PPT 1 Irrupción ambiental y Nueva Institucionalidad (1).pptx

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GESTIN AMBIENTAL Y NORMAS ISO

Unidad I

Jugando el Partido en el Tema Ambiental: Entorno, Oportunidades y Desafos para Instituciones Pblicas, Empresas Privadas y ComunidadesMaiker Droguett [email protected]@fcab.cl

EL UNIVERSO Y LOS COMIENZOS DEL PLANETA TIERRA

SOL

big-bangbig-crunch

La Irrupcin operacional en el Medio Ambiente

INTRODUCCIN:EL ESCENARIO ACTUALEl tema medioambiental ha cobrado una importancia primordial dentro del progreso de la humanidad, a nivel global.Consecuencia de la creciente conciencia pblica del deterioro al que est siendo sometido nuestro planeta, producto de la fuerte presin sobre los recursos naturales. La idea de un planeta como fuente ilimitada de recursos, ya no existe.La defensa del medio ambiente no slo es reconocida como un derecho de cada hombre, sino que tambin como un deber esencial.4CONSTITUCIN POLTICA DE CHILEArt. 8.- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminacin. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservacin de la naturaleza.

La ley podr establecer restricciones especficas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente;

Desarrollo Sustentable Es aqul que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las suyas propias

CRECIMIENTO ECONMICOEQUIDAD SOCIALCALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE

6DESARROLLO SUSTENTABLEES EL PROCESO DE:MEJORAMIENTO SOSTENIDO Y EQUITATIVO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS, FUNDADO EN MEDIDAS APROPIADAS DE CONSERVACION Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE, DE MANERA DE NO COMPROMETER LAS EXPECTATIVAS DE LAS GENERACIONES FUTURAS.

DGAME; EL COBRESEGUIR BAJANDO ?PARECE QUE SI

Impacto Ambiental?Miles de pasajeros y toneladas transportadasGeneracin de residuos por remodelacin de estadios.Mayor uso de energa.Huella de Carbono.

definiciones

DEFINICINDiversidad de especies vegetales y animales que viven en un espacio determinado.

Segn elConvenio Internacional sobre la Diversidad Biolgica, el trmino por el que se hace referencia a la amplia variedad de seres vivos sobre laTierray los patrones naturales que la conforman, resultado de miles de millones de aos deevolucinsegn procesos naturales y tambin de la influencia creciente de las actividades del ser humano. La biodiversidad comprende igualmente la variedad deecosistemasy las diferenciasgenticasdentro de cada especie que permiten la combinacin de mltiples formas de vida, y cuyas mutuas interacciones con el resto del entorno fundamentan el sustento de lavida sobre el planeta.RIESGO AMBIENTALLA PROBABILIDAD QUE SE PRODUZCAN EFECTOS ADVERSOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE QUE SE RELACIONAN CON LA OCURRENCIA DE SITUACIONES ACCIDENTALES que causen dao.

QU ES UN IMPACTO AMBIENTAL ? ALGUNA DUDA ESE SI QUE ES UN IMPACTO negativo CAMBIO ALTERACIN

CUALQUIER CAMBIO EN EL MEDIO AMBIENTE YA SEA (+) (-) QUE ES EL RESULTADO TOTAL O PARCIAL DE LAS ACTIVIDADES DE UNA ORGANIZACIN: CONTAMINACION DE AIRE, AGUA , SUELO, AGOTAMIENTO DE RECURSOS, OTROS.

ELEMENTO DE LAS ACTIVIDADES, PRODUCTOS O SERVICIOS DE UNA ORGANIZACIN, QUE PUEDE INTERACTUAR CON EL MEDIO AMBIENTE.QU ES UN ASPECTO AMBIENTAL?

LA BIODEGRADACINDATOS PARA OBSERVARRESIDUOTASA (BD)PAAL DESECHABLE PARA NIO 500 aos LATAS DE ALUMINIO80 - 100 aosRECIPIENTES PLSTICOS50 - 80 aosTEJIDOS DE NYLON30 - 40 aosPOLIURETANO10 - 30 aosCAJAS DE CARTN Aprox. 5 aos CASCARAS DE NARANJA 1 Semana a 6 mesesRESIDUOTASA (BD)

RECURSOS NATURALES

QU SON?

