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Dpto. de Contratación y Compras Tel. 94-4729224 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Fax.: 94-4729225 1 Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO, EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO CON OPCION DE COMPRA, DE UNA FURGONETA ELECTRICA Y UN FURGON ELECTRICO PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE MANTENIMIENTO , MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION ( DOS LOTES ) . 1.- OBJETO DEL CONTRATO El contrato que se regirá por el presente Pliego tendrá por objeto el “Suministro, en régimen de arrendamiento con opción de compra, de dos vehículos eléctricos ( furgón y furgoneta , con destino al Servicio Municipal de Mantenimiento, en dos lotes y de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas que se establecen al efecto, y con el carácter de mínimos, en el Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento y que, junto con lo dispuesto en el presente Pliego, han de regir el presente contrato. La adjudicación del contrato se realizará conforme a los siguientes lotes: Lote 1- Furgón eléctrico Lote 2- Furgoneta eléctrica Asimismo, el objeto del contrato incluye el mantenimiento de los vehículos objeto del suministro, durante el periodo de vigencia del mismo. Igualmente, y al término del plazo de duración del contrato, el Ayuntamiento se reserva el derecho de ejercitar la opción de compra de los vehículos , por un importe máximo de un (1) euro cada uno . Codificación en el Vocabulario Común de Contratos de la CE (CPV): 34130000 La necesidad administrativa a satisfacer: la dotación a los efectivos del Servicio de Mantenimiento Municipal, de vehículos , más respetuosos con el medio ambiente, en sustitución de los que actualmente disponen para el desarrollo de su trabajo, dada su antigüedad y obsolescencia. 2.- REGIMEN JURIDICO El contrato, que con base en este Pliego se realice, tiene carácter administrativo, y se regirá: - Por las cláusulas contenidas en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

Portugaleteko Udala PLIEGO DE CLAUSULAS … · 2.- REGIMEN JURIDICO El contrato, ... En caso de contradicción entre el presente ... Podrán contratar con la Administración las personas

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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PA RA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO, EN REGIMEN DE ARRENDAM IENTO CON OPCION DE COMPRA, DE UNA FURGONETA ELECTRICA Y UN FURGON ELECTRICO PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE MANTENIMIENTO , MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACION ( DOS LOTES ) .

1.- OBJETO DEL CONTRATO El contrato que se regirá por el presente Pliego tendrá por objeto el “Suministro, en régimen de arrendamiento con opción de compra, de dos vehículos eléctricos ( furgón y furgoneta , con destino al Servicio Municipal de Mantenimiento, en dos lotes y de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas que se establecen al efecto, y con el carácter de mínimos, en el Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento y que, junto con lo dispuesto en el presente Pliego, han de regir el presente contrato.

La adjudicación del contrato se realizará conforme a los siguientes lotes:

Lote 1- Furgón eléctrico

Lote 2- Furgoneta eléctrica Asimismo, el objeto del contrato incluye el mantenimiento de los vehículos objeto del suministro, durante el periodo de vigencia del mismo. Igualmente, y al término del plazo de duración del contrato, el Ayuntamiento se reserva el derecho de ejercitar la opción de compra de los vehículos , por un importe máximo de un (1) euro cada uno . Codificación en el Vocabulario Común de Contratos de la CE (CPV): 34130000 La necesidad administrativa a satisfacer: la dotación a los efectivos del Servicio de Mantenimiento Municipal, de vehículos , más respetuosos con el medio ambiente, en sustitución de los que actualmente disponen para el desarrollo de su trabajo, dada su antigüedad y obsolescencia.

2.- REGIMEN JURIDICO

El contrato, que con base en este Pliego se realice, tiene carácter administrativo,

y se regirá: - Por las cláusulas contenidas en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y las contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

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- Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). - Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Por el Real Decreto 817/2009, de 8 de Mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables a la misma. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.

3.- ORGANO CONTRATANTE

El órgano contratante para el presente contrato, que actúa en nombre del Ayuntamiento de Portugalete, es el Alcalde.

El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.

4.- PRESUPUESTO_DEL_CONTRATO Y EXISTENCIA DE CREDITO El presupuesto máximo de licitación , mejorable a la baja por los licitadores ,

asciende a la cantidad de : LOTE 1. FURGON ELECTRICO- 43.467,00 € con 21 % de IVA LOTE 2. FURGONETA ELECTRICA- 43.000,00 € con 21% de IVA

Teniendo en cuenta que la fecha prevista para la entrega de los vehículos es Noviembre de 2015, se establece el siguiente desglose por anualidades:

LOTE 1- FURGON ELECTRICO

AÑO PRECIO con IVA 2015 1.811,12 € 2016 10.866,75 € 2017 10.866,75 € 2018 10.866,75 € 2019 9.055,63 €

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LOTE 2- FURGONETA ELECTRICA AÑO PRECIO con IVA 2015 1.791,60 € 2016 10.750,00 € 2017 10.750,00 € 2018 10.750,00 € 2019 8.958,40 €

