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PODER JUDICIAL DE LA FE ACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC 06060 O F RF.C SCJ-950204-óPS DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA Fi 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6' PISO, COL. CENTRO. C P 06000, MEXICO. O F TELS. 41131 100 Ex!. 5305,5722, 5321, 572 1 y5304 FAX. 41131751 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883 CONTRATO SIMPLIFICADO 4519000882 EN SUS REMISIONES, FACTIJRAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 PROVEEDOR: CARLOS ALBERTO DE FA TIMA ESTRELLA ESCALANTE 1 FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 15/05/201 9 INMEDIATO R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: FEC HA DE ENTREGA 1 O Ol AS NATURALES Partida Clave art. 10 LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suarez # 2 , Cuauhtemoc, Ciudad de México, 06065, MX, DF Cantidad Unidad Descripcion 1.000 SER DICTAMEN ESTRUCTURALCCJ MERIDA YUCATAN OBSERVACIONES DICTAMEN ESTRUCTURAL PARA LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MÉRIDA, YUCATAN. DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: 1.- SE REALIZARÁ EL DICTAMEN ESTRUCTURAL CON LA FINALIDAD DE INFORMAR SI EL INMUEBLE GARANTIZA LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL PARA LA OPERACIÓN. 2. -SE IDENTIFICARÁN LAS ZONAS DE MENOR RIESGO INTERNAS ANTE UNA EVENTUALIDAD OCASIONADA POR LA NATURALEZA (SISMO PRINCIPALMENTE). 3.-SE VERIFICARA QUE EL PROYECTO CUMPLA CON LAS CARACTER/STICAS GENERALES PARA SEGURIDAD ESTRUCTURAL ESTABLECIDAD EN EL REGLAMENTO DI CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MERIDA, VIGENTE. -ÁREA SOLICITANTE: SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN DE PROYECTOS -CENTRO GESTOR; 1132400 -POSICIÓN PRESUPUESTAL: 62905 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 1 -DESTINO: INMUEBLE C C.J. MERIDA, YUCATAN -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MINIMA -FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ: DIRECTOR DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, P.Unitario 30,000.00 í Importe Total 30,000 00 CONTINUA Página 1 de 2 Fecha de mpresión. 1510512019 10.48 56

PODER JUDICIAL DE LA FE ACIÓN DIRECCIÓN GENERAL … · t Cuanta c:on personal con la sufldente eiJ)enencia y cafilk:adón para eJecutar los servicios requeridos por la Suprema Cor1e

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PODER JUDICIAL DE LA FE ACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC 06060 O F RF.C SCJ-950204-óPS

DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA Fi 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6' PISO, COL. CENTRO. C P 06000, MEXICO. O F TELS. 41131 100 Ex!. 5305, 5722, 5321, 5721 y5304 FAX. 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000882

EN SUS REMISIONES, FACTIJRAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: CARLOS ALBERTO DE FA TIMA ESTRELLA ESCALANTE 1

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO ~ OBSERVACIONES 15/05/201 9 INMEDIATO R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS:

FECHA DE ENTREGA 1 O OlAS NATURALES

Partida Clave art. 10

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suarez # 2 , Cuauhtemoc, Ciudad de México, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

1.000 SER DICTAMEN ESTRUCTURALCCJ MERIDA YUCATAN OBSERVACIONES

DICTAMEN ESTRUCTURAL PARA LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MÉRIDA, YUCA TAN.

DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:

1.- SE REALIZARÁ EL DICTAMEN ESTRUCTURAL CON LA FINALIDAD DE INFORMAR SI EL INMUEBLE GARANTIZA LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL PARA LA OPERACIÓN.

2.-SE IDENTIFICARÁN LAS ZONAS DE MENOR RIESGO INTERNAS ANTE UNA EVENTUALIDAD OCASIONADA POR LA NATURALEZA (SISMO PRINCIPALMENTE).

3.-SE VERIFICARA QUE EL PROYECTO CUMPLA CON LAS CARACTER/STICAS GENERALES PARA SEGURIDAD ESTRUCTURAL ESTABLECIDAD EN EL REGLAMENTO DI CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MERIDA, VIGENTE.

-ÁREA SOLICITANTE: SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN DE PROYECTOS -CENTRO GESTOR; 1132400 -POSICIÓN PRESUPUESTAL: 62905 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 1 -DESTINO: INMUEBLE C C.J. MERIDA, YUCATAN -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MINIMA -FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ: DIRECTOR DE CONTRATACIÓN DE OBRAS,

P.Unitario

30,000.00

í

Importe Total

30,000 00

CONTINUA

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Fecha de mpresión. 1510512019 10.48 56

PODER JUDICIAL DE LA FE CIÓN . SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O F R. F C. SCJ-950204-0PS

DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA Fl . 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , e• PISO, COL CENTRO C P 06000, MEXICO. D.F TELS 41131100Exl. 5305 5722 5321 5721 y 5304 FAX: 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D.F TELS 5701 2036 y 5763 7993

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000882

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE • ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR! CARLOS ALBERTO DE FA TIMA ESTRELLA ESCALANTE 1

FECHA DEL DOCUMENTO 15/05/2019

FECHA DE ENTREGA 1 O DI AS NATURALES

Partida Clave art.

