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Del 1-dic-13 al 31-dic-13
MUTUAS
www.ugt.es - Secretaría Confederal de Cambio Climático y Medio Ambiente
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NOTICIAS referentes a MUTUAS
www.ugt.es - Secretaría Salud Laboral y Medio Ambiente Página 1 de 1
El 20% de las bajas laborales son producidas por
riesgos psicosociales
Este tipo de enfermedades le cuesta al Sistema Público alrededor de 300
millones de euros
El director de programas y planes corporativos de la mutua umivale, Rafael Ruíz
Calatrava ha participado en el coloquio organizado recientemente por la Confederación
Empresarial de Madrid (CEIM) dando una charla titulada “Cómo afrontar los riesgos
psicosociales en la empresa”.
Durante su intervención, Ruiz Calatrava ha destacado el aumento de casos derivados de
los riesgos psicosociales que el pasado año ocasionaron más del 20% de las bajas
laborales; lo que se tradujo en un gasto para Sistema Público de más de 300 millones
de euros.
Rafael Ruiz Calatrava comenzó la exposición haciendo un breve repaso sobre los
principales elementos de identificación de estos problemas y las consecuencias tanto
para el trabajador, como para la empresa, que de ellos se derivan. Además hizo
hincapié en las alteraciones físicas y psicosomáticas, como principales problemas para
el que los padece, y el bajo rendimiento y el aumento del absentismo para las
entidades.
Para poder identificar y prevenir estos riesgos, la mutua umivale ha creado una
herramienta denominada HEREP (Herramienta para la Evaluación de Riesgos
Ergonómicos y Psicosociales). El proyecto ha sido dirigido por Rafael Ruiz Calatrava, y
en la actualidad ha sido validada por numerosas entidades públicas. El HEREP está
basado en metodologías propias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo y otras de los propios creadores. Una de sus principales características es que
tanto la lista de identificación de riesgos, como los métodos de evaluación, han sido
pensados para todo tipo de puestos de trabajo. En su medición, la herramienta estudia
tanto la carga mental de cada puesto de trabajo, como los factores psicológicos que le
rodean y la satisfacción laboral del trabajador.
Fuente: EQUIPO&TALENTO (MADRID) 09/12/2013
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Las mutuas pedirán el alta del trabajador aunque el
médico tendrá la última palabra
El servicio público de salud dispondrá de un periodo de 5 días para
decidir
Las mutuas harán un seguimiento de las bajas laborales desde el primer día y pedirán
el alta cuando lo consideren oportuno, aunque el servicio público de salud tendrá
siempre la última palabra al respecto, según ha anunciado la ministra de Trabajo,
Fátima Bañez.
En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, Báñez ha destacado que
el servicio público de salud dispondrá de un periodo de 5 días para decidir si
da el visto bueno o no a esa solicitud y ha añadido que en el caso de que no haya
respuesta se entenderá que el trabajador supera esa incapacidad temporal.
Esta es una de las normas incluidas en el proyecto de ley de reforma de las mutuas de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que, según Báñez, pretende
mejorar la eficiencia en el control de las prestaciones, el absentismo, la mejora de la
salud y la prevención de los riesgos laborales.
La ministra ha afirmado que el proyecto de ley clarifica el régimen jurídico de las
mutuas, que está "muy disperso".
Con ello, se busca mejorar la eficiencia de los recursos públicos, ya que aunque las
mutuas estén formadas por empresas de ámbito privado manejan dinero público.
Mejora de la gobernanza
Báñez ha indicado que otro de los objetivos de la nueva norma es mejorar la
gobernanza y que, en línea con la ley de transparencia, habrá un control de los
recursos de las mutuas y de los órganos de dirección.
En este sentido, ha asegurado que se controlarán también las retribuciones de los altos
cargos y si se aprovechan los recursos ociosos de las mutuas.
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Asimismo, ha recalcado que el 40% de los recursos no se usan y que se pondrán a
disposición de convenios que puedan llevar a cabo con las comunidades autónomas o
con la sanidad privada para mejorar los servicios del sistema nacional de salud.
Además, ha subrayado que el proyecto de ley hace posible que una prestación como
cese de actividad sea una realidad y se pueda recibir a lo largo del tiempo.
La ministra ha señalado que el 82% de las solicitudes son denegadas y ha afirmado que
ahora se cambia el sistema para dar esa prestación por la que cotizan los autónomos
cada mes, lo que es, en su opinión, "un derecho".
Fuente: AGENCIA EFE (MADRID) 20/12/2013
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El médico del servicio público será quien decida
El Gobierno da más poder a las mutuas para decidir
el alta del trabajador
Las mutuas podrán pedir el alta del trabajador, aunque el médico del servicio
público será quien decida.
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de mutuas, por
el que se concederá a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las
bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral
injustificado.