Las obligaciones derivadas de la ejecución del presente contrato, serán con cargo a la partida 04.9202.20301 del Presupuesto Municipal vigente. Respecto de la financiación de los ejercicios futuros que resulten afectados durante la ejecución del contrato, la Corporación Municipal deberá adoptar el compromiso de establecer anualmente y respecto de los mismos, la adecuada consignación presupuestaria para hacer frente a las obligaciones económicas derivadas que se deriven del presente contrato, con cargo a la partida del correspondiente Presupuesto Municipal. Cuando por retraso en la ejecución sobre lo previsto, en su caso, al iniciarse el expediente de contratación, suspensiones autorizadas, prórrogas de los plazos, o por cualquiera otras razones de interés público debidamente justificadas se produjese desajuste entre las anualidades establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares integrado en el contrato y las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de los servicios exija, el órgano de contratación procederá a reajustar las citadas anualidades según lo dispuesto en el artículo 96 del RGLCAP.

5.- PLAZO DE DURACION Y DE EJECUCION/ENTREGA DEL

CONTRATO

El periodo de duración del contrato será de 48 meses, a contar desde la fecha de recepción del vehículo objeto del contrato El plazo máximo de entrega de los vehículos será de un mes, a contar desde el día siguiente a la firma del contrato administrativo que suscriban las partes. Los vehículos deberán ser entregados en las instalaciones municipales, completamente equipados y matriculados de acuerdo con las condiciones funcionales, técnicas y administrativas establecidas en el pliego administrativo y técnico, de modo que se permita su normal funcionamiento. El contratista se entenderá incurso en mora por el transcurso del plazo de entrega ofertado, no siendo necesaria intimación previa por parte del Ayuntamiento.

En caso de siniestro total, se cancelará el contrato con respecto al vehículo afectado, se hará la liquidación del kilometraje en función de los kilómetros recorridos por el vehículo y el tiempo transcurrido y a partir de ese momento, se dejarán de facturar las cuotas correspondientes al citado vehículo.

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6.- REVISION DE PRECIOS Teniendo en cuenta la características que concurren en el presente contrato, no procede la revisión de precios, de conformidad con lo previsto en el artículo 89.2º del TRLCSP. En consecuencia, el adjudicatario renuncia expresamente y absolutamente y sin reserva alguna, a cualquier pretensión sobre la materia. 7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar, sin incluir el I.V.A. que deberá soportar la Administración, asciende a la cantidad de 71.460,33 Euros. La adjudicación de presente contrato de suministro, se llevará a cabo por el procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 9, 109.4º, 157 a 160 del RDL 3/2011 del TRLCSP, y tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en el presente pliego. 8.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del RDL 3/2011, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del citado texto legal, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación empresarial en los casos que sea exigible de conformidad con lo dispuesto al efecto en dicho texto legal. Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del RDL 3/2011.

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Al margen de acreditar la solvencia técnica por los medios que al efecto se indiquen posteriormente, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente. No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP.

9.- PROPOSICIONES, DOCUMENTACION Y PLAZO DE

PRESENTACION.

La presentación de proposiciones presume, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, de las especificaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas y la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la con-tratación del objeto de la licitación. En caso de renuncia o desistimiento por parte de la Administración a celebrar el contrato, una vez presentada las ofertas , se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiese incurrido. Ello no obstante, esta indemnización no superará en ningún caso el límite de 1.000 €. Las proposiciones para tomar parte en la presente licitación, se presentarán en el Servicio de Contratación y Compras del Ayuntamiento de Portugalete, Paseo de la Canilla s/n, de 8,00 a 14,00 horas, durante el plazo máximo de quince (15) días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio del contrato en el Boletín Oficial de Bizkaia, en tres sobres cerrados (A, B y C) con la documentación que luego se indica. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por las personas interesadas en la licitación. Si el día en que finalice el plazo de presentación de proposiciones fuere sábado, domingo o festivo, se consideraran como inhábiles a dichos efectos.

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La presentación podrá realizarse mediante entrega en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico, si bien este medio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición . Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otras empresas, si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. En el anverso de cada uno de los sobres deberá figurar la leyenda:

"PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION ................................................................................................................................................................................................................................................................................. ( indicar lote ) Asimismo en el exterior del sobre se hará constar: - Nombre de la licitadora y, en su caso, de la persona que la representa. - Nif. - Dirección de correo postal - Dirección de correo electrónico - Teléfono - Firma del licitador o persona que la represente.

SOBRE "A": CAPACIDAD_Y_SOLVENCIA_PARA_CONTRATAR :" ( Un solo sobre con independencia de los lotes a los que se presente) De conformidad con lo establecido en el artículo 146.4º y 5º del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la documentación integrante de este sobre “A”, relacionada a continuación, será sustituida por una declaración responsable del licitador, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al modelo establecido en el Anexo III del presente pliego. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación , estará obligado a acreditar, con carácter previo a la adjudicación, la posesión y validez de los documentos exigidos.

Los documentos que deberá presentar únicamente el licitador propuesto para

la adjudicación son los siguientes:

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1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

2º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados.

