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G081ERNO Aυ ONOM0 0ESCENTRALiZA00 MuN!CipAL OE PORTOVIEJO LA ORDENANZA QUE REGULA ELFUNC10NAMIENTO MUN:CIPAL DEL CANTON PORTOVIEJO Y ESTABLEC RELAC10NADOS A LAS ACT!VIDADES DE F EXPOSICI6N DE MOTIVOS: En el cant6n Portoviejo, desde el aho 1985 ha existido normativa para regular los servicios del camal municipal, teniendo como tiltima norma local vigente la ORDENANZA PARA LA PRESTACI6N DEL SERVICIO DE LOS CAMALES MUNICIPALES DEL CANT6N Y COBRO DE LA TASA POR EL FAENAMIENTO DE LOS ANIMALES EN EL CAMAL MUNICIPAL DE PORTOVIEJO, publicada el 8 de octubre de 2013 en el Registro Oficial No. 097. Esta administraci6n municipal desde el afio 2014 viene desarrollando varias actividades que permitan repotenciar y mejorar el actual camal municipal hasta convertirlo en un camal moderno y altamente tecnificado con aplicaci6n de estrictos controles sanitarios en el faenamiento de carne bovina, porcina, ovina y caprina; es asi que el 20 de octubre de 2014 se crea la Empresa P(blica Municipal de Mercados y Camales EP, encargada de implementar la fase de modernizaci6n del camal, promoviendo un efectivo proceso para el manejo adecuado de animales destinados al consumo humano, observando las normas t6cnicas como prerrequisito en la producci6n de cdrnicos sanos dentro del marco de la ley y del sistema de soberania alimentaria. La modernizaci6n del camal municipal requiere de la inversi6n de recursos econ6micos, es por ello que se evidencia la necesidad de revisar las tasas que actualmente rigen para actividades de faenamiento de los animales de las especies bovina, porcina, caprina y ovina, toda vez que el ingreso generado par la misma no cubre los costos de operaci6n, mantenimiento y menos a[n los costos de inversi6n en adecuaciones de infraestructura que irrestrictamente se requieren ejecutar, alcanzando a cubrir apenas un 27,83% de sus costos operativos. Por este motivo la Empresa P[blica Municipal de Mercados y Camales EP ha presentado una propuesta de tasas y prestaci6n de servicios del camal municipal, asI como procedimientos adecuados para asegurar la calidad del producto que se suministra hoy al pdblico a trav6s de los diferentes negocios, a fin de proporcionar al consumidor productos alimenticios de origen animal de alta calidad y a precios equitativos, asi como el establecimiento de modernos mataderos bajo estrictos controles sanitarios. pORTOV:日 0 Calle Olmedo entre Bolivar y Morales. Portoviejo. Manabi. Ecuado( (593) (5) 370 0250 wwu.portovlaro.tob.ac P6gina l de ll

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G081ERNO Aυ了ONOM00ESCENTRALiZA00 MuN!CipAL OE

PORTOVIEJO

LA ORDENANZA QUE REGULA ELFUNC10NAMIENTO DEL C[NTRO DE FAENAMIENTOMUN:CIPAL DEL CANTON PORTOVIEJO Y ESTABLECE LAS TASAS POR SERVICiOS

RELAC10NADOS A LAS ACT!VIDADES DE FAENAMiENTO

EXPOSICI6N DE MOTIVOS:

En el cant6n Portoviejo, desde el aho 1985 ha existido normativa para regular los serviciosdel camal municipal, teniendo como tiltima norma local vigente la ORDENANZA PARA LA

PRESTACI6N DEL SERVICIO DE LOS CAMALES MUNICIPALES DEL CANT6N Y COBRO DE LA

TASA POR EL FAENAMIENTO DE LOS ANIMALES EN EL CAMAL MUNICIPAL DE PORTOVIEJO,

publicada el 8 de octubre de 2013 en el Registro Oficial No. 097.

