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ARNEDO AYUNTAMIENTO [email protected] PLAN MUNICIPAL DE DROGAS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DENOMINADO “SPEAK & COFFEE –QUEDADAS EN LA COCINA-“ EN EL MUNICIPIO DE ARNEDO. 1. OBJETO: Constituye objeto de este contrato la prestación del servicio SPEAK & COFFEE – QUEDADAS EN LA COCINA- del Ayuntamiento de Arnedo. La prestación de este servicio se realizará conforme a las prescripciones técnicas contenidas en el presente Pliego. El servicio Speak & Coffee –quedadas en la cocina- es un servicio consistente en potenciar e incrementar la autoestima y el autoconcepto de los y las adolescentes de la ciudad de Arnedo. 2. TIPOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES. Este servicio incluye: - Formación de al menos dos grupos de apoyo, con un mínimo de 12 y un máximo de 15 personas en cada uno de los grupos, entre adolescentes con edades comprendidas entre los 12 y los 15 años y los 16 y los 18 años, desde una perspectiva de género teniendo en cuenta las características particulares del desarrollo en el hombre y en la mujer. Si el número de personas interesadas en cada grupo fuera inferior a 12 el Ayuntamiento se reserva la facultad de no prestar el servicio. Si solo hubiera número suficiente para conformar uno de los grupos el pago al contratista se reduciría a la mitad. Si no hubiera número suficiente de interesados en ninguno de los dos grupos, se podrá suspender o resolver el contrato sin derecho a indemnización alguna para el contratista. Si el número de usuarios se redujera una vez iniciada la prestación del servicio, el Ayuntamiento previo informe del responsable del contrato y previa audiencia del contratista, resolverá sobre la continuidad del mismo, sin que la decisión que llegara tomar generara derecho a indemnización para el contratista. Estos grupos estarán guiados por un profesional de la psicología y hablarán sobre temas que interesen a los adolescentes propuestos por ellos mismos o propuestos por dicho profesional, el objetivo final será el aumento de la autoestima y del autoconcepto, así como de la confianza en ellos mismos. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE CODIGO CSV: 12430653001356222521 https://sede.arnedo.es/

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ARNEDO AYUNTAMIENTO

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PLAN MUNICIPAL DE DROGAS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR

LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA

PRESTACION DEL SERVICIO DENOMINADO “SPEAK & COFFEE –QUEDADAS

EN LA COCINA-“ EN EL MUNICIPIO DE ARNEDO.

1. OBJETO:

Constituye objeto de este contrato la prestación del servicio SPEAK & COFFEE –

QUEDADAS EN LA COCINA- del Ayuntamiento de Arnedo.

La prestación de este servicio se realizará conforme a las prescripciones técnicas

contenidas en el presente Pliego.

El servicio Speak & Coffee –quedadas en la cocina- es un servicio consistente en

potenciar e incrementar la autoestima y el autoconcepto de los y las adolescentes de

la ciudad de Arnedo.

2. TIPOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES.

Este servicio incluye:

- Formación de al menos dos grupos de apoyo, con un mínimo de 12 y un máximo de

15 personas en cada uno de los grupos, entre adolescentes con edades

comprendidas entre los 12 y los 15 años y los 16 y los 18 años, desde una perspectiva

de género teniendo en cuenta las características particulares del desarrollo en el

hombre y en la mujer.

Si el número de personas interesadas en cada grupo fuera inferior a 12 el

Ayuntamiento se reserva la facultad de no prestar el servicio. Si solo hubiera número

suficiente para conformar uno de los grupos el pago al contratista se reduciría a la

mitad. Si no hubiera número suficiente de interesados en ninguno de los dos grupos,

se podrá suspender o resolver el contrato sin derecho a indemnización alguna para el

contratista.

Si el número de usuarios se redujera una vez iniciada la prestación del servicio, el

Ayuntamiento previo informe del responsable del contrato y previa audiencia del

contratista, resolverá sobre la continuidad del mismo, sin que la decisión que llegara

tomar generara derecho a indemnización para el contratista.

Estos grupos estarán guiados por un profesional de la psicología y hablarán sobre

temas que interesen a los adolescentes propuestos por ellos mismos o propuestos por

dicho profesional, el objetivo final será el aumento de la autoestima y del

autoconcepto, así como de la confianza en ellos mismos.

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- Coordinación con los equipos directivos y de orientación de los centros educativos de

Arnedo. Se establecerá contacto y coordinación con los equipos de orientación de los

centros educativos para conocer las diferentes necesidades que existen en Arnedo

anteriormente a la composición de los grupos definitivos de intervención.