3º) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En lo casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE. 4º) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica y profesional: Dado que, en la presente licitación, no resulta exigible la clasificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 del TRLCSP, el licitador deberá presentar, de conformidad con lo previsto a tal fin en los artículos 75 y 78 del citado Texto Legal, la siguiente documentación:

Solvencia económica : - Declaración positiva de entidades financieras sobre la solvencia del licitador.

Solvencia Técnica:

- Documentos descriptivos de los vehículos y fotografías de los mismos.

5º) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar: Dicha acreditación podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación

administrativa según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado conforme al modelo que le será facilitado por esta Administración (Anexo II).

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6º) Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social

Se realizará mediante la presentación de certificaciones expedidas, a tal efecto, por las Haciendas que correspondan (Hacienda Estatal y Haciendas Forales) impuestas por las disposiciones vigentes.

7º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjera. Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

8º) Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar para la práctica de notificaciones un domicilio, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.

9º) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad: Deberán presentar los documentos que acrediten , que al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%.

10º) Declaración cumplimiento condiciones especiales de ejecución : Acompañará el Anexo VII del presente pliego

11ª) Registro de licitadores: Los licitadores inscritos en el Registro oficial de Contratistas de la Comunidad autónoma de Euskadi, o en el registro oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán acreditar, las condiciones de aptitud en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que consten en dichos registros.

A los efectos de acreditación de las circunstancias señaladas, los licitadores presentarán la Certificación vigente expedida por el órgano encargado del Registro Oficial de que se trate.

Las circunstancias no recogidas en la certificación aportada, deberán acreditarse acompañando la acreditación documental exigida en el apartado correspondiente de esta cláusula. En todo caso, junto con la certificación, el licitador deberá acompañar declaración responsable de la vigencia de los datos contenidos en el mismo. SOBRE "B".- CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR ( un sobre por cada lote al que se presente)

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Contendrá exclusivamente los documentos necesarios que permitan valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor, indicados en la cláusula 11 del presente pliego administrativo, así como toda aquella documentación técnica que se exige en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

A modo enunciativo, se incluirá la documentación relativa a: 1.- Características técnicas y funcionales del vehículo: Se aportará toda la

información y documentación técnica (ficha técnica, catálogo.....), referida al vehículo ofertado, además de cualquier otro tipo de documentación que consideren oportuna y que sirva para un mejor conocimiento de la oferta presentada, así como todo lo relacionado con el mantenimiento del vehículo y con la cobertura de los seguros correspondientes a los mismos.

2.- Información relativa a las mejoras del vehículo ofertado que el licitador

estime procedente y que permitan valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación indicados en el presente pliego administrativo.

3.- Precio por kilómetro hecho por exceso o por defecto. 4.- Lugar donde podrán examinarse y, en su caso, probarse los vehículos

ofertados, o comprobar su funcionamiento y características técnicas.

Toda la documentación técnica a incluir en este sobre “B”, deberá además presentarse en soporte electrónico (CD, DVD). La estructura de ficheros presentada en soporte electrónico será exactamente igual que la presentada en formato papel. En caso de existencia de diferencias entre ambos formatos, sólo se tendrá en cuenta el documento formato papel a fin de realizar la valoración técnica correspondiente. Se recomienda la presentación de un único fichero, numerado y paginado de forma idéntica a la documentación formato papel. Los formatos aceptados son: doc., xls.,ppt.,jpg.,bmp. y pdf. Es responsabilidad de los licitadores que al documentación presentada esté libre de virus. SOBRE "C" CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA .

(Un sobre por cada lote al que se presente) Este sobre contendrá:

Oferta económica: La misma estará ajustada al modelo que figura como Anexo I en el presente Pliego, que deberá ir firmada por el ofertante o persona que le represente. A todos los efectos, se entenderá que la oferta presentada por la licitadora comprende no sólo el precio del trabajo a realizar, sino el importe de todos los impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia de la ejecución contrato, así como los gastos de desplazamiento y cualquier otro que pueda incidir sobre el mismo, a excepción

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del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que será soportado por la Administración, que deberá indicarse como partida independiente.

