Upload
hoanganh
View
221
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Manual para la Práctica de Auditorías de la Contraloría del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
1
Tlaxcala, Tlax; Abril del 2015
Manual para la Práctica de Auditorías de la Contraloría
del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
Elaboró:
Contraloría del Poder Judicial
del Estado de Tlaxcala.
Autorizó:
Consejo de la Judicatura del
Estado de Tlaxcala.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
2
INDICE.
PÁGINA:
OBJETIVO GENERAL.………………………………………….….………………… 4
JUSTIFICACIÓN.…………………………………………………….…….…………… 5
MARCO JURÍDICO.…………………………………………………….….……..….… 7
FUNDAMENTO LEGAL ………………………………………………...……….……. 9
1. AUDITORÍA INTEGRAL……………………………………………………………… 10
1.1. Concepto de Auditoría Integral…………………………………………. 10
1.2. Principios Universales de la Administración Pública…………………. 10
1.3. Objetivos de la Auditoria Integral……………………………………… 10
1.4. Normas Generales de Auditoría Integral……………………………... 11
1.5. Criterios para iniciar una Auditoría………….…………….…………. . 12
2. METODOLOGÍA DE LA AUDITORÍA INTEGRAL………………………………. 13
2.1. Análisis General y Diagnóstico preliminar……………………………….13
2.2. Planeación……………………………………….………………………….....15
2.2.1.-Alcance de la Auditoría…………………………………………… 15
2.2.2.-Procedimientos de Auditoria…………………………………….. 16
2.2.3.-Programa de Auditoría……………………………………………. 18
2.2.4- Inicio de la Revisión…………..……... …………………………… 18
2.3.- Ejecución………………………………………………………………. 21
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
3
2.3.1.- Fases de la Ejecución…………………………………..………… 22
2.3.2.- Marcas de Auditoría……………………………………………… 23
2.3.3.- Documentos de trabajo………………………………………………..26
2.3.4.- Evidencia Suficiente y Competente…………………………………..30
2.4.- Informe de Resultados………………………………………………………….31
2.4.1.- Estructura del Informe……………………..………………………. 32
2.4.2.- Cédula de Observaciones………………….…………………….. 33
2.4.3.- Pliego de Observaciones……………………………….………… 34
2.4.4.- Informe de Auditoría………………………………………………. 34
2.5.- Implantación, seguimiento y evaluación de recomendaciones. 35
2.5.1.- Cédula de seguimiento…………………………………………… 36
2.5.2.- Criterio de evaluación……………………………………………. 36
2.5.3.- Indicadores estratégicos…………………………………………. 36
2.5.4.- Indicadores de gestión…………………………………………… 36
2.5.5.- Tipos de indicadores…………………………………………….. 36
3.- RESPONSABILIDADES Y SANCIONES ……………………………………….. 38
3.1.- Responsabilidad Administrativa…………………………………… 38
3.2.- Responsabilidad Penal…………………………………………….. 38
3.3.- Responsabilidad Política…………………………………………… . 40
3.4.- Responsabilidad Indemnizatoria…………………………………… 40
3.5.- Responsabilidad Civil…………………………………………….………….40
ANEXOS………………….………………………………..…………………………….. 41
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
4
O B J E T I V O G E N E R A L.
Proporcionar un Instrumento de apoyo y un marco de referencia para facilitar, estandarizar y garantizar la calidad
de las actividades del trabajo de Auditoría que realiza la Contraloría a las unidades Jurisdiccionales y
Administrativas del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, desde su preparación hasta la presentación del informe
de resultados al Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala, así como su Implantación, seguimiento
y evaluación de las observaciones y recomendaciones planteadas al responsable del Área Auditada y la integración
del expediente respectivo.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
5
J U S T I F I C A C I Ó N.
La información Financiera y Presupuestal es indispensable. Pero no es suficiente. Se requiere conocer el
desempeño de las Organizaciones.
Actualmente el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial se elabora por programas con enfoque a resultados.
Para transparentar la rendición de Cuentas del Tribunal Superior de Justicia y sus Servidores Públicos, se emite el
presente Manual de Auditoría.
Es Facultad de la Contraloría Auditar la cuenta pública y evaluar la gestión y el desempeño de la actividad
Jurisdiccional y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, de acuerdo a su Ley Orgánica vigente.
Para cumplir con esta responsabilidad es indispensable contar con un Manual de Auditoría aprobado y autorizado
por el Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala.
La revisión y fiscalización de la cuenta pública tiene por objeto evaluar el cumplimiento de objetivos y metas
programadas
El trabajo de la Contraloría no se limita a revisar un solo periodo, un área o persona, de manera casuística y
concreta puede, profundizar o ampliar su alcance y compulsar información con otras Autoridades de Fiscalización
o con terceros.
Es importante resaltar que la Contraloría del Poder Judicial, tiene doble responsabilidad, Preventivamente
identifica y elimina las causas de las observaciones recurrentes y Correctivamente evidencia deficiencias y
propone las Recomendaciones necesarias para subsanarlas.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
6
La Auditoría es una actividad esencial para evaluar la eficiencia, eficacia y economía de las actuaciones de los
Funcionarios Judiciales con fundamento en las disposiciones constitucionales y de acuerdo a los principios de
Legalidad, Imparcialidad y Confidencialidad.
Es imposible mejorar el desempeño del Poder Judicial y sus programas públicos sin, rendición de cuentas con
transparencia y fiscalización.
La importancia, complejidad y magnitud de los Procesos que operan en el Poder Judicial, hace imperativo el diseño
de un Sistema de Auditoría Integral sustentado en Indicadores Estratégicos y de Gestión pública.
La Planeación Estratégica para Impartir Justicia y la Auditoria Integral forman un Proceso indivisible. El Plan
Estratégico define los grandes objetivos, mientras que la Auditoria Integral permite conocer su grado de
cumplimiento.
Lo que no se mide no se puede mejorar, sólo mediante un Sistema de Auditoría Integral podemos elevar la
Competitividad de la Justicia que proporcionamos.
El cumplimiento de la Normatividad no debe ser ciega. Ni la rendición de cuentas debe limitar la creatividad, la
iniciativa, la innovación o la toma de riesgos calculados.
Finalmente es recomendable privilegiar el autocontrol y los controles preventivos más que los correctivos.
Este Manual de auditoria es de carácter obligatorio para todos los servidores públicos de la Contraloría del Poder
Judicial del Estado de Tlaxcala y entrara en vigor a partir del día siguiente de su aprobación.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
7
M A R C O J U R Í D I C O.
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Constitución Política del Estado libre y Soberano del Estado de Tlaxcala.
3. Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
4. Código Fiscal de la Federación.
5. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
6. Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
7. Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
8. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala.
9. Ley de Entrega-Recepción para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
10. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Tlaxcala.
11. Ley del Patrimonio Público del Estado de Tlaxcala.
12. Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
13. Ley del Impuesto sobre la Renta.
14. Ley de Contabilidad Gubernamental.
15. Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
8
16. Ley de Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala.
17. Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio 2014.