- Utilización de la cocina y las instalaciones municipales que se encuentran en el

centro joven municipal de Arnedo. Se utilizarán las instalaciones municipales del

centro joven de forma prioritaria, sin menoscabo de realizar algún cambio en la

instalación o el recurso utilizado si fuera necesario o en casos de ocupación o

utilización de estos por otros servicios municipales.

- Conocimientos y contacto con asociaciones y empresas prestadoras de servicios a la

juventud relacionadas con la educación y formación en otros países, ocio y tiempo

libre saludable y relacionados con la salud del municipio de Arnedo o con influencia en

el municipio, se informará de los servicios que puedan ser interesantes tanto para su

formación como para su salud a los que pueden acceder los participantes por sus

características y edad.

- Se servirán refrescos, café e infusiones, sin alcohol, y pastas o bizcochos

(proporcionados por el Ayuntamiento) a lo largo del desarrollo de las sesiones

facilitando un ambiente relajado, cómodo y de confianza entre los participantes.

- Se deberá asegurar la confidencialidad y la protección de los datos de los menores

participantes, según la normativa actual vigente de protección de datos.

3. SERVICIOS EXCLUIDOS

Está excluida de este servicio cualquier tipo de terapia clínica individual sobrevenida

por los encuentros entre el profesional y los participantes ya que no es objeto de este

contrato.

4. HORARIO DEL SERVICIO.

El servicio se prestará una vez por semana en horario de tarde, preferentemente los

viernes y las sesiones tendrán una duración de 60 minutos por cada grupo. Éstos

serán abiertos en su composición, procurando una posterior estabilidad.

La duración será de 9 meses coincidiendo con el calendario escolar, tendrá un paro de

3 meses en verano (desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre).

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5. PRESTACIÓN DEL SERVICIO

5.1. Funcionamiento general.

Al inicio de la actividad será necesaria una coordinación con los servicios sociales

municipales para establecer conjuntamente una reunión informativa y de coordinación

con los equipos directivos y de orientación de los centros educativos de Arnedo.

Conjuntamente se establecerán varios listados de personas susceptibles de participar

y se les consultará su interés informándoles de las características del programa, si

está de acuerdo se facilitarán los documentos de autorización y de protección de datos

para que lo consulten con su familia o tutores responsables.

Posteriormente se crearán los grupos definitivos iniciando las reuniones previstas la

primera semana del mes de octubre.

Se establecerán los horarios definitivos y se reservarán las instalaciones municipales y

los medios necesarios para la realización de la actividad.

Una vez iniciada la actividad se realizará un listado de temas de interés propuestos por

los participantes y se contactará con las asociaciones o entidades prestadoras de

servicios juveniles de interés para su formación y desarrollo.

5.2. Incidencias.

El técnico municipal de prevención de drogodependencias valorará las modificaciones

que pudieran surgir a lo largo del desarrollo de la actividad y de la prestación del

servicio.

Por parte de la empresa sed deberá dar aviso por escrito de cualquier incidencia o

alteración con al menos 2 días de antelación o en caso de urgente necesidad dentro

de las 48 horas siguientes a la realización del necesario y urgente ajuste.

5.3. Coordinación

Dadas las características de la población beneficiaria es indispensable que el servicio

se preste en un clima de confianza, seriedad y garantizando en todo momento el

respeto y la confidencialidad de los hablado.

Para la correcta coordinación del servicio la entidad adjudicataria designará un

coordinador o responsable del servicio que estará localizable para cuestiones del

propio servicio y tendrá una presencia fisca en Arnedo al menos una vez al mes. Este

profesional tendrá capacidad para llevar una comunicación fluida con los usuarios para

la resolución de quejas o conflictos que puedan surgir. Deberá contar con los medios

necesarios que permitan una correcta comunicación Salud y servicios sociales-

empresa (como mínimo teléfono móvil y correo electrónico).

Las funciones del coordinador-responsable serán:

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- Tener conocimiento y mantener actualizada semanalmente la asistencia y la fidelidad

de los participantes al programa.

- Controlar el correcto desarrollo del servicio velando por el cumplimiento de horarios y

organización del grupo.

- Mantener informado a los técnicos municipales del área de salud y servicios sociales

de la marcha del servicio, asumiendo las directrices que la corporación dicte a la

entidad prestadora en todo lo referente a la adecuada atención a cada usuario y a la

buena marcha del servicio en general.