La inclusión de la documentación referente a las mejoras en el sobre “B”, tanto en papel como en formato electrónico, correspondiente a los criterios sometidos a juicio de valor, dará lugar a la exclusión de la oferta presentada. Se procederá igualmente si se incluye documentación referente a la oferta económica. Dada la naturaleza del presente contrato, no se admite la introducción de variantes o alternativas en las proposiciones. Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación: - Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, en el supuesto de que estos no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada. 10.- APERTURA DE PROPOSICIONES Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación designada al efecto procederá, con carácter previo y acto no público, a la apertura del sobre “A”, cuyo contenido lo constituye la declaración jurada presentada por los licitadores sobre el cumplimiento de los requisitos legales para contratar con la Administración. A continuación , y ya en acto público , se procederá a la apertura de la documentación aportada en el sobre “B. El acto público se celebrará en las dependencias municipales, en el día y hora que previamente se haya señalado y el cual se informará a los licitadores a través del perfil de contratante del Ayuntamiento y mediante email a la dirección de correo electrónico que los mismos hayan señalado en su proposición La documentación técnica presentada, se remitirá al Departamento promotor del expediente , para que por éste, o en su caso por el departamento, persona o entidad designada, se proceda al estudio de las proposiciones en relación con los criterios no cuantificables por fórmulas y emisión de informe al respecto. Si durante este fase de valoración de las ofertas, con carácter previo a la apertura del sobre “ C”, existiesen dudas sobre la capacidad y/ o solvencia de alguno de los licitadores, se pondrá en conocimiento de la Secretaría de la Mesa de contratación , para que por ésta, se proceda a requerir a dichos licitadores , que presenten la documentación pertinente al objeto de comprobar si cumplen dichos requisitos de capacidad y/ o solvencia. De dichos requerimientos, se dará cuenta a la Mesa de Contratación en la primera sesión que se celebre, declarando excluidas aquellas proposiciones que no cumplan los requisitos establecidos en el pliego de condiciones. Una vez realizadas estas actuaciones, y recibido y conocido el informe o informes solicitados, se celebrará el acto público de apertura de las proposiciones presentadas en el sobre “C”. El acto público se celebrará en las dependencias municipales, en el día y hora que previamente se haya señalado y el cual se informará a los licitadores a través del

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perfil de contratante del Ayuntamiento y mediante e-mail a la dirección de correo electrónico que los mismos hayan señalado en su proposición.

En el citado acto público se dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios evaluables mediante un juicio de valor de las proposiciones admitidas. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta o las que varíen substancialmente el modelo establecido. La Mesa de contratación, si lo estima oportuno, acordará la remisión de la documentación obrante en el sobre “C” al Departamento promotor del expediente para que por éste, o en su caso por el departamento, persona o entidad designada , se proceda al estudio de las proposiciones en relación con los criterios cuantificables por fórmulas y emisión de informe al respecto. Reunida nuevamente la Mesa de Contratación y efectuada la lectura de los informes emitidos teniendo en cuenta lo anteriormente expresado, la Mesa elevará las proposiciones, el Acta, la propuesta de adjudicación y el resto de la documentación técnica aportada junto con las observaciones que estime pertinentes al Organo de Contratación competente para adjudicar el contrato. En aquellos casos en los que la Mesa de Contratación lo considere necesario, podrá encomendar nuevamente la realización de cuantos informes técnicos precise en orden a la adjudicación de la contratación. La Administración se reserva la facultad de verificar el contenido de la oferta, previamente a la adjudicación del contrato.

11.- CRITERIOS DE ADJUDICACION CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA

1.- Oferta económica: hasta 60 puntos.

LOTE 1- FURGON ELECTRICO

1.1 59 puntos a la oferta más barata. 1 punto menos a cada oferta por cada 300 € de diferencia con la oferta más barata.

1.2 1 punto al mayor valor para del conjunto de los vehículos usados aplicado en función de la siguiente fórmula : Puntos = Importe mejor oferta x 1 Oferta a valorar

LOTE 2- FURGONETA ELECTRICA

60 puntos a la oferta más barata. 1 punto menos a cada oferta por cada 300 € de diferencia con la oferta más barata.

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CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE V ALOR 1 .-Valoración técnica de la oferta : Valorando características, equipamiento y materiales hasta 15 puntos. Se valorarán las características técnicas globales del vehículo ofertado, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: Packs integrados en el vehículo ofertado, especialmente los relacionados con conectividad y seguridad activa, iluminación. asistencias a conducción y aparcamiento.. 2.- Mejoras sobre las características y equipamiento especificado. Se utilizarán los datos declarados por el fabricante del vehículo Mayor autonomía (medida en km) Hasta 10 puntos Mayor potencia(medida en CV) Hasta 5 puntos Mayor capacidad de carga(medida en kg) Hasta 5 puntos Mayor capacidad de carga ( medida en dm3) Hasta 5 puntos La puntuación conjunta máxima alcanzable por cada por cada licitador será de 100 puntos. La ponderación de los criterios de adjudicación reseñada se considerará como máxima para cada uno de los criterios señalados, valor que podrá ser reducido a tenor del grado en que concurra el criterio correspondiente.

En caso de igualdad entre dos o más licitadores desde el punto de vista de los citados que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 % de la misma. Asimismo, y respecto del criterio señalado como “Oferta económica”, a la hora de la declaración de la proposición económica como desproporcionada o temeraria, se considerará que una proposición económica es desproporcionada o temeraria, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre las ofertas existen ofertas que sean superiores a la media así calculada en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media entre las ofertas que no se encuentren en el caso indicado Y todo ello, sin perjuicio de la facultad que ostenta el órgano de contratación de apreciar, no obstante, previo los informes adecuados y la audiencia del interesado, como susceptible de normal cumplimiento las respectivas proposiciones

12.- CONFIDENCIALIDAD Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al

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formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento. De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor. 13.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR QU E HAYA PRESENTADO LA OFERTA MÁS VENTAJOSA.

