135
Núm. 138 página 8 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 17 de julio 2014 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DECRETO 113/2014, de 15 de julio, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias de Grado, Máster y Doctorado, se crean dos nuevos centros universitarios de investigación, dos centros de estudios de postgrado y una escuela de doctorado, se autoriza el cambio de denominación de varios centros universitarios y la adscripción de uno nuevo, se actualiza la relación de titulaciones universitarias de carácter oficial y los centros de las Universidades públicas y privada de Andalucía donde se imparten y se fijan los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios de las Universidades públicas andaluzas para el curso 2014/2015. I. El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 53, establece las competencias que ostenta la Comunidad Autónoma en materia de Enseñanza Universitaria, sin perjuicio de la autonomía universitaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 2.5, atribuye a las Comunidades Autónomas las tareas de coordinación de las Universidades de su competencia, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Conferencia General de Política Universitaria y al Consejo de Universidades. El artículo 35 de la referida Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, dispone que, para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en la legislación de la misma y lo previsto en el artículo 8 de la citada Ley Orgánica, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno, con respeto al principio de autonomía académica de las Universidades Públicas. En su virtud, por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, se estableció la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: Grado, Máster y Doctorado, determinándose la estructura general de las enseñanzas y se fijaron los procedimientos y requisitos para la evaluación de los planes de estudios por el organismo competente para la evaluación y para la verificación por el Consejo de Universidades y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, que vino a dar una nueva regulación a las enseñanzas de doctorado. En cualquiera de las normas anteriormente citadas se contempla el papel que desempeñan las Comunidades Autónomas en estos procedimientos, que consistirá en autorizar la implantación de las enseñanzas en las universidades de su ámbito territorial. Por su parte, dentro del ordenamiento autonómico andaluz, el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, en su artículo 58, atribuye al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma la competencia para acordar la implantación, suspensión y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartirán en las Universidades andaluzas con sujeción a los tramites y principios que en dicho precepto se establecen, y en el artículo 11 establece el procedimiento para la creación, modificación y supresión de centros universitarios, atribuyendo también al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma la competencia para ello. Asimismo, los artículos 11.1, 58.2.b), 65.3 y 80.d) del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, establecen la necesidad de que el Consejo Andaluz de Universidades emita informe para la creación, modificación y supresión de Escuelas, Facultades e Institutos Universitarios de Investigación y para la implantación, suspensión y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartirán en las Universidades andaluzas. El presente Decreto se adecua a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual los poderes públicos potenciarán que la perspectiva de la igualdad de género esté presente en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, de las políticas en todos los ámbitos de actuación, considerando sistemáticamente las prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta su incidencia en la situación específica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de género. Las Universidades de Andalucía, de acuerdo con la normativa vigente, han propuesto que se les conceda autorización para la implantación de nuevas enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial, así como para la modificación y supresión de algunas de las ya existentes, que se especifican 00051846

Precio Credito Master en Sevilla

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Precio Credito Master en Sevilla

Citation preview

  • Nm. 138 pgina 8 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    1. Disposiciones generales

    CONseJerA de eCONOmA, INNOvACIN, CIeNCIA y empleO

    Decreto 113/2014, de 15 de julio, por el que se autoriza la implantacin de enseanzas universitarias de Grado, Mster y Doctorado, se crean dos nuevos centros universitarios de investigacin, dos centros de estudios de postgrado y una escuela de doctorado, se autoriza el cambio de denominacin de varios centros universitarios y la adscripcin de uno nuevo, se actualiza la relacin de titulaciones universitarias de carcter oficial y los centros de las Universidades pblicas y privada de Andaluca donde se imparten y se fijan los precios pblicos a satisfacer por la prestacin de servicios acadmicos y administrativos universitarios de las Universidades pblicas andaluzas para el curso 2014/2015.

    I. el estatuto de Autonoma para Andaluca, en su artculo 53, establece las competencias que ostenta la comunidad Autnoma en materia de enseanza Universitaria, sin perjuicio de la autonoma universitaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artculo 27 de la constitucin espaola.

    La Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artculo 2.5, atribuye a las comunidades Autnomas las tareas de coordinacin de las Universidades de su competencia, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la conferencia General de Poltica Universitaria y al consejo de Universidades.

    el artculo 35 de la referida Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, dispone que, para impartir enseanzas oficiales y expedir los correspondientes ttulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades debern poseer la autorizacin pertinente de la comunidad Autnoma, segn lo dispuesto en la legislacin de la misma y lo previsto en el artculo 8 de la citada Ley orgnica, y obtener la verificacin del consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno, con respeto al principio de autonoma acadmica de las Universidades Pblicas.

    en su virtud, por el real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenacin de las enseanzas universitarias oficiales, de acuerdo con el artculo 37 de la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, se estableci la ordenacin de las enseanzas universitarias oficiales: Grado, Mster y Doctorado, determinndose la estructura general de las enseanzas y se fijaron los procedimientos y requisitos para la evaluacin de los planes de estudios por el organismo competente para la evaluacin y para la verificacin por el consejo de Universidades y el real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseanzas oficiales de doctorado, que vino a dar una nueva regulacin a las enseanzas de doctorado. en cualquiera de las normas anteriormente citadas se contempla el papel que desempean las comunidades Autnomas en estos procedimientos, que consistir en autorizar la implantacin de las enseanzas en las universidades de su mbito territorial.

    Por su parte, dentro del ordenamiento autonmico andaluz, el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, en su artculo 58, atribuye al consejo de Gobierno de la comunidad Autnoma la competencia para acordar la implantacin, suspensin y supresin de enseanzas conducentes a la obtencin de ttulos de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartirn en las Universidades andaluzas con sujecin a los tramites y principios que en dicho precepto se establecen, y en el artculo 11 establece el procedimiento para la creacin, modificacin y supresin de centros universitarios, atribuyendo tambin al consejo de Gobierno de la comunidad Autnoma la competencia para ello.

    Asimismo, los artculos 11.1, 58.2.b), 65.3 y 80.d) del texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, establecen la necesidad de que el consejo Andaluz de Universidades emita informe para la creacin, modificacin y supresin de escuelas, Facultades e Institutos Universitarios de Investigacin y para la implantacin, suspensin y supresin de enseanzas conducentes a la obtencin de ttulos de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional que se impartirn en las Universidades andaluzas.

    el presente Decreto se adecua a lo dispuesto en el artculo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promocin de la igualdad de gnero en Andaluca, segn el cual los poderes pblicos potenciarn que la perspectiva de la igualdad de gnero est presente en la elaboracin, ejecucin y seguimiento de las disposiciones normativas, de las polticas en todos los mbitos de actuacin, considerando sistemticamente las prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta su incidencia en la situacin especfica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de gnero.