En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad
temporal derivada de enfermedad común "ya desde el primer día de la baja", según ha
destacado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior al
Consejo de Ministros.
Así, la mutua podrá formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica
"motivada". Su propuesta será enviada entonces al médico del Servicio Público de Salud
que emitió el parte de baja a través de los servicios de Inspección del Servicio Público
de Salud correspondiente, que dispondrán de un plazo de cinco días hábiles desde la
recepción de la propuesta de alta para comunicar a la mutua si la estima o la rechaza.
Si en dicho plazo no se notificara a la mutua el parte de confirmación de baja, se
considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua deberá
entonces informar al trabajador y a la empresa de la extinción de la prestación.
En España se pierden al año por absentismo una media de 11,4 días por trabajador,
frente a los 8,4 días que se pierden en Finlandia, los siete que se pierden en
Dinamarca, los 6,8 días de Canadá o los 4,9 días de Estados Unidos.
Además de la reducción del absentismo, el anteproyecto de ley de mutuas persigue
otros objetivos, como el de dotarlas de un nuevo marco normativo para mejorar su
gobernanza y transparencia, según Báñez.
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Sueldos
En esta materia, en el anteproyecto se modifica la regulación de los órganos de
gobierno de las mutuas y se potencia la figura del presidente. La norma, que será ahora
remitida a los agentes sociales y al CES para el correspondiente informe preceptivo,
contempla que las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a
las correspondientes del sector público.
"En línea con la Ley de Transparencia y la reforma de las Administraciones Públicas se
hace un control de los órganos de dirección de las mutuas y de sus altos cargos, cuyos
sueldos se equiparan a los del sector público", ha explicado la ministra.
Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación
por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a
que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta
propia (en 2012 el 82% de las solicitudes fueron rechazadas).
La ministra ha resaltado además que la norma facilita la colaboración entre
comunidades autónomas y mutuas para que las primeras puedan utilizar los recursos
"ociosos" de las segundas en beneficio de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.
Según Báñez, actualmente no se utilizan el 40% de los recursos de las mutuas.
Las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo
es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Concretamente, se ocupan de la
gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las
contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000
autónomos.
En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por
contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más
de 131 millones por cese de actividad.
Fuente: EXPANSIÓN (MADRID) 20/12/2013
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UGT denuncia una Ley de Mutuas que "culpabiliza
al trabajador" y privatiza el sistema sanitario
público
La Unión General de Trabajadores (UGT) ha denunciado la Ley de Mutuas aprobada por
el Consejo de Ministros al considerar que "culpabiliza" al trabajador y supone una
privatización del sistema sanitario público y ha lamentado que la norma haya salido
adelante sin informar ni consultar a los sindicatos.
En un comunicado, UGT ha subrayado su oposición rotunda a una ley "innecesaria"
que "culpabiliza" a los trabajadores "por el simple hecho de estar enfermo" y que
constituye "un nuevo ataque directo a los derechos básicos de los ciudadanos".
Entre otros puntos, el sindicato recalca que "no es riguroso" plantear como un
problema de "absentismo injustificado" cuando el informe que el Ejecutivo ha usado
para comparar España con otros países como Finlandia o Canadá --"que no es de
nuestro entorno ni tienen un sistema de protección social como el nuestro", señala
UGT-- dice expresamente que el problema del absentismo en España no es grave.
Igualmente, advierte que considerar el silencio administrativo como positivo en las
propuestas de alta "provocará que los trabajadores se incorporen enfermos a sus
puestos de trabajo", por lo que se producirá "un mayor presentismo y menor
productividad y competitividad en las empresas". "¿Qué va a pasar con los trabajadores
con enfermedades crónicas? ¿ los trabajadores que contraigan enfermedades infecto-
contagiosas y atiendan directamente a ciudadanos?", se pregunta al respecto.
También arremete contra los denominados recursos ociosos al considerar que son "un
argumento para privatizar". "No es posible que mientras el Sistema Público de Salud
está cerrando plantas hospitalarias y los profesionales sanitarios incrementando las
cifras de desempleo, por la falta de presupuesto, se consienta esta la privatización del
Sistema Sanitario Público, derivando a cualquier ciudadano a un hospital gestionado por
una Mutua, o a un hospital privado subcontratado por ella para hacer pruebas
diagnósticas, aumentando de manera considerable los costes", alega.
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Recuerda, asimismo, que el Estatuto de los Trabajadores ya regula las ausencias al
trabajo no justificadas en su artículo 52.2.d, conllevando en determinados casos,
incluso al despido objetivo del trabajador y que existe una sentencia del Tribunal
Constitucional que establece que "la inactividad de la Administración en modo alguno
puede colocarla en mejor situación que si hubiera cumplido con su deber de dictar y
notificar la correspondiente resolución expresa".
