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PORTAFOLIO DERECHO LABORAL FORERO SOTELO LINA MARÍA, COD 146002910 SÁNCHEZ FIGUEREDO LINA MARCELA, COD 146002932 SUÁREZ CIFUENTES MIGUEL ÁNGEL, COD 146002934 DOCENTE UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS IV SEMESTRE VILLAVICENCIO 2013

Portafolio Derecho Laboral

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Page 1: Portafolio Derecho Laboral

PORTAFOLIO DERECHO LABORAL

FORERO SOTELO LINA MARÍA, COD 146002910

SÁNCHEZ FIGUEREDO LINA MARCELA, COD 146002932

SUÁREZ CIFUENTES MIGUEL ÁNGEL, COD 146002934

DOCENTE

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

IV SEMESTRE

VILLAVICENCIO

2013

HOJA DE VIDA

Page 2: Portafolio Derecho Laboral

LINA MARÍA FORERO SOTELOT.I 9511201930

FECHA DE NACIMIENTO: 20 de Noviembre 1995

LUGAR DE NACIMIENTO: Villavicencio/Meta

ESTADO CIVIL: Soltera

CIUDAD: Villavicencio

DIRECCIÓN: Cra. 19B N° 24ª 04 # 12 Portal de Canaima

TELEFONO: 314 202 4037

E-MAIL: [email protected]

HOJA DE VIDA

Page 3: Portafolio Derecho Laboral

OBJETIVOS Ser profesional para el año 2016 Realizar una especialización Organizarme en Medellín Formar mi empresa (parque temático friki) Viajar por Europa Ir a un Mundial

EDUCACIÓNPreescolar: Colegio Mafalda 1999

Básica primaria: Colegio Narciso José Matus Torres (2000-2005)

Básica secundaria: Colegio Departamental La Esperanza (2006-2009)

Media: Colegio Departamental La Esperanza (2010-2011)

Superior: IV Semestre de Administración De Empresas Universidad de los Llanos (2013)

EXPERIENCIAVendedora en Ticket Express (Mayo – Junio 2013)

APTITUDES Capacidad de improvisación Capacidad de comunicación Creatividad Entusiasmo Honestidad Integridad Perseverancia Intuición Capacidad lectora Disciplina

Page 4: Portafolio Derecho Laboral

LINA MARCELA SÁNCHEZ FIGUEREDO

CORREO: Lina Marcela Sánchez Figueredo CELULAR: 311 209 33 17FECHA DE NACIMIENTO: 30 / 10 / 1993

Información académica COLEGIO: Escuela Normal Superior AÑO: 2010

Perfil profesional Soy una persona seria y calmada, extremadamente cautelosa, responsable y digna de confianza, interesada en poner en práctica mis conocimientos en entidades públicas como privadas, organizada y trabajadora. Dedicada en cumplir mis metas y capaz de lograr cualquier cometido una vez que lo proyecto en mi mente.

Proyección

META A CORTO PLAZO: culminar mis estudios en administración de empresas con un excelente promedio y con los mayores conocimientos posibles para poner en práctica en el área laboral.

META A MEDIANO PLAZO: viajar al exterior para aprender el manejo de una segunda lengua, de igual manera deseo hacer una

Page 5: Portafolio Derecho Laboral

especialización y si es posible una maestría para poder posicionarme en una entidad pública.

META A LARGO PLAZO: seguir estudiando y aprendiendo, ser una persona y profesional ejemplar, respetada por lo que hago y por lo que soy.

MIGUEL ÁNGEL SUÁREZ CIFUENTES

[email protected] / Barzal CR 35 34B 37 / 301 305 97 44

OBJETIVOS A CORTO PLAZOTerminar satisfactoriamente la carrera que curso en la actualidad

OBJETIVOS A MEDIANO PLAZO

Cursar una especialización y mejorar el manejo de un segundo y tercer idioma

OBJETIVOS A LARGO PLAZO

Desempeñarme en un trabajo adecuado a mis capacidades y bien remunerado

EDUCACIÓNInstitución Educativa Colegio Departamental La Esperanza

20114ª Semestre de Administración de Empresas

Universidad de los Llanos

Page 6: Portafolio Derecho Laboral

APTITUDESResponsable

Buena comunicación verbal y no verbalBuena presentación

RespetoEmpatía

Trabajo bajo presiónSolución de problemas

ENCÍCLICAS

Page 7: Portafolio Derecho Laboral

90° ANIVERSARIO DE RERUM NOVARUM

“LABOREM EXERCENS”

"El trabajo humano es una clave, quizá la clave esencial de toda la cuestión social, si tratamos de verla verdaderamente

desde el punto de vista del bien del hombre”

Carta Encíclica del Sumo Pontífice Juan Pablo II sobre el trabajo humano 14 de septiembre de 1981

Esta encíclica trata la concepción del hombre y del trabajo, el verdadero significado del trabajo y su importancia para el hombre y su realización espiritual. El trabajo es lo que distingue al ser humano de los demás seres vivos, por lo cual cobra significado su existencia, con su trabajo el hombre ha de procurarse el pan cotidiano, contribuir al continuo progreso de las ciencias y la técnica, y sobre todo a la incesante elevación cultural y moral de la sociedad en la que vive en comunidad con sus hermanos.