    Las Universidades de Andaluca, de acuerdo con la normativa vigente, han propuesto que se les conceda autorizacin para la implantacin de nuevas enseanzas universitarias conducentes a la obtencin de ttulos de carcter oficial, as como para la modificacin y supresin de algunas de las ya existentes, que se especifican 00

    0518

    46

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina

    en este Decreto. Al mismo tiempo, varias han solicitado autorizacin para la adscripcin mediante convenio de un centro de titularidad privada a una universidad pblica, la creacin de nuevos centros de titularidad pblica, o la autorizacin para el cambio de denominacin de alguno de los ya existentes. Dichas propuestas han sido informadas favorablemente por el consejo de Gobierno y el consejo Social de las Universidades respectivas, as como por el consejo Andaluz de Universidades.

    en el mbito de las Universidades pblicas de Andaluca, la implantacin de nuevas enseanzas y de los centros universitarios, que se autorizan en este Decreto, no supone incremento de gastos ni recursos adicionales, como consecuencia de la liberacin progresiva de recursos en el solapamiento de titulaciones autorizadas con anterioridad a la implantacin del espacio europeo de educacin Superior, en fase de extincin, y las implantadas en el nuevo marco comn europeo, segn lo manifestado por las propias universidades y contrastado con el anlisis de las disponibilidades de recursos materiales y de capital humano.

    II. en cuanto a los precios pblicos a satisfacer por los servicios acadmicos y administrativos universitarios prestados por las Universidades pblicas andaluzas, los artculos 176.2.a), 179 y 180.1 del estatuto de Autonoma para Andaluca reconocen a la comunidad Autnoma la potestad de establecer sus propios tributos, dentro de los cuales se deben incluir los precios pblicos por la prestacin de servicios pblicos. concretamente la Ley 4/1988, de 5 de julio, de tasas y Precios Pblicos de la comunidad Autnoma de Andaluca, prev en su disposicin adicional nica que los precios pblicos de las Universidades pblicas andaluzas por servicios administrativos y acadmicos referentes a estudios conducentes a la obtencin de ttulos oficiales, se determinarn por Decreto del consejo de Gobierno, ser elevado para su aprobacin por la persona titular de la consejera competente en materia de universidades, a propuesta del consejo Social de cada Universidad y dentro de los lmites que establezca la conferencia General de Poltica Universitaria.

    Por su parte, el artculo 81.3.b) de la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, seala que los precios pblicos por servicios acadmicos y dems derechos que legalmente se establezcan, por estudios conducentes a la obtencin de ttulos de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional, los fijar la comunidad Autnoma, dentro de los lmites que establezca la conferencia General de Poltica Universitaria y estarn relacionados con los costes de prestacin del servicio, en los trminos que en dicho precepto se establecen, y entre los que recoge expresamente:

    1. enseanzas de Grado: los precios pblicos cubrirn entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrcula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrcula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrcula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrcula.

    2. enseanzas de Mster que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en espaa: los precios pblicos cubrirn entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrcula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrcula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrcula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrcula.

    3. enseanzas de Mster no comprendidas en el nmero anterior: los precios pblicos cubrirn entre el 40 por 100 y el 50 por 100 de los costes en primera matrcula; y entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes a partir de la segunda matrcula.

    Los precios pblicos podrn cubrir hasta el 100 por 100 de los costes de las enseanzas universitarias de Grado y Mster cuando se trate de personas estudiantes extranjeras mayores de dieciocho aos que no tengan la condicin de residentes, excluidas las nacionales de estados miembros de la Unin europea y aqullas a quienes sea de aplicacin el rgimen comunitario, sin perjuicio del principio de reciprocidad.

    este Decreto fija los precios pblicos de matrcula una vez concretada la estimacin del coste de prestacin del servicio y, por aplicacin de los porcentajes establecidos en el artculo 81.3.b) de la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, anteriormente mencionado y en cumplimiento del mismo, se establece un precio pblico para los distintos grupos de experimentalidad de las enseanzas conducentes a ttulos universitarios, segn prev el Anexo VI, aplicando un criterio de racionalidad y, con el fin de no incrementar los esfuerzos de las familias en el actual contexto de crisis econmica y no condicionar al alumnado por razones econmicas la eleccin de la titulacin, se establece un precio pblico nico en primera y segunda matrcula con independencia de la rama de conocimiento a la que pertenezcan los estudios deseados.

    Asimismo, el presente Decreto establece las normas procedimentales para el abono en las universidades de los precios pblicos a satisfacer por los servicios acadmicos y administrativos universitarios que presten las Universidades Pblicas de Andaluca conducentes a la obtencin de los ttulos oficiales con validez en todo el territorio nacional. 00

    0518

    46

  • Nm. 138 pgina 10 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    con la finalidad de suavizar el esfuerzo del alumnado y de sus familias, se posibilita en este Decreto que la liquidacin de precios pblicos que resulte al formalizar la matrcula, se pueda realizar mediante pagos fraccionados hasta en cinco plazos y teniendo en cuenta las recomendaciones recogidas en el Informe de Fiscalizacin de las cuentas rendidas por las Universidades Pblicas en 2011, de la cmara de cuentas de Andaluca de abril de 2011.

    III. Por todo ello, mediante el presente Decreto se da cumplimiento a lo establecido en la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; y en el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero. Igualmente, se da cumplimiento a lo previsto en el real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y a lo dispuesto en el real Decreto 99/2011, de 28 de enero, al autorizar en las Universidades de Andaluca la implantacin de nuevas enseanzas universitarias conducentes a la obtencin de los ttulos oficiales de Grado, Mster y Doctor, la creacin de nuevos centros universitarios, as como el cambio de denominacin de otros, y, con ello, actualiza para el curso acadmico 2014/2015 la relacin de titulaciones universitarias oficiales implantadas y centros de las Universidades andaluzas donde se imparten las enseanzas conducentes a su obtencin; todo ello, teniendo en cuenta que el proceso de implantacin de nuevos ttulos debe permitir el diseo de una oferta global con un eficiente aprovechamiento de los recursos para mejorar la calidad del Sistema Universitario Andaluz.

    en su virtud, a propuesta del consejero de economa, Innovacin, ciencia y empleo, de conformidad con lo establecido en el artculo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la comunidad Autnoma de Andaluca, con informe favorable del consejo Andaluz de Universidades y previa deliberacin del consejo de Gobierno en su reunin del da 15 de julio de 2014,

    D I S P o N G o

    Artculo 1. Autorizacin para la implantacin de nuevas enseanzas universitarias conducentes a la obtencin de ttulos de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional y los centros donde se imparten y actualizacin de la relacin de titulaciones universitarias y centros universitarios andaluces donde se impartirn en el curso acadmico 2014/2015.

    1. Se mantiene la autorizacin de las enseanzas universitarias, en fase de extincin, que se llevan a cabo conforme a los planes de estudios de anteriores ordenaciones, conducentes a la obtencin de los ttulos de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto tcnico e Ingeniero tcnico, relacionadas en el Anexo I.

    2. De acuerdo con la Programacin Universitaria de Andaluca para el curso acadmico 2014/2015, se autoriza la imparticin durante el mismo de las enseanzas conducentes a la obtencin de los ttulos universitarios de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional correspondientes a los ciclos de Grado, Mster y Doctorado. Igualmente, se autorizan los centros encargados de su organizacin y de los procesos acadmicos, administrativos y de gestin conducentes a la obtencin de dichos ttulos, que se recogen en los Anexos II, III y IV, as como las estructuras de los centros encargados de su organizacin.