18. Reglamento del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
19. Reglamento del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala.
20. Lineamientos para el Pago de Servicios Médicos.
21. Lineamientos de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal para el Ejercicio 2014.
22. Lineamientos para el Registro y Gestión de Libertad Provisional bajo Caución y Conmutaciones.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
9
F U N D A M E N T O L E G A L.
LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
ARTÍCULO 80.- La Contraloría tiene entre otras las siguientes obligaciones:
I. Coordinar, controlar, investigar, y organizar el sistema de control y evaluación gubernamental de
la actividad administrativa e inspeccionar el ejercicio del gasto público del Poder Judicial;
II. Verificar la congruencia del ejercicio del gasto público del Poder Judicial con el Presupuesto de
Egresos;
III. Practicar auditorías administrativas a todas las áreas del Poder Judicial, a efecto de comprobar la
eficiencia de los funcionarios judiciales;
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
10
1.- A U D I T O R Í A I N TE G R A L.
1.1.- Concepto de Auditoría Integral.
La Auditoría Integral es la evaluación multidisciplinaria, independiente y con enfoque de sistemas, del grado y
forma de cumplimiento de los objetivos de una organización, de la relación con su entorno, así como de sus
operaciones, con el objeto de proponer alternativas para el logro más adecuado de sus fines y/o el mejor
aprovechamiento de sus recursos.
1.2.-Principios Universales de la Administración Pública.
La Auditoría Integral se fundamenta en los Principios Universales siguientes:
I.-El Gobierno debe conducirse de tal forma que se logre la mejor aplicación de los recursos públicos.
II.-Los servidores públicos deben rendir cuentas de los recursos públicos que se les han confiado.
1.3.- Objetivos de la Auditoria Integral.
Objetivo General.
Evaluar el grado y forma de cumplimiento del Objeto Social del Poder Judicial.
Objetivos Específicos.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
11
Evaluar el grado en que los recursos humanos, materiales y financieros del Poder Judicial son
Administrados con eficacia, eficiencia y economía.
Evaluar el grado en que el Poder Judicial está cumpliendo con la responsabilidad de informar sobre el
resultado de la gestión que le fue conferida.
Evaluar el grado de cumplimiento de las Disposiciones Legales y Reglamentarias aplicables al Poder
judicial.
1.4.-Normas Generales de Auditoría Integral
El desarrollo de las Normas de Auditoría Integral es indispensable para asegurar que la Auditoría Integral se
conduzca en un ambiente controlado, siendo esta una tarea compleja dada la diversidad de proyectos para su
ejecución, por lo que se requiere definir normas aplicables al trabajo efectuado por personal capacitado en una
variedad de disciplinas.
Las Normas de Auditoría Integral proveen tanto guías generales como específicas que, junto con los
procedimientos para su implantación, establecen orden y disciplina en la conducción de la función y,
consecuentemente, dan lugar a la auditoría, como proceso para medir el rendimiento real con relación al esperado,
requiere evaluar la condición actual con base en las normas existentes.
Sin embargo, la Auditoría Integral no ha contado con Normas de Auditoría con las cuales comparar una condición
real como es el caso de la Auditoría Financiera; consecuentemente, se requiere definir “criterios de auditoría” o
unidades de medida para cada examen, siendo importante la opinión y juicio del auditor para la medición y
evaluación de resultados.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
12
Las Normas de Auditoría Integral tienen como objetivo, entre otros, establecer los requisitos personales y técnicos
de quién ejerza la función, precisar los propósitos y alcances de la Auditoría Integral, establecer criterios generales
para guiar y evaluar la práctica de este tipo de auditoría, uniformar el desarrollo profesional de esta función y
propiciar el adecuado entendimiento y aceptación del papel y responsabilidad del auditor.
1.5.- Criterios para Iniciar una Auditoría:
Los criterios más importantes que se aplican para iniciar una auditoría son los siguientes:
Auditorías programadas en el plan de trabajo correspondiente al ejercicio vigente.
Auditorías instruidas, derivadas de quejas administrativas o denuncias ciudadanas.
Auditorías solicitadas por una Área Jurisdiccional o Administrativa.
Cuando haya observaciones recurrentes sin solventar.
Cuando se detecte irregularidades e indicios de hechos o conductas que produzcan posible daño al
Patrimonio del Poder Judicial.
Cuando se cometan faltas graves que ameriten atención inmediata.
2.-METODOLOGÍA DE LA AUDITORÍA INTEGRAL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
13
La Metodología de la Auditoría Integral tiene como propósito señalar los procedimientos recomendados al auditor
integral para que lleve a cabo su auditoría en forma ordenada y con una secuencia congruente de actividades. Esto
es, la Auditoría Integral requiere necesariamente de una metodología, con la que se logren los objetivos indicados
en su definición. Al igual que en cualquier auditoría, pueden existir diversas metodologías y ser tan útiles unas
como otras; sin embargo, hay algunas fases que necesariamente deben contemplarse como son:
2.1.-Análisis general y diagnóstico preliminar.
En esta fase se llevan a cabo los trabajos preliminares de la auditoría integral con el propósito de:
Conocer la naturaleza, complejidad, funcionalidad y control de las operaciones.
Apreciar los riesgos y oportunidades del entorno (marco legal, avance tecnológico, características, situación
social, política y económica de la organización, etc.).
Analizar e interpretar los resultados de operación de la organización, así como entender su estructura y
situación financiera.
Precisar el grado de economía, eficiencia y eficacia con que se administran los recursos y se llevan a cabo
los procesos.
El conocimiento de los puntos anteriores es fundamental para el auditor, dado que le proporciona una visión global
de la forma en que opera la organización y, a la vez, le brinda los elementos necesarios para:
Evaluar el grado y forma de cumplimiento de los objetivos y metas.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
14
Sugerir propuestas concretas de las acciones a tomar en forma inmediata.
Identificar las áreas de oportunidad para el mejoramiento de la Organización.
Prevenir o corregir riesgos en las operaciones.
Determinar los beneficios que puede alcanzar la Organización a través de la implantación de las sugerencias
que propone el auditor.
Para tener un diagnóstico más completo de la Organización se deben estudiar otros aspectos tambien
importantes tales como:
Disposiciones legales aplicables.
Objetivos, políticas, estructura orgánica e información financiera.
Información relativa a las principales operaciones
o Funciones y procedimientos del rubro a auditar.
o Registros, informes, estadísticas, controles y formatos.
Información de auditorías anteriores.
Visita a las instalaciones del ente auditado.
Conocimiento de su Control Interno.
Plantillas de personal autorizadas.
Informes de auditorías recurrentes.
2.2.-Planeación.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
15
Esta fase es el elemento fundamental para orientar una serie de etapas en las que se incluyen los procedimientos
por aplicar y las actividades por realizar.