Esta administraci6n municipal desde el afio 2014 viene desarrollando varias actividades quepermitan repotenciar y mejorar el actual camal municipal hasta convertirlo en un camalmoderno y altamente tecnificado con aplicaci6n de estrictos controles sanitarios en el

faenamiento de carne bovina, porcina, ovina y caprina; es asi que el 20 de octubre de 2014se crea la Empresa P(blica Municipal de Mercados y Camales EP, encargada deimplementar la fase de modernizaci6n del camal, promoviendo un efectivo proceso para el

manejo adecuado de animales destinados al consumo humano, observando las normast6cnicas como prerrequisito en la producci6n de cdrnicos sanos dentro del marco de la ley ydel sistema de soberania alimentaria.

La modernizaci6n del camal municipal requiere de la inversi6n de recursos econ6micos, espor ello que se evidencia la necesidad de revisar las tasas que actualmente rigen para

actividades de faenamiento de los animales de las especies bovina, porcina, caprina yovina, toda vez que el ingreso generado par la misma no cubre los costos de operaci6n,mantenimiento y menos a[n los costos de inversi6n en adecuaciones de infraestructuraque irrestrictamente se requieren ejecutar, alcanzando a cubrir apenas un 27,83% de sus

costos operativos.

Por este motivo la Empresa P[blica Municipal de Mercados y Camales EP ha presentado

una propuesta de tasas y prestaci6n de servicios del camal municipal, asI comoprocedimientos adecuados para asegurar la calidad del producto que se suministra hoy al

pdblico a trav6s de los diferentes negocios, a fin de proporcionar al consumidor productosalimenticios de origen animal de alta calidad y a precios equitativos, asi como el

establecimiento de modernos mataderos bajo estrictos controles sanitarios.

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608:ERNO AUTONOMODESCENTRALiZA00 MUNiC:PAL DE

PORTOVIEJ0

EL CONCEJO MUNIC:PAL DELCANTON PORTOV:EJO

CONSIDERANDO:

Que, la Constituci6n de la Rep[blica del Ecuador consagra los derechos del buen vivir de losciudadanos, provey6ndoles el derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos,suficientes y nutritivos, preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia consus diversas identidades y tradiciones culturales tomando en cuenta que el estadoecuatoriano promoverd la soberan[a alimentaria; ademds un ambiente sano para elconsumo de nuestros productos en buen estado, garantizando el Sumak Kawsay paranuestro Cant6n;

Que, el literal e) del articulo 55 del C6digo Orgdnico de Organizaci6n Territorial, Autonomiay Descentralizaci6n COOTAD, seftala como una de las competencias exclusivas de losgobiernos aut6nomos descentralizados municipoles, la de "creor, modificor, exoneror osuprimir mediante ordenonzos, tosos, torifas y contribuciones especiales de mejoras";

Que, el articulo 57 letra c) del C6digo Orgdnico de Organizaci6n Territorial, Autonom[a yDescentralizaci6n COOTAD, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal"Creor, modificar, exoneror o extinguir tosas y contribuciones especiales por los serviciosque presto y obras que ejecute";

Que, el artlculo 277 del C6digo Orgdnico de Organizaci6n Territorial, Autonomia yDescentralizaci6n COOTAD establece que los gobiernos regional, provincial, metropolitanoo municipal podrdn crear empresas p0blicas siempre que esta forma de organizaci6nconvenga m5s a sus intereses y a los de la ciudadania: garantice una mayor eficacia ymejore los niveles de calidad en la prestaci6n de servicios p0blicos de su competencia o enel desarrollo de otras actividades de emprendimiento;

Que, el art[culo 566 del C6digo Orgdnico de Organizaci6n Territorial, Autonomia yDescentralizaci6n COOTAD, sefiala que "los municipolidades y distritos metropolitonospodrdn oplicor tosos retributivas de los servicios p(tblicos que se estoblezcan en estec6digo";

Que, el articulo 568 del C6digo OrgSnico de Organizaci6n Territorial, Autonomia yDescentralizaci6n COOTAD faculta al Concejo Municipal a regular y aprobar medianteordenanzas, tasas por la prestaci6n de servicios, entre las cuales se encuentran:b) Rastro;i) Otros servicios de cualquier naturaleza

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608:ERNO AUTONOMODESCCNTRALiZA00 MUN:CtPAL DE

