaleza de los abonos. Los abonos a la SPE de las cantidades resultantes de las certificaciones expedidas mensualmente, tienen el concepto de abonos a cuenta del precio final de la obra o instalación contratada, que deberá abonar ADIF, encontrándose sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición general final y a los resultados de la liquidación de la obra a su Comprobación. Dichos abonos no suponen recepción o aprobación de las obras o instalaciones certificadas y abonadas, si bien éstas quedan en propiedad de ADIF. Por ello las certificaciones mensuales de obra no comportarán reconocimiento de deuda. No obstante, en el caso de que los derechos de crédito derivados de dichas certificaciones mensuales hubieran sido pignorados o cedidos a terceros con la autorización de ADIF en los términos del presente Pliego, los importes resultantes de la medición general final y el Acta de Comprobación de las obras no podrán compensarse con el importe de certificaciones mensuales pendientes de pago. 96.6 Puesta en servicio A la obtención de la autorización de la puesta en servicio de las Instalaciones emitida por el Ministerio, conforme a lo dispuesto en este Pliego, la SPE emitirá a ADIF factura por el importe del 5% del 40% del importe resultante del Acta de Comprobación de las obras, correspondiente al importe de la obra certificada por ADIF. El pago a la SPE hará efectivo en el plazo máximo que resulte de aplicación conforme a la normativa aplicable en cada momento, con un máximo de noventa (90) días a contar desde la recepción de la factura. 96.7 Certificado de interoperabilidad A la obtención del certificado de interoperabilidad [precisar su definición, órgano emisor, etc. Por ADIF] del último de los subsistemas que componen las Instalaciones, la SPE emitirá a ADIF factura por el importe del 5% del 40% del importe resultante del Acta de Comprobación de las obras, correspondiente al importe de la obra certificada por ADIF. El pago a la SPE hará efectivo en el plazo máximo que resulte de aplicación conforme a la normativa aplicable en cada momento, con un máximo de noventa (90) días a contar desde la recepción de la factura. 97. Retribución durante el período de disponibilidad: pagos por disponibilidad1

1 Considerar la posibilidad de añadir al PPD (que se abona a SPE, de la que ADIF tiene un 10%), una "comisión de

gestión" que se abonaría exclusivamente a los socios privados adjudicatarios. De ese modo se abarataría el contrato.

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Desde la obtención de la autorización de puesta en servicio de las Instalaciones regulada en este Pliego, la SPE percibirá un pago con periodicidad trimestral, denominado Pago Por Disponibilidad ("PPD") de las Instalaciones, calculado a partir del PPD ofertado por el adjudicatario. No obstante lo anterior, en relación al inicio del período de pagos, con independencia de la fecha de finalización de las obras, nunca se abonará pago alguno por disponibilidad antes de la siguiente fecha [fecha estimada de puesta en servicio de la línea “agresiva”], que será la “fecha suelo de finalización de las obras” o “fecha suelo del inicio del pago por disponibilidad”. Sin perjuicio de lo anterior, y sin perjuicio de la fecha de finalización de las obras prevista en la oferta del adjudicatario, en caso de que ADIF prevea que la fecha de entrada en servicio de la línea completa vaya a retrasarse, por causas no imputables a la SPE, ADIF podrá modificar la fecha de finalización de las obras y consiguientemente la de inicio de los pagos por disponibilidad, sin perjuicio los ajustes o compensaciones a los que tenga derecho la SPE en tal caso, quedando la SPE obligada a realizar sus mayores esfuerzos para acomodarse a la nueva fecha prevista con el mínimo coste posible, presentando para ello un nuevo programa de obras que, acercándose lo más posible a dicha fecha, minimice el impacto en incremento de costes. En todo caso, cuando la fecha de finalización de las obras se anticipe a la nueva fecha suelo (en caso de que esta se redefina por ADIF), únicamente se pagará el porcentaje del PPD máximo deducidos los costes redundantes de mantenimiento, a definir sobre la base de una propuesta razonada a presentar por parte de la SPE, y no se realizarán ajustes algunos por disponibilidad por considerar a estos efectos que no se ha iniciado el período de disponibilidad de manera efectiva. Por otro lado, en ningún caso se efectuará pago alguno con antelación a la fecha prevista por el oferente en su oferta, de manera acorde con lo previsto en este pliego, ni a la fecha en que este efectivamente termine la construcción de las Instalaciones salvo causa imputable a él, en cuyo caso se estará a lo previsto en el párrafo precedente. En caso de que ADIF autorice la puesta en servicio parcial de las Instalaciones, deberán realizarse los oportunos ajustes a favor de ADIF en los importes pagaderos a la SPE, teniendo en cuenta el efecto del adelanto de los pagos que ello supondría para la SPE. El PPD estará afectado por la corrección por indicadores de calidad y disponibilidad de las Instalaciones, y será el resultado de aplicar un factor obtenido de la evaluación periódica de los indicadores establecidos en este Pliego, según se define y expone en el Anexo nº 2 relativo a los requerimientos de disponibilidad, calidad y fiabilidad y en el Anexo nº 3 relativo al mecanismo de pagos. Tal y como se expone en dicho Anexo, existe un porcentaje del PPD anual que no está afecto a deducciones o ajustes (componente fija del pago variable), siendo únicamente objeto de ajustes o correcciones el componente variable del pago, que tiene el objeto de retribuir los gastos de mantenimiento y [una parte de] la inversión en capital, siendo el porcentaje de pago variable o el peso de dicho componente de un [……].2

2 Originalmente previmos que la componente fija fuese equivalente a la parte del PPD necesaria para atender el

servicio de la deuda, en ratio 1 a 1 (en el entendido de que no existe volatilidad de inflación para esta parte del pago según se prevé articular la actualización anual del PPD), dejando el resto sujeto a posibles deducciones por

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Se devengará el PPD desde que la SPE disponga de la autorización de la puesta en servicio de las Instalaciones a que se refiere el presente Pliego. Durante la Fase de Conservación y Mantenimiento no existirán otros compromisos de pago por parte de ADIF en relación con el objeto del contrato. El PPD se devengará trimestralmente. El importe del PPD se calculará conforme a lo dispuesto en las cláusulas siguientes, y según lo previsto en el Anexo nº 3, partiendo de la cifra que fijada en el contrato, actualizada en los términos descritos en este capítulo, y detrayendo de la misma los importes correspondientes a deducciones por falta de disponibilidad y cumplimiento de los estándares fijados en el PPTP. Cláusula 98.- Determinación de las cantidades a pagar en concepto de pago por disponibilidad El pago por disponibilidad es el resultado de aplicar a la componente variable del pago máximo devengable según oferta del adjudicatario, el coeficiente correspondiente en concepto de disponibilidad y calidad. El Coeficiente de Disponibilidad y Calidad (CDC) se calcula como la suma ponderada de tres indicadores: - DO, indicador de disponibilidad operacional, que afecta de manera global a todos los

subsistemas, como medida de la incidencia de los fallos o averías en la explotación del servicio.

- DF, indicador de disponibilidad funcional, que mide la eficiencia en las labores de mantenimiento, y se calcula para cada subsistema, sobre la base de los tiempos en que la instalación respectiva no está operativa.

- F, indicador de Fiabilidad, que afecta a ciertos subsistemas y conjuntos funcionales midiendo el nivel de averías sistemáticas y/o anomalías.

De esta manera, el CDC mensual será CDC mensual (fórmula) Donde, (...) La mecánica del cálculo de cada indicador y del coeficiente mensual en su conjunto se describe en detalle en el Anexo nº 3. Sin perjuicio de lo anterior, de manera trimestral y anual se realizará el cálculo del CDC trimestral y la liquidación anual según se describe en el Anexo nº 3. Cláusula 99. Procedimiento de liquidación del pago por disponibilidad 99.1. Abonos mensuales

faltas de disponibilidad / correcciones de los indicadores, de manera que al menos el capital esté en riesgo. se ha acordado que la parte fija cubra además de la deuda una parte mayoritaria del capital si no toda..

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El PPD se abonará mediante abonos provisionales mensuales, por meses naturales vencidos, a cuenta de la correspondiente liquidación trimestral por trimestres naturales vencidos. El primer mes a contar desde la obtención de la autorización de puesta en servicio de las instalaciones se realizará un abono en proporción al tiempo transcurrido desde la obtención de dicha autorización, tomando como base el 90% del PPD mensual que correspondería abonar en caso de que se hubieran cumplido todos los parámetros de disponibilidad y calidad. Los meses siguientes se abonará el 90% del PPD que mensual que correspondería abonar en caso de que se hubieran cumplido todos los parámetros de disponibilidad y calidad. Una vez practicada la primera liquidación trimestral, el importe mensual del abono a cuenta del PPD coincidirá con el del importe mensual medio del PPD resultante de la liquidación del trimestre anterior. 99.2. Liquidación trimestral Los abonos mensuales del PPD a cuenta se liquidarán por trimestres naturales vencidos a partir del primer trimestre natural a contar desde la puesta en servicio de las Instalaciones. Para ello, y antes del día quince (15) de cada mes de enero, abril, julio y octubre, la SPE presentará al Director de Mantenimiento una solicitud de liquidación del pago por disponibilidad, calculado conforme a las reglas recogidas en estos pliegos, relativo al trimestre inmediatamente anterior, y teniendo en cuenta todas las incidencias acaecidas, el nivel de cumplimiento de los estándares de calidad y disponibilidad del PPT y de la oferta y las penalidades devengadas, en su caso. En relación al primer trimestre, bien tras la puesta en servicio parcial o total, respectivamente, los pagos devengables serán ajustados a prorrata del tiempo transcurrido ente la puesta en servicio y el primer período de presentación de la solicitud de liquidación. Los cálculos recogidos en la solicitud de la SPE deberán estar basados y justificados en la información relativa a las incidencias acaecidas durante el período mensual de referencia y todas las informaciones necesarias, así como las que puedan ser requeridas por ADIF para el cálculo del PPD, recogidos en los correspondientes Informes Mensuales a que se refiere el presente Pliego. Una vez recibida la solicitud provisional de liquidación correspondiente cada trimestre, en el plazo máximo de quince (15) días a contar desde su recepción, el Director de Mantenimiento revisará los cálculos y remitirá dicha revisión a la SPE, con los comentarios y correcciones oportunos y solicitud de aclaraciones en su caso, para que ésta emita las correspondientes aclaraciones en su caso, y/o los cálculos de liquidación y solicitud de abono definitivos debidamente corregidos en su caso o las objeciones que a su entender resulten pertinentes. En el plazo máximo de quince (15) días a contar desde la recepción de las observaciones emitidas por la SPE, el Director del Contrato enviará a aquélla los cálculos definitivos y debidamente auditados. La cantidad resultante de la liquidación trimestral se incrementará en el siguiente pago mensual a la SPE si es a favor de la misma y se restará del mismo si es a favor de ADIF. 99.3. Liquidación anual

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Anualmente, se llevará a cabo una liquidación adicional por reajuste, de acuerdo con el resultado de la auditoría anual llevada de conformidad con lo dispuesto en presente Pliego. Teniendo en cuenta el resultado de la mencionada auditoría, antes del 30 de marzo de cada ejercicio se determinará la liquidación definitiva realizando los ajustes a la baja o al alza que procedan según los resultados de la auditoría, considerando los posibles errores u omisiones y las posibles penalizaciones que resultasen de la misma A la liquidación definitiva se le unirá un acta suscrita por el Director del Contrato y la SPE en la que quedará constancia detallada del grado de cumplimiento de los criterios de calidad y disponibilidad y su incidencia en las sumas a percibir por este concepto en relación al año precedente. La cantidad resultante de la liquidación definitiva se incrementará en el siguiente pago a la SPE si es a favor de la misma y se restará del mismo si es a favor de ADIF. Cláusula 100.- Actualización del pago por disponibilidad El PPD a aplicar en el primer año natural de servicio de disponibilidad (esto es, desde la fecha de puesta en servicio hasta el 31 de diciembre de ese año) será el consignado en la oferta económica, sin proceder actualización alguna del mismo hasta el 1 de enero siguiente. A partir de la puesta en servicio, la cifra de PPD fijada en el contrato se divide a los efectos de su actualización en dos componentes, correspondientes respectivamente al componente fijo y al componente variable antes definidos. El compone ente fijo no se actualizará, permaneciendo en el mismo valor corriente (es decir sin indexación o actualización alguna) durante toda la vida del contrato. El componente variable del PPD se actualizará de manera anual con el 85% de la variación del Índice de Precios al Consumo Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadística, a partir del momento de la puesta en servicio de disponibilidad. Las actualizaciones se realizarán anualmente cada 1 de enero a partir de la puesta en servicio de disponibilidad teniendo en cuenta los Índices de Precios al Consumo Nacional definitivos publicados en diciembre del año anterior, sin perjuicio de la primera actualización que se realizará considerando el tiempo efectivamente transcurrido desde la fecha de puesta en servicio y el 21 de diciembre del ese mismo año. El componente variable del PPD resultará de aplicar la siguiente fórmula: El componente variable del PPD se actualizará anualmente con el 85% de la variación del Índice de Precios al Consumo Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Todas las referencais al PPD en los apartados a) y b) siguiente se entienden referidas exclusivamente al componente variable del PPD. a) Se realizará una primera actualización en el momento de la Autorización de la Puesta a disposición de las Instalaciones. Dicha actualización resultará de aplicar la siguiente fórmula: PPD1= PPD0*KR Siendo

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PPD0= PPD ofertado por el adjudicatario. PPD1= PPD actualizado (en primera actualización)

15,0IPCIPC85,0K

0

1R +=

IPC0= Índice de Precios al Consumo Base, correspondiente al último día del mes correspondiente a la

puesta en servicio. IPC1= Índice de Precios al Consumo correspondiente a 1 de enero del ejercicio en que se obtenga por

la SPE la Autorización de la puesta a disposición las Instalaciones. b) Las siguientes actualizaciones se realizarán anualmente cada 1 de enero de los restantes años del contrato con los Índices de Precios al Consumo Nacional definitivos publicados en diciembre del año anterior. El PPD resultará de aplicar la siguiente fórmula:

PPDi=PPD0*KR

Siendo PPDi= PPD actualizado en el momento i PPD0= PPD ofertado por el adjudicatario.

Coeficiente de revisión 15,0IPCIPC85,0K

0

iR +=

IPC0= Índice de Precios al Consumo Base, correspondiente al último día del mes correspondiente a la fecha límite de presentación de ofertas recogida en el anuncio de licitación.

IPCi= Índice de Precios al Consumo y correspondiente al 1 de enero del ejercicio en que procede la actualización.

c) El procedimiento de actualización se ajustará a los siguientes trámites:

Solicitada la actualización a ADIF por la SPE, ADIF aprobará el nuevo PPD. En tanto en cuanto no se haya aprobado el nuevo PPD se seguirá aplicando el vigente. Una vez

aprobado por el ADIF, se procederá a la consiguiente regularización del PPD pendiente. La SPE deberá realizar la solicitud de actualización del PPD antes del 31 de enero de cada

ejercicio, quedando obligado ADIF a comunicar de oficio antes del 15 de febrero de cada ejercicio el PPD aplicable.

En cualquier caso, los valores del PPD actualizado se expresarán en Euros con dos (2) decimales, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido. Cláusula 101. Comisión de gestión pagadera por la SPE a los socios privados Los socios en el capital de la SPE distintos de ADIF estarán obligados a la prestación accesoria consistente en la aportación de conocimiento y capacidad de gestión, lo que les otorga el derecho a la percepción de una “comisión de conocimiento o gestión” igual al []x%] de los ingresos por disponibilidad, que será facturada y abonada de manera anual.

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Cláusula 102. Franja diaria de mantenimiento. La SPE contará con una franja diaria para la realización de las labores de mantenimiento que no será inferior a tres horas. La fijación de la hora de comienzo de dicha franja corresponde a ADIF y su modificación, incluso su fijación durante el periodo nocturno, no dará derecho a compensación alguna, no obstante lo anterior, la reducción de la duración de la franja dará lugar a derecho a ajuste económico del contrato. Cláusula 103.- Fondo de actualización tecnológica, reparaciones extraordinarias y mejora de las instalaciones 103.1. Régimen general A partir de la autorización de puesta en servicio de las Instalaciones, la SPE deberá constituir un fondo de reserva especial destinado al mantenimiento mayor de las obras e instalaciones, dotado anualmente con un porcentaje de las cantidades percibidas en concepto de PPD suficiente de manera acorde al plan de mantenimiento mayor y renovaciones presentado en su oferta, y ajustado de manera razonada durante el transcurso del contrato, conforme a lo fijado en el mismo. Dicho fondo de reserva será específico para obras de renovaciones, reparaciones y mantenimiento extraordinario. Su importe resultará del PEF de la oferta adjudicataria y será acorde con las previsiones de inversión en dichas obras e instalaciones. Los importes de dicha cuenta de reserva no podrán ser utilizados para otras actuaciones o gastos distintos de lo dispuesto en esta cláusula y todo uso deberá ser debidamente comunicado de manera previa a ADIF. En el caso de que la realidad de las Instalaciones venga a demostrar que el fondo haya sido sobrevalorado en oferta, o en su caso en el PEFD, la SPE podrá solicitar el redimensionamiento de dicho fondo siempre que a juicio razonado de ADIF el nuevo nivel de fondos se demuestre suficiente para acometer los planes de mantenimiento según estos se vayan actualizando. Deberá dotarse al menos en el período de 5 años previo a cada año en que se haya previsto la realización de dichas inversiones, al ritmo e importes mínimos previstos en la oferta, si bien transcurridos 5 años del período de conservación y mantenimiento, si se demuestra de manera razonada una posible sobre dotación de la misma, ADIF podrá, a su discreción, permitir la liberación de parte de los fondos o la revisión del ritmo de dotaciones La SPE deberá remitir [semestralmente] al Director del Contrato la información correspondiente a la situación y estado de dicho fondo, adjuntando a tal fin la documentación probatoria de la información comunicada. ADIF podrá en cualquier momento solicitar a la SPE información sobre esta cuenta, así como, en su caso, llevar a cabo actividades de monitorización y fiscalización de la misma, que le permitan asegurarse el correcto cumplimiento de lo dispuesto en esta cláusula y el resto del Pliego en relación con esta cuenta. 103.2. Régimen mínimo en los últimos cinco años de vigencia del contrato Adicionalmente a cuanto resulte de la documentación contractual y con mínimo cinco (5) años antes de la finalización del plazo de contrato, esta cuenta deberá estar dotada con un importe igual a las obras previstas de renovaciones y grandes reparaciones de los tres años

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finales del contrato, necesarias para cumplir con los criterios de vida útil y continuidad de servicio previstos en el PPT. Anualmente, y teniendo en cuenta el plan de renovaciones que deberá ser actualizado por la SPE año a año en el transcurso de los últimos cinco años del contrato, ADIF realizará las inspecciones oportunas para determinar la suficiencia de la reserva y prever en su caso el porcentaje de dotación adicional del PPD de los años siguientes que se deberá destinar a dicha reserva. En el caso de que la dotación de la misma supere las necesidades de fondos según el plan de renovaciones para la recepción del contrato debidamente validado por ADIF, ADIF podrá determinar la libre disposición de una parte de los fondos sobrantes. Dicha reserva solo podrá ser dispuesta para dichas obras y solo de manera acorde a lo previsto en el plan quinquenal y anual de obras de mantenimiento mayor en relación a la continuidad en la funcionalidad de la obra o instalación tras la extinción del contrato, mediando comunicación previa de cada disposición. Transcurrido un año desde el vencimiento del plazo de duración del contrato, la SPE podrá disponer y retirar el importe sobrante que no haya resultado necesario para acomodar el estado de la instalación a las condiciones previstas en el PPT. Cláusula 104.- Derecho a compartir el riesgo derivado de ciertos eventos tasados 104.1. Supuestos de riesgo compartido El contrato, en sus términos económico financieros, podrá ser modificado, a lo largo de su vigencia, a fin de compensar económicamente a la parte que corresponda, por la pérdida o beneficio ocurrido por un evento de compensación o ajuste. De este modo, durante la vigencia del Contrato, la SPE o ADIF, según proceda, tendrán derecho a compensaciones o ajustes en los términos económicos del contrato de acuerdo a lo establecido en el mismo, y en las cuantías o con los límites indicados en su caso, exclusivamente en los siguientes supuestos: a) Cuando ADIF modifique por razones de interés público las condiciones de conservación

y mantenimiento de la obra, incluyendo modificaciones de los requerimientos de disponibilidad, o modificaciones del proyecto técnico, o cuando autorice una modificación propuesta por la SPE.

b) Cuando se produzcan retrasos en la disponibilidad de los terrenos previstos en el PPTP

en los tiempos mencionados en dicho pliego por causa no imputable a la SPE. c) Cuando causas de fuerza mayor determinen de forma directa la ruptura sustancial de

la economía del contrato. A estos efectos se entenderá por causa de fuerza mayor i. Los incendios causados por la electricidad atmosférica. ii. Los fenómenos naturales de efectos catastróficos, como maremotos, terremotos,

erupciones volcánicas, movimientos del terreno, temporales marítimos, inundaciones u otros semejantes.

iii. Los destrozos ocasionados violentamente en tiempo de guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden público.

iv. Las huelgas en los centros de trabajo de la SPE. d) Cuando se produzca una supuesto de refinanciación de la SPE conforme a lo previsto

en esta cláusula. e) Cuando se produzca alguno de los siguientes eventos de riesgo:

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i. Cuando durante al menos tres trimestres consecutivos el tráfico de las instalaciones

supere el umbral de tráfico definido en el Anexo [xxx] del PCTP a estos efectos, se estará a lo dispuesto en la cláusula xxxx.

ii. Cuando por cambios en la normativa aplicable la SPE incurra en un mayor coste que resulte discriminatorio o específico en los términos descritos en esta cláusula y con los límites y con sujeción a lo previsto en la misma.

iii. Otros cambios normativos de carácter general que tengan incidencia significativa en la economía del contrato en las condiciones y con los requerimientos expuestos en esta cláusula.

iv. En ningún caso, ni siquiera en los contemplados en los dos apartados anteriores, tendrán la consideración de evento de riesgo susceptible de ser compartido a estos efectos el cambio normativo en materia contable ni los cambios normativos en materia fiscal, con la sola excepción de cualquier modificación del régimen del IVA.

v. Cuando se produzca un evento como el descrito en el apartado de esta cláusula denominado "cláusula de progreso", en cuyo caso se estará a lo dispuesto en dicho apartado en relación al derecho de compensaciones.

vi. Cuando se produzca un incremento del coste de los seguros por encima de un umbral considerado extraordinario según se describe en esta cláusula.

vii. Cuando se produzcan hallazgos arqueológicos, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en la cláusula 104.

No obstante cuanto antecede, el contrato se ejecuta a riesgo y ventura de la SPE conforme a lo previsto en este Pliego. Los supuestos indicados dan derecho a compartir el riesgo o ventura derivado de los mismos a ambas partes. Ningún otro supuesto dará derecho a compartir el riesgo o ventura correspondiente, que se asumirá íntegramente por la parte correspondiente conforme a lo previsto en este Pliego. En particular y sin perjuicio de otros, en ningún caso podrá ser compartido el riesgo de aparición o evidencia de condiciones de subsuelo y/o geotécnicas distintas a las descritas en la información facilitada a título informativo por ADIF. La SPE asume íntegramente, entre otros, el riesgo de proyecto, geotécnico y de subsuelo, en los términos del Pliego. 104.2. Mecanismos de ajuste o compensación por supuestos de riesgos compartidos El riesgo se compartirá mediante la adopción por ADIF de alguna de las siguientes medidas:

i. Ajuste o variación del importe de PPD.

ii. Abono de una cantidad compensatoria, a tanto alzado.

iii. Abono de una cantidad compensatoria diferida y constante.

iv. Ampliación del plazo.

v. La combinación de alguna de las medidas descritas en los apartados anteriores.

La selección de los instrumentos o medidas para instrumentar la compartición de riesgos será discrecional por parte de ADIF que, no obstante, tendrá en consideración lo siguiente:

i. Los desequilibrios, pérdidas o supuestos que afecten a ingresos o gastos serán preferentemente compensados mediante ajuste en el PPD.

ii. En relación a los supuestos de compensación que conlleven inversiones adicionales, ADIF podrá requerir a la SPE la financiación de inversión o pérdida previo acuerdo de las condiciones del ajuste en el PPD.

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iii. En el supuesto de ajuste por refinanciación se estará a lo descrito en la cláusula correspondiente.

104.3. Procedimiento general de cálculo del ajuste Para la valoración del impacto del evento de riesgo susceptible de ser compensado, salvo que para dicho supuesto se prevea otra cosa, se tendrá en cuenta su impacto sobre la TIR del capital de la SPE, y la misma se deberá mantener en los niveles previstos en el modelo original (TIR original del capital). Los cálculos que se realicen deberán respetar además el Ratio de Cobertura del Servicio de la Deuda (RCSD) medio de la deuda, siempre como variable secundaria, así como el plazo de financiación de la deuda previsto originalmente. El RCSD medio a utilizar como índice para el ajuste será el menor entre los dos siguientes:

i. El RCSD de la oferta firme de financiación y/o contrato de financiación; o

ii. El que resulte del plan de negocio de oferta presentado por el adjudicatario.

Una vez concluido el procedimiento de ajuste, el PEFD se actualizará con el resultado del procedimiento, que deberá ser aprobado por ADIF. 104.4. Ajuste en caso de refinanciación. ADIF tendrá derecho a compartir, en un cincuenta por ciento (500%), los beneficios que pueda experimentar la SPE en caso de refinanciación, entendiendo por refinanciación cualquier cambio en los términos y condiciones de los contratos de financiación con respecto a las inicialmente previstas en la oferta (sin considerar la deuda subordinada invertida por los socios miembros de la SPE), o la suscripción de deuda adicional en cualquier modalidad (excluyendo deuda subordinada suscrita por los socios originarios de la SPE). No se considerará beneficio compartible aquel beneficio que fuese anticipado al momento de la oferta e incluido en los indicadores económicos de la misma. Únicamente será sometida a compartición la refinanciación que produzca una rentabilidad esperada para el accionista superior o inferior a la prevista en el Plan Económico Financiero Definitivo (PEFD). Para el cálculo de la ganancia o pérdida a compartir, ADIF comparará la Tasa Interna de Retorno (TIR) esperada para el accionista en el Plan Económico Financiero Definitivo (PEFD), con la TIR esperada para el accionista del Plan Económico Financiero actualizado con base en las condiciones de la refinanciación. Como resultado del ajuste, la TIR nominal para el capital de la SPE se incrementará, a resultas de la refinanciación y de la compartición, en la mitad (50%) de lo que lo haría si se mantuviera invariable el nivel de PPD considerado originalmente. ADIF ajustará a la baja o al alza el PPD al nivel que arroje como resultado una nueva TIR nominal del capital de la SPE como la referida. Sin perjuicio de que en caso de que la refinanciación se manifieste en todo o en parte en la obtención anticipada de fondos (amortización de capital), se pueda acordar que ADIF perciba una parte o toda su ganancia en un pago directo de la SPE. El nivel de PPD resultante, en caso de ser modificado, se convertirá en la nueva referencia para la retribución de la SPE. En el caso de que la SPE prevea realizar una refinanciación o renegociación de las condiciones de financiación, deberá avisarlo por escrito a ADIF con al menos dos (2) meses de antelación, y proporcionar toda la información de la que disponga al respecto, de manera

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que ADIF, junto con la SPE, pueda calcular la ganancia o el perjuicio esperado y definir la forma en la que desea compartir esa ganancia o perjuicio. ADIF podrá instar a la SPE a negociar una refinanciación cuando considere que las condiciones del mercado así lo aconsejan, teniendo la SPE derecho a oponerse a la misma, siempre que respalde de manera razonada la conveniencia de esperar a un momento posterior. ADIF podrá participar activamente en las negociaciones de refinanciación en todos los casos. 104.5. Cláusula de progreso La SPE deberá mantener las instalaciones de conformidad con lo que, en cada momento, y según el progreso de la ciencia, disponga la normativa técnica, medioambiental y de seguridad de los usuarios que resulte de aplicación. Las previsiones de este apartado serán aplicables en todo lo relativo a la conservación y mantenimiento de las instalaciones y, en particular, a los siguientes aspectos: conservación (tanto ordinaria como extraordinaria), vialidad, atención de accidentes, medidas de seguridad, gestión del dominio público viario, cuidado medioambiental, (…..) y, en general, cualquier actividad de gestión de las instalaciones o íntimamente ligada a la misma que esté sometida a cambios en cuanto a las exigencias de la tecnología o los medios empleados para llevarla a cabo. En los casos en que el cambio de normativa pueda ser considerado cambio discriminatorio o cambio específico conforme a cuanto se expondrá, y el cambio implique un coste adicional al previsto según PEFD, la SPE tendrá derecho a una compensación de tales sobrecostes siempre que estén debidamente justificados de manera previa y debidamente cuantificados. Para ello se tendrá en cuenta las previsiones que el licitador realizó en el PEFD en relación a costes de operación e inversiones en materia de renovaciones, sustituciones y mantenimiento extraordinario, y las reservas que a estos efectos se hayan considerado en la oferta. Se considerarán cambios discriminatorios aquellos que vayan dirigidos específicamente a este proyecto. Se considerarán cambios específicos aquellos que se refieren al tipo de instalaciones objeto de ejecución, conservación y mantenimiento por la SPE. Cualesquiera otros cambios legales tendrán la consideración de un cambio general normativo y no darán derecho a compensación o compartición alguna, salvo lo previsto en este Pliego, en su caso. Se entenderá por impacto extraordinario e imprevisible aquel que provenga de un cambio general normativo que implique un sobrecoste para la SPE de más del cincuenta por ciento (50%) con respecto a lo previsto en su PEF en relación a las renovaciones, sustituciones y mantenimiento extraordinario y la dotación de reservas para tales inversiones, siempre que venga debidamente justificada tal cuantía por parte de la SPE. Por encima de dicha cifra la SPE tendrá derecho a una compensación igual al cincuenta por ciento (50%) del sobrecoste adicional y con un límite total acumulado por importe igual al tres por ciento (3%) del presupuesto inicial de las inversiones. La SPE queda obligada a aplicar una determinada medida cuando se prevea en la normativa respectiva.

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Esta Cláusula de progreso obligará a la SPE en caso de que, aún no habiéndose incluido en la normativa una medida en concreto, dicha medida esté siendo exigida de manera habitual a las nuevas infraestructuras de características análogas a la que hace referencia este Pliego. Ahora bien, en este caso, ADIF tendrá la facultad de exigir a la SPE la aplicación de dicha medida, debiendo compensar a la SPE por los sobrecostes incurridos que, en ningún caso serán superiores a los realizados en trabajos similares, a fin de llevar dicha medida a la práctica, siendo considerado este supuesto como modificación contractual a los efectos del correspondiente ajuste económico. En todos los casos, los cambios normativos que produzcan ahorro para la SPE, serán tratados de manera similar a favor de ADIF, que tendrá los mismos derechos de ajuste que esta cláusula concede a la SPE. 104.6. Supuesto de riesgos no asegurables o que se conviertan en no asegurables, y variación

extraordinaria del coste de las primas Si durante la vigencia del contrato, el mercado de seguros evoluciona de una manera extraordinaria e imprevisible, y como consecuencia de ello el importe de las primas de las pólizas de seguro que la SPE debe suscribir conforme a este Pliego se incrementase más de un cien por cien de su coste inicial, el Órgano de Administración podrá adoptar alguna de estas posiciones:

• Compensar por el coste extraordinario el pago de las mismas en cuanto al exceso de coste en dicho porcentaje.

• Declarar el riesgo respectivo como riesgo no asegurable.

• Modificar en concordancia los requerimientos mínimos de las pólizas de seguros exigidas en este Pliego.

Para calcular dichas desviaciones se partirá como base del coste efectivamente experimentado el primero año de contrato, actualizado debidamente al IPC de manera anual. Además, la desviación extraordinaria en su caso deberá estar acreditada por el informe de un asesor externo de reconocido prestigio a exclusivo coste de la SPE. Cláusula 105.- Retrasos por causa no imputable a la SPE Los retrasos que puedan ser motivados por actos de ADIF, riesgo arqueológico o riesgos de fuerza mayor gozarán de prórroga de plazo de construcción y potencialmente de compartición la pérdida, sin perjuicio del derecho de ADIF a posponer la fecha de terminación de la construcción por un plazo de hasta seis meses descrito en este Pliego. No obstante, el derecho a prórroga y a compartir el riesgo está condicionado al cumplimiento del deber de mitigación y de diligencia de la SPE, que deberá gestionar el programa de obras de manera flexible, evitando en lo posible el impacto en el plazo global de construcción. En consecuencia, únicamente tendrá derecho a prórroga y en su caso a compartir el riesgo derivado de dicho retraso en la medida en que el retraso o paralización de una actividad afecte a la ruta crítica del calendario de construcción y no sea compensable con una gestión eficiente de dicho programa. En caso de que se produzca un hallazgo arqueológico, sin perjuicio del deber de cumplir estrictamente la normativa aplicable, en caso de que el mismo resulte indefectiblemente en retrasos para la SPE, los dos primeros meses de retraso serán asumidos por el socio privado y sólo se le concederá prórroga por el exceso y según la afección del plan de obras general y la gestión del programa.

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De hecho y con carácter general, cualquier evento, aunque pueda considerarse excepcional y no imputable a la SPE, no dará derecho a paralizar las labores de diseño, obra o mantenimiento correspondientes en la medida en que sea factible continuarlas o compensarlas en los términos del primer párrafo de esta cláusula, salvo que el propio ADIF solicite la paralización de las mismas. En todo caso, no existirá derecho a compensación alguna si las obras se retrasasen por motivo del derecho de ADIF de posposición de la fecha de terminación por hasta seis meses. En caso de retrasos motivados por fuerza mayor, hallazgos arqueológicos o posposición por ADIF del calendario por un plazo mayor de seis meses, la SPE tendrá derecho a: - La actualización de precios en relación a las unidades pendientes de ejecutar y respecto

del tiempo por el que se retrasase la inversión, mediante la aplicación de las fórmulas polinómicas que resulten de aplicación en función de la prestación objeto del contrato cuya inversión se retrase.

- La recepción de una parte del PPD en la fecha en que este se hubiese devengado de no mediar el evento causante del retraso, nunca antes de seis (6) meses después del plazo de terminación de construcción originalmente previsto en el caso de que ADIF ejercite el derecho a posposición de la fecha de terminación. Dicha parte del PPD igual a un 95% del PPD ofertado, o mayor en caso de ser demostrado que dicho porcentaje no es suficiente para sufragar los pagos de las deudas y los costes de conservación y mantenimiento no redundantes, lo cual se determinará de manera razonada por acuerdo entre las partes.

Cláusula 106.- Cierre financiero e implantación del plan económico-financiero 106.1. Plazo para el Cierre Financiero La SPE deberá efectuar el cierre y formalización de los instrumentos de financiación que haya señalado en su oferta (Cierre Financiero), y siempre dentro del plazo máximo de 7 meses a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación definitiva del contrato. En el plazo máximo de quince (15) días a contar desde el Cierre Financiero, la SPE deberá presentar para su aprobación al Órgano de Contratación, el Plan Económico Financiero Definitivo (PEFD), que regirá el contrato. El plazo para la implantación del PEFD será el previsto en él, no pudiendo exceder de tres (3) meses desde su aprobación por ADIF. El PEFD servirá como instrumento básico para el cálculo del ajuste económico financiero del contrato si procediese y de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego. El PEFD que se someta a la autorización de ADIF deberá estar auditado por una firma de reconocido prestigio, cuyo coste será soportado por la SPE. A este efecto, será válido el informe de Auditoría favorable del PEFD que realice el propio banco financiador asesor. 106.2. Falta de Cierre Financiero en plazo En caso de que la financiación no quede cerrada en el plazo de [seis] meses desde la notificación de la adjudicación definitiva del contrato, la SPE deberá comenzar la ejecución de las obras con cargo a los capitales comprometidos en su oferta.

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No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si no se produce el Cierre Financiero en el plazo máximo de [seis] meses previsto, ADIF, a la vista de las circunstancias concurrentes, podrá conceder una prórroga de dicho plazo hasta un máximo de [dos] meses adicionales (sin que en ningún caso ello suponga una prórroga del plazo de construcción o del plazo del contrato), siempre que entienda que es posible alcanzar el Cierre Financiero en ese tiempo adicional sin un impacto en la tasa interna de retorno y volumen de capitales a invertir que, a juicio de ADIF sea considerado como material. En este supuesto, la SPE deberá realizar su mayor esfuerzo para que dicho cierre resulte efectivo, pudiendo optar, a su riesgo, por prorrogar por idéntico plazo el inicio de la ejecución de las obras, sin tener derecho, en ningún caso, a una prórroga del plazo máximo de construcción y puesta en servicio. Transcurrido dicho plazo adicional, deberá comenzar la ejecución de las obras sin mayor dilación so pena de incurrir en causa de resolución anticipada con las consecuencias previstas a estos efectos en este Pliego. En el caso de que transcurridos los [seis] meses inicialmente mencionados más arriba, o, en su caso, el periodo adicional concedido para el Cierre Financiero sin haberse logrado dicho Cierre, si la SPE no inicia la ejecución de las obras, ADIF podrá resolver el contrato por incumplimiento de la SPE, con las consecuencias previstas en este Pliego. Los daños y perjuicios en dicho caso se considerarán igual al importe de la garantía definitiva más los costes de re-licitación del proyecto, ya sea mediante contrato o contratos de obras ya sea mediante cualquier otra fórmula contractual llegado el caso. Solo serán valorables en relación a la liquidación del contrato los trabajos de desarrollo del proyecto efectivamente ejecutados por la SPE, debidamente aprobados y que aporten valor efectivo y estén completos, sin perjuicio de las penalizaciones correspondientes, de acuerdo a lo señalados en el presente Pliego. 106.3. Supuesto de cambio material adverso al Cierre Financiero En el supuesto de que existiesen circunstancias excepcionales sobrevenidas no imputables a la SPE que impidieran llevar a cabo el Cierre Financiero en los plazos indicados en los apartados anteriores, y siempre que la SPE pruebe haber actuado con la diligencia debida, realizando sus mayores esfuerzos para la obtención de la financiación ajena en condiciones similares a las consideradas en el PEF ofertado, la SPE podrá optar por solicitar la resolución anticipada del contrato, resultando de aplicación las consecuencias expuestas en este Pliego para la resolución anticipada por causa de fuerza mayor. En este supuesto, los daños y perjuicios a asumir por la SPE se considerarán igual al importe de la garantía definitiva, que será incautada por ADIF. Las circunstancias excepcionales sobrevenidas a las que se refieren el párrafo precedente sólo darán derecho a este régimen cuando se haya producido una desviación extraordinaria de las condiciones de financiación al cierre tras el proceso de revisión legal efectuado por las entidades financieras, con respecto a las consideradas en oferta, en relación a precio y/o ratios de cobertura exigidos y/o plazo, que vengan motivadas por un cambio material adverso de las condiciones de mercado financiero que se entienda no previsible, y con un impacto sustancial en el PEF y en la viabilidad económica del contrato […] a juicio de ADIF. 106.4. Principio general de riesgo y ventura de las condiciones de cierre financiero y ajuste del pago por disponibilidad según tipo de interés base

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Las condiciones de cierre financiero relativas a plazo de deuda, volumen de deuda, ratios de cobertura, márgenes y comisiones y otros requerimientos de los prestamistas, serán a riesgo y ventura de la SPE y estas podrán diferir al alza o a la baja con respecto a las contempladas en el PEF de oferta, sin alterar el pago por disponibilidad o los pagos previstos durante construcción según su oferta, siempre que se cumplan los requerimientos mínimos de aportaciones de capital. Sin embargo, se considera que el tipo de interés base, entendiendo por este el tipo de referencia a largo plazo (swap neto de margen de la contraparte) al que se aplicará el margen para conformar el tipo de interés fijo, es una variable no controlable por el socio privado, de manera que a la firma del contrato de aseguramiento del tipo de interés mediante swap, se procederá a ajustar el pago por disponibilidad manteniendo inalterada la TIR de capital según PEF de oferta, según dicha referencia de swap haya variado en relación al previsto en oferta. La previsión de tipo de interés fijo en el modelo económico-financiero de oferta deberá estar basada en las referencias para distintas vidas medias que con tal propósito proporcionará ADIF con diez días de antelación a la fecha de presentación de oferta a todos los licitadores, a la que cada oferente añadirá 50 puntos básicos, más una estimación del margen del contrato swap en su caso. En caso de que el tipo de interés fijo que finalmente se contrate mediante swap u otra cobertura (neto de márgenes) difiera en relación al tipo de interés base de referencia incluido en el PEF de oferta, al alza o a la baja, se procederá a ajustar el PPD de manera que la TIR del capital del socio privado permanezca inalterada en relación al valor de dicha TIR en el modelo financiero de oferta (sin tener en consideración ninguna otra posible alternación de ninguna otra variable más que el tipo de interés base). En ningún caso se considerará compensación alguna en relación a variación en el margen u otras variables de precio o condiciones de financiación. ADIF tomará parte activa en las negociaciones de la contratación del swap, la cual deberá realizarse en términos de puesta en competencia, pudiendo oponerse de manera razonada a su contratación en el caso de que se considere insuficiente la concurrencia o el momento de contratación de las coberturas. De manera previa al proceso de solicitud de ofertas para la contratación del derivado, las partes acordarán en detalle la estrategia a seguir en relación al proceso de negociación y cierre del swap. En el caso de que la desviación del tipo de interés base fijo que se negocie en relación al considerado en la oferta sea mayor que 100 puntos básicos, ambas partes podrán apelar a la rescisión anticipada resultando de aplicación en este sentido las previsiones de consecuencias en caso de terminación por fuerza mayor a salvo de acuerdo. Únicamente estará sujeto a ajuste o compensación al alza o a la baja el impacto relativo a la desviación de la parte fija el tipo de interés, quedando en todo caso sujeto a riesgo y ventura de la SPE las condiciones reales del tipo de interés. En el caso de que el porcentaje de tipo de interés que finalmente se asegure o se contrate en swap difiera del porcentaje a tal efecto previsto en el PEF de oferta, a los efectos de cálculo del ajuste se considerará que el porcentaje de tipo de interés fijo aplicado al cierre de la financiación es el considerado originalmente en oferta, salvo que el considerar dicho porcentaje realmente contratado resulte beneficioso para ADIF.

