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PREGUNTAS: 20/02/08 Preguntas 1. Explicar como se demuestra la personería jurídica de una S.A al presentarse a la firma de un contrato: a) Presidente, b) Apoderado, C)Gerente general (ojo q es una trampa…este es para S.R.L. 2. Definir contrato. Elementos de un Contrato. Explicarlos. Pacto Comisorio y Cláusula Penal. 3. Qué es un juicio arbitral ? cómo dicta su laudo? Es recurrible su fallo ? en que instancia y por qué ? 4. Funciones del consejo profesional de ingeniería Civil. Es necesario matricularse para ejercer la profesión ? . Cuáles son las penas ante causas de ética? 5. Definir obra pública y cláusulas exorbitantes . Dar 5 diferencias entre obra pública y privada. 6. Definir Locación de Obra Privada. Marcar en una línea de tiempo todas sus etapas. 7. Dar un ejemplo de condición suspensiva o resolutoria para un contrato de Ingeniería. 8. Definir limitaciones de vistas y Luces. Qué tipo de restricciones son?. Dónde se definen ? 9. Puede un muro divisorio convertirse en medianero? Explicar como. Puede un muro adquirirse por prescripción?. Explicar. Qué tipo de prescripción es?.Explicar el cálculo de medianería. 10. Qué es necesario para que un edificio sea dividido por propiedad horizontal ? Definir Unidad Funcional. Cuáles son sus elementos básicos ? (o algo por el estilo) . Para una cochera ?

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Page 1: Preguntas y Respuesta Finales

PREGUNTAS:

20/02/08

Preguntas

1. Explicar como se demuestra la personería jurídica de una S.A al presentarse a la firma de un contrato: a) Presidente, b) Apoderado, C)Gerente general (ojo q es una trampa…este es para S.R.L.

2. Definir contrato. Elementos de un Contrato. Explicarlos. Pacto Comisorio y Cláusula Penal.

3. Qué es un juicio arbitral ? cómo dicta su laudo? Es recurrible su fallo ? en que instancia y por qué ?

4. Funciones del consejo profesional de ingeniería Civil. Es necesario matricularse para ejercer la profesión ? . Cuáles son las penas ante causas de ética?

5. Definir obra pública y cláusulas exorbitantes . Dar 5 diferencias entre obra pública y privada.

6. Definir Locación de Obra Privada. Marcar en una línea de tiempo todas sus etapas.

7. Dar un ejemplo de condición suspensiva o resolutoria para un contrato de Ingeniería.

8. Definir limitaciones de vistas y Luces. Qué tipo de restricciones son?. Dónde se definen ?

9. Puede un muro divisorio convertirse en medianero? Explicar como. Puede un muro adquirirse por prescripción?. Explicar. Qué tipo de prescripción es?.Explicar el cálculo de medianería.

10.Qué es necesario para que un edificio sea dividido por propiedad horizontal ? Definir Unidad Funcional. Cuáles son sus elementos básicos ? (o algo por el estilo) . Para una cochera ?

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27/02/08

Preguntas1. Usted como contratista representante de una Sociedad Anónima concurre a

firmar un contrato de locación de obra. Que documentación debe presentar? El comitente que también es una S.A presenta en dicho acto el Estatuto y un poder del presidente. Puede Ud firmar el compromiso? Por que? Ambos como constatan recíprocamente el normal funcionamiento de las sociedades?

2. La garantía de contrato que constituye el contratista en la firma del mismo la utiliza el comitente para reparar los vicios ocultos que puedan aparecer en la obra. ¿Es correcta esta afirmación? ¿Por qué?

3. Explique las diferencias existentes entre la locación de obra publica y privada en los siguientes casos.

4. Definir la limitación sobre vistas y luces. ¿Qué carácter del dominio limita?5. Explicar en un caso concreto de contratación privada de Ingenieria como

aplicaría una condición resolutoria o suspensiva.6. Defina en los siguientes casos el tipo de incapacidad para contratar que

corresponda7. ¿Cómo se extinguen las obligaciones?8. Defina las siguientes formas de contratación9. Para realizar un estudio de factibilidad de radicación de un establecimiento

industrial en Capital Federal .¿Que tipo de limitaciones al dominio debería considerar?

10.¿Qué diferencias existen entre expropiación y servidumbre real? Explicar.11.Defina Valor Actual, Valor de reposición y depreciación. Que criterios

utilizaría y como calcularía la depreciación de: a) El edificio de una planta industrial y b) Las instalaciones y maquinarias.

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07-07

Preguntas1. ¿Qué es contrato? ¿Si le encargan una cotización de un trabajo de ingeniería

(remodelación de una vivienda unifamiliar por ej) es indispensable para la validez del contrato que se firme algún tipo de documento? b¿Que ocurriría en caso de demorar en los pagos, o cualquier otro incumplimiento por parte del comitente? Explique Para que agregaría un pacto comisorio expreso, una clausula penal, una clausula arbitral(es accesoria). Explique además cada concepto. Si firma un contrato de locación de obra publica seria la misma situación? Explique diferencias.

2. Indique las responsabilidades del Ingeniero como contratista durante la ejecución de una obra y hasta después del momento de la firma del acta de recepción. Mencione al menos 5 situaciones. Plantee diferencias entre O publica y O Privada.

3. ¿Puede un muro privativo convertirse en medianero? Explique como. ¿Puede adquirirse un muro por prescripción? Explique como se le aplica y de que tipo de prescripción se trata.

4. ¿Que significa que un ingeniero actúe como perito judicial? Explique5. ¿Que se necesita para que un edificio pueda dividirse en propiedad

horizontal? ¿Qué significa unidad funcional?¿Que debe tener como minimo una unidad funcional para uso vivienda? ¿Qué reglamentación lo determina? ¿Que sucede con la cochera?

6. Analizar que tipo de sociedad seria mas conveniente al momento de constituir una, en función de : capital minimo, responsabilidad de socios, cantidad de socios, costos, etc.. Justifique su elección. Puede plantear el hipotético caso de asociarse con alguien para la realización de una obra pequeña.

7. ¿Qué entidad regula el ejercicio de la profesión para un Ing. Civil? ¿Es obligatorio matricularse para el ejercicio de la profesión? ¿Por qué es tan grave prestar la firma para un proyecto, por ej realizado por otro profesional?

8. Puede ejecutarse cualquier cosa en cualquier lugar del predio donde realizaré una obra? ¿De que tipo de limitaciones y/o restricciones estamos hablando? ¿Que reglamentaciones debe tener en cuenta para realizar un proyecto en una zona dada?

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FINAL 20-02-08

1) Explicar como se demuestra la personería jurídica de una S.A al presentarse a la firma de un contrato: a) Presidente, b) Apoderado, C)Gerente general (ojo q es una trampa…este es para S.R.L.

a) El Presidente necesitará copias autenticadas por escribano de :

Estatuto de la sociedad Acta de Asamblea de accionistas con designación de los miembros del

Directorio – Acta de Directorio con designación del Presidente. Poder general de Administración del Presidente. Acta de Directorio autorizando efectuar los trabajos y el importe de los

mismos DNI del Presidente Certificado de supervivencia otorgado por el IGJ.

b) El Apoderado necesitará el Acta que lo nombra apoderado de la empresa en reemplazo del Acta de Directorio y no necesitará poder alguno. Lo demás lo tiene que presentar de todas formas.

c) El Gerente general es para SRL ¿???