La Planeación Específica de la Auditoría Integral debe contener la precisión de los objetivos detallados y el alcance
del trabajo por desarrollar, considerando, entre otros elementos, los parámetros e indicadores estratégicos y de
gestión de la Organización.
La revisión debe estar fundamentada con la preparación de un programa detallado de trabajo que contemple la red
de actividades, los procedimientos de auditoría, los responsables y las fechas de ejecución del mismo.
El llevar a cabo una planeación adecuada de la Auditoría Integral permitirá conducir el proceso hasta la
consecución de los objetivos previstos en la revisión, dando respuesta con ello a las expectativas despertadas en la
Organización por obtener resultados concretos y tangibles que redunden en beneficios directos de carácter
económico para la misma.
2.2.1.- Alcance de la Auditoría.
Antes de iniciar la Auditoria debemos precisar el alcance del trabajo a realizar seleccionando previamente los
elementos o conceptos que se van a revisar.
Rubro, partida presupuestal o programa estratégico.
Concepto, proceso o proyecto.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
16
Operación, expediente, valores o actividad concreta.
Área Jurisdiccional o Administrativa.
Funcionario Público o empleado que maneje recursos públicos.
2.2.2. Procedimientos de Auditoría:
Los más comunes en el trabajo de Auditoría Integral son las siguientes:
Estudio general:
Es la apreciación sobre las características generales del área o del Concepto a revisar, así como de las
partes importantes, significativas o extraordinarias que lo constituyen. Esta apreciación se hace aplicando el
juicio profesional del auditor que, basado en su preparación y experiencia, podrá identificar en los datos las
situaciones que pudieran requerir atención especial. Se recomienda se aplique antes de cualquier otra.
Análisis:
Consiste en la clasificar y agrupar los distintos elementos individuales que forman el Concepto a revisar,
constituidos en unidades homogéneas y significativas; por ejemplo, el análisis de saldos que consiste en el
estudio de aquellas partidas que integran el saldo de una cuenta de balance, así como el análisis de los
movimientos registrados en una cuenta del estado de resultados. El análisis puede realizarse sobre eventos
y documentos diferentes a los que directamente soportan un registro contable o presupuestal.
Inspección:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
17
Es un examen físico de bienes materiales o documentos, con el objeto de cerciorarse de su existencia o
autenticidad.
Confirmación:
Este Procedimiento se aplica solicitando a una persona independiente al ente auditado, confirme por escrito
o proporcione la información que se le solicita. Puede ser:
Positiva: Se envían datos a la persona y se le solicita que confirme la información o que emita
sus comentarios, en su caso.
Negativa: Se envían datos al confirmante y se le solicita dé respuesta sólo si está en
desacuerdo con la información presentada.
Indirecta, ciega o en blanco: No se envían datos y se solicita información sobre saldos,
movimientos o cualquier otro dato necesario para la auditoría.
Investigación:
Consiste en la obtención de información, datos y comentarios emitidos por servidores públicos del ente
auditado. Con este Procedimiento el auditor puede formarse un juicio sobre algunos hechos, operaciones o
saldos del ente auditado y del concepto sujeto a revisión.
Declaración:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
18
Es la manifestación por escrito de un servidor público que emite la declaratoria de información solicitados por
el auditor. Mediante una solicitud de información o una comparecencia donde la declaratoria del servidor
público quede asentada en acta.
Certificación:
Mediante este procedimiento se asegura la verdad de un hecho o documento con la firma de una autoridad
que cuente con tal atribución
Observación:
Mediante este procedimiento el auditor se cerciora de la ejecución de procesos, mismos que puede cotejar
contra los manuales y flujos respectivos.
Cálculo:
Es la verificación matemática de alguna operación o partida en la unidad auditada o en el domicilio de
terceros, en este caso se levantara acta de la visita respectiva.
2.2.3.-Programa de Auditoría.
La auditoría debe estar soportada en un programa detallado de trabajo que contenga como mínimo los aspectos
siguientes:
Fecha.
Sujeto de fiscalización.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
19
Tipo de Auditoría.
Rubro, expediente, concepto o Programa por auditar.
Número de la auditoría.
Objetivo de auditoría.
Fechas de inicio y término.
Responsables.
2.2.4.- Inicio de la Revisión:
Antes de empezar la revisión debemos, notificar al auditado el inicio formal de la auditoría, presentar al grupo de
auditores que participará e informarle los alcances y trabajos a desarrollar.
Orden de Revisión:
La Auditoría invariablemente se inicia mediante un mandamiento escrito que se denomina Orden de Auditoría,
con su respectiva Acta de Inicio.
Acta de Inicio:
El Acta de Inicio de Auditoría es un documento de carácter Oficial que narra las circunstancias específicas del inicio
de una auditoría, por lo que en su elaboración deben guardarse las formalidades siguientes:
1. Inicia ubicando el lugar y fecha del acto.
2. Menciona quiénes intervienen en el acto y el objetivo del mismo.
3. Describe, en su apartado de hechos, las situaciones bajo las cuales se levanta el acta y
finalmente incluye su cierre.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
20
4. El acta se transcribe a renglón continuo y, en caso de que el texto quede a la mitad del renglón,
el resto de éste se testa con guiones hasta el margen derecho de la hoja.
5. Siempre debe darse un folio a cada foja del acta. Se recomienda un folio de 8 dígitos que
identifiquen los siguientes datos de izquierda a derecha:
Primeros 3 dígitos: número de la orden de auditoría, 200.
Dos dígitos siguientes los dos últimos dígitos del año, 14.
Últimos 3 dígitos: un número consecutivo, iniciando siempre con el número 001.
Ejemplo: 20014001. (Orden, año y número consecutivo)
6. Al finalizar una hoja, el último renglón deberá hacer referencia a la foja que continúa, con la
leyenda Pasa al folio..., incluyendo el folio de la foja siguiente.
La leyenda quedará al centro del último renglón y, tanto a la izquierda como a la derecha, se
utilizarán guiones. Ejemplo:
---------------------------------------------Pasa al folio 20003002---------------------------------------------------
De la misma manera, el primer renglón del folio siguiente, contendrá la leyenda “Viene del
folio”... centrado y, tanto a la izquierda como a la derecha, se utilizarán guiones. Ejemplo:
--------------------------------------------Viene del folio 20003001-------------------------------------------------
7. El acta de inicio se levanta en dos ejemplares, con firmas autógrafas al final y se rubricarán
cada una de las fojas que la constituyen, con la siguiente distribución:
Primer ejemplar: Se entrega al servidor público con quien se entendió la diligencia.
Segundo ejemplar: Se integrará al expediente de auditoría.
2.3.-Ejecución.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
21
La Ejecución de la Auditoría Integral se refiere al desarrollo de los procedimientos de revisión definidos en la
Planeación Específica, a través de la aplicación de las pruebas de auditoría adecuadas para los procesos u
operaciones que se deben evaluar, con objeto de obtener la suficiente y competente evidencia que permita
sustentar las observaciones determinadas y ya evaluadas, que constituyen la base para la conformación y
presentación de las recomendaciones de mejoramiento pertinentes.