PORTOViEJ0

Que, en el articulo 3 de la Ley de Mataderos (Decreto Supremo N" 502-C), se reconocentres clases de camales o mataderos, entre los que se destacan los camales prlblicos comoaquellos operados por las entidades de derecho priblico o de derecho privado con finalidadsocial o p[blica;

Que, el articulo 2 de la Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza de Creaci6n de la EmpresaP(blica Municipal de Mercados y Camales y su Reforma seffala que: "PORTOMERCADOS EP

tiene por objeto lo gestion, el desorrollo y lo odministracion del sistemo municipol de

foenomiento y comerciolizacion de especies onimales poro el consumo humono; lainfroestructura de motoderos y mercodos; asi como la dotoci6n, operoci6n, montenimiento,administroci6n, control y funcionamiento de los servicios de reguloci6n, control de localidod, eloboroci6n, monejo, pesos y expendio de viveres poro el consumo p(tblico; asicomo el funcionamiento y condiciones sonitorias de los establecimientos y localesdestinodos a procesorlos y expenderlos. lgualmente competerd a la Empreso los demdsoctividades occesorios, complementorios o derivodas de este objeto empresorial.";

Que, es necesario la revisi6n de las tasas fijadas inicialmente para las actividades defaenamiento de los animales de las especies bovina, porcina, caprina y ovina en el cant6nPortoviejo, a fin de dar sostenibilidad financiera al servicio que actualmente presta el

Gobierno Municipal del cant6n Portoviejo, en cuyo m6rito la t6cnica legislativa sugiereexpedir una Ordenanza que regule el funcionamiento del centro de faenamiento municipaldel cant6n y establezca las tasas relacionadas a dicha actividad;

En uso de las atribuciones previstas en la Constituci6n de Ia Rep(blica y en el C6digoOrgd n ico de Orga n izaci6n Territoria l, Auton om ia y Descentra I izaci6n,

EXP:DE:

LA ORDENANZA QUE REGULA ELFUNCiONAMIENTO DEL CENTRO DE FAENAM:ENTOMUN:C:PAL DELCANTON POR丁 OViEJO Y ESttABLECE LAS ttASAS POR SERViC:OS

RELAC:ONADOS A LAS ACT:V:DADES DE FAENAM:ENTO

CAPiTULO i

GENERAL:DADES

Art. 1.- DENOMINACI6N.- Se denomina al Camal Municipal del cant6n Portoviejo, a partirde la presente Ordenanza como "Centro de Faenamiento Municipal".

Art. 2.- OBJETO.- La presente Ordenanza tiene como objeto regular el funcionamiento delcentro de faenamiento municipal del cant6n Portoviejo y establecer las tasas por serviciosrelacionados a las actividades de faenamiento.

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GOBIに RNO Aυ 了ONOMODESCENTRALiZADO MUNICiPAL DE

PORTOViEJO

Art. 3.- AMBITo DE APLICACI6N.- La presente ordenanza rige para las personas naturales ysociedades, que hagan uso de las instalaciones del Centro de Faenamiento Municipalubicado en el canton Portoviejo.

Art. 4.- DEFINICIONES.- Para la correcta aplicaci6n de esta ordenanza se establecen lassigu ientes d efin iciones:

AGROCALIDAD: Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro;

CENTRO DE FAENAMIENTO MUNICIPAL: Es un establecimiento dotado deinstalaciones y equipos adecuados para el sacrificio, preparaci6n y conservaci6n delas especies de carnicerias bajo diversas formas, con aprovechamiento completo,raciona I y adecuado;

CONTROL SANITARIO: Corresponde a la inspecci6n ante y post-mortem de losanimales, que incluye el recibimiento, manipulaci6n, faenamiento,almacenamiento, conservaci6n, despacho, transporte, distribuci6n y consumo decarnes destinadas a la alimentaci6n humana, realizado por m6dicos veterinarioscapacitados para el control del manejo los productos cdrnicos cuyo reconocimientoserd otorgado por AGROCALIDAD;

FAENAMIENTO: El faenamiento comprende las actividades que se complementanen el proceso de sacrificio, que permiten obtener productos cdrnicos de lasdiferentes especies animales permitidas para el consumo humano, hasta sudespacho a los centros de abastos municipales, supermercados, tercenas o frigos.