FORMA DE PAGO INMEDIATO

1 OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS:

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suarez # 2 , Cuauhtemoc, Ciudad de México, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

MANTENIMIENTO Y SERVICIOS. -FUNDAMENTO LEGAL DEL AGA Vl/2008 ARTICULaS 39 FRACCIÓN V, 42, 43 FRACCIÓN IV, 91 Y 92 -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 15 DE MAYO DE 2019 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2019: SI.

DATOS BANCARIOS:

FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUYENDO, DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

"LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO".

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDAN.

NOTA: PARA LA ENTREGA DEL DICTAMEN CORRESPONDIENTE, ASi COMO LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS, EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBERÁ CONTACTARSE CON EL ARO. ANDRES GARCIA GARCIA AL TELÉFONO 01 55 4113 11 00 EXT. 1231.

SEi~.VICIOS INCLUIDOS SERV REL. C/OBRAS PUBLICAS FORANEAS

/. AR

P.Unitario

SUBTOTAL

I.V.A.

Importe Total

30,000.00

4,800.00

34,800.00

Página 2 de 2

Fecha de impresiÓn 15105/2019 104856

CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTAC1CN DE SERVICIOS (HASTA 25,000 UDISJ

OECL ARACION ES l. La Suprema Cono do Jutlcla de la Nación, en lo sucesivo "la Supnma Cona" por conducto de tu representante para los electo• de este Instrumento manlneata quo; 1.1 Es el má•lmo órgano depositario del Poder Judicial de lo Federnclón, en términos de lo dispuesto en los anlculos 94 de la Constitución PallUca dolos Estados Unidos Ma•lcanos y t•, lrilcción 1 da In Ley Ot~~ánlca del Poder Judicial do la Federnclón. 1.2 Lo presente conltalaclón fue nutcmzada por el Director de Contrntaclón de Obras, Mantenimiento y Servicios deiQ Dirección General deinlraestructura Flslea de lo Supn:ma Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de adju<licaclón directa da confom'lidad con lo p~evl$10 en el anlculo ·U, párrafo cunrto del Acuerdo General de Admlnlstruclón W2009, del veineldnco de septiembre de dos mil ocho, del Carrito de Goblemo y Admlnlslración de la Supremo Cor1e de JusUdo de la Nación por el que se regulan los procedimientos par.¡ la adquisición, adminlstrildón y deslncorporación de bienes y la conltatación de obras. usos y servicios requeridos por ute Tribunal. 1.3 El Director de Contrnladón de Obras, Mantenimiento y Set'.licios de la Direcdón General de lnfrnestructura Flslca eslli facultado para susc:nbir el presenta inst:umonto de e011torm1dad eot1 lo dispuesto en el anlculo 42 del Acuertlo General de Administración Vl/2008, del -..einUcinco de septiembre de dos mil ocho, del Comite de Gnbiemo y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Noción por el que se regulan los procedimientos paro lo adquisición. admlnlslnlción y desincorporación de bienes y la c:onlralación de obras. usos y set'.lidos requeridos por este Ttibunol. 1.4 Paro todo lo relacionado con el presente contrato senolo como su domicilio el ublc;ndo en In Calle de Josoi Maria Pino Suárez numero 2, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc. código postal 06060, en lo ciudad de México. Oistrito Federel. 11 •EJ Prest.tdor da aervlclaa• por conducto de au repreaenblntelegal mat1Uiella bajo proteata de decir verdad que: 11. t Cuanta c:on personal con la sufldente eiJ)enencia y cafilk:adón para eJecutar los servicios requeridos por la Suprema Cor1e as! como con los elementos técnicos y c:apaodad ecanómica necesalios P""' tal lln. 11.2 No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se reneren los articulas 49, fracdones 1, 11, 111. IV, V, VI. VIl, VIII. IX y X, osl como 58 fracción XVI del Acuerdo General tJe Administración ~ -- -- - --- -- --

IU~Conoce y acepta aujetar10e 810 previsto en e(Acuertlo General de Administración Vl/2008 del veinticinco de septiembre d~ol ocho, del Camote da Gobierno y Adminlsttllclón de In Suprema Cor1e de Justicia de In Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporaclcn de bienes v la contratación de obras. usos y servicios requeridos por eote Aho·Tñ6Uñal 1