Además Laborem Exercens muestra cómo los socialismos tratan a los seres humanos como instrumentos de producción y no como personas-sujetos de trabajo. Por otra parte, en los liberalismos se les trata como mercancía sujeta al mercado de la oferta y la demanda. Con la proletarización de los intelectuales y su desempleo, se incrementa el problema social.

Puntos principales

El trabajo ocupa el centro de la cuestión social y es la clave para la vida humana.

El libro del Génesis recuerda el mandamiento divino de dominar la tierra y el trabajo es el mejor medio de lograrlo.

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El trabajo ante la vida familiar: logra metas que se fijan las familias, aumentan el bien común de la familia humana.

El trabajo es una obligación y un deber para el individuo y los grupos humanos.

Las personas con capacidades diferentes también deben de participar en el trabajo.

El trabajo agrícola es la base de las economías saludables.

Elementos de una espiritualidad del trabajo: los seres humanos comparten sus actividades con la acción de Dios; el trabajo imita la acción de Dios y otorga dignidad al trabajador. Nuestro Señor Jesucristo fue un hombre de trabajo. Hay en la Sagrada Escritura muchas referencias al trabajo; el Concilio Vaticano II dice que: el trabajo es necesario para el progreso terreno y para el desarrollo del Reino.

La propiedad privada con función social hace que la D.S.I. difiera del marxismo (colectivismo) y del capitalismo (propiedad ilimitada).

El derecho a propiedad privada está subordinado al destino universal de los bienes, pues la propiedad se adquiere por el trabajo y para servir al trabajo.

Principios fundamentales:

Prioridad del trabajo sobre el capital; primacía de la persona sobre las cosas.

Necesidad de un sistema que armonice capital y trabajo. No hay que olvidar que la humanidad cuenta con dos herencias: la naturaleza y los recursos desarrollados por las personas.

El criterio para una economía mundial ha de ser respetar los derechos objetivos de los trabajadores, a través de la justa remuneración a su trabajo.

Los salarios son un medio práctico por el que las personas pueden tener acceso a los bienes destinados al uso universal.

Page 9: Portafolio Derecho Laboral

El derecho a formar unidades sindicales es indispensable para la vida social.

Los sindicatos se originaron por la lucha de trabajadores y son pieza fundamental en la lucha por la justicia, al mismo tiempo que un factor constructivo del orden social.

El Estado (de manera subsidiaria) puede intervenir para asegurar los derechos y el bien común.

Las huelgas son legítimas, pero han de ser extraordinarias.

En los conflictos tener dos preocupaciones: pueden convertirse las demandas en egoísmo de clase y pueden apartar los reclamos de los propios papeles de los sindicatos.

ENCÌCLICA CENTESIMUS ANNUS

“Cien años de Rerum Novarum” Promulgada 1 Mayo 1991 Papa Juan Pablo II

Interés por las cuestiones sociales

Papa Juan Pablo II Recuerda el centenario de la Rerum Novarum Papa León XII

El 15 de Mayo de 1981

Doctrina social sobre el trabajo y sobre el principio de colaboración contra puesto a la lucha de las clases “Condiciones de la clase trabajadora”

En esta se repasan los principios fundamentales del trabajo humano con el fin de dar solución a todas las cuestiones obreras

I. RASGOS CARACTERISTICOS DE LA RERUM NOVARUM

Finales siglo pasado Iglesia Proceso histórico

Cambios Radicales {Campo politicoEconomicoSocial }

Sociedad tradicional se extinguía dando paso a otra cargada de nuevas libertades

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Peligro de nuevas formas de injusticia y esclavitud

Nueva estructura en la producción de bienes de consumo

Aparece una nueva forma de : -Propiedad –Capital –Trabajo

TRABAJO ASALARIADO

El trabajo era visto como una mercancía, este tenía vistas únicamente al incremento de los beneficios (rentabilidad)

Caracterizado por arduos ritmos de producción sin consideraciones de sexo, edad o situación familiar pues no se tenía en cuenta el mínimo vital necesario para el sustento del trabajador y su familia (salario regulado por la ley de la oferta y la demanda)

Consecuencia división de la sociedad en dos clases sociales

CONFLICTO Capital Vs Trabajo donde había malas relaciones entre patronos y obreros, acumulación de riquezas por parte de unos pocos y pobreza de la inmensa mayoría.