    3. Igualmente, para el curso acadmico 2014/2015, se autoriza a la Universidad Privada Loyola Andaluca a impartir las enseanzas conducentes a la expedicin de los ttulos universitarios de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional correspondientes a los ciclos de Grado y Mster que figuran relacionadas en el Anexo V, y los centros encargados de la gestin administrativa y organizacin de las mismas, conforme al Decreto 82/2013, de 16 de julio, por el que se autoriza la puesta en funcionamiento de la Universidad Privada Loyola Andaluca, se aprueban sus normas de organizacin y funcionamiento, se autoriza la implantacin y puesta en funcionamiento de enseanzas universitarias y de los centros que se encargarn de la gestin administrativa y organizacin de las mismas.

    Artculo 2. creacin y cambio de denominacin de centros.1. Se acuerda la creacin del Instituto Universitario de Investigacin en Lingstica Aplicada y del Instituto

    Universitario de Investigacin en Microscopia electrnica y Materiales, ambos de la Universidad de cdiz, as como la creacin del centro de estudios de Postgrado de la Universidad de Jan, de la escuela Internacional de Postgrado de la Universidad de Sevilla y de la escuela Internacional de Doctorado la Universidad de Almera (eIDUAL).

    2. Se aprueba la adscripcin mediante convenio con la Universidad Pablo de olavide, de Sevilla, del centro Universitario San Isidoro, de titularidad privada, para impartir estudios conducentes a la obtencin de ttulos de carcter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    3. Se acuerda el cambio de denominacin de los siguientes centros de la Universidad de Almera: el centro de estudios de Postgrado, pasa a denominarse escuela Internacional de Mster (eIMUAL). As como el cambio de denominacin de los siguientes centros de la Universidad de Granada: la escuela de Doctorado 00

    0518

    46

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 11

    de Humanidades y ciencias Sociales, pasa a denominarse escuela de Doctorado de Humanidades y ciencias Sociales y Jurdicas, la escuela tcnica Superior de Ingenieras de Informtica y de telecomunicacin, pasa a denominarse escuela tcnica Superior de Ingenieras Informtica y de telecomunicacin.

    Artculo 3. Precios pblicos. Los precios pblicos a satisfacer en el curso 2014/2015 por los servicios acadmicos y administrativos

    universitarios que presten las Universidades Pblicas de Andaluca conducentes a la obtencin de los ttulos oficiales con validez en todo el territorio nacional, sern los fijados en el presente Decreto y sern abonados de acuerdo con las normas que se establecen en los siguientes apartados y en la cuanta que se seala en el respectivo Anexo VI:

    1. clculo de importes:a) Segn tipos de enseanzas. 1. enseanzas reguladas por el real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y por el real Decreto

    99/2011, de 28 de enero, referidas a los estudios de Grado, Mster y Doctorado. 2. enseanzas conforme a los planes de estudios de anteriores ordenaciones. cuando se trate de

    enseanzas de las anteriores ordenaciones a los citados reales Decretos con planes de estudios no estructurados en crditos, el importe se calcular por asignaturas, y en los casos en que as se contemple, podrn calcularse por curso completo.

    3. enseanzas de especialidades mdicas que no requieran formacin hospitalaria, del apartado tercero del anexo al real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la obtencin de ttulos de especialidades, en Unidades Docentes y estudios de especialidades en ciencias de la Salud, segn real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formacin sanitaria especializada.

    b) el importe se aplicar teniendo en cuenta la adscripcin del ttulo de que se trate al grupo correspondiente. en caso de duda sobre la adscripcin a un grupo concreto, se atender al perfil de las reas de conocimiento que participen mayoritariamente en la docencia de la titulacin.

    c) en el caso de msteres, la consejera de economa, Innovacin, ciencia y empleo podr autorizar una variacin del precio pblico del crdito, previa presentacin por la universidad de una memoria econmica que justifique adecuadamente un coste real de prestacin de servicio distinto del tomado como referencia para la aplicacin de lo establecido en el artculo 81.3.b) de la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, segn la redaccin dada por la modificacin introducida por el real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril.

    d) el alumnado que se encuentre en el periodo de investigacin de un Programa de Doctorado, con el fin de mantener su vinculacin con la universidad, formalizar una matrcula en cada curso, en concepto de tutela acadmica.

    e) el precio del crdito o curso completo podr cubrir hasta el 100 por 100 del coste de las enseanzas universitarias reguladas en el presente Decreto cuando se trate de personas estudiantes extranjeras, mayores de dieciocho aos que no tengan la condicin de residentes, excepto las nacionales de estados miembros de la Unin europea y aqullas a quienes sea de aplicacin el rgimen comunitario, sin perjuicio del principio de reciprocidad y los convenios establecidos a tal fin por las Universidades andaluzas.

    2. Modalidades de matrcula. a) Sin perjuicio de las previsiones que al respecto puedan contemplarse en los respectivos planes de

    estudios, o de las normas de matriculacin de cada universidad, los estudiantes se podrn matricular en el nmero de asignaturas que deseen. No obstante, quienes inicien los estudios de una titulacin de Graduado o Graduada, o Mster Universitario, en rgimen de dedicacin a tiempo completo, debern matricularse de la totalidad de los crditos correspondientes al primer curso, salvo que accedan a dichos estudios por adaptacin desde la respectiva titulacin en proceso de extincin. en todo caso, el derecho a examen y a la evaluacin correspondiente de los crditos matriculados quedarn limitados con las incompatibilidades acadmicas derivadas de los Planes de estudio o establecidas por la universidad.

    b) Los precios pblicos contemplados en este apartado sern aplicables exclusivamente a los servicios acadmicos que se realicen en el curso 2014/2015.

    c) el ejercicio de derecho de matrcula de asignaturas sueltas no obligar a la modificacin del rgimen de horarios generales determinados en cada centro, de acuerdo con las necesidades de sus Planes de estudios.

    3. Forma de pago de la matrcula. a) el alumnado tendr derecho a elegir la forma de efectuar el pago de los precios pblicos establecidos

    por los diversos estudios universitarios en los apartados correspondientes del Anexo VI, escogiendo entre las modalidades siguientes para hacerlo efectivo:

    1. en un solo pago al formalizar la matrcula. 0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 12 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    2. De forma fraccionada en dos plazos iguales con carcter general, que sern ingresados uno al solicitar la formalizacin de la matrcula y otro durante la segunda quincena del mes de diciembre del ao en el que se realiza la formalizacin de la matrcula.

    3. De forma fraccionada en pagos hasta en cinco plazos, para aquel alumnado que as lo solicite cuyos umbrales de renta y patrimonio familiar calculados conforme establece el captulo IV del real Decreto 472/2014, de 13 de junio, no superen el ciento diez por ciento del extremo superior del intervalo correspondiente establecido para el umbral 3.

    Al alumnado que solicite beca le ser de aplicacin lo establecido en el real Decreto 472/2014, de 13 de junio, en materia de exencin de becas y abono a las Universidades.

    No obstante, las universidades podrn requerir al alumnado que no cumpla los requisitos establecidos en el punto 3 del apartado a), para que se acoja a las modalidades del punto 1 o del punto 2.

    Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, los rectores o rectoras de las Universidades Pblicas de Andaluca, con carcter excepcional, podrn establecer, de manera individualizada, un fraccionamiento de pago diferente, siempre que concurran en la persona solicitante circunstancias que lo justifiquen suficientemente.

    en todos los casos el pago se podr efectuar antes de la fecha de inicio del perodo de exmenes correspondientes a las materias sobre las que el abono de la matrcula no se ha completado.

    el abono de los precios de los servicios complementarios de pruebas de evaluacin, expedicin de ttulos y otros servicios acadmicos o administrativos contemplados en los apartados II y III del Anexo VI, no sern objeto de fraccionamiento.

    b) La eficacia de la matrcula formalizada, y de los actos administrativas que de ella pudieran derivarse, quedar demorada hasta tanto no se produzca el pago de la totalidad de los respectivos precios pblicos. el impago de dichos precios en cualquiera de los plazos correspondientes a la modalidad elegida (pago nico o pago fraccionado hasta en cinco plazos) supondr el desistimiento de la solicitud de matrcula, que ser archivada con prdida de las cantidades que se hubieran satisfecho hasta ese momento.

    c) Las universidades podrn no admitir matrculas sucesivas, ejecutar traslados de expedientes, ni expedir ttulos, en tanto el alumnado no haya acreditado el pago de cantidades pendientes, incrementadas con el importe del inters de demora que corresponda y, en su caso, el recargo de apremio.

    d) Los estudiantes matriculados en centros o Institutos Universitarios de Investigacin adscritos abonarn a la respectiva universidad el 30 por 100 de los correspondientes precios establecidos en el apartado I del Anexo VI por la prestacin de servicios acadmicos, y el 100 por 100 de los precios pblicos correspondientes a los servicios administrativos que preste dicha universidad.

    4. reconocimiento y transferencia de crditos. el alumnado que solicite el reconocimiento y/o la transferencia de crditos conforme a lo previsto en los

    artculos 6 y 12.8 del real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, abonar 30 por 100 de los precios pblicos correspondientes que se establecen en el Anexo VI excepto en los siguientes supuestos, que podrn quedar exentos:

    1. el reconocimiento de crditos resultantes del proceso de adaptacin a las nuevas titulaciones implantadas en el marco del espacio europeo de educacin Superior, de acuerdo con las previsiones de sus respectivas Memorias de Verificacin.

    2. el reconocimiento de crditos resultantes de la aplicacin de itinerarios especficos correspondientes a la oferta conjunta de dobles titulaciones.

    3. el reconocimiento de crditos resultantes de la aplicacin de programas o convenios de movilidad suscritos por las respectivas universidades.

    4. el reconocimiento de los crditos obtenidos en estudios de Grado en una determinada Universidad andaluza, para su aplicacin en dicha universidad en otros estudios de Grado.

    5. el reconocimiento de un ttulo oficial conforme a anteriores ordenaciones, para que computen en la obtencin del respectivo ttulo de Grado que lo ha sustituido. Asimismo, estarn exentos tambin los crditos obtenidos mediante enseanzas no oficiales que una Universidad andaluza hubiese diseado para su reconocimiento y/o transferencias de crditos en las enseanzas de un ttulo de grado.

    5. Importes de planes en proceso de extincin. en las asignaturas de planes en proceso de extincin, ofertadas sin docencia con derecho a examen,

    se abonar por cada asignatura el 30 por 100 del precio establecido para los correspondientes crditos, en el apartado I del Anexo VI. No obstante, cuando se trate de planes de estudios no estructurados en crditos, ser el 30 por 100 del coste de las asignaturas de que se traten. en todo caso, cuando se trate de 3. y 4. o sucesivas matrculas, el importe mximo del crdito ser de 20 euros.00

    0518

    46

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 13

    6. exenciones y bonificaciones. a) Becas o ayudas. el alumnado becado con cargo a los Presupuestos Generales del estado o al Presupuesto de la

    comunidad Autnoma de Andaluca, de conformidad con lo establecido en el artculo 9.6 del real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, modificado parcialmente por el real Decreto 1000/2012, de 29 de junio, por el que se establece el rgimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, no vendr obligado a pagar la contraprestacin por servicio acadmico.

    el alumnado que al presentar su solicitud de matrcula, no hubiese abonado los importes por servicios acadmicos, por haber solicitado tambin la concesin del componente de matrcula para estudios universitarios y posteriormente no obtuviesen la citada concesin o le fuera revocada la beca concedida, vendr obligado al abono del precio correspondiente a la matrcula que efectu. el impago dentro del plazo establecido por la universidad, en la notificacin de la denegacin de la ayuda o del requerimiento para que haga efectivo el importe correspondiente, supondr el desistimiento de la matrcula solicitada para todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los trminos previstos por la legislacin vigente.

    No obstante, de conformidad con lo dispuesto en la normativa que regula las becas y ayudas de carcter general para estudios universitarios, las universidades podrn requerir cautelarmente el abono de dichos precios pblicos al alumnado que no cumpla los requisitos establecidos en la citada normativa.

    b) Por Matrculas de Honor, Premios extraordinarios y Medallas. 1. La obtencin de una o varias matrculas de honor en sus estudios universitarios dar derecho

    al alumnado, en el curso acadmico siguiente en el que se matricule, a una bonificacin en el importe de la matrcula del mismo nmero de crditos en los que obtuvo la citada matrcula de honor.

    No obstante, cuando se trate de planes de estudios no estructurados en crditos, la bonificacin ser por el mismo nmero de asignaturas anuales o cuatrimestrales, segn corresponda. en su caso, una asignatura cuatrimestral puede compensar media asignatura anual.

    No se podr aplicar el derecho a esta bonificacin en el caso de que la calificacin de matrcula de honor sea consecuencia de convalidacin de asignaturas o reconocimiento de crditos.

    2. La Matrcula de Honor en 2. curso de Bachillerato o ciclo Formativo de Formacin Profesional de Grado Superior, la obtencin de Premio extraordinario de Bachillerato o de Formacin Profesional de Grado Superior o la Medalla en las olimpiadas de Matemticas, Fsica o Qumica u otras olimpiadas acreditadas de mbito nacional, otorgar el derecho a exencin total de los precios por servicios acadmicos, por una sola vez, en el primer curso de enseanzas de Grado para los precios establecidos en el apartado I del Anexo VI.

    3. La aplicacin de las correspondientes bonificaciones se llevar a cabo una vez calculado el importe de la matrcula.

    c) Por Familia Numerosa. est exento del pago de los precios pblicos previstos en el Anexo VI de este Decreto el alumnado

    miembro de familia numerosa de categora especial, gozando de una bonificacin del 50 por 100 el de familia numerosa de categora general, conforme a lo dispuesto en el real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de proteccin a las familias numerosas.

    d) Alumnado con discapacidad. De conformidad con lo que establece la disposicin adicional vigsimo cuarta de la Ley orgnica

    6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su apartado 6, las personas estudiantes con discapacidad, entendindose por tales aqullas comprendidas en el artculo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no Discriminacin y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, tendrn derecho a la exencin total de precios pblicos en los estudios conducentes a la obtencin de un ttulo universitario.

    e) Vctimas de actos de terrorismo. est exento del pago de los precios pblicos previstos en este Decreto el alumnado a que se refiere el

    artculo 38 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de reconocimiento y Proteccin Integral a las Vctimas del terrorismo y el artculo 21.3 de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atencin a las vctimas del terrorismo de la comunidad Autnoma de Andaluca. La condicin de vctima de terrorismo deber acreditarse al formalizar la matrcula o solicitar el servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 4 bis, apartado 3, de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las vctimas del terrorismo.

    f) Vctimas de violencia de gnero. 1. Las vctimas de la violencia de gnero a las que hace referencia la Ley orgnica 1/2004, de 28

    de diciembre, de Medidas de Proteccin Integral contra la Violencia de Gnero, y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevencin y Proteccin Integral contra la Violencia de Gnero, cuando no tengan 00

    0518

    46

  • Nm. 138 pgina 14 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    derecho a las becas reguladas en el real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, modificado parcialmente por el real Decreto 1000/2012, de 29 de junio, por el que se establece el rgimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, gozarn de exencin en el pago de los precios pblicos por servicios acadmicos establecidos en el Anexo VI del presente Decreto.