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En el caso de que la vida media considerada en el PEF de la oferta y/o la referencia de swap considerada en el PEF de la oferta sean distintas que las efectivamente contratadas por el adjudicatario a efectos de cálculo de la desviación y el consiguiente ajuste en el PPD se asumirá que la vida media y/o la referencia contratadas son coherentes con las previstas en el PEF de oferta, salvo que el considerar la desviación entre el swap considerada en el PEF de oferta del adjudicatario y el valor del swap efectivamente contratado resulte más beneficioso para ADIF. En caso de duda, ADIF podrá calcular la desviación en el tipo de interés base como la diferencia entre el valor de la referencia de swap facilitada para la vida media de la deuda del PEF de oferta del adjudicatario y el valor de la misma referencia y con la misma fuente a la fecha de contratación del swap o derivado. CAPÍTULO VIII Extinción del contrato Cláusula 107.- Causas de extinción del contrato El presente contrato se extinguirá por su cumplimiento o por resolución. Cláusula 108.- Extinción por cumplimiento del contrato 108.1 Cumplimiento del contrato por transcurso del plazo El contrato se extinguirá por el cumplimiento del plazo de duración inicialmente establecido o, en su caso, del resultante de las prórrogas o reducciones que se hubiesen adoptado. 108.2. Liquidación del Contrato La SPE entregará las Instalaciones objeto de contrato junto con las instalaciones afectas a las mismas a ADIF, o a la entidad designada por éste, en el momento de finalización del contrato, en el estado previsto en los Pliegos y el resto de la documentación contractual, sin derecho a indemnización alguna por este concepto La entrega de todos los bienes del contrato se formalizará mediante acta de liquidación, que firmarán tanto ADIF como la SPE, y siempre que el estado de las Instalaciones se ajuste a lo dispuesto en la documentación contractual. En el acta de liquidación se procederá a la liquidación de las cantidades que se adeuden ambas partes por cualquier concepto, como consecuencia de la ejecución del contrato, y a la devolución de la parte de la garantía definitiva que quede por devolver y que no se haya ejecutado. Esta liquidación del contrato comprenderá las actuaciones tendentes a la disolución de la SPE y, en su caso, distribución del haber social entre los socios una vez satisfechas las cantidades adeudadas por la SPE. 108.3 Modificación de plantilla Durante los cinco últimos años de duración del contrato cualquier modificación en la composición de la relación de personal adscrito por la SPE a la prestación del servicio requerirá autorización previa de ADIF, sin perjuicio de lo establecido en la legislación laboral. A tal efecto, deberá comunicar previamente a ADIF las altas y/o bajas de empleados con sucinta exposición de las causas que las motivan.

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ADIF deberá autorizarlas en el plazo de un (1) mes, entendiéndose concedida dicha autorización en caso de silencio. 108.4 Intervención previa por ADIF Un año antes de la finalización del periodo contractual, ADIF nombrará un Interventor técnico que vigilará la conservación de las obras e instalaciones e informará sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para mantenerlos en las condiciones previstas en el contrato. ADIF podrá dictar las órdenes que, a la vista de los informes del interventor técnico, considere necesarias. Cláusula 109.- Resolución del Contrato 109.1 Causas de Resolución A los efectos de esta cláusula las referencias a la SPE se entenderán hechas igualmente a todos los adjudicatarios o quienes les hubieren sucedido en su condición de accionistas de la SPE de conformidad con lo previsto en este Pliego. Serán causas específicas de resolución del contrato, las siguientes. a) La muerte o incapacidad sobrevenida de la SPE individual o la extinción de la

personalidad jurídica de la SPE. b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro

procedimiento de la SPE. EI derecho a resolver el contrato por cualquiera de estos motivos podrá ejercitarse por ADIF, desde la fecha en que se dicte resoluci6n admitiendo a trámite la solicitud o el expediente correspondiente.

c) EI incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones relativas a los proyectos, la

ejecución, conservación y mantenimiento de las Instalaciones. d) La necesidad de introducir modificaciones en el proyecto base del contrato que

supongan un incremento del presupuesto superior al diez por ciento (10%) del mismo. e) EI mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad física, legal o por razones de urgencia

del servicio ferroviario, de ejecutar las obras o instalaciones contratadas, bien sea sobrevenida o imprevisible, en el momento de otorgar el contrato.

f) La imposición acumulada de penalizaciones económicas alcanzando los límites

máximos previstos en este Pliego. g) El abandono del contrato. Se presumirá el abandono cuando la SPE, sin causa

justificada, deje de prestar servicio durante más de cuarenta y ocho (48) horas seguidas mediante la retirada de su personal y desatención absoluta del servicio. El abandono supone la incautación de las instalaciones por ADIF.

h) Por renuncia. La renuncia deberá ser pura y simple y hecha por escrito ante la

Dirección General del Proyecto. Esta renuncia autorizará a ADIF para la incautación del servicio. Si la renuncia se hiciere en favor de persona determinada, tal acto se interpretará como de cesión del contrato, disciplinándose sus efectos según lo establecido en este supuesto.

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i) La obstrucción voluntaria y reiterada por la SPE del control en la ejecución del contrato por parte de ADIF.

j) La falta de Cierre Financiero en el plazo máximo acordado en el contrato. k) La no presentación del PEFD en el plazo máximo acordado en el contrato. l) La no implantación del PEFD dentro del plazo previsto en el presente Pliego tras su

aprobación por ADIF. m) El incumplimiento de las condiciones y exigencias establecidas para el adjudicatario en

este Pliego respecto de la SPE, en concreto las referidas a su constitución y las que aluden a la alteración de la composición de su accionariado y al mantenimiento de su situación patrimonial.

n) Eventos de fuerza mayor que impidieran por completo la realización de las obras. ñ) La resolución anticipada del contrato acordada por ADIF por necesidades del servicio

ferroviario, razones de interés público o causas nuevas o necesidades imprevistas. o) Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en la

documentación contractual. 109.2 Efectos de la Resolución 109.2.1. Efectos generales En los supuestos de resolución, ADIF, previa audiencia de la SPE, procederá a la compensación y liquidación de las cantidades que se adeuden ambas partes por cualquier concepto, como consecuencia de la ejecución del contrato. Una vez fijada la cantidad resultante de la liquidación dentro del plazo de 4 meses se dispondrá de un plazo de tres meses para el pago correspondiente. En su caso, la citada cantidad se incrementará en el importe necesario para cubrir los intereses y otros gastos financieros incurridos por la SPE durante el periodo transcurrido entre la fecha de resolución del contrato y la fecha de abono de la cantidad que se haya fijado, incluyendo los derivados de la resolución anticipada de los contratos de financiación y coberturas de interés o similares. Con carácter previo al inicio del procedimiento para la resolución del contrato, ADIF dará audiencia con suficiente antelación a las entidades financieras que tengan la consideración de acreedor pignoraticio debidamente comunicado a ADIF y autorizado por éste conforme a lo previsto en el Pliego para que, en su caso, informen a ADIF sobre los efectos que se producirán como consecuencia de dicha resolución y ofrezcan su opinión sobre la continuidad del servicio y el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones pendientes. En caso de resolución en la Fase de Conservación y Mantenimiento, las entidades financieras mencionadas en el párrafo anterior podrán ofrecer subrogarse, directamente o a través de una entidad participada siempre que el subrogado cumpla con los requisitos exigidos a la SPE, en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato o, en su caso, de las relativas al mantenimiento de las Instalaciones. Si ADIF considerara compatible tal ofrecimiento con el buen fin de los intereses públicos en presencia, las entidades financieras quedarán obligadas frente a ADIF en los mismos términos previstos en el presente Pliego para la entidad adjudicataria

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Si la SPE hubiese contado entre sus recursos con financiación de terceros, sólo se le abonará el sobrante que, en su caso, le corresponda, después de solventar las obligaciones contraídas con éstos. Se computará a favor de la SPE, en la liquidación, el importe del valor patrimonial de las inversiones realizadas en las Instalaciones objeto de contrato en razón de: i. Ejecución de obras de construcción y adquisición de bienes necesarios para su

funcionamiento, valorados en lo realmente ejecutado y definido en el Proyecto Técnico aprobado y a los precios que en ellos figuren, neto de las amortizaciones acumuladas que se hayan efectuado.

ii. Inversiones en reposición de equipos y bienes incorporados que sean necesarios para el

mantenimiento, valorados a su coste de adquisición neto de las amortizaciones acumuladas efectuadas hasta la fecha.

iii. Gastos financieros capitalizados como mayor valor de la inversión al final del periodo de

construcción, valorados netos de las amortizaciones acumuladas efectuadas hasta la fecha.

iv. Coste de estudios y redacción de proyectos, dirección de obra y demás asistencias

técnicas, neto de las amortizaciones efectuadas en su caso. 109.2.2. Efectos de la resolución por causa imputable a ADIF En los supuestos de resolución por causa imputable a ADIF, además de lo previsto en el apartado anterior de la presente cláusula, la SPE tendrá derecho percibir los siguientes importes: a. Si la resolución se produce antes de la puesta en servicio de las Instalaciones:

i. Los gastos de constitución de la SPE. ii. El resto de gastos activados durante el período de construcción (con referencia al último

año contable cerrado). iii. Los gastos financieros pendientes de pago. iv. La indemnización de los daños y perjuicios equivalente a la que resulte de aplicar la TIR

anual del accionista prevista en el Plan Económico financiero aprobado por ADIF sobre los flujos reales que han registrado los accionistas privados de la SPE (considerando aportaciones de capital y distribución de beneficios) desde cada fecha efectiva de los desembolsos y reembolsos hasta la fecha de abono de dicha compensación.

b. Si la resolución se produce tras la puesta en explotación de las Instalaciones:

i. Los gastos de constitución de la SPE. ii. El resto de gastos activados durante el período de construcción (con referencia al último

año contable cerrado). iii. Los gastos financieros pendientes de pago.

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iv. La indemnización de los daños y perjuicios equivalente al Valor Actual Neto de los beneficios esperados en el periodo restante de duración del contrato, calculados sobre la base de los beneficio obtenidos y declarados en los últimos 5 años, actualizados a una tasa equivalente a la de la TIR para el accionista privado (en términos nominales) recogida en el Plan Económico – Financiero que acompaña a la oferta conforme a la cual se adjudique el contrato.

109.2.3. Efectos de la resolución por causa imputable a la SPE En el caso de que la resolución sea por causa imputable a la SPE, ADIF se incautará de la garantía, debiendo la SPE indemnizar a ADIF por los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceda del importe de la garantía incautada. En todo caso los socios accionistas privados perderán el capital social aportado a la SPE.

No obstante, la fijación del importe de la compensación que debiera abonarse a la SPE conforme al apartado 109.2.1 anterior se liquidará de manera separada a la determinación de la indemnización de daños y perjuicios que pudiera estar obligada la SPE a abonar a ADIF. ADIF no compensará el importe de la compensación con el de la indemnización de daños y perjuicios o cualquiera otra que tuviera pendiente con ADIF en lo que exceda de la garantía definitiva, sino previo pago, hasta donde alcance el importe de sus créditosa los acreedores pignoraticios debidamente autorizados por ADIF conforme a lo previsto en este Pliego, con garantía pignoraticia sobre el Derecho de crédito al pago de los referidos importes.

109.2.4. Efectos de la resolución por causa de Fuerza Mayor Si el contrato se resolviese por causa de fuerza mayor, además de lo previsto en el punto 109.2.1. anterior de la presente cláusula, se computarán a favor de la SPE, en la liquidación, los siguientes gastos:

i. Los gastos de constitución de la SPE. ii. El resto de gastos activados durante el período de construcción (con referencia al último

año contable cerrado). iii. Los gastos financieros pendientes de pago. 109.2.5. Efectos de la resolución por mutuo acuerdo Cuando el contrato se resuelva por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado entre ellas.

109.2.6. Posibilidad de subrogación de ADIF en las deudas vivas de la SPE en el momento de la resolución.

En los contratos de financiación que celebre la SPE para la ejecución del contrato, deberán incluirse previsiones que permitan a ADIF optar, de común acuerdo en su caso con los acreedores pignoraticios, por subrogarse en las deudas vivas de la SPE en el momento de la resolución, en cuyo caso, y a salvo del supuesto de resolución por causa de incumplimiento de la SPE, en la liquidación de los derechos de compensación de la SPE por liquidación del valor patrimonial de la inversión neta se deducirán los importes correspondientes a dichos contratos de financiación.

109.2.7. Cálculo del valor patrimonial neto de las inversiones.

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El importe del valor patrimonial neto de las inversiones a liquidar en caso de resolución se identificará en el PEF definitivo que se implante sobre la base de las previsiones de esta cláusula y de conformidad con la oferta adjudicataria.

CAPÍTULO IX Jurisdicción aplicable y arbitraje Cláusula 110.- Resolución de diferencias Los actos dictados en relación con la preparación y adjudicación del contrato podrán ser impugnados ante el Orden Jurisdiccional Contencioso -Administrativo, una vez agotada 1a vía administrativa prevista en los art. 101 y siguientes de 1a LCSE. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultante de la ejecución o interpretación del contrato, su cumplimiento y extinción, o relacionado con él, directa o indirectamente, se resolverán de común acuerdo por los contratantes, y en caso de no alcanzarlo, se resolverán definitivamente mediante arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de Madrid de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros de acuerdo con su Reglamento y Estatutos. El arbitraje será de derecho, tendrá lugar en Madrid y se llevará a cabo en idioma castellano. Las partes quedarán obligadas por la resolución arbitral emitida.

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LISTADO DE ANEXOS

1. Anexo nº 1. Plazos para la redacción de Proyectos. 2. Anexo nº 2. Fichas de Indicadores de disponibilidad, calidad y fiabilidad 3. Anexo nº 3. Procedimiento para pagos por disponibilidad 4. Anexo nº 4. Plan de Inversiones de Reposición. 5. Anexo nº 5. Modelo de solicitud de participación en el procedimiento. 6. Anexo nº 6. Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para contratar

con la Administración. 7. Anexo nº 7. Modelo de documento de compromiso de constituirse formalmente en

accionistas de la sociedad adjudicataria. 8. Anexo nº 8. Requisitos de los recursos propios de la sociedad adjudicataria. 9. Anexo nº 9. Formularios justificativos de la solvencia económica y financiera de los

licitadores. 10. Anexo nº 10. Condiciones de solvencia técnica y profesional de los licitadores y

formularios justificativos de la misma. 11. Anexo nº 11. Criterios objetivos a tener en cuenta para cursar las invitaciones a

participar en la fase de negociación. 12. Anexo nº 12. Documentación a presentar en las ofertas. 13. Anexo nº 13. Borrador de los Estatutos de la SPE. 14. Anexo nº 14. Instrucciones para la elaboración del modelo económico financiero. 15. Anexo nº 15. Instrucciones de elaboración de la memoria explicativa de los valores

adoptados para las variables fundamentales que intervienen en el PEF. 16. Anexo nº 16. Cuadro resumen del PEF. 17. Anexo nº 17. Modelo de proposición económica. 18. Anexo nº 18. Valoración de las ofertas técnicas presentadas. 19. Anexo nº 19. Procedimiento de verificación de los subsistemas, previo a la Puesta en servicio. (20. Anexo nº 20. Documentación BEI.)

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ANEXO Nº1

PLAZOS PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS

[…] A completar por ADIF en función de cada proyecto.

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ANEXO Nº 2

FICHAS DE INDICADORES DE DISPONIBILIDAD, CALIDAD Y FIABILIDAD

[documento de trabajo adjunto al email de 17 de junio en formato pdf, por no poder integrarlo en el documento Word a causa de incompatibilidades informáticas]

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ANEXO Nº 3

PROCEDIMIENTO PARA PAGOS POR DISPONIBILIDAD

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ÍNDICE 1 Introducción ................................................................................................................................................. 128 2 Ámbito de aplicación ................................................................................................................................... 128 3 Objeto ........................................................................................................................................................... 128 4 Desglose Subsistemas Infraestructura Ferroviaria ...................................................................................... 128 5 Determinación del nivel de calidad y disponibilidad .................................................................................. 131

5.1 Definición de indicadores ........................................................................................................ 131 5.2 Indicadores de disponibilidad .................................................................................................. 132

5.2.1 Disponibilidad Operacional (%) .......................................................................................................... 132 5.2.2 Disponibilidad Funcional ..................................................................................................................... 132

5.3 Indicadores de Fiabilidad ......................................................................................................... 133 5.4 Indicadores de Fiabilidad y Calidad y su aplicación a los elementos de los conjuntos funcionales

.................................................................................................................................................. 133 5.5 Indicadores directos de Calidad ............................................................................................... 134

6 Estructura y Aplicación del sistema de indicadores.................................................................................... 134 6.1 Ponderación de los Subsistemas .............................................................................................. 135 6.2 Ponderación de la Disponibilidad Funcional mensual y la Fiabilidad mensual en los Conjuntos

Funcionales dentro de cada subsistema ................................................................................... 135 6.3 Ponderación de la Disponibilidad Funcional anual la Fiabilidad anual de los elementos y los

Índices de Control Directo de Calidad de los elementos en los Conjuntos Funcionales dentro de cada subsistema ........................................................................................................................ 135

6.4 Obtención de los valores de Disponibilidad Fiabilidad y Calidad para cada subsistema; Funciones de homogeneización ................................................................................................................. 135

6.4.1 Fiabilidad (tanto mensual del conjunto funcional como anual de los elementos que aplique) .......... 136 6.4.2 Disponibilidad Funcional (tanto mensual como anual de los conjuntos funcionales) ....................... 136 6.4.3 Indices directos de calidad ................................................................................................................... 137

6.5 Composición de los valores homogeneizados en cada Subsistema ........................................ 137 6.5.1 Composición Mensual .......................................................................................................................... 137 6.5.2 Composición Anual .............................................................................................................................. 137

6.6 Composición de los Subsistemas ............................................................................................. 138 6.6.1 Composición Mensual .......................................................................................................................... 138

6.7 Composición anual ................................................................................................................... 138 6.8 Construcción del Índice de Disponibilidad Operacional mensual y anual ............................. 138

6.8.1 Composición Mensual .......................................................................................................................... 139 6.8.2 Composición Anual .............................................................................................................................. 139

6.9 Estructura coeficiente de calidad y disponibilidad .................................................................. 139 6.9.1 Obtención del Coeficiente de disponibilidad y calidad mensual ........................................................ 140 6.9.2 Obtención del Coeficiente de disponibilidad y calidad anual ............................................................. 140

7 Pago por disponibilidad ............................................................................................................................... 140 8 Revisión umbrales de los indicadores ......................................................................................................... 140 ANEJO 1. METODOLOGÍA DE CÁLCULO Y FORMULACIÓN

ANEJO 2. FICHAS DE INDICADORES DE DISPONIBILIDAD Y CALIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 128 -

Introducción

La construcción de las nuevas líneas de alta velocidad, así como otras infraestructuras ferroviarias, en el horizonte que prevé el PEIT exige un esfuerzo inversor extraordinario. El hecho de que las subvenciones de la Unión Europea estén llegando a sus últimos años unido a la actual situación de déficit público complican la financiación de estos proyectos, por lo que se hace necesario encontrar fórmulas alternativas y complementarias que permitan mantener el nivel de inversión, tanto para progresar en el desarrollo de la nueva red ferroviaria española, como para dinamizar la economía. Esta nueva forma de financiación permite la participación del capital privado que debe ver retribuida su participación en función, entre otros factores, de la calidad de la instalación y de su mantenimiento asociado. Así, el pago periódico durante la etapa correspondiente a la realización del mantenimiento se verá afectado por unos coeficientes que valorarán, negativa o positivamente, incluso, la calidad del trabajo desarrollado por el adjudicatario tanto en mantenimiento como en construcción. Estos coeficientes se obtendrán como expresión final de los indicadores definidos para cada uno de los subsistemas y aspectos valorables de la explotación.

Ámbito de aplicación

Se aplicará lo recogido en el presente documento en todas las contrataciones en las que se asocie el pago a la calidad del trabajo desarrollado, es decir, que se establezca el denominado “pago por disponibilidad”. En principio, pueden plantearse, dependiendo del caso, los siguientes tipos:

Subsistemas en contrataciones independientes, para una o varias líneas

Agregando subsistemas homogéneos en contrataciones conjuntas en una o varias líneas. Se entiende que son homogéneos los subsistemas más afines entre sí (infraestructura y vía o instalaciones ferroviarias)

Tramos integrales, contratación global, que incluirían tanto infraestructura como equipamiento ferroviario.

Por el grado de desarrollo de la red de alta velocidad encomendada a ADIF, serán más frecuentes los dos primeros casos.

Objeto

El objeto del presente anejo es definir y recoger el procedimiento para determinar los pagos por disponibilidad a que tiene derecho el adjudicatario del contrato en función del nivel de calidad y disponibilidad que tengan los elementos de la infraestructura ferroviaria objeto de contrato.

Desglose Subsistemas Infraestructura Ferroviaria

Dada la heterogeneidad de los elementos que constituyen la infraestructura ferroviaria, es necesaria la división en subsistemas representativos, éstos a su vez en conjuntos funcionales y, en determinados casos, elementos con entidad propia. De forma general, la división realizada para todos los subsistemas y sus correspondientes conjuntos funcionales que componen la infraestructura ferroviaria, se recoge a continuación:

SUBSISTEMA CONJUNTO FUNCIONAL

INFRAESTRUCTURA

Estructuras

Túneles

Drenaje

Obras de tierra

Caminos de servicio

VÍA

Aparatos de vía

Plena vía

Vías de apartado

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SUBSISTEMA CONJUNTO FUNCIONAL

ENERGÍA

Subestaciones y centros

Línea Alta tensión

Telemando

LAC

Sistemas auxiliares

CONTROL DE TRÁFICO

Enclavamiento

Sistemas de protección del tren

CTC

Sistemas de detección

Energía

Edificios técnicos

CRC

TELECOMUNICACIONES FIJAS Y MÓVILES

Telecomunicaciones fijas

Operadoras de telecomunicaciones

GSM-R

PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD

Control de Accesos y zonas de emergencia

Sistemas de videovigilancia

Cerramiento

Sistema de detección

Señalética

Sistema de megafonía

ESTACIONES DE VIAJEROS

INSTALACIONES LOGÍSTICAS Bases de mantenimiento

Tabla 1 Subsistemas y Conjuntos Funcionales Los casos en los que los conjuntos funcionales son susceptibles de considerar de forma independiente alguno de los elementos que lo integran, por su representatividad, se recogen a continuación:

CONJUNTO FUNCIONAL ELEMENTOS

ESTRUCTURAS

Viaductos

Paso Superior

Paso Inferior

Puente

Bloques técnicos

DRENAJES Drenaje longitudinal

Drenaje transversal

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CONJUNTO FUNCIONAL ELEMENTOS

Bajantes

TÚNELES

Ventilación

Extinción de incendios

Elementos estructurales

Evacuación y socorro

Pozos de bombeo

PLENA VÍA

Carril

Traviesa

Balasto

Sistemas de sujeción

Cambiadores

APARATOS VÍA Aparatos de dilatación

Desvíos

SUBESTACIONES Y CENTROS

Alta tensión

Media tensión

Servicios auxiliares

Sistema de Control

TELEMANDO Centro de control

Elementos de campo

LÍNEA AÉREA DE CONTACTO Catenaria

Aparamenta

SISTEMAS AUXILIARES

Alumbrado de túneles

Calefactores de aguja

Sistemas de alimentación auxiliar

ENCLAVAMIENTO

Señales laterales luminosas

Circuitos de vía

Accionamiento desvios

Ordenadores y modulos entrada y salida

SISTEMAS DE PROTECIÓN DEL TREN

ASFA

LZB

ERTMS -1

ERTMS-2

SISTEMAS DE DETECCIÓN

Detector de caída de objetos (DCO)

Detector de cajas calientes (DCC)

Detectores viento lateral

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CONJUNTO FUNCIONAL ELEMENTOS

Otros detectores

TELECOMUNICACIONES FIJAS

Red de cables

Red de transmisión

Red de datos IP

Conmutación de voz

GSM-R Infraestructura

Servicios

OPERADORAS DE TELECOMUNICACIONES Infraestructura

Servicios

SISTEMAS DE DETECCIÓN CCTV Tabla 2 Conjuntos funcionales y Elementos

Determinación del nivel de calidad y disponibilidad

Definición de indicadores

Se establecen los indicadores de calidad, disponibilidad y fiabilidad para evaluar y controlar, durante el periodo de mantenimiento, la calidad en el diseño, en la ejecución de la obra y en el mantenimiento. En definitiva, la función esencial de los indicadores es la de permitir establecer de forma inequívoca el nivel de calidad del trabajo desarrollado por la empresa adjudicataria, así como la calidad percibida por el cliente final, que aprecia fundamentalmente la seguridad, la regularidad (puntualidad) y la confortabilidad (en el caso de transporte de viajeros). En este sentido se establecen tres tipos de indicadores, que podríamos denominar de disponibilidad, fiabilidad y calidad. Los dos primeros están vinculados al resultado de la explotación y el mantenimiento y segundo y tercero dependen de la calidad intrínseca de la instalación (condicionada por su definición y la calidad de ejecución) y de su evolución con el tiempo y el tráfico (que depende de la calidad inicial y de su mantenimiento). La medición de estos indicadores es independiente de las labores ordinarias y extraordinarias de vigilancia y control de las actuaciones de mantenimiento, que quedan recogidas en el pliego de condiciones técnicas de realización del mantenimiento correspondiente, en el que se describen las medidas a llevar a cabo en función del resultado de aquellas. No obstante, para la obtención de determinados valores relativos a la calidad son de aplicación los resultados de determinadas mediciones realizadas en las citadas campañas. Mediante la composición de estos indicadores podrá medirse la bondad en la calidad, durante las diferentes fases que atraviesa la instalación, a lo largo del ciclo de vida, estando orientado tanto a tener disponible el sistema como a asegurar su buen funcionamiento, y su resultado servirá para evaluar al adjudicatario del contrato y establecer la cuantía del pago mensual. Los indicadores que se aplican son:

Índice de disponibilidad operacional.

Índice de disponibilidad funcional.

Índice de fiabilidad.

Índice directo de calidad.

La Disponibilidad Operacional se aplica en su conjunto al sistema ferroviario, y mide la incidencia que tiene en la regularidad del tráfico previsto la aparición de averías en los diferentes Subsistemas y Conjuntos funcionales. La Disponibilidad funcional se mide para cada subsistema a través de las incidencias y los tiempos de reparación de los conjuntos funcionales que lo integran.

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El concepto de fiabilidad está relacionado con la tasa de fallos o averías, entendiendo el fallo o avería de un elemento como la pérdida de prestación de la función para la cual fue diseñado, con independencia de que se produzca afectación o no a la explotación. El índice directo de calidad se aplica a aquellos subsistemas y/o conjuntos funcionales en los que se puede determinar el estado de los mismos con los controles periódicos ordinarios, tal y como se recoge en el apartado 5.5. Estos controles son independientes de las correspondientes Auditorias Externas que deberá realizar el adjudicatario, con la periodicidad establecida en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, para determinar el estado de todas las instalaciones de acuerdo con los parámetros de control de mantenimiento, la fase del ciclo de vida en la que se encuentran, etc.

Indicadores de disponibilidad

Para los indicadores de disponibilidad la fuente principal de información es la gestión de circulación y el mantenimiento, como ocurre actualmente en las líneas de ADIF. La evaluación de estos indicadores es casi inmediata, a falta de dilucidar responsabilidades entre operadores, reguladores de tráfico, diversos mantenedores y causas ajenas. Para este fin se hace preciso contar con un comité de explotación que reúna a los agentes implicados y establezca de forma clara la imputación de responsabilidades, en aquellos casos en los que no se pueda determinar con certeza. En caso de fuerte desacuerdo, deberá constituirse un arbitraje externo (dependiente del Ministerio de Fomento).

Disponibilidad Operacional (%)

Mide la afectación que tiene una incidencia, fallo o avería en la explotación. Se mide de forma global sin imputación a ninguno de los subsistemas contratados. Se calcula con periodicidad diaria para cada tren. En el caso de incidencias asociadas a la infraestructura con posibles repercusiones en la marcha de trenes se evaluarán los retrasos de las circulaciones comparando: el tiempo previsto en el itinerario con el tiempo efectivo de recorrido.

e

p

tt

DO =

Donde:

pit: Es el tiempo previsto en el itinerario para el tren, e incluye la marcha tipo con los márgenes asociados en el

tramo y las posibles paradas técnicas o comerciales.

eit : Es el tiempo efectivo para el tren. En el caso de que el tren acceda al tramo objeto de la concesión con un retraso relevante y fuerte distorsión en la explotación, sobresaturación, se pueden generar una demanda de cruces o apartados superior a los previstos, por lo que tendrá que ser objeto de una evaluación específica, a fin de delimitar los retrasos imputables a déficits de la infraestructura respecto de los derivados por la perturbación de la explotación.

Disponibilidad Funcional

Mide la eficiencia en las labores de mantenimiento. Se mide de forma particular para cada uno de los conjuntos funcionales dentro de los subsistemas contratados y se calcula con periodicidad mensual y anual.

100__

_ ⋅⎟⎟⎠

⎞⎜⎜⎝

+=

reparacióntotalrealentofuncionami

realentofuncionami

ttt

DF

tfuncionamiento real es el tiempo en el que la instalación está operativa en el periodo valorado ttotal de reparación es la suma de tiempos en el periodo valorado, de indisponibilidad por resolución de averías,

computándose el tiempo desde que se comunica al adjudicatario la incidencia hasta que se soluciona la misma. (en el caso de que las tareas de reparación se dilaten en el tiempo y se entre en banda de mantenimiento preventivo, el tiempo de reparación seguirá sumándose hasta la resolución efectiva de la incidencia)

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Indicadores de Fiabilidad

Refleja la fiabilidad de los conjuntos funcionales y sus elementos asociados reflejados en el Tabla 2 Conjuntos funcionales y Elementos. Su contabilidad es inmediata y su imputación definitiva la realizará el comité de seguimiento, compuesto, al menos, por:

Adif Circulación

Adif Mantenimiento

Adif Seguridad en la Circulación (ocasionalmente)

Contratista/s

Operadores ferroviarios

Valora y limita la tasa de fallos que se producen en un sistema determinado y está relacionado, por tanto, con criterios de diseño, ejecución de la obra y realización del mantenimiento. El concepto de fiabilidad se aplica a los subsistemas y conjuntos funcionales en los que, debido a sus características específicas por configuración y tecnología, puede determinarse de forma clara la existencia de anomalías y/o averías sistemáticas que indican un inadecuado diseño, ejecución de la obra o realización del mantenimiento. En el resto de los casos debe realizarse mediante la determinación de los índices directos de control de calidad, que se recogen en el siguiente apartado. Se calcula con periodicidad mensual para los conjuntos funcionales y, con periodicidad anual para los elementos, en su caso y que quedan recogidos en la Tabla 3.

Indicadores de Fiabilidad y Calidad y su aplicación a los elementos de los conjuntos funcionales

En la tabla a continuación se recogen, para cada uno de los conjuntos funcionales, los índices que aplican:

SUBSISTEMA CONJUNTO FUNCIONAL FIABILIDAD CALIDAD

INFRAESTRUCTURA

Estructuras x Túneles x Drenaje x Obras de tierra x Caminos de servicio x

VÍA Aparatos de vía x x Plena vía x

ENERGÍA

Subestaciones y centros x Línea Alta tensión Telemando x

LAC x Sistemas auxiliares x

CONTROL DE TRÁFICO

Enclavamientos x Sistemas de protección del tren x Sistemas de detección x Energía x Edificios técnicos x CRC x

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SUBSISTEMA CONJUNTO FUNCIONAL FIABILIDAD CALIDAD

CTC x

TELECOMUNICACIONES FIJAS Y MÓVILES

Telecomunicaciones fijas x Operadores de telecomunicaciones x GSM-R x

PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD

Control de Accesos y zonas de emergencia Sistemas de videovigilancia x Cerramiento Sistemas de detección x Señalética Megafonía x

ESTACIONES DE VIAJEROS INSTALACIONES LOGÍSTICAS Bases de mantenimiento

Tabla 3 Elementos a los que le aplican los indices de fiabilidad anual y los indices de calidad

Indicadores directos de Calidad

Su objetivo es medir la calidad de los subsistemas y su evolución. Los registros periódicos se deben basar fundamentalmente en parámetros mensurables, siempre que sea posible con sistemas continuos de medición y registradores de información. Se debe tender a evitar los criterios visuales o subjetivos, que fácilmente pueden ahora ser sustituidos por medios ópticos digitales e instrumentación o monitorización si llegara el caso. La frecuencia de estos controles puede ser desde continua (monitorización) hasta anual o plurianual. Los índices de control de calidad, el método para determinarlos y la periodicidad de ejecución son específicos para cada conjunto funcional y/o elemento a evaluar. Se realizarán controles de calidad periódicos a aquellos subsistemas o conjuntos funcionales en los que se pueda determinar de forma objetiva la calidad de los mismos, según la Tabla 3. Como norma general se calcularán con periodicidad anual a efectos del cálculo del coeficiente de disponibilidad y calidad estableciendo la media de los resultados obtenidos en cada control efectuado. Los valores de los índices de calidad para cada elemento o conjunto funcional considerado quedan recogidos en las fichas de disponibilidad y calidad del anejo 2. En el caso del control de la vía y la línea aérea de contacto, como norma general, Adif realizará las auscultaciones geométricas y dinámicas, pudiendo el adjudicatario, si lo considerara necesario, realizar, con sus propios medios, los contrastes que considere oportunos. En todo caso, el adjudicatario deberá disponer de los medios necesario para realizar las mediciones que se determinen en el pliego técnico de realización del mantenimiento teniendo los instrumentos de medida en perfecto estado y calibrados por un laboratorio homologado.

Estructura y Aplicación del sistema de indicadores

Para la mejor comprensión de este apartado es necesario verlo conjuntamente con el anejo 1. Metodología de cálculo y formulación. Tal y como se ha reflejado anteriormente:

El objetivo final es la aplicación de unos índices que afecten al pago mensual durante el periodo de mantenimiento y que valoran la calidad tanto en el diseño y ejecución de la obra como en el mantenimiento.

Los índices de disponibilidad operacional y funcional y fiabilidad se aplican mensualmente. En cuanto a la aplicación en el pago por disponibilidad, los resultados consolidados, una vez resuelta la imputación de responsabilidades, serán los del mes anterior sobre la certificación del mes en curso.

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 135 -

Por último, los índices de disponibilidad funcional anual, los índices de fiabilidad anuales, en su caso, y el índice de calidad se aplica de forma anual, con independencia de las mediciones que se realicen a lo largo del año en curso.

De forma general, no penaliza o bonifica dos veces por la misma causa. La detección de defectos ocultos o sobrevenidos, además de penalizar, obliga a la restitución a las condiciones originales recogidas en el proyecto ejecutado, sin coste alguno para Adif. Los sistemas con fallos reiterados, anomalías sistemáticas o funcionamiento insostenible deberán ser sustituidos sin coste alguno para Adif. Se entiende que en caso de funcionamiento anormalmente malo, aplica lo anterior (sustitución de los elementos inadecuados) o, en su caso, la retirada de la garantía definitiva.

Ponderación de los Subsistemas

En el anejo 2 se establece el peso de cada subsistema dentro del sistema global contratado, y que servirá de base para componer los indicadores (disponibilidad, fiabilidad, etc.) del Sistema en función de los obtenidos para cada uno de ellos.

Ponderación de la Disponibilidad Funcional mensual y la Fiabilidad mensual en los Conjuntos Funcionales dentro de cada subsistema

Esta ponderación queda recogido en el Anejo 2; Fichas de Indicadores de calidad y disponibilidad

Ponderación de la Disponibilidad Funcional anual la Fiabilidad anual de los elementos y los Índices de Control Directo de Calidad de los elementos en los Conjuntos Funcionales dentro de cada subsistema

Esta ponderación queda recogido en el Anejo 2; Fichas de Indicadores de calidad y disponibilidad Es importante destacar, que debido a la heterogeneidad de los Conjuntos Funcionales, se establecerán Índices de Disponibilidad Funcional anuales. En lo que respecta a fiabilidades anuales e Indicadores de Calidad, pueden no aplicarse estos conceptos a determinados conjuntos. En este caso el indicador global para el subsistema se obtendrá como combinación lineal de los valores que toman estos índices para los distintos conjuntos funcionales a los que les sean de aplicación.

Obtención de los valores de Disponibilidad Fiabilidad y Calidad para cada subsistema; Funciones de homogeneización

Para todos los conjuntos funcionales y elementos, en su caso, se obtendrán Al ser los requisitos para cada Conjunto Funcional distintos, en función de su nivel de importancia y criticidad dentro del subsistema, el valor máximo exigido como óptimo3 inferior a 100%, es necesario, previamente a la composición de cada índice realizar la conversión sobre 100 de cada uno de los valores obtenidos, esto se lleva a cabo con las funciones lineales de homogeneización. En las fichas de disponibilidad y calidad recogidas en el anejo 2 se recogen los intervalos (inaceptable, mínimo, adecuado y óptimo) de valores de los índices y la correspondiente valoración de los mismos en la conversión sobre 100. Por tanto, para cada uno de los índices se establecen unos intervalos lineales en los que se fija la siguiente valoración: Inaceptable: Intervalo en el que la valoración es 0. Por debajo de inaceptable. Mínimo: Intervalo en el que la valoración está entre 0 y 85. Entre inaceptable y mínimo Adecuado: Intervalo en el que la valoración está entre 85 y 100. Entre mínimo y óptimo. Óptimo: Intervalo en el que la valoración está entre 100 y 105. Entre óptimo y objetivo. Los valores para cada índice se recogen para cada subsistema en el anejo 2. Para todos los conjuntos funcionales, se determina mediante sus correspondientes fichas de control (ver anejo 2), los valores inaceptables, mínimos, óptimos y objetivo, para la Disponibilidad funcional, y una tasa de fallos objetivo (o máxima) para la fiabilidad. Introduciendo en la función de homogeneización el parámetro obtenido en el periodo de tiempo en el que se contabiliza, y en función de los valores mínimo, óptimo y objetivo, se obtendrá un valor, que ya es independiente del conjunto funcional y del índice que se esta midiendo, y que como ejemplo cuando el valor obtenido coincida con el óptimo, tomará el valor de 100 (cien). Las funciones de homogeneización tienen la siguiente formulación 3 Para el que se percibiría el 100% del pago ofertado.

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Fiabilidad (tanto mensual del conjunto funcional como anual de los elementos que aplique)

Si objλλ ≤ %100)( == λfIF

Si objobj λλλ ⋅≤< 3 %5013

)( ⋅⎟⎟⎠

⎞⎜⎜⎝

⎛−

⋅==

λλ

λ objfIF

Si objλλ ⋅> 3 %0)( == λfIF

λ es el número de averías producidas en un tiempo determinado.

objλ es el número de averías permitido en un tiempo determinado. Fh (Indice)

100

Indice

0

Vobj 2xVobj

Disponibilidad Funcional (tanto mensual como anual de los conjuntos funcionales)

Si EINACEPTABLDFDF ≤ DF<DFinaceptable 0)( =DFf

Si MINIMOEINACEPTABL DFDFDF ≤∠ MINDFDF

DFDFDFf

EINACEPTABLMINIMO

EINACEPTABL

−−

=)(

Si OBJETIVOMINIMA DFDFDF ≤∠ )()( MINOPTDFDF

DFDFMINDFf

MINIMAOPTIMO

MINIMA −∗−

−+=

Si OPTIMOOBJETIVO DFDFDF ≤∠ )()( OPTMAXDFDF

DFDFOPTDFf

OPTIMOOBJETIVO

OPTIMO −∗−

−+=

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Indices directos de calidad

Si IDC ≤ IDCinaceptable 0)IDC( =f

Si IDC inaceptable < IDC ≤ IDC mínima MINIDCIDC

IDCIDCIDCf

EINACEPTABLMINIMO

EINACEPTABL

−−

=)(

Si IDC mínima < IDC ≤ IDC optima )()( MINOPTIDCIDC

IDCIDCMINIDCf

MINIMAOPTIMO

MINIMA −∗−

−+=

Si IDC optima < IDC ≤ IDC objetivo )()( OPTMAXIDCIDC

IDCIDCOPTIDCf

OPTIMOOBJETIVO

OPTIMO −∗−

−+=

Si IDC > IDC objetivo MAXIDCf =)(

Composición de los valores homogeneizados en cada Subsistema

Composición Mensual

∏=

=m

iiSUBSISTEMA

i

jIFF

1

α

∏=

=m

iiSUBSISTEMA

i

jDFfDF

1

)( β

Donde: F es la fiabilidad mensual ponderada del subsistema DF es la disponibilidad funcional mensual ponderada del subsistema

iα es la ponderación de la Fiabilidad del conjunto funcional i para el subsistema j según el anejo 2

iβ es la ponderación de la Disponibilidad Funcional del conjunto funcional i para el subsistema j según el anejo 2 m : es el número de conjuntos funcionales del subsistema j.

Composición Anual

∏=

=l

iiSUBSISTEMA

i

jIFF

1

γ

∏=

=m

iiSUBSISTEMA

i

jDFfDF

1

)( δ

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 138 -

∏=

=n

iiSUBSISTEMA

i

jIDCfFC

1

)( ε

Donde: F es la fiabilidad anual ponderada del subsistema DF es la disponibilidad funcional anual ponderada del subsistema FC es el factor calidad anual ponderado del subsistema

iγ es la ponderación de la Fiabilidad del conjunto funcional i para el subsistema j según el Anejo 2

iδ es la ponderación de la Disponibilidad Funcional del conjunto funcional i para el subsistema j según el Anejo 2

iε es la ponderación de los índices directos de calidad del conjunto funcional i para el subsistema j según el Anejo 2 m : es el número de conjuntos funcionales del subsistema j l : es el número de conjuntos funcionales del subsistema j a los que se les aplican índices anuales de fiabilidad n : es el número de conjuntos funcionales del subsistema j al que se le aplican índices anuales directos de calidad

Composición de los Subsistemas

Para la obtención de los valores de Fiabilidad, Disponibilidad Funcional, y Factor de Calidad del sistema en su conjunto se combinarán linealmente los valores obtenidos para cada subsistema según el apartado anterior, tanto para el cálculo mensual como para el cálculo anual.