RECURSOS NATURALESCOMPONENTES DEL MEDIO AMBIENTE UTILIZADOS POR EL HOMBRE PARA SATISFACER SUS NECESIDADES.

RECURSOS RENOVABLES SON AQUELLOS QUE SE PUEDEN REGENERAR UNA VEZ CONSUMIDOS SIEMPRE Y CUANDO EVITEMOS SU SOBRE EXPLOTACIN

Ejemplos

EL CUERPO HUMANO TIENE UN 65 % - 70 % DE AGUA EN PESO CORPORAL.LA TIERRA ESTA CONSTITUIDA POR 6% AGUA DULCE Y 94 % AGUA SALADA.MENOS DEL 4% DEL AGUA QUE CIRCULA ES POTABLE.EL HOMBRE NECESITA UN MINIMO DE 5 LITROS DE AGUA DIARIO PARA SUBSISTIR.

UNA FAMILIA CHILENA CLASE MEDIA OCUPA MAS DE 1.000 Lts. DE AGUA POTABLE AL DA, EL 75% DE ELLA SE GASTA EN EL BAO.

https://www.youtube.com/watch?v=ji1BsbdRb9o1RECURSOS NO RENOVABLESSON AQUELLOS QUE UNA VEZ CONSUMIDOS NO PUEDEN RECUPERARSE

Ejemplos

video

CONSTITUCION POLITICA Art. 19 n 8JERARQUIA DE LAS DISTINTAS NORMAS JURIDICASLEYES DECRETOS LEYES DECRETOS CONFUERZA DE LEYTRATADOS INTERNACIONALESDECRETOS SUPREMOSDECRETOS SIMPLES(REGLAMENTOS)RESOLUCIONESLey 19.300cinLa Irrupdel Medio Ambiente SE HACE SOSTENIBLE LA LEA COMO COMBUSTIBLETendencias Estructurales Y ORGANIZACIONALESORGANIZACIN PARA LA COOPERACIN Y EL DESARROLLO ECONMICOS34 estadosFundada en 1961, la Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmicos (OCDE) agrupa a 34 pases miembros y su misin es promover polticas que mejoren el bienestar econmico y social de las personas alrededor del mundo.

La OCDE ofrece un foro donde los gobiernos puedan trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes. Trabajamos para entender que es lo que conduce al cambio econmico, social y ambiental. Medimos la productividad y los flujos globales del comercio e inversin. Analizamos y comparamos datos para realizar pronsticos de tendencias. Fijamos estndares internacionales dentro de un amplio rango de temas de polticas pblicashttp://www.oecd.org/centrodemexico/laocde/AlemaniaAustraliaAustriaBlgicaCanadChileCoreaDinamarcaEspaaEstados UnidosEsloveniaEstoniaFinlandiaFranciaGreciaHungraIrlandaIslandiaIsraelItaliaJapnLuxemburgoMxicoNoruegaNueva ZelandaPases BajosPoloniaPortugalReino UnidoRepblica ChecaSueciaSuizaTurquaPases en proceso de adhesin a la Organizacin: Rusia, Colombia y Letonia

En 2015 comenzarn las conversaciones de adhesin de Costa Rica y LituaniaColaboracin con pases clave: Brasil, China, India, Indonesia, Sudfrica

Adems de colaborar con otras 60 nacionesESTADSTICAS DE CHILE OCDE

TONELADAS

PORCENTAJESigue esta HuellaProyectos con RCA aprobados e Impugnados por Recurso de Proteccin:Ms Participacin CiudadanaParticipacin CiudadanaNiveles de Participacin Ciudadana:

1.Nivel Informativo2.Nivel Consultivo3.Nivel ResolutivoNiveles considerados en legislacin chilenaParticipacin CiudadanaParticipacin ciudadana y manifestacin de la libertad deemitir opiniones.

Ejemplos de participacin ciudadana:

PAC destinada a manifestar opinin e influir.