Fuente: EUROPAPRESS (MADRID) 20/12/2013
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El Gobierno amplía la capacidad de intervención de
las mutuas en las bajas médicas
Pasarán a denominarse mutuas de la Seguridad Social y las retribuciones de
sus altos cargos se adecuarán a las del sector público
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de mutuas, por
el que se concederá a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las
bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral
injustificado.
En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad
temporal derivada de enfermedad común "ya desde el primer día de la baja", según ha
destacado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior al
Consejo de Ministros.
Así, la mutua podrá formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica
"motivada". Su propuesta será enviada entonces al médico del Servicio Público de Salud
que emitió el parte de baja a través de los servicios de Inspección del Servicio Público
de Salud correspondiente, que dispondrán de un plazo de cinco días desde la recepción
de la propuesta de alta para comunicar a la mutua si la estima o la rechaza.
Si en dicho plazo no se notificara a la mutua el parte de confirmación de baja, se
considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua deberá
entonces informar al trabajador y a la empresa de la extinción de la prestación.
En España se pierden al año por absentismo una media de 11,4 días por trabajador,
frente a los 8,4 días que se pierden en Finlandia, los siete que se pierden en
Dinamarca, los 6,8 días de Canadá o los 4,9 días de Estados Unidos.
Además de la reducción del absentismo, el anteproyecto de ley de mutuas persigue
otros objetivos, como el de dotarlas de un nuevo marco normativo para mejorar su
gobernanza y transparencia, según ha resaltado Báñez.
En esta materia, en el anteproyecto se establece el cambio de la denominación actual
de estas entidades (mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), de
tal forma que pasarán a llamarse mutuas de la Seguridad Social. La razón de esta
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modificación, según alega el Gobierno, es que su ámbito de gestión va más allá de las
prestaciones derivadas de las contingencias profesionales.
LOS SUELDOS DE ALTOS CARGOS SE ADAPTAN A LOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Asimismo, en el anteproyecto se modifica la regulación de los órganos de gobierno de
las mutuas y se potencia la figura del presidente. La norma, que será ahora remitida a
los agentes sociales y al CES para el correspondiente informe preceptivo, contempla
que las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a las
correspondientes del sector público.
"En línea con la Ley de Transparencia y la reforma de las Administraciones Públicas se
hace un control de los órganos de dirección de las mutuas y de sus altos cargos, cuyos
sueldos se equiparan a los del sector público", ha explicado la ministra.
En el anteproyecto se fija un tope en la reserva de estabilización por contingencias
profesionales y en la reserva de estabilización por cese de actividad; se regula una
nueva aplicación de los excedentes resultantes, tras la dotación adecuada de las
reservas previstas; y se estipula la obligación de venta de las Sociedades de Prevención
antes del 31 de diciembre de 2014.
Además, la ministra ha subrayado que la norma facilita la colaboración entre
comunidades autónomas y mutuas para que las primeras puedan utilizar los recursos
"ociosos" de las segundas en beneficio de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.
Según Báñez, actualmente no se utilizan el 40% de los recursos de las mutuas.
Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación
por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a
que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta
propia (en 2012 el 80% de las solicitudes fueron rechazadas).
En este sentido, se simplificarán los trámites administrativos, con requisitos más
realistas para acceder a la prestación. Según resalta el Ministerio, una de las principales
novedades es que si en la fecha del cese de la actividad el trabajador no está al
corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social, el órgano gestor le dará un plazo
adicional de 30 días para que ingrese las cuotas debidas y no pierda la prestación.
La nueva regulación, que el Gobierno quiere tener aprobada antes de julio de 2014,
modernizará el funcionamiento y la gestión de las mutuas, garantizando la
transparencia y su eficacia, al tiempo que contribuirá a la sostenibilidad del sistema de
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Seguridad Social. El texto unifica además la regulación de las mutuas que o bien era
dispersa o inexistente.
Las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo
es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Concretamente, se ocupan de la
gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las
contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000
autónomos.
En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por
contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más
de 131 millones por cese de actividad.
Fuente: EUROPAPRESS (MADRID) 20/12/2013
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El Gobierno aprueba el anteproyecto de la Ley de
Mutuas de la Seguridad Social
El objetivo es modernizar su funcionamiento y gestión, garantizar la
transparencia y eficacia y reducir al máximo el absentismo laboral
injustificado.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy a propuesta de la titular de Empleo y
Seguridad Social, Fátima Báñez, el anteproyecto por el que se modifica la Ley General
de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de Accidentes
de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Según se recoge en el texto, las entidades colaboradoras se denominarán Mutuas de la
Seguridad Social, porque su ámbito de gestión va más allá de las prestaciones
derivadas de las contingencias profesionales.