Composición Mensual

∏=

=s

j

ajSUBSISTEMASISTEMA j

FF1

∏=

=s

j

ajSUBSISTEMASISTEMA j

DFDF1

Donde: F es la Fiabilidad DF es la Disponibilidad Funcional ai es el coeficiente de ponderación del subsistema j en el sistema, según el caso que aplique en el Anejo 2 s: es el número de subsistemas

Composición anual

∏=

=s

j

ajSUBSISTEMASISTEMA j

FF1

∏=

=s

j

ajSUBSISTEMASISTEMA j

DFDF1

∏=

=s

j

ajSUBSISTEMASISTEMA j

FCFC1

Donde: F es la Fiabilidad DF es la Disponibilidad Funcional FC es el factor de calidad ai es el coeficiente de ponderación del subsistema j en el sistema, según el caso que aplique en el Anejo 2 s: es el número de subsistemas

Construcción del Índice de Disponibilidad Operacional mensual y anual

Como se indicó en el apartado 5.2.1, la Disponibilidad operacional se calculará diariamente para cada tren mediante la fórmula:

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e

p

tt

DO =

Así las cosas, se determinara un valor de la Disponibilidad Operacional diaria mediante la siguiente operación:

∑=

=n

iiDIARIA DO

nDO

1

1

donde n es el número de circulaciones en el tramo durante ese día A dicho valor se le aplicará una función de homogeneización con los siguiente parametrización: Si D0≤DOinaceptable 0)( =DOf

Si DOinaceptable <DO≤DOmínima MINDODO

DODODOf

EINACEPTABLMINIMO

EINACEPTABL

−−

=)(

Si DOmínima <DO≤DOoptima )()( MINOPTDODO

DODOMINDOf

MINIMAOPTIMO

MINIMA −∗−

−+=

Si DOoptima <DO≤DOobjetivo )()( OPTMAXDODO

DODOOPTDOf

OPTIMOOBJETIVO

OPTIMO −∗−

−+=

Si DO>DOobjetivo MAXDOf =)(

Composición Mensual

∑=

=n

iiDIARIAMENSUAL DO

nDO

1

1

siendo n, el número de días del mes que se evalúa

Composición Anual

∑=

=n

iiDIARIAANUAL DO

nDO

1

1

siendo n, el número de días del año que se evalúa

Estructura coeficiente de calidad y disponibilidad

El nivel de calidad y disponibilidad, al que denominaremos “Coeficiente de calidad y disponibilidad”, se obtendrá de la agregación ponderada de la valoración efectuada a los índices enumerados en cada uno de los elementos, conjuntos funcionales y subsistemas, en su caso. Como norma general:

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Pi son los pesos a aplicar a cada índice en la fórmula global, los pesos pueden variar en función de la demanda de la línea y del tipo de contratación que se efectúen. DO es la disponibilidad operacional. Dato que es global para todos los subsistemas objeto de contrato. DF es la disponibilidad funcional. Referida a subsistemas para el cálculo mensual y anual. F es la fiabilidad. Referida a subsistemas para el cálculo mensual y a elementos y/o conjuntos funcionales para el cálculo anual. C es el índice directo de calidad. Referido a elementos, conjuntos funcionales y/o subsistemas de acuerdo a lo definido en el apartado 4. Anual a efectos de cálculo.

Obtención del Coeficiente de disponibilidad y calidad mensual

Con carácter mensual se evalúan de forma agrupada los subsistemas, con independencia de llevar el control por elementos y conjuntos funcionales para, entre otros aspectos, poder realizar el control anual preceptivo.

32 PmensualSISTEMA

PmensualSISTEMA

Pmensualmensual FDFDOCDC a

−− ⋅⋅= donde Pi es el peso que se la da mensualmente a cada componente en CDC mensual, según Anejo 2 De aplicación los once primeros meses del año programado.

Obtención del Coeficiente de disponibilidad y calidad anual

La estructura para la obtención se define a continuación: 4321 P

anualSISTEMAP

anualSISTEMAP

anualSISTEMAP

anualanual CFDFDOCDC −−− ⋅⋅⋅= donde Pi es el peso que se la da anualmente a cada componente en CDC anual, según Anejo 2 De aplicación el decimosegundo mes del año programado.

Pago por disponibilidad

El pago por disponibilidad será:

ofertamensualmensualmensual PPDCDCPPD _⋅=

∑=

−⋅=11

1_

imensualofertaanualanualanual PPDPPDCDCPPD

Donde:

mensualPPD es el pago por disponibilidad que se calculará cada mes, durante 11 de los 12 meses, y que se abonará al adjudicatario del contrato.

anualPPD es el pago por disponibilidad que se calculará una vez al año, como la 12ª mensualidad y que se abonará al adjudicatario del contrato.

ofertamensualPPD _ es el pago por disponibilidad para un mes ofertado por el adjudicatario del contrato.

ofertaanualPPD _ es el pago por disponibilidad anual ofertado por el adjudicatario del contrato.

El valor máximo del globalCDC .podrá ser superior al 100% del pago por disponibilidad ofertado, según se recoja en el cuadro de características del contrato. El valor mínimo del globalCDC .podrá ser inferior al 100% del pago por disponibilidad ofertado, según se recoja en el cuadro de características del contrato. Los valores máximos y mínimos del globalCDC quedan recogidos en el cuadro de características del Contrato.

Revisión umbrales de los indicadores

Se procederá a la revisión de los umbrales establecidos para los indicadores cuando se produzcan las circunstancias recogidas al efecto en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares que rige la contratación. Como norma general se producirá la revisión cuando se produzcan variaciones significativas de:

Condiciones de tráfico (tipo, densidad, cargas por eje, condiciones del material).

Intervalos de trabajo.

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Posibles cambios en normativa.

Ampliación de instalaciones.

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ANEJO 1 AL ANEXO NÚMERO 3

METODOLOGÍA DE CÁLCULO Y

FORMULACIÓN

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ÍNDICE TITULO: Contrato para la Redacción de Proyecto/s, ejecución de las obras y mantenimiento de las Instalaciones de…………..de la Línea de Alta Velocidad ………Tramo………. ........................................................................................................................................... 1 REPRESENTANTE DE ADIF: ................................................................................................................................. 1

Cláusula 8.- Valor estimado del contrato y presupuesto estimado de licitación .........................13

8.1. Presupuesto estimado de licitación en fase de construcción de las obras objeto del contrato. ..................................................................................................................................................13

Cláusula 54.- Señalización de las obras y actividades de conservación .........................61

Cláusula 56.- Recepción del contrato ...........................................................................................62

Cláusula 64.- Compartir el riesgo derivado de ciertos eventos tasados ...........................66

Cláusula 67.- Presentación de Proyectos. ....................................................................................67

Cláusula 68.- Procedimiento expropiatorio .................................................................................69

Cláusula 69.- Inscripción de bienes y derechos expropiados ..............................................69

Cláusula 70.- Deslinde y amojonamiento ....................................................................................69

V.C. FASE DE EJECUCIÓN DE OBRA ............................................................................................70

Cláusula 71.- Documentación a presentar antes del inicio de las obras ..........................70

Cláusula 73.- Ejecución de las obras ...........................................................................................................75

El libro de incidencias de las obras deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, el Director del Contrato o Director de Obra y el Responsable de Construcción, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo. ...................................................................................................79

Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no sea necesaria la designación de coordinador, la dirección facultativa, estarán obligados a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente deberán notificar las anotaciones en el libro al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste. ..............................................................................................80

V.D. FUNCIONES DE RESPONSABLES Y DIRECTORES DEL CONTRATO ...............................................85

Cláusula 86.- Del Director del Contrato ........................................................................................88

Cláusula 87.- Del Responsable de Mantenimiento ...................................................................88

Cláusula 88.- Del Director de Mantenimiento .............................................................................89

Cláusula 89.- Oficina Técnica de Seguimiento ..........................................................................90

Cláusula 90.- Penalidades por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato .....................................................................................................................................91

Cláusula 91.- Graduación de los incumplimientos ...................................................................92

Cláusula 92.- Devengo y abono de las penalidades .............................................................................98

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92.1.- Régimen general .....................................................................................................................................98

Los incumplimientos de la SPE darán lugar al devengo automático de las penalidades por los importes que a continuación se detallan: ...................................................................................98

ADIF comunicará a la SPE el Acta de incumplimiento identificando el incumplimiento acaecido y la penalidad devengada correspondiente. ............................................................................99

Comunicada el Acta de incumplimiento a la SPE, las penalidades devengadas serán deducidas de las cantidades que en concepto de PPD deban abonarse a la SPE en los términos previstos en este Pliego al regular el régimen económico financiero del contrato. Las penalidades devengadas durante el periodo de construcción, serán deducidas del primer abono mensual y sucesivos hasta su completa liquidación. Las penalidades devengadas en el periodo de mantenimiento, serán deducidas de la retribución del mes en que se impone la penalidad. Si el importe de la retribución del mes no fuera suficiente, se procederá a deducirlo de las siguientes retribuciones mensuales hasta alcanzar su cancelación y en último término sobre la garantía definitiva. En todo caso, sólo podrá realizarse dicha deducción cuando ADIF hubiera comunicado previamente a la SPE el acta en la que identifique el incumplimiento acaecido. ...............................................................................................................................................99

Cláusula 93.- Facultad de ADIF de atemperar el importe de las penalidades ..............................99

Introducción ........................................................................................................................................................... 128

Ámbito de aplicación ............................................................................................................................................. 128

Objeto 128

Desglose Subsistemas Infraestructura Ferroviaria ................................................................................................ 128

Determinación del nivel de calidad y disponibilidad ........................................................................................... 131

Definición de indicadores ....................................................................................................................... 131

Indicadores de disponibilidad ................................................................................................................. 132

Disponibilidad Operacional (%) ......................................................................................................................... 132 Disponibilidad Funcional ................................................................................................................................... 132

Indicadores de Fiabilidad ........................................................................................................................ 133

Indicadores de Fiabilidad y Calidad y su aplicación a los elementos de los conjuntos funcionales .... 133

Indicadores directos de Calidad .............................................................................................................. 134

Estructura y Aplicación del sistema de indicadores ............................................................................................. 134

Ponderación de los Subsistemas ............................................................................................................. 135

Ponderación de la Disponibilidad Funcional mensual y la Fiabilidad mensual en los Conjuntos Funcionales dentro de cada subsistema ........................................................................................................ 135

Ponderación de la Disponibilidad Funcional anual la Fiabilidad anual de los elementos y los Índices de Control Directo de Calidad de los elementos en los Conjuntos Funcionales dentro de cada subsistema ................................................................................................................................. 135

Obtención de los valores de Disponibilidad Fiabilidad y Calidad para cada subsistema; Funciones de homogeneización ...................................................................................................................... 135

Fiabilidad (tanto mensual del conjunto funcional como anual de los elementos que aplique) ......................... 136 Disponibilidad Funcional (tanto mensual como anual de los conjuntos funcionales) ...................................... 136 Indices directos de calidad .................................................................................................................................. 137

Composición de los valores homogeneizados en cada Subsistema ....................................................... 137

Composición Mensual ........................................................................................................................................ 137 Composición Anual ............................................................................................................................................ 137

Composición de los Subsistemas ............................................................................................................ 138

Composición Mensual ........................................................................................................................................ 138

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Composición anual .................................................................................................................................. 138

Construcción del Índice de Disponibilidad Operacional mensual y anual ............................................ 138

Composición Mensual ........................................................................................................................................ 139 Composición Anual ............................................................................................................................................ 139

Estructura coeficiente de calidad y disponibilidad ................................................................................. 139

Obtención del Coeficiente de disponibilidad y calidad mensual ....................................................................... 140 Obtención del Coeficiente de disponibilidad y calidad anual............................................................................ 140

Pago por disponibilidad ......................................................................................................................................... 140

Revisión umbrales de los indicadores ................................................................................................................... 140

OBJETO ................................................................................................................................................................. 147

METODOLOGÍA DE CÁLCULO ....................................................................................................................... 147

COEFICIENTE DE DISPONIBILIDAD Y CALIDAD (CDC) .......................................................................... 148

DISPONIBILIDAD OPERACIONAL DEL SISTEMA (DO) ............................................................................ 148

DISPONIBILIDAD FUNCIONAL (DF) .............................................................................................................. 149

FIABILIDAD (F) .................................................................................................................................................. 150

CALIDAD (C) ....................................................................................................................................................... 151

GLOSARIO DE ABREVIATURAS .................................................................................................................... 152

EQUIPOS DE MEDIDA ........................................................................................................................................... 182 EQUIPOS DE MEDIDA ........................................................................................................................................... 182 EQUIPOS DE MEDIDA ........................................................................................................................................... 182

1. OBJETO ............................................................................................................................................................... 190

2. CARPETA 1. DOCUMENTACIÓN DE LA EMPRESA ............................................................................................... 190

3. CARPETA 2. FASE DE ESTUDIOS Y PROYECTOS .................................................................................................. 190

4. CARPETA 3. FASE DE OBRA ............................................................................................................................... 192

4. CARPETA 4. FASE DE MANTENIMIENTO ............................................................................................................ 194

1. OBJETO ............................................................................................................................................................... 243

3. CARPETA 2. FASE DE ESTUDIOS Y PROYECTOS .................................................................................................. 243

4. CARPETA 3. FASE DE OBRA ............................................................................................................................... 245

4. CARPETA 4. FASE DE MANTENIMIENTO ............................................................................................................ 249

Objeto 255

Procedimiento ..................................................................................................................................................... 255

Verificación de los Subsistemas ......................................................................................................... 255

Validación de los Subsistemas ........................................................................................................... 255

Responsabilidades del Adjudicatario para la Puesta en Servicio .............................................................. 255

Indicadores de Calidad que se evaluarán ...................................................................................................... 255

Línea aérea de contacto ...................................................................................................................... 255

REVISIÓN DE LA INSTALACIÓN ............................................................................................................................. 256 PRUEBAS PARA LA ENERGIZACIÓN ..................................................................................................................... 256

Alumbrado de Túneles ......................................................................................................................... 257

Subestaciones y Centros de Autotransformación ........................................................................... 257

INSPECCIÓN VISUAL DE LA SUBESTACIÓN ........................................................................................................... 257 Telemando de Energía ......................................................................................................................... 265

SUBESTACIONES ELÉCTRICAS DE TRACCIÓN ......................................................................................................... 265 CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN FINALES (ATF’S) ...................................................................................... 266

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CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN INTERMEDIOS (ATI’S) .............................................................................. 266 SECCIONADORES Y DETECTORES DE TENSIÓN DE LA LINEA AEREA DE CONTACTO .............................................. 267 ACOMETIDAS DE ENERGÍA DESDE LA LÍNEA AEREA DE CONTACTO ..................................................................... 269 PRUEBAS SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO .................................................................................................. 274

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OBJETO El objeto del presente anejo es el establecimiento de la metodología de cálculo y formulación para la obtención del coeficiente de disponibilidad y calidad a aplicar para el cálculo del pago por disponibilidad a efectuar durante el periodo de mantenimiento contratado. Son de aplicación, para la correcta aplicación del sistema, los siguientes documentos: Procedimiento para pagos por disponibilidad. Anejo 2. Ficha de indicadores de calidad y disponibilidad. METODOLOGÍA DE CÁLCULO La periodicidad de obtención de los índices de disponibilidad operacional, disponibilidad función y fiabilidad es mensual, la del índice directo de calidad es anual con independencia de la periodicidad de obtención de los mismos, realizándose la correspondiente media en el caso de que la frecuencia de medición sea mayor. Dependiendo del índice y de su periodicidad se medirá en uno u otro de los siguientes niveles: Para la obtención de los índices deben emplearse las fichas de definición de índices en los que quedan recogidos los valores de referencia en cada uno de los intervalos considerados al efecto del cálculo específico. Se recoge en el anejo 2. Fichas de indicadores de disponibilidad y calidad, en diagramas de bloque, el proceso de obtención del valor correspondiente para cada uno de los parámetros que, de forma ilustrativa muestra la forma de composición para la obtención de cada parámetro. La metodología de cálculo es la siguiente: 1. Con los datos correspondientes a cada uno de los índices (disponibilidad operacional, disponibilidad funcional,

fiabilidad y calidad), mediante la aplicación de las correspondientes fórmulas se obtienen los valores de los índices en el mes o año considerado. Ver formulación.

2. Se realiza la conversión, sobre 100%, de los valores obtenidos de los índices a partir de las “funciones lineales de homogeneización” que se establecen en intervalos de valoración correspondientes a inaceptable, mínimo, adecuado, óptimo. Ver valores en anejo 2.

3. Se realiza, para cada uno de los índices, la agrupación de elementos, cuando proceda, mediante la aplicación de la media geométrica ponderada, para la obtención del valor correspondiente para el conjunto funcional.

4. Se realiza, para cada uno de los índices la agrupación de conjuntos funcionales, mediante la aplicación de la media geométrica ponderada, para la obtención del valor correspondiente para el subsistema.

5. Se obtiene el coeficiente de disponibilidad y calidad, mediante la aplicación de la media geométrica ponderada, para la obtención del valor correspondiente para el sistema, obteniéndose el coeficiente de disponibilidad y calidad.

El glosario de abreviaturas se incluye al final del documento. Se recogen en los siguientes apartados la formulación a aplicar para la obtención del coeficiente de disponibilidad y calidad. La secuencia expuesta de formulación figura a la inversa, se presenta en primer lugar la forma de obtención del coeficiente de disponibilidad y calidad para el sistema y desde éste se recoge la formulación hasta la aplicación de los índices. Tal y como se ha reflejado anteriormente, para la correcta comprensión y aplicación de la metodología se precisa la lectura del documento principal, “Procedimiento para pagos por disponibilidad” y el uso de las fichas de disponibilidad y calidad de forma conjunta con el presente anejo.

Nivel 2: Subistema

Nivel 3: Conjunto Funcional

Nivel 4: Elementos

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COEFICIENTE DE DISPONIBILIDAD Y CALIDAD (CDC) COEFICIENTE DE DISPONIBILIDAD Y CALIDAD MENSUAL (CDCM):

FDFDO PM

PM

PMM FDFDOCDC ⋅⋅= Ecuación 1

Donde:

MDO : Es la valoración de la disponibilidad operacional en el mes correspondiente del sistema contratado (Ecuación 2)

DOP : Es el peso dado a la disponibilidad operacional, en este caso mensual.

MDF : Es la valoración de la disponibilidad funcional en el mes correspondiente del sistema contratado (Ecuación 7)

DFP Es el peso que tiene la disponibilidad funcional, en este caso mensual.

MF : Es la valoración de la fiabilidad en el mes correspondiente del sistema contratado (Ecuación 14)

FP : Es el peso que tiene la fiabilidad, en este caso mensual.

COEFICIENTE DE DISPONIBILIDAD Y CALIDAD ANUAL (CDCa):

AFDFDO PA

PA

PA

PAA CFDFDOCDC ⋅⋅⋅= Ecuación 3

Donde:

ADO : Es la valoración de la disponibilidad operacional en el año correspondiente del sistema contratado (Ecuación 6)

DOP : Es el peso que tiene la disponibilidad operacional, en este caso anual.

ADF : Es la valoración de la disponibilidad funcional en el año correspondiente del sistema contratado (Ecuación 7)

DFP Es el peso que tiene la disponibilidad funcional, en este caso anual.

AF : Es la valoración de la fiabilidad en el año correspondiente del sistema contratado (Ecuación 21)

FP : Es el peso que tiene de la fiabilidad, en este caso anual.

AC : Es la valoración de la calidad (directa) en el año correspondiente del sistema contratado (Ecuación 37)

AP : Es el peso que tiene el índice directo de calidad, en este caso anual.

DISPONIBILIDAD OPERACIONAL DEL SISTEMA (DO) DISPONIBILIDAD OPERACIONAL MENSUAL (DOM)

∑=

⋅=m

iDM DO

mDO

1

1Ecuación 4

∑=

⋅=n

i ei

piDO t

tn

I1

1 Ecuación 5

)( DOD IfDO = Ecuación 6 Donde:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad 149/274

MDO : Es la valoración de la disponibilidad operacional en el mes correspondiente del sistema contratado

m : Es el número de circulaciones al mes.

DDO : Es la valoración de la disponibilidad operacional diaria.

DOI : Es la disponibilidad operacional mensual.

n : Es el número de circulaciones al día.

pit : Es el tiempo previsto en el itinerario para el tren i

eit : Es el tiempo efectivo para el tren i.

)( DOIf : Es la función de homogeneización (conversión sobre 100%) de la disponibilidad operacional diaria (ver fórmula XXX)

DISPONIBILIDAD OPERACIONAL ANUAL (DOA)

∑=

⋅=12

1121

iMA DODO Ecuación 7

Donde:

ADO : Es la valoración de la disponibilidad operacional anual del sistema contratado

MDO : Es la valoración de la disponibilidad operacional en el mes correspondiente del sistema contratado

DISPONIBILIDAD FUNCIONAL (DF) DISPONIBILIDAD FUNCIONAL MENSUAL O ANUAL DEL SISTEMA(DFM)

EVILPCTCTEVI PEVIAJEROS

PSILOGISTICA

PPCIVIL

PCTELECOMUNI

PCTRAFICO

PENERGIA

PVIA

PINFRA DFDFDFDFDFDFDFDFDF ⋅⋅⋅⋅⋅⋅⋅=

Ecuación 8 SSAALACTRLATSSEE P

SSAAP

LACP

TEP

LATP

SSEEENERGÍA DFDFDFDFDFDF ⋅⋅⋅⋅= Ecuación 9

CTCCRCETESDSPTE PCTC

PCRC

PETECNICOS

PENERGIA

PSDETECC

PSPROTTREN

PENCLAVCTRAFICO DFDFDFDFDFDFDFDF ⋅⋅⋅⋅⋅⋅=

Ecuación 10 GOTTF P

RGSMP

OTELECP

TFIJASIACIONESTELECOMUNC DFDFDFDF −⋅⋅= Ecuación 11

MSSDCSVCA PMEGAF

PSEÑALETICA

PSDETECC

PCERRAM

PSVIDEOV

PCACCESOSPROTCIVIL DFDFDFDFDFDFDF ⋅⋅⋅⋅⋅= Ecua

ción 12) )( DFXX IfDF = Ecuación 13

TRFR

FRDF tt

tI+

= Ecuación 14

Donde:

DF : Es la valoración de la disponibilidad funcional en el mes o año correspondiente del sistema contratado

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xxDF : Es la valoración de la disponibilidad funcional del subsistema en el mes o año correspondiente del sistema contratado

XXP : Es el peso dado a cada subsistema correspondiente para el cálculo de la disponibilidad operacional, en este caso mensual o año.

FRt : Es el tiempo en el que la instalación está operativa durante el mes o año correspondiente.

TRt : Es el tiempo total de reparación, desde el aviso de la misma hasta su reparación.

)( DFIf : Es la función de homogeneización (conversión sobre 100%) de la disponibilidad funcional del subsistema considerado

FIABILIDAD (F) FIABILIDAD MENSUAL DEL SISTEMA(DFM)

EVILPCTCTEVI PEVIAJEROS

PSILOGISTICA

PPCIVIL

PCTELECOMUNI

PCTRAFICO

PENERGIA

PVIA

PINFRAM FFFFFFFFF ⋅⋅⋅⋅⋅⋅⋅=

Ecuación 15 ENERGÍA

SSAALACTRLATSSEE PSSAA

PLAC

PTE

PLAT

PSSEEENERGÍA FFFFFF ⋅⋅⋅⋅= Ecuación 16

CONTROL DE TRÁFICO

CTCCRCETESDSPTE PCTC

PCRC

PETECNICOS

PENERGIA

PSDETECC

PSPROTTREN

PENCLAVCTRAFICO FFFFFFFF ⋅⋅⋅⋅⋅⋅= Ecuación 17

TELECOMUNICACIONES

GOTTF PRGSM

POTELEC

PTFIJASACIONESTELECOMUNC FFFF −⋅⋅= Ecuación 18

PROTECCIÓN CIVIL

MSSDCSVCA PMEGAF

PSEÑALETICA

PSDETECC

PCERRAM

PSVIDEOV

PCACCESOSPROTCIVIL FFFFFFF ⋅⋅⋅⋅⋅= Ecuación 19

)( FXX IfF = Ecuación 20

5013

⋅⎟⎠⎞

⎜⎝⎛ −

⋅=

λλOBJ

FI Ecuación 21

Donde:

MDF : Es la valoración de la fiabilidad en el mes o año correspondiente del sistema contratado.

xxDF : Es la valoración de la fiabilidad del subsistema en el mes correspondiente del sistema contratado.

XXF : Es la fiabilidad del subsistema en el mes correspondiente del sistema contratado.

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λ : Es la tasa de averías del conjunto funcional en el mes correspondiente. Se considera avería cuando un elemento deja de prestar la función para la cual fue diseñada, con independencia de afectación o no a la explotación.

XXP : Es el peso dado a cada subsistema correspondiente para el cálculo de la fiabilidad, en este caso mensual o año.

FRt : Es el tiempo en el que la instalación está operativa durante el mes o año correspondiente.

TRt : Es el tiempo total de reparación, desde el aviso de la misma hasta su reparación.

)( DFIf : Es la función de homogeneización (conversión sobre 100%) de la fiabilidad del subsistema considerado

FIABILIDAD ANUAL DEL SISTEMA(DFA)

EVILPCTCTEVI PEVIAJEROS

PSILOGISTICA

PPCIVIL

PCTELECOMUNI

PCTRAFICO

PENERGIA

PVIA

PINFRAA FFFFFFFFF ⋅⋅⋅⋅⋅⋅⋅=

Ecuación 22 ENERGÍA

SSAALACTRLATSSEE PSSAA

PLAC

PTE

PLAT

PSSEEENERGÍA FFFFFF ⋅⋅⋅⋅= Ecuación 23

SCSAMTAT PSC

PSA

PMT

PATSSEE FFFFF ⋅⋅⋅= Ecuación 24

ECCC PEC

PCCTE FFF ⋅= Ecuación 25

AC PAPAR

PCATLAC FFF ⋅= Ecuación 26

SAACAAT PSAA

PCA

PATUSA FFFF ⋅⋅= Ecuación 27

CONTROL DE TRÁFICO

CTCCRCETESDSPTE PCTC

PCRC

PETECNICOS

PENERGIA

PSDETECC

PSPROTTREN

PENCLAVCTRAFICO FFFFFFFF ⋅⋅⋅⋅⋅⋅= Ecuación 28

OMADCVSLL POMES

PAD

PCV

PSLLENCLAV FFFFF ⋅⋅⋅= Ecuación 29

2121EELZBAF P

EP

EP

LZBP

AFSPRTTREN FFFFF ⋅⋅⋅= Ecuación 30 ODDVLDCCDCO P

ODP

DVLP

DCCP

DCOSDETECC FFFFF ⋅⋅⋅= Ecuación 31 TELECOMUNICACIONES

GOTTF PRGSM

POTELEC

PTFIJASACIONESTELECOMUNC FFFF −⋅⋅= Ecuación 32

CVORIPLRTRD PCVO

PRIP

PRT

PRDTFIJAS FFFFF ⋅⋅⋅= Ecuación 33

SERVINF PSERV

PINFRGSM FFF ⋅=− Ecuación 34

SERVINF PSERV

PINFOTELEC FFF ⋅= Ecuación 35

PROTECCIÓN CIVIL

MSSDCSVCA PMEGAF

PSEÑALETICA

PSDETECC

PCERRAM

PSVIDEOV

PCACCESOSPROTCIVIL FFFFFFF ⋅⋅⋅⋅⋅= Ecuación 36

)( FXX IfF = Ecuación 37

5013

⋅⎟⎠⎞

⎜⎝⎛ −

⋅=

λλOBJ

FI (Fórmula 13)

CALIDAD (C) CALIDAD ANUAL DEL SISTEMA(DFA)

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EVILPCTCTEVI PEVIAJEROS

PSILOGISTICA

PPCIVIL

PCTELECOMUNI

PCTRAFICO

PENERGIA

PVIA

PINFRAA CCCCCCCCC ⋅⋅⋅⋅⋅⋅⋅=

Ecuación 38 ENERGÍA

SSAALACLATSSEE PSSAA

PLAC

PLAT

PSSEEENERGÍA CCCCC ⋅⋅⋅= Ecuación 39

SSEEC Ecuación 40 (Ver ficha subestaciones y centros de autotransformación)

LACC Ecuación 41 (Ver ficha catenaria)

SAC Ecuación 42 (Ver ficha sistemas auxiliares) TELECOMUNICACIONES

GOTTF PRGSM

POTELEC

PTFIJASACIONESTELECOMUNC CCCC −⋅⋅= Ecuación 43

CVORIPLRTRD PCVO

PRIP

PRT

PRDTFIJAS CCCCC ⋅⋅⋅= Ecuación 44 (Ver ficha telecomunicaciones fijas)

SERVINF PSERV

PINFRGSM CCC ⋅=− Ecuación 45 (Ver ficha GSM-R)

SERVINF PSERV

PINFOTELEC CCC ⋅= Ecuación 46 (Ver ficha operadores)

PROTECCIÓN CIVIL

CCTVPCCTVPROTCIVIL FC = Ecuación 47(Ver ficha de protección civil)

GLOSARIO DE ABREVIATURAS

SUBSISTEMA ABREVIATURA

INFRAESTRUCTURA INFRA

VÍA VIA

ENERGÍA ENERGÍA

CONTROL DE TRÁFICO C TRÁFICO

TELECOMUNICACIONES FIJAS Y MÓVILES TELECOMUNIC

PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD P CIVIL

ESTACIONES DE VIAJEROS E VIAJEROS

INSTALACIONES LOGÍSTICAS I LOGISTICAS

CONJUNTO FUNCIONAL ABREVIATURA

Estructuras EST

Túneles TUN

Drenaje DREN

Obras de tierra O TIER

Caminos de servicio CSERV

Aparatos de vía AVIA

Plena vía PVIA

Vías de apartado VAPAR

Subestaciones y centros SSEE

Línea Alta tensión LAT

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CONJUNTO FUNCIONAL ABREVIATURA

Telemando TE

Línea aérea de contacto LAC

Sistemas auxiliares SA

Enclavamiento ENCLAV

Sistemas de protección del tren SPROTTREN

CTC CTC

Sistemas de detección SDETECC

Energía ENERGÍA

Edificios técnicos ETECNICOS

CRC CRC

Telecomunicaciones fijas TFIJAS

Operadoras de telecomunicaciones OTELEC

GSM-R GSM-R

Control de Accesos y zonas de emergencia CACCESOS

Sistemas de videovigilancia SVIDEOV

Cerramiento CERRAM

Sistema de detección SDETECC

Señalética SEÑALÉTICA

Sistema de megafonía MEGAF

Bases de mantenimiento BMNTO

ELEMENTO ABREVIATURA

Viaductos VIAD

Paso Superior PSUP

Paso Inferior PINF

Puente PTE

Bloques técnicos BTEC

Drenaje longitudinal DLONG

Drenaje transversal DTRAN

Bajantes BAJ

Ventilación VENT

Extinción de incendios EINC

Elementos estructurales EEST

Evacuación y socorro EVS

Pozos de bombeo PBOM

Carril CAR

Traviesa TRAV

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ELEMENTO ABREVIATURA

Balasto BAL

Sistemas de sujeción SSUJ

Cambiadores CAMB

Aparatos de dilatación ADIL

Desvíos DVOS

Alta tensión AT

Media tensión MT

Servicios auxiliares SA

Sistema de Control SC

Centro de control CC

Elementos de campo EC

Catenaria CAT

Aparamenta APAR

Alumbrado de túneles ATU

Calefactores de aguja CA

Sistemas de alimentación auxiliar SAA

Señales laterales luminosas SLL

Circuitos de vía CV

Accionamiento desvios AD

Ordenadores y modulos entrada y salida OMES

ASFA AF

LZB LZB

ERTMS -1 E1

ERTMS-2 E2

Detector de caída de objetos (DCO) DCO

Detector de cajas calientes (DCC) DCC

Detectores viento lateral DVL

Otros detectores OD

Red de cables RD

Red de transmisión RT

Red de datos IP RIP

Conmutación de voz CVO

Infraestructura INF

Servicios SERV

CCTV CCTV

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ANEXO nº 4

MODELO DE PRESUPUESTO DE INVERSIONES EN REPOSICIÓN Y DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO A EFECTOS DE VALORACIÓN DE COHERENCIA 1.) Presupuesto de inversiones en reposición de las instalaciones El Plan de Inversiones de Reposición de las obras, que deberá ser coherente con lo establecido en el Anejo [*] de Plan de Inversiones de Reposición Exigido], es el que se indica a continuación: Electrificación

Inversión reposición

Miles de € 31 de dic. 2010 (IVA no

incluido)

Periodicidad estimada

Total Inversión de Reposición todo el periodo en miles €

31 dic. 2010

Total Miles de € corrientes todo el periodo (IVA no

incluido) Componente 1 Cada [X] años

Cada [X] años

Cada [X] años

Señalización

Inversión reposición

Miles de € 31 de dic. 2010 (IVA no

incluido)

Periodicidad estimada

Total Inversión de Reposición todo el periodo en miles €

31 dic. 2010

Total Miles de € corrientes todo el periodo (IVA no

incluido) Componente 1 Cada [X] años

Cada [X] años

Cada [X] años

Com. Fijas

Inversión reposición

Miles de € 31 de dic. 2010 (IVA no

incluido)

Periodicidad estimada

Total Inversión de Reposición todo el periodo en miles €

31 dic. 2010

Total Miles de € corrientes todo el periodo (IVA no

incluido) Componente 1 Cada [X] años

Cada [X] años

Cada [X] años

Com. Móviles

Inversión reposición

Miles de € 31 de dic. 2010 (IVA no

incluido)

Periodicidad estimada

Total Inversión de Reposición todo el periodo en miles €

31 dic. 2010

Total Miles de € corrientes todo el periodo (IVA no

incluido) Componente 1 Cada [X] años

Cada [X] años

Cada [X] años

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2.) Presupuesto de gastos de operación y mantenimiento a efectos de valoración de

coherencia A efectos de la valoración de coherencia, el valor actual neto de las previsiones de gastos de mantenimiento asciende a: [Calcular por el proponente valor Actual Neto de los flujos previstos de gastos de mantenimiento al 31 de diciembre de 2010 aplicando una tasa de descuento del [6%] , a efectos de la aplicación de la valoración del criterio de coherencia. Los flujos a descontar deberán ser coherentes con los previstos en el PEF].

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ANEXO nº 5

MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO

Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública

otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo

el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...];

[En caso de ser una agrupación:

La agrupación constituida por:

Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública

otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo

el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...];

Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública

otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo

el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...]; y

Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública

otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo

el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...];]

Solicita la participación en el procedimiento negociado para la adjudicación del

contrato para la redacción de proyecto, ejecución de las obras, conservación y

mantenimiento de las instalaciones de […] de la línea de alta velocidad […] tramo […]

Lugar, fecha y firma

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ANEXO nº 6

MODELO DE DECLARACION EXPRESA RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA

LA EMPRESA EN PROHIBICION DE CONTRATAR Y ESTAR AL CORRIENTE DEL

CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL

Don.......................................................................................................................

Como............................................................................................................................. De la

Empresa

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que la empresa a la cual representa, se

encuentra al corriente del cumplimiento de

las Obligaciones Tributarias y de Seguridad

Social impuestas por las Disposiciones vigentes

(art. 130.1 c) de la LCSP).

Que la empresa a la cual representa, sus

representantes y sus administradores no están

incursos en ninguna de las restantes

prohibiciones de contratar señaladas en el

artículo 49 de la LCSP.

La adjudicación de contratos a personas que

se hallen comprendidas en alguno de los

supuestos mencionados será nula de pleno

derecho, con los efectos, en su caso

indemnización de daños y perjuicios que se

prevén en la LCSP.

(Lugar, fecha y firma)

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ANEXO Nº 7

MODELO DE DOCUMENTO DE COMPROMISO DE CONSTITUIRSE

FORMALMENTE EN ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ADJUDICATARIA

Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...]; Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...]; y Don […] como […] de la Sociedad […] constituida mediante escritura pública otorgada ante el Notario de [...], D. [...], el [...] de [...] de [...], inscrita en […] de [...] bajo el número [...], con domicilio en [...], provista de C.I.F. número [...] Se comprometen formalmente a constituir una sociedad anónima de propósito específico en un plazo máximo de [20] días contados desde la fecha en que le sea notificada la adjudicación, con todos los requisitos y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares. (Lugar, fecha y firma de todos los licitadores)

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ANEXO Nº 8

REQUISITOS DE LOS RECURSOS PROPIOS DE LA SOCIEDAD ADJUDICATARIA

BALANCES (Referidos a los últimos cinco años) (1) (2)

ACTIVO Año Año Año PASIVO Año Año Año

CIRCULANTE (A)

RECURSOS AJENOS (C)

Disponible (A1) Exigible (A2) Realizable (A3)

Exigible a corto Exigible a medio (C2) Exigible a largo

INMOVILIZADO (B)

RECURSOS PROPIOS (D)

Financiero (B1) Material (B2) Inmaterial (B3)

Capital (D1) Reservas (D2)

NOTAS:

(1) Estos balances serán los oficiales. (2) Como mínimo, deberán aportarse en este formulario los valores A,

B, C, y D.

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ANEXO Nº 9

SOLVENCIA ECONÓMICA

FORMULARIO […]

BALANCES (Referidos a los últimos tres años auditados) (1) (2)

ACTIVO Año Año Año PASIVO Año Año Año

Corriente (A)

RECURSOS AJENOS (C)

Tesorería (A1) Clientes (A2) Otros (A3)

Pasivo Corriente (C1) Deuda bancaria (C11) Otro pasivo corriente (C12)

Pasivo No Corriente (C2) Deuda bancaria (C21) Otro pasivo no corriente (C22)

No corriente (B)

Patrimonio Neto (D)

Financiero (B1)Material (B2) Inmaterial (B3)

Capital (D1)Reservas (D2) Otros (D3)

NOTAS:

(3) Estos balances serán los oficiales. (4) Como mínimo, deberán aportarse en este formulario los valores A, B, C, y D.

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FORMULARIO […]

(Por empresa y unión temporal, en su caso)

ÍNDICE DE: Cifra de Nogocios EBITDA (Ebitda / Recursos

ajenos) (Ebitda /

Patrimonio Neto)(Ebitda / Recursos

Totales)

FÓRMULA F f f/C f/D f/(C+D)

Año

Año

Año

ÍNDICES Y DATOS SOLICITADOS

GARANTÍA (o solvencia total): C

BAajenosRecursos

Corriente Activo +=

+ CorrienteNoActivo

RECURSOS: CD

ajenosRecursospropiosRecurso

=

INDEPENDENCIA FINANCIERA:BA

DCorrienteNo ActivoCorrienteActivo

Neto Patrimonio+

=+

DEPENDENCIA:BA

CCorrienteNo ActivoCorrienteActivo

Ajenos Recursos+

=+

ENDEUDAMIENTO NETO: EBITDA

TesoreríaFinancieraDeuda −=

EBITDANeta Financiera Deuda

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ANEXO Nº 10

CONDICIONES DE SOLVENCIA PARA CONTRATOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, EJECUCIÓN DE OBRAS Y REALIZACIÓN DE MANTENIMIENTO PARA INSTALACIONES DE ENERGÍA, SEÑALIZACIÓN, TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSR-M, TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD Clasificación exigida como empresas contratistas de obras:

GRUPO SUBGRUPO TIPO DE OBRA CATEGORIA

D I I I

4 4 8 3

Electrificación Ferroviaria Subestaciones Eléctricas

Instalaciones electrónicas Líneas Eléctricas de Transporte

F E E E

D I

3 7

Ferrocarriles, señalización y enclav. Telecomunicaciones e instalaciones radioeléctricas

F E

Clasificación de Sectores de ADIF exigida:

SECTOR SUBSECTOR DENOMINACION CATEGORIA

IAA IAB IAC IAD

IAAB IABB

- IADA

Catenaria de corriente alterna Subestaciones de corriente alterna

Telemando Tendido Líneas Alta

D D D D

IBA IBB IBD IBE IBH IBI IBJ ICA ICC ICG ICH

Sistemas de señalización de tecnología electrónica Sistemas de señalización de tecnología eléctrica

Sistemas de telemando de CTC Sistemas ATP-ATO

Sistemas de suministros de energía para instalaciones Obras Complementarias

Instalación de nuevas tecnologías -ERTMS- Sistemas de transmisión-Sist de portadores MIC,s

Centrales telefónicas de conmutación Tendido y empalme de cables de cobre

Fibra óptica (incluye tendido y empalme)

D C C C C C C C C C C

IC ICKB Radiocomunicaciones móviles GSM-R D

(*) Se debe cumplir al menos uno de los dos criterios de clasificación anteriores

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Concreción de las condiciones de Solvencia Experiencia: INSTALACIONES DE ENERGÍA DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Acreditar la experiencia en los últimos cinco años en: Redacción de proyectos y/o desarrollo de ingeniería de detalle en instalaciones de energía de Alta Velocidad (línea aérea de contacto y sistemas asociados, subestaciones eléctricas de tracción y centros de autotransformación, telemando de energía, líneas de alta tensión). Ejecución de obras de instalaciones de energía de Alta Velocidad, terminadas y en ejecución. Se identificarán dichas obras así como el alcance de las mismas, importes (LAC, Subestaciones de Tracción, Líneas de Alta Tensión y Telemandos de Energía) fechas y organismos contratantes. Si el Licitador ha participado en una UTE, deberá indicar el tipo de trabajos realizados y el porcentaje de participación en la misma. Mantenimiento de Instalaciones de Energía en redes ferroviarias similares a las ofertadas,, incluyendo datos del importe, fechas, beneficiarios públicos o privados de los mismos, grado de subcontratación y certificado o referencias de la empresa contratante. . Si las obras referenciadas han sido realizadas por la empresa en unión con otras, se indicará en que tanto por ciento ha participado, y que tanto por ciento de dichas obras o unidades ha realizado directamente. En el caso de que el licitador no sea propietario de la tecnología ofertada correspondiente a alguno de los sistemas incluidos en el Proyecto deberá aportar certificado de colaboración con su partner tecnológico. El grado de colaboración deberá incluir como mínimo tanto el suministro como el soporte técnico para la instalación y gestión del equipamiento durante la duración de este contrato; Construcción y Mantenimiento. INSTALACIONES DE SEÑALIZACIÓN DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Acreditar experiencia en los últimos cinco años en: Redacción de proyectos y/o desarrollo de ingeniería de detalle en instalaciones de señalización de Alta Velocidad (enclavamientos, sistemas de protección del tren, telemandos, suministro de energía, sistemas auxiliares de detección edificios técnicos, obra civil y sistemas de transmisión de datos para las instalaciones de control de tráfico). Ejecución de obras de instalaciones de señalización en la red ferroviaria gestionada por Adif, terminadas y en ejecución. Se identificarán dichas obras así como el alcance de las mismas, importes (detallando porcentajes por cada tipo de técnica enclavamientos, ERTMS, telemandos, sistemas de transmisión de datos para las instalaciones de control de tráfico, etc.) fechas y organismos contratantes. Si el Licitador ha participado en una UTE, deberá indicar el tipo de trabajos realizados y el porcentaje de participación en la misma. Mantenimiento de Instalaciones de Señalización en redes ferroviarias, similares a las ofertadas,, incluyendo datos del importe, fechas, beneficiarios públicos o privados de los mismos, grado de subcontratación y certificado o referencias de la empresa contratante. . Si las obras referenciadas han sido realizadas por la empresa en unión con otras, se indicará en que tanto por ciento ha participado, y que tanto por ciento de dichas obras o unidades ha realizado directamente. En el caso de que el licitador no sea propietario de la tecnología ofertada correspondiente a alguno de los sistemas incluidos en el Proyecto deberá aportar certificado de colaboración con su partner tecnológico. El grado de colaboración deberá incluir como mínimo tanto el

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suministro como el soporte técnico para la instalación y gestión del equipamiento durante la duración de este contrato; Construcción y Mantenimiento. INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSM-R DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Redacción de proyectos y/o desarrollo de ingeniería de detalle: Por parte del Licitador se adjuntará una relación de los últimos cinco años de los principales proyectos de detalle realizados para empresas ferroviarias de la Comunidad Europea, de similares características técnicas al ofertado, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acreditando su realización. Tecnología: En el caso de que el licitador no sea propietario de la tecnología ofertada correspondiente a alguno de los sistemas incluidos en el Proyecto deberá aportar certificado de colaboración con su partner tecnológico. El grado de colaboración deberá incluir como mínimo tanto el suministro como el soporte técnico para la instalación y gestión del equipamiento durante la duración de este contrato (obra + mantenimiento). En caso de que los equipos pertenecientes al sistema BSS ofertado no sean de la misma tecnología que los equipos de la NSS propiedad de ADIF, las empresas contratistas deberán presentar certificado de que los equipos GSM-R de su subsistema de estación base (BSS) que suministrarán son interoperables con el subsistema de conmutación de red (NSS) propiedad de ADIF, justificando haber realizado pruebas de interoperabilidad internacionales y a nivel nacional español entre sus equipos y los equipos NSS propiedad de ADIF, con resultado satisfactorio. Las ofertas que no cumplan con este requisito serán excluidas. Las versiones SW y HW habrán de ser las más recientes al comienzo de la realización de las pruebas de los sistemas, sin coste adicional si esto implica cambios sobre los equipos inicialmente instalados. En caso de suministrar una versión SW del sistema BSS superior a la que se encuentre en servicio en las instalaciones de ADIF del mismo suministrador, deberá actualizarse, sin coste adicional en concepto de licencias SW, la red en servicio a la misma versión SW recogida en la oferta. Si dicha versión SW no es compatible con parte o todo el HW en servicio, el contratista habrá de proporcionar a su cargo la solución técnica necesaria para mantener dicho HW en servicio. Asimismo, en caso de que dicha versión SW no haya sido objeto de la realización de pruebas de interoperabilidad en la red de ADIF con las versiones SW de NSS y BSS que ADIF tenga instalada en el momento de la oferta, el contratista habrá de encargarse de la realización de las mismas y correr con los gastos que se generen. Ejecución de Obra: Por parte del Licitador se adjuntará una relación de los últimos cinco años de los principales trabajos realizados para empresas ferroviarias de la Comunidad Europea, de similares características técnicas al ofertado, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acompañando certificados de buena ejecución de los mismos. Mantenimiento: Por parte del Licitador se adjuntará una relación de los principales trabajos de mantenimiento realizados para empresas ferroviarias de la Comunidad Europea, de similares características técnicas al ofertado, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acreditando su realización.