- Proponer y orientar posible modificaciones en los grupos participantes para que los

técnicos municipales resuelvan al respecto.

En cualquier circunstancia, la entidad adjudicataria no podrá obtener otros datos del

usuario que los aportados por el ayuntamiento de Arnedo. El usuario será informado

tanto por el área de salud y servicios sociales del ayuntamiento de Arnedo como por la

entidad adjudicataria de que ante cualquier eventualidad deberá ponerse en contacto

con el área de salud y Servicios Sociales del ayuntamiento de Arnedo.

5.4. Control

El técnico municipal responsable del área de salud podrá ponerse en contacto con la

entidad adjudicataria siempre que lo considere necesario, a fin de recabar información

sobre los usuarios y la marcha general del servicio, promoviendo para tal fin las

reuniones convenientes.

Así mismo el Ayuntamiento podrá comprobar la materialización y calidad de los

servicios prestados, mediante los medios que considere oportunos.

5.5. Relaciones con los usuarios del servicio.

La entidad y el personal que presta el servicio deberán eludir todo conflicto personal

con los usuarios informando expresamente a través delos canales de coordinación

antes descritos, de todo incidente, al ayuntamiento para que este resuelva.

El personal de la entidad deberá cumplir las normas de seguridad e higiene

establecida en la legislación vigente, así como mantener siempre inexcusablemente el

secreto profesional. En general, deberá realizar sus funciones en relación al usuario de

conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, quedando exonerado de las

responsabilidades que se deriven por este incumplimiento.

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6. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.

- Prestar el servicio en la forma que, sin apartarse del contenido del presente pliego de

condiciones, le sea ordenado por el Ayuntamiento de Arnedo.

- Contar en su estructura con un coordinador que será el interlocutor válido frente a la

administración.

- Contar con los medios materiales y personales suficientes en número y cualificación

para atender el servicio objeto de contrato, asumiendo todos los costes derivados de la

relación de dependencia de dicho personal, así como todas las responsabilidades

tanto de los hechos susceptibles de producirlas, como de las relaciones laborales con

dicho personal, que en ningún caso se considerará como personal del Ayuntamiento

de Arnedo.

- Los contratos de trabajo del personal que se adscriba al servicio deberán estar a

disposición del Ayuntamiento de Arnedo en el plazo de un mes siguiente a la fecha de

inicio del servicio y durante toda la vigencia del mismo. En ningún caso podrá

prestarse este servicio sin el oportuno contrato de trabajo.

- Al finalizar este contrato, cualquiera que sea su causa, y se proceda o no a una

nueva adjudicación de este servicio, la administración no se subrogará en ningún caso

en las relaciones de empleo con los trabajadores del contratista saliente que vinieran

prestando sus servicios, ya que la titularidad de dicha relación viene determinada por

el principio de dependencia respecto de un determinado empresario, por lo que tales

trabajadores seguirán adscritos a la empresa que les contrató.

- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia

fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo respecto del

personal que, por su exclusiva cuenta emplea para la ejecución del contrato. Su

contravención no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento de Arnedo.

- El contratista deberá disponer en todo momento de personal suficiente y capacitado

para la prestación del servicio, extremo que acreditará, caso de exigencia de la

administración municipal por cualquier medio idóneo justificativo de conocimientos

exigidos para el trabajo.

- La empresa dispondrá de personal para sustituir de inmediato a cualquier personal

que por distintas causas tenga que faltar al trabajo, sin que el usuario deje de percibir

el servicio.

- Facilitar al Ayuntamiento de Arnedo la inspección del Servicio y la documentación

relacionada con el mismo.

- La empresa asumirá su Responsabilidad Civil y la de su personal a través de las

pólizas de seguros que precise.

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- La empresa dispondrá de Sistemas de Calidad que deberán ser entregados a los

técnicos municipales para conocer su repercusión principalmente en lo referente a

usuarios.

- La empresa colaborará con el Ayuntamiento de Arnedo en la puesta en marcha de

cuantos procedimientos sean necesarios para el establecimiento de sistemas de

control de calidad.

- Colaborará a que se han efectivos los derechos y deberes de los usuarios que se

facilitarán a éstos cuando se produzca el alta en el servicio.

- Anualmente deberá aportar la memoria de la actividad objeto del contrato.

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Firmado electrónicamente por:
Ángel Javier Fraile Astudillo
Arnedo, a 14 de junio de 2019 8:16:30