2) Definir contrato. Elementos de un Contrato. Explicarlos. Pacto Comisorio y Cláusula Penal. Contrato: Existe cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos. Es la mas importante fuente de obligaciones.

Elementos:  Esenciales: Son los que resultan indispensables para la formación de todo

contrato y las condiciones particulares de cada tipo de contrato.Capacidad: Por ejemplo, no puede ser que una de las partes sea un demente o un menor. Objeto: la prestación debe ser licita determinable y posible. Causa: Puede ser expresa o tácita. Forma: Puede ser formal o no. Consentimiento: ambas partes deben manifestar su voluntad.

Naturales: La ley los considera implícitos, pero pueden ser suprimidos o modificados por la voluntad de las partes.

Accidentales: Son los que pueden ser establecidos mediante declaración expresa de los contratistas sin opción de la ley.

Pacto comisorio: Es una cláusula accesoria de los contratos por la cual cada una de las partes se reserva la facultad de resolver el contrato ante el incumplimiento de la otra. El contrato solo podrá resolverse por la parte no culpada y no por la otra que dejó de cumplirlo.

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Existen dos tipos: pacto comisorio tácito y pacto comisorio explicito.Pacto comisorio tácito: En los contratos con prestaciones recíprocas se entiende implícita la facultad de resolver las obligaciones emergentes de ellos en caso de que uno de los contratantes no cumpliera su compromiso. No ejecutada la prestación, el acreedor podrá requerir al incumplidor el cumplimiento de su obligación en un plazo no inferior a quince días, salvo que los usos o un pacto expreso establecieran uno menor, con los daños y perjuicios derivados de la demora; transcurrido el plazo sin que la prestación haya sido cumplida, quedarán resueltas, sin mas, las obligaciones emergentes del contrato con derecho para el acreedor al resarcimiento de los daños y perjuicios.

Pacto explícito: las partes podrán pactar expresamente que la resolución se produzca en caso de que alguna obligación no sea cumplida con las modalidades convenidas; en este supuesto la resolución producirá de pleno derecho y surtirá efectos desde que la parte interesada comunique a la incumplidora, en forma fehaciente, su voluntad de resolver.El acreedor tiene la facultad de optar entre el cumplimiento de la obligación o la resolución del contrato. Para que el incumplimiento de lugar a aplicar el pacto comisorio, debe referirse a la obligación principal y ser grave. De no ser así, solo se puede solicitar el cumplimiento y la indemnización de los daños y perjuicios.La resolución del contrato cuando el pacto es tácito puede ser extrajudicialmente, previa intimación de cumplimiento en un plazo no inferior a quince días; o judicialmente, mediante la correspondiente demanda, en cuyo caso no es necesaria la intimación; mientras que si el pacto es explícito se puede resolver extrajudicialmente sin previa intimación.

3) Qué es un juicio arbitral ? cómo dicta su laudo? Es recurrible su fallo ? en que instancia y por qué ?

Juicio arbitral: Antes de comenzar una causa, o luego de que esta ha sido creada, las partes en conflicto pueden concurrir en un juicio arbitral. En este, se designa un arbitro,(debe ser mayor de edad y estar en pleno ejercicio de los derechos civiles) que atendiéndose a ciertas reglas lauda emitiendo un fallo. La resolución de los árbitros, llamada laudo, será válida en caso de firmarse por mayoría. En caso de no contarse con esa mayoría, se nombrará a otro árbitro para que dirima.

La resolución arbitral es recurrible, igual que una sentencia judicial, salvo que se haya renunciado a ello en el compromiso.El plazo para recurrir sobre el laudo será de cinco días. Si el laudo incluyera disposiciones incompatibles entre si será nulo.

4) Funciones del consejo profesional de ingeniería Civil. Es necesario matricularse para ejercer la profesión ? . Cuáles son las penas ante causas de ética?

Funciones:  Velar por el cumplimiento de la ley en el ámbito profesional Organizar y llevar la matrícula de los profesionales habilitados para ejercer,

en el ámbito nacional, las profesiones agrupadas en el Consejo.

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Estudiar el alcance de los títulos y las incumbencias de títulos nacionales y extranjeros.

Emitir dictámenes sobre ejercicio profesional. Actuar como órgano de consulta de autoridades nacionales. Actuar como árbitro o amigable componedor, a pedido de parte, en

cuestiones relativas a la profesión.

Para ejercer actividad alguna es imprescindible que el profesional este matriculado. La matrícula de cada profesional, en el Consejo correspondiente a su título, lo habilita para ejercer cualquiera de las funciones atribuidas por la universidad a ese título, en las épocas de su otorgamiento. ( En realidad si un profesional no esta firmando documentación no será necesario que este matriculado)

Las penas ante causa de ética son ADVERTENCIA, AMONESTACION, CENSURA, MULTAS, SUSPENSION DEL EJERCICIO y CANCELACION DE LA MATRICULA( reinscripción solo después de los 5 años). Apelación se concede desde censura en adelante. (La junta central resuelve al respecto)

5) Definir obra pública y cláusulas exorbitantes . Dar 5 diferencias entre obra pública y privada.

Obra Pública es toda construcción o trabajo o servicio de la industria que se ejecute con fondos del Tesoro Nacional, a excepción de los efectuados con subsidio, que se regirán por ley especial, y las construcciones militares.

Las cláusulas exorbitantes son cláusulas que otorgan a la Administración derechos sobre su cocontratante que serían nulos o ilícitos dentro del derecho privado. Por ej: el no derecho a cobrar si no se hace la obra; el no pago del lucro cesante si suspende la obra, o la obligatoriedad al 20% de adicionales)

Diferencias entre Obra Pública y Obra Privada

Definición: La Obra publica es la que se ejecuta con fondos del Tesoro Nacional mientras que la privada es cualquier otra en que las partes se rigen por el Derecho Privado.

En el caso de ruina de obra total o parcial por caso fortuito o de fuerza mayor , en Obra Publica responde el Estado, mientras que en Obra Privada se hace cargo el contratista hasta la recepción provisoria

Responsabilidad precontractual: En Obra Publica el oferente no tiene derecho a exigir indemnización económica en caso de que no se haga la Obra en cambio en Obra Privada el oferente puede reclamar los gastos que le ocasionó confeccionar la licitación.

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Cláusulas accesorias: No se puede establecer ningún tipo de cláusula accesoria en Obra Publica mientas que en Obra Privada se establecen las que se crean necesarias.

Resarcimiento por desistimiento unilateral: En Obra Publica, si el comitente la suspende debe resarcir al contratista por el daño emergente (por ej materiales acopiados) pero no por el Lucro cesante (beneficio que no haya percibido) mientras que en Obra privada también se le reconoce esto último.