PORTOMERCADOS EP: Empresa P(blica Municipal de Mercados y Camales Ep.

SOCIEDAD.- Para efectos de esta Ordenanza el t6rmino sociedad comprende lapersona juridica; la sociedad de hecho; el fideicomiso mercantil y los patrimoniosindependientes o aut6nomos dotados o no de personeria juridica, el consorcio deempresas, la compaiia tenedora de acciones que consolide sus estados financieroscon sus subsidiarias o afiliadas; el fondo de inversi6n o cualquier entidad nacional oextranjera que, aunque carente de personerla juridica, constituya una unidadecon6mica o un patrimonio independiente de los de sus miembros.

CAPiTULO ll

FUNC10NAMIENTO DEL CENTRO DE FAENAM:ENTO MUNICiPAL

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608:EttNO AU了 ONOMODESCttNTRALiZADO MUN:C:PAL DE

PORTOV!EJ0

Art. 5.- RESPONSABILIDAD.- PORTOMERCADOS EP, o la que hiciere sus veces, organizardlas acciones t6cnicas y administrativas necesarias para el control, vigilancia, evaluaci6n y

ejecuci6n de actividades inherentes al correcto funcionamiento del Centro de Faenamiento

Municipal.

Art. 5.- DEL SERVICIO.- El Centro de Faenamiento Municipal brindard los siguientes

servicios:

1) De rastro, para todo tipo de ganado destinado a la producci6n de carne para

consumo humano, asf como para el aprovechamiento e industrializaci6n de los

subproductos que provengan de esta actividad; y, en general todos aquellos afinesque est6n determinados en la Ley de Mataderos y la Ley Orgdnica de la Salud.

2) De recepci6n, vigilancia en corrales, faenamiento, inspecci6n pre y post mortem,laboratorio, servicios complementarios, despacho, transporte, y todos aquellos que

fueren necesarios para el faenamiento y distribuci6n de carne de cualquier tipo de

ganado.

Art.7.- ORGANIZACI6N ADMINISTRATIVA.- Para el cumplimiento de sus fines, el Centro de

Faenamiento Municipal dispondrd de una estructura y organizaci6n administrativa de

acuerdo a sus funciones, objetivos y a los servicios que presta.

El Reglamento lnterno del Centro de Faenamiento Municipal serd aprobado por el

Directorio de PORTOMERCADOS EP, en el cual se determinard la estructura administrativa-operativa, asi como las funciones, atribuciones y deberes de cada drea de acuerdo a la

realidad institucional y local del Cant6n.

CAP1TULO III

DE LOS USUARIOS Y LA INSCRIPCION

Art. 8.- DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO.- Toda persona natural o sociedad que desarrolle

actividades de faenamiento y comercializaci6n de ganado dentro del cant6n Portoviejo,

estd obligada a utilizar las instalaciones del Centro de Faenamiento Municipal, con el fin de

salvaguardar la salud pIblica del cant6n.

El servicio que se brinda en el Centro de Faenamiento Municipal de Portoviejo se pondrd a

disposici6n de quien lo requiera sin importar su lugar de residencia.

Art. 9.- TNSCRIPCION DEL USUARIO.- Todas las personas naturales o sociedades que

requieran los servicios del Centro de Faenamiento Municipal, se registrarSn de acuerdo a

los requisitos establecidos por PORTOMERCADOS EP.

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60BlERNO Aυ TONOM0DESCENTRAL!ZA00 MuNiC,PAL DE

