PREGUNTAS+CONVOCA IGAC CMLO FINAL

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  • PREGUNTAS CONVOCA

    1. Este es el primer IGAC de la gran minera a nivel nacional? Hemos encontrado otros pero son respecto a la pequea minera.

    La norma que establece el IGAC para la pequea minera y minera artesanal fue aprobada por el MINAM mediante Decreto Supremo N 004-2012-MINAM y es uno de los requisitos para lograr la formalizacin, segn el Decreto Legislativo N 1105.

    Mientras que el IGAC de mediana y gran minera est regulado de acuerdo a la Quinta Disposicin Complementaria Final del D.S N 040-2014-EM, norma que cont con opinin favorable del MINAM. Esta norma seala que los titulares que hayan construido o tengan instalaciones mineras al amparo de una certificacin ambiental que no se encuentra vigente, sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponderle, deban presentar un Instrumento de Gestin Ambiental Correctivo (IGAC), de tal manera que sus instalaciones y/o componentes se adecen a la normativa ambiental vigente, as como con las condiciones tcnicas y de seguridad correspondientes.

    Para acogerse al IGAC, los titulares mineros deban presentar sus trminos de referencia especficos para elaborar el IGAC en el plazo de sesenta (60) das hbiles contados a partir del 16 de marzo de 2015, luego de la aprobacin de los mismos, contaban con 180 das hbiles para presentar el IGAC para su evaluacin. En ese sentido, Doe Run Per S.R.L. en liquidacin en Marcha present sus Trminos de Referencia Especficos para elaborar el IGAC del Complejo Metalrgico La Oroya (CMLO), por ende solicit la evaluacin de su IGAC.

    2. El IGAC fue presentado en marzo y se aprob en julio. Era suficiente cuatro meses para

    evaluar este informe amplio de ms de mil 200 hojas o era necesario acelerar la revisin?

    Por la necesidad del proceso concursal se realiz el trmite y estando dentro del reglamento los plazos, se form un equipo especial ad doc que se dedic exclusivamente a atender el caso. Por ello, el documento pudo salir en el tiempo previsto. En ese sentido, cabe precisar, que la Quinta Disposicin Complementaria Final del D.S N 040-2014-EM, no se seal plazo para la evaluacin, slo se estableci que el plazo mximo para la presentacin de los Trminos de Referencia Especficos ser de sesenta (60) das hbiles de la entrada en vigencia del D.S N 040- 2014-EM. Asimismo, se estableci el plazo mximo para la presentacin del IGAC, siendo este de ciento ochenta (180) das hbiles de aprobados los Trminos de Referencia Especficos por la Autoridad Ambiental Competente. Debido a ello, se ha considerado la aplicacin supletoria del artculo 52 del Reglamento de la Ley SEIA, aprobado por el Decreto Supremo N 019-2009-MINAM, realizndose una evaluacin dentro del plazo ah establecido.

    3. El IGAC fue elaborado por Profit o por la misma Doe Run? Por qu no se menciona a

    Profit en el IGAC?

    El IGAC fue elaborado por CGT COMPANY S.A.C., consultora inscrita en el registro de entidades autorizadas por la DGAAM, para elaborar Estudios de Impacto Ambiental. Dicha consultora fue escogida por Doe Run Per S.R.L. en Liquidacin en Marcha, entindase que Profit es la administradora concursal.

    4. Por qu se demorar 14 aos el proceso de adecuacin al Estndar de Calidad Ambiental

    del aire de la planta de La Oroya, si solo autoriz por 2 aos y 7 meses durante la ampliacin del PAMA de 2006?

    El PAMA fue aprobado mediante Resolucin Directoral N 325-97-EM/DGM de fecha 06 de octubre de 1997, el plazo previsto entonces fue de 10 aos; luego fue prorrogado por 2 aos y 7 meses para concluir con los proyectos establecidos en l. De acuerdo a lo sealado en el artculo 2 del D.S. N 006-2013-MINAM en el numeral 2.4 los titulares presentarn un plan de manejo ambiental del nuevo proyecto sobre el anlisis de la viabilidad y disponibilidad tecnolgica referido al ECA Aire. Debido a ello, Doe Run Per SRL en Liquidacin en

  • Marcha consider presentar en el IGAC la descripcin de las condiciones actuales de operacin las mismas que son diferentes al PAMA, lo que ha conllevado a una evaluacin integral de la unidad minera La Oroya. Por otro lado, en el Anexo N 01 del IGAC, el Plan de Adecuacin, incorpor el anlisis de la viabilidad y disponibilidad tecnolgica que permitan prevenir y reducir las emisiones de dixido de azufre. En esta informacin se encuentra la descripcin de los proyectos nuevos, que consideran las siguientes etapas: (i) Etapa I: Modernizacin del Circuito de Cobre y Planta de cido Sulfrico del Circuito de Cobre, (ii) Etapa II: Modernizacin del Circuito de Plomo, (iii) Etapa III: Manejo, Tratamiento y Evacuacin de Emisiones Fijas, y (iv) Etapa IV: Manejo y Evacuacin de Emisiones Fugitivas.

    En relacin al Cronograma de ejecucin, los proyectos antes mencionados se han reagrupado, ordenado secuencialmente y asignado tiempos y recursos segn la interrelacin existentes entre ellos, acorde a criterios tcnicos, logsticos y teniendo en cuenta las interferencias con las operaciones de produccin en marcha de los circuitos de plomo, zinc y metales preciosos. La implementacin se realizar en 14 aos.

    Debemos sealar que esta evaluacin se realiz en coordinacin con MINAM.

    5. El IGAC no cuenta con un estudio de factibilidad. Por qu no se le exigi este estudio en

    la versin final a pesar que es una de las observaciones que la Direccin de Asuntos Ambientales Mineros le hace al IGAC antes de su aprobacin?