PAC destinada a aportar en una decisin especfica(utilizando los canales especiales creados en la ley).Participacin Ciudadana para Opinar e InfluirParticipacin Ciudadana para Opinar e InfluirInicioPas26/08/2010 |ENVIAR|IMPRIMIR CENTRAL TERMOELCTRICA BARRANCONES NO SE CONSTRUIR EN PUNTA DE CHOROSPresidente de la Repblica detuvo el proyecto aprobado de Coquimbo, y pidi a la empresa Suez Energy buscar otra ubicacin. Anuncio fue hecho durante visita a Temuco.PARTICIPACIN CIUDADANA Y SU INFLUENCIALaCentral Termoelctrica Barrancones, a25 kilmetros del Santuario de la Naturaleza Punta de Choros, debercambiar su ubicacin,anunci elPresidente de la Repblica Sebastin Piera, marcando un giro a ladecisin de la Conama regional de Coquimboqueaprob la instalacin del megaproyecto.

El Mandatario, quien durante la campaa presidencial hizo pblico su rechazo a la construccin de la central, asumi as un papel protagonista en este tema, al anunciar la detencin del proyecto quelevant una indignacin ciudadana fuertemente coordinado a travs de las redes sociales.Participacin Ciudadana para una Decisin Especfica (en el marco SEIA)CPR art. 1, inciso 5: es deber del Estado asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

CPR art. 8: Son pblicos los actos y resoluciones de los rganos del Estado, as como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen.

CPR art. 19:12 La libertad de emitir opinin y la de informar, sincensura previa;14 El derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de inters pblico o privado, sin otra limitacin que la de proceder en trminos respetuosos y convenientes;Declaracin de Ro de Janeiro sobre Medio Ambiente yDesarrollo 1992 (Principio 10).

Ley 20.285 Sobre Acceso a la Informacin Pblica (2008).

Ley 20.500 Sobre Asociaciones y Participacin Ciudadana (2011).Participacin Ciudadana para una Decisin Especfica (en el marco SEIA)Taller en clasesNormas Ley de Bases M. A.:

Artculo 4. Es deber del Estado facilitar la participacin ciudadana, permitir el acceso a la informacin ambiental y promover campaas educativas destinadas a la proteccin del medio ambiente.Participacin ciudadana en la EAE (eval. Amb. estratgica (art. 7, letra c)Participacin ciudadana en SEIA (prrafo 3, art. 26 y sgtes.).Mecanismos de consultas en proceso de descontaminacin(art. 44, inc. 2do.).Procedimiento de reclamo (art. 50) y accin por dao ambiental (art. 54 inc. 2do). Consejos Consultivos (art. 76 y sgtes.).Participacin Ciudadana para una Decisin Especfica (en el marco SEIA)Nueva Institucionalidad AmbientalNueva Institucionalidad AmbientalMinisterio del Medio Ambiente:Definicin de polticas y diseo de la regulacin.

Servicio de Evaluacin Ambiental: Administracin del SEIA

Superintendencia del Medio Ambiente:Sistema integrado de fiscalizacin ambiental y sanciones.

Tribunales Ambientales: Justicia ambiental.Se declara pblica toda la informacin ambiental en poder de la Administracin.

Registro Pblico de RCA.

Sistema de Informacin sobre permisos y autorizaciones ambientales(abierto al pblico en su web). Prximamente se podr simular la normativa y permisos ambientales sectoriales aplicables a un proyecto o actividad.El Gran Cambio Institucional:El Acceso a la Informacin AmbientalProblemas en la ImplementacinLa Judicializacin de lo Ambiental (Corte Suprema v/s Tribunales Ambientales).

Aprobacin o rechazo de proyectos se hace slo en virtud del Informe Consolidado de Evaluacin. Institucionalidad puesta a prueba en los Casos Difciles (Telefonazo).

La Coordinacin Imposible del sistema Integrado de Fiscalizacin (Dictmenes de Contralora).