El programa de trabajo debidamente supervisado permite asegurar el cabal cumplimiento de los procedimientos
que fueron diseñados para el caso específico y, a su vez, para controlar el oportuno avance de las actividades
previstas.
Entre los aspectos de mayor trascendencia en la etapa de realización de pruebas y obtención de evidencias de
auditoría, destaca el examen y evaluación del sistema de control interno. En este sentido es necesario, durante la
evaluación, conocer en qué grado los diferentes niveles de la organización tienen conciencia de la responsabilidad
que les atañe respecto al diseño, establecimiento, operación y supervisión adecuada del sistema de control
interno.
Siendo el sistema de control interno un proceso diseñado para dar seguridad razonable al cumplimiento de
objetivos relacionados con la eficiencia y eficacia de las operaciones, la confiabilidad de la información y el
cumplimiento de leyes, reglamentos o políticas en general, es indispensable llevar a cabo el examen de la
suficiencia y pertenencia de dicho sistema, así como evaluar la efectividad de su funcionamiento y la calidad en el
cumplimiento de las responsabilidades asignadas.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
22
Durante el desarrollo de los procedimientos y la aplicación de las pruebas de auditoría, es necesario tener
presente que los resultados que se obtengan, deberán permitir realizar una evaluación integral de las áreas u
operaciones sujetas a examen. Adicionalmente, la cobertura del enfoque integral de la revisión queda incompleta,
si no se identifican las interrelaciones que pudieran existir entre las causas o efectos de las deficiencias
determinadas, respecto a otras áreas que no hayan sido objeto de la auditoría.
2.3.1.- Fases de la Ejecución:
La Ejecución se realiza a través de las fases siguientes:
Recopilación de datos:
En esta fase el auditor se allega de la información y documentación para el análisis del Concepto a revisar
(programa, rubro, expediente, concepto o partida).
Registro de datos:
Esta actividad se lleva a cabo en Cédulas de trabajo, en las que se asientan los datos referentes al análisis,
comprobación y conclusión de los conceptos a revisados.
Análisis de la Información:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
23
Consiste en la desagregación de los elementos de un todo para ser examinados en su detalle y obtener un juicio
sobre el todo o en cada una de sus partes. La profundidad del análisis estará en función del objeto planteado y en
relación directa con el resultado del estudio y evaluación de Control Interno. Si el concepto a revisar especifico
muestra irregularidades relevantes que pudiesen constituir posibles responsabilidades, el análisis será más extenso
y más profundo.
Evaluación de los resultados:
La evaluación de los resultados sólo es posible si se toman como base todos los elementos de juicio para poder
concluir sobre lo revisado y sustentado con evidencia suficiente y competente.
2.3.2.- Marcas de Auditoria:
Son señales que se anotan junto a la información registrada por el auditor para evidenciar las investigaciones
realizadas.
Las marcas más comunes que se utilizan en el trabajo de auditoría Integral son las siguientes:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
24
MARCA: SIGNIFICADO:
X No cumple con el programa.
NA No aplicable.
Confrontado contra documento original.
Confrontado contra registro.
C Solicitud por confirmar mediante compulsa.
aObservación o irregularidad en papeles de
trabajo.
VF Verificado Físicamente.
Cumple con el programa.
OK Se cumple con la condición sin excepción.
MARCA: SIGNIFICADO:
Documento o asunto pendiente por aclarar,
revisar o localizar
Documento o asunto pendiente aclarado,
revisado o localizado
ϥ Verificado contra registros.
ϥVerificado contra documentos original o
expediente.
ϥConfrontado contra evidencia física, se utiliza
cuando algún dato o cifra se compara contra
bienes o artículos tangibles, ejemplo:
bienes inventariados o fondos arqueados.
FUENTE Origen de la Información.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
25
MARCA: SIGNIFICADO:
√ Suma Correcta.
√√ Cálculos verificados
Cifra que no debe ser considerada. Es decir, no
incluirse en tabulaciones, sumatorias, inventarios, etc.
Adicionalmente a las marcas descritas, existe el uso de conectores y notas que permiten al auditor referenciar y
comentar la información contenida en sus papeles de trabajo:
Los conectores son números arábigos encerrados en círculo con una flecha que indican la dirección donde se
encuentra el conector correspondiente y se utiliza para identificar dos datos o cifras en una cédula que dependen
uno de otro, haciendo referencia en todos los casos al mismo dato o cifra, pero con diferentes niveles de
desagregación.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
26
Las notas son referencias alfabéticas dentro de la cédula de trabajo, que son explicadas al calce del mismo. Se
utilizan para ampliar, explicar o hacer alguna acotación sobre un dato, cifra o elemento incluido en la cédula de
trabajo.
2.3.3.- Documentos de Trabajo:
Es el conjunto de cédulas que contienen: la información obtenida por el auditor en su revisión, la descripción de las
pruebas de auditoría realizadas, los procedimientos aplicados, los resultados obtenidos y las anotaciones que
considera necesarias con los cuales sustenta y apoya las observaciones, recomendaciones, acciones promovidas,
opiniones y conclusiones contenidas en el informe correspondiente; la opinión del auditor se respalda en la
evidencia contenida en documentos de trabajo.
Los principales objetivos que se logran a través de los documentos de trabajo, son los siguientes:
Tener evidencia para fundamentar el contenido del informe de auditoría.
Dejar constancia del trabajo desarrollado.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
27
Capturar la mayor información con el mínimo de esfuerzo.
Facilitar la supervisión del avance y calidad del trabajo de auditoría.
Permitir continuar con el trabajo en caso de ser interrumpido; y de ser necesario que éste se pueda
efectuar por otra persona.
Constituir un precedente para auditorías posteriores.
Lineamientos para la Elaboración documentos de Trabajo.
Identifican el sujeto fiscalizado.
Identifican el programa, área o rubro, fecha de elaboración, nombre y firma del auditor y firma del
responsable de grupo, como evidencia de supervisión.
Deben ser completos, exactos y claros.
Contener fuentes de información cruces, marcas y referencias.
Pulcros, ordenados y legibles.
En caso de responsabilidades o arqueos se elaborarán con bolígrafo de tinta negra o en computadora.
Su manejo y custodia es exclusivo del grupo de auditoría.
Su información es confidencial por lo que sólo los consultarán los auditores, salvo requerimiento de
autoridad competente.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
28
Diseño de los documentos de trabajo:
Se debe aprovechar, hasta donde sea posible y práctico, la documentación de las áreas auditadas, como cédulas
de Auditoria propias.
Al formularlos el auditor deberá:
Elaborar cédulas sumarias por cada área, capítulo, rubro, expediente o programa de trabajo.
Utilizar letra legible.
Redactar en forma clara y precisa.
Anotar en una columna la información que se va a revisar y en otra, las revisiones efectuadas.
Anotar la información conforme se obtenga.
Respetar el orden en que aparece la información en los documentos fuente.