A la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, será requerido para acreditar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, los siguientes extremos:

- Certificación positiva expedida por la Hacienda Foral correspondiente, y/o en su caso, por la agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

- Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones con la Seguridad Social, o en su caso, el alta en la Mutua correspondiente.

- Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentará declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto y señalará el supuesto de exención (Anexo V).

- Resguardo de la garantía definitiva.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a requerir, por el orden en que hubieran quedado las ofertas, al siguiente licitador. 14. ADJUDICACIÓN Dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquél en que el licitador hubiera presentado la documentación adecuada a que se refiere la cláusula anterior, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación del contrato. La misma se publicará en el perfil del contratante y se notificará a todos los licitadores. Cuando no proceda la adjudicación, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 159.2º del RDL

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3/2011, Texto Refundido de la LCSP, se procederá a recabar la documentación establecida en la cláusula anterior al siguiente licitador, por el orden en que hubieran quedado las ofertas. 15.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el adjudicatario, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación, deberá , para proceder a la formalización del contrato, a aportar los siguientes documentos: - Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución. - Certificado de la Entidad Aseguradora, conforme al modelo que figura como Anexo nº IV al presente pliego, que confirme el cumplimiento de las condiciones de seguro previstas a continuación, por la póliza suscrita por el contratista, así como encontrarse al corriente en el pago de la prima. Junto a este certificado, se deberá aportar copia de la póliza o pólizas. En la póliza se detallará la actividad objeto de los trabajos realizados y deberá estar vigente durante el periodo de ejecución del contrato y plazo de garantía del mismo . Condiciones del Seguro: • Se contratará una póliza de Responsabilidad Civil con los siguientes límites y

coberturas: - Responsabilidad Civil de Explotación con un límite no inferior a 300.000 euros

y franquicia máxima de 5.000 euros

- Responsabilidad Civil Post Trabajos con un límite no inferior a 300.000 euros y

franquicia máxima de 5.000 euros

- Responsabilidad Civil Patronal con un límite no inferior a 300.000 euros y

franquicia máxima de 5.000 euros

- Sublímite por víctima Responsabilidad Civil Patronal no inferior a 150.000

euros

- Defensa y fianzas civiles incluido

16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de quince días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación del contrato, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.

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El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. Al mismo se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. 17.- EJECUCION DEL CONTRATO

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la contratista y con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego y, en su caso, a las especificaciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, al resto de la documentación obrante en el expediente de contratación incoado al efecto, así como a las instrucciones que diere la Administración y que serán de obligado cumplimiento para la contratista. En el momento de la entrega por el funcionario del Servicio que corresponda, se firmará la correspondiente acta de recepción.

18.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA ADJUDICATARIA 1.- Serán obligaciones del adjudicatario, además de las establecidas en el presente Pliego, las siguientes:

a) Realizar el suministro objeto del contrato de conformidad con las condiciones

que se establecen en los Pliegos de Condiciones y en la proposición presentada, con independencia de las circunstancias internas o externas de la entidad adjudicataria, debiendo contar para su realización, los medios materiales y humanos necesarios para la correcta realización del servicio.

b) Hacer frente a cuantos gastos e impuestos se deriven de la ejecución del contrato, incluidos los dimanantes de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.

c) Facilitar al Ayuntamiento, al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación o persona en quien delegue y a los técnicos por aquel designados, cuantas aclaraciones o ampliaciones a las proposiciones presentadas le exijan para una mejor comprensión de las mismas.

d) El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como de las que entren en vigor durante la ejecución del mismo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Administración.

e) La obtención y costo, en su caso, de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso, de los bienes, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedirlas en su propio nombre.

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f) Nombrar un responsable coordinador con capacidad para ostentar la representación del contratista.

g) Indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como

consecuencia de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, a tal fin, deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil con las condiciones establecidas en la cláusula catorce .

h) En general, cumplir todas las obligaciones que se establecen en el Pliego de

Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato. 2.- El adjudicatario tendrá derecho a:

- Al abono del precio convenido en el contrato del suministro efectivamente entregado y formalmente recepcionado por la Administración, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por la Administración

19.- OBLIGACIÓN DE SANEAMIENTO .

Los bienes a entregar por el empresario deberán cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, Autónoma o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente Pliego de Bases o en su caso Documentación Técnica.

El contratista será responsable de toda reclamación que se efectúe por un tercero relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros y deberá indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.

El adjudicatario responderá de la calidad de los bienes suministrados y de las faltas que hubiere. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella.

20.- FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN .

El Ayuntamiento ejercerá la facultad de dirección e inspección del suministro a través del Area Municipal de Obras, pudiendo dictar instrucciones a la contratista, que serán de obligado cumplimiento para éste, siempre que no supongan modificaciones no autorizadas de la prestación, y no se opongan a las condiciones acordadas en el presente contrato, ni a las disposiciones de la legislación vigente.

21.- OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA

El contratista está obligado, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad e

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Higiene en el trabajo y en materia fiscal, respecto del personal que adscriba al cumplimiento del objeto contractual, y en especial deberá estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a las personas a su cargo, así como en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a su actividad.