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

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Redacción de proyectos y/o desarrollo de ingeniería de detalle: Por parte del Licitador se adjuntará una relación de los principales proyectos realizados en los últimos cinco años para empresas ferroviarias de la Comunidad Europea, de similares características técnicas al ofertado, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acreditando su realización. Tecnología: En el caso de que el licitador no sea propietario de la tecnología ofertada correspondiente a alguno de los sistemas incluidos en el Proyecto deberá aportar certificado de colaboración con su partner tecnológico. El grado de colaboración deberá incluir como mínimo tanto el suministro como el soporte técnico para la instalación y gestión del equipamiento durante la duración de este contrato (obra + mantenimiento). El licitador deberá proporcionar compromiso de instalar la última versión operativa de software de los sistemas de telecomunicaciones fijas, disponible en el momento de comenzar las pruebas de los mismos. El tiempo durante el cual se asegura el soporte de las versiones HW y SW a instalar, será como mínimo la duración de este contrato (obra + mantenimiento). Los trabajos de videovigilancia, control de accesos y anti-intrusión deberán realizarse por una empresa autorizada por el Ministerio de Interior, a través de la Dirección General de la Policía (Unidad Central de Seguridad Privada) y amparadas por la Ley 23/1992 de 30 de julio, su Reglamento de Ejecución RD 2364/94 de 9 de diciembre, y demás legislación concordante. En todo lo relacionado con sistemas de detección, extinción y protección contra incendios, será requerido el Certificado expedido por el Ministerio de Industria como empresa autorizada. En el caso de que el licitador no disponga de dichas acreditaciones podrá subcontratar los trabajos con una empresa que reúna tales requisitos, aportando la correspondiente carta de compromiso. Ejecución de Obra: Por parte del Licitador se adjuntará una relación de los principales trabajos de los últimos cinco años realizados para empresas ferroviarias de la Comunidad Europea, de similares características técnicas al ofertado, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acompañando certificados de buena ejecución de los mismos. Mantenimiento: Por parte del Licitador se adjuntará una relación de los principales trabajos de mantenimiento realizados para empresas ferroviarias de la Comunidad Europea, de similares características técnicas al ofertado, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acreditando su realización. Si los trabajos referenciados han sido realizadas por la empresa en unión con otras, se indicará en que tanto por ciento ha participado, y que tanto por ciento de dichas obras o unidades ha realizado directamente. Equipos de Trabajo Elaboración de Estudios y Redacción de Proyectos INSTALACIONES DE ENERGÍA DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Un Coordinador de Energía de Estudios y Proyectos, en la oficina de ingeniería con compromiso de disponibilidad permanente al menos desde el inicio hasta la aprobación técnica del proyecto, que deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), disponer de una experiencia mínima acreditada de al menos quince (15) años como Ingeniero de Estudios y Proyectos y haber ejercido como Jefe de Estudios y Proyecto al menos

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en cinco (5) Proyectos en el entorno ferroviario, carácter multidisciplinar y entidad similar a las obras objeto de la licitación. Un Jefe de Ingeniería de LAC, en la oficina de Ingeniería, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de ingeniería de LAC y como Autor del Proyecto, con una experiencia acreditada de al menos diez (10) años en diseño e ingeniería de proyectos similares a las que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Un Jefe de Estudios e Ingeniería de Subestaciones, en la oficina de Ingeniería deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de los Estudios de Dimensionamiento, de la Ingeniería de SSEE y como Autor del Proyecto, con una experiencia acreditada de al menos diez (10) años en diseño e ingeniería de proyectos similares a las que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Un Jefe de Ingeniería de Sistemas de Control y Telemando, en la oficina de Ingeniería, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de ingeniería de SSCC y TE y como Autor del Proyecto, con una experiencia de al menos diez (10) años en diseño e ingeniería de proyectos similares a las que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Un Jefe de Ingeniería de Líneas, en la oficina de Ingeniería, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de ingeniería de LAT y como Autor del Proyecto, con una experiencia de al menos diez (10) años en diseño e ingeniería de proyectos similares a las que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Un Jefe de Actuaciones Medioambientales, que tendrá la titulación de Ingeniero Superior o Medio, o la titulación de Ciencias Ambientales con una experiencia probada mínima de cinco (5) años elaboración de Estudios Informativos y Estudios de Impacto Ambiental, así como en la realización de tramitaciones similares a la del presente Contrato. Además, el Licitador deberá contar, por sí o por sus colaboradores, con especialistas en las siguientes materias: - Calefacción de Agujas - Alumbrado de Túneles - Suministro de Energía − Cartografía y topografía. − Geología y geotecnia. − Climatología, hidrología y drenaje. - Obra civil y edificación - Cálculo de cimentaciones. - Montaje Electromecánico - Hardware y Software de Sistemas de Control y Adquisición de datos - Telecomunicaciones − Diseño de líneas eléctricas de alta tensión. − Evaluación de impacto ambiental. − Reposición de servidumbres y Servicios afectados. − Expropiaciones e indemnizaciones. − Aseguramiento de la calidad. - Seguridad y Salud. - Delineación − Asesoría jurídica. Así como en todas aquellas otras materias que resulten necesarias para desarrollar correctamente el contenido del Contrato. INSTALACIONES DE SEÑALIZACIÓN DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

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El Licitador deberá acreditar que dispone del equipo humano y los medios materiales necesarios para la realización de proyectos constructivos de señalización de alta velocidad. El Licitador realizará todos los trabajos de diseño, cálculo y presupuesto, siendo plenamente responsable técnica y legalmente de su contenido. El Licitador podrá únicamente subcontratar la redacción de los capítulos de actividades complementarias no vinculadas a las tecnologías específicas de señalización tales como obra civil, edificación, estudios geotécnicos, seguridad y salud, medio ambiente, etc. Equipo Humano El Licitador designará una persona de su plantilla que, en posesión del título de ingeniero superior y con diez (10) años de experiencia en redacción de proyectos constructivos de instalaciones de señalización ferroviaria, asumirá el carácter de Autor del Proyecto y a su vez será el Coordinador de las distintas materias que integran el mismo. El Licitador presentará en su oferta los nombres de las personas que participarán en la redacción del proyecto, detallando si es a tiempo completo o a tiempo parcial, en cuyo caso se indicarán las horas de dedicación mensual. El Licitador aportará un equipo humano formado por un número suficiente de técnicos competentes en cada una de las materias objeto del contrato de trabajo y unos medios materiales adecuados para su correcta y puntual realización. Habida cuenta de la especial índole de los trabajos a desarrollar, el Licitador deberá contar con unos equipos cuyos responsables estarán designados nominalmente en la oferta y serán especialistas en las siguientes materias:

• Enclavamientos y sistemas asociados (circuitos de vía, señalización lateral, accionamientos, etc.)

• Sistemas de Protección de Tren (ASFA, ERTMS N1 y N2) • Sistemas Auxiliares de Detección • Suministro de Energía • Telemando de señalización • Edificios Técnicos y obra civil • Sistemas de transmisión de datos para las instalaciones de control de tráfico.

El Licitador propondrá un técnico competente como Coordinador de Seguridad y Salud, para elaborar el Estudio de Seguridad y Salud del proyecto Este técnico contará con la adecuada formación técnica (Ingeniero o Ingeniero Técnico Industrial o de Telecomunicaciones), con la adecuada formación preventiva y estar en posesión del Título de Técnico de Grado Superior en Prevención de Riesgos Laborales, y con contar con la suficiente experiencia tanto a nivel técnico como preventivo. El Licitador propondrá técnicos competentes como responsables de RAMS, Calidad y Medio Ambiente, con la adecuada formación y con la suficiente experiencia. Todo el personal adscrito a la realización del trabajo tendrá la capacidad y preparación técnica adecuada a cada uno de las fases y especialistas del estudio. Medios Materiales Para la realización de los trabajos, el Licitador deberá disponer de una oficina, en la que se encontrará toda la documentación e información en vías de elaboración o redacción que concierna al proyecto.

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El Licitador aportará todos los medios materiales necesarios para la correcta y puntual ejecución del proyecto. INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSM-R DE RED DE ALTA VELOCIDAD: El Licitador deberá acreditar que dispone del equipo humano y los medios materiales necesarios para la realización del proyecto constructivo de Telecomunicaciones Móviles GSM-R El Licitador realizará todos los trabajos de diseño, cálculo y presupuesto, siendo plenamente responsable técnica y legalmente de su contenido. Un Jefe de Ingeniería de Telecomunicaciones Móviles GSM-R, en la oficina de Ingeniería, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero de Telecomunicación o Ingeniero Industrial), actuando como responsable general de ingeniería de telecomunicaciones móviles GSM-R, con una experiencia acreditada de al menos diez (5) años en diseño e ingeniería de proyectos en entornos ferroviarios, similares a los que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Asumirá el carácter de Autor del Proyecto y a su vez será el Coordinador de las distintas materias que integran el mismo. El Licitador presentará en su oferta los nombres de las personas que participarán en la redacción del proyecto, detallando si es a tiempo completo o a tiempo parcial, en cuyo caso se indicarán las horas de dedicación mensual. Habida cuenta de la especialización de los trabajos a desarrollar, el Licitador deberá contar con unos colaboradores designados nominalmente en la oferta y serán especialistas en las siguientes materias: − GSM-R − Planificación radio de sistemas móviles GSM/GSM-R − Sistemas de transmisión SDH − Redes IP e IP/MPLS − Redes de voz − Sistemas de gestión integrados. − Suministro de Energía para sistemas de telecomunicaciones − Obra civil y edificación − Sistemas de control de accesos − Sistemas de anti-intrusión − Evaluación de impacto ambiental. − Reposición de servidumbres y Servicios afectados. − Expropiaciones e indemnizaciones. − Aseguramiento de la calidad. − Seguridad y Salud. − Delineación − Asesoría jurídica. Así como en todas aquellas otras materias que resulten necesarias para desarrollar correctamente el contenido del Contrato.

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

El Licitador deberá acreditar que dispone del equipo humano y los medios materiales necesarios para la realización de proyectos constructivos de Telecomunicaciones Fijas y Protección Civil y Seguridad.

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El Licitador realizará todos los trabajos de diseño, cálculo y presupuesto, siendo plenamente responsable técnica y legalmente de su contenido.

Equipo Humano El Licitador designará una persona de su plantilla que, en posesión del título de ingeniero y con cinco (5) años de experiencia en redacción de proyectos constructivos de instalaciones de telecomunicaciones y protección civil y seguridad ferroviaria, asumirá el carácter de Autor del Proyecto y a su vez será el Coordinador de las distintas materias que integran el mismo. El Licitador presentará en su oferta los nombres de las personas que participarán en la redacción del proyecto, detallando si es a tiempo completo o a tiempo parcial, en cuyo caso se indicarán las horas de dedicación mensual. El Licitador aportará un equipo humano formado por un número suficiente de técnicos competentes en cada una de las materias objeto del contrato de trabajo. Un Jefe de Ingeniería de Telecomunicaciones Fijas, en la oficina de Ingeniería, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de ingeniería de telecomunicaciones fijas, con una experiencia acreditada de al menos diez (5) años en diseño e ingeniería de proyectos en entornos ferroviarios, similares a los que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Un Jefe de Ingeniería de Protección Civil y Seguridad, en la oficina de Ingeniería, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de ingeniería de sistemas de protección civil y seguridad, con una experiencia acreditada de al menos diez (5) años en diseño e ingeniería de proyectos en entornos ferroviarios, similares a los que son objeto de esta parte técnica de la Licitación. Habida cuenta de la especialización de los trabajos a desarrollar, el Licitador deberá contar con unos colaboradores y/o responsables designados nominalmente en la oferta y serán especialistas en las siguientes materias: - Redes de fibra óptica, incluyendo sistema de supervisión de fibra - Sistemas de transmisión SDH - Redes IP e IP/MPLS − Redes de voz − Seguridad de las redes de datos - Sistemas de gestión integrados. - Suministro de Energía para sistemas de telecomunicaciones - Obra civil y edificación − Sistemas de control de accesos - Sistemas de CCTV. - Sistemas de anti-intrusión − Evaluación de impacto ambiental. − Reposición de servidumbres y Servicios afectados. − Expropiaciones e indemnizaciones. − Aseguramiento de la calidad. - Seguridad y Salud. - Delineación − Asesoría jurídica. Así como en todas aquellas otras materias que resulten necesarias para desarrollar correctamente el contenido del Contrato. Ejecución de Obras

INSTALACIONES DE ENERGÍA DE RED DE ALTA VELOCIDAD: General

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Un Coordinador de Energía de Construcción, a pie de obra, con compromiso de disponibilidad permanente durante la ejecución de la obra y, al menos, hasta la recepción de la misma, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), disponer de una experiencia mínima acreditada de quince (15) años como Jefe de Obra y haber ejercido como Jefe de Obra el menos en cinco (5) obras en el entorno ferroviario, carácter multidisciplinar y entidad similar a las obras objeto de la licitación. Un Jefe de Ingeniería, a pie de obra, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), actuando como responsable general de ingeniería de la oficina técnica, con una experiencia de al menos diez (10) años en proyectos y obras similares a las que son objeto de esta Licitación. Un Técnico de Ingeniería para la oficina técnica, a pie de obra, con una experiencia de al menos cinco (5) años en proyectos de este tipo. Los medios técnicos y los recursos humanos necesarios y suficientes de modo que se garantice la correcta ejecución de las tareas de delineación y topografía en tiempo y forma Línea Aérea de Contacto y Sistemas Asociados: Un Jefe de obra, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico) y tener una experiencia mínima acreditada de cinco (5) años como Jefe de Obra, haber ejercido como Jefe de Obra el menos en dos obras en el entorno ferroviario, carácter multidisciplinar y entidad similar a las obras objeto de esta componente técnica de la licitación. Compromiso de disponibilidad permanente en las obras desde el inicio hasta su recepción. Un Técnico cualificado, como encargado general de las obras. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Tendrá una experiencia de al menos diez (10) años en obras de tipo ferroviario, carácter multidisciplinar y de entidad similar a las obras objeto de esta componente técnica de la licitación. Un Técnico cualificado, a pie de obra, responsable del Autocontrol de Calidad en la misma. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Técnico cualificado como responsable de la componente técnica en la oficina de ingeniería, a pie de obra, con una experiencia de al menos cinco (5) años en proyectos de este tipo. Un Técnico de apoyo para la oficina técnica, a pie de obra, con una experiencia de al menos dos (2) años en proyectos de este tipo. Subestaciones de Tracción Centros de Autotransformación y Telemando de Energía Un Jefe de obra, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico) y tener una experiencia mínima acreditada de cinco (5) años como Jefe de Obra, haber ejercido como Jefe de Obra el menos en dos obras en el entorno ferroviario, carácter multidisciplinar y entidad similar a las obras objeto de esta componente técnica de la licitación. Compromiso de disponibilidad permanente en las obras desde el inicio hasta su recepción.

Un Técnico cualificado, como encargado general de las obras. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Tendrá una experiencia de al menos diez (10) años en obras de tipo ferroviario, carácter multidisciplinar y de entidad similar a las obras objeto de la componente técnica de subestaciones y centros de autotransformación de la licitación Un Técnico cualificado, como encargado general de las obras. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Tendrá una experiencia de al

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menos diez (10) años en obras de tipo ferroviario, carácter multidisciplinar y de entidad similar a las obras objeto de la componente telemando de energía de la licitación. Un Técnico cualificado, a pie de obra, responsable del Autocontrol de Calidad en la misma. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Técnico cualificado como responsable de la componente técnica en la oficina de ingeniería, a pie de obra, con una experiencia de al menos cinco (5) años en proyectos de este tipo. Un Técnico de apoyo para la oficina técnica, a pie de obra, con una experiencia de al menos dos (2) años en proyectos de este tipo. Líneas de Alta Tensión: Un Jefe de obra, deberá ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico), tener una experiencia mínima acreditada de cinco (5) años como Jefe de Obra, haber ejercido como Jefe de Obra el menos en dos obras en el entorno ferroviario, carácter multidisciplinar y entidad similar a las obras objeto de esta componente técnica de la licitación. Compromiso de disponibilidad permanente en las obras desde el inicio hasta su recepción.

Un Técnico cualificado, como encargado general de las obras. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Tendrá una experiencia de al menos diez (10) años en obras de tipo ferroviario, carácter multidisciplinar y de entidad similar a las obras objeto de esta componente técnica de la licitación. Un Técnico cualificado, a pie de obra, responsable del Autocontrol de Calidad en la misma. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Técnico cualificado como responsable de la componente técnica en la oficina de ingeniería, a pie de obra, con una experiencia de al menos cinco (5) años en proyectos de este tipo. Un Técnico de apoyo para la oficina técnica, a pie de obra, con una experiencia de al menos dos (2) años en proyectos de este tipo. Organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo de técnicos propuestos, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito de las actividades principales descritas en la Memoria y en el Plan de trabajo. Se destacarán las funciones de control de calidad y seguridad y salud. INSTALACIONES DE SEÑALIZACIÓN DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

El Licitador deberá acreditar que dispone del equipo humano y los medios materiales necesarios para la ejecución de obras de señalización de alta velocidad

Equipo humano

Por parte del Licitador se propondrá un equipo de profesionales para la realización del trabajo indicando la titulación, experiencia y dedicación al mismo, así como un organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo propuesto, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito del contrato.

Como mínimo, el equipo humano asignado a la obra estará formado por: Un Jefe de Obra, el cual deberá aportar currículum en los siguientes apartados:

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- Ser un técnico titulado y cualificado (Ingeniero o Ingeniero Técnico). - Tener una experiencia mínima de diez (10) años como Jefe de Obra. La experiencia deberá ser acreditada. - Haber ejercido como Jefe de Obra al menos en dos obras en el entorno ferroviario, carácter multidisciplinar y entidad similar a las obras objeto del licitación. Asimismo, presentará una relación detallada de las instalaciones similares y de los equipos instalados, tanto para ADIF como para otras empresas ferroviarias nacionales o internacionales en los últimos 5 años. Compromiso de disponibilidad permanente en las obras desde el inicio hasta su recepción.

Técnicos que se compromete a adscribir a la obra, con especificación de la titulación profesional y experiencia. Se distinguirá entre el equipo de técnicos propios y el aportado por los subcontratistas. Dicho equipo tendrá la disponibilidad que se especifica y actuará bajo la coordinación del Jefe de Obra. Dicha relación deberá contener, al menos:

Un Técnico cualificado de instalaciones de seguridad, como encargado general de las obras. Tendrá disponibilidad permanente desde su inicio hasta su recepción. Tendrá una experiencia de al menos diez (10) años en obras de tipo ferroviario, carácter multidisciplinar y de entidad similar a las obras objeto de licitación. Un Técnico cualificado como responsable de la oficina técnica, a pie de obra, con una experiencia de al menos cinco (5) años en proyectos de este tipo. Un Técnico de apoyo para la oficina técnica, a pie de obra, con una experiencia de al menos dos (2) años en proyectos de este tipo. Un Técnico Especialista por cada una de las diferentes especialidades/técnicas ofertadas (enclavamientos, sistemas de protección del tren, sistemas auxiliares de detección, suministro de energía, telemandos, edificios técnicos, obra civil y sistemas de transmisión de datos para las instalaciones de control de tráfico). Así mismo, deberán tener la titulación adecuada y presentar acreditación suficiente en el conocimiento del equipamiento ofertado. - Los medios técnicos y los recursos humanos necesarios y suficientes de modo que se garantice la correcta ejecución de las tareas de delineación y topografía en tiempo y forma. - Organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo de técnicos propuestos, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito de las actividades principales descritas en la Memoria y en el Plan de trabajo, así como su grado de disponibilidad. Se destacarán las funciones de control de calidad y seguridad y salud. El Licitador indicará la disponibilidad de Pilotos de Seguridad para ser asignados a la obra.

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSM-R DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

Por parte del Licitador, se propondrá un equipo de profesionales para la realización de los trabajos indicando la titulación, experiencia y dedicación al mismo, así como un organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo propuesto, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito del contrato. Como mínimo el equipo humano asignado a la obra estará formado por:

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Un Responsable de los trabajos de telecomunicaciones móviles GSM-R que será el interlocutor con ADIF en todo lo relacionado con esta técnica. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Deberá ser titulado superior (ingeniero de telecomunicación o Industrial) y tener una experiencia de al menos cinco (5) años en obras de despliegue de sistemas de telecomunicaciones móviles en entornos ferroviarios, carácter multidisciplinar, y de entidad similar a las obras de telecomunicaciones móviles objeto de este concurso. Técnico/s Especialista/s en las diferentes técnicas ofertadas (GSM-R, obra civil, energía, sistemas de gestión, etc.). Estos técnicos serán de la plantilla del licitador o de los subcontratistas. Así mismo, deberán tener la titulación adecuada y presentar acreditación suficiente en el conocimiento del equipamiento ofertado. Su disponibilidad podrá ser parcial o total a requerimiento de la Dirección de la Obra. Técnico/s cualificado/s, a pie de obra, de apoyo a oficina técnica. Deberá/n tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en obras similares a las que son objeto de este concurso. Los medios técnicos y los recursos humanos necesarios y suficientes de modo que se garantice la correcta ejecución de las tareas de planificación radio, ofimática, presupuestos, delineación y topografía en tiempo y forma. Para aquellas labores que requieran de la presencia de un piloto de seguridad, el contratista habrá de disponer dentro de su equipo de trabajo de personal habilitado para dicha actividad, sin que sea necesaria la presencia de personal de ADIF para cumplir con dicha misión. Se aportará organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo de técnicos propuestos, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito de las actividades principales descritas en la Memoria y en el Plan de trabajo. Se destacarán las funciones de control de calidad y seguridad y salud.

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

Por parte del Licitador, se propondrá un equipo de profesionales para la realización de los trabajos indicando la titulación, experiencia y dedicación al mismo, así como un organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo propuesto, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito del contrato. Como mínimo el equipo humano asignado a la obra estará formado por:

Un Responsable de los trabajos de telecomunicaciones fijas que será el interlocutor con ADIF en todo lo relacionado con esta técnica. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Deberá ser titulado superior (ingeniero de telecomunicaciones) y tener una experiencia de al menos siete (7) años en obras de despliegue de sistemas de telecomunicaciones fijas en entornos ferroviarios, carácter multidisciplinar, y de entidad similar a las obras de telecomunicaciones fijas objeto de este concurso. Un Responsable cualificado de los trabajos de protección civil y seguridad que será el interlocutor con ADIF en todo lo relacionado con esta técnica. Tendrá disponibilidad permanente a las obras desde su inicio hasta su recepción. Deberá ser un técnico cualificado y tener una experiencia de, al menos, cinco (5) años en obras de tipo ferroviario, carácter multidisciplinar y de entidad similar a las obras objeto de concurso. Técnico/s Especialista/s en las diferentes técnicas ofertadas (fibra óptica, redes de transporte y acceso, voz, datos, sistemas de gestión, sistemas de videovigilancia, control de accesos y anti-intrusión, etc.). Estos técnicos serán de la plantilla del licitador o de los subcontratistas. Así mismo, deberán tener la titulación adecuada y presentar acreditación suficiente en el

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conocimiento del equipamiento ofertado. Su disponibilidad será parcial o total a requerimiento de la Dirección de la Obra. Técnico/s cualificado/s, a pie de obra, de apoyo a oficina técnica. Deberá/n tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en obras similares a las que son objeto de este concurso. Los medios técnicos y los recursos humanos necesarios y suficientes de modo que se garantice la correcta ejecución de las tareas de planificación, ofimática, delineación y topografía en tiempo y forma. Para aquellas labores que requieran de la presencia de un piloto de seguridad, el contratista habrá de disponer dentro de su equipo de trabajo de personal habilitado para dicha actividad, sin que sea necesaria la presencia de personal de ADIF para cumplir con dicha misión. Se aportará organigrama acompañados de los Curricilum Vitae explicativo de las competencias y dependencias del equipo de técnicos propuestos, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito de las actividades principales descritas en la Memoria y en el Plan de trabajo. Se destacarán las funciones de control de calidad y seguridad y salud.

EQUIPO DE CALIDAD, SEGURIDAD Y SALUD Y MEDIOAMBIENTE PARA EL CONTROL DE LAS OBRAS DE TODAS LAS INSTALACIONES:

Un Jefe de Coordinación de Sistemas de Calidad a pie de obra, responsable de la coordinación del Autocontrol de Calidad de las obras. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos cinco (5) años en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Jefe de Coordinación de Seguridad y Salud, a pie de obra, responsable de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos cinco (5) años en esta área en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Jefe de Coordinación de Medioambiente, a pie de obra, responsable de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos cinco (5) años en este área en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Técnico/s cualificado/s, a pie de obra, responsables de Calidad, Seguridad y Salud y Medioambiente. Deberá/n tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en dichas materias en obras similares a las que son objeto de este concurso. Realización del Mantenimiento

INSTALACIONES DE ENERGÍA DE RED DE ALTA VELOCIDAD: General Jefe de Mantenimiento, tendrá formación mínima de Ingeniero Técnico y experiencia demostrable como Jefe de Obra en la construcción o mantenimiento de instalaciones de energía de líneas de alta velocidad de al menos 5 años.

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Técnico de Programación y Logística, experiencia mínima de 3 años (Ingeniero superior o técnico) en alguna o varias de las siguientes disciplinas: planificación de la producción, calidad, logística o seguridad y salud. Técnico de Calidad formación contrastada en Calidad ISO 9001-2000. Técnico de Administración: experiencia mínima de 3 años (Ingeniero superior o técnico) en alguna o varias de las siguientes disciplinas: planificación de la producción, calidad, logística o seguridad y salud y en trabajos de administración, con conocimientos y experiencia en manejo de paquete Office. Línea aérea de contacto, sistemas asociados y líneas de alta tensión Técnico/s de Mantenimiento de LAC y LAT, experiencia mínima de 3 años (Ingeniero superior ó técnico o de 8 años si es técnico no titulado) como jefe de Obra en trabajos relativos al montaje o mantenimiento de línea aérea de contacto. Jefes de Equipo Supervisor experiencia mínima de 2 años como encargado en obras de montaje o mantenimiento de línea aérea de contacto, de los cuales al menos 1 años sean referidos a obras o contratos de Alta Velocidad. Jefes de Equipo de Línea Aérea de contacto: experiencia mínima de 2 años en obras de montaje o mantenimiento de línea aérea de contacto, de los cuales al menos 1 años sean referidos a obras o contratos de Alta Velocidad. Jefes de Equipo de Líneas Alta tensión: experiencia mínima de 2 años en obras de montaje o mantenimiento de línea de alta tensión. Oficiales de Línea Aérea de Contacto, experiencia mínima de 1 año en contratos de montaje o mantenimiento de línea aérea de contacto. Oficiales de Instalaciones Asociadas, experiencia mínima de 1 año en contratos de montaje o mantenimiento de línea aérea de contacto. Oficiales de Líneas de Alta Tensión, experiencia mínima de 1 año en contratos de montaje o mantenimiento de líneas de alta tensión. Conductores de dresina, experiencia mínima de 1 año en contratos de montaje o mantenimiento de línea aérea de contacto, debiendo estar habilitado como conductor de vehículo de vía. El 75% del personal de mantenimiento deberá estar habilitado como Encargado de trabajos/Piloto de Seguridad y como Agente Habilitado para Corte de Tensión en líneas de 25 kV. Subestaciones, centros de autotransformación y telemando de energía Técnicos de mantenimiento SSEE y telemando de energía tendrá formación mínima de Ingeniero Técnico y experiencia demostrable en el mantenimiento ó construcción de Subestaciones y centros de autotransformación de líneas de alta velocidad de al menos 3 años. Oficiales de Control Distribuido, con la titulación técnica o experiencia adecuada, deberán tener experiencia demostrable en el mantenimiento de las instalaciones de control objeto del contrato de por lo menos 2 años.

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Oficiales de subestaciones, centros de autotransformación, con la titulación técnica o experiencia adecuada, deberán tener experiencia demostrable en construcción o mantenimiento de las instalaciones objeto de este contrato en al menos 2 años. Oficiales de telemando de energía, con la titulación técnica o experiencia adecuada, deberán tener experiencia demostrable en el mantenimiento de las instalaciones de telemando de energía objeto del contrato de por lo menos 2 años. El 50% del personal de mantenimiento deberá estar habilitado como Encargado de trabajos/Piloto de Seguridad y como Agente Habilitado para Corte de Tensión en líneas de 25 kv. De Corte de Tensión. En el caso de no disponer de este personal en la fase de oferta, deberá presentar una carta de compromiso de disponer de estas habilitaciones en el plazo de un año desde que empieza la explotación de la línea.

INSTALACIONES DE SEÑALIZACIÓN DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

Jefe de Mantenimiento: con titilación de Ingeniero Superior, experiencia como Jefe de Mantenimiento o Jefe de Obra en las instalaciones descritas en el pliego durante al menos 3 años. Jefe de Administración, Logística y Calidad, con titulación de Ingeniero Superior, Experiencia acreditada como responsable de Calidad durante al menos 2 años. Ingenieros Técnicos, con la especialidad adecuada a la tarea a desempeñar, Experiencia en trabajos relativos al montaje y mantenimiento de las tecnologías de su correspondiente técnica al menos durante tres años. Oficiales de Mantenimiento, con formación profesional de segundo grado o equivalente, Experiencia en trabajos relativos al montaje de sistemas o equipos correspondientes a su Área o mantenimiento de los mismos durante al menos dos años y el personal que realice trabajos en altura o trabajos con tensión debe tener la correspondiente capacitación. El 75% del personal de mantenimiento deberá estar habilitado como Encargado de trabajos/Piloto de Seguridad y como Agente Habilitado para Corte de Tensión en líneas de 25 kV, cuando sea necesario para la ejecución de su trabajo.

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSR-M DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

Por parte del licitador se propondrá un equipo de profesionales para la realización del trabajo indicando la titulación, experiencia y dedicación al mismo, así como un organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo propuesto, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito del contrato de acuerdo a lo recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. El equipo de mantenimiento tendrá que estar formado, al menos, por los siguientes profesionales: General Jefe de Operaciones de telecomunicaciones móviles GSM-R, tendrá formación de ingeniero de telecomunicación o industrial y experiencia como jefe de obra en trabajos de alta velocidad o en trabajos relativos al mantenimiento en líneas de alta velocidad durante al menos tres (3) años. Sistema de telecomunicaciones móviles GSM-R

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Técnicos para telecomunicaciones móviles GSM-R: tendrá una formación mínima de ingeniero técnico de telecomunicación o industrial y una experiencia mínima de tres (3) años en trabajos relativos al montaje y mantenimiento de las tecnologías de su correspondiente técnica. También tendrá experiencia como responsable de gestión de equipos y materiales. Especialistas de telecomunicaciones móviles GSM-R, formación profesional de 2º grado o equivalente, experiencia mínima de dos (2) años en trabajos relativos al montaje de sistemas o equipos de telecomunicaciones móviles y experiencia en trabajos de mantenimiento durante tres (3) años. Deben tener formación específica en la tecnología a mantener. El 75% del personal de mantenimiento deberá estar habilitado como Encargado de trabajos/Piloto de Seguridad y como Agente Habilitado para Corte de Tensión en líneas de 25 kV, cuando sea necesario para la ejecución de su trabajo. (eliminar o no?)

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD:

Por parte del licitador se propondrá un equipo de profesionales para la realización del trabajo indicando la titulación, experiencia y dedicación al mismo, así como un organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo propuesto, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito del contrato de acuerdo a lo recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. El equipo de mantenimiento tendrá que estar formado, al menos, por los siguientes profesionales: General Responsable de Operaciones de telecomunicaciones y sistemas asociados, tendrá formación de ingeniero superior de telecomunicaciones y experiencia como jefe de obra en trabajos de alta velocidad y en trabajos relativos al mantenimiento en líneas de alta velocidad durante al menos tres (3) años. Sistema de telecomunicaciones fijas Técnicos para telecomunicaciones fijas: tendrá una formación mínima de ingeniero técnico de telecomunicaciones y una experiencia mínima de tres (3) años en trabajos relativos al montaje y mantenimiento de las tecnologías de su correspondiente técnica. También tendrá experiencia como responsable de gestión de equipos y materiales. Especialistas de telecomunicaciones fijas, formación profesional de 2º grado o equivalente, experiencia mínima de dos (2) años en trabajos relativos al montaje de sistemas o equipos de telecomunicaciones fijas y experiencia en trabajos de mantenimiento durante tres (3) años. Deben tener formación específica en la tecnología a mantener. Sistema de protección civil y seguridad Técnicos para protección civil y seguridad: tendrá una formación mínima de ingeniero técnico y una experiencia mínima de tres (3) años en trabajos relativos al montaje y mantenimiento de las tecnologías de su correspondiente técnica. También tendrá experiencia como responsable de gestión de equipos y materiales. Especialistas de protección civil y seguridad, formación profesional de 2º grado o equivalente, experiencia mínima de dos (2) años en trabajos relativos al montaje de sistemas de protección civil y seguridad y experiencia en trabajos de mantenimiento durante tres (3) años. Deben tener formación específica en la tecnología a mantener. El 75% del personal de mantenimiento deberá estar habilitado como Encargado de trabajos/Piloto de Seguridad y como Agente Habilitado para Corte de Tensión en líneas de 25 kV, cuando sea necesario para la ejecución de su trabajo. (eliminar o no?)

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EQUIPO DE CALIDAD, SEGURIDAD Y SALUD Y MEDIOAMBIENTE PARA EL CONTROL DEL MANTENIMIENTO DE TODAS LAS INSTALACIONES:

Un Jefe de Coordinación de Sistemas de Calidad a pie de obra, responsable de la coordinación del Autocontrol de Calidad de las obras. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos cinco (5) años en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Jefe de Coordinación de Seguridad y Salud, a pie de obra, responsable de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos cinco (5) años en esta área en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Un Jefe de Coordinación de Medioambiente, a pie de obra, responsable de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras. Deberá tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos cinco (5) años en este área en obras similares a las que son objeto de esta licitación. Técnico/s cualificado/s, a pie de obra, responsables de Calidad, Seguridad y Salud y Medioambiente. Deberá/n tener la titulación adecuada para este trabajo y contar con una experiencia de al menos dos (2) años en dichas materias en obras similares a las que son objeto de este concurso. Medios Materiales y Maquinaria

INSTALACIONES DE ENERGÍA DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Ejecución de Obras El licitador entregará la relación de equipos, maquinaria y medios auxiliares que se compromete a poner a disposición de la obra para la ejecución de los distintos trabajos y el compromiso de mantenerlos hasta la finalización de los trabajos en los que se requieran los mismos. La maquinaria y los medios auxiliares referenciados serán aptos para trabajos de las características de la obra, adecuadamente habilitados, exigiéndose la disponibilidad de: Línea Aérea de Contacto y Sistemas Asociados:

Pilotadora para la ejecución de cimentaciones (propia o compromiso de subcontratación)

Vehículos de vía con plataforma, grúa y cesta. Plataformas portabobinas. Camiones con pluma. Equipo de medición y auscultación geométrica de catenaria. Tren de tendido (opcional, se valorará positivamente)

Líneas de Alta Tensión:

Obra civil: una maquina excavadora giratoria, una máquina retro excavadora mixta, una perforadora, un compresor, hormigoneras, camiones, camiones pluma y dos vehículos todoterreno.

Armado e Izado: un Camión grúa de 20 Tn, una Grúa autopropulsada de 60 Tn, una

Grúa autopropulsada de 100 Tn y tres vehículos todoterreno.

Tendido: un Camión grúa de 20 Tn, dos Cabestrantes de tiro, un Freno de tendido, un Cabestrante de tendido y cinco vehículos todoterreno.

Realización del Mantenimiento

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Dresinas de mantenimiento de línea aérea de contacto con velocidad de

desplazamiento 80 km/h Dresina de inspección de catenaria con equipo de Auscultaciòn geométrica Plataformas con portabobinas Equipo láser óptico manual Maleta de inyección de corriente Ordenadores para control de las protecciones Medidores de aislamiento Polímetros

INSTALACIONES DE SEÑALIZACIÓN DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Ejecución de Obras

Medios Materiales y Maquinaria El Licitador presentará relación de medios materiales y maquinaria generales de la empresa, así como de los que se compromete a adscribir a la obra. Hará declaración expresa de poner a disposición de la obra todos los medios necesarios para la correcta ejecución de la misma y su puesta en servicio. El Licitador deberá disponer necesariamente de, al menos, una delegación en España, indicando los medios disponibles en cuanto a herramientas de diseño software, laboratorio de pruebas y ensayos, departamento de ingeniería, etc. El Licitador indicará la disponibilidad de vehículos de vía con equipo embarcado homologado para la realización de pruebas de ERTMS.

Mantenimiento

Maleta de inyección de corriente Ordenadores para control de las protecciones Medidores de aislamiento Programadores de balizas Cámaras de fotos Ordenadores control de procesos Polímetros Analizadores de frecuencia

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSR-M DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Ejecución de Obras y mantenimiento El licitador entregará la relación de equipos, maquinaria instrumentos de medida, y medios auxiliares propios o subcontratados que se compromete a poner a disposición tanto de la obra como del mantenimiento para la ejecución de los distintos trabajos. El licitador entregará una carta compromiso en la que se indique que pondrá a disposición del contrato (obra y mantenimiento) todos los equipos, maquinaria, instrumentos de medida y medios auxiliares necesarios para llevar el contrato a buen fin, en el plazo estipulado. En caso de ser necesaria la homologación de alguna de las máquinas o medios propuestos, se adjuntarán los certificados correspondientes y las autorizaciones de dichos vehículos con las fechas de dichas autorizaciones. Asimismo, en caso de ser necesario el uso de maquinaria de vía, se aportarán las autorizaciones del personal asignado para conducción. Se deberá disponer, como mínimo, de lo indicado en la tabla adjunta:

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EQUIPOS DE MEDIDA MÁQUINAS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES

ESCÁNER RADIO MULTÍMETROS ANALIZADORES DE ESPECTRO PINZAS AMPERIMÉTRICA ANALIZADORES DE PROTOCOLOS BÁSICO ORDENADORES PORTÁTIL ANALIZADORES DE PROTOCOLOS PRIMARIOS GUÍAS MEDIDORES DE RESISTENCIA DE AISLAMIENTO MAQUINARIA PARA OBRA CIVIL PUENTES WHEASTONE TERMINALES GSM-R HERRAMIENTA DE PLANIFICACIÓN RADIO LATIGUILLOS ELEMENTOS PASIVOS (CARGAS, ATENUADORES, ETC) FUENTES DE ALIMENTACIÓN MEDIDOR SISTEMA RADIANTE (Pérdidas, ROE, etc)

INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD: Ejecución de Obras y mantenimiento El licitador entregará la relación de equipos, instrumentos de medida, maquinaria y medios auxiliares propios o subcontratados que se compromete a poner a disposición tanto de la obra como del mantenimiento para la ejecución de los distintos trabajos. El licitador entregará una carta compromiso en la que se indique que pondrá a disposición del contrato (obra y mantenimiento) todos los equipos, instrumentos de medida, maquinaria y medios auxiliares necesarios para llevar el contrato a buen fin, en el plazo estipulado. En caso de ser necesaria la homologación de alguna de las máquinas o medios propuestos, se adjuntarán los certificados correspondientes y las autorizaciones de dichos vehículos con las fechas de dichas autorizaciones. Asimismo, en caso de ser necesario el uso de maquinaria de vía, se aportarán las autorizaciones del personal asignado para conducción. Se deberá disponer, como mínimo, de lo indicado en la tabla adjunta:

EQUIPOS DE MEDIDA MÁQUINAS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES

ANALIZADORES DE BARRIDO MULTÍMETROS ANALIZADORES DE ESPECTRO PINZAS AMPERIMÉTRICA ANALIZADORES DE TRAMAS PDH/SDH ORDENADORES PORTÁTIL FUENTES DE LUZ / MEDIDORES DE POTENCIA ÓPTICA SOPLADORES ANALIZADORES DE PROTOCOLOS BÁSICO GUÍAS ANALIZADORES DE PROTOCOLOS PRIMARIOS LOCALIZADORES DE CABLES EQUIPOS DE MEDIDA MÁQUINAS, HERRAMIENTAS Y

MATERIALES ANALIZADORES DE TRAMAS ETH y GbE EMPALMADORAS DE F.O. ANALIZADORES DE REDES IP Y SERVICIO DE VoIP CORTADORAS DE F.O. ANALIZADORES DE CALIDAD DE SERVICIO DE REDES IP MÁQUINAS DE TENDIDO MEDIDORES DE RESISTENCIA DE AISLAMIENTO PELADORAS ECÓMETROS BOBINAS DE LANZAMIENTO EQUIPOS CERTIFICACIÓN CABLEADO ESTRUCTURADO CAT 6A MAQUINARIA PARA OBRA CIVIL PUENTES WHEASTONE TERMINALES GSM-R REFLECTÓMETROS / OTDRs LATIGUILLOS MEDIDORES PMD FUENTES DE ALIMENTACIÓN Elementos pasivos (atenuadores

etc)

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PROPUESTA DE CUADRO PARA VALORAR LA SOLVENCIA TÉCNICA DE UN LICITADOR EN INSTALACINES DE ENERGÍA

Factor (p2j) Puntuación

0 3 6 10

x1 8 Adecuación de los medios globales de la empresa/UTE a las exigencias de la obra.

x2 6 Concordancia de las obras realizadas durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X3 6 Concordancia de los trabajos de mantenimiento realizados durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X4 4 Experiencia de la empresa y disponibilidad de medios para la ejecución de la obra en la zona.

X5 2 Km de catenaria y líneas de alta tensión ejecutados durante dicho periodo

X6 3

Nº de subestaciones y centros de autotransformación e instalaciones de telemando de energía ejecutados durante dicho periodo

X7 3 Km de catenaria y líneas de alta tensión mantenidos durante dicho periodo

X8 3

Nº de subestaciones y centros de autotransformación e instalaciones de telemando de energía mantenidos durante dicho periodo

X9 10 Adecuación de la maquinaria de ejecución de la empresa al presente Concurso.

X10 10 Adecuación de la maquinaria/recursos específica de mantenimiento de la empresa al presente Concurso

X11 5 Valoración del sistema de control de calidad de la empresa/UTE.

X12 10 Adecuación del personal con experiencia en obras y mantenimiento análogas a las del presente concurso.

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PROPUESTA DE CUADRO PARA VALORAR LA SOLVENCIA TÉCNICA DE UN LICITADOR EN INSTALACINES DE SEÑALIZACIÓN

Factor (p2j) Puntuación

0 3 6 10

x1 2 Adecuación de los medios globales de la empresa/UTE a las exigencias para la redacción del proyecto

X2 8 Adecuación de los medios globales de la empresa/UTE a las exigencias de la obra.

X3 5 Concordancia de las obras realizadas durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X4 5 Concordancia de los trabajos de mantenimiento realizados durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X5 4 Nº de enclavamientos y sistemas asociados (CV, señalización lateral más ASFA, bloqueos, accionamientos, etc)

X6 4 Kilómetros de implantación de sistemas de protección del tren ERTMS N1

X7 4 Kilómetros de implantación de sistemas de protección del tren ERTMS N2

X8 3 Nº de centros de telemando de CTC y kilómetros instalaciones telemandadas.

X9 3 Experiencia en suministro de energía a instalaciones de señalización

X10 2 Experiencia en la implantación de sistemas auxiliares de detección

X11 2 Experiencia en edificios técnicos y obra civil para señalización

X12 2 Experiencia en la implantación de sistemas de transmisión de datos para instalaciones de señalización

X13 10 Adecuación de la maquinaria de ejecución de la empresa al presente Concurso.

X14 6 Disponibilidad de herramientas de diseño y equipos de pruebas en laboratorio de la empresa para el presente concurso

X15 5 Valoración del sistema de control de calidad de la empresa/UTE.

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PROPUESTA DE CUADRO PARA VALORAR LA SOLVENCIA TÉCNICA DE UN LICITADOR EN INSTALACINES DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSR-M

Factor (p2j) Puntuación

0 3 6 10

x1 8 Adecuación de los medios globales de la empresa/UTE a las exigencias de la obra.

x2 6 Concordancia de las obras realizadas durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X3 6 Concordancia de los trabajos de mantenimiento realizados durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X4 4 Experiencia de la empresa y disponibilidad de medios para la ejecución de la obra en la zona.

X5 3 Km de GSM-R ejecutados durante dicho periodo

X6 3 Redes GSM-R equivalentes a las de este contrato ejecutadas y puestas en servicio durante dicho periodo

X7 10 Adecuación de la maquinaria de ejecución de la empresa al presente Concurso.

X8 10 Adecuación de la maquinaria/recursos específica de mantenimiento de la empresa al presente Concurso

X9 5 Valoración del sistema de control de calidad de la empresa/UTE.

X10 10

Adecuación del personal con experiencia en obras y mantenimiento análogas a las del presente concurso.

PROPUESTA DE CUADRO PARA VALORAR LA SOLVENCIA TÉCNICA DE UN LICITADOR EN INSTALACINES DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD

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Factor (p2j) Puntuación

0 3 6 10

x1 8 Adecuación de los medios globales de la empresa/UTE a las exigencias de la obra.

x2 6 Concordancia de las obras realizadas durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X3 6 Concordancia de los trabajos de mantenimiento realizados durante los últimos cinco años con las exigencias de la obra.

X4 4 Experiencia de la empresa y disponibilidad de medios para la ejecución de la obra en la zona.

X5 3 Km de tendido y empalme de cable de fibra óptica ejecutados durante dicho periodo

X6 3 Redes SDH e IP/MPLS equivalentes a las de este contrato ejecutadas y puestas en servicio durante dicho periodo

X7 3 Sistemas de protección civil y seguridad equivalentes a las de este contrato ejecutados y puestos en servicio durante dicho periodo

X8 3 Km cable de fibra óptica mantenidos durante dicho periodo

X9 3 Redes SDH e IP/MPLS equivalentes a las de este contrato mantenidas durante dicho periodo

X10 3 Sistemas de protección civil y seguridad equivalentes a las de este contrato mantenidos durante dicho periodo

X11 10 Adecuación de la maquinaria de ejecución de la empresa al presente Concurso.

X12 10 Adecuación de la maquinaria/recursos específica de mantenimiento de la empresa al presente Concurso

X13 5 Valoración del sistema de control de calidad de la empresa/UTE.

X14 10

Adecuación del personal con experiencia en obras y mantenimiento análogas a las del presente concurso.

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ANEXO N° 11

CRITERIOS OBJETIVOS A TENER EN CUENTA PARA CURSAR LAS

INVITACIONES A PARTICIPAR EN LA FASE DE NEGOCIACIÓN A - CUADRO PARA VALORAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DE UN LICITADOR

Factor (p1j) Puntuación 0 3 6 10

x11 4 Volumen de facturación anual de la

empresa o Agrupación. ( Si en los últimos cinco años es menor de [200 M€] o, en caso de Agrupación., ninguna de las empresas alcanza el valor de [100 M€] en estos años, entonces x11 = 0)

x12 2 Ratio de […]solvencia económica de la empresa o Agrupación según formularios EF-2 ( Si en los últimos cinco años es menor de 1.20, x12 = 0 )

x13 2 Recursos propios de la empresa o Agrupación. ( Si en los últimos cinco años es menor de [0.20], x13 = 0 )

x14 2 Independencia financiera de la empresa o Agrupación. (Si en los últimos cinco años es menor de 0.20, x14 = 0 )

Si x11 = 0, se tomará C1 = 0 ANALISIS DE IMPORTES POR ADIF Y DELOITTE

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B - CUADRO PARA VALORAR LA SOLVENCIA TÉCNICA DE UN LICITADOR (C2 ) –

Formularios […] al […]

Factor (p2j) Puntuación 0 3 6 10

x21 4 Adecuación de los medios globales de la empresa/Agrupación a las exigencias del presente contrato.

x22 8 Concordancia de las instalaciones realizadas durante los últimos cinco años con las exigencias del presente contrato.

x23 8 Experiencia de la empresa y disponibilidad de medios para la ejecución de las instalaciones en la zona.

X30 1 Kilómetros totales de catenaria y telecomunicaciones en el periodo, incluidas subsistemas de control de tráfico (Si es menor de 50 Km, x30 = 0).

X32 1 Adecuación de la maquinaria específica de la empresa al presente Concurso

X33 1 Valoración del sistema de control de calidad de la empresa/Agrupación.

x34 10 Valoración del personal con experiencia en obras análogas a las del presente concurso.

Comentario [a6]: Entiendo que se debe prever en el caso de técnica de telef móvil únicamente umbrales mínimos y dejar claro que solo son de aplicación para la aceptabilidad de las ofertas de los licitadores

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ANEXO nº 12

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LAS OFERTAS PARA EL CONTRATO DE REDACCION DE PROYECTO, EJECUCION DE OBRAS Y REALIZACION DE MANTENIMIENTO PARA INSTALACIONES DE ENERGIA, SEÑALIZACIÓN, TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSR-M, TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD

1. OBJETO

El objeto del presente documento es recoger la documentación a presentar por las empresas licitadoras con respecto a los aspectos técnicos, organizándose en los siguientes apartados:

• Carpeta 1. Documentación de la empresa • Carpeta 2. Fase de Estudios y Proyectos • Carpeta 3. Fase de Obra • Carpeta 4. Fase de Mantenimiento

2. CARPETA 1. DOCUMENTACIÓN DE LA EMPRESA

• Experiencia en la realización de trabajos (redacción de proyectos, ejecución de obras,

realización de mantenimiento) de carácter similar al del presente contrato. Se adjuntarán certificados de buena ejecución.

• Certificación en Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001:2008 • Certificación en Sistema de Gestión Medioambiental ISO 14001:2004 • Certificación en Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo OHSAS

18001:2007 • Otros

3. CARPETA 2. FASE DE ESTUDIOS Y PROYECTOS

Subsistema Energía

• Organigrama funcional propuesto para la fase de estudios y proyectos, indicando funciones, dedicación para el presente contrato. Se adjuntarán los currículum vitae.

• Relación de medios materiales a adscribir durante la fase estudios y proyectos. • Memoria Técnica sobre los trabajos a realizar para cada subsistema:

o Estudios de Simulación y Capacidad o Procedimientos de Acceso y conexión o Estudios Informativos (Evaluación de Impacto Ambiental) o Proyectos Básicos o Proyectos Constructivos e Ingeniería de Detalle

• Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema:

o Línea aérea de contacto

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o Celdas blindadas de media tensión o Sistema de Control Distribuido o Telemando de energía

• Metodología y Programa de trabajos • Hitos y Planning de entrega de documentación • Tecnología: Política de I+D+i de la empresa, tecnologías a emplear, etc. • Sistemas de control de calidad a emplear.

Subsistema de Señalización

• Organigrama funcional propuesto para la fase de estudios y proyectos, indicando funciones, dedicación para el presente contrato. Se adjuntarán los currículum vitae.

• Relación de medios materiales a adscribir durante la fase estudios y proyectos. • Memoria Técnica sobre los trabajos a realizar para cada subsistema:

o Simulaciones, que tendrán por objeto demostrar que los sistemas propuestos permiten alcanzar las prestaciones exigidas por los pliegos técnicos.

o Proyecto Básico o Proyecto Constructivo e Ingeniería de Detalle

• Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema:

o Señalización (enclavamientos, circuitos de vía, señales, etc) o Protección de tren (ASFA, ERTMS, etc) o Suministro de energía o Detectores (DCO, DVL, DCC, etc) o Control de Tráfico (Telemando de Señalización) o Edificios Técnicos y Obra Civil Auxiliar

• Metodología y Programa de trabajos • Hitos y Planning de entrega de documentación • Tecnología: Política de I+D+i de la empresa, tecnologías a emplear, etc. • Sistemas de control de calidad a emplear.

Subsistema Telecomunicaciones Fijas, Protección Civil y Seguridad

• Organigrama funcional propuesto para la fase de estudios y proyectos, indicando funciones, dedicación para el presente contrato. Se adjuntarán los currículum vitae.

• Relación de medios materiales a adscribir durante la fase estudios y proyectos. • Memoria Técnica sobre los trabajos a realizar para cada subsistema:

o Redes de datos necesarios o Estudio de los servicios y tráfico generado o Niveles de redundancia o Sistemas de protección y seguridad necesarios o Trabajos de Obra civil o Proyectos Básicos

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o Proyectos Constructivos e Ingeniería de Detalle • Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema:

o Redes de cable o Sistemas de transmisión o Sistemas de gestión o Sistema de datos o Otros

• Metodología y Programa de trabajos • Hitos y Planning de entrega de documentación • Tecnología: Política de I+D+i de la empresa, tecnologías a emplear, etc. • Sistemas de control de calidad a emplear.

Subsistema Telecomunicaciones Móviles GSR-M

• Organigrama funcional propuesto para la fase de estudios y proyectos, indicando funciones, dedicación para el presente contrato. Se adjuntarán los currículum vitae.

• Relación de medios materiales a adscribir durante la fase estudios y proyectos. • Memoria Técnica sobre los trabajos a realizar para cada subsistema:

o Planificación radioeléctrica (cobertura, plan de frecuencias, interferencias, etc) o Estudio de tráfico o Sistema de transmisión y red de datos necesarios o Obra civil y estructuras o Suministro de energía o Proyectos Básicos o Proyectos Constructivos e Ingeniería de Detalle

• Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema:

o Subsistema radio (BSS) o Sistemas de energía o Sistemas de gestión

• Metodología y Programa de trabajos • Hitos y Planning de entrega de documentación • Tecnología: Política de I+D+i de la empresa, tecnologías a emplear, etc. • Sistemas de control de calidad a emplear.

4. CARPETA 3. FASE DE OBRA

Para cada uno de los subsistemas se preparará la siguiente documentación: • Anteproyecto de las instalaciones del subsistema, que deberá contener como mínimo el

siguiente contenido:

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o Memoria descriptiva de la tecnología y/o sistemas constructivos a emplear, en la que se justificará que se cumplen todas las exigencias del Pliego de Condiciones Técnicas.

o Descripción de los componentes tecnológicos a emplear. o Prescripciones técnicas que cumplirán los materiales y equipos propuestos. o Planos necesarios para ilustrar la descripción de la tecnología y ejecución de

la obra descrita en la memoria, que permitan constatar el cumplimiento del Pliego y las mediciones necesarias.

o Descripción de unidades medibles y valorables que componen la obra y que deberán incluir todas las actividades necesarias, totalmente terminadas para la completa ejecución de la misma.

o Estudio previo de la necesidad de expropiaciones. o Medición de las unidades necesarias para la valoración y ejecución de la obra. o Plan de formación del personal de explotación y mantenimiento de Adif

previo a la puesta en servicio comercial de la línea. o Plan de Autocontrol de Calidad o Estudio de Seguridad y Salud o Programa de Actuaciones Medioambientales

• Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra para el subsistema, indicando funciones, dedicación para el presente contrato, perfiles profesionales (curriculum vitae).

• Plan de realización de las obras. • Relación de medios materiales (equipos, maquinaria, etc.) a adscribir durante la fase de

ejecución de la obra. • Relación de plazos, totales parciales, programación de las obras: plazos para la redacción

de los proyectos, para el inicio y terminación de las obras e instalaciones, para la realización de pruebas, para la puesta en explotación y para la obtención del certificado de interoperabilidad del subsistema correspondiente.

• Plan de aseguramiento de materiales, suministro y repuestos. • Plan de Pruebas y puesta en servicio del subsistema. • Subcontratación. En caso de subcontratación se adjuntarán las cartas de compromiso. • Suministros Programa de suministro de los equipos con acreditación de cómo se van a cumplir, mediante fabricantes propia o por adquisición a fabricación externos, en este último caso deberán acreditar cómo lo van a cumplir. • Roadmap En los anejos a continuación se recoge detalladamente, para cada uno de los subsistemas el alcance de la documentación a entregar. Para la globalidad de las instalaciones contratadas se elaborará la siguiente documentación: Se elaborará la siguiente documentación para las instalaciones contratadas (de forma global): • Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra, indicando

funciones. Dedicación para el presente contrato. Se adjuntarán los perfiles profesionales (curriculum vitae)

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• Plan de realización de las obras, donde se recojan todas las interferencias, secuencias de actividades, hitos críticos, etc. entre subsistemas.

Documento que recoja y resuelva de forma global las interfaces entre subsistemas. Indicar dónde queda recogida cada actuación en los correspondientes anteproyectos (tanto con los suministrados en el contrato como con los existentes en la red de ADIF (interoperabilidad entre fabricantes y sistemas).Se definirán e identificarán explícitamente todas las interfaces propias de cada técnica y de integración de la totalidad de las mismas conforme al concepto de obra completa de las instalaciones objeto de este Pliego. También se identificarán todas las interfaces para la interconexión con redes externas. Esta definición se realizará tanto técnica como funcionalmente y estará acorde con los límites del sistema establecidos en el capítulo correspondiente del presente Pliego.

• Plan de Pruebas y puesta en servicio global, indicando la secuencia de ejecución,

dependencias entre subsistemas, etc. • Plan de aseguramiento de la calidad.

4. CARPETA 4. FASE DE MANTENIMIENTO

Para cada uno de los subsistemas se preparará la siguiente documentación:

• Relación de Equipos y Maquinaria y programa de calibración de equipos a adscribir durante la realización del mantenimiento.

• Planes de mantenimiento que deberán contener como mínimo:

o Definición de mantenimiento preventivo

Partes de trabajo diario o Definición de mantenimiento predictivo o Definición de mantenimiento correctivo

Ordenes de reparación Partes de Incidencias

o Procedimiento de tratamiento y seguimiento de incidencias o Procedimiento para el control de mantenimiento (GMAO) o Diagrama de Gant programación de actividades o Disponibilidades del personal operativo o Tiempos de respuesta o Tiempos de reparación o Consistencias y gamas de mantenimiento. o Procedimientos de trabajo incluyendo Puntos de Inspección o Programación del mantenimiento, anual, mensual y semanal o Programa de RAMS (Análisis RAMS por equipos y sistemas completos) o Plan de aseguramiento del plazo de contratación: Ciclo de vida y plan de

repuestos o Gestión de SLA (Service level Agreement) o Actuaciones deeposición. o Actuaciones de actualización tecnológica. o Plan de Autocontrol de calidad del mantenimiento o Plan de auditorias externas al mantenimiento o Programa de actuaciones medioambientales

• Índices de calidad y disponibilidad.

• Plan de aseguramiento de materiales, suministro y repuestos.

• Programa de renovaciones, que deberá recoger todas las renovaciones que hayan de

realizarse a lo largo de la duración del periodo de mantenimiento considerando que

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al final del periodo contratado todos los subsistemas deberán tener un remanente de vida útil de al menos cinco (5) años.

• Reuniones e Informes mensuales con ADIF.

• Soportes tecnológicos contratados.

• Subcontratación.

• Tecnología I + D + i aplicada al mantenimiento: Mantenimiento basado en la

fiabilidad de los equipos. Para la globalidad de los subsistema se preparará la siguiente documentación:

• Organigrama funcional propuesto para la fase de realización del mantenimiento para

cada uno de los subsistemas, indicando funciones, dedicación para el presente contrato y habilitaciones de Encargados / Pilotos para cortes de tensión de catenaria. Se adjuntarán los perfiles profesionales (curriculum vitae).

• Centros de mantenimiento.

• Plan de formación.

• Plan de Seguridad y Salud.

• Plan de Gestión Medio Ambiental.

• Subcontratación.

• Suministradores principales.

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ANEXO 1. RELACIÓN DETALLADA DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA FASE DE OBRA.

SUBSISTEMA DE ENERGÍA

A - Anteproyecto de las Instalaciones de Energía:

1. Memoria descriptiva de la tecnología y/o sistemas constructivos a emplear, en la que se justificará que se cumplen todas las exigencias del Pliego de Condiciones Técnicas.

La Memoria Descriptiva comprenderá las instalaciones a ejecutar y la tecnología utilizada en cada capítulo (línea aérea de contacto, subestaciones de tracción y centros de autotransformación asociados y telemando de energía), incluyendo:

1.1. Descripción general.

1.2. Capacidad y posibilidades de ampliación.

1.3. Cálculos mecánicos justificativos.

1.4. Cálculos eléctricos justificativos.

1.5. Estudios geotécnico y geoeléctrico del terreno.

1.6. Número y tipo de interfaces internos de cada subsistema.

1.7. Fiabilidad, Disponibilidad, Mantenibilidad y Seguridad de los Equipos ofertados. El análisis RAMS será presentado por cada uno de los subsistemas y sistema completo.

1.8. Necesidades de medios de transporte, oficinas de obra, almacenes e instalaciones auxiliares.

1.9. Procesos de ejecución de las actividades importantes, incluyendo los medios propuestos y realizando el correspondiente cálculo de los rendimientos. Planteamiento global de la obra.

1.10. Zonas previstas para préstamos y vertederos.

1.11. Herramientas de diagnosis para facilitar el mantenimiento.

2. Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema.

a) Línea aérea de contacto b) Celdas blindadas de media tensión c) Sistema de Control Distribuido d) Telemando de energía

3. Prescripciones técnicas que cumplirán los materiales y equipos propuestos.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación:

• Certificados de homologación en vigor y/o aceptación por ADIF, de los equipos ofertados. En el caso de que el licitador no disponga de tecnología propia, aportará certificado del grado de colaboración y compromiso entre licitador y suministrador (partner tecnológico).

4. Planos necesarios para ilustrar la descripción de la tecnología y ejecución de la obra descrita en la memoria, que permitan constatar el cumplimiento del Pliego y las mediciones necesarias.

Se incluirán todos los planos necesarios que permitan describir gráficamente y realizar la medición de las obras. En particular, se deberá incluir adicionalmente la siguiente documentación:

• Planos de obra civil • Planos electromecánicos • Esquemas: • Unifilar

o Servicios auxiliares o Control, protecciones, comunicaciones y medida o Alumbrado y fuerza o Otros

5. Descripción de unidades medibles y valorables que componen la obra y que deberán incluir todas

las actividades necesarias, totalmente terminadas para la completa ejecución de la misma.

Con independencia de la tecnología escogida por el licitador, las unidades de obra deberán corresponderse con las del cuadro de precios de Adif al que deberá realizarse, en caso necesario, la correspondencia con la unidad o unidades equivalentes, en caso de que, por motivos tecnológicos no coincidan exactamente. Esta información se presentará a Adif durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

Si se requiriera alguna unidad de obra nueva distinta a la recogida en el cuadro de precios de Adif, ésta deberá proponerse y justificarse durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

6. Estudio previo de la necesidad de expropiaciones.

Con independencia de la propuesta realizada por Adif de la necesidad de expropiaciones para la ejecución del subsistema correspondiente, el licitador realizará un estudio en el que determinará si la propuesta realizada es correcta o si se requiere variar la propuesta efectuada.

7. Medición de las unidades necesarias para la valoración y ejecución de la obra.

8. Plan de formación del personal de explotación y mantenimiento de Adif previo a la puesta en servicio comercial de la línea.

9. Plan de Autocontrol de Calidad.

El licitador presentará certificado del Sistema de Aseguramiento de Calidad de la empresa, expedido por un organismo acreditado.

El licitador definirá las medidas que propone para controlar y garantizar, por su parte la calidad de los trabajos en caso de resultar adjudicatario.

Se diferenciarán de forma clara los procesos de control correspondientes a las distintas especialidades/técnicas.

Para ello deberá aportar un plan de control de calidad específico para la obra, que incluirá, al menos los siguientes aspectos:

• Plan de Gestión; que describa la metodología a establecer durante todas las fases del contrato. • Relación detallada de las inspecciones y ensayos a realizar durante la ejecución de la obra, así

como de su frecuencia. • Normativa técnica aplicable y criterios de aceptación y rechazo. • Identificación de las unidades de obra sometidas al Sistema de Calidad y relación de las

mismas. • Identificación de los materiales y servicios necesarios, que por su importancia considere el

licitador que deben estar sometidos a las exigencias del sistema de calidad y relación detallada de los mismos.

• Nuevos métodos y procedimientos de producción, verificación, etc., no contenidos en oportuna normativa, a aplicar en la obra.

• Identificación de las necesidades de acopios importantes que deban estar sometidas al Plan de Aseguramiento de la Calidad.

• Relación de la documentación a entregar antes de la Recepción de la Obra.

• Organización dedicada al control de calidad. • Análisis de Riesgos

10. Estudio de Seguridad y Salud

El licitador realizará el estudio de seguridad y salud, de acuerdo con la legislación vigente, relativo a las obras proyectadas, concretando las medidas a tomar en cada una de ellas, y no de forma general, incluyéndolo como documento anejo a la memoria y valorado como capítulo aparte dentro de los presupuestos. Su finalidad será establecer, durante la ejecución de los trabajos de construcción, las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento que se realicen tanto durante el período de garantía de las obras como durante la vigencia del contrato de mantenimiento.

11. Programa de Actuaciones Medioambientales

Se identificarán y valorarán los posibles impactos ambientales, estableciendo las medidas correctoras y preventivas necesarias para minimizar las repercusiones al medio ambiente.

B - Plan de ejecución de las obras e instalaciones.

El licitador redactará un Programa de trabajo, con un plazo total de obra que será como máximo el fijado por Adif.

La programación de las obras incluirá un diagrama de Gantt y una memoria que justifique y detalle suficientemente la realización de las mismas en el plazo ofertado.

Dentro del programa de trabajo se deberán identificar de manera independiente las actividades correspondientes a las distintas especialidades/técnicas.

En este capítulo el licitador incluirá la programación detallada de las distintas actividades y fases necesarias hasta concluir y entregar al Adif las instalaciones, en perfecto estado de funcionamiento, estando útiles para la explotación de las instalaciones ferroviarias, de acuerdo con el Programa de Explotación confeccionado por la Dirección de Planificación y Gestión de Capacidad.

En dicha programación se tendrán en cuenta las siguientes actividades y tiempos empleados en las mismas:

• La Aprobación del Plan de Seguridad y Salud • Replanteo y la concreción de todos los aspectos técnicos necesarios incluido el Programa de

Explotación. • Pruebas y puesta en servicio de las instalaciones.

Como consecuencia de la planificación realizada, el licitador facilitará:

• Lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras.

• Red de precedencias múltiples entre actividades. • Duración estimada de cada actividad. • Holgura total de cada actividad y cualquier otro tipo de holgura que el licitador considere

oportuno aportar definiendo previamente su concepto. • Camino crítico. • Diagrama espacios – tiempo en obras de tipo lineal. • Declaración formal del licitador del plazo de ejecución que prevé (según su programa de

trabajo) para la ejecución de la obra. Dicho plazo de ejecución será igual o menor que el plazo máximo fijado por Adif, debiendo coincidir exactamente con el reflejado en el programa de trabajo que presente.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación relativa a las actividades del plan de ejecución de las obras:

• Descripción de todas las actividades importantes o complejas y los procesos constructivos propuestos, incluyendo las actividades a ejecutar en instalaciones existentes.

• El análisis de los condicionantes técnicos externos al proyecto y los climatológicos. Se incluirá por el Licitador un estudio de las medidas propuestas para la ejecución de las actividades importantes o complejas en el plazo establecido considerando estos condicionantes técnicos externos al proyecto.

• Instalaciones existentes: La empresa licitadora identificará y desarrollará las actividades relativas a las instalaciones existentes (enclavamiento, telemando, bloqueos, etc.) cuando haya que intervenir en ellas, tanto para sus modificaciones como para relacionarlas e incluirlas en la obra, aportando Cartas de Compromiso de las empresas responsables de su tecnología.

• Detalle de la relación de las unidades y actividades de la obra que realizará bajo subcontratación, indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación, aportando carta de compromiso y solvencia técnica de las empresas a subcontratar.

C - Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra.

D - Relación de plazos, totales parciales, programación de las obras

Se indicarán los plazos para el inicio y terminación de las obras e instalaciones, para la realización de pruebas, para la puesta en explotación y para la obtención del certificado de interoperabilidad del subsistema correspondiente.

E - Plan de supervisión de las instalaciones

Este plan recogerá las actuaciones necesarias para garantizar la operatividad y disponibilidad de todas aquellas instalaciones que, habiendo finalizado su ejecución, aún no hayan sido puestas en servicio. Dicho plan deberá concretar las actuaciones programadas por sistemas y técnicas, indicando los medios humanos y materiales asignados.

F - Plan de aseguramiento de materiales, suministros y repuestos

Este plan incluirá la relación de suministradores de los diferentes materiales y equipos, así como el análisis de las plantas de producción y de las necesidades de acopio de materiales y equipos para la realización de la obra.

Basándose en la normativa CENELEC (UNE-50126), el licitador debe elaborar un estudio del ciclo de vida de cada uno de los materiales y suministros ofertados.

Para cada subsistema y sistema a instalar, se detallará su vida útil en fase de explotación, indicando el periodo útil de aquellos elementos que tengan una vida inferior a la del conjunto del sistema a que pertenecen y que precisen acciones de renovación. Se indicará el número y alcance de la sustitución o renovación que se precise durante el periodo de mantenimiento previsto, así como las garantías de repuestos para su renovación y posibles afectaciones en relación con el resto de elementos del sistema.

G - Plan de pruebas y puesta en servicio de cada subsistema y global.

Se recogerán todas las pruebas que sea necesario realizar para comprobar la funcionalidad correcta de la instalación en conjunto de acuerdo con lo establecido en las normas ADIF y las indicaciones del Director de la Obra.

SUBSISTEMA CONTROL DE TRÁFICO

A - Anteproyecto de Instalaciones de Control de Tráfico:

1. Memoria descriptiva de la tecnología y/o sistemas constructivos a emplear, en la que se justificará que se cumplen todas las exigencias del Pliego de Condiciones Técnicas.

La Memoria Descriptiva comprenderá las instalaciones a ejecutar y la tecnología utilizada en cada capítulo (enclavamientos, sistemas de protección de tren, telemandos, sistema de suministro de energía, sistemas auxiliares de detección, edificios técnicos y obra civil y sistemas de transmisión de datos para las instalaciones de control de tráfico), incluyendo:

1.12. Descripción general.

1.13. Capacidad y posibilidades de ampliación.

1.14. Funcionalidades y protocolos soportados.

1.15. Número y tipo de interfaces internos de cada subsistema.

1.16. Fiabilidad, Disponibilidad, Mantenibilidad y Seguridad de los Equipos de Señalización ofertados. El análisis RAMS será presentado por cada uno de los subsistemas y sistema completo.

Se describirá la metodología y los procesos que se han de seguir a lo largo de la concepción, diseño, fabricación, validación y puesta en servicio de los sistemas de control, mando y señalización, así como los subsistemas de transmisión asociados, para la elaboración según normativa CENELEC de un Dossier de Seguridad, que acompañado de un Informe de Evaluación independiente de dicho Dossier, servirá de base para la emisión por parte del Ministerio de Fomento de la autorización de puesta en servicio de la nueva Línea.

1.17. Necesidades de medios de transporte, oficinas de obra, almacenes e instalaciones auxiliares.

1.18. El ofertante presentará un estudio del dimensionamiento de los cables necesarios en trayecto, justificando el grado de ocupación de las canaletas, canalizaciones y cruces de vía.

También indicará si será necesario suplementar las canaletas y canalizaciones existentes en algún punto o si existe algún condicionante específico por su tecnología para el tendido de cables.

1.19. Herramientas de diagnosis para facilitar el mantenimiento.

1.20. Se identificarán los sistemas y elementos SW y HW cuyas licencias de diseño y fabricación son propiedad de la empresa licitadora, y que elementos son propiedad de empresas ajenas, indicando las empresas suministradoras y los acuerdos de colaboración o suministro que pudieran existir (quedan excluidos los componentes y elementos comerciales), así como las garantías de repuestos para su renovación y posibles afectaciones en relación con el resto de elementos del sistema.

2. Descripción de los componentes tecnológicos a emplear

a) Señalización (enclavamientos, circuitos de vía, señales, etc) b) Protección de tren (ASFA, ERTMS, etc) c) Suministro de energía d) Detectores (DCO, DVL, DCC, etc) e) Control de Tráfico (Telemando de Señalización)

f) Edificios Técnicos y Obra Civil Auxiliar

2. Prescripciones técnicas que cumplirán los materiales y equipos propuestos.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación:

• Certificados de homologación en vigor y/o aceptación por ADIF, de los equipos ofertados. En el caso de que el licitador no disponga de tecnología propia, aportará certificado del grado de colaboración y compromiso entre licitador y suministrador (partner tecnológico).

• Los materiales suministrados deberán contar con la autorización de suministro y uso de Adif, estar certificado por CETREN, o en su defecto, se deberá acreditar el cumplimiento de la Norma o Especificación requerida.

• Los cables cumplirán con las especificaciones técnicas de Adif en vigor, presentando los correspondientes certificados emitidos por CETREN, en los que se indique inequívocamente las plantas de fabricación de los mismos.

3. Planos necesarios para ilustrar la descripción de la tecnología y ejecución de la obra descrita en la memoria, que permitan constatar el cumplimiento del Pliego y las mediciones necesarias.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación:

• Diagramas de bloques de la solución ofertada, particularizados para cada técnica.

4. Descripción de unidades medibles y valorables que componen la obra y que deberán incluir todas las actividades necesarias, totalmente terminadas para la completa ejecución de la misma.

Con independencia de la tecnología escogida por el licitador, las unidades de obra deberán corresponderse con las del cuadro de precios de Adif al que deberá realizarse, en caso necesario, la correspondencia con la unidad o unidades equivalentes, en caso de que, por motivos tecnológicos no coincidan exactamente. Esta información se presentará a Adif durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

Si se requiriera alguna unidad de obra nueva distinta a la recogida en el cuadro de precios de Adif, ésta deberá proponerse y justificarse durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

5. Estudio previo de la necesidad de expropiaciones.

6. Medición de las unidades necesarias para la valoración y ejecución de la obra.

7. Plan de formación del personal de explotación y mantenimiento de Adif previo a la puesta en servicio comercial de la línea.

8. Plan de Autocontrol de Calidad.

El licitador presentará certificado del Sistema de Aseguramiento de Calidad de la empresa, expedido por un organismo acreditado.

El licitador definirá las medidas que propone para controlar y garantizar, por su parte la calidad de los trabajos en caso de resultar adjudicatario.

Se diferenciarán de forma clara los procesos de control correspondientes a las distintas especialidades/técnicas.

Para ello deberá aportar un plan de control de calidad específico para la obra, que incluirá, al menos los siguientes aspectos:

• Plan de Gestión; que describa la metodología a establecer durante todas las fases del contrato. • Relación detallada de las inspecciones y ensayos a realizar durante la ejecución de la obra, así

como de su frecuencia. • Normativa técnica aplicable y criterios de aceptación y rechazo. • Identificación de las unidades de obra sometidas al Sistema de Calidad y relación de las

mismas. • Identificación de los materiales y servicios necesarios, que por su importancia considere el

licitador que deben estar sometidos a las exigencias del sistema de calidad y relación detallada de los mismos.

• Nuevos métodos y procedimientos de producción, verificación, etc., no contenidos en oportuna normativa, a aplicar en la obra.

• Identificación de las necesidades de acopios importantes que deban estar sometidas al Plan de Aseguramiento de la Calidad.

• Relación de la documentación a entregar antes de la Recepción de la Obra. • Organización dedicada al control de calidad. • Análisis de Riesgos

El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la Obra, así como las relaciones de los Planes de Aseguramiento de la Calidad de los distintos actuantes constituirá un documento contractual.

La empresa contratista designará a la persona o personas responsables por su parte en materia de calidad.

La Dirección de la Obra comprobará periódicamente el funcionamiento del Plan de Aseguramiento de la Calidad, efectuando las auditorias necesarias de funcionamiento de cada apartado del citado Plan.

En el caso de que se detecte por la Dirección de la Obra que el Plan de aseguramiento de la Calidad para la obra objeto de esta licitación no es efectivo, o no se ha aplicado correctamente, podrá ésta paralizar la obra hasta que el Contratista corrija los defectos de funcionamiento, sin que esto constituya justificación para la modificación de los plazos contractuales.

El Contratista presentará a la Dirección de Obra un informe mensual con indicación de las actividades desarrolladas en la obra en dicho período, derivadas del Plan de Aseguramiento de la Calidad de la obra, incluyendo cualquier no conformidad que se haya abierto, así como las medias adoptadas para resolverlas y la fecha en la que se hayan resuelto.

12. Estudio de Seguridad y Salud

El licitador realizará el estudio de seguridad y salud, de acuerdo con la legislación vigente, relativo a las obras proyectadas, concretando las medidas a tomar en cada una de ellas, y no de forma general, incluyéndolo como documento anejo a la memoria y valorado como capítulo aparte dentro de los presupuestos. Su finalidad será establecer, durante la ejecución de los trabajos de construcción, las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento que se realicen tanto durante el período de garantía de las obras como durante la vigencia del contrato de mantenimiento.

13. Programa de Actuaciones Medioambientales

Se identificarán y valorarán los posibles impactos ambientales, estableciendo las medidas correctoras y preventivas necesarias para minimizar las repercusiones al medio ambiente.

B - Plan de ejecución de las obras

El licitador redactará un Programa de trabajo, con un plazo total de obra que será como máximo el fijado por Adif.

La programación de las obras incluirá un diagrama de Gantt y una memoria que justifique y detalle suficientemente la realización de las mismas en el plazo ofertado.

Dentro del programa de trabajo se deberán identificar de manera independiente las actividades correspondientes a las distintas especialidades/técnicas.

En este capítulo el licitador incluirá la programación detallada de las distintas actividades y fases necesarias hasta concluir y entregar al Adif las instalaciones, en perfecto estado de funcionamiento, estando útiles para la explotación de las instalaciones ferroviarias, de acuerdo con el Programa de Explotación confeccionado por la Dirección de Planificación y Gestión de Capacidad.

En dicha programación se tendrán en cuenta las siguientes actividades y tiempos empleados en las mismas:

• La Aprobación del Plan de Seguridad y Salud • Replanteo y la concreción de todos los aspectos técnicos necesarios incluido el Programa de

Explotación. • Pruebas y puesta en servicio de los enclavamientos, bloqueos, telemandos de control de tráfico

y de energía, sistemas de protección y seguridad, sistema de telecomunicaciones y CTC (simultaneando estas con la realización de la instalación).

Como consecuencia de la planificación realizada, el licitador facilitará:

• Lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras.

• Red de precedencias múltiples entre actividades. • Duración estimada de cada actividad. • Holgura total de cada actividad y cualquier otro tipo de holgura que el licitador considere

oportuno aportar definiendo previamente su concepto. • Camino crítico. • Diagrama espacios – tiempo en obras de tipo lineal. • Declaración formal del licitador del plazo de ejecución que prevé (según su programa de

trabajo) para la ejecución de la obra. Dicho plazo de ejecución será igual o menor que el plazo máximo fijado por Adif, debiendo coincidir exactamente con el reflejado en el programa de trabajo que presente.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación relativa a las actividades del plan de ejecución de las obras:

• Descripción de todas las actividades importantes o complejas y los procesos constructivos propuestos, incluyendo las actividades a ejecutar en instalaciones existentes.

• El análisis de los condicionantes técnicos externos al proyecto y los climatológicos. Se incluirá por el Licitador un estudio de las medidas propuestas para la ejecución de las actividades importantes o complejas en el plazo establecido considerando estos condicionantes técnicos externos al proyecto.

• Instalaciones existentes: La empresa licitador identificará y desarrollará las actividades relativas a las instalaciones existentes (enclavamiento, telemando, bloqueos, etc.) cuando haya que intervenir en ellas, tanto para sus modificaciones como para relacionarlas e incluirlas en la obra, aportando Cartas de Compromiso de las empresas responsables de su tecnología.

• Detalle de la relación de las unidades y actividades de la obra que realizará bajo subcontratación, indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación, aportando carta de compromiso y solvencia técnica de las empresas a subcontratar.

C - Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra.

D - Relación de plazos, totales parciales, programación de las obras: plazos para la redacción de los proyectos, para el inicio y terminación de las obras e instalaciones, para la realización de pruebas, para la puesta en explotación y para la obtención del certificado de interoperabilidad del subsistema correspondiente.

E - Plan de supervisión de las instalaciones.

Este plan recogerá las actuaciones necesarias para garantizar la operatividad y disponibilidad de todas aquellas instalaciones que, habiendo finalizado su ejecución, aún no hayan sido puestas en servicio. Dicho plan deberá concretar las actuaciones programadas por sistemas y técnicas, indicando los medios humanos y materiales asignados.

Estas tareas tienen por objeto asegurar que se mantiene el correcto estado operativo de las instalaciones en cada uno de los tramos, entre el momento en que las instalaciones estén disponibles desde su validación hasta el momento de la puesta en servicio comercial de las mismas, garantizándose su disponibilidad para la realización de pruebas o simulaciones comerciales.

El personal asociado a estas tareas realizará las labores de supervisión necesarias para asegurar el correcto funcionamiento de las instalaciones.

Se comprobará periódicamente el correcto estado de funcionamiento de los equipos, verificando la ausencia de alarmas e indicaciones de averías de los mismos y procediendo a la corrección de las deficiencias detectadas para devolverlos al perfecto estado de funcionamiento.

El adjudicatario asumirá, sin coste alguno para el ADIF, todas las operaciones de verificación, resolución de averías y arranques del sistema tras algún fallo, reponiendo a su cargo, todos aquellos materiales que acusen un mal funcionamiento, comprometiendo en ello los medios materiales y humanos necesarios.

Entre las labores encomendadas al equipo de supervisión, estará la de solicitar al Operador de circulación en obra la realización de mandos y comprobaciones para verificar que bajo diferentes condiciones de explotación, la instalación se comporta adecuadamente (itinerarios, movimiento de desvíos, conmutación de redes, etc.). Para poder realizar estas operaciones el equipo de supervisión contará con un mecánico de desvíos para desembridar y embridar, así como de unos kits de calces para delimitar las zonas de pruebas.

Todos los medios y actividades necesarias para garantizar la disponibilidad de las instalaciones serán con cargo al adjudicatario del contrato

F - Plan de aseguramiento de materiales, suministros y repuestos

Este plan incluirá la relación de suministradores de los diferentes materiales y equipos, así como el análisis de las plantas de producción y de las necesidades de acopio de materiales y equipos para la realización de la obra.

Basándose en la normativa CENELEC (UNE-50126), el licitador debe elaborar un estudio del ciclo de vida de cada uno de los sistemas ofertados, tanto en la parte hardware como en el software.

Para cada subsistema y sistema a instalar, se detallará su vida útil en fase de explotación, indicando el periodo útil de aquellos elementos SW o HW que tengan una vida inferior a la del conjunto del sistema a que pertenecen y que precisen acciones de actualización o renovación. Se indicará el número y alcance de la sustitución o renovación que se precise durante el periodo de mantenimiento previsto, así como las garantías de repuestos para su renovación y posibles afectaciones en relación con el resto de elementos del sistema.

Se identificarán los elementos SW y HW cuyas licencias de diseño y fabricación son propiedad de la empresa licitador, y que elementos son propiedad de empresas ajenas, indicando la empresa

suministradora y los acuerdos de colaboración o suministro que pudieran existir (quedan excluidos los componentes y elementos comerciales)

G - Plan de pruebas y puesta en servicio de cada subsistema y global.

El concepto de las pruebas de aceptación engloba a todas las pruebas, medidas, tanto físicas como eléctricas, y la entrega de valores obtenidos, que sea necesario realizar para comprobar la funcionalidad correcta de la instalación en conjunto de acuerdo con lo establecido en las normas ADIF y las indicaciones del Director de la Obra.

En particular, se incluirá un mecánico experto en ajustes de desvíos que actuará en las pruebas de puesta en servicio de los enclavamientos, así como en todas las pruebas que sea necesario realizar para comprobar la funcionalidad correcta de la instalación en conjunto para el enclavamiento citado.

Asimismo, se incluirán los alquileres de máquina y maquinista necesarios para la realización de las pruebas del sistema ERTMS /ETCS de nivel 1 y de nivel 2 y su validación.

También se considerarán incluidos los suministros de carburante precisos.

El Contratista deberá hacerse cargo de todos los gastos que supongan los medios necesarios para las pruebas de configuración, concordancia, aceptación y validación de todos los sistemas a suministrar, así como los medios necesarios para verificar la correcta operación de los mismos por parte de ADIF. Sirvan como referencia los costes del material de tracción, del gasoil, del maquinista, del agente de circulación en el puesto local de operación, los costes del canon susceptible por el uso de surcos necesarios para las pruebas, y cuanto se precise para la ejecución de todas las pruebas requeridas por el Adif.

La empresa contratista estará obligada a la realización de un inventario para incluir los elementos instalados siguiendo las plantillas y protocolos establecidos. Los elementos deberán estar definidos por coordenadas UTM+PK. En el presupuesto se ofrecerán partidas específicas para incluir los elementos instalados en el inventario GIS de Adif siguiendo las plantillas y protocolos establecidos parra la carga automática en el sistema.

Manuales de instalación, ajuste y resolución de averías de los equipos instalados, que permitan la realización de estas tareas por personal propio o ajeno a la empresa instaladora.

SUBSISTEMA DE TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD

A- Anteproyecto de Instalaciones de Telecomunicaciones Fijas y Protección Civil y Seguridad:

1. Memoria descriptiva de la tecnología y/o sistemas constructivos a emplear, en la que se justificará que se cumplen todas las exigencias del Pliego de Condiciones Técnicas.

La Memoria Descriptiva comprenderá las instalaciones a ejecutar y la tecnología utilizada en cada capítulo (telecomunicaciones fijas y protección civil y seguridad), incluyendo:

1.1. Descripción general.

1.2. Capacidad y posibilidades de ampliación.

1.3. Funcionalidades y protocolos soportados.

1.4. Número y tipo de interfaces internos de cada subsistema.

1.5. Facilidades para el mantenimiento.

1.6. La capacidad de los sistemas de gestión de los equipos de telecomunicaciones de reportar al sistema de gestión integrada de ADIF.

1.7. En relación a la red de voz ofertada, el licitador indicará su capacidad para soportar todos los servicios y funcionalidades que soporta actualmente la red de voz de ADIF y para integrarse en ella.

1.8. Estudio de Fiabilidad, Disponibilidad y Mantenibilidad de los equipos ofertados para el sistema de Telecomunicaciones Fijas.

1.9. Estudio de Fiabilidad, Disponibilidad y Mantenibilidad de los equipos ofertados para los Sistemas de Protección y Seguridad (Protección Civil y Seguridad).

1.10. Necesidades de medios de transporte, oficinas de obra, almacenes e instalaciones auxiliares.

2. Descripción de los componentes tecnológicos a emplear

a. Redes de cable b. Sistemas de transmisión c. Sistemas de gestión d. Sistema de datos e. Otros

3. Prescripciones técnicas que cumplirán los materiales y equipos propuestos.

Se incluirán todas las características de los equipos y materiales ofertados y, en particular, se incluirá la siguiente documentación:

f. Autorización de suministro y uso por parte de ADIF de los materiales y equipos para los que es necesaria. En el caso de que el licitador no disponga de tecnología propia, aportará certificado del grado de colaboración y compromiso entre licitador y suministrador (partner tecnológico).

4. Planos necesarios para ilustrar la descripción de la tecnología y ejecución de la obra descrita en la memoria, que permitan constatar el cumplimiento del Pliego y las mediciones necesarias.

Se incluirán todos los planos que permitan describir gráficamente las obras, particularizados para cada técnica.

5. Descripción de unidades medibles y valorables que componen la obra y que deberán incluir todas las actividades necesarias, totalmente terminadas para la completa ejecución de la misma.

Con independencia de la tecnología escogida por el licitador, las unidades de obra deberán corresponderse con las del cuadro de precios de Adif al que deberá realizarse, en caso necesario, la correspondencia con la unidad o unidades equivalentes, en caso de que, por motivos tecnológicos no coincidan exactamente. Esta información se presentará a Adif durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

Si se requiriera alguna unidad de obra nueva distinta a la recogida en el cuadro de precios de Adif, ésta deberá proponerse y justificarse durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

6. Estudio previo de la necesidad de expropiaciones.

7. Medición de las unidades necesarias para la valoración y ejecución de la obra.

8. Plan de formación del personal de Adif previo a la puesta en servicio comercial de la línea.

9. Plan de Autocontrol de Calidad.

El licitador definirá las medidas que propone para controlar y garantizar, por su parte la calidad de los trabajos en caso de resultar adjudicatario.

Se diferenciarán de forma clara los procesos de control correspondientes a las distintas especialidades/técnicas de este subsistema.

Para ello deberá aportar un plan de control de calidad específico para la obra, que incluirá, al menos los siguientes aspectos:

o Plan de Gestión; que describa la metodología a establecer durante todas las fases del contrato.

o Relación detallada de las inspecciones y ensayos a realizar durante la ejecución de la obra, así como de su frecuencia.

o Normativa técnica aplicable y criterios de aceptación y rechazo. o Identificación de las unidades de obra sometidas al Sistema de Calidad y relación de las

mismas. o Identificación de los materiales y servicios necesarios, que por su importancia considere

el licitador que deben estar sometidos a las exigencias del sistema de calidad y relación detallada de los mismos.

o Nuevos métodos y procedimientos de producción, verificación, etc., no contenidos en oportuna normativa, a aplicar en la obra.

o Identificación de las necesidades de acopios importantes que deban estar sometidas al Plan de Aseguramiento de la Calidad.

o Relación de la documentación a entregar antes de la Recepción de la Obra. o Organización dedicada al control de calidad. o Análisis de Riesgos

10. Estudio de Seguridad y Salud

El licitador realizará el estudio de seguridad y salud relativo a las obras proyectadas, concretando las medidas a tomar en cada una de ellas, y no de forma general, incluyéndolo como documento anejo a la memoria y valorado como capítulo aparte dentro de los presupuestos. Su finalidad será establecer, durante la ejecución de los trabajos de construcción, las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento que se realicen tanto durante el período de garantía de las obras como durante la vigencia del contrato de mantenimiento.

11. Programa de Actuaciones Medioambientales

Se identificarán y valorarán los posibles impactos ambientales, estableciendo las medidas correctoras y preventivas necesarias para minimizar las repercusiones al medio ambiente.

B - Plan de realización de las obras e instalaciones: Descripción de todas las actividades importantes o complejas y los procesos constructivos propuestos, incluyendo las actividades a ejecutar en instalaciones existentes.

C - Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra.

D - Relación de medios materiales (equipos, maquinaria, etc) a adscribir durante la fase de ejecución de la obra.

E - Relación de plazos totales, parciales, programación de las obras

El licitador redactará un Programa de trabajo, con un plazo total de obra que será como máximo el fijado por Adif.

La programación de las obras incluirá un diagrama de Gantt y una memoria que justifique y detalle suficientemente la realización de las mismas en el plazo ofertado.

Dentro del programa de trabajo se deberán identificar de manera independiente las actividades correspondientes a las distintas especialidades/técnicas de este subsistema.

En este capítulo el licitador incluirá la programación detallada de las distintas actividades y fases necesarias hasta concluir y entregar al Adif las instalaciones, en perfecto estado de funcionamiento, estando útiles para la explotación de las instalaciones ferroviarias.

En dicha programación se tendrán en cuenta las siguientes actividades y tiempos empleados en las mismas:

o La Aprobación del Plan de Seguridad y Salud o Replanteo y la concreción de todos los aspectos técnicos necesarios incluido el

Programa de Explotación. o Pruebas y puesta en servicio

Como consecuencia de la planificación realizada, el licitador facilitará:

o Lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras.

o Red de precedencias múltiples entre actividades. o Duración estimada de cada actividad. o Holgura total de cada actividad y cualquier otro tipo de holgura que el licitador

considere oportuno aportar definiendo previamente su concepto. o Camino crítico. o Diagrama espacios – tiempo en obras de tipo lineal. o Declaración formal del licitador del plazo de ejecución que prevé (según su programa

de trabajo) para la ejecución de la obra. Dicho plazo de ejecución será igual o menor que el plazo máximo fijado por Adif, debiendo coincidir exactamente con el reflejado en el programa de trabajo que presente.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación relativa a las actividades del plan de ejecución de las obras:

o El análisis de los condicionantes técnicos externos al proyecto y los climatológicos. Se incluirá por el Licitador un estudio de las medidas propuestas para la ejecución de las actividades importantes o complejas en el plazo establecido considerando estos condicionantes técnicos externos al proyecto.

o Instalaciones existentes: El licitador identificará y desarrollará las actividades relativas a las instalaciones existentes cuando haya que intervenir en ellas, tanto para sus modificaciones como para relacionarlas e incluirlas en la obra, aportando Cartas de Compromiso de las empresas responsables de su tecnología.

o Detalle de la relación de las unidades y actividades de la obra que realizará bajo subcontratación, indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación, aportando carta de compromiso y solvencia técnica de las empresas a subcontratar.

El licitador indicará claramente la relación de plazos, totales, parciales, la programación de las obras: plazos para la redacción de los proyectos, para el inicio y terminación de las obras e instalaciones, para la realización de pruebas, para la puesta en explotación y para la obtención del certificado de interoperabilidad del subsistema correspondiente.

Dentro de este apartado se incluirá también el Plan de supervisión de las instalaciones.

o Este plan recogerá las actuaciones necesarias para garantizar la operatividad y disponibilidad de todas aquellas instalaciones que, habiendo finalizado su ejecución, aún no hayan sido puestas en servicio. Dicho plan deberá concretar las actuaciones programadas por sistemas y técnicas, indicando los medios humanos y materiales asignados.

o Estas tareas tienen por objeto asegurar que se mantiene el correcto estado operativo de las instalaciones en cada uno de los tramos, entre el momento en que las

instalaciones estén disponibles desde su validación hasta el momento de la puesta en servicio comercial de las mismas, garantizándose su disponibilidad para la realización de pruebas, simulaciones comerciales o cualquier otra necesidad que pueda plantearse.

o El adjudicatario asumirá, sin coste alguno para el ADIF, todas las operaciones de verificación, resolución de averías y arranques del sistema tras algún fallo, reponiendo a su cargo, todos aquellos materiales que acusen un mal funcionamiento, comprometiendo en ello los medios materiales y humanos necesarios.

o Todos los medios y actividades necesarias para garantizar la disponibilidad de las instalaciones serán con cargo al adjudicatario del contrato

F - Plan de aseguramiento de materiales, suministros y repuestos

Este plan incluirá la relación de suministradores de los diferentes materiales y equipos, así como el análisis de las plantas de producción y de las necesidades de acopio de materiales y equipos para la realización de la obra.

Basándose en la normativa CENELEC (UNE-50126), el licitador debe elaborar un estudio del ciclo de vida de cada uno de los sistemas ofertados, tanto en la parte hardware como en el software.

Para cada subsistema y sistema a instalar, se detallará su vida útil en fase de explotación, indicando el periodo útil de aquellos elementos SW o HW que tengan una vida inferior a la del conjunto del sistema a que pertenecen y que precisen acciones de actualización o renovación. Se indicará el número y alcance de la sustitución o renovación que se precise durante el periodo de mantenimiento previsto, así como las garantías de repuestos para su renovación y posibles afectaciones en relación con el resto de elementos del sistema.

Se identificarán los elementos SW y HW cuyas licencias de diseño y fabricación son propiedad de la empresa licitador, y que elementos son propiedad de empresas ajenas, indicando la empresa suministradora y los acuerdos de colaboración o suministro que pudieran existir.

G - Plan de pruebas y puesta en servicio de cada subsistema y global.

Se recogerán todas las pruebas que sea necesario realizar para comprobar la correcta funcionalidad de las instalaciones, de acuerdo con lo establecido en las normas ADIF y las indicaciones del Director de la Obra.

J - Roadmap

La oferta irá acompañada con una descripción de la evolución prevista oficialmente por el contratista para las versiones HW y SW del equipamiento de telecomunicaciones fijas propuesto (roadmap), indicando:

o Versiones a instalar y previsión de la evolución de los productos a no menos de la duración de este contrato.

o Grado de compatibilidad de los equipos y versiones software ofertados con el equipamiento afectado existente en la red de ADIF

o El tiempo durante el cual se asegura el soporte de las versiones HW y SW a instalar que será, como mínimo, la duración de este contrato (obra + mantenimiento).

o El licitador deberá proporcionar compromiso de instalar la última versión de software operativa y estable para los sistemas de telecomunicaciones fijas. Asimismo, durante la vida del contrato, se actualizarán todas las versiones SW a la última disponible al menos cada 2 años. En cualquier caso, se dispondrá de una versión SW que tenga soporte técnico.

SUBSISTEMA DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSM-R E INFRAESTRUCTURA PARA OPERADORES DE TELEFONÍA MÓVIL PÚBLICA

A - Anteproyecto de Instalaciones de Telecomunicaciones Móviles GSM-R e Infraestructura para Operadores de Telefonía Móvil Pública:

1. Memoria descriptiva de la tecnología y/o sistemas constructivos a emplear, en la que se justificará que se cumplen todas las exigencias del Pliego de Condiciones Técnicas. La Memoria Descriptiva comprenderá las instalaciones a ejecutar y la tecnología utilizada en cada capítulo (telecomunicaciones móviles GSM-R), incluyendo:

a) Descripción general.

b) Capacidad y posibilidades de ampliación.

c) Funcionalidades soportadas.

d) Número y tipo de interfaces internos de cada subsistema.

e) Facilidades para el mantenimiento.

f) La capacidad de los sistemas de gestión de los equipos de telecomunicaciones de reportar al sistema de gestión integrada de ADIF.

g) Estudio de Fiabilidad, Disponibilidad y Mantenibilidad de los equipos ofertados para el sistema de Telecomunicaciones Móviles GSM-R.

h) Estudio de Fiabilidad, Disponibilidad y Mantenibilidad de los equipos ofertados para la infraestructura para Operadores de Telefonía Móvil Pública.

i) Necesidades de medios de transporte, oficinas de obra, almacenes e instalaciones auxiliares.

2. Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema.

a) Subsistema radio (BSS) b) Sistemas de energía c) Sistemas de gestión

3. Prescripciones técnicas que cumplirán los materiales y equipos propuestos.

Se incluirán todas las características de los equipos y materiales ofertados y, en particular, se incluirá la siguiente documentación:

a) Autorización de suministro y uso por parte de ADIF de los materiales y equipos para los que es necesaria. En el caso de que el licitador no disponga de tecnología propia, aportará certificado del grado de colaboración y compromiso entre licitador y suministrador (partner tecnológico).

4. Planos necesarios para ilustrar la descripción de la tecnología y ejecución de la obra descrita en la memoria, que permitan constatar el cumplimiento del Pliego y las mediciones necesarias.

Se incluirán todos los planos que permitan describir gráficamente las obras, en particular, se incluirá además la siguiente documentación:

a) Diagramas de bloques de la solución ofertada, particularizados para cada técnica.

b) Planos de planificación radioeléctrica (aquellos utilizados para realizar una evaluación previa de los elementos radio a instalar)

5. Descripción de unidades medibles y valorables que componen la obra y que deberán incluir todas las actividades necesarias, totalmente terminadas para la completa ejecución de la misma.

Con independencia de la tecnología escogida por el licitador, las unidades de obra deberán corresponderse con las del cuadro de precios de Adif al que deberá realizarse, en caso necesario, la correspondencia con la unidad o unidades equivalentes, en caso de que, por motivos tecnológicos no coincidan exactamente. Esta información se presentará a Adif durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

Si se requiriera alguna unidad de obra nueva distinta a la recogida en el cuadro de precios de Adif, ésta deberá proponerse y justificarse durante la fase de elaboración de la oferta técnica al efecto de que los servicios técnicos de Adif validen su necesidad.

6. Estudio previo de la necesidad de expropiaciones.

7. Medición de las unidades necesarias para la valoración y ejecución de la obra.

8. Plan de formación del personal de Adif previo a la puesta en servicio comercial de la línea.

9. Plan de Autocontrol de Calidad.

El licitador definirá las medidas que propone para controlar y garantizar, por su parte la calidad de los trabajos en caso de resultar adjudicatario.

Se diferenciarán de forma clara los procesos de control correspondientes a las distintas especialidades/técnicas.

Para ello deberá aportar un plan de control de calidad específico para la obra, que incluirá, al menos los siguientes aspectos:

Plan de Gestión; que describa la metodología a establecer durante todas las fases del contrato. o Relación detallada de las inspecciones y ensayos a realizar durante la ejecución de la obra, así

como de su frecuencia. o Normativa técnica aplicable y criterios de aceptación y rechazo. o Identificación de las unidades de obra sometidas al Sistema de Calidad y relación de las mismas. o Identificación de los materiales y servicios necesarios, que por su importancia considere el licitador

que deben estar sometidos a las exigencias del sistema de calidad y relación detallada de los mismos.

o Nuevos métodos y procedimientos de producción, verificación, etc., no contenidos en oportuna normativa, a aplicar en la obra.

o Identificación de las necesidades de acopios importantes que deban estar sometidas al Plan de Aseguramiento de la Calidad.

o Relación de la documentación a entregar antes de la Recepción de la Obra. o Organización dedicada al control de calidad. o Análisis de Riesgos

10. Estudio de Seguridad y Salud

El licitador realizará el estudio de seguridad y salud relativo a las obras proyectadas, concretando las medidas a tomar en cada una de ellas, y no de forma general, incluyéndolo como documento anejo a la memoria y valorado como capítulo aparte dentro de los presupuestos.

Su finalidad será establecer, durante la ejecución de los trabajos de construcción, las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento que se realicen tanto durante el período de garantía de las obras como durante la vigencia del contrato de mantenimiento.

11. Programa de Actuaciones Medioambientales

Se identificarán y valorarán los posibles impactos ambientales, estableciendo las medidas correctoras y preventivas necesarias para minimizar las repercusiones al medio ambiente.

B - Plan de realización de las obras e instalaciones: Descripción de todas las actividades importantes o complejas y los procesos constructivos propuestos, incluyendo las actividades a ejecutar en instalaciones existentes.

C - Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra.

D - Relación de medios materiales (equipos, maquinaria, etc) a adscribir durante la fase de ejecución de la obra.

E - Relación de plazos totales, parciales, programación de las obras

El licitador redactará un Programa de trabajo, con un plazo total de obra que será como máximo el fijado por Adif.

La programación de las obras incluirá un diagrama de Gantt y una memoria que justifique y detalle suficientemente la realización de las mismas en el plazo ofertado.

Dentro del programa de trabajo se deberán identificar de manera independiente las actividades correspondientes a las distintas especialidades/técnicas.

En este capítulo el licitador incluirá la programación detallada de las distintas actividades y fases necesarias hasta concluir y entregar al Adif las instalaciones, en perfecto estado de funcionamiento, estando útiles para la explotación de las instalaciones ferroviarias, de acuerdo con el Programa de Explotación confeccionado por la Dirección de Planificación y Gestión de Capacidad.

En dicha programación se tendrán en cuenta las siguientes actividades y tiempos empleados en las mismas:

o La Aprobación del Plan de Seguridad y Salud o Replanteo y la concreción de todos los aspectos técnicos necesarios incluido el

Programa de Explotación. o Pruebas y puesta en servicio

Como consecuencia de la planificación realizada, el licitador facilitará:

o Lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras.

o Red de precedencias múltiples entre actividades. o Duración estimada de cada actividad. o Holgura total de cada actividad y cualquier otro tipo de holgura que el licitador

considere oportuno aportar definiendo previamente su concepto. o Camino crítico. o Diagrama espacios – tiempo en obras de tipo lineal. o Declaración formal del licitador del plazo de ejecución que prevé (según su programa

de trabajo) para la ejecución de la obra. Dicho plazo de ejecución será igual o menor

que el plazo máximo fijado por Adif, debiendo coincidir exactamente con el reflejado en el programa de trabajo que presente.

En particular, se incluirá además la siguiente documentación relativa a las actividades del plan de ejecución de las obras:

o El análisis de los condicionantes técnicos externos al proyecto y los climatológicos. Se incluirá por el Licitador un estudio de las medidas propuestas para la ejecución de las actividades importantes o complejas en el plazo establecido considerando estos condicionantes técnicos externos al proyecto.

o Instalaciones existentes: La empresa licitador identificará y desarrollará las actividades relativas a las instalaciones existentes (NSS, gestores, gestor integrado, etc.) cuando haya que intervenir en ellas, tanto para sus modificaciones como para relacionarlas e incluirlas en la obra, aportando Cartas de Compromiso de las empresas responsables de su tecnología.

o Detalle de la relación de las unidades y actividades de la obra que realizará bajo subcontratación, indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación, aportando carta de compromiso y solvencia técnica de las empresas a subcontratar.

El licitador indicará claramente la relación de plazos, totales, parciales, la programación de las obras: plazos para la redacción de los proyectos, para el inicio y terminación de las obras e instalaciones, para la realización de pruebas, para la puesta en explotación y para la obtención del certificado de interoperabilidad del subsistema correspondiente.

Dentro de este apartado se incluirá también el Plan de supervisión de las instalaciones.

o Este plan recogerá las actuaciones necesarias para garantizar la operatividad y disponibilidad de todas aquellas instalaciones que, habiendo finalizado su ejecución, aún no hayan sido puestas en servicio. Dicho plan deberá concretar las actuaciones programadas por sistemas y técnicas, indicando los medios humanos y materiales asignados.

o Estas tareas tienen por objeto asegurar que se mantiene el correcto estado operativo de las instalaciones en cada uno de los tramos, entre el momento en que las instalaciones estén disponibles desde su validación hasta el momento de la puesta en servicio comercial de las mismas, garantizándose su disponibilidad para la realización de pruebas, simulaciones comerciales o cualquier otra necesidad que pueda plantearse.

o El adjudicatario asumirá, sin coste alguno para el ADIF, todas las operaciones de verificación, resolución de averías y arranques del sistema tras algún fallo, reponiendo a su cargo, todos aquellos materiales que acusen un mal funcionamiento, comprometiendo en ello los medios materiales y humanos necesarios.

o Todos los medios y actividades necesarias para garantizar la disponibilidad de las instalaciones serán con cargo al adjudicatario del contrato

F - Plan de aseguramiento de materiales, suministros y repuestos

Este plan incluirá la relación de suministradores de los diferentes materiales y equipos, así como el análisis de las plantas de producción y de las necesidades de acopio de materiales y equipos para la realización de la obra.

Basándose en la normativa CENELEC (UNE-50126), el licitador debe elaborar un estudio del ciclo de vida de cada uno de los sistemas ofertados, tanto en la parte hardware como en el software.

Para cada subsistema y sistema a instalar, se detallará su vida útil en fase de explotación, indicando el periodo útil de aquellos elementos SW o HW que tengan una vida inferior a la del conjunto del sistema a que pertenecen y que precisen acciones de actualización o renovación. Se indicará el número y alcance de la sustitución o renovación que se precise durante el periodo de mantenimiento previsto, así como las garantías de repuestos para su renovación y posibles afectaciones en relación con el resto de elementos del sistema.

Se identificarán los elementos SW y HW cuyas licencias de diseño y fabricación son propiedad de la empresa licitadora, y que elementos son propiedad de empresas ajenas, indicando la empresa suministradora y los acuerdos de colaboración o suministro que pudieran existir (quedan excluidos los componentes y elementos comerciales)

G - Plan de pruebas y puesta en servicio de cada subsistema y global.

Se recogerán todas las pruebas que sea necesario realizar para comprobar la correcta funcionalidad de las instalaciones, de acuerdo con lo establecido en las normas ADIF y las indicaciones del Director de la Obra.

J - Roadmap

La oferta deberá ir acompañada con una descripción de la evolución prevista oficialmente por el contratista para las versiones HW y SW del equipamiento de telecomunicaciones móviles GSM-R propuesto (roadmap), indicando:

o Versiones a instalar y previsión de la evolución de los productos a no menos de la duración de este contrato.

o Grado de compatibilidad de los equipos y versiones software ofertados con el equipamiento afectado existente en la red de ADIF

o El tiempo durante el cual se asegura el soporte de las versiones HW y SW a instalar que será, como mínimo, la duración de este contrato (obra + mantenimiento).

o El licitador deberá proporcionar compromiso de instalar la última versión de software operativa y estable para los sistemas de telecomunicaciones móviles GSM-R. Asimismo, durante la vida del contrato, se actualizarán todas las versiones SW a la última disponible al menos cada 2 años. En cualquier caso, se dispondrá de una versión SW que tenga soporte técnico.

o El licitador deberá proporcionar compromiso de realizar pruebas de interoperabilidad con el resto de suministradores de elementos de la red GSM-R de ADIF previamente a la instalación de una nueva versión, corriendo los gastos generados por dichos trabajos, tanto internos, como los generados a las otras empresas, siendo responsable del pago de dichos costes a éstas últimas.

ANEXO nº 13

BORRADOR DE ESTATUTOS DE LA SPE

ANEXO Nº 14

INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL MODELO ECONÓMICO FINANCIERO 1.) La presentación formal del mismo se realizará tanto en papel impreso, como en soporte informático en aplicación compatible con Microsoft Excel, entregándose en un soporte electrónico CD/DVD, y de manera que permita realizar análisis de sensibilidad incluyendo los ratios de rentabilidad y solvencia, la inversión total y la inflación. El modelo deberá acompañarse de un manual de utilización (“el libro del modelo”) en el que se indique cómo leer y utilizar los datos, precisando los eventuales vínculos que existan entre los datos y ayudando o explicando de manera clara como efectuar los “análisis de sensibilidades”. Los licitadores se comprometen a responder por escrito y con claridad a todo requerimiento de explicación o de aclaración por parte de ADIF sobre la configuración y el funcionamiento de su modelo financiero / Plan Económico-Financiero. El modelo financiero deberá presentarse necesariamente conteniendo toda la formulación matemática implícita, de manera que permita alcanzar los resultados tanto en el caso base como en cualquier otro escenario considerado de sensibilidad. A efectos del presente contrato, el modelo financiero supondrá la estimación y cuantificación del Plan Económico – Financiero de la SPE según lo indicado en los apartados precedentes. El modelo financiero debe incluir una completa y detallada descripción de las principales hipótesis consideradas en el mismo. En caso de discrepancia entre los datos contenidos en ambos formatos, prevalecerá la versión impresa. 2.) El modelo económico-financiero incluirá al menos la siguiente información:

Pago por Disponibilidad a pagar por ADIF, debidamente separado en componente fija y componente variable, para cada año.

Inversión inicial, debidamente desglosada en las diversas partidas correspondientes a la Inversión Inicial Total Ofertada (IITOF), de acuerdo con lo establecido en la tabla de la cláusula [*] del presente pliego, y su amortización a lo largo del período contractual.

Costes de conservación y mantenimiento del las obras que conforman el sistema.

Gastos financieros a satisfacer por la SPE.

Cuenta de pérdidas y ganancias anuales que recogerá la previsión de resultados y su distribución durante el período contractual

Balances de situación previstos al cierre de cada ejercicio durante el período contractual.

Estados de flujos de caja que reflejarán los flujos de caja del proyecto, los flujos de caja financieros, los flujos de caja dedicados al pago de impuestos, los flujos de caja de los inversores / accionistas privados y del accionista público ADIF, y los flujos de caja del capital, a fin de verificar la coherencia entre las disponibilidades de liquidez y la aplicación de estos medios financieros.

Ratio anual de cobertura del servicio de la deuda, y plazo previsto para la devolución de los recursos ajenos (tanto considerando el efecto de posibles cláusulas de “cash sweep” introducidas por las entidades en sus ofertas como sin considerarlo).

Recursos propios (capital y otras aportaciones de los accionistas) y calendario de las aportaciones.

Política distribución de dividendos, se darán las explicaciones oportunas sobre: cómo se plantea la distribución de beneficios, límites previstos para la distribución de dividendos, primer año en que se espera distribuir dividendos y la relación de supuestos en que éstos se pueden distribuir.

Se reflejarán claramente las inversiones de reposición de las instalaciones previstas durante el periodo de contrato, así como las cuentas de reserva de reposiciones que se prevean para las mismas, que deberán respetar lo previsto en este sentido en la Cláusula [*]. La información anterior deberá ser coherente con lo establecido en el Plan de Inversiones de Reposición de las instalaciones que oferte el licitador.

3.) En la elaboración del modelo económico-financiero se atenderá a las siguientes normas: Todas las magnitudes monetarias se expresarán en euros (€) de cada año. El modelo

financiero deberá estar elaborado con periodicidad anual, en la fase de conservación y mantenimiento, y con periodicidad [mensual] en la fase de construcción. A efectos de homogenización de las proposiciones, los licitadores deberán utilizar como hipótesis de indexación un 2% constante.

Todas las cifras de inversión vendrán descritas segmentadas por técnica o subsistema sin perjuicio de la suma global de las mismas, del mismo modo que los gastos operativos.

Las previsiones de balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias durante el período contractual deberán ajustarse a los modelos contables recogidos en el Plan General Contable vigente así como a los criterios fiscales vigentes en el momento de la elaboración del modelo. A efectos igualmente de la homogenización de las ofertas que se presenten, los licitadores deberán presentar sus modelos financieros considerando una desagregación de las distintas partidas de inversión individualizadas así como las correspondientes vidas útiles de los distintos activos de cara a la aplicación de las correspondientes políticas de amortización de los mismos que sean aplicables de acuerdo con la normativa contable vigente.

Los flujos de caja del proyecto se calcularán como: ingresos operativos menos gastos operativos corrientes, menos la inversión. En el cómputo de la inversión deberán figurar, junto con la inversión en del contrato, las inversiones necesarias en inmovilizado, durante el período contractual, todo ello desglosado como mínimo en los siguientes capítulos:

- Construcción de las obras objeto del contrato.

- Gastos financieros intercalares.

- Otros Costes Asociados a la Inversión, con los componentes previstos para estos en la cláusula [*].

- Otros gastos activados a distribuir en varios ejercicios, con los componentes previstos para estos en la cláusula [*].

- Inversiones de reposición durante el periodo de servicio de disponibilidad.

- Otros.

Se considerarán como flujos de caja financieros los incrementos de deuda financiera y los ingresos financieros, menos las amortizaciones de deuda y su servicio.

Los flujos de caja del capital se calcularán como los desembolsos de capital, menos los dividendos repartidos con cargo a beneficios o reservas y amortizaciones de capital, en su caso, incluyendo los derivados de los cobros y pagos realizados como consecuencia del otorgamiento de deuda subordinada por los propios accionistas privados de la sociedad.

Los flujos de caja dedicados al pago de impuestos se calcularán como las cantidades -con signo negativo- que la SPE pague al Estado en el ejercicio correspondiente en concepto de impuestos más la cantidad que, en su caso sea reintegrada por el Estado en el ejercicio correspondiente, por devoluciones de impuestos derivadas de ejercicios anteriores.

Los flujos de caja de los accionistas privados se calcularán como los flujos de caja del proyecto, tal y como se definieron con anterioridad, más los flujos de caja financieros más los flujos de caja dedicados al pago de impuestos.

4.) La información contenida en el Plan Económico-Financiero se aportará con el máximo desglose. 5.) El modelo financiero contendrá los siguientes resultados y ratios del proyecto:

Tasa de retorno interna del proyecto,

Tasa interna de retorno de los capitales privados invertidos (TIR nominal del accionista privado),

Tasa interna de retorno de capital de ADIF (TIR nominal de ADIF)

Tasa interna de retorno de la inversión privada o de los accionistas privados oferentes (mezcla de la tasa interna de retorno del capital privado y de, en su caso, la tasa interna de retorno de la deuda subordinada).

Tasa interna de retorno del capital total (TIR nominal del capital total),

Todas las referidas tasas se calcularán como se ha indicado más arriba (Memoria Económica) Flujo de Caja antes del Servicio de la Deuda anual (FCASD), que se define como el Flujo de

Caja después de hacer frente a los gastos operativos, necesidades de circulante, inversiones a largo plazo e impuestos, y antes de atender a los proveedores de fondos (tanto de recursos ajenos como propios).

Plazo de devolución de las diversas líneas de financiación del proyecto.

Ratio de apalancamiento financiero efectivo (Recursos ajenos / Recursos propios) y su evolución prevista en el tiempo.

Ratios anuales de cobertura (RCSD, LLCR, PLCR).

Ratio de capital social sobre Inversión Inicial Total Ofertada (IITOF) y ratio de recursos aportados por los accionistas privados sobre Inversión Inicial Total Ofertada (IITOF) durante el período contractual

Ratio de Patrimonio Neto sobre capital social y su evolución prevista en el tiempo.

ANEXO nº 15

INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA MEMORIA EXPLICATIVA La memoria explicativa deberá elaborarse con el siguiente contenido mínimo: 1.) Estrategia de Pago por Disponibilidad adoptada: Fundamentación del nivel de PPD para alcanzar el equilibrio económico durante el período contractual, explicando la estimación de deducción que se considera, en su caso. 2.) Coste de inversión total prevista y Estado de Orígenes y Aplicaciones de Fondos. Este concepto será entendido en su más amplia acepción y será calculado mediante la agregación de las siguientes partidas: coste redacción de proyectos (en su caso), de expropiaciones e indemnizaciones (en su caso), de la Oficina Técnica de Seguimiento durante el período de construcción (*), de las Asistencias Técnicas de Control y Seguimiento de la Calidad de la Obra, de reposición de servicios y servidumbres, de construcción de las obras objeto del contrato, debidamente segmentado en relación a las inversiones de cada una de las técnicas o susbsistemas, de dirección y administración de la obra, , gastos financieros intercalarios de las líneas de financiación ajena durante todo el período de construcción (dividiendo cuando menos la deuda IVA y la deuda a largo plazo), impuestos a pagar por la SPE durante la fase de construcción, dotación inicial a la cuenta de reserva del servicio de la deuda, coste financiero de la garantía definitiva y Otros (Seguros, Gastos de Constitución y Primer Establecimiento, Asesores y Due Diligence, etc.), y, en general, de todos los bienes, cualquiera que fuere su naturaleza, que sea necesario construir o adquirir por estar directamente relacionados con las Instalaciones objeto de contrato y que contribuyan a que ésta preste el servicio adecuado. Incluirá el desglose en todos los conceptos según lo contemplado anteriormente. Los importes de las expropiaciones serán como mínimo los recogidos en el apartado [*] del cuadro de características (en su caso)4, no admitiéndose baja sobre los mismos. Las cifras anteriormente mencionadas deberán ser plenamente coherentes con las presentadas en el propio PEF, y en el resto de documentación de este sobre (Oferta Económica), todas ellas respetando las cifras máximas establecidas en el Anexo [*] de modelo de oferta económica y en el Cuadro Resumen del PEF (Anexo [*].) . Con respecto a los “Costes de Construcción” objeto de este contrato, los licitadores presentarán: i) Una cifra global correspondiente al total de las obras, como suma de los costes de

construcción de cada técnica ii) La cifra desglosada para cada una de las técnicas o subsistemas, incluyendo como

mínimo el siguiente desglose de partidas de inversión inicial para cada una de ellas:

4 Deloitte: solo en el caso de eletrificación pero entendemos que se puede dejar ahí como referencia sopena de que el

dato del cuadro de características sea cero.

Presupuesto de Costes de Construcción de cada técnica o subsistema

[a facilitar desglose presupuestario por Adif para cada técnica; a ser posible un único template para todas ellas]

PECof CTEOof

Adicionalmente, se desagregarán las siguientes partidas de inversión inicial adicionales al CTEOOF, de acuerdo con el contenido de cada concepto recogido en la cláusula [*] del presente pliego:

Otras partidas de inversión inicial global (euros corrientes)

Gastos financieros intercalarios de las líneas de financiación ajena

Otros Costes Asociados a la Inversión

Otros gastos activados a distribuir en varios ejercicios

El cuadro de origen y aplicación de fondos se presentará con datos o flujos [mensuales] y deberá ser consistente con el programa de obras y subprogramas de obras para cada técnica según estos se han presentado en el Sobre 1. Los orígenes de fondos respetarán la previsión de reconocimiento de pago de un 40% del PEC según avance de obras en las condiciones indicadas en la Cláusula [*], es decir, un 90% de dicho reconocimiento de pago se abonará a [*] días desde la certificación correspondiente (debiendo asumir el coste financiero de dicho diferimiento la SPE), a incluir en el concepto de gastos generales, y un 10% será abonado a partes iguales (en términos nominales, sin actualización por inflación) a la emisión del acta de comprobación y a la obtención del certificado de interoperabilidad, debiendo prever el oferente la forma en que financiará el desfase temporal consiguiente. Para el restante 60% del PEC y el 100% del resto de necesidades de financiación se expondrá en el EOAF el desglose que se desee de fondos, incluyendo necesariamente: línea crédito IVA, deuda a largo plazo, capital (que deberá respetar el mínimo establecido en el presente Pliego), línea proveedores (en caso de que se establezca pago diferido al proveedor/contratista de que se trate), línea de descuento o prefinanciación, en su caso, de los “pagos durante construcción” diferidos o pospuestos a puesta en servicio de disponibilidad y certificado de interoperatividad. 3.) Explicación y detalle de los gastos operativos previstos para la SPE y de su evolución durante el período contractual y de las políticas tendentes a conseguir el control y optimización de los mismos. Como mínimo, los licitadores recogerán en la Memoria del Plan Económico – Financiero el siguiente desglose y explicación correspondiente a las siguientes partidas de gastos operativos:

Costes operativos

[por revisar clasificación de costes]

Mano de obra Materiales Maquinaria Costes generales(*) Impuesto de Sociedades Otros Impuestos

(*) Explicando en la memoria debidamente que compone dicha partida Lo anterior se presentará de manera agregada, y adicionalmente descomponiendo el presupuesto agregado de costes operativos en relación a las actividades de operación de cada técnica o subsistema, pudiendo diferir el presupuesto global de la suma del desglose por técnica únicamente en la partida de costes generales. 4.) Explicación de la política de amortizaciones y plan de amortizaciones. A efectos de la homogenización de las ofertas que se presenten, los licitadores deberán considerar un cuadro de amortizaciones global para el total de las inversiones, así como presentar el mismo de manera desagregada para cada técnica o sistema. Cada uno de los cuadros de amortización estará descompuesto en las distintas partidas de inversión individualizadas así como las correspondientes vidas útiles de los distintos activos de cara a la aplicación de las correspondientes políticas de amortización de los mismos que sean aplicables de acuerdo con la normativa contable vigente. Únicamente podrá diferir la sumatoria de las amortizaciones en relación a la suma de los cuatro cuadros de amortización para cada técnica en relación a los activos que se consideren afectos a la gestión del contrato en su conjunto y no sean adscribibles a una técnica en particular. 5.) Detalle de las fuentes de financiación que se utilizarán para financiar el proyecto: En relación con la estructura de los recursos propios de la SPE, el Plan Económico – Financiero de oferta deberá recoger:

- El capital social previsto para la SPE, con expresión de cantidad y porcentaje que representa sobre la Inversión Inicial Total Ofertada (IITOOF).

- Los plazos y condiciones de posteriores ampliaciones de capital, si están previstas, así como capital contingente considerado.