Adicionales de Obra: En Obra pública esta lo del +- 20% mientras que en Obra Privada se respeta lo que dice el contrato y no hay obligatoriedad.

6) Definir Locación de Obra Privada. Marcar en una línea de tiempo todas sus etapas.

Obra Privada: Es toda obra donde las partes, es decir, comitente y contratista se rigen por el Derecho Privado para hacer valer sus derechos y obligaciones.

VER EN EL TP LA LINEA DE TIEMPO PARA OBRA PUBLICA Y PRIVADA Para obra privada la secuencia es la siguiente: a) Llamado a licitaciónb) Adjudicación (no hay garantía de oferta pero sí hay responsabilidad precontractual)c) Firma del contratod) Comienzo de la Obra (No necesariamente hay garantía de oferta, comienza el plazo de ejecución. Si el comitente se arrepiente, paga daño emergente y lucro cesante. Vale el pacto comisorio expreso.e) Recepcion provisorio (Fin de la obra, me libero de vicios aparentes y de ruina por caso fortuito o fuerza mayor). Comienza el plazo de garantía en el que me responsabilizo por vicios ocultos. A partir de este momento comienza el plazo de garantía por ruina total o parcial de obra que es de 10 años + 1 de denuncia.f) Recepcion definitiva (Finaliza el plazo de garantía, si no hay vicios ocultos se devuelve la garantía y el fondo de reparo. A partir de ahí el comitente tiene 60 dias para denunciar un vicio oculto y probar que fue en el plazo de garantía. (En Obra publica aca comenzaría a contar los 10 años + 1(de denuncia) de garantía por ruina parcial o total de obra)

7) Dar un ejemplo de condición suspensiva o resolutoria para un contrato de Ingeniería.

Condiciones suspensivas y resolutorias son las obligaciones modales o condicionales.

Suspensiva: La obligación bajo condición suspensiva es la que debe existir o no existir, según que un acontecimiento futuro e incierto suceda o no suceda. Se activa la obligación cuando el hecho sucede. Un ejemplo sería estar obligado a cambiar los materiales en el caso que el mercado ofrezca una mejor tecnología que beneficie la obra de una manera importante.

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Resolutoria: La obligación es formada bajo condición resolutoria, cuando las partes subordinaren a un hecho incierto y futuro la resolución de un derecho adquirido. La obligación deja de existir cuando el hecho sucede Conviene incluir esta cláusula accesoria cuando pueda existir un motivo que impida cumplir la prestación por una causa no imputable a ninguna de las partes contratantes como por ej. Causas climáticas o cambios en la economía.

8) Definir limitaciones de vistas y Luces. Qué tipo de restricciones son?. Dónde se definen ? 

Limitaciones de vistas y luces pertenece a las limitaciones a los derecho reales , en particular a la característica de absoluto. Tiene origen en el derecho privado y están tratadas en el Codigo Civil. Se define vista a toda abertura (puerta o ventana) que permita la visión sobre un predio vecino.Se define luz como todo espacio que permita dejar pasar la luz, pero que no permite la visión de los objetos a través de si mismo. Se tratan en los arts 2654 y 2660.

9) Puede un muro divisorio convertirse en medianero? Explicar como. Puede un muro adquirirse por prescripción?. Explicar. Qué tipo de prescripción es?.Explicar el cálculo de medianería.

Para que un muro divisorio se convierta en medianero debe construirse encaballado y constituirse un condominio forzoso por alguna de las formas tales como: Construcción a costas comunes, por antecesor común, por compra, por donación, por compensación, por prescripción, por cerramiento forzoso. Por alguna de estas formas, cada uno termina contribuyendo con la mitad del costo de la pared y la mitad del terreno sobre el cual ha sido edificada.

Costas comunes: El muro es medianero desde su nacimiento, ya que ha sido construido por ambos vecinos a su costa en el limite separativo de las dos heredades, es decir encaballado. Al ser pagada la pared por ambos propietarios mientras se construye, surge automáticamente el condominio.

Antecesor común: Una persona física o jurídica es propietaria de dos predios contiguos en los cuales construye sendos edificios con una pared común sobre el eje divisorio y posteriormente vende uno de esos edificios. La pared divisoria que era privativa se convierte en medianero por jurisprudencia salvo que diga lo contrario en la escritura de traslación.

Compra: El propietario cuya finca linda inmediatamente con un muro no medianero tiene la facultad de adquirir la medianería en toda la extensión de la pared o solo en la parte hasta la altura de sus paredes divisorias(pagando desde los cimientos), reembolsando la mitad del valor de la pared y del suelo sobre el que esta asentado. Si la pared es contigua deberá pagar además la mitad del valor del terreno sobre el cual la pared se asienta.

Donación: idem anterior pero solo que no hay pago alguno.

Compensación: Se da cuando el propietario del terreno contiguo a una pared divisoria puede destruirla cuando le sea indispensable o para hacerla más firme, o para hacerla de carga, sin indemnización alguna al propietario o condómino de

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pared, debiendo levantar inmediatamente la nueva pared. El nuevo muro nace medianero desde su construcción, sin que el propietario del muro original tenga que pagar nada.

Prescripción: Se trata de prescripción liberatoria, ya que el deudor se libera de la obligación de responder ante el acreedor por su deuda por el solo hecho de haber dejado de ejercer su derecho durante un lapso superior a los 10 años. En el caso de medianería, la obligación se origina desde el momento en que se utiliza la pared divisoria, pudiéndose distinguir dos situaciones distintas: el muro de cerramiento, que se usa como cerco desde que se lo construye y el muro de elevación, que se comparte desde que se apoya la construcción lindera. La situación mas frecuente de constitución de medianería por prescripción se en los muros de cerramiento forzoso cuando se omite reclamar la contribución para su construcción o el pago pertinente para constituir la medianería por mayor tiempo que los 10 años establecidos para invocar la prescripción.

Cerramiento forzoso: Todo propietario de una heredad puede obligar a su vecino a la construcción y conservación de paredes de 3 metros de altura y dieciocho pulgadas de espesor para cerramiento y división de sus heredades contiguas, que estén situadas en el recinto de un pueblo. El que decida cercar el perímetro de su predio puede exigir al linero la construcción a costas comunes de un muro divisorio hasta los 3 metros o lo uqe fije la municipalidad.