Registrar de inmediato las observaciones y conclusiones que se deriven de las pruebas realizadas.
Anotar las marcas que sean necesarias.
No pasar las cédulas en limpio, salvo casos excepcionales.
Cruzar la información entre cédulas.
Clasificación de los documentos de Trabajo:
Cédulas analíticas.
Cédulas sumarias.
Cédula de mapeo conceptual.
Cédula de observaciones.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
29
Cédula de recomendaciones.
Cédula de puntos pendientes.
Estructura Cédulas de Auditoría:
Las cédulas presentan estructuralmente tres partes claramente diferenciadas:
Encabezado.
Cuerpo.
Calce o pie.
El número de cédulas a utilizar dependerá de la amplitud de las operaciones revisadas y de la profundidad con que
sean analizadas. Lo importante es el ordenamiento lógico que se les dé dentro de los expedientes de auditoría y la
anotación de la conclusión a la que se llegó.
Debe evitarse obtener fotocopia de todos los documentos analizados, solo deberán fotocopiarse los que tengan
evidencia relevante. También se debe evitar revisar todo el universo, solo una muestra significativa y
representativa, mínima del diez por ciento del universo, si esta fuera insuficiente se tomara el veinte por ciento y si
existe una irregularidad será necesario tomar hasta un treinta por ciento o mayor.
Si se utilizaran reportes o resúmenes elaborados por las áreas revisadas, estos documentos se les deberán dar el
mismo tratamiento que un documento de Trabajo elaborado por el auditor, siempre y cuando lleve la anotación de
donde se obtuvo y como se verifico la veracidad de la información en el contenida. En lo general, basta con dejar
marcas en las cédulas correspondientes como evidencia del procedimiento aplicado o de que fueron analizados, a
excepción de aquellos que sustentan las observaciones, cuya documentación, deberá cubrir las características de
suficiencia, competencia, relevancia y pertinencia.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
30
La documentación original o en la copia certificada que compruebe una presunta responsabilidad
administrativa, se integrara al expediente, sin que en ella se efectúen anotaciones.
2.3.4. Evidencia Suficiente y Competente:
La evidencia de auditoría es la información y documentación que obtiene el auditor para hacer conclusiones con las
cuales determina sus observaciones.
Tipos de Evidencia.
Física:
Esta forma de evidencia es utilizada por el auditor en la verificación de saldos activos tangibles, se
obtiene a través de un examen físico de los recursos por medio de la inspección u observación directa
de las actividades ejecutadas por las personas, sin embargo, tal evidencia no establece la propiedad
o valuación del activo.
Documental:
Es la información obtenida del ente auditado. Incluye comprobantes de pago, facturas, convenios,
contratos, cheques entre otros. La confiabilidad de documentos depende de la forma como fue creado
y su propia naturaleza. Es conveniente clasificar estos documentos en:
Internos: aquellos que se originan dentro del ente.
Externos aquellos que se originan fuera del ente.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
31
Testimonial:
Es la información obtenida de terceros o del personal de la unidad fiscalizada a través de cartas o
declaraciones recibidas en respuesta a indagaciones (actas de auditoría) o mediante entrevistas.
Analítica:
Se obtiene al analizar o verificar la información. Esta evidencia proporciona una base de respaldo
para una inferencia respecto a la razonabilidad de una partida específica de un estado financiero.
Constatada y para no basarse en suposiciones.
2.4.-Informe de Resultados
Además de los informes parciales que se hayan elaborado durante la Auditoría Integral, al final, debe emitirse un
informe escrito y firmado que contenga los resultados relevantes, debidamente soportados.
Dicho informe debe presentarse cuantificado en forma objetiva, clara, concisa, precisa y constructiva. Su contenido
debe incluir, por lo menos:
Principales problemas de la operación y de la administración de sus recursos.
Cumplimiento de la obligación de rendir cuentas, así como de las disposiciones legales y de
normatividad interna.
Oportunidades y amenazas del entorno y fuerzas y debilidades de la Organización.
Propuestas de solución con definición de etapas, acciones, responsables, tiempos de ejecución,
costos y beneficios.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
32
El contenido total del informe debe ser comentado con los ejecutivos responsables de las operaciones, previo a la
presentación al Consejo de la judicatura del Estado de Tlaxcala, para toma de decisiones.
El informe incluirá sólo información relevante del trabajo realizado, en la forma siguiente:
Se eliminarán textos repetitivos.
Se eliminarán tecnicismos que no guarden relación con el objetivo de la revisión.
Evitar la repetición de observaciones dentro del mismo informe de Auditoría.
No presentar en un solo resultado aspectos positivos y negativos.
Redacción muy clara de cada uno de los resultados.
El tipo de letra que se utilizará en los informes es Arial Narrow de 11 puntos; el interlineado es 1.5
líneas y el espacio entre párrafos, anterior y posterior, de 3 puntos.
Y tablas que se incorporen al informe no se presentarán como imagen sino como documentos de
trabajo, por si fuera necesario realizar modificaciones; se recomienda revisar con detenimiento las
operaciones aritméticas realizadas en los cuadros y cuidar los redondeos correspondientes.
Se recomienda que los informes de las auditorías no excedan las 40 cuartillas.
2.4.1.- Estructura del Informe:
El informe de auditoría debe contener por los elementos siguientes:
Título de la Auditoría.
Criterios de selección.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
33
Objetivo.
Alcance.
Universo Seleccionado.
Muestra Auditada.
Áreas revisadas.
Procedimientos de Auditoría Aplicados.
Resultados: Observaciones, Recomendaciones o Acciones Promovidas.
o Resultado sin Observaciones (cuando se determinen fortalezas).
o Resultado con Observaciones (cuando se determinen deficiencias o irregularidades).
o Recomendaciones y Acciones Promovidas (en todos los resultados con observación).
Impacto de las observaciones.
o Errores y omisiones de Información Financiera.
o Cuantificación monetaria de las observaciones.
o Consecuencias legales o sociales.
Resumen de Observaciones, Recomendaciones y Acciones Promovidas (cuando el informe de auditoría
contiene resultados con observaciones.
Dictamen.
2.4.2.- Cédula de Observaciones:
Las observaciones documentadas deberán firmarse por los responsables del Área Jurisdiccional o
Administrativa revisada, antes de presentar el Informe de Auditoría. La importancia de la cédula de
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
34
observaciones radica en el planteamiento claro y preciso de la problemática detectada, el origen de la misma
y las recomendaciones para su solución.
2.4.3.- Pliego de Observaciones:
El Pliego de Observaciones se deberá presentar primero a los Titulares responsables del área revisada,
antes de la entrega formal del Informe de resultados de la auditoría al Consejo de la Judicatura del Estado
de Tlaxcala.
También se le deberá solicitar al área auditada solvente todos y cada uno de los hallazgos determinados en
un plazo menor de 30 días de calendario y la Contraloría del Poder Judicial le dará seguimiento hasta la
solución definitiva de cada uno.