PORTOViEJO

CAPiTULO:VDEL FAENAMIENTO

Art. 10.― :NGRESO′ PROC[SO DE SACRIFIC10 DE ANIMALES Y PROH!BIC10NES―PORTOヽlERCADOS EP expedir6 el respectivo reglamento que establezca elingreso′ procesoy prohibiclones al faenmiento de ganado bovino,porcino′ caprino y ovino′ que se destine

para el expendio y consumo del p`b‖ co′ que obligatoriamente debe realizarse en ei Centro

de Faenamiento Municipal del cant6n Portovielo

CAPITULo VDEt TRANSPORTE DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS

Art. 11.-AUTORIZACION.- La transportaci6n de todo tipo de carnes faenadas que se realicedesde y hacia el Centro de Faenamiento Municipal, mercados, supermercados, frigorificos,tercenas y otros, dentro y fuera del cant6n Portoviejo, se lo hard exclusivamente en losvehiculos que tengan la autorizaci6n de PORTOMERCADOS EP, para lo cual, el interesadoingresar6 una solicitud de autorizaci6n en el Centro de Faenamiento Municipal, en dondese verificard mediante inspecci6n que el vehiculo cuente con las especificacionesrequeridas para el transporte y traslado de carnes para el consumo humano, conforme a

los requisitos que establezca la Ley de Sanidad Animal, Ley de Mataderos y demds normasconexas.

Art. 12.-DECOMISO.- Las personas que transporten la carne o visceras, una vezdespachadas por el Centro de Faenamiento Municipal, en vehiculos no permitidos, serdnsancionadas con el decomiso total de la carne o visceras transportadas. Lo decomisado serddonado a los comedores populares o a instituciones de beneficencia p(blica previaconstatacidn del m6dico veterinario del centro de Faenamiento Municipal sobre el estadosaludable de la carne, sin que el afectado tenga derecho a reclamo ni a indemnizaci6nalguna.

Para cumplir con lo indicado se contar6 con la colaboraci6n de la policia Municipal y/oPolicia Nacional.

CAplTuLO Vl

DE LA TASA POR EL SERViC:O DE FAENAMIENTO Y TASA POR OCUPACiON DE

INSTALAC10NES DEL CENTRO DE FAENAMiENTO MUNICiPAL PARA ACTIV:DADES DECOMERCiALIZAC:ON Y LAVADO:NTEGRAL DE V:SCERAS Y OTROS SUBPRODUCTOS

SECC10N l

TASA POR EL SERViC!O DE FAENAMIENT0

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60B:ERNO AUTONOMODESCCNTRALiZA00 MUNiC:'AL DE

PORTOV:EJ0

Art.13.― SUJETO ACttiVO.‐ El suietO activo de la tasa por el servicio de faenamiento es

el Gobierno Aut6nomo Descentralizado del cant6n Portovie10 a trav6s dePOR丁OMERCADOS EP.

Art. 14.- SUJETO PASIVO.- Son sujetos pasivos de la tasa por el servicio de faenamiento las

personas naturales y sociedades que hacen uso de las instalaciones del Centro de

Faenamiento Municipal del cant6n Portoviejo para la recepci6n, manipulaci6n,

faenamiento, almacenamiento, conservaci6n, despacho y transporte, de carnes destinadas

a la alimentaci6n humana.

Art. 15.- HECHO GENERADOR.- Se constituye como hecho generador el servicio de

faenamiento de animales en las instalaciones del Centro de Faenamiento Municipal del

cant6n Portoviejo que incluye el servicio de recepci6n, corral, sacrificio y conservaci6n en

cdmara fria.

Art. 16.- TASA POR EL SERVICIO DE FAENAMIENTO.- Se establece la siguiente tarifaporcentual en funci6n de la remuneraci6n mensual unificada, aplicada para cada animal a

faenar:

CAttEGORIA TARIFA PORCENttUAL

EN FUNC10N DELRMU

Especie bovina 6′30%

Despiece bovina 0.80%

Especies porcina 3′00%

Despiece porcina 0.55%

Art. 17.- VTGENCIA Y EXIGIBILIDAD DE LA TASA POR EL SERVICIO DE FAENAMIENTO.- La

tasa por el servicio de faenamiento debe16 cancelarse por cada animal que se faena en las

instalaciones del Centro de Faenamiento Municipal, previo al ingreso del animal en pie a

dichas instalaciones.

De detectarse que el animal no es apto para el faenamiento, de acuerdo al informe de

inspecci6n ante y post mortem no habrd devoluci6n de la tasa cancelada previamente.