*León XIII busco restablecer la paz entre la lucha social, paz edificada sobre la justicia

Defendía los derechos fundamentales de los trabajadores “Dignidad del trabajo”

Entre esos derechos encontramos: Derecho a la propiedad privada

Derecho a la creación de sindicatos Derecho a la limitación de las horas de trabajo (legitimo descanso) Trato diverso a mujeres y niños, relativo al tipo de trabajo y su duración Derecho a un salario justo (suficiente para el sustento del obrero y su

familia) Derecho a unos condiciones higiénicas propias del ambiente Derecho a cumplir libremente los propios deberes religiosos (descanso

festivo)

Papa atribuía a la autoridad pública la obligación de prestar atención al bienestar obrero

Rerum Novarum Critica Dos sistemas sociales económicas [ SocialismoLiberalismo] Socialismo: eliminación de la propiedad privada

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Liberalismo: Favorecimiento ciudadanos ricos y prósperos, descuido por los otros

II. HACIA LAS COSAS NUEVAS DE HOY

Injusta distribución de las riquezas

Rerum novarum Reformas Defender el trabajador contra el incubo del desempleo

Sociedad y estado Aseguran niveles salariales adecuados (capacidad de ahorro)

Dar a los trabajadores conocimientos y aptitudes cada vez más amplios Calificándolos

Acabar la explotación

SINDICATOS Instrumentos de negociación Contribuyen al desarrollo de una autentica

Cultura de trabajo

ESTADO participación ⟨ DirectaIndirecta⟩Directa: Creando condiciones encausadas hacia una oferta abundante de oportunidades de trabajo

Indirecta: Defensa de los más débiles

ENCÌCLICA Notable influencia { Finales S . XIXComienzoS . XX } Reformas introducidas en

los sectores

-Previsión social

-Pensiones

-Seguros (enfermedad, Accidente)

Marco de mayor respeto a los derechos de los trabajadores, después de la segunda guerra mundial sentimiento más vivo por los derechos humanos

III. EL AÑO 1989

Caída del muro de Berlín 1989 Hundimiento regímenes opresores

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Violación de los derechos de los trabajadores, ineficiencia del sistema económico

“desprendernos definitivamente de las ideologías del socialismo y el liberalismo si se quiere construir un mundo donde prime la libertas y la solidaridad”

IV Trabajo moderno como nuevo tipo de propiedad

Factor trabajo Prioridad Factor tierra

Del trabajo emerge el conocimiento, la técnica y el saber Fuentes principales de riqueza

Aspectos positivos: - Valoración del propio hombre

-Ejercicio de determinadas virtudes

- Derecho a la libertad

Negativos: - Marginalidad

-Miseria y explotación (Lugares-Capitalismo salvaje)

SINDICATOS: Lucha Capitalismo liberal Proponiendo Sociedad Fundada Trabajo L

Populorum Progressio

(El desarrollo del pueblo)

Promulgada el 26 de marzo de 1967 por el Papa Pablo VI.

Argumento: La necesidad de promover el desarrollo de los pueblos.

Objetivo: Leer, analizar y determinar los aspectos relacionados con el derecho laboral en la encíclica Populorum Progressio.

Populorum ProgressioPrimera parte.

“Por un desarrollo integral del hombre”.

1. Los datos del problema.

a) Mayor toma de conciencia: Los conflictos sociales van en aumento en las clases pobres de los países que se van industrializando, en estas economías la

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mayor parte del trabajo se desarrolla en el sector agrícola, ya que su situación es cada vez peor y no tienen solución a su miseria, no merecida.

2. La iglesia y el desarrollo.

a) Vocación al desarrollo: Dios ha dotado a toda persona con inteligencia, cualidades, aptitudes y libertad para que cada uno se orientase su propio destino.

b) Deber comunitario: Cada hombre es miembro de una sociedad y debe trabajar para que este subsista y se desarrolle.

c) Escala de valores: El crecimiento personal y comunitario depende del trabajo, ya que es considerado un deber  «El que no quiere trabajar, que no coma» (2Tes 3, 10).

d) Hacia una condición más humana: Para llevar a cabo el desarrollo se necesita personas con estudio y que ellos desarrollen un nuevo humanismo, para así mejorar las condiciones de trabajo de miles de personas.