2.4.4.- Informe de Auditoría
Una vez firmadas la Cédulas de observaciones y enviado el Pliego de observaciones a los responsables de
su atención o sustentadas con el acta administrativa en caso de que nieguen a firmar, La Contraloría del
Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, en el ámbito de su respectiva competencia, dará a conocer los
resultados determinados en la Auditoría, al Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala,
mediante un documento denominado Informe de Auditoría.
Índice del Informe de Auditoría:
El informe de auditoría deberá contener lo siguiente:
o Antecedentes.
o Objeto y Periodo revisado.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
35
o Resultado de los Trabajos realizados.
o Conclusión.
o Cédula de Observaciones.
2.5.- Implantación, Seguimiento y Evaluación de Recomendaciones.
Del éxito de la implantación de las recomendaciones del informe de Auditoría Integral depende el grado de mejora
en la productividad, competitividad y eficiencia de la Organización.
El trabajo de auditoría integral de las cuatro fases antes mencionadas, de nada serviría si no se logran concretar y
materializar las recomendaciones en beneficio de la Organización auditada. La labor del auditor integral no
termina con la entrega del informe de auditoría, sino que incluye el determinar las ineficiencias existentes,
proponer soluciones y colaborar con la Organización para su realización.
La implantación debe lograr los cambios que requiere el Poder Judicial. La evaluación continua, metódica y
detallada del proceso de implantación es una tarea que se tiene que ejecutar con el apoyo de la máxima autoridad
de esta Institución.
El seguimiento constituye una de las principales responsabilidades de la Contraloría del Poder Judicial. El objetivo
es verificar que se lleven a la práctica. Además debe cerciorarse de que estas se hayan puesto en vigor
oportunamente y que los resultados deseados se alcanzaron.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
36
2.5.1.- Cédula de seguimiento.
Las cédulas de seguimiento hacen referencia al avance de las recomendaciones hechas por el auditor y si las
acciones implantadas por el área auditada permitieron la solución de su problemática.
2.5.2.-Criterio de Evaluación
Es la Norma o Estándar contra el cual se compara el desempeño del Poder Judicial. La evaluación de los recursos
públicos y los resultados del Ejercicio Fiscal del Poder Judicial se realizara mediante Indicadores Estratégicos o de
Gestión. Un Indicador es una medida que evalúa el nivel de cumplimiento de una meta, objetivo, plan, programa
o proyecto. Se determina por medio de una fórmula que consta de un Numerador, Denominador y un factor de
Escala.
2.5.3.-Indicadores Estratégicos.
Son Instrumentos de medición relativos de objetivos y metas que impactan de manera directa a la
población.
2.5.4.-Indicadores de Gestión.
Son Medidas concretas de Desempeño de actividades o procesos llevados a cabo en el Poder Judicial.
2.5.5.-tipos de Indicadores.
Los más comunes los siguientes:
Indicadores de Calidad. (aprecian los atributos que deben tener los bienes o servicios para satisfacer
un objetivo)
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
37
Indicadores de Eficacia. (aprecian el logro de objetivos propuestos)
Indicadores de Eficiencia. (aprecian el aprovechamiento productivo de los recursos disponibles)
Indicadores de Economía (aprecian el costo mínimo de los recursos utilizados para realizar una
actividad)
Indicadores de Transparencia.(aprecia la información Pública que proporciona de una Organización)
Indicadores de Honradez. (aprecia los valores personales con los que se conduce un servidor
Público)
Existen también Indicadores para medir: insumos, procesos, productos, resultados financieros, de ingresos y
egresos, entre otros.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
38
3.- RESPONSABILIDADES Y SANCIONES.
Artículo 108 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala:
“Todo servidor público será responsable política, administrativa, penal y civilmente de los actos u omisiones en el
ejercicio de sus funciones. Estas responsabilidades son independientes entre sí.”
Por lo tanto la responsabilidad de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones puede asumir formas
Administrativa, Civil, Indemnizatoria, Política y Penal, simultáneamente.
3.1.- Responsabilidad Administrativa.
Es la infracción por parte del servidor público de algún precepto que guía su actuar dentro de la Administración
Pública y que amerita la aplicación de una sanción.
Los principios que regulan el desempeño de los servidores públicos son: Legalidad, Honradez, Lealtad,
Imparcialidad y Eficiencia.
Las principales obligaciones administrativas que los Servidores Públicos tienen son las siguientes:
Cumplir con diligencia el servicio que le sea encomendado, absteniéndose de cualquier acto u
omisión que cause la suspensión total o parcial o la deficiencia de dicho servicio.
Abstenerse de causar daños o perjuicios al Poder Judicial, por el manejo irregular de fondos, valores,
o por irregularidades en el ejercicio, pago, recaudación o concentración de los recursos públicos.
Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le sean atribuidas solo para el
desempeño de su cargo o comisión.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
39
Abstenerse de nombrar, contratar o promover como servidores públicos a personas con quienes
tengan parentesco consanguíneo en línea recta hasta el segundo grado y en línea trasversal hasta el
cuarto grado, por afinidad o civil, que por razón de su adscripción permanezcan en la unidad
administrativa en la que sea titular.
Desempeñar el empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las
prestaciones que el Poder Judicial le otorga por el desempeño de sus funciones.
Abstenerse de incurrir en actos u omisiones que impliquen incumplimiento de cualquier disposición
jurídica relacionada con el servicio público.
Las sanciones por incumplimiento de las obligaciones administrativas de parte de los servidores públicos del
Poder Judicial están previstas en el artículo 66 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
para el Estado de Tlaxcala. (Amonestación, Multa, Suspensión, Destitución del empleo, Inhabilitación o
Sanción económica).
3.2.- Responsabilidad Penal.
Es la conducta activa o pasiva del servidor público que la ley tipifica como delito, en caso de que ocurra y puede consistir en:
o Ejercicio indebido de funciones, abandono de funciones públicas o usurpación de funciones.
o Abuso de autoridad.
o Cohecho.
o Peculado.
o Concusión.
o Fraude.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
40
3.3.- Responsabilidad Política.
Es aplicable para los servidores públicos por el uso indebido de las facultades y funciones que la Ley les
confiere y en general a toda persona que desempeñe un cargo o comisión de cualquier naturaleza en el
Poder Judicial, así como aquellas personas que tengan a su cargo el manejo o administración de recursos
públicos. La instancia competente para conocer de este procedimiento es el Congreso del Estado de
Tlaxcala.
3.4.- Responsabilidad Indemnizatoria.
Es aquella en la que incurren los servidores públicos que por su acción u omisión de sus funciones, cuando
ocasionen daños y perjuicios al Patrimonio del Poder Judicial del Estado. El Órgano de Fiscalización
superior tiene facultades para fincar directamente a los responsables, las indemnizaciones y sanciones
pecuniarias correspondientes y hacerlas efectivas a través de las instancias competentes.
3.5.- Responsabilidad Civil.