SECC:ON‖

丁ASA POR OCUPAC:ON DEiNSTALACiONES DEL CENttRO DE FAENAM:ENTO MUNICiPAL

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Caile Oimedo entre Bo:ivar y Mora:es.Portovieloo Manabi.Ecuador

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C08:EttNO AUTONOMODESCENTRALiZA00 MuN!CiPAL DE

PORTOViEJ0

Art。 18.‐ SUJEttO ACT:VO。…ElsuletO activo de la tasa por el servicio de faenamiento es

el Gobierno Aut6nomo Descentralizado del cant6n Portoviejo a travё s dePORTOMERCADOS EP.

Art. 19.- SUJETO PASIVO.- Son sujetos pasivos de la tasa por ocupaci6n de instalaciones delcentro de faenamiento municipal las personas naturales y sociedades que realicen:

- Actividades de comercializaci6n de subproductos tales como: pieles, visceras, entreotros, del animal previamente faenado en el Centro de Faenamiento Municipal delcant6n Portoviejo; y,

- Actividades de lavado integral de vfsceras y otros subproductos

Art. 20.- HECHO GENERADOR.- Se constituye como hecho generador la ocupaci6n de lasinstalaciones del centro de faenamiento municipal, tales como:

- Las salas de visceras y dreas exteriores del centro de faenamiento, de acuerdo a

cada subproducto, para actividades de comercializaci6n de subproductos como:pieles, vlsceras, entre otros, del animal faenado en el Centro de FaenamientoMunicipal del cant6n Portoviejo;

- El consumo de agua potable y el uso del lavadero individual para lavado integral devfsceras y otros subproductos.

ATt. 21.- TASA POR OCUPACI6N DE INSTALACIONES DEL cENTRo DE FAENAMIENToMUNICIPAL PARA ACTIVIDADES DE COMERCIALIZA06N.- Los sujetos pasivos querequieran la utilizaci6n de las instalaciones del Centro de Faenamiento Municipalcancelardn las siguientes tasas:

- Por actividades de comercializaci6n de subproductos faenados deber6n cancelarmensualmente el 8% de una remuneraci6n mensual unificada. La fracci6n de mes secobrard como mes completo.

- Por la utilizaci6n de agua potable del Centro de Faenamiento Municipal para realizarel lavado de visceras y otros subproductos deberdn cancelar por cada metro crlbicoconsumido el valor de USD 1,00 d6lar.

Art.22.- VIGENCIA Y EXIGIBILIDAD DE LA TASA.- La tasa por ocupaci6n de instalaciones delcentro de faenamiento municipal para actividades de comercializaci6n es mensual y deberdcancelarse en el trascurso del mes en que se utilizan las instalaciones para actividades de

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608:ERNO AUTONOMODESCENTttALiZA00 MUNIC:PAL DE

PORTOVIEJ0

comercializaci6n, siendo exigible a partir del primer d[a del mes inmediato siguiente al de la

utilizaci6n de las instalaciones.

La tasa por consumo de agua potable para actividades de lavado integral de vfsceras y otros

subproductos deberd cancelarse una vez efectuado el consumo del agua potable en el

mismo dia al finalizar la jornada, de acuerdo al registro que arroje el sistema de control de

consumo de agua potable.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- En lo no previsto en la presente ordenanza, se sujetard a lo dispuesto en las

normas pertinentes, C6digo Orgdnico de Organizaci6n Territorial, Autonomia y

Descentralizaci6n COOTAD , Ley de Mataderos, Ley de Sanidad Animal, Ley Orgdnica de la

Salud as(como en sus respectivos reglamentos y leyes conexas.

SEGUNDA.- El Directorio de PORTOMERCADOS

establecidas en la presente ordenanza, a trav6s

informe econ6mico que para el efectoPORTOMERCADOS EP.

EP podrS revisar y reformar las tasas

de la respectiva resoluci6n y en base al

deberd presentar el Gerente de

DISPOSICI6N TRANSITORIA

A efectos de la aplicaci6n y en cumplimiento de la presente ordenanza, el Gerente de

PORTOMERCADOS, o quien hiciera sus veces, presentarS el Reglamento lnterno del Centro

de Faenamiento Municipal del cant6n Portoviejo en un plazo de 60 dfas a partir de la

aprobaci6n de esta ordenanza por parte del Concejo Municipal, el mismo que serd

aprobado por el Directorio de dicha Empresa.