    2. el alumnado que se acoja a esta disposicin habr de aportar la resolucin judicial otorgando la orden de proteccin a favor de la vctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la vctima o cualquier otra documentacin acreditativa, en la que el rgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituye el objeto de la citada Ley orgnica.

    excepcionalmente, podr acreditarse esta situacin con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es vctima de la violencia de gnero hasta tanto no se dicte la orden de proteccin o resolucin judicial equivalente.

    3. Para el reconocimiento de esta exencin el alumnado deber acreditar que ha solicitado previamente las becas relacionadas en el presente Decreto, por si tuviera derecho a su percepcin.

    g) otras exenciones. Se producirn exenciones en el pago de los importes de los precios pblicos a satisfacer por la prestacin

    de servicios acadmicos y administrativos universitarios que presten las Universidades Pblicas de Andaluca conducentes a la obtencin de los ttulos oficiales que figuran en los Anexos I a IV, y no estn recogidas en los apartados anteriores, cuando as aparezcan establecidas por Ley.

    7. compensacin a las universidades.Los importes de los precios pblicos no satisfechos por el alumnado en aplicacin de lo previsto en este

    artculo sern compensados a las universidades por los organismos que concedan dichas ayudas, exenciones o bonificaciones, hasta donde alcancen los crditos que, con esta finalidad, se autoricen en sus presupuestos de gastos, sin perjuicio de la compensacin incluida en los presupuestos de las propias universidades.

    8. Informacin al alumnado sobre el coste del servicio.Las universidades deben hacer constar en el resguardo de matrcula, a efectos de informacin, el

    coste estimado de los servicios acadmicos en los que el alumno o la alumna se haya matriculado, indicando expresamente que la parte del coste de la matrcula no cubierta por el precio pblico de matrcula abonado por el alumnado est financiada por la comunidad Autnoma de Andaluca con cargo a los impuestos que los contribuyentes abonan.

    9. Apertura de expediente y certificado Prueba de Acceso.el alumnado de nuevo ingreso procedente de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) organizada

    por las Universidades Pblicas de Andaluca, abonar en la universidad en que sea admitido exclusivamente la apertura de expediente, quedando exento de abonar el certificado de PAU.

    Disposicin adicional primera. comunicacin a la conferencia General de Poltica Universitaria.De acuerdo con lo dispuesto en el artculo 8.3 de la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, de

    Universidades, se informar del presente Decreto a la conferencia General de Poltica Universitaria.

    Disposicin adicional segunda. cambio en la denominacin del ttulo de Graduado o Graduada en ejecucin de sentencia.

    Dada la actual situacin de ejecucin de sentencias relativas a determinados ttulos de Graduado o Graduada, se delega en el consejero de economa, Innovacin, ciencia y empleo para acordar los cambios que, como consecuencia de ejecucin de sentencias firmes, y previa verificacin del consejo Andaluz de Universidades, pudieran afectar a las titulaciones de que se traten.

    Disposicin transitoria nica. Supresin de enseanzas de anteriores ordenaciones.1. Se autoriza la supresin progresiva, curso a curso, de las enseanzas conducentes a la obtencin de

    las actuales titulaciones de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto tcnico e Ingeniero tcnico, que figuran en el Anexo I. Las enseanzas que han de suprimirse quedarn definitivamente extinguidas el 30 de septiembre de 2015 como fecha lmite, conforme a la disposicin transitoria segunda del real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. Las Universidades Pblicas de Andaluca garantizarn el adecuado proceso de extincin correspondiente a esos ttulos de conformidad con la normativa legal vigente.

    2. el alumnado que haya comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podr acceder a las nuevas enseanzas que se contemplan en el Anexo II, previa admisin de la universidad, de acuerdo con lo establecido en el real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenacin de las enseanzas universitarias oficiales, en la normativa de la comunidad Autnoma de Andaluca y en la de la propia universidad.00

    0518

    46

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 15

    Disposicin derogatoria nica. Derogacin normativa.Queda derogado el Decreto 83/2013, de 16 de julio, por el que se autoriza la implantacin de enseanzas

    universitarias de Grado, Mster y Doctorado y centros universitarios, se actualiza la relacin de titulaciones universitarias de carcter oficial y con validez en todo el territorio nacional, de las Universidades Pblicas de Andaluca, los centros que las imparten, y se fijan los precios pblicos a satisfacer por la prestacin de servicios acadmicos y administrativos universitarios para el curso 2013/2014, exceptuando lo regulado en el artculo 2 en el que se acordaba la creacin de la Facultad de Medicina y enfermera de la Universidad de crdoba; la nueva denominacin de la Facultad de ciencias de la Salud de la Universidad de Mlaga; y se creaban las nuevas escuelas de Doctorado que figuraban relacionadas en el Anexo.

    Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto.

    Disposicin final primera. efectividad de la autorizacin de las enseanzas universitarias oficiales de Grado, Mster y Doctorado.

    La efectiva implantacin de las enseanzas autorizadas en este Decreto, conducentes a la obtencin de los ttulos universitarios oficiales de Graduado o de Graduada, de Mster Universitario y de Doctor o de Doctora, recogidas en los Anexos II, III, IV y V, quedar condicionada, para cada Universidad andaluza, a la completa y adecuada tramitacin del procedimiento establecido en el artculo 35 de la Ley orgnica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el captulo VI del real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenacin de las enseanzas universitarias oficiales, y a lo dispuesto en el artculo 10 del real Decreto 99/2011, de 23 de enero, por el que se regulan las enseanzas oficiales de doctorado, y a la verificacin, por parte de los centros directivos correspondientes de la consejera competente en materia de universidades, del cumplimiento de los requisitos necesarios sobre viabilidad acadmica, y viabilidad econmica en el caso de las Universidades Pblicas, para poder impartir las enseanzas conducentes a la obtencin de dichos ttulos oficiales.

    Disposicin final segunda. Desarrollo y ejecucin.Se habilita al consejero de economa, Innovacin, ciencia y empleo a dictar cuantas disposiciones sean

    necesarias para el desarrollo y ejecucin del presente Decreto.

    Disposicin final tercera. entrada en vigor.el presente Decreto entrar en vigor el mismo da de su publicacin en el Boletn oficial de la Junta de

    Andaluca.