Los servidores públicos funcionarios o empleados, son responsables directos de los actos que realicen en el
ejercicio de sus funciones que tienen asignadas, en consecuencia cuando cometen una falta o con esta
causen daño o perjuicio a un particular existe Responsabilidad Civil y por lo tanto la obligación de reparar
el daño. Esta responsabilidad es independiente de cualquier otra.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
41
A N E X O S
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
42
ANEXO 1.
CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO.
FECHA DE APLICACIÓN:_______________________________________________________________________________________
NOMBRE: ____________________________________________________________________________________________________
CARGO O PUESTO: ___________________________________________________________________________________________
Pregunta:
Respuesta:
Comentarios:
SI NO N/A
Elaboró: _____________________ Autorizó: _______________________
Área:
Número de Auditoría:
Concepto:
Periodo:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
43
ANEXO 2.
PROGRAMA DE AUDITORÍA
Área:
Número de Auditoría:
Concepto:
Periodo:
No. DESCRIPCION DEL
PROCEDIMIENTO
HECHO POR /
INICIALES
REFERENCIA EN
PAPELES DE TRABAJO
1 OBJETIVO
2 PLANEACIÓN
3 ORGANIZACIÓN
4 CONTROL INTERNO
5RUBROS ESPECÍFICOS A
REVISAR
Elaboró____________________ Autorizó________________
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
44
ANEXO 3.
ORDEN DE AUDITORÍA.
Oficio número 000/C/2014. Asunto: Orden de Auditoría.
Nombre y cargo del servidor público a quien se dirige la orden y el domicilio donde se ubica el Área Jurisdiccional o Administrativa.
Con objeto de verificar y promover el cumplimiento de sus programas sustantivos y con fundamento en lo dispuesto por
el artículo 80 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, se le notifica que se llevará a
cabo la Auditoría 001/CPJ/2014, en esa (área Jurisdiccional o administrativa), a su cargo.
Comunico a usted que la (investigación, revisión o auditoría) se practicará sobre (alcance de la auditoría),
correspondiente al periodo (Mencionar periodo fecha de inicio y término).
Para el desahogo la presente auditoría se servirá proporcionar a los CC (Nombres de los auditores designados), toda la
información y documentación que le soliciten.
Así mismo le agradeceré les asigne un espacio físico y les brinde las facilidades necesarias para que puedan realizar su
actividad enmendada.
ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN Fecha completa. Nombre y Firma del Titular de la Contraloría Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
c.c.p. (Nombre, Cargo de los Servidores Públicos a los que se enviará copia de la orden.)
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
45
ANEXO 4.
ACTA DE INICIO DE AUDITORÍA
Folio 20014001.
(Localidad donde se levanta el acta), siendo las (anotar la hora del inicio del acto) horas, del día (anotar el día, mes
y año correspondiente), los CC. (mencionar el nombre completo de los auditores comisionados) adscritos a la
Contraloría del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala) hacen constar que se constituyeron legalmente en las
oficinas que ocupa (anotar el nombre de la unidad auditada), ubicadas en (anotar el domicilio completo del lugar
donde se levanta el acta), a efecto de hacer constar los siguientes: ----------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------- Hechos-----------------------------------------------------------------------------
En la hora y fecha mencionadas los auditores actuantes se presentaron en las oficinas citadas y ante la presencia
del C. (nombre del titular del área visitada incluyendo su cargo), procedieron a identificarse con las credenciales
números: (anotar los números de credenciales institucionales de cada auditor)
Acto seguido, hacen entrega formal del original de la orden de auditoría (anotar el número y fecha de la orden de
auditoría), emitida por el Titular de la Contraloría del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala al C. (citar el nombre
completo y puesto del servidor público a quien está dirigida la orden de auditoría), quien firma para constancia de
su puño y letra en un ejemplar de la misma orden, en el cual también se estampó el sello oficial de la unidad
Judicial/Administrativa visitada, quien se da por notificado formalmente .-------------------------------------------------------
Para el desahogo de las actividades programadas, los auditores exponen al titular de la unidad administrativa
visitada el alcance de los trabajos a desarrollar, los cuales se ejecutarán al amparo y en cumplimiento de la orden
de auditoría citada. Posteriormente se solicita al C. (anotar el nombre del servidor público con quien se entiende el
acto) designe dos testigos de asistencia (En caso de negativa serán nombrados por los auditores actuantes),
quedando designados los CC. (Mencionar los nombres completos de las personas designadas como testigos,
domicilios oficiales o particulares, documento con que se identifican, quienes aceptan la designación.-----------------
El C. (nombre del titular de la unidad auditada) en este momento designa al C. (anotar el nombre y cargo del
servidor público) como la persona encargada (enlace) de atender los requerimientos de información y
documentación relacionados con la auditoría, quien acepta la designación y en el acto se identifica con
_____________________-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Pasa al folio 20014002
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
46
Viene de folio 20014001
El C. (nombre de la persona con quien se entiende la diligencia), se pone a las órdenes de los auditores actuantes
para atender los requerimientos que le formulen para que cumpla con la responsabilidad encomendada.---------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
No habiendo más hechos que hacer constar se da por concluida la práctica de esta diligencia, siendo las (anotar la
hora de conclusión del acto) de la misma fecha en que fue iniciada, previa lectura de lo asentado la firman al
margen y al calce de todos y cada uno de los folios los que en ella intervinieron, haciéndose constar que este
documento fue elaborado en dos ejemplares, de los cuales se entrega uno al servidor público con el que se
entendió la diligencia.-
POR EL ÁREA AUDITADA:
Nombre y Firma del Titular del área auditada.
O de la persona que atendió la Diligencia.
Nombre, Firma y Cargo de la Persona designada como enlace.
POR LA CONTRALORÍA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
Nombre y Firma de los Auditores Participantes.
Nombre, Firma y Cargo de los Testigos de Asistencia.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
47
ANEXO 5.
OFICIO DE REQUERIMIENTOS.
Oficio número: 00/C/2014. Asunto: Oficio de requerimientos.
Nombre y cargo del servidor público a quien se dirige el oficio de requerimientos y el domicilio donde se ubica el Área Jurisdiccional o Administrativa. En cumplimiento a la orden de auditoría número 001/CPJ/2014, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 80 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala; solicito a usted proporcione a los CC. (Nombre del personal designado para la auditoría) un espacio físico y la información y documentación siguiente:
(En números consecutivos se describe la información y documentación que sea necesaria.) Así como suministrarles todos los datos e informes que le soliciten para la ejecución de la auditoría, la cual se practicará al: (Objeto, alcances de la auditoría y periodo por revisar.) Esta solicitud queda abierta para ampliar la información requerida. ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN Fecha completa. Nombre y Firma del Titular de la Contraloría Poder Judicial del Estado de Tlaxcala. c.c.p. (Nombre, Cargo y Adscripción de los Servidores Públicos a los que se enviará copia de la orden.)