Lo nico constante es el cambio (SEIA se modific el 2012 y se acaba de constituir Consejo Presidencial para informar sobre nueva modificacin).Nuevos Elementos del Reglamento delSEIA (DS N40/2012)Nuevas DefinicionesNuevas Definicionesrea de influenciaEmisinImpacto AmbientalModificacin de Proyecto

Modificacionesrea protegidaZona con valor paisajsticoPrincipales Modificaciones en Listado deActividades Obligadas a Ingresar al SEIA.Acueductos, embalses y presasReactor y establecimientos nuclearesAeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarrilesPuertos, vas de navegacin, astilleros y terminales martimosProyectos de desarrollo urbano o tursticos en planes evaluados estratgicamenteProyectos industriales o inmobiliarios en zonas saturadas o latentesProyectos de desarrollo minero, carbn, petrleo y gasOleoductos, gasoductos, ductos mineros u anlogosInstalaciones fabriles de dimensiones industrialesAgroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianzaProyectos de desarrollo o explotacin forestalProyectos de explotacin intensiva y plantas recursos hidrobiolgicosProduccin, almacenamiento, transporte, sustancias txicas, explosivasProyecto Saneamiento ambientalProyectos de desarrollo que utilicen OMGUtilidad de la Pertinencia: Consultar si en base a los antecedentesproporcionados, su Proyecto debe ingresar al SEIA.Desarrollo de proyectos o actividades por etapas.Establecimiento del inicio de ejecucin de proyecto.Relacindelproyectoconlaspolticas,planesyprogramasde desarrollo.yplanesevaluadosRelacindelproyectoconlaspolticas estratgicamente.Modificacin de Proyecto o Actividad.Nuevos ElementosLey N 19.300Ley N 20.417Plazos60 das de PAC en EIA60 das de PAC en EIAMs Plazos de PAC?No30 das por modificaciones sustantivas.Quines Participan?Organizaciones Ciudadanas y Personas NaturalesCualquier Persona Natural o JurdicaPAC en DIANoDIA con Cargas Ambientales (20 das)DIA sin Cargas Ambientales (10 das)Ms Plazos de PAC?No10 das por modificaciones sustantivasParticipacin Ciudadana(Modificaciones al Proceso)Permisos y PronunciamientosAmbientales SectorialesQu son los PAS? Permisos o autorizaciones sectoriales que tienen un objeto de proteccin ambiental.Se clasifican en:PAS ambientales, aquellos que slo presentan contenidos de carcterambiental.PAS mixtos, aquellos que presentan contenidos ambientales y no ambientales.Pronunciamiento, calificacin de instalaciones industriales y de bodegaje.Guas trmite para cada PAS (Art. 110)PASActualesNuevosD.S. N 40/2012PAS ambientales15520PAS mixtos171330Pronunciamiento1Total321851La Nueva Justicia Ambiental: Superintencia del Medio Ambiente y Tribunales AmbientalesSuperintendencia del Medio AmbienteFuncionesFiscalizar el cumplimiento de las RCA.

Velar por el cumplimiento de Normas (Calidad Ambiental y Emisin) y Planes (Prevencin, Descontaminacin Ambiental y Manejo cuando corresponda).Corrigiendo Fugas del Sistema

Requerir el ingreso a proyectos que, debiendo hacerlo, noingresaron al SEIA.Obligar a las empresas a ingresar adecuadamente al SEIA en caso de fraccionamiento de proyectos para evadir o eludir el ingreso al SEIA.Requerir al SEA la Caducidad de una RCA cuando la empresa no de inicio a ejecucin del proyecto (5 aos desde notificacin)Medidas de compensacin o mitigacin negociadas con los interesados no son vinculantes para la calificacin ambientalServicios Pblicos obligados a comunicar a la Superintendencia todo permiso que pudiere requerir ingreso al SEIA.Nuevos ElementosMejores incentivos de autorregulacin y cumplimiento

La empresa podr Autodenunciarse con el efecto de reduccin de las multas (100% la 1 vez, 75% la 2 vez y 50% la 3 vez) siempre que ejecute un programa de cumplimiento.El Plan de Cumplimiento presentado por la empresa y aprobado por SMA podr suspender el procedimiento iniciado. Incumplimiento puede implicar el doble de multa.

La empresa infractora puede presentar un Plan de Reparacin y, una vez aprobado por SEA, se suspender el ejercicio de la accin por dao ambiental.Nuevos ElementosMs Sanciones

Registro Pblico de Sanciones, de acceso pblico.

En caso de multas, sus representantes o quienes acten a su nombre sern subsidiariamente responsables de su pago.