- El Ratio de Capitalización definido como el cociente entre Capital Social y Patrimonio Neto y su evolución en el tiempo.

- El importe de las aportaciones subordinadas, si las hubiere, a realizar por los accionistas privados de la SPE (a salvo de ADIF), y momento en el que se realizarían tales aportaciones, así como términos y condiciones de las aportaciones subordinadas, de acuerdo con el contrato o borrador de contrato que se aporte junto con la documentación de la oferta. Las condiciones de retribución de las aportaciones subordinadas, en caso de tratarse de préstamos participativos, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y fomento y liberalización de la actividad económica, y en el

texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

- Política de distribución de dividendos y devoluciones de capital.

Respecto a las fuentes de financiación ajena, el Plan Económico – Financiero de oferta deberá recoger:

- Descripción de los instrumentos de financiación ajena que se pretenden utilizar para la financiación del proyecto, tanto para deuda IVA, como deuda a largo plazo, o en su caso pre-financiación de pagos durante construcción, sin perjuicio de otras.

- Su coste estimado (tipo de referencia según el provisto por ADIF según cláusula [*] más margen) y, en su caso, los instrumentos de cobertura de riesgo de intereses que se pretendan utilizar y el coste resultante. El licitador deberá aportar una tabla comparativa entre los términos y condiciones de financiación finalmente recogidos en el Plan Económico – Financiero de oferta del licitador y los términos y condiciones de financiación ofertados por las entidades financieras.

- El plazo de devolución de las distintas líneas de financiación del proyecto recogido en el Plan Económico – Financiero de oferta. En caso de considerarse una financiación de tipo mini – perm, se aportará igualmente el plazo subyacente de devolución de cada línea de financiación, y el coste de financiación y otras condiciones consideradas con posterioridad para escenario de refinanciación.

- El programa de deuda a largo plazo completo, presentando para cada ejercicio pago de principal y pago de intereses previsto.

- El RCSD mínimo y medio que se recoge en el Plan Económico – Financiero, en su caso, a lo largo del período de devolución de cada una de las líneas de deuda, sin tener en cuenta la aplicación de las posibles obligaciones de realización de barrido de caja (“cash sweep”) que las entidades financieras recojan en sus ofertas de financiación.

- Las comisiones asociadas a cada línea de financiación (apertura, disponibilidad, agencia, estructuración y otras).

- Las cuentas de reserva exigidas por las entidades financieras y recogidas en el Plan Económico - Financiero (del servicio de la deuda, de reposiciones, otras).

- Otros aspectos que se consideren relevantes.

- En los casos en los que se prevea la participación en la financiación del BEI o el ICO se incluirán en la memoria los efectos de esta participación5.

55 Deloitte: Este subapartado de la descripción de la memoria queda pendiente de variaciones o ajustes en función de

si se avanza y como se avanza en negociaciones previas directas con BEI y /o banca comercial. Lo deseable sería que todos los oferentes considerasen en su oferta unas condiciones iguales, si ello es obtenible, o en su defecto se puede prever que todos los oferentes incluyan las mismas condiciones de financiación, aportadas por ADIF, compartiendo ventura y riesgo entre ADIF y la SPE o reteniendo todo el riesgo y ventura. Si se va a dejar

6.) Análisis de solvencia de la SPE que incluirá al menos: La memoria del Plan Económico – Financiero deberá recoger el siguiente detalle en relación con la solvencia de la SPE: El porcentaje mínimo que representará la suma de los recursos propios y el montante vivo de

la deuda subordinada sobre la inversión total prevista durante el periodo de construcción, y que habrá de ser igual o superior al mínimo respetando lo establecido en la Cláusula [*] del presente Pliego.

El grado de cumplimiento por la SPE de los ratios de solvencia patrimonial establecidos en el artículo 260.4 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 23 de diciembre, sin que pueda presentarse con incumplimiento de dicho ratio.

7.) Análisis de rentabilidad del contrato y de los accionistas. Este análisis deberá incluir al menos, en términos nominales y después de impuestos, la estimación de:

Tasa de retorno interna del proyecto,

Tasa interna de retorno de los capitales privados invertidos (TIR nominal del accionista privado),

Tasa interna de retorno de capital de ADIF (TIR nominal de ADIF)

Tasa interna de retorno de la inversión privada o de los accionistas privados oferentes (mezcla de la tasa interna de retorno del capital privado y de, en su caso, la tasa interna de retorno de la deuda subordinada).

Tasa interna de retorno del capital total (TIR nominal del capital total),

Dichos parámetros se calcularán de la siguiente manera: La tasa de retorno interna del proyecto se calculará como la tasa de descuento que,

aplicada a los flujos de caja del proyecto, resulte en un valor actual neto del proyecto igual a cero.

La tasa de retorno interna del capital privado se calculará como la tasa de descuento que, aplicada a las aportaciones de capital y a los flujos de caja libre para los accionistas privados, resulte en un valor actual neto igual a cero. Para el cálculo de los flujos de caja de los accionistas se utilizarán los dividendos repartidos con cargo a beneficios o reservas y devoluciones de capital, cobro del “fee de conocimiento” descrito en la Cláusula [*] menos las aportaciones de capital.

La tasa interna de retorno de la inversión por los accionistas privados se calculará como la anterior añadiendo los desembolsos de préstamos participativos en su caso u otros instrumentos de financiación propia, sus amortizaciones y sus intereses.

a riesgo y ventura de los oferentes las condiciones de cierre (a salvo del tipo de interés base) se debería entonces no preestablecer ninguna hipótesis de financiación y dejar el texto como está.

La tasa interna de retorno del capital de ADIF se calculará igual que la TIR de capital de los accionistas privados teniendo en cuenta únicamente los desembolsos, amortizaciones y dividendos previstos para ADIF, que serán en condiciones paripassu con los de los accionistas privados. Dicha tasa interna de retorno no podrá ser en ningún caso inferior al 5%.

La tasa interna de retorno del capital global será la que se calcule de manera homóloga a las anteriores teniendo en consideración todos los flujos de inversión de todos los accionistas.

8) Análisis de sensibilidades Los licitadores deberán efectuar análisis de sensibilidad en relación con los principales parámetros, tomados individualmente, en uno o más casos para permitir que se juzgue la solidez del proyecto. Se combinarán los casos de reducción de pagos por disponibilidad y de aumento de los costes. Asimismo, se analizarán los casos más favorables y los más desfavorables. Los candidatos deberán realizar, al menos, los análisis de sensibilidad siguientes: Variación del nivel de disponibilidad de ±20%.

Variación de los costes de proyecto y construcción de ± 10% (sin considerar compensaciones).

Variación de los costes de operación y mantenimiento de ± 10% (sin considerar compensaciones)

Variación de retraso en terminación de las obras y puesta en servicio de disponibilidad de 6 meses y de 12 meses

(Otros ….)

Los resultados de estos análisis deberán ser claramente explicitados en una tabla de síntesis. En todos los casos el resultado de la sensibilidad a mostrar será el de las TIRes afectadas (considerando en su caso aumento de las inversiones de capital o recursos propios), y el RCSD, manteniendo constante el plazo de deuda. 9) Análisis de riesgos Este análisis de riesgos consistirá al menos en una matriz de riesgos, que permita verificar entre otros el grado de compromiso de los promotores con el proyecto en cuanto a asunción de riesgos y las medidas adoptadas para eliminar y mitigar los principales riesgos del proyecto, identificando las contrapartes en todos los casos. Una sección específica en relación a enfoque de riesgo de integración de los distintas obras de los distintos subsistemas. Información con respecto al programa de seguros previsto. 10) Argumentación del grado de avance y certeza en cuanto a cierre de la financiación Se realizará una justificación razonada del plazo esperado para el cierre de la financiación, detallando los instrumentos que se pretendan utilizar, así como también los instrumentos de cobertura de riesgo y su coste resultante, todo esto en referencia a la documentación relativa a la captación de recursos ajenos , que se aneja a la memoria explicativa

ANEXO Nº 16

RESUMEN DEL PLAN ECONÓMICO FINANCIERO

Borrador consolidado a 15 de junio de 2010

MADRID-1-466012-v12 ...

INVERSIONES ELECTRIFICACIÓN

Inversiones sin IVA (Miles euros de 31 de Diciembre de 2010)

Item 2011 2012 2013 2014 2015 Total % de A1Estudios y proyectos

Presupuesto de ejecución materialOtras inversiones 1

Otras Inversiones 2

Otras inversiones 3

Otras inversiones 4

Inversión Total (A1)

INVERSIONES SEÑALIZACIÓN

Inversiones sin IVA (Miles euros de 31 de Diciembre de 2010)

Item 2011 2012 2013 2014 2015 Total % de A2Estudios y proyectos

Presupuesto de ejecución material

Otras inversiones 1Otras Inversiones 2

Otras inversiones 3

Otras inversiones 4

Inversión Total (A2)

INVERSIONES TELECOMUNICACIONES FIJAS

Inversiones sin IVA (Miles euros de 31 de Diciembre de 2010)

Item 2011 2012 2013 2014 2015 Total % de A3Estudios y proyectosPresupuesto de ejecución material

Otras inversiones 1

Otras Inversiones 2

Otras inversiones 3Otras inversiones 4

Inversión Total (A3)

INVERSIONES TELECOMUNICACIONES MÓVILES

Inversiones sin IVA (Miles euros de 31 de Diciembre de 2010)

Item 2011 2012 2013 2014 2015 Total % de A4Estudios y proyectos

Presupuesto de ejecución materialOtras inversiones 1

Otras Inversiones 2

Otras inversiones 3

Otras inversiones 4

Inversión Total (A4)

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 231 - ...

TOTAL INVERSIONES

Inversiones sin IVA (Miles euros de 31 de Diciembre de 2010)

Sistema 2011 2012 2013 2014 2015 Total % de B

Electrif icación (A1)

Señalización (A2)

Comunicaciones Fijas (A3)

Comunicaciones Móviles (A4)

Inversión Total (B)

Desembolsos de Capital Social (Miles de € corrientes)

2011 2012 2013 2014 2015 Otros años Porcentaje Total

Socio Inversor PrivadoPorcentaje sobre total a desembolsar 100%

Socio Inversor Público (1)

Porcentaje sobre total a desembolsar 100%Total Desembolso de Capital Social

Porcentaje sobre total a desembolsar 100%

% Capital Social / Inversión Total (A)(1) Deberá ser igual a un 10% del total del capital social al finalizar el perído de construcción

Participación en el Capital Social comprometido por el Socio Inversor Privado

Miles Euros % '(3) Miles Euros % '(4)

1) Recursos propios de la entidad que aporta parte del capital en el último ejercicio contable.

2) Capital social que desembolsa la entidad correspondiente en la SPE

3) Porcentaje de recursos propios sobre el patrimonio neto.

4) Porcentaje que aporta cada entidad sobre el total de capital social a aportar por el socio inversor privado.

Aportaciones a la Sociedad de Propósito Específico

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Entidad

Características de la entidad aportante

Recursos Propios (1) Capital Social (2)

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 232 - ...

Disposiciones de Deuda (Miles de € corrientes)

2011 2012 2013 2014 2015 Otros años Total

Deuda Senior Largo Plazo

Otras Deudas 1

Otras Deudas 2

Total Disposciones

Fuentes de Financiación (Miles de € corrientes)

2011 2012 2013 2014 2015 Otros años Porcentaje Total

Capital Social

Deuda Senior LP

Otras Deudas

Aportaciones ADIF (2)

Total 100% (1)

(1) Este importe debe coincidir con el de Inversión Total (A)

(2) El importe de aportaciones de ADIF en cosntrucción deberá ser como Máximo el 40% de la Inversión Total (A)

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 233 - ...

INGRESOS DE LA SPE (Miles de € corrientes)

Año

Pago por Disponibilidad Total (PPD) previsto (sin

IVA)

Componente Fijo del PPD

Componente Variable del PPD

Porcentaje cumplimiento de

PPD previsto

VAN de los pagos de ADIF durante

Operación/Mantenimiento (5)

2013201420152016201720182019202020212022202320242025202620272028202920302031203220332034203520362037203820392040

* Todos los importes de esta tabla están expresados en Euros corrientes considerando una actualización según lo establecido en la clausula XXX del PCAP

(5) Tasa de descuento 5%

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 234 - ...

Año Gastos de

Mantenimiento Ordinario

Otros Gastos 1 Otros Gastos 2Total Gastos en

miles € corrientes

Total Gastos en miles €

constantes**Año

Gastos de Mantenimiento

OrdinarioOtros Gastos 1 Otros Gastos 2

Total Gastos en miles €

corrientes

Total Gastos en miles €

constantes**2013 20132014 20142015 20152016 20162017 20172018 20182019 20192020 20202021 20212022 20222023 20232024 20242025 20252026 20262027 20272028 20282029 20292030 20302031 20312032 20322033 20332034 20342035 20352036 20362037 20372038 20382039 20392040 2040

** Flujos corrientes descontados de acuerdo a una tasa de inf lación XX% considerada en la elaboración de su Plan Económico Financiero ** Flujos corrientes descontados de acuerdo a una tasa de inf lación XX% considerada en la elaboración de su Plan Económico Financiero

(1) Total de gastos durante la fase de explotación, sin considerar gastos f inancieros ni impuestos (1) Total de gastos durante la fase de explotación, sin considerar gastos f inancieros ni impuestos

GASTOS DURANTE FASE DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO (1) - SEÑALIZACIÓNGASTOS DURANTE FASE DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO (1) - ELECTRIFICACIÓN

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 235 - ...

Año Gastos de

Mantenimiento Ordinario

Otros Gastos 1 Otros Gastos 2Total Gastos en

miles € corrientes

Total Gastos en miles €

constantes**Año

Gastos de Mantenimiento

OrdinarioOtros Gastos 1 Otros Gastos 2

Total Gastos en miles €

corrientes

Total Gastos en miles €

constantes**2013 20132014 20142015 20152016 20162017 20172018 20182019 20192020 20202021 20212022 20222023 20232024 20242025 20252026 20262027 20272028 20282029 20292030 20302031 20312032 20322033 20332034 20342035 20352036 20362037 20372038 20382039 20392040 2040

** Flujos corrientes descontados de acuerdo a una tasa de inflación XX% considerada en la elaboración de su Plan Económico Financiero ** Flujos corrientes descontados de acuerdo a una tasa de inflación XX% considerada en la elaboración de su Plan Económico Financiero

(1) Total de gastos durante la fase de explotación, sin considerar gastos f inancieros ni impuestos (1) Total de gastos durante la fase de explotación, sin considerar gastos f inancieros ni impuestos

GASTOS DURANTE FASE DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO (1) - COM. FIJAS GASTOS DURANTE FASE DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO (1) - COM. MOVILES

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 236 - ...

Año Electrificación Señalización Com. Fijas Com. Móviles Total Gastos en 2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

2028

2029

2030

2031

2032

2033

2034

2035

2036

2037

2038

2039

2040

GASTOS DURANTE FASE DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO - Miles de Euros Corrientes

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 237 - ...

1) Porcentaje mínimo de Capital desembolsado / Inversión Total, que no deberá ser menor al 15%

2) No se tendrán en cuenta los impuestos.

3) Tasa de descuento que haga cero el VAN de las aportaciones de capital, los dividendos,las amortizacione de capital y comisión de gestión del socio inversor privado

4) Tasa de descuento que haga cero el VAN de las aportaciones de capital , los dividendos y las amortizaciones de capital para el socio inversor público

Importe (1) Interés Base Fijo o Variable (2) margen Comisión

Apertura (3)Otras comisiones

(3)Periodo de carencia (4) Plazo de deuda (4) RCSD (5)

Crédito IVA

Deuda Senior 1

Deuda Senior 2

Otra Deuda 1

Otra deuda 2

Total

1) estimacion del valor total de las disposiciones

2) Indicar si el tipo de referencia es f ijo,variable u otro, y en el caso de f ijo en que porcentaje.

3) Magnitudes que deben expresarse en puntos básicos.

4) Expresado en años.

5) Ratio de cobertura del servicio de la deuda medio exigido en oferta de f inanciación

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

Tasa Interna de Retorno (TIR) del proyecto puro antes de im

Características Financieras de la oferta

RENTABILIDADES

Tasa Interna de Retorno (TIR) del Socio Inversor Privado (3

Tasa Interna de Retorno (TIR) del Socio Inversor Público (4

Tasa Interna de Retorno (TIR) del proyecto puro después d

Ratio de capitalización establecido por la oferta (1)

Explicar brevemente el grado de compromiso a asumir por las entidades financieras y algunas otras características específicas de la financiación ajena

CONDICIONES DE FINANCIACIÓN AJENA

Valor Actual Neto (5) del proyecto puro (2) descontado a un

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 238 - ...

Año Dotación Rserva Reserva acumulada Aplicación reserva

2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

2028

2029

2030

2031

2032

2033

2034

2035

2036

2037

2038

2039

2040

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

RESERVAS Y PLAN DE INVERSIONES EN RENOVACIÓN Y MANTENIMIENTO EXTRAORDINARIO ELECTRIFICACIÓN

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MADRID-1-466012-v12 - 239 - ...

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

AñoCash Fow antes del servicio de la deuda

(miles de euros)

Saldo vivo de las deudas senior (miles

de euros)

Servicio deuda principal + intereses

(miles de euros)2010201120122013201420152016201720182019202020212022202320242025202620272028202920302031203220332034203520362037203820392040

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

PROGRAMA DE LA DEUDA A LARGO PLAZO

Borrador consolidado a 27 de julio de 2010

MADRID-1-466012-v12 - 240 - ...

Año € corrientes € constantes (*) Año € corrientes € constantes (*)2013 20132014 20142015 20152016 20162017 20172018 20182019 20192020 20202021 20212022 20222023 20232024 20242025 20252026 20262027 20272028 20282029 20292030 20302031 20312032 20322033 20332034 20342035 20352036 20362037 20372038 20382039 20392040 2040

** Flujos corrientes descontados de acuerdo a una tasa de inf lación XX% considerada en la elaboración de su Plan Económico Financiero

Impuesto de Sociedades

RESUMEN DEL PLAN ECONOMICO FINANCIERO DEL LICITADOR

NOMBRE DE LA EMPRESA LICITADORA

DIVIDENDOS

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ANEXO Nº 17

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

REFERENCIA: D./Dña.[representante legal de la empresa] con domicilio profesional en [ ] y DNI. [ ], en su condición de [cargo] de [nombre de la empresa], conforme acredito mediante Escritura de poder otorgada ante el Notario de [ ] D./Dña.[ ] inscrita bajo el nº de su protocolo: EMPRESA OFERENTE: N.I.F.: DIRECCIÓN: PROVINCIA: TELÉFONO: FAX: HACE CONSTAR que conoce y acepta los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas del “Contrato [ ]” y que se compromete a la ejecución del contrato de acuerdo con la siguiente oferta económica: I. CIFRA DE PAGO MÁXIMO POR DISPONIBILIDAD (PMPD): (importe en Euros del 31 de diciembre de 20[ ], sin incluir IVA). Esta cifra no podrá ser superior a XXX Millones. II. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA: (importe en Euros del 31 de diciembre de 20[ ], sin incluir IVA). Esta cifra no podrá ser superior a XXX Millones ni menor a XXX millones. III. VAN de los potenciales pagos a realizar por ADIF según el contrato (a calcular según descrito en la cláusula 21, apartado 2.1.) Año Pago por

Disponibilidad Máximo devengable anual SIN IVA actualizado en su componente variable según inflación de 2,25%6

(a) Valor actual neto de cada PPD máximo anual actualizado, descontado a la tasa de 6%

(b) 40% del Presupuesto de Ejecución por Contrata SIN IVA

(a + b)

2011 0 2012 2013 (…) Totales VOfEc (a tener en

cuenta en la valoración de las

6 Deberá coincidir en año 1 de operación con el PPD ofertado en el apartado I y ser coherente con la cifra de PPD

proyectado en PEF teniendo en consideración la deducción o ajuste que en su caso se haya previsto por el licitador y la fecha prevista de entrada en servicio por el oferente

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ofertas según previsto en la Cláusula xxxx)

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ANEXO Nº 18

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE REDACCION DE PROYECTO, EJECUCION DE OBRAS Y REALIZACION DE MANTENIMIENTO PARA INSTALACIONES DE ENERGIA, SEÑALIZACIÓN, TELECOMUNICACIONES MÓVILES GSM-R, TELECOMUNICACIONES FIJAS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE RED DE ALTA VELOCIDAD

1. OBJETO

El objeto del presente documento es recoger los criterios de valoración de las ofertas técnicas para el contrato de redacción de proyecto, ejecución de las obras y realización del mantenimiento para las instalaciones de energía, señalización, telecomunicaciones móviles GSM-R, telecomunicaciones fijas y protección civil y seguridad de la red de alta velocidad. La oferta técnica se valorará con un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: • Fase de Estudios y Proyectos. Puntuación máxima de 9 puntos repartida como sigue:

o Subsistema de Energía. Ponderación: 3 o Subsistema de Señalización. Ponderación:3 o Subsistema Telecomunicaciones Fijas, Protección Civil y Seguridad. Ponderación: 1,5 o Subsistema Telecomunicaciones Móviles GSM-R. Ponderación: 1,5

• Fase de Obra. Puntuación máxima de 41 puntos repartida como sigue: o Subsistema de Energía. Ponderación: 12 o Subsistema de Señalización. Ponderación: 12 o Subsistema Telecomunicaciones Fijas, Protección Civil y Seguridad. Ponderación: 6 o Subsistema Telecomunicaciones Móviles GSM-R. Ponderación: 6 o Instalaciones (sistema global): 5

• Fase de Mantenimiento. Puntuación máxima de 50 puntos repartida como sigue: o Subsistema de Energía. Ponderación: 12,5. o Subsistema de Señalización. Ponderación 12,5. o Subsistema Telecomunicaciones Fijas, Protección Civil y Seguridad. Ponderación: 6,25 o Subsistema Telecomunicaciones Móviles GSM-R. Ponderación: 6,25 o Instalaciones (sistema global): 12,5

3. CARPETA 2. FASE DE ESTUDIOS Y PROYECTOS

Para la documentación presentada para cada uno de los subsistemas, se analizará el contenido, calidad técnica y solidez del desarrollo técnico de cada uno de los siguientes apartados, pudiendo calificarse cada uno de ellos hasta la puntuación máxima que se indica y obteniéndose la puntuación de este apartado según la fórmula incluida al final del mismo: • Organigrama funcional propuesto para la fase de estudios y proyectos. Se valorará la coherencia y funcionalidad del organigrama presentado, así como la completa descripción de las responsabilidades y la acreditación de la experiencia de las personas que ocupen los puestos de mayor relevancia.

Puntuación máxima (P1) = 10

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• Relación de medios materiales a adscribir durante la fase estudios y proyectos. Se valorará la idoneidad de las instalaciones, equipos y materiales que el licitador proponga para la ejecución de los trabajos.

Puntuación máxima (P2) = 10 • Memoria Técnica sobre los trabajos a realizar para cada subsistema

Se valorará el contenido y desarrollo de los trabajos, su coherencia, el buen conocimiento que denoten de la problemática a resolver y, en su caso, el terreno donde será ejecutada la obra, y de cualquier otro condicionante externo. Puntuación máxima (P3) = 10

• Metodología y Programa de trabajos Se valorará el contenido y grado de detalle del programa de trabajos propuesto por el licitador, valorando en su caso la garantía del cumplimiento de los plazos parciales y totales marcados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente contrato.

Puntuación máxima (P4) = 10 • Hitos y Planning de entrega de documentación Se valorará el grado de detalle y la coherencia del calendario propuesto por el licitador para la emisión de documentación durante la fase de estudios y proyectos del contrato.

Puntuación máxima (P5) = 10 • Tecnología: Política de I+D+i de la empresa, tecnologías a emplear, etc. Se valorarán los proyectos de I+D+i de la empresa relativos a tecnologías que vayan a ser aplicadas en la ejecución de los trabajos, y cuya justificación pueda ser aportada. Dicha justificación podrá realizarse mediante la acreditación de los proyectos de I+D+i de la empresa relativos a tecnologías que vayan a ser aplicadas, según la serie de normas UNE 166000.

Puntuación máxima (P6) = 10 • Sistemas de control de calidad a emplear, prevención de riesgos laborales y actuaciones

ambientales Se valorarán los controles de calidad que el licitador proponga realizar durante la ejecución de los trabajos, así como los sistemas de prevención de riesgos laborales para los trabajos y las actuaciones ambientales.

Puntuación máxima (P7) = 10 La valoración de la parte de estudios y proyectos por subsistema se recoge a continuación:

15213422 7654321 PPPPPPP

PENERGÍA++++++

=

143323 7654321 PPPPPPP

P ÓNSEÑALIZACI++++++

=

16332322 7654321

.PPPPPPP

P FIJASCACIONESTELECOMUNI++++++

=

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 245 -

16332322 7654321

.PPPPPPP

P MÓVILESCACIONESTELECOMUNI++++++

=

105,15,133 .. MÓVILESCACIONESTELECOMUNIFIJASCACIONESTELECOMUNIÓNSEÑALIZACIENERGÍA

ROYECTOSESTUDIOSYPPPPP

P+++

=

4. CARPETA 3. FASE DE OBRA

Para la documentación presentada para cada uno de los subsistemas, se analizará el contenido, calidad técnica y solidez del desarrollo técnico de cada uno de los siguientes apartados, pudiendo calificarse cada uno de ellos hasta la puntuación máxima que se indica y obteniéndose la puntuación de este apartado según la fórmula incluida al final del mismo: • Anteproyectos de las instalaciones de cada uno de los subsistemas: Se valorará el grado de detalle y la coherencia de lo recogido en el Anteproyecto por el licitador, la incorporación completa de todos los documentos que componen el Anteproyecto, la completa descripción del diseño de cada uno de los subsistemas, así como la correcta identificación de los componentes que forman parte de los mismos.

Puntuación máxima (O1) = 10 o Memoria descriptiva de la tecnología y/o sistemas constructivos a emplear, en la que se

justificará que se cumplen todas las exigencias del Pliego de Condiciones Técnicas.

Se valorará el conocimiento de la obra a ejecutar, la descripción global de la obra, la correcta descripción de los procesos y actividades a realizar, la coherencia de los medios asignados para el desarrollo de los trabajos, el conocimiento del terreno en el que se ejecutará la obra, el análisis correcto de los condicionantes externos que pueden influir en el desarrollo de la obra, el estudio de necesites de acopias de materiales y de instalaciones auxiliares para los equipos principales y secundarios, así como la coherencia entre la memoria y el programa de trabajos.

o Descripción de los componentes tecnológicos a emplear para cada subsistema. Se valorará el contenido, grado de detalle y coherencia de los componentes tecnológicos que el licitador proponga instalar para cada uno de los subsistemas:

o Prescripciones técnicas que cumplirán los materiales y equipos propuestos.

Se valorarán el completo desarrollo de las prescripciones técnicas que deberán cumplir los materiales y equipos principales que se instalarán, la inclusión de los certificados de homologación en vigor y/o aceptación por ADIF de los mismos, así como los certificados de compromiso entre la empresa licitadora y el suministrador en el caso de que el licitador no disponga de tecnología propia.

o Planos necesarios para ilustrar la descripción de la tecnología y ejecución de la obra descrita en

la memoria, que permitan constatar el cumplimiento del Pliego y las mediciones necesarias. Se valorará que los planos incluidos sean los necesarios para describir gráficamente las obras.

o Descripción de unidades medibles y valorables que componen la obra y que deberán incluir

todas las actividades necesarias, totalmente terminadas para la completa ejecución de la misma.

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Se valorará la correcta y completa identificación de las unidades de obra que componen la obra a ejecutar.

o Estudio previo de la necesidad de expropiaciones.

Se valorará la precisión de la relación de bienes y derechos que se pudieran ver afectados para el desarrollo de la obra, así como la correcta identificación de las distintas afecciones (expropiación de terreno, servidumbre de vuelo, servidumbre subterránea, etc.).

o Medición de las unidades necesarias para la valoración y ejecución de la obra.

Se valorará la correcta y completa identificación de las unidades de obra y su medición para la ejecución de la obra.

o Plan de formación del personal de explotación y mantenimiento de Adif previo a la puesta en

servicio comercial de la línea.

Se valorará el plan de formación propuesto para la correcta formación del personal de mantenimiento, los recursos formativos utilizados y el plan de evaluación.

o Plan de Autocontrol de Calidad

Se valorará la estructuración y el grado de desarrollo del Plan de Autocontrol de Calidad, la correcta identificación y definición de las unidades sometidas a control de calidad, la correcta identificación de las inspecciones que se van a llevar a cabo en las diferentes unidades de obra, la frecuencia de realización de las mismas y los criterios de aceptación y rechazo, la correcta identificación de la normativa técnica que es de aplicación así como la organización, instalaciones y equipos propuestos para el control de calidad de la obra.

o Estudio de Seguridad y Salud

Se valorará la inclusión de todos los documentos que deben componer el estudio de seguridad y salud de acuerdo con el artículo 5.2. del Real Decreto 1627/1997, así como el cumplimiento de la instrucción establecida para la redacción de estudios de seguridad y salud de la Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad de Adif. En especial, se valorará que la memoria y los planos, contemplen de forma específica, para los diferentes trabajos a realizar la definición de los riesgos y las medidas de protección a considerar. Así mismo, se valorará la inclusión de planos específicos de planta donde se localicen dichos riesgos y medidas de protección, y el detalle de la información necesaria sobre instalaciones hospitalarias, teléfonos de emergencia y vías de evacuación.

o Programa de Actuaciones Medioambientales

Se valorará que el Anejo de Integración Ambiental sea acorde a la normativa medioambiental vigente, concretamente en lo recogido en la el Real Decreto Legislativo 1/2008 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, Ley 4/89 de Conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, Ley 62/2003 de medidas fiscales, administrativas y del orden social, Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, la Ley 27/2006 por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición; y en la legislación medioambiental autonómica aplicable, así como el cumplimiento de las prescripciones que establezcan las correspondientes Declaraciones de Impacto Ambiental y cualquier otro documento que el ADIF suscriba. Se valorará así mismo, el cumplimiento de la Instrucción para la redacción de anejos de integración ambiental establecida en la Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad de Adif.

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Se valorará que los impactos ambientales queden completamente identificados y valorados, estableciendo las medidas correctoras y preventivas necesarias para minimizar las repercusiones al medio ambiente, así como un correcto desarrollo y aplicación del procedimiento PG-22 en la obra.

• Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra. Se valorará la coherencia y funcionalidad del organigrama presentado, así la completa descripción de las responsabilidades, la acreditación de la experiencia de las personas que ocupen los puestos de mayor relevancia.

Puntuación máxima (O2) = 10

• Plan de realización de las obras. Se valorará el grado de detalle y la coherencia de los planes y procedimientos de trabajo para la realización de la obra de cada uno de los subsistemas, así como la correcta identificación de las operaciones y tareas.

Puntuación máxima (O3) = 10 • Relación de medios materiales (equipos, maquinaria, etc.) a adscribir durante la fase de ejecución

de la obra. Se valorará la idoneidad de las instalaciones, equipos, maquinaria y otros materiales que el licitador proponga para la realización de las obras de los distintos subsistemas, así como los recursos materiales específicos como laboratorios de diseño y pruebas, vehículos para pruebas de ERTMS, etc.

Puntuación máxima (O4) = 10 • Relación de plazos, totales parciales, programación de las obras. Se valorará el contenido y grado de detalle del programa de trabajos propuesto por el licitador, valorando en su caso la garantía del cumplimiento de los plazos parciales y totales marcados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente contrato.

Puntuación máxima (O5) = 10

• Plan de aseguramiento de materiales, suministro y repuestos. Se valorará el plan propuesto por el licitador para garantizar el suministro de materiales y equipos a instalar, el control de compras, recepción, catalogación, almacenamiento y pedidos; el registro informatizado de inventario de materiales y repuestos que se proponga, así como la organización de almacenes y gestión de stocks.

Puntuación máxima (O6) = 10 • Plan de Pruebas y puesta en servicio de cada subsistema. Se valorará el grado de detalle y la coherencia de los planes y protocolos de pruebas para la puesta en servicio de cada uno de los subsistemas.

Puntuación máxima (O7) = 10 • Suministros. Se valorará el programa de suministro de los equipos ofertados.

Puntuación máxima (O8) = 10 • Roadmap.

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Se valorará el grado de detalle de descripción de las distintas versiones hardware y software durante la vida del sistema, así como su compatibilidad con el equipamiento existente en la red de ADIF, interoperabilidad con otros suministradores, tiempo de soporte de versiones, etc.

Puntuación máxima (O9) = 10 La valoración de la parte de obra por subsistema se recoge a continuación:

203237 987654321 OOOOOOOOO

OENERGÍA

++++++++=

402535343510 987654321 OOOOOOOOO

O ÓNSEÑALIZACI

++++++++=

2222323225 987654321

.OOOOOOOOO

O FIJASCACIONESTELECOMUNI++++++++

=

2222323225 987654321

.

OOOOOOOOOO MÓVILESCACIONESTELECOMUNI

++++++++=

Para la documentación presentada para la globalidad de las instalaciones, se analizará el contenido, calidad técnica y solidez del desarrollo técnico de cada uno de los siguientes apartados, pudiendo calificarse cada uno de ellos hasta la puntuación máxima que se indica y obteniéndose la puntuación de este apartado según la fórmula incluida al final del mismo: • Organigrama funcional propuesto para la fase de ejecución de la obra, indicando funciones.

Dedicación para el presente contrato. Se adjuntarán los perfiles profesionales (curriculum vitae) Se valorará la coherencia y funcionalidad del organigrama presentado, así la completa descripción de las responsabilidades y la acreditación de la experiencia de las personas que ocupen los puestos de mayor relevancia.

Puntuación máxima (O11) = 10 • Plan de realización de las obras, donde se recojan todas las interferencias, secuencias de

actividades, hitos críticos, etc. entre subsistemas. Se valorará el contenido y grado de detalle del programa de trabajos propuesto por el licitador, valorando en su caso la garantía del cumplimiento de los plazos parciales y totales marcados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente contrato. Así mismo, se valorará el grado de detalle y la coherencia de los planes y procedimientos e trabajo para la realización de las obras, teniendo en cuenta la planificación tanto territorial como temporal, así como la correcta identificaciones de las operaciones y tareas, la descripción de equipos humanos y materiales adscritos a cada una de las actividades, justificación de rendimientos medios previsto, diagramas de Gantt y detalle, listado de actividades, red de precedencias múltiples entre actividades, duración estimada de cada actividad, holguras y diagramas espacio-tiempo. Puntuación máxima (O12) = 10

• Documento que recoja y resuelva de forma global las interfaces entre subsistemas. Indicar dónde

queda recogida cada actuación en los correspondientes anteproyectos (tanto con los suministrados

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 249 -

en el contrato como con los existentes en la red de ADIF (interoperabilidad entre fabricantes y sistemas).

Se valorará el grado de detalle y la coherencia de lo recogido en dicho documento, así como la correcta identificación de las interfaces para cada uno de los subsistemas y para las redes e instalaciones externas con las que fuera necesario integrarse. Así mismo, se valorará la previsión de soluciones provisionales para la prueba o puesta en servicio del sistema GSM-R y de cualquier subsistema ante retrasos en la ejecución de alguno de los subsistemas. Puntuación máxima (O13) = 10

• Plan de Pruebas y puesta en servicio global, indicando la secuencia de ejecución, dependencias

entre subsistemas, etc. Se valorará el grado de detalle y la coherencia de los planes y protocolos de pruebas para la puesta en servicio del conjunto global. Puntuación máxima (O14) = 10

• Plan de aseguramiento de la calidad. Se valorará la correcta identificación de las medidas que se propone controlar y garantizar, los procesos de control de las distintas especialidades / técnicas así como la metodología propuesta para el aseguramiento de la calidad durante la obra.

Puntuación máxima (O15) = 10 La valoración de la parte global se recoge a continuación:

112332 1413131211 OOOOO

OGLOBAL++++

=

La valoración de la parte de obra se recoge a continuación:

106612125 .. MÓVILESCACIONESTELECOMUNIFIJASCACIONESTELECOMUNIÓNSEÑALIZACIENERGÍAGLOBAL

OBRAOOOOO

O++++

=

4. CARPETA 4. FASE DE MANTENIMIENTO

Para la documentación presentada para cada uno de los subsistemas, se analizará el contenido, calidad técnica y solidez del desarrollo técnico de cada uno de los siguientes apartados, pudiendo calificarse cada uno de ellos hasta la puntuación máxima que se indica y obteniéndose la puntuación de este apartado según la fórmula incluida al final del mismo: • Relación de Equipos y Maquinaria y programa de calibración de equipos a adscribir durante la

realización del mantenimiento. Se valorará la idoneidad de las instalaciones, equipos, maquinaria y otros materiales que el licitador proponga para la realización de las labores de mantenimiento de los distintos subsistemas, así como programa de calibración propuesto para los equipos que así lo requieran.

Puntuación máxima (M1) = 10 • Planes de mantenimiento

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Se valorará el grado de detalle y la coherencia de los planes de mantenimiento propuestos por el licitador para cada uno de los subsistemas, la correcta identificación de las operaciones de mantenimiento, las frecuencias de su realización, el sistema de gestión de mantenimiento utilizado (GMAO), el estudio de las RAMS y el plan de aseguramiento de materiales de repuesto durante la vigencia del contrato

Puntuación máxima (M2) = 10 • Índices de calidad y disponibilidad. Se valorarán las mejoras respecto a los índices de

Puntuación máxima (M3) = 10 • Plan de aseguramiento de materiales, suministros y repuestos. Se valorará el plan propuesto por el licitador para garantizar el suministro de materiales y equipos, el control de compras, recepción, catalogación, almacenamiento y pedidos; el registro informatizado de inventario de materiales y repuestos que se proponga, así como la organización de almacenes y gestión de stocks.

Puntuación máxima (M4) = 10 • Programa de renovaciones. Se valorará el programa propuesto por el licitador para garantizar que se realizan las renovaciones necesarias durante el periodo de mantenimiento para que al final del periodo contratado todos los subsistemas deberán tener un remanente de vida útil de al menos cinco (5) años.

Puntuación máxima (M5) = 10 • Soportes tecnológicos contratados. Se valorará la aportación de soporte tecnológico de las instalaciones que no sean propietarias.

Puntuación máxima (M6) = 10 • Tecnología I + D + i aplicada al mantenimiento: Mantenimiento basado en la fiabilidad de los

equipos. Se valorarán los proyectos de I+D+i de la empresa relativos a tecnologías que vayan a ser aplicadas en la ejecución de los trabajos, y cuya justificación pueda ser aportada. Dicha justificación podrá realizarse mediante la acreditación de los proyectos de I+D+i de la empresa relativos a tecnologías que vayan a ser aplicadas, según la serie de normas UNE 166000.

Puntuación máxima (M7) = 10

182122362 7654321 MMMMMMM

M ENERGÍA

++++++=

182122362 7654321 MMMMMMM

M ÓNSEÑALIZACI

++++++=

182122362 7654321

.MMMMMMM

M FIJASCACIONESTELECOMUNI++++++

=

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA Dirección Ejecutiva de Red de Alta Velocidad - 251 -

182122362 7654321

.

MMMMMMMM MÓVILESCACIONESTELECOMUNI

++++++=

Para la documentación presentada para la globalidad de las instalaciones, se analizará el contenido, calidad técnica y solidez del desarrollo técnico de cada uno de los siguientes apartados, pudiendo calificarse cada uno de ellos hasta la puntuación máxima que se indica y obteniéndose la puntuación de este apartado según la fórmula incluida al final del mismo:

• Organigrama funcional propuesto para la fase de realización del mantenimiento Se valorará la coherencia y funcionalidad del organigrama presentado, así la completa descripción de las responsabilidades y la acreditación de la experiencia de las personas que ocupen los puestos de mayor relevancia.

Puntuación máxima (M8) = 10

• Centros de mantenimiento. Se valorará la coherencia en número y ubicación de los centros de mantenimiento propuestos por el licitador para la realización de los trabajos de mantenimiento.

Puntuación máxima (M8) = 10 • Plan de formación. Se valorará el plan de formación propuesto para la correcta formación del personal de mantenimiento, los recursos formativos utilizados y el plan de evaluación..

Puntuación máxima (M10) = 10

• Plan de prevención de riesgos laborales. Se valorará la adecuación del plan de Prevención de riesgos laborales al mantenimiento a realizar. Puntuación máxima (M11) = 10

• Plan de Actuaciones Medioambientales

Se valorará la forma en que el mantenedor propone aplicar el Plan de Actuaciones Medioambientales recogido en la norma UNE ENE ISO 14001 al mantenimiento de las instalaciones. Puntuación máxima (M12) = 10

1632326 12111098 MMMMM

M GLOBAL++++

=

1025,625,65,125,125,12 .. MÓVILESCACIONESTELECOMUNIFIJASCACIONESTELECOMUNIÓNSEÑALIZACIENERGÍAGLOBAL

OBRAMMMMM

M++++

=

Siendo la fórmula para la valoración de la oferta técnica la siguiente:

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NTOMANTENIMIEOBRAESTUDIOSTÉCNICA MOPP ++=

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ANEXO Nº 19

PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE LOS SUBSISTEMAS, PREVIO A LA PUESTA EN SERVICIO

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ÍNDICE 1 Objeto ........................................................................................................................................................... 255

2 Procedimiento .............................................................................................................................................. 255

2.1 Verificación de los Subsistemas .............................................................................................. 255 2.2 Validación de los Subsistemas ................................................................................................. 255

3 Responsabilidades del Adjudicatario para la Puesta en Servicio ............................................................... 255

4 Indicadores de Calidad que se evaluarán .................................................................................................... 255

4.1 Línea aérea de contacto ............................................................................................................ 255 4.1.1 REVISIÓN DE LA INSTALACIÓN ............................................................................................. 256 4.1.2 PRUEBAS PARA LA ENERGIZACIÓN ...................................................................................... 256

4.2 Subestaciones y Centros de Autotransformación .................................................................... 257 4.2.1 INSPECCIÓN VISUAL DE LA SUBESTACIÓN ........................................................................ 257

4.3 Telemando de Energía .............................................................................................................. 265 4.3.1 SUBESTACIONES ELÉCTRICAS DE TRACCIÓN ................................................................... 265 4.3.2 CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN FINALES (ATF’S) .............................................. 266 4.3.3 CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN INTERMEDIOS (ATI’S) .................................... 266 4.3.4 SECCIONADORES Y DETECTORES DE TENSIÓN DE LA LINEA AEREA DE CONTACTO 267 4.3.5 ACOMETIDAS DE ENERGÍA DESDE LA LÍNEA AEREA DE CONTACTO ........................ 269 4.3.6 PRUEBAS SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO .............................................................. 274

Borrador consolidado a 15 de junio de 2010

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Objeto

El objeto del presente anexo es el establecimiento del procedimiento de verificación de los subsistemas que ha de realizarse para proceder a la validación, previa a la puesta en servicio, de las obras ejecutadas. Al efecto se procederá a determinar para la obra ejecutada, de acuerdo con los protocolos de validación de los subsistemas, el cumplimiento de los requisitos técnicos, funcionales y de calidad prescritos en el Pliego técnico y desarrollados en los correspondientes proyectos constructivos. Los resultados de las pruebas y mediciones recogidas en los correspondientes protocolos de validación determinarán si los subsistemas están en condiciones de ser puestos en servicio con total garantía en tiempo y forma, con reservas o si deben realizarse una serie de actuaciones correctivas con carácter previo a la puesta en servicio, pudiendo conllevar las correspondientes penalizaciones.