DiSPOSiCiON DEROCATORIA

Queda derogada la ORDENANZA PARA LA PRESttACiON DEL SERVIC10 DE LOS CAMALESMUNICIPALES DEL CANTON Y COBRO DE LA TASA POR EL FAENAM!ENTO DE LOS ANllⅥ ALES

EN EL CAMAL MUNICIPAL DE PORTOVIEJO y todas las ordenanzas y dem6s normativa que

se contrapongan a la presente ordenanza.

D:SPOS:C:ON FINAL

La presente ordenanza entrar6 en vigencia en todo el territorlo del cant6n Portoviejo el

primero de enero del ano dOs nlil diecisiete′ una vez pub‖ cada en el Registro Oficial.

Adem6s ser6 pub‖ cada en la Gaceta Oficial卜 Иunicipal y sitio Web instituclonal.

Ca:le Oimedo entre 8otivar y Morates.Portovielo,ManabF.Ecuador

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6001ERNO AυTONOM00ESCENTRALiZADO MUN!C,pAL OE

PORTOVIEJ0

Dado y firmado en la sala de sesiones del Concejo Municipal del cant6n Portoviejo, a los

trece dias del mes de octubre del a6o dos mil diecis6is.

DE PORT

CERT!FiCADO DE lSCUS:ON: Certifico que la presente ORD UE REGULA ELFUNC10NAMl DEL CENTRO DE FAENAM!ENTO MUNICIPAL DEL CANTONPORTOVIEJO Y ESTABLECE LAS TASAS POR SERV!C10S RELAC!ONADOS A LAS ACT:V:DADES

DE FAENAMIENTO, fue debidamente discutida y aprobada por el Concejo Municipal del

cant6n Portoviejo, en dos sesiones distintas, celebradas los dlas 19 de septiembre y 13 de

octubre de 2076, de conformidad a lo que dispone el Art. 322 del C6digo Orgdnico de

Organ al, Autonomia y Descentralizaci6n, habiendo sido aprobadan de1 13 de octubre de 2016

Dr

SE MUNICIPAL

SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PORTOVIEJO.― En a cludad de Portoviejo′ a los

catorce dfas del mes de octubre del aう o dos mil diecis6is,las 16h30-De conformidad con

lo que dispone el Art 322 del C6digo Org6nico de Organizaci6n TerritoriaL Autonomfa y

Descentralizaci6n′ e16vese a conocimiento dei sehor Alcalde del cant6n′ para su sanci6n′ en

tres ejemplares la ORDENANZA QUE REGULA EL FUNC10NAMIENTO DEL CENTRO DEFAE MUNICIPAL DEL CANTON PORTOV:EJO Y ESTABLECE LAS TASAS PORSE A LAS ACTIVIDADES DE FAENAMIENTO.

MUNICIPAL

〔「,υ^く.奮」。

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60B:ERNO AU10NOMODESCENTRAL:ZA00 MじNIC:PAL DE

PORTOViEJ0

ALCALD:A DEL CAN丁 ON PORTOViEJO.― Portovieio′ 17 de octubre de 2016.-10H35.― Deconforrnidad con lo dispuesto en el Art. 322 del C6dlgo Org6nico de Organizaci6n

丁erritorial′ Autonornia y Descentra‖ zaci6n vigente′ y una vez que se ha cump‖ do con las

disposiciones legales′ SANC10NO la presente ORDENANZA QUE REGULA ELFUNC:ONAM:ENTO DEL CENTRO DE FAENAMiENTO MUNiC:PAL DEL CAN丁 ONPOR丁 OV:EJO Y ESttABLECE LAS TASAS POR SERViCiOS RELAC10NADOS A LAS ACTiV:DADES

CONCEJO MUN:C:PAL。―Provey6 y firm6 el lng. Agustfn Casanova Cedefto,17 de octubre de 2016, a las 15h40.- Lo Certifico:Portoviejo, el dia lunes

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PORTOVIEJO Ca‖ e Olmedo entre Bolivar y Moraies.Portovielo.ManabF.Ecuador

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y proc6dase de acuerdo a la Ley.

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