Aumento de Sanciones (gravsimas, graves y leves):Amonestacin por escrito;ii.Multa hasta 10.000 UTA ($ 5.200.000.000);Clausura temporal o definitiva; y,Revocacin de RCA.Nuevos ElementosTribunales AmbientalesNecesidad de un control jurisdiccional de las decisiones de la autoridad administrativa ambiental y de la SMA (excesivo poder fiscalizador y escaso chequeo externo).

Jueces especializados (no generalistas).

Integracin mixta (siguiendo estndar TDLC).

En su nombramiento intervienen los tres poderes del Estado.

Competencia delimitada pero amplia.

Amplias atribuciones para evaluar legalidad y contenido tcnico de decisiones objeto de su competencia.Pilares FundamentalesDiferenciacin de procedimientos:Reclamaciones;Solicitudes; y,Demandas por dao ambiental;

Agotamiento de la va administrativa para accionar en Tribunal (salvo caso de dao ambiental).

Regionalizacin. Se crean 3 Tribunales Ambientales, con implementacin gradual; con sedes en Antofagasta, Santiago y Valdivia.Pilares FundamentalesCompetencia en Solicitudes de MedidasProvisionales o Suspensiones TransitoriasLegitimadoAutorizar, para evitar dao inminente al medio ambiente:Medidas provisionales de clausura temporal o detencin del funcionamiento, total o parcial, de las instalaciones; o,Suspensin temporal de la RCA.

Autorizar, cuando la ejecucin del proyecto genera:Dao grave e inminente al medio ambiente por incumplimiento grave del RCA; o,Efectos no previstos en la evaluacin, que puedan generar un dao inminente y grave para el medio ambiente,

Algunas de las siguientes medidas:Suspensin transitoria de autorizaciones defuncionamiento contenidas en RCA; u,Otra medida transitoria de resguardo.Superintendenci a del Medio AmbienteCompetencias(Solicitudes)Consulta de Sanciones Ms severasLegitimado1) Autorizar las resoluciones de la SMA que apliquen las sanciones de Clausura temporal o definitiva o Revocacin de la RCA.Superintendencia del Medio AmbienteCompetencias(Solicitudes)Ha sido sano tener un rgimen de consulta para laaplicacin de medidas y sanciones ms severas.Ha sido positivo la posibilidad de suspensin tan solo parcial del funcionamiento de las instalaciones. Se evita mayores impactos econmicos.Hay que estar atento a la efectividad temporal de la solicitud de suspensin transitoria de autorizaciones de funcionamiento u otra medida de resguardo, en caso de generarse dao grave e inminente al medio ambiente por incumplimiento grave a la RCA.Comentarios Respecto de las Competencias en Materia de SolicitudCompetencias en Reclamaciones a Normas de Calidad Ambiental y de Emisin; Zonas Latentes y Saturadas; Planes de Prevencin y Descontam.Legitimado1) Reclamaciones que se interpongan en contra de los Decretos Supremos que establezcan normas primarias o secundarias de calidad ambiental y de emisin; los que declaren zonas latentes o saturadas y los que establezcan planes de prevencin o de descontaminacin.Cualquier persona que considere que dichos instrumentos:No se ajustan a la Ley19.300; y,Le causen perjuicio;2) Reclamaciones que se interpongan en contra de los actos administrativos que dicten los Ministerios o Servicios Pblicos para la ejecucin o implementacin de las normas de calidad, de emisin y los planes de prevencin o descontaminacin, cuando estos infrinjan la ley, las normas o los objetivos de los instrumentos sealados.Cualquier persona que considere que esos actos administrativos infrinjan la ley, las normas y los objetivos de los instrumentos sealados.Competencias (Reclamaciones)Competencias en Reclamaciones Relacionadas con la Evaluacin Ambiental de Proyectos o ActividadesLegitimadoReclamaciones en contra de la determinacin del Comit de Ministros o Director Ejecutivo que resuelva el recurso administrativo cuando sus observaciones no han sido consideradas en el procedimiento de evaluacin ambiental.

Reclamacin en contra de la resolucin del Director Ejecutivo que niegue lugar, rechace o establezca condiciones o exigencias a una DIA o en contra de la resolucin del Comit de Ministros que rechace o establezca condiciones o exigencias a un EIA.