11.4 Conoce y acepto sujetarse a lo previsto en el Acuerdo Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comote de Goboemo y Administración de la Suprema Cone de Justicia de In Nadón por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración v desinc:orporadón de !Menes y la canltatación de obras, usos y servidos requeridos por este Alto Tnbunal 11.5 PElta todo lo relacionado con el presente contrnto, sel'lllla coma su domicilio el ubicado en la car.!Ma del presente lnsltumento en el apartada denominado 'Proveedor• In. l.a "Suprwm• Cona" y "El p,.obldor de lervlclos" declaran que: 111. t Reconocen mulllnmente la ersanulldad urfdica con la ue com atecen a la celebración del resente lnsll\l w:J.adasJas.1:omuniaJ:iQoes..c¡ua.n.tan((:eCLantra_oUas so diiÍgirán a los dciñiiohas n ca os en os ante ce en~M 1.4 y 11.5 de este insuumanlo, allllllot ~a 135 sigu1ar.les.

CLÁUSULAS

Primera. Condiciona• gonaraln. 'El prestador de servicios' se compromete a praporcionar el set\lido desalto en la caratulo del presente Instrumento y a respetar en todo '!lamento el precia plazo y condiciones de paga se~alados en la referida carátula. durnnte y hasta el cumplimiento total del objeta de este acuerdo de volunladas. o El pago señalado en la presente clausula, cubn! el total del seMclo contrntado, por lo cual "'o Suprema Corte' no bene oilrtgación de cubrir nin!)lin lmpcme adicional. Segunda. Pan• convencional. En caso delpC!Jmp!!mienlo de las obl!aac;toves podadas en el CO<lltato, se aplican! un<~ pena convencional equivalente al monto que resUlta de ap!oear el 10% al v del sen.jdo o set'.licias que no se lloyan realizado a satlsfaa:lón da la Suprema Cone, En caso de incumpljmjen!a en In plazgs establecidos en el conltato simpllncado, se apliconi una peno convencional por alrnsos que le sean Imputables en la realización de los servidos. equivalente al monto que rtsulte de aplicar al t o al millar diario a la cantidad qua importen los trabajas na ejecutados dentro del ~lazo 1ndicado en el apanado Inciso ·techa de enltega' de la carátula del C cntra!a Simplinc:ndo y no podnl e•ceder del 1 O% del monto total contratado. Ten:era. Requltltoo para realizar laa pafios r .. pectlvaa. Pan! efectos nscales 'El prestador de set\licias' debera presentar In o las faduras a nombre de la 'Suprema Corte" segün consta en la cédula de idenbficnclón Qscal, expedida por la Sec:relarfo de Haden da y Crédito Pütllico con el Registra Federal de Contribuyentes SCJ95020<16PS indicando el domici~o señalado en lo dedoroción U de este insttumeÍito y demás requisitos fiscales a que haya lugar. Cuana. Modlncaclon .. de este lnatrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento pod<ón ser objeto de mod1ncocion en términos de lo previsto en los ar1 culos 12 fracción XXII 1<13. fracción 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. · Quinta. lnnlstenclo de relación laboral. 'El prestador de set'.lidos', como empresario y patrón del personal que ocupe par.¡ la presta~:~ón de los servrdos profesionales milla o o da este ,;.....,trat~ será el único responsilble de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en maten~ de lrabajo y seguridad social. por lo que responderá de todas las redomaciones qu sus trnbajadores presentasen en su conlra o de 'la Suprema Cor1e·, en relación con los set'.licios motiva de este ccntrato. 'Lo Suprema Corte' estará facultada paro requerir a 'El prestador de servidos' los compn:bantes de afiliación de sus trabajadores aiiMSS, as( como los comprobantes de paga de las cuotas al SAR. INFONAVIT e IMSS En Cil~o do qua al:¡uno o a/¡¡una: de le~ lr.lbnj;)dore: de "El pre~bdar de ser-.1cios', ejecuten o pretendan ejecutar algo.¡na rt<:lsmación en c::nlta de "'a Supremo Cort~·. 'El prestlldor de tervicios· deberli reembolsarlo totlliiJld de los gastos que erogue 1a Supremo Cone·. par concepto de traslado. vlóllcos. hospeda¡e, tronsponoción, alimentos y demós inherentes. c:on el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe reladón laboral alguna con los mismos y deslindar a 'la Suprema Corte' de cualquier tipo de responoabilidad en ese sent1do. Las psortes acuertlan que el Importe de los referidos gastos que se lle~aran a ocasionar podnin ser deducidos por 1a Suprema Cona· de los fatturas que se encuenlten pendientes de pago independientemente d9 las acciones tegalos que sa pudieran ejercer Serta, Subcontl'llllcl~n . ,>ar~ efectos de eote conlralo simplincndo, se entiende por subcontr.