Asimismo, se da cumplimiento al mandato legal de establecer un nuevo marco
normativo de aplicación a las Mutuas (Ley 27/2011 sobre Actualización, Adecuación y
Modernización del sistema de Seguridad Social).
El objetivo es modernizar el funcionamiento y gestión de estas entidades, garantizar la
mayor transparencia y eficacia en su acción; mejorar la atención sanitaria de los
trabajadores protegidos con una mayor capacidad de seguimiento y atención a la
Incapacidad Temporal.
Este texto legal unifica la regulación que o bien era dispersa o inexistente en relación
con el funcionamiento y gestión de las mutuas, lo que generaba un alto grado de
inseguridad jurídica.
Situación de las mutuas
Las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad
Social son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo es la
colaboración en la gestión de la Seguridad Social.
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Se ocupan de la gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de
trabajadores, las contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad
de casi 600.000 autónomos.
En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por
contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más
de 131 millones por cese de actividad.
La colaboración de las mutuas en la gestión de la Seguridad Social se concreta en:
Prestaciones económicas y de asistencia sanitaria derivada de contingencias
profesionales.
Realización de actividades de prevención de riesgos laborales de la Seguridad
Social (son las prestaciones de servicio denominadas prevención con cargo a
cuotas).
Gestión de la prestación económica por Incapacidad Temporal (IT) derivada de
contingencias comunes, prestación por riesgo durante la lactancia natural y por
cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave.
Trámite de la prestación del cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Contenido de la norma
El anteproyecto incluye tres bloques relacionados con: La Gobernanza y Transparencia
de las Mutuas de la Seguridad Social; la gestión de la Prestación Económica de
Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes; y la Prestación económica
por cese de actividad de los Trabajadores Autónomos.
En materia de Gobernanza y Transparencia de las Mutuas, las principales novedades
son:
Cambio en la denominación de las Mutuas de Accidente de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social por el de Mutuas de la
Seguridad Social.
Se modifica la regulación de los órganos de gobierno de las Mutuas y se potencia
la figura del presidente.
Las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adecúan a las
correspondientes del sector público.
Se fija un tope en la reserva de estabilización por contingencias profesionales y
en la reserva de estabilización por cese de actividad.
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Se regula una nueva aplicación de los excedentes resultantes, tras la dotación
adecua de las reservas previstas.
Se fomentan los recursos ociosos de las mutuas a través de convenios de
colaboración con los Servicios Públicos de Salud.
Se estipula la obligación de venta de las Sociedades de Prevención, que ha de
realizarse antes de 31 de diciembre de 2014.
En el segundo bloque se modifica la gestión de la incapacidad temporal por
contingencias comunes para que las mutuas tengan capacidad de intervención, y
realicen el seguimiento de la prestación desde el primer día de la baja. En este sentido
se adoptan varias medidas:
La mutua podrá formular, como ocurre ahora, una propuesta de alta médica
motivada. Esa propuesta será enviada al facultativo del Servicio Público de Salud
que emitió el parte de baja, a través de los servicios de Inspección del Servicio
Público de Salud correspondiente.
La novedad estriba en que la inspección sanitaria dispondrá de un plazo de 5
días desde la recepción de la propuesta de alta para comunicar a la mutua la
estimación de la misma o para denegarla.
Si en el mencionado plazo no se notifica a la mutua el parte de confirmación de
la baja, se considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta.
Así, la mutua adoptará acuerdo de extinción del derecho y lo notificará al
trabajador y a la empresa.
Por último, la norma también busca facilitar la gestión del cese de actividad de los
trabajadores autónomos de modo que los requisitos para acceder a esta prestación
sean más realistas.
En 2012 se rechazaron hasta el 80% de las solicitudes, fundamentalmente por las
dificultades de acreditación de las causas previstas en la norma. Ahora se modifica y
flexibiliza esta regulación que no ha sido la adecuada, mediante la adopción de medidas
para que las exigencias de información se adapten a la realidad de la actividad
autónoma. En definitiva, simplificar los trámites administrativos.
Una de las principales novedades es la invitación al pago, de modo que si en la fecha
del cese en la actividad, el trabajador no está al corriente en el pago de cuotas a la
Seguridad Social, el órgano gestor le dará un plazo adicional de 30 días para ingrese las
cuotas debidas y no pierda la prestación. Otro cambio importante es que no se exigirá
al autónomo un umbral determinado de pérdidas, como hasta ahora, como requisito
para solicitar la prestación.
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El anteproyecto se enviará a continuación a los agentes sociales y a los órganos de
informe preceptivo, como el Consejo Económico y Social, para los informes y las
posibles aportaciones que puedan ir completando el texto antes de su aprobación como
Proyecto de Ley por el Consejo de Ministros para su remisión a Cortes Generales y dar
comienzo a su tramitación parlamentaria.
Fuente: ELDERECHO (MADRID) 23/12/2013