    Sevilla, 15 de julio de 2014

    SUSANA DAz PAcHecoPresidenta de la Junta de Andaluca

    JoS SNcHez MALDoNADoconsejero de economa, Innovacin, ciencia y empleo

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 16 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    ANEXO I

    ENSEANZAS UNIVERSITARIAS A EXTINGUIR CONDUCENTES A LA EXPEDICIN POR LAS UNIVERSIDADESPBLICAS DE ANDALUCA DE TTULOS OFICIALES DE LICENCIADO/A, DIPLOMADO/A, ARQUITECTO/A,

    INGENIERO/A, ARQUITECTO/A TCNICO/A E INGENIERO/A TECNICO/A CURSO 2014/2015

    UNIVERSIDAD DE ALMERA (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Agrnomo/a (slo 2 ciclo) Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a de Materiales Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a en Informtica (slo 2 ciclo) Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Qumico Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico Industrial, Especialidad en Mecnica

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico/a Agrcola, Especialidad en Explotaciones Agropecuarias

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico/a Agrcola, Especialidad en Hortofruticultura y Jardinera

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico/a Agrcola, Especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico/a Agrcola, Especialidad en Mecanizacin y Construcciones Rurales

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Matemticas Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 17

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Qumica Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Diplomado/a en Fisioterapia Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria

    Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin, Enfermera y Fisioterapia

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Investigacin y Tcnicas de Mercado Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Humanidades y Psicologa

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Humanidades y Psicologa

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 18 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Humanidades Facultad de Humanidades y Psicologa

    Licenciado/a en Psicologa Facultad de Humanidades y Psicologa

    CENTRO ADSCRITO

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Centro Universitario Adscrito de Trabajo Social

    UNIVERSIDAD DE CDIZ (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Tcnico/a Naval, Especialidad en Estructuras Marinas Escuela de Ingeniera Naval y Ocenica

    Ingeniero/a Tcnico/a Naval, Especialidad en Propulsin y Servicios del Buque Escuela de Ingeniera Naval y Ocenica

    Licenciado en Radioelectrnica Naval Escuela de Ingenieras Marina, Nutica y Radioelectrnica

    Licenciado/a en Mquinas Navales Escuela de Ingenieras Marina, Nutica y Radioelectrnica

    Licenciado/a en Nutica y Transporte Martimo Escuela de Ingenieras Marina, Nutica y Radioelectrnica

    Diplomado/a en Mquinas Navales Escuela de Ingenieras Marina, Nutica y Radioelectrnica

    Diplomado/a en Navegacin Martima Escuela de Ingenieras Marina, Nutica y Radioelectrnica

    Diplomado/a en Radioelectrnica Naval Escuela de Ingenieras Marina, Nutica y Radioelectrnica

    Ingeniero/a Industrial (Slo 2 Ciclo) Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a de Obras Pblicas, Especialidad en Construcciones Civiles Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 1

    Denominacin Ttulo Centro u rgano responsable de la gestin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Obras Pblicas, Especialidad en Hidrologa Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a de Obras Pblicas, Especialidad en Transportes y Servicios Urbanos

    Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electrnica Industrial Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Qumica Industrial Escuela Politcnica Superior (Algeciras)

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electrnica Industrial Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a de Organizacin Industrial Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a en Informtica Escuela Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Qumico Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Enologa Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Matemticas Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 20 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano responsable de la gestin

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Ciencias del Mar Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias del Trabajo

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas

    Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales (Algeciras)

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicacin

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicacin

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicacin

    Licenciado/a en Publicidad y Relaciones Pblicas (slo el 2 ciclo) Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicacin

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 21

    Denominacin Ttulo Centro u rgano responsable de la gestin

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Enfermera (Algeciras)

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Enfermera y Fisioterapia

    Diplomado/a en Fisioterapia Facultad de Enfermera y Fisioterapia

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Enfermera y Fisioterapia (Jerez)

    Licenciado/a en Filologa rabe Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Clsica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Francesa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Humanidades Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Lingstica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Medicina Facultad de Medicina

    CENTROS ADSCRITOS

    Diplomado/a en Enfermera Centro de Enfermera Salus Infirmorum

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Centro de Estudios Jurdicos y Econmicos del Campo de Gibraltar Francisco Toms y Valiente (Algeciras)

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica

    Centro de Estudios Jurdicos y Econmicos del Campo de Gibraltar Francisco Toms y Valiente (Algeciras)

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 22 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano responsable de la gestin

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Centro de Estudios Jurdicos y Econmicos del Campo de Gibraltar Francisco Toms y Valiente (Algeciras)

    Licenciado/a en Derecho Centro de Estudios Superiores

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Centro de Magisterio Virgen de Europa

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Centro de Relaciones Laborales

    Diplomado/a en Trabajo Social Centro de Relaciones Laborales

    Diplomado/a en Turismo Centro de Relaciones Laborales

    UNIVERSIDAD DE CRDOBA (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Instalaciones Electromecnicas Mineras Escuela Politcnica Superior de Belmez

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Sondeos y Prospecciones Mineras Escuela Politcnica Superior de Belmez

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 23

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Explotacin de Minas Escuela Politcnica Superior de Blmez

    Ingeniero/a Tcnico/a de Obras Pblicas, Especialidad en Construcciones Civiles Escuela Politcnica Superior de Blmez

    Ingeniero/a en Automtica y Electrnica Industrial Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a en Informtica (slo el 2 ciclo) Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electrnica Industrial Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Politcnica Superior de Crdoba

    Ingeniero/a Agrnomo Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Agronmica y de Montes

    Ingeniero/a de Montes Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Agronmica y de Montes

    Licenciado/a en Enologa Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Agronmica y de Montes

    Licenciado/a en Biologa Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Bioqumica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Fsica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 24 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias del Trabajo

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas

    Facultad de Derecho y Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho y Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia del Arte Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Humanidades Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Traduccin e Interpretacin Facultad de Filosofa y Letras

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Medicina y Enfermera

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 25

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Medicina Facultad de Medicina y Enfermera

    Licenciado/a en Ciencia y Tecnologa de los Alimentos Facultad de Veterinaria

    Licenciado/a en Veterinaria Facultad de Veterinaria

    CENTROS ADSCRITOS

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Centro Ciencias Econmicas y Empresariales (ETEA)

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Centro Ciencias Econmicas y Empresariales (ETEA)

    Licenciado/a en Investigacin y Tcnicas de Mercado Centro Ciencias Econmicas y Empresariales (ETEA)

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Centro Magisterio Sagrado Corazn

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Centro Magisterio Sagrado Corazn

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Centro Magisterio Sagrado Corazn

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Centro Magisterio Sagrado Corazn

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Centro Magisterio Sagrado Corazn

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Centro Magisterio Sagrado Corazn

    UNIVERSIDAD DE GRANADA (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Arquitecto/a Escuela Tcnica Superior de Arquitectura

    Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Caminos, Canales y Puertos

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 26 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Arquitecto/a Tcnico/a Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Edificacin

    Ingeniero/a de Telecomunicacin Escuela Tcnica Superior de Ingenieras Informtica y de Telecomunicacin

    Ingeniero/a en Informtica Escuela Tcnica Superior de Ingenieras Informtica y de Telecomunicacin