Todas las personas que colaboren con el adjudicatario en la realización del objeto del contrato, dependerán exclusivamente de éste, y por tanto, sin relación alguna con la Administración. En consecuencia en ningún caso ni circunstancia el contrato supondrá relación laboral habitual entre la Administración y el contratista o el personal de él dependiente, siendo por ello irresponsable de los daños que pudieran ocasionarse a terceros por las acciones u omisiones derivadas de la ejecución del contrato por el personal adscrito al servicio por el contratista. 22.- ENTREGA DE LOS BIENES El contratista está obligado a la entrega, instalación y puesta en funcionamiento de los bienes objeto del contrato en el plazo ofertado en su proposición y en el lugar que establezca el Ayuntamiento, y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas que rigen el contrato. En el momento de la entrega por el funcionario del Servicio que corresponda, se firmará el oportuno recibí o acuse de recibo. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causas de perdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que esta hubiere incurrido en mora al recibirlos.

Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones de este Pliego, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.

Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su instalación conforme a las bases técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir.

23.- TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS

Hasta que tenga lugar la recepción, el contratista responderá de la correcta realización del suministro contratado y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el suministro defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración. Si se advierten vicios o defectos en los bienes suministrados que son objeto del contrato, la Administración podrá recusar los que estime no satisfactorios.

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La recusación se realizará siempre por escrito motivado y el contratista tendrá derecho a reclamar ante la Administración en el plazo de diez días contados a partir de la notificación por parte de la Administración del referido escrito.

24.- CESION Y SUBCONTRATACION DEL CONTRATO

No se admitirá la cesión del contrato y en caso de producirse será causa de resolución del mismo, con excepción de lo previsto en el artículo 226 del TRLCSP. Si el contratista tuviera necesidad de subcontratar partes específicas de su trabajo, lo pondrá en conocimiento de la Administración con anterioridad y por escrito, expresando con claridad las condiciones técnicas del subcontrato. Esta última se reserva el derecho de admitir o no esta subcontratación, fijar sus límites dentro de lo previsto en la normativa aplicable, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 227 del citado texto legal. En cualquier caso, la responsabilidad del contratista frente a la Administración por la totalidad de las prestaciones concertadas, no se modificará ni aún en caso de que se acepte la subcontratación parcial.

25.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCION

El contrato de suministro se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente y se darán instrucciones al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro de acuerdo con lo pactado. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, el Ayuntamiento los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado

26.- CONDICION ESPECIAL DE EJECUCION

Será condición especial de ejecución el cumplimiento de los pagos debidos a los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato establecidos en el artículo 228 del TRLCSP. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de poder comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista ha de hacer a todos los subcontratistas o suministradores. A tal efecto a solicitud del responsable del contrato, el contratista deberá aportar justificante de cumplimiento de los pagos a los subcontratistas o suministradores una vez éstos hubieren terminado la prestación

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27.- PLAZO DE GARANTIA

Se establece un plazo de garantía de 3 meses. 28.- PENALIDADES

El cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del presente contrato por incorrecto cumplimiento de sus obligaciones contractuales, dará lugar a la imposición de penalidades en los siguientes términos:

1- Por demora: las establecidas en el artículo 212.4 del TRLCSP 2- Por cumplimientos defectuosos: Como regla general, su cuantía será un 1% del

presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.

3- Por incumplir los criterios de valoración , conforme a lo establecido en el artículo 150.6 del TRLCSP: hasta un 10% del presupuesto del contrato.

4- Por incumplimiento de la condición especial de ejecución relativa al pago

a los subcontratistas : hasta un 10% del importe de adjudicación del contrato En todo caso, la imposición de penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a resarcir al Ayuntamiento de los perjuicios y daños causados.

29.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTIA . La Administración durante el plazo de garantía tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente, de los bienes suministrados que presenten vicios o defectos, teniendo el contratista en dicho plazo a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. Si el Ayuntamiento constatase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos imputables al contratista y fuera presumible que su reposición o reparación no son suficientes para conseguir aquel fin, podrá, dentro de aquel plazo, rechazarlos y dejarlos a cuenta del contratista.

30.- MODIFICACION DEL CONTRATO

El contrato podrá ser modificado cuando concurran algunas de las circunstancias y con los límites previsto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, RDL 3/2011, de 14 de Noviembre.

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31.- DEVOLUCION DE LA GARANTIA

La garantía definitiva se devolverá, si no existe responsabilidad pendiente en contra del adjudicatario, una vez cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate o resuelto éste sin culpa del contratista, mediante acuerdo del órgano competente, y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP.

32.- RESOLUCION DEL CONTRATO

Constituyen causas de resolución del presente contrato de suministro, las establecidas en los artículos 223 y 275 del TRLCSP. La resolución del contrato dará lugar a la reciproca devolución de los bienes y del importe de los pagos realizados y cuando no fuera posible o conveniente para la Administración, habrá de abonar ésta el precio de los efectivamente entregados y recibidos de conformidad, en virtud del artículo 299.1 del citado texto legal. Para el supuesto de que no se haya establecido en el pliego plazo de garantía, una vez concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, éste se considerará extinguido a todos los efectos. 33.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO

Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 309 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre.