DETERMINACION DEL CALCULO DE MEDIANERIA

La compra es una de las formas de constitución de la medianería, para lo cual se debe reembolsar la mitad del valor de la pared o de la porción que adquiera. Dicho valor es el “valor actual” del costo de la construcción del muro en el momento de su enajenación. Para esto se debe tener en cuenta los materiales utilizados asi como la vida útil y su estado de conservación. El valor será el de la fecha de la demanda y no el del momento en que se utilizo el muro. Para la determinación del precio se debe establecer la longitud y la altura de la pared y también hay que comprobar si se trata de muro encaballado o contiguo para incluir el costo de la porción de terreno sobre el que asienta. El paso siguiente es el computo métrico de los elementos que conforman la pared (excavación, mampostería, capa aisladora, revoques); multiplicando cada uno de los valores asi obtenidos por el precio unitario correspondiente a la fecha de tasación obtendremos el VALOR DE REPOSICION (valor a nuevo).Conociendo la antigüedad del muro y su estado de conservación, mediante la aplicación de formulas empiricas y tablas, se determina el valor de la depreciación que ha sufrido el muro; si restamos el valor de depreciación al de reposición obtendremos el “valor actual”, la mitad del cual es el importe que el lindero debe pagar para constituir la medianería. La depreciación por edad se aplica teoría de Ross y el estado de conservación se basa en la determinación de estados físicos de conservación ( nuevo, sin reparaciones, estado regular de mantenimiento,etc) según los criterios de Heidecke.

VALOR ACTUAL=VALOR DE REPOSIC – VALOR DE DEPRECIACION (antiguedad +estado físico conserv.)

10) Qué es necesario para que un edificio sea dividido por propiedad horizontal ? Definir Unidad Funcional. Cuáles son sus elementos básicos ? (o algo por el estilo) . Para una cochera ?

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El hecho de dividir un edificio por propiedad horizontal significa que se permite que los pisos de un edificio o distintos departamentos de un mismo piso o departamentos de un edificio de una sola planta pertenezcan a propietarios distintos, sujeto a la condición de que sean independientes y que tengan salida a la via publica directamente o por un pasaje común.La ley determina la propiedad exclusiva (o en condominio ) para cada titular de su piso o departamento y la copropiedad sobre el terreno y las cosas de uso común del edificio, o que sean indispensables para la seguridad del inmueble.

Unidad funcional: Es el conjunto de superficies cubiertas o semicubiertas y descubiertas directamente comunicadas entre si, necesarias para el desarrollo de las actividades compatibles y concordantes con el destino del edificio indicado por el plano de obra. 

Las definiciones principales son las siguientes:

Hay dos tipos de superficies: superficie de dominio exclusivo y superficie común de uso exclusivo. Y a su vez hay dos tipos de unidades: unidad funcional y unidad complementaria. Estan relacionadas, ya que una superficie de dominio exclusivo se forma con unidad funcional mas unidades complementarias (por ej. Una cochera). Y la superficie común de uso exclusivo (por ej. Patio , jardín) es la que une las superficies que forman la unidad funcional o las unidades complementarias ( que pasan a ser solo cubiertas o semicubiertas al estar definidas las superficies descubiertas como comunes y de uso exclusivo ).

Superficie de dominio exclusivo: Es la superficie del conjunto continuo o discontinuo de las partes de un edificio, que puede dentro del régimen de la ley, ser propiedad de una persona real o jurídica.

Superficie común de uso exclusivo: Se considerarán bajo este dominio y uso a aquellas superficies descubiertas con acceso a un solo dominio exclusivo o con acceso solamente a parte común (ascensores, portería) o a vía publica. Ejemplos: balcones, patios y jardines exteriores.

Unidad complementaria: Es el conjunto de superficie cubiertas, semicubiertas o descubiertas directamente comunicadas y unidas entre si, que por su naturaleza intrínseca no pueden constituir una unidad funcional, debiendo forzosamente unirse a alguna/s de ella/s para formar una superficie de dominio exclusivo. Ejemplos: baulera, cochera.

Para el cálculo de porcentuales para división, se considera como superficie propia de la unidad funcional, a la suma de la superficie cubierta, semicubierta, balcón cubierto, superpuestas interiores y exteriores (no entran las sup cumunes de uso exclusivo ni las unidades complementarias). El porcentual asi obtenido es el que se incluirá en el reglamento de copropiedad y administración, permitiendo el calculo de los importes por expensas que corresponden a cada unidad funcional.

Ley de prehorizontalidad

Se define a la prehorizontalidad como EL PERIODO comprendido entre el momento en que se ofrece una unidad que todavía no esta en construcción, hasta aquel en que finaliza la edificación y se cumplen los tramites para adjudicar el dominio de

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ella.

Afectacion: Se dispone que todo propietario de edificio construido o en construcción o de terreno destinado a construir en el un edificio, que se proponga adjudicarlo o enajenarlo a titulo oneroso por el régimen de propiedad horizontal, debe hacer constar, en escritura publica, su declaración de voluntad de afectar el inmueble a la subdivisión y transferencia del dominio de unidades por tal régimen.La escritura debe hacer constar: estado de ocupación, inexistencia de deudas, condicionamiento de enajenación, que se ha cumplido con la documentación de títulos y planos, proyecto de reglamento de copropiedad y administración (La escritura de afectación se anota en el Registro de propiedad del inmueble) ES COMO UN COMPROMISO DEL PROPIETARIO QUE VA A VENDER UN EDIFICIO POR CONSTRUIR EN DEPARTAMENTOS POR EJ. BAJO EL REGIMEN DE DIVISION DE PROP HORIZONTAL, LOS ADQUIRENTES FIRMAN SUS CONTRATOS CON EL PROPIETARIO POR LOS DEPARTAMENTOS QUE TODAVIA NO SE HAN CONSTRUIDO. TANTO EL CONTRATO COMO LA ESCRITURA DE AFECTACION SE REGISTRAN Y SE TIENE COPIA AMBAS PARTES.

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FINAL 27-02-08

1) Usted como contratista representante de una Sociedad Anónima concurre a firmar un contrato de locación de obra. Que documentación debe presentar? El comitente que también es una S.A presenta en dicho acto el Estatuto y un poder del presidente. Puede Ud firmar el compromiso? Por que? Ambos como constatan recíprocamente el normal funcionamiento de las sociedades?

La locación de obra es el 'contrato por el cual una de las partes, denominada locador de obra (empresario, constructor, contratista, y en su caso, profesional liberal, autor, artista, etc.), se compromete a alcanzar un resultado, material o inmaterial, asumiendo el riesgo técnico o económico, sin subordinación jurídica y la otra parte, denominada locatario de obra (dueño, propietario, comitente, patrocinado, paciente, cliente, etc.), se obliga a pagar un precio determinado o determinable en dinero.El Presidente necesitará copias autenticadas por escribano de :

Estatuto de la sociedad Acta de Asamblea de accionistas con designación de los miembros del

Directorio – Acta de Directorio con designación del Presidente. Poder general de Administración del Presidente. Acta de Directorio autorizando efectuar los trabajos y el importe de los

mismos DNI del Presidente Certificado de supervivencia otorgado por el IGJ.

Estos requisitos deben cumplimentarse para que el contrato tenga validez legal, y se necesitará de ambas partes por lo tanto si yo cumplo con todo esto, y el comitente que es un S.A en este caso, solo presenta el Estatuto y el Poder, faltará que presente el resto de la documentación como el Acta de Directorio que lo designo presidente, el D.N.I , el certificado de la IGJ y el Acta donde el Directorio autoriza a contratar los trabajos.El Normal funcionamiento de las sociedades se constatan con la presentación del certificado de la IGJ (que es el Registro Publico de Comercio).