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin

    Escuela Tcnica Superior de Ingenieras Informtica y de Telecomunicacin

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas

    Escuela Tcnica Superior de Ingenieras Informtica y de Telecomunicacin

    Licenciado/a en Bellas Artes Facultad de Bellas Artes

    Diplomado/a en Estadstica Facultad de Ciencias

    Diplomado/a en ptica y Optometra Facultad de Ciencias

    Ingeniero/a en Electrnica Facultad de Ciencias

    Ingeniero/a Qumico Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Biologa Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Bioqumica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Ciencias y Tcnicas Estadsticas Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Fsica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Geologa Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Matemticas Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Ciencias

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 27

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Diplomado/a en Educacin Social Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Pedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Fisioterapia Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Terapia Ocupacional Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Ciencias de la Salud (Ceuta)

    Licenciado/a en Ciencias de la Actividad Fsica y del Deporte Facultad de Ciencias del Deporte

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias del Trabajo

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 28 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Economa Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a/a en Investigacin y Tcnicas de Mercado Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Ciencias Polticas y de la Administracin Facultad de Ciencias Polticas y Sociologa

    Licenciado/a en Sociologa Facultad de Ciencias Polticas y Sociologa

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Sociales (Melilla)

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica Facultad de Ciencias Sociales (Melilla)

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias Sociales (Melilla)

    Diplomado/a/a en Biblioteconoma y Documentacin Facultad de Comunicacin y Documentacin

    Licenciado/a en Comunicacin Audiovisual Facultad de Comunicacin y Documentacin

    Licenciado/a en Documentacin Facultad de Comunicacin y Documentacin

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 2

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Educacin y Humanidades (Melilla)

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Educacin, Economa y Tecnologa (Ceuta)

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Enfermera (Melilla)

    Diplomado/a en Nutricin Humana y Diettica Facultad de Farmacia

    Licenciado/a en Ciencia y Tecnologa de los Alimentos Facultad de Farmacia

    Licenciado/a en Farmacia Facultad de Farmacia

    Licenciado/a en Antropologa Social y Cultural Facultad de Filosofa y Letras

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 30 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Filologa rabe Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Clsica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Eslava Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Francesa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Hebrea Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Italiana Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Portuguesa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Romnica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filosofa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Geografa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia del Arte Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia y Ciencias de la Msica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Teora de la Literatura y Literatura Comparada Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Medicina Facultad de Medicina

    Licenciado/a en Odontologa Facultad de Odontologa

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 31

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Diplomado/a en Logopedia Facultad de Psicologa

    Licenciado/a en Psicologa Facultad de Psicologa

    Diplomado/a en Trabajo Social Facultad de Trabajo Social

    Licenciado/a en Traduccin e Interpretacin Facultad de Traduccin e Interpretacin

    CENTROS ADSCRITOS

    Diplomado/a en Enfermera Centro de Enfermera Virgen de las Nieves

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Centro de Magisterio La Inmaculada

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Centro de Magisterio La Inmaculada

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Centro de Magisterio La Inmaculada

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Centro de Magisterio La Inmaculada

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Centro de Magisterio La Inmaculada

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Centro de Magisterio La Inmaculada

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Centro de Magisterio La Inmaculada

    UNIVERSIDAD DE HUELVA (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en explotacin de Minas Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 32 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Sondeos y Prospecciones Mineras

    Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a en Informtica Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Qumico Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tecnico/a Agrcola, Especialidad en Explotaciones Agropecuarias

    Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tecnico/a Agrcola, Especialidad Hortifruticultura Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Recursos Energticos, Combustible y Explosivos

    Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico en Informtica de Gestin Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Forestal, Especialidad en Explotaciones Forestales Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad Electrnica Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad Mecnica Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico Industrial, Especialidad Qumica Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Diplomado/a en Educacin Social Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicologa Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Ciencias de la Educacin

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 33

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias del Trabajo

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Empresariales

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Ciencias Empresariales

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Empresariales

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Geologa Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Enfermera

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Humanidades

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Humanidades

    Licenciado/a en Historia Facultad de Humanidades

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 34 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Humanidades Facultad de Humanidades

    Diplomado/a en Trabajo Social Facultad de Trabajo Social

    UNIVERSIDAD DE JAN (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a de Organizacin Industrial Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a en Geodesia y Cartografa Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a en Informtica Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a Industrial Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a Tcnico/a en Topografa Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electrnica Industrial Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Politcnica Superior (Jan)

    Ingeniero/a de Telecomunicacin Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Explotacin de Minas Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Recursos Energticos, Combustibles y Explosivos

    Escuela Politcnica Superior (Linares)

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 35

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Minas, Especialidad en Sondeos y Prospecciones Mineras Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Ingeniero/a Tcnico/a de Telecomunicacin, Especialidad en Telemtica Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Qumica Industrial Escuela Politcnica Superior (Linares)

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Fisioterapia Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Estadstica Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Biologa Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Ciencias Experimentales

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Ciencias Sociales y Jurdicas

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 36 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Historia del Arte Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Humanidades Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicologa Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacin

    Diplomado/a en Trabajo Social Facultad de Trabajo Social

    CENTROS ADSCRITOS

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Centro de Profesorado Sagrada Familia (beda)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Centro de Profesorado Sagrada Familia (beda)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Centro de Profesorado Sagrada Familia (beda)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Centro de Profesorado Sagrada Familia (beda)

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Centro de Profesorado Sagrada Familia (beda)

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 37

    UNIVERSIDAD DE MLAGA (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Tcnico/a en Diseo Industrial Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electrnica Industrial Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Politcnica Superior

    Arquitecto/a Escuela Tcnica Superior de Arquitectura

    Ingeniero/a de Telecomunicacin Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Telecomunicacin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Telecomunicacin, Especialidad en Sistemas de Telecomunicacin

    Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Telecomunicacin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Telecomunicacin, Especialidad en Sistemas Electrnicos

    Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Telecomunicacin

    Ingeniero/a Tcnico/a de Telecomunicacin, Especialidad en Sonido e Imagen

    Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Telecomunicacin

    Ingeniero/a de Organizacin Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Industrial

    Ingeniero/a en Automtica y Electrnica Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Industrial

    Ingeniero/a en Electrnica Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Industrial

    Ingeniero/a Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Industrial

    Ingeniero/a en Informtica Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Informtica

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Informtica

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 38 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Informtica

    Licenciado/a en Bellas Artes Facultad de Bellas Artes

    Ingeniero/a Qumico Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Biologa Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Matemticas Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Ciencias

    Licenciado/a en Comunicacin Audiovisual Facultad de Ciencias de la Comunicacin

    Licenciado/a en Periodismo Facultad de Ciencias de la Comunicacin

    Licenciado/a en Publicidad y Relaciones Pblicas Facultad de Ciencias de la Comunicacin

    Diplomado/a en Educacin Social Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Pedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Audicin y Lenguaje Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 3

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Fisioterapia Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Podologa Facultad de Ciencias de la Salud

    Diplomado/a en Terapia Ocupacional Facultad de Ciencias de la Salud

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Ciencias Actuariales y Financieras Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Economa Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Comercio y Gestin

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica Facultad de Comercio y Gestin

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Estudios Sociales y del Trabajo

    Diplomado/a en Trabajo Social Facultad de Estudios Sociales y del Trabajo

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Estudios Sociales y del Trabajo

    Licenciado/a en Filologa Clsica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Filosofa y Letras

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 40 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Filosofa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Geografa Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Historia del Arte Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Traduccin e Interpretacin Facultad de Filosofa y Letras