34.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que la presente contratación implicare el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional 26 del Texto Refundido de la ley de contratos del Sector Público ( RDL 3/2011), en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.

35.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICC ION

COMPETENTE

Corresponden al órgano de contratación las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público , imponer penalidades, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.

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Los acuerdos dictados al efecto, que serán adoptados con audiencia de la contratista y previo conforme del Servicio Jurídico correspondiente, serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrán interponerse los recursos administrativos que procedan, a tenor de lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El recurso contencioso-administrativo habrá de interponerse conforme a lo previsto al efecto en la 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción, y con renuncia expresa a cualquier otro fuero que a las partes pudiera corresponder.

36.- OPCION DE COMPRA

Las ofertas incluirán la posibilidad de que el Ayuntamiento de Portugalete, pueda ejercer la opción de compra de cada uno de los vehículos objeto del presente contrato a su finalización por el valor de 1€ cada uno de ellos, de acuerdo con las condiciones que se establecen en el presente Pliego.

La cantidad a la que ascienda la opción de compra, se deberá mantener inalterada hasta que finalice el contrato. Durante los dos últimos meses de vigencia del contrato, el Ayuntamiento decidirá y comunicará la decisión de ejercer o no la opción de compra sobre todos o alguno de los vehículos.

37.- PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO El pago del precio del contrato correspondiente al LOTE 1 se realizará parte en dinero y parte con la entrega de los vehículos matrícula BI-6991-CL y BI-0992-BC. La valoración económica del conjunto de estos vehículos usados objeto de la dación en pago, será la propuesta por el adjudicatario en la oferta económica correspondiente a este lote 1. El adjudicatario presentara facturas por mensualidades vencidas, y por un importe cada una igual a la cuarenta y ochoava parte del precio total acordado de adjudicación del contrato en el Registro Municipal de facturas, indicando como destinatario: Servicio de Obras. El abono de dichas facturas requiere la conformidad de los Servicios Municipales, y se dispondrá de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 216 , 293 y 294 del TRLCSP.

La competencia en esta Administración, en materia de contabilidad pública, corresponde al Departamento de Intervención . En su caso, del importe de dichas facturas se deducirán las cantidades correspondientes por las penalizaciones impuestas. Portugalete, a 14 de Septiembre de 2015

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ANEXO I

MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA D/Dña.(1)......................................................................, con domicilio en ........................ calle .......................................................... n° ......, en nombre propio o en representación de la empresa (2) ........................................... como (3) …................................. de la misma, con domicilio en ......................... calle ............................................................... n° ..... y C.I.F. ........................……… DECLARA: I.- Que he quedado enterado del anuncio de licitación, publicado en el Boletín oficial de Bizkaia, convocada por el Ayuntamiento de Portugalete para la adjudicación del contrato de .............................................................................................................................................. 2.- Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas elaborados al efecto, así como el resto de la documentación que obra en el expediente y que rige el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna. 3.- Que ni el firmante ni la empresa a la que, en su caso, represento se encuentran incursos en ninguna limitación o prohibición para contratar con la Administración establecidas en la vigente legislación y cumple la normativa para apertura, instalación y funcionamiento de la misma. 4.- Que ofrece prestar el suministro objeto del contrato antes mencionado, por el siguiente precio: ( Se podrá optar a un solo lote o presentarse a los dos lotes ) LOTE 1 FURGON

ELECTRICO Precio sin IVA IVA ( 21%) Total

Lote 1- Oferta por el conjunto de los vehículos usados el importe de :........................... ( nota: mínimo 300 €) LOTE 2 FURGONETA

ELECTRICA Precio sin IVA IVA ( 21%) Total

Portugalete, a ...... de ....................... de .............. Fdo.: D.N.I.:

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(1) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. (2) Táchese lo que no proceda. (3) Gerente, Director, Representante Legal.

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ANEXO II

D.(1)____________________________________________________, mayor de edad, con domicilio en _________________________, calle ________________________________ _______________________________________________________ en nombre propio o en representación de la empresa (2) _____________________________________ como (3) _______________ de la misma, con domicilio en ____________________________, calle ___________________________________________ y C.I.F. _______________________ DECLARO QUE: Ni el firmante, ni la Sociedad Mercantil a la que en su caso representa, sin las personas que integran los Organos de Gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, enumeradas en el artículo 60 del RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y que asimismo cumple con la normativa para instalación y funcionamiento de la misma. En consecuencia, la presente tiene carácter de declaración responsable otorgada ante el Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Portugalete, responsabilizándose de los perjuicios que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de la misma. En Portugalete, a ....... de ................................ de 2015 Fdo.: D.N.I.: (1) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. (2) Táchese lo que no proceda. (3) Gerente, Director, Representante legal.