Reclamacin en contra de la resolucin que revis una RCA ya dictada, cuando, ejecutndose el proyecto, las variables evaluadas y contempladas en el plan de seguimiento hayan variado sustantivamente en relacin a lo proyectado o no se hayan verificado.Las personas naturales y jurdicas que presentaron sus reclamaciones de conformidad a la ley.Competencias (Reclamaciones)Competencia en Reclamaciones de Resoluciones Contrarias a Derecho o que impongan MultasLegitimadoReclamaciones en contra de las resoluciones de laSuperintendencia del Medio Ambiente que:El reclamante estime que no se ajustan a la Ley, reglamentos o dems disposiciones que corresponda aplicar.Impongan multas.Las personas naturales o jurdicas, pblicas o privadas, directamente afectadas por la resolucin de la Superintendencia del Medio Ambiente.Competencias (Reclamaciones)Competencia en Reclamaciones Relacionadas con la Invalidacin Actos Administrativos de Carcter AmbientalLegitimado1) Reclamaciones en contra de la resolucin que resuelva un procedimiento administrativo de invalidacin de un acto administrativo de carcter ambiental.Quien hubiese solicitado la invalidacin administrativa; o,El directamente afectado por la resolucin que resuelva el procedimiento administrativo de invalidacin.Competencias (Reclamaciones)Arica Seafoods v/s SMM (Multa por no tener Permiso Sanitario y no Cumplir requerimiento de Informacin de SMM). (Acogida).

Municipalidades de Puchuncav,Tocopilla, Huasco y Particulares v/s D.S. 20/13 del MMA que establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10 y Deroga Decreto 59/98 (Valores que definen situaciones de emergencia. Mantiene lmite diario de 150 ug/m3N y deroga lmite anual de 150 ug/m3N) (Acogida).Algunas Reclamaciones Presentadasante Tribunal Ambiental de SantiagoC. Minera del Pacfico v/s Resolucin del Director Ejecutivo SEA que impone exigencia injustificada (canales de desvo de aguas lluvias para evitar arrastre del mineral fuera del sector de acopio). (Acogida).Codelco (Ventanas) v/s Resolucin SMM (Requerimiento de Ingreso al SEIA modificacin obras sector Botadero y Depsito de Seguridad) (Acogida). (SMM debe iniciar primeramente proceso sancionador para verificar si hubo incumplimiento a ingreso a SEIA).Algunas Reclamaciones Presentadasante Tribunal Ambiental de SantiagoCompetencia en el Conocimiento de la Accin de Reparacin AmbientalLegitimado1) Demandas para obtener la reparacin del medio ambiente daado.Las personas naturales o jurdicas, pblicas, o privadas, que hayan sufrido el dao o perjuicio;Las Municipalidades, por los hechos acaecidos en sus respectivas comunas; y,El Estado, por intermedio del CDE.

Deducida demanda por alguno de ellos, no podrn interponerla los restantes, lo que no obsta a su derecho a intervenir como terceros.Competencias(Demandas)Resultados de La Reparacin Del Dao Ambiental En Sede Judicial Entre 1998-2014Los tribunales chilenos han ordenado la reparacin de los daos ambientales, acogiendo las demandas de reparacin presentadas por el Estado de Chile, representado por el CDE: ms de 50 fallos ejecutoriados.

El sistema de responsabilidad por dao ambiental contempla 2 acciones distintas, la accin de reparacin, que persigue la reparacin material del medio ambiente (obligacin de hacer) y la accin indemnizatoria (obligacin de dar).Experiencia Del Cde/Uma:Resultados de La Reparacin Del Dao AmbientalEn Sede Judicial Entre 1998-2014

Las partes deben entregar al juez elementos que le permitan constatar por ejemplo la significancia.

Medios de prueba: reconocimiento de importancia de informes tcnicos emanados de Servicios Pblicos competentes. Importancia de Informe Pericial y de testigos calificados, expertos en la materia.

La prescripcin de la accin de reparacin e indemnizatoria se cuenta desde la manifestacin evidente del dao. Por ejemplo, desde que los daos constan en informe tcnico.