    Licenciado/a en Medicina Facultad de Medicina

    Diplomado/a en Logopedia Facultad de Psicologa

    Licenciado/a en Psicologa Facultad de Psicologa

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Turismo

    CENTROS ADSCRITOS

    Diplomado/a en Enfermera Centro Adscrito de Enfermera Diputacin Provincial

    Diplomado/a en Enfermera Centro Adscrito de Enfermera Virgen de la Paz (Ronda)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Centro Adscrito de Magisterio Mara Inmaculada (Antequera)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Centro Adscrito de Magisterio Mara Inmaculada (Antequera)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Centro Adscrito de Magisterio Mara Inmaculada (Antequera)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Centro Adscrito de Magisterio Mara Inmaculada (Antequera)

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Centro Adscrito de Magisterio Mara Inmaculada (Antequera)

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Centro Adscrito de Magisterio Mara Inmaculada (Antequera)

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 41

    UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE (no admiten alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Escuela Politcnica Superior

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Ciencias Empresariales

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Empresariales

    Diplomado/a en Nutricin Humana y Diettica Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Biotecnologa Facultad de Ciencias Experimentales

    Licenciado/a en Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias Experimentales

    Diplomado/a en Educacin Social Facultad de Ciencias Sociales

    Diplomado/a en Trabajo Social Facultad de Ciencias Sociales

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Ciencias Polticas y de la Administracin Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Humanidades Facultad de Humanidades

    Licenciado/a en Traduccin e Interpretacin Facultad de Humanidades

    Licenciado/a en Ciencias de la Actividad Fsica y del Deporte Facultad del Deporte

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 42 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    UNIVERSIDAD DE SEVILLA (no admite alumnado de nuevo ingreso)

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    CENTROS PROPIOS

    Ingeniero/a Tcnico/a en Diseo Industrial Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electricidad Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Electrnica Industrial Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Mecnica Escuela Politcnica Superior

    Ingeniero/a Tcnico/a Industrial, Especialidad en Qumica Industrial Escuela Politcnica Superior

    Arquitecto/a Escuela Tcnica Superior de Arquitectura

    Ingeniero/a Aeronutico Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a de Organizacin Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a de Telecomunicacin Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a en Automtica y Electrnica Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a en Electrnica Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Industrial Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Qumico Escuela Tcnica Superior de Ingeniera

    Ingeniero/a Tcnico/a Agrcola, Especialidad en Explotaciones Agropecuarias Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Agronmica

    Ingeniero/a Tcnico/a Agrcola, Especialidad en Hortofruticultura y Jardinera Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Agronmica

    Arquitecto/a Tcnico/a Escuela Tcnica Superior de Ingeniera de Edificacin

    Ingeniero/a en Informtica Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Informtica

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 43

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Gestin Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Informtica

    Ingeniero/a Tcnico/a en Informtica de Sistemas Escuela Tcnica Superior de Ingeniera Informtica

    Licenciado/a en Bellas Artes Facultad de Bellas Artes

    Licenciado/a en Biologa Facultad de Biologa

    Licenciado/a en Bioqumica Facultad de Biologa

    Licenciado/a en Ciencias de la Actividad Fsica y del Deporte Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Pedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Licenciado/a en Psicopedagoga Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Facultad de Ciencias de la Educacin

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Facultad de Ciencias de la Educacin

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Ciencias del Trabajo Facultad de Ciencias del Trabajo

    Licenciado/a en Administracin y Direccin de Empresas Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Economa Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 44 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Investigacin y Tcnicas de Mercado Facultad de Ciencias Econmicas y Empresariales

    Licenciado/a en Comunicacin Audiovisual Facultad de Comunicacin

    Licenciado/a en Periodismo Facultad de Comunicacin

    Licenciado/a en Publicidad y Relaciones Pblicas Facultad de Comunicacin

    Diplomado/a en Gestin y Administracin Pblica Facultad de Derecho

    Licenciado/a en Derecho Facultad de Derecho

    Diplomado/a en Enfermera Facultad de Enfermera, Fisioterapia y Podologa

    Diplomado/a en Fisioterapia Facultad de Enfermera, Fisioterapia y Podologa

    Diplomado/a en Podologa Facultad de Enfermera, Fisioterapia y Podologa

    Licenciado/a en Farmacia Facultad de Farmacia

    Licenciado/a en Filologa Alemana Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filologa rabe Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filologa Clsica Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filologa Francesa Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filologa Hispnica Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filologa Inglesa Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filologa Italiana Facultad de Filologa

    Licenciado/a en Filosofa Facultad de Filosofa

    0005

    1846

  • 17 de julio 2014 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca Nm. 138 pgina 45

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Ingeniero/a de Materiales Facultad de Fsica

    Licenciado/a en Fsica Facultad de Fsica

    Licenciado/a en Antropologa Social y Cultural Facultad de Geografa e Historia

    Licenciado/a en Geografa Facultad de Geografa e Historia

    Licenciado/a en Historia Facultad de Geografa e Historia

    Licenciado/a en Historia del Arte Facultad de Geografa e Historia

    Diplomado/a en Estadstica Facultad de Matemticas

    Licenciado/a en Ciencias y Tcnicas Estadsticas Facultad de Matemticas

    Licenciado/a en Matemticas Facultad de Matemticas

    Licenciado/a en Medicina Facultad de Medicina

    Licenciado/a en Odontologa Facultad de Odontologa

    Licenciado/a en Psicologa Facultad de Psicologa

    Licenciado/a en Qumica Facultad de Qumica

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Facultad de Turismo y Finanzas

    Diplomado/a en Turismo Facultad de Turismo y Finanzas

    CENTROS ADSCRITOS

    Diplomado/a en Enfermera Centro de Enfermera Cruz Roja

    Diplomado/a en Enfermera Centro de Enfermera San Juan de Dios

    Diplomado/a en Enfermera Centro de Enfermera Virgen del Roco

    0005

    1846

  • Nm. 138 pgina 46 Boletn Oficial de la Junta de Andaluca 17 de julio 2014

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Licenciado/a en Psicopedagoga Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Especial Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Fsica Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Infantil Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Musical Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Maestro/a-Especialidad de Educacin Primaria Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Maestro/a-Especialidad de Lengua Extranjera Centro de Estudios Universitarios Cardenal Spnola

    Diplomado/a en Ciencias Empresariales Centro de Estudios Universitarios Francisco Maldonado

    Diplomado/a en Enfermera Centro de Estudios Universitarios Francisco Maldonado

    Diplomado/a en Relaciones Laborales Centro de Estudios Universitarios Francisco Maldonado

    Diplomado/a en Turismo Centro Universitario EUSA

    ANEXO II

    ENSEANZAS UNIVERSITARIAS CONDUCENTES A LA EXPEDICIN POR LAS UNIVERSIDADES PBLICAS DE LOS TTULOS OFICIALES DE GRADO

    CURSO 2014/2015

    UNIVERSIDAD DE ALMERA

    Denominacin Ttulo Centro u rgano Responsable de la gestin

    Graduado o Graduada en Ingeniera Agrcola Escuela Politcnica Superior y Facultad de Ciencias Experimentales

    Graduado o Graduada en Ingeniera Electrnica Industrial

    Escuela Politcnica Superior y Facultad de Cie