¡tadón, el acto mediante el cual "El prestador de setlliclos' encomienda a otra persona, lisien o moral la realizadón pardal del objeto de este contrato simpUncado. Cuando el preslador de sen.jcios o contratista pretenda subcontratar deberá comunicarla previamente v por escrilo a 'la Suprema Corte' la que también por esenio resolverá si acepta o rechaza la subcontratación. En nlngün casa se aceptará la subcontralaclón tolal de los se,icios o lrabajos con un soto subconttat sta En toda caso de subconltatación, el responsable será 'El prestador de set\licios' y seni a éste a quienes les cubr.¡ el pago. No exlsl!rá subrogadón por parte del subconltadsta ni tendrá relación CQn "'a Suprema Corte'. Septlma. t:onndenclalldad. La documentación que se proporcione a 'El prestador de selviclos' con mallva de la celebración de este c:onltato, es propiedad de · ta Suprema Corte'. por lo que 'El prestador de SI!Mdos', por si o a ltavés de sus ltab3jadores, se compromete a no dlwlgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dala obtenido de los set'.licios o trabajas prestauas a la prmara Octava. Rescisión. Queda eiJ)resamenle convenido que 'la Suprema Corte' podrá dar por rescindido el presente conltnto sin necesidad de que medie declaración judicial. en caso de que 'El prestador de set'.licios• deje de cumplir cualquiera de las obliQaciones que asume en esle conltalo por causas que le sean Imputables o b4 n. ee cuo de ser ob¡ato de embargo nue ga as!a lada concurso mercnn~l o liquidación. fJ Antes de dedarar la rescisión, 1a Suprema Corte• nobQcanl por escrito las causas respectivas a ·e¡ prestador de servicios' en su domicilio sen alada en la de da ración 11 5 de este instrumento. quien en el acto s~ encuentre. alargándote un plaza de quince días hábiles para que maniftesle lo que a su derecho con~~enga. ane•e los documentes que estme ccnven1entes y aporte. en su e las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de ·ta Suprema Corte• determinoni sobre la procedencia de la resdskln, lo que se comun car.i a 'El prestador servicios' en su dorrieillo sen alado en la declaración 11.5 de instrumento Noven~. Del fomento a la transparancla y de la protección de datos personales. Las partes están de aOJerdo en que el presente Instrumento constKuye información publiCD en ti!rmmos de lo dispuesto en los artlcutos 1', 70, 103 y 116 de la Ley General de Ttllnsparencia y Acceso a lillnforrnación Pübllc::J Gubernamental por lo que los gobemados podrán rearo:ar su consulta. De conformidad con lo establecido en el articulo 71 del Acueroo General de 1~ Comisión de Ttansparende. Acceso a la Información Publica Gubernamental y Protección de Outos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para wtelar en el ombilo de este Tnbunollos derechos de acceso a la Información. a la privacidad y o la prolecdón de datos personales garantizados en el articulo 6' Constitucional. 'El prestador de set'.liclos· se obliga o guaroar secreto v a no diwlgur por n ngun medio, aun electnónico, ni por COI1ferendas y/o Informes los datos per10onales a que tenga acceso con mo!lva de la documenlación que maneje o conozca ai desarrollar las act.v dadas ob;eto del presente contrata. En caso de Incumplimiento la 'Suprema Cone· podrá elriglr el pago correspondiente &110'4 del monto total de este Instrumento. por o;:ncepto de pena convenCIOnal. Declma. l.eglalac:lón apUe~ble. El acuerdo de voluntades previsto en este lnsltUmento contractual se rige por lo dispuesto en la constitución polftica de los Ettados Umdos Me• (anOs. el Acuerdo General de Administración W2008, del velnUcinca de SepUeml>re de dos rril ocho del Comté de.Gol>iemo y Admlnls!tación de la Sup~ema Corte de Juselda de la Nación y en lo no previsto en este por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos CIVIles. la Ley Federal de Presupuesto v Responsabilidades adminlstrnlivas de los set'.Adores púbhcos y la Ley Federal del Procedimiento admin1slnltívo, en lo conducente Declma primera. Resolución de conlrover!llas. Para efedo de la interpreladón y cumplimiento de lo estipulado en este lnsll\lmenlo, 'El prestador de set\lidos" se somete expresamenle a las decisiones del Tribunal Pleno de 'la Suprema Corte' renunciando a cualquier fuern que en razón de su domidllo tenga o llegare a tener, de conformidad con la Indicado en el articula 11, fracción XX . de la Ley Orgánica del Poder Judldal de la Federación renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en rozón de su domicilio o veanáad. tengan o llegaren a tener

Las partes acuerdan que cualquier notincadón que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha se~alado en las dedaraoones 1 4 y 11.5 de es:e instrumento

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEl. PRESENTE CONTRAT • - 1 •••• EL PRESTADOR DE SERVICIOS

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