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ANEXO III D._(1)_____________________________________________, mayor de edad, con domicilio en ______________________________, calle __________________________________________ ___________________________________ en nombre propio o en representación de la empresa (2)___________________________________________como (3)_________________________ ________ de la misma, con domicilio en ______________________, calle _________________ _______________________________________ y C.I.F. DECLARO QUE: El firmante, y la Sociedad Mercantil a la que en su caso representa, cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Y se compromete, en el caso de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación, a acreditar ante el órgano de contratación, la posesión y validez de los documentos exigidos en el presente pliego, así como a presentarlos en cualquier momento a instancia del Ayuntamiento. En consecuencia, la presente tiene carácter de declaración responsable otorgada ante el Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Portugalete, responsabilizándose de los perjuicios que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de la misma. En Portugalete, a ....... de ................................ de 2015 Fdo.: D.N.I.: (1) Caso de tratarse de una unión temporal de empresas, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la LCSP. (2) Táchese lo que no proceda. (3) Gerente, Director, Representante legal.

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A N E X O IV MODELO DE AVAL

La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) ..........................................................................., N.I.F. ............... con domicilio (a efectos de notificaciones) en ................................. en la calle .......................................................... C.P. .................... y en su nombre (nombre y apellidos de una o varias de las personas Apoderadas) ..................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada al dorso del presente documento.

A V A L A

A (1): (nombre y apellidos o razón social del o la avalada)........................................................................, N. I. F............................. en virtud de lo dispuesto el RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado indicando claramente que se refiere a la garantía provisional) .........................................................…………………………………………………………………………………………………………. ante el Ayuntamiento de la Noble Villa de Portugalete por importe de: (en letra).......................................................................... .................………………………………………………………….................................... …………………………………………………..……………...................................... euros (en cifra y con dos decimales como máximo) ......................... euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Portugalete y con sujeción a los términos previstos en los textos legales anteriormente citados. El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Portugalete, o quién en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria. (Lugar y fecha) ...................................................... (razón social de la entidad) ................................... (firma de la/s persona/s apoderada/s) ..................................... ___________________________________________ (1).- En el caso de uniones temporales de empresarios:

- deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes. - las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas

participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal).

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ANEXO V

Modelo de declaración Impuesto sobre Actividades Económicas

D. ........................................................................................................... con domicilio en ................................, y D.N.I. nº .............................................. en nombre propio o como ......................... (señalar las facultades de representación: administrador/a único, apoderado/a...) en representación de la empresa ....................................................... con domicilio social en ..................................................., y C.I.F nº ...............................

DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD:

1.- Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligado a presentar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha en el siguiente Epígrafe:

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------------------------------------------

2.- Que: (señalar la alternativa correspondiente)

Está obligado al pago del impuesto y adjunta la/s copia/s del/de los último/s recibo/s de pago cotejado/s.

Se encuentra en el supuesto de exención del art. 5.1 g) recogido en el Texto Refundido de la Norma Foral 6/1989, de 30 de junio, del I.A.E.

(Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma).

Se encuentra en el supuesto de exención del art. 5.1 h) recogido en el Texto Refundido de la Norma Foral 6/1989, de 30 de junio, del I.A.E.

(Los sujetos pasivos que tengan un volumen de operaciones inferior a 2.000.000 de euros).

Y para que conste a los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable, en Portugalete a ............ de .................................. de .................. .

Fdo.:

Sello de la empresa:

Dpto. de Contratación y Compras Tel. 94-4729224 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Fax.: 94-4729225

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ANEXO VI

CERTIFICADO ENTIDAD ASEGURADORA ( Entidad de Seguros ) .........................................., con oficina en ............................, número de CIF.........................., e inscrita en el Registro Mercantil de ...................... CERTIFICA: Que la empresa ............................con domicilio social en ..................................y CIF........................., tiene contratada una cobertura de seguro/os de ....................( indíquese los seguros señalados en el pliego) , con las garantías y límites recogidos en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen la contratación de ( señalase el contrato al que licitan)..................................aprobado por el Ayuntamiento de Portugalete. Que dentro de las condiciones y términos de la póliza, se considera asegurado adicional al Ayuntamiento de Portugalete . Que la citada cobertura está garantizada mediante póliza nº .......... ( adjuntar copia de la póliza), que se encuentra en vigor y al corriente de pago. Emitido en ..........a.........de .................de ................. Firma: ( Por la Compañía de Seguros)

Dpto. de Contratación y Compras Tel. 94-4729224 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Fax.: 94-4729225

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ANEXO VII

DECLARACION COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE CONDICION ES ESPECIALES DE EJECUCION

D.______________________________________________, mayor de edad, con domicilio en ______________________________, calle __________________________________________ ___________________________________ en nombre propio o en representación de la empresa ___________________________________________como_________________________ ________ de la misma, con domicilio en ______________________, calle _________________ _______________________________________ y C.I.F. DECLARA Que de conformidad con lo previsto en el artículo 118 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público., se compromete a cumplir las condiciones especiales de ejecución indicadas en la cláusula nº 26 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Y para que conste , se firma el presente en ............................., a.................de .............de 2015 SR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALE TE