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
48
JUICIOS RADICADOS
CIVILES FAMILIARES MERCANTILES DEFINITIVASINTERLOCU-
TORIAS
1° HIDALGO 687 26 400 403 478 48
2° HIDALGO 760 325 556 378 95
JUZGADO FAMILIAR DE HIDALGO 1685 439 84 0
1° CUAUHTÉMOC 447 259 204 290 26
2° CUAUHTÉMOC 439 280 197 284 14
JUZGADO FAMILIAR DE CUAUHTEMOC 1362 311 17 60
JUÁREZ 343 597 349 222 235 0
1° LARDIZABAL Y URIBE 457 215 161 319 280 19
2° LARDIZABAL Y URIBE 450 250 138 252 158 0
FAMILIAR DE LARDIZABAL Y URIBE 2189 142 35 17
MORELOS 339 249 129 140 153 3
OCAMPO 584 307 302 359 347 24
XICOHTÉNCATL 563 528 126 471 162 130
ZARAGOZA 736 415 288 580 447 44
FAMILIAR DE ZARAGOZA 1714 114 54 6
TOTAL 5805 9537 2757 4709 3402 486
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALACONTRALORIA
JUICIOS PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y FAMILIAR
ENERO-DICIEMBRE 2013
DESCRIPCIÓN DEL JUZGADO
JUICIOS RESUELTOSJUICIOS
PENDIENTES
DE DICTAR
SENTENCIA
ANEXO 6. CÉDULA ANALÍTICA.
Elaboró____________________ Autorizó________________
ÁREA: NÚMERO DE AUDITORÍA:
CONCEPTO: PERIODO:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
49
ÁREA: NÚMERO DE AUDITORÍA:
CONCEPTO: PERIODO:
Tipo: xEficiencia Eficacia Economía
Meta mínima: 29 Meta sobresaliente : 48 Control Calidad Otro
Fórmula de Cálculo: SD/SDPX100
Variables
Numerador
Denominador
2010 2011 2012 2013
Meta N/A 688 420 467 ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC
N/A515 576
324 37 50 47 57 67 34 28 4 0 0 0 0
N/A688 420
467 36 41 48 43 42 38 29 42 35 43 38 32
N/A 75% 137% 69% 103% 122% 98% 133% 160% 89% 97% 10% 0% 0% 0% 0%
Responsable de su cumplimiento y mejora
Juzgados Penales
Objetivo al que contribuye: Impartición de justicia eficiente que otorgue seguridad jurídica
y credibilidad de los justiciables.
Explicación de la Meta: Dictar 467 sentencias.
Explicación del indicador: Permite conocer el avance de sentencias dictadas.
Observaciones:
INDICADOR.- Sentencias dictadas.
Unidad Frecuencia de Medición
Sentencias dictadas Bimestre
Sentencias dictadas
programadas.Bimestre
Comportamiento Histórico (histórico o última referencia) Comportamiento Mensual 2013
Variable 1er. Bimestre 2o. Bimestre 3er. Bimestre 4o. Bimestre 5o. Bimestre 6o. Bimestre
Numerador
Denominador
Indicador
X
X
0.00%
20.00%
40.00%
60.00%
80.00%
100.00%
E F M A M J J A S O N D
Elaboró____________________ Autorizó________________
ANEXO 7.
CÉDULA SUMARIA.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
50
ANEXO 8.
CÉDULA DE OBSERVACIONES.
(ÁREA ADMINISTRATIVA)
ÁREA: NÚMERO DE AUDITORÍA:________________
CONCEPTO: _________________________ PERIODO:_____________________________
Nombre, Cargo y Firma
del Titular del Area
Auditada.
Num: Fecha: Concepto: Importe:
Nombre y Firma del Auditor.
Observación: Fecha compromiso
Nombre y Firma del Auditor.
Partida:
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
51
ANEXO 9.
CÉDULA DE OBSERVACIONES.
(ÁREA JURISDICCIONAL)
ÁREA: NÚMERO DE AUDITORÍA:
CONCEPTO: PERÍODO:
NÚMERO
DE
PROCESO
NOMBRE DEL
PROCESADO
NOMBRE DEL
AGRAVIADO
FECHA
ÚLTIMA DE
FIRMA
DELITO (S)
FECHA EN
QUE SE
FIJA FIANZA
MONTO DE
FIANZA
FECHA
EXHIBICIÓN
DE FIANZA
NO. DE
PÓLIZA O
FICHA DE
DEPÓSITO
ESTADO QUE
GUARDA
PROCESO
OBSERVACIONESFECHA
COMPROMISO
Nombre y Firma del
Titular del Área
Auditada
Nombre y Firma del Auditor. Nombre y Firma del Auditor.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
52
ÁREA: NÚMERO DE AUDITORÍA:
CONCEPTO: PERIODO:
ADMVA PATRIM
Fundamento
legal.
Tipo de
Observación:Recomendación.Num: Observación Importe:
Nombre y Firma del Auditor. Nombre y Firma del Auditor.
Nombre y Firma del Titular de la
Contraloría del Poder Judicial
ANEXO 10.
PLIEGO DE OBSERVACIONES
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
53
ANEXO 11.
OFICIO DE ENVÍA DE INFORME DE AUDITORÍA.
Oficio número: 00/C/2014.
Asunto: Se remite Informe de Auditoría número: 121/CPJ/2014.
Pleno del Consejo de la Judicatura
del Estado de Tlaxcala.
En relación a la orden de auditoría número 001/CPJ/2014, de fecha (Anotar la fecha de orden de auditoría) y con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 80 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de
Tlaxcala; se adjunta el informe de la auditoría practicada a (indicar nombre del área jurisdiccional o administrativa).
El presente informe adjunto consta de: (número de fojas) donde se presentan con detalle las observaciones
determinadas, que previamente fueron comentadas y aceptadas por los responsables de su atención, de las cuales
sobresalen las siguientes:
(Redactar brevemente las observaciones que se consideren más importantes.)
Al respecto, les solicito girar las instrucciones que considere pertinentes, a fin de que se implementen las medidas
correctivas y preventivas o que en su caso se finquen las responsabilidades que procedan. Así mismo les
informamos a ustedes que esta contraloría realizará el seguimiento de las observaciones determinadas hasta
constatar su solución definitiva.
Nombre y Firma del Titular de la Contraloría
Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
c.c.p. (Nombre, Cargo y Adscripción de los Servidores Públicos a los que se enviará copia de la orden.)
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
54
ANEXO 12.
CÉDULA DE SEGUIMIENTO.
ÁREA:___________________
CONCEPTO:___________________
Observación Original:
Fecha Compromiso:
Recomendaciones
Originales:
NÚMERO DE AUDITORÍA:_____________________
PERÍODO:__________________________________
OBSERVACIÓN SITUACIÓN ACTUAL
Título:
Nombre y Firma del Titular
del áre auditada.
ELABORÓ AUTORIZÓ
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TLAXCALA.
C O N T R A L O R Í A.
55
Se expide el presente Manual de auditoria, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, el veintiséis de mayo del
año dos mil quince.
Así lo acordó y firma el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala.