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Práctica Procesal Penal
Sesión 7: Derechos Constitucionales del Procesado (Primera parte)
Contextualización
La libertad bajo caución es
un beneficio que otorga la
constitución a las personas
que se encuentran privadas
de su libertad por su
probable responsabilidad en
la comisión de un delito, y
consiste en que puedan
gozar de su libertad
mediante el pago de una
garantía.
Introducción
El derecho a guardar silencio
consiste en que el inculpado
no puede ser obligado a
declarar si así es su deseo.
¿Qué es la
libertad bajo
caución?
Es una garantía procesal para
el inculpado, pero no es una
garantía universal ni puede
ser ejercida en cualquier
momento del proceso, y
consiste en que pueda gozar
de su libertad el tiempo que
dura el proceso en su contra,
dejando una garantía para el
caso de que se extraiga de la
justicia.
¿En qué casos se otorga la
libertad bajo caución?
En delitos que no son considerados como
graves
Que no sea delincuente habitual
Que no exista condena previa por
delitos dolosos
Que no sea sujeto de otro proceso penal
anterior en el cual se haya dictado auto de
formal prisión
Que no haya sido prófugo de la justicia
en un proceso anterior
Que no exista riesgo fundado de que el
inculpado cometa un delito doloso contra el ofendido o ponga en riesgo a los testigos
Que no se trate de un delito cometido con
violencia o sea asociado a crimen
organizado o realizado en pandilla
Que el inculpado no haya cometido el
delito bajo el influjo del alcohol o sustancias
psicotrópicas.
¿Qué es la
confesión del
procesado?
Es el acto mediante el cual el
imputado reconoce que el
hecho ilícito o como propia
una conducta punible
reconociendo así, su culpa y
responsabilidad del hecho que
le es imputado, así como su
autoría o participación.
¿Cuáles son los requisitos para
que tenga validez la confesión
de un procesado?
Debe ser sobre hechos propios con relación al delito que se le imputa
Debe ser verosímil
Debe ser ante la autoridad judicial
¿Qué es el
careo?
Es la confrontación que se da
entre el inculpado y el
ofendido, o entre el presunto
responsable y los testigos,
con la finalidad de determinar
la veracidad de sus dichos.
Conclusión
La libertad constituye quizá el bien jurídico de mayor jerarquía protegido por la ley,
en el caso de la detención se ataca la libertad de movimiento, pues la persona es
impedida para transitar libremente.
La detención contraviene la presunción de inocencia, en virtud de que como se
puede privar a alguien se su libertad cuando se presume inocente, cual sería la
justificación. En este caso la ley y la doctrina ha tratado de justificar la detención al
referirla como “detención preventiva”, justificando su existencia en el temor de que
el presunto responsable se evada la justicia, lo que imposibilitaría su persecución.
Por lo anterior, la existencia de la figura de la “libertad bajo caución” pretende
subsanar de algún modo la existencia de la prisión preventiva, no obstante, para
gozar de dicho beneficio (la libertad bajo caución) será necesario otorgar una
garantía, aunado al hecho de que no todos los inculpados pueden acceder a ella.
Para aprender más
¿Qué es la libertad bajo caución?
Díaz de León, M. (s/f). La libertad provisional bajo caución en México,
obtenido de:
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/117/13.pdf
¿Qué es la ampliación de la libertad bajo caución?
Zamora, J. (s/f). La ampliación de la garantía de libertad bajo caución,
obtenido de:
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/259/18.pdf
Referencias
Bibliografía Carrancá y Rojas R. (2011). Historia del Derecho Penal Mexicano, México: Porrúa. Carrara, F. (2002). Derecho Penal, México: Oxford. De Asúa, L. (2002). Lecciones de derecho penal, México: Oxford. Fix Zamudio, H. (2000). Derechos humanos y el derecho penal en México UNAM, México. García Ramírez, S. (2009) La reforma constitucional Penal 2007 – 2008, México: Porrúa. Cibergrafía s/a, (2013). Ley de amparo, Diario Oficial de la Federación, obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf S/a, (1917). CONSTITUCIÓNPOLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Diario Oficial de la Federación, obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf S/a, (2002). Código Penal para el Distrito Federal, Gaceta oficial del Distrito Federal, obtenido de: http://docs.mexico.justia.com.s3.amazonaws.com/estatales/distrito-federal/codigo-penal-para-el-distrito-federal.pdf S/a, (1934). Código Federal de Procedimientos Penales, Diario Oficial de la Federación, obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/7.pdf