2) La garantía de contrato que constituye el contratista en la firma del mismo la utiliza el comitente para reparar los vicios ocultos que puedan aparecer en la obra. ¿Es correcta esta afirmación? ¿Por qué?

No es correcta ya que el fondo de reparo es el destinado a reparar los vicios ocultos que puedan aparecer en el periodo de garantía mientras que el comitente podría disponer de la garantía de contrato (5-10% del monto del contrato) en el caso de no alcanzarle con los fondos de reparo (5% de cada certificado).

3) Explique las diferencias existentes entre la locación de obra publica y privada en los siguientes casos. 

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— Obra Pública Obra Privada

DEFINICIÓN

Considerese obra publica nacional toda construcción o trabajo o servicio de la industria que se ejecute con fondos del Tesoro de la Nación, a excepción de los efectuados con subsidios , que se regirán por ley especial, y las construcciones militares

Toda obra donde las partes, es decir, comitente y contratista se rigen por el Derecho Privado para hacer valer sus derechos y obligaciones.

LEGISLACIÓN QUIEN LA REGULA

Las obras publicas nacionales están reguladas por la Ley 13.064, mientras que en la provincia se rigen por la Ley 4538

Se regulan mediante el Código Civil

SISTEMAS DE EJECUCIÓN

Para la licitación, la ley determina los siguientes sistemas de ejecución: Costes y costas: En caso de emergencia. Unidad de medida:Precio por unidad. Ajuste alzado: Precio unico y para la totalidad de los trabajos. Es posible establecer otro sistemas de contratación como Por Administración

Los sistemas de contratacion en Obra Privada son similares a los de Obra Pública.

RESPONSABILIDAD POR RUINA DE OBRA TOTAL O PARCIAL POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR

Se reconoce la responsabilidad de la Administracción, es decir del

Estado cuando los perjuicios provengan de sus empleados o de casos fortuitos o de fuerza mayor.

El contratista se hace cargo por cualquier ruina que ocurra dentro de la fecha de inicio de obra hasta la recepción provisoria.

RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL

Los oferentes no tienen derecho a exigir indemnización economica en caso de no se decida a hacer la Obra, lo mismo en caso de que no se la adjudicase.

El contratista tiene derecho a reclamar los gastos que se le acasionaron al confeccionar la licitación.

GARANTIAS

Garantia de mantenimiento de oferta:Es de carácter obligatorio y representa el 1% del presupuesto oficial. Garantia de ejecución de contrato:De carácter obligatorio, es aproximadamente el 5% de la oferta. Fondos de reparo: Coresponde al 5 % de cada certificado

Según lo estipulado en el contrato.

CLÁUSULAS ACCESORIAS No se puede establecer ningun tipo de clausula accesoria.

Se Pueden establecer las que se crean necesarias,dejandolas aclaradas en el contrato.

FUERO JUDICIAL Por Tribunal Contencioso Administrativo

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RESOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS POR VÍA EXTRAJUDICIAL

Se puede someter a un proceso arbitral de Amigables componedores.

Se puede someter a un proceso arbitral de Amigables componedores.

RESARCIMIENTO POR DESISTIMIENTO UNILATERAL POR PARTE DEL COMITENTE

Si se suspende la Obra porque el comitente asi lo decide,debera resarcir economicamente al contratista,para lo cual le pagara solamente Daño emergente,es dicir todos los costos incurridos por la obra como materiales acopiados,etc. No asi Lucro cesante,es decir los beneficios que no haya persivido.

Debera resarcir economicamente al

comitente, tanto Daño emergente, como Lucro

cesante.

IMPREVISTOS/IMPREVISIBLESImprevistos corren a cargo del contratista,imprevisibles a cargo del comitente

Imprevistos corren a cargo del contratista,imprevisibles

a cargo del comitente

ADICIONALES DE OBRA

Hasta el 20% del item el contratista debera responder por el mismo; para mayores modificaciones podra renegociar el precio o hasta rescindir el contrato si lo desee sin consecuencias para el.

No son de obligatoriedad para el contratista.Se rigen

según contrato.

4) Definir la limitación sobre vistas y luces. ¿Qué carácter del dominio limita?

Se define: Vista (puerta o ventana): toda abertura que no solo deja pasar la luz, sino que permite ver sobre un predio vecino. Luces: toda abertura que solo deja pasar la luz. No permite la visión de objetos a través de si mismo. No se puede construir vistas sobre la medianería de un terreno lindante sin consentimiento del condómino. El dueño de una pared no medianera contigua a finca ajena , puede abrir en ella ventanas PARA RECIBIR LUCES, a 3 metros de altura del piso de la pieza a que quiera darse luz, con reja de fierro cuyas barras no dejen mayor claro que 3 pulgadas. Esas luces no constituyen servidumbre y el dueño de la finca o propiedad contigua puede adquirir la medianería de la pared, y cerrar las ventanas de luces, siempre que edifique apoyándose en la pared medianera. Asimismo NO SE PUEDE CONSTRUIR VISTAS que se inmiscuen en terreno ajeno.Limita el carácter ABSOLUTO ya que me limita el derecho de usarla y hacer la vista como yo quiera.

5) Explicar en un caso concreto de contratación privada de Ingenieria como aplicaría una condición resolutoria o suspensiva.

Suspensiva: La obligación bajo condición suspensiva es la que debe existir o no existir, según que un acontecimiento futuro e incierto suceda o no suceda. Se activa la obligación cuando el hecho sucede Un ejemplo sería estar obligado a cambiar los materiales en el caso que el mercado ofrezca una mejor tecnología que beneficie la obra de una manera importante.Resolutoria: La obligación es formada bajo condición resolutoria, cuando las partes

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subordinaren a un hecho incierto y futuro la resolución de un derecho adquirido. La obligación deja de existir cuando el hecho sucede Conviene incluir esta cláusula accesoria cuando pueda existir un motivo que impida cumplir la prestación por una causa no imputable a ninguna de las partes contratantes como por ej. Causas climáticas o cambios en la economía.

6) Defina en los siguientes casos el tipo de incapacidad para contratar que corresponda

Existe capacidad de derecho (goce de un derecho del cual es titular) y capacidad de hecho (aptitud que tiene una persona para ejercer los derechos y contraer obligaciones por si misma).Incapacidad de derecho : solo relativa(tienen representantes)Incapacidad de hecho: relativa o absoluta 

Menores impúberes: Incapacidad de hecho absoluta Religiosos profesos: Incapaz de derecho relativo (tomaron los votos de

pobreza, no puede adquirir bienes) Sordomudos: Incapacidad de hecho absoluta (Se les nombra un curador) Comerciantes fallidos: Incapacidad de derecho relativa (son los que

quiebran) Menores adultos: Incapacidad de hecho relativa. Entre 14 y 18 años. Tutores o curadores: Incapacidad de derecho relativa. Condenados penales: Incapacidad de derecho relativa.

7) ¿Cómo se extinguen las obligaciones?

Se extinguen por:El pago: Es el cumplimiento de la prestación que hace el objeto de la obligación, ya se trate de una obligación de hacer o de dar.Por la renuncia de los derechos del acreedor\\Por la remisión de la deuda : devolver la deuda, por ej un pagaré Por la imposibilidad de pago: Por ej. Cuando se salió del 1 a 1 , es una causa imprevisible o extraordinaria que imposibilita el pago (teoría de la imprevisión), y se puede extinguir la obligación.Por la novación : una nueva obligación sustituye la anteriorPrescripción liberatoria :se libera de la deuda por el solo paso del tiempo, 10 años con justo titulo y buena fe.Por compensaciónPor transacciónPor confusión

8) Defina las siguientes formas de contratación

FACTORING (es como un descuento de certificados, recibo la plata antes a un cierto costo porque me la adelantan) En este caso una determinada empresa con objeto financiero, denominada factor, se obliga frente a otra empresa comercial o industrial, a adquirir una cantidad de creditos al cobro que tiene esta en cartera, mediante un precio que surgira de un estudio tecnico-contable-estadistico que

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llevara a cabo el propio factor.Es un contrato mediante el cual una empresa traspasa las facturas que ha emitido y a cambio obtiene de manera inmediata el dinero. El factoring o factoraje es una alternativa de financiamiento que se orienta de preferencia a pequeñas y medianas empresas y consiste en un contrato mediante el cual una empresa traspasa el servicio de cobranza futura de los créditos y facturas existentes a su favor y a cambio obtiene de manera inmediata el dinero a que esas operaciones se refiere, aunque con un descuento.

FRANCHISINGEs una variante del contrato de distribucion, en virtud del cual una parte, denominada otorgante (franchisor), propietaria de una marca registrada de productos, un nombre comercial, una patente industrial, etc, confiere a la otra parte, denominada tomador (franchisee), a traves del pago de una contraprestacion periodica, el derecho de explotar comercialmente la venta de los mencionados productos, de utilizar una determinada tecnologia en su fabricacion, con acceso a campanas publicitarias generales y a sistemas de comercializacion y oorganización patentados.CONTRATO DE DISTRIBUCIONEs el contrato por el cual el productor o fabricante de una determinada mercaderia encomienda al distribuidor la colocacion masiva del producto, con carácter de exclusividad en cierta zona, mediante el sistema de vendedores dependientes del distribuidor. La retribucion que recibe el distribuidor es generalmente un importante descuento sobre el precio del producto y las condiciones de pago beneficiosas que se pacten. LEASING FINANCIEROEs una operación compleja por la cual una persona (usuario) solicita a otra (empresa de leasing) que adquiera de un tercero (fabricante o poseedor) un bien determinado, con el fin de que se lo conceda en arriendo, a travez del pago de una renta periodica, por un determinado plazo, a cuyo termino el usuario podra optar, basicamente entre dos variantes: adquirir la propiedad del bien o continuar su arrendamiento, a traves de una renta periodica notoriamente reducida con respecto a la anterior.Funciona como un medio no tradicional del financiar la inversion de tecnologia industrial.

CONTRATO DE CONCESIONEs el contrato complejo en virtud del cual, el productor o fabricante (concedente) confiere, por tiempo indeterminado, a un comerciante (concecionario) la facultad de comprar, para su posterior reventa en una zona determinada, con carácter de exclusividad, un producto de cierta marca, bajo normas establecidas en un reglamento emitido por el concedente. El concesionario actua por cuenta propia y en su nombre, no detentando la representacion del concedente.Ver CONTARTO DE AGENCIA Y CONTRATO ESTIMATORIO

CONTRATO DE SUMINISTROEs aquel por el cual una parte, denominada suministrante, se obliga, mediante el pago de un precio, a entregar a la otra, denominada suministrado, cantidades de cosas muebles en epocas determinadas, conforme a estipulaciones especificas de tiempo y cantidad previstas en el contrato o de acuerdo a las necesidades que se vayan generando al suministrado.

CONTRATO DE UNDERWRITING

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Sucede cuando una empresa, bajo la forma de una sociedad anonima, necesita contar con capital de trabajo puede recurrir a la emision de nuevas acciones o a la emision de debentures, en ambos casos para ser ofrecidos al publico. A traves de este contrato una entidad financiera adelanta a la sociedad emisora el valor nominal de las acciones o debentures emitidos, para posteriormente colocar los titulos en el mercado, recuperando su inversion previa y obteniendo una ganancia derivada de la diferencia entre el precio de compra y el de colocacion de los titulos.

9) Para realizar un estudio de factibilidad de radicación de un establecimiento industrial en Capital Federal .¿Que tipo de limitaciones al dominio debería considerar?

Existen restricciones y limites al dominio desde el ámbito del derecho privado (tratadas en el C.C) y desde el ámbito del derecho administrativo ( regidas por el derecho administrativo, impuestas por las Municipalidades) Respecto al derecho privado hay que tener en cuenta las limitaciones al carácter absoluto (es limitación a lo que se puede hacer) , referido a la disponibilidad material del inmueble. Para el caso de un establecimiento industrial se debe tener en cuenta que las molestias que ocasionen el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o daños similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque mediare autorización administrativa para aquellas según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la indemnización de los daños o la cesación de tales molestias. Por otro lado las disposiciones locales en la materia (códigos municipales de Edificacion y de Planeamiento Urbano) definen perfectamente las situaciones en relación con el destino de uso de los inmuebles (establecimiento industrial en este caso).Ademas se deberá tener en cuenta el estado legal del terreno en el momento de la compra. Cuales son los limites edificables que me lo dan los códigos (Lineas municipales, superficies edificables y libres, alturas), si en la zona elegida esta permitido el uso que le voy a dar, si esta hipotecado o no, si tiene servidumbres (algún servicio que pase bajo tierra), tener en cuenta los terrenos linderos para el proyecto del edificios, limitación de luces y vistas y muros y cercos.. 

10) ¿Qué diferencias existen entre expropiación y servidumbre real? Explicar.

La expropiación es una limitación al carácter perpetuo, ya que estoy obligado a vender una propiedad con utilidad de carácter publico ; mientras que la servidumbre real también es una limitación pero al carácter exclusivo del dominio, ya que el poseedor de una heredad puede hacer uso de una ajena para utilidad de la suya. Otra diferencia es que en la expropiación interviene el Estado Nacional mientras que en la servidumbre actúan dos personas cualquiera. Ambas limitaciones se refieren al derecho sobre una cosa.

11) ¿Defina Valor Actual, Valor de reposición y depreciación. Que criterios utilizaría y como calcularía la depreciación de: a) El edificio de una planta industrial y b) Las instalaciones y maquinarias.

Valor Actual: Es el costo de la construcción del muro en el momento de su enajenación , tal como esta construida (materiales utilizados, revoques y aislaciones) y teniendo en cuenta la antigüedad y su estado de conservación en el

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momento de la adquisición.Por lo tanto el VA ser la resta entre el Valor de reposición y la depreciación del mismo. Valor de Reposición: Es lo que costaría hacer la pared a nuevo en el momento de la tasación. Se obtiene multiplicando el computo de materiales por los precios unitarios a la fecha del calculo. Valor de depreciación: Es la perdida de valor del muro en estudio debido al paso del tiempo (antigüedad) y el daño físico sufrido (estado de conservación) .Para el calculo de la depreciación se utiliza un coeficiente K que me da el porcentaje del Valor de reposición que será tomado como valor de depreciación. Este valor K surge de tener en cuenta el cociente entre la Edad y la Vida útil del elemento en estudio y además afectado por un factor de valoración del estado de conservación( según un criterio califico el estado de conservación, el cual me puede reducir la depreciación por un buen mantenimiento o aumentar la misma por una mala conservación).Para el caso de una planta industrial , la depreciación se debe a la edad y al estado, y lo mismo para los equipos. La diferencia es que para el equipo solo tengo una cuenta simple mientras que para la planta tendre que hacer el computo y calcular parte por parte las depreciaciones y luego hacer la sumatoria.

FINAL 07/07

1. ¿Qué es contrato? ¿Si le encargan una cotización de un trabajo de ingeniería (remodelación de una vivienda unifamiliar por ej) es

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indispensable para la validez del contrato que se firme algún tipo de documento? ¿Que ocurriría en caso de demorar en los pagos, o cualquier otro incumplimiento por parte del comitente? Explique Para que agregaría un pacto comisorio expreso, una clausula penal, una clausula arbitral(es accesoria). Explique además cada concepto. 

Si firma un contrato de locación de obra publica seria la misma situación? Explique diferencias. Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una voluntad de voluntad común destinada a reglar sus derechos. Se establece para constituir, regular o extinguir entre si un vinculo jurídico de contenido patrimonial. ElementosEsenciales: Consentimiento(voluntad mutua), objeto ( lo dispuesto sobre los objetos de los actos jurídicos y de las obligaciones que se contrajeren rigen respecto a los contratos) y forma(Solemindades que deben respetarse :al tiempo de formación del acto jurídico: escribano publico u oficial publico, testigo, escritura del acto) Naturales: implícitos en los contratos y que las partes pueden dejar de lado si lo expresan. Por ej pacto comisorio en contratos bilaterales.Accidentales: pueden ser incluidos : por ej seña o clausula arbitral o pacto comisorio expreso. Se considera si existen dos partes con consentimiento implícito para realizarlo. Es contrato oral (tacito) Si se demoran los pagos puedo hacer valer clausula penal o pacto comisorio. Tiene plazos mas largos. Tienen clausulas exorbitantes que son clausulas naturales, o sea implícitas dentro del contrato administrativo y que otorgan a la administración derecho sobre su cocontratante que serian nulos o ilícitos dentro del derecho privado.

2. Indique las responsabilidades del Ingeniero como contratista durante la ejecución de una obra y hasta después del momento de la firma del acta de recepción. Mencione al menos 5 situaciones. Plantee diferencias entre O publica y O Privada.

5 situaciones: resp civil, resp penal, vicios ocultos, vicios aparentes, Responsabilidad civil por ruina de obra parcial o total: por materiales, construcción o suelo durante toda la ejecución y hasta 10 años luego de la Recep definitiva en O Publica y de la recep provisoria en O privada. Si es por caso fortuito o fza mayor es responsable en O privada hasta la recep provisoria.En el caso de Imprevisible: siempre se hace cargo el comitente (Ej caño que no estaba en los planos que tenia) Caso fortuito: aun cuando pueda ser previsto no se podría evitar. Por ej. terremoto. Se hace cargo el comitente en O publica siempre, y se hace cargo el contratista en O Provada hasta la recepción provisoria.Responsabilidad penal: si se comete un delito encuadrado en el código. De por vida.Importante: En o Publica no puedo aplicar retención de Obra si se atrasa el comitente con los pagos pero si puedo rescindir el contrato si se atrasa en 3 o mas certificados.

3. ¿Puede un muro privativo convertirse en medianero? Explique como. ¿Puede adquirirse un muro por prescripción? Explique como se le aplica y de que tipo de prescripción se trata.

Si, compra, antecesor común, donación, prescripción, compensación. Si, hay que diferenciar entre cerramiento forzoso y mas arriba. Prescripcion liberatoria.

4. ¿Que significa que un ingeniero actue como perito judicial?Explique

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Perito: Es un especialista o experto en cuestiones que los jueces (versados en materia jurídica) no están obligados a conocer.

Como auxiliares de justicia o asesores para la apreciación de los hechos, se designa a profesionales en las distintas disciplinas según se trate en la causa. Prueba de peritos:Sera admisible cuando la apreciación de los hechos controvertidos, requiere conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, industria o actividad técnica especializada.Perito: Tecnico designado por orden judicial que prepara un informe sobre los hechos o puntos que específicamente le indique el juez.El perito no es un arbitro, ya que solo aconseja o asesora.Requerimientos para ser perito:

1. Titulo habilitante, sino el mas idóneo.2. Estar inscripto en el consejo profesional correspondiente.3. Debe figurar en la lista de los posibles peritos.

Procedimiento:

1. Se designa un único perito, designado por el juez (en la Camara se hace el sorteo)

2. Las partes pueden recusar al perito designado por el juez.3. Las partes pueden poner cada una un técnico consultor (no requiere titulo

habilitante) Luego del 3er dia aceptado el caso por el perito, este puede pedir un anticipo de gastos. Si al 5to dia no se deposito la suma requerida, el perito considerara que se desiste de la prueba.

4. El perito eleva un informe al juez5. Los consultores técnicos pueden elevar sus propios informes.6. Si el informe no aporta nada a la causa las costas del perito las paga quien

encargo la pericia.Clausula compromisoria :Es un acuerdo contractual por el cual las partes convienen que los litigios entre ellas serán sometidos a la decisión de árbitros.Se pide al colegio publico de abogados o al juez de la causa (el cual deberá entender bien fundada la causa como para aprobar el Tribunal de árbitros)Conclusion: Mediante una clausula en el contrato (clausula arbitral o compromisoria) se pacta ante un litigio resolverlo mediante un juicio de árbitros. En este caso, se dara curso a través de un intrumento publico o privado de un juicio de árbitros, el cual debe estar compuesto por: nombres de las partes, de los árbitros, causa del litigio, multas a los que no cumplan con el procedimiento). Los árbitros se designan por las partes y un tercer arbitro por el Estado o Juez de la causa. El laudo es la resolución del tribunal, en caso de aprobación del dictamen habrá 5 dias para apelación. Si no se llega a un acuerdo se designara un arbitro que defina.Los árbitros deben ser mayores de edad y tener pleno derechos civiles.Instancia: El juicio podrá ser dispuesto antes o después de iniciada la acción ante los tribunales correspondientes y cualquiera que fuera el estado de esta. 