    Si cuenta con un estudio de factibilidad, de conformidad a la Quinta Disposicin Complementaria Final del D.S N 040-2014-EM estableci que el IGAC a presentar debe desarrollarse a nivel de factibilidad, describiendo su desempeo ambiental, basndose en reportes de monitoreos actuales, cuyo objetivo es adecuar sus instalaciones y/o componentes a la normativa ambiental vigente, as como con las condiciones tcnicas y de seguridad correspondientes. Es por ello, que el titular present el estudio de factibilidad tcnica de los proyectos que conforman el Anexo N 1, Plan de Adecuacin a los Estndares de Calidad Ambiental del Aire del IGAC, como se observa en el escrito N 2509677.

    6. Por qu el IGAC no cuenta con un estudio de salud actualizado? El estudio ms

    actualizado data de 2008. Por qu no se elabor un estudio que refleje la situacin actual del impacto en la salud pblica de los pobladores de La Oroya?

    El propsito del IGAC es que las instalaciones y/o componentes de una operacin minera cumplan con la normatividad ambiental vigente, as como con las condiciones tcnicas y de seguridad correspondientes. El IGAC a presentar deba desarrollarse a nivel de factibilidad, describiendo su desempeo ambiental, basndose en reportes de monitoreo actuales de acuerdo a las estaciones de monitoreo de calidad ambiental existentes. El tema de salud es importante por lo cual de acuerdo a los trminos de referencia especficos aprobados para este IGAC, en el Plan de Relaciones Comunitarias Doe Run Per S.R.L. en liquidacin en marcha ha consignado las acciones pertinentes para la mejora en la salud de los pobladores de La Oroya, las cuales constan en la Matriz de Indicadores del Plan de Relaciones Comunitarias. Cabe mencionar que dichos programas de salud continuarn siendo realizados durante la vida til de la unidad minera La Oroya, tal como se indic en las pginas 63 y 95 del Informe que sustenta la R.D. N272-2015-MEM-DGAAM.

    7. En el IGAC se afirma que se debe cumplir el ECA de aire (D.S. N 003-2008-MINAM) en 80

    microgramos de dixido de azufre por metro cbico en el aire por da a pesar que el decreto supremo 006-2013-MINAM exige que este ECA debe ser de 20 microgramos por da y esto deba cumplirse desde el 1 de enero del 2014, ao en que recin se comenz a elaborar el IGAC. Por qu no se exigi que se cumpla el ECA vigente de 20 microgramos?

    El valor a cumplir en la Cuenca La Oroya es 80 ug/m3, el cual ha sido regulado por el Ministerio del Ambiente de acuerdo a lo sealado en la Resolucin Ministerial N 205-2013-MINAM, que establece

  • las Cuencas Atmosfricas a las cuales les ser aplicable los numerales 2.2 y 2.3 del artculo 2 del Decreto Supremo N 006-2013-MINAM, mediante el cual aprueban Disposiciones Complementarias para la Aplicacin del Estndar de Calidad Ambiental (ECA) de Aire. Lo antes expuesto ha sido ratificado en el Informe N 426-2015-MINAM/VMGA/DGA emitido por la Direccin General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, consider pertinente que el Plan de Adecuacin del Complejo Metalrgico La Oroya al Estndar de Calidad Ambiental para Aire para alcanzar el valor del Dixido de Azufre de 80 ug/m3 promedio diario (D.S. N 006-2013-MINAM), debe partir del valor de 80 ug/m3 promedio anual y de 365 ug/m3 promedio diario (una excedencia anual), en el marco de la aplicacin del D.S. N003-2014-MINAM.

    8. Por qu no hay un estudio tcnico del traslado de la chimenea al Cerro Sumi?, han

    analizado si existe la amenaza de que contamine a centros poblados cercanos? El Plan de Adecuacin si presenta el estudio mencionado a nivel de factibilidad y para su construccin se elaborar un Expediente Tcnico que en su oportunidad ser evaluado por la Direccin General de Minera. Debemos mencionar que antes del traslado de la Chimenea al Cerro Sumi, Doe Run Per S.R.L en Liquidacin en Marcha debe cumplir con la ejecucin de dos (02) Proyectos del Plan de Adecuacin (Etapa I: Modernizacin del Circuito de Cobre y Planta de cido Sulfrico del Circuito de Cobre y Etapa II: Modernizacin del Circuito de Plomo), los cuales permitirn disminuir las emisiones de SO2. Adems, las emisiones Fijas sern capturadas, tratadas y el gas residual evacuado por una chimenea en el cerro Sumi. Las emisiones fugitivas tambin sern capturadas por encerramiento de plantas, y evacuadas por la misma chimenea que por estar situada a una cota ms alta que la actual permitir una mejor dispersin, por lo que de acuerdo a la evaluacin de impactos realizada, ello no representara una posible amenaza a la poblacin actual.

    9. Por qu se decidi no monitorear las partculas PM2.5 en el IGAC que tienen impacto en la salud humana a pesar que en el PAMA de 2006 s se recomienda?

    Si existe la obligacin de monitorear PM 2.5 y se encuentra sealado en la Tabla N 81 del informe que sustenta la R.D. N272-2015-MEM-DGAAM. El Programa de Monitoreo de Calidad de Aire aprobado para el Plan de Adecuacin ha sealado todos los parmetros que deben ser monitoreados por el titular minero, entre ellos est incluido el parmetro PM 2,5. Lo que corresponde, es corroborar con los informes de fiscalizacin de monitoreo ambiental que realiza la autoridad competente, que es la OEFA.

    Lima, 16 de septiembre de 2015