Procedimiento

Verificación de los Subsistemas

Al menos tres meses antes de la fecha prevista de Puesta en Servicio, el Adjudicatario deberá haber finalizado, probado y validado internamente los subsistemas objeto de contrato. El Adjudicatario comunicará a Adif que está en disposición de que se inicie el proceso de verificación y validación de los subsistemas. Tres meses antes de la fecha prevista de puesta en servicio, Adif procederá al análisis y valoración de los distintos subsistemas, de acuerdo con los protocolos de validación, con el objeto de poder determinar la aptitud de los mismos de cara a la puesta en explotación. Para ello, en primer lugar se requerirá el Proyecto “según construido” de cada uno de los Conjuntos funcionales que integran el sistema. A continuación se procederá a las medidas y análisis de los diferentes subsistemas según se recoge en el apartado 4 del presente documento, verificando que los parámetros de calidad exigidos se encuentran dentro de rango.

Validación de los Subsistemas

Una vez realizadas las tareas de verificación y, en caso de que los valores obtenidos superen lo exigido en los correspondientes protocolos de validación, Adif procederá a la validación provisional del Subsistema, entendiéndose tal, como la consideración de que los mismos cumplen con los requisitos mínimos de calidad para poder entrar en servicio. Esta validación es independiente y, por tanto no exime al adjudicatario, de proceder a las actuaciones necesarias que puedan haberse incluido en el listado de puntos pendientes y que no sean estrictamente necesarios para la puesta en servicio de la instalación. En el caso de que existan valores fuera de rango que indican posibles defectos y/o anomalías, el adjudicatario dispondrá de 15 días para la subsanación de los mismos, procediéndose en ese momento a una nueva verificación por parte de ADIF. Si siguieran subsistiendo, se procederá a actuar de acuerdo a lo indicado anteriormente, sin menoscabo de las penalizaciones que pudieran imponerse a partir de este momento y que quedan recogidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Responsabilidades del Adjudicatario para la Puesta en Servicio

El Adjudicatario es responsable y deberá realizar a su costa todas las actuaciones necesarias para la realización de los protocolos de validación, llevando a cabo las medidas de los diferentes parámetros de calidad de los subsistemas, y de desarrollar en su caso, las correcciones indicadas, así como realizar las nuevas mediciones de comprobación de las actuaciones correctivas realizadas. A continuación se enumeran las pruebas a realizar antes de la puesta en servicio de la Instalación. El listado de estas pruebas podrán incrementarse cuando por parte de la dirección de obra se estime necesario.

Indicadores de Calidad que se evaluarán

Línea aérea de contacto

Previo al inicio de la inspección para la puesta en servicio de la Instalación, será necesario la obtención del certificado de Interoperabilidad del Sistema de Línea Aérea de Contacto.

Borrador consolidado a 28 de junio de 2010

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REVISIÓN DE LA INSTALACIÓN

Se realizará una revisión completa de la instalación que se puede realizar en dos fases: • Revisión desde vehículo de vía (Auscultaciones Estática y Dinámica)

• Revisión ocular a pie

El objeto de estas revisiones es verificar la correcta funcionalidad de las partes de la instalación que hayan podido ser afectadas por elementos que formen partes de obras colindantes. Esta revisión puede realizarse sobre toda la instalación o sobre un muestreo de la misma. Los principales puntos a inspeccionar son:

• Comprobación geometría de la catenaria según diseño indicado en el pliego de prescripciones Técnicas particulares.

• Puentes y alimentaciones entre catenarias o entre catenaria y feeders o seccionadores

• Libre movimiento de elementos móviles tales como articulaciones, giros de ménsulas, etc

• Conexionados de feeders y seccionadores

• Fijación de ménsulas

• Montaje correcto de suspensiones y atirantado

La revisión con vehículo de vía incorporará además una toma de distancia de aislamiento (por cercanías de a obra civil, estructuras, paramentos, etc) y una toma de datos geométricos (alturas y descentramientos) que podrán llevarse a cabo mediante un sistema de auscultación estática. La revisión a pie se centrará entre otros en:

• Acabado de cimentaciones

• Fijación de postes

• Conexionado del circuito de protección y retorno

• Acabado de canalizaciones y arquetas

• Revisión de gálibos

• Revisión de seccionadores y otros elementos alojados en armarios

• Revisión de aparamenta

PRUEBAS PARA LA ENERGIZACIÓN

A este respecto deberán realizarse pruebas a los siguientes circuitos: Pruebas del circuito de alimentación. Deben realizarse conjuntamente con el personal de subestaciones. Son las siguientes:

Pruebas de seccionadores:

Se procederá a realizar un mínimo de tres maniobras de cierre o apertura de cada seccionador comprobando que por su montaje el recorrido de los distintos elementos es correcto y las conexiones son seguras y están debidamente apretadas. También se comprobará uno a uno los puntos de conexionado y que los bornes no están forzados debido a la rigidez de los conductores. Las pruebas se realizarán con / sin telemando. Se elaborarán listas de comprobación en la que se marcará cada seccionador con la identificación que aparezca en campo y en el puesto de mando, comprobando que es idéntica. Pruebas del circuito de catenaria y retorno:

Se trata de comprobar que todos los elementos instalados a lo largo de la traza o trayecto están eléctricamente conexionados y que el nivel de aislamiento es el correcto. Estas pruebas pueden realizarse en tres fases bien diferenciadas y también deberán estar coordinadas con las obras de instalación de las subestaciones. Dichas fases son:

Borrador consolidado a 28 de junio de 2010

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Ensayos en vacío. Pruebas de aislamiento:

En esta fase se dejarán interconectados todos los sectores o subsectores eléctricos entre sí, pero aislados del sistema de alimentación. Mediante un medidor de aislamiento (megómetro) con tensión de pruebas válido para los niveles de tensión de la instalación se realizará una medida de aislamiento que deberá dar como resultado circuito abierto. Como complemento a este ensayo y para comprobar que se ha probado toda la instalación, se realizarán las mismas pruebas pero cortocircuitando los extremos de la instalación. En este caso evidentemente el resultado será circuito cerrado o sin aislamiento Ensayos de continuidad.

Se verificará que todos los puentes de interconexión de seccionamientos, transiciones, seccionadores etc están correctamente instalados. Para ello se realizará una prueba de continuidad eléctrica empleando un circuito serie en baja tensión. Se tendrá en cuenta para esta prueba la longitud elevada o la posible inducción de otras instalaciones colindantes. Ensayos de cortocircuito.

Este ensayo permite verificar que las conexiones de continuidad están correctamente apretadas y que la instalación puede soportar sin problemas las condiciones de fallo para las que está prevista. La pruebas de cortocircuito de catenaria se utilizan para el calculo de impedancia, ello permite el tarado de las protecciones y verificación de la simulación eléctrica que sirve de base para el desarrollo del proyecto" Esta prueba deberá realizarse conjuntamente con el personal de subestaciones. Consiste básicamente en alimentar desde un extremo la instalación mediante una de las subestaciones y en el otro extremo provocar un cortocircuito con el auxilio de un seccionador de segundo uso, u otro elemento desechable que pueda soportar la intensidad de cortocircuito. Una vez realizadas las pruebas de cortocircuito, se procederá a una inspección visual de todas las conexiones de continuidad tanto en catenaria como en retorno, a fin de identificar posibles daños ocasionados por la prueba que pongan de manifiesto los puntos débiles de la instalación.

Ensayos de tensión de paso y contacto.

Este ensayo permite verificar que los potenciales de paso y contacto están dentro de los valores máximos admisibles por normativa. Se realizará en Estaciones y pasos superiores con circulación de personal Dichas mediciones de paso y contacto deberán ser efectuadas por un organismo de control homologado El ensayo se realizará en modo escalado por inyección de corriente y medidas directas en pavimento y elementos metálicos. Los valores obtenidos en el ensayo de cortocircuito permiten valorar la calidad de la puesta a tierra.

Alumbrado de Túneles

Se comprobará el nivel de iluminación (LUX) en cota cabeza de carril en base a diseño propuesto.

Subestaciones y Centros de Autotransformación

Deberá realizarse una revisión completa de la instalación verificando que cumple con el diseño indicado en el pliego de prescripciones Técnicas particulares.

INSPECCIÓN VISUAL DE LA SUBESTACIÓN

Previamente a la inspección visual deberán haberse entregado los siguientes informes:

Informe de análisis de ensayos de suelo

Informe de análisis de ensayos proctor

Informe de análisis de ensayos de hormigones

Informe de análisis de ensayos a las barras de acero empleadas en las armaduras

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Informes de recepción de los paneles prefabricados y del resto de los elementos estructurales del edificio de control.

CAMINO DE ACCESO Y EXPLANADA DE LA S/E.

Comprobar: Estado general de limpieza

Estado del firme

Estado cunetas y bordes

PARQUE DE ALTA

Comprobar: Limpieza General

Estructuras

Valla de cerramiento

Viales

Canalizaciones

Arquetas

INSPECCIÓN EXTERNA DEL EDIFICIO.

Comprobar: Aspecto general

Juntas de paneles

Pinturas

Aceras

Escaleras

Barandillas

Puertas

Bajantes

Luminarias

INSPECCIÓN INTERNA DEL EDIFICIO.

Comprobar: Limpieza general del edificio

Juntas de paneles

Pintura

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Suelo Técnico

Falso Techo

Puertas

Cuarto de aseo

INSPECCIÓN DE ARMARIOS, CELDAS Y CUADROS DEL INTERIOR DEL EDIFICIO.

Comprobar: Aspecto exterior

Aspecto interior

Pintura

Rótulos

Armarios

Celdas

Pulsadores

Baterías y Rectificadores

Repartidores de fibra óptica

OTROS EQUIPOS NECESARIOS EN LA SUBESTACIÓN.

Comprobar: Equipos de seguridad

Equipos primeros auxilios

Mobiliario

PRUEBAS Y VERIFICACIÓN DE INSTALACIONES DE LA SUBESTACIÓN.

INSTALACIÓN DE ALUMBRADO Y FUERZA.

Comprobar y verificar: Cuadro de baja tensión

Iluminación y fuerza interior del edificio

Iluminación emergencia interior

Cuadros SSAA 220 VCA y 125 CC

Iluminación exterior proyectores

Iluminación farolas exteriores

Tomas de corriente exteriores

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INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN Y VENTILACIÓN.

Comprobar y verificar: Armarios SSAA 220 VCA

Sistema de climatización

Sistema de ventilación

INSTALACIÓN DE DETECCIÓN DE INCENDIOS Y EXTINCIÓN MANUAL.

Comprobar y verificar: Armarios SSAA 220 VCA

Detectores termovelocimétricos

Detectores ópticos

Pulsadores de alarma

Campana alarma interior

Extintores CO2 y Polvo

Extintor Polvo polivalente con carro soporte y armario para intemperie de 25 Kg.

Central de detección de incendios

CARTELES INDICADORES

Comprobar que existen en: Puertas de evacuación

Extintores

Pulsadores de alarma

Campana de alarma

Comprobar luminiscencia

ARMARIO DE BARRA 0 DE RETORNO DE TIERRAS.

Comprobar estado exterior

Comprobar pletinas de cobre y aisladores

Comprobar puesta a tierra

Comprobar trafos de intensidad

Comprobar conexiones

Comprobar estanqueidad

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Comprobar resistencia de caldeo

CONTADORES DE ENERGÍA PARA MEDIDA FISCAL.

Comprobar y verificar estado de: Caseta de contadores

Equipos

Cuarto de aseo

Instalaciones exteriores (depósito agua, bomba, fosas)

MEDICIONES DE TENSIÓN DE PASO Y CONTACTO Y RESISTENCIA DE PUESTA A TIERRA.

Adjuntar la siguiente información:

Mediciones de las tensiones de paso y contacto y de la resistencia de puesta a tierra efectuadas.

VERIFICACIÓN DEL CABLEADO.

PROTOCOLO DE PRUEBAS DE TIMBRADO DE CABLES

Una vez recibido el protocolo de pruebas del cableado se realizará un muestreo para omprobar las siguientes verificaciones:

Se verificará que cumple las especificaciones del proyecto en cuanto a aislamiento, tensión nominal, sección, tipo de conductor, etc.

Se comprobará el embornado y ferrulado en ambos extremos de los cables.

Se realizará el timbrado del cableado para comprobar correcto conexionado del mismo.

Se realizará el megado para comprobar el aislamiento de la instalación es el exigible

Se adjuntará un listado del cableado con las comprobaciones realizadas.

REGULACIÓN DE PROTECCIONES DE LA SUBESTACIÓN.

De modo general, una vez realizadas las pruebas por parte de la empresa suministradora de las protecciones se exigirá la entrega de los protocolos de pruebas cumplimentados y firmados por la empresa y por el responsable de pruebas y puesta en servicio.

Se comprobarán los protocolos realizados sobre los relés abajo indicados firmados por el técnico responsable de la empresa suministradora de las protecciones y el técnico de la empresa contratista

RELE DE ENTRADA DE LÍNEA.

RELE DE PROTECCIÓN DIFERENCIAL DE TRANSFORMADOR

RELE PARA LA REGULACIÓN AUTOMÁTICA DEL REGULADOR EN CARGA DEL TRANSFORMADOR.

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RELE DE PROTECCIÓN DE MÁXIMA Y MÍNIMA TENSIÓN

RELE DE PROTECCION DE CATENARIA Y FEEDER. DISTANCIA FERROVIARIA

RELE DE PROTECCION DIFERENCIAL DE LÍNEA.

MANDO, ENCLAVAMIENTO Y CONTROL DE EQUIPOS.

A partir del manual de maniobras y enclavamientos de la subestación se debe verificar que el modo de funcionamiento es conforme al citado manual.

MANUAL DE MANIOBRAS Y ENCLAVAMIENTOS.

Niveles de Mando:

Mando Local

Puesto operación local (POL)

Unidad control subestación (UCS)

Puesto central de telemando

Equipos a mandar Acometida calle 1

Acometida calle 2

Trafo tracción 1

Trafo tracción 2

Acometida 55 KV 1

Acometida 55 KV 2

Salida catenaria 55 KV 1-2

Salida catenaria 55 KV 2-1

Salida catenaria 55 KV 2-2

Acoplamiento 55 KV

Seccionamiento 55 KV

Salida Trafo SSAA 1

Salida trafo SSAA 2

Pórtico salida catenaria-feeder

SSAA

PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE MANDO, ENCLAVAMIENTO Y CONTROL DE EQUIPOS CUMPLIMENTADOS.

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Se adjuntará un protocolo de Pruebas de mando, enclavamiento y control, firmado por el técnico responsable de pruebas y puesta en servicio dela empresa constructora y el responsable de pruebas de la Dirección de obra, de los siguientes equipos:

Interruptores de Línea

Seccionadores de Línea

Seccionadores de tierra de Línea

Cambiadores de toma en carga de Transformadores

Interruptores de llegada de Transformadores

Seccionadores de tierra de Transformadores

Seccionadores de llegada de Transformadores

Interruptor de acoplamiento

Seccionadores de tierra de acoplamiento

Seccionador de acoplamiento

Interruptores de salida a catenaria

Seccionador de tierra celda de salida

Seccionador celda de salida a catenaria

Seccionadores de pórtico

Seccionadores en carga de SSAA

Seccionadores de tierra SSAA

Interruptores BT SSAA

Interruptor BT esenciales PROTOCOLO PRUEBAS CONJUNTAS ADIF-REE.

Antes de la realización de la puesta en tensión conjunta de las subestaciones de REE y ADIF deberá haberse comprobado la correcta comunicación entre subestaciones.

INTERCAMBIO DE SEÑALES.

Previamente a la energización de cada subestación se comprobará que las señales intercambiadas entre ADIF y REE están correctamente cableadas o implementadas en el supuesto de que la trasmisión se realice a través de comunicaciones

LISTADO DE SEÑALES ADIF-REE.

Además de las indicadas a continuaciçón deberán comprobarse todas las que se consideren oportunas en su momento y debidamente consensuadas en fase inicial del proyecto.

Interruptores 220 o 400 KV Calles

Selector L/R interruptor Calles

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Defecto interruptor Calles

Seccionador Línea Calles

Disparo interruptor protecciónes

Interruptores 55 KV

Sistema protección TR

Temperatura imagen térmica

Buchholz TR

Actuación protecciones que permiten prueba inmediata y retardada TR

Actuación protecciones que no permiten prueba TR

Tensión lado 55 KV TR

Actuación/Reposición fallo interruptor calles

LISTADO DE SEÑALES REE-ADIF.

Seccionadores de Línea Barras; Calle

Interruptores calles

Seccionadores de línea calles

Actuación fallo interruptores calles

PRUEBAS DE PROTECCIONES CON CARGA.

Antes de la realización de las pruebas de protección en carga se provocarán cortocircuitos para simular el consumo, de tal forma que el tarado de protecciones y verificación de los angulos de intensidades quede comprobado antes del inicio de circulaciones contracción eléctrica". Para la realización de estas pruebas será necesaria la circulación de, al menos, una unidad de tracción eléctrica. Durante estas pruebas se verificarán las medidas correctas y sentidos de las intensidades. Se tomarán durante las mismas registros de osciloperturbografías en todas las protecciones de lla subestación, comprobando que las medidas llegan correctamente a las bobinas de los relés y por tanto asegurando el correcto funcionamiento de los mismos. También se comprobarán las medidas analógicas que llegan al sistema de control, bien a través de relés o de conversores. PRUEBAS DEL REENGANCHADOR.

Estas pruebas consisten en la comprobación del sistema automático de reenganche de interruptores que existen en las salidas de las Catenaria-feeder de la subestación. Los interruptores de 400KV o 220 KV así como el interruptor de llegada del transformador en las cabinas de 55 KV no cuentan con sistema de reenganche. El sistema de reenganche incluye operaciones sobre el relé de protección de catenaria y sobre el sistema de control distribuido del área de la subestación.

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Existen dos formas diferentes en la actuacióndel sistema de reenganche. El primero alimentando las vías separadas y el segundo con paralelos entre ellas. En caso de que las vías estén acopladas y se produzca una falta el sistema de reenganche realizará una reconexión de los interruptores que hayan sido abiertos sin realizar ninguna otra acción. En caso de que se vuelva a producir un disparo tras ese primer reenganche el sistema proceder a desacoplar las vías en los centros donde estén realizados los paralelos y trs ello vuelve a cerrar el interruptor de una vía y posteriormente el de otra. En caso de que tras el segundo reenganche se produzca otro disparo el sistema deja abierto el interruptor de la vía en que se produce la falta. Se deba adjuntar el protocolo de pruebas del reenganchador realizados firmado por los técnicos de la empresa suministradora de los equipos de control y protecciones y de la empresa contratista. PRUEBAS DE INTERCONEXIÓN DE LA SUBESTACIÓN Y TELEMANDO.

Se realizará un mapping completo entre ambas técnicas, se comprobará su activación en el POL del telemando de energía. Se punteará en el mapping de la subestación cada una de las señales indicándose el resultado de las pruebas. Se verificará que el software instalado en coincide con la ingeniería PRUEBAS DE COLATERALIDAD.

Esta pruebas sirven para comprobar la validez de los enclavamientos a través de los relés instalados en la subestación, que impiden acoplar entre sí tensiones procedentes de dos subestaciones distintas. Además se verifica durante las mismas que las tensiones de los transformadores colaterales no están en fase y la imposibilidad de acoplar tres subtramos consecutivos. También se comprueban los enclavamientos del sistema de control en el acoplamiento y las salidas de feeder del centro final entre las dos subestaciones colaterales que se prueben.

Telemando de Energía

Para la verificación del correcto funcionamiento de la Instalación del Telemando de Energía antes de su puesta en servicio, deberá realizarse la comprobación punto a punto de todo el listado de señales recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en la Especificación Técnica de Adif 03.559.501.8 “Protocolo de Comunicaciones entre Centros de Control y Remotas . Las pruebas que se describen en este apartado se basan en provocar desde campo una serie de señales y alarmas, y posteriormente comprobar que en el Puesto Local de Operación (PLO en adelante), de la instalación y en el Puesto Regional de Operación (PRO en adelante), se recibe el cambio o la alarma correctamente. Las señales y alarmas que habrá que forzar para probar íntegramente la instalación son:

SUBESTACIONES ELÉCTRICAS DE TRACCIÓN

Bloqueo interruptor por alarma SF6 Nivel-2

Conexión/desconexión del interruptor.

Comprobación abierto/cerrado del interruptor

Bloqueo Reenganchador

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Alarma por desconexión del Rele de sincronismo en cabina de feederes

Llave en posición de bloqueo

Conexión/Desconexión – Alimentación del Motor Puerta Subestación

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Farolas

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Proyectores

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Tomas de Corriente

Conexión/Desconexión – Calefacción Armarios Línea / Trafo / Feeder

Conexión/Desconexión – 125VCC Alumbrado de Emergencia Sala

Conexión/Desconexión – 125VCC Señalización Servicios Auxiliares

Desconexión de Alarma por máxima o mínima tensión en barras

Conexión/Desconexión – Aire Acondicionado Edificio

Alarma por Intrusismo del Edificio

CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN FINALES (ATF’S)

Alarma por desconexión del interruptor (nivel-2 del SF6)

Desconexión del interruptor (baja presión de SF6)

Comprobación del estado del interruptor

Bloqueo Seccionador por alarma SF6 Nivel-2

Conexión/Desconexión – Alimentación del Motor Puerta Subestación

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Farolas

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Proyectores

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Tomas de Corriente

Conexión/Desconexión – Calefacción Armarios Línea / Trafo / Feeder

Conexión/Desconexión – 125VCC Alumbrado de Emergencia Sala

Desconexión por Alarma por máxima o mínima tensión en barras

Conexión/Desconexión – Climatización Edificio

Alarma por Intrusismo del Edificio

CENTROS DE AUTOTRANSFORMACIÓN INTERMEDIOS (ATI’S)

Alarma por desconexión del interruptor (nivel-2 del SF6)

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Desconexión del interruptor (baja presión de SF6)

Comprobación del estado de los interruptores

Bloqueo Seccionador por alarma SF6 Nivel-2

Conexión/Desconexión – Alimentación del Motor Puerta Subestación

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Farolas

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Proyectores

Conexión/Desconexión – Agrupado de Alimentación de Tomas de Corriente

Conexión/Desconexión - Calefacción Armarios Línea / Trafo / Feeder

Conexión/Desconexión - 125VCC Alumbrado de Emergencia Sala

Conexión/Desconexión - 125VCC Señalización Servicios Auxiliares

Desconexión de Alarma por máxima o mínima tensión en barras

Conexión/Desconexión – Climatización Edificio

Alarma por Intrusismo del Edificio

SECCIONADORES Y DETECTORES DE TENSIÓN DE LA LINEA AEREA DE CONTACTO

En este apartado se describen las pruebas a realizar sobre los seccionadores de catenaria. Se incluyen también los seccionadores de punta de feeders presentes sólo en las subestaciones de tracción eléctrica, así como en los centros de autotransformación asociados. MANIOBRA DE SECCIONADORES

En esta prueba se comprobará que distintos usuarios del PRO: Maniobras de Apertura (cada maniobra de apertura de seccionador no producirá un

bloqueo sobre el mismo)

Maniobras de Cierre.

Comprobaciones del estado del Seccionador (abierto/cerrado)

Bloquear el Cierre

Desbloquear el cierre

Para las pruebas que se enumeran, se deberá comprobar en todos los casos que los mandos realizados se ejecutan en campo correctamente, y que el estado que se muestra en el Nodo de Comunicaciones (PLO) y PRO cambia según lo esperado y se mantiene replicado en todo momento. Los pasos a realizar son:

1. Con el PLO en modo Remoto, abrir un seccionador desde el PRO. El estado que deberá aparecer es abierto.

2. Cerrar el seccionador desde el PRO, ésta vez por un operador diferente. El estado que deberá aparecer es cerrado.

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3. Cambiar el modo del PLO a Local y abrir desde éste un seccionador. El estado que deberá aparecer es abierto.

4. Establecer un bloqueo en el seccionador en abierto:

5. Cambiar el PLO a modo Remoto, cerrar el seccionador desde el PRO. En esta ocasión el mando deberá ser rechazado, conservando el estado anterior (abierto con bloqueo).

6. Cambiar el PLO a Local y cerrar el seccionador desde el PLO. El mando deberá ser rechazado, conservando el estado anterior (abierto con bloqueo).

7. Manteniendo el PLO en Local y eliminado el bloqueo, cerrar el seccionador desde el PLO. El mando deberá ser aceptado y el estado deberá ser cerrado.

8. Cambiar el PLO a modo Bloqueo y realizar una maniobra de apertura sobre el seccionador, comprobando que se inhibe cualquier acción desde PRO o PLO.

9. Desde el PLC situado en la base del poste, realizar una maniobra de apertura sobre el seccionador, comprobando que el estado que muestra PRO y PLO no varía y no se mueve el seccionador.

ACCESO AL PLO COLATERAL

En un enlace colateral entre dos PLO’s existe siempre un PLO que controla y otro que es controlado. El que controla deberá estar en modo Local con Enlace PRO, mientras que el PLO controlado estará simplemente en modo Remoto. Para las pruebas que se enumeran a continuación se deberá comprobar que para cada enlace colateral que se establezca, la información sobre el estado de los seccionadores es idéntica en los dos PLO’s entre los que se establece dicho enlace. Los pasos a seguir para probar esta funcionalidad son:

1. Realizar un acceso colateral en un PLO de la misma red de área, verificando que se recibe toda la información de los seccionadores del PLO colateral.

2. Cerrar el acceso colateral y abrir otro hacia un PLO de la red de área colateral, verificando que se vuelve a recibir toda la información de los seccionadores del PLO colateral.

INFORMACIÓN DEL PUESTO REGIONAL DE OPERACIONES (PRO) QUE TELEMANDA EL nodo de comunicaciones

El Nodo de Comunicaciones deberá estar informado continuamente desde el PRO que tiene el mando sobre él. Para ello se deberá prever de un sistema de envío automático y periódico de un mando que indique esta información. Los pasos para probar esta funcionalidad son:

1. Realizar desde el PRO un mando sobre el Nodo de Comunicaciones para ajustar la analógica de control del Nodo de Comunicaciones a un valor comprendido en su rango posible, comprobando a continuación que el Nodo

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de Comunicaciones muestra como el PRO lo gobierna y que el valor asegurado es el correcto.

2. Comprobar que el envío de este mando se efectúa automáticamente cada unidad de tiempo, configurable por el administrador.

INFORMACIÓN DE LOS USUARIOS DEL SISTEMA

El Nodo de Comunicaciones deberá tener constancia en todo momento de los usuarios que hay dados de alta en el PRO que tienen acceso al Nodo de Comunicaciones. Para probar esta funcionalidad se deberán realizar las siguientes pruebas:

1. Transferir desde el PRO la base de datos de usuarios, comprobando a continuación que el Nodo de Comunicaciones valida e interpreta esta información correctamente.

2. Realizar desde el PRO un mando de activación de la base de datos de usuarios, comprobando que la base de datos recibida es la nueva.

3. Realizar desde el PRO un mando de rechazo de la base de datos de usuarios, comprobando que la base de datos de usuarios del Nodo de Comunicaciones se rechaza y se restaura la versión anterior.

4. Realizar desde el PRO un mando de validación de la base de datos de usuarios, comprobando que la base de datos de usuarios es ahora la nueva versión.

ACOMETIDAS DE ENERGÍA DESDE LA LÍNEA AEREA DE CONTACTO

CALEFACCIÓN DE AGUJAS

Los calefactores de aguja son unos aparatos instalados en la vía que cumplen la función de impedir la formación de hielo en el carril, justo en los espadines que posibilitan el desvío de un tren por una vía alternativa a la principal (desvío). Este sistema de calefacción se basa en una resistencia eléctrica adosada al carril, que incrementa su temperatura cuando a través de ella circula una corriente gobernada por un autómata programable (PLC) que irá montado en el interior de un armario instalado al lado de la vía, fuera de la zona de gálibo. Otra forma de gobernar el calefactor, además de por medio de dicho autómata, es manualmente a través del Nodo de Comunicaciones (PLO) montado en el Edificio Técnico correspondiente. Este Nodo de Comunicaciones recibirá las alarmas y señales asociadas a cada calefactor, y transmitirá asimismo las órdenes de conexión y desconexión de calefactores procedentes del propio Nodo de Comunicaciones o incluso desde el PRO. La información que muestre por la pantalla del PLO ha de ser idéntica a la que represente el PRO en todo momento.

Para probar íntegramente el Nodo de Comunicaciones de Calefactores de Aguja es necesario realizar maniobras, forzar alarmas y ejecutar órdenes desde distintos

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emplazamientos. De acuerdo a este criterio, se han dividido las pruebas en tres apartados

Pruebas a realizar desde el PLC

Este conjunto de acciones se han de realizar desde el armario del calefactor ubicado al lado de la vía, próximo al calefactor que gobiernan. En todos los casos hay que comprobar que la alarma generada se visualiza correctamente en la pantalla del PLO, así como en el PRO. A continuación hay que desactivar la alarma generada y comprobar que la alarma desaparece o no, de acuerdo al comportamiento que se haya acordado para cada una de ellas, como muestra la tabla 1:

Alarma Al desactivarla...

Fuga de Corriente Nivel 1 Permanece

Fuga de Corriente Nivel 2 Permanece

Fallo de Posición de Aparato Permanece

Fallo de Contacto Permanece

Fallo de Tensión DESAPARECE

Fallo de PLC Permanece

Fallo de Rectificador DESAPARECE

Avería en Detector de hielo y nieve Permanece

Tabla 1 – Alarmas forzadas desde el Nodo de Comunicaciones (PLO)

Finalmente, hay que generar cambios en las medidas de potencia y energía, comprobando que los cambios son visualizados en la pantalla del PLO y PRO.

Pruebas a realizar desde el Nodo de Comunicaciones (PLO)

En este conjunto de pruebas hay que generar un conjunto de fallos y cambios de estado y comprobar que éstos suben y se representan correctamente en el PRO, así como la reposición de cada uno de ellos. Dichas alarmas y eventos son:

Posición de la llave (Local, Remoto, Bloqueo)

Entrada de usuario en el Nodo de Comunicaciones (PLO) en modo Local, mediante identificación, validación y contraseña del usuario.

Fallo de Fibra izquierda

Fallo de Fibra derecha

Fallo Bus de campo en Nodo de Comunicaciones Tipo 4

Protección de motores

Igualmente hay que comprobar que el Nodo de Comunicaciones fecha los eventos correctamente, si bien este fechado no ha de estar sincronizado con el fechado que introduce el PRO (cada Nodo de Comunicaciones se rige por un reloj independiente). Finalmente, hay que efectuar órdenes de conexión y desconexión de los calefactores, comprobando que los mandos se ejecutan (sólo con la llave en posición Local), y que la representación de los estados cambia de forma satisfactoria en el PRO.

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Pruebas a realizar desde el PRO

En este último grupo de pruebas se han de realizar únicamente mandos de conexión y desconexión de los calefactores que gobierna el Nodo de Comunicaciones, comprobando a continuación que los cambios de estado se representan correctamente en el propio PRO. Se deberá comprobar además que la ejecución de estos mandos es posible sólo con la llave selectora de tres posiciones (Local, Remoto, Bloqueo) en la posición Remoto. También se deberá aprovechar la ejecución de los mandos para comprobar que las medidas de potencia y energía consumidas por cada calefactor oscilan entre valores recomendados por el suministrador. Asimismo se deberá probar la correcta maniobra del seccionador que alimenta el transformador del calefactor desde el feeder negativo. ILUMINACIÓN DE TÚNELES

Las casetas de alumbrado de túneles se instalan en una de las bocas de cada túnel para poder así gobernar la conexión y desconexión de las luminarias presentes en el interior de los mismos. En caso de que el túnel supere cierta longitud, se podrían instalar una caseta en cada boca. En cualquier caso, cada caseta será alimentada a través de un transformador colocado en lo alto de un poste ubicado próximo a la caseta. Dicho transformador extraerá la energía del feeder negativo a través de un seccionador. En caso de fallo de alimentación del sistema de catenaria, la caseta se alimentaría de la línea de emergencia (750 V). Para probar íntegramente el Nodo de Comunicaciones relacionado con la Iluminación de Túneles (Nodo de Comunicaciones Tipo 4) es necesario realizar maniobras, forzar alarmas y ejecutar órdenes desde dos emplazamientos. De acuerdo a este criterio, se han dividido las pruebas en dos apartados: pruebas desde el Nodo de Comunicaciones y pruebas desde el PRO. Pruebas a realizar desde el Nodo de Comunicaciones (PLO)

En este conjunto de pruebas hay que generar un conjunto de fallos y cambios de estado y comprobar que estos llegan y se representan correctamente en el PRO. Se deberá verificar también que suben las correspondientes reposiciones. Dichas alarmas y eventos son:

Posición de la llave (Local, Remoto, Bloqueo)

Entrada de usuario Nodo de Comunicaciones (PLO) en modo Local, mediante identificación, validación y contraseña del usuario

Fallo de Fibra izquierda

Fallo de Fibra derecha

Fallo de Comunicaciones (ambas fibras simultáneamente)

Fallo Bus de campo

Protección de motores.

Conexión y Desconexión del Seccionador/es de Catenaria.

Comprobación del estado del sercionador/es de Catenaria.

Conexión y Desconexión del interruptor de Baja Tensión.

Comprobación del estado del interruptor de Baja Tensión

Asimismo, se deberá efectuar y comprobar un cambio en una targeta analógica. Para ello, se trasladará el consumo de un equipo (por ejemplo, el aire acondicionado) desde la catenaria hacia la línea de 750 V. Esta maniobra se realizará abriendo el magneto-térmico correspondiente. A continuación se repondrá el aire a la catenaria y se esperará hasta que los cambios suban al PRO.

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Finalmente, hay que efectuar órdenes de conexión y desconexión del alumbrado del túnel comprobando que los mandos se ejecutan, y que la representación de los estados cambia de forma satisfactoria en el PRO. Comprobar que sólo pueden realizarse órdenes con la llave en Local. Pruebas a realizar desde el PRO

En este último grupo de pruebas se han de realizar mandos sobre algunos interruptores de la caseta, comprobando a continuación que los cambios se llevan a cabo en campo y que los cambios de estado son representados en el PRO correctamente. Se deberá comprobar además que la ejecución de estos mandos es posible sólo con la llave del Nodo de Comunicaciones en la posición Remoto. Las órdenes se realizarán sobre:

Motorizado de Baja Tensión (apertura y cierre).

Interruptor general de iluminación del túnel (conexión y desconexión).

La manera de comprobar desde el PRO que la iluminación del túnel ha sido conectada es a través del estado de los circuitos de alimentación de emergencia (AE) y de toma de corriente (TC). Estos circuitos, al depender del interruptor general de iluminación del túnel, cambian de color si se actúa sobre dicho interruptor. Asimismo se deberá probar la correcta maniobra del seccionador que alimenta la caseta de túnel desde el feeder negativo. EDIFICIOS TÉCNICOS

A nivel de consumidores de energía, en las proximidades de los edificios técnicos existen dos tipos de acometidas desde el feeder de -25KV conectado a un seccionador de Catenaria y seguidamente a un transformador de relación 25/0,230KV, cuyo secundario alimenta a través del cable correspondiente el Edificio Tecnico:

Para alimentar el sistema de calefacción de agujas.

Para alimentar los servicios auxiliares del propio edificio técnico.

Las pruebas que se describen en este apartado se refieren sólo al segundo tipo de acometida (la primera de ellas fue descrita en el apartado 3.1), si bien ambas acometidas tienen como punto en común el Nodo de Comunicaciones desde el que son controladas, esto es, desde el Nodo de Comunicaciones de calefactores de aguja (Nodo de Comunicaciones Tipo 2). Dicha acometida de energía tiene la particularidad de ser redundante, esto es, existen dos circuitos de alimentación desde cada lado de la vía. Cada uno de ellos acomete al transformador, colocado en un poste próximo al edificio. Dicho transformador se encuentra conectado a dos seccionadores (uno a cada feeder). En caso de fallo de alimentación del sistema de catenaria, la caseta se alimentaría de la línea de emergencia (750 V). El telemando de edificios técnicos a nivel de consumidores (sin incluir el control de los calefactores de aguja) queda reducido, por tanto, al telemando de dichos seccionadores. Pruebas a realizar desde el Nodo de Comunicaciones (PLO)

En primer lugar se habrá de probar que las maniobras desde el propio Nodo de Comunicaciones (PLO) tienen el resultado esperado, tanto en su correcta ejecución en campo como la posterior señalización en el PRO. Se deberá comprobar además que los mandos pueden realizarse sólo con la llave del PLO en modo Local. Pruebas a realizar desde el PRO

De igual forma, para probar que los seccionadores del edificio técnico pueden maniobrarse desde el telemando y que dicha acometida funciona correctamente, basta con comprobar que los mandos efectuados desde el PRO sobre estos seccionadores se llevan a cabo de forma satisfactoria, y que los cambios son representados en el propio PRO correctamente. Se deberá comprobar que estas maniobras pueden ser sólo ejecutadas con la llave selectora de tres posiciones (Local, Remoto, Bloqueo) del PLO en modo Remoto.

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PUESTOS DE señalización de puestos de BLOQUEO (PB), PUESTOS DE CANTONAMIENTO (PCA) Y pUESTOS INTERMEDIOS DE CIRCUITOS DE VÍA (PICV)

Los PB, PCA y PICV situados en Casetas Técnicas, son instalaciones ubicadas próximas a la traza, en las que se alojan los equipos necesarios para controlar las señales luminosas laterales, circuitos de vía y motores de agujas de tráfico presentes a lo largo de la línea. Este sistema de señalización indicará al maquinista del tren el estado de ocupación de la vía por la que se dispone a circular a través de las señales luminosas. Para alimentar estos equipos es necesaria la presencia de un cuadro de energía controlado desde el Nodo de Comunicaciones, que permitirá asimismo el control de Baja Tensión que alimenta la Caseta Técnica desde el PRO. Dicho cuadro de energía será alimentado desde un transformador colocado en el mismo poste de Catenaria que esta situado el Seccionador de Catenaria próximo al Edificio o Caseta Técnica, dicho seccionador estará conectado al feeder de -25KV. También se alimentará a través de la línea de 750V a través de un transformador de 750/230V. Estas dos alimentaciones confluirán en una conmutación automática de las dos alimentaciones, al Nodo de comunicaciones y a las Casetas Técnicas. Para probar íntegramente la funcionalidad del Nodo de Comunicaciones que controla la caseta, será necesario realizar un conjunto de maniobras, forzar alarmas y ejecutar órdenes desde dos emplazamientos. De acuerdo a este criterio, se han dividido las pruebas en dos apartados: pruebas desde el Nodo de Comunicaciones y pruebas desde el PRO. Pruebas a realizar desde el Nodo de Comunicaciones (PLO)

En este conjunto de pruebas hay que generar un conjunto de fallos y cambios de estado, para comprobar que los estados de las alimentaciones a las Casetas Técnicas se representan correctamente en el PRO. Se deberá verificar también que llegan las correspondientes reposiciones. Dichas alarmas y eventos son:

Posición de la llave (Local, Remoto, Bloqueo) del Nodo de Comunicaciones

Entrada de usuario Nodo de Comunicaciones (PLO) en modo Local, mediante identificación, validación y contraseña del usuario

Fallo de Fibra izquierda

Fallo de Fibra derecha

Fallo de Comunicaciones (ambas fibras simultáneamente)

Fallo Bus de campo

Protección de motores.

Protecciones magnetotérmicas.

Conexión y Desconexión del Seccionador de Catenaria.

Comprobación del estado del sercionador/es de Catenaria.

Conexión y Desconexión del Seccionador de Catenaria.

Comprobación del estado del sercionador/es de Catenaria.

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Conexión y Desconexión del Seccionador de Catenaria.

Comprobación del estado del sercionador/es de Catenaria.

Conexión y Desconexión del interruptor de Baja Tensión.

Comprobación del estado del interruptor de Baja Tensión

Asimismo, se deberá efectuar y comprobar un cambio en una tarjeta analógica. Para ello, se trasladará el consumo de un equipo (por ejemplo, el aire acondicionado) desde la catenaria hacia la línea de 750 V. Esta maniobra se realizará abriendo el magnetotérmico correspondiente. A continuación se repondrá el aire a la catenaria y se esperará hasta que los cambios suban al PRO. Pruebas a realizar desde el PRO

En este último grupo de pruebas se han de realizar las mismas pruebas que desde el PLO mandos sobre el interruptor de baja tensión de la caseta (apertura y cierre), comprobando a continuación que los cambios se llevan a cabo en campo y que los cambios de estado son representados en el PRO correctamente. Se deberá comprobar además que la ejecución de estos mandos es posible sólo con la llave selectora del PLO en la posición Remoto Asimismo se deberá probar la correcta maniobra del seccionador de Catenaria que alimenta la caseta de túnel desde el feeder negativo.

PRUEBAS SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO

Para cualquiera de las pruebas descritas en este anejo, si ésta se realiza una vez que la línea ha sido puesta en servicio, ésta podría afectar a la circulación de los trenes. Por tanto, la prueba deberá ser realizada, o bien en la banda de mantenimiento (previstas en un primer momento entre 0:00 h ~ 5:00 h) con las condiciones que establezca el Puesto Regional de Operaciones (PRO) por el cuál esté controlado y monitorizado este equipo y en coordinación de las actividades programadas.