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5. ¿Que se necesita para que un edificio pueda dividirse en propiedad horizontal? ¿Qué significa unidad funcional?¿Que debe tener como minimo una unidad funcional para uso vivienda? ¿Qué reglamentación lo determina? ¿Que sucede con la cochera? Se necesita que tenga salida a la via publica directa o a través de un pasillo común; y además debe ser cada una de las divisiones (pisos o departamentos) independientes. Cada una de las partes debe poder cumplir con el fin de una unidad funcional, esto es debe poseer superficies continuas equipadas con todo lo necesario para cumplir con el fin para el cual fue creada.Una unidad funcional debe contener como minimo un baño cocina y dormitorio como minimo Regalmentacion: Ley de propiedad horizontal, y las medidas minimas el código de edificación. La cochera es una superficie complementaria.UNIDAD DE DOMINIO EXCLUSIVO (son las unidades en las que se divide el edificio en prop horizontal) = UNIDAD FUNCIONAL + UNIDAD COMPLEMENTARIA + UNIDAD COMUN DE USO EXCLUSIVOUNID DE DOMINIO EXCLUSIVO : (conjunto de partes cont o disc de un inmueble con indep funcional y salida a la via publica directa o indirectamente a través de una superficie comun)UNIDAD FUNCIONAL: Conjunto de ambientes ppales y dependencias vinculados entre si necesarios para el desarrollo de las actividades compatibles con el fin.UNIDAD COMPLEMENTARIA: conjunto de ambientes que por su característica intrínseca no pueden constituir por si solas una unidad funcional y deben unirse forzosamente a una unidad funcional para formar una unidad de dominio exclusivo. Complementa a la Unidad de dominio exclusivo. (ej cochera) UNIDAD DE USO COMUN EXCLUSIVO: superficies descubiertas que tienen acceso a un solo dominio o con acceso a la parte común o a la via publica. (ej balcón)

6. Analizar que tipo de sociedad seria mas conveniente al momento de constituir una, en función de : capital minimo, responsabilidad de socios, cantidad de socios, costos, etc.. Justifique su elección. Puede plantear el hipotético caso de asociarse con alguien para la realización de una obra pequeña. Capital minimo: 12OOO PESOS – (TODAS) Responsabilidad de socios : S.ACantidad de socios: MAS SOCIOS SA – MENOS Costos POR LAS FORMALIDADES QUE HAY QUE CUMPLIRTodas las sociedad deben estar inscriptas en el Reg Publico de Comercio. Porque eso la transforma en persona jurídica.En el caso de una obra pequeña se hace una sociedad de hecho.

7. ¿Qué entidad regula el ejercicio de la profesión para un Ing. Civil? ¿Es obligatorio matricularse para el ejercicio de la profesión? ¿Por qué es tan grave prestar la firma para un proyecto, por ej realizado por otro profesional?

El Consejo Profesional de Ingenieria. Es obligatorio solo si firmo algún documento. Es tan grave por las responsabilidades civil (hasta 10 años) y penal (toda la vida útil del edificio) Pasos a seguir ante una Causa por falta de ética1ero: Traslado de la denuncia o acta al imputado para que este formule su descargo y proponga medidas probatorias de que intente valerse. (10 dias de plazo contados a partir de la notificación) 2do: El Consejo interviniente ordenara las medidas probatorias que juzgue pertinentes. El denunciado pordra contar con asistencia letrada.

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3ero: El Consejo formulara un informe el cual será elevado al imputado, el cual podrá efectuar su alegato en un plazo de 6 dias.4to: Dentro de los 5 dias de vencido el plazo anterior, el Consejo elevara el caso a la Junta Central quien dictara resolución dentro de los 30 días.5to: La Junta Central determinara si hay o no falta de ética, y de ser asi, la gravedad de la misma, asi como las sanciones a ejecutar por el Consejo Profesional correspondiente.Los profesionales no podrán ser sancionados luego de 3 años de ocurrida la falta que se les impute. Funciones del Consejo

Verificar que el Ingeniero se encuentre habilitado por su titulo para desempeñar las tareas y funciones como profesional.

Organizar y llevar las respectivas matriculas. Estudiar las incumbencias y alcance de los títulos. Aplicar sanciones correspondientes. Velar por el cumplimiento de la Ley Actuar como arbitro o amigable componedor a pedido de partes.

Causas por falta de ética: Se radican en el Consejo Profesional del imputado. En el caso de tratarse de profesionales de distintos consejos la causa la tramitara la Junta Central de los Consejos.Sanciones: Advertencia, Amonestacion, Censura publica,Multa, Suspension de la matricula del ejercicio, retiro de la matricula Funciones de la Junta Central:

Proponer arancel de honorarios Actuar como Tribunal de Etica Colaborar con las autoridades judiciales en la adopción de medidas

destinadas a la eficaz actuación de peritos. Denunciar, querellar y estar en juicio en asuntos que atañen a mas de un

Consejo. Coordinar los proyectos que eleven los Consejos.

8. Puede ejecutarse cualquier cosa en cualquier lugar del predio donde realizaré una obra? ¿De que tipo de limitaciones y/o restricciones estamos hablando? ¿Que reglamentaciones debe tener en cuenta para realizar un proyecto en una zona dada?

NO, hay limitaciones a la disponibilidad del predio. Las mismas son regladas por el Codigo de Planeamiento. Por ej. La Linea Municipal…\\… Otras limitaciones se relacionan con el derecho privado tales como:Limitaciones a la disponibilidad material del inmueble:

No se pueden construir cerca de paredes divisorias pozos, cloacas letrinas etc, que puedan causar humedad.

No se pueden realizar obras que hagan peligrar los fundos lindantes.Limitaciones de vistas y luces

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No se pueden construir vistas que interfieren en terreno ajeno No se podrán construir vistas sobre la medianera de un terreno lindante

FINALES 19-07-06

Tema 1

Capacidad de hecho y derecho. Diferencias. Explicar Derechos crediticios y derechos personales Causas de imputabilidad de las obligaciones Cláusulas esenciales de los contratos. Pacto comisorio.

Cláusula penal

Page 24: Preguntas y Respuesta Finales

Diferencia entre hecho y acto jurídico Formas de ejecución de locación de obra Fondo de reparo y fondo de garantía Cinco diferencias entre locación de obra Pública y Privada.

Cláusulas exorbitantes Derechos reales (Todo) ¿Cuál es la nueva modificación en la nueva ley de macas y

registraciones

Tema 2

¿Cuáles son los atributos de la personalidad?. Explicar. Prescripción, tipos. A que derechos son de aplicación Forma de extinción de los contratos. Explicar. Teoría de la

improvisión contractual. Requisitos para su aplicación Definir locación de obra. Diferencia con locación de servicio.

¿Cuándo opera la recepción de obra?. Diferencias entre obra pública y privada

Derechos reales de garantía, Explicar Limitaciones al caracter exclusivo del dominio. Explicar Ley de patentes y de modelos de utilidad Definir perito, procedimiento de una pericia Junta central, explicar sus funciones. Código de ética

profesional Definir valuación, valor actual, valor real, valor venal y

depreciación.

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