3. Acción que se debe emprender.

a) Llenad la tierra, y sometedla: La biblia desde sus primeras páginas habla que la tierra entera es del hombre y este debe aplicar su inteligencia y esfuerzo para valorizarla mediante su trabajo, así podría saciar sus necesidades y garantizar su subsistencia.

b) La industrialización: Es necesario para el crecimiento económico y progreso humano, ya que el hombre mediante la aplicación de su inteligencia y su trabajo aprovecha mejor los recursos que se encuentran en la naturaleza.

c) Capitalismo liberal: Esta es una de las consecuencias del progreso económico, esto genero un abuso en las condiciones sociales y laborales de las personas, solo con el fin de que produzca más y gasten menos.

d) El trabajo: El deseo de dios es que el hombre trabaje a la perfección la tierra y sus recursos, y que se dedique a una actividad productiva, ya que se comprende que todo trabajador es un creador.

e) Su ambivalencia: El trabajo ayuda a desarrollar conciencia profesional, sentido del deber y caridad para con el prójimo, y así poder garantizarle al trabajador su derechos y dignidad.

f) Programas y planificación: se necesita de apoyo internacional para implementar programas que ayuden al mejoramiento de la comunidad y sus condiciones laborales.

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Segunda Parte.

“El desarrollo solidario de la humanidad”.

1. Asistencia a los débiles.

a) Fraternidad de los pueblos: Es deber de los países más favorecidos ser solidarios con aquellos países en vía de desarrollo ayudándoles a fortalecer sus economías y promover una justicia social para todos.

2. La justicia social en las relaciones comerciales.

a) Separación creciente: Las naciones altamente industrializadas deben procurar ayudar a los países que sus economías se basen en sus productos agrícolas y materias primas, mediante la importación de tecnología adecuada para mejorar y facilitar su trabajo.

3. La caridad universal.

a) Trabajadores emigrantes: Ofrecerle a los trabajadores emigrantes condiciones laborales adecuadas y garantizarle una remuneración justa.

CUADRO COMPARATIVO

Page 15: Portafolio Derecho Laboral

SOBRE EL TRABAJO

Constitución política de Colombia Código sustantivo del trabajo

Art 25: el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades de la especial protección del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas

Art 7: Obligatoriedad del trabajo, el trabajo es socialmente obligatorio.

Art 9: Protección al trabajo, el trabajo goza de la protección del estado, en la forma prevista en la constitución nacional y las leyes. Los funcionarios públicos están obligados a prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la

CUADRO COMPARATIVO

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garantía y eficacia de sus derechos, de acuerdo con sus contribuciones.

Art 11: Derecho al trabajo, toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la constitución y la ley.

Art 26: toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones, las ocupaciones artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de estos deberán ser democráticos La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles

Art 8: Libertad de trabajo, nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos, de acuerdo con sus atribuciones

Art 39: los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución.La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales, se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos.La cancelación o suspensión de la personería jurídica solo procede por la vía judicial.Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión. No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la fuerza pública.

Art 12: Derechos de asociación y huelga, el estado colombiano garantiza los derechos de asociación y huelga, en los términos prescritos por la constitución nacional y la ley.

Art 353: Derechos de asociación, de acuerdo con el artículo 39 de la constitución política los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos; estos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí.

Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, a las normas de este título y están sometidos a la inspección y vigilancia del gobierno, en cuanto concierne al orden público.

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Los trabajadores y empleadores, sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

Art 53: el congreso expedirá el estatuto del trabajo, la ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:Igualdad de oportunidades para los trabajadores, remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo , estabilidad en el empleo, irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales, facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles, situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho, primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales, garantía a las seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario, protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad El estado garantiza el derecho al pago oportuno y reajuste periódico de las pensiones legales Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.

Art 10: Igualdad de los trabajadores, todos los trabajadores sean iguales ante la ley, tienen las mismas protecciones y garantías, y en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la ley.

Art 27: Remuneración del trabajo, todo trabajo dependiente debe ser remunerado

Art 57: Obligaciones especiales del empleador. Art 143: A trabajo igual, salario igual, a trabajo igual desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual, comprendiendo en este todos los elementos a que se refiere el artículo 127

Art 145: Salario mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural.

Art 54: es obligación del estado y de los empleadores Ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos

Art 81: Contrato de aprendizaje es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que este le proporciones los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contrato, por un

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el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.

tiempo determinado y le pague el salario convenido.

Art 55: Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley. Es deber del estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos del trabajo.

Art 56: se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho. Una comisión permanente integrada por el gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores. Fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos del trabajo y concertará las políticas salariales y laborales. La ley reglamentará su composición y funcionamiento.

Art 12: Derechos de asociación y huelga, el estado colombiano garantiza los derechos de asociación y huelga, en los términos prescritos por la constitución nacional y la ley.

Art 57: la ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.

Art 64: es deber del estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial , con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Art 334: Alojamiento y medicamentos, las empresas agrícolas, ganaderas o forestales que ocupen 15 o más trabajadores que residan en ellas, están obligadas a suministrarles alojamiento adecuado, a destinar un local para la asistencia de enfermos y a proveerlos de los medicamentos o medios terapéuticos de urgencia.

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http://diocesisdehuejutla.org/pastoral-social